GARANTÍAS DEL CONTRATO. En términos de lo estipulado en los artículos 56 de la Ley y 53 de su Reglamento, el Proveedor Adjudicado que celebre el Contrato con la Solicitante deberá presentar las siguientes garantías:
1. Garantía de Cumplimiento: El Proveedor deberá garantizar todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del Contrato, equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado, considerando el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.); y
2. Garantía de Anticipo: No aplica. Las garantías deberán presentarse mediante póliza de fianza, cheque certificado o billete de depósito, y expedirse a favor de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado. Dichas garantías deberán presentarse a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del Contrato, mediante un escrito firmado por el Proveedor dirigido a la Contratante, cumpliendo lo establecido en el artículo 126 del Reglamento del Presupuesto. En caso de que el Proveedor presente póliza de fianza, deberá incluir dentro de su texto la siguiente leyenda: “La fianza continuará vigente en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor, para el cumplimiento de las obligaciones que se afianzan, aun cuando hayan sido solicitadas y autorizadas extemporáneamente o inclusive cuando la prórroga o espera sea otorgada unilateralmente por la dependencia o entidad, y se haya comunicado al proveedor, por lo que la afianzadora manifiesta su consentimiento de acuerdo a la Ley que las rige”, e incluir la condición: “para cancelar esta fianza será requisito previo e indispensable la autorización expresa de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, a solicitud de la Dependencia o Entidad Contratante”. La falta de presentación de garantías será causa de rescisión del Contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 126 del Reglamento del Presupuesto.
GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01. Características de la Garantía Única de Cumplimiento.
(i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Interventor relativas al Contrato de Interventoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Interventor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Interventoría estimada en treinta y seis (36) meses, más una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos de la Sección 8.03 del presente Contrato. En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Interventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será el equivalente al treinta por treinta (30%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011, (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue.
(ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez (10%) de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Interventoría y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) días hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contrato.
(iii) Amparo de Cal...
GARANTÍAS DEL CONTRATO. Con carácter previo a la formalización el contrato, el adjudicatario deberá constituir una garantía –en cualquiera de las formas establecidas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público- del 5% del importe de adjudicación, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del contrato y las eventuales penalidades por el incumplimiento.
GARANTÍAS DEL CONTRATO. Con carácter previo a la formalización del Contrato, el adjudicatario deberá constituir una garantía –en cualquiera de las formas establecidas en el TRLCSP- del 5% del importe de adjudicación, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Contrato y las eventuales penalidades por incumplimiento.
GARANTÍAS DEL CONTRATO. El contratista se obligará a constituir a favor del Hospital Regional xx Xxxxxxxx E.S.E. y a satisfacción del mismo, de conformidad con lo establecido en el numeral 19 del Artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y el título 3 capítulo 1 del Decreto 1510 de 2013 y demás normas legales vigentes concordantes que rigen la materia, una PÓLIZA DE GARANTÍA ÚNICA debidamente firmada por el Representante Legal, expedida por una compañía de seguros debidamente constituida en el país o entidad bancaria, en formato para entidades estatales, con el objeto de respaldar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surjan del mismo, que incluya los siguientes amparos: A). CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: En cuantía del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al término de duración del contrato y cuatro (04) meses más. B).
GARANTÍAS DEL CONTRATO. Para concurrir a la presente licitación no se exige aportación de garantía provisional. El licitador que resulte Adjudicatario deberá depositar una fianza definitiva, en alguna de las formas previstas en derecho, por importe del CINCO (5) por ciento del importe de adjudicación del Contrato. Cumplidas por el Adjudicatario las obligaciones derivadas del Contrato si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva aportada en su caso y transcurrido UN (1) año desde el Contrato, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquella.
GARANTÍAS DEL CONTRATO. En términos de lo estipulado en los artículos 56 de la Ley de Adquisiciones Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca y 53 de su Reglamento, el Proveedor Adjudicado que celebre el Contrato con la solicitante deberá presentar las siguientes garantías:
1. Garantía de Cumplimiento: El Proveedor deberá garantizar todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del Contrato, equivalente al (10% diez por ciento) del monto total adjudicado, considerando el Impuesto del Valor Agregado (I.V.A).
2. Garantía de Anticipo: No aplica. Las garantías deberán presentarse mediante póliza de fianza, cheque certificado o billete de depósito, y expedirse a favor de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado. Dichas garantías deberán presentarse a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del Contrato, mediante un escrito firmado por el Proveedor dirigido a la Contratante, cumpliendo lo establecido en el artículo 126 del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y conforme al numeral 2.6 del ANEXO 1 “Bases de la Adquisición de Mobiliario para la Secretaria de Bienestar Tequio e Inclusión” IR/BIENESTAR/DA/001/2023”..
GARANTÍAS DEL CONTRATO. Luego de la adjudicación del contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del contrato, el contratista deberá constituir a favor del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS y METROVIVIENDA las garantías que se pacten en el respectivo contrato, que a manera enunciativa deberán cumplir los siguientes amparos, sin perjuicio de lo que se pacte finalmente entre las partes: • Cumplimiento General del Contrato: El pago de las multas y la efectividad de la cláusula penal pecuniaria, por un valor equivalente al treinta por ciento (30 ) del valor inicial del contrato, con vigencia por el término del contrato y seis (6) meses más. • Pago de salarios y prestaciones sociales: Por un valor equivalente al diez por ciento (10 ) del valor inicial del contrato, con vigencia igual a la del mismo y treinta y seis (36) meses más. • Una vez se haya firmado el acta de iniciación del contrato, el contratista deberá correr la vigencia de la garantía única, en todos sus amparos, con relación a la fecha de iniciación del contrato. • Calidad del servicio: Una vez se haya firmado el acta de inicio del contrato, el contratista deberá ajustar la vigencia de la garantía única, en todos sus amparos, con relación a la fecha de iniciación del contrato por un valor equivalente al veinte por ciento (20 ) del valor contrato La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. y METROVIVIENDA aprobarán las garantías si las encuentra ajustadas a lo especificado en el contrato. En caso contrario, las devolverá al proponente adjudicatario para que dentro del plazo que éstos le señalen, haga las modificaciones y aclaraciones necesarias. El proponente adjudicatario deberá adjuntar las constancias de pago de las garantías señaladas. El contratista deberá prorrogar la vigencia de la Garantía, en el evento en que se amplíe el término de duración del contrato.
GARANTÍAS DEL CONTRATO. Una vez adjudicado el proyecto por la Autoridad Competente y negociado el Contrato, el Oferente presentará en un plazo de cinco (5) días calendario según Constancia, una Garantía Bancaria o Fianza de Anticipo: Cuando se pacte un anticipo de fondos con el Contratista la cuantia será no mayor del veinte por ciento (20%), y el Contratista deberá constituir una Garantía de Anticipo equivalente al 100% de su monto (en caso de haber solicitado anticipo) y una Garantía Bancaria o Fianza de Cumplimiento: Equivalente al quince por ciento (15%) del monto del contrato.- La vigencia de la Garantía de Cumplimiento, será de tres (3) meses después del plazo previsto para la Ejecución del Proyecto u Obra, contados a partir de la fecha de su emisión. Si por causas imputables al contratista no se rindiere la Garantías de Cumplimiento, El Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS), mediante el trámite legal correspondiente, procederá a inhabilitarlo e invitará a un nuevo oferente calificado.
GARANTÍAS DEL CONTRATO. Con carácter previo a la formalización del Contrato, el adjudicatario deberá constituir una garantía –en cualquiera de las formas establecidas en el TRLCSP- del 5% del importe de adjudicación, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Contrato y las eventuales penalidades por el incumplimiento. La Fundación y el contratista deberán formalizar el correspondiente Contrato dentro de los 15 días siguientes al de notificación de la adjudicación definitiva.