Operativa. La Distribuidora realizará semanalmente la planificación de descargas necesarias en función de las programaciones/ nominaciones recibidas de la Comercializadora de acuerdo con las NGTS en vigor y sus protocolos de detalle. En caso de incumplimiento en el envió puntual de la citada información:
a) La Comercializadora exime a la distribuidora de cualquier responsabilidad que se pudiera derivar del desabastecimiento en la planta satélite para cubrir las necesidades de gas con destino a los clientes de esa comercializadora.
b) La Comercializadora deja indemne a la Distribuidora de cualquier reclamación por desabastecimiento de otras comercializadoras y de clientes de otras comercializadoras. Las programaciones y nominaciones se harán por cisternas completas y la energía se repartirá conforme a lo establecido en el Protocolo de Repartos de las NGTS. El calendario de las programaciones, nominaciones y renominaciones será el establecido en los Protocolos de Detalle correspondientes de las NGTS. Cuando como consecuencia de ulterior modificación de las NGTS se produzca un cambio en la forma de programar la carga, el transporte y la descarga de GNL con destino al mercado de la Comercializadora o en la forma de calcular el GNL transportado, descargado, consumos, balances, etc. se renegociarán de buena fe las condiciones de este contrato de forma que ninguna de las partes sufra un quebranto económico ni un beneficio sobrevenido.
Operativa. Con la firma del presente Contrato el “CLIENTE” podrá suscribir productos o servicios de captación, a través de los diferentes canales presenciales y digitales (medios dispuestos por el Banco Popular por medio de los cuales el “CLIENTE” se puede comunicar o transar), sin que requiera para ello, la firma de nuevos Contratos. Asimismo, el BANCO pone a disposición del “CLIENTE”, diferentes canales para evacuar consultas, observaciones o sugerencias referentes al Contrato.
Operativa. La operativa en Fondos de Inversión se regirá por lo dispuesto en su documentación legal. Cuando las órdenes del CLIENTE se refieran a Fondos de Inversión denominados en una divisa distinta del euro, el depositario acudirá al mercado de divisas para para poder llevar a cabo las operaciones de suscripción, reembolso y traspaso. Cuando la operación consista en un traspaso en el que la divisa del fondo de origen y destino sea la misma, y esta sea distinta del euro, la misma podría conllevar el cambio de la divisa del fondo de origen a euros y la posterior suscripción de nuevo en la misma divisa del fondo de destino, con el consiguiente cambio de divisa de euros a la divisa del fondo. Si el CLIENTE tiene posición de fondos en una divisa distinta del euro, se mostrará en el sitio web de la ENTIDAD el valor liquidativo de los fondos en euros, al tipo de cambio facilitado por el proveedor de pre- cios. Este tipo de cambio puede diferir con el aplicado finalmente por el depositario en una operación de reembolso o traspaso del fondo. En el caso de que el servicio de inversión se refiera a Fondos de Inversión que puedan ser considerados instrumentos financieros complejos, conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable, la ENTIDAD tendrá que solicitar al CLIENTE información sobre sus conocimientos y experiencia en el ámbito de inversión corres- pondiente al tipo concreto de producto o servicio ofrecido o solicitado, con la finalidad de que esta pueda evaluar si el servicio o producto de inversión es conveniente. Cuando, sobre la base de dicha información, la ENTIDAD considere que el producto o servicio de inversión no es conveniente para el CLIENTE, se lo advertirá. Cuando el CLIENTE no proporcione la información o esta sea insuficiente, la ENTIDAD le advertirá que no puede determinar si el producto o servicio es conveniente para él. En caso de cotitularidad, la ENTIDAD, solicitará información sobre los conocimientos y experiencia financieros a cada uno de los titulares y/o intervinientes en la cuenta, en función de quien quiera tramitar las órdenes en cada momento. La ENTIDAD no será responsable de los errores y/o retrasos en la transmisión de órdenes que se deban a causas de fuerza mayor o cualquier otra circunstancia que se pueda escapar a su control razonable, como interrupciones o disfunciones en las comunicaciones entre la ENTIDAD y el CLIENTE o entre la ENTIDAD y las Sociedades Gestoras de los Fondos de Inversión. La adjudicación de los valores adquiridos o...
Operativa. Antes de estar facultados para canjear los Puntos, los TITULARES deberán estar inscritos en el programa de I.M.H., S.L.. Para ello, los futuros TITULARES adquirirán o recibirán su correspondiente Tarjeta, a la que se le asignará un número de registro. La Tarjeta es un medio válido de obtención de Puntos por las compras efectuadas o los servicios recibidos, que asimismo permite la recepción de otras ofertas y ventajas. Asimismo, la presentación física de la Tarjeta de Fidelización puede servir como medio de canje directo de los Puntos ya obtenidos en el establecimiento. La Tarjeta es propiedad del establecimiento, siendo el TITULAR únicamente el usuario de la misma con arreglo a las Condiciones Generales, respondiendo asimismo del correcto uso que se compromete a darle. Pueden inscribirse como TITULARES las personas físicas mayores de edad de cualquier nacionalidad con domicilio en España que no tengan limitada su capacidad de obrar. El TITULAR podrá solicitar del establecimiento la emisión de tarjetas adicionales, asociadas a su cuenta, para los miembros de su familia, con un límite máximo de tres tarjetas. Las tarjetas del Programa tienen duración indefinida, a menos que el establecimiento o IMH; S.L: decida emitir nuevas tarjetas o modificar las presentes Condiciones Generales, lo cual notificará oportunamente a los TITULARES. El TITULAR autoriza que I.M.H., S.L. comunique sus datos de contacto postal, datos censales obtenidos de deducciones (sección censal, distrito municipal y código I.N.E.) fecha de nacimiento, sexo, D.N.I. o documento identificativo análogo, teléfono, fecha de alta, número total de Puntos obtenidos y los datos derivados de su participación como cliente del establecimiento, con el objeto de que éste pueda dirigirse directamente al TITULAR para ofrecerle información personalizada sobre productos, servicios o promociones especiales -siempre que dicha información esté directamente relacionada con el Programa de Fidelización I.M.H., S.L.- a través de actividades publicitarias o de marketing basadas o no en estudios xx xxxxxxx y perfiles de compra (análisis de hábitos de compra) realizados sobre sus datos y/o cruce de sus datos con otros ficheros responsabilidad del establecimiento de quien el TITULAR sea cliente. Además, el establecimiento podrá comunicar a I.M.H., S.L. números de Tarjeta, con la finalidad de que I.M.H., S.L. utilice dicha información para identificar a los Titulares destinatarios de las ofertas o promociones que hayan si...
Operativa. 2.1. Identificación del CLIENTE
Operativa. El Asegurado, al que previamente se la haya diagnosticado alguna enfermedad grave, deberá contactar con el Centro de Coordinación Médica de BEST DOCTORS, en el teléfono 000-000000, donde será atendido por personal especializado y contará con los recursos técnicos suficientes para: • Prestar atención telefónica a los asegurados beneficiarios de este servicio durante 24 horas los 365 días del año. • Informar y asesorar sobre los servicios ofrecidos por BEST DOCTORS y el modo de su utilización. • Requerir a los asegurados beneficiarios de los servicios la documentación precisa para tramitar sus solicitudes. • Trasladar a los asegurados beneficiarios las respuestas obtenidas. • Contactar con los equipos médicos a petición de los asegurados beneficiarios, con el fin de resolver cualquier duda sobre el servicio prestado o a prestar. • Coordinar, a petición de los asegurados beneficiarios, las entrevistas o contactos entre sus equipos médicos y los médicos especialistas contactados por BEST DOCTORS. En todo caso, la documentación o pruebas médicas que sean originales y de las cuales no se puedan obtener copias, serán enviadas directamente por los asegurados beneficiarios a BEST DOCTORS en Madrid, no existiendo responsabilidad por parte de ésta en caso de pérdida o extravío en el envío.
Operativa. Una vez recibidas las solicitudes de Cetursa, deberá trasladar a ésta los siguientes datos: 1.- Nombre y teléfono de contacto del Coordinador responsable del Grupo.
Operativa. Las Direcciones de las Empresas, cuando consideren necesario un cambio de personal de un Grupo Funcional a otro, lo comunicarán al Comité de Empresa del Centro donde sea requerido dicho cambio, aportando la documentación justificativa que acredite dicha necesidad. No obstante, cuando el motivo de la movilidad funcional atienda/se deba a la existencia de necesidades de cobertura de puestos en un determinado grupo funcional y de excedentes en otro, las Direcciones de las Empresas negociarán, en el plazo máximo de cinco días hábiles, con el Comité de Empresa los términos en los que dicho cambio deba realizarse. Si transcurrido dicho plazo se alcanzase acuerdo entre las partes, las medidas serán de aplicación automática. En caso contrario se presentará la propuesta y las argumentaciones de ambas partes a la comisión de resolución de conflictos externa a las empresas firmantes del V Convenio Colectivo la cual emitirá un dictamen en el plazo máximo de siete días hábiles, siendo el mismo vinculante para ambas partes. Con carácter previo a la negociación con el Comité de Empresa, la Dirección facilitará información detallada donde incluirá: Causas que motivan el cambio. Puesto de trabajo que se pretenda cubrir y su justificación. Personal afectado. Cursos de formación (contenido y duración) que permitan la adquisición de los conocimientos necesarios para desempeñar las nuevas funciones. Los cambios de Grupo Funcional respetarán los derechos que vienen recogidos en el Convenio Colectivo y demás legislación aplicable. Quienes tengan reconocidos por el servicio de prevención propio una disminución física, se podrán reciclar a trabajos acordes con sus capacidades.
Operativa. Las operaciones sobre bonos y obligaciones simples se pueden realizar tanto en mercado primario como en mercado secundario. En el mercado primario, las emisiones de valores se realizan a través de colocaciones, ofertas públicas o privadas, en las que el emisor utiliza las redes de diferentes entidades financieras o intermediarios para colocar las emisiones a los inversores. En el mercado secundario, los inversores pueden tramitar sus operaciones a través de intermediarios financieros.
Operativa. Como requisitos previos para que el Servicio sea operativo el Titular tendrá que tener asociado al Servicio un número de teléfono móvil destinatario de los mensajes SMS (teléfono móvil asociado) y haber cumplimentado el proceso de activación del teléfono móvil asociado que se indica en este mismo apartado. El teléfono móvil asociado podrá ser objeto de modificación a través de los Servicios de Banca por Internet o los Servicios de Banca Telefónica. El Titular podrá determinar y modificar los productos y/o las tarjetas seleccionados a efectos de la prestación de los presentes Ser- vicios de Alertas al Móvil a través de los Servicios indicados en el presente Contrato así como en cualquier oficina de BBVA. El Titular se obliga a notificar al Banco la pérdida o robo del teléfono móvil asociado y/o sus tarjetas SIM, o acceso indebido a cual- quiera de los mismos así como cualquier otra causa que le impida acceder a los mensajes que le hayan sido enviados, sin demora indebida en cuanto tenga conocimiento de ello. Una vez suscritas las presentes Condiciones y asociado al Servicio el teléfono móvil, el Titular podrá cumplimentar el proceso de activación del teléfono móvil asociado antes indicado. En este proceso, el Banco enviará un mensaje al teléfono móvil asociado con una clave de activación. El Titular a través de cualquier oficina de BBVA o de los citados Servicios deberá comunicar dicha clave al Banco para que éste proceda a la activación del Servicio, entendiéndose con dicha comunicación que el Titular ha ratificado su autorización para la utilización del teléfono móvil asociado en los términos previstos en el presente contrato y su aceptación a todas y cada una de sus condiciones.