OBLIGACIONES DEL OPERADOR. Serán obligaciones de ejecución del contrato por parte del OPERADOR las siguientes:
OBLIGACIONES DEL OPERADOR. Se sujetaran a las condiciones contenidas en este contrato, así como a las establecidas en el Título II y en el Capítulo Segundo del Título III de la Resolución 3038 de 2011 proferida por la CRC y las normas que las modifiquen, adicionen o complementen.
OBLIGACIONES DEL OPERADOR. EL OPERADOR además de las OBLIGACIONES ESPECIALES:
OBLIGACIONES DEL OPERADOR. 7.1.- De acuerdo con el objeto del presente Contrato y de forma adicional al resto de obligaciones contenidas en el clausulado del mismo, el OPERADOR se compromete a:
OBLIGACIONES DEL OPERADOR. 6.8.1. Ejecutar los servicios contratados dentro de un contexto xx xxx, responsabilidad social y desarrollo sostenible, respetando a sus trabajadores y a la comunidad del área donde presta los servicios.
OBLIGACIONES DEL OPERADOR a) Suministrar información precisa y actualizada acerca de los servicios que presta y, en particular, de las condiciones de acceso, tarifas, cobertura, frecuencia, tiempo de entrega del objeto postal, niveles de calidad, y procedimiento para la atención y trámite de las PQRs y las solicitudes de indemnización. b) Establecer, de manera clara, simple y gratuita, los procedimientos internos para el trámite de las PQRs, así como de las solicitudes de indemnización con sujeción a lo previsto en el artículo 32 de la Ley 1369 de 2009 y lo dispuesto en la Resolución 3038 de 2011 (modificada por la Res. CRC 3985/2012). Estos procedimientos deberán ser congruentes con las disposiciones relativas al derecho de petición y a las actuaciones administrativas, consagradas en la Parte Primera del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo o en las normas que lo sustituyan. c) Prestar el Servicio Postal, sin discriminación alguna entre los usuarios que se encuentren en condiciones análogas. d) Reparar a los usuarios en los casos de pérdida, expoliación o avería, de conformidad con el régimen de indemnizaciones consagrado en el artículo 38 de la Resolución 3038 de 2011 (modificada por la RES. CRC 3985/2012), en concordancia con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 1369 de 2009. e) Prestar el servicio bajo el cumplimiento de las condiciones ofrecidas y las características inherentes o propias de cada servicio. f) Prestar los servicios postales con calidad
OBLIGACIONES DEL OPERADOR. 9.1. Señalar una dirección de correo electrónico para notificaciones. (el “Correo del Oferente”).
OBLIGACIONES DEL OPERADOR. Sin perjuicio de las demás obligaciones estipuladas en el presente Contrato y en la Resolución IP/REV, el Operador tendrá a su cargo las siguientes obligaciones:
OBLIGACIONES DEL OPERADOR. El OPERADOR XXX XXXX se compromete a cumplir con lo siguiente:
OBLIGACIONES DEL OPERADOR. El OPERADOR XXX XXXX se compromete a cumplir con lo siguiente: Facilitar un local cuya dimensión no podrá ser menor de 20 metros cuadrados. Mantener el local en condiciones adecuadas de limpieza diariamente, tanto en relación con el local como con las máquinas, manteniéndolas libres de polvo. Dotar a las instalaciones xxx XXXX de verjas, portón metálico, y de ser posible alarma, con la finalidad de brindar mayor seguridad al local donde se ubica el Centro Llevar un control de ingreso y salida de los usuarios donde se indique nombre, cédula, y firma de cada persona que haga uso de los equipos. Asumir los gastos de electricidad, agua y telecomunicaciones. De verificarse la existencia de algún gasto, éste deberá asumirlo directamente el OPERADOR. Aportar como mínimo dos personas que brindarán asistencia al CECI como mínimo seis horas diarias, en forma voluntaria. Asumir la responsabilidad absoluta sobre la custodia, uso y resguardo del equipo a partir del momento en que le sea entregado por parte del MICITT.