POLITICAS DE OPERACIÓN Cláusulas de Ejemplo

POLITICAS DE OPERACIÓN. 1. Las solicitudes de contratación serán radicadas ante el Grupo de Contratos en días hábiles en el horario comprendido entre las 8 a.m. y 5 p.m. 2. El tiempo que tiene el Grupo de Contratos para atender la solicitud, entendiendo esta la firma del contrato, es de ocho (8) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la radicación de la solicitud en debida forma. 3. Las carpetas deberán contener la documentación indicada en el siguiente orden, según aplique la causal de contratación respectiva: 3.1. CONTRATO INTERADMINISTRATIVO: - Memorando de solicitud de contratación - Estudio del sector, siempre y cuando no se incluya en el estudio previo. - Estudios previos suscritos. - Certificado de Disponibilidad Presupuestal - Propuesta técnica y económica de servicios debidamente firmada por el potencial contratista. - Copia de la Cédula Ciudadanía del representante legal de la entidad estatal - Acto administrativo de nombramiento del representante legal de la entidad pública a contratar o del funcionario facultado para suscribir el contrato interadministrativo - En caso de que medie delegación para la suscripción de los contratos se requerirá del documento donde conste la misma. - Formato de Identificación Tributaria de persona jurídica diligenciado. - Certificación emitida, por entidad bancaria en que acredite la existencia de una cuenta bancaria en estado activo, expedida como mínimo con seis (6) meses a la radicación de la solicitud - Formulario de Registro Único Tributario RUT. - Certificación expedida por el representante legal o revisor fiscal de la persona jurídica pública en la que conste que se encuentra al día en el pago de sus aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales dentro de los últimos 6 meses. - Certificado antecedentes judiciales del representante legal de la entidad o de quien está facultado para suscribir el contrato. - Certificado de no responsable fiscal en Boletín de la Contraloría General de la Republica del representante legal de la entidad o de quien está facultado para suscribir el contrato. - Certificado Antecedentes Disciplinarios del representante legal de la entidad o de quien está facultado para suscribir el contrato. - Verificación de medidas correctivas de la Policía nacional del representante legal de la entidad o de quien está facultado para suscribir el contrato. 3.2. PROVEEDOR EXCLUSIVO: - Memorando de solicitud de contratación - Estudio del sector, siempre y cuando no se incluya en el estudio previo...
POLITICAS DE OPERACIÓN. Para el caso de las Direcciones Regionales, las actividades correspondientes a la Dirección de Contratación, las realizará el Grupo Jurídico de la Dirección Regional o quien haga sus veces y las actividades correspondientes a la Dirección Financiera las realizará el Grupo Financiero de la Dirección Regional o quien haga sus veces.
POLITICAS DE OPERACIÓN. Se prestan bajo esta modalidad de comodato los instrumentos antiguos que se encuentran en buenas condiciones y son de propiedad de la Institución. No aplica para los instrumentos de la Donación del Japón, ni para las adquisiciones recientes del Plan de Desarrollo Institucional. El préstamo de instrumentos en comodato se realizara a estudiantes matriculados en la Institución. La letra de cambio debe diligenciarse por el valor comercial actual del instrumento en el mercado. Los instrumentos prestados en comodato deben ser guardados en los lockers de la Institución y no se deben retirar de las instalaciones, excepto que se requiera con fines institucionales y para ello se debe tramitar previamente el permiso ante el auxiliar del Banco de instrumentos quien envía a portería el formato correspondiente con el cual reporta la salida de la sede. La devolución del instrumento en comodato se debe realizar a más tardar cinco (5) días hábiles siguientes terminando el periodo académico en el cual este matriculado el estudiante, de lo contrario se llamara al usuario y en caso que no acuda se procederá a romper el candado del locker donde este guardado. El inadecuado uso y/o pérdida del instrumento será reglamentado de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Comodato.
POLITICAS DE OPERACIÓN. La evidencia documental debe quedar por escrito y reposar en la carpeta correspondiente, por ello, el supervisor debe allegar con la solicitud de inicio de proceso, el informe y agotar previamente el procedimiento descritos en la ley 1474 de 2011 acorde con lo establecido en el manual de contratación • Cualquier sanción deberá ser declarada mediante acto administrativo debidamente motivado. • Dentro del procedimiento se deberá, en todo momento, obrar con observancia al debido proceso. Igualmente, deberá fundar sus decisiones en las normas jurídicas vigentes aplicables al contrato y en las pruebas incorporadas al proceso, las cuales deberán ceñirse a los principios de necesidad, pertinencia, conducencia y oportunidad, de conformidad con la legislación procesal civil. . • Para el cumplimiento de los compromisos se establecerá un plazo perentorio, término durante el cual el supervisor debe verificar su cumplimiento y así se lo debe hacer saber al Grupo de Contratos, para terminar el procedimiento. • Para el caso de convenios interadministrativos si la parte cumple, termina el trámite. En caso que no cumpla con los compromisos pactados, se envía el acta, junto con todos los documentos que dieron origen a la solicitud de audiencia de verificación, a la Oficina Asesora Jurídica – Grupo Procesos Judiciales, para lo de su competencia.
POLITICAS DE OPERACIÓN. -Las solicitudes de contratación serán radicadas ante el Grupo de Contratos en días hábiles en el horario comprendido entre las 8 a.m. y 5 p.m. -El tiempo que tiene el Grupo de Contratos para atender la solicitud, entendiendo esta la firma del contrato, es de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la radicación de la solicitud en debida forma. -Las carpetas deberán contener la documentación indicada en el siguiente orden: 1. Memorando de solicitud de contratación 2. Estudio del sector, siempre y cuando no se incluya en el estudio previo. 3. Estudios previos suscritos. 4. Certificación expedida por el Grupo xx Xxxxxxx Humano sobre insuficiencia de personal de planta. 5. Certificado de disponibilidad presupuestal y vigencia futura, si aplica. 6. Documento de verificación de idoneidad y experiencia del futuro contratista. 7. Certificado de idoneidad de la persona seleccionada. 8. Propuesta del potencial contratista. 9. Acta de constitución del consorcio o Unión temporal, según el caso 10. Para persona natural Formulario único de hoja de vida del SIGEP. 11. Para persona jurídica Formulario único de hoja de vida del Departamento Administrativo de la Función Pública para persona jurídica. 12. Para los integrantes de consorcio o unión temporal Formulario único de hoja de vida del Departamento Administrativo de la Función Pública de persona natural, para cada uno. 13. Certificados de formación académica de la persona natural, o de cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal, según el caso. 14. Certificados de experiencia de la persona natural, jurídica o de cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal, según el caso. 15. Copia de la Cédula Ciudadanía de persona natural, representante legal de la persona jurídica o de cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal, según el caso. 16. Copia de la Tarjeta Profesional, de la persona natural o de cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal, si aplica según las normas vigentes. 17. Libreta militar, si aplica.
POLITICAS DE OPERACIÓN. Una vez suscrito el modificatorio se llevan a cabo las actividades del presente procedimiento.
POLITICAS DE OPERACIÓN. 3.1 Para el caso de las Direcciones Regionales, las actividades correspondientes a la Dirección de Contratación serán realizadas por el Grupo Jurídico de la Dirección Regional o quien haga sus veces y las actividades correspondientes a la Dirección Financiera serán realizadas por el Grupo Financiero de la Dirección Regional o quien haga sus veces. 3.2 La solicitud de terminación anticipada del contrato por mutuo acuerdo deberá ser solicitada por el supervisor a la Dirección de Contratación en un término no superior a los diez (10) días hábiles, antes de la fecha requerida para la terminación del contrato. 3.3 El supervisor previo a la radicación de la solicitud deberá verificar la totalidad de los documentos de la ejecución del contrato requeridos para determinar la viabilidad de adelantar la terminación anticipada y/o liquidación, ya que una vez finalizado no podrá adjuntar información adicional en la plataforma SECOP II. 3.4 El supervisor será el responsable de la radicación de la solicitud con la totalidad de los documentos de acuerdo con la lista de chequeo establecido para tal fin. 3.5 Este procedimiento aplica para la terminación de mutuo acuerdo y/o liquidación de cualquier contrato de prestación de servicios profesionales y/o de apoyo a la gestión, que se encuentre publicado en la plataforma SECOP II. 3.6 La publicación de la terminación de mutuo acuerdo en la plataforma SECOP II, no podrá ser posterior a la fecha de solicitud de terminación de mutuo acuerdo indicada por el contratista y aprobada por el supervisor. 3.7 El profesional de la Dirección de Contratación o quien haga sus veces en los Grupos Jurídicos en la Dirección Regional, será el responsable de hacer el seguimiento desde el inicio del trámite hasta la finalización de los flujos de aprobación en la plataforma SECOP II.
POLITICAS DE OPERACIÓN. En los contratos de tracto sucesivo, aquellos cuya ejecución o cumplimiento se prolongue en el tiempo y los demás que lo requieran, los supervisores tienen la obligación de adelantar el trámite de liquidación de los contratos, convenios y/o cualquier otro negocio jurídico que deba ser liquidado, dando estricto cumplimiento al plazo que señale el contrato, el pliego de condiciones o el convenio. En ese sentido, el supervisor deberá comenzar por hacer la invitación a la reunión de liquidación a todos y cada uno de los contratistas, con el objeto de ponerles de presente las condiciones que serán las plasmadas en el acta de liquidación. Si no se estipuló plazo contractual para esta etapa, se aplica el plazo xx xxx de cuatro (4) meses siguientes a la terminación del contrato, tiempo en el que las partes podrán liquidar el contrato o convenio de manera bilateral. Si el contratista no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, la liquidación del contrato será practicada unilateralmente por la entidad y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición, dentro de los dos (2) meses siguientes a la finalización del término para liquidar de manera bilateral. Para el efecto, el supervisor deberá manifestar e informar por escrito al Grupo de Contratos sobre la imposibilidad de proceder con la liquidación bilateral, a lo cual deberá adjuntar los soportes de su gestión para obtener la firma de la contraparte, así como el proyecto del acta de liquidación aprobado que no fue suscrito. Para el efecto de solicitar la aprobación del acta de liquidación de un contrato ante el ordenador del gasto, el supervisor debe radicar la siguiente documentación, que se enuncia, pero se limita a: A) Proyecto de acta de liquidación. B) El informe final de supervisión debidamente diligenciado con toda la información que deba contener, de no ser así, deberá radicar todos los informes presentados. C) La certificación de pagos y saldos al contratista (siempre que el contrato haya generado erogación para las partes). D) Contratos y sus modificaciones. E) Aprobación de pólizas. F) Acta de nombramiento de supervisor. G) Certificaciones de cumplimiento de la seguridad social. H) certificados de existencia y representación legal en caso de ser sociedades. Se recomienda, que cada una de las secretarías de la Gobernación del Atlántico tenga una persona encargada de controlar los procesos liquidatarios y sea el enlac...

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