RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
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Samples: Servicios, Contract for Services, Service Agreement
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que El contrato definido tiene carácter administrativo la calificación de contrato privado y la naturaleza propia se trata de un contrato de servicios, se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos excluido del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico ámbito del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre), por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo sucesivono previsto en este Pliego, RGLCAPse regirá por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de 12 la legislación patrimonial específica de octubreRégimen Local, modificado por en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 773/20151373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado aprueba el Reglamento GeneralXxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). De forma supletoriaLa Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aplicarán aprueba el Reglamento de Bienes de las restantes normas Entidades Locales. La Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996, de derecho administrativo y00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en su defectovigor, las normas de derecho privadorelativos a esta materia.
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Samples: Caza Y Aprovechamiento Cinegético, Caza Y Aprovechamiento Cinegético
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que 2.1. Régimen jurídico: La presente concesión de dominio público tiene carácter administrativo administrativo. Su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirán por lo establecido en este Pliego, así como en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en el documento de formalización de la naturaleza propia concesión y en la oferta que resulte adjudicataria. Para lo no previsto en ellos, serán de un contrato aplicación la Ley 33/2003, de servicios3 de noviembre, se rige por de Patrimonio de las Administraciones Públicas (preceptos de carácter básico); la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el presente pliegoReal Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el pliego que se aprueba el texto refundido de prescripciones técnicaslas disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; las disposiciones no básicas de la citada Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; y, por remisión, el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013Público; el Real Decreto 1098/2001, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Régimen Jurídico del Sector Público la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (disposición final novenaen todo lo que no se oponga a aquél), por ; y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento GeneralPúblico. De forma supletoria, Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
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RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato de serviciossuministro está basado en el ACUERDO MARCO DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA DEL SUMINISTRO DE PAPEL PARA IMPRESIÓN Y ESCRITURA CON CRITERIOS MEDIOAMBIENTALES, por lo que en todo aquello no previsto, se rige regirá por lo que se establece en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y por el presente pliegoPliego de Prescripciones Técnicas que regulan el Acuerdo Marco. Asimismo, por será de aplicación el pliego Texto Refundido de prescripciones técnicasla Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembrenoviembre (en adelante TRLCSP), al Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que cual se aprueba el texto refundido Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, TRLCSPadelante RGLCAP), modificado por en aquello que no se oponga a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores TRLCSP y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento GeneralPúblico. De forma supletoria, Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
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Samples: Contract for the Supply of Paper With Environmental Criteria, Contract for the Supply of Paper
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, El contrato que regula el presente pliego tiene carácter administrativo conforme a lo señalado en el artículo 25 de la LCSP 2017 y se regirá , en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, en lo no previsto en el mismo por la naturaleza propia legislación básica del Estado en materia de un contrato contratación: la Ley 9/2017, de servicios8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se rige por el presente pliegotransponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en adelante LCSP, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivode las Administraciones Públicas, TRLCSP), modificado aprobado por la Ley 14/2013Real Decreto 1098/2001, de 27 12 de septiembreOctubre, de apoyo en cuanto no se oponga a los emprendedores y su internacionalizaciónlo establecido en la LCSP, la Ley 2/2015en adelante RGLCAP, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena)y, por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normasPúblico, por el Reglamento General la normativa autonómica de desarrollo en materia de contratos, y por la Ley de Contratos de Régimen Local, aplicándose, supletoriamente las Administraciones Públicas (en lo sucesivonormas estatales sobre contratación que no tengan carácter básico, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. Código Seguro de Verificación: 11777075012467600655. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). Autenticidad verificable en xxxxx://xxxx.xxxxx.xx/xxxxxxxxxx. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en el presente pliego y sus anexos, y en el pliego de prescripciones técnicas particulares, que revestirán carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se entenderán parte integrante de aquél. En caso de discrepancia entre el presente pliego y el resto de documentación que reviste carácter contractual, prevalecerá el presente pliego.
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Samples: Contrato De Servicio De Dotación De Escenarios, Iluminación Y Sonorización
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento de San Xxxxxxx de El Escorial - xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 28294IDOC28B03376FC97F4444B2 El presente contrato tiene carácter administrativo administrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este Pliego y en su correspondiente de Prescripciones Técnicas Particulares. M.I. Ayuntamiento de San Xxxxxxx de El Escorial • Pza. de la naturaleza propia Constitución, 3 • 28200 San Xxxxxxx de un El Escorial • Madrid Tel. 000 000 000 • xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx FECHA DE FIRMA: 17/10/2018 HASH DEL CERTIFICADO: 69CE20F323DD686F1A5499F1F681B23B25711BE7 Para lo no previsto en los pliegos, el contrato de servicios, se rige regirá por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011la Ley 9/2017, de 14 8 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, (en lo sucesivo, TRLCSPLCSP ), modificado por y en cuanto no se oponga a lo establecido en la Ley 14/2013LCSP, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normasPúblico, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP)Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubreoctubre (RGLCAP), modificado Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por el Decreto de 17 xx xxxxx de 1955 y Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 773/2015, 1372/86 de 28 13 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento Generalxxxxx. De forma supletoriaSupletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
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Samples: Contrato De Suministro
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, 3.1.-La contratación a que sirve de base este pliego tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato de serviciosadministrativo, se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el quedan- do ambas partes sometidas a los siguientes textos normativos: al Real Decreto Legislativo 3/20112/2000, de 14 de noviembre16 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, TRLCSPT.R.L.C.A.P.), modificado por la Ley 14/2013; al Real Decreto 1098/2001, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 12 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivoPúblicas; a la Ley 7/1985, RGLCAP)de 2 xx xxxxx, aprobado por Reguladora de Bases del Régimen Local; al Real Decreto 1098/2001Legisla- tivo 781/1986, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 18 xx xxxxxxxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local y a las cláusulas administrativas particulares con- tenidas en el presente pliego. 3.2.-Asimismo serán de aplicación las demás disposiciones que regulan la contratación administrativa del citado Reglamento General. De forma supletoriaEstado, se aplicarán y las restantes normas dictadas por la Comunidad Autónoma de derecho administrativo yCanarias, en el marco de sus respectivas competencias. 3.3.-El desconocimiento de este pliego en cualquiera de sus términos, documentos anejos que formen parte del mismo y demás instrucciones que puedan tener aplicación en ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su defecto, las normas de derecho privadocumplimiento.
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RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, 1.1. La contratación que regula el presente Xxxxxx tiene carácter administrativo naturaleza administrativa y la naturaleza propia de un contrato de serviciosse regirá por las cláusulas contenidas en el mismo.
1.2. Para todo lo no previsto en él, se rige por aplicará el presente pliego, por el pliego vigente Texto Refundido de prescripciones técnicas, la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos (BOE del Sector Público 16) (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, la Ley 30/200739/2015, de 30 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE del 2 de octubre), la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Contratos Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, RDTRLCSPBOE del 2 de octubre), modificado por el Real Decreto 300/20111098/2001, de 4 xx xxxxx12 de octubre, y, en cuanto no (B.O.E. del 26) por el que se encuentre derogado por las antedichas normas, por aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real en tanto continúe vigente o a las normas reglamentarias que le sustituyan, el Decreto 1098/200149/2003, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 3 xx xxxxxxxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos aprueba el Reglamento General de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. del citado Reglamento General11) y demás disposiciones vigentes en materia de contratación administrativa. De forma supletoriaIgualmente serán de aplicación los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid aprobados por Decreto 74/2010, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas 21 de derecho privadooctubre (BOCM de 15 de noviembre de 2010).
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Samples: Contract for Supply and Maintenance of an Application
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, El valor estimado de este contrato es de NOVECIENTOS SETENTA MIL CIENTO SESENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS. (970.165,35 EUROS IVA EXCLUIDO) por lo que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia se trata de un contrato de serviciosservicios sujeto a regulación armonizada de acuerdo con el artículo 16 de la LCSP. Por consiguiente, se rige por el presente pliegocontrato se regirá:
a) En cuanto a su preparación y adjudicación, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido las normas de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSPLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo atendiendo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por las particularidades que en el artículo 174 se señalan; el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por LCSP y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado en lo que no se oponga a la anterior y por el Real Decreto 773/2015las prescripciones del presente Pliego Cláusulas Particulares. Asimismo, serán de 28 xx xxxxxx, por el aplicación las demás disposiciones legales referentes al contrato de obras que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento Generalconserven su vigencia. De forma supletoriaSupletoriamente, se aplicarán regirá por las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de por el derecho privado.
b) En lo referente a sus efectos, cumplimiento y extinción, por el presente Pliego de Cláusulas Particulares, las cláusulas del contrato, el pliego de condiciones técnicas, los demás documentos de contenido contractual y, en su defecto, por las normas del derecho privado.
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Samples: Consulting Services Agreement
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato de serviciosPara todo lo no previsto en el presente Pliego, se rige por el presente pliegoregirá, por el pliego de prescripciones técnicasen cuanto a su preparación y adjudicación, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/20099/2017, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubrenoviembre, de Contratos del Sector Público (Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y demás normas de desarrollo y modificaciones que procedan; en adelantecuanto a sus efectos y extinción, RDTRLCSPse regirá en primer lugar por el presente Pliego y el de Prescripciones Técnicas, y supletoriamente , por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, reguladora del Contrato de Seguro, por la Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, y demás normas de derecho privado que resulten aplicables. En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX Fecha: 07/01/2020 18:13 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), modificado por el Real Decreto 300/2011Ley 39/2015, 1 de Octubre, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): CD2E0E9A3CE4B27C647F9B947FF459E7 en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, la web de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.cotejo: xxxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxxx
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RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige por Para lo no previsto en el presente pliegopliego será de aplicación la OGRF. También serán de aplicación la Ley 33/2003, por el pliego de prescripciones técnicas3 de noviembre, por de Patrimonio de las Administraciones Públicas, el Real Decreto Legislativo 3/20111372/1986, de 14 de noviembre13 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido Reglamento de la Ley Bienes de Contratos del Sector Público (las Entidades Locales y el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en lo sucesivomateria de Régimen Local, TRLCSP), modificado aprobado por la Ley 14/2013Real Decreto Legislativo 781/1986, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 18 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por así como la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/20099/2017, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubrenoviembre, de Contratos del Sector Público Público, (en adelante, RDTRLCSPLCSP). Con relación a la actividad comercial, modificado por el Real Decreto 300/2011será aplicable la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante, de 4 00 xx xxxxxxxxxx xx 2003, y, la Ordenanza de Protección de Salubridad Pública en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General la Ciudad de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015Madrid, de 28 xx xxxxxxxxxx de 2014 y cuanta normativa sectorial resulte de aplicación, sin que el adjudicatario quede eximido del cumplimiento de la misma por el la adjudicación de la licitación. La naturaleza de la relación jurídica que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoriavinculará al adjudicatario y al Ayuntamiento de Madrid será la de una autorización demanial para la ocupación de espacios públicos, se aplicarán que será revocable tanto por incumplimiento de las restantes normas condiciones establecidas como por causas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privadointerés público.
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Samples: Licitación Para Uso De Espacios De Atracciones De Feria
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contratoEl contrato tendrá naturaleza privada, que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia con arreglo a lo dispuesto en el art. 4.1.p) de un contrato de servicios, se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Publico (en adelante, RDTRLCSPLCSP), modificado y se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 300/2011presente pliego y en lo no regulado en ellos, por: Ley 33/2003, de 4 xx xxxxx3 de noviembre, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos Patrimonio de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAPLPAP), aprobado por . Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/20151373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del citado Patrimonio de las administraciones Publicas, la legislación patrimonial contenida en la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General. De forma supletoriade Bienes de las Entidades Locales, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, y por las normas de derecho privado, referencia que se entienda hecha a la Ley de Arrendamientos Urbanos y al Código Civil. La restante normativa administrativa se aplicará con carácter supletorio.
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Samples: Lease Agreement
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia 1. Resultan de un contrato de servicios, se rige por aplicación en todo lo no previsto en el presente pliegoConvenio, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011la Ley 38/2003, de 14 17 de noviembre, por el que se aprueba R.D 887/2006, de 21 de julio, así como Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxx 2022, sin perjuicio de la aplicación de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento y las restantes normas de derecho administrativo, aplicándose en su defecto las normas de derecho privado.
2. De conformidad con lo previsto en el texto refundido art. 6.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en lo sucesivoPúblico, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 27 26 de septiembrefebrero de 2014, el presente Convenio se encuentra excluido de su ámbito de aplicación. No obstante, y de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la citada Ley, serán aplicables los principios de la citada ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse en ejecución de las previsiones del Convenio.
3. Con carácter supletorio, resultan de aplicación las disposiciones contenidas en la Ley 39/2015, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/20151 de octubre, de 30 xx xxxxxProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de Desindexación de la Economía EspañolaLey 40/2015, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena)Público, por el Real Decreto 817/2009Ley 7/1985, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 2 xx xxxxx, yLBRL, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normasLey 5/2010, por el Reglamento General de 11 xx xxxxx, de Autonomía Local de Andalucía, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, TRLHL y la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001Orgánica 2/2012, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/201527 xx xxxxx, de 28 xx xxxxxxEstabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, conforme a lo previsto en su defecto, las normas de derecho privadoart. 7.3.
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Samples: Convenio De Colaboración
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que El presente contrato tiene carácter administrativo administrativo, artículo 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por X.X.Xxxxxxxxxxx 3/2011 (En adelante, T.R.L.C.S.P.). Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicastécnicas que se unen como anexo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el correspondiente proyecto. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por el Real Decreto Legislativo Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por R.D.Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivoJurisdicción Contencioso-Administrativa para adaptación a la normativa comunitaria, TRLCSP), modificado modificada por la Ley 14/201334/2010, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 5 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), xxxxxx; por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSPRD 817/2009), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, ; por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP)Públicas, aprobado por mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubreOctubre (RGLCAP), modificado en todo lo que no se oponga a lo anterior, y Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado, aprobado por el Real Decreto 773/20153854/1970, de 28 31 de diciembre, en lo no previsto en el primero; la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxxxxxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, en lo que no se oponga al R.D.Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; R.D.L. 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, en lo que no se oponga al R.D.Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; Ley 7/1999, de 00 xx xxxxxxxxxx, xx Xxxxxx xx xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx; Ley 2/1998, de 15 xx xxxxx, de Salud de Andalucía y Reglamento Generalde Policía Sanitaria Mortuoria, aprobado por Decreto 95/2001, de 3 xx xxxxx , modificado por Decreto 258/2007, de 4 de noviembre, Decreto 8/1995, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Desinfección, Desinsectación y Desratización sanitaria y R.D. 314/2006, de 17 xx xxxxx, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. De forma supletoriaCon carácter supletorio, la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la edificación, a excepción de lo dispuesto sobre garantías de suscripción obligatoria en dicha Ley. En todo caso, las normas legales y reglamentarias citadas anteriormente serán de aplicación en todo lo que no se oponga al R.D.Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. Se respetarán igualmente las normas y prescripciones del Plan General de Ordenación Urbana xx Xxxxxxx.
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RÉGIMEN JURÍDICO. Este contratoEl contrato se encuadra en las concesiones de dominio público previstas en el Art. 78.1.a) del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia aprobado por Real Decreto 1372/1986, de un 13 xx xxxxx. El contrato de servicios, se rige regirá por el presente pliego, Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y por el pliego Pliego de prescripciones técnicasPrescripciones Técnicas. Para lo no previsto en este Pliego y en el de Prescripciones Técnicas, se estará a lo establecido en las disposiciones siguientes: Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/20111372/1986, de 14 13 xx xxxxx. Ley 33/2003, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx. Ley 30/2007, 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público (en lo sucesivoadelante, TRLCSPLCSP), modificado por . Reglamento General de la Ley 14/2013de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 27 12 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Octubre (disposición final novenaRGCAP), por el . Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSPRPCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011. Ley 7/1985, de 4 2 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos Reguladora de las Administraciones Públicas Bases del Régimen Local (en lo sucesivo, RGLCAPLBRL), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
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Samples: Contrato De Concesión
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, 3.1.- El contrato al que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige por responde el presente pliegopliego se tipifica como un CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL, por el pliego de prescripciones técnicas, por el al amparo del artículo 19.1.b) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, adelante TRLCSP).
3.2.- Las partes contratantes quedan sometidas, modificado por la Ley 14/2013en primer lugar, a lo establecido en este Pliego y, en lo no previsto en el mismo, les será de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por aplicación el mencionado TRLCSP; el Real Decreto 817/20091098/2001, de 8 xx xxxx12 de octubre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Públicas, en lo sucesivoque no se oponga al TRLCSP; subsidiariamente, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001los preceptos de la Ley 30/1992, de 12 26 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015noviembre, de 28 xx xxxxxxRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoriasupletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, y las normas de derecho privadoprivado que le sean de aplicación.
3.3.- El adjudicatario deberá suscribir el presente pliego, en prueba de conformidad y aceptación y las cuestiones que se planteen sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos serán interpretadas por el Ayuntamiento, resolviendo las dudas que ofrezca su cumplimiento.
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Samples: Contract for Management and Exploitation of Rural Complex
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter administrativo y En todo lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en los preceptos básicos de la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011Ley 38/2003, de 14 17 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido General de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, ySubvenciones, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP)dicha Ley, aprobado por Real Decreto 1098/2001887/2006, de 12 21 de octubrejulio, modificado en la Ordenanza General de Subvenciones xxx Xxxxxxx Insular de Tenerife, publicada en el B.O.P. núm. 6 de 14 de enero de 2005, modificada por Acuerdo Plenario de esta Corporación en sesión celebrada el Real Decreto 773/20159 de julio de 2021 (BOP de Santa Xxxx de Tenerife, núm. 107 de 28 xx xxxxxx6 de septiembre de 2021), por así como en los preceptos no básicos de la referida Ley 38/2003. No obstante, en relación a la competencia para la incoación del procedimiento sancionador, así como para el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas nombramiento de derecho administrativo yinstructor y secretario, en su defectocaso, será de aplicación lo regulado en el Texto consolidado del Reglamento Orgánico xxx Xxxxxxx Insular de Tenerife, publicado en el B.O.P de Santa Xxxx de Tenerife núm. 74 de 19 xx xxxxx de 2019, tras las normas modificaciones aprobadas por acuerdo plenario de derecho privadofecha 29 xx xxxxx de 2019.
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Samples: Subvenciones Para La Reforma De Locales Y Equipamiento
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contratoEl procedimiento de tramitación de estas subvenciones se ajustará a lo establecido en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997, por la que tiene carácter administrativo y se establecen las bases reguladoras de la naturaleza propia concesión de un contrato de servicios, se rige por el presente pliegosubvenciones públicas, por el pliego Instituto Nacional de prescripciones técnicasEmpleo en el ámbito de colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universida- des e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desemple- ados para la realización de obras y servicios de interés general y social, en la Orden TAS/2435/2004, de 20 de julio, en la Orden TAS/816/2005, de 21 xx xxxxx, por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 14 17 de noviembre, General de Subvenciones, las normas regu- ladoras de subvenciones que se concedan por el que se aprueba el texto refundido Servicio Público de Empleo Estatal en los ámbitos de empleo y de formación profesional ocu- pacional, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvencio- nes, en la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Ley de Contratos del Sector Público (Comunidad xx Xxxxxxxx y León, en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/20133/2001, de 27 3 de septiembrejulio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, y en la Ley 30/1992, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, 26 de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubrenoviembre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos y del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privadoProcedimiento Administrativo Común.
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Samples: Subvenciones Públicas
RÉGIMEN JURÍDICO. 1. Este contrato, que convenio tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato los prevenidos en el artículo 28 de serviciosla Ley 38/2003, se rige por de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, en todo lo no previsto en el presente pliegoconvenio, por el pliego será de prescripciones técnicasaplicación lo establecido en dicho texto legal, por el Real Decreto Legislativo 3/2011la Ley 2/1995, de 14 8 xx xxxxx, de noviembreSubvenciones de la Comunidad de Madrid, el Decreto 76/1993, de 26 de agos- to, por el que se aprueba el texto refundido Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y sub- SÁBADO 00 XX XXXXX XX 2023 B.O.C.M. Núm. 101 venciones públicas en la Ley Comunidad de Contratos del Sector Público (en lo sucesivoMadrid, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009887/2006, de 8 xx xxxx21 de julio, por el que se desarrolla parcialmente aprueba el Reglamento de la Ley 30/200738/2003 y demás normativa de general aplicación, quedando excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 30 8 de octubrenoviembre, de Contratos del Sector Público (Público, en adelantevirtud de lo dispuesto en el artículo 6 de dicho texto legal.
2. Dada la naturaleza administrativa del presente convenio, RDTRLCSP)las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación o los efectos del mismo, modificado por que no puedan ser resuel- tas en el Real Decreto 300/2011seno de la comisión de seguimiento, serán del conocimiento y competencia del or- den jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a la Ley 29/1998, de 4 xx xxxxx13 de julio, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General reguladora de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privadodicha jurisdicción.
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Samples: Convenio
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de El contrato a realizar se califica como un contrato administrativo de servicios, se rige por de conformidad con lo establecido en el presente pliegoart. 17 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx xxxxxxxx, XXXX. Xxx xx XXX: 92.31.21. CPV: 92312140. La presente contratación tiene carácter administrativo, y se regirá en todo lo no previsto especialmente en este pliego de prescripciones técnicascondiciones por lo dispuesto en las siguientes normas:
1.- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
2.- Real Decreto Legislativo 3/20111098/2001, de 14 12 de noviembreoctubre, por el que se aprueba el texto refundido Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público (de las Administraciones Públicas -RGLCAP-, en todo lo sucesivo, TRLCSP), modificado por que no se oponga a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el LCSP.
3.- Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, yPúblico, en cuanto todo lo que no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de oponga a la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento GeneralLCSP. De forma supletoria, Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
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Samples: Contrato De Servicios
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, 07/02/2019 13:13:38
1.1 El contrato a que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige por refiere el presente pliegopliego tiene naturaleza administrativa, y se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (lo establecido en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Españolaeste Pliego, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre9/2017, de Régimen Jurídico 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público Público, por la que se trasponen al Ordenamiento Jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (disposición final novenaen adelante LCSP), por el Real Decreto 817/2009, 817/2009 de 8 xx xxxx, xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, octubre de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP)Público, modificado por el Real Decreto R.D. 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, xxxxx (BOE nº 69 de 22/03/2011) y en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normasaquel, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP)Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, octubre (en adelante RGLCAP) y modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento GeneralReglamento. De forma supletoria, Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado, art. 25.2 de la LCSP.
1.2 A los efectos del art. 67.2.a) del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con el REGLAMENTO (CE) nº 451/2008 de 23 xx xxxxx, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 xx xxxxx, por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por actividades (CPA) en la Comunidad Económica Europea, la nomenclatura del presente contrato es el que figura en el punto… del Cuadro Anexo I y el código de la Nomenclatura CPV de la Comisión Europea, Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 por el que se modifica el Reglamento (CE) 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV) es el que figura en el punto 1 del ANEXO I.
1.3 De conformidad con la Disposición adicional 25ª de la LCSP, los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (RGPD), y la normativa complementaria.
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RÉGIMEN JURÍDICO. Este contratoEl presente procedimiento negociado sin publicidad se regirá, sin perjuicio de las demás disposiciones vigentes que le sean de aplicación, por:
a. El contrato de prestación de los servicios, que tiene carácter administrativo se suscriba al efecto.
b. El presente Pliego de Condiciones Económicas, Administrativas y la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Técnicas.
c. El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivoadelante, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013; el Real Decreto 1098/2001, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 12 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público por el que se aprueba su Reglamento General (disposición final novena)en adelante, por RGC) y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, yPúblico, en cuanto le es de aplicación como PANAP (Poder Adjudicador que no se encuentre derogado por las antedichas normasostenta la condición de Administración Pública).
x. Xxx 7/2007, por el Reglamento General de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Calidad Ambiental (en lo sucesivo, RGLCAPGICA), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015.
x. Xxx 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados
f. Decreto 104/2000, de 21 xx xxxxxxxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos regulan las autorizaciones administrativas de actividades de valorización y eliminación de residuos y la gestión de residuos plásticos agrícolas.
g. Plan Nacional Integrado de Residuos para el periodo 2008-2015.
h. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y disposiciones legales que la desarrollen y la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del citado Reglamento General. De forma supletoriamarco normativo de Prevención de Riesgos Laborales.
i. La Ley Orgánica 15/1999, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y13 de diciembre, en su defectode Protección de Datos de Carácter Personal y el Real Decreto 1720/2007, las normas de derecho privado21 de diciembre de desarrollo de la Ley anterior.
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Samples: Pliego De Condiciones
RÉGIMEN JURÍDICO. 1.- El contrato al que se refiere este pliego es de naturaleza administrativa de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 19.1a) del TRLCSP, según lo dispuesto por los artículos 275 a 289 del TRLCSP con referencia a la modalidad de concesión administrativa establecida en el art. 277 del citado texto legal.
2.- Con la ejecución de este contrato se pretende dar cumplimiento a la obligación atribuida a esta entidad en el art. 25 j) de la Ley de Bases de Régimen Local sobre cementerios y servicios funerarios.
3.- Este contrato, que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige está regulado por el presente pliegopliego de cláusulas administrativas particulares, por el pliego de prescripciones técnicas, por el los anexos que lo acompañan y subsidiariamente por: - Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (y, en lo sucesivocuanto no se oponga alo previsto en dicho Texto, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013el Real Decreto 1098/2001, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y sus disposiciones de desarrollo o de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx, en materia de contratación. - La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, de Bases de Régimen Local (BOE de 3 xx xxxxx de 1985, nº 80). - La Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOE de 23 de diciembre de 2009, nº 308) - El Texto Refundido de las Disposiciones Vigentes en adelanteMateria de Régimen Local. - El Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, RDTRLCSP)Decreto 17 xx xxxxx de 1955, modificado por el Ley 25/2009. - El Real Decreto 300/20111372/1986, de 4 13 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. - La Ley 8/1997, de 26 xx xxxxx, de Ordenación Sanitaria de Euskadi (BOPV de 00 xx xxxxx xx 0000, xx 138). - La Ley 3/98 de 27 xx xxxxx, General de Protección del citado Medio Ambiente Del País Xxxxx. - El Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Generalde sanidad mortuoria de la Comunidad del País Xxxxx (BOPV de 18 de noviembre de 2004, nº 221). De forma supletoriaSupletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, y en su defecto, las normas de derecho privado.
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RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, 1.1. La contratación que regula el presente Xxxxxx tiene carácter administrativo naturaleza administrativa y la naturaleza propia de un contrato de serviciosse regirá por las cláusulas contenidas en el mismo.
1.2. Para todo lo no previsto en él, se rige por aplicará la Directiva 2014/24 UE, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública en todo aquello que tenga efecto directo, el presente pliego, por el pliego vigente Texto Refundido de prescripciones técnicas, la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos (BOE del Sector Público 16) (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, la Ley 30/200739/2015, de 30 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE del 2 de octubre), la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Contratos Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, RDTRLCSPBOE del 2 de octubre), modificado por el Real Decreto 300/20111098/2001, de 4 xx xxxxx12 de octubre, y, en cuanto no (B.O.E. del 26) por el que se encuentre derogado por las antedichas normas, por aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real en tanto continúe vigente o a las normas reglamentarias que le sustituyan, el Decreto 1098/200149/2003, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 3 xx xxxxxxxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos aprueba el Reglamento General de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. del citado Reglamento General11) y demás disposiciones vigentes en materia de contratación administrativa. De forma supletoriaIgualmente serán de aplicación los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid aprobados por Decreto 74/2010, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas 21 de derecho privadooctubre (BOCM de 15 de noviembre de 2010).
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Samples: Contract for Maintenance Services
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contratoEl contrato que en base a este pliego se realice, que tiene tendrá carácter administrativo espe- cial, según el artículo 19.1 letra b del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con la específica definición de contrato administrativo especial; y la naturaleza propia de un contrato de servicios, en todo lo no previsto en él se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el estará a lo dispuesto en: - Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto tex- to refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Público. - La Ley 14/20137/1985, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 2 xx xxxxx, Reguladora de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, las Bases de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por Local y el Real Decreto 817/2009Legislativo 781/1986, de 8 18 xx xxxxxxxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, aprueba el Texto Refundido de 30 las disposiciones vigentes en materia de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, yRégimen Local, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por oponga a lo establecido en el Reglamento General Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento GeneralSector Público. De forma supletoria, se aplicarán - Supletoriamente regirán las restantes normas de del derecho administrativo y, y en su defecto, defecto las normas de del derecho privado.. Xxxxxx Xxxxx 0X - 00000 Xxxxxxxxx (Xxxxxxx) IFK/CIF. X0000000X 944267000 944491458 xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx xxx.xxxxxxxxx.xxx agua 0,80 con leche, descafeinado 1,00 cortado, sólo 0,85 café en vaso 1,20 vaso de leche 0,80 colacao 1,20
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RÉGIMEN JURÍDICO. Este contratoLas subvenciones se regirán por las presentes bases reguladoras y, que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato forma supletoria, por las siguientes normas:
a) La Ley 38/2003, de servicios17 de noviembre, se rige por el presente pliegogeneral de subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera.
b) El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el pliego que se aprueba el Reglamento de prescripciones técnicasla Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera.
c) Ordenanza general de subvenciones del Ajuntament xx Xxxxxx, sus organismos autónomos y entidades dependientes, publicada en el BOP en fecha 10 de diciembre de 2015.
d) Decreto Legislativo 2/2003, de 28 xx xxxxx, por el Real que se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Catalunya.
e) Decreto Legislativo 3/20113/2002, de 14 24 de noviembrediciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivofinanzas públicas de Catalunya.
f) Ley 26/2010 de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya.
g) Ley 39/2015, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
h) Ley Orgánica 3/2007, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 22 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General para la igualdad efectiva de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privadomujeres y hombres.
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Samples: Bases Reguladoras Para La Concesión De Subvenciones a La Contratación Del Programa Girona Actua
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter administrativo y La convocatoria se regirá por la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011siguiente normativa: • R.D 103/2019, de 14 de noviembre1 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido Estatuto del personal investigador en formación. • Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado (BOE 10/02/2011). • Real Decreto 822/2021, de 28 de setiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad (BOE 29/09/2021). • Estatutos de la Universidad xx Xxxxxxxxx, aprobados según acuerdo 19/2003, de 30 de enero, de la Junta xx Xxxxxxxx y León, (BOCYL nº 22, de 3 de febrero de 2003). • Resolución de 20 de octubre de 2016, por el que se publica el Reglamente para la aplicación en la Universidad xx Xxxxxxxxx de la Ley 39/2015 de Contratos 1 de octubre del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas y de la Ley 14/201340/2015, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de sobre Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009Público. • Ley 2/2006, de 8 3 xx xxxx, de Hacienda y Sector público xx Xxxxxxxx y León. • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 18 de noviembre) • R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se desarrolla parcialmente aprueba el Reglamento de la Ley 30/200738/2003. • Ley 5/2008, de 30 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. • Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAPBOE 2 de octubre de 2015), aprobado por Real Decreto 1098/2001. • Ley Orgánica 2/2023, de 12 22 xx xxxxx, del Sistema Universitario (BOE 23 xx xxxxx). • Estatuto básico de octubrelos becarios de la Universidad xx Xxxxxxxxx (acuerdo de la Junta de Gobierno de 21/12/1999, BOCYL de 17 de febrero de 2000) modificado por el Real Decreto 773/2015Consejo de Gobierno en sesiones de 29/05/2003 y 26/01/2006). • La Ley 17/2022, de 28 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxxxxxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación • Carta Europea del Investigador, contenida en la Recomendación de la Comisión de 11 xx xxxxx de 2015 sobre la Carta Europea de los Investigadores. • Código de Conducta para la Selección de Investigadores, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, L 75/67, de 22 xx xxxxx de 2005. • Reglamento por el que se modifican determinados preceptos aprueba el Estatuto del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas Personal Investigador en formación de derecho administrativo y, en su defecto, las normas la Universidad xx Xxxxxxxxx (Consejo de derecho privadoGobierno de 25 xx xxxxx de 2013).
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Samples: Ayudas Para Contratos Predoctorales
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que Convenio tiene carácter administrativo naturaleza administrativa y la naturaleza propia de un contrato de serviciosen lo no previsto en el mismo, se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 14 17 de noviembre, General de Subvenciones y a su Reglamento de desarrollo; el Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se aprueba regula el texto refundido régimen general de concesión de subvenciones en el Principado xx Xxxxxxxx; la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/20132/95, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 13 xx xxxxx, de Desindexación sobre Régimen Jurídico de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubreAdministración del Principado xx Xxxxxxxx; el Decreto 6/2009, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 22 xx xxxx, del Presidente del Principado, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007modifica el Decreto 34/2008, de 30 26 de octubrenoviembre, de Contratos reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, y el Decreto 39/2009, de 3 xx xxxxx, de estructura orgánica básica del Sector Servicio Público (en adelantede Empleo del Principado xx Xxxxxxxx; los artículos 8.c) y 41 del Texto refundido del régimen económico y presupuestario, RDTRLCSP)aprobado por Decreto Legislativo del Principado xx Xxxxxxxx 2/1998, modificado por de 25 xx xxxxx; el Real Decreto 300/2011395/2007, de 4 23 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoriaregula el subsistema de formación profesional para el empleo y la Orden TAS/718/2008, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.POR EL PRINCIPADO XX XXXXXXXX POR LA EMPRESA EL PRESIDENTE DEL SEPEPA EXPEDIENTE Nº / Formación Profesional para el Empleo
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Samples: Subsidy Agreement
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, 1.1. La contratación que regula el presente Xxxxxx tiene carácter administrativo naturaleza administrativa y la naturaleza propia de un contrato de serviciosse regirá por las cláusulas contenidas en el mismo.
1.2. Para todo lo no previsto en él, se rige por aplicará el presente pliego, por el pliego vigente Texto Refundido de prescripciones técnicas, la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos (BOE del Sector Público 16) (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, la Ley 30/200730/1992, de 30 26 de noviembre (BOE del 27) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14), el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, de Contratos (B.O.E. del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado 26) por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no que se encuentre derogado por las antedichas normas, por aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real en tanto continúe vigente o a las normas reglamentarias que le sustituyan, el Decreto 1098/200149/2003, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 3 xx xxxxxxxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos aprueba el Reglamento General de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. del citado Reglamento General11) y demás disposiciones vigentes en materia de contratación administrativa. De forma supletoriaIgualmente serán de aplicación los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid aprobados por Decreto 74/2010, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas 21 de derecho privadooctubre (BOCM de 15 de noviembre de 2010).
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Samples: Supply Agreement
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contratoLas subvenciones se regirán por las presentes bases reguladoras y, de forma supletoria, por las siguientes normas:
a) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, de acuerdo con lo que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia establece su disposición final primera.
b) El Real decreto 887/2006, de un contrato 21 de servicios, se rige por el presente pliegojulio, por el pliego que se aprueba el Reglamento de prescripciones técnicasla Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, así como las demás normas básicas que desarrollan la Ley.
c) Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx, sus organismos autónomos y entidades dependientes publicada en el BOP en fecha 10 de diciembre de 2015.
d) Decreto legislativo 2/2003, de 28 xx xxxxx, por el Real que se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.
e) Decreto Legislativo 3/2011legislativo 3/2002, de 14 24 de noviembrediciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivofinanzas públicas de Cataluña.
f) Ley 26/2010 de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
g) Ley 39/2015, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
h) Ley Orgánica 3/2007, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 22 xx xxxxx, ypara la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
i) Xxx 00/0000, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normasxx 00 xx xxxxx, por el Reglamento General xx xxxxxxxx efectiva de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privadomujeres y hombres.
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Samples: Subvenciones a La Contratación
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, 2.1.- La contratación a la que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige por refiere el presente pliegoPliego es de naturaleza administrativa, por de conformidad con el pliego de prescripciones técnicas, por el art. 19.1 a) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP) y, el régimen jurídico aplicable, es el relativo al contrato de gestión de servicio público, mediante concesión, de conformidad con lo sucesivoestablecido en el artículo 8 y aquellos que resulten de aplicación de los contenidos en el Capítulo III, del Título II, del Libro IV del TRLCSP). 2.2.-Las partes contratantes, quedan sometidas en primer lugar, a lo establecido en este Pliego y a su Anexo de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, les será de aplicación el mencionado TRLCSP, así como la normativa y reglamentos que la desarrollen y que resulten aplicables por razón de la materia; el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por el Decreto de 17 xx xxxxx de 1.955; el Real Decreto Ley 339/1990, de 2 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos de motor y Seguridad Vial, modificado por la Ley 14/20135/1997, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 24 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, xxxxx y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoriasupletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
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Samples: Pliego De Condiciones
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contratoEl régimen jurídico del presente Convenio está integrado por la siguiente legislación: CSV:14616031551076110405 . VALIDACION EN xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxx.xx - Ley 7/1985, que tiene carácter administrativo de 2 xx xxxxx, reguladora de la Bases del Régimen Local (LBRL), y modificada por la naturaleza propia Ley 27/2013, de un contrato 27 de serviciosdiciembre, se rige por el presente pliegode racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. - Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS). - Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el pliego que se aprueba el Reglamento de prescripciones técnicasla Ley General de Subvenciones (RGS). - Ordenanza General de Subvenciones (OGS) del Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx (Decreto 1556/2017, por el de 2 de octubre. BORM nº 239, de 16 de octubre de 2017). - PSE vigente. - Decreto de Alcaldía del Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, nº 2023001973, de 26/06/2023 de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local, relativas a la aprobación de Convenios de Colaboración. - Real Decreto Legislativo 3/20112.568/1986, de 14 28 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido Reglamento de la organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales (ROF). - Bases de Ejecución del Presupuesto municipal vigente del Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx. - Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/201339/2015, de 27 1 de septiembreoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de apoyo a los emprendedores y su internacionalizaciónlas Administraciones Públicas (LPACAP). - Ley 40/2015, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novenaLRJSP), por el Real Decreto 817/2009, . - Resto de 8 xx xxxx, por el normativa estatal o autonómica que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, resulte de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privadoaplicación.
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Samples: Convenio De Colaboración
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia En lo no previsto expresamente en el presente Pliego de un contrato de serviciosCondiciones, se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, 3/2001 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalizaciónPúblico, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, 2/2001 de 4 xx xxxxx, yde Economía Sostenible, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normasReal Xxxxxxx 000/0000 xx 0 xx xxxx, Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el Reglamento que se aprueba el reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivoPúblicas, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, Ley 7/1985 de 12 2 xx xxxxx reguladora de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, las Bases de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo yRégi- men Local, en su defectoredacción dada por ley 11/1999 de 21 xx xxxxx, las normas modificada por la Ley 57/2003 de 16 de diciembre, así como la normativa administrativa de general aplicación. En defecto de esta se aplicará la normativa de derecho privado. En cuanto a sus efectos y extinción, estos contratos se regirán por el derecho privado. En Navaluenga a 14 xx xxxxx de 2016. El Alcalde, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato1.- El presente contrato tiene naturaleza de contrato patrimonial y carácter privado de la Administración y se regirá por las siguientes normas: Las cláusulas contenidas en este pliego. la Ley 7/1985 de 2 xx xxxxx, que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato Bases de servicios, se rige por Régimen Local. el presente pliegoR.D.L. 781/1986 de 18 xx xxxxx, por el pliego que se aprueba el Texto Refundido de prescripciones técnicaslas disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. el Reglamento de Bienes de Las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986 de 13 xx xxxxx. La Ley 33/2003 de 3 de noviembre de Patrimonio de las AAPP., en lo que resulta aplicable a las Entidades Locales. • La Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público (LCSP). el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas R. D. 1098/2001 de 12 de octubre y restantes Normas de Derecho Administrativo. Ley 2/2006, de 30 xx xxxxx, de Suelo y Urbanismo. Decreto 39/2008, de 4 xx xxxxx, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo Ley 3/2015, de 18 xx xxxxx, de Vivienda Real Decreto Legislativo 3/20117/2015, de 14 30 de noviembreoctubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos Suelo y Rehabilitación Urbana.
2.- Así mismo y dada la naturaleza privada del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, contrato en cuanto no a sus efectos y extinción se encuentre derogado regirá por las antedichas normas, por el Reglamento General lo dispuesto en los artículos pertinentes del Código Civil y demás disposiciones de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privadoDerecho Privado.
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Samples: Contract for the Sale of Real Estate
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contratoLas subvenciones se regirán por las presentes bases reguladoras y, de forma supletoria, por las siguientes normas:
a) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia establece su disposición final primera.
b) El Real decreto 887/2006, de un contrato 21 de servicios, se rige por el presente pliegojulio, por el pliego que se aprueba el Reglamento de prescripciones técnicasla Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, de acuerdo con lo que establece su disposición final primera.
c) Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx, sus organismos autónomos y entidades dependientes, publicada en el BOP en fecha 10 de diciembre de 2015.
d) Decreto Legislativo 2/2003, de 28 xx xxxxx, por el Real que se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.
e) Decreto Legislativo 3/2011legislativo 3/2002, de 14 24 de noviembrediciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivofinanzas públicas de Cataluña.
f) Ley 26/2010 de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
g) Ley 39/2015, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
h) Ley orgánica 3/2007, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 22 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General para la igualdad efectiva de la mujeres y hombres.
i) Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001orgánica 3/2018, de 12 5 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015diciembre, de 28 xx xxxxxx, por protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, reglamento europeo vigente en su defecto, las normas de derecho privadola materia.
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Samples: Bases Reguladoras Para La Concesión De Subvenciones a La Contratación Del Programa Girona Actúa
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que El presente contrato tiene carácter administrativo privado, al celebrarse por la mercantil Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A., entidad del Sector Público que siendo poder adjudicador no reúne la naturaleza propia condición de un contrato de servicios, se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011Administración Pública, de 14 conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivoPúblico, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 27 26 GH IHEUHUR GH HQ DGHODQWH ³OD /&63´ /DV S establecido en este Pliego y en su correspondiente a las Prescripciones Técnicas Particulares. Ambos Xxxxxxx tienen carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de septiembreconformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de apoyo a formalización del contrato. Para lo no previsto en los emprendedores y su internacionalizaciónPliegos, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y el contrato se regirá por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena)LCSP, por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSPRD 817/2009), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, ; por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP)Públicas, aprobado por mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubreOctubre (RGLCAP), modificado en todo lo que no se oponga a la anterior. La aplicación de estas normas se llevará a cabo en relación con todo lo que no haya resultado afectado por la disposición derogatoria de la LCSP. En todo caso, las normas legales y reglamentarias citadas anteriormente serán de aplicación en todo lo que no se oponga a la LCSP. Asimismo, y en el Real Decreto 773/2015caso de que proceda, el contrato se regirá por la Ley 22/2006, de 28 xx xxxxxx4 de julio, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento Generalde Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid. De forma supletoria, Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo que resulte de aplicación y, en su defecto, las normas de derecho privado.
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Samples: Contract for It Support Services
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contratoEl procedimiento de tramitación de estas subvenciones se ajustará a lo establecido en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997, por la que tiene carácter administrativo y se establecen las bases regulado- ras de la naturaleza propia concesión de un contrato de servicios, se rige por el presente pliegosubvenciones públicas, por el pliego Instituto Nacional de prescripciones técnicasEmpleo en el ámbito de colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autóno- mas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten tra- bajadores desempleados para la realización de obras y servicios de inte- rés general y social; en la Orden TAS/2435/2004, de 20 de julio; en la Orden TAS/816/2005, de 21 xx xxxxx, por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las normas reguladoras de subvenciones que se concedan por el Servicio Público de Empleo Estatal en los ámbitos de empleo y de formación profesional ocupacional; en la Ley 38/2003, de 17 de noviem- bre, General de Subvenciones; en el Real Decreto Legislativo 3/2011887/2006, de 14 21 de noviembrejulio, por el que se aprueba el texto refundido Reglamento de la Ley 38/2003, de Contratos del Sector Público (17 de noviembre, General de Subvenciones; en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por que resulte de aplicación; en la Ley 14/20133/2001, de 27 3 de septiembrejulio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y en la Ley 30/1992, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, 26 de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubrenoviembre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos y del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privadoProcedimiento Administrativo Común.
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Samples: Subvenciones Públicas Para La Contratación De Trabajadores Desempleados
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato1. Se aplicarán la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia se regula el Sistema de un contrato Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, el Real Decreto 694/2017, B.O.C.M. Núm. 144 LUNES 18 XX XXXXX DE 2018 de servicios, se rige por el presente pliego3 de julio, por el pliego que se desarrolla la citada Ley y, de prescripciones técnicasforma transitoria en tanto no se de- sarrolle este último, por la Orden TAS/718/2008, de 7 xx xxxxx, que desarrollaba el anterior Real Decreto 395/2007, de 23 xx xxxxx, en materia de formación de oferta y establecía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.
2. Asimismo, serán de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto Legislativo 3/2011887/2006, de 14 21 de noviembrejulio, por el que se aprueba el texto refundido Reglamen- to de aplicación de la citada Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por y la Ley 14/20132/1995, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 8 xx xxxxx, de Desindexación Subvenciones de la Economía EspañolaCo- munidad de Madrid.
3. Cuando la formación a impartir se corresponda con alguno de los certificados de profesionalidad en vigor, y por la Ley 40/2015 será de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por aplicación el Real Decreto 817/200934/2008, de 8 xx xxxx18 de enero, por el que se desarrolla parcialmente regulan los certificados de profesionalidad y su normativa de desarrollo, así como los reales decretos por los que se aprueba cada uno de los certificados de profesionalidad vigentes.
4. En las líneas en las que se produzca la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado cofinanciación por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo Fondo Social Europeo y, en su defectocaso, las normas la Iniciativa de derecho privadoEmpleo Juvenil, serán de aplicación los Reglamentos de la Unión Europea y, en concreto, el Reglamento 1303/2013 del Parlamento Europeo y Con- sejo de 17 de diciembre de 2013.
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Samples: Subvención
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que El presente contrato tiene carácter administrativo privado de co nformidad con el artículo 26 de la LCSP. Las Partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige por el presente pliego, por el pliego en su co rrespondiente de prescripciones técnicastécnica s particulares. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por el Real Decreto Legislativo 3/2011la legislación básica del Esta do en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 14 8 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, por la que se transponen al ordenam iento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en lo sucesivo, TRLCSPLCSP), modificado por y en cuanto no se oponga a lo establecido en la Ley 14/2013LCSP, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por rige el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente parcialm ente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normasPúblico, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivoPúblicas, RGLCAP), aprobado apro bado por Real Decreto De creto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxxoctubre (RGLCAP), por el que se modifican determinados preceptos del citado Pliego de Cláusulas Adm inistrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos, aprobado por Orden de 8 de x xxxx de 1972, por las Leyes apro badas por las Asam xxxx de Madrid y por el Reglamento GeneralGeneral de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 xx xxxxx (RGCPCM) y sus norm as com plem entarias. De forma supletoriaSupletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas no rmas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privadopriva do.
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Samples: Contract for Services
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter administrativo y El presente Xxxxxxxx se regirá por lo dispuesto en la naturaleza propia Ordenanza de un contrato Bases Reguladoras Generales para la concesión de servicios, se rige Subvenciones por el presente pliego, por el pliego Ayuntamiento de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011Madrid y sus Organismos Públicos, de 14 30 de octubre de 2013, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo aprobado por el que se aprueba el texto refundido Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo40/2015, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena)Público, por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/201122/2006, de 4 xx xxxxxde julio, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normasde Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo yadministrativo, y en su defecto, por las normas de derecho privado. Es de aplicación los principios de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del sector Público, para resolver dudas y lagunas que pudieran presentarse, como establece el propio artículo 4 de dicha Ley. Es de aplicación también a este convenio, el Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 11 xx xxxx de 2017 por el que se establecen las directrices sobre la actividad convencional del Ayuntamiento de Madrid. Por su carácter administrativo, el Convenio queda sujeto a la jurisdicción contencioso-administrativa.
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Samples: Convenio De Subvención
RÉGIMEN JURÍDICO. Carácter del contrato. Este contrato, que contrato tiene carácter administrativo privado. En cuanto a sus efectos y la naturaleza propia de un contrato de serviciosextinción, se rige regirá por el presente pliego, por el pliego las normas de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011las siguientes disposiciones: -Ley 30/2007, de 14 30 de noviembreOctubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivoPúblico. Registro Mercantil de Madrid, TRLCSP)Tomo 37770, modificado por la Ley 14/2013Hoja 48, de 27 de septiembreSección 8, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Entrada M-672859 – C.I.F.: W0186206I -Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubreOctubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Público. -Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxxOctubre, por el que se modifican determinados preceptos aprueba el Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas. -Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del citado Reglamento GeneralProcedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas -Por cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto a nivel estatal como de derecho administrativo y, la Comunidad Autónoma Valenciana y que resulten aplicables en su defecto, el ámbito de la misma. Y en cuanto a sus efectos y extinción por las normas de derecho privadoprivado y en concreto: -La Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro. -El Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. -El Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. -La Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de seguros y reaseguros privados. Y por el resto de disposiciones de derecho privado de general y concordante aplicación.
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Samples: Insurance Policy
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter El contrato a realizar se califica como contrato administrativo y la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige por de conformidad con lo establecido en el presente pliegoart. 17 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en adelante, LCSP. La presente contratación tiene carácter administrativo, y se regirá en todo lo no previsto especialmente en este pliego de condiciones y en el pliego de prescripciones técnicas, por el lo dispuesto en las siguientes normas:
1.- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
2.- Real Decreto Legislativo 3/20111098/2001, de 14 12 de noviembreoctubre, por el que se aprueba el texto refundido Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público (de las Administraciones Públicas -RGLCAP-, en todo lo sucesivo, TRLCSP), modificado por que no se oponga a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el LCSP.
3.- Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, yPúblico, en cuanto todo lo que no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de oponga a la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento GeneralLCSP. De forma supletoria, Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
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Samples: Contrato Administrativo De Servicios
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un La contratación a realizar se califica como contrato de serviciosservicios de carácter administrativo, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Este contrato se rige por el presente pliegoPliego de Cláusulas Administrativas Particulares, por el pliego Pliego de prescripciones técnicasPrescripciones Técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, adelante TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 Contratos del Sector Público, por el RD 1098/2001, de 12 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no que se encuentre derogado por las antedichas normas, por aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto no se encuentre derogado por el TRLCSP (en lo sucesivo, adelante RGLCAP), aprobado ) y supletoriamente por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, y en su defecto, por las normas de derecho privado. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas, tendrán carácter contractual, siendo por tanto de obligado cumplimiento.
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Samples: Contract for Services
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter administrativo y En virtud de lo dispuesto en el artículo 25 de la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011Ley 9/2017, de 14 8 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), el presente contrato tiene carácter privado. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su correspondiente de prescripciones técnicas particulares. Para lo no previsto en los pliegos, en lo sucesivorelativo a su preparación y adjudicación el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, TRLCSPde 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), modificado por y en cuanto no se oponga a lo establecido en la Ley 14/2013LCSP, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por rige el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normasPúblico, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP)Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxxoctubre (RGLCAP), por el que se modifican determinados preceptos del citado Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos, aprobado por Orden de 8 xx xxxxx de 1972, por las Leyes aprobadas por las Asamblea de Madrid y por el Reglamento GeneralGeneral de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 xx xxxxx (RGCPCM) y sus normas complementarias. De forma supletoriaSupletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado. En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por las normas de derecho privado, y específicamente por la legislación vigente en materia de seguros.
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RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, El contrato a que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige por refiere el presente pliegoXxxxxx se regirá, en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/20099/2017, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubrenoviembre, de Contratos del Sector Público Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, RDTRLCSPadelante LCSP). Región xx Xxxxxx Deportes SAU (En adelante RMD), modificado por es una sociedad mercantil regional que forma parte del Sector Público, siendo poder adjudicador y no reuniendo la condición de Administración Pública, dado lo cual el Real Decreto 300/2011, contrato tendrá la consideración de 4 xx xxxxx, yprivado, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General función de lo dispuesto en al artículo 26. 1.b) de la Ley LCSP, rigiéndose por lo establecido en el artículo 26.3 de Contratos la LCSP en las cuestiones relativas a la preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción de las Administraciones Públicas (los contratos, siendo la Jurisdicción competente, la establecida para la sociedad mercantil en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, el artículo 27 de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento Generalla LCSP. De forma supletoriaacuerdo con lo establecido en el artículo 44.1 a) de la LCSP, se aplicarán las restantes normas el presente contrato no es susceptible de derecho administrativo yRecurso especial en materia de contratación. El presente pliego y demás documentos anexos revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá este pliego. NA VA RR O SA NC HE Z, FR AN CI SC O JA VI ER 24 /0 7/ 20 19 12 :45 :12 Es ta es un a c op ia au té nt ica im pr im ibl e d e u n d oc um en su defecto, las normas de derecho privado.to el ec tró nic o a dm ini str at xxx ar ch iva do po r l a C om un ida
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Samples: Contrato De Obras
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter El contrato a realizar se califica como contrato administrativo y la naturaleza propia de un contrato de servicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017. La presente contratación tiene carácter administrativo, y se rige regirá en todo lo no previsto especialmente en este pliego de condiciones por el presente pliegolo dispuesto en las siguientes normas: - Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el pliego la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de prescripciones técnicas, por el 00 xx xxxxxxx xx 0000 -XXXX 0000. - Real Decreto Legislativo 3/20111098/2001, de 14 12 de noviembreoctubre, por el que se aprueba el texto refundido Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público (de las Administraciones Públicas -RGLCAP-, en todo lo sucesivo, TRLCSP), modificado por que no se oponga a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el LCSP 2017. - Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, yPúblico, en cuanto todo lo que no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de oponga a la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento GeneralLCSP 2017. De forma supletoria, Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
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Samples: Contrato Administrativo De Servicios
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato1.1. La contratación y ejecución del servicio a que se refiere el presente Xxxxxx se ajustará a las prescripciones técnicas redactadas por el Jefe de Unidad de Seguridad de la Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias y a las Cláusulas Administrativas Particulares en él contenidas, que tiene teniendo ambos documentos carácter administrativo y la contractual.
1.2. El presente contrato es de naturaleza propia de un contrato de serviciosadministrativa, se rige rigiéndose por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicasPliego, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, adelante TRLCSP), modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, LCSP y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP)Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, 1098/2001 de 12 de octubreoctubre (en lo sucesivo RGLCAP), modificado por el Real Decreto 773/2015en lo que no se oponga a la citada Ley. Se regirá, de 28 xx xxxxxxademás, y en cuanto no se oponga a dichas disposiciones, por el que se modifican determinados preceptos Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos, aprobado por Orden del citado Reglamento GeneralMinisterio de Obras Públicas y Urbanismo de 8 xx xxxxx de 1972. De forma supletoria, se aplicarán Supletoriamente por las restantes normas de derecho administrativo y, y en su defecto, por las normas de derecho privado.
1.3. En caso de discrepancia entre el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, prevalecerá éste.
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Samples: Service Agreement
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contratoEl régimen jurídico del presente Convenio está integrado por la siguiente legislación: - Ley 7/1985, que tiene carácter administrativo de 2 xx xxxxx, reguladora de la Bases del Régimen Local (LBRL), y modificada por la naturaleza propia Ley 27/2013, de un contrato 27 de serviciosdiciembre, se rige por el presente pliegode racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. - Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS). - Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el pliego que se aprueba el Reglamento de prescripciones técnicas, por el Real la Ley General de Subvenciones (LRGS). - Ordenanza General de Subvenciones (OGS) del Ayuntamiento xx Xxxxx-Xxxxxxx (Decreto Legislativo 3/20111556/2017, de 14 2 de octubre. BORM nº 239, de 16 de octubre de 2017). - Plan Estratégico de Subvenciones (PES) del Ayuntamiento xx Xxxxx-Xxxxxxx, aprobado por Decreto nº 1175/17, de 00 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxx Delegada de Personal y Desarrollo Local del Ayuntamiento xx Xxxxx-Xxxxxxx (xxx.xxxxxxxxxxxx.xx / Transparencia/ Información Económica/ Subvenciones). - Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido Reglamento de la organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales (ROF). - Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento xx Xxxxx-Xxxxxxx vigente. - Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/201339/2015, de 27 1 de septiembreoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de apoyo a los emprendedores y su internacionalizaciónlas Administraciones Públicas (LPACAP). - Ley 40/2015, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novenaLRJSP), por el Real Decreto 817/2009, . - Resto de 8 xx xxxx, por el normativa estatal o autonómica que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, resulte de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privadoaplicación.
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Samples: Convenio De Colaboración
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato de serviciossuministro está basado en el ACUERDO MARCO DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA DEL SUMINISTRO DE PAPEL PARA IMPRESIÓN Y ESCRITURA CON CRITERIOS MEDIOAMBIENTALES, por lo que en todo aquello no previsto, se rige regirá por lo que se establece en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y por el presente pliegoPliego de Prescripciones Técnicas que regulan el Acuerdo Marco. Asimismo, por será de aplicación el pliego Texto Refundido de prescripciones técnicasla Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembrenoviembre (en adelante TRLCSP), el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que cual se aprueba el texto refundido Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, TRLCSPadelante RGLCAP), modificado por en aquello que no se oponga a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores TRLCSP y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento GeneralPúblico. De forma supletoria, Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
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Samples: Contract for the Supply of Paper
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, Las acciones que tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige desarrollen al amparo del presente convenio se regirán por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el las siguientes normas:
a) Real Decreto Legislativo 3/20111543/2011, de 14 31 de noviembreoctubre, por el que se aprueba regulan las prácticas no laborales en empresas.
b) Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el texto refundido que se regulan los términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), modificado por la Ley 14/201327/2011, de 27 1 xx xxxxxx, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
c) Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral (BOE de 10 de septiembre de 2015).
d) El Real Decreto 694/2017, de 30 xx xxxxx, 3 de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena), por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxxjulio, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/200730/2015, de 30 9 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normasseptiembre, por la que se regula el Reglamento General Sistema de la Ley Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral (BOE de Contratos 5 de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAPjulio de 2017), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015
e) Orden TMS/368/2019, de 28 xx xxxxxxxxxxx, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se modifican determinados preceptos del citado Reglamento General. De forma supletoriadesarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se aplicarán las restantes normas regula el Sistema de derecho administrativo yformación Profesional para el Empleo en el Ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su defectofinanciación, y se establecen las normas bases reguladoras para la concesión de derecho privadosubvenciones públicas destinadas a su financiación.
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Samples: Convenio De Colaboración
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que El presente contrato tiene carácter administrativo y la naturaleza propia de administrativo, concretamente, es un contrato de servicios, gestión de servicio público mediante la modalidad de concesión según se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido establece en los artículos 8 y 253 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público 30 de octubre (LCSP). Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su correspondiente de prescripciones técnicas particulares. Para lo sucesivono previsto en los pliegos, TRLCSP), modificado el contrato se regirá por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/201530/2007, de 30 xx xxxxxde octubre (LCSP) modificada por la Ley 34/2010, de Desindexación de la Economía Española5 xx xxxxxx, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre2/2011, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena)4 xx xxxxx, de Economía Sostenible; por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSPRD817/2009), modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas, ; por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP)Públicas, aprobado por mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubreOctubre (RGLCAP), modificado por el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Real Decreto 773/2015Xxxxxxxxxxx 0/0000, xx 00 xx xxxxx, (LCAP) en el dispositivo no derogado por la LCSP. Igualmente, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 33/2003, de 28 xx xxxxxx3 de noviembre del Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y el Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se modifican determinados preceptos del citado aprueba el Reglamento Generalde Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, en todo lo que no resulte incompatible con la citada Ley 30/2007, de 30 de octubre. De forma supletoriaEn todo caso, las normas legales y reglamentarias citadas anteriormente serán de aplicación en todo lo que no se oponga a la LCSP. Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
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Samples: Concession Agreement
RÉGIMEN JURÍDICO. Este contrato, que 2.1. El presente acuerdo xxxxx tiene carácter administrativo y de acuerdo con lo previsto en el artículo 25 de la naturaleza propia de un contrato de servicios, se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011Ley 9/2017, de 14 8 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 (XXXX, en lo sucesivo, TRLCSPadelante), modificado y en cuanto no se encuentren derogados por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de Desindexación de la Economía Española, y por la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (disposición final novena)citada Ley, por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, Xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RDTRLCSP), modificado por y el Real Decreto 300/20111098/2001, de 4 xx xxxxx, y, en cuanto no se encuentre derogado por las antedichas normas12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, adelante RGLCAP). Subsidiariamente, aprobado por Real Decreto 1098/2001se aplicarán la Ley 39/2015, de 12 1 de octubre, modificado por el Real Decreto 773/2015del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 28 xx xxxxxx1 de octubre, por el que se modifican determinados preceptos de Régimen Jurídico del citado Reglamento General. De forma supletoria, se aplicarán Sector Público y las restantes normas de derecho administrativo yadministrativo, y en su defecto, defecto las normas de derecho privado.
2.2. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y sus respectivos anexos, revestirán carácter contractual. En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
2.3. Queda prohibida toda negociación de los términos del contrato con las empresas licitadoras.
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