Responsabilidades y garantías Cláusulas de Ejemplo

Responsabilidades y garantías. 8.1 Si la EMPRESA CONTRATISTA o cualquiera de sus Subcontratistas infringe el presente Contrato o alguna normativa al determinar los fines y medios del tratamiento, será considerado responsable de dicho tratamiento, asumiendo todas las responsabilidades directas e indirectas que pudieran derivarse para EDPR motivado por dicho incumplimiento por parte del encargado del tratamiento. 8.2 Así mismo, ambas Partes convienen que el incumplimiento de estas obligaciones tiene la condición de causa de resolución del Contrato, por lo que su incumplimiento por la EMPRESA CONTRATISTA, las personas a su cargo o las que intervengan en la prestación de los servicios en nombre o a instancia del mismo, facultará al CLIENTE para resolver el mismo y dará lugar a la correspondiente indemnización de daños y perjuicios por incumplimiento de las obligaciones contractuales. 8.3 Por último, y adicionalmente a lo anteriormente expuesto, en caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso de estas obligaciones por parte de la EMPRESA CONTRATISTA, y sin perjuicio de la posibilidad de resolver el presente Contrato por el CLIENTE y la indemnización por los daños y perjuicios que se le hubiesen causado, la EMPRESA CONTRATISTA vendrá obligada a abonar al CLIENTE, en concepto de cláusula penal, la cantidad correspondiente al
Responsabilidades y garantías. Las partes convienen que el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente pacto cuarto tiene la condición de causa de resolución del Contrato, por lo que su incumplimiento por el Encargado del Tratamiento, las personas a su cargo o las que intervengan en la prestación de los servicios en nombre o a instancia del mismo, facultará al Responsable del Tratamiento para resolverlo y dará lugar a la correspondiente indemnización de daños y perjuicios por incumplimiento de las obligaciones contractuales.
Responsabilidades y garantías. 1.-Los trabajadores y trabajadoras que indujesen a otros a la realización de actos o conductas constitutivos de falta disciplinaria incurrirán en la misma responsabilidad que éstos. 2.-Los jefes o superiores que toleren o encubran las faltas de sus subordinados, incurrirán en responsabi- lidad y sufrirán la corrección o sanción pertinente, habida cuenta de la que se le imponga al autor y de la intencionalidad, perturbación para el servicio, atentado a la dignidad del S.C.I.S. y reiteración o reincidencia de dicha tolerancia o encubrimiento, igualmente serán sancionados por actuaciones discriminatorias con los trabajadores/as. La sanción a imponer se graduará en función de la falta encubierta, de las circunstancias de su comisión y de la gravedad de sus efectos. 3.-El trabajador/a tendrá derecho a ser asistido y protegido por el S.C.I.S. ante cualquier amenaza, ultraje, injuria, calumnia, difamación y, en general, ante cualquier atentado contra su persona o sus bienes por razón del ejercicio de sus funciones. 4.-Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 48, no se considera falta alguna la negatividad a realizar trabajos de categoría distinta a la específica de cada trabajador, salvo cuando dichos trabajos sean comunicados X X X Xxxxxx Xxxx Xxxxxx 000 · Miércoles, 26 xx xxxxxx de 2009 · 93 al mismo por escrito con 72 horas de antelación, en cuyo caso podrá acudir para negarse al procedimiento legalmente establecido. 5.-No podrán imponerse sanciones que consistan en la reducción de las vacaciones u otra minoración de los derechos al descanso del trabajador/a. 6.-Todo trabajador/a podrá dar cuenta por escrito, por sí o a través de sus representantes, de los actos que supongan faltas de respeto a su intimidad o a la consideración debida a su dignidad humana o laboral. El S.C.I.S. a través del órgano directivo al que estuviere adscrito el interesado abrirá la oportuna información e instruirá, en su caso, el expediente disciplinario que proceda. Lo aquí expuesto también será de aplicación cuando se lesionen derechos de los trabajadores/as, reconocidos en este convenio y en la normativa vigente y/o se deriven perjuicios notorios para el trabajador/ a de orden material.
Responsabilidades y garantías. Teniendo en cuenta que tanto EL EQUIPO como el Proveedor han sido seleccionados exclusivamente por el TOMADOR, el DADOR no será responsable por los incumplimientos del Proveedor, ni por la falta de idoneidad del EQUIPO para el fin perseguido por el TOMADOR. El TOMADOR consiente que el DADOR no responderá, en ningún caso, por la calidad o funcionamiento del EQUIPO, ni asegura su entrega, ni rendimiento, ni responde por las circunstancias que impidan la utilización del EQUIPO, independientemente de la naturaleza de las mismas. *BPFOR06.0219-20181121* Página 1 de 12 En tal sentido, el TOMADOR reconoce y acepta que el DADOR no fabrica ni vende el EQUIPO, ni lo inspecciona antes de su entrega al TOMADOR, no otorgando garantía alguna por tales conceptos. El TOMADOR reconoce y acepta, asimismo, que el DADOR no asume responsabilidad alguna derivada de restricciones gubernamentales existentes o sobrevinientes respecto del uso que se prevé dar al EQUIPO, por cualquier causa que éstas fuesen establecidas. El TOMADOR puede reclamar al vendedor, sin necesidad de cesión, todos los derechos que emergen del contrato de compraventa. El DADOR se libera expresamente de la obligación de saneamiento.
Responsabilidades y garantías. XXXXXXXX UNIÓN no puede garantizar ni se hace responsable de: La continuidad de los contenidos de la Plataforma; La ausencia de errores en dichos contenidos o productos; La ausencia de virus y/o demás componentes dañinos en la Plataforma o en el servidor que la suministra; La invulnerabilidad de la Plataforma y/o la inexpugnabilidad de las medidas de seguridad que se adopten en la misma; La falta de utilidad o rendimiento de los contenidos, servicios y productos de la Plataforma; Los daños o perjuicios que cause, a sí mismo o a un tercero, cualquier persona que infringiera las condiciones, normas e instrucciones que XXXXXXXX UNIÓN establece en la Plataforma o a través de la vulneración de los sistemas de seguridad de la Plataforma. Ello no obstante, XXXXXXXX UNIÓN declara que ha adoptado todas las medidas necesarias, dentro de sus posibilidades y del estado de la tecnología, para garantizar el funcionamiento del Sitio Web y evitar la existencia y transmisión de virus y demás componentes dañinos a los Usuarios. Si el Visitante o Usuario tuviera conocimiento de la existencia de algún contenido ilícito, ilegal, contrario a las leyes o que pudiera suponer una infracción de derechos de propiedad intelectual y/o industrial, deberá notificarlo inmediatamente x XXXXXXXX UNIÓN para que ésta pueda proceder a la adopción de las medidas oportunas.
Responsabilidades y garantías. Con independencia de lo anterior el licitador estará sujeto a la responsabilidad civil que para los agentes que intervienen en el proceso de la edificación fija la legislación de aplicación al respecto. Para cubrir esta responsabilidad el adjudicatario de la asistencia técnica estará obligado a constituir los seguros que exija la citada legislación, que cubran suficientemente las garantías y responsabilidades.
Responsabilidades y garantías. La COMPAÑÍA únicamente responderá de los daños que el USUARIO pueda sufrir como consecuencia de la utilización de la página web cuando dichos daños le sean directamente imputables. La COMPAÑÍA declara que ha adoptado todas las medidas necesarias, dentro de sus posibilidades y del estado de la técnica, para garantizar el funcionamiento del SITIO WEB y reducir al mínimo los errores del sistema, tanto desde el punto de vista técnico como legal y organizativo. La COMPAÑÍA queda exenta de cualquier tipo de responsabilidad por daños y perjuicios en cualquier concepto y naturaleza en los siguientes casos: ✓ Por la imposibilidad o dificultades de conexión empleadas para acceder al SITIO WEB y/o a los contenidos. Por interrupciones del servicio, demoras, errores y mal funcionamiento del mismo. Todo ello independientemente de la clase de conexión o medio técnico utilizado por el USUARIO. ✓ Por la interrupción, suspensión o cancelación del acceso al SITIO WEB y/o a los contenidos, así como por la disponibilidad y continuidad del funcionamiento del SITIO WEB y/o de los contenidos o de los servicios y/o elementos de los mismos. Siempre y cuando ello se deba a la interrupción del servicio por mantenimiento técnico del SITIO WEB y/o de los contenidos, o bien a una causa ajena al ámbito de control de la COMPAÑÍA o bien por los servicios de los prestadores de servicios de la información. ✓ Por actuaciones dolosas o culposas del USUARIO o que tengan su origen en causas de fuerza mayor y cualesquiera otras que se escapen del control de la COMPAÑÍA. ✓ Por ataques de los denominados hackers o terceros especializados a la seguridad o integridad del sistema informático, siempre que la COMPAÑÍA haya adoptado todas las medidas de seguridad existentes según sus posibilidades técnicas. ✓ Por los daños o perjuicios que pudieran causar la información, contenidos, productos y servicios prestados, comunicados, alojados, transmitidos, exhibidos u ofertados por terceros ajenos a la COMPAÑÍA, incluidos los prestadores de servicios de la sociedad de la información, a través de un sitio web al que pueda accederse mediante un enlace existente en este sitio. ✓ Por cualquier daño o perjuicio en el software o hardware del USUARIO que se derive del acceso al SITIO WEB y/o a los contenidos de la COMPAÑÍA o del uso de la información, elementos o aplicaciones en ellos contenidos. ✓ Por la idoneidad, fiabilidad, disponibilidad, oportunidad o exactitud de la información o servicios contenidos en su si...
Responsabilidades y garantías. El prestador no garantiza ni se hace responsable de: • La continuidad de los contenidos web • La ausencia de errores en los contenidos • La ausencia de virus o componentes dañinos en la web o servidor que la suministra • La invulnerabilidad del sitio web o la posibilidad de vulnerar las medidas de seguridad • La falta de utilidad o rendimiento de los contenidos del Sitio Web • Los daños que pueda ocasionar un tercero a través de la vulneración de los sistemas de seguridad de la web. No obstante, el prestador declara haber adoptado todas las medidas necesarias, dentro de sus posibilidades económicas y técnicas, para garantizar el correcto funcionamiento de la web y reducir al mínimo los errores del sistema, tanto técnicos como de contenido.
Responsabilidades y garantías. SKFK no puede garantizar la fiabilidad, utilidad o veracidad de los servicios o de la información que se preste a través del Sitio Web, ni tampoco de la utilidad o veracidad de la documentación de los eventos que pueden ser adquiridos a través del Sitio Web, preparada por profesionales de muy diversos sectores. En consecuencia, SKFK no garantiza ni se hace responsable de:

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  • RESPONSABILIDADES 13.1. Excepto por lo establecido en el numeral 8.2., EL EVALUADOR será el único responsable por las actividades objeto del presente contrato, y por lo tanto, indemnizará y mantendrá libre a la ANH de cualquier obligación, así como de los efectos que en su contra puedan resultar de embargos, demandas, juicios y/o reclamaciones de cualquier naturaleza, incluidas pero no limitadas a lesión o muerte de cualquier persona, destrucción total o parcial de cualquier propiedad o bien y/o daños al medio ambiente, provocados de cualquier modo en conexión con, referentes a, o derivados de la adquisición, procesamiento, reprocesamiento y/o interpretación de la información y datos técnicos y/o de cualquier actividad realizada por EL EVALUADOR en virtud de este contrato. Lo anterior, sin perjuicio de la obligación de indemnizar a los propietarios de terrenos o a cualquier persona a quienes se les causen daños y/o perjuicios. EL EVALUADOR asumirá la defensa y los costos, gastos y expensas por todas las demandas que sean interpuestas contra la ANH con motivo de tales reclamaciones, y se obliga a asumir los costos de cualquier juicio resultante, incluidos pero no limitados a los costos necesarios para la reparación o indemnización de esos daños o pérdidas, costos judiciales o extrajudiciales que se generen, costos de investigación, honorarios de abogados, etcétera. La ANH participará en su defensa frente a cualquier demanda en que pueda estar involucrada, sin que esta participación exima a EL EVALUADOR de las obligaciones aquí descritas. La obligación de EL EVALUADOR de amparar y mantener a salvo o indemne a la ANH y su personal, de acuerdo con esta cláusula, se mantendrá aún cuando EL EVALUADOR disponga de garantías o protección legal frente a las reclamaciones o demandas. 13.2. EL EVALUADOR será el único responsable por los daños y pérdidas que surjan con ocasión de la ejecución del Programa de Evaluación Técnica y demás obligaciones contraídas, actividades realizadas, incluso aquellos causados por sus subcontratistas, quedando entendido que en ningún momento será responsable por errores de criterio, o por pérdidas o daños que no fueren resultado de culpa grave o dolo. Cuando EL EVALUADOR subcontrate, se asegurará que todos sus subcontratistas cumplan los términos establecidos en este contrato y en las leyes colombianas. Las obras y servicios subcontratados serán ejecutados a su nombre, en razón de lo cual EL EVALUADOR mantendrá su responsabilidad directa por todas las obligaciones establecidas en el subcontrato y derivadas del mismo, de las cuales no podrá exonerarse en razón de las subcontrataciones. La ANH no asumirá responsabilidad alguna por este concepto, ni aún a título de solidaridad. 13.3. EL EVALUADOR deberá tomar las precauciones necesarias para proteger el medio ambiente, la vida humana, la propiedad de otros y prevenir la contaminación del Área de Evaluación Técnica. En consecuencia, EL EVALUADOR asumirá los costos de manejo ambiental, sanitarios, seguridad industrial, salud ocupacional, seguridad y demás costos, aunque no se mencionen en este numeral o en otras cláusulas de este contrato, o que se deriven de las actividades a su cargo en virtud de este contrato. 13.4. EL EVALUADOR actúa como único empleador de los trabajadores que contrate para el desarrollo de las actividades propias de este contrato y, en consecuencia, será el responsable de las obligaciones laborales que surjan de las respectivas relaciones o contratos de trabajo, tales como pago de salarios y prestaciones sociales, aportes parafiscales, afiliación y pago de cotizaciones o aportes por concepto de pensiones, salud y riesgos profesionales al Sistema de Seguridad Social Integral conforme a la ley. En todo caso, EL EVALUADOR deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales que señalan la proporción de empleados y obreros nacionales y extranjeros. 13.5.Ninguna de las Partes tendrá responsabilidad por cualquier demanda o reclamo que inicie la otra Parte en virtud del presente contrato por daños indirectos.

  • RESPONSABILIDAD Queda expresamente estipulado que el personal contratado para el cumplimiento de este contrato estará bajo la responsabilidad directa de "El Proveedor", consecuentemente "El Estado" queda liberado de cualquier responsabilidad laboral, de seguridad social, civil o de cualquier otra naturaleza que pudiera obligarlo, comprometiéndose "El Proveedor" a responder de cualquier reclamación en contra de "El Estado".

  • RESPONSABILIDADES DEL CLIENTE 7.1. El Cliente responde de los perjuicios que puedan sufrir el Transitario y/o los transportistas, ocasionados por culpa o negligencia de aquél, o de sus empleados y agentes en el ejercicio de sus funciones. 7.2. El Expedidor entregará las mercancías en el lugar y momento convenido y acondicionadas en embalaje apropiado para su transporte, garantizando en todo momento la exactitud de la declaración de las mercancías, en lo que respecta a sus características, descripción, marcas, números, cantidad, peso y volumen, y respondiendo de las responsabilidades por pérdidas, daños, averías y/o penalidades que pueda originar a terceros la inexactitud u omisión de los datos ante mencionados, así como las derivadas de embalaje defectuoso, inadecuado o mal empleado que pueda causar perjuicio a las mercancías, equipos de manipulación o medios de transporte, aun cuando tales inexactitudes o deficiencias aparezcan en operaciones no ejecutadas directamente por el Transitario. 7.3. El Expedidor está obligado a informar por escrito al Transitario sobre el carácter peligroso de las mercancías, así como de las precauciones que, en su caso, deban adoptarse según normativa internacional de ADR. Si se incumpliera esta obligación, responderá el Expedidor frente al operador y frente a terceros de todos los perjuicios que resulten en la expedición de las mercancías, las cuales podrán ser descargadas, destruidas o transformadas en inofensivas, según requieran las circunstancias, sin que el expedidor pueda reclamar por este motivo indemnización alguna, y sin perjuicio de contribuir por el valor de las mercancías a la avería gruesa, si llegare el caso. El Transitario se reserva el derecho de rechazar para su transporte las mercancías que hayan sido declaradas como peligrosas. Asimismo, se reserva la admisión de mercancías que, por insuficiencia de embalaje, no se ajusten a los estándares usuales, a juicio del Transitario. 7.4. El Expedidor responderá por las pérdidas y daños en las mercancías ocasionadas por estiba insuficiente o inadecuada en el interior del contenedor, plataformas, remolques, paletas u otros medios, en el supuesto de que la carga haya sido realizada por él o por su cuenta. 7.5. El Expedidor declarará en el conocimiento de embarque: a). La naturaleza general de las mercancías, así como marcas principales necesarias para su identificación. b). Si procede, su carácter de mercancía peligrosa.

  • Responsabilidad por daños El trabajador es responsable ante el empleador de los daños que cause a los intereses de éste, por dolo o culpa grave en el ejercicio de sus funciones.

  • RESPONSABILIDAD CIVIL El CONSULTOR será el único responsable por reclamos judiciales y/o extrajudiciales efectuados por terceras personas que resulten de actos u omisiones relacionadas exclusivamente con la prestación del servicio bajo este Contrato.

  • Responsabilidades del Proveedor 14.1 El Proveedor deberá proporcionar todos los Bienes y Servicios Conexos incluidos en el Alcance de Suministros de conformidad con la Cláusula 12 de las CGC, el Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 13 de las CGC.

  • RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.

  • Exención de Responsabilidades El Comité de Compras y Contrataciones no estará obligado a declarar habilitado y/o Adjudicatario a ningún Oferente/Proponente que haya presentado sus Credenciales y/u Ofertas, si las mismas no demuestran que cumplen con los requisitos establecidos en el presente Pliego de Condiciones Específicas.

  • Límite Máximo de Responsabilidad El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la póliza y opera como límite único y combinado (L.U.C) para los diferentes riesgos amparados por ella.

  • RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS Si la obra se arruinara con posterioridad a la expiración del plazo de garantía, por vicios ocultos de la construcción, debido a incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios durante el término de quince años a contar desde la recepción. Transcurrido este plazo sin que se haya manifestado ningún daño o perjuicio, quedará totalmente extinguida la responsabilidad del contratista.