Obligaciones de LA ASOCIACIÓN Cláusulas de Ejemplo

Obligaciones de LA ASOCIACIÓN. “LA ASOCIACIÓN” se obliga de forma enunciativa más no limitativa, a lo siguiente: A) Atender puntualmente las indicaciones que para el eficaz desempeño de los servicios prestados reciba de “LA SECRETARÍA”. B) No podrá ceder los derechos y obligaciones en forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona física o moral. C) Mantendrá estricta confidencialidad sobre la información a la que tenga acceso durante y con motivo de la entrega de “LOS SERVICIOS” establecidos en el “ANEXO ÚNICO”, misma que no podrá ser divulgada, responsabilizándose, en su caso, del mal uso o uso no autorizado que de ella se haga por éste o su personal, aún después de la terminación del presente Convenio de Concertación. En caso de incumplimiento a lo establecido en este inciso, “LA ASOCIACIÓN” tiene conocimiento de que “LA SECRETARÍA” podrá ejecutar o tramitar las sanciones correspondientes, así como presentar las denuncias respectivas ante la autoridad competente. D) Reconoce que, por la firma del presente Convenio de Concertación, no adquiere derecho alguno sobre los derechos de propiedad industrial e intelectual de “LA SECRETARÍA”, derivado del acceso a dicha propiedad industria el que “LA ASOCIACIÓN” llegue a tener en el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Concertación. “LA SECRETARÍA” en ningún caso será responsable por violaciones de derechos de propiedad industrial o derechos de autor cometidos por “LA ASOCIACIÓN”. En caso de que “LA ASOCIACIÓN” viole algún derecho de los antes especificados, se obliga a indemnizar y sacar en paz y a salvo a “LA SECRETARÍA” de cualquier controversia o demanda que surja al respecto de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. De igual forma, “LA ASOCIACIÓN” no podrá hacer uso de cualquier tipo de publicidad, incluyendo el nombre de “LA SECRETARÍA”, sus marcas, diseños o cualquier material de propiedad industrial o intelectual de ésta. Todos los reportes, informes, resultados, productos, entre otros, que se deriven como contraprestación por la aplicación de “LOS SERVICIOS” establecidos en el “ANEXO ÚNICO”, quedarán en beneficio de “LA SECRETARÍA”, en su propiedad, por lo que “LA ASOCIACIÓN” en ningún momento podrá hacer uso de los mismos, ni proporcionarlos y/o comercializarlos a favor de terceros. E) Al dar cumplimiento a cada una de las obligaciones contraídas en este instrumento y su “ANEXO ÚNICO”, deberá devolver a “LA SECRETARÍA”, toda documentación que contenga información propiedad de ésta ú...
Obligaciones de LA ASOCIACIÓN. Además de las obligaciones propias del contrato de prestación de servicios, son obligaciones especiales de LA ASOCIACIÓN , proporcionar al CONTRATISTA toda la información necesaria sobre las familias beneficiarias para el cumplimiento de las actividades del contrato, cumplir con las obligaciones económicas establecidas en la cláusula Novena y proporcionar los materiales necesarios para el cumplimiento del objeto y las actividades a cargo del CONTRATISTA establecidas en el presente contrato.
Obligaciones de LA ASOCIACIÓN. La ASOCIACIÓN deberá actuar con el ESPACIO EXPOSITIVO con lealtad y buena fe. En particular, la ASOCIACIÓN deberá: a) Xxxxxxxx un nivel máximo de rigor, profesionalidad y responsabilidad en la gestión de las exposiciones de obra que se ceda mientras dura la relación contractual. b) Cumplir con la cesión de las obras para su exposición y difusión en el ESPACIO EXPOSITIVO c) Promocionar el ESPACIO EXPOSITIVO para divulgar y dar a conocer la obra allí expuesta. d) Cumplir con los calendarios de compromisos que se puedan pactar en el contrato. e) Xxxxxxxx, si así se pacta en el contrato, el mínimo de obras a que se comprometa durante su vigencia. f) Proporcionar al ESPACIO EXPOSITIVO la información necesaria sobre las obras objeto de cesión para su exhibición.
Obligaciones de LA ASOCIACIÓN. Además de las obligaciones propias del contrato de prestación de servicios, son obligaciones especiales de LA ASOCIACIÓN , proporcionar al CONTRATISTA toda la información necesaria sobre las familias beneficiarias para
Obligaciones de LA ASOCIACIÓN. La Asociación se obliga con el Gobierno Autónomo Descentralizado xx Xxxxxxx a realizar las respectivas mingas con sus herramientas y mano de obra para el mantenimiento preventivo de la vialidad parroquial y vecinal del camino vecinal Límite de Pelileo-Segovia-Huambalo, Luz de América-Capillahuayco- Entrada a Huambalo, Quitocucho-Capillahuayco-Huambalito-Cementerio
Obligaciones de LA ASOCIACIÓN. Para la realización de los objetivos de este Convenio “LA ASOCIACIÓN” se obliga a: 1. Proporcionar el derecho de uso del Módulo relacionado con la “VUCEM”.
Obligaciones de LA ASOCIACIÓN. La Asociación de propietarios de perros de l'Alfàs se compromete al cumplimiento de la legislación vigente en materia de Bienes- tar Animal, así como a la colaboración, mediante su red de voluntarios, en la creación de una base de datos de las colonias de gatos controladas existentes en el municipio, y ayudar en su alimentación y cuidados para lo cual la asociación facilitará carnets autorizados para estas tareas, así como en el control reproductivo y sanitario de dichas colonias, mediante su participación en la captura de ejemplares y su traslado a las clínicas veterinarias autorizadas, todo ello cuando se estén desarrollando campañas municipales de esterilización incluidas dentro del Proyecto CES. Así mismo se compromete al desarrollo de actividades de fomento de la educación cívica canina, elaboración, organización, difusión y creación del carnet cívico canino y difusión de campañas para la educación del propietario hacia el animal. EXPEDIENTE CON/56/2024 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. El Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi concede a la Asociación Cultural Alpi Teatre en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 334 48014, la cantidad de dos mil quinientos (2.500,00 €) anuales para el año 2024. Su concesión, justificación y pago, previa fiscalización económica, estarán sujetas al Régimen Jurídico determinado en el presente Convenio de Colaboración.
Obligaciones de LA ASOCIACIÓN. La Asociación Publicatessen, es la promotora de las actividades que se organizan en el marco del VI Festival Publicatessen. Tiene plena capacidad de obrar y goza de total autonomía para la organización y desarrollo del mismo. La Asociación Publicatessen, se constituye como promotora de las actividades del VI Festival Publicatessen, tiene plena capacidad de obrar y goza de total autonomía para la organización y desarrollo de la VI Edición del Festival Publicatessen xx Xxxxxxx. La Asociación Publicatessen asume todos los gastos derivados de la organización del Festival de Publicatessen. Es responsabilidad de la Asociación Publicatessen solicitar y obtener todos los permisos administrativos necesarios para el desarrollo de las actividades que se realicen en la vía pública, así como acatar las indicaciones de Policía Local durante el proceso de preparación y desarrollo de dicho actos. Así mismo, es su responsabilidad velar porque la actividad se desarrolle en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, tanto para los visitantes como para los expositores. La Asociación Publicatessen se compromete a incluir al Ayuntamiento xx Xxxxxxx como patrocinador del Festival Publicatessen en todos los soportes publicitarios y de difusión que se emitan, debiendo insertar los logotipos del Ayuntamiento xx Xxxxxxx y Segovia Cultura Habitada La Asociación Publicatessen deberá justificar adecuadamente la subvención concedida por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx en el plazo y la forma establecida en este Convenio.
Obligaciones de LA ASOCIACIÓN. Nº 5 - lunes 08 de enero de 2024 La Asociación Musical de La Algaba acepta las previsiones técnicas dispuestas en el presente convenio, y en base a ello se compromete a: Presentar la documentación previa que le sea requerida por el Ayuntamiento de La Algaba, siendo esta documentación impres- cindible para poder llevar a efecto la celebración del mismo. Acreditar, con anterioridad a la firma del convenio, no estar incurso en ninguna las circunstancias contenidas en los apartados segundo y tercero del artículo. 13 de la Ley General de Subvenciones. Acreditar, también con anterioridad a la firma del convenio, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o, en su caso, autorizar a este Ayuntamiento, a través de la correspondiente solicitud, para que pueda comprobar tales extremos. Realizar las actividades subvencionadas y justificar su financiación, conforme lo establecido en la cláusula octava de este convenio. Proporcionar los recursos materiales y humanos precisos necesarios para el funcionamiento y realización de dichas actividades. Contribuir al desarrollo cultural de la localidad. Responder de la correcta ejecución del proyecto subvencionado, así como del incumplimiento o alteración del proyecto subvencionado que afecte a la gestión, ejecución, desarrollo y finalización del proyecto a actividad. Comunicar los resultados e incidencias por escrito al Área correspondiente, una vez finalizada la actividad. En virtud de lo establecido en el artículo 30 del Real decreto 424/2017, de 28 xx xxxxx, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, el beneficiario se compromete a someterse a cuantas actuaciones de comprobación y control financiero se realicen por la Intervención municipal del Ayuntamiento de La Algaba. Reflejar en las actividades de difusión de la entidad y en el material y elementos institucional del club (folletos, indumentarias, carteles, libros, vídeos, CD, etc.,) la financiación del Excmo. Ayuntamiento de La Algaba a través de las marcas y logos corporativos del mismo.
Obligaciones de LA ASOCIACIÓN. Para la realización de los objetivos de este Convenio “LA ASOCIACIÓN” se obliga a: 1. Proporcionar el derecho de uso del Módulo relacionado con el “SFSP”, según corresponda, así como los accesos, manuales y actualizaciones que correspondan en función de su actividad y perfil. “LA ASOCIACIÓN”, se reserva el derecho de suspender y/o cancelar la activación a “EL USUARIO COMERCIALIZADOR”, previo a la conclusión del Convenio, en caso de incumplimiento en alguna de las obligaciones indicadas en la Cláusula Quinta del presente instrumento u otras implícitas o tácitas de éste y su correspondiente anexo.