INTERESES, COMISIONES Y GASTOS. La tasa de interés compensatoria, comisiones, penalidad por pago fuera de fecha y gastos que el BANCO aplicará al saldo deudor xxx Xxxxxxxx pendiente de pago, será aquella que el BANCO haya previsto en la Hoja Resumen, al momento de la celebración del Contrato para esta clase de crédito, la cual contiene la información recogida en el tarifario vigente, accesible también en la página web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx, y que el CLIENTE declara conocer. El BANCO podrá modificar la tasa de interés pactada en el caso de la novación de la obligación materia del presente documento, considerando para tal efecto lo dispuesto en el Código Civil. No obstante, podrá modificarse la tasa de interés pactada cuando exista efectiva negociación al momento de contratar y en cada oportunidad en la que se pretende efectuar dichas modificaciones. En este supuesto, la comunicación respecto a la modificación de las condiciones pactadas deberá efectuarse con una anticipación no menor a cuarenta y cinco (45) días, indicando la fecha o el momento, a partir del cual, la modificación entrará en vigencia a través de los mecanismos de comunicación directos indicados en la Cláusula 13 del presente documento. No obstante lo anteriormente pactado, el BANCO podrá proceder a las modificaciones de tasas de interés cuando la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP previo informe favorable del Banco Central de Reserva del Perú, autorice al sistema financier en general por circunstancias extraordinarias e imprevisibles que pongan en riesgo el propio Sistema Financiero Nacional. Tratándose de modificaciones a las comisiones, gastos y penalidad por pago fuera de fecha aplicables según Hoja Resumen, así como cualquier modificación contractual referida a los mismos,el BANCO deberá informar al CLIENTE tales modificaciones con una anticipación mínima de cuarenta y cinco (45) días calendario de anticipación, a través de los medios de comunicación directos que permitan que El CLIENTE tome pleno conocimiento de las variaciones de las cuotas a su cargo, según lo indicado en la Cláusula 13 del presente documento, aplicándose la variación sobre los saldos deudores xxx Xxxxxxxx, desde la fecha en que así lo determine el BANCO en la referida comunicación. FOR-BR-015 En caso los cambios conlleven alguna modificación al cronograma de pagos, el BANCO emitirá un nuevo cronograma que contenga las nuevas condiciones y oportunidades de pago y lo remitirá junto con el aviso previo de las mismas al CLIENTE con una anticipa...
INTERESES, COMISIONES Y GASTOS. El importe de las obligaciones adeudadas por EL CLIENTE en virtud al crédito, devengará diariamente el interés compensatorio a la tasa efectiva anual que, de conformidad con la Ley Aplicable, LA CAJA libremente fije, la misma que se encuentra detallada en la Hoja Resumen. En caso EL CLIENTE no pague en la fecha convenida una (1) o más cuotas xxx xxxxxxxx, ya sea parcial o totalmente, LA CAJA podrá aplicar a los importes no cancelados oportunamente, por todo el tiempo que demore su pago, adicionalmente, el interés moratorio correspondiente a la tasa efectiva anual fijada por LA CAJA, que se detallada en la Hoja Resumen. EL CLIENTE incurrirá en xxxx en forma automática, sin necesidad de requerimiento o intimación por parte de LA CAJA. Las comisiones, gastos, primas de seguro y tributos aplicables al crédito se detallan en la Hoja Resumen, los cuales EL CLIENTE se compromete a pagar de manera total, en la forma y oportunidad acordadas. También serán de cargo de EL CLIENTE los gastos notariales y registrales de formalización y/o inscripción de este contrato, sus adendas, de constitución, modificación y/o cancelación de las garantías otorgadas en respaldo del crédito, incluyendo un ejemplar del testimonio de los respectivos instrumentos públicos para LA CAJA.
INTERESES, COMISIONES Y GASTOS. El crédito devengará la tasa de interés compensatorio vigente en LA CAJA para este tipo de operaciones, además de las comisiones, gastos y primas de seguro de desgravamen (siempre que dicha póliza de seguro haya sido directamente contratada por la CAJA, o así haya sido convenido por escrito con el cliente), los cuales se detallan en la Hoja Resumen del presente documento. Asimismo, Para esto, LA CAJA realizará previamente el procedimiento de aprobación establecido por la Circular SBS N° CR 269-2013 (Categorías y denominaciones de comisiones) y Resolución SBS Nº 3274-2017 (Reglamento de Gestión de Conducta xx Xxxxxxx del Sistema Financiero). La tasa de costo efectivo anual (TCEA) es la que permite comparar el costo total de un producto activo igualando el valor actual de todas las cuotas con el monto que efectivamente haya sido recibido en préstamo. Para este cálculo se incluirán las cuotas que involucran el capital, intereses, comisiones y gastos, que de acuerdo a lo pactado serán trasladados a EL CLIENTE, incluidos los seguros en los casos que se trate de créditos de consumo. No se incluirán en este cálculo aquellos pagos por servicios provistos por terceros que directamente sean pagados por EL CLIENTE, ni los tributos que resulten aplicables.
INTERESES, COMISIONES Y GASTOS. EL CLIENTE acepta que el crédito otorgado devengará en intereses compensatorios a las tasas que figuran en la Hoja Resumen Informativa que debidamente suscrita, forma parte integrante del presente Contrato. Las tasas de interés, comisiones y gastos , podrán ser modificados por el BANCO si la situación crediticia o de riesgo del CLIENTE lo amerite y/o en aquellos casos en que se produzca cualquier evento o circunstancia que cambie o pudiera cambiar de manera adversa las condiciones xxx xxxxxxx financiero y/o de capitales, así como las condiciones financieras, económicas, legales, cambiarias, bancarias locales y/o internacionales y/o la situación política y/o económica de la República del Perú, disposiciones legales que afecten los costos, condiciones o características del producto materia de contrato, incremento de los costos generados por servicios prestados por terceros y que son trasladados al CLIENTE, debiendo para ello comunicar al CLIENTE con cuarenta y cinco (45) días de anticipación bajo los medios de comunicación que EL BANCO tenga a su disposición, dándose preferencia a mensajes a través de los Avisos de Vencimiento respectivos, y/o la publicación en cualquiera de las oficinas de EL BANCO y/o a través de su Banca por Internet, a elección de EL BANCO. EL CLIENTE declara y acepta que dicho mecanismo de información es suficiente y adecuado para tomar conocimiento, entre otros, de las modificaciones en las tasas de interés, comisione y gastos. Asimismo, EL BANCO podrá incorporar nuevas comisiones y/o gastos bastando para ello dar aviso previo de 45 días, siempre que comunique a EL CLIENTE en la forma establecida en la presente cláusula.
INTERESES, COMISIONES Y GASTOS. 6.1. La tasa de descuento que EL BANCO aplicará a los documentos, será la que tenga establecida EL BANCO para cada moneda, según tarifario vigente en la fecha en que dichos Documentos sean descontados.
6.2. Los documentos descontados y no pagados en sus respectivas fechas de vencimiento generan intereses compensatorios y moratorios a favor de EL BANCO, a las tasas más altas que éste tenga fijadas, los que serán asumidos por EL CLIENTE en forma independiente de los acuerdos que pueda tener o resultar aplicables según la ley a sus relaciones comerciales con el obligado principal o solidario de los mismos. Los documentos que no hayan sido objeto de descuento o que se mantengan en EL BANCO en cobranza libre o en cobranza garantía, a falta de indicación distinta que conste en el mismo documento, generarán los intereses legales de cargo del(de los) obligado(s).
6.3. Cualquier incremento en la tasa de interés compensatorio que pueda producirse posteriormente será comunicado a EL CLIENTE en el plazo xx xxx.
6.4. EL BANCO cargará en la cuenta de EL CLIENTE los intereses, comisiones y gastos que se generen a consecuencia del descuento, adelanto y/o servicio de cobranza de los documentos.
INTERESES, COMISIONES Y GASTOS. EL CLIENTE acepta que los Desembolsos devengarán intereses compensatorios y moratorios a las tasas que se indican en la Hoja Resumen Informativa, las mismas que figuran en el tarifario vigente de LA CAJA. Si EL CLIENTE incumpliera con el pago oportuno del crédito se devengarán automáticamente en forma adicional a los intereses compensatorios, los intereses moratorios a la tasa que figura en la Hoja Resumen Informativa. La constitución en xxxx será automática. Asimismo, EL CLIENTE se obliga a pagar las comisiones y gastos relacionados con los Desembolsos concedidos. Las comisiones y gastos aplicables son aquéllos previamente acordados y efectivamente prestados por LA CAJA, los mismos que se encuentran establecidos en la Hoja Resumen Informativa y en el tarifario vigente de LA CAJA.
INTERESES, COMISIONES Y GASTOS. Queda pactado que ILC cobrará a EL CLIENTE la tasa de interés efectivo compensatorio (fija) y en caso de incumplimiento las penalidades, o en su defecto, intereses moratorios, así como las comisiones, impuestos y gastos, en los porcentajes, montos y periodicidad indicados en la Hoja Resumen; la que a su vez informará la TCEA respectiva. Queda expresamente pactado que la demora en el pago de cualquiera de las obligaciones de EL CLIENTE determinará que las sumas adeudadas generen las penalidades, o en su defecto intereses moratorios, en forma diaria adicional al interés compensatorio pactado. Por tanto, la falta de pago oportuno por EL CLIENTE de cualquiera de sus obligaciones, determina que incurra en xxxx.
INTERESES, COMISIONES Y GASTOS. Las condiciones económicas, entre otras, tipo de interés, bases y fórmulas de cálculo, comisiones y gastos aplicables a los productos y servicios de la Entidad que contrate el Titular figurarán en las Condiciones Particulares de cada producto o servicio y en el Libro de Tarifas del Banco. La Entidad tiene puesto a disposición de sus clientes en sus Dominios Web la información sobre tipos de interés y comisiones habitualmente aplicadas a servicios bancarios prestados con mayor frecuencia sus clientes que regula la normativa vigente en materia de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, concretamente en la Normativa de Transparencia.
INTERESES, COMISIONES Y GASTOS. ILC cobrará a EL CLIENTE la tasa de interés efectivo compensatorio (fija), la penalidad por xxxx, o en su defecto, los intereses moratorios, así como las comisiones, impuestos y gastos, en los porcentajes, montos y periodicidad indicados en la Hoja Resumen.
INTERESES, COMISIONES Y GASTOS. EL CLIENTE acepta que el Crédito devengará intereses compensatorios y moratorios a las tasas que se indican en la Hoja Resumen Informativa, las mismas que figuran en el tarifario vigente de LA CAJA. Si EL CLIENTE incumpliera con el pago oportuno de una o más de las cuotas previstas en el cronograma de pagos, se devengarán automáticamente sobre las cuotas vencidas, en forma adicional a los intereses compensatorios, los intereses moratorios a la tasa que figura en la Hoja Resumen Informativa. La constitución en xxxx será automática. Asimismo, EL CLIENTE se obliga a pagar las comisiones, gastos y cualquier otro rubro adicional relacionado con el Crédito. Las comisiones y gastos aplicables figuran en la Hoja Resumen Informativa (ver Anexo 1) y en el tarifario vigente de LA CAJA.