Excepción genérica Cláusulas de Ejemplo

Excepción genérica. Tal como fue propuesta no pasa de ser una invitación al tribunal para que recuerde la obligación legal contenida en el artículo 306 del Código de Procedimiento Civil de declarar oficiosamente probada las excepciones cuando halle probados los hechos que la constituyen, salvo las de prescripción, compensación y nulidad relativa que deben ser alegadas en la contestación de la demanda, más que la intención de deducir un medio de defensa dirigido a enervar la acción incoada. Como el tribunal no encontró ninguna excepción declarable de oficio se abstiene de realizar cualquier otro comentario sobre el particular. De acuerdo con la solicitud de pruebas contenida en los escritos de demanda y contestación a la demanda, oportunamente formuladas por las partes, el tribunal consideró necesario decretar la práctica de dos peritajes, el primero de carácter contable y el segundo financiero. Los peritos para ambos dictámenes fueron designados de común acuerdo por las partes. El dictamen financiero se desarrolló de acuerdo con las preguntas oportunamente formuladas por los apoderados de ambas partes procesales y fue objeto de solicitud, por ellas, de aclaraciones y complementaciones. Es de anotar que la representante del Ministerio Público —procuradora séptima judicial—, también solicitó se complementara y adicionara el dictamen financiero inicial. La perito también se pronunció sobre interrogantes presentados por la agente del Ministerio Público, muchos de los cuales complementaban las observaciones formuladas por las partes. Una vez rendido el dictamen de aclaración y complementación, la señora procuradora séptima judicial y el señor apoderado del Invías formularon de objeción por error grave, contra el dictamen financiero con los siguientes argumentos: Afirma la procuradora judicial que el dictamen hace un análisis teórico respecto al cálculo de los perjuicios que se pudieron causar como resultado de una operación bancaria, sin entrar a analizar otras circunstancias como el no cumplimiento por parte del concesionario de los tramos 2 y 3 de la carretera Bogotá – Xxxxxxxxxxxxx, para lo cual el Ministerio Público solicita la práctica de pruebas adicionales para determinar las obras no terminadas por la parte convocada e indicar sus valores a pesos presentes. Así mimo la procuradora séptima judicial considera que es causa de error grave, el hecho que el dictamen no haya tenido en cuenta “los dictámenes realizados por el revisor fiscal del contrato 444 del 2 xx xxxxxx de 1994...
Excepción genérica. CAPITULO TERCERO
Excepción genérica. X. Xxxxxx en que se fundamenta la demanda de reconvención.
Excepción genérica. 8. Hechos
Excepción genérica. 11. Respuesta de la convocante a los hechos de la Demanda de Reconvención
Excepción genérica. Propongo la excepción genérica que, según el artículo 306 del Código de Procedimiento Civil, se refiere a cualquier hecho exceptivo que resultare probado en el curso del proceso o en cualquier otra circunstancia, en virtud de las cuales la ley considera que la obligación para mi representado no existió o la declara extinguida, o bien que no se pueda proferir decisión de fondo por hechos tales como la caducidad de la acción o una ineptitud de la demanda, entre otros, a pesar que no hayan sido formuladas expresamente en este escrito.”
Excepción genérica. F.- LAS PRUEBAS PRACTICADAS EN EL PROCESO
Excepción genérica. 4. Contestación de la demanda principal reformada por la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP- y presentación de excepciones
Excepción genérica. Por su parte Portafolio de Inversiones Suramericana S.A., Cementos xxx Xxxxx S.A., Compañí-a Colombiana de Tabaco S.A., Compañí-a de Cemento Argos S.A., Inversiones Reacol S.A., Compañí-a Suramericana de Seguros S.A. y Suramericana de Inversiones S.A., en su contestación de la demanda formularon como excepciones de mérito las siguientes: Caducidad de la acción. La conformación del grupo. Incompetencia del tribunal. Inaplicabilidad de la Ley 472 de 1998. Ausencia de los elementos de la responsabilidad. Culpa exclusiva de la ví-ctima.
Excepción genérica. 1.3.24 Alegatos de conclusión.