SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA Cláusulas de Ejemplo

SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA. El contrato será objeto de supervisión ya sea de manera externa o interna a través de los funcionarios que para el efecto sean designados por la Secretaría General del ICETEX.  Funciones de la Supervisión o Interventoría Serán funciones de la Supervisión o Interventoría para la vigilancia del contrato objeto de la presente Invitación por Lista Corta, las señaladas en los artículos 50 y 51 del Manual de Contratación del ICETEX (Acuerdo de Junta Directiva del ICETEX No. 030 del 17 de septiembre de 2013).
SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA según lo establecido en la Ley 80 de 1993, 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015 y las demás normas que los adicionen, modifiquen o sustituyan y las establecidas en el Manual de Supervisión y/o Interventoría adoptado por la Alcaldía Municipal xx Xxxxxx mediante Decreto 082 de 2018; la supervisión del presente contrato se ejercerá a través de Secretaria de Educación quien podrá suscribir contrato con firma interventora o designar a funcionario para que la ejerza. Esto, será definido mediante comunicación escrita por el Ordenador del Gasto quien adicionalmente podrá modificar dicha designación en el momento que considere pertinente. El MUNICIPIO vigilará el cumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, a través de la Directora de Cobertura de la Secretaria de Educación - XXXXXXXX y/o quien designe el ordenador del gasto, quien ejercerá como Supervisor, y adicional a lo anterior se designaran apoyos a la supervisión dentro de las áreas de la Dirección Cobertura, dirección administrativa y financiera, Dirección de calidad y el área de inspección y vigilancia, los cuales tendrá entre otras, las siguientes funciones: Funciones de supervisión Dirección de Calidad: 1.Revisar que el Plan Individual de Ajustes Razonables-XXXX, cumpliendo con los parámetros establecidos en el Decreto 1421 de 2017 y demás lineamientos del MEN, de todos los estudiantes caracterizados con discapacidad matriculados en el establecimientos educativo durante la presente vigencia, garantizando la participación en dicha construcción de los padres de familia, acudiente y/o representante legal del estudiante, así como el conocimiento de las metas, compromisos establecidos y seguimiento en cada periodo académico. 2.Verificar el seguimiento mensual de los estudiantes con discapacidad, capacidades o talentos excepcionales, trastornos específicos en el aprendizaje escolar y el comportamiento, y en condición de enfermedad; en el formato establecido por la Secretaría de Educación para tal fin. De igual manera, crear y mantener actualizada la respectiva historia escolar de cada estudiante caracterizado con alguna de las condiciones anteriormente descritas.3. Revisar el informe pedagógico de los estudiantes caracterizados con discapacidad, capacidades o talentos excepcionales, trastornos específicos en el aprendizaje escolar y el comportamiento, o en condición de enfermedad que concluyan el año escolar en el formato establecido por la Secretaría de Educación para tal fin. 4.Verificar que s...
SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA. La designación del supervisor del contrato se hará de conformidad con lo establecido en el numeral 12. XXXXXXXXXXX xxx Xxxxx Xx. 0 CLAUSULAS CONTRACTUALES.
SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA. La supervisión del contrato será ejercida de conformidad lo establecido en las leyes vigentes aplicables a la materia y en la Resolución No. 3243 de 2017 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social. La Supervisión estará a cargo del Director de Regulación de Beneficios, Xxxxxx y Xxxxxxx del Aseguramiento en Salud o la persona a quien éste designe y por el Jefe de la Oficina de Promoción Social o la persona a quien éste designe y del Director de Epidemiología y Demografía o la persona a quien éste designe.
SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA. Con el fin de proteger la moralidad, prevenir actos de corrupción y tutelar la transparencia de la actividad contractual, la supervisión de este contrato estará a cargo del XXXXX, quien deberá controlar su correcta ejecución y cumplimiento.
SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA. La JEP realizará la supervisión del presente contrato por intermedio del Coordinador del Área de Servicios Tecnológicos, quien será responsable de velar por los intereses de la Entidad en procura de que el contratista cumpla con las obligaciones contractuales.
SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA. La vigilancia y control de los contratos estará a cargo de un Supervisor o Interventor Externo, según el caso, quienes deberán cumplir las obligaciones fijadas en las Leyes establecidas al respecto, en las normas internas que se expidan sobre la materia y las estipuladas en los respectivos contratos. La designación de la Supervisión está en cabeza del Ordenador del Gasto, quien lo comunicará, a través del correo electrónico enviado por el Coordinador del Grupo de Gestión Contractual, previa recomendación del Jefe del Área, a través de los estudios previos. En el evento que se presente vacancia temporal o definitiva, del Supervisor, entre otras causas, por vacaciones o retiro de la Entidad, el Jefe del Área deberá solicitar previamente al Secretario General la designación del nuevo Supervisor, de no hacerlo, se entenderá que este asume la Supervisión.
SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA. FINALIDAD DE LA SUPERVISIÓN E INTERVENTORÍA
SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA. FINALIDAD DE LA SUPERVISIÓN E INTERVENTORÍA De conformidad con lo establecido por el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, el objetivo de la supervisión e interventoría en los contratos estatales es proteger la moralidad administrativa, con el fin de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y tutelar la transparencia de la actividad contractual. La supervisión e interventoría contractual implica el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por la Entidad contratante sobre las obligaciones a cargo del contratista y de la Agencia Nacional de Hidrocarburos la responsabilidad de ejercer el control y vigilancia de la ejecución de los contratos.
SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA. Imputación presupuestal