GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Con fundamento a lo establecido en los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 85 fracción III (Solo Contratos Abiertos) y 103 de su Reglamento, 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como a lo estipulado en el Reglamento de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, el artículo 137 fracción II, del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, y las Disposiciones generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015; “LAS PARTES” acuerdan que dentro de los primeros 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del presente Contrato, “EL PROFESIONAL” presentará la garantía de cumplimiento del Contrato mediante una póliza de fianza, que deberá ser otorgada por una institución afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación y presentada en (Señala Área Administrativa correspondiente), equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del Contrato sin incluir el I.V.A. Dicha póliza deberá contener las siguientes declaraciones expresas: Expedirse a favor de la Tesorería de la Federación y señalar su domicilio. La indicación del importe total garantizado con número y letra. La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el Contrato y su Anexo __. La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma así como la especificación de las obligaciones garantizadas. El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROFESIONAL” y de la Institución Afianzadora así como sus domicilios correspondientes. La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el Contrato y actos administrativos garantizados. La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también p...
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 44.1 Dentro de los veintiocho (28) días siguientes al recibo de la notificación de adjudicación de parte del Comprador, el Oferente seleccionado deberá presentar la Garantía de Cumplimiento del Contrato, de conformidad con las CGC, utilizando para dicho propósito el formulario de Garantía de Cumplimiento incluido en la Sección IX, Formularios del Contrato, u otro formulario aceptable para el Comprador. El Comprador notificará inmediatamente el nombre del Oferente seleccionado a todos los Oferentes no favorecidos y les devolverá las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 21.4 de las IAO.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La o el “PRESTADOR” deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por la vigencia del mismo y su total ejecución. (En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo) La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio. Cuando el “IMP” solicite ampliación al Contrato y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al Contrato (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo. (Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos) Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo. La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad. Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”. La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente. El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. EL (LOS) LICITANTE (S) QUE RESULTE (N) ADJUDICADO (S), A FIN DE GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, ASÍ COMO LA BUENA CALIDAD DEL SERVICIO OBJETO DEL MISMO, DEBERÁ (N) ENTREGAR DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO, A LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN, LA GARANTÍA RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ÉSTA DEBERÁ CONSTITUIRSE MEDIANTE FIANZA EXPEDIDA POR COMPAÑÍA AFIANZADORA MEXICANA LEGALMENTE CONSTITUIDA, POR UN IMPORTE DEL 20% DEL MONTO MÁXIMO DEL CONTRATO SIN INCLUIR EL I.V.A., A FAVOR DE LA “TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN”, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÌCULOS 48 Y 49 DE LA LAASSP. LA ENTREGA DE DICHA FIANZA SE HARÁ EN LA UNIDAD DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES, UBICADA EN XXXXX 0 XXXXXX 000 XXXXXXX XXXX XXXXX, C.P. 97130, MERIDA, YUCATAN. LA PÓLIZA DE GARANTÍA DEBERÁ CONTAR, COMO MÍNIMO CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. EN CASO DE QUE EL MONTO DE LA OFERTA O DEL CONTRATO SEA HASTA POR EL MONTO MAXIMO DE $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.), PODRA OPTARSE POR GARANTIZARLO MEDIANTE CHEQUE DE CAJA, A CARGO DE CUALQUIER INSTITUCIÒN DE CREDITO, A FAVOR DEL INSTITUTO, O BIEN, MEDIANTE FIANZA OTORGADA POR INSTITUCIÓN AFIANZADORA AUTORIZADA EN LOS TERMINOS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, A FAVOR DEL INSTITUTO. EN EL CASO ENQUE EL MONTO DEL CONTRATO EXCEDA DE $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.), EL LICITANTE DEBERÁ ENTREGAR FIANZA EMITIDA POR UNA AFIANZADORA LEGALMENTE CONSTITUIDA PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL QUE SE DERIVE DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL No. LA-000XXX000-N3-2016, POR EL 10 % DEL IMPORTE TOTAL, DE ACUERDO AL ARTÍCULO 48 FRACCIÓN II DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, MISMA QUE DEBERÁ ENTREGAR DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DE ESTE DOCUMENTO, Y ACEPTA QUE LA AFIANZADORA PAGUE LA FIANZA INDEPENDIENTEMENTE DE QUE INTERPONGA CUALQUIER TIPO DE RECURSO ADMINISTRATIVO Y/O JUDICIAL Y, QUE EN CASO DE QUE EXISTAN CRÉDITOS A SU FAVOR, RENUNCIA EXPRESAMENTE A LA COMPENSACIÓN, POR LO QUE EN CASO DE INCUMPLIMIENTO SE PODRÁ HACER EFECTIVA LA FIANZA. PARA LA CANCELACIÓN DE LA FIANZA SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DE “EL INSTITUTO”. ESTA FIANZA PERMANECERÁ VIGENTE COMO MÍNIMO 6 MESES ADICIONALES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE LA OBLIGACIÓN DEBIÓ HABERSE CUMPLIDO. EN CASO DE INCREMENTO AL MONTO DEL CONTRATO O MODIFICACIÓN AL PLAZO, “EL PRESTADOR” SE OBLIGA A ENTREGAR A “EL INSTITUTO” EN EL MOMENTO DE LA FIRMA DEL CONVENIO RESPECTIVO, FIANZA ADICIONAL O EL ENDOSO CORRESPONDIENTE, DEBIENDO CONTENER EL DOCUMENTO LA ESTIPULACIÓN DE QUE ES CONJUNTA, SOLIDARIA E INSEPARABLE DE LA FIANZA OTORGADA ORIGINALMENTE. LA PÓLIZA DE FIANZA DEBE CONSTITUIRSE POR EL 10% DEL VALOR DE ESTE CONTRATO Y CONTENER LO SIGUIENTE:
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El cocontratante deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de CINCO (5) días de recibida la orden de compra o de la firma del contrato. En los casos de licitaciones o concursos internacionales, el plazo será de hasta VEINTE (20) días como máximo. La garantía de cumplimiento del contrato será xxx XXXX POR CIENTO (10%) del monto total del contrato.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 44.1 Dentro de los veintiocho (28) días siguientes al recibo de la notificación de adjudicación de parte del Comprador, el Oferente seleccionado deberá presentar la Garantía de Cumplimiento del Contrato, de conformidad con las CGC, utilizando para dicho propósito el formulario de Garantía de Cumplimiento incluido en la Sección IX, Formularios del Contrato, u otro formulario aceptable para el Comprador. El Comprador notificará inmediatamente el nombre del Oferente seleccionado a todos los Oferentes no favorecidos y les devolverá las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 21.4 de las IAO. 44.2 Si el Oferente seleccionado no cumple con la presentación de la Garantía de Cumplimiento mencionada anteriormente o no firma el Contrato, esto constituirá bases suficientes para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o ejecutar la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. En tal caso, el Comprador podrá adjudicar el Contrato al Oferente cuya oferta sea evaluada como la siguiente más baja y que se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y que el Comprador determine que está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 44.1 Dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo de la notificación de adjudicación de parte del Comprador, el Oferente seleccionado deberá presentar la Garantía de Cumplimiento del Contrato, de conformidad con las CGC, utilizando para dicho propósito el formulario de Garantía de Cumplimiento incluido en la Sección IX, Formularios del Contrato, u otro formulario aceptable para el Comprador. El Comprador notificará inmediatamente el nombre del Oferente seleccionado a todos los Oferentes no favorecidos y les devolverá las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 21.4 de las IAO. 44.2 Si el Oferente seleccionado no cumple con la presentación de la Garantía de Cumplimiento mencionada anteriormente o no firma el Contrato, esto constituirá bases suficientes para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta. En tal caso, el Comprador podrá adjudicar el Contrato al Oferente cuya oferta sea evaluada como la siguiente más baja y que se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y que el Comprador determine que está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA conforme a los artículos 48 fracción II, y 49 fracción II, de la "LAASSP", y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y el numeral 5.1.17 de sus POBALINES, así como a lo establecido en el “ANEXO TÉCNICO”, "EL PROVEEDOR" se obliga a constituir una garantía divisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor del CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA , por un importe equivalente al 10.0% (diez por ciento) del monto total del contrato, sin incluir el IVA. Dicha fianza deberá ser entregada a "EL CENACE", a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato. Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de la garantía de cumplimiento se realice de manera electrónica. La fianza deberá presentarse de forma física en las instalaciones de la Gerencia de Control Regional Norte, ubicadas en Guanaceví No. 131, Parque Industrial Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx , C.P.35079, Xxxxx Xxxxxxx, Dgo., o de forma electrónica al correo xxxxxxxx.xxxxx@xxxxxx.xxx.xx y/o xxx.xxxxxx@xxxxxx.xxx.xx en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Se dispensará el otorgamiento de Fianza de Cumplimiento esto con fundamento en el Artículo 127, fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal.