Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes Cláusulas de Ejemplo

Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. De acuerdo con lo establecido en la cláusula 2, este acuerdo marco tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la Ley. Si el acuerdo xxxxx tiene un valor estimado superior a 100.000 euros, será susceptibles de recurso especial en materia de contratación los anuncios de licitación, los pliegos y documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, la adjudicación y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, a estos efectos se consideran actos de trámite los acuerdos de admisión o exclusión de licitadores o la admisión o exclusión de ofertas de la Mesa de Contratación. También son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos dictados en relación con las modificaciones contractuales así como los contratos basados en el acuerdo marco. El recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo, pudiendo presentarse el escrito de interposición en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá presentarse en el registro del órgano de contratación o del competente para la resolución, en el plazo de quince días hábiles computados conforme a lo dispuesto en el artículo 50.1 de la LCSP. Los escritos presentados en registros distintos de los dos citados específicamente en el párrafo anterior, deberán comunicarse al Tribunal de manera inmediata y de la forma más rápida posible. La resolución dictada será directamente ejecutiva y solo cabrá contra ella la interposición del recurso contencioso-administrativo. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1222548902112568376794 Los actos del órgano de contratación no susceptibles de recurso especial, así como los que se dicten en contratos no comprendidos en el artículo 44.1 de la LCSP serán inmediatamente ejecutivos, poniendo fin a la vía administrativa. Contra estas resoluciones podrá interponerse...
Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. De acuerdo con lo establecido en la cláusula xxxxxxx xxx xxxxxx, este contrato tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley. De acuerdo con lo previsto en el artículo 40 del TRLCSP, si el contrato está sujeto a regulación armonizada, circunstancia que se indica en el apartado 4 de la cláusula 1, o si se trata de servicios de las categorías 17 a 27 de cuantía igual o superior a la establecida para los contratos sujetos a regulación armonizada, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, los anuncios de licitación, los pliegos y documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, la adjudicación y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de contratación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; a estos efectos se consideran actos de trámite los acuerdos de exclusión de licitadores de la Mesa de contratación. No serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos dictados en relación con las modificaciones contractuales no previstas en el pliego que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 105 a 107 del TRLCSP, sea preciso realizar una vez adjudicado el contrato, tanto si acuerdan como si no la resolución y la celebración de nueva licitación. Los actos del órgano de contratación no susceptibles de recurso especial, así como los que se dicten en contratos no comprendidos en el artículo 40 del TRLCSP serán inmediatamente ejecutivos, poniendo fin a la vía administrativa. Contra estas resoluciones podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución o ser impugnado directamente ante la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. D./Xx.............................................................................................., con DNI número .................................... en nombre (propio) o actuando en representación de (empresa que representa).................................................................................con NIF con domicilio en calle …….....................
Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. De acuerdo con lo establecido en la cláusula xxxxxxx xxx xxxxxx, este contrato tiene carácter privado. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley. La jurisdicción contenciosa administrativa será la competente para resolver las controversias que surjan en relación con actos de preparación, adjudicación y modificación del contrato y la jurisdicción civil será la jurisdicción competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del mismo. EL ADJUDICATARIO POR LA ADMINISTRACIÓN, FECHA Y FIRMA FECHA Y FIRMA EL VICECONSEJERO DE CULTURA Y TURISMO Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Ref: C-432A/011-20 Exp.: P/SER-0366352020 ANEXO I OFERTA ECONÓMICA Nombre y apellidos de la persona/s que firma/n la oferta: DNI/NIE D./Xx <Representante> <DNI> D./Xx <Representante> <DNI> actuando en nombre propio o en representación de (nombre y apellidos/razón social del licitador):1 NIF <Licitador> <NIF> con domicilio en (domicilio del licitador): Vía / número: <Dirección> Localidad: <Municipio> Consultada la invitación a presentar oferta: <Expediente> <Descripción extendida> publicado en: Perfil de contratante BOCM DOUE <Fecha perfil> <Fecha BOCM> <Fecha DOUE> Enterado de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, y de las obligaciones sobre protección del medio ambiente y las relativas a las condiciones sobre protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales vigentes en la Comunidad de Madrid, contenidas en la normativa en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, así como las obligaciones contenidas en el convenio colectivo que le sea de aplicación, sin que la oferta realizada pueda justificar una causa económica, organizativa, técnica o de producción para modificar las citadas obligaciones, comprometiéndose a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato, en las c...
Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. ANEXO I. Características del contrato ANEXO II. Modelo de proposición económica ANEXO III. Modelo de garantía mediante valores anotados(con inscripción) ANEXO IV. Modelo de aval ANEXO V. Modelo de certificado de seguro de caución ANEXO VI. Modelo de declaración responsable relativa a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no tener deudas en período ejecutivo. ANEXO VII. Modelo de declaración responsable relativa al compromiso de tener contratados trabajadores con discapacidad
Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. De acuerdo con lo establecido en la cláusula primera xxx xxxxxx, este contrato tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley. Los acuerdos que adopte el órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio de proceder su revisión por la vía del recurso pertinente. D./Dña ................., con DNI número ......... en nombre (propio) o (de la empresa que representa) ........................ con CIF/NIF ................ y domicilio fiscal en ......... calle................. número , se compromete a ejecutar el contrato de servicios de mantenimiento y conservación de los elementos histórico-artísticos del Xxxxxxx xx Xxxxxxx por un precio de ............ (en letra y número), IVA excluido, todo ello de acuerdo con lo establecido en los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente. Fecha y firma del licitador.
Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. ANEXO I.1 MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA ANEXO II MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE VALORES ANOTADOS (CON INSCRIPCIÓN) ANEXO III MODELO DE AVAL ANEXO IV MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN ANEXO V MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE NO TENER DEU... ANEXO V bis MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON EL PATRONATO DE LA BAJADA DE LA VIRGEN DE LAS XXXXXX. ANEXO VI MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL COMPROMISO DE TENER CONTRATADOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD ANEXO VII MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES ANEXO VIII DECLARA: En …..........................,a ….... de ….................de ….....
Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. De acuerdo con lo establecido en la cláusula primera xxx xxxxxx, este contrato tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley. Los actos del órgano de contratación no susceptibles de recurso especial en materia de contratación, así como los que se dicten en contratos no comprendidos en el artículo 310 de la LCSP serán inmediatamente ejecutivos, poniendo fin a la vía administrativa. Contra estas resoluciones podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución o ser impugnado directamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa. POR LA ADMINISTRACIÓN, FECHA Y FIRMA CONFORME: EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA Diligencia de Conformidad de los Pliegos del Secretario General a los efectos de los previsto en la Disposición Adicional Segunda, apartado séptimo, segundo párrafo de la Ley 30/07, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público. En Grado a 27 de Julio de 2011 La Vicesecretaria Fdo.- Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Es objeto del presente contrato la prestación de servicios deportivos en las Instalaciones Deportivas del Ayuntamiento de Grado, para la temporada 2011-2015, de acuerdo con la previsión establecidas en el pliego de prescripciones técnicas particulares, y con el fin de fomentar la práctica del deporte a través de cursos. Se entiende por curso, toda actividad deportiva dirigida, desarrollada bajo la supervisión de monitores con la titulación exigida en cada caso, y destinada a la mejora de la condiciones físicas, de salud o del rendimiento deportivo. Los cursos se impartirán con una frecuencia de uno, dos o tres días a la semana, y se podrán desarrollar de lunes a viernes. Están dirigidos tanto al público infantil como adulto, bajo una estructura de organización por niveles, según modalidad y programa. No existe División por lotes Código CNPA02: 926 Código CPV: 92600000-7 Categoría del contrato (Anexo II de la LCSP): 26 “Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos”.
Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. ANEXO I. PROPOSICIÓN ECONÓMICA. ANEXO II. RATIFICACIÓN EN SUBASTA ELECTRÓNICA. ANEXO III. MODELO AVAL. ANEXO IV. MODELO CERTIFICACIÓN DE CAUCIÓN. ANEXO V. FORMULARIO NORMALIZADO DEL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC) Y ORIENTACIONES PARA SU CUMPLIMENTACIÓN. ANEXO VI. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL COMPROMISO DE TENER CONTRATADOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD Y PLAN DE IGUALDAD. ANEXO VII. MODELO DE DECLARACIÓN DE OPOSICIÓN EXPRESA DEL LICITADOR A LA CONSULTA DE SUS DATOS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS ANEXO VIII. MODELO DE DECLARACIÓN DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES ESPAÑOLES PARA EMPRESAS EXTRANJERAS. Cód. Validación: 6Q3RWKR4JA9KGT2AN4F7FGR6H | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 62
Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. De acuerdo con lo establecido en la cláusula xxxxxxx xxx xxxxxx, este contrato tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley.
Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. De acuerdo con lo establecido en la cláusula xxxxxxx xxx xxxxxx, este contrato tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas podrán ser objeto de recurso, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. POR LA ADMINISTRACIÓN, FECHA Y FIRMA CONFORME: EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA 1 1 1