CAUSALES DE TERMINACIÓN. Además de las causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento.
CAUSALES DE TERMINACIÓN. El presente CONTRATO terminará por las siguientes causales:
1. Por el cumplimiento del término previsto para su duración.
2. Por imposibilidad de cumplir su objeto.
3. Por mutuo acuerdo entre las PARTES.
4. Por caso fortuito o fuerza mayor que impidan la continuidad del objeto contractual.
5. Cuando el CONTRATISTA no acepte la asignación de las funciones propias del presente objeto contractual.
6. Por el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contractuales a cargo del CONTRATISTA.
7. Cuando el CONTRATISTA se encuentre incurso en cualquier causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, no contemplado inicialmente o sobreviniente, para contratar con EL FONDO.
8. Por inclusión del CONTRATISTA en el boletín de responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la República, en el Sistema para la Administración del Riesgo xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo SARLAFT o en la LISTA OFAC.
9. Por imposibilidad jurídica o de hecho ajena a la voluntad de las partes que impida o deje inocuo la ejecución del presente CONTRATO.
10. Por la terminación del CONTRATO xx Xxxxxxx Mercantil No. 1292 celebrado entre FIDUCOLDEX, y Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
11. Por las demás causales establecidas en la ley y en el presente CONTRATO PARÁGRAFO PRIMERO: Ninguna de las partes será responsable frente a la otra por incumplimiento o demora en las estipulaciones del presente CONTRATO cuando estos se deban acaso fortuito o de fuerza mayor debidamente demostrados. PARÁGRAFO SEGUNDO: Para declarar la terminación anticipada del CONTRATO se deberá adelantar el siguiente procedimiento: Evidenciada la posible ocurrencia de algunas de las causales mencionadas, el FONDO, previa instrucción de los órganos administración, enviará una comunicación escrita a la dirección registrada en el presente CONTRATO al CONTRATISTA, en la cual se indicará la causal presuntamente configurada, describirá los hechos correspondientes y remitirá el soporte que acredita su ocurrencia. El CONTRATISTA contará con un plazo de tres (3) días contados a parir de la recepción de la comunicación para manifestarse sobre el particular. En caso de que no se haga uso del derecho mencionado, se entenderá que acepta la configuración de la causal. Realizado lo precedente, el FONDO, previa instrucción de los órganos de administración correspondientes, dispondrá sobre la terminación anticipada del CONTRATO, lo cual será informado al CONTRATISTA.
CAUSALES DE TERMINACIÓN. Este contrato se terminará en cualquiera de los siguientes eventos: 1. Por mutuo acuerdo de las partes. 2. Por agotamiento del objeto o vencimiento del plazo. 3. Por fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible continuar su ejecución.
CAUSALES DE TERMINACIÓN. El Contrato terminará por cumplimiento del término estipulado. Además de las enunciaciones de terminación estipuladas en el Contrato y sus anexos, EL BANCO DAVIVIENDA podrá dar por terminado unilateralmente el Contrato, sin previo aviso y sin necesidad de requerimiento ni resarcimiento de perjuicio alguno, por las siguientes causales, además de las previstas en la ley:
a) Por incumplimiento total o parcial por parte de EL CONTRATISTA de cualquiera de las obligaciones emanadas del Contrato y/o sus anexos.
b) Por muerte o interdicción de EL CONTRATISTA persona natural.
c) Por disolución de la sociedad o sus representantes.
d) Cuando EL CONTRATISTA incumpla sus obligaciones legales en calidad de empleador, tales como: No pago de salarios, de prestaciones sociales, liquidaciones o indemnizaciones, parafiscales y/o afiliaciones al sistema de seguridad social integral y/o riesgos profesionales, entre otras.
e) Cuando EL CONTRATISTA o alguno de los socios, accionistas y/o representantes se encuentre señalado por cualquiera de las autoridades competentes como autor o participe de actividades ilegales.
f) En el evento en que EL CONTRATISTA o alguno de sus socios, empleados, administradores y/o representantes legales, hagan parte de la lista OFAC o alguna de similar naturaleza.
g) Por xxxx en la atención de dos (2) requerimientos por escrito que realice EL BANCO DAVIVIENDA a EL CONTRATISTA y no se obtenga respuesta alguna dentro del término que se establezca para el efecto.
h) Cuando determine diferencias de precios mayores al 5% (cinco por ciento) para el total ponderado de alguno de los servicios, de acuerdo con la cláusula de precios, benchmarking y primera opción.
i) Por incumplimiento parcial o total de lo estipulado en la Cláusula de Confidencialidad.
CAUSALES DE TERMINACIÓN. Además de las
CAUSALES DE TERMINACIÓN. El presente contrato terminará por las siguientes causales:
a. Por el cumplimiento del término previsto para su duración.
CAUSALES DE TERMINACIÓN. Este contrato se podrá dar por terminado por la ocurrencia de uno de los siguientes eventos: 1. Por vencimiento del plazo previsto en la cláusula respectiva o el de una de sus prórrogas, si las tuviere. 2. Por cumplimiento del objeto del contrato. 3. Por declaratoria de nulidad del contrato. 4. Por mutuo acuerdo de las partes.
CAUSALES DE TERMINACIÓN. Además de otras causales previstas en el presente documento, este contrato terminará: a) Por incumplimiento de las obligaciones de las partes contratantes. b) Por fuerza mayor o caso fortuito.
CAUSALES DE TERMINACIÓN. El presente contrato termina por alguna o algunas de las siguientes causales: a) por mutuo acuerdo entre las partes; b) por cumplimiento del objeto contractual;
CAUSALES DE TERMINACIÓN. La presente orden podrá darse por terminada en cualquiera de los siguientes eventos:
1. Por mutuo acuerdo entre las partes.
2. Por incumplimiento(s) reiterado(s) del CONTRATISTA, en la prestación del servicio, su ejecución tardía, defectuosa o en forma diferente a la acordada en esta orden.
3. Por fuerza mayor o caso fortuito.
4. Por cumplimiento del plazo de ejecución de la presente orden de servicio, siempre que no se cumplan las condiciones fijadas en la cláusula de plazo de ejecución.
5. Por muerte del contratista.
6. Por incumplimiento y/o violación del Reglamento General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y del Reglamento Interno del Establecimiento Carcelario Y Penitenciario en la cual preste el servicio el contratista, previo informe del Director del Establecimiento en la especifiquen las conductas y la norma que constituyan dicho incumplimiento.
7. Por no constituir en tiempo, las garantías exigidas en la presente orden de prestación de servicios.
8. No Allegar dentro del primer mes de ejecución de la presente orden de prestación de servicios el examen médico ocupacional de ingreso. El no allegar el certificado médico o el resultar NO apto para la prestación del servicio.
9. Por las demás causales establecidas en la ley.