PAGO. SENDA pagará al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientes.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación De Servicios, Prestación De Servicios
PAGO. SENDA pagará MOVISTAR facturará al prestador CLIENTE los meses precios previstos en el Cuadro General de planes de tratamiento Xxxxxxx, que actualmente son los que figuran en el Anexo I y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio II, de la descripción realizada forma siguiente: • Todos los conceptos facturables en estas basesvirtud de la prestación del SERVICIO se facturarán a mes vencido, con carácter mensual y se incorporaran, de manera desglosada, en la factura correspondiente a la prestación por MOVISTAR del Servicio Línea ADSL RTB/RDSI o Imagenio /RTB. • El pago correspondiente al SERVICIO será exigible desde el momento que se presente al cobro la factura correspondiente al Servicio Telefónico Básico o al Servicio Acceso Básico RDSI de que dispusiere EL CLIENTE, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional cuenta del mismo en la Entidad Bancaria o RegionalCaja de Ahorros que para tal efecto señale o, según correspondaen su defecto, haya recibido la respectiva factura y en lugar habilitado por MOVISTAR, a su documentación de respaldopresentación al cobro, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados que constara expresamente en el respectivo mes, dentro aviso de los tres primeros días corridos del mes siguiente, pago enviado al CLIENTE. En la factura se identificará el periodo en los términos del artículo 79 bis del reglamento que se podrá realizar el pago. • En la primera factura emitida conforme a lo dispuesto en la presente cláusula se incluirá el importe correspondiente a la cuota de alta. La primera cuota será prorrateada en función de la ley 19.886fecha de entrada en vigor del SERVICIO. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para En caso de retraso en el pago, MOVISTAR podrá suspender la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDAprestación deL SERVICIO si, RUT Nº 00.000.000-0tras haber requerido el pago al CLIENTE, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o éste no lo hubiera hecho efectivo en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del un plazo de 8 siete (7) días corridosdesde dicho requerimiento. Transcurrido dicho plazo, MOVISTAR requerirá de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente nuevo al CLIENTE, concediéndole un nuevo plazo xx xxxx (10) días para efectuar el pago, pasado los cuales, MOVISTAR podrá proceder a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación interrupción definitiva del Consumo SERVICIO, dando de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará baja al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesmismo.
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Samples: Condiciones Del Servicio, Condiciones Del Servicio, Condiciones Del Servicio
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses 11.1 El pago de planes la cantidad total a pagar se debe en su totalidad en cada mes y puede ser facturado o cobrado por adelantado, si corresponde. Si el pago del Suscriptor no es recibido por Xxxxxx antes de tratamiento y rehabilitación emitir la siguiente factura, el Suscriptor podrá recibir intereses sobre el saldo pendiente de pago, en la cantidad de un punto cinco por ciento (1.5%) por mes o la tasa máxima permitida por la ley aplicable (la que sea menor), prorrateada diariamente, de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio acuerdo con las disposiciones del artículo 93 de la descripción realizada Ley Orgánica de Defensa del Consumidor. Xxxxxx puede (pero no estará obligado a) aceptar pagos parciales del Suscriptor. Si la Fecha de Activación no coincide con el inicio del ciclo de facturación, el Suscriptor deberá pagar la parte proporcional de la tarifa mensual, de acuerdo con el número de días que hayan transcurrido entre la Fecha de Activación y el final del ciclo de facturación actual. Si se realizan pagos parciales, se aplicarán al saldo de la cuenta, comenzando con el cargo con la fecha de vencimiento más reciente. Los métodos de pago aceptables incluyen, pero no se limitan, al pago con tarjeta de crédito.
11.2 Si el Suscriptor considera que un cargo es incorrecto o si requiere información adicional, debe ponerse en estas basescontacto con el servicio de atención al cliente escribiendo a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx, y particularmente ingresando a la siguiente página web: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, o llamando a 0-000-000-000. El Suscriptor debe ponerse en sus documentos Anexos Técnicos respecto contacto con nosotros antes de la fecha de vencimiento del pago para solicitar una corrección de la factura. El Suscriptor acepta que Xxxxxx no será responsable de ningún gasto en el que él pueda incurrir como resultado de sobregiros en su cuenta bancaria o cualquier exceso de su línea de crédito como consecuencia de un cargo automático realizado bajo este Contrato. Xxxxxx podrá suspender el Servicio una vez transcurridos treinta (30) días desde la fecha de vencimiento del pago del Servicio, sin que el Suscriptor haya realizado el pago total de la factura del Servicio.
11.3 Las tarifas o valores mensuales a ser cancelados por cada uno de los servicios requeridoscontratados por el Suscriptor estará determinada en la ficha de cada servicio, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual que constan en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en Anexo Técnico y el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan pago se realizará de la línea siguiente forma: Forma de pago: SÍ NO Pago directo en cajas del prestador del servicio adjudicada. El pago a la entidad Débito Automático cuenta de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente ahorro o corriente Pago en ventanilla de locales autorizados Débito con tarjeta de crédito Transferencia vía medios electrónicos
11.4 La tarifa correspondiente al servicio contratado y se hará efectivo sólo una vez que SENDAefectivamente prestado, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, estará dentro de los tres primeros días corridos del mes siguientetechos tarifarios señalados por la ARCOTEL y en los títulos habilitantes correspondientes, en los términos del artículo 79 bis del reglamento caso de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondienteestablezcan, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva con el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señaladosordenamiento jurídico vigente. En el caso de que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados Suscriptor desee cambiar su modalidad de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad a otra de las obligaciones se encuentran liquidadas disponibles, deberá comunicar al cumplirse la mitad prestador del período servicio con quince (15) días de ejecución original del contrato, con un máximo de seis mesesanticipación. El Servicio Nacional para prestador del servicio, luego de haber sido comunicado, instrumentará la Prevención y Rehabilitación del Consumo nueva forma de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientespago.
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Samples: Contrato De Adhesión De Prestación De Servicios De Acceso a Internet, Contrato De Adhesión De Prestación De Servicios De Acceso a Internet, Internet Access Service Agreement
PAGO. SENDA pagará al prestador Salvo que el Vendedor acuerde otros términos en sentido contrario por escrito, los meses términos de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio pago son30 días naturales a partir de la descripción realizada fecha de envío de los Bienes o de la prestación de los Servicios. A menos que las partes acuerden lo contrario por escrito, todos los pagos deberán efectuarse en estas basesmoneda de los Estados Unidos de América (Dólares de los E.U.A). Cuando surjan motivos razonables de inseguridad con respecto al cumplimiento pleno y oportuno del Comprador, el Vendedor podrá exigir condiciones de pago diferentes a las convenidas en este documento, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridospodrá solicitar una garantía del cumplimiento pleno y oportuno del Comprador. El Vendedor podrá, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pagouna vez presentada dicha solicitud, cuando se cumpla con el registro mensual suspender la fabricación, producción, desarrollo, envío y/o entregas. Si, en el Sistema período establecido en dicha solicitud, el Comprador no acepta o se niega a aceptar dichas condiciones de Gestión de Tratamiento pago diferentes y/o no otorga o se niega a otorgar una garantía suficiente del cumplimiento pleno y oportuno (SISTRATconforme lo determine el Vendedor), el Vendedor podrá: (a) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Basesmediante un aviso al Comprador, y que correspondan al tipo de plan considerar dicha falta o negativa a la aceptación como un rechazo por parte del Comprador de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través parte de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas transacción que no se encuentren debidamente extendidashubiere completado plenamente a esa fecha, reclamando para lo cual, el Vendedor podrá cancelar todas las futuras fabricaciones, producciones, desarrollos, entregas y/o envíos, y cualquier montos pendientes de pago en virtud del presente instrumento se tendrán por vencidos y pagadero de inmediato, o (b) producir, realizar o cumplir con los envíos o las entregas bajo reserva de una garantía prendaria y exigir el pago anticipado contra del contenido la entrega de los Bienes o Servicios. Asimismo, el Vendedor podrá cobrar intereses sobre los importes pendientes o vencidos (incluidas sentencias), hasta el importe máximo permitido conforme a la factura dentro del plazo ley aplicable, desde la fecha de 8 días corridosvencimiento de dicho importe hasta que este, de acuerdo sumado a lo establecido los intereses, sea pagado en la Ley Nº 19.983su totalidad. El respectivo depósito Comprador acepta pagar todos los costos y gastos de cobranza, incluyendo honorarios de abogados, que incurra el Vendedor si el Comprador no paga ningún tipo de cantidad, obligaciones o transferencia adeudos a su vencimiento. Toda extensión de crédito que realice al Comprador en relación con cualquier venta de Bienes y/o Servicios en virtud del presente se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados considerará realizada por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesVendedor aplicable.
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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Venta, Términos Y Condiciones Generales De Venta, Términos Y Condiciones Generales De Venta
PAGO. SENDA pagará 8.1 Los pagos se efectuarán con arreglo a las condiciones estipuladas al prestador los meses efecto. Si no hubieran estipuladas condiciones de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando vencerá una tercera parte del precio directamente tras la conclusión del contrato, una tercera parte al medio período de entrega y remanente a la entrega. Independientemente de esto, el impuesto sobre el volumen de venta incluido en la factura deberá ser satisfecho en cualquier caso hasta como máximo 30 días tras la rendición de cuentas.
8.2 El comprador no tendrá derecho a retener pagos para compensar reclamaciones en garantía o demás deudas contra el vendedor que éste no hubiera reconocido.
8.3 Si el comprador hubiera demorado un pago convenido o el cumpli- miento de cualquier otra obligación, el vendedor podrá
a) aplazar el cumplimiento de sus propias obligaciones hasta que se cumpla con efectúe el registro mensual pago atrasado o se cumplan las obligaciones del vendedor,
b) disfrutar de una prolongación razonable del plazo de entrega, atendidas las circunstancias del caso,
c) exigir el pago inmediato del precio de compra que estuviera pendiente de liquidación,
d) cargar intereses, cuyo importe será superior en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan un 7,5% al tipo de plan interés básico que aplique en esta época el Banco Central Europeo (véase Directiva 2000/35 del Parlamento Europeo y el Consejo de 29 xx xxxxx de 2000 por la línea que se establecen medidas de servicio adjudicada. El pago lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales), a la entidad menos que el comprador pueda alegar alguna de las prestaciones contratadas causas de exoneración a que se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo refiere el art. 11, o bien rescindir el contrato cuando, después de haber concedido al comprador una vez que SENDAprórroga razonable del plazo, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y aquel continuara sin cumplir su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma obligación.
8.4 Hasta que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este procesocomprador haya cumplido todas sus obligaciones financieras, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA vendedor se reserva reservará el derecho de realizar ajustes propiedad de la cosa vendida. El comprador estará obligado a cumplir las medidas para salvaguardar la reserva de propiedad. El vendedor tendrá el derecho a marcar por fuera su propiedad en meses distintos a los anteriormente señaladosel objeto de entrega. En el caso de embargo u otra reivindicación que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán pueda ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo exigida sobre la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmentecosa, el contratista deberácomprador quedará obligado a hacer valer, durante frente a la ejecución tercera persona, el derecho de propiedad del contratovendedor, informar notificando sin demora a este último.
8.5 Además, en cualquier caso el monto vendedor estará obligado a pagar todos los gastos de requerimiento y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesexcitación.
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Samples: Condiciones Generales De Suministro, Condiciones Generales De Suministro, Condiciones Generales De Suministro
PAGO. SENDA pagará al prestador a. Todos los meses Cargos que figuren en un Estado de planes Cuenta son debidos a, y exigibles por Nosotros en su totalidad, en la Divisa de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio Facturación de la descripción realizada Cuenta respectiva en estas basesla fecha especificada en su Estado de Cuenta. La falta de pago total de la cantidad debida en su correspondiente plazo constituye un incumplimiento material de este Contrato.
b. Si aceptamos un pago hecho en cualquier otra divisa distinta a la Divisa de Facturación, la conversión de divisas demorará el crédito a la Cuenta re- levante y particularmente podrá implicar el cobro de comisiones de conversión de divisas de acuerdo con la sección “Cargos en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridosuna Divisa Extranjera” de este Contrato (Sección A, se entenderá cláusula 15).
c. Cargos por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual demora en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán podrán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, cobrados de acuerdo con las Condiciones Particulares.
d. Salvo disposición en contrario en este Contrato, cobraremos el importe total de todas las cantidades que se nos deban conforme a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente este Contrato por medio de domiciliación bancaria a la cuenta corriente bancaria (u otra designada, en o después de la fecha de vencimiento del pago. Deberá firmar cualquier do- cumento y realizar cualquier actuación requerida para formalizar un man- dato de domiciliación bancaria con su banco. Deberá asegurarse de que los fondos necesarios estén disponibles en la cuenta bancaria o de pago designada en el mandato de domiciliación bancaria que permita el pago to- tal a Nosotros de todas las cantidades que se nos deban conforme a este Contrato, cuando devenguen exigibles. Si Usted deseara cancelar un man- dato de domiciliación bancaria, deberá obtener nuestro consentimiento por escrito.
e. Los pagos serán acreditados a la vista) que señale el prestadorCuenta correspondiente cuando sean recibidos, verificados y procesados por Nosotros. El Servicio Nacional momento para la Prevención que nos lleguen los pagos a fin de su compensación y Rehabilitación procesamiento depende del Consumo método de Drogas pago, sistema y Alcoholproveedor utilizados para hacernos el pago. Usted deberá permitirnos un plazo de tiempo suficiente para que reciba- mos, previa visación verifiquemos y procesemos el pago antes de la factura correspondiente pagará dentro fecha de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo vencimiento.
f. La aceptación de Drogas y Alcoholpagos tardíos, pagará mensualmente el monto pagos parciales o cualquier pago mar- cado como pago total o como pago transaccional no afectarán ni variarán ninguno de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el nuestros derechos al pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme total conforme a este proceso, el Servicio Nacional para Contrato o conforme a la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado legislación aplicable.
g. No pagamos intereses sobre saldos positivos en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesCuenta.
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Samples: Términos Y Condiciones Del Programa Corporate De American Express, Contrato De Tarjeta Corporate De American Express
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses 5.1. Pago de planes ganancias Una vez que se crea una Obligación Vinculante entre usted y el Comprador, RB Group generará una factura que será emitida para el Comprador en su nombre. Donde el IVA es aplicable, una vez que se crea una Obligación Vinculante entre usted y el Comprador, después sobre instrucciones de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas basesRB Group, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se usted deberá: (a) emitir una factura que cumpla con el registro mensual IVA dirigida a RB Group, en cuyo caso el Sistema Vendedor está haciendo un suministro de Gestión bienes a RB Group para efectos del IVA; o (b) generar una factura que cumpla con el IVA dirigida al Comprador, cuya factura se pondrá a disposición de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan RB Group antes de la línea de servicio adjudicadaentrega al Comprador. El pago a la entidad Comprador es responsable de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través pagar el precio de compra del Equipo luego de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido creación de la respectiva factura y su documentación de respaldoObligación vinculante y, por la presente, usted instruye a RB Group a facilitar la recepción del precio de compra. Además, por la presente, otorga a RB Group el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguientederecho, en los términos del artículo 79 bis del reglamento su propio nombre, de la ley 19.886hacer valer su derecho de pago. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas Usted acepta que no se encuentren debidamente extendidasle pagará ninguna suma de dinero hasta que el Comprador realice el pago. Una vez recibida por RB Group, reclamando cualquier suma adeudada a usted, menos las comisiones y tarifas pagaderas a RB Group que se detallan en contra del contenido de la factura el presente Acuerdo, se le pagará dentro del plazo de 8 días corridos21días después de la creación de una Obligación vinculante y, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcoholcuando sea aplicable, previa visación recepción de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientesque cumpla con el IVA. Sin perjuicio Por el presente, usted brinda su consentimiento para que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva RB Group tenga el derecho de realizar ajustes cobrar cualquier otra comisión o tarifa especificada en meses distintos el presente Acuerdo o que surja de servicios adicionales solicitados por usted. Cualquier saldo restante se le abonará dentro del plazo de 21 días a partir de la recepción de la factura. Usted reconoce que los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social Compradores pueden incumplir con sus actuales trabajadores obligaciones o con trabajadores contratados pagos en tiempo y forma, y que RB Group no tendrá ninguna obligación hacia usted derivada de cualquier acto u omisión por parte de los últimos dos años, los primeros estados de pago producto Compradores.
5.2. Impuestos Usted será responsable del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligacionescualquier impuesto u obligación que le corresponda en calidad de Vendedor del Equipo. Todas las comisiones, debiendo cuotas y otras cantidades pagaderas al RB Group que surjan de conformidad con este Acuerdo se consideran sin IVA (de ser aplicable). Cuando se le solicite que se convierta en un usuario de un Mercado en Línea, debe ingresar su número de registro de IVA y deberá notificar inmediatamente a RB Group si ese número deja de ser válido por cualquier motivo. Usted deberá indemnizar a RB Group y sus afiliados, funcionarios, directores, agentes y empleados por cualquier impuesto, costo o gasto relacionado con su incumplimiento y/o el Comprador de satisfacer cualquier IVA que se imponga en relación con una Obligación Vinculante. Para los efectos de estos Términos, "IVA" significa el impuesto al valor agregado según lo dispuesto en la empresa acreditar que la totalidad Directiva de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento IVA de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientes.UE 2006/112
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Samples: Términos Y Condiciones Del Vendedor, Términos Y Condiciones Del Vendedor
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses Al proporcionar la información de planes una tarjeta de tratamiento crédito o débito válida y/o la información de una cuenta bancaria ("Método de Pago"), el Cliente expresamente: (i) autoriza a Aircall, y/o a cualquier otra empresa o individuo que actúe en nombre de Aircall, a aplicar el Método de Pago como sigue: (x) con carácter mensual para las Tarifas de Uso; con la frecuencia de facturación elegida y rehabilitación especificada por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual Cliente en el Sistema correspondiente Formulario de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional Pedido o RegionalCompra, según corresponda, haya recibido para las Tarifas Fijas (la respectiva factura "Frecuencia de Facturación"); y su documentación de respaldo(y) para cualesquiera otras tarifas relacionadas con los Servicios, por el monto exacto de incluidos los meses de planes de tratamiento otorgados pagos recurrentes facturados mensual o anualmente, y a seguir intentando cargar y/o imponer retenciones en el respectivo mesMétodo de Pago de dicho Cliente hasta que dichas cantidades sean abonadas en su totalidad; (ii) se compromete a actualizar dicho Método de Pago de forma periódica según sea necesario; y (iii) reconoce y acepta que Xxxxxxx no será responsable de ninguna tarjeta de crédito/débito caducada, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, fondos insuficientes u otros cargos en los términos del artículo 79 bis del reglamento que haya incurrido el Cliente como resultado de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo dichos intentos de Drogas y Alcohol cargo y/o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o retención en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo dicho Método de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señaladosPago. En el caso de que el contratistaCliente seleccione un Plan que incluya una adjudicación predeterminada de servicios, al momento a menos que se estipule lo contrario como parte de contratar registre saldos insolutos dicho Plan, cualquier adjudicación no utilizada de remuneraciones o cotizaciones dichos servicios de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados un ciclo de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago facturación no se trasladará a ningún ciclo de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis mesesfacturación futuro. El Servicio Nacional Cliente acepta que será responsable de cualesquiera tarifas, de haberlas, asociadas a las transferencias bancarias utilizadas para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista pago de las facturas correspondiente, y a Aircall. Todas las facturas deberán ser abonadas por el Cliente en un plazo de treinta (30) días a partir de la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple fecha de la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesfactura.
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Samples: Condiciones De Uso, Condiciones De Uso
PAGO. SENDA pagará al prestador A menos que se especifique lo contrario en el SOW aplicable y con sujeción a la Sección 2(c) a continuación, el Cliente deberá pagar a Datasite todas las Tarifas adeudados en virtud del presente Acuerdo en la Fecha de Vencimiento. Las tarifas o los meses importes no pagados en esta fecha se considerarán vencidos. En caso de planes que no se abonen los importes de tratamiento las Cuotas o facturas vencidas, Datasite podrá acelerar las Tarifas impagadas del Cliente relativas a la totalidad del periodo pendiente del Término y rehabilitación exigir el pago inmediato por mes parte del Cliente de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgadodichas Tarifas y/o suspender los Servicios hasta que se paguen los importes pendientes en su totalidad. Sin perjuicio Se podrán añadir intereses a todas las facturas vencidas a partir de la descripción realizada fecha de vencimiento hasta el tipo más alto permitido por la legislación aplicable. Si el Cliente tiene la intención de que cualquier Cuota cobrada en estas basesvirtud de este Acuerdo sea pagada por un tercero, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto entonces: (i) el Cliente lo notificará inmediatamente a los servicios requeridos, se entenderá Datasite por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido escrito; (ii) el Cliente proporcionará toda la información precisa que sea razonablemente necesaria para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan emitir la factura al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, tercero a través de la Dirección Nacional SOW, correo electrónico o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura a través del Sitio Web y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional trabajará con Datasite para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol corregir cualquier problema o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx error que Datasite observe o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria descubra ; (u otra cuenta a la vistaiii) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses Honorarios de planes dicho tercero a Datasite vencerá en la Fecha de tratamiento contratadosVencimiento; y (iv) el Cliente no quedará eximido de sus obligaciones de pagar esos o cualquier otro Honorario a Datasite. Conforme El pago de las Tarifas no estará condicionado a este procesola cumplimentación de los formularios de incorporación del Cliente, las órdenes de compra o el Servicio Nacional para la Prevención uso por parte de Datasite de los portales de facturación y Rehabilitación otros del Consumo Cliente. Datasite no tendrá ninguna obligación de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses utilizar ningún portal de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas basesfacturación. Con todo, SENDA Datasite se reserva el derecho de realizar ajustes cobrar al Cliente cualquier coste en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratistase incurra para recuperar cualquier cantidad que se le deba, al momento incluyendo, pero sin limitarse a, cualquier servicio de contratar registre saldos insolutos recuperación de remuneraciones o cotizaciones deudas u otros servicios de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos añosterceros, incluyendo, pero sin limitarse a, los primeros estados honorarios razonables de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesabogados.
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Samples: Términos Y Condiciones Generales
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses Al amparo de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34.4, párrafo segundo de la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 41.3 de la Ley 5/2015, de 24 xx xxxxx, de Subvenciones xx Xxxxxx, a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta firma del convenio se podrá realizar un pago anticipado del 95% del importe de la subvención como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes al presente convenio, sin necesidad de prestar garantía. Para la realización del pago anticipado el beneficiario deberá presentar declaración responsable de no haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarado en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la vista) Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que señale haya concluido el prestadorperíodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación La entidad colaboradora cursará solicitud del Consumo de Drogas y Alcoholpago anticipado, previa visación adjuntando, además de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado declaración señalada en el número 1.5 párrafo anterior (cuya presentación se considera inexcusable), otra declaración en la que manifieste que dada su situación económica y de las basesliquidez, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme no puede hacer frente a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad ejecución íntegra de las obligaciones que impone el convenio sin que se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contratoExcmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx al anticipo del 95% del importe de la cantidad subvencionada. En caso de pago anticipado, pudiendo llamarse éste se efectuará, mediante transferencia bancaria, a una nueva licitación cuenta abierta por la entidad exclusivamente para los ingresos y pagos referidos a la subvención concedida, en relación a la cual éste no se podrá participarrequerir, por la Administración, la información que, en su caso, precise. AdicionalmenteEl resto de la subvención se abonará previa correcta justificación de la totalidad del importe de la subvención y de acuerdo con las cláusulas contenidas en el convenio, siempre que esta documentación justificativa se considere correcta y todo ello sometido a la disponibilidad de Tesorería. Si la documentación justificativa adoleciese de algún defecto de forma, existiesen dudas respecto al concepto o fuese preciso cualquier tipo de aclaración, el contratista deberá, durante la ejecución Ayuntamiento lo pondrá en conocimiento del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que beneficiario concediéndole un plazo xx xxxx días hábiles para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientessu corrección.
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Samples: Collaboration Agreement
PAGO. SENDA pagará El Cliente deberá pagar las facturas y notas de débito emitidas por GNLM dentro de los 14 días corridos contados desde la entrega física de las mismas o desde su envío por medio electrónico al prestador Cliente en caso de facturas electrónicas. Cualquier monto de dinero a ser facturado por GNLM al Cliente bajo este Acuerdo será denominado en pesos chilenos indicándose en la respectiva factura su equivalente en dólares de los meses Estados Unidos de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento América (SISTRAT“Dólares”) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan acuerdo al tipo de plan cambio denominado “Dólar Observado” publicado a la fecha de emisión de la línea factura por el Banco Central de servicio adjudicadaChile en el Diario Oficial conforme al N° 6 del Capítulo 1 del Título 1 del Compendio de Normas de Cambios Internacionales o, a falta de éste, la paridad que el Banco Central de Chile establezca en su reemplazo. El pago Las referidas facturas emitidas por GNLM serán pagadas en Dólares conforme a la entidad cantidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido Dólares indicada en la respectiva factura y su documentación factura, mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria designada por el beneficiario. Cada pago de respaldo, cualquier suma deberá ser por el monto exacto completo adeudado, sin descuento o compensación por motivo alguno, como por ejemplo, pero no limitado a Impuestos, gastos cambiarios, o cargos por transferencias bancarias. Sin embargo, sí procederá la compensación respecto de los meses sumas que sean acordadas por las Partes o establecidas mediante resolución ejecutoriada de planes alguna Disputa o Disputa Técnica de tratamiento otorgados conformidad con el Anexo F. Una vez que la Parte haya realizado el pago del monto total adeudado en el respectivo mesbanco indicado por la otra Parte y de conformidad a las instrucciones impartidas por ésta, dentro la Parte que haya efectuado dicho pago no será responsable en forma alguna por el posterior desembolso de los tres primeros días corridos esos fondos por parte del mes siguientebanco al cual se efectuó el pago. Sólo para efectos informativos, en los términos del artículo 79 bis del reglamento cada vez que una de las Partes efectúe un pago a favor de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas otra Parte, deberá informar por escrito a nombre del Servicio Nacional para la Prevención brevedad posible a esta última, la fecha, monto, documento de cobro asociado al pago y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en cuenta bancaria a la forma que se ha realizado el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señaladostransferencia. En el caso de pagos que deban efectuarse a GNLM este aviso escrito deberá enviarse mediante correo electrónico a la siguiente dirección: xxxxxxxxx@xxxx.xx o aquélla que GNLM indique por escrito. En el contratista, caso de pagos que deban efectuarse al momento Cliente este aviso escrito deberá enviarse mediante correo electrónico a la dirección de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación correo electrónico establecida en el plazo previsto en Apéndice, o aquella que indique el párrafo anteriorCliente. El incumplimiento La falta de estas obligaciones por parte este aviso no afectará la validez del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientespago.
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Samples: Payment Mechanism Agreement
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio Con fundamento en el artículo 45 fracción XIII de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a ley el pago de los servicios requeridosse efectuara en Moneda Nacional y 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, el pago se entenderá por mes realizará dentro de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) los veinte días naturales posteriores a la aceptación de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, facturas y que correspondan al tipo de plan una vez aceptados los bienes a satisfacción y aprobación de la línea Subdelegación Administrativa, de servicio adjudicadala Delegación Estatal en Guerrero, de la Procuraduría General de la República, en su calidad de administradora del contrato, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 89 y 90 del reglamento, la Subdelegación antes señalada será la responsable de gestionar el pago correspondiente. El licitante adjudicado deberá presentar en la Subdelegación Administrativa de la Delegación Estatal en Guerrero de la Procuraduría General de la República, toda la documentación justificatoria y comprobatoria, documentos y contrato, carta certificada expedida por institución bancaria, en la que acredite la existencia de cuenta bancaria a su nombre, para efectuar los depósitos correspondientes al pago del suministro realizado. El pago quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales o deducciones a las facturas con motivo del incumplimiento parcial en que pudiera incurrir el licitante adjudicado respecto al contrato, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas, al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el proveedor, este deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a la entidad tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales, los cargos se calcularán sobre las prestaciones contratadas se realizará mensualmente cantidades pagadas en exceso en cada caso y se hará efectivo sólo una vez computarán por días naturales desde la fecha del pago, hasta la fecha en que SENDAse pongan efectivamente las cantidades a disposición de la Procuraduría General de la República. Las facturas deberán contar con los siguientes requisitos:
A. Las facturas deberá elaborarse a nombre de la Procuraduría General de la República con domicilio fiscal ubicado en Av. Paseo de la Reforma número 211-213, Xxx. Xxxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, Distrito Federal, C.P. 06500, RFC: PGR850101RC6.
B. La factura deberá reunir los requisitos fiscales señalados en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación aplicable en los Estados Unidos Mexicanos, en la que se indiquen, la descripción del bien, precio unitario y precio total, así como el número de contrato que ampara dicha contratación a nombre de la Procuraduría General de la República. El procedimiento de pago se efectuará mediante transferencia electrónica a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido Tesorería de la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto Federación a la cuenta bancaria de los meses proveedores, de planes conformidad a la normatividad vigente de tratamiento otorgados la materia. En caso de que el licitante adjudicado presente sus facturas con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis 90 del reglamento Reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para los años correspondientesPúblico.
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Samples: Licitación Pública Nacional
PAGO. SENDA pagará al prestador 1. Si las partes no han acordado otra normativa, la factura se debe pagar en los meses 30 días siguientes a la fecha de planes factura, mediante transferencia directa a un banco designado por el Vendedor.
2. En caso de tratamiento y rehabilitación demora en el pago por mes parte del Comprador, el Vendedor está autorizado a aplicar intereses de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio demora por el 1% del valor de la descripción realizada en estas basesfactura prorrateando por cada 30 días de demora a partir del vencimiento, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, hasta que se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con haya satisfecho todo el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan importe de la línea factura. El Vendedor se reserva el derecho a aplicar una tasa de servicio adjudicadatramitación ade- cuada por la aplicación de los intereses de demora, retirarse del contrato en observancia de la normativa legal aplicable o rescindir una relación de deuda duradera.
3. El pago a con cheques y pagarés requiere el previo acuerdo por escrito del Vendedor y serán debitados tras la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través entrega de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido mercancía. El plazo máximo de vencimiento para los cambios es de 90 días a contar desde la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento fecha de la ley 19.886factura. Las facturas deberán ser extendidas Los descuentos, gastos por cheque/letra de credito, gastos, impuestos y otros desembolsos a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro partir de los 30 días siguientesa contar desde la entrada de la factura corren a cargo del Comprador.
4. Sin perjuicio que Si, desde el Servicio Nacional para punto de vista del Comprador, se solicita la Prevención y Rehabilitación del Consumo apertura de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en insolvencia o el pago Vendedor tuviera conocimiento de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este procesoalguna circunstancia, tras la formalización del contrato, según las cuales se puede inferir una reducción esencial del patrimonio del Comprador, el Servicio Nacional para Vendedor puede, a su criterio, requerir una garantía de pago dentro del plazo adecuado o un pago paso a paso a la Prevención realización de las entregas. Si el Comprador no cumple este requisito, el Vendedor, con reserva de otros derechos legales, está autorizado a retirarse o a finalizar la relación de deuda duradera.
5. Los pagos y Rehabilitación anticipos se deben realizar añadiendo el IVA. 6. Los pagos no se consideran realizados hasta que se haya recibido el importe en una cuenta del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas basesVendedor.
7. Con todo, SENDA El Vendedor se reserva el derecho a emplear los pagos para compensar las posiciones de realizar ajustes la factura más antiguas pen- dientes o bien los intereses de demora y costes correspon- dientes, por este orden: costes, intereses, principal.
8. Al Comprador sólo le corresponden derechos de compensa- ción si ha presentado legalmente sus reclamaciones, y el Vendedor las ha reconocido o no ha presentado objeciones. El ejercicio de un derecho de retención de parte del Com- xxxxxx sólo está justificado si se cumplen las mismas condi- ciones y, además, su contrarreclamación se basa en meses distintos la misma relación contractual.
9. El Comprador declara estar de acuerdo con el abono de sus cuentas a los anteriormente señaladoscobrar y a pagar frente al Vendedor y sus empre- sas asociadas. En el caso que el contratistaDel mismo modo, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad también se pueden abonar las cuentas a cobrar y a pagar de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad empresas asociadas del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesComprador.
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PAGO. SENDA pagará al prestador los meses 1. El cliente deberá abonar cada una de planes las facturas enviadas por Coulisse en el plazo de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio treinta (30) días naturales desde la fecha de la descripción realizada en estas basesfactura, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto sin ninguna retención o descuento. Se excluye expresamente el derecho del cliente a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicadacompensar eventuales créditos contra Coulisse.
2. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas facturas enviadas por Coulisse se realizará mensualmente y mediante ingreso a Coulisse en la cuenta bancaria indicada por esta. No se hará efectivo sólo una vez podrá realizar ningún pago, cualquiera que SENDAsea su denominación, a través los empleados de Coulisse, no teniendo efectos liberatorios frente a Coulisse y en ningún caso será motivo para cancelación o compensación de deudas.
3. Se considerará que el cliente está conforme con la factura, salvo que comunique por escrito lo contrario detalladamente a Coulisse en el plazo de 10 (diez) días laborables. Ninguna queja eximirá al cliente de la Dirección Nacional obligación de pago.
4. En caso de impago, retraso en el pago o Regionalpago incompleto de lo adeudado, según corresponda, haya recibido el cliente se constituirá automáticamente en xxxx a partir de la respectiva fecha de vencimiento de la correspondiente factura y su documentación de respaldo, deberá pagar un interés del uno por ciento (1 %) sobre el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento importe bruto a cobrar o de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para factura pendiente de pago por mes natural, considerándose la Prevención fracción de un mes como un mes completo, interés que será exigible inmediatamente y Rehabilitación del Consumo sin necesidad de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futurointimación alguna.
5. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo crédito total de Drogas y Alcohol no pagará facturas Coulisse, independientemente de cómo se haya originado, incluida aquella parte que no se encuentren debidamente extendidashaya cobrado todavía o que aún no haya sido facturada, reclamando será inmediatamente exigible en contra del contenido su totalidad: - en caso de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste retraso en el pago de los meses importes adeudados por el cliente; - si el cliente solicita la quiebra, se solicita dicha quiebra o si el cliente es declarado en quiebra, solicita u obtiene una suspensión de planes pagos, se declara aplicable al cliente el régimen jurídico de tratamiento contratadossaneamiento de deudas con arreglo a la Ley holandesa de Saneamiento de Deudas de Personas Físicas (WSNP) o se solicita la aplicación de dicho régimen; - si el cliente pierde su personalidad jurídica, o se disuelve o liquida; - si se decreta cualquier embargo contra el cliente.
6. Conforme Todos los gastos derivados de o relacionados con el cobro (extra) judicial del crédito de Coulisse serán por cuenta del cliente. Estos gastos extrajudiciales ascienden al quince por ciento (15 %) del importe (bruto) a este proceso, cobrar con un mínimo de cien euros (100,00 €) por cada crédito a cobrar.
7. Los pagos realizados por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado cliente se destinarán siempre en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados primer lugar al pago de dichas obligacionestodos los intereses y gastos debidos a que se refieren los apartados 4 y 6 de este artículo y después a los créditos pendientes de pago de fecha más antigua, debiendo la empresa acreditar que la totalidad incluso en el caso de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda cliente indique que el pago se refiere a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento un crédito de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesfecha más reciente.
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Samples: Condiciones Generales
PAGO. SENDA Los precios confirmados con la reserva del billete sólo son válidos para el transporte de la(s) persona(s) indicada(s) en la confirmación de reserva desde el lugar de salida hasta el lugar de destino a las horas indicadas. En el momento de efectuar la reserva se pagará el importe completo del precio del vuelo. 01/08/2015 Página 3 CGC de Condor El pago del precio completo del vuelo puede efectuarse al prestador los meses hacer la reserva en la agencia de planes viajes o bien por teléfono o en nuestra página de tratamiento y rehabilitación Internet con tarjeta de crédito (MasterCard, VISA, American Express), por mes transferencia o mediante adeudo directo SEPA. Dependiendo del modo de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema Condor cobrará por reserva una tasa de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicadapago por transacción. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA Condor se reserva el derecho de excluir determinadas modalidades de pago en algunos trayectos de vuelo por motivos técnicos. Dado que el precio del vuelo deberá pagarse en el momento de hacer la reserva, el importe completo se cargará inmediatamente en su tarjeta de crédito o en su cuenta bancaria, remitiéndosele paralelamente los documentos de transporte. Sólo se podrán realizar ajustes transferencias desde el extranjero (la cuenta del cliente se gestiona fuera de Alemania) cuando el cliente (el que realiza la transferencia) asuma todos los gastos relacionados con la misma y cuando la transferencia se efectúe en meses distintos euros; de lo contrario, es decir, en caso de no cumplirse tales circunstancias, Condor tiene derecho a cargar en la cuenta del cliente los anteriormente señaladoscostes en que hubiera podido incurrir y/o las diferencias de cambio de divisa. El modo de pago “Transferencia” solo está disponible para fechas de viaje hasta 20 días antes del día de la salida. Dado que el pago se efectúa en su totalidad en el momento de la reserva, el precio completo del vuelo deberá transferirse inmediatamente. En el caso de que el contratistaprecio completo del vuelo no se haya pagado en su totalidad en un plazo de 5 días, al momento Condor está autorizado, tras el requerimiento sin éxito del pago dentro de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados un plazo de pago producto fijado, a rescindir con efecto inmediato el contrato de transporte y a cancelar la reserva automáticamente según las condiciones de cancelación y las tasas de la tarifa seleccionada establecidas en la cláusula 5 de las CGC. Una vez cancelada, ya no existe obligación de transporte y el precio total del vuelo cancelado deberá pagarse según nuestras condiciones de cancelación y de tarifa. Condor estará autorizado a cobrar intereses de demora cuando no se haya satisfecho el pago o éste no se haya realizado a tiempo (demora de pago). En caso de devolución del pago por indicación de datos incorrectos o por falta de fondos, Condor tendrá derecho a exigir un importe global por devolución. En caso de devolución el importe será de 10 € por cada reserva y para el pago en el mostrador del aeropuerto el importe será de 25 € por cada reserva, siempre que no nos demuestre que la devolución no nos ocasionó ningún daño o un daño de menor cuantía. También en caso de devolución por un pago realizado a bordo de nuestro avión (venta a bordo) estamos autorizados a exigir un importe global por devolución de 10 €, siempre que no nos demuestre que la devolución no nos ocasionó ningún daño o un daño de menor cuantía. En caso de devolución de un adeudo directo SEPA por falta de fondos, Condor tendrá derecho a cobrar las deudas exigibles ocasionadas, así como los importes globales por devolución anteriormente mencionados, mediante un nuevo adeudo directo SEPA. Lo mismo se aplica para la autorización de adeudo para el cobro único por daños y perjuicios ocasionados por la devolución por falta de fondos y la posterior rescisión del contrato licitado deberán ser destinados al de transporte. En este aspecto, el mandato de adeudo directo SEPA que usted concede también engloba las deudas exigibles derivadas de devoluciones por falta de fondos y eventuales exigencias derivadas de reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios. Condor está autorizada a encargar a un tercero el cobro del adeudo directo SEPA. Si aun pese a incurrir en demora de pago no se procede a satisfacer el precio del vuelo, Condor estará autorizada a rescindir el contrato de dichas obligaciones, debiendo transporte y a exigir una indemnización conforme a las disposiciones que regulan la empresa acreditar que rescisión de la totalidad reserva correspondiente establecidas en la cláusula 5 de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse CGC. No será necesario conceder un plazo cuando la mitad fecha del período vuelo sea inminente, no pudiéndose establecer por ello un plazo antes del vuelo. En este caso, Xxxxxx podrá rescindir inmediatamente el contrato y denegar el transporte del 01/08/2015 Página 4 CGC de ejecución original del contrato, con un máximo de seis mesesCondor pasajero. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, Con los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez fraccionados que haya realizado para saldar la deuda se encuentre totalmente tramitado compensará en primer lugar la deuda más antigua. Cuando el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega importe del pago realizado no alcance para satisfacer la deuda, se calculará primero como pago a cuenta de los intereses y, por parte último, como pago a cuenta del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesprecio del vuelo.
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PAGO. SENDA pagará al prestador 6.1 Todos los meses pagos que se nos haya de planes realizar en virtud de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridosCG, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual realizarán en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional su totalidad sin ningún descuento o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará compensación dentro de los 30 días siguientessiguientes a la fecha de la factura, salvo acuerdo distinto entre ambas partes, sin cargo para nuestra parte, en nuestra oficina o mediante transferencia a nuestra cuenta bancaria o giro. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para El pago se realizará en la Prevención y Rehabilitación moneda de la factura. Tendremos derecho a estipular un plazo de pago más corto.
6.2 En caso de liquidación, insolvencia, suspensión de pagos, quiebra, transferencia de negocios o fusión del Consumo comprador, la adjudicación de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto un derecho prendario de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) bienes entregados sin nuestro previo consentimiento, la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para terminación del crédito o la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones congelación por parte del contratista dará asesor financiero del comprador, las obligaciones del comprador con respecto a nuestra parte, deberán ser pagaderas de inmediato y el comprador incurrirá en un incumplimiento efectivo inmediato sin previo aviso de incumplimiento.
6.3 Si tenemos motivos para esperar que el comprador no cumple con sus obligaciones, tendremos la facultad de exigir al comprador un pago por adelantado o una garantía por el cumplimiento de sus obligaciones de pago, y suspenderemos la ejecución o ejecución adicional del acuerdo hasta que se haya efectuado el pago por adelantado o se haya proporcionado la garantía demandada. Si el comprador se niega a cumplir con nuestra solicitud a tal efecto, además, tendremos el derecho a dar demandar inmediatamente el importe de la compra, o de disolver mediante cancelación el acuerdo de compra sin perjuicio de nuestro derecho al pago total de daños y perjuicios.
6.4 Si se acuerda que los Enemigos Naturales, Polinizadores y/o Productos han de enviarse bajo la condición de contrarrembolso y a la llegada de los Enemigos Naturales, Polinizadores y/o Productos al lugar de destino, el comprador se niega a pagar los gastos de los Enemigos Naturales, Polinizadores y/o Productos o los xxxxxx xx xxxxx, tendremos derecho a disolver el acuerdo con efecto inmediato mediante aviso de cancelación.
6.5 Si se disuelve un acuerdo de conformidad con el artículo 6.3 o 6.4, todos los gastos de transporte, de cualquier almacenamiento u otros gastos, así como nuestro beneficio perdido, serán por terminado cuenta del comprador.
6.6 Si el respectivo contratocomprador no cumple con su obligación de pago en su totalidad dentro del plazo mencionado en el artículo 6.1, pudiendo llamarse el comprador incurrirá en incumplimiento sin previo aviso.
6.7 Tan pronto como el comprador esté en condición de incumplimiento, el comprador estará obligado a pagarnos intereses sobre el importe total exigible a la tasa del interés legal o interés comercial actualmente aplicable (según corresponda). Este interés será exigible, ya sea que Xxxxxxx España S.L. realice o no una nueva licitación reclamación explícita para el pago del mismo. Además, el comprador estará obligado a compensarnos en su totalidad por las pérdidas que podamos sufrir como resultado de una caída en el tipo de cambio de la moneda en la cual éste que se realiza el pago en comparación con el euro, calculado desde el momento en que se haya formalizado el acuerdo.
6.8 Si el comprador no podrá participarcumple con una o más obligaciones, todos los costes judiciales y de recaudación extrajudicial asociados con el cobro de estas reclamaciones correrán a cargo del comprador. AdicionalmenteEstos costes incluirán, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmenteal menos, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado costes internos incurridos por nuestra parte, así como los costes del abogado y/o el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato agente judicial a cargo de dicha recaudación. Los costes de cobro extrajudicial comprenderán los costes razonables incurridos para obtener un acuerdo extrajudicial y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesintereses incurridos al respecto.
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Samples: Condiciones Generales
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación El Pago se hará en la moneda especificada por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas basesel Vendedor, sin ningún descuento o compensación por parte del Comprador, y particularmente el Vendedor debe recibirlo dentro del periodo de pago indicado en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridosla factura o, si no se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mesindica, dentro de los tres primeros treinta (30) días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento a partir de la ley 19.886fecha de facturación. Las facturas deberán El cumplimiento del plazo de pago será un elemento esencial del presente instrumento. El Comprador deberá notificar al Vendedor en un escrito detallado, dentro de catorce (14) días netos desde la fecha de facturación correspondiente, sobre cualquier reclamación de buena fe, controversia o demanda entablada por el Comprador en relación con el pago de dicha factura; en caso de no presentarse dicha notificación, se considerará que se ha renunciado a presentar dichas demandas, controversias o demandas. El Vendedor tendrá el derecho a exigir el pago pleno o parcial con antelación o posponer las entregas posteriores por el tiempo que cualquier entrega previa permanezca sin ser extendidas rembolsada, o si el Comprador no brinda una garantía adecuada. Cualquier monto que deba pagarse y que continúe en xxxx después del plazo de pago de la factura (sin la debida notificación por escrito y de buena fe al Vendedor) está sujeto a nombre (i) un cargo por servicio de intereses por xxxx del Servicio Nacional valor que sea superior entre: uno por ciento (1%) mensual para la Prevención y Rehabilitación cada mes (o una fracción del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma mismo) que el Servicio Nacional para Vendedor no reciba dicho pago, o el porcentaje máximo permitido por la Prevención legislación aplicable, y Rehabilitación del Consumo (ii) si corresponde, un pago de Drogas y Alcohol, instruya indemnización fijo al Vendedor por concepto de costos de indemnización por un valor que sea especificado conforme a futurola legislación aplicable. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo En el caso de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando cubra un pago en contra del contenido virtud de la factura un acuerdo dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este procesopago, el Servicio Nacional Comprador incumplirá una estipulación sustancial del acuerdo y estos GTCS, y por ende el Vendedor puede invocar todos los derechos y recursos de reparación disponibles. Si el Comprador no cumple sus obligaciones se le cobrarán todos los costos extrajudiciales incurridos razonablemente para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en exigir el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago cumplimiento de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar daños y perjuicios y otra compensación. Dichos costos pueden incluir, a modo no taxativo, los costos de agencia de cobranza, servicios de entrega de notificaciones procesales y abogados. Si un tribunal o una autoridad administradora de justicia dicta sentencia que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad va plena o sustancialmente en contra del período de ejecución original del contrato, con Comprador y su decisión adquiere un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmentecarácter definitivo, el contratista deberáComprador tendrá el deber de rembolsar al Vendedor todas las costas judiciales asumidas en todos los niveles preliminares, durante la ejecución del contratode juicio y apelación, informar incluyendo, entre otros, cualquier monto que no sea otorgado por el monto y estado tribunal o autoridad administradora de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesjusticia.
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PAGO. SENDA pagará al prestador La obra por llevar a cabo a los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio precios unitarios de la descripción realizada Lista de Cantidades y Precios consistirá en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a la ejecución de todos los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido trabajos necesarios para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) la construcción o instalación de las prestaciones mencionadas cámaras o estructuras de conexión en los sistemas de alcantarillado, incluyen; la formaleta, el N° 1.1 cargue y vaciado del concreto de 21 Mpa, cilindro, losa, corona, cañuela y tapa, deberá incluir el suministro de todos los materiales, instalaciones, equipos, transportes y mano de obra necesarios para completar esta parte de la obra, todo de acuerdo con las presentes Basesespecificaciones y las normas técnicas. Los pozos de inspección y las reparaciones de los mismos se pagarán por unidad (UND), y que correspondan de acuerdo al tipo de plan elemento y al precio unitario contratado. Las excavaciones para los pozos de la línea inspección se pagarán por el ítem de servicio adjudicadaexcavaciones, teniendo en cuenta el sobre-excavación correspondiente a un sobre-ancho adicional de 0,50 metros de diámetro exterior xxx xxxx. Los rellenos a los costados xxx xxxx se harán a mano y se vigilará que el apisonado se efectúe adecuadamente. El pago a la entidad relleno compacto se pagará en el ítem de rellenos, sin sobrepasar el límite de los 0.50 metros del sobre-ancho adicional de las prestaciones contratadas excavaciones. Cualquier excavación y relleno adicionales, serán por cuenta y cargo del Contratista. De la misma manera se realizará mensualmente procederá para el pago de las excavaciones y se hará efectivo sólo una vez rellenos de las cámaras de caída. Los precios unitarios contratados para los ítems que SENDAtengan que ver con la construcción de cámaras de inspección o reparación de las mismas, a través serán la compensación total y única que recibirá el contratista por la planta de personal, administración, suministro de materiales si es el caso, imprevistos, su utilidad y demás costos en que incurra para la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto correcta ejecución de los meses trabajos y recibidos a satisfacción por la Interventoría. En el análisis de planes precios unitarios de tratamiento otorgados las cámaras de inspección, se tiene en el respectivo mes, dentro de cuenta los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional siguientes materiales para la Prevención construcción y/o instalación de: concretos, morteros, aros metálicos, formaleta y Rehabilitación del Consumo xxxxx xx xxxxxxxx. Los pozos de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no inspección se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, pagarán de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo los siguientes ítems de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientes.pago:
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Samples: Consulting Agreement
PAGO. SENDA pagará 8.1 Todos los importes que nos adeude la otra parte en virtud del contrato serán total e inmediatamente pagaderos al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio vencimiento de la descripción realizada factura, incluso si quedara por realizar una entrega parcial que haya sido a petición del Cliente. Todos los importes que deba pagar el cliente serán, en estas basestodo caso, y particularmente exigibles a partir de la fecha en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridosque la otra parte se declare en quiebra, se entenderá por mes obtenga una situación de plan concurso de tratamiento y rehabilitación válido para pagoacreedores, cuando o solicite un acuerdo de reprogramación de la deuda.
8.2 Todos los pagos a realizar se cumpla con el registro mensual harán mediante giro domiciliado en el Sistema periodo de Gestión tiempo acordado. Si el pago se realiza de Tratamiento (SISTRAT) cualquier otra forma, por ejemplo, mediante transferencia a una de nuestras cuentas bancarias, confirming, pagaré, etc., deberá ser acordado específicamente entre las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 partes.
8.3 Las facturas deben pagarse dentro plazo de las presentes Bases, pago acordado y que correspondan al tipo vendrá especificado en nuestra oferta. Por defecto el pago obrará en poder del vendedor en un plazo de plan pago de la línea de servicio adjudicada30 días. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma En caso que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que pago no se encuentren debidamente extendidasrealice, reclamando no sea oportuno o no se realice en contra del contenido de la factura su totalidad dentro del plazo mencionado, la otra parte incurrirá en incumplimiento de 8 días corridos, conformidad con la ley sin que se requiera notificación de acuerdo a lo establecido incumplimiento. La otra parte también incurrirá en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado rebeldía en el número 1.5 de las basessupuesto a que se refiere el artículo 8.1, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste última frase. Desde el momento en que la otra parte se encuentre en xxxx en el pago de los meses cualquier cantidad, deberá pagar intereses sobre esta cantidad a pagar del 1,5% mensual o parte de planes un mes. En caso de tratamiento contratados. Conforme a este procesoincumplimiento, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo otra parte deberá pagar gastos extrajudiciales que ascienden al 15% de Drogas y Alcoholla cantidad principal, SENDA, pagará que será de al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado menos 250,00 euros.
8.4 Cualquier queja sobre facturas deben llegarnos por escrito en el correspondiente período por sobre plazo máximo de ocho (8) días posteriores a la fecha de la factura. De no presentarse quejas antes del plazo mencionado, la factura será irrevocable y se considerará
8.5 En caso de incumplimiento, también tendremos derecho a disolver total o parcialmente todos los máximos mensuales asignadosacuerdos vigentes con la otra parte sin intervención judicial. La otra parte será responsable de todos los costos y daños que resulten de dicha disolución. Además, pero bajo el máximo asignado acumulado al período en tal caso, todos los créditos otorgados serán cancelados, después de ajuste correspondiente, lo cual todas las cantidades de conformidad al 1.5 con otros acuerdos serán inmediatamente pagaderos.
8.6 Por el solo hecho de estas bases. Con todoque hemos obtenido la asistencia de un tercero, SENDA se reserva la otra parte será responsable de los gastos extrajudiciales.
8.7 Si entablamos un procedimiento judicial por impago contra la otra parte, ésta deberá abonar el derecho principal, los intereses, los gastos de realizar ajustes en meses distintos a cobro extrajudicial y los anteriormente señalados. gastos de la demanda.
8.8 En el caso de que se demuestre que estamos total o parcialmente en lo cierto en un litigio, todos los gastos realizados por nosotros en relación con el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento litigio serán por cuenta de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento otra parte a pesar de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado posible distribución de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientescostos.
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Samples: Condiciones Generales
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses El Estado de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio cuenta indicará la fecha en que se debe efectuar el pago de la descripción realizada obligación. El Titular podrá pagar, la totalidad de las sumas que resulten de la utilización de las Tarjetas de Crédito emitidas en estas basesvirtud del presente contrato (Titular y Adicionales), más los intereses y particularmente otros cargos, si los hubiere, lo cual se indicarán en sus documentos Anexos Técnicos respecto el respectivo estado de cuentas, o bien efectuar un pago mínimo equivalente que establezca el Banco o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a los servicios requeridoselección del Titular, re- financiándose el saldo con cargo al monto disponible que exista en la Línea de Crédito. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a gastos y a intereses de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto; en caso contrario, se entenderá por mes que el pago debe efectuarse al contado. La no recepción del Estado de plan Cuenta no libera al Titular de tratamiento y rehabilitación válido para pagosu obligación de pago oportuno, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago conforme a la entidad cláusula precedente. La falta de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente pago en tiempo y se hará efectivo sólo una vez que SENDAforma, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a conforme lo establecido en ésta cláusula, hará incurrir automática- mente en xxxx al Titular y a sus usuarios adicionales, sin necesidad de interpretación judicial o extrajudicial alguna, produciéndose la Ley Nº 19.983caducidad de todos los plazos no vencidos, sin perjuicio de los reclamos pertinentes. El respectivo depósito importe total de los saldos deudores más los intereses financieros, moratorios y punitorios, impuestos y gastos colaterales, serán exigibles judicialmente por la vía ejecutiva. Cualquier dinero, titulo o transferencia se realizará directamente crédito, saldo y/o valores que tuviere el Titular en el Banco, tanto en moneda nacional como extranjera, podrán ser aplicados por el Banco a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta amortización parcial o total de importe adeudado. A tal efecto, el Titular autoriza expresamente al Banco a la vista) que señale efectuar el prestador. El Servicio Nacional débito corres- pondiente para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses su deuda y, en caso de planes no tener suficientes fondos disponibles, sirve el presente como solicitud y autorización expresa de tratamiento contratadossobregiro. Conforme a este procesoEn casos de gastos efectuados mediante la Tarjeta utilizada en el extranjero, el Servicio Nacional reintegro de los mismos al Banco por gastos efectuados no será menor a la suma necesaria de moneda nacional para adquirir en Paraguay o el país de origen de los gastos, la Prevención y Rehabilitación moneda para cancelarlos. El Banco no asumirá el riesgo de cambio ni los costos emergentes del Consumo pago de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado gastos en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignadosextranjero. Estos se liquidarán en el estado de cuenta en moneda nacional. Si la compra se efectúa en el exterior, pero bajo el máximo asignado acumulado al período Banco tiene la opción de ajuste correspondientecobrar la operación en la moneda de origen, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En y para el caso que el contratistaBanco opte por el cobro en moneda nacional, la conversión se efectuará de acuerdo al tipo de cambio vigente en el mercado libre fluctuante en el momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo que la transacción es registrada por la empresa acreditar que Procesadora para su aprobación e intercambio. A toda operación realizada en moneda extranjera, se adicionará el porcentaje del 1% (o el establecido en el futuro) del monto de la totalidad misma, en concepto de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse comisión por conversión de moneda, cobrada por la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis mesesProcesadora. El Servicio Nacional para importe de los saldos deudores impagos, a más de sus intereses moratorios y punitorios, todos los gastos, comisiones e impuestos devengados por cualquier concepto, podrán ser requeridos por la Prevención vía judicial y Rehabilitación mediante el proceso ejecutivo tanto al Titular como a los Usuarios adicionales en calidad de codeudores, así como a los codeudores que no sean usuarios. Al efecto se acompañará con este contrato –solicitud- el duplicado del Consumo último extracto de Drogas y Alcohol exigirá cuentas dirigido al Titular, que solo podrá ser desvirtuado por el contratista proceda original cuya constancia queda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo cargo del Titular retener conforme al procedimiento previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientespresente acuerdo.
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Samples: Contrato Bancario Único
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses 11.1 El pago de planes la cantidad total a pagar se debe en su totalidad en cada mes y puede ser facturado o cobrado por adelantado, si corresponde. Si el pago del Suscriptor no es recibido por Xxxxxx antes de tratamiento y rehabilitación emitir la siguiente factura, el Suscriptor podrá recibir intereses sobre el saldo pendiente de pago, en la cantidad de un punto cinco por ciento (1.5%) por mes o la tasa máxima permitida por la ley aplicable (la que sea menor), prorrateada diariamente, de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio acuerdo con las disposiciones del artículo 93 de la descripción realizada Ley Orgánica de Defensa del Consumidor. Xxxxxx puede (pero no estará obligado a) aceptar pagos parciales del Suscriptor. Si la Fecha de Activación no coincide con el inicio del ciclo de facturación, el Suscriptor deberá pagar la parte proporcional de la tarifa mensual, de acuerdo con el número de días que hayan transcurrido entre la Fecha de Activación y el final del ciclo de facturación actual. Si se realizan pagos parciales, se aplicarán al saldo de la cuenta, comenzando con el cargo con la fecha de vencimiento más reciente. Los métodos de pago aceptables incluyen, pero no se limitan, al pago con tarjeta de crédito.
11.2 Si el Suscriptor considera que un cargo es incorrecto o si requiere información adicional, debe ponerse en estas basescontacto con el servicio de atención al cliente escribiendo a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx, y particularmente ingresando a la siguiente página web: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, o llamando a 0-000-000-000. El Suscriptor debe ponerse en sus documentos Anexos Técnicos respecto contacto con nosotros antes de la fecha de vencimiento del pago para solicitar una corrección de la factura. El Suscriptor acepta que Xxxxxx no será responsable de ningún gasto en el que él pueda incurrir como resultado de sobregiros en su cuenta bancaria o cualquier exceso de su línea de crédito como consecuencia de un cargo automático realizado bajo este Contrato. Xxxxxx podrá suspender el Servicio una vez transcurridos treinta (30) días desde la fecha de vencimiento del pago del Servicio, sin que el Suscriptor haya realizado el pago total de la factura del Servicio.
11.3 Las tarifas o valores mensuales a ser cancelados por cada uno de los servicios requeridoscontratados por el Suscriptor estará determinada en la ficha de cada servicio, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual que constan en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en Anexo Técnico y el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan pago se realizará de la línea siguiente forma: Forma de pago: SÍ NO Pago directo en cajas del prestador del servicio adjudicada. El pago a la entidad Débito Automático cuenta de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente ahorro o corriente Débito con tarjeta de crédito Transferencia vía medios electrónicos
11.4 La tarifa correspondiente al servicio contratado y se hará efectivo sólo una vez que SENDAefectivamente prestado, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, estará dentro de los tres primeros días corridos del mes siguientetechos tarifarios señalados por la ARCOTEL y en los títulos habilitantes correspondientes, en los términos del artículo 79 bis del reglamento caso de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondienteestablezcan, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva con el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señaladosordenamiento jurídico vigente. En el caso de que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados Suscriptor desee cambiar su modalidad de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad a otra de las obligaciones se encuentran liquidadas disponibles, deberá comunicar al cumplirse la mitad prestador del período servicio con quince (15) días de ejecución original del contrato, con un máximo de seis mesesanticipación. El Servicio Nacional para prestador del servicio, luego de haber sido comunicado, instrumentará la Prevención y Rehabilitación del Consumo nueva forma de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientespago.
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Samples: Contrato De Adhesión De Prestación De Servicios De Acceso a Internet
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses El Usuario, para efectuar su reserva, deberá realizar de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio manera oportuna el pago de la descripción realizada en estas basesmisma, el cual comprenderá tasas, impuestos y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto cargos asociados según corresponda. El Partner también asume que nuestros servicios pueden estar sujetos a tasas o impuestos adicionales. El no pago de la reserva, de acuerdo a los servicios requeridosplazos establecidos y comunicados, facultará a Trypo para poner fin al servicio que presta y, por ende, a la cancelación de la reserva de manera unilateral e inmediata. El Partner acepta que Xxxxx aplicará un cobro por las reservas efectuadas a través de www.- xxxxx.xx, el cual será descontado del pago que Xxxxx reembolsará o efectuará al primero. El Partner también acepta lo siguiente: • El precio total por la prestación completa y oportuna de los Servicios prestados por Trypo y por el fiel cumplimiento de todos los Términos y Condiciones que por este acto se entenderá por mes consienten o bien del Contrato de plan Prestación de tratamiento Servicios según corresponda, consistirá en la retención de un 15% + IVA del valor total de la reserva o transacción. • Xxxxx hará las veces de agente retenedor y rehabilitación válido para pagoefectuará la transferencia respectiva, cuando se cumpla con el registro mensual descuento por concepto de pago por los servicios, en un plazo de máximo de 5 días hábi- les contados desde el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, pago efectivo y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, realizado a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondientePlataforma. Con todo, los pagos estarán condicionados serán efectuados los días jueves y viernes respectivos. • Que su tarifa por reserva puede ser sujeto de incrementos o disminuciones en el precio, producto de comisiones o diferencias cambiarias, dependiendo de su ubicación. • Que las tasas e impuestos se calcularán dependiendo de la información de factura- ción proporcionada por él. • El Partner se obliga a los recursos que para este Servicio Nacional contemple no recibir pagos directos por reservas efectuadas a través de la Ley de Presupuestos para Plataforma y, en caso contrario, reembolsar a Trypo la tarifa referida en el Sector Público para los años correspondientespresente instru- mento.
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Samples: Términos Y Condiciones
PAGO. SENDA pagará Las facturas deberán ir acompañadas de aquellos documentos que acrediten la recepción por la Sociedad de los bienes y servicios en la forma establecida en el Contrato. Las facturas emitidas por el Proveedor, que habrá de adjuntar copia de tales documentos, serán abonadas por la Sociedad mediante transferencia bancaria a la cuenta señalada en la correspondiente factura del Proveedor, dentro del plazo máximo de 60 días a contar desde la fecha del recibo de la factura. No obstante, cuando los servicios prestados por el Proveedor consistiesen en el transporte de mercancías por carretera y, sujeto al prestador cumplimiento de las condiciones de subcontratación previstas en el Contrato, dicho transporte fuese efectivamente realizado por un transportista distinto del Proveedor, la Sociedad no estará obligada a pagar al Proveedor el precio correspondiente a dicho servicio de transporte hasta que el Proveedor acredite suficientemente a la Sociedad que el transportista por carretera que efectivamente hubiese realizado el transporte ha sido completa y efectivamente pagado por la ejecución del servicio. Si, por cualquier circunstancia, la Sociedad se viese compelida a abonar el precio del transporte adeudado a cualquier tercer transportista que hubiese realizado los meses servicios comprometidos por el Proveedor en virtud del Contrato, el Proveedor estará obligado a reintegrar dicho importe a la Sociedad en el plazo improrrogable de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin 1 día, sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá cualesquiera otras responsabilidades exigibles al Proveedor por mes incumplimiento de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual lo establecido en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicadaContrato. El pago a la entidad del precio no implicará renuncia alguna de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través los derechos de la Dirección Nacional Sociedad ni aceptación de la entrega del bien o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, servicio entregado o prestado por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesProveedor.
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Samples: Condiciones Generales De Compra
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses POR CONSTRUCCION RETRASADA.-
4.1. En caso de planes que cualquiera de tratamiento las partes no pueda terminar su Sistema o una de las rutas correspondientes a dicho Sistema, para la Fecha de Cumplimiento del Calendario del Sistema (dicha parte, segun sea el caso se llamara "Parte Retrasada"); cada una de las partes debera designar a sus representantes para reunirse y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio revisar el avance del Sistema de la descripción realizada Parte Retrasada. En un plazo que no exceda de 30 (treinta) dias habiles a partir del vencimiento de la fecha de cumplimiento aplicable, la Parte Retrasada debera proporcionar un plan y calendario para completar la construccion, instalacion y prueba de su Sistema.
a) tomar a su cargo el diseno, ingenieria, instalacion y construccion (incluyendo todas las actividades mencionadas en estas basesla Clausula Segunda de este Contrato) del Sistema de la Parte Retrasada, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridoscuyo caso, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido la Parte Retrasada debera: i) cooperar completamente con la Parte que Cumple para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en terminar el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRATla Parte Retrasada y ii) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago pagar a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez Parte que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, cumple dentro de los tres primeros días corridos 60 (sesenta) dias habiles siguientes a la fecha de recepcion de la factura, todos los costos, gastos y desembolsos directos razonables asociados, o en que incurra en conexion con el cumplimiento del mes siguienteSistema de la Parte Retrasada, b) notificar a la Parte Retrasada que se resuelve la obligacion de ambas partes de entregarse Fibras en la ruta incumplida, ademas de solicitar la devolucion y devolver las cantidades que hubieren pagado y cobrado respecto a dicha ruta, o en su defecto la parte proporcional con base en el numero de kilometros/fibra o) demandar la rescision del presente Contrato. Las partes acuerdan y se obligan desde ahora a que, en los términos del artículo 79 bis del reglamento el caso de que TELEREUNION se atrasara en la fecha de construccion y entrega de la ley 19.886ruta que corre de la Ciudad de Veracruz, Veracruz a la Ciudad de Coatzacoalcos Veracruz, que forma parte del Sistema Telereunion, TELEREUNION debera entregar a IUSATEL, a mas tardar dentro de un plazo de 10 (diez) dias habiles a la fecha en que debio haber quedado terminada dicha ruta, un plan y calendario para completar la construccion de dicha ruta. Las facturas deberán ser extendidas Dentro de los 5 (cinco) dias habiles siguientes a nombre del Servicio Nacional la fecha en que XXXXXXX reciba dicho plan y calendario por escrito, debidamente suscrito por el tecnico responsable de la red de TELEREUNION y por representante legal de esta, IUSATEL podra a su absoluta discrecion, elegir entre aceptar el plan y calendario propuesto por TELEREUNION para la Prevención y Rehabilitación del Consumo terminacion de Drogas y Alcohol la construccion de la citada ruta, o SENDA, RUT Nº 00.000.000bien notificar a TELEREUNION que IUSATEL elige CONTRATO DE COMPRA-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o VENTA DE FIBRAS CELEBRADO ENTRE IUSATEL Y TELEREUNION PAGINA 11 a cambio recibir de TELEREUNION 12 (doce) fibras en lugar de 8 (ocho) en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido ruta de la factura dentro del plazo Ciudad de 8 días corridosPuebla a la Ciudad de Veracruz, y 6 (seis) fibras en lugar de acuerdo a lo establecido 4 (cuatro) en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación ruta de la factura correspondiente pagará Ciudad de Veracruz x Xxxx Rica, sin costo adicional alguno para IUSATEL. En este ultimo caso TELEREUNION debera entregar a IUSATEL, las fibras adicionales a que se refiere este parrafo dentro de los 30 días siguientescinco dias habiles posteriores a la fecha en que IUSATEL le de aviso por escrito. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo Si transcurridos los plazos establecidos en este parrafo TELEREUNION no ha entregado a IUSATEL las fibras convenidas y/o las fibras adicionales a solicitud de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados IUSATEL debera proveerle capacidad alternativa en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto terminos del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad ultimo parrafo del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses2.4. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte clausula segunda del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientespresente Contrato.
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Samples: Contrato De Compra Venta De Fibras (Telscape International Inc)
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio Con fundamento en el Artículo 64 de la descripción realizada en estas bases“Ley”, el procedimiento de solicitud de pago ante la Secretaría de Administración y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridosFinanzas de la Ciudad de México, se entenderá efectuará por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con factura conforme el registro mensual en “Licitante” ganador devengue el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo messervicio, dentro de los tres primeros veinte días corridos hábiles, contados a partir de la fecha de aceptación y validación de las facturas, las cuales deberán venir debidamente requisitadas y soportadas documentalmente con las Evidencias, Testigos o entregables que validen o demuestren los servicios, como se establece en el Numeral 25 ANEXO TÉCNICO de las presentes bases de Xxxxxxxxxx, XXXXX X0, XXXXX X0. Xx factura a que se refiere el párrafo anterior, se elaborará de manera desglosada especificando los conceptos que se están cobrando y se presentarán para su pago con el Impuesto al Valor Agregado desglosado a nombre de Gobierno de la Ciudad de México, con domicilio en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx X/X, Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Área 1, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, con RFC: GDF9712054NA. Los Licitantes deben considerar que será responsabilidad del mes siguienteLicitante Adjudicado la obtención de los recursos necesarios para realizar las inversiones para el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Prestador en términos de las presentes Bases y sus Anexos correspondientes, en el entendido que la estructura financiera del Proyecto deberá considerar una aportación de Capital para la adquisición de los términos bienes necesarios para la operación y gestión del artículo 79 bis Sistema de Transporte Individual en Bicicleta Pública ECOBICI, mismos que se deberán amortizar a través del reglamento Permiso Administrativo Temporal Revocable que deberá obtener bajo las condiciones establecidas en la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público. En ningún caso habrá aportación alguna de recursos por parte de “La Convocante” o de cualquier otra Dependencia o Entidad de la ley 19.886Administración Pública de la Ciudad de México o de la Administración Pública Federal. Las facturas deberán ser extendidas De la misma forma, se hace constar expresamente que en ningún caso se podrá invocar un cambio en las condiciones de financiamiento existentes en los mercados, desde la fecha de presentación de la Propuesta Económica y hasta el cierre del financiamiento, como causa conducente para el restablecimiento del equilibrio económico del Contrato a nombre favor del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo Licitante Adjudicado. En caso de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional Licitante Adjudicado agote los recursos de inversión previstos para la Prevención el desarrollo y Rehabilitación ejecución del Consumo de Drogas y AlcoholProyecto por un mal cálculo en su Propuesta Económica o por cualquier otra circunstancia, instruya a futuro. El Servicio Nacional será su responsabilidad exclusiva aportar u obtener los recursos adicionales que se requieran para la Prevención y Rehabilitación completar el desarrollo del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo Proyecto conforme a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesContrato.
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Samples: Licitación Pública Internacional
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses Salvo que el Vendedor acepte otros términos en sentido contrario por escrito, las condiciones de planes pago son las siguientes: pago del monto total en un plazo de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio 30 días a partir de la descripción realizada fecha de envío de los Bienes o de la prestación de los Servicios. A menos que las partes acuerden lo contrario por escrito, todos los pagos deberán efectuarse en estas basesla divisa del Vendedor. Cuando surjan motivos razonables de inseguridad con respecto al cumplimiento pleno y oportuno del Comprador, el Vendedor podrá exigir condiciones de pago diferentes a las convenidas en este documento, y particularmente podrá solicitar una garantía del cumplimiento pleno y oportuno del Comprador. Después de presentar dicha solicitud, el Vendedor podrá suspender la fabricación, la producción, el envío o las entregas. Si, en sus documentos Anexos Técnicos respecto el período establecido en dicha solicitud, el Comprador no acepta o se niega a aceptar dichas condiciones de pago diferentes o bien no otorga o se niega a otorgar una garantía suficiente del cumplimiento pleno y oportuno (conforme lo decida el Vendedor), el Vendedor podrá: (a) mediante un aviso al Comprador, considerar dicha falta o negativa a la aceptación como un rechazo por parte del Comprador de la parte de la transacción que no se hubiere completado plenamente a esa fecha, tras lo cual, el Vendedor podrá cancelar todas las futuras fabricaciones, producciones, entregas o los futuros envíos, y los montos pendientes de pago en virtud del presente instrumento deberán pagarse de inmediato, o (b) producir, realizar o cumplir con los envíos o las entregas bajo reserva de una garantía prendaria y exigir el pago anticipado contra la entrega de los Bienes y Servicios. Asimismo, el Vendedor podrá cobrar intereses sobre los importes pendientes o vencidos (incluidas las sentencias), hasta el importe máximo permitido conforme a la ley aplicable, desde la fecha de vencimiento de dicho importe hasta que este, sumado a los servicios requeridosintereses, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual abone en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicadasu totalidad. El pago a la entidad Comprador acepta abonar todos los costos y los gastos de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez cobranza, lo que SENDA, a través incluye los honorarios de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguienteabogados, en los términos que incurra el Vendedor si el Comprador no paga algún tipo de monto, obligación o endeudamiento a su vencimiento. Toda extensión de crédito que realice al Comprador en relación con cualquier venta de Bienes o Servicios en virtud del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no presente se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados considerará realizada por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesVendedor aplicable.
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PAGO. SENDA pagará al prestador NOMBRE INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS
24.1.- El proveedor deberá ingresar sus facturas con la Contratante cubriendo los meses de planes de tratamiento requisitos legales y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de administrativos vigentes, ya que será la descripción realizada en estas basesresponsabilidad del proveedor, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido problemas que para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886cobro representen. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, expedidas de acuerdo a lo establecido siguiente: SOCIALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO DE PUEBLA
24.2.- La contratante no cubrirá factura que no esté validada en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcoholsu totalidad, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en además no liberará el pago de las facturas correspondientes si éstas no cuentan con toda la documentación que ampare la total realización del servicio.
24.3.- Para los meses equipos de planes cómputo y ups, en la factura deberá indicar marca y/o nombre del fabricante, modelo, número de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención serie y Rehabilitación del Consumo garantía de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario todos los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social componentes.
24.4.- El licitante adjudicado deberá presentar junto con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar facturas el documento que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que acredite el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales en material de seguridad social.
24.5.- El pago se realizará una vez entregado las facturas debidamente requisitadas dentro de los 20 días hábiles.
24.6.- Para la presentación y previsionales validación de la programación de pago:
A) Copia de la orden de compra
B) Reporte del inventario actualizado • Al recibir las facturas, el departamento de servicios generales de la contratante validará que dicha factura cuente con toda la documentación necesaria para su pago. Para ello, la contratante contará con el acceso en línea que le corresponden con sus trabajadoresdará el licitante. • El departamento de servicios generales, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez validado el punto anterior deberá expedir un contra recibo que ampare la facturación realizada y mostrara la fecha de pago. • En caso de que exista algún documento faltante o aclaración por montos de facturas, servicios generales informará al licitante adjudicado en un plazo de 24 horas, y éste tendrá 24 horas para presentar la aclaración. de no quedar aclarado en ese plazo, el licitante adjudicado podrá presentar de nuevo esas facturas en el mes siguiente. • El costo que facturará el licitante adjudicado a la contratante será por el siguiente concepto:
A) Costo de producto ANEXO 2, mismo que ya debe incluir el costo por el mantenimiento y administración de inventarios. (Ofertado en el procedimiento)
24.7.- No se otorgarán anticipos al licitante adjudicado en esta licitación.
24.8.- Se hace del conocimiento del Licitante que la Contratante será la responsable de llevar a cabo la retención a que se encuentre totalmente tramitado refiere el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple Artículo 32 fracción V la Ley de Presupuestos Ingresos del Estado de Puebla para el Sector Público para los años correspondientesEjercicio Fiscal 2019, correspondiente al pago de derechos equivalente al 5 al millar sobre el importe de su factura antes de IVA, el cual se deberá considerar en la presentación de su factura. En caso de que el licitante adjudicado no pueda hacer la retención del 5 al millar en las facturas respectivas, deberá presentar adjunto a la factura una nota de crédito por el importe correspondiente a dicha retención.
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Samples: Licitación Pública Nacional
PAGO. SENDA El precio del contrato es el indicado en la cláusula quinta o agregar valor del contrato en cifras y letras, en moneda de curso legal. El pago del monto adeudado se hará en indicar forma de pago acordada con El Contratado. El Contratado pagará al prestador todos los meses de planes de tratamiento impuestos, derechos, tasas, productos y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada cargos exigibles en estas basesvirtud del Contrato, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridosel precio no será ajustado por ninguno de estos conceptos. La solicitud de pago de El Contratado al Contratante deberá ser por escrito, se entenderá por mes acompañada de plan actas de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y recibo que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regionaldescriban, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldolos servicios prestados, por adjuntando los documentos pertinentes que acrediten el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales estipuladas en el Contrato. El Contratante efectuará los pagos prontamente, pero de ninguna manera podrá exceder de treinta días calendarios, después de la presentación de una factura o solicitud de pago por El Contratado, y previsionales después que le corresponden el Contratante la haya aceptado. Si el Contratante no efectuara cualquiera de los pagos al Contratado en las fechas de vencimiento correspondiente pagará a éste interés sobre los montos de los pagos morosos a la tasa establecida en indicar fuente de información x xxx que utilizará para establecer la tasa de interés, por el período de la demora hasta que haya efectuado el pago completo. El Contratante podrá realizar un pago anticipado, en forma xx xxxxxxxx sin intereses para fines de movilización y apoyo de flujo de caja, cuando El Contratado suministre una garantía de anticipo. El Equipo Administrador del Contrato, verificará que la garantía de anticipo cumple con sus trabajadoreslas condiciones requeridas y la remitirá a la Dirección Financiera para su resguardo, mediante certificados emitidos y una copia al Área de Adquisiciones para los fines pertinentes. El Contratado debe rendir a satisfacción del Contrate Garantía/Fianza de Anticipo, por la Dirección cantidad de agregar valor en cifras y letras, en moneda de curso legal que equivale al cien por ciento (100%) del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice valor adelantado para iniciar la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte ejecución del contratista de las facturas correspondientepresente contrato, y por un plazo de vigencia que corresponde con la demás documentación correspondienteamortización total del mismo. Con todo, los El total del pago de la cantidad anticipada se amortizará de la siguiente manera: Incluir condiciones para amortizar garantía de anticipo. Los pagos estarán condicionados a los recursos serán ajustados para deducir las amortizaciones de anticipo y las retenciones que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientescorrespondieren.
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Samples: Contract for Internet and Data Transmission Services
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio La parte de la descripción realizada obra por ejecutar a los precios unitarios consistirá en estas basestodos los trabajos necesarios para llevar a cabo todas las excavaciones y debe incluir, además de la excavación misma, el coeficiente de expansión del suelo, el control de aguas lluvias, de infiltraciones y servidas, el costo de los equipos, herramientas, materiales, transporte, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan regada del material xx xxxxx dentro de la línea obra a una distancia no mayor de servicio adjudicada100 m (acarreo libre), energía, mano de obra y los demás costos directos e indirectos necesarios para ejecutar las excavaciones de acuerdo con estas especificaciones. El pago a la entidad precio unitario de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados excavación propuesto por el contratista según corresponda debe tener en cuenta que se realizarán diferentes tipos de excavación (zanjas, estructuras, misceláneas, vías, remoción de derrumbes y otras) y que se excavarán diferentes tipos de material con características y propiedades diferentes, así como también el efecto que sobre ellos pueda resultar de la excavación a su(s) diferentes profundidades. Los precios propuestos para la línea(s) excavación en roca, deben incluir el costo de serviciola mano de obra, considerando herramienta y equipo, la adquisición de permisos, el máximo mensual transporte, almacenamiento y utilización de planes asignados señalado explosivos, la remoción del material cortado hasta el sitio de cargue, igualmente el costo que conlleva atender todas las instrucciones y normas de seguridad, y los demás costos directos e indirectos que se requieran para realizar esta actividad. El retiro, cargue y botada de los materiales excavados o cortados se pagará en el número 1.5 ítem correspondiente. Los precios propuestos para la excavación, deben incluir el costo del entibado que se requiera. Si durante la ejecución de las basesexcavaciones, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso se presentaren derrumbes en los taludes y aquellos no fuesen atribuibles a descuido, negligencia o falta de ajuste en cuidado del Contratista, éste los retirará, y el pago costo le será reconocido de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, acuerdo con el Servicio Nacional para la Prevención volumen removido y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señaladosprecios establecidos para el ítem cargue, retiro y botada de material sobrante. En Si los derrumbes se debieran a negligencia o descuido del Contratista o a operaciones deficientes, serán retirados por el caso que el contratistaContratista a su costo. Si tales derrumbes causan perjuicios a las obras, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones personal o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos añosa terceros, los primeros estados de las reparaciones, retiro del material e indemnizaciones correrán por cuenta del Contratista. No se reconocerá pago producto del contrato licitado deberán ser destinados separado y al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que elaborar su precio unitario el contratista proceda a dichos pagos debe tener en cuenta la investigación de suelos correspondiente y presente la información existente y disponible por la Avanzadas Soluciones de Acueducto y Alcantarillado S.A. E.S.P. Igualmente debe tener en cuenta los comprobantes informes y planillas que demuestren mapas disponibles en las diferentes entidades estatales relacionadas con este tipo de proyectos así como el total cumplimiento resultado de la obligación en inspección del terreno efectuada por el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones proponente No habrá medida ni pago por parte del contratista dará derecho a dar separado por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, los costos correspondientes a: • Xx xxxxx xxx xxxxxxx xx xxxxxxx x xx xxxxxxx xxx xxxxxx xx xxx xxxxx durante la ejecución del contrato, informar será por cuenta del contratista y se considera incluido en el monto y estado de cumplimiento precio de las obligaciones laborales excavaciones, la construcción y/o adecuación. • No se reconocerá ningún sobrecosto por las dificultades de acceso de equipos, materiales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos herramientas al sitio de las obras. • Las excavaciones ejecutadas por fuera de los límites mostrados en los planos o indicados por la Dirección del Trabajo interventoría. • Relleno en concreto o cualquier medio idóneo otro material, de las excavaciones mostrados en los planos o indicados por la interventoría y que garantice la veracidad en concepto de dicho monto y el estado de cumplimiento de estasésta deban rellenarse. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez • Los derrumbes que se encuentre totalmente tramitado presenten en la obra por descuidos atribuibles al contratista. • La remoción o tala de raíces que se encuentren en los sitios de excavación. • No habrá medida ni pago por separado por los trabajos relacionados con el acto administrativo uso de explosivos, pues su costo debe quedar incluido en los precios unitarios de excavaciones en roca y/o demoliciones según el caso. • Tampoco se reconocerán pagos mayores, costos o ampliaciones de plazo por las dificultades que apruebe se presenten por la adquisición y permisos de explosivos, licencias, primas e impuestos requeridos, cancelados a otras entidades y/o a terceros. • La reparación de daños a cualquier estructura existente, a personas o a redes provisionales por métodos de excavación inadecuados. • No habrá pago por separado del entibado requerido, este deberá estar incluido dentro del ítem excavaciones. • Todos los demás trabajos que deba ejecutar el respectivo contrato contratista para cumplir con esta especificación y contra entrega por parte del contratista que no son objeto de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientespago separado.
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Samples: Construction Contract
PAGO. SENDA pagará al prestador a. Todos los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas basesCargos serán debidos a, y particularmente exigibles por, nosotros en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridossu totalidad en euros, en la fecha establecida en su Estado de Cuenta mensual.
b. Cualquier pago realizado en cualquier divisa distinta del euro, si fuera aceptada por nosotros, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual convertirá a euros. Esto retrasará su abono en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Basessu Cuenta, y que correspondan podría implicar el cobro de comisiones por conversión de divisa al tipo de plan cambio que proceda de acuerdo con el apartado titulado “Cargos realizados en Divisa Extranjera”.
c. Los pagos se abonarán en su Cuenta tras su recepción, liquidación y tramitación por nosotros. El plazo para que nos lleguen los pagos para su liquidación y tramitación depende del método de pago, del sistema y del proveedor utilizado para realizarnos el pago. Usted debe permitir un plazo suficiente para que recibamos, liquidemos y tramitemos los pagos antes de la línea fecha de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDAvencimiento del pago.
d. Podremos, a través nuestra discreción, aceptar pagos atrasados o el pago parcial total o un pago como transacción en una disputa. Al hacerlo, no perderemos ninguno de nuestros derechos en virtud de este Contrató o en virtud de la Dirección Nacional o Regionalley, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto ni consentiremos ninguna modificación de los meses mismos.
e. Generalmente en su Cuenta aplicaremos en primer lugar los pagos a los importes que figuren en su Estado de planes Cuenta y en segundo lugar a los importes que aún no hayan aparecido en su Estado de tratamiento otorgados Cuenta. A efectos de servicios, administrativos, de sistemas, o para otras finalidades del negocio, podemos aplicar pagos a su Cuenta en el respectivo mesalgún otro orden o de alguna otra forma, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886que podremos determinar a nuestra discreción. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o Usted acuerda que podremos hacerlo en la forma en que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito nos resulte favorable o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por conveniente.
f. No pagamos intereses sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período saldos positivos de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientessu Cuenta.
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Samples: Condiciones Generales De Utilización
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada6.1. El pago del precio de compra debe ser efectuado en la cuenta bancaria del Vendedor de acuerdo a las condiciones de pago indicadas en la factura, sin compensar deudas o deducir descuentos, en la moneda y forma pactadas. El Comprador incurrirá en xxxx automáticamente y sin necesidad de notificación alguna si no atiende los pagos en los plazos previstos para ellos, devengándose durante el periodo de retraso del pago los intereses moratorios a los tipos legalmente previstos. Ello, además, sin perjuicio del derecho que le asiste al Vendedor de reclamar el cumplimiento y/o los daños y/o la resolución del Contrato de Venta y sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 6.2.Todos los gastos de constitución de garantías o gastos de cobranzas serán por cuenta del Comprador.
6.2. En caso de pagos intempestivos, el Vendedor tendrá derecho a que le sean compensados todos los gastos extrajudiciales, incluyendo aunque no solo limitándose a, los costes incurridos para el envío de avisos, notificaciones xx xxxx, reclamaciones, cuyos costes extrajudiciales ascenderán al menos al quince por ciento (15%) del montante total a pagar, sujeto a un mínimo de 500 euros.
6.3. Si en opinión del Vendedor, existen razones fundadas para creer que el Comprador no cumplirá con sus obligaciones de pago, el Vendedor tendrá derecho a – independientemente de lo que se haya acordado en cuanto a pagos y garantías – exigir el pago adelantado o una garantía adicional y de suspender las entregas hasta en tanto se reciba el pago o garantías oportunas. Si el Comprador incumple todas o algunas de sus obligaciones, o las cumple fuera de los plazos acordados, o no ofrece las garantías adecuadas, el Vendedor tendrá derecho a resolver el Contrato de Venta – sin recurrir a la entidad vía judicial y sin necesidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, comunicación previa – a través de la Dirección Nacional notificación escrita con efectos inmediatos o Regionalcon efectos a partir de una fecha determinada y todo ello sin perjuicio al derecho que le asiste al Vendedor de reclamar su cumplimiento y/o daños y perjuicios.
6.4. En caso de que el Vendedor gane el proceso judicial contra el Comprador, según correspondael Comprador estará obligado a pagar todos los costes del proceso judicial en los que haya incurrido el Vendedor, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, incluso si dichos costes exceden los costes judiciales determinados por el monto exacto tribunal. El Vendedor puede invocar esta cláusula independientemente de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo Comprador haya interpuesto recurso ante el tribunal de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito apelación o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesTribunal Supremo.
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Samples: Condiciones Generales De Venta
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses Los pagos correspondientes a la Tarjeta, se deben realizar en efectivo, en cualquier Agencia de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio EL BANCO, Agencias de la descripción realizada en estas basesRed Unicard y/o transferencias interbancarias, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, cuya información se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual encuentra en el Sistema reverso del Estado de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes BasesCuenta, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, o a través de nuestra Banca por Teléfono y/o Red de Agencias de EL BANCO, cuya información de su ubicación se encuentra en la Dirección Nacional página web de EL BANCO. Los pagos se deben realizar a más tardar en la fecha de vencimiento establecida en el Estado de Cuenta, y serán efectivamente computados a fecha de la transacción hasta dentro de las 48 horas posteriores a su realización. Cualquier pago realizado por EL CLIENTE será imputado en el siguiente orden o Regionalprelación: penalidad por pago posterior a la fecha de vencimiento, según correspondacomisiones, intereses y capital.
6.1. Respecto de los importes de las transacciones que EL CLIENTE hubiese fraccionado para su pago en cuotas mensuales, mediante el uso de los medios y/o alternativas que el Establecimiento Afiliado hubiese puesto a disposición de EL CLIENTE, este último deberá pagar a EL BANCO el importe de la cuota correspondiente que haya recibido sido consignado en el Estado de Cuenta.
6.2. Respecto de los importes que EL CLIENTE hubiese dispuesto de las Líneas de Crédito paralelas a que se refiere el numeral iii) de la Cláusula Tercera, EL CLIENTE deberá pagar a EL BANCO el importe de la cuota correspondiente que haya sido consignado en el Estado de Cuenta.
6.3. Respecto de los importes que EL CLIENTE hubiese dispuesto en efectivo, deberá pagar a EL BANCO el importe de la cuota correspondiente que haya sido consignado en el Estado de Cuenta. Respecto de todas las transacciones que se hubiesen cargado a la Tarjeta, EL CLIENTE alternativamente, podrá: a) Realizar pagos parciales por importes que no deberán ser inferiores al monto mínimo establecido en el Estado de Cuenta; con la respectiva factura reducción de interés deduciendo comisiones y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886gastos. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vistab) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en Realizar el pago del cien por ciento (100%) del importe a pagar correspondiente al último Estado de los meses de planes de tratamiento contratadosCuenta. Conforme Los pagos a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato refieren los numerales 6.1, 6.2 y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente6.3 precedentes, serán acumulativos y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesno excluyentes.
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Samples: Contrato De Tarjeta De Crédito
PAGO. SENDA pagará al prestador El desempeño del Proveedor conforme a este Acuerdo no se considerará completo ni se realizará un pago hasta que el Comprador reciba todas las Mercaderías especificadas en las cantidades ordenadas y todos los meses otros documentos correctamente completados, incluso las certificaciones requeridas, dibujos y conocimientos de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgadoembargo. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para El Comprador puede retener el pago, cuando se sin la pérdida de su derecho a un descuento, hasta que el Proveedor cumpla con el registro mensual todos los requisitos que se establecen en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicadapresente. El pago a la entidad vencerá dentro del período de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDAtiempo establecido en este Pedido o, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que si no se encuentren debidamente extendidasestablece, reclamando en contra del contenido entonces 60 días después de recibir y aceptar las Mercaderías y el recibo de la factura dentro del plazo Proveedor. Todos los impuestos y derechos que surgen como consecuencia del desempeño del negocio del Proveedor o la venta de 8 días corridoslas Mercaderías o la importación de las Mercaderías o sus componentes, antes de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983entrega al Comprador, los que no sean expresamente responsabilidad del Comprador, son responsabilidad del Proveedor. El respectivo depósito Comprador no será responsable de dichos impuestos o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) derechos o valores que señale sean o puedan ser pagaderos, y el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención Proveedor deberá defender, indemnizar y Rehabilitación del Consumo liberar al Comprador en caso de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados falta de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho Proveedor. Los términos impuestos y derechos se refieren a dar todas las tasas o cargos impuestos, aplicados o gravados por terminado el respectivo contratocualquier autoridad gubernamental u otra autoridad e incluyen, pudiendo llamarse entre otros, impuesto a una nueva licitación en la cual éste no podrá participarpropiedad, impuesto a la venta y uso, regalías, impuesto al valor agregado y especiales u otros cargos de naturaleza similar, tarifas aduaneras y otros derechos, tasas portuarias, sobrestadía, muellaje, practicaje, estiba, tarifas de agentes de aduanas y otros cargos y tarifas similares. Adicionalmente, el contratista deberá, durante Las disposiciones de este Artículo continuarán después de la ejecución del contrato, informar el monto y estado finalización de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesAcuerdo.
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Samples: Términos Y Condiciones De Compra
PAGO. SENDA pagará El préstamo deberá ser devuelto por la PARTE PRESTATARIA mediante el pago de un total de [NÚMERO] cuotas [PERIODICIDAD CUOTAS] consecutivas, con vencimiento los días [DÍA] de cada mes(o el día previo más cercano en el caso de que un mes tuviera menos días),debiendo hacer frente al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio pago de la descripción realizada primera cuota al [PERIODICIDAD CUOTAS]de la formalización de la subrogación, o, si éstase hubiera formalizado en estas basesun día distinto al día [DÍA]del mes, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto el día [DÍA]posterior más próximo. La PARTE PRESTATARIAopta como fecha de cargo de las cuotaslos días [DÍA] de cada mes. Con motivo de ello, por los días que medien desde la formalización de esta escriturahasta el día [DÍA]inmediatamente posterior,este préstamo únicamente devengará intereses, procediéndose en la referida fecha al cargo de la liquidación de éstos. A partir de dicha fecha, las cuotas a los servicios requeridossatisfacer, que serán de la periodicidad antes indicada, se entenderá por mes compondrán de plan capital e intereses. El importe inicial de tratamiento y rehabilitación válido para pagocada cuota [PERIODICIDAD CUOTAS]comprensiva de capital e intereses es de [IMPORTE EN LETRA] EUROS ([IMPORTE EN NÚMERO] €), cuando se cumpla con durante el registro mensual en primer [PERIODICIDAD REVISIÓN TIPO] desde la formalización delapresente escritura. Transcurrido dicho plazo, el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) importe de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan cuotas [PERIODICIDAD CUOTAS] VARIARÁ a lo largo de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo vida xxx xxxxxxxx, siendo su importe revisado con una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a periodicidad [PERIODICIDADREVISIÓN TIPO]de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 19.983estipulación Cuarta de estas Condiciones Particulares, así como de las bonificaciones que en ella pudieran haberse pactado y que, en su caso, corresponda aplicar en cada momento. El respectivo depósito o transferencia importe de las cuotas a satisfacer (comprensivas de capital e intereses), vendrá determinado por la siguiente fórmula: A = C x [I x (1 + I)^N] / [(1+I)^N – 1] A = Cuota C = Crédito concedido I = Tipo de interés del periodo a plazo en tanto por uno N = Número de plazos pendientes La PARTE PRESTATARIA ha sido informada de que el importe de las cuotas [PERIODICIDAD CUOTAS] que se realizará directamente compromete a pagar está sujeto a variación, y que dicha variación puede ser tanto al alza, como a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestadorbaja. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 Los pagos de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA cuotas se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación realizarán mediante recibo domiciliado en la cual éste no podrá participar. Adicionalmentecuenta nº TIPO CONDICIÓN PARTICULAR TITULO DURACIÓN Y PAGO XXX XXXXXXXX COMENTARIOS Sin carencia, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado cuotas fecha de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientes.firma
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PAGO. SENDA pagará El/los pago/s al prestador proveedor por los meses de planes de tratamiento y rehabilitación bienes adquiridos o servicios contratados por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDAlicitante, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, deberá efectuarse por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará ésta dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para corridos siguientes a la Prevención y Rehabilitación recepción de la factura o del Consumo respectivo instrumento tributario de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas basescobro. Con todo, SENDA para proceder al pago se reserva el derecho requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señaladosbienes y/o servicios adquiridos por aquella. En el caso que el contratista, al momento Si la prestación del servicio de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados arriendo presenta algún fallo en los últimos dos añosacuerdos anteriormente señalados por parte del adjudicatario, se obligará al adjudicatario a pagar una multa de incumplimiento equivalente a 0.1 por ciento del monto total del contrato por cada día de atraso en los primeros servicios individualizados en el presente documento. Las multas no podrán sobrepasar el 10% del valor total del contrato. El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago producto más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del contrato licitado deberán ser destinados cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al pago número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de dichas obligacionesla entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, debiendo a fin de hacer efectiva la empresa acreditar responsabilidad del contratante incumplidor Si la contraparte técnica de la Subsecretaría considera que existe mérito suficiente para la totalidad aplicación de una multa de acuerdo con lo indicado en la cláusula Efectos derivados de incumplimientos del proveedor de las obligaciones presentes bases, se encuentran liquidadas comunicará por escrito su decisión al cumplirse la mitad del período contratista, indicando los fundamentos y monto de ejecución original del contrato, con un máximo de seis mesesesta. El Servicio Nacional contratista dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación, para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el efectuar sus descargos. La notificación al contratista proceda podrá efectuarse, a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento elección de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientes.Subsecretaría:
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Samples: Bases De Licitación
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses El Estado de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio cuenta indicará la fecha en que se debe efectuar el pago de la descripción realizada obligación. El Titular podrá pagar, la totalidad de las sumas que resulten de la utilización de las Tarjetas de Crédito emitidas en estas basesvirtud del presente contrato (Titular y Adicionales), más los intereses y particularmente otros cargos, si los hubiere, lo cual se indicarán en sus documentos Anexos Técnicos respecto el respectivo estado de cuentas, o bien efectuar un pago mínimo equivalente que establezca el Banco o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a los servicios requeridoselección del Titular, refinanciándose el saldo con cargo al monto disponible que exista en la Línea de Crédito. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a gastos y a intereses de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto; en caso contrario, se entenderá por mes que el pago debe efectuarse al contado. La no recepción del Estado de plan Cuenta no libera al Titular de tratamiento y rehabilitación válido para pagosu obligación de pago oportuno, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago conforme a la entidad cláusula precedente. La falta de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente pago en tiempo y se hará efectivo sólo una vez que SENDAforma, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a conforme lo establecido en ésta cláusula, hará incurrir automáticamente en xxxx al Titular y a sus usuarios adicionales, sin necesidad de interpretación judicial o extrajudicial alguna, produciéndose la Ley Nº 19.983caducidad de todos los plazos no vencidos, sin perjuicio de los reclamos pertinentes. El respectivo depósito importe total de los saldos deudores más los intereses financieros, moratorios y punitorios, impuestos y gastos colaterales, serán exigibles judicialmente por la vía ejecutiva. Cualquier dinero, titulo o transferencia se realizará directamente crédito, saldo y/o valores que tuviere el Titular en el Banco, tanto en moneda nacional como extranjera, podrán ser aplicados por el Banco a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta amortización parcial o total de importe adeudado. A tal efecto, el Titular autoriza expresamente al Banco a la vista) que señale efectuar el prestador. El Servicio Nacional débito corres- pondiente para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses su deuda y, en caso de planes no tener suficientes fondos disponibles, sirve el presente como solicitud y autorización expresa de tratamiento contratadossobregiro. Conforme a este procesoEn casos de gastos efectuados mediante la Tarjeta utilizada en el extranjero, el Servicio Nacional reintegro de los mismos al Banco por gastos efectuados no será menor a la suma necesaria de moneda nacional para adquirir en Paraguay o el país de origen de los gastos, la Prevención y Rehabilitación moneda para cancelarlos. El Banco no asumirá el riesgo de cambio ni los costos emergentes del Consumo pago de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado gastos en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignadosextranjero. Estos se liquidarán en el estado de cuenta en moneda nacional. Si la compra se efectúa en el exterior, pero bajo el máximo asignado acumulado al período Banco tiene la opción de ajuste correspondientecobrar la operación en la moneda de origen, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En y para el caso que el contratistaBanco opte por el cobro en moneda nacional, la conversión se efectuará de acuerdo al tipo de cambio vigente en el mercado libre fluctuante en el momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo que la transacción es registrada por la empresa acreditar que Procesadora para su aprobación e intercambio. A toda operación realizada en moneda extranjera, se adicionará el porcentaje del 1% (o el establecido en el futuro) del monto de la totalidad misma, en concepto de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse comisión por conversión de moneda, cobrada por la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis mesesProcesadora. El Servicio Nacional para importe de los saldos deudores impagos, a más de sus intereses moratorios y punitorios, todos los gastos, comisiones e impuestos devengados por cualquier concepto, podrán ser requeridos por la Prevención vía judicial y Rehabilitación mediante el proceso ejecutivo tanto al Titular como a los Usuarios adicionales en calidad de codeudores, así como a los codeudores que no sean usuarios. Al efecto se acompañará con este contrato –solicitud- el duplicado del Consumo último extracto de Drogas y Alcohol exigirá cuentas dirigido al Titular, que solo podrá ser desvirtuado por el contratista proceda original cuya constancia queda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo cargo del Titular retener conforme al procedimiento previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientespresente acuerdo.
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Samples: Contrato Bancario Único
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado1. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas basesA menos que se acuerde lo contrario, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento pago debe hacerse neto (SISTRATsin deducción) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientesde la fecha de la factura mediante transferencia bancaria sin cargo para nosotros.
2. Sin perjuicio La fecha de pago es la fecha en la que recibimos el Servicio Nacional para dinero o de la Prevención y Rehabilitación acreditación en nuestra cuenta. Se considera que se ha efectuado un pago solo cuando podemos disponer del Consumo de Drogas y Alcoholimporte.
3. Como alternativa, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado entrega también podrá ser condicionada al pago en el número 1.5 momento de las basesla entrega o a un pago por adelantado.
4. A los efectos del pago, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso solo aceptamos letras de ajuste cambio descontables si así se acuerda. Las acreditaciones mediante letras de cambio y cheques estarán sujetas a la recepción previa deducción de cualquier gasto con fecha-valor del día en que podamos disponer del contravalor.
5. En caso de retraso en el pago, se aplica la normativa legal. No se otorgarán los descuentos eventualmente acordados si el comprador está atrasado en el pago de entregas anteriores.
6. Nuestros reclamos se hacen inmediatamente exigibles si no se cumplen las condiciones de pago o si se conocen hechos que permitan inferir que nuestro derecho al precio de venta está en peligro debido a falta de capacidad del comprador. En este último caso, tenemos derecho a condicionar las demás entregas a un pago contra entrega o a la provisión de las garantías correspondientes.
7. Si el comprador está en incumplimiento de pago, tenemos derecho a recuperar la mercancía después de una advertencia previa, y eventualmente a ingresar al negocio del comprador y retirar la mercancía. La devolución o la retirada no es una rescisión del contrato. En cualquier caso podemos prohibir la eliminación de los meses productos entregados por el comprador.
8. En los casos de planes la cláusula V, Nº 6 y 7, podemos revocar la autorización para el cobro de tratamiento contratadosconformidad con la cláusula VIII, Nº 8 y exigir el pago contra entrega de las entregas pendientes. Conforme a este procesoSin embargo, el Servicio Nacional comprador puede evitar estas consecuencias legales, así como las mencionadas en la cláusula VIII, Nº 8, proporcionando una garantía por el monto de la reclamación de pago en peligro.
9. Se excluye la negativa a pagar o la retención del pago si el comprador conocía el defecto u otro motivo de queja al celebrar el contrato. Esto también se aplica si este le era desconocido como resultado de negligencia grave, a menos que hayamos ocultado fraudulentamente el defecto o cualquier otro motivo de queja o proporcionado una garantía para la Prevención y Rehabilitación calidad del Consumo objeto. Por cierto, el pago puede ser retenido debido a defectos u otras quejas solo en una medida razonable. En caso de Drogas y Alcoholdisputa, SENDA, pagará al adjudicatario los meses decidirá el monto un experto designado por la Cámara de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado Comercio e Industria en el correspondiente período domicilio social del comprador. Este también debe decidir ex aequo et bono sobre la distribución de los costos de su intervención.
10. Una compensación solo es posible con reclamos reconocidos por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones nosotros o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondienteslegalmente establecidos.
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Samples: General Terms and Conditions
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses Los pagos correspondientes a la Tarjeta, se deben realizar en efectivo, en cualquier Agencia de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio EL BANCO, Agencias de la descripción realizada en estas basesRed Unicard y/o transferencias interbancarias, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, cuya información se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual encuentra en el Sistema reverso del Estado de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes BasesCuenta, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, o a través de nuestra Banca por Teléfono y/o Red de Agencias de EL BANCO, cuya información de su ubicación se encuentra en la Dirección Nacional página web de EL BANCO. Los pagos se deben realizar a más tardar en la fecha de vencimiento establecida en el Estado de Cuenta, y serán efectivamente computados a fecha de la transacción hasta dentro de las 48 horas posteriores a su realización. Cualquier pago realizado por EL CLIENTE será imputado en el siguiente orden o Regionalprelación: penalidad por pago posterior a la fecha de vencimiento, según correspondacomisiones, intereses y capital.
6.1. Respecto de los importes de las transacciones que EL CLIENTE hubiese fraccionado para su pago en cuotas mensuales, mediante el uso de los medios y/o alternativas que el Establecimiento Afiliado hubiese puesto a disposición de EL CLIENTE, este último deberá pagar a EL BANCO el importe de la cuota correspondiente que haya recibido sido consignado en el Estado de Cuenta.
6.2. Respecto de los importes que EL CLIENTE hubiese dispuesto de las líneas de crédito paralelas a que se refiere el numeral (iii) de la cláusula tercera, EL CLIENTE deberá pagar a EL BANCO el importe de la cuota correspondiente que haya sido consignado en el Estado de Cuenta.
6.3. Respecto de los importes que EL CLIENTE hubiese dispuesto en efectivo; deberá pagar a EL BANCO el importe de la cuota correspondiente que haya sido consignado en el Estado de Cuenta. Respecto de todas las transacciones que se hubiesen cargado a la Tarjeta, EL CLIENTE alternativamente, podrá: a) Realizar pagos parciales por importes que no deberán ser inferiores al monto mínimo establecido en el Estado de Cuenta; con la respectiva factura reducción de interés deduciendo comisiones y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886gastos. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vistab) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en Realizar el pago del cien por ciento (100%) del importe a pagar correspondiente al último Estado de los meses de planes de tratamiento contratadosCuenta. Conforme Los pagos a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato refieren los numerales 6.1, 6.2 y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente6.3 precedentes, serán acumulativos y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesno excluyentes.
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Samples: Contrato De Tarjeta De Crédito
PAGO. SENDA pagará al prestador Los primeros [NÚMERO] [MESES, DÍAS…] como máximo, serán de CARENCIA y durante los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de cuales la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto PARTE PRESTATARIA sólo se obliga a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en realizar el pago de los meses intereses devengados con periodicidad [MENSUAL, TRIMESTRAL…] Dicho periodo máximo de planes carencia podrá finalizar en cualquier momento, a solicitud de tratamiento contratadosla PARTE PRESTATARIA. Conforme a este procesoTrascurrido el período de carencia inicial, el Servicio Nacional para préstamo deberá ser devuelto por la Prevención y Rehabilitación del Consumo PARTE PRESTATARIA mediante el pago de Drogas y Alcoholun total de [NÚMERO] cuotas [MENSUALES, SENDATRIMESTRALES…] consecutivas, pagará con vencimiento igual al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado día [INDICAR FECHA] (o el día previo más cercano en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignadoscaso de que un mes tuviera menos días), pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados debiendo hacer frente al pago de dichas obligacionesla primera cuota al [MES, debiendo DÍA…] de la empresa acreditar que la totalidad FINALIZACIÓN DE LA CARENCIA. Una vez transcurrido el período de carencia, el importe de las obligaciones cuotas [MENSUALES, TRIMESTRALES…(PERIODICIDAD)]que pasarán a comprender tanto capital como intereses, será de [IMPORTE CUOTAS EN PERIODO DE AMORTIZACIÓN] EUROS Los importes de las cuotas antes indicados se encuentran liquidadas entienden sin perjuicio de que, en caso de haberse pactado en este contrato bonificaciones al cumplirse tipo de interés asociadas a productos combinados, y proceder la mitad del período aplicación de ejecución original del contratoéstas, con un máximo el importe de seis meseslas cuotas pueda verse reducido. El Servicio Nacional para importe de las cuotas a satisfacer (comprensivas de capital e intereses), vendrá determinado por la Prevención y Rehabilitación siguiente fórmula: A = C x [I x (1 + I)^N] / [(1+I)^N – 1] A = Cuota C = Crédito concedido I = Tipo de interés del Consumo periodo a plazo en tanto por uno N = Número de Drogas y Alcohol exigirá plazos pendientes La PARTE PRESTATARIA, ha sido informada de que el contratista proceda importe de las cuotas [PERIODICIDAD CUOTAS] que se comprometen a dichos pagar está sujeto a variación, y que dicha variación puede ser tanto al alza, como a la baja. Los pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación las cuotas se realizarán mediante recibo domiciliado en la cual éste no podrá participarcuenta nº TIPO CONDICIÓN PARTICULAR TITULO DURACIÓN Y PAGO XXX XXXXXXXX INTERVINIENTES INDIFERENTE COMENTARIOS Con carencia, cuotas fecha de firma. Adicionalmente, el contratista deberá, durante Si tras la ejecución del contrato, informar el monto y estado novación se mantiene o se introduce un periodo de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientes.carencia
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Samples: Escritura De Novación De Préstamo Hipotecario, a Tipo Fijo
PAGO. SENDA pagará al prestador El CLIENTE tiene derecho a la elección del medio de pago entre los meses comúnmente utilizados en el tráfico comercial. No obstante, lo anterior, si el método de planes de tratamiento y rehabilitación pago elegido por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio el CLIENTE es distinto del de la descripción realizada domiciliación bancaria, COMUNITELIA podrá repercutir en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a el precio total de los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido contratados un coste fijo añadido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicadacompensar esa gestión particular. El pago se exigirá normalmente mediante la domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria que el CLIENTE haya designado, comprometiéndose a mantener siempre saldo suficiente en dicha cuenta para atender el pago de las cantidades debidas a COMUNITELIA. El pago deberá efectuarse en el momento en el que la entidad de crédito en el que el mismo se encuentre domiciliado, reciba el cargo de COMUNITELIA, el cual se producirá dentro de los quince (15) días siguientes a la emisión de la factura. Las facturas no abonadas en las fechas previstas por causas no imputables a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente crédito, devengarán interés legal y se hará efectivo sólo una vez que SENDAtendrán la consideración, a través todos los efectos legales, de deuda impagada, cierta, vencida, líquida y exigible. En caso de impago, el CLIENTE, vendrá obligado al pago del cargo no atendido incrementado en el interés legal del dinero más un dos por ciento, así como los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, sin perjuicio de las demás consecuencias encaminadas a la obtención del cobro total no realizado. En caso de devolución de recibo, el coste mínimo repercutible al CLIENTE será de 7€. Si a los 20 días de la Dirección Nacional o Regionalfecha de factura impagada, según correspondael CLIENTE no ha satisfecha el servicio, haya recibido la respectiva factura y su documentación implicará unos gastos de respaldo, demora de 10€. COMUNITELIA podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas CLIENTE con cargo a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol depósitos constituidos o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u cualquier otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados garantía prestada por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesCLIENTE.
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PAGO. SENDA pagará al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en Para el pago de los meses INSTRUMENTOSa cargo de planes LA EMPRESA a favor de tratamiento contratados. Conforme a este procesoLA FINANCIERA, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo será de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señaladosaplicación lo siguiente:
6.1. En el caso de la adquisición de los INSTRUMENTOS, LA FINANCIERA, o quien se haya determinado en el Contrato de Factoring respectivo, comunicará a la EMPRESA las operaciones de factoring que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social se lleven a cabo con sus actuales trabajadores Proveedores respecto de uno o con trabajadores contratados varios INSTRUMENTOS. Dicha comunicación podrá realizarse indistintamente mediante carta simple, correo electrónico o facsímil. Página 4 de 9 AFFACD-101.0
6.2. El pago se efectuará en la misma moneda señalada en los últimos dos añosINSTRUMENTOS adquiridos por la FINANCIERA.
6.3. El lugar de pago será en cualquiera de las cuentas que señaleLA FINANCIERA o cualquier otro medio que ésta decida y comunique a la EMPRESA. En caso el pago se efectúe a través de una entidad bancaria, LA EMPRESA deberá remitir el mismo día de efectuado el pago, el detalle del instrumento cancelado y copia de la constancia o voucher o comprobante que lo acredita.
6.4. El pago deberá ser efectuado el mismo día originalmente acordado entre la EMPRESA y el Proveedor, fecha desde la cual dicho pago será exigible. En el caso de que la EMPRESA no cumpla con realizar el pago en esta fecha, LA FINANCIERA se encontrará facultada a aplicar los intereses compensatorios correspondientes a la tasa más alta prevista en el tarifario de la FINANCIERA para sus operaciones de Factoring u operaciones activas similares. Asimismo, LA EMPRESA incurrirá en xxxx automática, sin que sea necesario hacer la intimación a que hace referencia el artículo 1333 del Código Civil. Salvo decisión distinta y por escrito de la FINANCIERA, se devengarán a partir del vencimiento, de manera diariay hasta la fecha en que se realice el pago total del monto adeudado, los primeros estados intereses moratorios a la tasa más alta prevista en el tarifario vigente de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago LA FINANCIERA para las operaciones de dichas obligacionesFactoring u operaciones activas similares.
6.5. Retención y compensación.-Sin perjuicio de lo antes señalado en esta cláusula, debiendo la empresa acreditar EMPRESA acepta de manera expresa e irrevocable que LA FINANCIERA podrá cobrarse total o parcialmente cualquier importe debido por la primera en razón de las operaciones de factoring realizadas en virtud de este Contrato Marco - incluidos los intereses, comisiones, gastos y demás cargos aplicables-, directa y automáticamente de los montos y/o valores y/o bienes y/o depósitos que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse EMPRESA mantenga en la mitad del período de ejecución original del contratoFINANCIERA o que LA FINANCIERA tenga en su poder o llegue a tener, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda estén destinados a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento ser entregados a y/o sean de la obligación EMPRESA, sin necesidad de previo aviso o requerimiento alguno, constituyendo el presente documento una instrucción formal al respecto. La aplicación de la compensación será informada en cada oportunidad a la EMPRESA junto con el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento detalle de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación liquidación correspondiente. Con todoAsimismo, en tanto la EMPRESA esté incursa en algún Evento de Incumplimiento, LA FINANCIERA se encuentra también autorizada a retener la entrega o transferencia de los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesmontos y/o bienes y/o valores y/o depósitos antes señalados.
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Samples: Contrato De Factoring
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio A menos que se acuerde lo contrario en la Propuesta, el Cliente deberá pagar las facturas de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará Compañía dentro de los 30 días siguientesde la fecha de factura. Sin perjuicio que La Compañía podrá facturar al Cliente por todo el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcoholequipo o material suministrado, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado ya sea entregado en el número 1.5 lugar de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso instalación o una instalación de ajuste en almacenamiento fuera del sitio y de todo el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente trabajo realizado en el correspondiente sitio o fuera del sitio. No habrá retención en ninguno de los pagos, salvo lo expresamente acordado por escrito por la Compañía, en cuyo caso la retención se realizará en términos de lo acordado, y será liberada a más tardar en la fecha de aceptación substancial de la Obra. En ningún caso, habrá retención por los equipos incluidos en la Obra. Si el pago no se recibe según acordado, la Compañía podrá suspender los trabajos y el tiempo de ejecución se extenderá por un período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo razonable de tiempo no menor que el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondientesuspensión. El Cliente se hará responsable a la Compañía por todos los costos razonables causados por el paro, espera y de conformidad al 1.5 puesta en marcha como consecuencia de estas basesla suspensión. Con todo, SENDA La Compañía se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos agregar a cualquier cuenta pendiente de pago por más de 30 días un cargo de servicio. El Cliente deberá pagar todos los anteriormente señaladosgastos (incluyendo honorarios de abogados) incurridos por la Compañía para tratar de cobrar las cantidades adeudadas y de otro modo hacer cumplir estos términos y condiciones. En el caso Si se solicita, la Compañía proporcionará exenciones de gravamen correspondientes a la recepción del pago. El Cliente acepta que, a menos que el contratistaCliente efectúe el pago por adelantado, al momento la Compañía tendrá, en la medida permitida por las disposiciones legales locales, un gravamen por el monto del precio de contratar registre saldos insolutos compra de remuneraciones o cotizaciones todos los equipos de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al la Compañía para garantizar el pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse los montos pendientes de pago a la mitad del período Compañía, asimismo, su orden de ejecución original del contratocompra para los equipos, junto con un máximo estos términos y condiciones, constituyen una garantía de seis mesespago en favor de la Compañía. El Servicio Nacional para la Prevención Cliente deberá mantener el equipo libre de todos los impuestos y Rehabilitación del Consumo gravámenes, no retirar el equipo a partir de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento su punto de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientes.instalación
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Samples: Instalación
PAGO. SENDA pagará al prestador Los primeros [NÚMERO] [MESES, DÍAS…] como máximo, serán de CARENCIA y durante los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de cuales la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto PARTE PRESTATARIA sólo se obliga a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en realizar el pago de los meses intereses devengados con periodicidad [MENSUAL, TRIMESTRAL…] Dicho periodo máximo de planes carencia podrá finalizar en cualquier momento, a solicitud de tratamiento contratadosla PARTE PRESTATARIA. Conforme a este procesoTrascurrido el período de carencia inicial, el Servicio Nacional para préstamo deberá ser devuelto por la Prevención y Rehabilitación del Consumo PARTE PRESTATARIA mediante el pago de Drogas y Alcoholun total de [NÚMERO] cuotas [MENSUALES, SENDATRIMESTRALES…] consecutivas, pagará con vencimiento igual al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado día xx xxx (o el día previo más cercano en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignadoscaso de que un mes tuviera menos días), pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados debiendo hacer frente al pago de dichas obligacionesla primera cuota al [MES, debiendo DÍA…] de la empresa acreditar que la totalidad FINALIZACIÓN DE LA CARENCIA. Una vez transcurrido el período de carencia, el importe de las obligaciones cuotas [MENSUALES, TRIMESTRALES…(PERIODICIDAD)]que pasarán a comprender tanto capital como intereses, será de [IMPORTE CUOTAS EN PERIODO DE AMORTIZACIÓN] EUROS Los importes de las cuotas antes indicados se encuentran liquidadas entienden sin perjuicio de que, en caso de haberse pactado en este contrato bonificaciones al cumplirse tipo de interés asociadas a productos combinados, y proceder la mitad del período aplicación de ejecución original del contratoéstas, con un máximo el importe de seis meseslas cuotas pueda verse reducido. El Servicio Nacional para importe de las cuotas a satisfacer (comprensivas de capital e intereses), vendrá determinado por la Prevención y Rehabilitación siguiente fórmula: A = C x [I x (1 + I)^N] / [(1+I)^N – 1] A = Cuota C = Crédito concedido I = Tipo de interés del Consumo periodo a plazo en tanto por uno N = Número de Drogas y Alcohol exigirá plazos pendientes La PARTE PRESTATARIA, ha sido informada de que el contratista proceda importe de las cuotas [PERIODICIDAD CUOTAS] que se comprometen a dichos pagar está sujeto a variación, y que dicha variación puede ser tanto al alza, como a la baja. Los pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación las cuotas se realizarán mediante recibo domiciliado en la cual éste no podrá participarcuenta nº TIPO CONDICIÓN PARTICULAR TITULO AMORTIZACIÓN ANTICIPADA INTERVINIENTES TODOS COMENTARIOS Amortización anticipada. Adicionalmente, Cuando el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez préstamo que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte nova se formalizó antes del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientes16/06/2019.
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Samples: Escritura De Novación De Préstamo Hipotecario, a Tipo Fijo
PAGO. SENDA pagará I. El proveedor que resulte adjudicado deberá facturar los bienes a nombre del Organismo, debiendo cumplir con los requisitos fiscales establecidos por la legislación en la materia, con el Impuesto al prestador Valor Agregado desglosado y especificando con exactitud la cantidad de los meses bines con su precio unitario únicamente con dos decimales, en apego a lo establecido en el contrato o pedido respectivo.
II. Para el caso de planes bienes, el proveedor tendrá la obligación de tratamiento solicitar una cita con el almacén respectivo del Organismo y rehabilitación acudir en la fecha y hora establecida por mes el almacén correspondiente con la impresión de plan su factura, y a la cita deberá acudir el responsable del “ÁREA REQUIRENTE”, para que el proveedor esté en condiciones de tratamiento realizar la entrega de los objetos adquiridos. El responsable xxx xxxxxxx respectivo plasmará su nombre, firma y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio sello en la factura como comprobante de la descripción realizada recepción de los objetos recibidos; el responsable del “ÁREA REQUIRENTE”, misma que se señala en estas bases, plasmará su nombre y particularmente firma en sus documentos Anexos Técnicos respecto a la factura para validar que los servicios requeridosobjetos recibidos cumplen con las características, se entenderá por mes de plan de tratamiento requisitos y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual especificaciones solicitadas en el Sistema Anexo 1 (Carta de Gestión Requerimientos Técnicos). *Cuando se trate de Tratamiento (SISTRAT) instrumental y equipo médico, el Organismo deberá designar a un ingeniero biomédico, para verificar las características de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Baseslos objetos, y que correspondan al tipo de plan en este caso el ingeniero biomédico designado, plasmará su nombre y firma en la factura como comprobante de la línea verificación física del instrumental y equipo médico recibido. **Cuando se trate de servicio adjudicada. El pago software o hardware (equipo informático), el Organismo deberá designar a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través persona de la Dirección Nacional de Tecnologías de la Información del Organismo, para verificar las características del software o Regionalhardware, y en este caso la persona designada, plasmará su nombre y firma en la factura como comprobante de la verificación de lo recibido. Para el caso de servicios, el proveedor tendrá la obligación de solicitar una cita con el responsable del “ÁREA REQUIRENTE” y acudir en la fecha y hora establecida por el área correspondiente con la impresión de su factura y el soporte documental que acredite la prestación del servicio. El responsable del “ÁREA REQUIRENTE”, misma que se señala en estas bases, plasmará su nombre y firma en la factura y en cada hoja del soporte documental, para validar que los servicios recibidos cumplen con las características, requisitos y especificaciones solicitadas en el Anexo 1 (Carta de Requerimientos Técnicos), además solicitará al mismo el oficio de entera satisfacción.
III. Después de conseguir la o las firmas respectivas en la(s) factura(s), el proveedor tendrá la obligación de solicitar una cita con el director inmediato superior del “ÁREA REQUIRENTE” y acudir en la fecha y hora establecida por el área correspondiente con la impresión de su factura, y con el soporte documental cuando se trate de servicios. El director inmediato superior del “ÁREA REQUIRENTE”, misma que se señala en estas bases, plasmará su nombre y firma en la factura, y en el soporte documental cuando se trate de servicios, como visto bueno para acreditar que el o los bienes o servicio(s) recibidos cumplen a entera satisfacción con las características, requisitos y especificaciones solicitadas en el Anexo 1 (Carta de Requerimientos Técnicos).
IV. Una vez que el proveedor tenga firmada la factura, y el soporte documental cuando se trate de servicios, el mismo tendrá la obligación de entregar dichos documentos al responsable del “ÁREA REQUIRENTE”, acompañados de impresión del XML de dicha factura, formato de verificación de comprobante fiscal, PDF y XML en formato electrónico generado por el SAT en USB, copia de la asignación presupuestal del proceso, copia del pedido y/o caratula del contrato respectivo, original de la entrada xx xxxxxxx, incorporación patrimonial u hoja de consumo duradero(cuando sea el caso y según corresponda), haya recibido copia del estado de cuenta en el que se puedan apreciar con claridad los datos bancarios del proveedor y copia de la respectiva garantía de cumplimiento de obligaciones (cuando sea el caso).
V. El “ÁREA REQUIRENTE” entregará toda la documentación señalada en el punto anterior anexando el formato denominado “solicitud para la glosa y trámite de pago”.
VI. Las áreas de la Dirección de Recursos Financieros del Organismo procesarán el expediente (factura y su documentación soporte documental) y le darán trámite de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuropago.
VII. El Servicio Nacional para la Prevención Organismo efectuará el pago total o parcial en moneda nacional y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguienteshábiles siguientes a la correcta presentación del expediente en el área de glosa del Organismo. Sin perjuicio El pago se realizará mediante transferencia vía electrónica, a la cuenta bancaria que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente proveedor adjudicado proporcione al Organismo por escrito. De ser el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondientecaso, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a acuerdo con los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención artículos 76 y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento 77 de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. FinalmenteJalisco, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo tengan que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte efectuar con cargo a ejercicios presupuestales futuros, estarán sujetos a la aprobación del contratista de las facturas presupuesto correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientes.
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Samples: Licitación Pública Nacional
PAGO. SENDA pagará El préstamo deberá ser devuelto por la PARTE PRESTATARIA mediante el pago de un total de [NÚMERO] cuotas [PERIODICIDAD CUOTAS] consecutivas, con vencimiento los días [DÍA] del mes(o el día previo más cercano en el caso de que un mes tuviera menos días), debiendo hacer frente al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio pago de la descripción realizada primera cuota al [PERIODICIDAD CUOTAS]de la formalización de la presente escritura, o, si ésta se hubiera formalizado en estas basesun día distinto al día [DÍA]del mes, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema día [DÍA] posterior más próximo. Las cuotas a satisfacer se compondrán de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en capital e intereses. No obstante, los primeros[NÚMERO][MESES]a contar desde el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago día [DÍA] siguiente a la entidad fecha de las prestaciones contratadas formalización deésta escritura, como máximo, serán de CARENCIA, durante los cuales la PARTE PRESTATARIA sólo se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, obliga a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en realizar el pago de los meses intereses devengados. El importe de planes las cuotas [PERIODICIDAD CUOTAS] a satisfacer, en concepto de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado intereses en el correspondiente período referido periodo de carencia, asciende a la cantidad de [IMPORTE CUOTA] EUROS. Dicho periodo máximo de carencia podrá finalizar, en cualquier momento, a solicitud de la PARTE PRESTATARIA. El importe de las cuotas [PERIODICIDAD CUOTAS]VARIARÁ a lo largo de la vida xxx xxxxxxxx, siendo su importe revisado con una periodicidad [PERIODICIDAD REVISIÓN TIPO DE INTERÉS] en función de las revisiones de tipo de interés acordadas en la presente escritura, así como de las bonificaciones que en ella pudieran haberse pactado y que, en su caso, corresponda aplicar en cada momento. El importe de las cuotas a satisfacer (comprensivas de capital e intereses), vendrá determinado por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período la siguiente fórmula: A = C x [I x (1 + I)^N] / [(1+I)^N – 1] A = Cuota C = Crédito concedido I = Tipo de ajuste correspondiente, interés del periodo a plazo en tanto por uno N = Número de conformidad al 1.5 plazos pendientes La PARTE PRESTATARIA ha sido informada de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad importe de las obligaciones cuotas [PERIODICIDAD DE LAS CUOTAS] que se encuentran liquidadas compromete a pagar está sujeto a variación, y que dicha variación puede ser tanto al cumplirse alza, como a la mitad del período baja. Los pagos de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación las cuotas se realizarán mediante recibo domiciliado en la cual éste no podrá participar. Adicionalmentecuenta nº TIPO CONDICIÓN PARTICULAR TITULO DURACIÓN Y PAGO XXX XXXXXXXX COMENTARIOS Con carencia, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado cuotas fecha de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientes.firma
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PAGO. SENDA pagará al prestador Una vez determinados los meses Ahorros Efectivos con la periodicidad indicada precedentemente y por tanto el monto que deba ser pagado a la ESCO de planes conformidad con la cláusula anterior, ésta facturará a la Beneficiaria la suma correspondiente por concepto de tratamiento y rehabilitación por mes servicios prestados (o venta de plan equipos según corresponda) a la Beneficiaria. La Beneficiaria tendrá un plazo de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio [ ● ] días corridos contados desde la recepción de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido referida factura para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago pagar a la entidad ESCO los montos correspondientes. En caso de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste retraso en el pago de una factura, se devengará un interés de un [ ● ] % acordado entre las partes. Los pagos que deba efectuar la Beneficiaria se realizarán mediante un depósito en la siguiente cuenta corriente: Banco [ ● ] Cuenta Nro. [ ● ]14. Para garantizar todas las obligaciones que emanan del presente instrumento, y en especial la obligación de la Beneficiaria de pagar los meses Servicios a la ESCO, por este acto la Beneficiaria entrega a la ESCO en garantía (la “Garantía”) un [indicar instrumento de planes garantía, glosa, monto y plazo15.. A medida que la Beneficiaria pague los Servicios de tratamiento contratadosla ESCO conforme a lo pactado, la Garantía deberá ser reemplazada por una de menor valor de conformidad a lo siguiente: [ ● ]16. Conforme a este procesoLa ESCO podrá ceder la Garantía al banco, el Servicio Nacional institución financiera o entidad que haya provisto los fondos para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad ejecución de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contratoObras, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento en dicho caso será responsabilidad de la obligación en el plazo previsto ESCO asegurar que se respeten plenamente los acuerdos establecidos en el párrafo anterioranterior en relación al cobro, reemplazo, ejecución y devolución de la Garantía.17 14 Esta cuenta corriente puede ser de la ESCO, o bien una cuenta corriente acordada con la institución financiera que haya provisto a la ESCO los fondos para financiar el Proyecto. El incumplimiento En este último caso, será necesario que la ESCO otorgue en el contrato de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho crédito respectivo un mandato a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado institución financiera para que de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo los montos recibidos deduzca los dividendos o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientescomisiones correspondientes al financiamiento otorgado.
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Samples: Contrato De Desempeño Energético
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses El pago de planes las compras se efectúa mediante tarjeta de tratamiento pago o PayPal. Las tarjetas de pago aceptadas son: Visa, Visa Electrón, MasterCard y rehabilitación American Express. En caso de pago por mes tarjeta, enviaremos una petición de plan débito a tu banco en un plazo de tratamiento 24 horas para cada pedido; el importe no será debitado de tu cuenta hasta obtener la autorización de tu banco. El plazo de débito dependerá de las reglas aplicadas a tu forma de pago (débito inmediato, diferido, etc). En caso de pago por PayPal, el importe de las compras se cargará en la cuenta PayPal inmediatamente. En caso de producirse un rechazo del banco, el pedido será anulado de forma automática y rehabilitación efectivamente otorgadoel socio será informado mediante el envío de un email. Sin perjuicio Por defecto, Xxxxxx guardará, con la colaboración de la descripción realizada en estas basesSocieté Générale y BNP Paribas, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla datos bancarios con el registro mensual en el Sistema fin de Gestión facilitar sus operaciones de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señaladoscompra. En el caso de que Usted prefiera que Xxxxxx no mantenga sus datos bancarios, le rogamos que al registrarse o actualizar sus datos en Xxxxxx NO aporte sus datos bancarios. En este último caso, los datos bancarios le serán solicitados únicamente en el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos realizar la compra pero Xxxxxx no recibirá copia de remuneraciones dichos datos pues éstos serán recibidos únicamente por parte de la entidad bancaria correspondiente que autorice el pago. Será responsabilidad de los socios guardar e imprimir su transferencia bancaria si desean conservar los detalles bancarios y relativos a su transacción. En caso de que se cargue fraudulenta o cotizaciones indebidamente a un socio el importe de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos añosuna compra, los primeros estados el socio podrá exigir la anulación inmediata del cargo mediante el envío de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligacionesun email, debiendo producirse el reintegro del importe indebida o fraudulentamente debitado dentro de los plazos referidos en el párrafo segundo de la empresa acreditar Cláusula 5. No obstante, en caso de que la totalidad compra se haya realizado efectivamente por el socio que exija la anulación del cargo, éste deberá resarcir a Xxxxxx de los daños y perjuicios ocasionados con motivo de dicha anulación. En el marco de su política de lucha contra el fraude y, en su caso, para cumplir con las obligaciones se encuentran liquidadas vigentes disposiciones legales, ventexxxxxx.xxx podrá solicitar al cumplirse la mitad socio informaciones y documentos complementarios a los efectos de finalizar el Pedido. En caso de no regularización del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación pedido en el plazo previsto concedido, ventexxxxxx.xxx podrá verse obligada a anular el Pedido, bloquear el acceso a la cuenta del socio y proceder a la inscripción de ciertos datos, especialmente, los de carácter personal, del socio en un fichero “incidentes de pago”. Para más información, consulte la Política de Confidencialidad y Política de Privacidad. Mediante la aceptación de las presentes Condiciones Generales de Venta, los socios prestan su consentimiento a recibir la factura de forma electrónica en relación a los pedidos realizados por dicho socio. Las facturas referentes a los pedidos realizados por el socio estarán disponibles en el párrafo anteriorapartado “Mi cuenta/Mis pedidos”. El incumplimiento socio podrá revocar el consentimiento a la emisión de estas obligaciones la factura de forma electrónica y optar por parte recibir la factura en papel a través del contratista dará derecho a dar por terminado formulario web que encontrarás aquí: xxxxx://xxx.xxxxxx.xx/xx0/Xxxx/Xxxxxx.xxxx?xxxxxx=x0XxxX+xxxx0x0xxx0xxXx== La página web xx Xxxxxx está protegida con uno de los sistemas de seguridad más fiable que existen actualmente. No sólo ha adoptado el respectivo contratoprotocolo de encriptación SSL, pudiendo llamarse a una nueva licitación en sino que además ha reforzado todos los procedimientos aleatorios y de encriptación con el fin de proteger con la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, mayor eficacia posible todos los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados datos personales vinculados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple medios de pago. Para una información más completa sobre la Ley seguridad de Presupuestos para el Sector Público para la web de ventexxxxxx.xxx y de la seguridad de los años correspondientespagos, ventexxxxxx.xxx le invita a consultar su Política de Confidencialidad y Política de Privacidad.
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PAGO. SENDA pagará EL ACREDITADO se obliga incondicionalmente al prestador pago del crédito convenido en las fechas indicadas en la tabla incluida en el respectivo SUPLEMENTO denominada CONDICIONES GENERALES. EN dicha tabla también será detallado el Impuesto al Valor Agregado que deberá ser adicionado al importe del crédito bajo cada SUPLEMENTO. Las Partes acuerdan que en caso de que la tasa del Impuesto al Valor Agregado llegara a modificarse por cualquier causa, este impuesto se ajustará al importe del crédito para reflejar fielmente tal variación, sin necesidad de acuerdo entre las Partes o modificación al presente CONTRATO, los meses SUPLEMENTOS y/o sus Anexos. El pago deberá llevarse a cabo de planes acuerdo con el siguiente el siguiente:
4.1 Con cargo directo y domiciliado a la cuenta bancaria de tratamiento crédito o débito que designe EL ACREDITADO, para lo cual deberá llenar debidamente el formato denominado “Autorización para Alta de Instrucciones de Domiciliación Banamex” o cualquier otro similar que le proporcione IBM y rehabilitación por mes obtener la firma de plan su apoderado legal con facultades suficientes sobre el mismo. EL ACREDITADO reconoce y acepta que se aplicarán directamente todos los pagos de tratamiento cualquier cantidad bajo este CONTRATO y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en todos sus documentos Anexos Técnicos respecto SUPLEMENTOS a dicha cuenta (incluyendo los intereses aplicables) conforme a los servicios requeridostérminos y condiciones establecidos en este instrumento, se entenderá por mes de plan de tratamiento los SUPLEMENTOS y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema formato “Autorización para Alta de Gestión Instrucciones de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas Domiciliación Banamex” o cualquier otro similar que le proporcione IBM.
4.2 Si en el N° 1.1 SUPLEMENTO se indica que el importe del crédito se encuentra expresado en dólares, moneda en curso en los Estados Unidos de las presentes BasesAmérica, y que correspondan el pago del crédito deberá llevarse a cabo en dólares, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América o su equivalente en pesos, moneda de curso legal en los Estados Unidos Mexicanos, al tipo de plan cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en los Estados Unidos Mexicanos publicado por el Banco de México diariamente en el Diario Oficial de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDAFederación, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, vigente al momento de contratar registre saldos insolutos cada pago.
4.3 Si en el SUPLEMENTO se indica que el importe del crédito está expresado en pesos, moneda de remuneraciones curso legal en los Estados Unidos Mexicanos, el pago del crédito deberá llevarse a cabo en dicha moneda. La obligación de EL ACREDITADO de pagar a IBM el importe de todos los créditos, intereses y demás cargos aplicables bajo el presente CONTRATO, los SUPLEMENTOS y sus Anexos, así como de cumplir con cualquier otra obligación bajo dichos instrumentos es absoluta, irrevocable e incondicional, sin que pueda aplicarse deducción, retención o cotizaciones compensación alguna, sin importar que la pretensión que funde dicha deducción, retención o compensación provenga de seguridad social cualquier disputa derivada o relacionada con sus actuales trabajadores el presente CONTRATO o con trabajadores contratados cualquier otro contrato o relación jurídica existente entre las Partes, renunciando en los últimos dos añostodo caso, expresa e irrevocablemente, EL ACREDITADO a cualquier pretensión de deducción, retención o compensación contra IBM, incluso las provenientes de cualquier adeudo, reclamación o disputa proveniente de cualquier otro contrato con cualquier empresa controladora, afiliada o subsidiaria de IBM o cualquier empresa afiliada o subsidiaria de la empresa controladora de IBM. EL ACREDITADO reconoce y acepta que el cumplimiento y ejecución de este CONTRATO, los primeros estados SUPLEMENTOS y sus Anexos no se encuentra condicionado de pago producto del contrato licitado deberán forma alguna y, en especial, que el funcionamiento, calidad y garantía, así como las demás características y especificaciones de los bienes, software y/o servicios descritos en el ANEXO A de los SUMPLEMENTOS no podrán ser destinados al pago considerados por EL ACREDITADO como una condición, excepción o defensa para evitar el cumplimiento de dichas sus obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contratoresponsabilidades, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención deberes y Rehabilitación del Consumo de Drogas pagos bajo este CONTRATO, los SUPLEMENTOS y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones sus Anexos, razón por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. AdicionalmenteEL ACREDITADO renuncia, el contratista deberáexpresa e irrevocablemente, durante la ejecución del contratoa cualquier defensa, informar el monto y estado excepción o acción relacionada o derivada de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesestos conceptos.
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Samples: Contrato Marco De Crédito
PAGO. SENDA pagará El/los pago/s al prestador proveedor por los meses de planes de tratamiento y rehabilitación bienes adquiridos o servicios contratados por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDAlicitante, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, deberá efectuarse por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará ésta dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para corridos siguientes a la Prevención y Rehabilitación recepción de la factura o del Consumo respectivo instrumento tributario de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas basescobro. Con todo, SENDA para proceder al pago se reserva el derecho requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de realizar ajustes en meses distintos los bienes y/o servicios adquiridos por aquella. Si la prestación del servicio por parte del adjudicatario, presenta incumplimientos de cualquier naturaleza, o bien, se demuestra la incapacidad de responder operativamente a los anteriormente señalados. En el caso que el contratistarequerimientos técnicos, se obligará al momento adjudicatario a pagar una multa de contratar registre saldos insolutos incumplimiento equivalente a 0,1 por ciento de remuneraciones o cotizaciones 100 UTM por cada día de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados atraso en los últimos dos años, servicios individualizados en el presente documento. Las multas no podrán sobrepasar el 10% del valor total del contrato. El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los primeros estados de pago producto más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del contrato licitado deberán ser destinados cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al pago número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de dichas obligacionesla entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, debiendo a fin de hacer efectiva la empresa acreditar responsabilidad del contratante incumplidor. Si la contraparte técnica de la Subsecretaría considera que existe mérito suficiente para la totalidad aplicación de una multa de acuerdo con lo indicado en la cláusula Efectos derivados de incumplimientos del proveedor de las obligaciones presentes bases, se encuentran liquidadas comunicará por escrito su decisión al cumplirse la mitad del período contratista, indicando los fundamentos y monto de ejecución original del contrato, con un máximo de seis mesesesta. El Servicio Nacional contratista dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación, para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el efectuar sus descargos. La notificación al contratista proceda podrá efectuarse, a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento elección de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientes.Subsecretaría:
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Samples: Bases De Licitación
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado18. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, A menos que se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual indiquen otros términos en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx Contrato o en la forma que factura para cada envío de Productos, el Servicio Nacional para la Prevención pago vencerá y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará será pagado dentro de los 30 (treinta) días siguientesposteriores a la fecha de la factura sin que se permita ningún descuento, deducción o compensación por parte del Comprador.
19. Sin perjuicio El pago debe realizarse en la moneda indicada en la factura.
20. El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria designada por el Proveedor en la factura.
21. El Comprador acepta recibir facturas y sus correcciones, en formato electrónico sin la firma del Comprador.
22. Cualquier costo administrativo y bancario en el país del Comprador será pagado por el Comprador. Cualquier costo administrativo y bancario en el país del Proveedor será pagado por el Proveedor.
23. El pago se considera efectuado una vez que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación cuenta del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente Proveedor se haya acreditado irrevocablemente por el monto adeudado.
24. El Proveedor se reserva el derecho, además de otros derechos y recursos, a suspender inmediatamente las entregas de los meses Productos, retirarse de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por los Pedidos aceptados, negarse a aceptar nuevos Pedidos y / o cancelar nuevas entregas, si el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en Comprador no realiza ningún pago debido. El Proveedor puede exigir el pago de una penalización contractual que asciende al 10% del valor del Pedido del que el Proveedor se ha retirado, sin perjuicio del derecho a una compensación completa, incluida la pérdida de beneficios. Cualquier costo relacionado con la suspensión de la entrega de los meses Productos, incluidos en particular los costos de planes almacenamiento de tratamiento contratadoslos Productos, correrá a cargo del Comprador. Conforme a este procesoEn caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales del Comprador, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA Vendedor se reserva el derecho de realizar ajustes aplazar la entrega. El Vendedor tiene derecho a cobrar al cliente el 0,50% del importe total del pedido por semana en meses distintos concepto de gastos de almacenamiento y administración desde la fecha de entrega acordada hasta la fecha efectiva de entrega. Si se imputan al Comprador los costes mencionados en la frase anterior, el Vendedor tendrá derecho a retener los anteriormente señaladosProductos en cuestión hasta que se abone íntegramente la factura con IVA emitida en relación con los mismos. En el caso de que el contratista, al momento se ejerza alguno de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmentederechos descritos anteriormente, el contratista deberáVendedor quedará exonerado de toda responsabilidad, durante la ejecución del contrato, informar y el monto Comprador indemnizará y estado de defenderá al Vendedor y lo mantendrá indemne. Tras el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega contractuales por parte del contratista Vendedor, se requiere un plazo de 2 días para preparar los Productos para el transporte.
25. Si el Comprador no paga en la fecha estipulada, el Proveedor tendrá derecho a cobrar intereses a partir del día en que vencía el pago y / o a una compensación por los costos de recuperación. El tipo de interés será el acordado entre las facturas correspondientePartes o, en caso contrario, 8 puntos porcentuales por encima del tipo del mecanismo principal de financiación del Banco Central Europeo. La compensación por los gastos de cobro será del 1 por ciento del importe por el que se devenguen intereses de demora.
26. Si el Comprador no ha pagado el importe adeudado en un plazo de tres meses, el Proveedor tendrá derecho a rescindir el Contrato y, además de la compensación de los intereses y los costes de recuperación, a reclamar una indemnización por la pérdida en la que incurra.
27. El Proveedor tendrá el derecho de confirmar de vez en cuando la condición financiera y la demás documentación correspondientesolvencia crediticia del Comprador. Con todoSi el Proveedor determina, los pagos estarán condicionados a los recursos su entera discreción, que la condición financiera del Comprador no es suficiente para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos cumplir con las obligaciones del Comprador en virtud del Contrato, el Proveedor puede exigir una garantía para el Sector Público pago, imponer otros términos de pago o rescindir el Contrato. El Proveedor también tendrá derecho a retener las entregas de Productos adeudadas hasta que el Comprador haya pagado un anticipo de pago según lo solicitado por el Proveedor o el Comprador haya proporcionado otra garantía satisfactoria aceptable para los años correspondientesel Proveedor.
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Samples: Condiciones Generales De Suministro Y Venta De Productos Y Servicios
PAGO. SENDA pagará 7.1 El Pago se hará con arreglo a lo estipulado en el Acuerdo y de conformidad con las instrucciones de pago indicadas en la factura debidamente emitida por el Vendedor.
7.2 En caso de que el Comprador o cualquier filial del mismo no pagase cualquier Producto o productos o servicios prestados por el Vendedor o cualquier filial del mismo en la fecha de vencimiento de tal pago, ya sea en virtud del Acuerdo o de cualquier otro acuerdo entre el Comprador y/o sus filiales y/o el Vendedor y/o sus filiales, el Vendedor podrá, a su entera discreción y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso a su disposición, finalizar o suspender futuras entregas de productos al prestador Comprador. En caso de que la solvencia del Comprador se volviese insatisfactoria para el Vendedor, el Vendedor podrá: (i) decidir retener futuros envíos de Productos hasta que la solvencia del Comprador haya sido establecida a satisfacción del Vendedor; (ii) solicitar al Comprador que realice pagos en metálico en lo que se refiere a futuros envíos; (iii) solicitar otra garantía para el pago antes de realizar futuros envíos de Productos al Comprador, incluyendo, sin limitarse a ello, estados financieros, una carta de crédito de una entidad aprobada por el Vendedor o una garantía de pago por una empresa matriz o una filial del Comprador; (iv) exigir la devolución por parte del Comprador de todos los meses Productos por los cuales no se hubiese realizado el pago; y/o (v) rescindir el Acuerdo de planes de tratamiento conformidad con la cláusula 14. En las mencionadas circunstancias, el Comprador será responsable por todas las pérdidas y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. daños que el Vendedor pudiese sufrir en relación con ello.
7.3 Sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso a su disposición, el incumplimiento del Comprador de realizar el pago dará derecho al Vendedor a : (i) cobrar un interés de tres meses de Libor más 5 (cinco) por ciento anual sobre la descripción realizada cantidad impagada, calculado a partir de la fecha de la factura; (ii) reembolso de todos los gastos, incluyendo gastos de cobro y costes legales en estas baseslos que el Vendedor hubiera incurrido para recuperar todas o parte de sus reclamaciones de pago del Comprador; (iii) con sujeción a y de conformidad con la ley aplicable, recoger los Productos sin necesidad de notificación de incumplimiento ni de intervención legal; (iv) compensar pagos recibidos del Comprador por un Producto incluido en el Acuerdo para saldar las deudas o impagos del Vendedor o de cualquier filial del mismo dentro de cualquier otro acuerdo entre el Comprador y/o sus filiales y/o el Vendedor y/o sus filiales; y particularmente (v) cesar o abstenerse de enviar cualquier Producto o productos incluidos en sus documentos Anexos Técnicos respecto el Acuerdo y/o en cualquier otro acuerdo que pudiera tener con el Comprador o con cualquier filial del mismo.
7.4 El Comprador no estará autorizado a retener el pago o a deducir del precio que le hubiese sido facturado ningún valor, por ninguna razón, incluyendo, sin limitación por el valor de tener una reclamación o una compensación frente al Vendedor o que haya hecho el pago a un tercero que se haya sido representado fraudulentamente por el vendedor.
7.5 Los medios de reparación incluidos en esta cláusula son acumulativos y se añadirán a los servicios requeridos, se entenderá por mes medios de plan reparación a disposición del Vendedor en virtud de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la toda ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesaplicable.
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Samples: Condiciones Generales De Venta
PAGO. SENDA pagará al prestador 6.1 Todos los meses pagos que se nos haya de planes realizar en virtud de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridosCG, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual realizarán en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional su totali- dad sin ningún descuento o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará compensación dentro de los 30 días siguientessiguientes a la fecha de la factura, salvo acuerdo distinto entre ambas partes, sin cargo para nuestra parte, en nuestra oficina o mediante transferencia a nuestra cuenta bancaria o giro. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para El pago se realizará en la Prevención y Rehabilitación moneda de la factura. Tendremos derecho a estipular un plazo de pago más corto.
6.2 En caso de liquidación, insolvencia, suspensión de pagos, quiebra, transferencia de ne- gocios o fusión del Consumo comprador, la adjudicación de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto un derecho prendario de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) bienes entregados sin nuestro previo consentimiento, la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para terminación del crédito o la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones congela- ción por parte del contratista dará asesor financiero del comprador, las obligaciones del comprador con respecto a nuestra parte, deberán ser pagaderas de inmediato y el comprador incurrirá en un incumplimiento efectivo inmediato sin previo aviso de incumplimiento.
6.3 Si tenemos motivos para esperar que el comprador no cumple con sus obligaciones, tendremos la facultad de exigir al comprador un pago por adelantado o una garantía por el cumplimiento de sus obligaciones de pago, y suspenderemos la ejecución o ejecución adicional del acuerdo hasta que se haya efectuado el pago por adelantado o se haya proporcionado la garantía demandada. Si el comprador se niega a cumplir con nuestra solicitud a tal efecto, además, tendremos el derecho a dar demandar inmediata- mente el importe de la compra, o de disolver mediante cancelación el acuerdo de compra sin perjuicio de nuestro derecho al pago total de daños y perjuicios.
6.4 Si se acuerda que los Enemigos Naturales, Polinizadores y/o Productos han de enviarse bajo la condición de contrarrembolso y a la llegada de los Enemigos Naturales, Polini- zadores y/o Productos al lugar de destino, el comprador se niega a pagar los gastos de los Enemigos Naturales, Polinizadores y/o Productos o los xxxxxx xx xxxxx, tendremos derecho a disolver el acuerdo con efecto inmediato mediante aviso de cancelación.
6.5 Si se disuelve un acuerdo de conformidad con el artículo 6.3 o 6.4, todos los gastos de transporte, de cualquier almacenamiento u otros gastos, así como nuestro beneficio perdido, serán por terminado cuenta del comprador.
6.6 Si el respectivo contratocomprador no cumple con su obligación de pago en su totalidad dentro del plazo mencionado en el artículo 6.1, pudiendo llamarse el comprador incurrirá en incumplimiento sin previo aviso.
6.7 Tan pronto como el comprador esté en condición de incumplimiento, el comprador estará obligado a pagarnos intereses sobre el importe total exigible a la tasa del interés legal o interés comercial actualmente aplicable (según corresponda). Este interés será exigible, ya sea que Biosur Distribuciones Agricolas S.L.U. realice o no una nueva licitación reclamación explícita para el pago del mismo. Además, el comprador estará obligado a compensarnos en su totalidadpor las pérdidas que podamos sufrir como resultado de una caída en el tipo de cambio de la moneda en la cual éste que se realiza el pago en comparación con el euro, calculado desde el momento en que se haya formalizado el acuerdo.
6.8 Si el comprador no podrá participarcumple con una o más obligaciones, todos los costes judiciales y de recaudación extrajudicial asociados con el cobro de estas reclamaciones correrán a cargo del comprador. AdicionalmenteEstos costes incluirán, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmenteal menos, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado costes internos incurridos por nuestra parte, así como los costes del abogado y/o el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato agente judicial a cargo de dicha recaudación. Los costes de cobro extrajudicial comprenderán los costes razonables incurridos para obtener un acuerdo extrajudicial y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesintereses incurridos al respecto.
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Samples: Condiciones Generales De Venta
PAGO. SENDA pagará al prestador El CLIENTE tiene derecho a la elección del medio de pago entre los meses comúnmente utilizados en el tráfico comercial. No obstante lo anterior, si el método de planes de tratamiento y rehabilitación pago elegido por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio el CLIENTE es distinto del de la descripción realizada domiciliación bancaria, SOASTEL podrá repercutir en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a el precio total de los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido contratados un coste fijo añadido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicadacompensar esa gestión particular. El pago se exigirá normalmente mediante la domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria que el CLIENTE haya designado, comprometiéndose a mantener siempre saldo suficiente en dicha cuenta para atender el pago de las cantidades debidas a SOASTEL. El pago deberá efectuarse en el momento en el que la entidad de crédito en el que el mismo se encuentre domiciliado reciba el cargo de SOASTEL, el cual se producirá dentro de los quince (15) días siguientes a la emisión de la factura. Lac facturac no abonadac en lac fechac previctac por caucac no imputablec a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente crédito, devengarán interés legal y se hará efectivo sólo una vez que SENDAtendrán la consideración, a través todos los efectos legales, de deuda impagada, cierta, vencida, líquida y exigible. En caso de impago, el CLIENTE, vendrá obligado al pago del cargo no atendido incrementado en el interés legal del dinero más un dos por ciento, así como las gastos ocasionados por la Dirección Nacional o Regionalfalta de pago del importe no atendido, según corresponda, haya recibido sin perjuicio de las demás consecuencias encaminadas a la respectiva factura y su documentación obtención del cobro total no realizado. SOASTEL podrá efectuar el cobro inmediato de respaldo, toda cantidad adeudada por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas CLIENTE con cargo a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol depósitos constituidos o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u cualquier otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados garantía prestada por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesCLIENTE.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicio De Comunicaciones Electrónicas
PAGO. SENDA a. Las condiciones de pago varían entre los diferentes Programa de Afiliación y se publican periódicamente en la Interfaz de Afiliados de Tradedoubler. Los Anunciantes pueden modificarlas sin previo aviso.
b. Por la presente acepta el procedimiento de "autofacturación", por el cual Tradedoubler creará la factura en su nombre y le pagará en función de dicha factura. EL IVA (si procede) se añade a la remuneración que se muestra en la Interfaz de Afiliados de Tradedoubler, a menos que se especifique lo contrario en las Condiciones del Anunciante.
c. Tradedoubler hará efectivo el pago de las cantidades ganadas una vez al prestador mes (a menos que específicamente hayamos pactado por escrito otras condiciones con usted), siempre que su Página Web del Afiliado o Inventario del Afiliado hayan generado Tráfico válido y se hayan cumplido los meses requisitos especificados a continuación en esta cláusula. En este sentido, cuando Tradedoubler o el Anunciante tengan evidencias de planes que el tráfico generado por el Afiliado sea Tráfico Artificial, tanto Tradedoubler como el Anunciante podrán retener cualquier pago pendiente a favor del Afiliado, solicitar a éste los daños y perjuicios que se hubiesen podido producir hasta ese momento, así como la devolución de tratamiento las cantidades anteriormente percibidas por el Afiliado generadas a través de Tráfico Artificial.
d. Para que pueda recibir los pagos en relación con un determinado Programa de Afiliación. En este sentido, Tradedoubler no tiene obligación contractual o legal alguna de reclamar las cantidades adeudadas por el Anunciante al Afiliado, si bien hará todo lo posible para intentar cobrar dentro de los plazos previstos cualquier cantidad pendiente de cobro por parte del Anunciante. No obstante, Tradedoubler sólo podrá hacer efectivo el pago de las comisiones correspondientes al Afiliado una vez recibido por parte del Anunciante. En el caso de que Tradedoubler deba reclamar judicialmente el pago de cantidades pendientes de cobro por parte de los Anunciantes, Tradedoubler descontará proporcionalmente al Afiliado sobre las cantidades efectivamente recuperadas los costes generados durante el procedimiento judicial (tasas judiciales, costes de abogado y rehabilitación procurador, etc.).
e. Únicamente se efectuará el pago si ha ganado por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio lo menos EUR 50 antes de la descripción realizada fecha de pago. Si el importe ganado es inferior, lo acumularemos y haremos efectivo el pago en estas basesla siguiente fecha de pago, siempre que, nuevamente, el importe ganado sea por lo menos de EUR 50 antes de la fecha de pago. En el caso de que las comisiones acumuladas por el Afiliado no superen EUR 50 y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto el Afiliado abandone el Programa de Afiliación por cualquier causa, el Afiliado perderá dichas comisiones, las cuales serán devueltas al Anunciante o Anunciantes para los que hubiese trabajado. No pagaremos intereses por los pagos acumulados. El Afiliado asumirá todos los gastos derivados de la transferencia bancaria, con un mínimo de 2 € por transferencia, así como la responsabilidad por daños y perjuicios a los servicios requeridosTradedoubler derivados de la colocación por su parte de unos datos de cuenta incorrectos o insuficientes. No obstante, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pagocomo cortesía, Tradedoubler podrá libremente decidir emitir la transferencia a gastos compartidos, cuando se cumpla con remitiere desde Suecia.
f. Efectuaremos el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o directamente en la forma cuenta bancaria que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido haya especificado en la Ley Nº 19.983Interfaz de Afiliados de Tradedoubler. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a Es importante que rellene toda la información solicitada sobre su cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) para que señale podamos efectuar el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en pago.
g. Usted deberá asumir el pago de todos los meses impuestos, tasas, seguros nacionales y gastos similares que se deriven de planes los pagos que le efectuemos. Sin embargo, si Tradedoubler está obligado por la aplicación de tratamiento contratadoslas leyes y normativas vigentes, podremos deducir ciertos impuestos o gravámenes de los pagos que le efectuemos, tales como los impuestos de retención.
h. El Afiliado será responsable del pago de todos los impuestos y contribuciones a la Seguridad Social o cualesquiera otros, que se devenguen en relación con los pagos realizados a su favor por Tradedoubler, y en aplicación de la legislación fiscal comunitaria.
i. Tradedoubler cumple con las sanciones de la ONU y de la UE y no realiza pagos a los afiliados de acuerdo con las sanciones vigentes. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención Tradedoubler verifica y Rehabilitación del Consumo de Drogas bloquea tales pagos y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA elimina dichas transacciones.
j. Tradedoubler se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En cancelar el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que remuneración generada si la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad cuenta del afiliado ha estado inactiva durante un período de ejecución original del contrato, con un máximo más de seis 12 meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientes.
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Samples: Affiliate Agreement
PAGO. SENDA pagará 9.1 Sujeto al prestador PROVEEDOR que ofrece las MERCANCÍAS y SERVICIOS de conformidad con el CONTRATO, XXXXXXXX deberá pagar los meses CARGOS para las MERCANCÍAS y SERVICIOS según lo establecido en el CONTRATO en el plazo de planes 60 días a partir de tratamiento la recepción de la factura, xxxxx que se especifique lo contrario en el CONTRATO. La fecha del pago no será un elemento esencial para el CONTRATO.
9.2 Si no se paga una factura debida conforme al CONTRATO, entonces, sin perjuicios de los derechos de las dos PARTES conforme a CONTRATO, dichas sumas devengarán intereses a partir de la fecha debida hasta que el pago completo se lleve a cabo, antes y rehabilitación después de ninguna sentencia, al 2 % anual sobre el tipo de interés legal publicado en el Boletín Oficial del Estado o BOE o en vigor cuando sea necesario. El PROVEEDOR no tiene derecho a suspender las entregas de las MERCANCÍAS o SERVICIOS como resultado de ninguna de las sumas pendientes.
9.3 El PROVEEDOR no proporcionará ni MERCANCÍAS ni SERVICIOS antes de la recepción de una ORDEN DE COMPRA de ASTELLAS y ASTELLAS no estará obligada a pagar al PROVEEDOR por mes la disposición de plan MERCANCÍAS y SERVICIOS antes de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. la recepción del PROVEEDOR de una ORDEN DE COMPRA, que no deberá denegarse ni retrasarse de manera injustificada por parte de ASTELLAS.
9.4 Sin perjuicio de la descripción realizada en estas basesningún otro derecho o solución, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridosASTELLAS, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes imponer cualquier cantidad adeudada en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al cualquier momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho PROVEEDOR a dar ASTELLAS o sus FILIALES contra cualquier cantidad pagadera por terminado ASTELLAS o sus FILIALES al PROVEEDOR conforme a CONTRATO.
9.5 ASTELLAS puede utilizar un tercer proveedor, Infosys BPO Limited, que tiene sede en India (u otras entidades que Astellas pueda designar cuando sea necesario) para procesar las facturas enviadas por el respectivo contratoPROVEEDOR a ASTELLAS. Las facturas del PROVEEDOR se escanearán electrónicamente, pudiendo llamarse y los empleados de dicho tercer proveedor tendrán acceso únicamente con el fin de procesar dichas facturas. Al enviar facturas a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. AdicionalmenteASTELLAS, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar PROVEEDOR consiente el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista procesado de las facturas correspondientedel PROVEEDOR (incluyendo todos los DATOS PERSONALES contenidos en ellos), y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para de este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesmodo.
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Samples: Compraventa
PAGO. SENDA pagará al prestador Los precios confirmados con la reserva del billete incluyen únicamente el transporte desde el lugar de salida hasta el lugar de destino para la(s) persona(s) y los meses horarios de planes vuelo indicados en la confirmación de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgadoreserva. Sin perjuicio de Al realizar la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con reserva deberá abonarse el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicadaimporte completo. El pago a del precio total del billete puede efectuarse al realizar la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, reserva a través de una agencia de viajes, por teléfono, con tarjeta de crédito (MasterCard, VISA, American Express) a través de nuestro sitio web, por transferencia bancaria o mediante adeudo en cuenta. En función del tipo de pago, HQ cobrará una tasa de gestión por cada reserva. En algunos de sus trayectos HQ se reserva el derecho a excluir determinadas opciones de pago por motivos técnicos. Puesto que deberá abonarse el importe completo al realizar la Dirección Nacional reserva, se procederá de inmediato a cargar en su tarjeta de crédito o Regionalen su cuenta el importe del precio del billete, según corresponda, haya recibido remitiéndole asimismo la respectiva factura y su correspondiente documentación de respaldotransporte. Sólo se podrán realizar transferencias bancarias desde el extranjero (la cuenta del ordenante de la transferencia pertenece a una entidad de fuera de Bélgica) si el cliente (quien realiza la transferencia) asume todos los gastos relacionados con la misma y si dicha transferencia se solicita en euros. De lo contrario (es decir, por en caso de no cumplirse lo anterior), HQ tendrá derecho a facturar al cliente los costes en que hubiera podido incurrir y/o las diferencias de cambio de divisa. La opción de pago "transferencia bancaria" sólo está disponible para vuelos reservados con una antelación mínima de 20 días respecto a la fecha de salida. En el monto exacto caso de las transferencias bancarias, HQ exige a sus clientes abonar el importe completo en los meses cinco días posteriores a la fecha de planes la reserva. Si transcurrido este plazo no se hubiera abonado el importe completo, HQ tendrá derecho, tras el envío del correspondiente recordatorio de tratamiento otorgados pago y la concesión de un período xx xxxxxx previo a la denegación del servicio, a rescindir el contrato de transporte con carácter inmediato y a cancelar la reserva automáticamente, quedando pendiente el pago conforme a lo estipulado en las condiciones habituales de cancelación de la tarifa seleccionada. Una vez cancelada la reserva, ya no existirá obligación alguna de transporte y deberá abonarse el precio íntegro del billete en base a nuestras tarifas o condiciones de cancelación. En caso de impago o demora en el respectivo mespago (incumplimiento de pago), dentro tendremos derecho a cobrar intereses de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento demora. Si el pago fuera rechazado por falta de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol fondos o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o por un error en la forma información por usted facilitada, HQ tendrá derecho a aplicar una tasa fija por este concepto. En caso de rechazo del pago, la tasa fija a aplicar es de 10,00 € por reserva; en caso de rechazo del pago en el mostrador de billetes, la tasa fija es de 25,00 € por reserva, a menos que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas aporte pruebas que demuestren que no se encuentren debidamente extendidasha incurrido en pérdida alguna como consecuencia del rechazo del pago o que la pérdida ha sido inferior. Si se rechazara un pago realizado a bordo de una de nuestras aeronaves (compras en vuelo), reclamando tendríamos derecho a aplicar una tasa fija de 10,00 € por este concepto, a menos que aportara pruebas que demostraran que no hemos incurrido en contra pérdida alguna o que la pérdida ha sido inferior. Si se rechazara un pago realizado mediante autorización de adeudo en cuenta por falta de fondos, HQ tendría derecho a cargar a su cuenta el importe pendiente de pago resultante, incluida la tasa mencionada, mediante una nueva autorización de adeudo en cuenta. Asimismo, la autorización de adeudo también será válida para el cobro de un cargo único en concepto de reembolso de las posibles pérdidas en las que se hubiera podido incurrir como consecuencia del contenido rechazo del pago por falta de fondos y de la factura dentro posterior rescisión del plazo contrato de 8 días corridostransporte. De este modo, la autorización de acuerdo adeudo en cuenta por usted concedida 08.05.2017 Página 4 CGCT de Xxxxxx Xxxx Airlines Belgium también será válida en caso de reclamaciones por rechazos de pagos debidos a falta de fondos, así como en caso de reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios. HQ tendrá derecho a contratar los servicios de terceros para la tramitación de los adeudos en cuenta. Si, a pesar de la correspondiente notificación de incumplimiento de pago, no se abonara el precio del billete, HQ tendría derecho a rescindir el contrato de transporte y a exigir indemnización según lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente normativa de cancelación aplicable a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a reserva en cuestión. No será necesario fijar un plazo de pago en aquellos casos en que la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación salida del Consumo de Drogas y Alcoholvuelo sea inminente y, previa visación por tanto, no sea posible establecer un plazo antes de la factura correspondiente pagará dentro salida. En dichos casos, HQ podrá rescindir el contrato con efecto inmediato y denegar el servicio de transporte. Con los 30 días siguientespagos fraccionados que realice para saldar las deudas pendientes se liquidarán en primer lugar las deudas más antiguas. Sin perjuicio que el Servicio Nacional Si un pago no fuera suficiente para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcoholliquidar en su totalidad una deuda, pagará mensualmente el monto de se utilizaría para saldar en primer lugar los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados intereses y, por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este procesoúltimo, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación precio del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesbillete.
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PAGO. SENDA pagará al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en Para el pago de los meses INSTRUMENTOS a cargo de planes EL FACTORADO a favor de tratamiento contratadosEL FACTOR, será de aplicaciónlo siguiente: En el caso de la adquisición de los INSTRUMENTOS, EL FACTOR, o quien se haya determinado en el Contrato de Factoring respectivo, comunicará a EL FACTORADO las operaciones de factoring que se lleven a cabo con sus Proveedores respecto de uno o varios INSTRUMENTOS. Conforme Dicha comunicaciónpodrá realizarse indistintamente mediante carta simple, correo electrónico o facsímil. El pago se efectuará en la misma moneda señalada en los INSTRUMENTOS adquiridos por EL FACTOR. El lugar de pago será en cualquiera de las cuentas que señale EL FACTOR o cualquier otro medio que ésta decida y comunique a este procesoEL FACTORADO. En caso el pago se efectúe a través de una entidad bancaria, EL FACTORADO deberá remitir el mismo día de efectuado el pago, el Servicio Nacional para detalle del instrumento cancelado y copia de la Prevención constancia o voucher o comprobante que lo acredita. El pago deberá ser efectuado el mismo día originalmente acordado entre EL FACTORADO y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcoholel Proveedor, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señaladosfecha desde la cual dicho pago será exigible. En el caso de que EL FACTORADO no cumpla con realizar el contratistapago en esta fecha, al momento EL FACTOR se encontrará facultada a aplicar los intereses compensatorios correspondientes a la tasa más alta prevista en el tarifario de contratar registre saldos insolutos EL FACTOR para sus operaciones de remuneraciones o cotizaciones Factoring u operaciones activas similares. Asimismo, EL FACTORADO incurrirá en xxxx automática, sinque sea necesario hacer la intimación a que hace referencia el artículo 1333 del Código Civil. Salvo decisión distinta y por escrito de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados EL FACTOR, se devengarán a partir del vencimiento, de maneradiaria y hasta la fecha en los últimos dos añosque se realice el pago total del monto adeudado, los primeros estados intereses moratorios a la tasa más alta prevista en el tarifario vigente de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago EL FACTOR para las operaciones de dichas obligacionesFactoring uoperaciones activas similares. Retención y compensación.-Sin perjuicio de lo antes señalado en esta cláusula, debiendo EL FACTORADO acepta demanera expresa e irrevocable que EL FACTOR podrá cobrarse total o parcialmente cualquier importe debido por la empresa acreditar que la totalidad primera en razón de las obligaciones se encuentran liquidadas operaciones de factoring realizadas en virtud de este Contrato Marco -incluidos los intereses, comisiones, gastos y demás cargos aplicables-, directa y automáticamente de los montos y/o valores y/o bienes y/o depósitos que EL FACTORADO mantenga en EL FACTOR o que EL FACTOR tenga en su poder o llegue a tener, que estén destinados a ser entregados a y/o sean de EL FACTORADO, sin necesidad de previo aviso o requerimiento alguno, constituyendo el presente documentouna instrucción formal al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis mesesrespecto. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento La aplicación de la obligación compensación será informada en cada oportunidad a EL FACTORADO junto con el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento detalle de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación liquidación correspondiente. Con todoAsimismo, en tanto EL FACTORADO esté incursa en algún Evento de Incumplimiento, EL FACTOR seencuentra también autorizada a retener la entrega o transferencia de los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesmontos y/o bienes y/o valores y/o depósitos antes señalados.
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Samples: Modelo De Contratos Internacionales
PAGO. SENDA pagará al prestador El pago del impuesto se efectuará en la forma y condiciones que disponga la Ley Impositiva Anual. Si se tratara de los meses incisos a), c) y d) del Artículo 262 de planes este Código, el titular o vendedor, según el caso, deberá efectuar el pago total de tratamiento y rehabilitación las obligaciones devengadas hasta la fecha en que se inscriba la transferencia y/o comunique la inhabilitación o el robo o hurto, por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio ante el Registro Nacional de la descripción realizada Propiedad Automotor. Ante cambios de radicación de vehículos el pago del impuesto se efectuará considerando: - En caso de altas: cuando los vehículos provienen de otra provincia se pagará en estas basesproporción al tiempo de radicación del vehículo, a cuyo efecto se computarán los días corridos del año calendario transcurridos a partir de la denuncia por cambio de radicación efectuada ante el Registro o a partir de la radicación, lo que fuere anterior. - En casos de baja: para el otorgamiento de bajas y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes efectos de plan la obtención del certificado correspondiente deberá acreditarse haber abonado el total del impuesto devengado a la fecha del cambio de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con radicación. Se suspende el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) pago de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 cuotas no vencidas y no abonadas de las presentes Baseslos vehículos secuestrados, y que correspondan al tipo de plan según se indica: a partir de la línea fecha del acta o instrumento a través del cual se deja constancia que el secuestro efectivamente se efectuó y siempre y cuando el mismo se hubiere producido por orden emanada de servicio adjudicadala autoridad competente para tal hecho. El La suspensión de la obligación de pago operará hasta la fecha en que haya sido restituido al titular del dominio, el vehículo secuestrado, o hasta la fecha en que haya sido entregado a un nuevo titular, por parte de la autoridad pertinente, debiendo el contribuyente informar tal circunstancia a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futurotreinta (30) días. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidasimpuesto devengado, reclamando en contra del contenido de la factura correspondiente al período suspendido, deberá abonarse -sin recargos- dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria los noventa (u otra cuenta a la vista90) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio Transcurridos tres (3) años sin que se logre la disponibilidad del vehículo secuestrado, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto contribuyente podrá quedar liberado de los meses gravámenes suspendidos y se procederá a darle de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago baja de los meses de planes de tratamiento contratadosregistros respectivos. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento Registros Nacionales de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho Propiedad Automotor - Pago a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesCuenta.
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Samples: Código Tributario
PAGO. SENDA 4.1. Como remuneración total por la prestación completa y satisfactoria de los Servicios en el presente Contrato, la OMT pagará al prestador Contratista mediante transferencia bancaria, un precio contractual fijo de [EUROS Y PRECIO EN CIFRAS Y LETRAS] más el importe del IVA correspondiente (CIFRA EUR) [opcional: que se fraccionará en [x] pagos mensuales] una vez entregada los meses de planes de tratamiento bienes descritos en el presente contrato y rehabilitación por mes de plan de tratamiento transcurrido un plazo razonable para que la OMT haya podido inspeccionar la mercancía y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio comprobar la instalación de la descripción realizada misma, pudiendo rechazar o rehusar su aceptación y pago si no es conforme a lo indicado en estas basesel presente contrato.
4.2. [opcional: El precio se fraccionará en pagos mensuales, sujetos a aprobación de los resultados por parte de la OMT en un plazo de cinco (5) días laborables desde el último día del mes, pudiendo rechazar o rehusar su aceptación y particularmente pago si no es conforme a lo indicado en el presente contrato]. El precio del presente Contrato no estará sujeto a ajuste ni revisión por causa alguna, incluyendo fluctuaciones de precio, de moneda o por el coste real de los servicios prestados por el Contratista.
4.3. Los pagos efectuados por la OMT al Contratista no se considerarán liberatorios para el Contratista respecto de sus documentos Anexos Técnicos obligaciones bajo este Contrato ni como aceptación por la OMT de la ejecución de los servicios por el Contratista.
4.4. El contratista es el único responsable del pago de los impuestos o tasas que se originen con respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes pagos recibidos de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla conformidad con el registro mensual contrato y no pedirá a la OMT el reembolso de dichos impuestos o tasas. La OMT sólo pagará los impuestos y tasas reflejados explícitamente en el Sistema contrato.
4.5. UNWTO realizará el/los pago/s al Contratista después de Gestión la aceptación por parte de Tratamiento (SISTRAT) la OMT de las prestaciones mencionadas facturas presentadas por el Contratista a la dirección especificada en el N° 1.1 de artículo 8 más abajo, en las presentes Bases, fechas señaladas y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicadapor los siguientes montos: ………./…………./………………
4.6. El La factura original deberá ser enviada por correo por el Contratista por cada pago estipulado bajo este contrato a la entidad de las prestaciones contratadas siguiente dirección: X/ Xxxxxxx Xxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxx
4.7. Las facturas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, pagarán dentro de los tres primeros treinta (30) días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento siguientes a la recepción y aceptación por parte de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesOMT.
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Samples: Contrato De Suministro
PAGO. SENDA pagará 9.1 Sujeto al prestador PROVEEDOR que ofrece las MERCANCÍAS y SERVICIOS de conformidad con el CONTRATO, ASTELLAS deberá pagar los meses CARGOS para las MERCANCÍAS y SERVICIOS según lo establecido en el CONTRATO en el plazo de planes 60 días a partir de tratamiento la recepción de la factura, salvo que se especifique lo contrario en el CONTRATO o en cualquier documento legal independiente que sustituya al misma.
9.2 Si no se paga una factura debida conforme al CONTRATO, entonces, sin perjuicios de los derechos de las dos PARTES conforme a CONTRATO, dichas sumas devengarán intereses a partir de la fecha debida hasta que el pago completo se lleve a cabo, antesy después de ninguna sentencia, al 2 % anual sobre la Tasa TIIE en vigor cuando sea necesario. El PROVEEDOR no tiene derecho a suspender las entregas de las MERCANCÍAS oSERVICIOS como resultado de ninguna de las sumas pendientes.
9.3 El PROVEEDOR no proporcionará ni MERCANCÍAS ni SERVICIOS antes de la recepción de una ORDEN DE COMPRA de ASTELLAS y rehabilitación ASTELLAS no estará obligada a pagar al PROVEEDOR por mes la disposición de plan MERCANCÍAS y SERVICIOS antes de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. la recepción del PROVEEDOR de una ORDEN DE COMPRA, que no deberá denegarse ni retrasarse de manera injustificada por parte de ASTELLAS.
9.4 Sin perjuicio de la descripción realizada en estas basesningún otro derecho o solución, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridosASTELLAS, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes imponer cualquier cantidad adeudada en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al cualquier momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho PROVEEDOR a dar ASTELLAS o sus FILIALES contra cualquier cantidad pagadera por terminado ASTELLAS o sus FILIALES al PROVEEDOR conforme a CONTRATO. ASTELLAS puede utilizar un tercer proveedor (u otras entidades que Astellas pueda designar cuando sea necesario) para procesar las facturas enviadas por el respectivo contrato, pudiendo llamarse PROVEEDOR a una nueva licitación en la cual éste no podrá participarASTELLAS. AdicionalmenteAl enviar facturas a ASTELLAS, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar PROVEEDOR consiente el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista procesado de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, del PROVEEDOR (incluyendo todos los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesDATOS PERSONALES contenidos en ellas.
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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Las Órdenes De Compra
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses 11.1 El pago de planes la cantidad total a pagar se debe en su totalidad en cada mes y puede ser facturado o cobrado por adelantado, si corresponde. Si el pago del Suscriptor no es recibido por Xxxx.xxx antes de tratamiento y rehabilitación emitir la siguiente factura, el Suscriptor podrá recibir intereses sobre el saldo pendiente de pago, en la cantidad de un punto cinco por ciento (1.5%) por mes o la tasa máxima permitida por la ley aplicable (la que sea menor), prorrateada diariamente, de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio acuerdo con las disposiciones del artículo 93 de la descripción realizada Ley Orgánica de Defensa del Consumidor. Xxxx.xxx puede (pero no estará obligado a) aceptar pagos parciales del Suscriptor. Si la Fecha de Activación no coincide con el inicio del ciclo de facturación, el Suscriptor deberá pagar la parte proporcional de la tarifa mensual, de acuerdo con el número de días que hayan transcurrido entre la Fecha de Activación y el final del ciclo de facturación actual. Si se realizan pagos parciales, se aplicarán al saldo de la cuenta, comenzando con el cargo con la fecha de vencimiento más reciente. Los métodos de pago aceptables incluyen, pero no se limitan, al pago con tarjeta de crédito.
11.2 Si el Suscriptor considera que un cargo es incorrecto o si requiere información adicional, debe ponerse en estas basescontacto con el servicio de atención al cliente escribiendo a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxx@xxxxxxxxx.xxx, y particularmente ingresando a la siguiente página web: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, o llamando a (00) 0000000. El Suscriptor debe ponerse en sus documentos Anexos Técnicos respecto contacto con nosotros antes de la fecha de vencimiento del pago para solicitar una corrección de la factura. El Suscriptor acepta que Xxxx.xxx no será responsable de ningún gasto en el que él pueda incurrir como resultado de sobregiros en su cuenta bancaria o cualquier exceso de su línea de crédito como consecuencia de un cargo automático realizado bajo este Contrato. Xxxx.xxx podrá suspender el Servicio una vez transcurridos treinta (30) días desde la fecha de vencimiento del pago del Servicio, sin que el Suscriptor haya realizado el pago total de la factura del Servicio.
11.3 Las tarifas o valores mensuales a ser cancelados por cada uno de los servicios requeridoscontratados por el Suscriptor estará determinada en la ficha de cada servicio, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual que constan en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en Anexo Técnico y el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan pago se realizará de la línea siguiente forma: Forma de pago: SÍ NO Pago directo en cajas del prestador del servicio adjudicada. El pago a la entidad Pago en ventanilla de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente locales autorizados Transferencia vía medios electrónicos
11.4 La tarifa correspondiente al servicio contratado y se hará efectivo sólo una vez que SENDAefectivamente prestado, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, estará dentro de los tres primeros días corridos del mes siguientetechos tarifarios señalados por la ARCOTEL y en los títulos habilitantes correspondientes, en los términos del artículo 79 bis del reglamento caso de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondienteestablezcan, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva con el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señaladosordenamiento jurídico vigente. En el caso de que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados Suscriptor desee cambiar su modalidad de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad a otra de las obligaciones se encuentran liquidadas disponibles, deberá comunicar al cumplirse la mitad prestador del período servicio con quince (15) días de ejecución original del contrato, con un máximo de seis mesesanticipación. El Servicio Nacional para prestador del servicio, luego de haber sido comunicado, instrumentará la Prevención y Rehabilitación del Consumo nueva forma de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientespago.
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Samples: Contrato De Adhesión De Prestación De Servicios De Acceso a Internet
PAGO. SENDA pagará al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio El uso de la descripción realizada aplicación y/o sitio web será gratuito, reservándose para si mismo el derecho de incluir una cuota o precio por utilizar el servicio, mediante notificación expresa al Usuario y/o Proveedor, que deberán aceptar y/o rechazar para poder continuar o no utilizando la aplicación o cuenta ya creada. En virtud del presente acuerdo, Xxxxx prestará el servicio de cobro por cuenta ajena en estas basesnombre del Proveedor. Así mismo, y particularmente el Usuario acepta que Xxxxx cobre en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldonombre del Proveedor, por el monto exacto servicio que haya sido solicitado y aceptado de los meses de planes de tratamiento otorgados conformidad con el apartado pertinente en el respectivo mespresente acuerdo al igual que cualquier impuesto o tasa que sea aplicable. Al crear la cuenta, dentro de se le solicitará al Usuario los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento datos de la ley 19.886tarjeta de crédito con la que se realizará el pago. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para En aras de verificar la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido validez de la factura dentro tarjeta de crédito, el Usuario autoriza a Xxxxx, que se realice el cobro de un monto equivalente a cinco Quetzales, el cual deberá ser reembolsado o acreditado como crédito a su favor, una vez se verifique la tarjeta de crédito. Los pagos realizados no son reembolsables. Ciklo utilizará un mecanismo de procesamiento de pago prestado por un tercero, por lo cual el procesamiento del plazo pago estará sujeto a las condiciones y políticas de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) privacidad xxx xxxxxxx que señale preste el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención servicio y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación el emisor de la factura correspondiente pagará dentro tarjeta de crédito, adicional a los 30 días siguientespresentes. Sin perjuicio En ningún caso podrá imputársele a Ciklo responsabilidad alguna por algún error atribuible al tercero que presta el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo servicio de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto procesamiento de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratadospagos. Conforme a este procesoA su vez, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo Proveedor deberá proveer los datos de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario una cuenta de banco en donde quiera que se le depositen los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado fondos cobrados en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas basessu nombre. Con todo, SENDA Xxxxx se reserva el derecho de confirmar tanto la identidad como cualquier dato de la cuenta de banco que haya sido proveída. Una vez acreditado el cobro realizado en nombre del Proveedor, Xxxxx procederá a realizar ajustes la transferencia electrónica o depósito monetario a favor del Proveedor que haya prestado el servicio y en meses distintos a los anteriormente señaladosnombre de quien se hubiere cobrado, dentro de 5 días hábiles de recibido el mismo. En Por su parte, el caso Proveedor acepta que Xxxxx debite una cantidad de hasta veinte por ciento (20%) más el contratistaImpuesto al Valor Agregado –IVA- (o el impuesto que en su momento sea aplicable) del total cobrado en nombre suyo, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados concepto de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al por la prestación de servicio de cobro por cuenta ajena. Una vez realizado el pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará Usuario o realizada la transferencia o depósito a favor del Proveedor, Xxxxx le enviará la confirmación respectiva al correo electrónico registrado. Nuestros servicios deberán ser utilizados con fines lícitos. El Usuario y/o Proveedor no se encuentran autorizados y cuentan con la prohibición expresa de anunciar o transmitir a través de ésta página web y/o aplicación cualquier material que viole, inflija o límite algún derecho de terceros, ya sea por ser ilegal, amenazador, abusivo, difamatorio, invasivo de la privacidad o derechos de publicidad, vulgar, obsceno o que de cualquier manera aliente conductas que pudieran constituir delito penal, dar lugar a responsabilidades civiles o viole cualquier ley. El uso no autorizado de nuestro sitio web puede dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse lugar a una nueva licitación en reclamación por daños y perjuicios y/o constituir un delito penal, Xxxxx se reserva el derecho de iniciar los procedimientos pertinentes que de los hechos se deriven. De igual forma el Usuario y/o Proveedor tiene la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado prohibición de cumplimiento ceder o transferir de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, forma los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez derechos que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo adquieran en virtud de utilizar la página, nuestros servicios o cualesquiera negocios que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista uso de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientespágina se deriven.
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Samples: Términos Y Condiciones De Uso
PAGO. SENDA pagará El precio de los productos será el que se estipule en cada momento en el SITIO WEB, salvo en caso de error manifiesto. A pesar de que XXXXXXXXXXX intenta asegurarse de que todos los precios que figuran en el SITIO WEB son correctos, pueden producirse errores. Si ARISTOCRAZY descubriese un error en el precio de los productos que el cliente haya encargado, ARISTOCRAZY, tras informar al prestador cliente lo antes posible, le dará la opción de reconfirmar su pedido al precio correcto o bien anularlo. Si XXXXXXXXXXX no logra ponerse en contacto con el cliente, el pedido se considerará cancelado y le serán reembolsadas íntegramente las cantidades que hubiesen sido abonadas. ARISTOCRAZY no está obligado a suministrar productos (incluso aunque se haya enviado la Confirmación de Envío) si el error en el precio es obvio e inequívoco y hubiera podido ser reconocido de forma razonable por el cliente como precio incorrecto. Los precios de los meses productos ARISTOCRAZY pueden variar, pero (salvo en lo establecido anteriormente) los posibles cambios no afectarán a los pedidos con respecto a los que ya haya sido enviada una Confirmación de planes Envío. Dadas las particularidades de tratamiento la compra online, el precio de los productos señalado en el SITIO WEB se refiere única y rehabilitación exclusivamente a las compras realizadas en el mismo, sin que tenga por mes qué coincidir con el precio de plan venta al público de tratamiento los establecimientos ARISTOCRAZY. De acuerdo con lo anterior, el precio señalado en el SITIO WEB sólo se considera vinculante para las compras online y rehabilitación efectivamente otorgadoen modo alguno vincula a los establecimientos ARISTOCRAZY. Sin Los precios de la página Web incluyen el IVA, pero excluyen los gastos de envío, que se añadirán al importe total debido y se indicarán al cliente de forma desglosada. Una vez que el cliente haya hecho sus compras, todos los artículos que desea comprar se habrán añadido a su bolsa y el paso siguiente será tramitar el pedido y efectuar el pago. Para hacerlo el cliente seguirá 6 pasos:
1. Hará clic en "Mi Bolsa" en la parte superior de la página para incorporar los productos que desee comprar.
2. A continuación hará clic en "Comprar".
3. Rellenará y comprobará la información de contacto, los datos de su pedido, la dirección a la que desea que le sea enviado el pedido o tienda de recogida del mismo.
4. Elegirá el método de pago con el que desea realizar la compra (tarjeta de crédito o Paypal) e introducirá la información correspondiente.
5. Aceptará los “Términos y Condiciones”
6. Confirmará la compra pulsando “Realizar el pedido " El cliente podrá hacer el pago con las tarjetas Visa o Paypal. Para minimizar el riesgo de acceso no autorizado, se le redirigirá a la pantalla de la pasarela de pago virtual/ Paypal que autorizará el pago del pedido. Al hacer clic en "Autorizar Pago" el cliente está confirmando que la tarjeta de crédito es suya. ARISTOCRAZY utiliza Verisign para asegurar que el pago se ha efectuado de forma segura. Las tarjetas de crédito estarán sujetas a comprobaciones y autorizaciones por parte de la entidad emisora de las mismas; si dicha entidad no autorizase el pago, ARISTOCRAZY no se hace responsable de ningún retraso o falta de entrega y, en última instancia, de no proceder a formalizar el contrato de venta con el cliente. De conformidad con la normativa vigente, toda compra efectuada a través del sitio Web estará sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que se repercutirá al tipo vigente al momento de la entrega. En los pedidos con destino a Ceuta y Melilla, las entregas se encontrarían exentas de IVA sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, aplicación de los impuestos y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago aranceles correspondientes conforme a la entidad normativa vigente en cada uno de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesellos.
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Samples: Contrato De Compra
PAGO. SENDA pagará al prestador El Usuario PdC deberá pagar las facturas y notas de débito emitidas por GNLM dentro de los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de 14 (catorce) días corridos contados desde la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) entrega física de las prestaciones mencionadas mismas o desde su envío por medio electrónico al Usuario PdC en el N° 1.1 caso de las presentes Bases, y que correspondan facturas electrónicas. Cualquier monto de dinero a ser facturado por GNLM al Usuario PdC bajo este Acuerdo será denominado en pesos chilenos indicándose en la respectiva factura su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América de acuerdo al tipo de plan cambio denominado “Dólar observado” publicado a la fecha de emisión de la línea factura por el Banco Central de servicio adjudicadaChile en el Diario Oficial conforme al N° 6 del Capítulo 1 del Título 1 del Compendio de Normas de Cambios Internacionales o, a falta de éste, el tipo de cambio que el Banco Central de Chile establezca en su reemplazo. El pago Las referidas facturas emitidas por GNLM serán pagadas en Dólares conforme a la entidad cantidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido Dólares indicada en la respectiva factura y su documentación factura, mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria designada por el beneficiario. Cada pago de respaldo, cualquier suma deberá ser por el monto exacto completo adeudado, sin descuento o compensación por motivo alguno, como por ejemplo, pero no limitado a Impuestos, gastos cambiarios, o cargos por transferencias bancarias. Sin embargo, sí procederá la compensación respecto de los meses sumas que sean acordadas por las Partes o establecidas mediante resolución ejecutoriada de planes alguna Disputa o Disputa Técnica de tratamiento otorgados conformidad con la sección 16.2 de este Contrato. Una vez que la Parte haya realizado el pago del monto total adeudado en el respectivo mesbanco indicado por la otra Parte y de conformidad a las instrucciones impartidas por ésta, dentro la Parte que haya efectuado dicho pago no será responsable en forma alguna por el posterior desembolso de los tres primeros días corridos esos fondos por parte del mes siguientebanco al cual se efectuó el pago. Sólo para efectos informativos, en los términos del artículo 79 bis del reglamento cada vez que una de las Partes efectúe un pago a favor de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas otra Parte, deberá informar por escrito a nombre del Servicio Nacional para la Prevención brevedad posible a esta última, la fecha, monto, documento de cobro asociado al pago y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en cuenta bancaria a la forma que se ha realizado el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señaladostransferencia. En el caso de pagos que deban efectuarse a GNLM, este aviso escrito deberá enviarse mediante correo electrónico a la siguiente dirección: xxxxxxxxx@xxxx.xx o aquélla que GNLM indique por escrito. En el contratista, caso de pagos que deban efectuarse al momento Usuario PdC este aviso escrito deberá enviarse mediante correo electrónico a la dirección de contratar registre saldos insolutos correo electrónico que indique el Usuario PdC. La falta de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto este aviso no afectará la validez del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientespago.
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PAGO. SENDA pagará El arrendatario se compromete a pagar al prestador los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio arrendador - la cantidad resultante de la descripción realizada en estas bases, aplicación del contrato y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual precio pactado en el Sistema contrato de Gestión alquiler, correspondiente a duración, seguros, exenciones opcionales, equipamiento adicional y servicios complementarios, según las condiciones estipulados, así como los impuestos y tasas aplicables. - El importe de Tratamiento (SISTRAT) los kilómetros suplementarios en caso de las prestaciones mencionadas superar los kilómetros incluidos en el N° 1.1 contrato de alquiler - El importe de los daños y/o sustracciones sufridas total o parcialmente en el vehículo no amparados por el seguro contratado por el arrendatario así como cuando la exención aplicable en cada caso no hubiere sido contratado por el arrendatario. - El importe de traslado y/o la reparación de los daños del vehículo motivados por uso de combustible inadecuado. - La cantidad correspondiente a las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan multas por cualquier infracción de la línea legislación vigente, especialmente del Código de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez circulación, en que SENDAincurra el arrendatario en el uso del vehículo, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, así como los recargos por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste retraso en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señalados. En el caso que el contratista, al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho arrendatario y los gastos judiciales o extrajudiciales en que incurra el arrendador como consecuencia de lo anterior. - Los gastos de la obtención de un duplicado y/o envió, del juego de llaves del vehículo en casos de perdida, rotura, o cualquier otra situación por la que se paralice el vehículo por motivos achacables al arrendatario. Asimismo, se podrá cargar el precio de alquiler correspondiente a dar un día extra por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación coste de la paralización de vehículo ocasionado en cada caso por cualquier de las incidencias antedichas. - El importe indicado en el anexo de las condiciones generales de alquiler en caso de devolver el vehículo si la cual éste no podrá participar. Adicionalmentepareja de triángulos de emergencia, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar chaleco reflectante y el monto y estado de cumplimiento extintor. - El importe indicado en el anexo de las obligaciones laborales condiciones generales de alquiler en el caso de devolver el vehículo sin la documentación (fotocopia compulsada del permiso de circulación, fotocopia compulsada de la ficha técnica del vehículo y previsionales que le corresponden seguro de vehículo /carta verde). - El pago de los importes reseñados deberá ser realizado con sus trabajadorestarjeta de crédito, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesen metálico.
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Samples: Rental Agreement
PAGO. SENDA pagará al prestador El Cliente se compromete a pagar a la Arrendadora, una vez el alquiler haya finalizado y el vehículo haya sido devuelto (incluyendo el equipo, los meses accesorios, los documentos correspondientes y las llaves): -Todas las sumas debidas por el período de planes alquiler, los kilómetros recorridos y el monto por coberturas adicional de tratamiento seguro y rehabilitación cualquier otro servicio opcional que haya sido tomados por mes el Cliente; -El monto correspondiente para la recuperación del vehículo, en caso de plan que este haya sido dejado en otro lugar no aprobado de tratamiento manera anticipada por la Arrendadora; Todos los impuestos ya sean directos o indirectos que deberán ser canceladas sobre el valor del presente contrato, primas, costos e indemnizaciones previstas en el presente artículo; -Los montos adeudados por infracciones de transito y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio aparcamiento en virtud de la descripción realizada en estas baseslegislación aplicable durante la vigencia del presente contrato; -En caso de pago anticipado por parte del Cliente, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridosel monto del saldo pendiente de la factura, si lo hubiera, se entenderá cargará inmediatamente en la cuenta correspondiente a la tarjeta de crédito presentada, a menos que el Cliente ofrezca otro instrumento de pago aceptado por mes la Arrendadora. - El cliente acepta y autoriza por medio de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pagoeste contrato, cuando se cumpla que todos los gastos adicionales relacionado con el registro mensual en el Sistema vehículo, su alquiler o su uso (combustible, reparaciones, infracciones de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Basestransito, y que correspondan al tipo de plan etc.), serán debitados de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA se reserva el derecho de realizar ajustes en meses distintos a los anteriormente señaladosmisma cuenta. En el caso de que se aplique una tarifa promocional, el contratista, incumplimiento del período de alquiler acordado al momento de contratar registre saldos insolutos la entrega del vehículo, implicará la aplicación automática de remuneraciones o cotizaciones las tarifas establecidas por la Arrendadora, para ese momento. No obstante, el monto correspondiente según la tarifa establecida por la Arrendadora y los gastos de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado remolque deberán ser destinados al pago cancelados por el Cliente incluso cuando éste haya contratado un seguro adicional. - Los montos establecidos en el contrato como precio del arrendamiento no serán considerados como montos finales, sino hasta que se finalice el contrato. La Arrendataria se reserva la facultad de dichas obligacionesrevisar los montos establecidos y readecuarlos para determinar el monto real. Asimismo, debiendo el Cliente se verá en la obligación de cancelar cualquier diferencia que estime la Arrendadora y en caso contrario este recibirá el reembolso correspondiente, ante el incumplimiento a dicha obligación el Cliente deberá de cancelar un interés del 10%, de manera mensual. - En caso de un accidente, el Cliente autoriza a la Arrendataria a no cerrar la factura, sea este ocasionado con culpa o no del Cliente, hasta que no se obtenga una sentencia judicial en firme, emitida por los Tribunales xx Xxxxx Rica y se obtenga la aprobación o visto bueno por parte de la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste no podrá participarAseguradora. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo Cliente autoriza a no cerrar su factura hasta en tanto se cubran todos los cargos pendientes a su nombre o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientessu servicio.
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Samples: Rental Agreement
PAGO. SENDA 4.1 El pago se realizará exclusivamente en el establecimiento o sucursal del Vendedor con el que se celebró el contrato.
4.2 A menos que se acuerde de otro modo por escrito, el importe neto de las facturas se pagará al prestador en efectivo en los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio 30 (treinta) días siguientes a la fecha de la descripción realizada en estas basesfactura, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, se entenderá por mes sin derecho de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual en el Sistema de Gestión de Tratamiento (SISTRAT) de las prestaciones mencionadas en el N° 1.1 de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. deducción o compensación.
4.3 El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados en el respectivo mes, dentro de los tres primeros días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento de la ley 19.886. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este proceso, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA Vendedor se reserva el derecho a requerir el pago por adelantado o la provisión de realizar ajustes en meses distintos garantías para la primera entrega o para las siguientes si existen dudas relativas a la solvencia del Cliente, así como por otras razones empresariales. Si no se realiza el pago por adelantado solicitado y/o no se dan las garantías requeridas de forma satisfactoria para el Vendedor, este se reserva el derecho a suspender el cumplimiento del contrato o a declarar la resolución del mismo de manera total o parcial sin la intervención de los anteriormente señalados. En tribunales, y sin perjuicio de cualesquiera otros derechos y acciones legales disponibles para el caso Vendedor, incluido el derecho a exigir el pago completo de la contraprestación pactada, y sin que el contratistaVendedor esté obligado a proporcionar ningún tipo de compensación.
4.4 El pago se considerará efectuado en el momento en el que el Vendedor pueda disponer del importe.
4.5 Sin perjuicio de lo dispuesto en la ley aplicable con carácter imperativo, el Cliente no tiene derecho a suspender el pago en ninguna circunstancia.
4.6 De acuerdo con los dispuesto en la ley aplicable con carácter imperativo, a partir de la fecha de vencimiento del periodo de pago, el Cliente incurrirá en xxxx automáticamente en virtud de lo dispuesto en la ley y el crédito del Vendedor será inmediatamente exigible y pagadero. Si el Cliente no ha cumplido sus obligaciones para con el Vendedor o si no lo ha hecho por completo ni a tiempo, o si el Cliente ha solicitado la declaración en concurso de acreedores o ha sido ya declarado judicialmente en dicha situación o en suspensión de pagos, quiebra, liquidación forzosa, o ha adoptado el acuerdo de liquidación, se considerará al momento de contratar registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados Cliente en xxxx y todos los últimos dos años, los primeros estados de pago producto créditos del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución original del contrato, con un máximo de seis mesesVendedor devendrán inmediatamente vencidos y exigibles. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación Cliente está obligado a pagar un interés de demora del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda 5 % (cinco por ciento) anualmente a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento partir de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación fecha en la cual éste no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato considere en xxxx, sin perjuicio del resto de sus obligaciones. Todos los costes legales y contra entrega extrajudiciales, incluidos los de asistencia legal, corren por parte cuenta del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientesCliente.
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Samples: General Sales Conditions
PAGO. SENDA pagará al prestador El precio de los meses de planes de tratamiento y rehabilitación por mes de plan de tratamiento y rehabilitación efectivamente otorgado. Sin perjuicio de la descripción realizada en estas bases, y particularmente en sus documentos Anexos Técnicos respecto a los servicios requeridos, Bienes o Servicios se entenderá por mes de plan de tratamiento y rehabilitación válido para pago, cuando se cumpla con el registro mensual establecerá en el Sistema Pedido o, si no se cotiza ningún precio, el precio establecido en la lista de Gestión precios publicada del Proveedor vigente en la fecha de Tratamiento (SISTRAT) entrega. A menos que se indique lo contrario, el pago de las prestaciones mencionadas los Bienes o Servicios se recibirá en el N° 1.1 período de las presentes Bases, y que correspondan al tipo de plan de la línea de servicio adjudicada. El pago a la entidad de las prestaciones contratadas se realizará mensualmente y se hará efectivo sólo una vez que SENDA, a través de la Dirección Nacional o Regional, según corresponda, haya recibido la respectiva factura y su documentación de respaldo, por el monto exacto de los meses de planes de tratamiento otorgados indicado en el respectivo mesPedido o, si no se especifican términos de crédito en el Pedido, dentro de los tres primeros treinta días corridos del mes siguiente, en los términos del artículo 79 bis del reglamento posteriores a la recepción de la ley 19.886factura. Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo En caso de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 00.000.000-0, dirección xxxxx Xxxxxxxxx X° 0000, xxxx 0, Xxxxxxxx o en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación Proveedor se sienta inseguro con respecto al pago por parte del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no pagará facturas que no se encuentren debidamente extendidas, reclamando en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. El respectivo depósito o transferencia se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria (u otra cuenta a la vista) que señale el prestador. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, previa visación de la factura correspondiente pagará dentro de los 30 días siguientes. Sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pagará mensualmente el monto de los meses de planes de tratamiento que efectivamente fueron realizados por el contratista según corresponda a su(s) la línea(s) de servicio, considerando el máximo mensual de planes asignados señalado en el número 1.5 de las bases, este Servicio Público realizará cada cuatro meses un proceso de ajuste en el pago de los meses de planes de tratamiento contratados. Conforme a este procesoCliente, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará al adjudicatario los meses de planes de tratamiento que hubiere efectivamente realizado en el correspondiente período por sobre los máximos mensuales asignados, pero bajo el máximo asignado acumulado al período de ajuste correspondiente, de conformidad al 1.5 de estas bases. Con todo, SENDA Proveedor se reserva el derecho de realizar ajustes exigir términos de pago en meses distintos a efectivo o carta de crédito. El precio no incluye ninguna propiedad federal, estatal o local presente o futura, ventas, uso, impuestos especiales, licencias, ingresos brutos u otros impuestos o evaluaciones que puedan ser aplicables, impuestos o resultantes del Contrato o cualquier Servicio realizado en relación con estas Condiciones o los anteriormente señaladosBienes. El Cliente acepta pagar dichos impuestos o reembolsar el pago de dichos impuestos por parte del Proveedor. En el caso de que el contratistapago no se reciba a su vencimiento, los intereses se devengarán a la tasa del cuatro por ciento (4%), o el máximo permitido por la ley, sobre la parte no pagada de la suma de la factura, devengada diariamente desde la fecha de vencimiento hasta el pago real del monto vencido, ya sea antes o después de la sentencia. El Proveedor tiene el derecho de negarse a entregar Bienes o Servicios si el Cliente tiene deudas vencidas y no pagadas con el Proveedor. Además, el Proveedor tendrá derecho a retomar todos los Bienes de inmediato, a menos que se hayan realizado otros arreglos por escrito con respecto al momento pago solo si el Cliente tiene una deuda vencida y no pagada. El Cliente acepta poner todos los Bienes a disposición, listos para el envío, para el Proveedor, dentro de contratar registre saldos insolutos los cinco (5) días posteriores a la recepción de remuneraciones la notificación del Proveedor de su intención de volver a tomar los bienes. El Cliente deberá pagar todos los costos de cobro del Proveedor de cualquier cantidad vencida, incluidos, entre otros, los honorarios de abogados, los costos judiciales, los honorarios de testigos, los viajes y el alojamiento, etc. El Proveedor tendrá derecho a aplicar los pagos realizados por el Cliente primero para pagar aquellas reclamaciones que considere apropiadas, incluidos intereses, cargos por demora, costos de cobro, etc. El Cliente, o cotizaciones sus afiliados o cesionarios, no tendrá derecho a suspender sus obligaciones de seguridad social pago al Proveedor, reclamar ningún derecho a compensación o compensar sus obligaciones de pago con cualquier obligación del Proveedor con el Cliente, siendo dichas obligaciones las establecidas en estas Condiciones u otro contrato de compra entre el Cliente y el Proveedor. Si el Cliente no cumple con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados obligaciones de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad con el Proveedor por completo o dentro del período de ejecución original del contratopago aplicable, con un máximo de seis meses. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación en el plazo previsto en el párrafo anterior. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará Proveedor tendrá derecho a dar suspender sus obligaciones con el Cliente por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual éste completo o no podrá participar. Adicionalmente, el contratista deberá, durante la ejecución del contrato, informar el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponden con sus trabajadores, mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o cualquier medio idóneo que garantice la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento de estas. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondiente, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para los años correspondientescumplirlas.
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Samples: Términos Y Condiciones De Venta