Common use of GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO Clause in Contracts

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Licitación Pública Nacional, Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III EL CON- TRATISTA deberá otorgar a favor de la LeyANH, en la forma, términos y condiciones previstos en el proveedor ganadorcontrato, garantizará una garantía que asegure el cumplimiento cumplim- iento y la correcta ejecución de todas las obliga- ciones de cada fase del contratoPeríodo de Exploración y del Programa Exploratorio Posterior, si lo hay, y las demás actividades inherentes a tales obliga- ciones, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para para garantizar el caso pago de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la multas que se aclare que esa póliza se expide a favor impongan por el incumplimiento del Gobierno contrato. La ejecución de esta garantía no exonera al EL CONTRATISTA del Estado pago de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a perjuicios que ocasione el incumplimiento o la firma incorrecta ejecución del contrato citadoy, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los serviciospor tanto, calidad y vicios ocultos. En caso de estos pagos podrán ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratanteacumulativos. 18.2.- No se aceptarán garantías 50.1. Forma de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento: EL CONTRATISTA establecerá, a su propio costo, unaovariascartas decrédito “standby”, de carácter incondicional e irrevocable, y pagaderas a la vista, con un banco o una 50.2. Monto de las garantías: EL CONTRATIS- TA otorgará las garantías correspondientes a cada fase del Período de Exploración o del Programa Exploratorio Posterior, según sea el caso, por un porcentaje del valor estimado del presupuesto de la fase del Programa Ex- ploratorio o del Programa Exploratorio Poste- rior, según sea el caso, no inferior al diez por ciento (10%) que aplica ordinariamente a las áreas asignadas directamente, nominado en dólares de los Estados Unidos de América y pagadero en pesos colombianos, según se estará estipula en el anexo E. En ningún caso el valor de la garantía para cada fase podrá ser inferior a cien mil dólares de los Estados Uni- dos de América (USD $100.000). 50.3. Entrega de la garantía de cumplimiento: EL CONTRATISTA entregará a la ANH la garantía de que trata esta cláusula, conforme a los términos esenciales del formato contenido en el anexo E, con una antelación no menor de ocho (8) días calendario a la fecha de inicio de cada fase del Período de Exploración o del Programa Exploratorio Posterior, según sea el caso. Para la primera fase EL CONTRATISTA hará entrega de la garantía dentro de los quince (15) días calendario, siguientes a la Fecha Efectiva. Si por razones ajenas a la voluntad de EL CONTRATISTA, debidamente sustentadas, éste no pudiere entregar las garantías a la ANH en el plazo estipulado anteriormente, a solicitud de EL CONTRATISTA, la ANH podrá aplazar la fecha de entrega. Parágrafo: Conforme a lo previsto establecido en la cláusu- la 60 (Condiciones resolutorias previas), en caso que EL CONTRATISTA no entregue en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipaltérmino es- tablecido, la garantía de cumplimiento o las prórro- gas a la misma solicitadas por la ANH para asegurar el cumplimiento de contrato deberá presentarse las obligaciones exigidas en este contrato, la ANH podrá resolver el contrato. 50.4. Vigencia de las garantías: Todas y cada una de las garantías tendrán vigencia durante el plazo (total o parcial) de la fase cuyas obli- gaciones se estén garantizando y, como míni- mo, seis (6) meses más. En caso de prórro- gas de plazos contractuales, o para completar el plazo remanente de una fase, las garantías deberán igualmente ser prorrogadas o susti- tuidas por otras del mismo valor, con una vi- gencia mínima igual al tiempo de la prórroga o del término restante de la fase en curso y seis (6) meses más. 50.5. Rechazo de las garantías: La ANH re- chazará las garantías otorgadas por EL CON- TRATISTA cuando a más tardar dentro de su criterio éstas no cum- plan con los cinco días naturales siguientes al requisitos que se firmeestablecen en esta cláusula. La ANH informará su rechazo a EL CONTRATISTA y devolverá las garantías presentadas. A partir de dicho aviso, salvo EL CON- TRATISTA tendrá un plazo de quince (15) días 50.6. Efectividad de las garantías: La ANH hará efectivas las garantías cuando EL CON- TRATISTA incumpla en todo o en parte alguna de las obligaciones garantizadas, sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones contraídas. El pago de la(s) carta(s) de crédito “stand-by” no exonera a EL CONTRATISTA de su obligación de indemnizar adicionalmente los daños y perjuicios que la entrega su incumplimiento hubiere ocasionado. La ANH se reserva el derecho de acudir a los bienes o la prestación mecanismos de los servicios se realice dentro del citado plazosolu- ción de controversias cuando sea necesario para cubrir el monto de las indemnizaciones.

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Samples: Exploración Y Producción E&p, Exploración Y Producción E&p

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con 4.3.2.1. En el Artículo 126 fracción III de momento que la Ley, adjudicataria se presente a firmar el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada entregará a favor del Gobierno del Estado Fideicomiso de Puebla. Para el caso Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL-BNCR una garantía de cumplimiento vigente, que será rendida en cualquiera de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda formas indicadas en el cuerpo Reglamento General de dicho instrumentola Contratación Administrativa, por un monto como mínimo de $452.300 US dólares (cuatrocientos cincuenta y dos mil trescientos dólares americanos) Dicha garantía debe rendirse en la moneda en que se aclare que esa póliza se expide presentó la oferta. 4.3.2.2. La vigencia de esta garantía empezará a favor del Gobierno del Estado de Puebla regir a través partir de la Secretaría fecha de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoy el adjudicatario debe mantenerla vigente por todo el plazo de la contratación y hasta por veinte (20) días hábiles siguientes posteriores a la fecha de finalización del Plazo del Contrato comprobado mediante documento suscrito por el administrador del contrato y la suscripción de un contrato de finiquito. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, para cubrir el cumplimiento oportuno contratista no ha prorrogado su vigencia, el fiduciario podrá hacerla efectiva en la entrega forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo su custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultosincumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva del dinero. 4.3.2.3. En cumplimiento de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente la Directriz UIM/046/06/2000 de la Bolsa Nacional de Valores, cuando la garantía sea rendida con títulos o valores que posean cupones, con el fin de asegurar la ejecución del documento deberán entregarse junto con el documento principal los citados cupones para que se tenga por bien rendida la garantía. No obstante no se reconocerán intereses por las garantías de seriedad mantenidas en depósito por el fiduciario; sin embargo, los que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a devenguen los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá títulos hasta el momento en que el proveedor constituya se ejecuten, pertenecen a su legítimo dueño o depositante. 4.3.2.4. Si la garantía de cumplimiento es presentada por medio de cheque del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratanteSistema Bancario Nacional, sólo se aceptarán si son certificados o de gerencia. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en 4.3.2.5. En el caso de que algún proveedor adjudicado no presente el fiduciario se viera obligada a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el adjudicatario rendirá una nueva, de cumplimiento, se estará a lo previsto manera que el contrato en todo momento quede garantizado hasta su ejecución total. En caso de prórroga el artículo 105 adjudicatario deberá extender la vigencia de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalesta garantía. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contratación Para Proveer Acceso a Los Servicios De Voz Y El Acceso, Desde Una Ubicación Fija, Al Servicio De Internet, Contratación Para Proveer Acceso a Los Servicios De Voz Y El Acceso, Desde Una Ubicación Fija, Al Servicio De Internet

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III El Contratista se compromete a constituir a favor de la LeyAgencia Nacional de Infraestructura, el proveedor ganadoren arreglo a lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007, garantizará Decreto 1082 de 2015 y demás normas que reglamentan la materia, una garantía de cumplimiento, que podrá consistir en póliza de seguros de cumplimiento para contratos estatales, en formato ANI; Garantía bancaria irrevocable y a primer requerimiento ó Fiducia mercantil en garantía (Patrimonio Autónomo), que otorgue los siguientes amparos: Este amparo incluye el cumplimiento tardío o defectuoso del contrato, así como cuando el incumplimiento es imputable al contratista, según lo regula el Artículo 2.2.1.2.3.1.7., numeral 3.2 del Decreto 1082 de 2015. El garante podrá subrogarse en las obligaciones del Contratista para con la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultosENTIDAD. En caso de ser fianza prorrogarse el plazo del contrato, deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías ampliarse la vigencia xxx xxxxxx por el mismo término. Entiéndase el término de seriedad que sean otorgadas, duración del contrato desde la fecha de iniciación del contrato hasta la fecha liquidación del fallo, en contrato. Este amparo cubre a la ENTIDAD de los perjuicios que se devolverán le ocasionen, como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales, pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales a los licitantes salvo cargo del Contratista, derivadas de la de aquél a quien se hubiere adjudicado contratación del personal utilizado para la ejecución en el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento territorio nacional del contrato correspondiente y acredite haberla presentado amparado. Este amparo cubre a La Entidad de los perjuicios imputables al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente contratista garantizado, que surjan con posterioridad a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto la terminación del contrato y que se deriven de la mala calidad del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que servicio prestado, teniendo en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto cuenta las condiciones establecidas y pactadas en el artículo 105 contrato y las señaladas en las especificaciones técnicas mínimas, o en los estudios previos, o en la oferta. Responsabilidad Civil Extracontractual: (1) El objetivo de este seguro es brindar protección frente a las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la Ley responsabilidad extracontractual que pueda surgir de Adquisicioneslas actuaciones, Arrendamientos y Servicios hechos u omisiones del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento Interventor o sus subcontratistas, en el artículo 128 procura de mantener indemne por cualquier concepto a la AGENCIA frente a las acciones, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños y/o perjuicios causados a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de la Ley AGENCIA, incluyendo las de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía cualquiera de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.los

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación De Servicios

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.Sector

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Samples: Contract for Leasing Vehicles, Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con 4.3.2.1. En el Artículo 126 fracción III de momento que la Ley, adjudicataria se presente a firmar el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada entregará a favor del Gobierno del Estado Fideicomiso de Puebla. Para el caso Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL-BNCR una garantía de cumplimiento vigente, que será rendida en cualquiera de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda formas indicadas en el cuerpo Reglamento General de dicho instrumentola Contratación Administrativa, por un monto como mínimo de $95.650 US dólares (Noventa y cinco mil seiscientos cincuenta dólares americanos) Dicha garantía debe rendirse en la moneda en que se aclare que esa póliza se expide presentó la oferta. 4.3.2.2. La vigencia de esta garantía empezará a favor del Gobierno del Estado de Puebla regir a través partir de la Secretaría fecha de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoy el adjudicatario debe mantenerla vigente por todo el plazo de la contratación y hasta por veinte (20) días hábiles siguientes posteriores a la fecha de finalización del Plazo del Contrato comprobado mediante documento suscrito por el administrador del contrato y la suscripción de un contrato de finiquito. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, para cubrir el cumplimiento oportuno contratista no ha prorrogado su vigencia, el fiduciario podrá hacerla efectiva en la entrega forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo su custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultosincumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva del dinero. 4.3.2.3. En cumplimiento de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente la Directriz UIM/046/06/2000 de la Bolsa Nacional de Valores, cuando la garantía sea rendida con títulos o valores que posean cupones, con el fin de asegurar la ejecución del documento deberán entregarse junto con el documento principal los citados cupones para que se tenga por bien rendida la garantía. No obstante no se reconocerán intereses por las garantías de seriedad mantenidas en depósito por el fiduciario; sin embargo, los que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a devenguen los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá títulos hasta el momento en que el proveedor constituya se ejecuten, pertenecen a su legítimo dueño o depositante. 4.3.2.4. Si la garantía de cumplimiento es presentada por medio de cheque del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratanteSistema Bancario Nacional, sólo se aceptarán si son certificados o de gerencia. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en 4.3.2.5. En el caso de que algún proveedor adjudicado no presente el fiduciario se viera obligada a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el adjudicatario rendirá una nueva, de cumplimiento, se estará a lo previsto manera que el contrato en todo momento quede garantizado hasta su ejecución total. En caso de prórroga el artículo 105 adjudicatario deberá extender la vigencia de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalesta garantía. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contratación Para Proveer Acceso a Los Servicios De Voz Y El Acceso, Desde Una Ubicación Fija, Al Servicio De Internet, Contratación Para Proveer Acceso a Los Servicios De Voz Y El Acceso, Desde Una Ubicación Fija, Al Servicio De Internet

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización El Proveedor e Iberdrola acuerdan que sobre cada pago efectuado por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por esta última Iberdrola retendrá un importe equivalente al 10% (diez por ciento) de su importe en concepto de garantía del monto cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones derivadas del Contrato (en adelante, la “Garantía de Cumplimiento”). Estas retenciones podrán ser sustituidas por la entrega, en el momento del inicio del Suministro y en concepto de fianza, de un aval bancario por un importe correspondiente al 10% del importe total adjudicado del Suministro, emitido por una entidad aceptable para Iberdrola, siendo los gastos originados por cuenta del Proveedor. El aval deberá ser presentado en los términos y condiciones que se establezcan, si bien, en cualquier caso, en el texto del aval bancario deberá indicarse expresamente: - Su carácter irrevocable e incondicional, excluyendo los beneficios de división, orden y excusión. - Su carácter de garantía a cantidades máximas primera demanda, pagadera en el plazo máximo de cinco días desde el requerimiento efectuado por Iberdrola. - El período de validez, de acuerdo con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante el Contrato más 12 meses adicionales. - Sujeción a las leyes de México y a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno jurisdicción de los juzgados y tribunales ubicados en la entrega Ciudad de los bienes o la prestación México. La cancelación del aval sólo podrá realizarse previo consentimiento por escrito de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratanteIberdrola. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación, Condiciones Generales De Contratación

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente únicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contract for Services

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad Por la naturaleza misma de la prestación del servicio, el oferente No deberá presentar con su oferta garantía de seriedad de la propuesta a favor de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, Subdirección Seccional de apoyo a la Gestión de Antioquia, según lo indicado en el Artículo 126 fracción III 2.2.1.2.1.5.4 del Decreto N° 1082 de 00 xx xxxx 0000. Por la naturaleza misma de la Leyprestación del servicio, el proveedor ganadoroferente NO deberá presentar con su oferta garantía de seriedad de la propuesta a favor de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, garantizará SUBDIRECCIÓN SECCIONAL DE APOYO A LA GESTIÓN DE ANTIOQUIA, según lo indicado en 1082 de 2015. Sin embargo, la Fiscalía General de la Nación Seccional Medellín, exigirá al contratista seleccionado constituir mecanismos de cobertura del riesgo de acuerdo al objeto contractual del presente proceso de invitación, por ser un servicio que se debe adelantar a medida que se preste el servicio en el tiempo de ejecución indicado por la entidad y que requiere la cobertura de pólizas para amparar este servicio, una vez suscrito el contrato deberá aportar para la legalización y ejecución del mismo una GARANTIA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO. Dicha garantía avalará el cumplimiento de las obligaciones a su cargo, surgidas del contrato, así como la indemnización cual se mantendrá vigente durante la vigencia del contrato y se ajustará a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado (numeral 19 del artículo 25 de la ley 80 de 1993, subrogado por vicios ocultosel artículo 7 de la Ley 1150 de 2007), mediante cheque certificadoDecreto 1082 de 2015. El contratista deberá asumir por su cuenta y costo, a fin de cajaasegurar el cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato, fianza o hipoteca otorgada cualquiera de las garantías establecidas en el Decreto 1082 de 2015 a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría Fiscalía General de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado la Nación Subdireccion Seccional Apoyo a cantidades máximas la Gestion de Antioquia con IVA Esta NIT. 800.187.597.-1. La garantía deberá presentarse al área contratante ser presentada a la firma Sección de Gestion Contractual y deberá amparar los siguientes riesgos: Cumplimiento del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega 2.2.1.2.1.2.1 al 2.2.1.2.1.2.6 del Decreto 1082 de 2015 10 Del Contrato La del contrato y 4 meses más. Calidad y correcto funcionamiento de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultosequipos suministrados. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. 10 Del Contrato La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y un año más. Calidad del importe adjudicadoservicio 10 Del Contrato La del contrato y 4 meses más. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Service Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará El licitante ganador para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar si su cotización fuese igual o menor a $50,000.00, sin incluir I.V.A., cheque certificado o de caja por el 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el y en caso de las pólizas de fianzaser superior a $50,000.00, se deberá sin incluir una leyenda I.V.A. presentará Fianza expedida por Afianzadora debidamente constituida en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través términos de la Secretaría Ley de Planeación Instituciones de Seguros y Finanzas; en todos los casos sera de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del SNDIF, conforme al Anexo VII, el cual forma parte de esta convocatoria. Adicional a lo anterior, deberá presentar l apoliza de responsabilidad Civil - Actividades por el 30% del importe adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir sin incluir el cumplimiento oportuno I.V.A. (anexo VII-A) Las pólizas se entregarán en la entrega Dirección Geenral de los bienes o Recursos Materiles y Setrvicios Generales, ubicada en Xxxxxxxx Xxxxxx No. 340, 1er piso, Col. Xxx. Xxxx Xxxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, C.P. 03310, misma que será la prestación encargada de los servicios, calidad recibir y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad verificar que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado de seguro de Responsabilidad Civil-Actividades que entregue el licitante ganador cumplan con todos los requisitos legales y sean suficientes para cubrir las obligaciones correspondientes. Una vez que la garantía y poliza de Responsabilidad Civil-Actividades sean aceptadas sin observacines, se remitirá el origianl a la DGPOP para su resguardo y posterior liberación y devolución al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza proveedor o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que bien para su cobro en caso de que algún proveedor adjudicado no presente incumplimiento, una vez agotadas las gestiones de cobro judiciales realizadas por la garantía de cumplimiento, se estará a DGAJ. Para lo previsto en cual el artículo 105 área encargada de la Ley administración del contrato solicitará al licitante que resulte adjudicado la evidencia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, que la garantía de cumplimiento y la póliza de contrato deberá presentarse Responsabilidad Civil-Actividades fueron entregadas a más tardar dentro la Dirección General de los cinco días naturales siguientes al que se firmeRecursos Materiales y Servicios Genrales, salvo que conforme a la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazonormativa vigente. El Sistema Nacional DIF podrá rescindir administrativamente el contrato, cuando el licitante ganador no entregue en tiempo y forma las garantías establecidas en el presente punto.

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Samples: Contratación Del Servicio De Cómputo Mayor Bajo Demanda

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que el “Prestador de Servicios” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso con los intereses correspondientes, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10 por ciento del monto máximo total del mismo, sin incluir los impuestos aplicables, esto es, por la cantidad de $11,118,780.00 (once millones ciento dieciocho mil setecientos ochenta pesos 00/100 M.N.), y hasta 20 por ciento más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el servicio contratado, el monto o el plazo pactados. La presente garantía deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que el servicio materia del contrato de referencia haya sido recibido en su totalidad y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de la “Suprema Corte”. I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de conformidad con el Artículo 126 fracción III lo dispuesto en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la LeyNación, en fiadora hasta por la cantidad de $11,118,780.00 (once millones ciento dieciocho mil setecientos ochenta pesos 00/100 M.N.), y hasta un 20 por ciento más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el servicio contratado, el proveedor ganadormonto o el plazo pactados, garantizará para garantizar, por parte de TEC PLUSS, S.A. DE C.V., con domicilio en xxxxx Xxxxx Xxxxxx número 936, colonia Xxx Xxxxx Centro, alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, código postal 03100, Ciudad de México, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del Contrato Abierto número SCJN/DGRM/DPC-021/12/2020, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y TEC PLUSS, S.A. DE C.V., con un monto máximo total contratado que asciende a la cantidad de $111,187,800.00 (ciento once millones ciento ochenta y siete mil ochocientos pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado. “La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación” y en el Contrato Abierto número SCJN/DGRM/DPC-021/12/2020, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y TEC PLUSS, S.A. DE C.V., con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de TEC PLUSS, S.A. DE C.V., relativo a la contratación del Servicio de Cómputo de Escritorio (SCE), con un monto contratado por la cantidad máxima de $111,187,800.00 (ciento once millones ciento ochenta y siete mil ochocientos pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las cláusulas contenidas en el Contrato Abierto número SCJN/DGRM/DPC-021/12/2020. - La presente fianza tendrá vigencia durante toda la duración del Contrato número SCJN/DGRM/DPC-021/12/2020 y la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - En caso de incumplimiento contractual de TEC PLUSS, S.A. DE C.V., la Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. - La presente fianza podrá ser liberada a TEC PLUSS, S.A. DE C.V., siempre y cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como el pago xx xxxxx convencionales a que se haga acreedor TEC PLUSS, S.A. DE C.V., pagos en exceso y los intereses que correspondan por los mismos. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la indemnización misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por vicios ocultosun plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que, mediante cheque certificadoen su caso, llegare a suscribirse, o el que corresponda al plazo de cajaatraso. De existir incremento en el monto o plazo de ejecución, la fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Pueblacubrirá hasta un 20 por ciento adicional al originalmente pactado. - Para el caso la interpretación y cumplimiento de las pólizas cláusulas contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se deberá incluir una leyenda somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el cuerpo artículo 11, fracción XX, de dicho instrumentola Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón del domicilio tenga o llegare a tener." II. “Las Partes” convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir firme el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultoscontrato. En caso de ser que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la forma y términos pactados, la “Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato. El “Prestador de Servicios”, por medio de este instrumento, renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de la “Suprema Corte”, dando con esta renuncia cumplimiento a lo que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto establece en el párrafo último del artículo 105 289 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos Instituciones de Seguros y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento de Fianzas. “Las Partes” convienen que la presente garantía será exigible cuando el “Prestador de Servicios” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazopresente instrumento.

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Samples: Servicio De Cómputo De Escritorio

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 lo dispuesto en los artículos 48, fracción III II y 49, fracción I de la LeyLAASSP, para garantizar a “LA SECRETARÍA” el proveedor ganador, garantizará el exacto cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas obligaciones de fianza“EL PRESTADOR DEL SERVICIO” contraiga en virtud del instrumento contractual que derive del procedimiento de contratación, se deberá incluir una leyenda entregar garantía en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría Tesorería de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe la Federación, equivalente al 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo del instrumento contractual, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. La garantía será Indivisible: se hará efectiva por el monto total adjudicado de las obligaciones garantizadas. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” deberá presentar Fianza otorgada por institución de fianzas o de seguros autorizada para expedirla. Deberá entregarse a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno instrumento contractual en la entrega Dirección de los bienes o Adquisiciones y Contrataciones de la Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales, ubicada en Xxxxx Xxxxxx Xx. 00, xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxx X.X. 00000 Demarcación Territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, Teléfono 0000000000, ext. 6983 y 6930, dentro del horario de 10:00 a 14:00 y de 15:00 a 19:00, la garantía de mérito deberá estar vigente hasta la total aceptación de la prestación de los servicios, calidad conforme a lo establecido en el presente documento, en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del instrumento contractual, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y vicios ocultoshasta que se dicte resolución definitiva que quede firme. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado a mantener vigente la fianza mencionada, durante el plazo para la prestación del servicio y hasta en tanto permanezca en vigor el instrumento contractual; en caso de que se otorgue prórroga para el cumplimiento del instrumento contractual y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme por autoridad competente, en la inteligencia de que dicha garantía sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de “LA SECRETARÍA”. Dicha garantía deberá sujetarse a las disposiciones que rigen esta materia. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha rescisión del fallo, en la instrumento contractual que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contratoformalice, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya aplicación de la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías incumplimiento será por el monto total de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en las obligaciones garantizadas. En el caso de que algún proveedor adjudicado no presente “LA SECRETARÍA” hiciera efectiva la garantía de cumplimientofianza, se estará lo comunicará por escrito a lo previsto en “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” y a la Afianzadora, obligándose a que la fianza permanezca vigente hasta que se subsanen las causas que motivaron el artículo 105 incumplimiento de las obligaciones a su cargo y que afecten el interés principal de este procedimiento. En caso de formalización de convenios modificatorios, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” deberá presentar la modificación de la Ley de Adquisicionesgarantía, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco 10 (diez) días naturales siguientes al a la firma del convenio modificatorio correspondiente. Una vez cumplidas todas y cada una de las obligaciones que se firmederiven del instrumento contractual por parte de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” a entera satisfacción de “LA SECRETARÍA”, salvo la “ADMINISTRADORA Y VERIFICADORA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL” o quien lo supla o sustituya en el cargo o funciones, procederá a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales, para que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” dé inicio a los trámites para la entrega cancelación de los bienes o la garantía de cumplimiento a que se refiere el presente numeral de conformidad con lo establecido en el artículo 81 fracción VIII del RLAASSP. Otras garantías que se deben considerar: No Aplica Vigencia del instrumento contractual y plazo para la prestación del Servicio: “La vigencia del instrumento contractual será a partir de su suscripción y hasta el 31 de octubre de 2022. El plazo para la prestación del servicio será a partir del día natural siguiente a la notificación de la adjudicación y hasta el 31 de octubre de 2022. Con fundamento en lo dispuesto en los servicios artículos 46 de la LAASSP y 84 de su RLAASSP. Prórrogas No se realice dentro otorgarán prórrogas. Nombre y cargo de la servidora pública que administrará y verificará el cumplimiento del citado plazoinstrumento contractual correspondiente, de conformidad con lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 84 del RLAASSP. Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Coordinadora del Servicio Exterior Mexicano, o quien la supla o sustituya en el cargo o funciones.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que el “Prestador de Servicios” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso con los intereses correspondientes, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10 por ciento del importe neto del instrumento contractual, sin incluir los impuestos aplicables, esto es, por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos 00/100 moneda nacional), y hasta 20 por ciento más en el supuesto de que por algún motivo deban incrementarse la cantidad de los servicios contratados, el monto o el plazo pactado. La presente garantía deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que [ ] materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de la “Suprema Corte”. I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue otorgada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de conformidad con el Artículo 126 fracción III lo dispuesto en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la LeyNación, en fiadora hasta por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos 00/100 moneda nacional), y hasta un 20 por ciento más en el supuesto de que por algún motivo deban incrementarse la cantidad de los bienes adquiridos o servicios prestados, el proveedor ganadormonto o el plazo pactado, garantizará para garantizar, por parte de [ ], con domicilio en [ ], el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ], celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ ], con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos [ ]/100 moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado. “La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación” y en el contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ], celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ ], con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de [ ], relativo a [ ], con un monto contratado por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos 00/100 moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las cláusulas contenidas en el Contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ]. - La presente fianza tendrá vigencia durante toda la duración del Contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ]y la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - En caso de incumplimiento contractual de [ ], la Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. - La presente fianza podrá ser liberada a [ ], siempre y cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como el pago xx xxxxx convencionales a que se haga acreedor [ ], pagos en exceso y los intereses que correspondan por los mismos. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la indemnización misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por vicios ocultosun plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que, mediante cheque certificadoen su caso, llegare a suscribirse, o el que corresponda al plazo de cajaatraso. De existir incremento en el monto o plazo de ejecución, la fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Pueblacubrirá hasta un 20 por ciento adicional al originalmente pactado. - Para el caso la interpretación y cumplimiento de las pólizas cláusulas contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se deberá incluir una leyenda somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el cuerpo artículo 11, fracción XXII, de dicho instrumentola Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón del domicilio tenga o llegare a tener." II. “Las Partes” convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir firme el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultoscontrato. En caso de ser que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la forma y términos pactados, la “Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato. El “Prestador de Servicios”, por medio de este instrumento, renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de la “Suprema Corte”, dando con esta renuncia cumplimiento a lo que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto establece en el último párrafo del artículo 105 289 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos Instituciones de Seguros y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento de Fianzas. “Las Partes” convienen que la presente garantía será exigible cuando el “Prestador de Servicios” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazopresente instrumento.

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Samples: Carta Protesta De No Impedimentos Para Contratar

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador“EL PROVEEDOR”, garantizará el cumplimiento del contratopresente Contrato con alguna de las formas de otorgamiento de garantía estipuladas en el artículo 79, fracción III, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, misma que constituirá a favor de “DICONSA”, y que equivaldrá a un diez por ciento (10 %), del monto total del Contrato, sin incluir el impuesto al valor agregado (IVA), lo cual representa la cantidad de $ 00/100. M.N. ( .), debiendo ser entregada en un plazo no mayor xx xxxx días naturales posteriores a la firma del presente Instrumento jurídico. En caso de que “EL PROVEEDOR”, decida tramitar fianza, ésta deberá contener lo siguiente: I). - Denominación o nombre del proveedor. II). - Que garantiza la correcta ejecución del servicio contratado. III). - El importe total garantizado con número y letra. IV). - El número de Contrato, su fecha de firma, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso especificación de las pólizas de obligaciones garantizadas. Asimismo, deberá prever como mínimo las siguientes declaraciones: a). - Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el presente Contrato. b). - Que, para cancelar la fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo será requisito contar con la constancia de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor cumplimiento total de las obligaciones contractuales y será liberada únicamente bajo manifestación expresa y por escrito del Gobierno del Estado Coordinador de Puebla a través Administración y Finanzas de la Secretaría Sucursal Tamaulipas de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a Diconsa, S.A. de C.V. c). - Que la firma del contrato citado, para cubrir fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento oportuno en de la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad obligación que garantice y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que continuará vigente en caso de que algún proveedor adjudicado no presente se otorgue prórroga al cumplimiento del Contrato, así como durante la garantía sustanciación de cumplimientotodos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme. d). - Que la afianzadora acepta expresamente a tener garantizado el crédito, acto o Contrato, a que esta póliza se estará a refiere, aun en caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte del acreedor para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizan, por lo previsto en que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 105 179 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos Instituciones de Seguros y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalde Fianzas. 18.4.- Con fundamento e). - Que en caso de hacerse efectiva la presente garantía, la institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 128 282 de la Ley de AdquisicionesInstituciones de Seguros y de Fianzas, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes procedimiento al que también se firmesujetará para el caso del cobro de la indemnización por xxxx que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, salvo que por pago extemporáneo del importe de la entrega póliza de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazofianza requerida.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con 21.1 Cuando el Artículo 126 fracción III monto adjudicado sea superior $814,275.00 (ochocientos catorce mil doscientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.), antes de IVA, a efecto de garantizar por parte de la Ley, el proveedor ganador, garantizará persona adjudicada el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso total de las pólizas de fianzaobligaciones determinadas en el instrumento contractual que se celebre, se deberá incluir una leyenda en constituirá fianza por el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma importe neto del contrato citadoinstrumento contractual, para cubrir sin incluir los impuestos aplicables, y hasta 20% más en el cumplimiento oportuno en la entrega supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los bienes contratados o el plazo pactado. La garantía deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los bienes del contrato hayan sido entregados en su totalidad y a entera satisfacción de la prestación Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante póliza de Institución de Fianzas autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, conforme el texto que proporcione la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Anexo 5. 21.2 La fianza deberá ser presentada dentro de los serviciosdiez días hábiles siguientes a la fecha en que se hubiere firmado el instrumento contractual respectivo, calidad y vicios ocultosen las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En el caso de ser que dicha fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías no se presente dentro del plazo estipulado, este Alto Tribunal podrá iniciar el procedimiento de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha rescisión del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la sin que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratantemedie declaración judicial. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, 21.3 La fianza o hipoteca, con independencia del texto comprenderá y estará vigente durante todo el periodo del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso la substanciación de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de todos los cinco días naturales siguientes al recursos legales o juicios que se firmeinterpongan, salvo hasta que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazodicte resolución definitiva por autoridad competente.

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Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III El “PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a entregar a satisfacción del “INAES”, en los términos de la Leycláusula Primera de este instrumento, la garantía de cumplimiento del presente contrato, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de la firma del presente contrato, tal y como se establece en el proveedor ganadorartículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público. Para lo cual garantizará el cumplimiento de las obligaciones de este contrato a través de cualquiera de las siguientes formas: a) Depósito de dinero constituido a través de certificado o billete de depósito, expedido por institución de crédito autorizada, a favor de la Tesorería de la Federación (TESOFE). b) Fianza otorgada por institución autorizada, constituida a favor de la Tesorería de la Federación (TESOFE). c) Depósito de dinero constituido ante la Tesorería de la Federación (TESOFE). d) Cheque certificado o de caja expedido a favor de la Tesorería de la Federación (TESOFE). El importe del instrumento por medio del cual el “PRESTADOR DEL SERVICIO” constituya la garantía de cumplimiento, deberá realizarse por una cantidad equivalente al 10% del importe total de este contrato, sin considerar el I.V.A., constituida a favor de la TESOFE. Para el caso del inciso b) la póliza de fianza deberá prever como mínimo, lo siguiente: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la indemnización por vicios ocultossubstanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, mediante cheque certificadoy d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para aún para el caso de las pólizas que proceda el cobro de fianzaindemnización por xxxx, se deberá incluir una leyenda con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el cuerpo artículo 283 de dicho instrumentola citada Ley. La garantía de cumplimiento constituida estará vigente hasta que los servicios se hayan prestado a satisfacción del “INAES”, en la inteligencia de que para su liberación será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de éste, por lo que el instrumento otorgado por el “PRESTADOR DEL SERVICIO” estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación interpongan y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la dicte resolución definitiva por autoridad competente. La garantía de cumplimiento otorgada deberá ajustarse en caso de que se realice modificación a este instrumento en cuanto a monto, plazo o vigencia del mismo. Las obligaciones derivadas de este contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificadoserán consideradas indivisibles, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar por lo que en caso de que presentarse algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios incumplimiento por parte del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal“PRESTADOR DEL SERVICIO”, la garantía de cumplimiento se hará efectiva por el monto total de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazolas obligaciones garantizadas.

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Samples: Contract for Services

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción II y 49, fracción I de “LA LEY”, para garantizar el Artículo 126 fracción III exacto cumplimiento de las obligaciones que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” contraiga en virtud del instrumento contractual que se derive del procedimiento de contratación, deberá entregar garantía en favor de la LeyTesorería de la Federación, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría fianza de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera carácter divisible otorgada por un importe institución de fianzas o de seguros autorizada para expedirla, equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse presupuesto máximo del instrumento contractual que corresponda, sin incluir el Impuesto al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contratoValor Agregado, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato cual deberá presentarse entregar a más tardar dentro de los cinco 10 (diez) días naturales siguientes al a su firma. Deberá entregarse en la Dirección de Adquisiciones y Contrataciones, de la Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales, ubicada en Xxxxx Xxxxxx Xx. 00, xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxx X.X. 06010 Demarcación Territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, teléfono 5536-8651-00 ext. 6930, dentro del horario de 10:00 a 14:00 horas y de 17:00 a 19:00 horas o bien a los correos electrónicos que se firmele indiquen. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado a mantener vigente la fianza mencionada, salvo que la entrega de los bienes o durante el plazo para la prestación del servicio y hasta en tanto permanezca en vigor el instrumento contractual; durante el cumplimiento de las obligaciones que se garanticen en los servicios términos del instrumento contractual y continuará vigente en caso de que “LA SECRETARÍA” otorgue prórroga o espera al cumplimiento del instrumento contractual. Asimismo, la fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se realice dentro del citado plazointerpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente que haya causado ejecutoria.

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Samples: Service Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 Con fundamento en lo establecido en los artículos 48 fracción II y 49 fracción I de “La Ley”, 85 fracción III Y 103 de “El Reglamento”; 166 de la LeyLey de Instituciones de Seguros y De Fianzas, así como a lo estipulado en el Reglamento de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, el proveedor ganadorartículo 137 fracción II de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “El Prestador del Servicio” garantizará el cumplimiento del contratocontrato con una fianza INDIVISIBLE que deberá ser otorgada por una institución afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado máximo del contrato, a cantidades máximas con IVA Esta favor de la TESOFE, sin incluir IVA, debiendo ser entregada la garantía deberá presentarse al área contratante referida, en un plazo no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos, sita en avenida Paseo de la Reforma 116, Piso 14, Colonia Juárez, Delegación Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00, en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:  Expedirse a favor de la TESOFE y señalar su domicilio.  La indicación del importe total máximo garantizado con número y letra.  La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato citadoy su anexo técnico que se derive del procedimiento de Licitación.  La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma así como la especificación de las obligaciones garantizadas.  El señalamiento de la denominación o nombre de “El Prestador del Servicio” o fiado y de la Institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes.  La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados.  La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento.  La liberación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por el “Oficio de Comunicación de Cancelación de la Garantía” emitido por "La Secretaría".  La INDIVISIBILIDAD de la misma, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por la totalidad de la obligación garantizada.  Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015.  El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia. Se deberá considerar, además dentro de la fianza las declaraciones siguientes en forma expresa:  “Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia”.  “La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas, para cubrir la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”.  “La liberación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de “La Secretaría”.  “La afianzadora acepta expresamente a tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aun en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte de “La Secretaría” para el cumplimiento oportuno en total de las obligaciones que se garantizaran, por lo que la entrega afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas.” En el supuesto de que “La Secretaría” y “El Prestador del Servicio” convengan la modificación del contrato vigente, el licitante que resulte adjudicado deberá contratar la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la misma o bien una nueva fianza por el 10% (diez por ciento) del importe de la modificación convenida, dentro de los bienes o 5 (cinco) días naturales siguientes al de la prestación firma del convenio que modifique el contrato principal. Se hará efectiva la fianza de los servicios, calidad y vicios ocultoscumplimiento del contrato por alguna de las causas previstas en el apartado de rescisiones del Modelo de Contrato de la presente Licitación. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de las penas convencionales, ni la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. “La Secretaría” podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato contrato, cuando “El Prestador del Servicio” preste los mismos en forma diferente a cheque certificado, lo solicitado en la presente Licitación o incumpla con cualquiera de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicadolas obligaciones establecidas. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Licitación Pública Electrónica Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará El licitante ganador para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar si su cotización fuese igual o menor a $50,000.00, sin incluir I.V.A., cheque certificado o de caja por el 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el y en caso de las pólizas de fianzaser superior a $50,000.00, se deberá sin incluir una leyenda I.V.A. presentará Fianza expedida por Afianzadora debidamente constituida en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través términos de la Secretaría Ley de Planeación Instituciones de Seguros y Finanzas; en todos los casos sera de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del SNDIF, conforme al Anexo VII, el cual forma parte de esta convocatoria. Adicional a lo anterior, deberá presentar un seguro de responsabilidad Civil - Actividades por el 30% del importe adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir sin incluir el cumplimiento oportuno I.V.A. (anexo VII-A) Las pólizas se entregarán en la entrega Dirección de los bienes o Finanzas, ubicada en Prolongación Xochicalco No. 947, primer piso, Col. Xxx. Xxxx Xxxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, C.P. 03310, misma que será la prestación encargada de los servicios, calidad recibir y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente verificar que las garantías de seriedad cumplimiento y de Responsabilidad Civil-Actividades que entreguen el licitante ganador cumplan con todos los requisitos legales y sean otorgadas, hasta suficientes para cubrir las obligaciones correspondientes. Para lo cual el área encargada de la fecha administración del fallo, en contrato solicitará al licitante que resulte adjudicado la evidencia de que se devolverán la Fianza y la póliza de Responsabilidad Civil-Actividades fueron entregadas a los licitantes salvo la Dirección de aquél Finanzas conforme a quien se hubiere adjudicado la normativa vigente. El Sistema Nacional DIF podrá rescindir administrativamente el contrato, la que se retendrá hasta cuando el momento licitante ganador no entregue en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente tiempo y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán forma las garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto establecidas en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalpresente punto. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con Con fundamento en el Artículo 126 fracción III artículos 73 y 75 Bis de la LeyLey de Adquisiciones para el Distrito Federal y artículo 360 fracciones I, el proveedor ganadorinciso a), garantizará II, III y IV del Código Fiscal del Distrito Federal, ''El Prestador'' garantiza el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas obligaciones contraídas mediante Fianza número 1721179 por un importe de fianza$172,413.79 (CIENTO SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TRECE PESOS 79/100 M.N.) expedida por la Afianzadora ACE Fianzas Monterrey, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumentoS.A., Institución Mexicana legalmente autorizada para tal efecto, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente Finanzas de la Ciudad de México, la cual no es menor al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas importe sin Impuesto al Valor Agregado señalado en la Cláusula Segunda del presente instrumento, con IVA Esta garantía una vigencia desde su expedición y hasta 3 meses después de la conclusión del servicio. La fianza, deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir garantizar el cumplimiento oportuno de todas y cada una de las obligaciones y deberá contener expresamente lo siguiente: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este contrato. b) Que en caso que sea prorrogado el plazo estipulado para la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha terminación del fallo, en la objeto a que se devolverán a los licitantes salvo refiere la fianza o exista espera, su vigencia quedará automáticamente prorrogada en concordancia con la misma. c) Que la fianza garantiza el cumplimiento de aquél a quien se hubiere adjudicado el contratotodas las obligaciones contraídas. d) Que para ser cancelada la fianza será requisito indispensable, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya conformidad por escrito de “El Gobierno de la garantía Ciudad de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratanteMéxico”. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente e) Que la garantía de cumplimiento, se estará institución afianzadora acepta someterse expresamente a lo previsto preceptuado en el artículo 105 los artículos 178 y 282 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos Instituciones de Seguros y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalde Fianzas en vigor. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 17.6.- Por restricciones presupuestales de la Contratante. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera será por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA IVA. Esta garantía deberá presentarse al área contratante Contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante Convocante conservará en custodia unicamente únicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratanteContratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo Artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalLey. 18.4.- Con fundamento en el artículo Artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalLey, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con “El Prestador de Servicios” se obliga a constituir y presentar a “El Tribunal”, la garantía de cumplimiento por el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto importe total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante del contrato sin incluir el I.V.A., dentro de los diez días siguientes a la firma del contrato citadopresente contrato, siendo por un importe de $---(--- pesos --/100M.N.), la fianza deberá ser expedida por una institución afianzadora a favor de la Tesorería de la Federación, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificadogarantizar su debido cumplimiento, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará acuerdo a lo previsto en los artículos 48 y 49 xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, siendo por el artículo 105 importe de $--- (--- pesos --/100 M. N.) La fianza en cuestión deberá contener expresamente que la institución que la otorgue, se somete al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 95, 95 Bis y 98 de la Ley Federal de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalInstituciones de Fianzas en vigor. La póliza de fianza deberá contener las siguientes declaraciones expresas de la institución que la otorga: 1. Que se otorga atendiendo a las estipulaciones establecidas en el presente contrato. 18.4.- Con fundamento 2. Que garantiza el servicio de supervisión de obra de la ejecución de la primera etapa de la nueva sede de las Salas Regionales de Oriente, del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en la Ciudad Judicial de Puebla, Puebla, conforme a lo establecido en el Anexo 1 de este contrato, que forman parte del mismo. 3. Asimismo, deberá indicarse en la fianza: “Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acortarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “El Tribunal” otorgue prórrogas o esperas a “El Prestador de Servicios” para el cumplimiento de sus obligaciones”. 4. También se hará mención de lo siguiente: “La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 128 95 de la Ley Federal de AdquisicionesInstituciones de Fianzas, Arrendamientos para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé 5. Se indicará el importe total garantizado con número y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalletra. 6. Se indicará el número de contrato, así como las especificaciones de las obligaciones a garantizar. 7. Señalará la garantía razón social de “El Prestador de Servicios”. 8. La condición de la vigencia deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de las obligaciones previstas en los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazocontratos y actos administrativos.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III 32.1. Dentro de los 15 (quince) días naturales contados a partir de la Ley, fecha en que se hubiese firmado el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la salvo que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los serviciosse realice dentro del citado plazo, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la licitante seleccionado otorgará garantía de cumplimiento de conformidad con los porcentajes que se establecen en las Normas y Políticas para el Establecimiento de Garantías en Materia de Adquisiciones de Bienes y prestación de Servicios, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el día 23 de Septiembre del 2006, y la cual se establecerá en base al monto del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- adjudicado. De 0 vsm a 2,000 vsm No se aceptarán garantías Aplica De 2,000.01 vsm a 4,000 vsm 10 De 4,000.01 vsm a 13,000 vsm 10 De 13,000.01 vsm en adelante 15 Dicha garantía de cumplimiento solo será aceptada por “La Convocante”, si la misma se constituye bajo alguna de contrato diferente a cheque certificadolas siguientes modalidades: a) Póliza de Fianza, de caja, fianza o hipoteca, con independencia la cual deberá observar lo indicado por la fracción I del texto Artículo 56 del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalpara el Estado de Baja California. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 b) Cheque Certificado a nombre de la Ley Secretaria de AdquisicionesPlaneación y Finanzas del Gobierno del Estado de Baja California. c) En efectivo, Arrendamientos el cual deberá entregarse en las cajas recaudadoras de la Secretaria de Planeación y Servicios Finanzas, entregando copia del Sector Público Estatal y Municipal, recibo correspondiente a la garantía Oficialía Mayor de Gobierno. 1. Garantizará el exacto cumplimiento de todas las cláusulas del presente contrato deberá presentarse a más tardar dentro y responderá de los cinco días naturales siguientes al defectos o vicios ocultos del mismo. Se hará efectiva hasta por la cantidad necesaria para responder de los daños y perjuicios causados. 2. Estará vigente hasta que el suministro haya sido recibido en su totalidad por “El Estado” y durante el lapso de 1 (un) año siguiente a su recepción, para responder de los defectos de elaboración y cualquier responsabilidad que resulte a cargo de “El Proveedor”, en favor de “El Estado” derivada de este contrato. 3. En caso de prórroga de la vigencia del presente contrato, se entenderá que la fianza respectiva quedará automáticamente prorrogada en concordancia con lo anterior, sí la misma resulta por causa imputable a “El Proveedor”. 4. Para que sea cancelada la fianza antes de que concluya su plazo preestablecido, será requisito indispensable la autorización de conformidad por escrito de “El Estado”. 5. La fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos o ejercicio de las acciones legales que se firmeinterpongan, salvo y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad o tribunal competente. 6. Que la entrega afianzadora acepte expresamente en someterse a los procedimientos de los bienes o ejecución previstos en la prestación Ley Federal de los servicios se realice dentro del citado plazoInstituciones de Fianzas, para la efectividad de las fianzas.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con El Proveedor se obliga a hacer entrega, dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del presente instrumento, de una fianza para garantizar el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el buen cumplimiento del contratoy calidad, así como la indemnización para responder por los defectos y vicios ocultos, mediante cheque certificadoen los bienes y servicios realizados, de cajaexpedida por una institución legalmente autorizada, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe monto equivalente al 1020% (diez veinte por ciento) del monto total adjudicado contratado, más los impuestos correspondientes, es decir, $1´168,166.40 (un millón ciento sesenta y ocho mil ciento sesenta y seis pesos 40/100, M.N.), a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma favor del contrato citadoPoder Judicial del Estado de Nuevo León, para cubrir garantizar el debido cumplimiento, misma que se aplicará de manera indivisible por el monto total garantizado, en caso de incumplimiento. La garantía de cumplimiento oportuno en la entrega estará vigente por un mínimo de 6 (seis) meses, después de que los bienes o servicios materia del presente Contrato hayan sido recibidos en su totalidad y, en su caso, los addendums que de aquél deriven, además, quedará extendida hasta la prestación fecha en que se satisfagan las responsabilidades no cumplidas y se corrijan los defectos o vicios ocultos, en los casos en que esa fecha sea posterior al vencimiento del plazo anteriormente señalado. La fianza deberá contener las declaraciones expresas para la cual se expide, en tal sentido, dentro de la misma deberá incluirse el siguiente texto: “Para garantizar por la empresa denominada SEGURIDAD PRIVADA CERTIFICADA, S.A. DE C.V., con domicilio en la calle Xxxxxxxxx X. Xxxx, número 625, en la colonia Chepevera, en el municipio de Monterrey, Nuevo León, y su Registro Federal de Contribuyentes es SPC041014EEA; el buen cumplimiento, y responder por los servicios, calidad defectos y vicios ocultosocultos y cualquier otra responsabilidad derivadas del Contrato PJENL/49/2021, celebrado entre el Poder Judicial del Estado de Nuevo León, a través del Consejo de la Judicatura del Estado y la empresa SEGURIDAD PRIVADA CERTIFICADA, S.A. DE C.V., por el 20% (veinte por ciento) del monto total contratado, incluyendo impuestos, relativo al servicio de monitoreo de circuito cerrado de televisión, mediante 10 (diez) elementos monitoristas, para los diversos edificios, oficinas, locales e instalaciones que ocupa el Poder Judicial del Estado”. “Esta Institución fiadora, hace suyas las obligaciones contraídas en el Contrato referido y por lo mismo se obliga a pagar al Poder Judicial del Estado el monto total de la presente fianza. Asimismo, esta institución fiadora pagará al Poder Judicial del Estado de Nuevo León el total del importe de este documento a título xx xxxx convencional”. “Esta fianza garantiza el servicio de monitoreo de circuito cerrado de televisión, mediante 10 (diez) elementos monitoristas, para los diversos edificios, oficinas, locales e instalaciones que ocupa el Poder Judicial del Estado”. “En caso de ser necesario prorrogar el plazo señalado en el Contrato para la prestación del citado servicio, o exista espera concedida a la empresa denominada SEGURIDAD PRIVADA CERTIFICADA, S.A. DE C.V., la vigencia de esta fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del falloqueda automáticamente prorrogada, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza concordancia con dicha prórroga o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que espera en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 incumplimiento de la Ley empresa SEGURIDAD PRIVADA CERTIFICADA, S.A. DE C.V., las partes convienen en considerar que en la resolución de Adquisicionesrescisión por parte del Poder Judicial del Estado, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalopera de pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial o cualquier otro trámite o formalidad.” “Dicha fianza se expide de acuerdo con las siguientes cláusulas: 18.4.- Con fundamento a) Que la fianza se otorgue en el artículo 128 los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.este Contrato;

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De “LA CONCESIONARIA” deberá garantizar durante todo el tiempo de vigencia de LA CONCESIÓN, ya sea mediante cheque certificado, o bien mediante fianza, la cual deberá ser otorgada por una Institución Mexicana debidamente autorizada, y aprobada por “EL MUNICIPIO”, otorgada a favor de “MUNICIPIO DE EL XXXXXXX, DEL ESTADO DE QUERETARO”, la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado, saneamiento y reúso de aguas residuales. La póliza deberá contener las siguientes declaraciones expresas: “Que la fianza se otorga en los términos del presente contrato, atendiendo todas las estipulaciones contenidas en el mismo”. “Que para ser cancelada la fianza, será requisito indispensable la conformidad con expresa y por escrito de “EL MUNICIPIO”, donde conste el Artículo 126 fracción III cumplimiento total de las obligaciones contractuales”, y Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la indemnización por vicios ocultossubstanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme; y Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para aún para el caso de las pólizas que proceda el cobro de fianzaindemnización por xxxx, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor con motivo del Gobierno pago extemporáneo del Estado de Puebla a través importe de la Secretaría póliza de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al fianza requerida. El monto inicial será del 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisicionesinversión total estimada que asciende a $201,894,254.00 (DOSCIENTOS UN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.), Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse será entregada por “LA CONCESIONARIA” a más tardar “EL MUNICIPIO” dentro de los cinco días naturales hábiles siguientes a la fecha de suscripción del presente contrato. Esta fianza inicial deberá ser suscrita con vigencia hasta el 31 (treinta y uno) de diciembre del 2015 (dos mil quince). La fianza otorgada será actualizada cada año, con vigencia del 01 de enero al 31 de diciembre del año que se firmecorresponda. En el mes de diciembre de cada año, salvo que la entrega “EL MUNICIPIO” teniendo en consideración el incremento del monto establecido de los bienes o infraestructura, obras e instalaciones pendientes por realizarse, derechos de uso de agua nacionales por adquirirse, y cualquier otro gasto necesario para la prestación del servicio concesionado, señalará a “LA CONCESIONARIA” el monto de los servicios se realice dentro la garantía que corresponderá a la fianza de la anualidad del citado plazoejercicio posterior, a efecto de que ésta, entregue el primer día hábil del mes de enero del ejercicio que corresponda a “EL MUNICIPIO” la nueva póliza que estará en vigencia en dicho período.

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Samples: Concession Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III Conforme a los artículos 48 y 49, fracciones I y II, de la LeyLAASSP y a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del CONTRATO, el proveedor ganador, garantizará PROVEEDOR se obliga a constituir una fianza divisible por el cumplimiento del contratofiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de los contratos de cada una de las PARTICIPANTES, así conforme a las DISPOSICIONES de carácter general por las que se aprueban los modelos de pólizas de fianzas constituidas como garantía en las contrataciones públicas realizadas al amparo de la indemnización LAASSP y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 xx xxxxx de 2022. La garantía deberá constituirse mediante fianza expedida por vicios ocultoscompañía autorizada para ello, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el la Tesorería de la Federación o en su caso de las pólizas de fianzala Entidad, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultosrespectivo antes del Impuesto al Valor Agregado. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya total del monto máximo del CONTRATO corresponda a una cantidad de hasta 964 UMAS, las PARTICIPANTES deberán justificar el solicitar que el cumplimiento de los CONTRATOS se garantice mediante alguna de las siguientes opciones: cheque certificado o de caja, depósito de dinero constituido a través de certificado o billete de depósito, expedido por institución de crédito autorizada, depósito de dinero constituido ante la garantía TESOFE o carta de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías crédito irrevocable. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el numeral 18 Garantías, 18.1 Garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato las Políticas Bases y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que Lineamientos en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley Materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 Contratación de Servicios, de la Ley Secretaría de AdquisicionesHacienda y Crédito Público (SHCP) como ente consolidador. Dicha garantía deberá constituirse a favor de la Tesorería de la Federación o en su caso de la Entidad, Arrendamientos y Servicios por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del Sector Público Estatal y Municipal, la monto máximo total del contrato respectivo antes del Impuesto al Valor Agregado. La garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco 10 (diez) días naturales siguientes al a la firma del CONTRATO, en los domicilios que para tal efecto indique cada una de las PARTICIPANTES. El PROVEEDOR queda obligado a mantener vigente la garantía mencionada hasta en tanto las PARTICIPANTES expresamente manifiesten que recibieron a su entera conformidad los bienes previstos en las presentes ETAs y en los CONTRATOS que celebren con el PROVEEDOR, en caso de que quede alguna obligación pendiente de cumplimiento prevista en el CONTRATO, ya sea una obligación principal, accesoria o de garantía, y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se firmeinterpongan, salvo hasta que se dicte resolución definitiva y firme que emita la entrega autoridad competente, en la inteligencia de que dicha garantía sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de las PARTICIPANTES con las que haya suscrito el CONTRATO. Una vez cumplidas todas y cada una de las obligaciones que se deriven de la contratación por parte del PROVEEDOR a entera satisfacción del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO de cada una de las PARTICIPANTES, procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales, para que el PROVEEDOR dé inicio a los bienes o trámites para la prestación cancelación de los servicios se realice dentro la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 81, fracción VIII, del citado plazoRLAASSP.

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Samples: Acquisition Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente CONTRATO que se solicite al PROVEEDOR, será mediante fianza expedida a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la S.H.C.P., por un monto del 10% del monto máximo del CONTRATO, sin incluir el I.V.A y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No conforme a los términos de las Disposiciones de Carácter General por las que se aceptarán garantías aprueban los modelos de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la fianzas constituidas como garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 las contrataciones públicas realizadas al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 xx xxxxx de 2022; esta garantía deberá estar cerrada a pesos sin centavos y deberá ser entregada a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del Sector Público Estatal CONTRATO. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; Que en caso de que la ASIPONA DOS BOCAS sea emplazada a juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para EL PROVEEDOR durante la prestación de los SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de un crédito fiscal, por el que se llamara a juicio a la ASIPONA DOS BOCAS o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del servicio, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la ASIPONA DOS BOCAS, quien de manera adicional y Municipal. 18.4.- Con fundamento sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por EL PROVEEDOR, que es el fiado, en caso de demanda que implique pago de pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las responsabilidades que se reclamen a efecto de que se libere a la ASIPONA DOS BOCAS del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo. Para tal caso, la ASIPONA DOS BOCAS hará del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a la ASIPONA DOS BOCAS el importe negociado y en caso de negativa, la ASIPONA DOS BOCAS procederá en la forma y vía a que se refiere el inciso e). Para otorgarse el finiquito, previamente EL PROVEEDOR liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el mismo en la prestación de los SERVICIOS objeto del CONTRATO, así como derivados de reclamaciones de estos ante las autoridades de trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la no existencia de pasivos se extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte de EL PROVEEDOR, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe; Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales. Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la ASIPONA DOS BOCAS; Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en el artículo 128 95 de la citada Ley, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 95 Bis de dicha Ley; En caso de incumplimiento en la prestación del servicio, la garantía de cumplimiento se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. La garantía de Cumplimiento la podrá entregar el PROVEEDOR por medios electrónicos; de conformidad con lo establecido por el artículo 214 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, vigente. El no presentar la Garantía dentro del plazo señalado dará lugar a la rescisión administrativa del CONTRATO de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 54 xx Xxx de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazoPúblico.

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Samples: Contract for Executive Project and Supply Services

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III Una vez que INS Inversiones SAFI S.A. le notifique la solicitud de la Leygarantía de cumplimiento por medio del sistema SICOP al adjudicatario, éste deberá entregar en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles una garantía de cumplimiento por un monto del 3% del monto total adjudicado. La garantía de cumplimiento debe de ser rendida en forma electrónica, podrá rendirse en cualquier moneda extranjera o bien en su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el proveedor ganadorBanco Central xx Xxxxx Rica, garantizará vigente al día anterior a la presentación de la oferta o la suscripción del contrato. En este último caso el contratista está obligado a mantener actualizado el monto de la garantía. La Garantía de cumplimiento deberá mantenerse vigente hasta dos (2) meses, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del contrato que le realizará INS Inversiones SAFI S.A. al adjudicatario por medio del sistema de SICOP. La Garantía de Cumplimiento será devuelta al contratista en el plazo de veinte (20) días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el contrato, comprobado mediante documento suscrito por el Administrador del Contrato debidamente justificado. En el caso de que la institución contratante se viera obligada a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificadoel adjudicatario rendirá una nueva, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para manera que el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda contrato en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultostodo momento quede garantizado hasta su ejecución total. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadasno rendir la nueva garantía, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado será motivo suficiente para resolver el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya . Es una obligación del contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento mientras no se haya recibido el objeto del contrato correspondiente contrato. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, el contratista no ha prorrogado su vigencia, la Administración podrá hacerla efectiva en forma preventiva y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificadomantener el dinero en una cuenta bajo custodia, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que el cual servirá como medio resarcitorio en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la incumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalsustitutiva. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contratación De Servicios Para Asesoría Financiera Y Contable

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que el “Prestador de Servicios” asume con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento celebración del presente contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para para el caso pago de las pólizas de fianzapenas estipuladas y posibles pagos en exceso con los intereses correspondientes, se deberá incluir una leyenda en obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez 10 por ciento) ciento del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta del mismo, sin incluir los impuestos aplicables, esto es, por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos [ ]/100 M.N.), y hasta 20 por ciento más en el supuesto de que por algún motivo deban incrementarse los servicios contratados, el monto o el plazo pactado. La presente garantía deberá presentarse al área contratante a la firma contratarse de modo que esté vigente hasta que los servicios materia del contrato citado, para cubrir de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el cumplimiento oportuno en consentimiento expreso y por escrito de la entrega “Suprema Corte”. I. En la póliza de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la afianzadora- en ejercicio de la autorización que se retendrá hasta el momento le fue concedida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de conformidad con lo dispuesto en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de AdquisicionesInstituciones de Seguros y de Fianzas, Arrendamientos se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos [ ]/100 M.N.), y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento hasta un 20 por ciento más en el artículo 128 supuesto de que por algún motivo deban incrementarse los servicios contratados, el monto o el plazo pactado, para garantizar, por parte de [ ], con domicilio en [ ], el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del Contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ], celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Ley Nación y [ ], con la participación conjunta de Adquisiciones[ ], Arrendamientos con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos [ ]/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado. “La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Servicios del Sector Público Estatal Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y Municipaldesincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación” y en el Contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ], celebrado entre la garantía Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ ], con la participación conjunta de [ ], con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de contrato deberá presentarse todas y cada una de las obligaciones a más tardar dentro cargo de los cinco días naturales siguientes al que se firme[ ], salvo que con la entrega participación conjunta de los bienes o [ ], relativo a la prestación de los servicios para la actualización de la plataforma tecnológica del sistema integral administrativo (SIA-SAP), con un monto contratado por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos [ ]/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado. - La fianza se realice otorga atendiendo a las cláusulas contenidas en el Contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ]. - La presente fianza tendrá vigencia durante toda la duración del Contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ] y la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - En caso de incumplimiento contractual de [ ], la Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. - La presente fianza podrá ser liberada a [ ], siempre y cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como el pago xx xxxxx convencionales a que se haga acreedor [ ], pagos en exceso y los intereses que correspondan por los mismos. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que, en su caso, llegare a suscribirse, o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento en el monto o plazo de ejecución, la fianza cubrirá hasta un 20 por ciento adicional al originalmente pactado. - Para la interpretación y cumplimiento de las cláusulas contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de “Las Partes” en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón del domicilio tenga o llegare a tener." II. “Las Partes” convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que se firme el contrato. En caso de que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza en la forma y términos pactados, la “Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato. El “Prestador de Servicios”, por medio de este instrumento, renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de la “Suprema Corte”, dando con esta renuncia, cumplimiento a lo que se establece en el párrafo último del citado plazoartículo 289 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. “Las Partes” convienen que la presente garantía será exigible cuando el “Prestador de Servicios” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el presente instrumento.

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Samples: Service Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con 4.3.2.1. En el Artículo 126 fracción III de momento que la Ley, adjudicataria se presente a firmar el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada entregará a favor del Gobierno del Estado Fideicomiso de Puebla. Para el caso Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL-BNCR una garantía de cumplimiento vigente, que será rendida en cualquiera de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda formas indicadas en el cuerpo Reglamento General de dicho instrumentola Contratación Administrativa, por un monto como mínimo de $181.100 US dólares (ciento ochenta y un mil cien dólares americanos) Dicha garantía debe rendirse en la moneda en que se aclare que esa póliza se expide presentó la oferta. 4.3.2.2. La vigencia de esta garantía empezará a favor del Gobierno del Estado de Puebla regir a través partir de la Secretaría fecha de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoy el adjudicatario debe mantenerla vigente por todo el plazo de la contratación y hasta por veinte (20) días hábiles siguientes posteriores a la fecha de finalización del Plazo del Contrato comprobado mediante documento suscrito por el administrador del contrato y la suscripción de un contrato de finiquito. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, para cubrir el cumplimiento oportuno contratista no ha prorrogado su vigencia, el fiduciario podrá hacerla efectiva en la entrega forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo su custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultosincumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva del dinero. 4.3.2.3. En cumplimiento de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente la Directriz UIM/046/06/2000 de la Bolsa Nacional de Valores, cuando la garantía sea rendida con títulos o valores que posean cupones, con el fin de asegurar la ejecución del documento deberán entregarse junto con el documento principal los citados cupones para que se tenga por bien rendida la garantía. No obstante no se reconocerán intereses por las garantías de seriedad mantenidas en depósito por el fiduciario; sin embargo, los que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a devenguen los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá títulos hasta el momento en que el proveedor constituya se ejecuten, pertenecen a su legítimo dueño o depositante. 4.3.2.4. Si la garantía de cumplimiento es presentada por medio de cheque del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratanteSistema Bancario Nacional, sólo se aceptarán si son certificados o de gerencia. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en 4.3.2.5. En el caso de que algún proveedor adjudicado no presente el fiduciario se viera obligada a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el adjudicatario rendirá una nueva, de cumplimiento, se estará a lo previsto manera que el contrato en todo momento quede garantizado hasta su ejecución total. En caso de prórroga el artículo 105 adjudicatario deberá extender la vigencia de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalesta garantía. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contratación Para Proveer Acceso a Los Servicios De Voz Y El Acceso, Desde Una Ubicación Fija, Al Servicio De Internet

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con El Proveedor se obliga a hacer entrega al Poder Judicial dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del Contrato, de una fianza para garantizar el Artículo 126 fracción III de la Leycumplimiento, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por y responder contra defectos y vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para expedida por Institución legalmente autorizada por el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 1020% (diez veinte por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoContrato, incluyendo impuestos, es decir $135,720.00 (ciento treinta y cinco mil setecientos veinte pesos, 00/100, M.N.) en favor del Poder Judicial del Estado de Nuevo León, para cubrir garantizar el cumplimiento oportuno del Contrato, aplicándose de manera indivisible por el monto total garantizado en la entrega caso de incumplimiento. La garantía de cumplimiento estará vigente por un mínimo de 6 (seis) meses después de que los bienes o servicios materia del presente Contrato, hayan sido recibidos en su totalidad y en su caso los addendums que de aquel deriven, además, quedará extendida hasta la prestación fecha en que se satisfagan las responsabilidades no cumplidas y se corrijan los defectos o vicios ocultos en los casos en que esa fecha sea posterior al vencimiento del plazo anteriormente señalado. La fianza deberá contener las declaraciones expresas para la cual se expide, en tal sentido, dentro de la misma deberá incluirse el siguiente texto: “Para garantizar por la empresa denominada MIS SERVICES, S.A. DE C.V., con domicilio en la avenida Xxxxxxx Xxxxxxx número 575, Torre C, xxxxx 000, en la colonia Xxxxx Xxxxxxxx, en San Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Nuevo León; con registro federal de contribuyentes MSE-140623-AJ4; el buen cumplimiento, y responder por los servicios, calidad defectos y vicios ocultosocultos y cualquier otra responsabilidad derivadas del Contrato PJENL/10/2022, celebrado entre el Poder Judicial del Estado de Nuevo León, a través del Consejo de la Judicatura del Estado y la empresa MIS SERVICES, S.A. DE C.V., por el 20% (veinte por ciento) del monto total contratado incluyendo impuestos, relativo al servicio de renovación de póliza anual de mantenimiento y servicios de soporte de seguridad Sandboxing, para protección de infecciones y vulnerabilidad de seguridad en el correo electrónico del Poder Judicial”. “Esta Institución fiadora, hace suyas las obligaciones contraídas en el Contrato referido y por lo mismo se obliga a pagar al Poder Judicial del Estado el monto total de la presente fianza. Asimismo, esta institución fiadora pagará al Poder Judicial del Estado de Nuevo León el total del importe de este documento a título xx xxxx convencional”. “Esta fianza garantiza el servicio de renovación de póliza anual de mantenimiento y servicios de soporte de seguridad Sandboxing, para protección de infecciones y vulnerabilidad de seguridad en el correo electrónico del Poder Judicial”. “En caso de ser necesario prorrogar el plazo señalado en el Contrato para la prestación del citado servicio, o exista espera concedida a la empresa denominada MIS SERVICES, S.A. DE C.V., la vigencia de esta fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del falloqueda automáticamente prorrogada, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza concordancia con dicha prórroga o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que espera en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 incumplimiento de la Ley empresa MIS SERVICES, S.A. DE C.V., las partes convienen en considerar que en la resolución de Adquisicionesrescisión por parte del Poder Judicial del Estado opera de pleno derecho, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal.sin necesidad de declaración judicial o cualquier otro trámite o formalidad”. “Dicha fianza se expide de acuerdo a las siguientes cláusulas: 18.4.- Con fundamento a) Que la fianza se otorgue en el artículo 128 los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.este contrato;

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Samples: Contrato De Póliza De Mantenimiento Anual Y Soporte

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que el “Proveedor” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso con los intereses correspondientes, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10 (diez) por ciento del monto total del mismo, sin incluir los impuestos aplicables, esto es, por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos 00/100 M.N.), y hasta 20 (veinte) por ciento más en el supuesto de que por algún motivo deban incrementarse los bienes adquiridos, el monto o el plazo pactados. La presente garantía deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que [ ] materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de la “Suprema Corte”. I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de conformidad con el Artículo 126 fracción III lo dispuesto en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la LeyNación, en fiadora hasta por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos 00/100 M.N.), y hasta un 20 (veinte) por ciento más en el supuesto de que por algún motivo deban incrementarse los bienes adquiridos, el proveedor ganadormonto o el plazo pactados, garantizará para garantizar, por parte de [ ], con domicilio en [ ], el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ], celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ ], con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos [ ]/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado. “La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación” y en el contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ], celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ ], con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de [ ], relativo a [ ], con un monto contratado por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las cláusulas contenidas en el Contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ]. - La presente fianza tendrá vigencia durante toda la duración del Contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ] y la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - En caso de incumplimiento contractual de [ ], la Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. - La presente fianza podrá ser liberada a [ ], siempre y cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como el pago xx xxxxx convencionales a que se haga acreedor [ ], pagos en exceso y los intereses que correspondan por los mismos. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la indemnización misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por vicios ocultosun plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que, mediante cheque certificadoen su caso, llegare a suscribirse, o el que corresponda al plazo de cajaatraso. De existir incremento en el monto o plazo de ejecución, la fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Pueblacubrirá hasta un 20 (veinte) por ciento adicional al originalmente pactado. - Para el caso la interpretación y cumplimiento de las pólizas cláusulas contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se deberá incluir una leyenda somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el cuerpo artículo 11, fracción XXII, de dicho instrumentola Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón del domicilio tenga o llegare a tener." II. “Las Partes” convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir firme el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultoscontrato. En caso de ser que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la forma y términos pactados, la “Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato. El “Proveedor”, por medio de este instrumento, renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de la “Suprema Corte”, dando con esta renuncia cumplimiento a lo que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto establece en el párrafo último del artículo 105 289 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos Instituciones de Seguros y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento de Fianzas. “Las Partes” convienen que la presente garantía será exigible cuando el “Proveedor” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazopresente instrumento juridico.

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Samples: Carta Protesta De No Impedimentos Para Contratar

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con El Proveedor se obliga a hacer entrega al Poder Judicial dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del Contrato, de una fianza para garantizar el Artículo 126 fracción III de la Leycumplimiento, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por y responder contra defectos y vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para expedida por Institución legalmente autorizada por el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoContrato, incluyendo impuestos, es decir, $121,879.92 (ciento veintiún mil ochocientos setenta y nueve pesos, 92/00, M.N.), en favor del Poder Judicial del Estado de Nuevo León, para cubrir garantizar el cumplimiento oportuno del Contrato, aplicándose de manera indivisible por el monto total garantizado en caso de incumplimiento. La garantía de cumplimiento estará vigente por un mínimo de 6 (seis) meses después de que el Suministro o servicios materia del presente Contrato, haya sido recibido o concluido en su totalidad, y en su caso los adendas que de aquel deriven, además, quedará extendida hasta la fecha en que se satisfagan las responsabilidades no cumplidas y se corrijan los defectos o vicios ocultos en los casos en que esa fecha sea posterior al vencimiento del plazo anteriormente señalado. La fianza deberá contener las declaraciones expresas para la cual se expide, en tal sentido, dentro de la misma deberá incluirse el siguiente texto: “Para garantizar por la empresa denominada RAR SMART NETWORKS, S.A. DE C.V con domicilio en la entrega calle Palmito número 436, colonia Hacienda las Palmas, en Apodaca, Nuevo León, teniendo como registro federal de los bienes o la prestación de los servicioscontribuyentes RSN100219DS4, calidad el buen cumplimiento, y responder contra defectos y vicios ocultos, y cualquier otra responsabilidad derivadas del Contrato PJENL/84/2021, celebrado entre el Poder Judicial del Estado de Nuevo León, a través del Consejo de la Judicatura del Estado, y la empresa RAR SMART NETWORKS, S.A. DE C.V, por el 10% (diez por ciento) del monto total incluyendo el impuesto al valor agregado, relativo al suministro, instalación, configuración y puesta en marcha de la plataforma AVAYA Server Edition con sistema de reporteo ACR, SBC para la conexión remota, para la captura, seguimiento de llamadas telefónicas y soporte a usuarios internos, externos por parte de la mesa de servicios de la Dirección de Informática del Poder Judicial”. “Esta Institución fiadora, hace suyas las obligaciones contraídas en el Contrato referido y por lo mismo se obliga a pagar al Poder Judicial del Estado el monto total de la presente fianza. Asimismo, esta institución fiadora pagará al Poder Judicial del Estado de Nuevo León el total del importe de este documento a título xx xxxx convencional”. “Esta fianza garantiza el suministro, instalación, configuración y puesta en marcha de la plataforma AVAYA Server Edition con sistema de reporteo ACR, SBC para la conexión remota, para la captura, seguimiento de llamadas telefónicas y soporte a usuarios internos, externos por parte de la mesa de servicios de la Dirección de Informática del Poder Judicial”. “En caso de que sea necesario prorrogar el plazo señalado en el Contrato para la prestación del citado Suministro, o exista espera concedida a la empresa denominada RAR SMART NETWORKS, S.A. DE C.V., la vigencia de esta fianza queda automáticamente prorrogada, en concordancia con dicha prórroga o espera. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente incumplimiento de la empresa RAR SMART NETWORKS, S.A. DE C.V., las garantías de seriedad partes convienen considerar que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que resolución de rescisión por parte del Poder Judicial del Estado opera de pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial o cualquier otro trámite o formalidad.” “Dicha fianza se devolverán expide de acuerdo a las siguientes cláusulas: a) Que la fianza se otorgue en los licitantes salvo la términos de aquél a quien se hubiere adjudicado el este contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.;

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Samples: Contrato De Suministro E Instalación

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con a. Por regla general en los pliegos de requisitos y en los contratos establecerá que la Garantía de Cumplimiento será por el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 101 0% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoo de su monto máximo cuando se utilice el mecanismo de contratación bajo demanda, para cubrir sin incluir IVA. b. Tratándose de la adquisición de bienes con características y/o diseños específicos solicitados por el cumplimiento oportuno Área Requirentes, en los pliegos de requisitos y en los contratos se establecerá que la Garantía de Cumplimiento será por el 20% del monto total del contrato o de su monto máximo cuando se utilice el mecanismo de contratación bajo demanda, sin incluir IVA. c. Cuando el objeto de la contratación consista en la entrega adquisición de combustibles o gu ímicos destinados al proceso de generación de energía eléctrica, el titular del Area Requirente, mediante oficio dirigido al AEIM, podrá autorizar que en los bienes pliegos de requisitos y en los contratos se establezca que la Garantía de Cumplimiento sea CRITERIOS OPERATIVOS PARA EL ADECUADO CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMI ENTOS, CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y EJECUCIÓN DE OBRAS DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD Y SUS EMPRESAS PRODUCTIVAS SUBSIDIARIAS, EN LOS PROCEDIMI ENTOS DE ADQUISICIÓN O ARRENDAMIENTO DE BIEN ES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, Y PARA LA MEJOR Y OPORTUNA EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS DE ADQUISICIÓN DE BI ENES, ARRENDAMIENTOS O CONTRATACIÓN DE SERVICIOS entre el 2% y el 5% del monto total del contrato o la prestación de los serviciossu monto máximo cuando se utilice el mecanismo de contratación bajo demanda, calidad y vicios ocultos. sin incluir IVA. d. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la contrataciones que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contratorealicen por excepción al concurso abierto con fundamento en las fracciones 111, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento XIII, XVIII, XIX y XXV del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificadoartículo 80, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos la CFE y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 52, del Reglamento de la Ley de Adquisicionesla CFE, Arrendamientos y Servicios el titular del Sector Público Estatal y MunicipalArea Requirente, bajo su responsabilidad, podrá exceptuar al Proveedor, de presentar la Garantía de Cumplimiento del contrato respectivo. e. La Garantía de Cumplimiento deberá presentarse por el Proveedor, dentro de los 7 d ías hábiles siguientes a la formalización del contrato. Considerando que en el texto de la garantía deberá señalar que su vigencia iniciará desde la fecha de formalización del contrato. f. Cuando la contratación comprenda más de un ejercicio p resupuesta!, la garantía Garantía de cumplimiento Cumplimiento podrá ser por el porcentaje que corresponda del monto total por erogar en el ejercicio fiscal de contrato que se trate, y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a ejercer en el mismo y presentarse a más tardar dentro de los cinco últimos 15 días naturales siguientes hábiles del ejercicio fiscal anterior al de la obligación a garantizar. g. Cuando el Área Requi rente así lo considere conveniente podrá solicitar las garantías de cumplimiento, calidad y/o vicios ocultos en un solo instrumento, considerando la temporalidad durante la cual se garantiza la calidad o los vicios ocultos. En el supuesto de requerir los instrumentos por separado deberán determinar la fecha de entrega de la garantía de calidad y/o vicios ocultos, que deberá ser 15 d ías hábiles previos al vencimiento de la Garantía de Cumplimiento, así como el porcentaje a garantizar y el plazo. h. Tratándose de bienes o servicios y de acuerdo con las características y objeto del contrato de que se firmetrate, salvo que el Área Requirente determinará la divisibilidad o indivisibilidad de la Garantía de Cumplimiento. Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior, la garantía será divisible cuando la entrega de los bienes o la prestación de servicios de manera parcial, resultan útiles, aprovechables o funcionales para la Empresa Contratante, por lo que la Garantía de Cumplimiento se ejecutará solo por la parte proporcional del incumplimiento; se considerará indivisible cuando por las características de los bienes o servicios entregados, estos no pueden funcionar o ser utilizados por la Empresa Contratante por estar incompletos, por lo que la garantía siempre se realice dentro del citado plazo.hará efectiva, por el monto total de la obligación garantizada. CRITERIOS OPERATIVOS PARA EL ADECUADO CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMI ENTOS, CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y EJECUCIÓN DE OBRAS DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD Y SUS EMPRESAS PRODUCTIVAS SUBSIDIARIAS, EN LOS PROCEDIMI ENTOS DE ADQUISICIÓN O ARRENDAMIENTO DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, Y PARA LA MEJOR Y OPORTUNA EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS DE ADQUISICIÓN DE BIENES, ARRENDAMI ENTOS O CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

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Samples: Criterios Operativos

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda Con Fundamento en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación los artículos 73 y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 75 Bis de la Ley de AdquisicionesAdquisiciones para Distrito Federal y artículo 360 fracciones I inciso a), Arrendamientos II, III y Servicios IV del Sector Público Estatal Código Fiscal del Distrito Federal, “El Prestador” garantiza el cumplimiento de las obligaciones contraídas mediante Fianza No. 1729268-0000 por un importe de $43,000.00 (CUARENTA Y TRES MIL PESOS 00/100 M.N.), expedida por Afianzadora PRIMERO FIANZAS, S.A. DE C.V., Institución Mexicana legalmente autorizada para tal efecto, en favor de la Secretaria de Finanzas de la Ciudad de México, la cual no es menor al 10% del importe sin Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) señalado en la Cláusula Segunda del presente instrumento, con una vigencia desde su expedición y Municipalhasta 3 meses, después de la conclusión del presente instrumento. La fianza deberá garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones y deberá contener expresamente lo siguiente: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este contrato. 18.4.- Con fundamento b) Que en caso que sea prorrogado el artículo 128 plazo estipulado para la terminación del objeto a que se refiere la fianza o exista espera, su vigencia quedará automáticamente prorrogada en concordancia con la misma. c) Que la fianza garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas. d) Que para ser cancelada la fianza será requisito indispensable la conformidad por escrito de “El Gobierno de la CDMX”. e) Que la Institución Afianzadora acepta someterse expresamente a lo preceptuado en los artículos 178 y 282 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos Instituciones de Seguros y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazoFianzas en vigor.

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Samples: Gas Supply Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con El licitante que resulte adjudicado en el Artículo 126 fracción III presente proceso de la Ley, el proveedor ganador, garantizará Licitación Pública Mixta Nacional deberá garantizar el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultoscontrato respectivo, mediante cheque certificadofianza expedida por Institución Mexicana de Seguros y Fianzas legalmente autorizada para ello, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoadjudicado, para cubrir sin considerar el cumplimiento oportuno Impuesto al Valor Agregado (I.V.A), expedida a favor de la convocante, con domicilio en la entrega Xxxxxx Xxxx Xxxxxx x/x, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx xx Xxx, Estado de los bienes o la prestación México, C.P. 54030, en el Departamento de los servicios, calidad y vicios ocultosContratos. En caso de ser La referida fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías considerar lo siguiente: Se deberá expedir de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificadomanera indivisible, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará acuerdo a lo previsto en establecido por el artículo 105 81 fracción II del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalPúblico. Asimismo, deberá manifestar que la compañía afianzadora expresamente acepta: A. que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato. 18.4.- Con fundamento B. que la fianza garantiza las prórrogas y/o esperas que puedan otorgarse al proveedor. C. que para liberar la fianza será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la Convocante Nacional de Libros de Texto Gratuitos. D. que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente; y E: que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en los artículos 95 y 95 bis de la ley federal de instituciones de fianzas para la efectividad de las fianzas, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza requerida. La garantía de cumplimiento del contrato, deberá presentarse a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, salvo que la entrega de las partidas, se realice dentro del citado plazo. Dicha garantía deberá ser entregada en el artículo 128 Departamento de Contratos, para su validación, en el entendido que de no hacerlo en el plazo convenido, se tendrá por incumplido el contrato a partir de ese momento, procediendo conforme a lo señalado en los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalPúblico, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo por lo que la entrega Convocante notificará a la Secretaría de la Función Pública (SFP) el incumplimiento de la obligación quedando la Convocante en libertad de adjudicar el contrato al licitante inmediato siguiente, en los bienes o términos del Artículo 46 de la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazomisma Ley.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con A fin de garantizar el Artículo 126 fracción III cumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente Contrato y sus Anexos, el Prestador de Servicios se obliga a entregar al Fiduciario, dentro del plazo xx xxxx (10) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente Contrato, una fianza por una cantidad equivalente al quince por ciento (15%) del monto máximo a erogar por los meses restantes del 2018 y el ejercicio fiscal del año 2019 sin incluir el IVA, y deberá ser renovada cada ejercicio fiscal por el monto máximo que se ejercerá en el mismo sin incluir el IVA, conforme a lo señalado en la Cláusula Séptima.- Monto del Contrato. La renovación de la Leyfianza deberá presentarse al Fiduciario dentro de los primeros Diez (10) Días Naturales de cada ejercicio fiscal, hasta la conclusión del Contrato. del monto máximo estipulado en este Contrato, sin incluir el proveedor ganadorIVA. PARA LA ADJUDICACION DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL COBRO DEL TELEPEAJE, garantizará SUJETO A ESTÁNDARES DE DESEMPEÑO, EN LA RED DE AUTOPISTAS CONCESIONADAS AL FONDO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA” No se aceptará la disminución de la fianza para el cumplimiento del contratoaño 2023. El Prestador de Servicios deberá realizar la renovación por el mismo monto máximo garantizado para el año 2022. Independientemente de lo que se estipule, así como la indemnización por vicios ocultosfianza deberá de cumplir, mediante cheque certificadoen lo que sea aplicable, de caja, fianza o hipoteca otorgada con lo establecido en las “Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebre”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el de 8 de septiembre de 2015. La fianza deberá ser expedida por una institución afianzadora y estará vigente durante el plazo de vigencia de este Contrato y hasta la entera satisfacción del Estado Fiduciario en el cumplimiento de Pueblalas obligaciones del Prestador de Servicios para responder ante cualquier responsabilidad que resulte a cargo del Prestador de Servicios derivada de este Contrato. La Fianza entregada como garantía de cumplimiento del Contrato, se actualizará en caso de que, por causas fundadas, se modifique el presente contrato en monto, plazo o vigencia. Para el caso la cancelación de la fianza, será requisito indispensable la conformidad por escrito del Fiduciario para lo cual deberá extender la constancia de cumplimiento de las pólizas obligaciones contractuales. La póliza de fianzafianza debe hacer referencia expresa al nombre del Prestador de Servicios y al número del Contrato adjudicado. Se admitirá la presentación de fianzas electrónicas. Si el Prestador de Servicios toma esta opción, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo presentar dentro de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante primeros 10 días naturales siguientes a la firma del contrato citadoContrato, para cubrir el cumplimiento oportuno archivo electrónico o mensaje de datos que contenga la misma, así como una impresión de la citada póliza de fianza en formato pdf. La póliza respectiva debe señalar que la entrega institución afianzadora responde frente al Fiduciario por una responsabilidad única por todos los integrantes de los bienes o esa participación conjunta. El Servicio objeto de esta licitación es indivisible y no es susceptible de cumplirse parcialmente, por lo que no se aceptará la prestación divisibilidad de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente Contrato, y acredite haberla presentado al área contratante.en su caso, ésta se hará efectiva por el monto total de las obligaciones garantizadas. El Prestador de Servicios manifiesta expresamente: 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que A) Su voluntad en caso de que algún proveedor adjudicado no presente existan créditos a su favor en contra del Fiduciario de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del Contrato se haga efectiva la garantía de cumplimientootorgada, se estará así como cualquier otro saldo a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios favor del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al Fiduciario que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro derive del citado plazopropio Contrato.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III El licitante adjudicado, a fin de la Ley, el proveedor ganador, garantizará garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contratoinstrumento jurídico correspondiente, y para responder de los defectos, vicios ocultos y calidad de los servicios entregados, así como la indemnización por vicios ocultosde cualquier otra responsabilidad, se obliga a garantizar mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso cualquiera de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda formas establecidas en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor los artículos 137 del Gobierno del Estado de Puebla a través Reglamento de la Secretaría Ley del Servicio de Planeación Tesorería de la Federación y Finanzas; en todos los casos sera 79 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por un importe equivalente al 10a un 10 % (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno antes de I.V.A. en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 favor de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 Tesorería de la Ley de AdquisicionesFederación, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del instrumento jurídico correspondiente, para la Secretaría en la Dirección de Administración y Mantenimiento de Inmuebles, ubicada en Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx No. 3025, Piso 5, Colonia San Xxxxxxxx Xxxxxx, Delegación La Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, C.P. 10400, México, D.F, de 9:00 a 14:00 horas en días hábiles, quien la remitirá a la Dirección de Contratos. Para ProMéxico: en el domicilio ubicado en Camino a Santa Xxxxxx, número 1679, Colonia Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx C.P. 01900, México D.F. De no cumplir con dicho requisito, la Secretaría podrá determinar la rescisión del instrumento jurídico respectivo y remitir el asunto al OIC para que determine si se aplica la sanción estipulada en el artículo 60 , fracción III de la LAASSP. Las pólizas de fianza deben otorgarse en estricto apego al Escrito 2 de esta Convocatoria. Las garantías de cumplimiento de ninguna manera serán consideradas como una limitación de la responsabilidad del proveedor, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el instrumento jurídico respectivo, y de ninguna manera impedirá que la Secretaría reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que puede exceder el valor de las garantías de cumplimiento. En caso de incremento al monto de cualquiera de los instrumentos jurídicos respectivos o modificación al plazo, el proveedor se obliga a entregar a la Secretaría al momento de la formalización respectiva los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener el documento la estipulación de que se firmeotorga de manera conjunta, salvo solidaria e inseparable de la fianza otorgada inicialmente. El licitante acepta expresamente que las fianzas expedidas para garantizar el cumplimiento del contrato, se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanezca vigente durante toda la entrega substanciación de los bienes juicios o recursos legales que interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la prestación Autoridad competente. En caso de propuestas conjuntas, las garantías de cumplimiento del instrumento jurídico respectivo se presentarán en una sola póliza de garantía que deberá cubrir los servicios requerimientos de la Secretaría establecidos en el Escrito 2 de esta Convocatoria. Para el trámite de liberación de garantías el área requirente de la SE y el Sector Coordinado, dará al proveedor su autorización por escrito para que proceda a recuperar y en su caso liberar la póliza de la fianza correspondiente, de conformidad con lo señalado en el texto de la misma; siempre y cuando éste acredite haber cumplido con la condición pactada en el contrato y a entera satisfacción de La Secretaria. Para la Secretaría de Economía, se realice dentro del citado plazo.realizara a través de la DGRMSG, sita en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx No. 3025, Piso 4, Colonia San Xxxxxxxx Xxxxxx, Delegación La Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, C.P. 10400, México, D.F., de 09:00 a 14:00 hrs. Para PROMÉXICO en el domicilio ubicado en Camino a Santa Xxxxxx, número 1679, Colonia Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx C.P. 01900, México D.F.

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Samples: Contratación Del Servicio De Jardinería

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA I.V.A. Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente únicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.de

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Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganadorlicitante adjudicado, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera será por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA IVA. Esta garantía deberá presentarse al área contratante Contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y Página 20 de 58 xxxx.xx@xxxxxx.xxx.xx | xxx.xx.xxxxxx.xxx.xx vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadasotorgadas por este concepto, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes a partir del día hábil siguiente al mismo; salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor licitante adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo Artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalLey. 18.4.- Con fundamento en el artículo Artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalLey, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firmefirme el contrato, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 Conforme al artículo 48, fracción III II, 49 fracción I de la LeyLey de Adquisiciones, el proveedor ganadorArrendamientos y Servicios del Sector Público, garantizará y 103 de su Reglamento, “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir una garantía indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato, así como la indemnización mediante una fianza expedida por vicios ocultoscompañía autorizada para ello, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría Tesorería de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera la Federación por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado(antes de I.V.A.), “EL PROVEEDOR” queda obligado a entregar a “LA SECRETARÍA" la fianza en cuestión, en un plazo no mayor a 10 (diez) días naturales a partir de la fecha de suscripción del contrato. inteligencia de que dicha fianza sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de “LA SECRETARÍA". Una vez cumplidas todas y cada una de las obligaciones que se deriven del contrato por parte de “EL PROVEEDOR” a entera satisfacción de “LA SECRETARÍA", el titular de la Dirección de Mantenimiento de la Dirección General de Recursos Materiales quien es el encargado de la administración y verificación del mismo, procederá a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán “EL PROVEEDOR” dé inicio a los licitantes salvo trámites para la cancelación de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No a que se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificadorefiere el presente numeral, de caja, fianza o hipoteca, conformidad con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto establecido en el artículo 105 Artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal.Público. El texto de fianza deberá prever: PARA GARANTIZAR POR (RAZÓN SOCIAL) (INCLUIR EL DOMICILIO FISCAL COMPLETO DE ”EL P ROVEEDOR”, ASOCIACIÓN Y/O SOCIEDAD, CON R.F.C), MEDIANTE FIANZA (DIVISIBLE Y/O INDIVISIBLE, CHECAR LA CLÁUSULA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO) EL CUMPLIMIENTO FIEL Y EXACTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO NÚMERO (411…../2018) DE FECHA (LA DE FIRMA), CON UN IMPORTE TOTAL POR EL SERVICIO DE $(MONTO SIN I.V.A.) (CANTIDAD CON LETRA ANTES DEL I.V.A.) MÁS I.V.A., CUYO OBJETO ES (CLÁUSULA PRIMERA DEL CONTRATO). CELEBRADO CON LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL, REPRESENTADA POR SU (CARGO Y NOMBRE DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE AUTORIZA EL CONTRATO Y FIRMA POR PARTE DE LA SECRETARÍA) Y POR LA OTRA PARTE (RAZÓN SOCIAL), POR EL (LA) C. (NOMBRE DEL APODERADO LEGAL Y/O REPRESENTANTE LEGAL), EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL Y/O ADMINISTRADOR ÚNICO Y/O REPRESENTANTE LEGAL. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y ESTARÁ VIGENTE DEL (CLÁUSULA DE VIGENCIA DEL CONTRATO, DÍA DE INICIO, MES, AÑO AL DÍA DE TÉRMINO, MES, Y AÑO); (RAZÓN SOCIAL DE LA AFIANZADORA) EXPRESAMENTE DECLARA QUE: 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de AdquisicionesA) LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B) ÉSTA FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR AÚN EN LOS CASOS EN QUE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL OTORGUE PRÓRROGAS O ESPERAS A EL PROVEEDOR PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalASÍ MISMO, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firmeSE MODIFICARÁ EN CASO DE OTORGAMIENTO DE PRÓRROGAS, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.AMPLIACIÓN AL MONTO O PLAZO DEL CONTRATO; C) ÉSTA FIANZA PERMANECERÁ VIGENTE DESDE SU FECHA DE EXPEDICIÓN Y DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN POR PARTE DEL PROVEEDOR O DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL, HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, DE FORMA TAL, QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA; D) LA FIANZA SE CANCELARÁ CUANDO EL PROVEEDOR HAYA CUMPLIDO CON TODAS LAS OBLIGACIONES ESTIPULADAS EN EL CONTRATO, SIENDO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL, SIN CUYO REQUISITO NO PROCEDERÁ LA CANCELACIÓN DE LA FIANZA, Y, EN CONSECUENCIA, ÉSTA CONTINUARÁ VIGENTE; Y

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Samples: Service Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III El Proponente que resulte adjudicatario de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir presente invitación debe presentar una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato a favor de ESPUCOELLO E.S.P., La garantía de cumplimiento debe tener los siguientes amparos AMPAROS SUFICIENCIA VIGENCIA QUE CUBRE CUMPLIMIENTO 20% DEL VALOR TOTAL DEL CONTRATO A partir de la suscripción del contrato deberá presentarse comprende el plazo del contrato y seis (6) meses más Este amparo cubre a más tardar dentro la Entidad Estatal de los perjuicios derivados de: (a) el incumplimiento total o parcial del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al contratista; (b) el cumplimiento tardío o defectuoso del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al contratista; (c) los daños imputables al contratista por entregas parciales de la obra, cuando el contrato no prevé entregas parciales; y (d) el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS XX XXXXXX – TOLIMA ESPUCOELLO E.S.P. NIT 809.006.200–9 PAGINA: Página 91 de 123 PLIEGO DE CONDICIONES FECHA: 2018 AMPAROS SUFICIENCIA VIGENCIA QUE CUBRE PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIO NES LABORALES 20% DEL VALOR TOTAL DEL CONTRATO A partir de la suscripción del contrato comprende el plazo del contrato y tres (3) años más Este amparo debe cubrir a la Entidad Estatal de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de las obligaciones laborales del contratista derivadas de la contratación del personal utilizado en el territorio nacional para la ejecución del contrato amparado. BUEN MANEJO Y CORRECTA INVERSION DEL ANTICIPO 100% DEL VALOR DEL ANTICIPO Por el termino del contrato de ejecución contractual y seis meses mas Este amparo cubre los prejuicios sufridos por ESPUCOELLO E.S.P. con ocasión de i) la no inversión del anticipo. Ii) el uso indebido del anticipo y iii) la apropiación indebida de los recursos recibidos en calidad de anticipo ESTABILIDAD Y CALIDAD DE LA OBRA 10% DEL VALOR TOTAL DEL CONTRATO Por un término de cinco días naturales siguientes años contados a partir del recibo a satisfacción de la obra Este amparo cubre de los perjuicios ocasionados por cualquier tipo de daño deterioro, imputable al contratista, sufrido por la obra entregada a satisfacción. ESPUCOELLO E.S.P. aprobará las garantías si las encuentra ajustadas a lo especificado. En caso contrario, las devolverá al Contratista, según sea el caso, para que se firme, salvo dentro del plazo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazoentidad le señale, haga las modificaciones y aclaraciones necesarias.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con 4.3.2.1. En el Artículo 126 fracción III de momento que la Ley, adjudicataria se presente a firmar el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada entregará a favor del Gobierno del Estado Fideicomiso de Puebla. Para el caso Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL-BNCR una garantía de cumplimiento vigente, que será rendida en cualquiera de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda formas indicadas en el cuerpo Reglamento General de dicho instrumentola Contratación Administrativa, por un monto como mínimo de $444.900 US dólares (cuatrocientos cuarenta y cuatro mil novecientos dólares americanos) Dicha garantía debe rendirse en la moneda en que se aclare que esa póliza se expide presentó la oferta. 4.3.2.2. La vigencia de esta garantía empezará a favor del Gobierno del Estado de Puebla regir a través partir de la Secretaría fecha de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoy el adjudicatario debe mantenerla vigente por todo el plazo de la contratación y hasta por veinte (20) días hábiles siguientes posteriores a la fecha de finalización del Plazo del Contrato comprobado mediante documento suscrito por el administrador del contrato y la suscripción de un contrato de finiquito. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, para cubrir el cumplimiento oportuno contratista no ha prorrogado su vigencia, el fiduciario podrá hacerla efectiva en la entrega forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo su custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultosincumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva del dinero. 4.3.2.3. En cumplimiento de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente la Directriz UIM/046/06/2000 de la Bolsa Nacional de Valores, cuando la garantía sea rendida con títulos o valores que posean cupones, con el fin de asegurar la ejecución del documento deberán entregarse junto con el documento principal los citados cupones para que se tenga por bien rendida la garantía. No obstante no se reconocerán intereses por las garantías de seriedad mantenidas en depósito por el fiduciario; sin embargo, los que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a devenguen los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá títulos hasta el momento en que el proveedor constituya se ejecuten, pertenecen a su legítimo dueño o depositante. 4.3.2.4. Si la garantía de cumplimiento es presentada por medio de cheque del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratanteSistema Bancario Nacional, sólo se aceptarán si son certificados o de gerencia. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en 4.3.2.5. En el caso de que algún proveedor adjudicado no presente el fiduciario se viera obligada a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el adjudicatario rendirá una nueva, de cumplimiento, se estará a lo previsto manera que el contrato en todo momento quede garantizado hasta su ejecución total. En caso de prórroga el artículo 105 adjudicatario deberá extender la vigencia de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalesta garantía. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contratación Para Proveer Acceso a Los Servicios De Voz Y El Acceso, Desde Una Ubicación Fija, Al Servicio De Internet

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con El Proveedor deberá garantizar el Artículo 126 fiel y exacto cumplimiento de los contratos, mediante fianza expedida por institución autorizada legalmente para ello, conforme a lo que establece la fracción III II del artículo 48 de la Ley“LAASSP” y de acuerdo a lo previsto por el artículo 103 de su Reglamento, por el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento importe del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado importe máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (IVA), a cantidades máximas con IVA Esta garantía nombre de la Tesorería de la Federación, la cual deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno entregarse en la entrega La Oficina de los bienes o Representación en la prestación Entidad Federativa Tlaxcala de los serviciosla Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, calidad y vicios ocultosubicada en Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 0 Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Estado de Tlaxcala C.P. 90110, con teléfono núm. 0000000000 Ext. 26210 Y 26270. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme modificaciones al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, el Proveedor deberá entregar la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya modificación a la garantía fianza de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías contrato, de conformidad con lo estipulado en el artículo 91 último párrafo del Reglamento de la “LAASSP”. La vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla su objetivo, de tal forma que no podrá establecerse ningún plazo que limite su vigencia, de acuerdo a lo que estipula la Tesorería de la Federación, lo cual no debe de confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato diferente de referencia. El proveedor se compromete a cheque certificadosolicitar a la afianzadora indicar en la póliza de fianza, que acepta expresamente someterse al procedimiento de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo ejecución previsto en el artículo 105 282 de la Ley de AdquisicionesInstituciones de Seguros y de Fianzas, Arrendamientos y Servicios para la efectividad de la presente garantía; procedimiento al que también se sujetará para el caso de cobro de intereses, con motivo del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida, que prevé el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios 283 del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de mismo ordenamiento Legal. La fianza presentada para garantizar el cumplimiento de del contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firmederive, salvo que la entrega no será liberada hasta en tanto no se cumplan todas y cada una de los bienes o la prestación las obligaciones contractuales previo visto bueno por parte de los servicios se realice dentro del citado plazo“EL ADMINISTRADOR”.

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Samples: Invitation to Bid

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador“EL PROVEEDOR”, garantizará el cumplimiento del contratopresente Contrato con alguna de las formas de otorgamiento de garantía estipuladas en el artículo 79, fracción III, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, misma que constituirá a favor de “DICONSA”, y que equivaldrá a un diez por ciento (10 %), del monto total del Contrato, sin incluir el impuesto al valor agregado (IVA), lo cual representa la cantidad de $ 00/100. M.N. ( .), debiendo ser entregada en un plazo no mayor xx xxxx días naturales posteriores a la firma del presente Instrumento jurídico. En caso de que “EL PROVEEDOR”, decida tramitar fianza, ésta deberá contener lo siguiente: I). - Denominación o nombre del proveedor. II). - Que garantiza la correcta ejecución del servicio contratado. III). - El importe total garantizado con número y letra. IV). - El número de Contrato, su fecha de firma, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso especificación de las pólizas de obligaciones garantizadas. a). - Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el presente Contrato. b). - Que, para cancelar la fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo será requisito contar con la constancia de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor cumplimiento total de las obligaciones contractuales y será liberada únicamente bajo manifestación expresa y por escrito del Gobierno del Estado Coordinador de Puebla a través Administración y Finanzas de la Secretaría Sucursal Tamaulipas de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a Diconsa, S.A. de C.V. c). - Que la firma del contrato citado, para cubrir fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento oportuno en de la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad obligación que garantice y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que continuará vigente en caso de que algún proveedor adjudicado no presente se otorgue prórroga al cumplimiento del Contrato, así como durante la garantía sustanciación de cumplimientotodos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme. d). - Que la afianzadora acepta expresamente a tener garantizado el crédito, acto o Contrato, a que esta póliza se estará a refiere, aun en caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte del acreedor para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizan, por lo previsto en que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 105 179 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos Instituciones de Seguros y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalde Fianzas. 18.4.- Con fundamento e). - Que en caso de hacerse efectiva la presente garantía, la institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 128 282 de la Ley de AdquisicionesInstituciones de Seguros y de Fianzas, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes procedimiento al que también se firmesujetará para el caso del cobro de la indemnización por xxxx que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, salvo que por pago extemporáneo del importe de la entrega póliza de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazofianza requerida.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 Con fundamento en lo establecido en los artículos 48 fracción III II, y 49 fracción I, de “La Ley”, 103 de “El Reglamento”; 166 de la LeyLey de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de Tesorería de la Federación, y 70 de su Reglamento, así como las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el proveedor ganadorcumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “EL PROVEEDOR” garantizará el cumplimiento del contratocontrato con una fianza DIVISIBLE que deberá ser otorgada por una institución afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo total adjudicado del contrato, sin incluir IVA, a cantidades máximas con IVA Esta favor de la TESOFE, debiendo ser entregada la garantía deberá presentarse al área contratante referida, en un plazo no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato citadocontrato, para cubrir en la Dirección de Adquisiciones y Contratos, sita en avenida Paseo de la Reforma 116, Piso 14, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 15:00 horas y en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos: Para garantizar a favor de la Tesorería de la Federación, por (razón social), por el(la) C. (nombre del apoderado legal y/o representante legal), en su carácter de apoderado legal y/o administrador único y/o representante legal, (incluir el domicilio fiscal completo de la empresa, asociación y/o sociedad, con R.F.C), mediante fianza (divisible) (checar la cláusula de garantía de cumplimiento) el cumplimiento oportuno en fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones y cualquier otra responsabilidad durante la entrega vigencia del contrato número (411…../2019) de los bienes o fecha (la de firma), con un importe máximo total por la prestación de los serviciosservicios de $(monto sin I.V.A.) (cantidad con letra antes del I.V.A.) más I.V.A., calidad cuyo objeto es (cláusula primera del contrato), celebrado con la Secretaría de Bienestar, representada por su (cargo y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad nombre del servidor público que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado autoriza el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso firma por parte de que algún proveedor adjudicado no la Secretaría). La presente la garantía fianza se expide de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal.estará vigente del (cláusula de vigencia del contrato, día de inicio, mes, año al día de término, mes, y año); (Razón social de la afianzadora y domicilio de la misma) expresamente declara que: 18.4.- Con fundamento a) La fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato, la convocatoria de la que deriva dicho contrato, así como sus anexos; b) Esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “LA SECRETARÍA” otorgue prórrogas o esperas a EL PROVEEDOR para el cumplimiento de las obligaciones, así mismo, se modificará en caso de otorgamiento de prórrogas, ampliación al monto o plazo del contrato; c) Esta fianza permanecerá vigente desde su fecha de expedición y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan por parte de “EL PROVEEDOR” o de “LA SECRETARÍA”, hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal, que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia; d) La fianza se cancelará cuando “EL PROVEEDOR” haya cumplido con todas las obligaciones estipuladas en el contrato, siendo indispensable la conformidad expresa y por escrito de “LA SECRETARÍA”, sin cuyo requisito no procederá la cancelación de la fianza, y, en consecuencia, ésta continuará vigente; y e) La institución afianzadora acepta someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 128 282 de la Ley de AdquisicionesInstituciones de Xxxxxxx y Fianzas, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalpara la efectividad de la presente fianza, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes procedimiento al que también se firmesujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, salvo que por pago extemporáneo del importe de la entrega póliza de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazofianza requerida.

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Samples: Licitación Pública Electrónica

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III La garantía de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como presente contrato la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera constituirá “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” por un importe equivalente al 10del 15% (diez Quince por ciento) del monto total adjudicado máximo del presente contrato sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, mediante fianza, cheque certificado, cheque de caja, billete de depósito o carta de crédito, a cantidades máximas con IVA Esta garantía favor de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, que deberá presentarse al área contratante entregar “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” a “EL G.CDMX” a la firma del contrato citado, para cubrir presente contrato. Dicha garantía amparará el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad las condiciones y vicios ocultosobligaciones del presente instrumento legal. En caso de que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” presente fianza ésta deberá ser expedida por Institución debidamente autorizada en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a favor de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, e incluir en su texto que la fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará se expide de conformidad con lo estipulado en custodia unicamente las garantías la Ley de seriedad que sean otorgadasAdquisiciones para el Distrito Federal, hasta para garantizar por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, el fiel y exacto cumplimiento del contrato, debiendo agregar en la póliza el R.F.C., domicilio fiscal (Calle, Colonia, Delegación y C.P.), número y objeto del contrato, la fecha de su formalización, el importe del fallocontrato (número y letra) sin incluir Impuesto al Valor Agregado, en nombre y cargo de quien la firma, así como las partes que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado celebran el contrato, y como declaración de la Compañía Afianzadora el siguiente texto: “Esta fianza estará en vigor desde la fecha de su expedición y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se retendrá interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, la cancelación de esta fianza será hasta que el momento “EL G.CDMX”, a través de la Dirección General de Administración y/o de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ambas de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, otorgue su autorización expresa y por escrito para su cancelación, una vez que el fiado haya cumplido con todas las obligaciones que se deriven del contrato” “Que la Institución Afianzadora, acepta expresamente continuar garantizando el crédito a que esta póliza se refiere, aun en el caso en que se otorguen prórrogas o esperas a “EL PROVEEDOR”, para el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente las obligaciones que se afianzan y cualquier reclamación con cargo a cheque certificadoesta fianza para que sea procedente, deberá ser presentada por escrito en nuestras oficinas principales o sucursales” “Que la Institución Afianzadora, acepta el procedimiento de cajacobro de acuerdo a lo establecido en los artículos 178, fianza o hipoteca279, con independencia del texto del contrato 280, 282 y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que 293 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas y al efecto la Institución Afianzadora pagará en caso términos de la Ley citada” En el supuesto de que algún proveedor adjudicado no el monto originalmente pactado en el presente contrato se modifique, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a modificar la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en los términos previstos por el artículo 105 65 de la Ley de AdquisicionesAdquisiciones para el Distrito Federal y 61 de su Reglamento. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a mantener vigente dicha garantía por el tiempo de vigencia del presente contrato o hasta que se le hubiese comunicado la terminación anticipada del contrato o hasta que se dé cumplimiento a todas las obligaciones que deriven del contrato y sólo será cancelada mediante autorización por escrito de “EL G.CDMX”. Una vez que se haya dado cumplimiento a las obligaciones que garantiza la fianza de cumplimiento, Arrendamientos motivo del presente contrato, a petición expresa de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, dicha fianza será devuelta previa liberación por escrito que para tal efecto emita la Dirección General de Administración y/o la Dirección de Recursos Materiales y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 Generales, ambas de la Ley Oficialía Mayor del Gobierno de Adquisicionesla Ciudad de México, Arrendamientos previa consulta a la Subdirección de Telecomunicaciones y fotocopiado de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx y/o a quien se designe para tal efecto. Si al término de la vigencia de este contrato, resultare algún tipo de responsabilidad cuantificable en dinero a cargo de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, derivada de deficiencias en la calidad del Sector Público Estatal y Municipalservicio, materia de este Contrato o por cualquier otra causa, sus importes se deducirán del saldo de las facturas vencidas a su favor, pero si no las hubiera, “EL G.CDMX” hará efectiva la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firmerefiere la presente cláusula y sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales que “EL G.CDMX” considere pertinentes. “EL G.CDMX”, salvo que revisará la entrega autenticidad de la póliza de fianza, mediante consulta directa a la Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México, lo anterior de conformidad con lo establecido en las Reglas de Carácter General para hacer efectivas las fianzas otorgadas en los bienes o Procedimientos y Celebración de Contratos para garantizar la prestación participación y compromisos adquiridos ante las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Delegaciones de los servicios la Administración Pública del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (hoy Ciudad de México), el 11 xx xxxxxx del 2006, asimismo se realice dentro del citado plazoaplicará el dispositivo de validación de fianzas instaurado en la página de internet xxx.xxxxxxx.xxx.xx.

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Samples: Contrato Administrativo

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganadorlicitante adjudicado, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera será por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA IVA. Esta garantía deberá presentarse al área contratante Contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadasotorgadas por este concepto, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes a partir del día hábil siguiente al mismo; salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor licitante adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo Artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalLey. 18.4.- Con fundamento en el artículo Artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalLey, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firmefirme el contrato, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 Con fundamento en lo establecido en los artículos 48 fracción III II, y 49 fracción I, de “La Ley”, 103 de “El Reglamento”; 166 de la LeyLey de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de Tesorería de la Federación, y 70 de su Reglamento, así como las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el proveedor ganadorcumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “El Proveedor” garantizará el cumplimiento del contratocontrato con una fianza INDIVISIBLE que deberá ser otorgada por una institución afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo total adjudicado del contrato, sin incluir IVA, a cantidades máximas con IVA Esta favor de la TESOFE, debiendo ser entregada la garantía deberá presentarse al área contratante referida, en un plazo no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato citadocontrato, para cubrir al Área Contratante, sita en Avenida Paseo de la Reforma número 116, Piso 14, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 15:00 horas y en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos: Para garantizar a favor de la Tesorería de la Federación, por (razón social), por el(la) C. (nombre del apoderado legal y/o representante legal), en su carácter de apoderado legal y/o administrador único y/o representante legal, (incluir el domicilio fiscal completo de la empresa, asociación y/o sociedad, con R.F.C), mediante fianza (indivisible) (checar la cláusula de garantía de cumplimiento) el cumplimiento oportuno en fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones y cualquier otra responsabilidad durante la entrega vigencia del contrato número (411…../2019) de los bienes o fecha (la de firma), con un importe máximo total por la prestación de los serviciosservicios de $(monto sin I.V.A.) (cantidad con letra antes del I.V.A.) más I.V.A., calidad cuyo objeto es (cláusula primera del contrato), celebrado con la Secretaría de Bienestar, representada por su (cargo y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad nombre del servidor público que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado autoriza el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso firma por parte de que algún proveedor adjudicado no la Secretaría). La presente la garantía fianza se expide de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal.estará vigente del (cláusula de vigencia del contrato, día de inicio, mes, año al día de término, mes, y año); (Razón social de la afianzadora y domicilio de la misma) expresamente declara que: 18.4.- Con fundamento a) La fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el artículo 128 contrato mencionado con anterioridad, la Convocatoria de la Ley de Adquisicionesque deriva dicho contrato, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.así como sus anexos;

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que el “Proveedor” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso con los intereses correspondientes, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10% del monto total del mismo, sin incluir los impuestos aplicables, esto es, por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos 00/100 moneda nacional), y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse la cantidad de los bienes adquiridos, el monto o el plazo pactados. La presente garantía deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que [ ] materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de la “Suprema Corte”. I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue otorgada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de conformidad con el Artículo 126 fracción III lo dispuesto en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye ante la Suprema Xxxxx xx Xxxxx cia de la LeyNación, en fiadora hasta por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos 00/100 moneda nacional), y hasta un 20 por ciento más en el supuesto de que por algún motivo deban incrementarse los bienes adquiridos, el proveedor ganadormonto o el plazo pactados, garantizará para garantizar, por parte de [ ], con domicilio en [ ], el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ], celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ ], con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos [ ]/100 moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado. “La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el q ue se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación” y en el contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ], celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ ], con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de [ ], relativo a [ ], con un monto contratado por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( pesos 00/100 moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las cláusulas contenidas en el Contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ]. - La presente fianza tendrá vigencia durante toda la duración del Contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ] y la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - En caso de incumplimiento contractual de [ ], la Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. - La presente fianza podrá ser liberada a [ ], siempre y cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligació n principal, así como el pago xx xxxxx convencionales a que se haga acreedor [ ], pagos en exceso y los intereses que correspondan por los mismos. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la indemnización misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por vicios ocultosun plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que, mediante cheque certificadoen su caso, llegare a suscribirse, o el que corresponda al plazo de cajaatraso. De existir incremento en el monto o plazo de ejecución, la fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Pueblacubrirá hasta un 20 por ciento adicional al originalmente pactado. - Para el caso la interpretación y cumplimiento de las pólizas cláusulas contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se deberá incluir una leyenda somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el cuerpo artículo 11, fracción XXII, de dicho instrumentola Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón del domicilio tenga o llegare a tener." II. “Las Partes” convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir firme el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultoscontrato. En caso de ser que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la forma y términos pactados, la “Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato. El “Proveedor”, por medio de este instrumento, renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de la “Suprema Corte”, dando con esta renuncia cumplimiento a lo que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto establece en el párrafo último del artículo 105 289 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos Instituciones de Seguros y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento de Fianzas. “Las Partes” convienen que la presente garantía será exigible cuando el “Proveedor” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazopresente instrumento.

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Samples: Carta Protesta De No Impedimentos Para Contratar

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la LeyPara garantizar a “EL BANCO”, el proveedor ganador, garantizará el exacto cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificadode las obligaciones que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, de cajaservicios contraiga en virtud del instrumento jurídico que se derive del procedimiento de contratación, fianza o hipoteca otorgada deberá entregar garantía de cumplimiento a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe “EL BANCO” equivalente al 10% (diez por ciento) importe máximo del monto total adjudicado contrato, sin incluir el IVA, la cual deberá entregar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a cantidades máximas con IVA Esta su firma. La forma de garantía será Fianza divisible otorgada por institución autorizada. Deberá entregarse en la Dirección de Recursos Materiales, en Xxxxxxx Xxx Xxxxxxxxx Xx. 115, Col. Tizapán San Xxxxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01090, Ciudad de México, Teléfono: 54813300 extensión 3515, o bien al correo electrónico que para tal efecto se indique. Otras garantías que se debe considerar: “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, deberá presentarse al área contratante entregar en la Dirección de Recursos Materiales de “EL BANCO”, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato citadocontrato, lo siguiente: Póliza de Responsabilidad Civil a favor de “EL BANCO” la cual deberá estar endosada y contener la siguiente leyenda: “Por medio del presente endoso se especifica que para cubrir efectos de cobertura de la póliza en referencia (responsabilidad civil por daño a terceros), “EL BANCO”, se considera como un tercero”, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato, sin considerar el cumplimiento oportuno en la entrega IVA y a favor de los bienes “EL BANCO” por accidentes de su personal y/o la prestación de los serviciosdaños a terceros, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad por el periodo que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado dure el contrato, la que se retendrá hasta el momento ; dicha póliza deberá ser expedida por una compañía aseguradora establecida en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratanteterritorio nacional. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Service Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con La garantía de cumplimiento del contrato debe constituirse en la misma moneda que establezca el Artículo 126 fracción III contrato respectivo, a favor y a satisfacción de CFE, mediante alguno de los siguientes instrumentos: a) Fianza expedida por una compañía afianzadora autorizada por la SHCP, en términos de la LeyLey Federal de Instituciones de Fianzas; b) Carta de crédito Standby; NO APLICA c) Cheque certificado o de caja. NO APLICA Siendo por un porcentaje del 20% del importe máximo total del contrato sin considerar el IVA, por tratarse de servicios. Para los bienes de proyecto específico, la garantía se constituirá por el proveedor ganadorvalor de los bienes no entregados o servicios no prestados, garantizará más aquellos bienes o servicios que no pueden ser utilizados derivado del incumplimiento del proveedor. Tratándose de contratos abiertos, la garantía de cumplimiento debe constituirse por el cumplimiento porcentaje que se determine aplicando el monto máximo total del contrato, así como y deberá estar vigente hasta la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través total aceptación de la Secretaría convocante de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) la prestación del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la servicio y/o entrega de los bienes o bienes. Cuando la prestación contratación incluya más de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya un ejercicio presupuestal la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia podrá ser por el porcentaje que corresponda del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que monto total por erogar en caso el ejercicio fiscal de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimientose trate, se estará y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a lo previsto erogar en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalmismo, la garantía de cumplimiento de contrato cual deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco primeros 10 días naturales del ejercicio que corresponda. A petición del proveedor, CFE podrá acceder a que no se substituya la garantía otorgada en el primer ejercicio, siempre que continúe vigente y su importe mantenga la misma proporción que la del primer ejercicio, en relación al monto por erogar en cada ejercicio subsecuente. Esta garantía debe ser entregada por el licitante ganador en el Departamento de Tráfico Divisional, ubicado en 00 Xxxxxxxx Xx. 0000 Xxx. Xxxxxxxx 0xx. Xxxx, C.P. 72410 Puebla, Pue., señalado en el documento de fallo, dentro de los 10 días naturales siguientes al que se firmea la firma del contrato. El no presentarla en este plazo dará lugar a la rescisión administrativa del contrato. El proveedor, salvo que deberá garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones pactadas en el contrato, entre éstas: la entrega de los bienes o la prestación de los servicios servicios, responder por la calidad y/o vicios ocultos de los mismos durante 3 meses después de su entrega. Si durante el plazo señalado dejan de ser idóneos para su uso normal, la CFE, a su elección, podrá exigir su reparación o reposición o rescindir administrativamente el contrato. Esta garantía para su liberación requerirá de comunicación escrita de CFE a la afianzadora o al proveedor con copia a la afianzadora. Para efectos de esta licitación la garantía de cumplimiento será divisible, en razón de que los bienes que se realice dentro del citado plazolicitan no requieren características especiales para su utilización, aprovechamiento o funcionamiento. Los términos: área contratante, área requirente, área técnica, bienes, CompraNet, licitante, partida, renglón, concepto o posición, proyecto de convocatoria, convocatoria, proveedor y sobre cerrado; tienen la connotación que les señala la Ley y su Reglamento, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.

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Samples: Licitación Pública Internacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada EL PROVEEDOR" se obliga a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, constituir en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación forma y Finanzas; en todos los casos sera términos previstos por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal Público; su Reglamento y Municipaldemás disposiciones legales en la materia, las garantías a que haya lugar con motivo del cumplimiento del presente contrato. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 X. Xxxxxxxx de dinero constituido a través de certificado o billete de depósito, expedido por institución de crédito autorizada; X. Xxxxxx otorgada por institución autorizada; C. Depósito de dinero constituido ante la Tesorería; X. Xxxxxx certificado o de caja expedido a favor de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, Tesorería; X. Xxxxxxxxx otra que en su caso autorice la Tesorería. Esta garantía de cumplimiento debe ser, por la cantidad de $------------------ (--------------------------- En el caso de que “EL PROVEEDOR” elija para garantizar el contrato, la forma de fianza, esta deberá contener las siguientes declaraciones expresas de la institución que la otorgue: A) Que sea expedida a favor de la Tesorería de la Federación; B) Que se otorgue atendiendo a las estipulaciones establecidas en el contrato. C) Que para ser cancelada la fianza será requisito indispensable la conformidad expresa y por escrito de "LA DEPENDENCIA"; CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA No. LA-009A00001-E31-2019 PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y MANTENIMIENTO DE MUEBLES, SERVICIOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN Y DE LOS LABORATORIOS DE LA COORDINACIÓN DE INGENIERÍA DE PUERTOS Y COSTAS. D) Que la fianza estará vigente durante la vigencia del contrato deberá presentarse a más tardar dentro y la substanciación de todos los cinco días naturales siguientes al recursos legales o juicios que se firme, salvo interpongan y hasta que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazodicte resolución definitiva por autoridad competente.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad El Contratista deberá contar con una garantía por un monto de [ ] que deberá cubrir el Artículo 126 fracción III total de Unidades de Trabajo correspondientes al Programa Mínimo de Trabajo, (la “Garantía de Cumplimiento”). En consecuencia, la CNH tendrá el derecho de hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento a fin de cobrar cualquier pena convencional aplicable con motivo de cualquier incumplimiento conforme al Anexo 5 del presente Contrato. Al concluir los primeros dos (2) años del Período de Desarrollo, el Contratista podrá solicitar la devolución de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el Garantía de Cumplimiento una vez que la CNH emita la constancia de cumplimiento total. Dicha constancia será emitida en un plazo no mayor a sesenta (60) Días posteriores a que hayan concluido los primeros dos (2) Años del contrato, así como Período de Desarrollo. A solicitud del Contratista los montos de la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, Garantía de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado Cumplimiento se podrán reducir de Puebla. Para el caso manera anual en proporción al cumplimiento de las pólizas de fianzaobligaciones garantizadas, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través previa verificación y autorización de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultosCNH. En caso que la Garantía de Cumplimiento se haga efectiva, los recursos avalados por ésta se transferirán al Fondo. Según el instrumento elegido para garantizar los compromisos de los primeros dos (2) años del Período de Desarrollo, el Contratista deberá observar lo siguiente: (a) Si el Contratista presenta una carta de crédito: (i) Deberá tener el carácter de incondicional e irrevocable y deberá ser fianza emitida en favor de la CNH por una institución bancaria mexicana autorizada o emitida por un banco extranjero y confirmada por una institución bancaria mexicana autorizada, por el monto establecido en esta Cláusula 15.1 utilizando el formato de carta de crédito que se xxxxxxx xxxx Xxxxx 0-X. (ii) La Garantía de Cumplimiento deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías mantenerse vigente hasta sesenta (60) Días después de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha de terminación de los primeros dos (2) años del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la Período de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 Desarrollo previa verificación de la Ley CNH del cumplimiento total de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipallas obligaciones relativas a este período. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contrato Para La Extracción De Hidrocarburos

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganadorlicitante adjudicado, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera será por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas totales con IVA IVA. Esta garantía deberá presentarse al área contratante Contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadasotorgadas por este concepto, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes a partir del día hábil siguiente al mismo; salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor licitante adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo Artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalLey. 18.4.- Con fundamento en el artículo Artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalLey, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.deberá

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Samples: Telecommunications

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III EL PROVEEDOR se obliga mediante fianza otorgada por institución de fianzas autorizada por la SHCP en los términos de la LeyLey de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el proveedor ganador, garantizará a garantizar el cumplimiento del contratode todas y cada una de las obligaciones derivadas de este Contrato, en especial la de entregar los bienes adquiridos de acuerdo a la calidad requerida por LA COMISIÓN, así como la indemnización responder por su correcta operación y funcionamiento (defectos y vicios ocultos) durante un período de 12 (Doce) meses a partir de su entrega. EL PROVEEDOR deberá entregar la garantía al Departamento de Trafico Divisional a la Atención del C.P. Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, mediante cheque certificado, Jefe del Departamento de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumentoTráfico, en Xxxxxxx Xxxxxxx No. 155 Primer piso. C.P. 91000 Col. Centro en Xalapa, Ver., a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del Contrato, atendiendo para esto el modelo de póliza que se aclare que esa póliza se expide LA COMISIÓN tiene establecido La garantía corresponderá a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto valor total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir Contrato sin incluir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultosIVA. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías que durante el plazo de seriedad calidad garantizado los bienes resulten impropios para el uso que sean otorgadasse destinen o que disminuyan de tal modo dicho uso, hasta la fecha del falloLA COMISIÓN, a su elección, podrá exigir a EL PROVEEDOR su reparación, si ésta resulta factible, en la cuyo caso EL PROVEEDOR cubrirá todos los gastos que se devolverán a los licitantes salvo la originen, o bien, LA COMISIÓN ejercerá cualquiera de aquél a quien las acciones que el Código Civil Federal prevé. Si transcurrido el plazo señalado, no se hubiere adjudicado otorgado la fianza respectiva en los términos pactados, LA COMISIÓN iniciará el contratoprocedimiento de rescisión del Contrato conforme lo estipula la CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA y lo podrá declarar rescindido. Las obligaciones cuyo cumplimiento se garantiza se consideran divisibles, la que se retendrá hasta en consecuencia en el momento en que el proveedor constituya supuesto de incumplimiento la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado se aplicará de manera proporcional al área contratantemonto de las obligaciones incumplidas. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Solicitud De Cotización

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 Con fundamento en lo establecido en los artículos 48 fracción III II y 49 fracción I de “La Ley”, 85 fracción III, 103 de “El Reglamento”; 166 de la LeyLey de Instituciones de Seguros y De Fianzas, así como a lo estipulado en el Reglamento de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, el proveedor ganadorartículo 137 fracción II de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “El Prestador del Servicio” garantizará el cumplimiento del contratocontrato con una fianza INDIVISIBLE que deberá ser otorgada por una institución afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo total adjudicado del contrato, a cantidades máximas con IVA Esta favor de la TESOFE, sin incluir IVA, debiendo ser entregada la garantía deberá presentarse al área contratante referida, en un plazo no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos, sita en avenida Paseo de la Reforma 116, Piso 14, Colonia Juárez, Delegación Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México y en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:  Expedirse a favor de la TESOFE y señalar su domicilio.  La indicación del importe total garantizado con número y letra.  La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato citadoy su anexo técnico que se derive del procedimiento de Invitación.  La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas.  El señalamiento de la denominación o nombre de “El Prestador del Servicio” o fiado y de la Institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes.  La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados.  La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento.  La liberación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por el “Oficio de Comunicación de Cancelación de la Garantía” emitido por "La Secretaría".  La INDIVISIBILIDAD de la misma, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por el monto total de las obligaciones garantizadas.  Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015.  El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia. Se deberá considerar, además dentro de la fianza las declaraciones siguientes en forma expresa:  “Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia”.  “La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas, para cubrir la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”.  “La liberación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de  “La afianzadora acepta expresamente a tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aun en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte de “La Secretaría” para el cumplimiento oportuno en total de las obligaciones que se garantizaran, por lo que la entrega afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas.” En el supuesto de que “La Secretaría” y “El Prestador del Servicio” convengan la modificación del contrato vigente, el licitante que resulte adjudicado deberá contratar la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la misma o bien una nueva fianza por el 10% (diez por ciento) del importe y/o la vigencia de la modificación convenida, dentro de los bienes o 5 (cinco) días naturales siguientes al de la prestación firma del convenio que modifique el contrato principal. Se hará efectiva la fianza de los servicios, calidad y vicios ocultoscumplimiento del contrato por alguna de las causas previstas en el apartado de rescisiones del Modelo de Contrato de la presente Invitación. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de las penas convencionales, ni la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. “La Secretaría” podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato contrato, cuando “El Prestador del Servicio” preste los mismos en forma diferente a cheque certificado, lo solicitado en la presente Invitación o incumpla con cualquiera de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicadolas obligaciones establecidas. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contract for Services

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que el “Prestador de Servicios” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso con los intereses correspondientes, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10% del monto total del mismo, sin incluir los impuestos aplicables, esto es, por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( [pesos] 00/100 [M.N.]), y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse la cantidad de los servicios contratados o el plazo pactado. La presente garantía deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de la “Suprema Corte”. I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de conformidad con el Artículo 126 fracción III lo dispuesto en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la LeyNación, en fiadora hasta por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( [pesos] 00/100 [M.N.]), y hasta un 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse la cantidad de los servicios contratados o el plazo pactado para garantizar, por parte de [ ], con domicilio en [ ], el proveedor ganadorfiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, garantizará derivadas del contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ], celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ ], con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( [pesos] 00/100 [M.N.]), más el Impuesto al Valor Agregado. “La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal” y en el contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ], celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ ], con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de [ ], relativo a [ ], con un monto contratado por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( [pesos] 00/100 [M.N.]), más el Impuesto al Valor Agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las cláusulas contenidas en el contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ]. - La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los servicios, materia del contrato de referencia, hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; sólo podrá ser cancelada con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número SCJN/DGRM/[ ]-[ ]/[ ]/[ ], la fianza otorgada por [ ], tendrá plena vigencia durante la substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - En caso de incumplimiento contractual de [ ], la Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. - La presente fianza podrá ser liberada a [ ], siempre y cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como el pago xx xxxxx convencionales a que se haga acreedor [ ], pagos en exceso y los intereses que correspondan por los mismos. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la indemnización misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por vicios ocultosun plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que, mediante cheque certificadoen su caso, llegare a suscribirse, o el que corresponda al plazo de cajaatraso. De existir incremento en el monto o plazo de ejecución, la fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Pueblacubrirá hasta un 20% adicional al originalmente pactado. - Para el caso la interpretación y cumplimiento de las pólizas cláusulas contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se deberá incluir una leyenda somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el cuerpo artículo 11, fracción XX, de dicho instrumentola Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón del domicilio tenga o llegare a tener." II. “Las partes” convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado firme el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza en la forma y términos pactados, la “Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato. El “Prestador de Servicios”, por medio de este instrumento, renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de la garantía de cumplimiento“Suprema Corte”, se estará dando con esta renuncia cumplimiento a lo previsto que se establece en el párrafo último del artículo 105 289 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos Instituciones de Seguros y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento de Fianzas. “Las partes” convienen que la presente garantía será exigible cuando el “Prestador de Servicios” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazopresente instrumento.

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Samples: Prestación De Servicios De Mensajería Y Paquetería

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad Esta garantía deberá ser equivalente al 10% del importe total del contrato que se suscriba incluyendo el IVA. Sólo será exigible al licitante ganador y deberá exhibirla dentro de los 10 días hábiles siguientes a la expedición del contrato. Dicha garantía consistirá en una fianza a favor del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora o ISSSTESON, expedida por una institución mexicana de fianzas debidamente autorizada y con oficinas en la ciudad xx Xxxxxxxxxx, Sonora. Dicha fianza debe contener el Artículo 126 fracción III número de la Leylicitación, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento número del contrato, así como mencionar el objeto del mismo y debe ser expedida en fecha posterior a la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, expedición del contrato pero dentro de caja, los diez días siguientes a la mencionada expedición. La fianza o hipoteca otorgada deberá incluir en su contenido el siguiente párrafo: La afianzadora no disfrutara de los beneficios de orden y excusión a favor que se refieren los artículos 2814 y 2815 del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso código civil federal y para la interpretación y cumplimiento de las pólizas obligaciones que esta póliza representa, las partes se someten expresamente a la Ley de fianzaInstituciones de seguros y de fianzas y a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la ciudad xx Xxxxxxxxxx, Sonora. La fianza se deberá incluir una leyenda en hará efectiva cuando el cuerpo licitante adjudicado no cumpla o deje de dicho instrumentocumplir, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado todo o en parte, con las condiciones de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoentrega, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega cantidad, calidad o características de los bienes o adjudicados en el contrato respectivo. El ISSSTESON calculará el daño patrimonial sufrido a causa del incumplimiento del licitante e implementará el procedimiento legal correspondiente para hacer válida la prestación fianza sin necesidad de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme notificación previa al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe licitante adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III 35.1 Dentro de los veintiocho (28) días siguientes después de haber recibido la LeyCarta Aceptación, el proveedor ganadorOferente seleccionado deberá firmar el Contrato, garantizará el previo cumplimiento del contrato, así como de los requisitos establecidos en la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso Subcláusula 34.7 de las pólizas IAO. 35.2 Si la Garantía de fianzaCumplimiento del Contrato suministrada por el Oferente seleccionado es una Garantía bancaria, se ésta deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumentoser emitida, a elección del Oferente, por un banco domiciliado en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla República Argentina o por un banco extranjero aceptable al Contratante a través de un banco corresponsal con domicilio en la Secretaría República Argentina. 35.3 Si la Garantía de Planeación Cumplimiento del Contrato suministrada por el Oferente seleccionado es una fianza, ésta deberá ser emitida por una compañía afianzadora que el Oferente seleccionado haya verificado que es aceptable para el Contratante. 35.4 El incumplimiento en tiempo y Finanzas; en forma del Oferente seleccionado con las disposiciones de la Subcláusula 35.1 de las IAO constituirá base suficiente para revocar la Preadjudicacióny ejecutar la Garantía de Mantenimiento de la Oferta. 35.5 El Contratante comunicará, tan pronto firme el Contrato con el Oferente seleccionado, el nombre del Contratista de la Obra Civil a todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas Oferentes no seleccionados, devolverá las Garantías de Mantenimiento de Oferta de conformidad con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoSubcláusula 17.4 de las IAO, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificadolo publicará, de caja, fianza o hipoteca, conformidad con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto legislación vigente [en el artículo 105 Boletín Oficial, si éste se encuentra disponible en Internet o en un portal único electrónico de la Ley libre acceso, si los hubiere, donde se publiquen todas las oportunidades de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalnegocios]. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contract for Civil Works

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 Conforme al artículo 48 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 ll de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal Público, a fin de garantizar el debido cumplimiento fiel y Municipal. 18.4.- Con fundamento exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la prestación del servicio, así como para responder por su calidad y cualquier otra responsabilidad señalada en los presentes Términos de Referencia, el licitante deberá entregar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, fianza divisible expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Tesorería de la Federación, por una cantidad equivalente al 15% (quince por ciento) del monto máximo del contrato antes del I.V.A., la cual deberá de mantener en vigor hasta la terminación de la vigencia del servicio. La fianza deberá ser entregada en la Subgerencia de Adquisiciones de la Gerencia de Recursos Materiales de la CONAGUA, ubicada en Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xx. 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000 en días hábiles dentro del horario de 09:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas. El licitante queda obligado a mantener vigente la fianza mencionada, en tanto permanezca en vigor el servicio; en caso de que se otorgue prórroga para el cumplimiento del contrato y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme por autoridad competente, en la inteligencia de que dicha garantía solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la CONAGUA. En caso de que la CONAGUA decida prorrogar el plazo por la prestación de los servicios, el licitante se obliga a garantizarlos, mediante una fianza en los términos señalados y por el período prorrogado. Una vez cumplidas todas y cada una de las obligaciones que se deriven del servicio por parte del licitante a entera satisfacción de la CONAGUA, el Administrador del Contrato, procederá a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales, para que el licitante dé inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento a que se refiere el presente numeral, de conformidad con lo establecido en el artículo 128 81, fracción VIII del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazoPúblico.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de Deberá cubrir los siguientes amparos: a. CUMPLIMIENTO: Mediante la Ley, el proveedor ganador, garantizará cual se ampara el cumplimiento general del CONTRATO por parte del CONTRATISTA, por cuantía equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) del valor del CONTRATO, con vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y SEIS (6) MESES MÁS. b. CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES: Mediante la cual EL CONTRATISTA garantiza la calidad de los bienes y servicios prestados, en cuantía equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) del valor del CONTRATO, con vigencia igual al plazo de ejecución del CONTRATO y DIECIOCHO c. CALIDAD DE LOS SERVICIOS: Mediante la cual EL CONTRATISTA garantiza la calidad de los servicios prestados, en cuantía equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) del valor del CONTRATO, con vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y DOCE (12) MESES MÁS. d. SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Mediante la cual EL CONTRATISTA garantiza el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales, en cuantía equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor del CONTRATO, con una vigencia igual a la vigencia del CONTRATO y TRES (3) AÑOS MÁS. e. ESTABILIDAD Y CALIDAD DE LA OBRA: Por una cuantía equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) del valor total del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada con una vigencia no inferior a favor CINCO (5) AÑOS contados a partir del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide recibo a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través satisfacción de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta obra. La garantía deberá presentarse al área contratante a se entenderá vigente hasta la firma terminación del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en garantizado. Sus efectos no expirarán por falta de pago de la entrega de los bienes prima o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultospor revocatoria unilateral. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que EL CONTRATISTA se devolverán compromete a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya mantener vigente la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto durante todo el tiempo que demande la ejecución del contrato y su liquidación, so pena que la FIDUCIARIA SCOTIABANK COLPATRIA S.A. actuando como vocera y administradora del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente PATRIMONIO AUTÓNOMO FC PAD MUSEO MEMORIA HISTÓRICA CNMH declare el incumplimiento. Será obligación del contratista mantener la garantía indemne de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 cualquier reclamación proveniente de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato terceros que tenga como causa sus actuaciones. El contratista seleccionado deberá presentarse a más tardar constituir las garantías pactadas dentro de los cinco (5) días naturales siguientes al que se firme, salvo que a la entrega de los bienes o la prestación copia del contrato para ese efecto, por parte de los servicios se realice dentro del citado plazoLA FIDUCIARIA.

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Samples: Supply and Installation Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III EL PRESTADOR" garantizará el a) Que la fianza se otorga para garantizar todas y cada una de las obligaciones del presente contrato. b) Que, para liberar la Leyfianza, el proveedor ganadorserá requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de "LA UNIVERSIDAD". c) Que la fianza estará vigente hasta que "LA UNIVERSIDAD" acepte los servicios materia de contratación y en su caso durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte y se ejecute la resolución definitiva por autoridad competente. d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, garantizará el cumplimiento del contratopara la efectividad de las fianzas, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para aún para el caso de las pólizas que procediera el cobro de fianzaintereses, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor con motivo del Gobierno pago extemporáneo del Estado de Puebla a través importe de la Secretaría póliza de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera fianza requerida, quedando a elección de "LA UNIVERSIDAD" poder reclamar el pago de la fianza por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega cualquiera de los bienes procedimientos establecidos en los artículos 93 o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 95 de la Ley Federal de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalInstituciones de Fianzas. 18.4.- Con fundamento en e) Que la fianza continuará vigente aun cuando se otorguen prórrogas o esperas a “EL PRESTADOR”, para el artículo 128 cumplimiento de sus obligaciones. En el supuesto de rescisión de este contrato por causas imputables a "EL PRESTADOR", la fianza se hará exigible de inmediato sin necesidad de juicio previo ni declaración judicial alguna, sin perjuicio de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse responsabilidad que pudiese fincarle "LA UNIVERSIDAD" a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo"EL PRESTADOR" ante autoridad competente.

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Samples: Contrato De Adjudicación Directa Por Tabla Comparativa

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganadorlicitante adjudicado, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera será por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante Contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadasotorgadas por este concepto, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes a partir del día hábil siguiente al mismo; salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor licitante adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo Artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalLey. 18.4.- Con fundamento en el artículo Artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalLey, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firmefirme el contrato, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III Conforme a los artículos 48 y 49, fracciones I y II , de la LeyLAASSP, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del CONTRATO, el proveedor ganador, garantizará LICITANTE que resulte adjudicado se obliga a constituir una fianza indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato, así como la indemnización por vicios ocultosCONTRATO, mediante cheque certificadofianza expedida por compañía autorizada para ello, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el la Tesorería de la Federación o en su caso de las pólizas de fianzaLAS PARTICIPANTES, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoantes del Impuesto al Valor Agregado, para cubrir el cumplimiento oportuno debiendo cumplir con lo dispuesto en la entrega las disposiciones de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente carácter general por las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a aprueban los licitantes salvo la modelos de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento pólizas de fianzas constituidas como garantía en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado las contrataciones públicas realizadas al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos Obras Públicas y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalRelacionados con la Mismas, la garantía publicadas en el Diario Oficial de cumplimiento La Federación el 15 xx xxxxx de contrato 2022. La fianza deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco 10 (diez) días naturales siguientes al a la firma del CONTRATO, en los domicilios que para tal efecto indique cada una de LAS PARTICIPANTES, en días hábiles dentro del horario de 09:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas. El LICITANTE que resulte adjudicado queda obligado a mantener vigente la fianza mencionada hasta en tanto LAS PARTICIPANTES expresamente manifiesten que recibieron a su entera conformidad los bienes previstos en el presente Anexo 1, Anexo Técnico y en los CONTRATOS correspondientes que celebren con él, así como mientras quede alguna obligación pendiente de cumplimiento prevista en el CONTRATO, ya sea una obligación principal, accesoria o de garantía y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se firmeinterpongan, salvo hasta que se dicte resolución definitiva y firme que emita la autoridad competente, en la inteligencia de que dicha fianza sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de LAS PARTICIPANTES con las que haya suscrito el CONTRATO. En caso de que alguna de LAS PARTICIPANTES decida prorrogar el plazo de la entrega de los bienes o objeto de la prestación contratación, EL LICITANTE se obliga a garantizarlos, mediante una fianza en los mismos términos señalados y por el periodo prorrogado. Una vez cumplidas todas y cada una de las obligaciones que se deriven de la contratación por parte del LICITANTE a entera satisfacción del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO de cada una de LAS PARTICIPANTES, procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales, para que el LICITANTE adjudicado dé inicio a los servicios se realice dentro trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 81, fracción VIII, del citado plazoRLAASSP.

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Samples: Acquisition Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III “EL PROVEEDOR”, se obliga a entregar la garantía de cumplimiento a entera satisfacción de “EL CEDIPIEM”, dentro de los diez días hábiles posteriores a la suscripción del presente contrato, en los siguientes términos: a) El importe de la Leygarantía de cumplimiento se constituirá por el 10% del importe total de la operación, sin incluir el proveedor ganadorImpuesto al Valor Agregado, garantizará el cumplimiento del contratoque será por la cantidad de $43,080.18 (CUARENTA Y TRES MIL OCHENTA PESOS 18/100 M.N.), así como la indemnización por vicios ocultos, mediante y se otorgará a través de cheque certificado, cheque de caja, fianza o hipoteca otorgada depósito en efectivo a la cuenta 0650873096 de la institución bancaria: Banco Mercantil del Norte S.A., con una vigencia mínima de doce meses. b) La garantía deberá ser expedida a favor del Gobierno Consejo Estatal para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas del Estado de PueblaMéxico. Para el caso de las pólizas de fianza, Si se otorga mediante fianza se deberá incluir una leyenda observar lo indicado en el cuerpo los anexos cuatro (documentos de dicho instrumentoinclusión), en y cuatro bis (afianzadoras para la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado administración de Puebla a través fianzas), los cuales forman parte de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) invitación del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante procedimiento correspondiente a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. Adjudicación Directa número CED- AD-17-2018. c) La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratantese devolverá a “EL PROVEEDOR”, una vez que haya cumplido con todas las obligaciones estipuladas en el presente contrato, en un plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la fecha en que se haya cumplido fehacientemente con todas sus obligaciones contractuales. En todo caso, “EL PROVEEDOR”, tendrá la obligación de recogerla en el lugar que ocupan las oficinas de “EL CEDIPIEM”. 18.2.- d) No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar será necesario que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, “EL PROVEEDOR” entregue la garantía de cumplimiento si antes de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que fenezca el término para su presentación suministra la entrega totalidad de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazoa “EL CEDIPIEM”.

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Samples: Contrato De Adjudicación

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con El Proveedor se obliga a hacer entrega, dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del presente instrumento, de una fianza para garantizar el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el buen cumplimiento del contratoy calidad, así como la indemnización para responder por los defectos y vicios ocultos, mediante cheque certificadoen los materiales y trabajos realizados, de cajaexpedida por una institución legalmente autorizada, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe monto equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado contratado, más los impuestos correspondientes, es decir, $29,137.75 (veintinueve mil ciento treinta y siete pesos, 75/100, M.N.), a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma favor del contrato citadoPoder Judicial del Estado de Nuevo León, para cubrir garantizar el debido cumplimiento, misma que se aplicará de manera indivisible por el monto total garantizado, en caso de incumplimiento. La garantía de cumplimiento oportuno en la entrega estará vigente por un mínimo de 6 (seis) meses, después de que los bienes o servicios materia del presente Contrato hayan sido recibidos en su totalidad y, en su caso, los addendums que de aquél deriven, además, quedará extendida hasta la prestación fecha en que se satisfagan las responsabilidades no cumplidas y se corrijan los defectos o vicios ocultos, en los casos en que esa fecha sea posterior al vencimiento del plazo anteriormente señalado. La fianza deberá contener las declaraciones expresas para la cual se expide, en tal sentido, dentro de la misma deberá incluirse el siguiente texto: “Para garantizar, por la empresa denominada ASESORES Y CONSULTORES EN TECNOLOGÍA, S.A. DE C.V., con domicilio en la calle Primera Avenida, número 323, colonia Cumbres, en Monterrey, Nuevo León, y con Registro Federal de Contribuyentes ACT030131ID4; el cumplimiento, y responder por los servicios, calidad defectos y vicios ocultos, y cualquier otra responsabilidad derivada del Contrato PJENL/37/2021, celebrado entre el Poder Judicial del Estado de Nuevo León, a través del Consejo de la Judicatura del Estado y la persona moral denominada ASESORES Y CONSULTORES EN TECNOLOGÍA, S.A. DE C.V., por el 10% (diez por ciento) del monto total que ampara el Contrato, incluyendo el impuesto al valor agregado, relativo al servicio de renovación de la póliza de mantenimiento anual, de fabricante del equipamiento, para el almacenamiento de videos de juicios orales del área penal y familiar del Poder Judicial. Esta Institución fiadora, hace suyas las obligaciones contraídas en el Contrato referido y por lo mismo se obliga a pagar al Poder Judicial del Estado de Nuevo León, hasta el monto total de la presente fianza. Asimismo, esta institución fiadora pagará al Poder Judicial del Estado de Nuevo León, el importe de este documento a título xx xxxx convencional. Esta fianza garantiza el servicio de renovación de la póliza de mantenimiento anual, de fabricante del equipamiento, para el almacenamiento de videos de juicios orales del área penal y familiar del Poder Judicial. En caso de ser necesario prorrogar el plazo señalado en el Contrato para el Servicio, o exista espera concedida al Proveedor, la vigencia de esta fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del falloqueda automáticamente prorrogada, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza concordancia con dicha prórroga o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que espera en caso de incumplimiento del Proveedor, las partes convienen en considerar que algún proveedor adjudicado no presente la garantía resolución de cumplimientorescisión por parte del Poder Judicial del Estado opera de pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial o cualquier otro trámite o formalidad. La institución afianzadora se estará a lo previsto somete expresamente al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 105 los artículos 279, 280, 282, 178 y demás relativos de la Ley de AdquisicionesInstituciones de Seguros y de Fianzas, Arrendamientos en vigor”. Una vez cumplidas las obligaciones del Proveedor, a satisfacción del Poder Judicial, y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento transcurrida la vigencia señalada en el artículo 128 segundo párrafo de esta cláusula, el Proveedor podrá solicitar la expedición de la Ley carta respectiva para la cancelación de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazofianza.

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Samples: Contrato De Compraventa

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 Con fundamento en los artículos 48 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación II primer y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad tercer párrafos y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 49 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento 103 de su Reglamento, “EL PROVEEDOR” garantizará el cumplimiento del presente contrato con alguna de las formas de otorgamiento de garantía estipuladas en el artículo 128 79, fracción III, del Reglamento de la Ley Federal de AdquisicionesPresupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Arrendamientos misma que constituirá a favor de “DICONSA, S.A. de C.V.” y Servicios que equivaldrá a un diez por ciento del Sector Público Estatal monto máximo del contrato, sin incluir el IVA, lo cual representa la cantidad de (EL MONTO DEPENDERA DE LAS PARTIDAS ASIGNADAS) $......00 (… pesos 00/100 M.N.), debiendo ser entregada en un plazo no mayor xx xxxx días naturales posteriores a la firma del presente contrato; en caso de que “EL PROVEEDOR” decida tramitar fianza, ésta deberá contener lo siguiente: I) Nombre o razón social del proveedor. II) Que garantiza la correcta ejecución del contrato formalizado. III) El importe total garantizado con número y Municipalletra. IV) El número de contrato, su fecha de firma, así como la garantía especificación de cumplimiento las obligaciones garantizadas. V) Vigencia amparada que deberá corresponder a la vigencia del contrato. VI) Fecha de contrato deberá presentarse a más tardar expedición comprendida dentro de los cinco diez días naturales posteriores a la fecha estipulada en el contrato como fecha de formalización. Asimismo, deberá prever como mínimo las siguientes al que declaraciones: a) Que la fianza se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazootorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el presente contrato.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De La garantía de cumplimiento del presente Contrato la constituirá “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” por un importe del 15% (quince por ciento) del importe máximo adjudicado Impuesto al Valor Agregado Tasa 0%, mediante fianza, cheque certificado, cheque de caja, billete de depósito o carta de crédito, a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, que deberá entregar “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” a “EL G.D.F.” a la firma del presente Contrato. Dicha garantía amparará el cumplimiento de las condiciones y obligaciones del presente instrumento legal. En caso de que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” presente fianza ésta deberá ser expedida por Institución debidamente autorizada en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, e incluir en su texto que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Adquisiciones para el Artículo 126 fracción III de la LeyDistrito Federal, para garantizar por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, el proveedor ganador, garantizará el fiel y exacto cumplimiento del contratoContrato, debiendo agregar en la póliza el R.F.C., domicilio fiscal (Calle, Colonia, Delegación y C.P.), número y objeto del Contrato, la fecha de su formalización, el importe del Contrato (número y letra) sin incluir I.V.A., nombre y cargo de quien la firma, así como las partes que celebran el Contrato, y como declaración de la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, Compañía Afianzadora el siguiente texto: “Esta fianza estará en vigor desde la fecha de caja, fianza su expedición y durante la substanciación de todos los recursos legales o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la juicios que se aclare interpongan hasta que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado dicte resolución definitiva por autoridad competente. La cancelación de Puebla esta Fianza será hasta que “EL G.D.F.”, a través de la Secretaría Dirección de Planeación Administración, otorgue su autorización expresa y Finanzas; por escrito para su cancelación, una vez que el fiado haya cumplido con todas las obligaciones que se deriven del Contrato.” “Que la Institución Afianzadora, acepta expresamente continuar garantizando el crédito a que esta póliza se refiere, aún en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado el caso en que se otorguen prórrogas o esperas a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” para cubrir el cumplimiento oportuno de las obligaciones que se afianzan; y cualquier reclamación con cargo a esta fianza; para que sea procedente deberá ser presentada por escrito, en nuestras oficinas principales o sucursales.” “Que la entrega Institución Afianzadora, acepta el procedimiento de cobro de acuerdo a lo establecido en los bienes o artículos 93, 94, 95, 118 y 128 de la prestación Ley Federal de los servicios, calidad Instituciones de Fianzas y vicios ocultosal efecto la Institución Afianzadora pagará en términos de la Ley citada”. En caso el supuesto de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará que el monto originalmente pactado en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del falloel presente Contrato se modifique, en términos de la que Cláusula Sexta, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se devolverán obliga a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente modificar la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en los términos previstos por el artículo 105 65 de la Ley de AdquisicionesAdquisiciones para el Distrito Federal y 61 de su Reglamento. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a mantener vigente dicha garantía por el tiempo de vigencia del presente Contrato o hasta que se le hubiese comunicado la terminación anticipada del Contrato y sólo será cancelada mediante autorización por escrito de “EL G.D.F”. Una vez que se haya dado cumplimiento a las obligaciones que garantiza la fianza de cumplimiento, Arrendamientos motivo del presente contrato, a petición expresa de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, dicha fianza será devuelta previa liberación por escrito que para tal efecto emitan la Dirección Ejecutiva de Proyectos Especiales y Servicios la Dirección de Planeación Institucional y Desarrollo Territorial. Si al término de la vigencia de este Contrato, resultare algún tipo de responsabilidad cuantificable en dinero a cargo de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, derivada de deficiencias en los servicios, materia de este Contrato o por cualquier otra causa, sus importes se deducirán del Sector Público Estatal saldo de las facturas vencidas a su favor, pero si no las hubiera, “EL G.D.F” hará efectiva la garantía a que se refiere la presente Cláusula y Municipal. 18.4.- Con fundamento sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales que “EL G.D.F” considere pertinentes. “EL G.D.F.”, revisará la autenticidad de la póliza de fianza, mediante consulta directa en el artículo 128 dispositivo de validación de fianzas instaurado en la Ley página de Adquisicionesinternet xxx.xxxxxxx.xxx.xx, Arrendamientos y Servicios conforme al Circular número CG/029/2009 de fecha 23 xx xxxxx de 2009, emitida por el Contralor General del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazoDistrito Federal.

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Samples: Contrato Administrativo

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con 18.1 El Proveedor deberá garantizar el Artículo 126 fracción III fiel cumplimiento de contrato por un porcentaje indicado en las CEC, dentro de los porcentajes establecidos en el artículo 39 inciso c) de la LeyLey N° 2051/03. A tal efecto, el proveedor ganador, garantizará el deberá presentar al Contratante una garantía de cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso Contrato bajo alguna de las siguientes formas: a. Garantía bancaria emitida por un banco establecido en la República del Paraguay o un banco extranjero de prestigio internacional; b. Póliza de seguros emitida por una compañía de seguros autorizada a operar y emitir pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo seguros de dicho instrumento, caución en la que se aclare que esa póliza se expide República del Paraguay, o una compañía de seguros extranjera de prestigio internacional. Las garantías deberán ajustarse a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación las condiciones y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno formulario estándar correspondiente establecido en la entrega Anexo IV de los bienes o la prestación Documentos de los servicios, calidad y vicios ocultosLicitación. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías tratarse de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, una garantía directa de un banco o com​pañía de seguros no domiciliada en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contratoRepública del Paraguay, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía misma deberá tramitarse por intermedio de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías un banco o compa​ñía de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificadoseguros local, de cajamanera a poder hacerla efectiva, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalnecesidad. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la 18.2 La garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar ser presentada por el Proveedor dentro de los cinco diez (10) días naturales calendarios siguientes al que se firmea partir de la fecha de suscripción del Contrato, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en cuyo caso el plazo de entrega estará indicado en las CEC. 18.3 La falta de constitución y entrega oportuna de las garantías será causal de rescisión del contrato por causa imputable al proveedor, en cuyo caso el Contratante podrá adjudicar el contrato en la forma prevista en el segundo párrafo del artículo 36 de la Ley N° 2051/03. 18.4 La garantía de cumplimiento de contrato se hará efectiva si la Contratante determinare la rescisión del contrato por causa imputable al Proveedor, conforme a la ley y al contrato. Salvo indicación contraria en las CEC, la garantía de cumplimiento será liberada por el Contratante y devuelta al Proveedor a más tardar dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha en que el Proveedor haya cumplido con todas sus obligaciones contractuales, incluidas las relativas a la garantía de calidad de los bienes.

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Samples: Licitación Pública Internacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De 35.1 Antes de la firma del Contrato, el Oferente seleccionado entregará la Garantía de Cumplimiento del contrato (Garantía Bancaria o Póliza de Seguro) por el monto estipulado en las CGC y de conformidad con las CGC.5.2 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Artículo 126 fracción III Oferente seleccionado es una garantía bancaria, ésta deberá ser emitida, a elección del Oferente, por un banco en el país de la LeyMUNICIPALIDAD, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización o por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla un banco extranjero aceptable al Contratante a través de un banco corresponsal con domicilio en el país de la 35.2 La Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente, seleccionado deberá cumplir con todas las instrucciones y los requisitos establecidos en la Secretaría Sección X “Requisitos e Instrucciones para las Garantías “en la forma establecida en los numerales 1 y 2 del Art. 73 de Planeación y Finanzas; en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública deberá cumplir con todos los casos sera requerimientos establecidos en el mencionado Artículo y debe ser aceptable para el Contratante. 35.3 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por un importe equivalente al 10% (diez el Oferente seleccionado es una póliza de seguro ésta deberá ser emitida por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadouna compañía aseguradora legalmente constituida y autorizada en Ecuador, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya Oferente seleccionado haya verificado que es aceptable para la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratanteMUNICIPALIDAD. 18.2.- No se aceptarán garantías 35.4 El incumplimiento del Oferente seleccionado con las disposiciones de cumplimiento las Subcláusulas 35.1 y 34.3 de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto las IAO constituirá base suficiente para dejar sin efecto la adjudicación del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso ejecutar la Declaración de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 Mantenimiento de la Ley Oferta. El Contratante podrá adjudicar el Contrato al Oferente cuya oferta sea evaluada como la siguiente más baja y que se ajuste sustancialmente a los Documentos de Adquisiciones, Arrendamientos Licitación y Servicios que el Contratante determine que está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente.Tan pronto se firme el Contrato la MUNICIPALIDAD comunicará el nombre del Sector Público Estatal Oferente seleccionado a todos los Oferentes no seleccionados y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 les devolverá las Garantías de Mantenimiento de la Ley Oferta de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, conformidad con la garantía Cláusula 17.4 de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazolas IAO.

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Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- Cuando se cancele una licitación, se avisará por escrito a todos los involucrados y la CONVOCANTE procederá a convocar a una nueva licitación de considerarlo necesario. 16.1.- De conformidad con el Artículo 126 48 fracción III II de la Ley, el proveedor ganadoradjudicado, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización indemnización, por vicios ocultos, mediante cheque certificado, cheque de caja, o fianza o hipoteca otorgada a favor de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) incluyendo IVA del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA adjudicado. Esta garantía deberá cubrir el cumplimiento oportuno del periodo de entrega, calidad y vicios ocultos y deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato CONTRATO citado, para cubrir tomando como ejemplo el cumplimiento oportuno ANEXO N, en la entrega caso de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultosser fianza. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía otorgada presente errores subsanables, se otorgará al licitante un lapso de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante2 días hábiles a efecto de que enmiende los mismos, debiendo presentar dicha garantía en el domicilio de la CONTRATANTE en horario de oficina. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- 16.2.- Cabe destacar que en caso de que algún el proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a le será aplicado lo previsto señalado en el artículo 105 Artículo 46 segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalLey. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con Conforme a lo señalado en el Artículo 126 fracción III artículo 48 de “LA LEY”, salvo que la Leyentrega de “LOS BIENES Y/O SERVICIOS” adjudicados se concluya durante los 45 días naturales siguientes a la firma del Contrato correspondiente, el proveedor ganador“EL LICITANTE” que resulte adjudicado deberá entregar en la Coordinación General de Adquisiciones y Servicios, garantizará el cumplimiento antes de cualquier pago derivado del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, Contrato de cajaque se trata, fianza o hipoteca otorgada expedida por institución autorizada para ello, a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para “LA CONVOCANTE”, que garantice el caso total cumplimiento de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda obligaciones establecidas en el cuerpo de dicho instrumentoContrato, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al a 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes del IVA. Esta fianza se mantendrá en vigor hasta que “EL LICITANTE” adjudicado cumplan con todas y cada una de las obligaciones por él contraídas. En apego a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse lo establecido por el artículo 103 fracción I de “EL REGLAMENTO”: Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 45 fracción XIX, 53 de “LA LEY y 96 de “EL REGLAMENTO”, se aplicará al área contratante a la firma “PROVEEDOR” una pena convencional del contrato citadodos por ciento (2%) por cada día hábil de retraso injustificado, para cubrir calculado sobre el cumplimiento oportuno en la entrega importe total de los bienes y/o servicios que no sean entregados conforme al plazo establecido en el pedido respectivo, hasta un máximo del 10 % (diez por ciento) del importe total del pedido, en cuyo caso, “LA CONVOCANTE” podrá optar por la prestación rescisión, sin responsabilidad alguna para ella sin necesidad de acudir a los tribunales competentes, o exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los serviciosdaños y perjuicios, calidad y vicios ocultossin que medie resolución judicial. En caso El importe de ser fianza deberá presentarse conforme la penalización aplicada será descontado del valor total de la factura correspondiente o el “PROVEEDOR” lo cubrirá mediante cheque certificado a nombre de “LA CONVOCANTE”, previamente al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías pago de seriedad que sean otorgadasla factura. El pago quedará condicionado, hasta la fecha del falloproporcionalmente, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en al pago que el proveedor constituya la garantía “PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratantepena convencional. DESCRIPCION, CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DETALLADAS, PARA LA ADQUISICIÓN MATERIALES EPIC PARA EL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará Para garantizar el cumplimiento del contratode este Contrato, así como EL PROVEEDOR deberá entregar en la indemnización por vicios ocultosOficina de Abastecimientos y Obra Pública, mediante cheque certificadoZona Nezahualcóyotl, ubicada en Av. Unión s/n, entre Calle Uno y Calle Dos, Col. Agrícola Pantitlán, Delegación Iztacalco, C.P. 08100, Ciudad de México, de cajalunes a viernes en un horario de 09:00 a 15:00 horas, una fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado por institución de Puebla. Para el caso fianzas autorizada por la SHCP ó Carta de las pólizas de fianzaCrédito Standby, se deberá incluir por una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe cantidad equivalente al 1020% (diez por cientoVEINTE POR CIENTO) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta sin incluir el momento en que el proveedor constituya la IVA. La garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco 7 (siete) días naturales siguientes a la firma del contrato. En caso de presentar fianza electrónica, está deberá serremitida al siguiente correo electrónico xxxxx.xxxx00@xxx.xxx.xx archivos *.PDF y *.XML. La garantía deberá establecerse en moneda nacional y asatisfacción de LA EMPRESA CONTRATANTE. Esta garantía se considera indivisible y en caso de algún incumplimiento se hará efectiva de manera proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. El PROVEEDOR queda obligado ante LA EMPRESA CONTRATANTE a responder por la calidad del sistema, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido conforme a las especificaciones establecidas en este contrato. Si transcurrido el plazo señalado, no se firmehubiere otorgado la garantía respectiva en los términos establecidos LA EMPRESA CONTRATANTE podrá recurrir a los medios alternativos de controversias y en su caso, salvo iniciar el procedimiento de rescisión judicial del contrato respectivo. Para el supuesto de convenios modificatorios que no se encuentren cubiertos por la garantía originalmente otorgada, ELPROVEEDOR deberá presentar la ampliación a la garantía respectiva. La entrega por parte de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro EL PROVEEDOR del citado plazodocumento, no deberá excederde los 7 (siete) días naturales siguientes a la formalización del convenio modificatorio. Esta garantía para su liberación requerirá que EL PROVEEDOR lo solicite por escrito al Administrador del Contrato. Cumplidas las obligaciones de EL PROVEEDOR, a satisfacción de LA EMPRESA CONTRATANTE, este podrá solicitar al administrador del contrato una constancia de cumplimiento de sus obligaciones contractuales y su anuencia para la cancelación de la garantía otorgada. Con dicha constancia EL PROVEEDOR deberá solicitar por escrito la liberación de la garantía al área administradora de la misma.

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Samples: Service Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con Conforme el Artículo 126 fracción III artículo 48 de la LeyLey de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y a fin de garantizar el proveedor ganador, garantizará el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como la indemnización como, para responder por los defectos, vicios ocultosocultos de los bienes y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato, el prestador del servicio adjudicado se obliga a constituir una garantía indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato, mediante cheque certificadofianza expedida por compañía autorizada para ello, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría Tesorería de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera la Federación, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta del contrato antes del I.V.A. La garantía de cumplimiento deberá presentarse al área contratante a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato citadocontrato, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega Dirección de los bienes o la prestación Eficiencia Administrativa, sita en Avenida Benjamín Franklin No. 146, Piso 1, Col. Escandón Sección II, C.P. 11800, Ciudad de los serviciosMéxico, calidad Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, en días hábiles dentro del horario de 09:00 a 14:00 horas y vicios ocultosde 16:00 a 18:00 horas. En El “PRESTADOR DE SERVICIO” en caso de ser adjudicado queda obligado a mantener vigente la fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará mencionada, en custodia unicamente las garantías tanto permanezca en vigor el contrato y durante la substanciación de seriedad todos los recursos legales o juicios que sean otorgadasse interpongan, hasta la fecha del falloque se dicte resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia de que dicha fianza sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito del “SIAP”. Una vez cumplidas todas y cada una de las obligaciones que se devolverán deriven del contrato por parte del “PRESTADOR DE SERVICIO” a entera satisfacción del “SIAP”, el administrador del contrato, quien es el encargado de dar seguimiento y verificar el cumplimiento del mismo, procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales, para que el “PRESTADOR DE SERVICIO” en caso de resultar adjudicado dé inicio a los licitantes salvo trámites para la cancelación de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No a que se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificadorefiere la presente cláusula, de caja, fianza o hipoteca, conformidad con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto establecido en el artículo 105 81, fracción VIII del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalPúblico. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con del CONTRATO, sin incluir el Artículo 126 fracción III Impuesto al Valor Agregado, la cual deberá entregar dentro de los (10) diez días naturales siguientes a la Leyfirma del CONTRATO. Las modificaciones en monto, plazo o vigencia del CONTRATO conllevarán el respectivo ajuste a la garantía de cumplimiento cuando dicho incremento no se encuentre cubierto por la garantía originalmente otorgada, para lo cual deberá estipularse en el convenio modificatorio respectivo el plazo para entregar la ampliación de garantía, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contratocual no deberá exceder de (10) diez días naturales siguientes a la firma de dicho convenio, así como la indemnización por vicios ocultosfecha de entrega de “LOS BIENES” para las cantidades adicionales. La forma para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del presente "ANEXO TÉCNICO", mediante cheque certificadoserá de acuerdo al monto total antes de I.V.A. de su propuesta económica presentada, de cajaacuerdo a las POLÍTICAS, fianza BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA: De 300 A 2,357 Billete de Depósito o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado Cheque Certificado o Cheque de Puebla. Para el caso Caja De 2,357.01 A 5,000 Cheque de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes Caja o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. Fianza De 5,000.01 En Adelante Fianza En caso de ser fianza tener que garantizar el cumplimiento de las obligaciones del presente "ANEXO TÉCNICO" mediante Fianza, esta deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará contener todos los requisitos estipulados en custodia unicamente las garantías DISPOSICIONES de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la carácter general por las que se devolverán a aprueban los licitantes salvo la modelos de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento pólizas de fianzas constituidas como garantía en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado las contrataciones públicas realizadas al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas publicado en el artículo 128 Diario Oficial de la Federación el 15 xx xxxxx de 2022 (Formato 6). Para efectos de este procedimiento de contratación y conforme al criterio de divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones contractuales y aplicación total de la garantía de cumplimiento de los contratos sujetos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y MunicipalPúblico, para efectos de hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que objeto del CONTRATO, se firme, salvo considera que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazoobligación contractual es: Divisible.

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Samples: Mantenimiento a Sistema De Video Vigilancia

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 Conforme al artículo 48, fracción III de la LeyII, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 49 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal Público, y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 103 de su Reglamento, 166 de la Ley de AdquisicionesInstituciones de Seguros y De Fianzas, Arrendamientos así como a lo estipulado en el Reglamento de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, 48 fracción II de la Ley de Tesorería de la Federación, 70 de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Servicios Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir una garantía indivisible que deberá ser otorgada por una institución autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas a favor de la Tesorería de la Federación, por una cantidad equivalente al 10% del Sector Público Estatal monto máximo total del contrato antes del I.V.A., la cual deberá ser entregada en la Dirección de Adquisiciones y MunicipalContratos de la Secretaría, sita en Av. Paseo de la Reforma N° 116, piso 14, Col. Juárez, Delegación Xxxxxxxxxx, C.P.06600, Ciudad de México, en días hábiles dentro del horario de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 18:00 y en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos: Expedirse a favor de la TESOFE y señalar su domicilio. La indicación del importe total garantizado con número y letra. La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato y su anexo técnico que se derive del procedimiento. La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas. El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROVEEDOR” o fiado y de la Institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes. La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados. La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento. La cancelación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por el “Oficio de Comunicación de Cancelación de la Garantía” emitido por "LA SECRETARÍA". La INDIVISIBILIDAD de la misma, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por el monto total de las obligaciones garantizadas. Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015. El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia. Se deberá considerar, además dentro de la fianza las declaraciones siguientes en forma expresa: • “Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia”. • “La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”. • “La cancelación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de “La Secretaría”. • “La afianzadora acepta expresamente a tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aun en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte de “La Secretaría” para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizaran, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas.” En el supuesto de que “La Secretaría” y “EL PROVEEDOR” convengan la modificación del contrato vigente, el licitante que resulte adjudicado deberá contratar la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la misma o bien una nueva fianza por el 10% (diez por ciento) del importe de la modificación y o vigencia convenida, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes al de la firma del convenio que modifique el contrato principal. Se hará efectiva la fianza de cumplimiento del contrato por alguna de las causas previstas en el apartado de rescisiones del Modelo de Contrato de la presente Invitación En caso de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de las penas convencionales, ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. “LA SECRETARÍA” podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, cuando “EL PROVEEDOR” preste los mismos en forma diferente a lo solicitado en la presente Invitación o incumpla con cualquiera de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazolas obligaciones establecidas.

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Samples: Service Agreement

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con Con fundamento en el Artículo 126 fracción III artículos 73 y 75 Bis de la LeyLey de Adquisiciones para el Distrito Federal y artículo 360 fracciones I, el proveedor ganadorinciso a), garantizará II, III y IV del Código Fiscal del Distrito Federal, ''El Prestador'' garantiza el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas obligaciones contraídas mediante Fianza número 0000-00000-0 por un importe de fianza$111,762.93 (Ciento Once Mil Setecientos Sesenta y Dos Pesos 93/100 M.N.) expedida por la Afianzadora ASERTA, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo S.A. de dicho instrumentoC.V., Grupo Financiero ASERTA, Institución Mexicana legalmente autorizada para tal efecto, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente Finanzas del Distrito Federal, la cual no es menor al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas importe sin Impuesto al Valor Agregado señalando en la Cláusula Segunda del presente instrumento, con IVA Esta garantía una vigencia desde su expedición y hasta 3 meses después de la conclusión del servicio. La fianza, deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir garantizar el cumplimiento oportuno de todas y cada una de las obligaciones y deberá contener expresamente lo siguiente: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el este contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que b) Que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente sea prorrogado el plazo estipulado para la garantía terminación del objeto a que se refiere la fianza o exista espera, su vigencia quedará automáticamente prorrogada en concordancia con la misma. c) Que la fianza garantiza el cumplimiento de cumplimientotodas las obligaciones contraídas. d) Que para ser cancelada la fianza será requisito indispensable, se estará la conformidad por escrito de “El Gobierno de la CDMX”. e) Que la institución afianzadora acepta someterse expresamente a lo previsto preceptuado en el artículo 105 los artículos 178 y 282 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos Instituciones de Seguros y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalde Fianzas en vigor. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con El “AAS” dentro de los 10 (diez) Días siguientes a la suscripción del presente instrumento, otorgará a favor del Fiduciario una fianza para garantizar el Artículo 126 fracción III cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas de este Contrato “AAS”, comprendiendo la Leypuntual y correcta prestación de los Servicios “AAS”, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contratopago de cualquier responsabilidad obrero-patronal, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, el pago de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumentodaños y perjuicios que, en la que se aclare que esa su caso, sean originados por incumplimiento del presente Contrato “AAS”. La póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera será por un importe el equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado de este Contrato “AAS”, sin incluir el IVA, la cual deberá ser otorgada por una institución de fianzas debidamente autorizada. La fianza deberá contener las siguientes declaraciones expresas de la institución de fianzas que la expida: A) Que la fianza se otorga atendiendo a cantidades máximas todas las estipulaciones contenidas en el contrato de prestación de servicios de agente administrador supervisor No. [•] de fecha [•] de [•] 20[•], consistentes en la asesoría integral, gestión, monitoreo, supervisión y administración de la operación, mantenimiento y rehabilitación del Libramiento de [•], en el Estado de [•]. B) Que la fianza continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, salvo que [•], S.A. de C.V. y el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., Institución Fiduciaria en el Fideicomiso Número 1936.- Fondo Nacional de Infraestructura se otorguen el finiquito correspondiente. C) Que la Institución Afianzadora acepta que en caso que la presente garantía se haga exigible, se someterá a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas para la efectividad de las fianzas, incluyendo el cobro de intereses, con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. D) Que en caso de otorgamiento de prórrogas o esperas a la firma del contrato citado[•] S.A. de C.V., para cubrir el cumplimiento oportuno en de sus obligaciones, derivadas de la entrega formalización de los bienes convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, se deberá obtener la prestación modificación de los serviciosla fianza. E) Que la fianza se cancelará cuando [•] S.A. de C.V., calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente haya cumplido con todas las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la obligaciones que se devolverán a los licitantes salvo la deriven del Contrato, previa conformidad expresa y por escrito del Banco Nacional de aquél a quien se hubiere adjudicado Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución Fiduciaria en el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya Fideicomiso Número 1936.- Fondo Nacional de Infraestructura. Los términos y condiciones de la garantía de cumplimiento referida en la presente Cláusula deberán ser aprobados por el Fiduciario. En adición a lo anterior, y en caso que el monto de la fianza no sea suficiente para cubrir la responsabilidad del contrato correspondiente “AAS”, el Fiduciario podrá ejercitar las acciones que estime pertinentes en contra de éste, derivadas del incumplimiento total o parcial al presente Contrato “AAS” y/o a sus Anexos, y acredite haberla presentado que sean imputables al área contratante. 18.2.- No propio “AAS”. La fianza prevista en la presente Cláusula, se aceptarán garantías hará efectiva por el monto total de la misma. En tanto el “AAS” no entregue la póliza de fianza y sus renovaciones al Fiduciario, deberá cumplir con todas las obligaciones que le deriven de este Contrato “AAS”, pero no podrá exigir ninguno de los derechos a su favor siendo este incumplimiento una causal de rescisión del presente Contrato “AAS”. Una vez cumplidas las obligaciones del “AAS” a satisfacción del Fiduciario, éste expedirá una constancia de cumplimiento de contrato diferente las obligaciones objeto del presente Contrato “AAS”, a cheque certificado, efecto que el “AAS” pueda dar inicio a los trámites de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 cancelación de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía fianza de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que prevista en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazopresente Cláusula.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Agente Administrador Supervisor

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III Para cubrir cualquier hecho constitutivo de la Leyincumplimiento, el proveedor ganador, garantizará el contratista deberá presentar la garantía de cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, en original a AQUALIA dentro de caja, fianza o hipoteca otorgada los días hábiles siguientes contados a favor del Gobierno del Estado partir de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoy requerirá la aprobación de la Entidad. Esta garantía tendrá las siguientes características: Característica Condición Clase Cualquiera de las clases permitidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, a saber: (i) Contrato de seguro contenido en una póliza para Entidades Estatales, (ii) Patrimonio autónomo, (iii) Garantía Bancaria. Asegurado/ beneficiario AGUAS DE CORDOBA S.A. E.S.P.identificada con NIT 900.229.952-6 y AQUALIA LATINOAMÉRICA S.A. E.S.P. identificada con NIT 901.362.452-7 Amparos, vigencia y valores asegurados Amparo Vigencia Valor Asegurado Cumplimiento general del Hasta la 20% del valor del contrato y el pago de las liquidación del contrato multas y la cláusula penal contrato y seis (6) pecuniaria que se le impongan meses más. Buen manejo y correcta Hasta la 100% del valor del inversión del anticipo liquidación del anticipo contrato Pago de salarios, Plazo del contrato 10% del valor del prestaciones sociales y tres (3) años contrato legales e indemnizaciones más. laborales del personal que el Contratista haya de utilizar en el territorio nacional para la ejecución del contrato Estabilidad y calidad de las Cinco años 20% del valor del obras ejecutadas entregadas contados a partir contrato a satisfacción de la suscripción del acta de liquidacion Responsabilidad civil Plazo del contrato 10% del valor del extracontractual contrato Tomador • Para las personas jurídicas: la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social y tipo societario que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Característica Condición • No se aceptan garantías a nombre del representante legal o de alguno de los integrantes del consorcio. Cuando el contratista sea una Unión Temporal o Consorcio, se debe incluir razón social, NIT y porcentaje de participación de cada uno de los integrantes. • Para el Contratista conformado por una estructura plural (unión temporal, consorcio): la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del Contratista, para cubrir el cumplimiento oportuno en lo cual se deberá relacionar claramente los integrantes, su identificación y porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de la entrega misma. Información necesaria dentro de los bienes o la prestación de los servicios, calidad póliza • Número y vicios ocultos. año del contrato • Objeto del contrato • Firma del representante legal del Contratista • En caso de ser fianza deberá presentarse conforme no usar centavos, los valores deben aproximarse al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente mayor Ej. Cumplimiento si el valor a asegurar es $14.980.420,20 aproximar a $14.980.421 El contratista está obligado a restablecer el valor de la garantía cuando esta se vea reducida por razón de las reclamaciones que efectúe la Entidad, así como, a ampliar las garantías en los eventos de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha adición y/o prórroga del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la contrato. El no restablecimiento de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía por parte del Contratista o su no adición o prórroga, según el caso, constituye causal de cumplimiento incumplimiento del contrato correspondiente Contrato y acredite haberla presentado al área contratantese iniciarán los procesos sancionatorios a que haya lugar. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Solicitation for Quotation

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el El proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se adjudicado deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la presentar garantía de cumplimiento del contrato correspondiente por un término de 3 años y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado28 días naturales, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco diez días naturales siguientes a la firma del mismo, de acuerdo a lo siguiente: Mediante la exhibición de fianza expedida por compañía legalmente autorizada, por el equivalente al 20% del importe total del contrato, incluyendo el IVA, y será expedida a favor del Tribunal Superior de Justicia del estado de Tabasco. a) Que la fianza se otorga para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones del contrato celebrado con el Tribunal Superior de Justicia del estado de Tabasco, derivado de la adjudicación de la que fue objeto en el proceso de Licitación Pública Estatal No. 56063001-002-14. b) Que la fianza continuará vigente, aun cuando se otorguen prórrogas o esperas al proveedor, para el cumplimiento de las obligaciones que se firmegarantizan. c) A elección de El Tribunal podrá reclamarse el pago de la fianza por cualquiera de los procedimientos establecidos, salvo por lo que la entrega afianzadora incluirá expresamente en el texto de la fianza que se somete a elección del beneficiario, a cualesquiera de los bienes o procedimientos legales establecidos en los artículos 93, 93 bis, 95, 95 bis y 118, de la prestación Ley Federal de Instituciones de Fianzas. d) La compañía afianzadora se somete a la jurisdicción y competencia de los servicios se realice dentro del citado plazotribunales de la ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco. e) Para la cancelación de la fianza será indispensable la autorización expresa y por escrito de El Tribunal.

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Samples: Licitación Pública Estatal

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III 31.1. Dentro de los 15 (quince) días naturales contados a partir de la Ley, fecha en que se hubiese firmado el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la salvo que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los serviciosse realice dentro del citado plazo, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la licitante seleccionado otorgará garantía de cumplimiento de conformidad con los porcentajes que se establecen en las Normas y Políticas para el Establecimiento de Garantías en Materia de Adquisiciones de Bienes y prestación de Servicios, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el día 23 de Septiembre del 2005, y la cual se establecerá en base al monto del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que 31.2. Monto del Pedido o Contrato en caso Salarios Mínimos sin I.V.A. % Mínimo de que algún proveedor adjudicado no presente Garantía *vsm= veces el salario mínimo. a) Póliza de Fianza, la garantía de cumplimiento, se estará a cual deberá observar lo previsto en el artículo 105 indicado por la fracción I del Articulo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalpara el Estado de Baja California. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 b) Cheque Certificado a nombre de la Ley Comisión Estatal de AdquisicionesServicios Públicos de Tijuana c) En efectivo, Arrendamientos y el cual deberá entregarse en las cajas recaudadoras de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana, entregando copia del Sector Público Estatal y Municipalrecibo correspondiente a la Oficialía Mayor de Gobierno. En caso de rescisión del contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. La garantía de cumplimiento quedará sujeta a las condiciones siguientes: 1. Garantizará el exacto cumplimiento de todas las cláusulas del presente contrato deberá presentarse a más tardar dentro y responderá de los cinco días naturales siguientes al defectos o vicios ocultos del mismo. Se hará efectiva hasta por la cantidad necesaria para responder de los daños y perjuicios causados. 2. Estará vigente hasta que el arrendamiento haya sido recibido en su totalidad por “El Estado” y durante el lapso de 1 (uno) año siguiente a su recepción, para responder de los defectos de elaboración y cualquier responsabilidad que resulte a cargo de “El Licitador”, en favor de “El Estado” derivada de este contrato. 3. En caso de prórroga de la vigencia del presente contrato, se entenderá que a fianza respectiva quedará automáticamente prorrogada en concordancia con lo anterior, sí la misma resulta por causa imputable a “El Licitador”. 4. Para que sea cancelada la fianza antes de que concluya su plazo preestablecido, será requisito indispensable la autorización de conformidad por escrito de “El Estado”. 5. La fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos o ejercicio de las acciones legales que se firmeinterpongan, salvo y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad o tribunal competente. 6. Que la entrega afianzadora acepte expresamente en someterse a los procedimientos de los bienes o ejecución previstos en la prestación Ley Federal de los servicios se realice dentro del citado plazoInstituciones de Fianzas, para la efectividad de las fianzas.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 Con fundamento en lo establecido en los artículos 48 fracción II y 49 fracción I de “La Ley”, 85 fracción III y 103 de “El Reglamento”; 166 de la LeyLey de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como a lo estipulado en el Reglamento de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, 48 fracción II de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, el proveedor ganadorartículo 70 de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “EL PROVEEDOR” garantizará el cumplimiento del contratocontrato con una fianza INDIVISIBLE que deberá ser otorgada por una institución afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado máximo del contrato, a cantidades máximas con IVA Esta favor de la TESOFE, sin incluir IVA, debiendo ser entregada la garantía deberá presentarse al área contratante referida, en un plazo no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos, sita en avenida Paseo de la Reforma 116, Piso 14, Colonia Juárez, Delegación Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00, en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:  Expedirse a favor de la TESOFE y señalar su domicilio.  La indicación del importe total máximo garantizado con número y letra.  La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato citadoy su anexo técnico que se derive del procedimiento de Licitación.  La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas.  El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROVEEDOR” o fiado y de la Institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes.  La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados.  La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento.  La liberación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por el “Oficio de Comunicación de Cancelación de la Garantía” emitido por "La Secretaría".  La INDIVISIBILIDAD de la misma, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por la totalidad de la obligación garantizada.  Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015.  El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia. Se deberá considerar, además dentro de la fianza las declaraciones siguientes en forma expresa:  “Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia”.  “La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas, para cubrir la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”.  “La liberación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de “La Secretaría”.  “La afianzadora acepta expresamente a tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aun en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte de “La Secretaría” para el cumplimiento oportuno en total de las obligaciones que se garantizaran, por lo que la entrega afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas.” En el supuesto de que “La Secretaría” y “EL PROVEEDOR” convengan la modificación del contrato vigente, el licitante que resulte adjudicado deberá contratar la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la misma o bien una nueva fianza por el 10% (diez por ciento) del importe de la modificación y/o vigencia convenida, dentro de los bienes o 5 (cinco) días naturales siguientes al de la prestación firma del convenio que modifique el contrato principal. Se hará efectiva la fianza de los servicios, calidad y vicios ocultoscumplimiento del contrato por alguna de las causas previstas en el apartado de rescisiones del Modelo de Contrato de la presente Licitación. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de las penas convencionales, ni la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. “La Secretaría” podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato contrato, cuando “EL PROVEEDOR” preste los mismos en forma diferente a cheque certificado, lo solicitado en la presente Licitación o incumpla con cualquiera de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicadolas obligaciones establecidas. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Licitación Pública Electrónica

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con 4.3.2.1. En el Artículo 126 fracción III de momento que la Ley, adjudicataria se presente a firmar el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada entregará a favor del Gobierno del Estado Fideicomiso de Puebla. Para el caso Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL- BNCR una garantía de cumplimiento vigente, que será rendida en cualquiera de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda formas indicadas en el cuerpo Reglamento General de dicho instrumentola Contratación Administrativa, por un monto como mínimo por un monto de $191.400 US dólares (Ciento noventa y un mil cuatrocientos dólares americanos). Dicha garantía debe rendirse en la moneda en que se aclare que esa póliza se expide presentó la oferta. 4.3.2.2. La vigencia de esta garantía empezará a favor del Gobierno del Estado de Puebla regir a través partir de la Secretaría fecha de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoy el adjudicatario debe mantenerla vigente por todo el plazo de la contratación y hasta por veinte (20) días hábiles siguientes posteriores a la fecha de finalización del Plazo del Contrato comprobado mediante documento suscrito por el administrador del contrato y la suscripción de un contrato de finiquito. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, para cubrir el cumplimiento oportuno contratista no ha prorrogado su vigencia, el fiduciario podrá hacerla efectiva en la entrega forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo su custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultosincumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva del dinero. 4.3.2.3. En cumplimiento de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente la Directriz UIM/046/06/2000 de la Bolsa Nacional de Valores, cuando la garantía sea rendida con títulos o valores que posean cupones, con el fin de asegurar la ejecución del documento deberán entregarse junto con el documento principal los citados cupones para que se tenga por bien rendida la garantía. No obstante no se reconocerán intereses por las garantías de seriedad mantenidas en depósito por el fiduciario; sin embargo, los que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a devenguen los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá títulos hasta el momento en que el proveedor constituya se ejecuten, pertenecen a su legítimo dueño o depositante. 4.3.2.4. Si la garantía de cumplimiento es presentada por medio de cheque del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratanteSistema Bancario Nacional, sólo se aceptarán si son certificados o de gerencia. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en 4.3.2.5. En el caso de que algún proveedor adjudicado no presente el fiduciario se viera obligada a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el adjudicatario rendirá una nueva, de cumplimiento, se estará a lo previsto manera que el contrato en todo momento quede garantizado hasta su ejecución total. En caso de prórroga el artículo 105 adjudicatario deberá extender la vigencia de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalesta garantía. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contratación Para Proveer Acceso a Servicios Fijos De Voz E Internet De Banda Ancha

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III 31.1. Dentro de los 15 (quince) días naturales contados a partir de la Ley, fecha en que se hubiese firmado el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la salvo que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los serviciosse realice dentro del citado plazo, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la licitante seleccionado otorgará garantía de cumplimiento de conformidad con los porcentajes que se establecen en las Normas y Políticas para el Establecimiento de Garantías en Materia de Adquisiciones de Bienes y prestación de Servicios, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el día 23 de Septiembre del 2005, y la cual se establecerá en base al monto del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que 31.2. Monto del Pedido o Contrato en caso Salarios Mínimos sin I.V.A. % Mínimo de que algún proveedor adjudicado no presente Garantía *vsm= veces el salario mínimo. a) Póliza de Fianza, la garantía de cumplimiento, se estará a cual deberá observar lo previsto en el artículo 105 indicado por la fracción I del Articulo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalpara el Estado de Baja California. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 b) Cheque Certificado a nombre de la Ley Comisión Estatal de AdquisicionesServicios Públicos de Tijuana c) En efectivo, Arrendamientos y el cual deberá entregarse en las cajas recaudadoras de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana, entregando copia del Sector Público Estatal y Municipalrecibo correspondiente a la Oficialía Mayor de Gobierno. En caso de rescisión del contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. La garantía de cumplimiento quedará sujeta a las condiciones siguientes: 1. Garantizará el exacto cumplimiento de todas las cláusulas del presente contrato deberá presentarse a más tardar dentro y responderá de los cinco días naturales siguientes al defectos o vicios ocultos del mismo. Se hará efectiva hasta por la cantidad necesaria para responder de los daños y perjuicios causados. 2. Estará vigente hasta que el servicio haya sido recibido en su totalidad por “El Estado” y durante el lapso de 1 (uno) año siguiente a su recepción, para responder de los defectos de elaboración y cualquier responsabilidad que resulte a cargo de “El Licitador”, en favor de “El Estado” derivada de este contrato. 3. En caso de prórroga de la vigencia del presente contrato, se entenderá que a fianza respectiva quedará automáticamente prorrogada en concordancia con lo anterior, sí la misma resulta por causa imputable a “El Licitador”. 4. Para que sea cancelada la fianza antes de que concluya su plazo preestablecido, será requisito indispensable la autorización de conformidad por escrito de “El Estado”. 5. La fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos o ejercicio de las acciones legales que se firmeinterpongan, salvo y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad o tribunal competente. 6. Que la entrega afianzadora acepte expresamente en someterse a los procedimientos de los bienes o ejecución previstos en la prestación Ley Federal de los servicios se realice dentro del citado plazoInstituciones de Fianzas, para la efectividad de las fianzas.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con La póliza de fianza expedida por institución legalmente facultada para tal efecto, por el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento 10% del monto total del contrato, así como conforme a lo señalado en el presente numeral. El licitante que resulte ganador no podrá gravar o ceder a otras Personas Físicas x Xxxxxxx, ya sea todo o en partes los derechos y obligaciones que se deriven del contrato, salvo los de cobro, en cuyo caso deberá contar con el consentimiento de la indemnización por vicios ocultosConvocante, mediante cheque certificado, escrito dirigido al Coordinador General de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda Administración en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare mencione los motivos por los que esa póliza se expide a favor ceden dichos derechos y los datos generales del Gobierno del Estado de Puebla a través de beneficiario, no obstante lo anterior la Secretaría de Planeación factura deberá ser emitida por el licitante que resulte ganador y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultosque suscriba el contrato. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta el licitante ganador incumpla con la fecha firma del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la se procederá a adjudicar el contrato al licitante que se retendrá hasta hubiere obtenido el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificadosegundo lugar, de caja, fianza o hipoteca, con independencia acuerdo al orden del texto del contrato resultado en el cuadro comparativo que dio origen al fallo y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que así sucesivamente en caso de que algún este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la postura que inicialmente hubiera resultado ganadora, no sea superior al 10%, esto de conformidad con el artículo 46 de la LAASSP, en su segundo párrafo. En el supuesto de que el proveedor adjudicado no se presente a firmar el contrato por causas que le sean imputables, será sancionado en los términos del artículo 59 de la garantía LAASSP. En caso de cumplimientoexistir discrepancia entre el modelo de contrato y la convocatoria, se estará a prevalecerá lo previsto dispuesto en el artículo 105 cuerpo general de la Ley de Adquisicionesconvocatoria, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalasí como lo señalado en las aclaraciones realizadas a las mismas. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contratación Del Servicio De Helicópteros

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III El licitante, a fin de la Ley, el proveedor ganador, garantizará garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, y para responder de los defectos, vicios ocultos y calidad de los bienes; así como la indemnización de cualquier otra responsabilidad, deberá presentar póliza de fianza conforme a lo siguiente: La póliza de fianza expedida por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda institución afianzadora mexicana autorizada en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través los términos de la Secretaría Ley Federal de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoadjudicado antes de I.V.A., para cubrir el cumplimiento oportuno en licitante adjudicado deberá presentar la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán Fianza a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 favor de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 Tesorería de la Ley Federación y a disposición de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse Comisión a más tardar dentro de los cinco 10 (diez) días naturales siguientes al a la firma del contrato, o en caso de ser por el servicio plurianual, podrá ser por el 10% que corresponda del monto total por erogar, en el primer ejercicio a la firma del contrato y en los demás dentro de los primeros diez días naturales del mes de enero del ejercicio de que se firmetrate. El no cumplir con la citada obligación, salvo la Comisión podrá determinar la rescisión del contrato respectivo y remitir el asunto al Órgano Interno de Control (OIC) para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en los artículos 48, 49 y 60, fracción III de la entrega LAASSP. Un ejemplo de la póliza de fianza se encuentra en el Anexo 10. En caso de incremento al monto del contrato respectivo o modificación al plazo, el licitante adjudicado se obliga a entregar a la Comisión, al momento de la formalización respectiva, los bienes documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener el documento la prestación estipulación de los servicios que se realice dentro otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la fianza otorgada inicialmente. Una vez concluida la vigencia del citado plazocontrato el licitante adjudicado podrá solicitar la liberación de fianza mediante escrito dirigido a la DGA, sita en Xx. Xxxxxxx xxxxxx 1750, 1er. Piso, Col. Los Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx. Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 11510, México, Distrito Federal, el cual será turnado a la DA para su trámite correspondiente.

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Samples: Licitación Pública Nacional Plurianual Mixta

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 lo dispuesto en los artículos 48 fracción III de la LeyII y último párrafo del mismo artículo, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en 103 de su Reglamento, para garantizar el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse las obligaciones, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a más tardar dentro de los cinco 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente instrumento jurídico, a “LA COMISIÓN” a través de la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos sito en Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxx Xxx, Xxxx 0, Xxxxx Xxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, C.P. 01020, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, en la Ciudad de México, una fianza expedida por institución afianzadora debidamente autorizada para ello, por la cantidad de $ . ( pesos /100 M.N.) que equivale al que se firme10% (diez por ciento) del presupuesto máximo de este instrumento legal, salvo que sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. La fianza deberá prever los requisitos siguientes: 1. Deberá expedirse a favor de la entrega Tesorería de los bienes la Federación. 2. Contener la indicación del importe total garantizado con número y letra. 3. La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas. 4. El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROVEEDOR”. 5. Deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones previstas en el presente contrato. 6. El texto de la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.fianza deberá contener en su redacción lo siguiente:

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Samples: Contratación Del Servicio De Capacitación

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción II y 49, fracción I de “LA LEY”, para garantizar el Artículo 126 fracción III exacto cumplimiento de las obligaciones que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” contraiga en virtud del Instrumento Contractual Específico que se derive del procedimiento de contratación, deberá entregar garantía en favor de la LeyTesorería de la Federación, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría fianza divisible otorgada por institución de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe fianzas o de seguros autorizada para expedirla, equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado presupuesto máximo del Instrumento Contractual Específico correspondiente, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual deberá entregar a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma celebración del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno Instrumento Contractual Específico correspondiente. Deberá entregarse en la entrega Dirección de los bienes o Adquisiciones y Contrataciones, de la Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales, ubicada en Xxxxx Xxxxxx Xx. 00, xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxx X.X. 00000 Demarcación Territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México; Teléfono 00000000, ext. 6983 y 6930, dentro del horario de 10:00 a 14:00 y de 17:00 a 19:00 la garantía de mérito deberá estar vigente hasta la total aceptación de la prestación de los servicios, calidad conforme con lo establecido en el presente documento. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado a mantener vigente la fianza mencionada, durante el plazo para la prestación del servicio y vicios ocultoshasta en tanto permanezca en vigor el Instrumento Contractual Específico; en caso de que se otorgue prórroga para el cumplimiento del Instrumento Contractual Específico y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme por autoridad competente, en la inteligencia de que dicha garantía sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de “LA SECRETARÍA”. Dicha garantía deberá sujetarse a las disposiciones que rigen esta materia. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha rescisión del fallo, en la Instrumento Contractual Específico que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contratoformalice, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya aplicación de la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado incumplimiento será proporcional al área contratantemonto de las obligaciones no cumplidas. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Servicio Integral De Jardinería Y Servicio Integral De Fumigación

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 Con fundamento en lo establecido en los artículos 48 fracción II y 49 fracción I de “La Ley”, 85 fracción III Y 103 de “El Reglamento”; 166 de la LeyLey de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como a lo estipulado en el Reglamento de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, el proveedor ganadorartículo 137 fracción II de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “El Proveedor” garantizará el cumplimiento del contratocontrato con una fianza INDIVISIBLE que deberá ser otorgada por una institución afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado máximo del contrato, a cantidades máximas con IVA Esta favor de la TESOFE, sin incluir IVA, debiendo ser entregada la garantía deberá presentarse al área contratante referida, en un plazo no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos, sita en avenida Paseo de la Reforma 116, Piso 14, Colonia Juárez, Delegación Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00, en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:  Expedirse a favor de la TESOFE y señalar su domicilio.  La indicación del importe total máximo garantizado con número y letra.  La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato citadoy su anexo técnico que se derive del procedimiento de Licitación.  La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas.  El señalamiento de la denominación o nombre de “El Proveedor” o fiado y de la Institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes.  La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados.  La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento.  La liberación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por el “Oficio de Comunicación de Cancelación de la Garantía” emitido por "La Secretaría".  La INDIVISIBILIDAD de la misma, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por la totalidad de la obligación garantizada.  Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015.  El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia. Se deberá considerar, además dentro de la fianza las declaraciones siguientes en forma expresa:  “Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia”.  “La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas, para cubrir la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”.  “La liberación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de “La Secretaría”.  “La afianzadora acepta expresamente a tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aun en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte de “La Secretaría” para el cumplimiento oportuno en total de las obligaciones que se garantizaran, por lo que la entrega afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas.” En el supuesto de que “La Secretaría” y “El Proveedor” convengan la modificación del contrato vigente, el licitante que resulte adjudicado deberá contratar la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la misma o bien una nueva fianza por el 10% (diez por ciento) del importe de la modificación convenida, dentro de los bienes o 5 (cinco) días naturales siguientes al de la prestación firma del convenio que modifique el contrato principal. Se hará efectiva la fianza de los servicios, calidad y vicios ocultoscumplimiento del contrato por alguna de las causas previstas en el apartado de rescisiones del Modelo de Contrato de la presente Licitación. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de las penas convencionales, ni la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. “La Secretaría” podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato contrato, cuando “El Proveedor” preste los mismos en forma diferente a cheque certificado, lo solicitado en la presente Licitación o incumpla con cualquiera de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicadolas obligaciones establecidas. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Licitación Pública Electrónica

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 Con fundamento en lo establecido en los artículos 48 fracción II y 49 fracción I de “La Ley”, 85 frac. III y 103 de “El Reglamento”; 166 de la LeyLey de Instituciones de Seguros y De Fianzas, así como a lo estipulado en el Reglamento de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, el proveedor ganadorartículo 137 fracción II de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “El Proveedor” garantizará el cumplimiento del contratocontrato con una fianza INDIVISIBLE que deberá ser otorgada por una institución afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado máximo del contrato, a cantidades máximas con IVA Esta favor de la TESOFE, sin incluir IVA, debiendo ser entregada la garantía deberá presentarse al área contratante referida, en un plazo no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos, sita en avenida Paseo de la Reforma 116, Piso 14, Colonia Juárez, Delegación Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México y en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:  Expedirse a favor de la TESOFE y señalar su domicilio.  La indicación del importe total garantizado con número y letra.  La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato citadoy su anexo técnico que se derive del procedimiento de Invitación.  La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas.  El señalamiento de la denominación o nombre de “El Proveedor” o fiado y de la Institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes.  La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados.  La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento.  La liberación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por el “Oficio de Comunicación de Cancelación de la Garantía” emitido por "La Secretaría".  La INDIVISIBILIDAD de la misma, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por el monto total de las obligaciones garantizadas.  Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015.  El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia. Se deberá considerar, además dentro de la fianza las declaraciones siguientes en forma expresa:  “Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia”.  “La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas, para cubrir la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”.  “La liberación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de  “La afianzadora acepta expresamente a tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aun en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte de “La Secretaría” para el cumplimiento oportuno en total de las obligaciones que se garantizaran, por lo que la entrega afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas.” En el supuesto de que “La Secretaría” y “El Proveedor” convengan la modificación del contrato vigente, el licitante que resulte adjudicado deberá contratar la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la misma o bien una nueva fianza por el 10% (diez por ciento) del importe y/o la vigencia de la modificación convenida, dentro de los bienes o 10 (diez) días naturales siguientes al de la prestación firma del convenio que modifique el contrato principal. Se hará efectiva la fianza de los servicios, calidad y vicios ocultoscumplimiento del contrato por alguna de las causas previstas en el apartado de rescisiones del Modelo de Contrato de la presente Invitación. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de las penas convencionales, ni la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. “La Secretaría” podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato contrato, cuando “El Proveedor” preste los mismos en forma diferente a cheque certificado, lo solicitado en la presente Invitación o incumpla con cualquiera de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicadolas obligaciones establecidas. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contract for Services

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con 4.3.2.1. En el Artículo 126 fracción III de momento que la Ley, adjudicataria se presente a firmar el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada entregará a favor del Gobierno del Estado Fideicomiso de Puebla. Para el caso Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL-BNCR una garantía de cumplimiento vigente, que será rendida en cualquiera de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda formas indicadas en el cuerpo Reglamento General de dicho instrumentola Contratación Administrativa, por un monto como mínimo de $172.250 US dólares (ciento setenta y dos mil doscientos cincuenta dólares americanos). Dicha garantía debe rendirse en la moneda en que se aclare que esa póliza se expide presentó la oferta. 4.3.2.2. La vigencia de esta garantía empezará a favor del Gobierno del Estado de Puebla regir a través partir de la Secretaría fecha de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoy el adjudicatario debe mantenerla vigente por todo el plazo de la contratación y hasta por veinte (20) días hábiles siguientes posteriores a la fecha de finalización del Plazo del Contrato comprobado mediante documento suscrito por el administrador del contrato y la suscripción de un contrato de finiquito. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, para cubrir el cumplimiento oportuno contratista no ha prorrogado su vigencia, el fiduciario podrá hacerla efectiva en la entrega forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo su custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultosincumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva del dinero. 4.3.2.3. En cumplimiento de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente la Directriz UIM/046/06/2000 de la Bolsa Nacional de Valores, cuando la garantía sea rendida con títulos o valores que posean cupones, con el fin de asegurar la ejecución del documento deberán entregarse junto con el documento principal los citados cupones para que se tenga por bien rendida la garantía. No obstante no se reconocerán intereses por las garantías de seriedad mantenidas en depósito por el fiduciario; sin embargo, los que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a devenguen los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá títulos hasta el momento en que el proveedor constituya se ejecuten, pertenecen a su legítimo dueño o depositante. 4.3.2.4. Si la garantía de cumplimiento es presentada por medio de cheque del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratanteSistema Bancario Nacional, sólo se aceptarán si son certificados o de gerencia. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en 4.3.2.5. En el caso de que algún proveedor adjudicado no presente el fiduciario se viera obligada a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el adjudicatario rendirá una nueva, de cumplimiento, se estará a lo previsto manera que el contrato en todo momento quede garantizado hasta su ejecución total. En caso de prórroga el artículo 105 adjudicatario deberá extender la vigencia de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalesta garantía. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contratación Para Proveer Acceso a Los Servicios De Voz Y El Acceso a Internet

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III Para cubrir cualquier hecho constitutivo de la Leyincumplimiento, el proveedor ganador, garantizará el Contratista deberá presentar la garantía de cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, en original a ENTERRITORIO dentro de caja, fianza o hipoteca otorgada los tres (3) días hábiles siguientes contados a favor del Gobierno del Estado partir de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoy requerirá la aprobación de ENTERRITORIO. Esta garantía tendrá las siguientes características: Característica Condición Clase Cualquiera de las clases permitidas, a saber: (i) Contrato de seguro contenido en una póliza para cubrir Entidades Estatales, (ii) Patrimonio autónomo, (iii) Garantía Bancaria. Asegurado/ beneficiario ENTERRITORIO identificada con NIT 899.999.319-1 Amparos, vigencia y valores asegurados Amparo Vigencia Valor Asegurado Cumplimiento general del contrato y el cumplimiento oportuno pago de las multas y la cláusula penal pecuniaria que se le impongan Hasta la liquidación del contrato. Valor deberá ser definido por ENTERRITORIO Buen manejo y correcta inversión del anticipo Hasta la liquidación del contrato o hasta la amortización del anticipo Valor deberá ser definido por ENTERRITORIO Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales del personal que el Contratista haya de utilizar en el territorio nacional para la entrega ejecución del contrato Plazo del contrato y tres (3) años más. Valor deberá ser definido por ENTERRITORIO. Estabilidad y calidad de las obras ejecutadas entregadas a satisfacción Cinco (5) años contados a partir de la fecha de suscripción del Acta de Recibo Definitivo a satisfacción de las obras por parte de ENTERRITORIO XX (XX%) del valor final de las obras Calidad del servicio Vigente por tres (3) años contados a partir del recibo a satisfacción. 50% del valor de la etapa de Verificación y Complementación Técnica. Calidad de los bienes y elementos que suministre el contratista Vigente por dos (2) años contados a partir del recibo a satisfacción de las obras . 20% del valor de la etapa de ejecución de las obras . Tomador • Para las personas jurídicas: la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social y tipo societario que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la prestación Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. • No se aceptan garantías a nombre del representante legal o de alguno de los serviciosintegrantes del consorcio. Cuando el contratista sea una Unión Temporal o Consorcio, calidad se debe incluir razón social, NIT y vicios ocultosporcentaje de participación de cada uno de los integrantes. • Para el Contratista conformado por una estructura plural (unión temporal, consorcio): la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del Contratista, para lo cual se deberá relacionar claramente los integrantes, su identificación y porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de la misma. Información necesaria dentro de la póliza • Número y año del contrato • Objeto del contrato • Firma del representante legal del Contratista • En caso de ser fianza deberá presentarse conforme no usar centavos, los valores deben aproximarse al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente mayor Ej. Cumplimiento si el valor a asegurar es $14.980.420,20 aproximar a $14.980.421 El Contratista está obligado a restablecer el valor de la garantía cuando esta se vea reducida por razón de las reclamaciones que efectúe ENTERRITORIO, así como, a ampliar las garantías en los eventos de seriedad que sean otorgadasadición y/o prórroga del contrato. El no restablecimiento de la garantía por parte del Contratista o su no adición o prórroga, hasta la fecha según el caso, constituye causal de incumplimiento del fallo, en la que Contrato y se devolverán dará inicio a los licitantes salvo la de aquél procesos sancionatorios a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratantehaya lugar. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Interadministrative Contract

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con 4.3.2.1. En el Artículo 126 fracción III momento que la adjudicataria se presente a firmar el contrato, 4.3.2.2. La vigencia de esta garantía empezará a regir a partir de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, fecha de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadoy el adjudicatario debe mantenerla vigente por todo el plazo de la contratación y hasta por veinte (20) días hábiles siguientes posteriores a la fecha de finalización del Plazo del Contrato comprobado mediante documento suscrito por el administrador del contrato y la suscripción de un contrato de finiquito. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, para cubrir el cumplimiento oportuno contratista no ha prorrogado su vigencia, el fiduciario podrá hacerla efectiva en la entrega forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo su custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultosincumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva del dinero. 4.3.2.3. En cumplimiento de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente la Directriz UIM/046/06/2000 de la Bolsa Nacional de Valores, cuando la garantía sea rendida con títulos o valores que posean cupones, con el fin de asegurar la ejecución del documento deberán entregarse junto con el documento principal los citados cupones para que se tenga por bien rendida la garantía. No obstante no se reconocerán intereses por las garantías de seriedad mantenidas en depósito por el fiduciario; sin embargo, los que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a devenguen los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá títulos hasta el momento en que el proveedor constituya se ejecuten, pertenecen a su legítimo dueño o depositante. 4.3.2.4. Si la garantía de cumplimiento es presentada por medio de cheque del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratanteSistema Bancario Nacional, sólo se aceptarán si son certificados o de gerencia. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en 4.3.2.5. En el caso de que algún proveedor adjudicado no presente el fiduciario se viera obligada a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el adjudicatario rendirá una nueva, de cumplimiento, se estará a lo previsto manera que el contrato en todo momento quede garantizado hasta su ejecución total. En caso de prórroga el artículo 105 adjudicatario deberá extender la vigencia de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalesta garantía. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contratación Para Proveer Acceso a Los Servicios De Voz Y El Acceso, Desde Una Ubicación Fija, Al Servicio De Internet

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para 17.1 En el caso de las pólizas bienes fabricados fuera del País del Comprador, el Proveedor será totalmente responsable por todos los impuestos, timbres, comisiones por licencias y otros cargos similares impuestos fuera de fianza, se deberá incluir una leyenda dicho país. 17.2 En el caso de bienes fabricados en el cuerpo de dicho instrumentoPaís del Comprador, en la el Proveedor será totalmente responsable por todos los impuestos, gravámenes, comisiones por licencias y otros cargos similares que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en abonen hasta la entrega de los bienes Bienes contratados al Comprador. 17.3 El Comprador arbitrará todos los medios necesarios para que el Proveedor se beneficie con el mayor alcance posible de cualquier exención impositiva, concesión o la prestación privilegio legal que pudiese serle aplicable en el País del Comprador. 18.1 Si así se estipula en las CEC, el Proveedor, dentro de los servicios28 (veintiocho) días posteriores a la notificación de la adjudicación del Contrato, calidad y vicios ocultos. En deberá suministrar la Garantía de Cumplimiento del Contrato por el monto establecido en las CEC. 18.2 Los recursos de la Garantía de Cumplimiento serán pagaderos al Comprador como indemnización por cualquier pérdida que pudiera ocasionarle el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor en virtud del Contrato. 18.3 Como se establece en las CEC, la Garantía de Cumplimiento, en caso de ser fianza requerida, deberá estar denominada en la(s) misma(s) moneda(s) del Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable para el Comprador, y deberá presentarse conforme en uno de los formatos estipulados por el Comprador en las CEC o en otro formato que este considere aceptable. 18.4 A menos que se indique otra cosa en las CEC, la Garantía de Cumplimiento será liberada por el Comprador y devuelta al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías Proveedor a más tardar 28 (veintiocho) días contados a partir de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha de Cumplimiento de las obligaciones del falloProveedor en virtud del Contrato, en la que se devolverán incluyendo cualquier obligación relativa a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratantelos bienes. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo.

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Samples: Contrato De Servicio De Transporte

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III “EL PROVEEDOR”, se obliga a entregar la garantía de cumplimiento a entera satisfacción de “EL CEDIPIEM”, dentro de los diez días hábiles posteriores a la suscripción del presente contrato, en los siguientes términos: a) El importe de la Leygarantía de cumplimiento se constituirá por el 10% del importe total de la operación, sin incluir el proveedor ganadorImpuesto al Valor Agregado, garantizará el cumplimiento del contratoque será por la cantidad de $3,950.00 (TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), así como la indemnización por vicios ocultos, mediante y se otorgará a través de cheque certificado, cheque de caja, fianza o hipoteca otorgada depósito en efectivo a la cuenta 0650873096 de la institución bancaria: Banco Mercantil del Norte S.A., con una vigencia mínima de doce meses. b) La garantía deberá ser expedida a favor del Gobierno del Estado Consejo Estatal para el administración de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianzafianzas), se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través los cuales forman parte de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) invitación del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante procedimiento correspondiente a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. Adjudicación Directa número CED- AD-20-2018. c) La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratantese devolverá a “EL PROVEEDOR”, una vez que haya cumplido con todas las obligaciones estipuladas en el presente contrato, en un plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la fecha en que se haya cumplido fehacientemente con todas sus obligaciones contractuales. En todo caso, “EL PROVEEDOR”, tendrá la obligación de recogerla en el lugar que ocupan las oficinas de “EL CEDIPIEM”. 18.2.- d) No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar será necesario que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, “EL PROVEEDOR” entregue la garantía de cumplimiento si antes de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que fenezca el término para su presentación suministra la entrega totalidad de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazoa “EL CEDIPIEM”.

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Samples: Contrato De Adjudicación

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento del contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera será por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA IVA. Esta garantía deberá presentarse al área contratante Contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadasotorgadas por este concepto, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes a partir del día hábil siguiente al mismo; salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor licitante adjudicado no presente la garantía de cumplimientode 19.1.- El licitante adjudicado, se estará a lo previsto en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar firmar y recibir el contrato derivado de la presente licitación dentro de los cinco días naturales 5 DÍAS HÁBILES siguientes al que se firmea la notificación del fallo respectivo, salvo que en las instalaciones de la entrega Convocante, con los documentos señalados (original y dos copias simples legibles) y a través de los bienes o la prestación representantes acreditados: a) Constancia de los servicios se realice dentro del citado plazosituación fiscal con una antigüedad de expedición no mayor a 30 días naturales.

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Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con A fin de garantizar el Artículo 126 fracción III debido cumplimiento de las obligaciones derivas del contrato, así como para responder de los defectos en los términos señalados en el contrato, el licitante ganador deberá entregar a LA ENTIDAD, dentro de los 10 días naturales posteriores de la Leyfirma del contrato, una fianza expedida por una institución autorizada, para ello, a favor de Exportadora de Sal S.A. de C.V. por una cantidad equivalente al 10% del monto total del contrato. La fianza de garantía deberá prever las siguientes declaraciones y texto: A favor de Exportadora de Sal S.A. de C.V.: a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el proveedor ganadorcontrato b) Que, garantizará para cancelar la carta, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la indemnización por vicios ocultossubstanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme. d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas, mediante cheque certificadopara la efectividad de las fianzas, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para aún para el caso de las pólizas que proceda el cobro de fianzaindemnización por xxxx, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor con motivo del Gobierno pago extemporáneo del Estado de Puebla a través importe de la Secretaría póliza requerida. Tratándose de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citadodependencias, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega procedimiento de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado ejecución será el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 279, 282 en relación con el artículo 178 de la Ley de AdquisicionesInstituciones de Seguros y Fianzas, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 128 283 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazodicha Ley.

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Samples: Licitación Pública Electrónica Nacional

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que el “Prestador de Servicios” asume con el Artículo 126 fracción III de la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento celebración del presente contrato, así como la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para para el caso pago de las pólizas de fianzapenas estipuladas y posibles pagos en exceso con los intereses correspondientes, se deberá incluir una leyenda en obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con IVA Esta del mismo sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, esto es, por la cantidad de $[ ],[ ].[ ] ( [pesos] 00/100 [M.N.]), y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse la cantidad [del mobiliario, equipo y otros requerimientos, o el plazo pactado]. La presente garantía deberá presentarse al área contratante contratarse de modo que esté vigente hasta que el [mobiliario, imagen y equipo; equipo de audio, video e iluminación y otros requerimientos, y el arrendamiento de los mismos] materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de la “Suprema Corte”. /APR/JRJ DGRM-ANEXO I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: CONCURSO POR INVITACIÓN PÚBLICA CIP SCJN/DGRM-DS/006/2017 II. “Las partes” convienen que la fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno fecha en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo, en la que se devolverán a los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado firme el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza en la forma y términos pactados, la “Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato. El “Prestador de Servicios”, por medio de este instrumento, renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de la garantía de cumplimiento“Suprema Corte”, se estará dando con esta renuncia cumplimiento a lo previsto que se establece en el párrafo último del artículo 105 289 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos Instituciones de Seguros y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. 18.4.- Con fundamento de Fianzas. “Las partes” convienen que la presente garantía será exigible cuando el “Prestador de Servicios” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el artículo 128 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazopresente instrumento.

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Samples: Contract for Services

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. 18.1.- De conformidad con el Artículo 126 fracción III “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar dentro de los 10 días siguientes a la Ley, el proveedor ganador, garantizará el cumplimiento firma del presente contrato, así como una Póliza de Fianza por la indemnización por vicios ocultos, mediante cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca otorgada a favor del Gobierno del Estado de Puebla. Para el caso de las pólizas de fianza, se deberá incluir una leyenda en el cuerpo de dicho instrumento, en la que se aclare que esa póliza se expide a favor del Gobierno del Estado de Puebla a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas; en todos los casos sera por un importe cantidad equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado a cantidades máximas con del contrato, es decir, por un monto total sin IVA Esta garantía deberá presentarse al área contratante a la firma del contrato citado, para cubrir el cumplimiento oportuno en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, calidad y vicios ocultos. En caso de ser fianza deberá presentarse conforme al ANEXO E. La convocante conservará en custodia unicamente las garantías de seriedad que sean otorgadas, hasta la fecha del fallo$ (Son Pesos 00/100 M.N.), en la que se devolverán a términos de lo establecido en los licitantes salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente artículos 48 y acredite haberla presentado al área contratante. 18.2.- No se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato diferente a cheque certificado, de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del contrato y del importe adjudicado. 18.3.- Cabe destacar que en caso de que algún proveedor adjudicado no presente la garantía de cumplimiento, se estará a lo previsto en el artículo 105 49 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal Público, a favor de Exportadora de Sal, S.A. de C.V., para responder por la calidad de “LOS EQUIPOS”, así como de cualquier otra responsabilidad en que pudiere incurrir. La Póliza de Fianza respectiva, deberá ser expedida a favor de Exportadora de Xxx, S.A. de C.V., debiendo prever las siguientes declaraciones y Municipal.texto: 18.4.- Con fundamento a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en el artículo 128 282 de la Ley citada Ley, debiéndose atender para el cobro de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, la garantía indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de cumplimiento de contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los cinco días naturales siguientes al que se firme, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazodicha Ley.

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Samples: Licitación Pública Electrónica Nacional