OBLIGACIONES DE EL LOCATARIO Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DE EL LOCATARIO. En razón de que los lectores de huellas son entregados "En Comodato" el "USUARIO", deberá darle el debido uso con el objeto de optimizar la función de los lectores. Los lectores de Huella USB deberán ser utilizados conforme lo indique el personal especializado de RATIO TECHNOLOGIES SRL, manipulándolo con precaución y realizando el respectivo cuidado del lector.-
OBLIGACIONES DE EL LOCATARIO. Serán obligaciones de EL LOCATARIO, además de las establecidas en otras partes del presente contrato, las siguientes: a) Usar EL BIEN para vivienda, no pudiendo en consecuencia hacerlo servir a otro objeto diferente del anterior.
OBLIGACIONES DE EL LOCATARIO. Además de las obligaciones previstas en este contrato, EL LOCATARIO se obliga en especial a: 1) Usar EL BIEN de acuerdo con la destinación acordada y a conservarlo en el estado en que lo recibió salvo el deterioro normal por su uso legítimo. Para tal efecto LA LEASING se reserva el derecho de controlar e inspeccionar en todo momento EL BIEN objeto de este contrato y recomendar por escrito las medidas que juzgue necesarias o convenientes, las cuales deberán ser atendidas inmediatamente por EL LOCATARIO . 2) Contratar, renovar prorrogar y mantener vigentes los seguros y amparos que a juicio de LA LEASING sean necesarios para la debida protección de EL BIEN , así como aquellos que amparen la responsabilidad civil que eventualmente pueda originar su utilización, en todo de acuerdo con lo establecido en este contrato. 3) En caso de que LA LEASING sea demandada por terceros por concepto de la responsabilidad civil incurrida en relación con daños causados a éstos por EL BIEN materia de este contrato, sean o no ocasionados por actos u omisiones directa o indirectamente imputables a EL LOCATARIO , éste (os) se obliga a correr con los gastos de su defensa en los respectivos procesos, a hacerse parte dentro de éstos y asumir exclusivamente las consecuencias del resultado del juicio. En el evento en que LA LEASING efectúe pagos o cancele directa o indirectamente las sumas antes mencionadas EL LOCATARIO deberá reintegrar dicha suma a LA LEASING, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que dicho reintegro le sea solicitado por escrito por parte de ésta. 4) Asumir los gastos de mantenimiento de EL BIEN objeto de este contrato y efectuar las reparaciones que sean necesarias o convenientes en los términos y condiciones aquí establecidos, de EL BIEN e informar a LA LEASING sobre cualquier hecho que afecte o pueda afectar el buen estado de EL BIEN . 5) A la terminación del contrato, sea cual fuere la causa que la origine y salvo que EL LOCATARIO decida ejercer la opción de compra a su favor, éstos deberán restituir a LA LEASING EL BIEN objeto del mismo en los términos establecidos en este contrato. 6) Teniendo en cuenta que LA LEASING es la única propietaria de EL BIEN materia del contrato, EL LOCATARIO se compromete a aceptar las medidas que sean convenientes o necesarias para contribuir al reconocimiento de este derecho y especialmente a obtener y mantener vigentes todos los permisos, licencias, revisados, certificados o autorizaciones exigidas por las autori...
OBLIGACIONES DE EL LOCATARIO. Serán obligaciones de EL LOCATARIO, además de las establecidas en otras partes del presente contrato, las siguientes: a) Usar EL BIEN para los fines a los cuales está destinado según su naturaleza, no pudiendo en consecuencia hacerlo servir a otro objeto diferente del anterior. b) Impedir que se utilice EL BIEN para fines distintos a los cuales está destinado según su naturaleza. c) Conservar EL BIEN en el estado en que le fue entregado, tomándose en consideración el deterioro ocasionado por el uso y goce legítimos. En caso de que no conste el estado en que le fue entregado, se entiende haberlo recibido en regular estado de servicio. EL ARRENDADOR se reserva el derecho de inspeccionar y controlar en todo momento EL BIEN, y recomendar por escrito las medidas que juzgue necesarias o convenientes, las cuales deberán ser atendidas inmediatamente por EL LOCATARIO. d) Emplear en la conservación, mantenimiento, aseo y cuidado de EL BIEN el cuidado de un buen padre de familia. e) Efectuar las reparaciones de EL BIEN y las sustituciones al mismo que sean necesarias o convenientes, en los términos y condiciones convenidos en este contrato.
OBLIGACIONES DE EL LOCATARIO. A. Recibir EL (LOS) BIEN(ES), cumplir y responder por las obligaciones derivadas de su uso, tenencia y explotación. B. Pagar los Cánones aun cuando cese de manera temporal o definitiva el uso de EL (LOS) BIEN(ES). C. Cumplir con las obligaciones establecidas por las normas vigentes aplicables a EL LOCATARIO y/o a EL (LOS) BIEN(ES). D. Pagar todos los costos y gastos asociados al ARRENDAMIENTO FINANCIERO LEASING, tales como pero sin limitarse a: estudios de títulos, avalúos, notariales, registros, enajenación, conservación, mejoras, transporte, parqueo, bodegaje, seguros, importación, cuotas de administración, servicios públicos domiciliarios, infracciones, multas, fotomultas, y sanciones, gravámenes, impuestos, tasas, contribuciones, participaciones, cánones extraordinarios pactados contractualmente y demás sumas que recaigan sobre EL (LOS) BIEN(ES) en el presente o en el futuro, así como enviar a BANCOLOMBIA, los soportes de dichos pagos dentro de los 5 días siguientes a la fecha en que se realicen los mismos. E. Pagar los gastos que ocasionen el otorgamiento, el registro, la ejecución, la modificación y cancelación de la(s) garantía(s) que respalda(n) el presente contrato, así como los gastos de registro del presente contrato en el registro de garantías mobiliarias. F. Pagar el valor por las gestiones o trámites en que incurra BANCOLOMBIA bien sea directamente o a través de terceros, para el pago de los impuestos, tasas, contribuciones, o cualquier otro gasto que esté a cargo de EL LOCATARIO, así como el valor en que incurra BANCOLOMBIA por el pago de los rubros mencionados que estén a cargo de EL LOCATARIO. G. Pagar los gastos y los honorarios profesionales en que BANCOLOMBIA incurra, como consecuencia de gestión de cobranza, procesos judiciales, extrajudiciales, administrativos o si decide extrajudicialmente pagar suma alguna de dinero. BANCOLOMBIA comunicará a EL LOCATARIO de manera previa cualquier erogación que en virtud de estos eventos vaya a realizar. H. Pagar los gastos relacionados con la restitución de EL (LOS) BIEN(ES), tales como, el desmonte, desinstalación y transporte. I. Mantener EL (LOS) BIEN(ES) en buen estado, de acuerdo con las recomendaciones impartidas por BANCOLOMBIA y/o EL(LOS) PROVEEDOR(ES), salvo el desgaste natural, así como realizar a su cargo, todas las reparaciones necesarias y locativas. J. Controlar que EL (LOS) BIEN(ES) no se destine(n) a actividades contrarias a la normatividad o no permitidas por las autoridades compet...
OBLIGACIONES DE EL LOCATARIO. Son obligaciones a cargo de EL (LOS) LOCATARIO A) DEL CANON DE ARRENDAMIENTO: Durante la vigencia de este contrato EL (LOS) LOCATARIO (S) pagará en las oficinas de ARCO GRUPO BANCOLDEX durante la vigencia de este contrato un canon de arrendamiento Mes Vencido. El valor del canon de arrendamiento durante el periodo xx xxxxxx, será la suma de $ . El valor del canon de arrendamiento, una vez finalizado el periodo xx xxxxxx será la suma de $ . Este canon incluye un costo financiero equivalente al Efectivo Anual, que corresponde a un DTF del T.A. más un Spread de % T.A. Se aclara que la anterior tasa es equivalente a un DTF del Efectivo Anual más un Spread del Efectivo Anual. El valor del canon fue calculado con base en la aplicación de la siguiente fórmula: CANON= (VPN-OA) * Tr (1+tr) n ) + OA ((1+Tr)-1) (1+Tr) n - 1 Dónde: C Valor del canon revisado n Número de cánones restantes del contrato. Para el primer canon, corresponde al plazo del contrato. OA Valor de la opción de compra de la adquisición Tr Factor Financiero ( % ) calculado de la siguiente manera Tr = (-4/P) 4- DTF(r)- M -1 Dónde: DTF(r) Valor de la tasa DTF vigente en la semana de revisión (%).Para el cálculo del canon se aplicará el DTF vigente de la fecha de entrega del bien al locatario M Margen adicional sobre el DTF ( % ) equivalente a (%)puntos porcentuales. P número de cánones durante 1 año VPN Valor presente neto del contrato. Para el primer canon corresponde al valor de la adquisición del bien VPN= CA ((1+Tr) n -1) + OA Tr (1+Tr) n (1+Tr) n Donde CA canon Trimestre anterior ta Factor Financiero utilizado para el cálculo del canon trimestre anterior ( % ) n Número de cánones restantes del contrato EL (LOS) LOCATARIO (S) pagará(n) en las oficinas de ARCO GRUPO BANCOLDEX el primer canon de arrendamiento financiero Treinta días después del día en que ARCO GRUPO BANCOLDEX entregue el (los) bien(es) objeto de este contrato y así sucesivamente en la periodicidad pactada en este contrato hasta su terminación. Cada mes contado a partir del día en que sea entregado a EL (LOS) LOCATARIO(S) el (los) bien(es) objeto de este contrato, el índice de referencia (DTF) utilizado por ARCO GRUPO BANCOLDEX para calcular el costo financiero del canon, se recalculará con base en la información del índice mencionado suministrada por el BANCO DE LA REPUBLICA para la semana xx xxxxx de pago del canon del mes inmediatamente anterior. El simple retardo en el pago del canon de arrendamiento hará incurrir a EL(LOS) LOCA...
OBLIGACIONES DE EL LOCATARIO. En desarrollo del presente contrato, además de las obligaciones contenidas en el mismo, EL LOCATARIO se obliga a: a) Efectuar el pago del canon de arrendamiento.

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  • OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido pro- cedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad. • Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

  • OBLIGACIONES DEL ASEGURADO a) Tan pronto como se produzca el siniestro, el TOMADOR DEL SEGURO, el ASEGURADO o los BENEFICIARIOS, deberán emplear todos los medios que estén a su alcance para aminorar las consecuencias del mismo. b) El ASEGURADO o sus derechohabientes, deberán avisar a la agencia en que han comprado el viaje amparado por el seguro, en el momento de sobrevenir alguna de las causas que puedan ser origen de reembolso de gastos de anulación de viaje, según lo indicado en dicha garantía de Gastos de Anulación. c) El TOMADOR, el ASEGURADO o sus derechohabientes, deberán comunicar al ASEGURADOR el acaecimiento de un siniestro, dentro del plazo máximo de SIETE días, CONTADOS a partir de la fecha en que fue conocido, pudiendo reclamar el ASEGURADOR, los daños y perjuicios causados por la falta de esta declaración salvo que demuestre que éste tuvo conocimiento del siniestro por otro medio. d) El ASEGURADO debe suministrar toda prueba que le sea razonablemente demandada por el ASEGURADOR sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro con el fin de llevar a cabo las prestaciones garantizadas en las condiciones de la póliza. En el supuesto de haber incurrido en gastos cubiertos por las garantías de la presente póliza, aportará las facturas o justificantes originales de los mismos. e) El ASEGURADO debe proceder de inmediato a solicitar la comprobación de los daños o desaparición del equipaje por personas o autoridades competentes – Jefe de Estación, Representante cualificado de compañías aéreas, navieras y transportes, Directores de Hoteles, etc.- y vigilar que sus circunstancias e importancia sean reflejadas en un documento que remitirá al ASEGURADOR. f) El ASEGURADO, así como sus beneficiarios, en relación a las garantías de la presente póliza, exoneran xxx xxxxxxx profesional a los facultativos médicos que los hayan atendido, como consecuencia de la ocurrencia de un siniestro, para que éstos puedan facilitar información médica al ASEGURADOR, así como sobre los antecedentes sanitarios en relación al caso, para la correcta evaluación del siniestro. El ASEGURADOR no podrá hacer otro uso distinto del indicado, de la información obtenida. g) En caso de que el ASEGURADOR hubiese efectuado una garantía de pago ante un tercero, poniéndose posteriormente de manifiesto que se trataba de unos gastos no cubiertos por el seguro, el ASEGURADO deberá a reembolsar su importe al ASEGURADOR en un plazo máximo de 30 días a contar desde el requerimiento que le hubiese sido efectuado por éste. h) En caso de robo el ASEGURADO lo denunciará a la Policía o Autoridad del lugar inmediatamente y se lo justificará al ASEGURADOR. Si los objetos son recuperados antes del pago de la indemnización, el ASEGURADO deberá tomar posesión de ellos y el ASEGURADOR sólo estará obligado a pagar los daños sufridos. i) El ASEGURADO deberá acompañar a las reclamaciones por demoras, documento justificativo de la ocurrencia del siniestro. j) En caso de siniestro de Responsabilidad Civil, el TOMADOR, el ASEGURADO o sus derechohabientes, no deben aceptar, negociar o rechazar ninguna reclamación sin la expresa autorización del ASEGURADOR. k) En caso de anulación de viaje, o de cancelación, el ASEGURADO deberá aportar los documentos que acrediten o justifiquen la ocurrencia de la misma, así como las facturas o justificantes de los gastos.

  • OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA Son 1. Realizar el empaque secundario y terciario y la entrega al contratista de transporte del material de examen dando cumplimiento con las condiciones establecidas en el pliego de condiciones, Anexo Técnico y demás documentos del proceso de contratación, así como la oferta del proponente adjudicatario. 2. Dar cumplimiento a las condiciones de seguridad descritas en el Anexo Técnico, para la seguridad y custodia de la información durante toda la ejecución del contrato. 3. Realizar la entrega del material de examen al operador de transporte, en las condiciones establecidas en el pliego de condiciones, Anexo Técnico y demás documentos del proceso de contratación, así como la oferta del proponente adjudicatario. 4. Acatar la Constitución Política, la ley y las demás disposiciones pertinentes. 5. Cumplir las obligaciones con el Sistema de Seguridad Social Integral y presentar los documentos respectivos que así lo acrediten, conforme lo establecido por el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, las Leyes 828 de 2003, 1122 de 2007 y 1562 de 2012, los Decretos 1703 de 2002 y 510 de 2003, la Ley 1562 de 2012 y las demás normas que las 36 adicionen, complementen o modifiquen. 6. Asumir por su cuenta y riesgo todos los salarios y prestaciones sociales, legales y aportes parafiscales y demás conceptos de todo el personal destinado para el cumplimiento del objeto del presente contrato, de acuerdo con las disposiciones del Régimen Laboral Colombiano Página 4 de 15 7. Constituir las garantías pactadas en el contrato dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que se le entregue la copia del contrato y las instrucciones para su legalización. 8. Mantener vigente las garantías exigidas por el tiempo pactado en el contrato, así como de las modificaciones que se presenten en la ejecución del mismo. 9. Acatar las órdenes que le imparta el supervisor del contrato durante el desarrollo del contrato y, de manera general, obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitar dilaciones y entrabamientos. 10.Reportar al supervisor del contrato, de manera inmediata, cualquier novedad o anomalía que afecte la ejecución del contrato. 11.Guardar la confidencialidad de toda información que le sea entregada y que se encuentre bajo su custodia, o que por cualquier otra circunstancia deba conocer o manipular. Esta información es de propiedad del ICFES y sólo podrá ser divulgada por expreso requerimiento de autoridad competente. Responderá patrimonialmente por los perjuicios de su divulgación y/o utilización indebida que, por sí, o por un tercero, cause a la administración o a un tercero. 12.Suscribir un acuerdo de confidencialidad de la información a la que acceda con ocasión de la ejecución de contrato, el cual deberá hacer extensivo a todo el personal que emplee para dar cumplimiento del contrato. 13.Reparar los daños e indemnizar los perjuicios que causen al ICFES por el incumplimiento del contrato. 14.Mantener indemne al ICFES por razón de la acción que contra ella inicien terceros que hayan sufrido daños por causa del contratista, durante la ejecución del contrato. 15.Entregar informes mensuales de ejecución al supervisor del contrato, de acuerdo con los lineamientos y directrices de la Entidad para este efecto. Página 5 de 15 16.Suscribir oportunamente el acta de liquidación del contrato y las modificaciones si las hubiere. 17.Cumplir con las demás obligaciones inherentes a la naturaleza del contrato.

  • OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR” 1. Suministrar los bienes a que se refiere la CLÁUSULA PRIMERA y la Sección I de este contrato específico, de acuerdo con las especificaciones técnicas y de calidad, así como en los plazos y lugares requeridos. 2. No difundir a terceros sin autorización expresa de "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar. 3. Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la "LAASSP".

  • OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD “LA ENTIDAD” se obliga y compromete a:

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA (arts. 133.2, 196, 201, 202 y 211.1 LCSP) 23.1.- La contratista está obligada a cumplir fielmente lo establecido en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere la persona responsable del contrato designada por el órgano de contratación. 23.2.- La contratista habrá de cumplir las obligaciones medioambientales, sociales y laborales establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado. 23.3.- Será obligación de la contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. 23.4.- La contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 133.2 de la LCSP. 23.5.- La contratista está obligada a suministrar al órgano de contratación, previo requerimiento y en un plazo xx XXXX (10) DÍAS HÁBILES, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 4 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la información pública. La información deberá suministrarse por escrito acompañada de una declaración responsable por parte de la adjudicataria en la que se declare, bajo su responsabilidad, que son ciertos los datos aportados. La presentación podrá realizarse igualmente mediante transmisión por medios electrónicos o telemáticos, siempre que tales medios estén respaldados por procedimientos que garanticen la autenticidad, confidencialidad de los documentos y el reconocimiento de su firma, de acuerdo con la normativa vigente al respecto. 23.6.- La contratista habrá de pagar a los subcontratistas o suministradores que intervienen en la ejecución del contrato, en las condiciones establecidas en el artículo 216 LCSP. 23.7.- Asimismo, tiene las siguientes obligaciones, que tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales: 23.7.1- Cumplir todas las condiciones ofertadas en su proposición.

  • OBLIGACIONES DEL USUARIO Además de las obligaciones contenidas en estas Condiciones Generales de Uso, el Usuario se obliga a lo siguiente: - Usar diligentemente el nombre de Usuario y las contraseñas personales asignadas al Usuario, en caso de haberlas. El nombre de Usuario y la contraseña que se asignen a cada Usuario con el fin de acceder a los Sitios Web, o a los Servicios y Materiales, son de carácter confidencial y personal. El uso de este nombre y contraseña está restringido exclusivamente al Usuario a quien este nombre o contraseña son asignados. El Usuario es responsable de todos los daños y perjuicios, de cualquier naturaleza, que se ocasionen como consecuencia de la utilización de su nombre de Usuario o contraseña, por parte de un tercero, y que se deriven de la pérdida de los mismos o de la negligencia del Usuario. - Seguir las instrucciones impartidas sobre los Sitios Web. Para propender el correcto funcionamiento de los Sitios Web y el adecuado acceso y uso de los Servicios y Materiales ofrecidos en ellos, la Empresa, en su caso, podrá en cualquier tiempo dirigir instrucciones a los Usuarios. Las instrucciones podrán ser dirigidas vía correo electrónico o bien podrán estar estipuladas directamente en las páginas respectivas. El Usuario se compromete a mantenerse informado respecto de estas instrucciones y a cumplirlas diligentemente. - Usar los Sitios Web y los Servicios y Materiales, en forma correcta y lícita. El Usuario deberá usar los Servicios y los Materiales ofrecidos en conformidad a la ley, a las Condiciones Generales y Particulares de Uso y respetando la moral, las buenas costumbres y el orden público. El Usuario se abstendrá de usar los Sitios Web, los Servicios y los Materiales en cualquier forma que pueda lesionar los derechos e intereses de la Empresa, de otros Usuarios o de terceros, o que pueda dañar, inutilizar, sobrecargar, deteriorar o afectar de cualquier otro modo los Sitios Web, los Servicios o los Materiales o el uso de cualquiera de éstos por parte de los Usuarios. - Acceder u obtener Materiales por los procedimientos específicamente establecidos en las páginas web que contienen estos Materiales, y, de no haberse establecido un procedimiento, utilizando procedimientos lícitos y generalmente aceptados en Internet. En caso alguno podrá el Usuario acceder u obtener Materiales mediante formas que impliquen la creación de un riesgo o puedan acarrear daños o perjuicios a los Sitios Web, los Servicios o los Materiales. - No suprimir o alterar de modo que se haga menos visible, la mención o noticia de copyright o propiedad intelectual o cualquier otro dato que identifique a los titulares de los derechos sobre los Materiales, así como los demás mecanismos de protección, identificación u otros equivalentes, referidos a los Materiales. - No utilizar los Materiales para fines de venta, publicidad, propaganda u otros fines de naturaleza comercial. - No recoger, recopilar, descargar, copiar o proporcionar a terceros directorios de Usuarios ni ninguna información acerca de otros Usuarios, incluidas sus direcciones de correo electrónico. - No cargar, enviar por email o transmitir por cualquier otra forma ningún Material ni información que contenga virus de software o archivos o programas diseñados para interrumpir, destruir o limitar la funcionalidad de cualquier software computacional o hardware o equipo de telecomunicación asociados con los Sitios Web.

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.