OBLIGACIONES DE LA ARRENDATARIA Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DE LA ARRENDATARIA. Yo, “LA ARRENDATARIA” en la calidad con que actuó, me comprometo a: I) MANTENIMIENTO. Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo necesario a la pasarela peatonal objeto de este contrato, cubriendo en su totalidad los costos en que incurra, debiendo efectuar el remozamiento de pintura de esta cuando se deteriorare o así me lo requiera “LA ARRENDANTE”. Para la realización de dichas tareas, deberé informar con la debida anticipación el día y hora en que se llevará a cabo dicha actividad, para coordinar cualquier tipo de apoyo para ejecutar los trabajos correspondientes, debiendo una vez finalizados los mismos, remitir a la Gerencia General de EMETRA el informe y fotografías que acrediten los trabajos ejecutados. Si fuere el caso, que para el mantenimiento se contrataré a una empresa individual o jurídica para prestar el mantenimiento preventivo y/o correctivo de la pasarela peatonal, esta deberá contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil. Asimismo, debe tener o adoptar todas las medidas de seguridad necesarias para protección de su personal; II) PAGO DE ENERGÍA ELÉCTRICA. El costo del suministro de energía eléctrica utilizada en la iluminación de los rótulos publicitarios será pagado por la “LA ARRENDATARIA” en forma que se establezca en el contrato que para el efecto se suscriba con la entidad proveedora de dicho suministro y/o servicio. Los gastos de instalación de contador y el consumo de energía eléctrica que se generen, correrán a cuenta de “XX XXXXXXXXXXXX”, xxx xx xxx xx Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx y/o EMETRA, no deben ser consideradas como codeudoras del servicio que se le preste. III) SUMINISTROS Y MATERIALES. Efectuar las reparaciones necesarias a la pasarela peatonal con materiales e insumos de primera calidad, siendo estos de acabados de alta calidad con resistencia al medio ambiente y a la vibración de tráfico constante; IV) CONTRATACIÓN DE PERSONAL. Ser la responsable de la ejecución y supervisión directa del mantenimiento de la pasarela peatonal; así como del pago de salarios, pasivo laboral, prestaciones laborales, cuotas al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS-; cuotas al Instituto de Recreación de los
OBLIGACIONES DE LA ARRENDATARIA. La arrendataria viene obligada a:
OBLIGACIONES DE LA ARRENDATARIA. 1) Cumplir íntegramente y en sus términos su oferta técnica y económica.
OBLIGACIONES DE LA ARRENDATARIA. 6.1 DEVOLUCIÓN DEL(LOS) INMUEBLE(S) AL VENCIMIENTO DEL PLAZO Y ALLANAMIENTO A FUTURO
OBLIGACIONES DE LA ARRENDATARIA. LA CORTE se obliga ·a: a) Cancelar mensualmente los recibos de agua y luz; y b) Permitir a LA ARRENDANTE ingresar al inmueble en horas hábiles, para corroborar el buen estado
OBLIGACIONES DE LA ARRENDATARIA. SON OBLIGACIONES DE “LA ARRENDATARIA”, LAS SIGUIENTES:
OBLIGACIONES DE LA ARRENDATARIA. Son obligaciones de la Arrendataria, aparte de las establecidas en las cláusulas del contrato y sus anexos, las siguientes:
OBLIGACIONES DE LA ARRENDATARIA. La conservación, mantenimiento, reparación, limpieza, higiene y ornato del inmueble, obras y construcciones, a su cargo, con objeto de asegurar el buen estado de uso de los espacios, terrenos e instalaciones que se utilicen en la explotación, tanto interior como exteriormente, incluso desde el punto de vista estético, realizando a su cargo las sustituciones y reparaciones habituales que sean precisas, y las actuaciones de mantenimiento y conservación habituales. Las Obras serán realizadas por la ARRENDATARIA, siempre bajo la supervisión de los técnicos designados por el CZFS, correspondiendo en todo caso a la ARRENDATARIA la obtención de los permisos y licencias que sean preceptivos y exigibles. Se incluye: o Mantener en perfecto estado de uso y conservación el inmueble arrendado. o Abonar los desperfectos que se ocasionen, tanto en el propio inmueble arrendado como en el entorno que lo alberga o en el recinto, por los empleados o personas que realicen trabajos o servicios para la ARRENDATARIA, como consecuencia del desempeño de la actividad propia de la empresa, del traslado de muebles, la conducción de bultos en general, el atasco y desatasco de desagües, etc. o Realizar las reparaciones de averías derivadas del uso normal de las instalaciones o bien causadas por xxxx, culpa o negligencia de la ARRENDATARIA. o Modificar a su cargo las instalaciones en la forma que requieran las autoridades administrativas o empresas suministradoras, para acomodarla a las disposiciones legales o reglamentarias. Si el ARRENDATARIO no atendiera a sus obligaciones, incluido la realización de obras en el plazo indicado, el CZFS procederá inmediatamente a la reparación por cuenta de la ARRENDATARIA, sin perjuicio de la posibilidad de incoar el ‘Expediente de Penalización’, exigiéndose que se sufraguen los gastos incurridos, los daños y perjuicios e incluso iniciar el ‘Expediente de Resolución del Contrato’. El ARRENDADOR no responderá, en ningún caso, de los daños o perjuicios que causen en las pertenencias de la ARRENDATARIA estos desperfectos o daños en las instalaciones, ni tampoco los que sean consecuencia de las aguas de lluvia. • Modificaciones sobre la instalación inicial. Reformas. La ARRENDATARIA podrá solicitar al CZFS la autorización para la realización de reformas, la incorporación de nuevas instalaciones e infraestructuras y otras obras. El CZFS, tras el estudio correspondiente del tipo de obra y previa aclaraciones sean precisas (proyecto, materiales usados, …), ...
OBLIGACIONES DE LA ARRENDATARIA. Adicional a lo anteriormente expresado, el ARRENDATARIO se obliga a:
OBLIGACIONES DE LA ARRENDATARIA. LA ARRENDATARIA se obliga a: