GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.
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Samples: Construction Contract, Construction Contract, Construction Contract
GARANTÍAS. “El CONTRATISTA garantiza Contratista” se obliga a constituir en la correcta forma, términos y fiel ejecución procedimientos previstos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, las garantías siguientes:
A) FIANZA PARA EL ANTICIPO.- Fianza a favor de la Tesorería de la Federación, por la totalidad del monto concedido como anticipo tanto para que “El Contratista” realice en el sitio de los trabajos la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos objeto del presente CONTRATO contrato, así como para la compra y producción de materiales que se instalen permanentemente, conforme a la Cláusula Quinta y deberá ser presentada por “El Contratista” previamente a la entrega de los anticipos, dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo de adjudicación y, para los ejercicios subsecuentes, a partir de que “El Contratista” reciba la notificación por escrito del monto del anticipo concedido; la garantía subsistirá hasta la total amortización de los anticipos correspondientes, así mismo deberá presentar al área responsable de los trabajos (señalar el área en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido específico) un programa en el DBC) Nº emitida por (Registrar que se establezca la forma en que se aplicará dicho anticipo, en términos de lo previsto en el nombre artículo138 del Reglamento de la Entidad emisora Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- Fianza a favor de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social Tesorería de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar Federación por el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete veinte por ciento (720%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORpresente contrato.
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Samples: Contract for Public Works Services, Contrato De Servicios
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza beneficiario deberá entregar las siguientes garantías, de conformidad a lo señalado en los párrafos siguientes:
a) Garantía por anticipos: Con anterioridad al desembolso del subsidio, o de cada cuota de éste, según corresponda, se deberá entregar, por el beneficiario, a satisfacción y en favor de InnovaChile, cauciones consistentes, ya sea en vales vista, boletas de garantía bancaria pagadera a la correcta y fiel vista, depósitos a plazo, pólizas de seguro de ejecución inmediata o a primer requerimiento, o Certificados de Fianza otorgados por Instituciones de Garantía Recíproca, con el fin de garantizar el total de los montos de los recursos anticipados provenientes del subsidio. La glosa de dicho instrumento de garantía, en caso de que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que su objetivo consiste en “garantizar el correcto uso del anticipo otorgado por el Comité InnovaChile, para la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con proyecto (señalando la denominación del proyecto y su código)”, debiendo tener una vigencia de por lo menos 3 (Registrar el tipo tres) meses sobre la fecha de garantía entrega del informe de avance y/o final, de acuerdo al calendario establecido en la cláusula duodécima del presente convenio. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre respectivo informe y rendición de cuentas correspondiente. Para la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto devolución de la garantía correspondiente al último o único desembolso, además de la aprobación del Informe Final o de Cierre y rendición correspondiente, se requerirá la restitución total de los saldos observados, no gastados y no rendidos del subsidio. El correcto uso del anticipo implica, además de la realización de gastos que sean pertinentes con los objetivos del proyecto y con las normas que regulan su uso contenidas en forma las bases y en el presente convenio de subsidio, la obligación de usar el subsidio respetando el porcentaje máximo de cofinanciamiento aprobado, de acuerdo con las reglas señaladas en el último párrafo de la cláusula sexta precedente y en el numeral 11.4.2 de las Bases Administrativas Generales.
b) Garantía por fiel cumplimiento del convenio: Con anterioridad a la entrega del subsidio, o de la primera cuota de éste, según corresponda, el beneficiario, deberá, además, entregar una caución de igual naturaleza a las anteriormente señaladas para garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por un monto de, a lo menos, 30 U.F. (treinta unidades de fomento). La glosa de este instrumento, en caso de que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que se otorga para “garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por parte del beneficiario (individualizarlo), referente al proyecto (nombre del proyecto y literalcódigo)”. Esta garantía tendrá por fin cautelar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el convenio de subsidio, y deberá tener una vigencia de, por lo menos, 3 (tres) equivalente al siete meses sobre la fecha de presentación del informe final. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe dicho informe y se acredite el cumplimiento de todas las obligaciones. Los documentos de garantía – por ciento anticipo y/o fiel cumplimiento del convenio - deberán entregarse dentro del plazo de 30 (7%treinta) del monto total del Contrato. A solo días hábiles, contados desde su requerimiento por parte de InnovaChile. Antes de la ENTIDADfecha de vencimiento de este plazo, el importe beneficiario podrá solicitar fundadamente a InnovaChile la prórroga de hasta 30 (treinta) días hábiles. Si transcurridos los plazos señalados o su prórroga, no se ha presentado cualquiera de los documentos de garantía, debiendo hacerlo, InnovaChile tendrá por desistida la postulación, o pondrá término anticipado al convenio, según corresponda. Asimismo, la no renovación oportuna de cualquiera de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas a requerimiento de InnovaChile la facultará para ejecutar aquellas que se encuentren vigentes y para poner término anticipado al convenio. Se entenderá que la renovación es “oportuna” cuando los documentos de garantía son recibidos a conformidad de InnovaChile, al menos, con 3 (tres) días hábiles de anticipación al vencimiento de aquel/los que obran en poder del Comité. Los documentos de garantía mencionados podrán ser otorgados, además, por terceros, previa aceptación de InnovaChile, mencionando en la glosa de éstos, si correspondiere según su naturaleza, que garantizan al beneficiario (que deberá individualizarse) por “el correcto uso del anticipo del subsidio entregado” (en el caso de la garantía por anticipos), o por “el fiel cumplimiento del convenio de subsidio” (en el caso de la garantía por fiel cumplimiento). Si el beneficiario es un órgano integrante de la Administración del Estado, no se le exigirá la entrega de garantías. Sin perjuicio de lo anterior, InnovaChile ejercerá las acciones administrativas, extrajudiciales y judiciales correspondientes, ante la existencia de cualquier saldo requerido, pendiente de devolución, en el contexto de ejecución de un proyecto ante el Comité. Se deja constancia que la garantía por anticipo no reviste el carácter de cláusula penal, por lo que, en caso de incumplimiento contractual incurrido por que su cobro no permita recuperar los recursos anticipados que deban ser restituidos, InnovaChile podrá ejercer las acciones que corresponda para lograr el CONTRATISTA, sin necesidad reintegro del total de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORdichos fondos.
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Samples: Convenio De Subsidio, Convenio De Subsidio
GARANTÍAS. 6.1 El CONTRATISTA Proveedor garantiza que todos los Bienes suministrados en virtud del Contrato son nuevos, no tienen uso previo y corresponden al modelo más reciente o actual, y que incorporan todas las mejoras recientes en cuanto a diseño y materiales, a menos que el Contrato disponga otra cosa.
6.2 El Proveedor además garantiza que todos los Bienes suministrados estarán libres de defectos derivados de sus actos y omisiones, o derivados del diseño, los materiales o la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO manufactura, durante el uso normal en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido las condiciones que imperen en el DBC) Nº emitida por (Registrar país de destino final.
6.3 La garantía seguirá vigente durante [ingrese el nombre número de meses] meses a partir de la Entidad emisora fecha en que los Bienes, o cualquier parte de ellos, según el caso, hayan sido entregados y aceptados en el punto final de destino
6.4 El plazo para la reparación o reemplazo a partir de la notificación del defecto por el Comprador será [ingrese el número de días] días.
6.5 Si el Proveedor, tras haber sido notificado, no corrige los defectos dentro del plazo establecido 6.4, el Comprador, dentro de un tiempo razonable, podrá proceder a tomar las medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del Proveedor y sin perjuicio de otros derechos que el Comprador pueda tener contra el Proveedor en el marco del Contrato.
6.6 Para los efectos de la garantía, el (o los) el lugar (es) de destino final deberá(n) ser: [especificar como corresponda]. El presente contrato contempla la entrega de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , las siguientes garantías: Previo a la orden entrega del anticipo, el PROVEEDOR presentará a favor de (Registrar EL COMPRADOR esta garantía, por igual valor del anticipo. Esta garantía se reducirá en la medida que se amortice el nombre o razón social anticipo, hasta su total cancelación. Esta garantía se entregará en las formas indicadas en artículo 73 de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto Ley Orgánica del Sistema Nacional de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del ContratoContratación Pública. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad fiel cumplimiento del SUPERVISOR.contrato
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Samples: Contratación De Selección Directa, Contratación De Selección Directa
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza beneficiario deberá entregar las siguientes garantías, de conformidad a lo señalado en los párrafos siguientes:
a) Garantía por anticipos: Con anterioridad al desembolso del subsidio, o de cada cuota de éste, según corresponda, se deberá entregar, por el beneficiario, a satisfacción y en favor de InnovaChile, cauciones consistentes, ya sea en vales vista, boletas de garantía bancaria pagadera a la correcta y fiel vista, depósitos a plazo, pólizas de seguro de ejecución inmediata o a primer requerimiento, o Certificados de Fianza otorgados por Instituciones de Garantía Recíproca, con el fin de garantizar el total de los montos de los recursos anticipados provenientes del subsidio. La glosa de dicho instrumento de garantía, en caso de que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que su objetivo consiste en "garantizar el correcto uso del anticipo otorgado por el Comité InnovaChile, para la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con proyecto (señalando la denominación del proyecto y su código)", debiendo tener una vigencia de por lo menos 3 (Registrar el tipo tres) meses sobre la fecha de garantía entrega del informe de avance y/o final, de acuerdo al calendario establecido en la cláusula duodécima del presente convenio. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre respectivo informe y rendición de cuentas correspondiente. Para la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto devolución de la garantía en forma numeral correspondiente al último o único desembolso, además de la aprobación del Informe Final o de Cierre y literalrendición correspondiente, se requerirá la restitución total de los saldos observados, no gastados y no rendidos del subsidio.
b) equivalente al siete Garantía por ciento (7%) fiel cumplimiento del monto total convenio: Con anterioridad a la entrega del Contrato. A solo requerimiento por subsidio, o de la ENTIDADprimera cuota de éste, según corresponda, el importe beneficiario, deberá, además, entregar una caución de igual naturaleza a las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas señaladas para garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por un monto de, a lo menos, 30 U.F. (treinta unidades de fomento). La glosa de este instrumento, en caso de incumplimiento contractual incurrido que por el CONTRATISTAsu naturaleza la contemple, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho deberá expresar que se hará constar mediante otorga para "garantizar el Acta correspondientefiel cumplimiento del convenio de subsidio por parte del beneficiario (individualizarlo), suscrita referente al proyecto (nombre del proyecto y código)". Esta garantía tendrá por ambas partes CONTRATANTESfin cautelar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el convenio de subsidio, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISORy deberá tener una vigencia de, por razones justificadaslo menos, quien llevará 3 (tres) meses sobre la fecha de presentación del informe final. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe dicho informe y se acredite el control directo cumplimiento de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORtodas las obligaciones.
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Samples: Subsidy Agreement, Subsidy Agreement
GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato17: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la CARTA FIANZA N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de prestación de servicios en general, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, el importe durante la primera mitad del número total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso pagos a realizarse, de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAforma prorrateada, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera con cargo a ser devuelto a la Recepción Definitiva de la Obra dentro finalización del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente mismo.” Importante De conformidad con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTAartículo 128 del Reglamento, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La no se constituirá garantía de Cumplimiento fiel cumplimiento del contrato ni garantía de Contratofiel cumplimiento por prestaciones accesorias, Garantía Adicional en contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la Garantía sumatoria de Cumplimiento los montos de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual los ítems adjudicados no exime la responsabilidad del SUPERVISORsupere el monto señalado anteriormente.
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Samples: Adjudicación Simplificada, Adjudicación Simplificada
GARANTÍAS. Constituirá garantía de cumplimiento del contrato o pedido, misma que deberá presentarse a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del mismo, cumpliendo con las disposiciones de la Tesorería de la Federación TESOFE. El CONTRATISTA garantiza licitante a quien se le adjudique el contrato de cada partida deberá garantizar su cumplimiento, a través de fianza indivisible expedida por una institución debidamente autorizada en los términos de la correcta Ley de Instituciones de Seguros y fiel ejecución Fianzas, en moneda nacional (peso mexicano), por un importe del presente CONTRATO en 10% del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A., a favor de la Tesorería de la Federación y a satisfacción de la Secretaria de la Función Pública. La póliza de la fianza señalada deberá contar por lo menos con los siguientes requisitos: ❑ Indicación del importe total garantizado con número y letra. ❑ Referencia de que la fianza se otorga de manera indivisible atendiendo a todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido las estipulaciones contenidas en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre contrato. ❑ La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma así como la especificación de las obligaciones garantizadas. ❑ El señalamiento de la Entidad emisora denominación o nombre del proveedor o fiado. La garantía de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , cumplimiento deberá estar sujeta a la orden condición de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazofianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, a efectos de requerir forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDADvigencia, lo cual no exime debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos, y se consideraran las siguientes previsiones: ⮚ Esta garantía permanecerá vigente durante el cumplimiento de la responsabilidad obligación que garantice y continuará vigente en caso en que la SFP otorgue prórrogas o esperas al proveedor o fiador para el cumplimiento de sus obligaciones así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan en relación con este contrato y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente que quede firme salvo que las partes se otorguen el finiquito de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del SUPERVISORplazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones o cualquier otra circunstancia.
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Samples: Contratación De Servicios, Licitación Pública
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución licitante al que se le adjudique el contrato respectivo deberá garantizar:
A. Aplicación del presente CONTRATO en todas sus partes anticipo.
1. Se expide de conformidad con la (Registrar el tipo Ley de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.
2. Se otorga a favor de la Entidad emisora Tesorería de la garantíaFederación, por la cantidad de $ (con letra) el de de 20 correspondiente al 100% (cien por ciento), con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratoanticipo, incluyendo el IVA.
3. A solo requerimiento por La fianza garantiza la ENTIDAD, el importe debida aplicación del anticipo de acuerdo con todas y cada una de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas obligaciones a cargo del contratista atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este contrajo y sus anexos.
4. En caso de incumplimiento contractual incurrido por otorgamiento de prórrogas o esperas al contratista para el CONTRATISTAcumplimiento de sus obligaciones, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva derivadas de la Obra dentro formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo de ejecución del plazo contractual y en forma satisfactoriacontrato, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después este deberá exhibir la modificación correspondiente de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contratofianza.
5. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de La vigencia de la misma bajo fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo objetivo, de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDADvigencia, lo cual no exime debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos.
6. Esta garantía estará vigente durante la responsabilidad substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del SUPERVISORplazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo, esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “El Tribunal” otorgue prórroga o esperas a “el contratista” para el cumplimiento de sus obligaciones.
7. La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
8. Para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito del Tribunal.
9. La afianzadora se somete a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de México, Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
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Samples: Licitación Pública Nacional, Licitación Pública Nacional
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Previa recepción de las fianzas señaladas, el CFCRL las validará a fin de verificar su autenticidad y corroborar su vigencia, acorde a los procedimientos de las afianzadoras para dicho efecto, estas deberán ser acordes a los modelos señalados en las “Disposiciones de carácter general por las que se prueban los modelos de pólizas de fianzas constituidas como garantía en las contrataciones públicas realizadas al amparo de la correcta Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras públicas y Servicios Relacionadas con las mismas”, publicadas en el DOF el día 15 xx xxxxx de 2022.
I. De Cumplimiento del Contrato: De conformidad con lo establecido en la fracción II del artículo 48 de la Ley y el artículo 91 del Reglamento, el Contratista deberá presentar la garantía de cumplimiento, dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes contados a partir de la fecha en que hubiese recibido copia de notificación del fallo de adjudicación e invariablemente antes de la firma del contrato, mediante fianza para garantizar el estricto y fiel ejecución cumplimiento del presente CONTRATO contrato, otorgada por una Institución Afianzadora autorizada, por un monto igual al 10% (diez por ciento) del importe total del contrato sin incluir el IVA a favor del CFCRL. La vigencia de la garantía citada será hasta que se cumpla totalmente con lo estipulado en todas sus partes el contrato y será cancelada solamente por autorización expresa y por escrito del CFCRL y haya sido constituida y entregada la garantía por defectos, vicios ocultos de los trabajos o cualquier otra responsabilidad a cargo del Contratista.
II. De Xxxxxx Xxxxxxx y cualquier otra responsabilidad que resulte a cargo del contratista: Concluidos los trabajos y no obstante su recepción formal, el Contratista, de conformidad con la (Registrar el tipo de garantía lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 66 de la Entidad emisora Ley, quedará obligado a responder de los defectos que resultaran en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo y en el Código Civil Federal. Para garantizar durante un plazo de doce meses a partir de la garantía) fecha de recepción de los trabajos, el cumplimiento de de 20 las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar Contratista deberá constituir Fianza por el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete 10% (diez por ciento (7%ciento) del monto total ejercido sin considerar el IVA, para garantizar la reparación en tiempo y forma de los defectos de los trabajos, los vicios ocultos y cualquiera otra responsabilidad en que hubiere incurrido, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley. Quedarán a salvo los derechos del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, CFCRL para exigir el importe pago de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva cantidades no cubiertas de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriaindemnización que a su juicio corresponda, hecho una vez que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas hagan efectivas las garantías serán devueltas después constituidas conforme a este punto. La vigencia de esta garantía será a partir de la Liquidación fecha de la recepción física de los trabajos a entera satisfacción del ContratoCFCRL y si durante los doce meses no surgió una responsabilidad a cargo del Contratista, juntamente podrá ser liberada, de conformidad con el Certificado de Cumplimiento de Contratoartículo 95 del Reglamento. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia La cancelación de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto fianza será a solicitud expresa y por escrito del Contratista al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORCFCRL.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Las garantías a que se refiere la correcta y fiel ejecución presente cláusula se deberán constituir, a elección del presente CONTRATO oferente o adjudicatario, únicamente de acuerdo a las siguientes formas:
i) Entrega de dinero en todas sus partes con efectivo.
ii) En títulos y/o Bonos Nacionales, que coticen en la (Registrar el tipo Bolsa de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre Comercio de Buenos Aires, valuados según su cotización al cierre del último día hábil anterior al de la Entidad emisora presentación.
iii) Mediante garantía bancaria, otorgada por entidad financiera autorizada a funcionar en los términos de la Ley 21.526.
iv) Seguro de Caución emitido por una Compañía de Seguros autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, que cubra el monto resultante de la garantía. Todas las garantías deberán asegurar el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas en los plazos establecidos.
4) 1. Integración de las garantías De mantenimiento de oferta: Junto con la presentación de la oferta deberá integrarse la garantía de mantenimiento de oferta por un monto equivalente al 5% (cinco por ciento) del valor total de la propuesta presentada. De adjudicación: el adjudicatario integrará la garantía de cumplimiento contractual, equivalente al 15% (quince por ciento) del valor total de 20 la adjudicación, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de recibida la notificación de la adjudicación.
4) 2. Independencia de las garantías Las garantías a que se refiere el apartado precedente deberán constituirse individualmente para cada contratación en la que participen los oferentes y/o adjudicatarios, con vigencia hasta independencia de otras licitaciones o contrataciones en que intervengan.
4) 3. Falta de integración de las garantías El adjudicatario que no integre la garantía de adjudicación dentro del plazo que se establece en el de de 20 punto 5.1, a sufrirá la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto pérdida del importe de la garantía en forma numeral de oferta y literalla pérdida automática de sus derechos como adjudicatario.
4) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato4. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe Devolución de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. Serán devueltas:
i) La garantía de Cumplimiento mantenimiento de Contratooferta: A los oferentes cuyas ofertas fueran rechazadas o declaradas inadmisibles, Garantía Adicional a la Garantía luego de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia transcurridos quince (15) días hábiles del momento del rechazo de la Unidad Administrativa oferta o adjudicación, el que fuera menor y, a los proponentes que no hubieran resultado adjudicatarios luego de transcurridos cinco (5) días hábiles del momento de la ENTIDADadjudicación.
ii) La garantía de adjudicación: Una vez emitido por Nación Seguros S.A. el certificado de cumplimiento total de la contratación.
4) 5. Acrecentamiento de Valores Nación Seguros S.A. no abonará intereses por los depósitos en dinero entregados como garantía de mantenimiento de oferta o de adjudicación. Respecto de los títulos valores que fueran otorgados como garantía de mantenimiento de oferta o de adjudicación, lo cual se deja constancia que los intereses o amortizaciones que dichos títulos devenguen, pertenecerán a sus depositantes. Nación Seguros S.A. no exime la responsabilidad del SUPERVISORserá responsable de realizar acto de gestión alguno, necesario para el cobro de los servicios de intereses o amortizaciones que irrogaren dichos títulos valores.
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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta COMPRADOR deberá constituir por su cuenta y fiel ejecución entregar al VENDEDOR, el original de una garantía única expedida por una compañía de seguros de suficiente solvencia, legalmente autorizada para funcionar en Colombia o una garantía bancaria expedida por una entidad bancaria, que ampare el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente CONTRATO Contrato, que indique expresamente en su carátula que garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones, incluidas las de pago y el pago de las multas, intereses, penalizaciones, compensaciones, cargos, sobrecostos, y el no pago de impuestos, tasas o contribuciones y/o sanciones decretadas en desarrollo de las cláusulas contractuales que se generen a favor del VENDEDOR por el incumplimiento del COMPRADOR.
14.1. Póliza de Cumplimiento: En el evento de que el COMPRADOR opte por constituir una póliza de cumplimiento, ésta deberá constituirse en el formato de Garantía Única de Cumplimiento aplicable a ECOPETROL que para el efecto entregará el VENDEDOR, en cuya carátula conste que la misma no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral. A la póliza deberá anexarse las Condiciones Generales aplicables a ECOPETROL, que incluyan lo relativo al procedimiento en caso de reclamación y pago del siniestro contenido en la Circular 067/98 de Fasecolda y el comprobante original de pago de la prima de la póliza. Igualmente deberá cumplir con los requisitos contenidos en la Circular VFA del VENDEDOR del 1º xx xxxxxx de 2005 o cualquier circular, directriz o norma del VENDEDOR que la modifique, adicione o sustituya. Cuando la Fuente de Producción corresponde a la Refinería xx Xxxxxxxxx, los requisitos de la Póliza de Cumplimiento serán los siguientes: - El objeto deberá señalar que se garantiza el cumplimiento por parte del Tomador de todas sus partes con la (Registrar obligaciones pecuniarias, incluyendo las de pago, el tipo pago de garantía establecido multas, sanciones, intereses, penalizaciones y compensaciones, y el no pago de impuestos, tasas o contribuciones y/o sanciones ordenadas en desarrollo del contrato y/o contratos celebrados entre el DBCTomador y el BENEFICIARIO, quien actúa a través de su mandatario Ecopetrol S.A., y que tengan por objeto el suministro del(los) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantíaProducto(s) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar definido(s)en las CP. - Que se indique claramente el nombre o razón social del tomador, registrando el NIT y datos asociados (dirección, teléfono etc.). - Que como asegurado se indique a Ecopetrol en su calidad de Mandatario de Refinería xx Xxxxxxxxx (REFICAR) y Refinería xx Xxxxxxxxx (REFICAR). - Que como beneficiario se indique Refinería xx Xxxxxxxxx (REFICAR). - Que se señale que tanto Ecopetrol en su calidad de mandatario de REFICAR y/o Refinería xx Xxxxxxxxx están facultados para adelantar los trámites de reclamación del seguro en el evento en que se configure un siniestro de incumplimiento. - Que la misma no expirará por falta de pago de la ENTIDAD a prima o por revocatoria unilateral. Además de los requisitos, legales regulatorios y reglamentarios que deben cumplir este tipo de garantías, la que fue girada la garantía),por (registrar el monto carátula de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido deberá precisar: Deberá estar firmada por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicialrepresentante legal del tomador (debidamente facultado para ello) precisando su nombre e identificación. Si se procediera a la Recepción Definitiva Deberá ser firmada por el representante legal de la Obra dentro del plazo contractual aseguradora (a través de los distintos medios habilitados para el registro de firmas en el sector asegurador), quien ha de estar identificado con su nombre y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante cédula. Se deberá anexar el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después comprobante de pago de la Liquidación del Contrato, juntamente con prima de seguro y el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia certificado de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo Superintendencia Financiera (o certificado xx xxxxxx de comercio de la vigencia aseguradora) en donde consten las facultades de quien actúa en representación de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos compañía de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORseguros.
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Samples: Contract for the Supply of Liquefied Petroleum Gas (Lpg), Gas Supply Agreement
GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por el concepto, monto y vigencia siguiente: • De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de suministro de bienes, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: • “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, el importe durante la primera mitad del número total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso pagos a realizarse, de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAforma prorrateada, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera con cargo a ser devuelto a la Recepción Definitiva de la Obra dentro finalización del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente mismo.” De conformidad con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTAartículo 152 del Reglamento, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La no se constituirá garantía de Cumplimiento fiel cumplimiento del contrato, en contratos cuyos montos sean iguales o menores a doscientos mil Soles (S/. 200,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de Contratoprocedimientos de selección por relación de ítems, Garantía Adicional a cuando el monto del ítem adjudicado o la Garantía sumatoria de Cumplimiento los montos de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual los ítems adjudicados no exime la responsabilidad del SUPERVISORsupere el monto señalado anteriormente.
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Samples: Bases Estándar De Subasta Inversa Electrónica, Bases Estándar De Subasta Inversa Electrónica
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Todas las garantías que “EL PROVEEDOR” otorgue, serán mediante pólizas de fianza expedidas por una institución autorizada por la correcta Comisión Nacional de Seguros y fiel ejecución Fianzas, a favor de API, y deberán contener como mínimo los requisitos establecidos en el artículo 106 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir las garantías siguientes:
a) Fianza de cumplimiento. Dentro de los primeros diez días naturales posteriores a la firma del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar contrato, el tipo PROVEEDOR se obliga a constituir una fianza a favor de API, para garantizar el cumplimiento del contrato, cuyo importe será igual al 10% del monto total de este contrato, sin incluir el I.V.A. La fianza de garantía será entregada en la Gerencia de Administración y Finanzas de API y se aplicará en aquellos casos en los que EL PROVEEDOR incurra en incumplimiento de este contrato. Dado que las obligaciones que se convienen en el presente contrato se consideran divisibles ya que son susceptibles de cumplirse parcialmente, su incumplimiento motivaría la aplicación parcial de la garantía de cumplimiento, haciéndose efectiva de manera proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
a) Que de conformidad y para los efectos de lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 48 fracción II y 49 fracción II de la Entidad emisora Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la fianza se expide para garantizar el cumplimiento del contrato.
b) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.
c) Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales.
d) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la obligación que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral garantice y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas continuará vigente en caso de incumplimiento contractual incurrido que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme.
e) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por el CONTRATISTAxxxx, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva con motivo del pago extemporáneo del importe de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después póliza de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORfianza requerida.
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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza beneficiario deberá entregar las siguientes garantías de conformidad a lo señalado en los párrafos siguientes:
a. Garantía por anticipos: Con anterioridad al desembolso del subsidio, o de cada cuota de éste, según corresponda, el beneficiario deberá entregar, a satisfacción y en favor del Comité Innova Chile, RUT: 00.000.000-X, cauciones consistentes, ya sea en, boletas de garantía bancaria de ejecución inmediata, depósitos a plazo, pólizas de seguro de ejecución inmediata o Certificados de Fianza otorgados por Instituciones de Garantía Recíproca, con el fin de garantizar el total de los montos de los recursos anticipados provenientes del subsidio. La glosa de dicho instrumento de garantía, en caso que por su naturaleza la correcta y fiel contemple, deberá expresar que su objetivo consiste en “garantizar el correcto uso del anticipo del subsidio otorgado por XxxxxxXxxxx, para la ejecución del presente CONTRATO proyecto (señalando el nombre del proyecto y su código)” debiendo tener una vigencia de por lo menos 3 (tres) meses sobre la fecha de entrega del informe de avance y/o final. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe el respectivo informe y rendición correspondiente. Para la devolución de la garantía correspondiente al último o único desembolso, además de la aprobación del Informe Final y rendición correspondiente, se requerirá la restitución total de los saldos observados, no gastados y no rendidos del subsidio.
b. Garantía por fiel cumplimiento del convenio: Con anterioridad a la entrega del subsidio, o de la primera cuota de éste, según corresponda, el beneficiario, deberá, además, entregar una caución de igual naturaleza a las anteriormente señaladas para garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por, al menos, el 3% del monto total del subsidio. La glosa de este instrumento, en caso que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que se otorga para “garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por parte del beneficiario (individualizarlo), referente al proyecto (nombre del proyecto y código)”. Esta garantía tendrá por fin cautelar, entre otros aspectos, el pago de multas que se devenguen durante la ejecución del proyecto, y deberá tener una vigencia de por lo menos 3 meses sobre la fecha de presentación del informe final. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe dicho informe y se acredite el cumplimiento de todas sus partes con las obligaciones. Las garantías deberán constituirse y presentarse dentro del plazo de 30 días, contados desde la (Registrar fecha en que se comunique al beneficiario la aprobación del proyecto. Antes de la fecha de vencimiento de este plazo, el tipo beneficiario podrá solicitar fundadamente a InnovaChile prórroga de hasta 15 días mediante correo electrónico dirigido al ejecutivo técnico para su aprobación por la autoridad competente. Si cualquiera de los documentos de garantía establecido se entrega una vez transcurrido el plazo señalado en el DBCpárrafo precedente, o su prórroga, según sea el caso, InnovaChile cobrará una multa de 1 U.F. (una Unidad de Fomento) Nº emitida diaria por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 cada día posterior al vencimiento, con vigencia hasta tope de 30 U.F. (treinta Unidades de Fomento) por cada evento. Si transcurridos los plazos señalados, no se ha presentado cualquiera de los documentos de garantía, InnovaChile tendrá por desistida la postulación, o pondrá término anticipado al proyecto. Asimismo, la no renovación oportuna de cualquiera de las garantías a requerimiento de InnovaChile, facultará al Comité para ejecutar las garantías que se encuentren vigentes y para poner término anticipado al proyecto. Para el caso que no se cobre en definitiva la garantía ejecutada, ni se ponga término anticipado al proyecto, el beneficiario será sancionado con una multa de 2 U.F. (dos Unidades de 20 Fomento) por cada día corrido de atraso en la renovación, a con un tope de 30 U.F. (treinta Unidades de Fomento). Se entenderá que la orden renovación es “oportuna” cuando los documentos que dan cuenta de (Registrar el nombre o razón social ella, son recepcionados materialmente por InnovaChile, al menos con 3 días de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto anticipación al vencimiento de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) poder del monto total del ContratoComité. A solo requerimiento por la ENTIDADLos documentos de garantía mencionados podrán ser otorgados, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAademás, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriaexcepcional por terceros, hecho previa aceptación de InnovaChile, mencionando en la glosa de éstos, si correspondiere según su naturaleza, que se hará constar mediante garantizan al beneficiario (que deberá individualizarse) por “el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación correcto uso del Contrato, juntamente con anticipo del subsidio entregado” (en el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia caso de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTApor anticipos), o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía por “el fiel cumplimiento del convenio de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia subsidio” (en el caso de la Unidad Administrativa garantía por fiel cumplimiento). Si el beneficiario es un órgano integrante de la ENTIDADAdministración del Estado, no se le exigirá la entrega de garantías. Sin perjuicio de lo cual no exime anterior, InnovaChile ejercerá las acciones administrativas y judiciales correspondientes, ante la responsabilidad existencia de cualquier saldo requerido, pendiente de devolución, en el contexto de ejecución del SUPERVISORproyecto ante el Comité.
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Samples: Subsidy Agreement, Subsidy Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA Proveedor garantiza (i) que las Obras y/o Servicios han sido ejecutadas con estricta sujeción a las leyes y normas aplicables, al Contrato y a los usos y reglas de la correcta buena práctica; (ii) es completa y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes cumple exactamente con la finalidad para la que fueron contratadas por Iberdrola; (Registrar iii) que los equipos y materiales usados en la ejecución de las Obras y/o Servicios cumplen las especificaciones convenidas, las normas y prescripciones legales exigidas, y son adecuados para el fin que, explícita o implícitamente, Iberdrola ha comunicado al Proveedor que se destinan y además no han sido anteriormente usados; y (iv) que el uso por Iberdrola o por cualquier sociedad del Grupo Iberdrola de las Obras y/o Servicios, los Equipos y Materiales Asociados y/o cualquier otro artículo suministrado o usado por el Proveedor en la ejecución de las mismas conforme al Contrato no infringe los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero. Las garantías establecidas en esta cláusula no limitarán la aplicación de aquellas otras que fuesen acordadas en el Contrato ni de aquellas que vengan impuestas por ley, costumbre o usos de comercio.
(i) El plazo de garantía se extiende durante el tiempo que se estipule en el Contrato y, en su defecto, durante un (1) año desde la fecha del Acta de Recepción Provisional, con independencia de su plazo de ejecución y del tipo de actividad de que se trate sin perjuicio de cualquier otra legislación aplicable.
(ii) Si durante el período de garantía establecido Iberdrola notifica al Proveedor la existencia de cualquier deficiencia en las Obras y/o Servicios, éste último realizará a su cargo y en el DBC) Nº emitida plazo indicado por (Registrar Iberdrola la reparación, sustitución, ajuste o modificación que se necesite para el nombre de la Entidad emisora cumplimiento de la garantía) . La elección entre las alternativas mencionadas y el momento oportuno para efectuarlas será determinada por Iberdrola. El tiempo empleado en la reparación, sustitución de elementos o la ejecución de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre nuevos trabajos para las Obras y/o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra Servicios no será computado dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriade garantía establecido. Si dentro de un tiempo prudencial, hecho que se hará constar mediante de acuerdo con la fecha indicada por Iberdrola, el Acta correspondienteProveedor no llevara a cabo la corrección exigida, suscrita por ambas partes CONTRATANTESIberdrola quedará autorizado, dichas garantías serán devueltas después de ponerlo en conocimiento del Proveedor, a efectuar la Liquidación reparación por sí mismo o mediante encargo a terceros, siendo todos los gastos producidos por cuenta del ContratoProveedor. En estos casos, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada Iberdrola quedará facultada para ejecutar la Garantía de Cumplimiento (tal y como se define posteriormente) y el Proveedor vendrá obligado, además, a resarcir a Iberdrola de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISORtodos los daños y perjuicios que le haya causado por incumplimientos de sus obligaciones.
(iii) La parte de las Obras y/o Servicios que hayan sido objeto de reparación, sustitución, ajuste o modificación en virtud de las garantías previstas en esta cláusula serán garantizadas de nuevo por razones justificadas, quien llevará el control directo un período de vigencia (i) doce (12) meses a partir de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo fecha de la vigencia nueva disponibilidad de la los Obras y/o Servicios o (ii) hasta que haya expirado el plazo inicial de garantía en cuanto de los mismos, siendo de aplicación el plazo más largo de los dos mencionados.
(iv) La recepción de las Obras y/o Servicios y el transcurso del plazo de garantía de las mismas no liberan al monto y plazo, a efectos Proveedor de requerir su ampliación al CONTRATISTA, responsabilidad por vicios o solicitar defectos ocultos o por cualquier otra responsabilidad que le fuere exigible conforme a la ENTIDAD su ejecución. La garantía legislación aplicable.
(v) Para responder del cumplimiento de Cumplimiento todas las garantías dadas por el Proveedor a Iberdrola se podrán aplicar las Garantías de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORCumplimiento.
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Samples: Condiciones Generales De Contratación, General Conditions for Contracting Works and Services
GARANTÍAS. Las garantías solicitadas, ya sean de fiel cumplimiento o por la transferencia de recursos, deberán ser del tipo vales vista, boletas de garantía, pólizas de seguro, depósitos a plazo, certificados de fianza u otros instrumentos que permitan su cobro inmediato, debiendo ser pagadero a la vista, nominativo, irrevocable y no endosable, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, debe ajustarse a la ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución plazo de vigencia de garantías no podrá ser inferior a 60 (sesenta) días hábiles administrativos contado desde el término del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo plazo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre vigencia de este convenio. La Dirección Regional Sercotec será responsable de la Entidad emisora custodia, mantención y vigencia de la garantía) las garantías solicitadas. El Agente Operador deberá hacer entrega de dos tipos de garantías:
1. Garantía de fiel cumplimento: Para responder al fiel y oportuno cumplimiento del convenio y las obligaciones laborales y previsionales para con sus trabajadores, el Agente hace entrega a Sercotec de Póliza de 20 Garantía Orsan Seguros N°8569, de fecha 12-04-2024, con vigencia hasta el día 31-07-2025, nominativa, equivalente al 5% del valor total de este convenio, garantía que Sercotec podrá hacer efectiva sin más trámite, en cualquiera de 20 los casos de incumplimiento previstos en este instrumento, en las Bases o en cualquier otro en que pueda incurrir el Agento Operador. Glosa: “Para garantizar el fiel, cabal y oportuno cumplimiento del convenio de transferencia y operación Programa Crece Multisectorial, Región de Atacama, y de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores, incluye pago de multas”. Dicha garantía debe ser entregada previo a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral firma del presente convenio y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido prorrogarse por el CONTRATISTAOperador antes de su vencimiento, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriasi Sercotec estima necesario, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas siendo devuelta después de finalizada la Liquidación ejecución del Contratoinstrumento encomendado y rendidos los recursos correspondientes, juntamente con sólo una vez vencido el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo plazo de vigencia de la misma bajo su responsabilidadmisma, salvo que el Agente no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente, Reglamento de Agentes Operadores de Sercotec, procedimiento sancionatorio, el convenio de agenciamiento, el presente convenio y eventuales modificaciones, en cuyo caso Sercotec queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.
2. El SUPERVISOR llevará el control directo Garantía de la vigencia anticipo, por transferencia de recursos: Sercotec podrá realizar transferencias de los recursos al Agente Operador previa recepción de la garantía equivalente al 100% del valor anticipado, hasta por el monto total de la transferencia establecida en cuanto al monto y plazoel convenio, a efectos fin de requerir garantizar el correcto uso de los fondos transferidos, garantía que Sercotec podrá hacer efectiva, sin más trámite, en caso que el Agente Operador destine recursos a un fin distinto al acordado, sin perjuicio de las acciones que en derecho correspondan. En lo sucesivo, el Agente Operador deberá prorrogar dicha garantía antes de su ampliación al CONTRATISTAvencimiento, o solicitar bien, emitir una nueva, en el caso de existir nuevos anticipos, cumpliendo con las condiciones de emisión establecidas en el presente convenio. Dicha garantía será devuelta dentro del plazo de 60 días hábiles administrativos, después de aprobadas las rendiciones, salvo que el Agente Operador destine los recursos a un fin diverso al acordado, en cuyo caso Sercotec queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva sin más trámite. En el caso que el Agente incurriese en alguna falta relativa a la ENTIDAD su ejecuciónrendición de fondos o no cumpla con las obligaciones contraídas, Sercotec hará efectiva la(s) garantía(s) antes indicada(s) y podrá iniciar acciones legales correspondientes. La garantía Sercotec pagará al Agente, por concepto de Cumplimiento costo de Contratolas garantías antes señaladas (fiel cumplimiento y anticipo), Garantía Adicional a hasta el monto señalado en la Garantía normativa reglamentaria de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcada instrumento.
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Samples: Transfer Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza saldo de la correcta y fiel ejecución cuenta corriente puede ser garantizado con hipoteca, prenda, fianza o cualquier otra garantía". El nuevo Código sigue los lineamientos del presente CONTRATO en todas sus partes con art. 786 del Código de Comercio, derogado por la (Registrar ley 26.994, permitiendo que el saldo deudor de la cuenta corriente, sea parcial o final, pueda ser garantido por cualquier tipo de garantía establecido personal o real, propia o de terceros. Esta factibilidad demuestra el reconocimiento implícito que hace el legislador del principio de la indivisibilidad de las partidas anotadas en la cuenta corriente, porque de lo contrario ello resultaría discutible y problemático desde el punto de vista práctico. La garantía que se constituya, será un refuerzo del saldo deudor determinado al cierre respectivo, configurando una alternativa de repago para el supuesto que ese saldo no sea abonado en la fecha predeterminada. Esta garantía del saldo eventualmente deudor no debe confundirse con la que pudiera contar alguno de los créditos admisibles en la cuenta, tal como se contempla en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre art. 1434 del mismo Código. Son dos situaciones distintas y entendemos contradictorias, conforme se considere o no como rasgo distintivo de la Entidad emisora cuenta corriente, la temática de la indivisibilidad o no de las partidas que resulten anotadas. Para el Código de Comercio derogado, la indivisibilidad era un elemento tipificante del contrato de cuenta corriente; pero el nuevo Código no se expide expresamente al respecto. La causa fuente de la garantía que se constituya, es el mismo contrato de cuenta corriente y el objeto de la garantía) , es el eventual saldo deudor que arroje el cierre de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 la cuenta en la fecha prevista, a la orden de (Registrar el nombre o razón social cargo de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcontraparte garantizada.
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Samples: Contrato De Cuenta Corriente
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones emanadas del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBCcontrato, El Contratista se obliga a presentar a La Institución Contratante las garantías siguientes: a) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. El contratista se obliga a presentar a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra Institución Contratante dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriade OCHO DÍAS HÁBILES posteriores al recibo de éste contrato certificado por Notario, hecho una fianza o garantía bancaria o cheque certificado o de caja equivalente al QUINCE POR CIENTO (15%), del valor total del contrato, que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después garantice que cumplirá con la construcción total de la Liquidación del Contrato, juntamente con obra objeto de éste contrato en el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene plazo establecido en la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia cláusula Tercera y que será entregada y recibida a entera satisfacción de la Institución Contratante. Esta Garantía se incrementará en la misma bajo proporción en que el valor del contrato llegase a aumentar y su responsabilidadvigencia será igual al plazo contractual más CIENTO CINCUENTA DÍAS calendario, adicionales. La no presentación de ésta garantía en el plazo indicado, dará lugar a la aplicación del literal a) del Artículo 94 de la LACAP y se entenderá que El Contratista ha desistido de su oferta, sin detrimento de la acción que le compete a la institución contratante para reclamar los daños y perjuicios resultantes b) GARANTÍA DE BUENA OBRA. El SUPERVISOR llevará el control directo Contratista presentará dentro del plazo de OCHO DÍAS HÁBILES posteriores a la recepción definitiva de la vigencia de la garantía en cuanto obra ejecutada, una fianza equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%), del monto y plazofinal contratado, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.para asegurar que
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Samples: Contrato De Obra
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Será requisito necesario para acudir a la correcta licitación el acreditar la constitución previa de una GARANTÍA PROVISIONAL equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del presupuesto de licitación (IVA no incluido). La garantía provisional resulta necesaria para responder del mantenimiento de las ofertas de los licitadores hasta la adjudicación del contrato y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre razón de la Entidad emisora urgencia e importancia de la garantía) adjudicación de dicho contrato para el desarrollo urbanístico del ámbito. La garantía provisional se constituirá mediante Aval prestado por Bancos o Cajas de Ahorro, Cooperativas de 20 Crédito, con vigencia hasta el establecimientos financieros de crédito o Sociedades de 20 Garantía recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, a la orden de (Registrar el nombre o razón social disposición de la ENTIDAD sociedad. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. En el caso de uniones temporales de empresarios las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en forma numeral conjunto se alcance la cuantía requerida, y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratogarantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. A solo requerimiento por la ENTIDAD, El adjudicatario podrá aplicar el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de incumplimiento contractual incurrido la definitiva. El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 % del importe de adjudicación (IVA no incluido) a disposición del Órgano de Contratación de BSAV, cualquiera que haya sido el procedimiento y la forma de adjudicación del contrato. Cuando la adjudicación se realice, por el CONTRATISTAórgano de contratación, sin necesidad a favor del empresario cuya proposición hubiera estado incursa inicialmente en presunción de ningún trámite temeridad, se exigirá al mismo una garantía complementaria del 5% del importe de adjudicación (IVA no incluido). Las garantías definitivas se constituirán mediante aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o acción judicial. Si se procediera Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a la Recepción Definitiva operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones que las normas de desarrollo de la Obra dentro LCSP establezcan. Los importes de estas garantías se indican en el apartado C del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después Cuadro de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado Características. Estarán exentos de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISORconstituir las citadas garantías las entidades públicas empresariales, los Organismos públicos regulados por razones justificadassu normativa específica y dependientes del Estado o sus Organismos Autónomos, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORlos órganos constitucionales.
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GARANTÍAS. La presente póliza se expide bajo la condición que El CONTRATISTA garantiza Asegurado cumplirá durante toda la correcta vigencia del seguro con las siguientes garantías y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo compromisos:
5.1 El Asegurado no puede sin consentimiento previo y escrito de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre SEGURESTADO aceptar responsabilidades, desistir, transigir, ni hacer cesión de la Entidad emisora póliza cuando es nominativa, so pena de perder todo derecho bajo este contrato de seguro. Tampoco puede incurrir en gastos, a menos que obre por cuenta propia, con excepción de los gastos necesarios para prestar auxilios médicos, de ambulancia y hospitalización, inmediatos a la ocurrencia de un siniestro y de aquellos encaminados a evitar la agravación de un daño. Le son aplicables al Beneficiario reclamante todas las prohibiciones del Asegurado, que por su naturaleza procedan contra él también.
5.2 El Beneficiario reclamante y/o El Asegurado cuando directamente reclame, perderán todo derecho derivado de esta póliza cuando lleguen a formular reclamación en alguna manera fraudulenta.
5.3 El Asegurado debe mantener vigentes y válidos todos los documentos y certificaciones exigidos por la autoridad competente, para el ejercicio de su actividad.
5.4 El Asegurado dentro de su operación o actividad, descrita en la carátula de la garantía) el póliza, observará todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, que rigen su actividad profesional.
5.5 El Asegurado se compromete y obliga a mantener en buen estado de conservación y funcionamiento los bienes con los cuales desarrolla su actividad descrita en la carátula de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , la póliza y comunicará por escrito a SEGURESTADO cualquier modificación o alteración que ocurra a la orden propiedad o características de (Registrar el nombre o razón social los mismos bienes.
5.6 El Asegurado no podrá permitir que se le de a los bienes con los cuales desarrolla su actividad descrita en la carátula de la ENTIDAD póliza, un uso diferente al normal y autorizado según su tipo y capacidad y se obliga a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral cumplir con todas las disposiciones legales y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera técnicas referentes a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual su mantenimiento y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORseguridad.
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Samples: Orden De Compra
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza A) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
1. Expedirse a favor del Centro Nacional de Control de Energía;
2. La indicación del importe total garantizado con número y letra; 3.-Fecha de expedición. De no cumplir con dicha entrega, "EL CENACE" podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la correcta "LAASSP". La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de "EL PROVEEDOR", derivada de sus obligaciones y fiel ejecución garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que "EL CENACE" reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de incremento al monto del presente CONTRATO instrumento jurídico o modificación al plazo, "EL PROVEEDOR" se obliga a entregar a "EL CENACE" dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del "RLAASSP", los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en todas sus partes con el documento la (Registrar estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente. "EL PROVEEDOR" acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente. El trámite de liberación de garantía se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de "EL CENACE", de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del "RLAASSP". Considerando que en la prestación de "LOS SERVICIOS", cuando aplique se haya previsto un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 48 último párrafo de la Entidad emisora de la garantía) "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el de de 20 tercer párrafo del artículo 86 del "RLAASSP". Para este caso, con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto máximo de la garantía en forma numeral y literallas penas convencionales por atraso que se puede aplicar será del 10 (diez) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por contrato, de “LOS SERVICIOS” no prestados oportunamente en la ENTIDADfecha convenida, de conformidad con lo establecido en el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro tercer párrafo del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación artículo 96 del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR"RLAASSP".
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Samples: Service Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Con el fin de amparar los perjuicios de naturaleza contractual, derivados del incumplimiento del contrato, como requisito para la correcta y fiel ejecución contractual, el contratista deberá constituir garantía única que podrá consistir en: Póliza expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, cuya póliza matriz esté debidamente aprobada por la Superintendencia Financiera, fiducia mercantil en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de títulos valores o depósito de dinero en garantía con los siguientes amparos: 1. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) contrato estatal: Por valor equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto valor total del Contratocontrato, y con una vigencia igual al plazo de ejecución y ocho (8) meses más o hasta la fecha de liquidación del Contrato si está por cualquier circunstancia es posterior, contados a partir de la suscripción de la póliza. A solo requerimiento El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la CNSC de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contrato. En virtud de lo señalado en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, la Garantía de cumplimiento cubrirá los perjuicios causados a la CNSC como consecuencia de la conducta dolosa o culposa o de la responsabilidad imputable a los particulares, derivados de un proceso de responsabilidad fiscal, siempre y cuando esos perjuicios deriven del cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato amparado por la ENTIDAD, Garantía. Este amparo cubre el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso riesgo de incumplimiento contractual incurrido generado por la violación al compromiso de confidencialidad adquirido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a contratista mediante la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación firma del Contrato, juntamente con el Certificado así: Será causal de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia incumplimiento de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo calidad del servicio cualquier violación sobre la confidencialidad de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazolas pruebas, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTAdocumentos, datos o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.informaciones que
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza 13.1 En el presente contrato, no se exige la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo prestación de garantía establecido provisional.
13.2 El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar, en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre plazo xx xxxx días hábiles desde que sea requerido para ello, la constitución de una garantía definitiva, constituida en la Caja General de Depósitos del Ministerio de Economía y Hacienda o en sus sucursales, a disposición de la Entidad emisora Presidencia del INE, por una cuantía equivalente al 5 por 100 del importe de la garantía) adjudicación del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación del licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. En el caso de tener constituida la garantía global a que hace referencia el artículo 98 del TRLCSP, la garantía definitiva se acreditará mediante la aportación de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social una certificación de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto Caja General de Depósitos o sus Sucursales comprensiva de la existencia de garantía global y su suficiencia. Cuando a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, en forma numeral el plazo de 15 días a partir de la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación se reajustará la garantía definitiva en la cuantía necesaria para que mantenga con el nuevo precio modificado la debida proporcionalidad entre la misma y literal) equivalente el presupuesto del contrato. La misma obligación de reposición será exigible al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por empresario en el caso de que se hagan efectivas sobre la ENTIDAD, el importe garantía penalidades o indemnizaciones.
13.3 Las garantías podrán constituirse en cualquiera de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas formas y condiciones previstas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro los artículos 96 y siguientes del plazo contractual TRLCSP y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato disposiciones complementarias y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORdesarrollo.
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GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por el concepto, monto y vigencia siguiente: De fiel cumplimiento del contrato4: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de suministro de bienes, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, el importe durante la primera mitad del número total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso pagos a realizarse, de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAforma prorrateada, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera con cargo a ser devuelto a la Recepción Definitiva de la Obra dentro finalización del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente mismo.” De conformidad con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTAartículo 128 del Reglamento, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La no se constituirá garantía de Cumplimiento fiel cumplimiento del contrato, en contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/. 100,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de Contratoprocedimientos de selección por relación de ítems, Garantía Adicional a cuando el monto del ítem adjudicado o la Garantía sumatoria de Cumplimiento los montos de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual los ítems adjudicados no exime la responsabilidad del SUPERVISORsupere el monto señalado anteriormente.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Con el fin de asegurar la puntual y correcta ejecución del objeto del contrato, con carácter previo a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá constituir a favor de TRAGSA garantía definitiva por el 5% del importe de adjudicación sin IVA, pudiendo aumentarse al 10% si la oferta adjudicataria se hubiera presumido anormal. La garantía podrá prestarse:
a) En metálico, mediante transferencia bancaria, en la cuenta 2100 2206 43 0200188697, abierta a nombre de la EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A. (TRAGSA).
b) Mediante aval prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, conforme al modelo de aval que se incluye en el Anexo VI.
c) Mediante contrato de seguro de caución con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo, conforme al modelo que se adjunta en el Anexo VI
d) Retención del importe de cada una de las facturas derivadas de la ejecución del contrato. La garantía definitiva responderá: − De la obligación de formalizar el contrato en plazo − De la correcta ejecución de las prestaciones, incluidas las mejoras ofertadas por el contratista aceptadas por el órgano de contratación, de los gastos por la demora en la realización de sus obligaciones y fiel de los daños y perjuicios ocasionados al poder adjudicador con motivo de la ejecución del presente CONTRATO contrato o por su incumplimiento, si no procede la resolución. − De la incautación que pueda decretarse en todas sus partes con caso de resolución del contrato − De la (Registrar existencia de vicios o defectos de los bienes construidos o suministrados o de los servicios prestados durante el tipo plazo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar contrato. En el nombre caso de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al Contratista, éste deberá reponerla o ampliarla en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDADcuantía que corresponda para mantener el porcentaje establecido en el presente pliego, en el importe plazo de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicialresolución del contrato. Si se procediera a produce modificación del contrato que implique aumento de importe, se reajustará la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriagarantía definitiva, hecho para que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de guarde la Liquidación del Contrato, juntamente debida proporción con el Certificado precio modificado, en el plazo de Cumplimiento 15 días desde la fecha en que se notifique al interesado el acuerdo de Contratomodificación. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad No se consideran modificaciones las revisiones del SUPERVISORprecio.
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GARANTÍAS. a) Provisional: Para tomar parte en el presente concurso, los licitadores deberán constituir, en cualquiera de las alternativas de licitación, una garantía provisional única por importe de 48.000 euros. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del adjudicatario hasta la formalización del contrato, siendo incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, así como al adjudicatario que no constituya la garantía definitiva o cuando, por causas imputables a él, el contrato no pueda formalizarse en plazo, supuestos en los que se procederá a su ejecución. A estos efectos, tendrá la consideración de retirada injustificada de la proposición la falta de contestación a la solicitud de información en caso de presunción de temeridad en las ofertas, o el reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
b) Definitiva: El CONTRATISTA garantiza adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir, una garantía definitiva por importe del 4% del importe del valor del presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto básico. El plazo para la correcta total constitución de la citada garantía será de quince días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que fuese notificado el adjudicatario a tal efecto y fiel ejecución del presente CONTRATO en será devuelta una vez cumplidas por éste todas sus partes con la (Registrar el tipo obligaciones contractuales. Las garantías se depositarán en IRUNVI y se podrán constituir en metálico o en cualquier otro medio de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento los admitidos por la ENTIDADlegislación vigente. En caso de constituirse en metálico, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas la garantía se ingresará en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva cuenta corriente número 2101 0202 33 0011333036 de la Obra dentro Gipuzkoa Donostia kutxa, entregando una copia del plazo contractual y abonaré en forma satisfactoriaIRUNVI, hecho junto a un número de cuenta corriente donde se desee que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después ingrese la devolución de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORgarantía.
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Samples: Pliego De Condiciones
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza licitante al que se le adjudique el contrato respectivo deberá garantizar: Cumplimiento de contrato. El licitante ganador deberá presentar ante la correcta y fiel ejecución convocante, dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la fecha de notificación del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre fallo e invariablemente antes de la Entidad emisora firma del contrato, original de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social póliza de la ENTIDAD fianza, otorgada por una institución afianzadora autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto favor de la garantía en forma numeral y literal) equivalente Tesorería de la Federación, por un monto igual al siete 10% (diez por ciento (7%ciento) del monto total del Contrato. A solo requerimiento contrato (sin incluir el Impuesto al Valor Agregado), y la forma de redacción de la fianza que garantice el cumplimiento del contrato se hará de la siguiente forma: Que es a favor de la Tesorería de la Federación; para garantizar a “nombre de Licitante ganador” el cumplimiento de todas las estipulaciones conferidas en el contrato, por la ENTIDAD, el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes de IVA, y el cumplimiento de cada una de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso obligaciones a su cargo, derivados de incumplimiento contractual incurrido la licitación pública nacional número _ por el CONTRATISTA, sin necesidad monto de ningún trámite o acción judicial$ (número y letra). Si se procediera Con relación a la Recepción Definitiva redacción de la Obra dentro garantía se deberán transcribir las siguientes cláusulas: “Esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo contractual y de ejecución del pedido principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia asimismo esta fianza permanecerá en forma satisfactoriavigor aún en los casos en que el Tribunal otorgue prórrogas o esperas al prestador del servicio para el cumplimiento de sus obligaciones.” “La Institución de fianzas, hecho que se hará constar mediante acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después articulo 95 de la Liquidación Ley Federal de Instituciones de Fianzas en vigor, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del Contrato, juntamente con cobro de intereses que prevé el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISORartículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por razones justificadas, quien llevará el control directo pago extemporáneo del importe que la póliza de fianza requerida.” “La presente garantía de cumplimiento únicamente podrá ser liberada mediante escrito de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales del Tribunal.” La vigencia de la misma bajo fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo objetivo, de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDADvigencia, lo cual no exime debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en los pedidos y actos administrativos.
1. Se expide de conformidad con la responsabilidad Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.
2. Se otorga a favor de la Tesorería de la Federación, por la cantidad de $_ _ (con letra) correspondiente al 100% (cien por ciento), del SUPERVISORmonto total del anticipo, incluyendo el IVA.
3. La fianza garantiza la debida aplicación del anticipo de acuerdo con todas y cada una de las obligaciones a cargo del contratista atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este contrajo y sus anexos.
4. En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas al contratista para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo de ejecución del contrato. Este deberá exhibir la modificación correspondiente de la fianza.
5. La vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos.
6. Esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo, esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “El Tribunal” otorgue prórroga o esperas a “el contratista” para el cumplimiento de sus obligaciones.
7. La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
8. Para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito del Tribunal.
9. La afianzadora se somete a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de México, Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
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Samples: Licitación Pública Nacional
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta COMPRADOR deberá constituir por su cuenta y fiel ejecución entregar al VENDEDOR, el original de una garantía única expedida por una compañía de seguros de suficiente solvencia, legalmente autorizada para funcionar en Colombia o una garantía bancaria expedida por una entidad bancaria, que ampare el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente CONTRATO Contrato, que indique expresamente en su carátula que garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones, incluidas las de pago y el pago de las multas, intereses, penalizaciones, compensaciones, cargos, sobrecostos, y el no pago de impuestos, tasas o contribuciones y/o sanciones decretadas en desarrollo de las cláusulas contractuales que se generen a favor del VENDEDOR por el incumplimiento del COMPRADOR.
23.1. Póliza de Cumplimiento: En el evento de que el COMPRADOR opte por constituir una póliza de cumplimiento, ésta deberá constituirse en el formato de Garantía Única de Cumplimiento aplicable a ECOPETROL que para el efecto entregará el VENDEDOR, en cuya carátula conste que la misma no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral. A la póliza deberá anexarse las Condiciones Generales aplicables a ECOPETROL, que incluyan lo relativo al procedimiento en caso de reclamación y pago del siniestro contenido en la Circular 067/98 de Fasecolda y el comprobante original de pago de la prima de la póliza. Igualmente deberá cumplir con los requisitos contenidos en la Circular VFA del VENDEDOR del 1º xx xxxxxx de 2005 o cualquier circular, directriz o norma del VENDEDOR que la modifique, adicione o sustituya. Cuando la Fuente de Producción corresponde a la Refinería xx Xxxxxxxxx, los requisitos de la Póliza de Cumplimiento serán los siguientes: - El objeto deberá señalar que se garantiza el cumplimiento por parte del Tomador de todas sus partes con la obligaciones pecuniarias, incluyendo las de pago, el pago de multas, sanciones, intereses, penalizaciones y compensaciones, y el no pago de impuestos, tasas o contribuciones y/o sanciones ordenadas en desarrollo del contrato y/o contratos celebrados entre el Tomador y el BENEFICIARIO, quien actúa a través de su mandatario Ecopetrol S.A., y que tengan por objeto el suministro de Gas Licuado de Petróleo (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar GLP). - Que se indique claramente el nombre o razón social del tomador, registrando el NIT y datos asociados (dirección, teléfono etc.). - Que como asegurado se indique a Ecopetrol en su calidad de Mandatario de Refinería xx Xxxxxxxxx (REFICAR) y Refinería xx Xxxxxxxxx (REFICAR). - Que como beneficiario se indique Refinería xx Xxxxxxxxx (REFICAR). - Que se señale que tanto Ecopetrol en su calidad de mandatario de REFICAR y/o Refinería xx Xxxxxxxxx están facultados para adelantar los trámites de reclamación del seguro en el evento en que se configure un siniestro de incumplimiento. - Que la misma no expirará por falta de pago de la ENTIDAD a prima o por revocatoria unilateral. Además de los requisitos, legales regulatorios y reglamentarios que deben cumplir este tipo de garantías, la que fue girada la garantía),por (registrar el monto carátula de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido deberá precisar: - Deberá estar firmada por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicialrepresentante legal del tomador (debidamente facultado para ello) precisando su nombre e identificación. Si se procediera a la Recepción Definitiva - Deberá ser firmada por el representante legal de la Obra dentro del plazo contractual aseguradora (a través de los distintos medios habilitados para el registro de firmas en el sector asegurador), quien ha de estar identificado con su nombre y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante cédula. Se deberá anexar el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después comprobante de pago de la Liquidación del Contrato, juntamente con prima de seguro y el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia certificado de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo Superintendencia Financiera (o certificado xx xxxxxx de comercio de la vigencia aseguradora) en donde consten las facultades de quien actúa en representación de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos compañía de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORseguros.
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Samples: Gas Supply Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Será requisito necesario para acudir a la correcta licitación el acreditar la constitución previa de una GARANTÍA PROVISIONAL equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del presupuesto de licitación. La garantía provisional resulta necesaria para responder del mantenimiento de las ofertas de los licitadores hasta la adjudicación del contrato y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre razón de la Entidad emisora urgencia e importancia de la garantía) adjudicación de dicho contrato para el correcto funcionamiento de la sociedad en las materias que comprenden los servicios licitados. La garantía provisional se constituirá mediante Aval prestado por Bancos o Cajas de 20 Ahorro, con vigencia hasta el Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de 20 crédito o Sociedades de Garantía recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, a la orden de (Registrar el nombre o razón social disposición de la ENTIDAD sociedad. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. En el caso de uniones temporales de empresarios las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en forma numeral conjunto se alcance la cuantía requerida, y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratogarantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. A solo requerimiento por la ENTIDAD, El adjudicatario podrá aplicar el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de incumplimiento contractual incurrido la definitiva. El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación (IVA no incluido) a disposición del Órgano de Contratación de BSAV, cualquiera que haya sido el procedimiento y la forma de adjudicación del contrato. Cuando la adjudicación se realice, por el CONTRATISTAórgano de contratación, sin necesidad a favor del empresario cuya proposición hubiera estado incursa inicialmente en presunción de ningún trámite temeridad, se exigirá al mismo una garantía complementaria del 5% del importe de adjudicación (IVA no incluido). Las garantías definitivas se constituirán mediante aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o acción judicial. Si se procediera Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a la Recepción Definitiva operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones que las normas de desarrollo de la Obra dentro LCSP establezcan. Los importes de estas garantías se indican en el apartado C del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después Cuadro de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado Características. Estarán exentos de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISORconstituir las citadas garantías las entidades públicas empresariales, los Organismos públicos regulados por razones justificadassu normativa específica y dependientes del Estado o sus Organismos Autónomos, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORlos órganos constitucionales.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA vendedor garantiza lo siguiente:
a. Con la correcta excepción del equipo rentado, todos los Materialesserán nuevos."El excedente de Materiales utilizados o reacondicion ados se permitirá ÚNICAMENTE si así se especifica en la Orden de Compra". Si el excedente de material o el materialreacondicionado no se especifica en la Orden de Compra, el Vendedor la garantiza que el Material que se entregó de acuerdo con Orden de Compra (a) es fabricado por el Vendedor u otra compañía que seespecifique en la descripción del artículo, (b) es fabricado c on componentes nuevos, que no se han utilizado nunca; (c) no se ha reacondicionado en ninguna forma; y fiel ejecución (d) no ha sido adquirido por el Vendedor a través del presente CONTRATO merado de excedentes. El Vendedo rtambién garantiza que los Bienes (incluyendo el uso de los mismos) estálibre de cualquier violación de patentes y se obliga a supropio costo y gasto indemnizar, defender y mantener en paz y a salv pérdirador de todas sus partes las responsabilidades o das de cualquier naturaleza o tipo incluyendo, de manera enunciativa mas no limitativa, todos los cotos, gastos y daños (incluyendo xxxxxx xxxx de abogados o de cualquier otro perito) que surja de o que se relacione con cualquier reclamación, demanda, acción o juicio que surja de o que se relacione con la (Registrar el tipo violación de garantía establecido en el DBC) Nº emitida patentes por (Registrar el nombre parte de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratolos Bienes. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho El Comprador tiene derecho ainspeccionar los Bienes que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después cubren en esta Orden de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo Compra en cualquier momento durante su responsabilidadprogreso.
b. GARANTÍA. El SUPERVISOR llevará el control directo Vendedor garantizará que (a) los Bienes seencuentran en buenas condiciones operativas, en cumplimiento con las especificaciones estipuladas en la Orden de la vigencia de la garantía Compra o en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.cualquier otra documentación relevante;
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Samples: Purchase Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución licitante al que se le adjudique el contrato respectivo deberá garantizar:
A. Aplicación del presente CONTRATO en todas sus partes anticipo.
1. Se expide de conformidad con la (Registrar el tipo Ley de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.
2. Se otorga a favor de la Entidad emisora Tesorería de la garantíaFederación, por la cantidad de $_ _ (con letra) el de de 20 correspondiente al 100% (cien por ciento), con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratoanticipo.
3. A solo requerimiento por La fianza garantiza la ENTIDAD, el importe debida aplicación del anticipo de acuerdo con todas y cada una de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas obligaciones a cargo del contratista atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este contrato y sus anexos.
4. En caso de incumplimiento contractual incurrido por otorgamiento de prórrogas o esperas al contratista para el CONTRATISTAcumplimiento de sus obligaciones, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva derivadas de la Obra dentro formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo de ejecución del plazo contractual y en forma satisfactoriacontrato, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después este deberá exhibir la modificación correspondiente de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contratofianza.
5. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de La vigencia de la misma bajo fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo objetivo, de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDADvigencia, lo cual no exime debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos.
6. Esta garantía estará vigente durante la responsabilidad substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del SUPERVISORplazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo, esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “El Tribunal” otorgue prórroga o esperas a “el contratista” para el cumplimiento de sus obligaciones.
7. La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
8. Para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito del Tribunal.
9. La afianzadora se somete a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de México, Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
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Samples: Licitación Pública Nacional
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del Contratista habilitado frente al PA-FFIE, en razón o con ocasión de la correcta asignación y fiel ejecución de cada contrato de obra, el estudio de necesidad efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del presente CONTRATO mismo, se determinó la necesidad que el Proponente constituya una garantía a favor de entidades particulares. Por lo anterior, el Proponente sea persona natural o jurídica, nacional o extranjera, o Estructura Plural deberá constituir a su xxxxx y presentar para la legalización de cada uno de los contratos de obra, una garantía, la cual se puede presentar bajo cualquiera de las siguientes formas: a) Póliza de seguro o b) Garantía Bancaria.
a) Póliza de seguro: Si la garantía es presentada mediante póliza de seguro, esta deberá ser expedida por una compañía de seguros autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia para funcionar en todas Colombia, a cargo del Proponente y a cada uno de sus partes con miembros en caso de que se trate de una Estructura Plural. En caso que la (Registrar garantía requerida se constituya mediante una póliza de seguro, deberá presentarse el tipo recibo de pago correspondiente.
b) Garantía Bancaria. Si la garantía establecido es una garantía bancaria, ésta deberá ser otorgada por una entidad financiera vigilada y autorizada para su funcionamiento por la Superintendencia Financiera de Colombia, quien asume el compromiso firme, irrevocable, autónomo, independiente e incondicional de pagar directamente al PA- FFIE, a primer requerimiento, hasta el monto garantizado, una suma de dinero equivalente al valor que se señala en el DBC) Nº emitida presente numeral. Adicionalmente, esta deberá cumplir con los siguientes requerimientos: - La garantía bancaria deberá constar en documento privado debidamente suscrito por (Registrar el nombre representante legal de la Entidad emisora entidad financiera garante o por su apoderado, en el cual la entidad asuma en forma expresa, autónoma e irrevocable, en favor del PA-FFIE, compromiso de pagar el valor de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por parte del Proponente o alguno de sus miembros, en caso que se trate de una Estructura Plural. - A la garantía bancaria deberá adjuntarse el CONTRATISTA, sin necesidad certificado de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva existencia y representación de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita entidad financiera expedida por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después la Superintendencia Financiera de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de ContratoColombia. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. - La garantía bancaría además de Cumplimiento ser a primer requerimiento o primera demanda del PA-FFIE, deberá ser irrevocable y suficiente de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía conformidad con los presentes TCC. - El garante debe renunciar al beneficio de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORexcusión.
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Samples: Contract Terms and Conditions
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza La Emisora y/o los Colocadores habilitados a participar en la correcta rueda de Subasta Pública y/o los Agentes del MAE tendrán el derecho, pero no la obligación, de solicitar a los Inversores Interesados el otorgamiento o la constitución de garantías para asegurar la integración de las Obligaciones Negociables Adicionales que les sean adjudicadas y fiel ejecución la procedencia de los fondos respectivos, cuando a exclusivo juicio de la Emisora y/o de los Colocadores habilitados a participar en la rueda de Subasta Pública y/o de los Agentes del presente CONTRATO MAE, lo consideren conveniente, siempre respetando el principio de trato igualitario entre los inversores de similares características. Los Inversores Interesados que hubieran presentado sus Órdenes de Compra a través de los Colocadores habilitados a participar en todas la rueda de Subasta Pública y los Agentes del MAE que hubieran ingresado Ofertas de Compra a través del Sistema SIOPEL, deberán indicar en sus partes con la correspondientes Órdenes de Compra (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBCcaso de los mencionados inversores) Nº emitida por (Registrar o mediante nota escrita y firmada dirigida a los Colocadores a más tardar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , Día Hábil anterior a la orden Fecha de Emisión y Liquidación de las Obligaciones Negociables Adicionales (Registrar en el nombre o razón social caso de dichos Agentes del MAE) (cada una de ellas, una “Notificación de Elección”), si optan por la ENTIDAD suscripción e integración de las Obligaciones Negociables Adicionales que pudieren serle adjudicadas a la que fue girada la garantía),por través: (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%i) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe sistema de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido compensación MAE-Clear administrado por el CONTRATISTAMAE (“MAE Clear”), sin necesidad o el sistema de ningún trámite compensación y liquidación que lo reemplace en el futuro, o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva (ii) de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactorialos Colocadores, hecho conforme los procedimientos que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, detallan a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcontinuación.
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Samples: Obligaciones Negociables
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo 3.2.1 PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL PEDIDO.
I. La póliza de garantía establecido deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el DBC) Nº emitida pedido; Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por (Registrar el nombre de escrito del Hospital; Que la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas fianza continuará vigente en caso de incumplimiento contractual incurrido que se otorgue prórroga al cumplimiento del pedido, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, salvo que las partes se otorguen el CONTRATISTAfiniquito, sin necesidad y Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ningún trámite o acción judicial. Si se ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera a la Recepción Definitiva el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la Obra dentro póliza de fianza requerida. Tratándose de entidades de la administración pública federal, el referido procedimiento de ejecución será el previsto en el artículo 95 de la citada Ley
II. En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas al proveedor para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del plazo contractual pedido o pedido, se deberá obtener la modificación de la fianza;
III. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo del proveedor y éste efectúe la totalidad del pago en forma satisfactoriaincondicional, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondienteHospital deberá liberar la fianza respectiva, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.y
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Samples: Licitación Pública Internacional
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza contratista seleccionado para la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO contrato constituirá, a favor del ITM, como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales, cualquiera de las garantías autorizadas por el Decreto 734 de 2012 a saber: (1) Pólizas de seguros, (2) Fiducia mercantil en todas sus partes garantía, (3) Garantía bancaria a primer requerimiento; (4) Endoso en garantía de títulos valores y depósito de dinero en garantía, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una entidad bancaria, o una sociedad fiduciaria, o una entidad financiera sometida a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, legalmente establecida en Colombia, con el fin de cubrir los perjuicios derivados de las obligaciones, así: • De Cumplimiento del Contrato: Cubrirá al ITM de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato así como de su cumplimiento tardío o su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Este amparo comprende además siempre el pago de las multas y de la (Registrar el tipo de garantía establecido cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el DBCcontrato por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) Nº emitida del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más. • De calidad y correcto funcionamiento de los bienes: Cubrirá al ITM por (Registrar el nombre los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de los perjuicios imputables al contratista garantizado que se deriven de la Entidad emisora mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes o equipos objeto del contrato de acuerdo con las especificaciones técnicas o por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo, por el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más. La garantía se constituirá en la misma moneda del contrato. El pago de la prima respectiva correrá por cuenta del contratista, así como el de las ampliaciones a que haya lugar. El contratista deberá restablecer el valor de la garantía cuando éste se haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por la entidad contratante y/o terceros afectados De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el contratista deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. El incumplimiento de la obligación del contratista de mantener la suficiencia de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a facultará al ITM para declarar la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) caducidad del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecucióncontrato. La garantía deberá acompañarse del correspondiente recibo de Cumplimiento pago, estar firmada por el contratista, deberá ser constituida en forma tal que cubra única y exclusivamente los riesgos contemplados para la ejecución del contrato. La garantía deberá estar vigente durante toda la vida del contrato, su liquidación, y la prolongación de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía sus efectos. Tratándose de Cumplimiento póliza no expirará por falta de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia pago de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORprima o por revocatoria unilateral.
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Samples: Contrato De Compraventa
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza beneficiario deberá entregar las siguientes garantías, de conformidad a lo señalado en los párrafos siguientes:
a) Garantía por anticipos: Con anterioridad al desembolso del subsidio, o de cada cuota de éste, según corresponda, se deberá entregar, por el beneficiario, a satisfacción y en favor de InnovaChile, cauciones consistentes, ya sea en vales vista, boletas de garantía bancaria pagadera a la correcta y fiel vista, depósitos a plazo, pólizas de seguro de ejecución inmediata o a primer requerimiento, o Certificados de Fianza otorgados por Instituciones de Garantía Recíproca, con el fin de garantizar el total de los montos de los recursos anticipados provenientes del subsidio. La glosa de dicho instrumento de garantía, en caso que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que su objetivo consiste en “garantizar el correcto uso del anticipo otorgado por el Comité InnovaChile, para la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con proyecto (señalando la denominación del proyecto y su código)”, debiendo tener una vigencia de por lo menos 3 (Registrar el tipo tres) meses sobre la fecha de garantía entrega del informe de avance y/o final, de acuerdo al calendario establecido en la cláusula duodécima del presente convenio. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre respectivo informe y rendición de cuentas correspondiente. Para la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto devolución de la garantía correspondiente al último o único desembolso, además de la aprobación del Informe Final o de Cierre y rendición correspondiente, se requerirá la restitución total de los saldos observados, no gastados y no rendidos del subsidio. El correcto uso del anticipo implica, además de la realización de gastos que sean pertinentes con los objetivos del proyecto y con las normas que regulan su uso contenidas en forma las bases y en el presente convenio de subsidio, la obligación de usar el subsidio respetando el porcentaje máximo de cofinanciamiento aprobado, de acuerdo con las reglas señaladas en el último párrafo de la cláusula sexta precedente y en el numeral y literal11.4.2 de las Bases Administrativas Generales.
b) Garantía por fiel cumplimiento del convenio: Con anterioridad a la entrega del subsidio, o de la primera cuota de éste, según corresponda, el beneficiario, deberá, además, entregar una caución de igual naturaleza a las anteriormente señaladas para garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por un valor equivalente al siete por ciento (7%) 3% del monto total del Contratosubsidio. A solo La glosa de este instrumento, en caso de que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que se otorga para “garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por parte del beneficiario (individualizarlo), referente al proyecto (nombre del proyecto y código)”. Esta garantía tendrá por fin cautelar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el convenio de subsidio, y deberá tener una vigencia de, por lo menos, 3 (tres) meses sobre la fecha de presentación del informe final. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe dicho informe y se acredite el cumplimiento de todas las obligaciones. Los documentos de garantía – por anticipo y/o fiel cumplimiento del convenio - deberán entregarse dentro del plazo de 30 (treinta) días hábiles, contados desde su requerimiento por parte de InnovaChile. Antes de la ENTIDADfecha de vencimiento de este plazo, el importe beneficiario podrá solicitar fundadamente a InnovaChile prórroga de hasta 30 (treinta) días hábiles. Si transcurridos los plazos señalados o su prórroga, no se ha presentado cualquiera de los documentos de garantía, debiendo hacerlo, InnovaChile tendrá por desistida la postulación, o pondrá término anticipado al convenio, según corresponda. Asimismo, la no renovación oportuna de cualquiera de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas a requerimiento de InnovaChile la facultará para ejecutar aquellas que se encuentren vigentes y para poner término anticipado al convenio. Se entenderá que la renovación es “oportuna” cuando los documentos de garantía son recibidos a conformidad de InnovaChile, al menos, con 3 (tres) días hábiles de anticipación al vencimiento de aquel/los que obran en poder del Comité. Los documentos de garantía mencionados podrán ser otorgados, además, por terceros, previa aceptación de InnovaChile, mencionando en la glosa de éstos, si correspondiere según su naturaleza, que garantizan al beneficiario (que deberá individualizarse) por “el correcto uso del anticipo del subsidio entregado” (en el caso de la garantía por anticipos), o por “el fiel cumplimiento del convenio de subsidio” (en el caso de la garantía por fiel cumplimiento). Se deja constancia que la garantía por anticipo no reviste el carácter de cláusula penal, por lo que, en caso de incumplimiento contractual incurrido por que su cobro no permita recuperar los recursos anticipados que deban ser restituidos, InnovaChile podrá ejercer las acciones que corresponda para lograr el CONTRATISTA, sin necesidad reintegro del total de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORdichos fondos.
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Samples: Convenio De Subsidio
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza En forma previa a la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO suscripción de los contratos derivados de los procedimientos establecidos en todas sus partes con este pliego, se deberán presentar las siguientes garantías: La garantía de seriedad de la (Registrar el tipo de garantía establecido oferta en el DBCproceso precontractual se rendirá por un valor de Ciento Cincuenta mil con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 150.000,00) Nº para garantizar el compromiso del oferente en su propuesta y que por la cual garantiza y acepta las condiciones de adjudicación en caso de resultar adjudicado. La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá ser a la vista, a nombre del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Manta, y deberá cumplir con las condiciones de incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, la misma deberá ser emitida por (Registrar una institución bancaria, financiera, por una aseguradora o una compañía afianzadora. Si la institución que emite la garantía es extranjera, deberá tener una institución financiera corresponsal en el Ecuador debidamente calificada por el organismo correspondiente, que permita hacer efectiva dicha garantía. En cualquier caso, la Garantía de Seriedad de la Oferta deberá incluir el nombre completo del Oferente, dirección, nombre y código de la Entidad emisora licitación. La Garantía permanecerá válida por un período de 30 días posteriores a la fecha límite de la garantía) el validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde. La garantía de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente fiel cumplimiento se rendirá por un valor igual al siete cinco por ciento (75%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento contrato, la misma deberá tener las condiciones de: incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por una institución bancaria, financiera, por una aseguradora o una compañía afianzadora, la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera que deberá ser presentada previo a la Recepción Definitiva suscripción del contrato y deberá tener vigencia hasta la recepción definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecuciónobra. La garantía de Cumplimiento buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al determinado y previsto en el presente pliego, que respalde la totalidad del monto recibido por este concepto, misma que deberá ser bancaria y cumplir las condiciones de: incondicional, irrevocable y de Contratocobro inmediato, Garantía Adicional otorgada por un banco o institución financiera establecidos en el país o por intermedio de ellos, y deberá ser presentada previo a la Garantía entrega del mismo. El valor que por concepto de Cumplimiento anticipo otorgará la entidad contratante al contratista, no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto adjudicado. El valor será depositado en una cuenta exclusiva para el objeto de Contrato y este contrato, que el contratista abrirá en un banco estatal o en uno privado de Correcta Inversión propiedad del Estado. El contratista, en forma previa a la suscripción del contrato como parte de Anticipolos documentos habilitantes para la elaboración del mismo, estarán bajo custodia deberá presentar un certificado de la Unidad Administrativa institución bancaria de la ENTIDADcuenta en la cual serán depositados los valores correspondientes al anticipo y posteriores pagos. El contratista deberá autorizar expresamente en el contrato el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo recibido. El administrador del contrato o el fiscalizador designado por la entidad contratante verificará mensualmente, lo cual no exime previo a la responsabilidad aprobación y pago de las correspondientes planillas, que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente a la ejecución contractual. El monto del SUPERVISORanticipo entregado por la entidad será devengado proporcionalmente al momento del pago de cada planilla mensual hasta la terminación del plazo contractual inicialmente estipulado y constará en el cronograma pertinente que es parte del contrato. Las garantías técnicas serán presentadas en el caso de que la obra materia del procedimiento de contratación contemple la provisión o instalación de equipos. Se exigirá, además al momento de la suscripción del contrato y como parte integrante del mismo, una garantía del fabricante, representante, distribuidor o vendedor autorizado, la que se mantendrá vigente de acuerdo con las estipulaciones establecidas en el contrato. Estas garantías son independientes y subsistirán luego de cumplida la obligación principal. Cualquiera de estas garantías entrará en vigencia a partir de la entrega recepción del bien. La entidad contratante podrá requerir los seguros o condiciones de protección para las personas que presten sus servicios en la ejecución de las obras, en la elaboración, transporte, entrega y colocación de bienes y en cualquier tipo de prestación de servicios, que considere pertinentes. La contratante, adicionalmente, podrá solicitar validación del representante legal de la entidad emisora acerca de la legalidad de la póliza correspondiente. La garantía de buen uso se devolverá cuando éste sea devengado en su totalidad. La garantía de fiel cumplimiento se devolverá al momento de la entrega recepción definitiva, real o presunta.
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Samples: Contract for Works
GARANTÍAS. 4.1. Garantía Provisional.- Cuando se exija garantía provisional deberá incluirse en el expediente justificación de las razones por las que estima procedente su exigencia para ese contrato en concreto. El CONTRATISTA garantiza importe de la correcta garantía provisional, en caso de que se exija, será el señalado en el citado apartado II.5 del Cuadro de Características de este Pliego, no pudiendo ser superior al 3 por 100 del Presupuesto base de licitación, IVA excluido. La garantía provisional se constituirá en alguna de las formas establecidas en las letras a) y fiel ejecución b) del presente CONTRATO artículo 106.3 de la LCSP, complementados por los artículos 55 a 58 y 61 del RGLCAP. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación del contrato y del cumplimiento, por aquél cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación, de las obligaciones impuestas por el art. 150.2 de la LCSP. En el caso de uniones temporales de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en todas sus partes conjunto se alcance la cuantía requerida en el Apartado II.5.1 del Cuadro de Características y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación (art. 103.4 de la LCSP). El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
4.2. Garantía Definitiva.- De conformidad con la (Registrar el tipo de garantía lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre art. 107 y siguientes de la Entidad emisora LCSP, el licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación, está obligado a constituir la garantía definitiva, en la forma y lugares que especifica el art. 108 de la garantía) LCSP, y los artículos 55 a 58 y 61 del RGLCAP, en el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 plazo xx xxxx días hábiles, a la orden contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento para su presentación, por el importe señalado en el apartado II.5.2 del Cuadro de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto Características. La ejecución, devolución y cancelación de la garantía definitiva se regularán, respectivamente, por lo dispuesto en forma numeral los artículos 109 y literal) equivalente al siete por ciento (7%) 110 de la LCSP, y los artículos 63 y 65 del monto RGLCAP. En caso de amortización o sustitución, total del Contrato. A solo requerimiento por o parcial, de los valores que constituyen la ENTIDADgarantía, el adjudicatario está obligado a reponerlos en la cuantía necesaria para que el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido dicha garantía no se merme por el CONTRATISTAeste motivo, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva debiendo quedar constancia, documentada, de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriacitada reposición. Cuando, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después a consecuencia de la Liquidación modificación del Contratocontrato, juntamente con experimente variación el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTAprecio del mismo, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de se reajustará la garantía en cuanto el plazo de quince días hábiles, contados desde la fecha en que se notifique al monto y plazoempresario el acuerdo de modificación, a efectos para que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de requerir su ampliación al CONTRATISTAmodificación.
4.3. Garantía Complementaria.- Para el establecimiento, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La no, de una garantía de Cumplimiento de Contratocomplementaria, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia según lo previsto en el artículo 107.2 de la Unidad Administrativa LCSP, se estará a lo indicado en el apartado II.5.3 del Cuadro de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORCaracterísticas de este Pliego.
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Samples: Suministro De Talonarios Y Sellos
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza licitante al que se le adjudique el contrato respectivo deberá garantizar: Cumplimiento de contrato. El licitante ganador deberá presentar ante la correcta y fiel ejecución convocante, dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la fecha de notificación del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre fallo e invariablemente antes de la Entidad emisora firma del contrato, original de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social póliza de la ENTIDAD fianza, otorgada por una institución afianzadora autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto favor de la garantía en forma numeral y literal) equivalente Tesorería de la Federación, por un monto igual al siete 10% (diez por ciento (7%ciento) del monto total del Contrato. A solo requerimiento contrato (sin incluir el Impuesto al Valor Agregado), y la forma de redacción de la fianza que garantice el cumplimiento del contrato se hará de la siguiente forma: Que es a favor de la Tesorería de la Federación; para garantizar a “nombre de Licitante ganador” el cumplimiento de todas las estipulaciones conferidas en el contrato, por la ENTIDAD, el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes de IVA, y el cumplimiento de cada una de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso obligaciones a su cargo, derivados de incumplimiento contractual incurrido la licitación pública nacional número por el CONTRATISTA, sin necesidad monto de ningún trámite o acción judicial$ (número y letra). Si se procediera Con relación a la Recepción Definitiva redacción de la Obra dentro garantía se deberán transcribir las siguientes cláusulas: “Esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo contractual y del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia, asimismo esta fianza permanecerá en forma satisfactoriavigor aún en los casos en que el Tribunal otorgue prórrogas o esperas al prestador del servicio para el cumplimiento de sus obligaciones.” “La Institución de fianzas, hecho que se hará constar mediante acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después articulo 95 de la Liquidación Ley Federal de Instituciones de Fianzas en vigor, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del Contrato, juntamente con cobro de intereses que prevé el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISORartículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por razones justificadas, quien llevará el control directo pago extemporáneo del importe que la póliza de fianza requerida.” “La presente garantía de cumplimiento únicamente podrá ser liberada mediante escrito de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales del Tribunal.” La vigencia de la misma bajo fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo objetivo, de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDADvigencia, lo cual no exime debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en los pedidos y actos administrativos.
1. Se expide de conformidad con la responsabilidad Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.
2. Se otorga a favor de la Tesorería de la Federación, por la cantidad de $_ _ (con letra) correspondiente al 10% (diez por ciento), del SUPERVISORmonto total del contrato, sin incluir el IVA.
3. La fianza garantiza el cumplimiento del contrato de acuerdo con todas y cada una de las obligaciones a cargo del prestador de servicio atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este contrato y sus anexos.
4. En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas al contratista para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o la vigencia del contrato, este deberá exhibir la modificación correspondiente de la fianza.
5. La vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos.
6. Esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo, esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “El Tribunal” otorgue prórroga o esperas al prestador del servicio para el cumplimiento de sus obligaciones.
7. La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
8. Para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito del Tribunal.
9. La afianzadora se somete a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de México, Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
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Samples: Licitación Pública
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes De acuerdo con la (Registrar el tipo de garantía lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 103.1 del TRLCSP, quienes participen en la licitación no deberán constituir garantía provisional. La persona licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la Entidad emisora garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación. La garantía exigida en el contrato podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del TRLCSP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería General del Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran. De no cumplirse este requisito por causas imputables a la persona licitadora, el Ayuntamiento no efectuará la adjudicación a su favor. Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique a la persona adjudicataria la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 99 del TRLCSP. A estos efectos no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo. Página4 En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, la persona adjudicataria deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. La devolución de la garantía) , tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social artículo 102 del Texto Refundido de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el monto plazo de la garantía garantía, en forma numeral su caso, y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento en todo caso, cuando no exista plazo de garantía, una vez se consideren cumplidas por la ENTIDAD, el importe persona adjudicataria todas sus obligaciones contractuales de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a forma satisfactoria para la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORAdministración.
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Samples: Contract for Works Execution
GARANTÍAS. 7.1. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido adjudicatario deberá acreditar, en el DBC) Nº emitida por (Registrar plazo de quince días hábiles, contados desde el nombre siguiente al que se publique la adjudicación provisional en el B.O.E. y X.X.X.X. x en el perfil del contratante del órgano de contratación, la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto constitución de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete definitiva por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe del 5 por 100 del importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAlicitación, sin necesidad de ningún trámite o acción judicialIVA.
7.2. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia La constitución de la garantía definitiva se realizará a favor del órgano de Contratación (Junta de Contratación, NIF: V83433300) en cuanto alguna de las formas establecidas en los artículos 84 y 86 de la LCSP y art. 55 y siguientes del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas y se depositará en la Caja General de Depósitos (art. 84.1.a LCSP). Si no se cumple este requisito por causas imputables al monto y plazoadjudicatario provisional, la Administración declarará decaída la adjudicación provisional a efectos su favor, pudiendo efectuar una nueva adjudicación provisional al/a los licitador/es, siguiendo el orden de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecuciónclasificación de ofertas.
7.3. La garantía definitiva responderá de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia los conceptos mencionados en el artículo 88 de la Unidad Administrativa LCSP y, en su caso, será repuesta o ampliada en la cuantía que corresponda, conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de la ENTIDADLCSP, incurriendo el adjudicatario en caso contrario en causa de resolución .
7.4. Cuando la garantía no sea bastante para satisfacer las responsabilidades a las que está afecta, la Administración procederá al cobro de la diferencia mediante el procedimiento administrativo de apremio.
7.5. Cuando las garantías se presten por personas o entidades distintas del adjudicatario quedarán igualmente sujetas a las responsabilidades del artículo 88 de la LCSP, aplicándose lo cual dispuesto en el artículo 85 de dicha Ley.
7.6. La garantía no exime será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato y el plazo de garantía o resuelto éste sin culpa del contratista.
7.7. Se fija un plazo de garantía de un año durante el cual, si se acreditase la responsabilidad del SUPERVISORexistencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de contratación reclamará al contratista la subsanación de los mismos.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo oferente deberá constituir garantías de:
a) Mantenimiento de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete Oferta: cinco por ciento (75%) del monto total del Contratode la Oferta (IVA incluido). A solo requerimiento por la ENTIDAD, En el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido cotizar con descuentos o alternativas o variantes, la garantía se calculará, sobre el mayor monto presupuestado. En caso de corresponder:
b) Contragarantía: por el CONTRATISTA, sin necesidad equivalente a los montos que reciba el Adjudicatario como adelanto de ningún trámite o acción judicialfondos en los casos que así se estableciera. Si se procediera a El adjudicatario deberá constituir garantía de:
c) Cumplimiento de contrato: debiendo ser equivalente al diez por ciento (10%) del valor adjudicado. Simultáneamente con la Recepción Definitiva emisión de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después OC y/o de la Liquidación firma del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de ContratoAdjudicatario deberá afianzar su cumplimiento mediante una garantía. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera Si el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de Adjudicatario no integrara la garantía de cumplimiento del contrato, EANA podrá rescindirlo, en cuanto al monto y plazocuyo caso el Adjudicatario perderá la garantía de mantenimiento de oferta. Es facultad exclusiva de EANA proceder en esta forma o acordar, a efectos si mediaren razones atendibles, un plazo adicional para integrar la garantía de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecucióncumplimiento del contrato. La garantía de Cumplimiento cumplimiento de Contratocontrato será devuelta una vez vencido el contrato, Garantía Adicional en caso de fiel cumplimiento en tiempo y forma de cada una de las obligaciones resultantes de esta contratación, a entera satisfacción de EANA. La constitución de las garantías podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas: certificado de depósito bancario (admisible únicamente para el caso de garantía de impugnación), fianza bancaria, póliza de seguro de caución y/o cheque certificado, de acuerdo a lo detallado en el Artículo 11° del PCG. EANA no abonará intereses por los depósitos de valores otorgados en garantía. Los intereses que devengaren los mismos pertenecen a sus depositantes, en la medida que se hubiere dado cumplimiento al objeto que dio origen a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia constitución de la Unidad Administrativa garantía. Todos los gastos en que haya incurrido el Oferente para la constitución de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORlas garantías serán a su exclusivo costo y cargo.
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Samples: Contratación Directa Por Excepción
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza licitador que presente la oferta más ventajosa deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía de un CINCO (5) por CIENTO del importe de adjudicación correspondiente a los dos años iniciales de duración del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido en el plazo xx xxxx días hábiles desde que le sea requerida. De no cumplir este requisito por causas a él imputables no se efectuará la adjudicación a su favor.
a) En efectivo en la cuenta corriente que DIVERTIA GIJÓN SA designe previa solicitud del licitador.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que se establece en el ANEXO IV, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá entregarse a que DIVERTIA GIJÓN SA
c) Mediante contrato de seguro de caución, prestado en la forma y condiciones que se establece en el ANEXO V, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse a que DIVERTIA GIJÓN SA La garantía se establecerá según lo previsto en los apartados 1.b) y 1.c) del Artículo 96 del “TRLCSP”. La garantía también podrá constituirse mediante retención del precio de la siguiente forma: Se deducirá dicho importe de la primera factura emitida por la empresa adjudicataria con cargo al objeto del servicio. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
a) De las penalidades impuestas al contratista.
b) De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, de los gastos originados por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y fiel de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida contrato o por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 su incumplimiento, con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto cuando no proceda su resolución. Consideración de la garantía como cláusula penal: Al amparo del artículo 1.152 del Código Civil en forma numeral y literal) equivalente los casos en los que el contrato sea resuelto por el órgano de contratación por incumplimiento del contratista conforme al siete artículo 1124 del Código Civil o por el acaecimiento de alguna causa de resolución prevista en este pliego el cincuenta por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido garantía constituida responderá íntegramente por el CONTRATISTA, incumplimiento. De tal modo el órgano de contratación junto con la resolución contractual acordará la incautación del citado porcentaje garantía sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva perjuicio de la Obra dentro del plazo contractual reclamación de los daños y en forma satisfactoria, hecho perjuicios adicionales que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORpudieren haber ocasionado.
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Samples: Contract for Services
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza A) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
1. Expedirse a favor del Centro Nacional de Control de Energía y señalar su domicilio;
2. La indicación del importe total garantizado con número y letra; De no cumplir con dicha entrega, "EL CENACE" podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la correcta "LAASSP". La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de "EL PROVEEDOR", derivada de sus obligaciones y fiel ejecución garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que "EL CENACE" reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de incremento al monto del presente CONTRATO instrumento jurídico o modificación al plazo, "EL PROVEEDOR" se obliga a entregar a "EL CENACE" dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del "RLAASSP", los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en todas sus partes con el documento la (Registrar estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente. "EL PROVEEDOR" acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente. El trámite de liberación de garantía se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de "EL CENACE", de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del "RLAASSP". Considerando que en la adquisición de "LOS BIENES", cuando aplique se haya previsto un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 48 último párrafo de la Entidad emisora de la garantía) "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el de de 20 tercer párrafo del artículo 86 del "RLAASSP". Para este caso, con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto máximo de la garantía en forma numeral y literallas penas convencionales por atraso que se puede aplicar será del 10 (diez) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por contrato, de “LOS BIENES” no entregados oportunamente en la ENTIDADfecha convenida, de conformidad con lo establecido en el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro tercer párrafo del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación artículo 96 del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR"RLAASSP".
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Samples: Acquisition and Supply Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales emanadas del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar Contrato, el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , Suministrante se obliga a presentar a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD institución contratante las Garantías siguientes: I. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: El Suministrante se obliga a presentar a la que fue girada la garantía),por institución contratante dentro del plazo de OCHO (registrar el monto 8) DÍAS HÁBILES posteriores al recibo de la garantía en forma numeral y literal) este Contrato certificado por Notario, una fianza o Garantía bancaria o cheque certificado o de caja equivalente al siete por ciento DIEZ (710%) POR CIENTO del monto valor total del Contrato, que garantice el cumplimiento de todas las cláusulas establecidas en el Contrato, así como la total entrega del suministro objeto de este Contrato en el plazo establecido en la Cláusula Tercera y que será entregado y recibido a entera satisfacción de la institución contratante. A solo requerimiento Esta Garantía se incrementará en la misma proporción en que el valor del Contrato llegase a aumentar y su vigencia será igual al plazo contractual más CIENTO CINCUENTA (150) DÍAS CALENDARIOS. La ANDA hará efectiva esta garantía en los siguientes casos: í) Por incumplimiento injustificado del plazo contractual; ii) Cuando el Suministrante no cumpla con lo establecido en las Bases de la Licitación Pública Número LP-18/2021-FGEN; y ¡ii) En cualquier otro caso que exista incumplimiento por la ENTIDADparte del Suministrante. La no presentación de esta Garantía en el plazo indicado, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera dará lugar a la Recepción Definitiva aplicación del literal a) del Artículo 94 de la Obra dentro del plazo contractual LACAP y en forma satisfactoriase entenderá que el Suministrante ha desistido de su oferta, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada haciéndose efectiva la Garantía de Cumplimiento Mantenimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOROferta, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia sin detrimento de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar acción que le compete a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.institución
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Samples: Contrato De Suministro
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución Para garantizar el cumplimiento del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar Contrato, el tipo Contratista deberá otorgar a favor del Estado y Gobierno de garantía establecido El Xxxxxxxx en el DBCRamo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano y presentar en la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, las garantías siguientes: a) Nº Garantía de Cumplimiento de Contrato, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la correspondiente Orden de Inicio, emitida por (Registrar el nombre Administrador del Contrato. La vigencia de la Entidad emisora esta Garantía excederá en sesenta días calendario del plazo del Contrato, o cualquiera de la garantía) sus prorrogas en su caso, y su monto será el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento VEINTEPOR CIENTO (720%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicialcontratado. Si dicha garantía no se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del presentare en el plazo contractual y en forma satisfactoriaantes señalado, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada efectiva la Garantía de Cumplimiento Mantenimiento de Contrato cuantas veces lo requiera Oferta. Esta garantía deberá ser emitida por una Compañía Aseguradora, Afianzadora, o Banco legalmente establecidos en el SUPERVISORpaís y autorizados por la Superintendencia del Sistema Financiero; b) Garantía de Buena Calidad del Suministro, por razones justificadas, quien llevará dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha que contenga el control directo acta de recepción definitiva. La plazo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo esta Garantía será de UN ( 1) AÑO a partir de la recepción total del suministro, y su monto será el equivalente al DIEZ POR CIENTO(10%) del monto final del contrato. Si durante el período de vigencia de la esta garantía en cuanto al monto y plazose presentaren inconformidades, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTAfallas o desperfectos, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.relacionados con el
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Samples: Supply Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza La Emisora y/o los Colocadores habilitados a participar en la correcta rueda de Subasta Pública y/o los Agentes del MAE tendrán el derecho, pero no la obligación, de solicitar a los Inversores Interesados el otorgamiento o la constitución de garantías para asegurar la integración de las Obligaciones Negociables Clase 15 y/o de las Obligaciones Negociables Clase 16, según fuera el caso, que les sean adjudicadas y fiel ejecución la procedencia de los fondos respectivos, cuando a exclusivo juicio de la Emisora y/o de los Colocadores habilitados a participar en la rueda de Subasta Pública y/o de los Agentes del presente CONTRATO MAE, lo consideren conveniente, siempre respetando el principio de trato igualitario entre los inversores de similares características. Los Inversores Interesados que hubieran presentado sus Órdenes de Compra a través de los Colocadores habilitados a participar en todas la rueda de Subasta Pública y los Agentes del MAE que hubieran ingresado Ofertas de Compra a través del Sistema SIOPEL, deberán indicar en sus partes con la correspondientes Órdenes de Compra (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBCcaso de los mencionados inversores) Nº emitida por (Registrar o mediante nota escrita y firmada dirigida a los Colocadores a más tardar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , Día Hábil anterior a la orden Fecha de Emisión y Liquidación (Registrar en el nombre o razón social caso de dichos Agentes del MAE) (cada una de ellas, una “Notificación de Elección”), si optan por la ENTIDAD suscripción e integración de las Obligaciones Negociables que pudieren serle adjudicadas a la que fue girada la garantía),por través: (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%i) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe sistema de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido compensación MAE-Clear administrado por el CONTRATISTAMAE (“MAE Clear”) o el sistema de compensación y liquidación que lo reemplace en el futuro, sin necesidad o (ii) de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactorialos Colocadores, hecho conforme los procedimientos que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, detallan a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcontinuación.
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Samples: Obligaciones Negociables
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Garantía Provisional.-3% del presupuesto base referido a la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con totalidad de las anualidades: 120,00 €. Se justifica la (Registrar el tipo exigencia de garantía establecido provisional en el DBC) Nº emitida por (Registrar fin de evitar posibles fraudes mediante la retirada de ofertas, intentando que el nombre licitador mantenga la oferta hasta la adjudicación. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las ofertas hasta la adjudicación del contrato. Para el licitador que resulte adjudicatario, la garantía provisional responderá también del cumplimiento de las obligaciones; podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 TRLCSP. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la Entidad emisora de adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía) el de de 20 , con vigencia garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta el de de 20 , que proceda a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto constitución de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratodefinitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. A solo requerimiento por la ENTIDAD, El adjudicatario podrá aplicar el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera la garantía provisional a la Recepción Definitiva definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la Obra dentro definitiva. - Garantía definitiva.- El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de garantía definitiva; podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después Texto Refundido de la Liquidación Ley de Contratos del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de ContratoSector Público. EL CONTRATISTA, tiene Tal garantía se fija en la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia cantidad equivalente al 5% del importe de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar adjudicación referido a la ENTIDAD su ejecucióntotalidad de las anualidades: 200,00 €. La garantía definitiva responderá de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional los siguientes conceptos: De los gastos originados a la Garantía Administración por la demora del contratista en el cumplimiento de Cumplimiento de Contrato sus obligaciones, y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la Unidad Administrativa ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución. De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato. La garantía definitiva no será devuelta o cancelada hasta que se produzca el cumplimiento del contrato o hasta que se declare la ENTIDADresolución de éste sin culpa del contratista. Aprobada la liquidación del contrato, lo cual si no exime resultaren responsabilidades, se devolverá la responsabilidad del SUPERVISORgarantía constituida o se cancelará el aval o seguro de caución en el plazo de dos meses.
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Samples: Contrato Administrativo Especial
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza contratista seleccionado, dentro de los veinte días siguientes a la correcta fecha en que reciba el aviso de adjudicación del contrato, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas prestará las siguientes garantías: De Anticipo, por un valor equivalente al cien por ciento (100%) del valor del anticipo y fiel adoptara la forma de una Garantía Bancaria pagadera a la vista. Esta garantía estará vigente hasta su total amortización y se ejecutará cuando: a) Se constante por parte del contratante, que el anticipo otorgado no se está utilizando en la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora obra; b) Se establezca por el contratante que no ha habido ningún avance físico en la ejecución de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 obra, a pesar de haberse entregado ya el anticipo; c) Se tenga conocimiento que el valor del anticipo se está utilizando para otros fines y no para pagar los gastos que se requieren específicamente para la orden de (Registrar el nombre o razón social ejecución de la ENTIDAD a obra contratada. De Cumplimiento, por un valor equivalente al treinta por ciento (30%) sobre el monto total por el que se le contrata y estará vigente hasta que se le otorgue el finiquito correspondiente. Esta garantía adoptara la que fue girada la garantía),por (registrar el forma de fianza. El monto de la garantía respaldará el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el contrato y/o de acuerdo con las especificaciones contenidas en el mismo y demás documentos contractuales que forma numeral parte integral del mismo, y literalresponde, además, por las deficiencias que le aparecieren al proyecto durante su ejecución; esta fianza podrá ejecutarse en caso de: a) equivalente al siete por ciento (7%Negligencia o deficiencias en la prestación de los servicios contratados a juicio del Ministerio de Salud Públicas y Asistencia Social; b) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe Incumplimiento de cualquiera de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas obligaciones estipuladas en caso el contrato; c) Que de incumplimiento contractual incurrido por los informes rendidos se constate que los resultados obtenidos no son satisfactorios; d) Si el CONTRATISTA, sin necesidad Ministerio de ningún trámite Salud Pública y Asistencia Social determina que el consultor ha participado en prácticas corruptas o acción judicial. Si se procediera a fraudulentas en la Recepción Definitiva realización de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.los servicios
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Samples: Contratación De Obras Menores
GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.” En el importe caso que corresponda, consignar lo siguiente: Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORobligaciones garantizadas.
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Samples: Consultancy Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes De acuerdo con la (Registrar el tipo de garantía lo establecido en el DBC) Nº emitida artículo 103.1 del TRLCSP, los licitadores no deberán constituir garantía provisional. La persona adjudicataria del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligada a constituir una garantía definitiva por (Registrar importe equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el nombre IVA. El plazo para la constitución de la Entidad emisora citada garantía será el establecido en el art. 151.2 TRLCSP, a contar desde la notificación de requerimiento para que la primera persona clasificada presenta la documentación previa a la adjudicación a la que se refiere la cláusula 21 y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La acreditación de su constitución podrá realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplirse este requisito por causas imputables a la persona licitadora, el Ayuntamiento no efectuará la adjudicación a su favor. Página3 Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 del TRLCSP. A estos efectos no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo. En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. La devolución de la garantía) , tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social artículo 102 del Texto Refundido de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el monto plazo de la garantía garantía, en forma numeral su caso, y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento en todo caso, cuando no exista plazo de garantía, una vez se consideren cumplidas por la ENTIDAD, el importe persona adjudicataria todas sus obligaciones contractuales de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a forma satisfactoria para la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORAdministración.
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Samples: Telecommunications
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza “PROVEEDOR” dentro del plazo de quince días naturales a partir de la correcta y fiel ejecución firma del presente CONTRATO contrato, obtendrá y mantendrá en pleno vigor y bajo su propio costo una póliza de fianza, la cual deberá cubrir el 10% por ciento (diez por ciento) sobre la cuantía del contrato para garantizar lo siguiente:
1) El exacto cumplimiento de todas sus partes con la (Registrar el tipo y cada una de garantía establecido las obligaciones pactadas en el DBCpresente contrato, así como en las partes integrantes del mismo y en general toda obligación que deriva del mismo, como por ejemplo: procedimiento rescisorio, deductivas, pagos en exceso y sus accesorios, reposiciones, penas convencionales, etc.
2) Nº emitida Vicios ocultos y defectos que resulten del servicio o suministro prestado.
3) Requerimiento, embargo, intervención, emplazamiento o demanda de naturaleza civil, mercantil, administrativo o fiscal que pudiera sufrir la “COMISION”, por (Registrar motivo, omisión o consecuencia directa o indirecta del “PROVEEDOR”, hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente.
4) Que la fianza estará vigente hasta que el nombre suministro haya sido recibido en su totalidad por la “COMISION” y durante el lapso de un año siguiente a su recepción para responder de los defectos, vicios ocultos y cualquier responsabilidad que resulte a cargo del “PROVEEDOR” a favor de la Entidad emisora “COMISION” derivada de este contrato.
5) La póliza de fianza deberá ser prorrogable automáticamente, en caso de prórroga concedida por la
6) Que para liberar la fianza será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la garantía“COMISION”.
7) Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente.
8) Que el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto importe de la garantía en forma numeral y literal) equivalente no se reducirá proporcionalmente al siete cumplimiento del suministro que hubiese satisfecho el “PROVEEDOR”, por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento lo que la obligación de la Afianzadora se entenderá cumplida al pagar el importe reclamado por la ENTIDAD, “COMISION’ hasta donde alcance el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas la póliza.
9) En general, todo tipo de acción u omisión que afecte o ponga en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite riesgo la integridad física o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva patrimonial de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR“COMISION”.
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Samples: Contrato De Suministro
GARANTÍAS. El CONTRATISTA Proveedor garantiza la correcta y fiel ejecución se responsabiliza por entregar mercancías y servicios y conformidad con las normas, leyes, reglamentos y exigencias aplicables, libres de defectos e imperfecciones, adecuados a los fines al que se destinan, de acuerdo con las especificaciones del presente CONTRATO Pedido y de fabricación y producción, y en todas sus partes con la (Registrar las exactas cualidades y cantidades indicadas en el tipo Pedido. 8.1. Eventuales garantías contractuales acordadas entre las Partes serán complementares a las garantías legales. Los plazos de garantía establecido tienen inicio a partir de la formalización de la recepción por ECOLAB. 8.2. Eventuales inconformidades de mercancías o productos deberán ser remediadas por el Proveedor en el DBC) Nº emitida menor plazo posible, sin cualquier costo o cargos para ECOLAB, tantas veces fuesen necesarias de modo que el Proveedor soportará todos los costos de remoción y reposición incluyendo sin limitación, los costos de transporte y seguro de/para el local de entrega. 8.3. En la omisión del Proveedor en remediar la desconformidad en el plazo solicitado por (Registrar ECOLAB, ésta podrá solicitar a terceros que lo haga, bajo los costos del Proveedor 8.4. Si el nombre Proveedor cumple con su obligación de remediar alguna desconformidad, un nuevo periodo de garantía comenzará cuando haya la Entidad emisora nueva entrega del producto sin desconformidad. 8.5. En caso ECOLAB exija controles de la garantía) el calidad específicos de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDADmercancía, el importe Proveedor despenalizará muestras suficientes a esta finalidad, cabiendo a ECOLAB la relación de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judiciallos correspondientes análisis. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad8.6. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazoProveedor también es obligado a reembolsar cualquier dispensa incurrida por ECOLAB debido a los gastos incurridos para corregir los servicios/productos defectuosos, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORaunque sea por otro Proveedor indicador por Ecolab.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza 00.0.Xx Cumplimiento del “Contrato”. La Fianza deberá observar lo siguiente:
a) Que la correcta y fiel fianza se otorgará atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el “Contrato”.
b) Esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo del “Contrato”, entrega del “Contrato” o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo, esta Fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que el “Instituto” otorgue prórrogas o esperas al “Proveedor” para el cumplimiento de sus obligaciones.
c) La Institución de Fianzas, acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre Artículo 95 de la Entidad emisora Ley Federal de Instituciones de Fianzas en vigor, para la efectividad de la presente garantía) , procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de de 20 intereses que prevé el Artículo 95 Bis del mismo ordenamiento legal, con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social por pago extemporáneo del importe de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto Póliza de la garantía en forma numeral y literalFianza requerida.
d) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contratocumplimiento únicamente podrá ser liberada mediante escrito del “Instituto”, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia través de la Unidad Administrativa Dirección de la ENTIDADRecursos Materiales, lo cual Servicios Generales y Obras, previa consulta con el “Área Solicitante” de los servicios.
e) Todos los demás requisitos solicitados en el “Contrato” para dar cumplimiento a esta garantía.
a) El “Proveedor” no exime la responsabilidad proporcione los servicios adjudicados en el(los) plazo(s) establecido(s) y las condiciones no sean las convenidas.
b) Hubiese transcurrido el plazo de prórroga otorgado debidamente autorizado y proceda únicamente por el atraso por incumplimiento en las fechas de prestación de los servicios, de conformidad con el artículo 63 del SUPERVISOR“Reglamento”.
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Samples: Contratación Del Servicio Integral De Telecomunicaciones
GARANTÍAS. En este contrato se rendirá la garantía prevista en el artículo 74 de la LOSNCP, en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 73 ibídem. El oferente que resulte adjudicado deberá presentar las siguientes garantías: EXISTE GARANTÍA SI NO TIPO OBSERVACIONES X Fiel cumplimiento La Contratista para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, antes de la firma del contrato, rendirá a favor de EP PETROECUADOR una garantía por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del valor del contrato, sin IVA. Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables a la CONTRATISTA. Si la CONTRATISTA garantiza no la correcta renovare cinco (5) días antes de su vencimiento. Para responder por obligaciones que la CONTRATISTA contrajere a favor de terceros relacionados con este contrato, siempre que EP PETROECUADOR fuere forzada a realizar alguna prestación o erogar dinero a favor de tales terceros, mediante acto administrativo o sentencia ejecutoriada. Para efectivizar las multas que le fueran impuestas a la CONTRATISTA. Se constituirá para garantizar el cumplimiento del contrato, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes se ejecutará por incumplimiento de las especificaciones, imputables al proveedor, de conformidad con la (Registrar el tipo de garantía lo establecido en el DBC) Nº emitida Art. 74 LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, Garantía de Fiel Cumplimiento.- Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por (Registrar las obligaciones que contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el nombre contrato, el adjudicatario, antes o al momento de la Entidad emisora firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del valor de aquel. En los contratos de obra, así como en los contratos integrales por precio fijo, esta garantía se constituirá para garantizar el cumplimiento del contrato y las obligaciones contraídas a favor de terceros y para asegurar la debida ejecución de la garantía) el obra y la buena calidad de los materiales, asegurando con ello las reparaciones o cambios de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social aquellas partes de la ENTIDAD a obra en la que fue girada la garantía),por (registrar el monto se descubran defectos de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDADconstrucción, el importe mala calidad o incumplimiento de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAespecificaciones, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto imputables al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecuciónproveedor. La garantía póliza de Fiel Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo permanecerá en custodia de la Unidad Administrativa Jefatura Corporativa de Tesorería de EP PETROECUADOR, hasta su devolución. Esta garantía se entregará en cualquiera de las formas establecidas en los numerales 1 o 2 del artículo 73 de la ENTIDADLOSNCP, para lo cual no exime cual, el adjudicatario deberá considerar los formatos de las condiciones particulares que le serán entregadas a su debido tiempo; y, permanecerá en custodia de la responsabilidad Jefatura Corporativa de Tesorería de la EP PETROECUADOR hasta su devolución. Si la garantía a entregar es otorgada por una cooperativa de ahorro y crédito, ésta institución debe cumplir con lo establecido en la Resolución No. 296-2016-F de 09 de noviembre de 2016, emitida por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, y, contar con la autorización expresa del SUPERVISORórgano de control Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS).
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Samples: Servicio De Administración Del Bloque De Habitaciones
GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato21: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento en dicho artículo, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.” En el importe caso que corresponda, consignar lo siguiente: Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias22: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORobligaciones garantizadas.
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Samples: Contratación Pública Especial
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Proveedor garantizará (i) la propiedad tanto de los Equipos y Materiales suministrados como de la propiedad intelectual e industrial derivada de los mismos; (ii) la inexistencia de vicios, tanto aparentes como ocultos; y (iii) el correcto funcionamiento, tal como se describe en los apartados siguientes. Las garantías establecidas en esta cláusula no limitarán la aplicación de aquellas otras que fuesen acordadas en el Contrato, ni de aquellas que vengan impuestas por ley, costumbre o usos de comercio.
(i) La garantía de propiedad establecerá que los Equipos y Materiales suministrados son propiedad del Proveedor, se transmiten libres de cargas y están autorizados para su transmisión. Asimismo, se garantizará a Iberdrola el traspaso de la propiedad intelectual o industrial necesaria para la correcta utilización de los Equipos y fiel ejecución Materiales objeto del presente CONTRATO en todas sus partes con Suministro.
(ii) Sin perjuicio de otros derechos y/o acciones de reparación que tenga Iberdrola de conformidad el Contrato la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por vicios aparentes permitirá a Iberdrola optar por (Registrar el nombre i) la devolución o (ii) la reparación del Equipo o Material o (iii) la reducción del precio, siendo por cuenta del Proveedor todos los gastos que se originen. Iberdrola tendrá un plazo de noventa (90) días desde la entrega efectiva del Suministro para denunciar la existencia de tales vicios.
(iii) La garantía de funcionamiento determinará que los Equipos y Materiales son adecuados para la función especificada. El Proveedor responderá de dicho funcionamiento del Suministro hasta transcurridos doce (12) meses a partir de la Entidad emisora fecha de puesta en funcionamiento de los Equipos y Materiales o dieciocho (18) meses desde la entrega, lo último que ocurra. Si durante el período de esta garantía de funcionamiento Iberdrola notifica al Proveedor la existencia de un defecto, éste último realizará a su cargo la reparación, sustitución, ajuste o modificación que se necesite para el cumplimiento de la garantía) . La elección entre las alternativas mencionadas y el momento oportuno para efectuarlas será determinada por Iberdrola. Si dentro de un tiempo prudencial, de 20 acuerdo con la fecha indicada por Iberdrola, con vigencia hasta el Proveedor no llevara a cabo la corrección exigida, Iberdrola quedará autorizado, después de de 20 ponerlo en conocimiento del Proveedor, a efectuar la orden de (Registrar el nombre reparación por sí mismo o razón social de la ENTIDAD mediante encargo a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete terceros, siendo todos los gastos producidos por ciento (7%) cuenta del monto total del ContratoProveedor. A solo requerimiento por la ENTIDADEn estos casos, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada Iberdrola quedará facultada para ejecutar la Garantía de Cumplimiento (tal y como se define posteriormente) y el Proveedor vendrá obligado, además, a resarcir a Iberdrola de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISORtodos los daños y perjuicios que le haya causado por incumplimientos de sus obligaciones.
(iv) La garantía por vicios ocultos permitirá a Iberdrola, por razones justificadasuna vez vencida la garantía de funcionamiento, quien llevará el control directo solicitar y obtener del Proveedor la reparación, sustitución, ajuste o modificación de vigencia cualquier pieza o componente con un vicio oculto durante un período mínimo de tres (3) años desde la entrega de dicha pieza o componente, y todo ello sin menoscabo de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo indemnización por daños y perjuicios en los casos en que así proceda.
(v) Las partes de los Equipos y Materiales que hayan sido objeto de reparación, sustitución, ajuste o modificación en virtud de las garantías previstas en esta cláusula serán garantizadas de nuevo por un período de (i) doce (12) meses a partir de la vigencia fecha de la garantía en cuanto al monto nueva disponibilidad de los Equipos y plazo, a efectos Materiales o (ii) hasta que haya expirado el plazo inicial de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento los mismos, siendo de Contrato, Garantía Adicional aplicación el plazo más largo de los dos mencionados.
(vi) Para responder del cumplimiento de todas las garantías dadas por el Proveedor a la Garantía Iberdrola se podrán aplicar las Garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORCumplimiento.
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GARANTÍAS. a) Provisional: Para tomar parte en el presente concurso, los licitadores deberán constituir, en cualquiera de las alternativas de licitación, una garantía provisional única por importe de 15.000 euros. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del adjudicatario hasta la formalización del contrato, siendo incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, así como al adjudicatario que no constituya la garantía definitiva o cuando, por causas imputables a él, el contrato no pueda formalizarse en plazo, supuestos en los que se procederá a su ejecución. A estos efectos, tendrá la consideración de retirada injustificada de la proposición la falta de contestación a la solicitud de información en caso de presunción de temeridad en las ofertas, o el reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
b) Definitiva: El CONTRATISTA garantiza adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir, una garantía definitiva por importe del 4% del importe del valor estimado de la correcta construcción, según estudio de costos presentado en el sobre B. El plazo para la total constitución de la citada garantía será de quince días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que fuese notificado el adjudicatario a tal efecto y fiel ejecución del presente CONTRATO en será devuelta una vez cumplidas por éste todas sus partes con la (Registrar el tipo obligaciones contractuales. Las garantías se depositarán en IRUNVI y se podrán constituir en metálico o en cualquier otro medio de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento los admitidos por la ENTIDADlegislación vigente. En caso de constituirse en metálico, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas la garantía se ingresará en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva cuenta corriente número 2101 0202 33 0011333036 de la Obra dentro Gipuzkoa Donostia Kutxa, entregando una copia del plazo contractual y abonaré en forma satisfactoriaIRUNVI, hecho junto a un número de cuenta corriente donde se desee que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después ingrese la devolución de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORgarantía.
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Samples: Pliego De Condiciones
GARANTÍAS. 44.1 El CONTRATISTA garantiza oferente adjudicatario deberá presentar la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes Fianza o Garantía de Ejecución y/o Cumplimiento de Contrato dentro de los 28 días posteriores a la recepción de la Carta de aceptación, de conformidad con la cláusula 21.1 de las Condiciones Particulares del Contrato (Registrar CPC), utilizando para ello el tipo formulario de garantía establecido Garantía de Cumplimiento incluido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total sección VI Formularios del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, Si el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada Oferente seleccionado presenta la Garantía de Ejecución y/o Cumplimiento del Contrato en forma de fianza, deberá cerciorarse de que esta haya sido emitida por una empresa de fianzas o seguros que resulte aceptable para el Comprador. Toda institución extranjera que proporcione una fianza deberá tener una institución financiera corresponsal domiciliada en el País del Comprador, salvo que este haya acordado por escrito que la existencia de dicha institución financiera corresponsal no es obligatoria. El incumplimiento por parte del oferente adjudicatario de sus obligaciones de presentar la Fianza o Garantía de Ejecución y/o Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera antes mencionada o de firmar el SUPERVISORcontrato en el plazo previsto, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia constituirá causa suficiente para la anulación de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía adjudicación y para hacer efectiva las medidas establecidas en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento Mantenimiento de la Oferta y Firma de Contrato o en la Declaración de Mantenimiento de Oferta según sea el caso. En este caso, el Comprador podrá adjudicar el contrato al oferente cuya oferta sea evaluada como la siguiente más conveniente.
44.2 Se podrá proveer un anticipo sobre el precio del contrato, de acuerdo con lo estipulado en los DDL En caso de aplicar, el pago deberá realizarse contra la recepción de una garantía por el buen uso del 100% del valor de dicho anticipo. Esta garantía podrá ser tipo bancaria, fianza o cualquier otro tipo de instrumento financiero, que sea incondicional y a primer requerimiento emitido por instituciones financieras o aseguradoras aceptables para el Comprador. Si el Oferente seleccionado presenta la Garantía en forma de Correcta Inversión fianza, u otro instrumento financiero deberá cerciorarse de Anticipoque esta haya sido emitida por una empresa de fianzas o seguros que resulte aceptable para el Comprador. Toda institución extranjera que proporcione una fianza deberá tener una institución financiera corresponsal domiciliada en el País del Comprador, estarán bajo custodia salvo que este Instrucciones a los Oferentes haya acordado por escrito que la existencia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual dicha institución financiera corresponsal no exime la responsabilidad del SUPERVISORes obligatoria.
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Samples: Licitación Para Adquisición De Una Ambulancia Terrestre
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre 8.1 En función de la Entidad emisora solvencia del CLIENTE y de las incidencias que éste pudiera tener en registros de morosos y obligaciones impagadas, CEPSA (o una tercera parte subcontratada por CEPSA para la garantíaejecución de este servicio) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , podrá optar por solicitar al CLIENTE un aval o depósito en efectivo (en adelante Garantía) como requisito previo a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total activación del Contrato. A solo requerimiento por , o rehusar la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAactivación y la formalización del Contrato, sin necesidad de ningún trámite justificación alguna y sin derecho a reclamación alguna por parte del CLIENTE.
8.2 Adicionalmente, con carácter enunciativo pero no limitativo, durante la vigencia del Contrato CEPSA (o acción judicialuna tercera parte subcontratada por CEPSA para la ejecución de este servicio) podrá requerir al CLIENTE que aporte una Garantía, o bien que actualice o complemente la Garantía que ya hubiese sido previamente depositada, en cualquiera de los siguientes supuestos: En caso de riesgo de insolvencia del CLIENTE, de tal forma que haya riesgo de que el CLIENTE pudiera no estar capacitado para asumir sus responsabilidades de pago conforme a lo establecido en la cláusula séptima del presente Contrato. Si Se considerará que hay riesgo de insolvencia cuando el CLIENTE vea reducida su calificación de solvencia en al menos dos agencias de calificación o entidades de calificación de solvencia o riesgo de crédito. Igualmente, se procediera considerará que hay riesgo de insolvencia en caso de retirada parcial o total de cualquier cobertura de riesgo de crédito por parte de cualquier compañía aseguradora con la que CEPSA pudiera tener cubierto parcial o totalmente el eventual riesgo de crédito del Contrato.
8.3 El importe de las Garantía será como máximo el importe que corresponda a tres meses de facturación, de acuerdo con el volumen anual contratado, más las cantidades que en su caso, se debieran por parte del CLIENTE en el momento en el que CEPSA solicite la Recepción Definitiva entrega de la Obra dentro Garantía.
8.4 CEPSA podrá proceder a ejecutar dicha Garantía en los siguientes supuestos:
a) En caso de incumplimiento reiterado e injustificado de alguna de las obligaciones asumidas por el CLIENTE en este Contrato
b) En caso de retraso en el pago de cualesquiera importes debidos por el CLIENTE en virtud del Contrato de manera reiterada y de mala fe.
c) En caso de resolución del presente Contrato cuando estén pendientes de pago cantidades derivadas del mismo.
8.5 El CLIENTE se compromete a entregar a CEPSA la Garantía que le sea requerida en virtud de esta Cláusula en un plazo máximo de quince (15) días naturales desde que le sea requerido por CEPSA. El incumplimiento del plazo contractual y de entrega de dicha Garantía constituye un incumplimiento grave de una obligación esencial del presente Contrato. De no recibirse la Garantía en el plazo anterior o de recibirse pero siendo su importe insuficiente, el Contrato podrá resolverse por CEPSA conforme a lo establecido en la cláusula 12.
8.6 CEPSA podrá ejecutar la Garantía de forma satisfactoriaíntegra o parcial, hecho que se hará constar mediante en función de los importes pendientes de pago por el Acta correspondienteCLIENTE. En el caso particular de resolución del presente Contrato estando pendientes de pago cantidades derivadas del mismo, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después menores al importe de la Liquidación Garantía, ésta se ejecutaría de forma parcial, con el fin exclusivo de satisfacer las cantidades pendientes.
8.7 En caso de ejecución durante la vigencia del Contrato, juntamente con el Certificado CLIENTE se compromete a restituir la Garantía, para evitar que la misma pueda resultar disminuida debido a su ejecución.
8.8 En caso de Cumplimiento de terminación del Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada por cualquier causa, la Garantía que se hubiera aportado por parte del CLIENTE, se convertirá en una garantía definitiva de Cumplimiento liquidación del Contrato hasta la recepción de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, las liquidaciones correspondientes al cierre definitivo por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia parte de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcompañía Distribuidora.
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Samples: Energy Supply Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza contratista seleccionado para la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO contrato constituirá, a favor del ITM, como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales, cualquiera de las garantías autorizadas por el Decreto 734 de 2012 a saber: (1) Pólizas de seguros, (2) Fiducia mercantil en todas sus partes garantía, (3) Garantía bancaria a primer requerimiento; (4) Endoso en garantía de títulos valores y depósito de dinero en garantía, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una entidad bancaria, o una sociedad fiduciaria, o una entidad financiera sometida a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, legalmente establecida en Colombia, con el fin de cubrir los perjuicios derivados de las obligaciones, así: De Cumplimiento del Contrato: Cubrirá al ITM de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato así como de su cumplimiento tardío o su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Este amparo comprende además siempre el pago de las multas y de la (Registrar el tipo de garantía establecido cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el DBCcontrato por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) Nº emitida del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más. De calidad y correcto funcionamiento de los bienes: Cubrirá al ITM por (Registrar el nombre los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de los perjuicios imputables al contratista garantizado que se deriven de la Entidad emisora mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes o equipos objeto del contrato de acuerdo con las especificaciones técnicas o por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo, por el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más. La garantía se constituirá en la misma moneda del contrato. El pago de la prima respectiva correrá por cuenta del contratista, así como el de las ampliaciones a que haya lugar. El contratista deberá restablecer el valor de la garantía cuando éste se haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por la entidad contratante y/o terceros afectados De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el contratista deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. El incumplimiento de la obligación del contratista de mantener la suficiencia de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a facultará al ITM para declarar la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) caducidad del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecucióncontrato. La garantía deberá acompañarse del correspondiente recibo de Cumplimiento pago, estar firmada por el contratista, deberá ser constituida en forma tal que cubra única y exclusivamente los riesgos contemplados para la ejecución del contrato. La garantía deberá estar vigente durante toda la vida del contrato, su liquidación, y la prolongación de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía sus efectos. Tratándose de Cumplimiento póliza no expirará por falta de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia pago de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORprima o por revocatoria unilateral.
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Samples: Contrato De Compraventa
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo Las garantías que se detallarán a continuación, serán cubiertas por medio de fianza bancaria o garantía establecido en el DBC) Nº bancaria, emitida por Institución Bancaria o Institución Financiera, Sociedad Afianzadora o Aseguradora y Sociedades de Garantías Recíprocas (Registrar SGR), así como también se aceptarán como garantía las establecidas en la Ley del Sistema de Garantías Recíprocas para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Rural y Urbana. Las Instituciones que emitan las referidas garantías deberán estar autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero y ser aceptadas por “EL CONTRATANTE”. 1) GARANTÍA DE BUENA INVERSION DE ANTICIPO. Para garantizar el nombre correcto manejo de la Entidad emisora cantidad anticipada, que será por un monto del treinta por ciento del valor inicial del contrato, “LA CONTRATISTA”, rendirá Garantía de la garantía) el Buena Inversión de Anticipo a favor de 20 “EL CONTRATANTE”, con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) por un valor equivalente al siete cien por ciento (7%) del monto valor total del Contratoanticipo, esta garantía deberá ser rendida antes de recibir dicho anticipo, y deberá mantenerse vigente en su totalidad, mientras no se haya hecho efectiva a “EL CONTRATANTE” sus amortizaciones, no considerándose como amortizadas las que solo consten en documentos. A solo requerimiento por 2) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. Después de recibida la ENTIDAD, el importe Notificación de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso Autorización de incumplimiento contractual incurrido por el contratación “LA CONTRATISTA, sin necesidad ” deberá rendir a favor de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. “EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la CONTRATANTE” una Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera por el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo valor de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS
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Samples: Contract
GARANTÍAS. El Como requisito para suscribir el presente contrato, EL CONTRATISTA garantiza entrega al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de OSITRAN, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: • De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la CARTA FIANZA N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la el. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 34 de las “Disposiciones Complementarias al Reglamento para la contratación de Empresas Supervisoras por parte de OSITRAN”, en los contratos derivados de Procedimientos de Selección Abreviado, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, el importe durante la primera mitad del número total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso pagos a realizarse, de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAforma prorrateada, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera con cargo a ser devuelto a la Recepción Definitiva de la Obra dentro finalización del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.mismo”
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO Código legisla en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido dos artículos, por un lado las garantías a los créditos incorporados —cuestión no prevista en el DBC) Nº emitida Código de Comercio— y por (Registrar el nombre otro las garantías sobre el saldo de la Entidad emisora cuenta corriente, similar al art. 786 del anterior Código de Comercio. Con relación a las primeras, el art. 1434 del CCCN establece que las garantías reales o personales de cada crédito incorporado se trasladan al saldo de la garantíacuenta, en tanto el garante haya prestado su previa aceptación, vale decir, no se trasladan de pleno derecho. Sobre el particular, la comisión de reforma del CCCN señaló que disponer el traslado de las garantías de las remesas a los saldos como principio general podía afectar seriamente la situación de los codeudores solidarios, que quedarían incorporados a una cuenta corriente con título ejecutivo sin haber consentido esa situación; idéntica situación se planteó con relación a las garantías reales o personales. Por aplicación del principio de indivisibilidad de la cuenta, antes del cierre sólo hay elementos de un crédito eventual (el saldo) que será el resultante de la compensación de 20 créditos y deudas al final del período. El mantenimiento de las garantías permitiendo que se trasladen al saldo incorporado por la reforma importa una neutralización de la indivisibilidad característica de la cuenta corriente. Como no se opera novación, con vigencia hasta ante la falta de conformidad del garante, persisten las garantías personales y reales de los créditos anotados. Cuando el de de 20 , crédito garantizado pasa a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto cuenta corriente con reserva expresa de la garantía por parte del acreedor, si al clausurarse definitivamente la cuenta arroja un saldo igual o mayor que aquél, el acreedor impago puede hacerlo efectivo en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDADgarantía, hasta el importe de ella. Sobre este punto la doctrina advirtió que no se legisló respecto de la responsabilidad de los co-obligados solidarios del crédito incluido en la cuenta y que la solución brindada por otras legislaciones fue la de establecer que quedaban obligados respecto del saldo que resulte al cierre. (21) En cuanto a las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en sobre el saldo, el art. 1439 del CCCN, al igual que su antecedente el art. 786 del C. de Comercio, establece que el saldo de la cuenta corriente puede ser garantizado con hipoteca, prenda, fianza, agregando al final "o cualquier otra garantía". En el caso de incumplimiento contractual incurrido la prenda se debe establecer el monto máximo del saldo deudor garantizado. En cuanto a la hipoteca, dicha estipulación resulta válida en tanto individualice el número de la cuenta y se describan las operaciones que podrán tener reflejo en ella (principio de accesoriedad), como así también el límite cuantitativo del crédito del cual podrán disponer las partes (principio de especialidad). (22) El artículo establece una enumeración no taxativa, por lo que la doctrina ha señalado que el saldo puede ser garantizado también con anticresis (arts. 2212 a 2218 del CCCN) en cuyo caso las partes deberán convenir el destino de las sumas que perciba el acreedor anticresista (pasarlas a cuenta corriente, retenerlas en caución, disponer de ellas a cuenta del crédito por el CONTRATISTAsaldo, sin necesidad de ningún trámite o acción judicialetc.). Si se procediera a la Recepción Definitiva (23) La norma no indica si el saldo de la Obra dentro del plazo contractual y cuenta corriente es el definitivo o el parcial resultante en forma satisfactoriadeterminada fecha, hecho por lo que cabe entender que se hará constar mediante puede garantizar cualquiera de ambos, dejándolo establecido expresamente en el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcontrato respectivo.
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Samples: Contrato Bancario
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Suscrito el contrato, dentro del plazo fijado para el efecto, el Contratista debe constituir y someter a la correcta aprobación de la ANH las garantías y fiel ejecución seguros exigidos en los términos de referencia o reglas del presente CONTRATO en todas sus partes respectivo Procedimiento de Selección, a tono con la (Registrar minuta de Contrato. La naturaleza, cuantía, vigencia, términos y condiciones de dichas garantías y seguros se determinarán en tales pliegos, términos o reglas, también de acuerdo con las minutas aprobadas por el tipo Consejo Directivo. Las garantías consistirán en pólizas expedidas por compañías de garantía establecido seguros legalmente autorizadas para funcionar en el DBC) Nº emitida Colombia, en garantías bancarias a primer requerimiento, y, en general, en los demás mecanismos de cobertura del riesgo autorizados por (Registrar el nombre la ANH con arreglo al ordenamiento superior sobre la materia. Tratándose de pólizas de seguro, no expirarán por falta de pago de la Entidad emisora prima o por revocatoria unilateral. Las minutas de Contrato establecerán las clases y niveles xx xxxxxx de los riesgos derivados de la garantía) el celebración, ejecución y terminación del contrato, así como los casos en que por sus características, complejidad y plazo de ejecución, la garantía de 20 cumplimiento puede ser dividida de acuerdo con las fases o etapas en que deba tener lugar dicha ejecución y con los riesgos inherentes a cada una, con vigencia hasta el de de 20 , a y podrán ser reducidas en la orden de (Registrar el nombre o razón social medida de la ENTIDAD a ejecución contractual, previa autorización expresa y escrita de la que fue girada la garantía),por (registrar ANH. El Contratista debe restablecer el monto valor de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete cuando éste se haya visto reducido por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento razón de reclamaciones de la ANH o por la ENTIDADocurrencia de siniestros. De igual manera, en todo evento de extensión o prórroga del plazo de ejecución de cualquiera de las fases o etapas de desarrollo contractual, el importe Contratista debe ampliar concordantemente el término de las vigencia de garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en y seguros. En caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAdel deber de constituir, sin necesidad extender, renovar o restablecer las garantías y seguros que amparen la satisfacción oportuna, eficaz y eficiente de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva las prestaciones, compromisos y obligaciones derivados de la Obra dentro celebración, ejecución y liquidación del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipolos riesgos inherentes, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.ANH podrá terminar
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Samples: Reglamento De Contratación
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta 2.10.1. Las Garantías que, atendiendo a las características del bien, obra y servicio, podrán ser establecidas por Prosegur son las siguientes: Garantía de fiel ejecución del presente CONTRATO en cumplimiento y de los bienes, obras y/o servicios al fin requerido. Se establecerá por el Proveedor/Contratista para garantizar el cumplimiento de todas sus partes obligaciones contractuales según Xxxxxx/Contrato, desde el momento de la aceptación/firma del Pedido/Contrato, hasta la recepción definitiva por Prosegur de los bienes, obras y/o servicios requeridos. El requerimiento o no de dicha Garantía se establecerá en la Petición de Oferta y/o en el Pedido/Contrato correspondiente. Dicha Garantía se establecerá a través del Modelo de Aval del Anexo II (emitido por un banco con rating mínimo BBB- de Standard & Poor o aprobado por el departamento de Tesorería de Prosegur) o bien seguro de caución (emitido por una aseguradora con rating mínimo BBB- de Standard & Poor o aprobada por el departamento de Seguros de Prosegur) o bien por una retención directa en factura.
2.10.2. El Proveedor garantiza que en el suministro de bienes éstos son de su plena propiedad, adecuados al fin que se destinan y de primera calidad y primer uso, así como que cumplen los requisitos de seguridad y calidad especificados en el Pedido. El Contratista garantiza que la (Registrar realización de obras y/o servicios cumple los requisitos de seguridad y calidad especificados en el tipo Contrato. Asimismo, el Proveedor/Contratista, garantiza el cumplimiento de la correspondiente legislación vigente, así como de las normas propias de Prosegur, y que en su cumplimiento se atendrá a los programas de trabajo/ ejecución establecidos.
2.10.3. El Proveedor/Contratista, garantiza igualmente que los bienes, obras y servicios, están libres de cargas y gravámenes a favor de terceros, carecen de defectos y son idóneos para su comercialización/utilización, así como que dispone de las patentes, licencias y demás derechos de propiedad industrial/intelectual necesarios para la realización de cuanto es objeto del Pedido / Contrato.
2.10.4. Retenciones en concepto de Garantía: Las retenciones en concepto de garantía se establecerán en el Pedido / Contrato.
2.10.5. El Período de Garantía de los bienes, obras y/o servicios suministrados/realizados por el Proveedor/Contratista será establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre Pedido / Contrato. En su defecto, será: Para bienes, de 12 meses a partir de la Entidad emisora fecha de la garantía) puesta en marcha o de 24 meses a partir de la fecha de la recepción conforme en destino o de la puesta a disposición, según Incoterm aplicable, lo que antes se produzca, si el Proveedor tuviera unas condiciones de mayor duración se atenderá a ellas. Para contratos de 20 obras y/o servicios, con vigencia hasta de 12 meses desde la fecha de firma del acta de recepción provisional. Otros plazos podrán ser exigibles cuando así lo establezca la legislación aplicable y/o la naturaleza específica del suministro, obra y/o servicio de que se trate.
2.10.6. Durante el período de garantía serán por cuenta del Proveedor/Contratista todos los incumplimientos y/o daños, sin perjuicio de 20 lo señalado al respecto en la Cláusula 2.2.17 y siguientes, que se originen por causa de incumplimiento o cumplimiento defectuoso o inadecuado por parte del Proveedor/Contratista de las condiciones contractuales aplicables al suministro, obra o servicio, así como en su caso, por los defectos de calidad de los materiales empleados. El plazo de garantía se interrumpirá por el tiempo que se emplee en las respectivas reparaciones o sustituciones, las que a su vez serán garantizadas, a la orden partir de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto su terminación, por igual tiempo al de la garantía inicial establecida.
2.10.7. Dichos incumplimientos o cumplimientos defectuosos o inadecuados del suministro, obra y/o servicio, o defecto de calidad de que se trate, cuando el Proveedor/Contratista no haya efectuado las pertinentes acciones rectificativas, o cuando no muestre la adecuada diligencia en forma numeral la resolución de los problemas planteados, podrá dar lugar: a la retención por parte de Prosegur de los pagos pendientes; a la ejecución de la/s garantía/s económicas y/o bancarias e incluso al rechazo total o parcial del suministro, obra o servicio efectuados, con exigencia en este caso de la devolución de los importes satisfechos sin que dicha circunstancia pueda ser causa de reclamación alguna por parte del Proveedor/Contratista.
2.10.8. Prosegur descontará, en su caso, de las facturas pendientes de abono al Proveedor/Contratista las penalizaciones que fueren de aplicación. Asimismo, para resarcirse de los gastos propios o de los gastos y literalcostes derivados de contratar con terceros la reparación o la ejecución de lo incumplido o defectuosamente cumplido por el Proveedor/Contratista, y de cualquier otra deuda que mantenga el Proveedor/Contratista con Prosegur, podrá descontar tales importes de las facturas pendientes de abono al Proveedor/Contratista. El pago o deducción de tales penalizaciones y gastos no relevará al Proveedor/Contratista de cualesquiera de sus demás obligaciones y responsabilidades que emanen del Pedido/Contrato.
2.10.9. Se considera automáticamente deuda del Proveedor/Contratista con Prosegur, cualquier cantidad que sea reclamada a esta última, por descubiertos o incumplimientos del Proveedor/Contratista en relación con salarios, con seguros sociales, con sus obligaciones fiscales y cualesquiera otras que puedan reclamarse a Prosegur con arreglo a normas legales o reglamentarias.
2.10.10. Las posibles deducciones efectuadas, de acuerdo con los apartados anteriores, serán totalmente independientes de la cantidad depositada en su caso como Garantía.
2.10.11. En el supuesto que el Proveedor pretenda dejar de fabricar el producto objeto de la Orden de Compra, éste deberá enviar notificación escrita con acuse de recibo dirigida al Departamento de Compras de Prosegur con un preaviso de seis meses antes de la fecha en que pretenda terminar la fabricación del producto. Dicha notificación deberá contener como mínimo: (i) identificación del producto; (ii) identificación de las Órdenes de Compra afectas al mismo; (iii) relación de los países afectados; y (iv) fecha en que se pretende terminar la fabricación del producto. Desde la emisión de la Orden de Compra, el Proveedor garantiza el adecuado servicio técnico y la existencia de repuestos durante el plazo mínimo xx xxxx (10) años en todos los países afectados y a partir de la fecha en el que el producto deje de fabricarse. El precio de los repuestos o de los productos y servicios se ofrecerá a Prosegur a un precio máximo equivalente al siete precio de contrato de los productos sustituidos; y con el mismo nivel de cumplimiento de los requisitos técnicos solicitados por ciento Prosegur para el producto a reparar o sustituir. En garantía de dicho compromiso, Prosegur se reserva el derecho de exigir al Proveedor un aval bancario a primer requerimiento conforme al modelo de Aval del Anexo II de este documento. En incumplimiento por parte del Proveedor de dicha garantía o no tenga la capacidad para cumplirla, tendrá los siguientes efectos: • La retención de cualquier pago pendiente por parte de Prosegur • La ejecución del aval bancario • La cancelación total o parcial de las Órdenes de Compra en curso, sin que ello suponga indemnización alguna a favor del proveedor. • El derecho de Prosegur de poder reclamar todos los daños, perdidas, costes y gastos soportados (7%incluyendo honorarios de abogados) incurridos para poder atender por sus medios o a través de terceros las obligaciones incumplidas por parte del monto total del ContratoProveedor. A solo requerimiento por la ENTIDADAdicionalmente, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazoProveedor, a efectos su coste, deberá poner a disposición de requerir su ampliación al CONTRATISTAProsegur todos aquellos desarrollos software hechos a medida, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contratoincluyendo código fuente, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato código objeto, manuales y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcualquier otra información relevante.
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Samples: Condiciones Generales De Compra
GARANTÍAS. Para garantizar el cumplimiento del contrato, “El CONTRATISTA garantiza Proveedor”, dentro del término de 10 (diez) días naturales siguientes a la correcta y fiel ejecución firma del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida contrato, se obliga a presentar fianza expedida por (Registrar el nombre institución autorizada para ello y a favor de la Entidad emisora Tesorería de la garantíaFederación, por la cantidad de $xxxxxxx.xx (xxxxxxxxxx pesos xx/100 m.n.), equivalente al 15% (quince por ciento) del importe total del servicio contratado, sin incluir el impuesto al valor agregado (I.V.A.). las obligaciones derivadas del presente contrato son divisibles, lo anterior en virtud de de 20 que el servicio contratado será entregado parcialmente, con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la por lo que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas cumplimiento en caso de incumplimiento contractual incurrido por parte de “El Proveedor” se afectará de manera proporcional al monto de las obligaciones garantizadas. De conformidad con el CONTRATISTAartículo 103 del reglamento de la Ley de Adquisiciones, sin necesidad Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la póliza de ningún trámite fianza deberá estipular como mínimo, entre otras, las siguientes declaraciones: Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de las obligaciones que garantice y continuará vigente en caso de que se otorguen prórrogas al cumplimiento del contrato, así como durante la sustanciación de todos los recursos legales o acción judicialde los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas; Que la afianzadora acepte expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de la fianza requerida; y Que en caso de la celebración de algún convenio conciliatorio a que se refiere el artículo 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se considerará novado el contrato, por lo tanto, la póliza de seguros y de fianza continuará vigente en todas y cada una de las obligaciones que “El Proveedor” garantiza. Si En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas a “El Proveedor” para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, se procediera deberá realizar la modificación correspondiente a la Recepción Definitiva fianza. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo de “El Proveedor” y éste efectúe la totalidad del pago en forma incondicional, “La Conagua” deberá cancelar la fianza respectiva, en caso contrario, “La Conagua” procederá a hacer efectiva la garantía, a partir de la Obra fecha en que se haya notificado a “El Proveedor” el oficio de resolución de rescisión administrativa del contrato. Cuando se requiera hacer efectiva la fianza, “La Conagua” deberá remitir a la Tesorería de la Federación, dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriade treinta días a que hace referencia el artículo 143 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, hecho la solicitud deberá precisar la información necesaria para identificar la obligación o crédito que se hará constar mediante garantiza y los sujetos que se vinculan con la fianza, debiendo acompañar los documentos que soporten y justifiquen el Acta correspondientecobro, suscrita de conformidad con lo dispuesto por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después el reglamento del artículo 95 de la Liquidación del Contratoley federal de instituciones de fianzas, juntamente con para el Certificado cobro de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia fianzas otorgadas a favor de la misma bajo su responsabilidadfederación, del distrito federal, de los estados y de los municipios distintas de las que garantizan obligaciones fiscales federales a cargo de terceros. El SUPERVISOR llevará En caso de que el control directo presente contrato fuera modificado con motivo de la vigencia formalización de convenios de ampliación al monto del contrato, “El Proveedor” deberá obtener la modificación de la garantía en cuanto al monto fianza y plazo, a efectos presentarla dentro de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar los 10 (diez) días naturales siguientes a la ENTIDAD firma del convenio respectivo. Asimismo, “El Proveedor” responderá de la calidad del servicio o de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia en los términos del penúltimo párrafo del artículo 53 de la Unidad Administrativa Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, obligándose a reponer el servicio, en la ENTIDADparte que haya sido mal ejecutada, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORsin costo alguno para “La Conagua”.
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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 licitante, a la orden fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, y para responder de los defectos, vicios ocultos y calidad del servicio proporcionado; así como de cualquier otra responsabilidad, deberá presentar póliza de fianza conforme a lo siguiente: La póliza de fianza deberá ser expedida por institución afianzadora mexicana autorizada en los términos de La Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, por un importe equivalente a un 10% (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete diez por ciento (7%ciento) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDADinstrumento jurídico adjudicado antes de IVA, el importe a favor del Servicio Geológico Mexicano; cuya póliza deberá entregarse dentro de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera los 10 (diez) días naturales siguientes a la Recepción Definitiva firma del contrato. De no cumplir con dicha entrega, “El SGM” podrá determinar la rescisión del instrumento jurídico respectivo y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60, fracción III de “La Ley”. La póliza de fianza debe otorgarse en estricto apego al Anexo Doce de esta Convocatoria. Asimismo podrá presentar como garantía de cumplimiento de contrato cheque certificado o de caja. En el supuesto de que no se presente la Obra garantía de cumplimiento de contrato dentro del plazo contractual y señalado, “El SGM” iniciará el procedimiento de rescisión administrativa del instrumento jurídico respectivo, en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después los términos de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución“La Ley”. La garantía de Cumplimiento cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía ninguna manera será considerada como una limitación de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.proveedor, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el instrumento jurídico respectivo, y de ninguna manera impedirá que “El SGM” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que puede exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de incremento al monto del instrumento jurídico respectivo o modificación al plazo, el proveedor se obliga a entregar a “El SGM” al momento de la formalización respectiva los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la fianza otorgada inicialmente. El licitante acepta expresamente que la fianza expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial. En caso de propuestas conjuntas, la garantía de cumplimiento del instrumento jurídico respectivo se presentará en un sólo instrumento que deberá cubrir los requerimientos de “El SGM”, establecidos en el Anexo Doce de esta Convocatoria. Para efecto de la liberación de la fianza respectiva, una vez concluida la vigencia del contrato y cumplidas las obligaciones correspondientes, el licitante deberá presentar solicitud a la Gerencia Regional Norte (Chihuahua), que previa verificación con el área requirente, dará al proveedor su autorización por escrito para que proceda a recuperar y en su caso liberar la póliza de la fianza correspondiente, de conformidad con lo señalado en el texto de la misma; siempre y cuando éste acredite haber cumplido con la condición pactada en dicho contrato y a entera satisfacción de “El SGM”. La garantía de cumplimiento del contrato, se podrá hacer efectiva por “El SGM”, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa en alguno de los siguientes casos:
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Samples: Licitación De Servicios
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza 8.1 En la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO medida en todas sus partes con la (Registrar el tipo que no esté previsto en un documento de garantía establecido aparte, se aplicarán las siguientes disposiciones: en la medida en que la ley lo permita, quedan excluidas en su totalidad todas las condiciones, garantías u obligaciones, ya sean de forma expresa o tácita por estatuto, derecho consuetudinario o de otro modo, incluidas específicamente cualquier garantía implícita de comerciabilidad o de aptitud para un propósito específico. Se aplicarán las disposiciones del Contrato en su lugar.
8.2 El Vendedor garantiza que, a partir de la fecha de entrega por el Vendedor, los Productos entregados de conformidad con el Contrato cumplen con las especificaciones estándar del Vendedor para los Productos u otras especificaciones que se hayan acordado expresamente entre el Vendedor y el Comprador.
8.3 El Comprador declara y manifiesta que es consciente de que los Productos, por su propia naturaleza, pueden ser peligrosos o nocivos y debe aplicar el estándar profesional y legal de diligencia, así como seguir las instrucciones del Vendedor relativas al uso, manipulación, almacenamiento y mantenimiento de los Productos. Si se presenta alguna reclamación sujeta a las condiciones anteriormente expuestas, el Comprador tendrá que demostrar de forma razonablemente satisfactoria a juicio del Vendedor que el Comprador ha aplicado las normas e instrucciones mencionadas.
8.4 El Vendedor no otorga ninguna garantía adicional, ya sea de forma expresa o tácita, salvo la establecida expresamente en el DBC) Nº emitida presente documento. En adición y no en limitación de lo antedicho, el Vendedor no garantiza que los Productos sean comerciables o adecuados para un fin particular, con respecto a la libertad de incumplimiento de cualquier patente y/o propiedad intelectual resultantes del uso de los productos o información del Vendedor por (Registrar el nombre parte del Comprador.
8.5 El Vendedor será responsable únicamente de la Entidad emisora reposición de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas los bienes en caso de incumplimiento contractual incurrido no conformidad razonable y justificada por el CONTRATISTAComprador, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual pero no por daños y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORperjuicios u otras reclamaciones.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC4.24.4 inciso j) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social)
a) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “EL INSTITUTO”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento contractual incurrido de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de “EL INSTITUTO”.
b) Xx conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
c) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el CONTRATISTAmonto garantizado más, sin necesidad en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 276 de ningún trámite la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice.
d) En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o acción judicial. Si se procediera tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.
e) En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la Recepción Definitiva afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 100 días hábiles contados a partir de que la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto resolución favorable al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORfiado haya causado ejecutoria.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO La garantía de cumplimiento deberá constituirse por el licitante que resulte ganador mediante fianza expedida por una institución debidamente autorizada en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre los términos de la Entidad emisora Ley Federal de la garantía) el Instituciones de de 20 Fianzas, con vigencia hasta el de de 20 en moneda nacional (peso mexicano), a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) un importe del 10% del monto total del Contratocontrato sin considerar el I.V.A., a favor de Nacional Financiera S.N.C. FOCIR y deberá contener los siguientes requisitos: Indicación del importe total garantizado con número y letra. A solo requerimiento por Referencia de que la ENTIDADfianza se otorga de manera indivisible atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato. La información correspondiente al número de contrato, el importe su fecha de firma así como la especificación de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicialobligaciones garantizadas. Si se procediera a la Recepción Definitiva El señalamiento de la Obra dentro denominación o nombre del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho proveedor o fiado. La condición de que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cuál no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos. Considerar las siguientes previsiones: “Esta garantía permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en cuanto caso en que el FOCIR otorguen prórrogas o esperas al monto proveedor o fiado para el cumplimiento de sus obligaciones así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan en relación con este contrato y plazohasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente que quede firme salvo que las partes se otorguen el finiquito de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones o cualquier otra circunstancia. “La Institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la presente garantía, a efectos procedimiento al que también se sujetará para el caso de requerir su ampliación al CONTRATISTAcobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.” “Así mismo esta fianza cubre defectos, o solicitar vicios ocultos y calidad de los servicios así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido el proveedor, en los términos señalados en la convocatoria a la ENTIDAD su ejecución. La garantía licitación, en el contrato respectivo y el Código Civil Federal.” Que para cancelar la fianza será requisito contar con la constancia de Cumplimiento cumplimiento total de Contrato, Garantía Adicional las obligaciones contractuales a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia través de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad manifestación expresa y por escrito del SUPERVISORFOCIR.
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Samples: Licitación Pública Nacional Mixta
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución I. Para el cumplimiento del presente CONTRATO Contrato. La garantía deberá constituirse por el concursante que resulte ganador mediante fianza expedida por una Institución debidamente autorizada en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre los términos de la Entidad emisora Ley de la garantía) el Instituciones de de 20 Seguros y Fianzas, con vigencia hasta el de de 20 en Moneda Nacional (peso mexicano), a la orden de por un importe del 10% (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete diez por ciento (7%ciento) del monto total del Contratocontrato sin considerar el I.V.A. a favor de Servicios de Salud de Sinaloa y deberá contener los siguientes requisitos: Indicación del porcentaje e importe total garantizado con número y letra. A solo requerimiento por Referencia de que la ENTIDADfianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato. La información correspondiente al número de contrato, el importe su fecha de firma, así como la especificación de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicialobligaciones garantizadas. Si se procediera a la Recepción Definitiva El señalamiento de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriadenominación o nombre de “El Prestador de Servicios”, hecho domicilio fiscal, registro federal de contribuyentes. La condición de que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazofianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, a efectos de requerir forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDADvigencia, lo cual no exime debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos. La condición de que la fianza solo podrá ser cancelada cuando así lo autorice expresamente y por escrito a Servicios de Salud de Sinaloa El señalamiento de que esta garantía estará vigente en los casos en que Servicios de Salud de Sinaloa, en el contrato otorgue prórrogas o esperas al proveedor o fiado, para el cumplimiento de sus obligaciones, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan en relación con este contrato hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, salvo que las partes se otorguen el finiquito, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Señalar el domicilio de la afianzadora de esta localidad para oír y recibir notificaciones de esta dependencia. La Institución de Fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso de cobro de intereses que prevé el mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Así mismo esta fianza cubre, defectos y vicios ocultos de los bienes, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido “El Prestador de Servicios” en los términos señalados en el Concurso por Invitación, en el contrato respectivo y el código civil federal. Las garantías de anticipo y de cumplimiento deberá presentarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la firma del SUPERVISORcontrato, Servicios de Salud de Sinaloa, sito en cerro Montebello oriente 150 Montebello, Culiacán xx xxxxxxx, Culiacán, Sinaloa, siendo requisito indispensable su entrega para efectuar el pago respectivo establecido en el contrato. Para liberar la fianza de cumplimiento del contrato, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la dependencia solicitante.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicio
GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: • De fiel cumplimiento del contrato21: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final. A solo requerimiento • Al amparo de lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento en dicho artículo, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.” En el importe caso que corresponda, consignar lo siguiente: • Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias 22 : [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORobligaciones garantizadas.
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GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor xx XXXXXX S.A., por los conceptos, montos y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato13: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de prestación de servicios en general, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, el importe durante la primera mitad del número total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso pagos a realizarse, de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAforma prorrateada, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera con cargo a ser devuelto a la Recepción Definitiva de la Obra dentro finalización del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente mismo.” Importante De conformidad con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTAartículo 128 del Reglamento, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La no se constituirá garantía de Cumplimiento fiel cumplimiento del contrato ni garantía de Contratofiel cumplimiento por prestaciones accesorias, Garantía Adicional en contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la Garantía sumatoria de Cumplimiento los montos de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual los ítems adjudicados no exime la responsabilidad del SUPERVISORsupere el monto señalado anteriormente.
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Samples: Contract for Services
GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por el concepto, monto y vigencia siguiente: De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de suministro de bienes, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, el importe durante la primera mitad del número total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso pagos a realizarse, de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAforma prorrateada, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera con cargo a ser devuelto a la Recepción Definitiva de la Obra dentro finalización del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente mismo.” De conformidad con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTAartículo 152 del Reglamento, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La no se constituirá garantía de Cumplimiento fiel cumplimiento del contrato, en contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/. 100,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de Contratoprocedimientos de selección por relación de ítems, Garantía Adicional a cuando el monto del ítem adjudicado o la Garantía sumatoria de Cumplimiento los montos de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual los ítems adjudicados no exime la responsabilidad del SUPERVISORsupere el monto señalado anteriormente.
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GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: • De fiel cumplimiento del contrato23: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final. A solo requerimiento • Al amparo de lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento en dicho artículo, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.” En el importe caso que corresponda, consignar lo siguiente: • Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias 24 : [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORobligaciones garantizadas.
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Samples: Bases Estándar Del Procedimiento De Contratación Pública Especial
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes De acuerdo con la (Registrar el tipo de garantía lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 103.1 del TRLCSP, quienes participen en la licitación no deberán constituir garantía provisional. La persona licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la Entidad emisora garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación. La garantía exigida en el contrato podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del TRLCSP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería General del Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran. De no cumplirse este requisito por causas imputables a la persona licitadora, el Ayuntamiento no efectuará la adjudicación a su favor. Página2 Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique a la persona adjudicataria la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 99 del TRLCSP. A estos efectos no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo. En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, la persona adjudicataria deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. La devolución de la garantía) , tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social artículo 102 del Texto Refundido de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el monto plazo de la garantía garantía, en forma numeral su caso, y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento en todo caso, cuando no exista plazo de garantía, una vez se consideren cumplidas por la ENTIDAD, el importe persona adjudicataria todas sus obligaciones contractuales de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a forma satisfactoria para la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORAdministración.
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Samples: Contract for Works Execution
GARANTÍAS. El CONTRATISTA Suministrador garantiza la correcta a Rioglass Solar que: - Los bienes suministrados están libres de defectos, visibles y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo ocultos, por mano de garantía establecido obra, materiales o fabricación. - Los servicios prestados cumplen las especificaciones y requerimientos establecidos en el DBC) Nº emitida Pedido. - Los bienes suministrados están realizados conforme a las especificaciones, planos, muestras y cualquier otra descripción establecida que les sean aplicables. - Los bienes suministrados y los servicios prestados cumplen los requisitos de calidad, seguridad y medio ambiente contractual y legalmente exigibles. - Los bienes suministrados cumplen los requisitos operacionales establecidos, en su caso, sobre rendimiento y consumo. Además el Suministrador garantiza el bien o servicio suministrado contra todo defecto o error en la concepción, ejecución y materiales utilizados, por (Registrar el nombre periodo de tiempo establecido, en su caso, en el Contrato o Pedido correspondiente. El Suministrador garantiza a Rioglass Solar que los bienes o servicios suministrados están libres de gravámenes y cargas a favor de terceras partes no declaradas o conocidas por Rioglass Solar. El Suministrador eximirá e indemnizará a Rioglass Solar de cualquier gasto, carga o gravamen resultantes de la Entidad emisora falta de la garantía) el cumplimiento de las obligaciones contractuales del Suministrador con sus proveedores, contratistas, empleados, agentes o cualquier persona física o jurídica con quien haya contraído un compromiso de 20 , con vigencia hasta el de de 20 cualquier naturaleza. El Suministrador mantendrá indemne y defenderá, a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD su cargo, a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite Rioglass Solar frente a toda demanda o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva por infracción de la Obra dentro derechos de propiedad industrial o intelectual derivados del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después empleo o venta de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidadbienes suministrados. El SUPERVISOR llevará Suministrador mantendrá asimismo a Rioglass Solar libre de responsabilidades y perjuicios, y le indemnizará por toda pérdida, garantía económica, coste, daños o gastos en que incurra por causa de cualquier demanda o acción contra ella, como consecuencia del uso o venta de los bienes suministrados. Rioglass Solar se reserva el control directo de derecho a participar en la vigencia de defensa contra estas demandas o acciones o, si así lo decide, asumir por sí mi sma la garantía en cuanto al monto y plazodefensa, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORutilizando sus propios letrados.
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Samples: Purchase Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Garantía Provisional.- Para optar al arrendamiento, los licitadores deberán constituir una garantía provisional fijada en el tres por ciento (3%) del presupuesto base referido a la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con totalidad de las anualidades, esto es, por importe de SEISCIENTOS euros (600,00 €). Se justifica la (Registrar el tipo exigencia de garantía establecido provisional en el DBC) Nº emitida por (Registrar fin de evitar posibles fraudes mediante la retirada de ofertas, intentando que el nombre licitador mantenga la oferta hasta la adjudicación. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las ofertas hasta la adjudicación del contrato. Para el licitador que resulte adjudicatario, la garantía provisional responderá también del cumplimiento de las obligaciones; podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 TRLCSP. Si se trata de garantía en metálico se constituirá en la Caja de la Entidad emisora haciendo un ingreso mediante dinero en metálico, cheque bancario o personal conformado. También podrá constituirse mediante transferencia bancaria, debiendo ponerse en contacto previamente con la Entidad si tiene intención de constituir así la garantía. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores que no resulten adjudicatarios, inmediatamente después de la garantía) adjudicación del contrato, en el plazo máximo de de 20 un mes. En todo caso, con vigencia la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta el de de 20 , que proceda a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto constitución de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratodefinitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. A solo requerimiento por la ENTIDAD, El adjudicatario podrá aplicar el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera la garantía provisional a la Recepción Definitiva definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la Obra dentro definitiva. - Garantía definitiva.- El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de garantía definitiva; podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después Texto Refundido de la Liquidación Ley de Contratos del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de ContratoSector Público. EL CONTRATISTA, tiene Tal garantía se fija en la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia cantidad equivalente al 5% del importe de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar adjudicación referido a la ENTIDAD su ejecucióntotalidad de las anualidades. La garantía definitiva responderá de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional los siguientes conceptos:
a. De los gastos originados a la Garantía Administración por la demora del contratista en el cumplimiento de Cumplimiento de Contrato sus obligaciones, y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la Unidad Administrativa ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución.
b. De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato. La garantía definitiva no será devuelta o cancelada hasta que se produzca el cumplimiento del contrato o hasta que se declare la ENTIDADresolución de éste sin culpa del contratista. Aprobada la liquidación del contrato, lo cual si no exime resultaren responsabilidades, se devolverá la responsabilidad del SUPERVISORgarantía constituida o se cancelará el aval o seguro de caución en el plazo de dos meses.
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Samples: Concession Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido Nota: si en el DBC) Nº emitida por contrato no se otorgan anticipos y es para ejecutarse en un ejercicio presupuestal, se aplicará la siguiente redacción). (Registrar Nota: si en el nombre contrato se otorgan anticipos y es para ejecutarse en un ejercicio presupuestal, se aplicará la siguiente redacción). (Nota: si en el contrato se otorgan anticipos y es para ejecutarse en dos ejercicios presupuéstales, respecto de la Entidad emisora cláusula de garantías, se aplicará la garantía) siguiente redacción). (Nota: asentar el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas siguiente párrafo en caso de incumplimiento contractual incurrido que la garantía de cumplimiento de contrato sea divisible. (Nota: asentar el siguiente párrafo en caso de que la garantía de cumplimiento de contrato no sea divisible.
a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato;
b) Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales;
c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de las obligaciones que garantice y continuara vigente en caso de que se otorguen prórrogas al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el CONTRATISTAartículo 179 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas;
d) Que la afianzadora acepte expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, sin necesidad aún para el caso de ningún trámite que procediera el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de la fianza requerida; y
e) Que en caso de la celebración de algún convenio conciliatorio a que se refiere el artículo 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se considerará novado el contrato, por lo tanto, la póliza de fianza continuará vigente en todas y cada una de las obligaciones que “El Proveedor” garantiza. En caso de otorgamiento de prórrogas o acción judicial. Si esperas a “El Proveedor” para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo de ejecución del contrato, se procediera deberá realizar la modificación correspondiente a la Recepción Definitiva fianza. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo de “El Proveedor” y éste efectúe la totalidad del pago en forma incondicional, “La CONAGUA” deberá cancelar la(s) fianza(s) respectiva, en caso contrario, “La CONAGUA” procederá a hacer efectiva(s) la(s) garantía(s), a partir de la Obra fecha en que se haya notificado a “El Proveedor” el oficio de resolución de rescisión administrativa del contrato. Cuando se requiera hacer efectiva(s) la(s) fianza(s), “La CONAGUA” deberá remitir a la tesorería de la federación, dentro del plazo contractual de cuarenta y en forma satisfactoriacinco días hábiles a que hace referencia el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación, hecho la solicitud deberá precisar la información necesaria para identificar la obligación o crédito que se hará constar mediante garantiza y los sujetos que se vinculan con la(s) fianza(s), debiendo acompañar los documentos que soporten y justifiquen el Acta correspondientecobro, suscrita de conformidad con lo dispuesto por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después el Reglamento del Artículo 95 de la Liquidación del ContratoLey Federal de Instituciones de Fianzas, juntamente con para el Certificado Cobro de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia Fianzas Otorgadas a Favor de la misma bajo su responsabilidadFederación, del Distrito Federal, de los Estados y de los Municipios Distintas de las que Garantizan Obligaciones Fiscales Federales a Cargo de Terceros. El SUPERVISOR llevará En caso de que el control directo presente contrato fuera modificado con motivo de la vigencia formalización de convenios de ampliación al monto del contrato, “El Proveedor” deberá obtener la modificación de la garantía en cuanto al monto fianza y plazo, a efectos presentarla dentro de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar los 10 (diez) días naturales siguientes a la ENTIDAD firma del convenio respectivo. Asimismo, “El Proveedor” responderá de la calidad del (los) servicio(s) o de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia en los términos del penúltimo párrafo del artículo 53 de la Unidad Administrativa Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, obligándose a reponer el (los) servicio(s) en la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORparte que haya sido mal ejecutada y sin costo alguno para “La CONAGUA”.
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Samples: Servicio De Vigilancia
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO 1. En atención ás circunstancias concorrentes no contrato poderase exixir para participar na contratación, segundo o establecido no punto 18 do cadro de especificacións, a cons- titución dunha garantía provisional, nas formas e nos termos establecidos no artigo 103 do TRLCSP. A garantía provisional extinguirase automaticamente e sera- lles devolta aos licitadores logo da adxudicación do con- trato, non sendo a do licitador cuxa proposición fose selec- cionada para a adxudicación como economicamente máis vantaxosa, a cal será retida ata que proceda á constitución da garantía definitiva. A garantía provisional poderalles ser incautada ás empresas que retiren inxustificadamente a súa proposición antes da adxudicación.
2. O licitador que presentase a oferta economicamente máis vantaxosa estará obrigado a constituír a garantía defi- nitiva, polo importe establecido no punto 19 do cadro de especificacións, no prazo de dez xxxx hábiles, que se con- xxxx desde o seguinte ao da recepción do requirimento da documentación da alínea 7 da cláusula décimo primeira. No caso de tramitación urxente este prazo reducirase a cinco xxxx. A garantía definitiva devolverase ou cancelarase consonte o disposto no artigo 102 do TRLCSP, en todas sus partes con la (Registrar el tipo todo caso, logo de transcorrido o prazo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida da subministración.
3. Poderase exixir no punto 20 do cadro de especificacións a constitución de garantía complementaria.
4. As garantías poderanse prestar por (Registrar el nombre algún dos medios regu- lados no artigo 96 do TRLCSP, e depositaranse ou, xx x x xxxx, acreditarase a súa constitución na Dirección de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 Inter- vención Xeral e Asuntos Económicos do Parlamento.
5. A garantía definitiva e, con vigencia hasta el de de 20 xx x x xxxx, a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratocomple- mentaria estarán afectas ás responsabilidades enumeradas no artigo 100 do TRLCSP.
6. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en No caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAse constituír garantía mediante aval, sin necesidad de ningún trámite deberase cubrir este segundo o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho modelo que se hará constar achega no anexo III.
7. No caso de que os licitadores xxxxx uso da facultade que lles concede o artigo 96.3 do TRLCSP, e acrediten a consti- tución da garantía mediante el Acta correspondientemedios electrónicos, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la deberán remitirlle ao Parlamento o documento orixinal da devandita garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORantes da adxudicación do contrato.
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Samples: Contract for the Supply and Technological Update of Software
GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato20: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la CARTA FIANZA N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de prestación de servicios en general, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, el importe durante la primera mitad del número total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso pagos a realizarse, de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAforma prorrateada, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera con cargo a ser devuelto a la Recepción Definitiva de la Obra dentro finalización del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente mismo.” Importante De conformidad con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTAartículo 128 del Reglamento, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La no se constituirá garantía de Cumplimiento fiel cumplimiento del contrato ni garantía de Contratofiel cumplimiento por prestaciones accesorias, Garantía Adicional en contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la Garantía sumatoria de Cumplimiento los montos de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual los ítems adjudicados no exime la responsabilidad del SUPERVISORsupere el monto señalado anteriormente.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza La Ley de Contratos del Sector Público, siguiendo el esquema de la correcta anterior normativa, pone a disposición de la Administración el sistema de garantías como medida para preservar el interés público del riesgo que pudiera derivarse de un posible incumplimiento del contratista, asegurando, al mismo tiempo, la reparación de los daños y fiel perjuicios que tal incumplimiento pueda causar a la Administración. La STS de 14 de noviembre de 1989, refiriéndose a la finalidad de las garantías, señala que: "las fianzas definitivas responden tanto de las penalidades impuestas al contratista por razón de la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con contrato, como del resarcimiento de los daños y perjuicios que el adjudicatario puede ocasionar a la (Registrar Administración, y esto tanto si se produce la resolución del contrato como si la resolución no tiene lugar, ya que el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre resarcimiento de la Entidad emisora daños por incumplimiento y la penalización derivada del mismo incumplimiento pueden convivir, puesto que se trata de conceptos distintos e independientes, dado que una cosa es la pena convenida y otra los daños y perjuicios.” Respecto de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe naturaleza jurídica de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas y si bien alguna sentencia las ha identificado con las denominadas arras penitenciales del contrato civil, la STS de 15 de diciembre de 1987, ha señalado que “A esto ha de precisarse que en modo alguno cabe identificar a los avales, modalidad de fianza admitida en la contratación administrativa, con las arras que accidentalmente pueden acompañar a un contrato civil, éstas bien como parte del precio y prueba de su celebración, o ya como garantía de su cumplimiento o medio ilícito de desligarse de él -arras confirmatorias, arras penales o penitenciales, respectivamente-, y aquéllos siempre, como fianzas que son, como garantías provisionales o definitivas a fin de asegurar el cumplimiento de sus obligaciones por quien contrata con la Administración y, al propio tiempo, como cálculo previsor mínimo de los perjuicios de ésta en caso de incumplimiento contractual incurrido de aquél". Como prueba de la seriedad de las propuestas que se efectúan por los empresarios en el CONTRATISTAprocedimiento de contratación, sin necesidad al tiempo que como elemento a tomar en consideración acerca de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera la solvencia económica de los mismos, la Ley de Contratos, establece las denominadas garantías provisionales, que son aquéllas que habrán de prestarse en el momento de presentación de las propuestas y con carácter previo a la Recepción Definitiva determinación de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecuciónoferta más ventajosa. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.provisional pretende un doble objetivo:
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Samples: Contract
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza beneficiario deberá entregar las siguientes garantías, de conformidad a lo señalado en los párrafos siguientes:
a) Garantía por anticipos: Con anterioridad al desembolso del subsidio, o de cada cuota de éste, según corresponda, se deberá entregar, por el beneficiario, a satisfacción y en favor de InnovaChile, cauciones consistentes, ya sea en vales vista, boletas de garantía bancaria pagadera a la correcta y fiel vista, depósitos a plazo, pólizas de seguro de ejecución inmediata o a primer requerimiento, o Certificados de Fianza otorgados por Instituciones de Garantía Recíproca, con el fin de garantizar el total de los montos de los recursos anticipados provenientes del subsidio. La glosa de dicho instrumento de garantía, en caso de que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que su objetivo consiste en “garantizar el correcto uso del anticipo otorgado por el Comité InnovaChile, para la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes proyecto (señalando la denominación del proyecto y su código)”, debiendo tener una vigencia de por lo menos 3 (tres) meses sobre la fecha de entrega del informe de avance y/o final, de acuerdo con la (Registrar el tipo de garantía calendario establecido en la cláusula duodécima del presente convenio. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre respectivo informe y rendición de cuentas correspondiente. Para la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto devolución de la garantía correspondiente al último o único desembolso, además de la aprobación del Informe Final o de Cierre y rendición correspondiente, se requerirá la restitución total de los saldos observados, no gastados y no rendidos del subsidio. El correcto uso del anticipo implica, además de la realización de gastos que sean pertinentes con los objetivos del proyecto y con las normas que regulan su uso contenidas en forma las bases y en el presente convenio de subsidio, la obligación de usar el subsidio respetando el porcentaje máximo de cofinanciamiento aprobado, de acuerdo con las reglas señaladas en el último párrafo de la cláusula sexta precedente y en el numeral 11.4.2 de las Bases Administrativas Generales.
b) Garantía por fiel cumplimiento del convenio: Con anterioridad a la entrega del subsidio, o de la primera cuota de éste, según corresponda, el beneficiario, deberá, además, entregar una caución de igual naturaleza a las anteriormente señaladas para garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por un monto de, a lo menos, 30 U.F. (treinta unidades de fomento). La glosa de este instrumento, en caso de que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que se otorga para “garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por parte del beneficiario (individualizarlo), referente al proyecto (nombre del proyecto y literalcódigo)”. Esta garantía tendrá por fin cautelar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el convenio de subsidio, y deberá tener una vigencia de, por lo menos, 3 (tres) equivalente al siete meses sobre la fecha de presentación del informe final. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe dicho informe y se acredite el cumplimiento de todas las obligaciones. Los documentos de garantía – por ciento anticipo y/o fiel cumplimiento del convenio - deberán entregarse dentro del plazo de 30 (7%treinta) del monto total del Contrato. A solo días hábiles, contados desde su requerimiento por parte de InnovaChile. Antes de la ENTIDADfecha de vencimiento de este plazo, el importe beneficiario podrá solicitar fundadamente a InnovaChile la prórroga de hasta 30 (treinta) días hábiles. Si transcurridos los plazos señalados o su prórroga, no se ha presentado cualquiera de los documentos de garantía, debiendo hacerlo, InnovaChile tendrá por desistida la postulación, o pondrá término anticipado al convenio, según corresponda. Asimismo, la no renovación oportuna de cualquiera de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas a requerimiento de InnovaChile la facultará para ejecutar aquellas que se encuentren vigentes y para poner término anticipado al convenio. Se entenderá que la renovación es “oportuna” cuando los documentos de garantía son recibidos a conformidad de InnovaChile, al menos, con 3 (tres) días hábiles de anticipación al vencimiento de aquel/los que obran en poder del Comité. Los documentos de garantía mencionados podrán ser otorgados, además, por terceros, previa aceptación de InnovaChile, mencionando en la glosa de éstos, si correspondiere según su naturaleza, que garantizan al beneficiario (que deberá individualizarse) por “el correcto uso del anticipo del subsidio entregado” (en el caso de la garantía por anticipos), o por “el fiel cumplimiento del convenio de subsidio” (en el caso de la garantía por fiel cumplimiento). Si el beneficiario es un órgano integrante de la Administración del Estado, no se le exigirá la entrega de garantías. Sin perjuicio de lo anterior, InnovaChile ejercerá las acciones administrativas, extrajudiciales y judiciales correspondientes, ante la existencia de cualquier saldo requerido, pendiente de devolución, en el contexto de ejecución de un proyecto ante el Comité. Se deja constancia que la garantía por anticipo no reviste el carácter de cláusula penal, por lo que, en caso de incumplimiento contractual incurrido por que su cobro no permita recuperar los recursos anticipados que deban ser restituidos, InnovaChile podrá ejercer las acciones que corresponda para lograr el CONTRATISTA, sin necesidad reintegro del total de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORdichos fondos.
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Samples: Convenio De Subsidio
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Cobertura expresa de los perjuicios por daño emergente y lucro cesante. • Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales. • Xxxxxxxxx expresa de la correcta responsabilidad surgida por actos de contratistas y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido subcontratistas, salvo en el DBCevento en que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos. • Cobertura expresa xx xxxxxx patronal. • Cobertura expresa de vehículos propios y no propios. En caso de pactarse deducibles, el tope máximo será xxx xxxx por ciento (10%) Nº emitida por del valor de cada pérdida sin que en ningún caso puedan ser superiores a dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (Registrar el nombre 2.000 SMLMV). Las franquicias, coaseguros obligatorios y demás formas de estipulación que conlleven xxxxxxxx de parte de la Entidad emisora de pérdida por la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el entidad asegurada no serán admisibles. El monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete se deberá restablecer por ciento (7%) parte del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe contratista con ocasión de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas reclamaciones efectuadas por EL MINISTERIO. Dentro de los términos estipulados en caso este Contrato la garantía no podrá ser cancelada sin la autorización de incumplimiento contractual incurrido por EL MINISTERIO. El Contratista debe mantener vigente la garantía única y ajustarla siempre que se produzca alguna modificación en el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite plazo y/o acción judicialvalor del contrato o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. Si se procediera Igualmente el contratista deberá notificar a la Recepción Definitiva compañía aseguradora de cualquier modificación del contrato, así esta no conlleve cambio del plazo o el valor del mismo y deberá allegar el certificado de notificación de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después modificación a la entidad como constancia de realización de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecuciónmisma. La garantía única de Cumplimiento cumplimiento expedida a favor de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía EL MINISTERIO no podrá expirar por falta de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia pago de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORprima ni puede ser revocada unilateralmente.
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Samples: Public Tender Conditions
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del Contratista habilitado frente al PA-FFIE, en razón o con ocasión de la correcta asignación y fiel ejecución de cada contrato de obra, el estudio de necesidad efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del presente CONTRATO mismo, se determinó la necesidad que el Proponente constituya una garantía a favor de entidades particulares. Por lo anterior, el Proponente sea persona natural o jurídica, nacional o extranjera, o Estructura Plural deberá constituir a su xxxxx y presentar para la legalización de cada uno de los contratos de obra, una garantía, la cual se puede presentar bajo cualquiera de las siguientes formas: a) Póliza de seguro o b) Garantía Bancaria.
a) Póliza de seguro: Si la garantía es presentada mediante póliza de seguro, esta deberá ser expedida por una compañía de seguros autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia para funcionar en todas Colombia, a cargo del Proponente y a cada uno de sus partes con miembros en caso de que se trate de una Estructura Plural. En caso que la (Registrar garantía requerida se constituya mediante una póliza de seguro, deberá presentarse el tipo recibo de pago correspondiente.
b) Garantía Bancaria. Si la garantía establecido es una garantía bancaria, ésta deberá ser otorgada por una entidad financiera vigilada y autorizada para su funcionamiento por la Superintendencia Financiera de Colombia, quien asume el compromiso firme, irrevocable, autónomo, independiente e incondicional de pagar directamente al PA- FFIE, a primer requerimiento, hasta el monto garantizado, una suma de dinero equivalente al valor que se señala en el DBC) Nº emitida presente numeral. Adicionalmente, esta deberá cumplir con los siguientes requerimientos: - La garantía bancaria deberá constar en documento privado debidamente suscrito por (Registrar el nombre representante legal de la Entidad emisora entidad financiera garante o por su apoderado, en el cual la entidad asuma en forma expresa, autónoma e irrevocable, en favor del PA-FFIE, compromiso de pagar el valor de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por parte del Proponente o alguno de sus miembros, en caso que se trate de una Estructura Plural. - A la garantía bancaria deberá adjuntarse el CONTRATISTA, sin necesidad certificado de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva existencia y representación de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita entidad financiera expedida por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después la Superintendencia Financiera de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de ContratoColombia. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. - La garantía bancaría además de Cumplimiento ser a primer requerimiento o primera demanda del PA-FFIE, deberá ser irrevocable y suficiente de Contratoconformidad con los presentes TCC. - El garante debe renunciar al beneficio de excusión.
10.4.1. Características Generales de las Garantías:
a) Amparos, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato cobertura (valor asegurado) y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.vigencia: AMPARO VALOR VIGENCIA
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA CONSULTOR, garantiza la correcta el correcto cumplimiento y fiel ejecución del presente CONTRATO Contrato en todas sus partes con la (Registrar registrar el tipo de garantía establecido en el DBCotorgada) Nº emitida por (Registrar registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de del 20 , a la orden del Servicio Nacional para la Sostenibilidad de (Registrar Servicios en Saneamiento Básico - SENASBA, por el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (77 %) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el equivalente a: El importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTACONSULTOR, será pagado en favor de la ENTIDAD sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimiento. Si Empero, si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra recepción definitiva del producto dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita suscrito por ambas partes CONTRATANTESContratantes, dichas garantías serán devueltas dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTACONSULTOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de durante la vigencia de la misma bajo su responsabilidadéste. El SUPERVISOR LA CONTRAPARTE llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTACONSULTOR, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía Las garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Gerencia Administrativa Financiera, lo que no eximirá la responsabilidad de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORCONTRAPARTE.
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Samples: Consulting Services Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo 8.1 Un período de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas menos dos años después de la Liquidación del Contratoaceptación se aplica a los Entregables, juntamente con el Certificado a menos de Cumplimiento que se acuerde lo contrario por escrito. Un período de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia garantía acordado se reanuda después de la misma bajo su responsabilidadaceptación de reparaciones, reemplazos o adiciones. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la Esta garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime afecta la responsabilidad del SUPERVISORProveedor.
8.2 El Proveedor garantiza que durante el período de garantía los Entregables están libres de imperfecciones, incluso en los materiales usados y construcciones. Todas las fallas e imperfecciones que ocu- rran durante un período de garantía, a excepción de las que resulten del desgaste normal o el uso anormal, sin perjuicio de cualquier de- recho de Hivos, autorizará a Hivos al reembolso de los gastos, daños e intereses, y a la reparación sin costos adicionales por parte del Pro- veedor en su totalidad e inmediatamente después de la primera no- tificación de Hivos. Si el Proveedor, dentro de un período de tiempo razonable después de dicha notificación, no ha comenzado la repa- ración, Hivos está autorizado a realizar o haber realizado la repara- ción, o a reemplazar los Entregables bajo la responsabilidad y el riesgo del Proveedor. Esto no afecta las obligaciones de garantía del Proveedor.
8.3 Después de que el período de garantía vence, el Proveedor sigue siendo responsable de reparaciones contra el pago por parte de Xxxxx, de una compensación razonable que se acordará entre las partes con anticipación. Las disposiciones de esta cláusula se aplica- rán por igual a los resultados de dicha reparación.
8.4 El Proveedor garantiza que, por un período de al menos cinco años, o un plazo que se haya acordado por escrito, después de la aceptación de los Bienes por parte de Xxxxx, se pueden entregar re- puestos para los Bienes.
8.5 Además, el Proveedor garantiza al momento de Entrega que:
8.5.1 Los Entregables son de buena calidad;
8.5.2 Los Entregables serán adecuados para el propósito acordado o razonablemente implícito y no serán calumniosos ni difamatorios, de lo contrario no infringirán ningún derecho de terceros, incluidos los derechos de privacidad, y no serán ilegales de ninguna otra ma- nera.
8.5.3 Los Entregables cumplen con las especificaciones acordadas y otras especificaciones aplicables y las leyes y regulaciones vigentes;
8.5.4 No es necesario ningún otro tipo de cooperación de Hivos para ejecutar el Acuerdo aparte de lo ya acordado;
8.5.5 Los Entregables incluyen manuales de usuario detallados y funcionales, manejo y documentación, lo que permita a Hivos usar y mantener, haber usado y mantenido los Entregables en el mismo ni- vel al que el Proveedor puede acceder;
8.5.6 Los Entregables no están sujetos a ningún derecho o reclamo de un tercero; en el momento de la entrega, los Entregables le per- tenecen al Proveedor en plena propiedad, sin reserva de propiedad, derecho limitado o embargo sobre los Entregables y están libres de cualquier cargo y restricción. Y;
8.5.7 En cuanto al contenido electrónico: Los Entregables están debidamente protegidos contra todas las amenazas posibles, in- cluido el acceso no autorizado, virus, software malicioso o dañino y ataques como los ataques DDoS.
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Samples: Condiciones De Compra
GARANTÍAS. Garantía del CONCEDENTE a favor del CONCESIONARIO El CONTRATISTA garantiza la correcta CONCEDENTE realizará todas las gestiones y fiel ejecución del presente CONTRATO coordinaciones que fueren pertinentes para que, en todas sus partes con la (Registrar el tipo virtud de garantía establecido lo dispuesto en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 4° de la Entidad emisora Ley N° 26885 “Ley de Incentivos a las Concesiones de Obras de Infraestructura y de Servicios Públicos”; el Poder Ejecutivo expida el Decreto Supremo al que se refiere el artículo 2° del Decreto Ley N° 25570, Norma Complementaria al Decreto Legislativo N° 674, modificado por el artículo 6° de la garantía) Ley N° 26438, por el de de 20 , con vigencia hasta cual el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social Estado de la ENTIDAD a República del Perú respalda las declaraciones, obligaciones y seguridades del CONCEDENTE establecidas en la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total cláusula 3.3.2 del Contrato. A solo requerimiento El CONCEDENTE garantiza la transferencia fiduciaria de los fondos destinados al Fideicomiso de manera completa y oportuna de conformidad con los términos establecidos en el Anexo 16. El CONCEDENTE garantiza que CORPAC cumplirá con ejecutar las actividades delegadas por la ENTIDADDirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) en cumplimiento de la normativa aplicable en lo que respecta a la Seguridad Operacional (safety) y la Seguridad de la Aviación (security), conforme a la normativa aplicable. . El CONCEDENTE garantiza al CONCESIONARIO que, en el supuesto que a la Toma de Posesión existieran bienes obsoletos o en desuso que pudieran generar impactos ambientales, se compromete a retirarlos y asumir el gasto que tal retiro genere. En el caso que el CONCEDENTE no cumpla con retirar los referidos bienes de un aeropuerto determinado, el importe CONCESIONARIO podrá subrogarse en el CONCEDENTE y proceder al retiro de las garantías citadas anteriormente dichos bienes, en cuyo caso los gastos incurridos en dicha actividad serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido reembolsados por el CONTRATISTA, sin necesidad CONCEDENTE contra la presentación de ningún trámite o acción judiciallos documentos que acrediten dichos gastos. Si se procediera Corresponderá a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual OSITRAN establecer el procedimiento y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORplazos para tal efecto.
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Samples: Concession Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza De acuerdo a lo establecido en el artículo 69 de la correcta LEY, quienes participen en una Licitación Pública deberán garantizar a favor de RADIO Y TELEVISIÓN DE AGUASCALIENTES, lo siguiente. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Con el fin de garantizar el cumplimiento de todas y fiel ejecución cada una de las obligaciones que se contraerán entre la convocante y el proveedor adjudicado y de acuerdo con lo que establece el artículo 69 de la LEY, el proveedor adjudicado presentará a RyTA, dentro de los diez días naturales posteriores a la firma del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar contrato correspondiente, fianza otorgada por Institución autorizada debiendo precisar cantidad y el tipo de servicio a garantizar; o una garantía establecido idónea (siempre que sea de las contempladas en el DBCartículo 63 del Código Fiscal del Estado de Aguascalientes) Nº emitida por (Registrar para garantizar el nombre cumplimiento de dicho contrato, misma que en términos del artículo 70 de la Entidad emisora LEY, exhibirá a favor de RADIO Y TELEVISIÓN DE AGUASCALIENTES, por la garantía) cantidad equivalente al 10% del monto total adjudicado, incluyendo el de de 20 I.V.A., con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar cuyo importe constituirá el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente reclamación con cargo al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento medio de garantía, por la ENTIDAD, cantidad equivalente. Cabe señalar que el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva cumplimiento de la Obra dentro entrega del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después servicio no exime al proveedor adjudicado de la Liquidación del Contrato, juntamente cumplir con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia entrega de la misma bajo su responsabilidadgarantía. El SUPERVISOR llevará Lo anterior con fundamento en lo previsto por el control directo artículo 69 fracción II y párrafo tercero de la LEY. (Anexo I) Dicho medio de garantía tendrá vigencia hasta el total cumplimiento de las obligaciones que se consignen en el contrato y se hará efectiva cuando el Proveedor no entregue el servicio al amparo de la presente LICITACIÓN a entera satisfacción de los entes requirentes en el plazo estipulado, así como por no cumplir con cualquier otra obligación a su cargo consignada en el contrato correspondiente. Así mismo la garantía referida estará vigente aún durante la substanciación de los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en cuanto al monto y plazorazón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. De igual forma la garantía permanecerá en vigor aún en los casos en que RyTA, a efectos través de requerir los entes requirentes representados por su ampliación al CONTRATISTADirector General Administrativo o su equivalente, otorgue prórrogas o solicitar esperas a el PROVEEDOR para el cumplimiento de sus obligaciones. En caso de que el proveedor incumpliese en la entrega o no entregue de acuerdo a la ENTIDAD su ejecución. La cantidad, calidad, tiempo de entrega y especificaciones técnicas del servicio adquirido, se hará efectiva la garantía por concepto de Cumplimiento cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcontrato.
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Samples: Licitación Pública Nacional
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza A) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
1. Expedirse a favor del Centro Nacional de Control de Energía y señalar su domicilio;
2. La indicación del importe total garantizado con número y letra;
3. La cancelación de la correcta garantía (cheque) procederá una vez que "EL CENACE" otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y fiel ejecución obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de "EL PROVEEDOR", la liquidación debida;
4. Para efectos de la garantía señalada en esta cláusula, se deberá considerar la divisibilidad de ésta, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por el monto proporcional al momento de las obligaciones incumplidas de conformidad con el criterio AD-02/2011, emitido por la Secretaría de la Función Pública. De no cumplir con dicha entrega, "EL CENACE" podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la "LAASSP". La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de "EL PROVEEDOR", derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que "EL CENACE" reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de incremento al monto del presente CONTRATO instrumento jurídico o modificación al plazo, "EL PROVEEDOR" se obliga a entregar a "EL CENACE" dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del "RLAASSP", los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en todas sus partes con el documento la (Registrar estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente. "EL PROVEEDOR" acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente. El trámite de liberación de garantía se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de "EL CENACE", de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del "RLAASSP". Considerando que en la prestación de "LOS SERVICIOS", cuando aplique se haya previsto un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 48 último párrafo de la Entidad emisora de la garantía) "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el de de 20 tercer párrafo del artículo 86 del "RLAASSP". Para este caso, con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto máximo de la garantía en forma numeral y literallas penas convencionales por atraso que se puede aplicar será del 10 (diez) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por contrato, de “LOS SERVICIOS” no entregados oportunamente en la ENTIDADfecha convenida, de conformidad con lo establecido en el importe tercer párrafo del artículo 96 del "RLAASSP".
B) Póliza de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORResponsabilidad Civil.
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Samples: Suministro De Pipas De Agua Potable
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza A) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
1. Expedirse a favor del CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA y señalar su domicilio;
2. La indicación del importe total garantizado con número y letra;
3. La referencia de que la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en fianza se otorga atendiendo a todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido las estipulaciones contenidas en el DBC) Nº emitida por (Registrar contrato y su Anexo Técnico, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
4. La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
5. El señalamiento de la denominación o nombre de la Entidad emisora "EL PROVEEDOR" y de la garantía) el institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes;
6. La condición de de 20 , con que la vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados;
7. La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
8. La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que "EL CENACE" otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de "EL PROVEEDOR", la que fue girada la garantía),por (registrar el monto liquidación debida; 9.Para efectos de la garantía señalada en forma numeral y literal) equivalente al siete esta cláusula, se deberá considerar la divisibilidad de ésta, por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas lo que en caso de incumplimiento contractual incurrido del contrato se hará efectiva por el CONTRATISTAmonto proporcional al momento de las obligaciones incumplidas de conformidad con el criterio AD-02/2011, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a emitido por la Recepción Definitiva Secretaría de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.Función Pública;
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza A) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
1. Expedirse a favor del Centro Nacional de Control de Energía y señalar su domicilio;
2. La indicación del importe total garantizado con número y letra;
3. La referencia de que la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en fianza se otorga atendiendo a todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido las estipulaciones contenidas en el DBC) Nº emitida por (Registrar contrato y anexo técnico, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
4. La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, vigencia, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
5. El señalamiento de la denominación o nombre de la Entidad emisora "EL PROVEEDOR" y de la garantía) el institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes;
6. La condición de de 20 , con que la vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados;
7. La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
8. La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que "EL CENACE" otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de "EL PROVEEDOR", la que fue girada la garantía),por (registrar el monto liquidación debida; 9.Para efectos de la garantía señalada en forma numeral y literal) equivalente al siete esta cláusula, se deberá considerar la divisibilidad de ésta, por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas lo que en caso de incumplimiento contractual incurrido del contrato se hará efectiva por el CONTRATISTAmonto proporcional al momento de las obligaciones incumplidas de conformidad con el criterio AD-02/2011, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a emitido por la Recepción Definitiva Secretaría de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORFunción Pública.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Proveedor garantizará (i) la propiedad tanto de los Equipos y Materiales suministrados como de la propiedad intelectual e industrial derivada de los mismos; (ii) la inexistencia de vicios, tanto aparentes como ocultos; y (iii) el correcto funcionamiento, tal como se describe en los apartados siguientes. Las garantías establecidas en esta cláusula no limitarán la aplicación de aquellas otras que fuesen acordadas en el Contrato, ni de aquellas que vengan impuestas por ley, costumbre o usos de comercio.
(i) La garantía de propiedad establecerá que los Equipos y Materiales suministrados son propiedad del Proveedor, se transmiten libres de cargas y están autorizados para su transmisión. Asimismo, se garantizará a Iberdrola el traspaso de la propiedad intelectual o industrial necesaria para la correcta utilización de los Equipos y fiel ejecución Materiales objeto del presente CONTRATO en todas sus partes con Suministro.
(ii) Sin perjuicio de otros derechos y/o acciones de reparación que tenga Iberdrola de conformidad el Contrato la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por vicios aparentes permitirá a Iberdrola optar por (Registrar el nombre i) la devolución o (ii) la reparación del Equipo o Material o (iii) la reducción del precio, siendo por cuenta del Proveedor todos los gastos que se originen. Iberdrola tendrá un plazo de noventa (90) días desde la entrega efectiva del Suministro para denunciar la existencia de tales vicios.
(iii) La garantía de funcionamiento determinará que los Equipos y Materiales son adecuados para la función especificada. El Proveedor responderá de dicho funcionamiento del Suministro hasta transcurridos doce (12) meses a partir de la Entidad emisora fecha de puesta en funcionamiento de los Equipos y Materiales o dieciocho (18) meses desde la entrega, lo último que ocurra. Si durante el período de esta garantía de funcionamiento Iberdrola notifica al Proveedor la existencia de un defecto, éste último realizará a su cargo la reparación, sustitución, ajuste o modificación que se necesite para el cumplimiento de la garantía) . La elección entre las alternativas mencionadas y el momento oportuno para efectuarlas será determinada por Iberdrola. Si dentro de un tiempo prudencial, de 20 acuerdo con la fecha indicada por Iberdrola, con vigencia hasta el Proveedor no llevara a cabo la corrección exigida, Iberdrola quedará autorizado, después de de 20 ponerlo en conocimiento del Proveedor, a efectuar la orden de (Registrar el nombre reparación por sí mismo o razón social de la ENTIDAD mediante encargo a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete terceros, siendo todos los gastos producidos por ciento (7%) cuenta del monto total del ContratoProveedor. A solo requerimiento por la ENTIDADEn estos casos, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada Iberdrola quedará facultada para ejecutar la Garantía de Cumplimiento (tal y como se define posteriormente) y el Proveedor vendrá obligado, además, a resarcir a Iberdrola de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISORtodos los daños y perjuicios que le haya causado por incumplimientos de sus obligaciones.
(iv) La garantía por vicios ocultos permitirá a Iberdrola, por razones justificadasuna vez vencida la garantía de funcionamiento, quien llevará el control directo solicitar y obtener del Proveedor la reparación, sustitución, ajuste o modificación de vigencia cualquier pieza o componente con un vicio oculto durante un período mínimo de tres (3) años desde la entrega de dicha pieza o componente, y todo ello sin menoscabo de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo indemnización por daños y perjuicios en los casos en que así proceda.
(v) Las partes de los Equipos y Materiales que hayan sido objeto de reparación, sustitución, ajuste o modificación en virtud de las garantías previstas en esta cláusula serán garantizadas de nuevo por un período de (i) doce (12) meses a partir de la vigencia fecha de la garantía en cuanto al monto nueva disponibilidad de los Equipos y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.Materiales o
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GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato13: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de suministro de bienes, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.” En el importe caso que corresponda, consignar lo siguiente: Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias 14 : [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORobligaciones garantizadas.
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Samples: Public Procurement Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza (Instrucciones para la correcta elaboración y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto entrega de la garantía de cumplimiento del contrato.) Las obligaciones derivadas de la suscripción del (los) contrato (s) respectivo (s), serán garantizados por el proveedor adjudicado mediante póliza de fianza expedida por institución autorizada en forma numeral y literal) los términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al siete por ciento (7%) a un 10% del monto total máximo del Contratocontrato adjudicado antes de I.V.A., a favor de Nacional Financiera, S.N.C., en su carácter de Fiduciaria del Fideicomiso de Fomento Minero, dicha garantía deberá ser entregada dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil anterior si éste no lo fuera. A solo requerimiento por la ENTIDADDe no cumplir con dicha entrega, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas Fideicomiso podrá determinar la rescisión del contrato y dar vista al OIC en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva términos del artículo 60 de la Obra dentro del plazo contractual y Ley. La póliza de fianza debe otorgarse en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después estricto apego al Anexo 9 de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecuciónesta convocatoria. La garantía de Cumplimiento cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía ninguna manera será considerada como una limitación de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORproveedor que resulte adjudicado, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el contrato y sus anexos, y de ninguna manera impedirá que el Fideicomiso reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que puede exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de incremento al monto del contrato o modificación al plazo, el proveedor se obliga a entregar al Fideicomiso al momento de la formalización respectiva los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la fianza otorgada inicialmente. El proveedor adjudicado acepta expresamente que la fianza expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial. Manifiesta expresamente el proveedor que resulte adjudicado, su conformidad para que la fianza que garantice el cumplimiento del contrato adjudicado, permanezca vigente durante toda la substanciación de los juicios o recursos legales que interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente. En caso de propuestas conjuntas, la garantía de cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento que deberá cubrir los requerimientos del Fideicomiso, establecidos en el Anexo 10 de esta convocatoria. Una vez que el licitante ganador compruebe y acredite haber cumplido con la condición pactada en el contrato respectivo y a entera satisfacción de el Fideicomiso la realización del servicio objeto de la presente invitación a cuando menos tres personas, el Titular de la Gerencia procederá a dar aviso de tal hecho a la Subdirección Jurídica de el Fideicomiso, a fin de que otorgue por escrito su consentimiento para la cancelación de la fianza de cumplimiento.
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Samples: Service Agreement
GARANTÍAS. Garantía del CONCEDENTE a favor del CONCESIONARIO El CONTRATISTA CONCEDENTE realizará todas las gestiones y coordinaciones que fueren pertinentes para que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 26885 “Ley de Incentivos a las Concesiones de Obras de Infraestructura y de Servicios Públicos”; el Poder Ejecutivo expida el Decreto Supremo al que se refiere el artículo 2° del Decreto Ley N° 25570, Norma Complementaria al Decreto Legislativo N° 674, modificado por el artículo 6° de la Ley N° 26438, por el cual el Estado de la República del Perú respalda las declaraciones, obligaciones y seguridades del CONCEDENTE establecidas en el Contrato. Las Partes reconocen que en ningún caso la referida garantía constituirá una garantía financiera. El CONCEDENTE garantiza que adquirirá, instalará, calibrará y pondrá en funcionamiento los Equipos de Navegación Aérea con sus respectivos repuestos, a más tardar a los seis (6) meses antes del inicio de la correcta Etapa de Operación. Para tales efectos deberá elaborar, con la participación xx XXXXXX, un expediente técnico cuyo cronograma de instalación deberá ser concordante con el cronograma del EDI de la Etapa de Ejecución de Obras. El CONCEDENTE deberá coordinar con el CONCESIONARIO durante la elaboración del mencionado expediente. El CONCEDENTE garantiza que CORPAC prestará los Servicios de Navegación Aérea en el AICC de manera ininterrumpida. El CONCEDENTE garantiza que CORPAC cumplirá con ejecutar las actividades delegadas por la DGAC en cumplimiento de la normativa aplicable en lo que respecta a la Seguridad Operacional (safety), conforme a la normativa aplicable. EL CONCEDENTE deberá asumir toda responsabilidad, indemnización, compensación, resarcimiento u obligación de cualquier naturaleza, derivada de daños que pueda ocasionar CORPAC en la ejecución de sus funciones por causas directamente imputables a esta. El CONCEDENTE, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29908, deberá efectuar, directamente y/o a través de la DGAC y/o CORPAC, todos los trámites y fiel gestiones respectivos para finalizar las operaciones aeroportuarias y cualquier operación de índole comercial que se lleven a cabo en el AIVA, con lo cual el mencionado aeropuerto cesará actividades de manera inmediata, permanente y definitiva, una vez que se culmine la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes Plan de Migración. El CONCEDENTE garantiza que colaborará con la obtención de las licencias o permisos municipales, sectoriales o sanitarios que sean necesarios para el objeto del presente Contrato. El CONCEDENTE garantiza al CONCESIONARIO que no autorizará la construcción ni operación de un aeropuerto de uso comercial dentro de un radio no menor de ciento cincuenta (Registrar el tipo 150) kilómetros alrededor del Aeropuerto, a excepción del AIVA durante la ejecución del Plan de garantía establecido en el DBCMigración. El CONCEDENTE garantiza que las Vías de Acceso se encontrarán construidas y operativas a más tardar a los cuatro (04) Nº emitida por (Registrar el nombre Años Calendario contados a partir de la Entidad emisora Fecha de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del ContratoCierre. A solo requerimiento por la ENTIDADAsimismo, el importe CONCEDENTE se obliga a realizar la rehabilitación y el mantenimiento necesario de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso Vías de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a Acceso durante la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidadConcesión. El SUPERVISOR llevará CONCEDENTE garantiza que las obras de mejoramiento que sean necesarias en la carretera de jerarquía nacional existente Poroy – Cachimayo – Chinchero – Urubamba6 serán culminadas, a más tardar a los cuatro (04) Años Calendario contados a partir de la Fecha de Cierre. Asimismo, el control directo CONCEDENTE se obliga a realizar las labores necesarias para mantener la misma en condiciones adecuadas, a lo largo de la vigencia de la garantía Concesión. El CONCEDENTE garantiza que en cuanto al monto caso se requiera reubicar el tramo de la carretera de jerarquía nacional que actualmente se encuentra ubicada dentro del Área de la Concesión, éste asumirá todas las obligaciones y realizará todas las acciones necesarias en el más breve plazo, de tal forma que no se afecte la prestación de los Servicios Aeroportuarios. El CONCEDENTE garantiza que, en todo momento se mantendrá la transitabilidad de la carretera de jerarquía nacional mencionada y/o las Vías de Acceso. De igual forma garantiza que en casos de emergencia que impida la transitabilidad de las referidas vías restablecerá la(s) misma(s) a efectos fin de requerir su ampliación no afectar el normal desarrollo de las operaciones del Aeropuerto. El CONCEDENTE garantiza que, en caso se requieran áreas adicionales (áreas de acceso, otras áreas que impliquen reasentamiento de población u otras áreas) necesarias para la ejecución o explotación de las Obras identificadas en el respectivo EDI aprobado y/o que resulten necesarias para el cumplimiento de los Estándares Básicos, adquirirá dichas áreas en el más breve plazo, de tal forma que no se afecte el cumplimiento de las obligaciones del CONCESIONARIO. El CONCEDENTE garantiza la transferencia fiduciaria de los fondos destinados al CONTRATISTA, o solicitar Fideicomiso de manera completa y oportuna de conformidad con los términos establecidos en la Cláusula Novena del presente Contrato. El CONCEDENTE se compromete a la ENTIDAD su ejecución. La garantía ejecutar los procedimientos de Cumplimiento imposición de servidumbres que hayan sido requeridas por el CONCESIONARIO para el cumplimiento de sus obligaciones conforme a este Contrato, Garantía Adicional previa solicitud de éste. El CONCEDENTE, a través xx XXXXXX, garantiza la Garantía provisión del personal especializado y los recursos necesarios para que se presten adecuadamente los servicios de Cumplimiento navegación aérea (ANS) en el AIVA y en el AICC en forma simultánea, durante la ejecución del Plan de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORMigración.
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Samples: Concession Agreement
GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato15: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento en dicho artículo, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.” En el importe caso que corresponda, consignar lo siguiente: Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias16: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORobligaciones garantizadas.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes En los procedimientos de adquisición, de conformidad con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 48 de la Entidad emisora Ley, el proveedor garantizará: a) El anticipo que en su caso reciba y b) El cumplimiento del contrato. Las garantías se otorgarán a favor de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 Tesorería del INCA Rural, a la orden través de (Registrar el nombre fianza o mediante cheque de caja.
3.4.1. Garantía de cumplimiento a través de fianza.
a) Número de pedido o contrato, fecha de firma y especificaciones de las obligaciones garantizadas;
b) Importe total garantizado con número y letra;
c) Nombre, denominación o razón social del proveedor;
d) Xxxxxxx de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el pedido o contrato;
e) Estipular que para cancelar la fianza, será requisito indispensable contar con la constancia de cumplimiento total y a satisfacción de las obligaciones contractuales, emitida por el Departamento de Recursos Materiales del INCA Rural;
f) Contemplar que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la ENTIDAD a la obligación que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral garantice y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas continuará vigente en caso de incumplimiento contractual incurrido que se otorgue prórroga al cumplimiento del pedido o contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y
g) Definir que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. En caso de otorgamiento de prórrogas al proveedor para el CONTRATISTAcumplimiento de sus obligaciones derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, sin necesidad se deberá realizar la modificación correspondiente a la fianza, ésta se hará constar en un documento adicional que expedirá la afianzadora y formará parte de ningún trámite o acción judicialla póliza de fianza. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo del proveedor y éste efectúe la totalidad del pago en forma incondicional, el INCA Rural deberá cancelar la fianza respectiva. Si se procediera requiriera hacer efectivas las fianzas por incumplimiento del proveedor, los titulares de las áreas requirentes o sus superiores jerárquicos inmediatos, deberán remitir al Departamento de Recursos Materiales, el dictamen en el cual se decrete el incumplimiento. Lo anterior, para que dicho Departamento remita a la Recepción Definitiva DGAPA la solicitud para la reclamación de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después fianza.
3.4.2. Garantías de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado cumplimiento a través de Cumplimiento cheque de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcaja.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y 7.1.5.1 De fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo cumplimiento : los únicos medios de garantía establecido en que debe presentar el DBCcontratista son la carta fianza o la póliza de caución, las mismas que deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática a solo requerimiento, a favor del INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL. Estas garantías deberán ser emitidas por empresa(s) Nº emitida por autorizada (Registrar el nombre s) y sujeta (s) al ámbito de la Entidad emisora Superintendencia de Banca y Seguros o estar consideradas en la garantía) ultima lista de Bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de de 20 , Reserva con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social conformidad de la ENTIDAD recepción a la que fue girada la garantía),por (registrar cargo del contratista, por un valor equivalente al 10% del monto del contrato. Adicional por el monto Monto diferencial de la propuesta: En caso que la propuesta económica adjudicada fuese inferior al valor referencial en mas de un 20%, la empresa beneficiada con la Buena Pro deberá entregar una garantía en forma numeral , con idéntico objeto y literal) vigencia que la garantía de fiel cumplimiento, por un monto equivalente al siete 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento la Entidad retenga el diez por ciento cien (710%) del monto total del Contratocontrato conforme a lo establecido en la Ley N° 28015 Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y su Reglamento. A solo requerimiento Copia de la formalización de consorcio, perfeccionado mediante documento privado con firmas legalizadas de cada uno de sus representantes legales ante Notario Publico, designando en dicho documento al representante o apoderado común ( de ser el caso). No se constituirá garantías de fiel cumplimiento ni de adicional por el monto diferencial de la ENTIDADpropuesta (de ser el caso), cuando el importe monto del ítem o la suma de ítems adjudicados a un mismo postor no supere el monto de S/.45,000 nuevos soles; situación similar se dará respecto a la presentación de la Constancia de No estar inhabilitado para contratar con el Estado. La Liberación de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso presentadas por los proveedores, se realizará previa recepción de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad las Actas de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva y Conformidad de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORlos bienes .
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Samples: Licitación Pública