Testimoniales Cláusulas de Ejemplo

Testimoniales. En los términos previstos en el Artículo 208 y siguientes del Código General del Proceso, se decreta el testimonio de: • XXX XXXXXX XXXXX XXXXX, este testimonio deberá ser rendido en la sede del Tribunal en la fecha que más adelante fijará el tribunal. Se previene a la parte convocada que deberá procurar la comparecencia de los testigos en la fecha y hora en que sea citado por el Tribunal. No obstante, si requiere la expedición de citación para el testigo, así deberá manifestarlo conforme lo establece el artículo 217 del Código General del Proceso.
Testimoniales. Se decreta la práctica de los siguientes testimonios para los fines indicados en el acápite de pruebas de la demanda y de la contestación de la demanda de reconvención, al cumplirse con los requisitos establecidos en el artículo 212 del Código General del Proceso, los cuales se llevarán a cabo en audiencia que se celebrará en la sede del Tribunal:
Testimoniales. 2.1) En relación a las testimoniales de Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Jommini Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx; por cuanto los referidos ciudadanos no comparecieron en la oportunidad de celebración de la audiencia de juicio, la Sala no tiene elementos que apreciar.
Testimoniales. En relación a las testimoniales de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, el tribunal ad-quo dejó constancia que las referidas ciudadanas no comparecieron en la oportunidad de celebración de la audiencia de juicio correspondiente. Ahora bien, realizado el examen de las pruebas aportadas por las partes, procede esta Sala a decidir el contradictorio conforme a los términos en la cual quedó trabada la litis. La demandada opuso como defensa la falta de cualidad para sostener el juicio, en virtud de la naturaleza mercantil del servicio prestado por la ciudadana Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, con lo cual admitió la prestación del servicio personal, aunque objetando su naturaleza laboral. Por lo tanto, resulta aplicable, a favor del demandante, la presunción de laboralidad prevista en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo, según la cual se presumirá la existencia de una relación de trabajo entre quien preste un servicio personal y quien lo reciba, correspondiendo a la empresa demandada desvirtuar el carácter laboral del servicio prestado. En este orden de ideas, se constata que la sociedad mercantil Salón de Belleza Primo Piano, C.A. produjo en autos, con el propósito de desvirtuar el carácter laboral del vínculo existente entre las partes, el documento original donde se plasmó el contrato de “cuentas en participación” celebrado entre esa empresa y la ciudadana Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, el 1° de noviembre de 2004. De la prueba documental mencionada se desprende que entre las mismas –denominadas para los efectos del contrato “La sociedad” y “El participante”, en su orden–, suscribieron un contrato denominado “cuentas en participación” mediante el cual la empresa, a través de la explotación de la franquicia de la marca comercial Xxxxxx, reconocida en el ramo de peluquería, convino asociarse con la actora, en su condición xx xxxxxxx profesional, para la explotación de dicho negocio. De la lectura íntegra del referido contrato de “cuentas en participación” suscrito entre las partes, observa esta Sala que la empresa aportaba el local comercial, los bienes muebles allí existentes, con los cuales la actora atendía a los clientes, el pago de los servicios públicos, el pago –compartido– de los impuestos municipales y “el nombre y reputación” de la marca Xxxxxx; por su parte, la demandante se obligaba a aportar“su industria”, contribuir al pago de la patente de industria y comercio (con un 2 % sobr...
Testimoniales. Se reciba la declaración del señor.................., con domicilio en las calles……... y… de esta ciudad de……..., cédula… , quien fue testigo en la firma de la escritura pública de mutuo con garantía hipotecaria. Se reciba la declaración del señor................, con domicilio en las calles........... de esta ciudad de.............cédula............., quien fue testigo en la firma de la escritura pública de mutuo con garantía hipotecaria. Rinda juramento decisorio el demandado sobre la falta de pago y xxxx del mismo acorde a lo estipulado en la escritura pública de mutuo con garantía hipotecaria, con domicilio señalado anteriormente. PRETENSIONES Por los HECHOS expuestos, solicito que se ordene en sentencia lo siguiente: La terminación del plazo del contrato mutuo con garantía hipotecaria, celebrado con el demandado. El pago de dólares americanos, con los respectivos intereses pactados en la escritura pública hasta su cancelación total. La cancelación de las costas procesales, donde se incluirán los honorarios de mi abogado patrocinador.
Testimoniales. Rindieron testimonio las siguientes personas: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. Inspecciones judiciales con exhibición de documentos e intervención de peritos Se practicaron sendas diligencias de inspección judicial con exhibición de documentos y con la intervención de peritos en las dependencias de Inurbe, de Fidutequendama y en Atlantic Coal de Colombia S.A. Dictamen pericial A petición de la entidad convocante, el tribunal decretó la práctica de una peritación a cargo de expertos contadores y economistas. Se designaron como peritos a los señores Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx y Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, quienes rindieron su dictamen oportunamente. Este no fue objetado por las partes, pero si adicionado y aclarado a solicitud de las mismas.
Testimoniales. 3.5.1.2.1. Declaraciones testimoniales En este proceso fueron practicados los testimonios de las siguientes personas así:  En septiembre 1 de 2015, se recibió la declaración testimonial de Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx;  En septiembre 1 de 2015, se llevó a cabo el interrogatorio de parte de Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx en calidad de representante legal de la Fidubogotá como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo y el interrogatorio de parte de Xxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, en su calidad de representante legal del Interventor (Cuaderno Principal No. 2, folios 33 a 36).
Testimoniales. En el proceso rindieron testimonio las siguientes personas: Xxxx Xxxxxxx Xx Xxxxxxxx00, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx00, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx00, Xxxxxxxx 28 Folios 53 y 54 del cuaderno de pruebas.
Testimoniales a) Xxxxx declaración el señor………….., con cédula………………., teléfono………, domiciliado en las calles………., de la ciudad de , que actuó como estuvo presente el momento de realizar la transacción comercial con el demandado.
Testimoniales. Obran las declaraciones rendidas por los señores XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXXX, XXXXX XXXXXX XXXXXXXX NIÑO, XXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX, XXXXXXX XXXXXX XXXX, XXXXXX XXXXXXX CAÑON XXXXXX, XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, XXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX, XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX LOPEZ59. Corre en el expediente dictamen pericial solicitado por la parte demandante y su respectiva aclaración y complementación, en relación con los perjuicios que habría sufrido la sociedad Productora xx Xxxxxx de Ubaté Ltda., con ocasión de la terminación unilateral del contrato de arrendamiento60. La prueba pericial fue objetada por error grave por el Municipio de Ubaté, objeción que corresponde a la Sala examinar a continuación, toda vez que el Tribunal a quo no efectuó pronunciamiento alguno respecto de la aludida objeción61. Sea lo primero decir que la finalidad del experticio como medio probatorio es la de verificar hechos que interesan al proceso y requieren especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos (artículo 233 del Código de Procedimiento Civil). De conformidad con el numeral 5° del artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, cualquiera de las partes de un proceso judicial –también ambas partes- puede hacer manifiesto su desacuerdo con el trabajo del experto y señalar los motivos por los cuales considera que el dictamen se equivocó de manera grave, 56 Folios 140 al 143 del cuaderno de pruebas No. 2.