RESPONSABILIDAD. 13.1 El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
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Samples: Modelo De Pliegos, Modelo De Pliegos, Pliego Del Procedimiento De Contratación Consultoría Pública
RESPONSABILIDAD. 13.1 El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCPLey, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
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Samples: Carta De Aceptación Y Compromiso, Modelo De Pliegos, www.celec.gob.ec
RESPONSABILIDAD. 13.1 20.01.- El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCPLey, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
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Samples: Modelo De Pliegos, Carta De Invitacion, Carta De Presentación Y Compromiso
RESPONSABILIDAD. 13.1 El CONSULTOR CONSULTOR/A es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.. Nombre Cargo Firma Elaborado por: XXXXXX XXXXXX ESPECIALISTA EN CONTRATACIONES CON MULTILATERALES
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Samples: www.cfn.fin.ec, www.cfn.fin.ec, www.cfn.fin.ec
RESPONSABILIDAD. 13.1 El EL CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCPLey, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
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RESPONSABILIDAD. 13.1 20.01.- El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto pevisto en el artículo 100 de la LOSNCPLey, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
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RESPONSABILIDAD. 13.1 El CONSULTOR CONSULTOR/A es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
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Samples: www.cfn.fin.ec, www.cfn.fin.ec
RESPONSABILIDAD. 13.1 El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCPLey Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
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Samples: guayas.gob.ec
RESPONSABILIDAD. 13.1 El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.. Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxxx
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RESPONSABILIDAD. 13.1 10.1 El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
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RESPONSABILIDAD. 13.1 13.1. El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
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Samples: www.loja.gob.ec
RESPONSABILIDAD. 13.1 El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez va lidez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
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Samples: Modelo De Pliegos
RESPONSABILIDAD. 13.1 21.01. El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCPLey, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
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Samples: Carta De Presentación Y Compromiso
RESPONSABILIDAD. 13.1 22.1.- El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
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RESPONSABILIDAD. 13.1 El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.. 1
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Samples: Concurso Público De Consultoría
RESPONSABILIDAD. 13.1 El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador. 1La versión xxx xxxxxx 1.1., para consultoría, del Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), emitida el 00 xx xxxxxxx 0000, han servido de referencia para la elaboración de este pliego.
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Samples: Pliego Del Procedimiento De Contratación Consultoría Pública
RESPONSABILIDAD. 13.1 22.1.- El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la tT rn irn c 'CU| r LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más practicas mas adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
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Samples: Contrato De Co Nsulto Ria Par a Estudio Y Diseño Del Proyecto Del Parque De La Cultua
RESPONSABILIDAD. 13.1 El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador. (Hasta aquí el texto de las condiciones generales de los contratos de ejecución de obras).
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Samples: www.celec.gob.ec