Common use of CONDICIONES GENERALES Clause in Contracts

CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERA, siendo el TITULAR de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad NOTA 1ª. DEFINICIÓN DE TRANSFERENCIAS CON EL EXTERIOR Se entiende por transferencia con el exterior toda aquella operación efectuada por inicia- tiva de LA FINANCIERA, siendo una persona física o jurídica con el TITULAR fin de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga entregue una cantidad de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente dinero al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación beneficiario de la misma, dentro cualquiera que sea la forma en que se prevea la recepción o entrega de los fondos, siempre que el ordenante, en el caso de las transferencias ordenadas o el beneficiario, en el caso de las recibidas, entregue o reciba los fondos en España, y el correspondiente beneficiario u ordenante esté situado en Estados terceros, incluidos los de la Unión Europea. NOTA 2ª. DEFINICIÓN DE DIA HÁBIL BANCARIO Se considerarán días hábiles para la Entidad, los días de apertura comercial, a los efectos necesarios para la ejecución de una ope- ración de pago del plazo ordenante o del benefi- ciario que intervienen en la ejecución de 7 (siete) días corridosla operación de pago. En el caso de las cuentas de pago contratadas telemáticamente, contados desde la confirmación de recepción se seguirá el calendario correspondiente a la plaza en la que alude esté ubicada la sede social del proveedor de servicios de pago con el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a hubiere contratado. NOTA 3ª. VÍAS DE RECLAMACIÓN Y DE RECURSO A DISPOSICIÓN DEL CLIENTE En caso de discrepancia o de litigio entre el cliente y la tarjeta cancelada hasta tanto Entidad, por causa de la misma no haya sido devuelta a trami- tación de una transferencia con el exterior, éste podrá presentar su queja o reclamación, personalmente o mediante representación debidamente acreditada, en soporte papel o por medios informáticos, electrónicos o telemáticos. Dichas quejas y reclamaciones deberán estar debidamente firmadas y deberán contener, nombre, apellidos domicilio del in- teresado, DNI del reclamante, el motivo de la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en queja o reclamación, oficina o servicio contra el que constarán las operaciones efectuadas consignándose se dirige la fechaqueja o reclamación, des- conocimiento por parte del cliente de que la individualización queja o reclamación está siendo sustanciada a través de un procedimiento administrativo, arbitral o judicial, lugar, fecha y firma. La queja o reclamación podrá presentarse directamente ante el servicio, o ante cual- quier oficina abierta al público del comercio y los montos. Se registrarán Banco, así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con como la prestación del servicio tales como interesesdirección de correo electrónico habilitada a este fin: SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE TRIODOS BANK C/ Xxxx Xxxxxxxxx, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. 5 Parque Empresarial Las Xxxxx 28230 Las Xxxxx MADRID xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx En caso de no recibir obtener respuesta satisfac- toria del Servicio de Atención al cliente o transcurridos dos meses desde la presenta- ción de su reclamación sin haber obtenido respuesta, podrá dirigirse por escrito al Ser- vicio de Reclamaciones del Banco de España (Alcalá, 50 - 28014 Madrid). NOTA 4ª. OPCIONES DE REPERCUSIÓN DE COMISIONES Y GASTOS En el extracto dentro proceso de los siete primeros días ejecución de una transfe- rencia las diversas entidades que intervie- nen, entidad emisora, entidad del mesbenefi- ciario y entidades intermediarias obtienen normalmente una remuneración por sus servicios. El cliente ordenante de una transferencia al exterior, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a tendrá que especificar la Casa Matriz o Sucursales forma de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez distribución de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses comisiones y gastos de la xxxxoperación que instruye realizar. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario Es decir: • Si se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago hace cargo de la deuda generada por la utilización totalidad de los gastos y comisiones (opción ‘OUR’) • Si los comparte (opción ‘SHA’) • Si se deben deducir al beneficiario (opción ‘XXX’). • Opción ‘SHA’: La entidad ordenante transferirá íntegramente el importe de la tarjeta o orden, y liquidará al ordenante el importe de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERAla orden más sus comisiones y gastos. El resto de entidades intervinientes podrán deducir del importe recibido sus comisiones y gastos, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en abonando al benefi- ciario final el registro general neto correspondiente. En definitiva, el ordenante paga las comi- siones y gastos de morosos la entidad ordenante y el beneficiario los restantes. • Opción ‘XXX’: La entidad del ordenante podrá deducir del importe de INFORMCONF la orden original sus gastos y en cualquier otra base comisiones y trans- ferirá a destino el monto resultante. El resto de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse entidades intervinientes podrán deducir del importe recibido sus comisiones y gastos, abonando al benefi- ciario final la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúncantidad resultante.

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad Al objeto de LA FINANCIERArealizar la valoración económica de las ofertas, siendo el TITULAR los licitadores presentarán su oferta económica teniendo en cuenta las estructuras y tipo de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO consumos y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERAsituación actual de cada lote. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/Los licitadores podrán incluir cuantos descuentos, planes, etc. consideren necesarios. Los licitadores podrán presentar ofertas separadas a uno o AUTORIZADOvarios lotes. Aquellos que presenten ofertas individuales a los diferentes lotes podrán presentar una oferta integradora que comprenda todos los lotes. Cada licitador sólo puede presentar una oferta integradora. Aquellos licitadores que presenten una oferta integradora, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y deberán presentar obligatoriamente ofertas individuales a los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido lotes que se haga incluyan en su oferta integradora. Un licitador puede resultar adjudicatario de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL)uno o varios lotes. Cada licitador sólo puede presentar una oferta individual a un mismo lote, liberando a la FINANCIERA pudiendo ser excluidos los licitadores que presenten más de toda responsabilidaduna oferta al mismo lote. c) La tarjeta tendrá vigencia El adjudicatario de 3 (tres) años cada uno de los lotes deberá, a partir de la fecha del contrato, asumir los costes asociados actualmente al servicio de expedicióntelecomunicaciones, hasta la migración/implantación de las nuevas soluciones ofertadas. Al vencimiento Los costes de dicho plazo migración/implantación serán asumidos por el adjudicatario. Se considerá como mejora la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igualposibilidad de recompra de los equipos que son objeto de sustitución (teléfonos fijos y móviles, salvo aviso por escrito con cargo electrónica de recepción por parte red, … etc). El licitador indicará en su oferta el precio de recompra de cada equipo, cuyo importe será descontado de la FINANCIERAfacturación a emitir durante el mes siguiente a su entrega. Durante el periodo de validez del contrato y sus prórrogas, cursado por en caso de que las tarifas públicas de los servicios incluidos en estos catálogos sean inferiores a las adjudicadas, se procederá a actualizar el TITULARcatálogo correspondiente con las tarifas más ventajosas para la Diputación Provincial xx Xxxxxxx. Esta actualización deberá hacerse de oficio y sin que sea necesaria comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento alguna al adjudicatario. El alcance definitivo puede sufrir modificaciones como consecuencia de la tarjetaincorporación de otras sedes. Si durante la vigencia del contrato surgieran nuevas sedes con necesidades de servicio de voz y datos, y en caso su provisión será responsabilidad del adjudicatario del lote que no sea así, recoge estos servicios. Durante el TITULAR se compromete a pagar, si es que existieredesarrollo del contrato, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en Diputación Provincial xx Xxxxxxx podrá incorporar nuevas sedes a su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contratoRed Corporativa. En este caso caso, el TITULAR adjudicatario del contrato se encargaría del mantenimiento de los nuevos tramos y del suministro y mantenimiento del equipamiento y recursos necesarios para la prestación de los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución servicios de voz y datos, según los precios establecidos en el catálogo que el licitador proponga en su oferta. El tiempo de puesta en marcha de la tarjetainfraestructura de comunicaciones necesaria tanto de voz, abonando así datos, electrónica de red, acceso a internet … etc no podrá ser superior a 50 días naturales. Así mismo el importe los proyectos singulares que se adeude presenten durante la vigencia del contrato de prestación de servicios de Telecomunicaciones, y que fueran asimilables a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigenteslos servicios del catálogo de servicios, prestaciones y suministros, les serán de aplicación todas las condiciones acordadas con el adjudicatario. Los pagos mediando xxxxEn otro caso, serán imputados serían objeto de negociación. Además se deberán tener en primer lugar cuenta con independencia de los lotes, las siguientes premisas: • Soporte IPV6, en todo el equipamiento incluido en el contrato, donde dicha característica sea aplicable. • Arquitectura compatible con los servicios y aplicativos corporativos y municipales, direccionamiento de red, protocolos, conectividad con servidores, VLANs y tecnologías existentes en la actualidad. • El ámbito de aplicación del presente contrato podrá extenderse, en su caso, a intereses todos los ayuntamientos, organismos y gastos empresas públicas de la xxxxDiputación Provincial xx Xxxxxxx • Integración del equipamiento con LDAP corporativo para servicios de autenticación, directorio, equipos, información adicional … etc. • Todo el equipamiento que, como consecuencia de la nueva infraestructura de comunicaciones quede sin servicio y no sea objeto de recompra, deberá ser retirado por el adjudicatario para su reciclado o destrucción, cumpliendo éste en cuanto a su tratamiento toda la existente de reciclado y destrucción de equipamiento electrónicos en base a las características del mismo que puedan ser exigibles. El coste de dichos trabajos correrán a cargo del Adjudicatario. • Todo el equipamiento suministrado por el adjudicatario durante el contrato, pasarán a ser propiedad de la Diputación Provincial xx Xxxxxxx, una vez implantados. • La financiación constará siempre en el extractoDiputación Provincial determinará la ubicación de la terminación de cada uno de los circuitos de voz y datos, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a realizándose la asignación canalización de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior los mismos por conductos diferentes a los 90 (noventa) días en el pago existentes para proporcionar la máxima redundancia a los servicios de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúncomunicaciones.

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERASEGUROS LAFISE XXXXX RICA, siendo S.A., en adelante denominada SEGUROS LAFISE y quien suscribe la solicitud del seguro, en adelante denominado el TITULAR de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR Tomador y/o ADICIONALES AUTORIZADOS Asegurado, convienen en la expedición del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número presente contrato de identificación personalseguros, debiendo el recibo estar correctamente firmado perteneciente a la categoría de “Seguros Generales”, y en adelante denominado la Póliza, de la cual forman parte: la Solicitud de Seguro, las Condiciones Generales, las Condiciones Particulares y las Adenda y, así como cualquier documento suscrito por el TITULAR Tomador y/o AUTORIZADO Asegurado y SEGUROS LAFISE para celebrar o modificar el contrato. Para fines de interpretación de la firma coincidir con Póliza, las Condiciones Particulares, Anexos, Adenda y Endosos, prevalecen por sobre las Condiciones Generales. Queda convenido que la registrada Póliza tendrá validez a partir del momento en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán que SEGUROS LAFISE acepte los riesgos expuestos de uso exclusivo pérdida del TITULAR Tomador y/o AUTORIZADOAsegurado, estando prohibida su transferenciay éste hubiere pagado la prima establecida en el recibo oficial dispuesto para este fin. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido El derecho de gozar de las prestaciones que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente puedan suministrar al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR Tomador y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar Asegurado bajo la cancelación de la misma, dentro Póliza queda sujeto al cumplimiento por parte del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos Tomador y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total Asegurado de lo establecido en los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestretérminos, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a condiciones y demás estipulaciones que rigen la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de créditoPóliza.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERA, siendo el TITULAR Mediante esta Póliza y en consideración al pago o de la misma el único garantía del pago de la prima estipulada dentro del periodo convenido y exclusivo responsable fundándose en la verdad de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta las Declaraciones del solicitante a nombre del TITULAR Asegurado o de un AUTORIZADO. bquien por él contrate este seguro - cuales Declaraciones forman parte integrante de esta Póliza - ASSA COMPAÑIA DE SEGUROS, S. A. (denominada en adelante “la Compañía”) LA FINANCIERA activará conviene con el Contratante/Tomador nombrado en la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por Condiciones Particulares (denominado en adelante “el TITULAR Contratante” o “el Tomador” y/o ADICIONALES AUTORIZADOS el “el Asegurado” en la medida que la figura de Contratante y Asegurado concurran en la misma persona) en celebrar un Contrato de Seguro, sujeto a los términos, condiciones y límites de responsabilidad, deducibles y demás estipulaciones contenidos en la póliza o adheridos a ella mediante addendum con el fin de trasladar el(los) riesgo(s) de el(los) Asegurado(s) nombrado(s) en las Condiciones Particulares (denominado en adelante “el Asegurado”) a la Compañía. El derecho a gozar de las prestaciones que se pueda suministrar mediante esta Póliza depende del PIN correcto cumplimiento de parte del Asegurado con todos dichos términos, condiciones y demás estipulaciones. La pérdida de dinero, valores y otros bienes que sufre el Asegurado, hasta un monto que no excede en el agregado del monto estipulado en las Condiciones Particulares aplicable a esta Cobertura, por cualquier acto o actos fraudulentos o ímprobos, cometidos por uno o más de sus empleados con la finalidad de obtener lucro o beneficios personales . En consideración del pago, o de la garantía de pago, de la prima adicional estipulada dentro del periodo convenido en las Condiciones Particulares, se hace constar que el Asegurado y la Compañía han convenido en adicionar a esta póliza la(s) siguiente(s) Cobertura(s) Adicional(es) siempre que sea(n) debidamente detallada(s) en las Condiciones Particulares. La pérdida de dinero y valores por la efectiva destrucción, desaparición o la sustracción no autorizada y delictuosa de los mismos del inmueble o local o dentro de cualquier inmueble o local bancario o lugares semejantes reconocidos de depósito seguro. La pérdida de (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONALa) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado otros bienes por el TITULAR y/robo de caja fuerte o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán robo, atraco o asalto dentro del inmueble o local o tentativa a cualquiera de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjetaellos, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores una gaveta para dinero, caja para dinero o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado caja registradora, las cuales están cerradas con inhibición general de grabar llave. Por la apertura no autorizada y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra delictuosa a tal receptáculo dentro del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor inmueble o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/local o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación tentativa de la misma, o por la sustracción no autorizada y delictuosa de tal receptáculo desde adentro del inmueble o local, o la tentativa de la misma. Por daños al inmueble o local por tal robo de caja fuerte, robo, atraco o asalto, o la sustracción no autorizada y delictuosa, o por o como consecuencia de la entrada no autorizada y delictuosa, con escalo al inmueble o local o tentativa de la misma, siempre con respecto a los daños al inmueble o local, el Asegurado sea el dueño del mismo o responsable de tales daños. Pérdida de dinero y valores por la efectiva destrucción, desaparición o la substracción no autorizada y delictuosa de los mismos fuera del inmueble o local mientras están siendo llevados por un mensajero o por cualquier compañía que opera automóviles blindados, o mientras están dentro del plazo domicilio de 7 (siete) días corridoscualquier mensajero. Pérdida de otros bienes por robo, contados desde la confirmación atraco o asalto o tentativa a cualquiera de recepción estos fuera del inmueble o local, mientras están siendo llevados por un mensajero o cualquier compañía que opera automóviles blindados, o por hurto, mientras están dentro del domicilio de cualquier mensajero. La pérdida debido a la que alude el inc. b) aceptación de éste apartado buena fe, en cambio por mercancías, dinero o servicios, de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso cualquier giro postal o de una compañía express, emitido o que se diera dio a entender que fue emitido por cualquier oficina del correo o compañía express, si tal giro no fuere hecho efectivo con su presentación, o debido a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen aceptación de su cuenta buena fe, en el curso ordinario del negocio, de billetes falsificados de dinero. Pérdida que constarán las operaciones efectuadas consignándose el Asegurado o cualquier banco el cual está incluido en la fecha, la individualización "prueba de pérdida" del comercio Asegurado y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con cual el Asegurado mantiene cuenta de cheques o de ahorro, según aparezcan sus intereses respectivos, pueda sufrir por la prestación del servicio tales como interesesfalsificación de firmas o la alteración de, comisionessobre o en cualquier cheque, cargas administrativasgiro, impuestospagaré, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo letra de cambio aplicado o semejante promesa, orden de pagar cierta suma de dinero, hecha o girada por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir o girada sobre el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERAAsegurado, o parcialmentehecha o girada por alguien que actúa como agente del Asegurado o da a entender que fue hecha o girada tal como se manifiesta anteriormente en ésta, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúnincluyendo:

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERAEl supervisor designado, siendo el TITULAR de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo debe entregar a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o Dirección de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número Gestión Corporativa y XXX, de identificación personalmanera oportuna, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán los informes de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR supervisión requeridos y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse establecidos en la minuta del contrato, junto con los documentos originales producidos durante la ejecución del contrato y solicitar la cancelación aquellos que den cuenta del cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista, para que sean integrados al expediente contractual ubicado en el archivo de la mismaDirección de Gestión Corporativa y CID de tal manera que el expediente permanezca actualizado. Una vez finalizado el término establecido en el contrato, dentro del plazo de 7 los cuatro (siete4) días corridosmeses siguientes, contados desde el Supervisor o Interventor deberá iniciar los trámites necesarios para lograr la confirmación de recepción liquidación por mutuo acuerdo, los cuales inician con la solicitud a la Subdirección Financiera de las órdenes de pago de un compromiso de todos los Certificados de Registro Presupuestal que alude respaldaron el inc. b) contrato objeto de éste apartado liquidación, identificando de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio esta manera los pagos realizados y los montosvalores pendientes de pago y/o liberación (si aplica). Se registrarán así mismo en el extracto El Supervisor o Interventor verificara que todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los documentos derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle ejecución del contrato, necesarios para la verificación de cumplimiento de las operaciones obligaciones generales y especiales y aquellos otros necesarios para la liquidación del contrato, reposen en moneda extranjera será convertido el expediente situado en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora el archivo de la tarjetaDirección de Gestión Corporativa y CID. Posteriormente el Supervisor o Interventor, procederá a proyectar el acta de liquidación donde se determine si las partes pueden declararse x xxx y salvo mutuo o si existen obligaciones por cumplir y la forma en que deben ser cumplidas. Finalmente, remitirá el acta de liquidación a la Dirección de Gestión Corporativa y CID., adjuntando los siguientes documentos:  Acta de liquidación del contrato  Documentos Contractuales (el supervisor y/o interventor del contrato deberá revisar previamente, que en el expediente que reposa en el archivo estén todos los documentos realizados con ocasión de la ejecución del contrato, en caso contrario, deberá remitir con la liquidación los documentos soporte que no se encuentren en el expediente.  Evidencia de los productos entregados por el contratista de conformidad con las obligaciones impuestas.  Certificaciones y/o planillas de pagos de seguridad social integral y/o parafiscales (según sea el caso),  Acta de recibo final a Satisfacción  Órdenes de Pago de un Compromiso de todos los Certificados de Registro Presupuestal que respaldaron el contrato objeto de liquidación. En caso que el contratista no se presente a firmar el acta de liquidación por mutuo acuerdo o si las partes no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mesllegan a acuerdo sobre su contenido, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos supervisor y/o penalidades abonadas interventor remitirá adicional a los documentos mencionados anteriormente:  Documento donde conste que no fue posible llegar a un acuerdo acerca del contenido del acta de liquidación bilateral (si aplica).  Requerimiento hecho al contratista para que se presente a firmar el acta de liquidación por mutuo acuerdo  Prueba de entrega del requerimiento realizado al contratista.  Acta donde conste que el TITULAR; ii) Contratista no se presentó tras la convocatoria o notificación.  Proyecto de acto administrativo que liquida unilateralmente el importe total contrato. La Dirección de Gestión Corporativa y CID, revisa y da visto bueno al proyecto de acto administrativo y posteriormente tramitará la firma del Director General o su Delegado. A continuación la Dirección Jurídica realizara los intereses abonados por trámites necesarios para notificar el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días acto administrativo, garantizando la firmeza del semestreacto administrativo, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado ejecutoriando el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta 1. De la Adquisición y Entrega del Bien El bien objeto de este contrato ha sido elegido libremente por el Usuario y es propiedad adquirido por Bandes Uruguay al proveedor designado por aquel, según se señala en la Solicitud de LA FINANCIERACompra anexa. El bien es entregado directamente por el proveedor al Usuario, siendo el TITULAR de la misma el único quien lo recibe en nombre y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la por cuenta del solicitante Acreditante. El Usuario en este acto renuncia a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción efectuar cualquier reclamación al Acreditante por el TITULAR los vicios y/o ADICIONALES AUTORIZADOS defectos del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) bien objeto del Contrato. El Acreditante no será responsable frente al Usuario de ningún incumplimiento en que pueda incurrir el proveedor, o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta falta de coincidencia, adecuación o cualquier diferencia que presente en los hechos el bien respecto de su individualización previa incluyendo vicios o defectos visibles u ocultos, defectos o vicios técnicos, de diseño, funcionales o de cualquier otro carácter. En tal caso, quedan de pleno derecho transferidos al Usuario todos los derechos y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente acciones correspondientes al tiempo de la renovación que se incluirá Acreditante en su extracto calidad de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de créditoadquirente del bien, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento respecto del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta proveedor o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjetavendedor. En caso de no recibir tratarse de un bien que se encontraba con anterioridad a la fecha del contrato en el extracto dentro de los siete primeros días patrimonio del mesAcreditante, el usuario deberá acudir personalmente dentro Usuario declara en este acto recibirlo a su entera satisfacción y en perfecto estado de conservación y funcionamiento. Si el Acreditante debiera efectuar pagos al proveedor o a organismos públicos estatales o paraestatales, por cualquier concepto referido al suministro del tercer día siguiente bien objeto de este Contrato, incluyendo impuestos, tasas consulares y otros gravámenes o tributos que afecten la operación, con anterioridad a la Casa Matriz o Sucursales fecha de LA FINANCIERA iniciación del mismo, el Usuario reconoce adeudar y se obliga a solicitar le sea entregado su extracto correspondientepagar al Acreditante en forma inmediata, reconociéndose deudor de las citadas sumas. No haciéndolo así En caso de atraso en la entrega del bien en relación a la fecha prevista en la cláusula respectiva de las Condiciones Particulares, se entenderá recibido el resumen prorrogará la fecha de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad iniciación del pago del precio de este Contrato hasta dicha entrega y por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren consecuencia los plazos estipulados en el mismoeste contrato, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a aplicarse lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 cláusula siguiente. El atraso en la entrega del bien respecto de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO la fecha prevista en las Condiciones Particulares (Bien objeto del Contrato) dará derecho a Bandes Uruguay, cuando dicho atraso exceda de 30 días calendarios, a dar por rescindido el presente Contrato sin necesidad de declaración judicial o extrajudicial al respecto, debiendo el Usuario reembolsar de inmediato a Bandes Uruguay todas las sumas que éste hubiera abonado al proveedor, o a terceros, por virtud del presente Contrato y sus modificacionesde la Solicitud de Compra, con más el interés compensatorio determinado a la tasa establecida para dichos intereses en la cláusula sexta de las Condiciones Particulares según la moneda desembolsada por Bandes Uruguay, por el tiempo transcurrido desde la fecha de iniciación del Contrato, según se establece en las Condiciones Particulares (Plazo). iEl Usuario toma a su cargo todo gasto, impuesto, gravamen, tasa, honorarios, montepíos, comisiones y demás acrecidas generadas por este contrato o por la adquisición del bien (en caso de tomar dicha opción) La falta de pago en tiempo y forma, segúnal término del Contrato.

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Samples: Contrato De Credito De Uso

CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad empresa adjudicataria del servicio de LA FINANCIERA, siendo el TITULAR cafetería realizará la gestión completa de la misma explotación de la cafetería (público y personal) en los locales que se habilitarán en la planta baja del edificio C de consultas externas. El adjudicatario deberá mantener el único perfecto estado de uso, limpieza y exclusivo responsable conservación la maquinaría y mobiliario, quedando obligado a realizar a su xxxxx las revisiones de su guarda mantenimiento preventivo y utilizacióncorrectivo de todos los aparatos, maquinaria y mobiliario, tanto los de inicio de contrato como los que adquiera durante la vigencia del contrato. La tarjeta es No se incluirá el ascensor elevador de carácter personal e intransferible cafetería que entrará dentro de los mantenimientos preventivos y será emitida con un cargo correctivos del hospital. Dentro de las operaciones de mantenimiento preventivo se incluirán, además de las de los equipos y mobiliario: -Limpiezas de campanas de cocina, conductos, filtros,…todo completo hasta exterior (una limpieza al año mínimo) -Vaciado decantador de grasas (mínimo dos veces al año). -Pintado y saneado de la cafetería (mínimo una vez al año). El adjudicatario no podrá realizar ningún tipo de obra en los locales de cafetería sin el permiso expreso de la Dirección de OSI Xxxxx ESI. El adjudicatario estará obligado a la cuenta del solicitante reposición a nombre del TITULAR su xxxxx de toda la maquinaria y mobiliario que por obsolescencia o imposibilidad de un AUTORIZADOreparación sea necesario sustituir para dar el servicio. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número El servicio de identificación personalcafetería se prestará a todo aquel usuario que lo precise, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga ya sea trabajador de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL)OSI, liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidadacompañante o visitante. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción En ningún caso se destinará al uso por parte de enfermos ingresados, salvo autorización expresa de la FINANCIERA, cursado dirección de la OSI. El derecho de admisión será ejercido por el TITULARadjudicatario, aunque regulado según las instrucciones de la dirección de OSI Xxxxx ESI. Esta comunicación deberá ser recibida El adjudicatario estará en todo momento dispuesto a realizar cualquier tipo de servicio propio de la actividad de restauración autorizados por la FINANCIERA Dirección (congresos, servicio de café, cocktail, lunch,…). Estos se acodarán con la suficiente antelación y se facturarán independientemente. Existirá a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento disposición de los usuarios de la tarjetacafetería un libro de reclamaciones, de cuya existencia se expondrá notificación al público con carácter visible y permanente. Estos libros se presentarán a la persona que designe la Dirección del centro tan pronto como se reciba una reclamación. El adjudicatario estará obligado a tener expuesta la lista de precios sellada por OSI Xxxxx ESI y en lugar fácilmente visible para los usuarios, debiendo disponer de los artículos que aparecen en el listado de precios. Los servicios prestados por el adjudicatario serán cobrados directamente a los usuarios de acuerdo con la lista de precios mencionada. La OSI no asume ninguna responsabilidad en caso de impago de cualquiera de las prestaciones por parte de los usuarios. El adjudicatario estará obligado a entregar el correspondiente justificante de pago por el servicio prestado. Existirán precios diferenciados para público y precios para personal. El adjudicatario acatará las disposiciones establecidas por OSI Xxxxx ESI, respecto a la prohibición de venta de bebidas alcohólicas, así como las que no sea asíafectan a la venta y consumo de tabaco en las instituciones sanitarias. Sin perjuicio de que estas normas puedan ser modificadas por la Dirección del centro para mejorar el funcionamiento de los servicios, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y principio la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente cafetería se ajustará a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario las siguientes directrices: • La cafetería se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido utilizar por el Artpersonal del centro. 26o • Las visitas y usuarios podrán acceder igualmente al servicio de la Ley No 1334 “De Defensa cafetería. • El xxxxxx xx xxxxxxx estará autorizado a desayunar, comer y cenar, facturándose este servicio al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de créditohospital.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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Samples: Pliego De Condiciones Técnicas Para La Contratacion De La Gestión Del Servicio De Alimentación, Cafetería Y Vending en Urduliz Ospitalea

CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad Se dan alguna de LA FINANCIERA, siendo el TITULAR las condiciones establecidas en la Subcláusula 12.3 [Evaluación] y la Subcláusula 8.9 [Consecuencia de la misma Suspensión]. En cualquiera de las situaciones o circunstancias prevista en la Subcláusula 16.2 [Terminación por parte del Contratista], éste podrá terminar el único Contrato previa notificación al Ingeniero, con una antelación mínima de 14 días una vez cumplidas todas las situaciones, circunstancias y exclusivo responsable plazos previstos. Cumplida la circunstancia de su guarda la recisión (o terminación) el Contratista podrá reclamar asimismo el pago de una indemnización equivalente al seis por ciento (6%) de la diferencia entre el importe del noventa por ciento (90%) del Contrato (incluidos los montos de ampliaciones, trabajos extraordinarios e imprevistos autorizados) y utilizaciónel de las obras ejecutadas, más el monto de los materiales acopiados, previamente aprobados, salvo que se hiciera cargo de los mismos en cuyo caso se le deducirá el importe adelantado si lo hubiese. La tarjeta es actualización del monto de carácter personal e intransferible y será emitida esa diferencia se calculará con un cargo arreglo a la cuenta los precios resultantes del solicitante a nombre del TITULAR o día inmediato posterior al vencimiento de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personallos plazos, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga aplicación de la tarjeta Subcláusula 13.8 [Ajustes por cambios en el Costo]. Se efectuará su pago dentro de los cuarenta y del PIN cinco (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL)45) días calendario, liberando siguientes a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento solicitud de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjetaliquidación. En caso contrario, hasta el momento de no recibir el extracto dentro su pago se incrementará éste con los intereses xx xxxx que figuran en las Condiciones Especiales del Contrato. Cese de las Obras y Retiro de los siete primeros días Equipos del mesContratista Después de que entre en vigencia una notificación de Terminación con arreglo a las Subcláusulas 15.5 [Derecho del Contratante de Terminar el Contrato por Conveniencia], 16.2 [Terminación por Parte del Contratista] o 19.6 [Terminación Opcional, Pago y Finiquito], el usuario deberá acudir personalmente dentro Contratista deberá, sin demora: suspender todo trabajo adicional, con excepción del tercer día siguiente que pueda haber ordenado el Ingeniero para la protección de la vida o la propiedad, o para la seguridad de las Obras, entregar los Documentos del Contratista, los Equipos, los Materiales y los demás trabajos por los que haya recibido pago, y retirar todos los demás Bienes del Lugar de las Obras, salvo los que sea necesario dejar por razones de seguridad, y retirarse del Lugar de las Obras. El Ingeniero será quien determine, fijando un plazo, que elementos deben ser dejados y que trabajos deberán hacerse previo al retiro del Lugar de las Obras para que este quede en situación de seguridad. De no ejecutar el Contratista estos trabajos en el plazo fijado por el Contratante, el Ingeniero los hará ejecutar de oficio. Pago a la Casa Matriz Terminación Después de que entre en vigencia una notificación de Terminación con arreglo a la Subcláusula 16.2 [Terminación por parte del Contratista], el Contratante deberá, sin demora: devolver al Contratista la Garantía de Cumplimiento, pagar al Contratista de conformidad con la Subcláusula 19.6 [Terminación Opcional, Pago y Finiquito], y pagar al Contratista el monto correspondiente a cualquier pérdida o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido daño sufrido por el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR Contratista como consecuencia de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de créditoterminación.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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CONDICIONES GENERALES. aObjeto. Por el presente Contrato Marco, las Partes acuerdan los términos y condiciones generales a los que se sujetarán las Operaciones que se celebren al amparo del mismo. Los términos y condiciones específicos de las Operaciones se establecerán en los Contratos Específicos respectivos que celebren para cada una de dichas Operaciones. Los Contratos Específicos se entenderán celebrados (y, por tanto, serán vinculantes para las Partes) La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERA, siendo desde el TITULAR momento mismo en que los términos y condiciones específicos de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a Operación respectiva hayan sido acordados por la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR vía telefónica, correo electrónico, documentos remitidos vía facsímil o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR mensajería y/o ADICIONALES AUTORIZADOS cualquier otro medio que las Partes acuerden. Para estos efectos se entenderá que los términos y condiciones específicos de la Operación respectiva han sido acordados si las Partes llegan a un acuerdo respecto de: (i) el tipo de Operación; (ii) el tipo de Activo Subyacente; (iii) el precio de cada unidad del PIN Activo Subyacente; (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONALiv) la(s) fecha(s) de ejecución de la Operación; y (v) la Moneda de la Operación. En caso las Partes empleen la vía telefónica, las Partes autorizan desde ya que dichas llamadas telefónicas y, en general, todas las conversaciones telefónicas que sostengan entre sí en relación con el Contrato Marco, con los Contratos Específicos o número con las Operaciones celebradas, puedan ser grabadas por la otra Parte y puedan ser utilizadas como medio de identificación personalprueba, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR para cualquier incidencia, procedimiento administrativo, arbitral y/o AUTORIZADO judicial que entre ambas Partes se pudiera plantear directa o indirectamente. En virtud de esta autorización, las Partes no se encontrarán obligadas a solicitar ninguna autorización adicional a fin de grabar las conversaciones que sostengan entre sí en relación con el presente Contrato Marco, ni a comunicar de tal hecho a la otra Parte, ni previa ni posteriormente. Sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, las Partes acuerdan que luego de haberse celebrado un Contrato Específico, las Partes deberán documentar los términos y condiciones de la firma coincidir con la registrada Operación celebrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentementeun documento escrito denominado “Confirmación”, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación cual deberá ser recibida debidamente suscrito por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuentaambas Partes. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio Para tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúnefectos:

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Samples: Contrato Marco Para Operaciones Con Derivados

CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERACon sujeción a las Condiciones Generales impresas en la póliza a la cual va adherida esta cobertura, siendo la Compañía solo se hará responsable por la pérdida real sufrida por el TITULAR asegurado resultante directamente de la misma el único interrupción de sus operaciones, pero sin exceder de la reducción real de las ganancias brutas, menos cargos y exclusivo responsable gastos que no necesariamente continúen durante tal interrupción y únicamente dentro del tiempo necesario, para que con la debida diligencia y prontitud se lleven a cabo las reparaciones o la reconstrucción o reemplazo de su guarda los bienes de las "Negociaciones Contribuyentes", que hubieren sido dañados o destruidos por la realización de los riesgos debido a realización de los riesgos de Incendio y/x Xxxx o los Riesgos Adicionales contratados en la póliza que ampara los daños directos, A EXCEPCIÓN DE TERREMOTO Y/O ERUPCIÓN VOLCÁNICA. Este período de indemnización se inicia en la fecha de interrupción de las operaciones del asegurado y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción no quedará limitado por el TITULAR vencimiento de la póliza. Se tomará en consideración la continuación de gastos incluyendo sueldos y salarios, al grado necesario para poder reanudar operaciones, en la misma calidad de servicios que existían antes de ocurrir el siniestro. El límite máximo de responsabilidad que asume la compañía es el estipulado en la caratula de la póliza y representa el porcentaje especificado en la carátula y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga especificaciones de la tarjeta y póliza de las Ganancias Brutas esperadas del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años negocio asegurado por los doce meses siguientes a partir de la fecha iniciación de expedición. Al vencimiento vigencia de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjetaesta póliza. En caso de no recibir indemnización procedente, la Compañía reembolsará al asegurado el extracto dentro 100% de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, las pérdidas recuperables bajo esta cobertura con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR límite de la responsabilidad del pago suma asegurada, siempre y cuando la suma asegurada represente por lo menos el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de mismo porcentaje indicado en relación con las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la Ganancias Brutas que se expondrá: i) información relacionada al monto total hubieren obtenido de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestiónno haber acontecido la pérdida. En caso contrario la Compañía sólo será responsable por una proporción no mayor de no recibir dicha comunicación dentro la pérdida que la que guarde el límite asegurado comparado con el mismo porcentaje señalado en la cobertura. GANANCIAS BRUTAS ESPERADAS DEL NEGOCIO cuando menos por el porcentaje asegurado, amparando los riesgos de Incendio y/x Xxxx y Riesgos Adicionales contratados en el seguro de daños materiales directos, CON EXCEPCION DE TERREMOTO Y/O ERUPCION VOLCANICA, obligándose a que mientras dure la vigencia de esta cobertura procurará hacer en todo caso los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente aumentos que se requieran para mantenerlo dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de porcentaje contratado. EN CASO DE NO CUMPLIR CON ESTAS CONDICIONES LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de COMPAÑIA PODRA DAR POR TERMINADA LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de créditoCOBERTURA.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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Samples: Seguro De Responsabilidad Civil Legal Del Arrendatario

CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad Los trabajos se realizarán de LA FINANCIERAacuerdo a las reglas del arte, siendo debiendo todas las obras ser limpiadas perfectamente de manchas, óxido, etc., lijadas prolijamente y preparadas en forma conveniente, antes de recibir las sucesivas manos de pinturas. Los defectos que pudiera presentar cualquier estructura serán corregidos antes de proceder a pintarlas, no se admitirá el TITULAR empleo de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilizaciónpintura espesa para tapar poros, grietas, etc. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo El Contratista notificará a la cuenta del solicitante Fiscalización de Obra, sin excepción alguna, cuando vaya a nombre del TITULAR o aplicar cada mano de un AUTORIZADOpintura, debiéndose distinguir una mano de otra por su tono. b) LA FINANCIERA activará Como regla general, salvo las excepciones que se determinarán en cada caso y por escrito, sin cuya nota no tendrá valor el trabajo realizado, se dar la tarjeta última mano después que todos los gremios que entran en la construcción hayan dado fin a sus trabajos. Las pinturas serán de primera calidad y de las marcas y tipos que se indiquen en cada caso, no admitiéndose sustitutos ni mezclas de clase alguna con pinturas de diferentes calidades. De todas las pinturas, colorantes, esmaltes, aguarrás, secantes, etc., el Contratista entregará muestras a la Fiscalización de Obra para su utilización una vez confirmada elección y aprobación. Los productos que lleguen a la recepción obra vendrán en sus envases originales cerrados y serán comprobados por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número la Fiscalización de identificación personalObra quien podrá hacer efectuar, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO al Contratista y a costo de Éste, todos los ensayos que sean necesarios para verificar la firma coincidir con la registrada calidad de los materiales. Los trabajos serán confiados a obreros expertos y especializados en la FINANCIERApreparación de pinturas y su aplicación. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán El no cumplimiento de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADOlo establecido, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR pliego y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente en especial en lo que se refiere a notificación a la inmediata devolución Fiscalización de la tarjetaObra, abonando así mismo previa aplicación de cada mano de pintura, calidad de materiales, prolijidad de los trabajos, ser motivo suficiente para el importe que rechazo de los mismos. Cuando se adeude indique numero de manos ser a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montostitulo ilustrativo. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con deberá dar la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados cantidad de manos que requiera un perfecto acabado a juicio e la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle Fiscalización de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de créditoObra.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERA, siendo El CUENTA AHORRISTA se somete expresamente a las siguientes condiciones para el TITULAR manejo de la misma cuenta de ahorros: Las cuentas de ahorros son nominativas e intransferibles. Los depósitos en esta cuenta de ahorros serán en la moneda pactada, en los formularios que el único BANCO suministre y exclusivo responsable en las condiciones que la Ley y el BANCO determinen. Las operaciones relativas a esta cuenta de ahorros generan obligaciones que las partes cumplirán en la moneda convenida. Forman parte de este Contrato en calidad de anexos: el registro de las firmas autorizadas por el CUENTA AHORRISTA, así como la instrucción de cualquier modificación a los instrumentos de dicho registro que correspondan, sobre su guarda cuenta. Tales registros e instrucciones podrán ser modificados a solicitud del CUENTA AHORRISTA, bajo el mismo criterio de titularidad establecida a través del respectivo anexo de este Contrato y utilizaciónbajo su exclusiva responsabilidad, previa la correspondiente aceptación de parte del BANCO. Los saldos disponibles diarios en la cuenta generan un interés, de conformidad con las normas legales vigentes, que se liquidará y acreditará según la política establecida por el BANCO. En caso de que la cuenta se mantuviera sin movimiento, por un periodo de ciento ochenta (180) días consecutivos, y por seguridad del CLIENTE, el BANCO queda expresamente facultado por el CUENTA AHORRISTA a inactivarla. El CUENTA AHORRISTA podrá solicitar la activación de la cuenta en cualquier momento posterior siempre y cuando no hubiera sido cerrada o cancelada, debiendo para el efecto seguir las instrucciones del BANCO. El BANCO entregará al CUENTA AHORRISTA una libreta o cualquier mecanismo de registro electrónico o electromecánico que implemente a futuro, en donde se registrarán las transacciones que se realicen, así como los intereses, créditos, débitos, etc.; el titular no podrá realizar apuntes o anotaciones en dicho documento o registro. La tarjeta es libreta de carácter personal e intransferible ahorros y/o el registro de los movimientos, a través del mecanismo que el BANCO implemente a futuro, realizados por el CUENTA AHORRISTA, y será emitida con un cargo a que constan en la base de datos del BANCO, serán prueba de las transacciones realizadas en la cuenta del solicitante CLIENTE en el BANCO. El BANCO entrega a nombre solicitud del TITULAR CLIENTE y por exigencia propia de la normativa aplicable, una tarjeta de débito, magnética o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará una tarjeta inteligente (con microchip), o la tarjeta que el BANCO determine según los avances de la tecnología, la misma que permite el acceso y uso de algunos de los canales tecnológicos tenga establecidos, la cual requiere de una clave que permitirá el acceso a estos canales; la tarjeta y la clave quedan bajo custodia y responsabilidad del CUENTA AHORRISTA, y deben ser utilizados únicamente para su utilización una vez confirmada acceder a los sistemas o canales que le permitan operar estos servicios. Los depósitos en la recepción cuenta de ahorros podrán ser realizados sin que se presente la libreta de ahorros respectiva, pudiendo hacerlo a través del mecanismo de registro que el BANCO tenga establecido. Para el retiro de dinero en las ventanillas autorizadas es indispensable la presentación de la libreta de ahorros así como la papeleta de retiro respectiva en la cual el CLIENTE registrará la información requerida por la normativa . o cualquier mecanismo vigente de registro electrónico o electromecánico establecido por el TITULAR BANCO, o que se implemente a futuro, El BANCO podrá rechazar los retiros de las cuentas de ahorros, si la(s) firma(s) constante(s) en la papeleta de retiro son, a simple vista y a juicio del BANCO, distintas y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado inconformes a las autorizadas por el TITULAR y/CUENTA AHORRISTA. El CUENTA AHORRISTA podrá realizar también retiros, pagos de servicios públicos y privados y transferencias de sus cuentas de ahorro, a través de los medios electrónicos o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada electromecánicos que el BANCO ponga a disposición de sus clientes, como se menciona más ampliamente en la FINANCIERAcláusula CUARTA de este documento. Tanto Cuando se trate de personas que no sepan firmar, los retiros de dinero en ventanilla se harán siempre personalmente y se tomará la tarjeta como impresión de la huella digital del CUENTA AHORRISTA, sujetándose inclusive a las políticas internas del BANCO. En caso de pérdida o sustracción de la libreta de ahorros o del mecanismo de registro que el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) BANCO establezca o implemente a futuro, el CLIENTE titular de la cuenta informará al BANCO sobre este hecho de inmediato y por escrito, en los formularios que el BANCO determine, sometiéndose a las políticas, condiciones y procedimientos que el BANCO disponga. El BANCO no asume responsabilidad alguna en caso de efectuar pagos con cargo a una cuenta cuya libreta o mecanismo de registro de ahorros haya sido extraviado o sustraído, si no recibió aviso oportuno de su titular. Cuando fuere necesario proceder a la anulación de tales medios, todos los gastos serán de uso exclusivo cuenta del TITULAR y/CLIENTE. Cuando exista una cuenta a nombre de dos o AUTORIZADOmás personas, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables pagos realizados por el uso indebido que BANCO a cualquiera de ellas se haga de la tarjeta harán siguiendo las instrucciones del CLIENTE, y del PIN constituirán un descargo pleno para el BANCO frente a los otros titulares. El CUENTA AHORRISTA podrá recibir transferencias a su cuenta una vez transcurridos siete (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c7) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años días contados a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte apertura de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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Samples: Contrato De Cuenta De Ahorros Y Servicios Electronicos

CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad civiles o penales, le concederemos un anticipo a cuenta, por el importe de LA FINANCIERA, siendo el TITULAR las fianzas que le sean impuestas para garantizar su libertad provisional o la asistencia personal a juicio hasta un máximo de 7.000 €. Moto El asegurado deberá efectuar un reconocimiento escrito de la misma deuda a favor del asegurador, comprometiéndose a devolver la cantidad solicitada en el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o plazo máximo de un AUTORIZADOmes después de haber efectuado la petición. b) LA FINANCIERA activará Si antes de este plazo la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción cantidad anticipada hubiese sido reem- bolsada directamente al asegurado, éste quedará obligado a restituirla inmediatamente al asegurador. El asegurador se reserva el derecho a solicitar del asegurado algún tipo de aval o garantía que le asegure el recobro del anti- cipo. Si durante un viaje con el vehículo, por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentementeextranjero, el TITULAR asegura- do se viera privado de dinero en efectivo por motivos de robo, pérdida de equipaje, enfermedad o accidente, o si el vehículo sufriera un accidente o avería y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR asegurado necesitara fondos para hacer frente al pago de Interesessu reparación, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente le gestionaremos un envío de hasta 1.600 € para hacer frente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato los pagos de adhesiónprimera necesidad. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación El asegurado deberá depositar previamente tal cantidad en el tarifario respectivodomicilio del asegurador, por mediación de un tercero o bien realizar un depósito en la entidad financiera que le indiquemos. e) Toda tarjetaNos encargamos de transmitir al asegurado o transmitir en su nombre, principal o adicionalutilizando todos los medios a nuestro alcance, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las parteslos mensajes urgentes encomendados, en cuyo caso los casos en los que el TITULAR y asegurado no disponga de los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución medios necesarios para ello. La persona física titular de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efectopóliza que sea residente en España, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado su cónyuge e hijos que con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjetaél convivan. En caso de no recibir avería o accidente con el extracto dentro vehículo asegurado, las personas que tienen derecho al servicio será el ocupante del vehículo, siempre que sea transportado gratuitamente. Con una llamada al teléfono de Asistencia en Viaje, el asegurado podrá hablar directamente con un médico consultor sobre cues- tiones relativas a su salud o a la de sus familiares. éste es un servicio de consulta y asesoramiento médico por teléfono las 24 horas del día, los siete primeros 365 días del mesaño. El médico asesorará y aconsejará al asegurado sobre las posibles alterna- tivas para solucionar aspectos relacionados con su salud o la de su familia. Al ser un servicio de consulta telefónica, los médicos nunca pueden realizar diagnósticos de enfermedades o prescrip- ciones de medicamentos. • Asesoramiento sobre el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales uso de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo determinadas terapias y medicamentos, así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR como de la responsabilidad del pago por el uso correspondientecorrecta administración y sobre los efectos esperados, deseables o no. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro emergencia, el asegurador movilizará, a cargo del titular, los recursos más adecuados en función de la patología y disponibilidad de la zona. • Facilitar las primeras instrucciones sobre las maniobras a realizar en espera de la llegada de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de créditorecursos necesarios.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad 1. Por el presente “el/los Cliente/s” solicita/n la adhesión al Sistema de LA FINANCIERATarjeta, siendo por lo que, una vez aceptada la Solicitud el TITULAR de la misma el único “Banco” se compromete a abrir y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la administrar una cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o “Cliente”. El “Cliente” declara conocer que la misma se considerará aceptada por el Banco en caso que éste lo manifieste expresamente por escrito, como asimismo en caso que proceda a emitir una tarjeta de crédito a nombre del Cliente, para su uso exclusivo. La entrega de la tarjeta constituye plena prueba del presente Contrato de Tarjeta de Crédito, conforme los términos, limites asignados y condiciones que rigen su uso. El/Los “Cliente/s” estará/n sujeto/s a la solicitud, a los términos y condiciones que se establecen en ella, como así también por las estipulaciones de la Ley N° 25.065, acerca de los cuales manifiesta/n su expresa conformidad. 2. Por expreso pedido del “Cliente” Titular, el “Banco” podrá emitir otras tarjetas a nombre de quien éste designe, denominados “Clientes Adicionales”, siempre que ellos reúnan las condiciones exigidas por el “Banco”, subsistiendo al respecto, la responsabilidad del “Cliente” Titular respecto de todos los actos que realicen los Adicionales. El uso de la tarjeta por el “Cliente” Adicional significa la total aceptación por éste de las condiciones aquí establecidas. La designación de un AUTORIZADOmenor de edad, como Adicional, implica el otorgamiento por parte del Titular, de un mandato a favor del menor, para la adquisición de bienes y servicios, por su cuenta y orden (Art. b) LA FINANCIERA activará 1323 Código Civil y Comercial). 3. Mediante la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR el/los “Cliente/s” podrá/n efectuar adquisiciones de bienes y/o ADICIONALES AUTORIZADOS servicios en los Establecimientos o Comercios Adheridos al Sistema de Tarjetas del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) país o número del exterior. Los comprobantes de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR compras y/o AUTORIZADO gastos realizados en el extranjero, cualquiera fuese su país de origen y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADOmoneda, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS realizados en nuestro país con obligaciones estipuladas en moneda extranjera, le serán los únicos responsables por facturados al “Cliente” Titular a su equivalente en dólares estadounidenses y responderá a su pago en dicha moneda, o en pesos al tipo de referencia que fije el uso indebido que se haga Banco Central de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada República Argentina para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes dólares estadounidenses al momento del efectivo pago, declarando el “Cliente” que la operación se encuentra dentro de los márgenes autorizados por el B.C.R.A. para este tipo de operaciones. En el supuesto que no existiera en la República Argentina mercado de cambio, se tendrá en cuenta para el cálculo la relación de cotización entre el peso y el dólar estadounidense en el mercado libre de cambio aplicado por la procesadora tipo comprador de la tarjetaciudad de Zurich (Suiza) o de Londres (Inglaterra) a opción del “Banco”. En caso de no recibir autorización de débito automático, los consumos en moneda extranjera, expresados en dólares estadounidenses conforme lo estipulado en el extracto dentro párrafo anterior, serán debitados de los siete primeros días la cuenta del mes“Cliente” Titular abierta en Pesos al tipo de referencia que fije el Banco Central de la República Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente vigente a la Casa Matriz o Sucursales fecha del efectivo débito, salvo que el “Cliente” Titular opte expresamente por efectuar los pagos en dólares estadounidenses comunicándolo mediante notificación fehaciente con no menos de LA FINANCIERA 48 hs. de anticipación a solicitar le sea entregado su extracto correspondientela fecha del vencimiento. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso4. La no recepción del mismo no exonera Tarjeta de Crédito tendrá un plazo de vigencia de 1 (un) año. Al vencimiento podrá ser renovada automáticamente por periodos iguales y consecutivos, salvo notificación escrita en contrario por un medio fehaciente por parte del/los “Cliente/s” Titular/es cursada al TITULAR “Banco” con una antelación mínima de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúntreinta

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CONDICIONES GENERALES. aObjeto. Por el presente Contrato Xxxxx, las Partes acuerdan los términos y condiciones generales a los que se sujetarán las Operaciones que se celebren al amparo del mismo. Los términos y condiciones específicos de las Operaciones se establecerán en los Contratos Específicos respectivos que celebren para cada una de dichas Operaciones. Los Contratos Específicos se entenderán celebrados (y, por tanto, serán vinculantes para las Partes) La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERA, siendo desde el TITULAR momento mismo en que los términos y condiciones específicos de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a Operación respectiva hayan sido acordados por la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR vía telefónica, correo electrónico, documentos remitidos vía facsímil o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR mensajería y/o ADICIONALES AUTORIZADOS cualquier otro medio que las Partes acuerden. Para estos efectos se entenderá que los términos y condiciones específicos de la Operación respectiva han sido acordados si las Partes llegan a un acuerdo respecto de: (i) el tipo de Operación; (ii) el tipo de Activo Subyacente; (iii) el precio de cada unidad del PIN Activo Subyacente; (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONALiv) la(s) fecha(s) de ejecución de la Operación; y (v) la Moneda de la Operación. En caso las Partes empleen la vía telefónica, las Partes autorizan desde ya que dichas llamadas telefónicas y, en general, todas las conversaciones telefónicas que sostengan entre sí en relación con el Contrato Xxxxx, con los Contratos Específicos o número con las Operaciones celebradas, puedan ser grabadas por la otra Parte y puedan ser utilizadas como medio de identificación personalprueba, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR para cualquier incidencia, procedimiento administrativo, arbitral y/o AUTORIZADO judicial que entre ambas Partes se pudiera plantear directa o indirectamente. En virtud de esta autorización, las Partes no se encontrarán obligadas a solicitar ninguna autorización adicional a fin de grabar las conversaciones que sostengan entre sí en relación con el presente Contrato Xxxxx, ni a comunicar de tal hecho a la otra Parte, ni previa ni posteriormente. Sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, las Partes acuerdan que luego de haberse celebrado un Contrato Específico, las Partes deberán documentar los términos y condiciones de la firma coincidir con la registrada Operación celebrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentementeun documento escrito denominado “Confirmación”, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación cual deberá ser recibida debidamente suscrito por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuentaambas Partes. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio Para tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúnefectos:

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Samples: Contrato Marco Para Operaciones Con Derivados

CONDICIONES GENERALES. a) 1. Por el presente “el/los Cliente/s” solicita/n la adhesión al Sistema de Tarjeta, por lo que, una vez aceptada la Solicitud el “Banco” se compromete a abrir y administrar una cuenta a nombre del “Cliente”. El “Cliente” declara conocer que la misma se considerará aceptada por el Banco en caso que éste lo manifieste expresamente por escrito, como asimismo en caso que proceda a emitir una tarjeta de crédito a nombre del Cliente, para su uso exclusivo. La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERA, siendo el TITULAR entrega de la misma tarjeta constituye plena prueba del presente Contrato de Tarjeta de Crédito, conforme los términos, limites asignados y condiciones que rigen su uso. El/Los “Cliente/s” estará/n sujeto/s a la solicitud, a los términos y condiciones que se establecen en ella, como así también por las estipulaciones de la Ley N° 25.065, acerca de los cuales manifiesta/n su expresa conformidad. 2. Por expreso pedido del “Cliente” Titular, el único y exclusivo responsable “Banco” podrá emitir otras tarjetas a nombre de su guarda y utilizaciónquien éste designe, denominados “Clientes Adicionales”, siempre que ellos reúnan las condiciones exigidas por el “Banco”, subsistiendo al respecto, la responsabilidad del “Cliente” Titular respecto de todos los actos que realicen los Adicionales. El uso de la tarjeta por el “Cliente” Adicional significa la total aceptación por éste de las condiciones aquí establecidas. La designación de un menor de edad, como Adicional, implica el otorgamiento por parte del Titular, de un mandato a favor del menor, para la adquisición de bienes y servicios, por su cuenta y orden (Art. 1323 Código Civil y Comercia l). 3. Mediante la tarjeta es el/los “Cliente/s” podrá/n efectuar adquisiciones de carácter personal e intransferible bienes y/o servicios en los Establecimientos o Comercios Adheridos al Sistema de Tarjetas del país o del exterior. Los comprobantes de compras y/o gastos realizados en el extranjero, cualquie ra fuese su país de origen y será emitida moneda, y los realizados en nuestro país con un cargo obligaciones estipuladas en moneda extranjera, le serán facturados al “Cliente” Titular a su equivalente en dólares estadounidenses y responderá a su pago en dicha moneda, o en pesos al tipo de referencia que fije el Banco Central de la República Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses al momento del efectivo pago, declarando el “Cliente” que la operación se encuentra dentro de los márgenes autorizados por el B.C.R.A. para este tipo de operaciones. En el supuesto que no existiera en la República Argentina mercado de cambio, se tendrá en cuenta para el cálculo la relación de cotización entre el peso y el dólar estadounidense en el mercado libre de cambio tipo comprador de la ciudad de Zurich (Suiza) o de Londres (Inglaterra) a opción del “Banco”. En caso de autorización de débito automático, los consumos en moneda extranjera, expresados en dólares estadounidenses conforme lo estipulado en el párrafo anterior, serán debitados de la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o “Cliente” Titular abierta en Pesos al tipo de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por referencia que fije el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga Banco Central de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL)República Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses, liberando vigente a la FINANCIERA fecha del efectivo débito, salvo que el “Cliente” Titular opte expresamente por efectuar los pagos en dólares estadounidenses comunicándolo mediante notificación fehaciente con no menos de toda responsabilidad48 hs. c) de anticipación a la fecha del vencimiento. 4. La tarjeta Tarjeta de Crédito tendrá un plazo de vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expediciónaños. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla ser renovada automáticamente por otro periodo igualperiodos iguales y consecutivos, salvo aviso notificación escrita en contrario por escrito con cargo de recepción un medio fehaciente por parte del/los “Cliente/s” Titular/es cursada al “Banco” con una antelación mínima de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 treinta (treinta30) días antes a la fecha del comienzo del nuevo período o de las sucesivas renovaciones. . Al respecto, el “Banco” se obliga a notificar al “Cliente” Titular en los tres (3) últimos resúmenes anteriores al vencimiento de la tarjeta, relación contractual la fecha en que operará el mismo y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo ejercicio de la renovación que se incluirá automática, salvo manifestación en contrario en su extracto de cuentacaso. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito5. El/los “Cliente/s” Titulares podrán rescindir a su sola voluntad el presente, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie invocar causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago alguna y sin que ello de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses indemnización alguna, para lo cual deberá/n comunicarlo fehacientemente por escrito tal decisión al “Banco”, devolviendo la Tarjeta Titular y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en las Tarjetas Adicionales, si las hubiera y abonar el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago total de la deuda generada por en las condiciones pactadas. El “Banco” podrá rescindir este Contrato en forma unilateral cuando existan causas objetivas vinculadas a la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERAoperatoria del “Cliente”, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúnuso del

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad Por medio de LA FINANCIERAlos presentes Términos Medicheck se constituye y Usted lo reconoce como un intermediario independiente, distinto del Usuario, cualquiera que sea su calidad, de modo que el Usuario Proveedor, mediante el uso de los Servicios y Productos que Medicheck en su calidad de intermediario independiente pone a su disposición para que, de manera libre, amplia, ilimitada, no exclusiva, revocable, mundial, estable y continua, oferte y promueva el servicio médico propuesto por el propio Usuario, en la plataforma digital, los Contenidos y los Servicios de Medicheck, de modo que de manera libre y personal, un Usuario Interesado pueda consultar la oferta, interactuar con el Usuario Proveedor y concluir una cita posterior. Dicha oferta, promoción, y contacto entre los propios Usuarios en cualquier calidad, se realiza de manera libre e independiente por éstos mismos. Por lo tanto, al ingresar a su Cuenta utilizando su nombre de usuario y contraseña, tras haber completado satisfactoriamente el proceso de registro, Usted actúa en nombre y por cuenta propia o de la persona moral que legalmente representa y cuya capacidad y personalidad acreditó previamente, deslindando a Medicheck de cualquier imperfecto que se suscite en una presente o futura prestación de servicios que se llegase a celebrar. Asimismo, reconocen los Usuarios que el Usuario Proveedor podrá ofrecer sus servicios al Usuario Interesado, así como que ambas partes: Usuario Proveedor y Usuario Interesado, podrán deliberar libremente respecto a la prestación del servicio en cuanto a precio, forma de pago, métodos de pago, sometiéndose únicamente a la voluntad de ambas partes, sin que Medicheck tenga incumbencia en la negociación más que facilitar la comunicación y el medio a través del cual se promoverán los servicios objeto de la negociación. Servicio que el Usuario Proveedor podrá prestar por sí o a través de su personal capacitado para tales efectos. En atención a lo anterior, Usted reconoce que Medicheck, no asume ningún tipo de responsabilidad, riesgo u obligación en caso de surgir una relación contractual entre Usted y cualquier otro Usuario, cualquiera que sea la calidad de cada uno, siendo esa relación independiente a la prestación de servicios de software que nace entre Medicheck y los usuarios en cualquiera de sus calidades, de modo que Medicheck única y exclusivamente se constituye como un facilitador y administrador para contactar Usuarios Proveedores con Usuarios Interesados a efectos de que ambas partes satisfagan sus necesidades mediante el TITULAR uso de los Servicios y Contenidos que Medicheck facilita para ellos, según lo dispuesto en la misma sección de ¨condiciones generales¨ de los presentes Términos. En este acto, los Usuarios liberan a Medicheck de toda responsabilidad sobre el servicio que celebren los usuarios, así como de los daños que puedan ocasionársele a terceros por la negligencia y mala fe por parte de cualquiera de los Usuarios o terceros, en todo momento, la responsabilidad será única y exclusivamente del Usuario que haya promovido en la plataforma web y Servicios de Medicheck. Se entiende que Medicheck no celebrará bajo ninguna circunstancia contratos de prestación de servicios de salud ni tiene por objeto ofrecer estos servicios, sino que se limitará a fungir como intermediario de dichas prestaciones de servicio proveyendo a los usuarios de distintas herramientas de software a través de los cuales podrán promover y concluir la prestación del servicio de salud y de acuerdo a los Términos y Condiciones aquí establecidos, sin asumir el riesgo de las operaciones ni la representación de ninguno de los Usuarios. Siendo el Usuario Proveedor el único y exclusivo responsable de su guarda cualquier publicidad o promoción, así como de todos los servicios que oferte y utilizacióntodas las intervenciones que realice mediante los Servicios. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán Los Usuarios son los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como interesesde salud que en su caso se llegase a celebrar siendo el Usuario Proveedor, comisionesexclusivamente responsable de garantizar la calidad de los servicios de salud que ofrezca al Usuario Interesado. Ningún Usuario podrá, cargas administrativasy por lo tanto renuncian en este acto a, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados iniciar acciones judiciales en contra de Medicheck respecto de la relación regulada por las presentes condicionesprestación del servicio de salud que celebre con otro Usuario, cualquiera que sea la calidad de cada uno de ellos. El detalle Por tal motivo, en este momento, Usted se obliga a sacar en paz y a salvo a Medicheck respecto de las operaciones cualquier controversia y/o reclamo judicial o extrajudicial ya sea laboral, civil, mercantil o de cualquier índole que otro Usuario presente en moneda extranjera será convertido en guaraníes contra de Usted y/o Medicheck derivado de su incumplimiento a sus obligaciones que adopta al tipo tenor de cambio aplicado por la procesadora estos Términos o del contrato respectivo de la tarjetaprestación de servicios que al efecto celebre con dicho Usuario. En Xxxxxxxxx tendrá en todo momento, la facultad de notificar al Usuario, respecto de alguna causa que pudiese ameritar un conflicto o controversia legal con otro Usuario, Autoridad o contra Medicheck, el Usuario estará obligado para atender la notificación respectiva, así como seguir las indicaciones que Medicheck mencione para corregir dicha situación, salvo pena de cancelación de su Cuenta, y en su caso dar vista a las Autoridades correspondientes para que tomen las medidas respectivas. Usted acepta que dentro de todas las secciones que integran el sitio web y plataforma de Medicheck, podrá desplegarse información publicitaria relativa a los productos o servicios comercializados por Medicheck, o en su caso de no recibir el extracto dentro parte de los siete primeros días del mesterceros, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales dicho contenido mercadológico se encontrará distribuido de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado manera aleatoria y en su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, interacción con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio el Usuario podrá ser redirigido a páginas de terceros, cuyo uso e interacción, serán regidas por los términos y condiciones específicos que en su caso, dicho tercero implemente para tal fin, por lo que Xxxxxxxxx no se hace responsable por la validez información, transacciones, funcionalidades e interacciones que el Usuario redirigido desde el portal de Medicheck hacia una dirección de un tercero, pudiera efectuar en dicho sitio. Medicheck se reserva en forma exclusiva la facultad de decidir, los espacios y legitimidad contenido del material publicitario a desplegar en su sitio. El Paciente entiende que los servicios médicos prestados tendrán un costo, mismo que será establecido por el Médico que presta el servicio de otras compras salud, por lo que el Paciente está de acuerdo en pagar todos los honorarios o gastos efectuados durante ese periodo cargos al Médico de acuerdo con los honorarios, cargos y términos de facturación vigentes en el momento en que una cuota o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuentacargo es vencido y pagadero. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos Los cobros y/o penalidades abonadas pagos que deban realizarse en relación con los servicios de salud, serán por cuenta de los Usuarios, por lo que Medicheck no tendrá ninguna responsabilidad respecto de dichas transacciones. Así mismo, Xxxxxxxxx reconoce que los únicos cobros que realizará será respecto de los Servicios de plataforma y software descritos en los presentes Términos y Condiciones. Los Usuarios deberán dejar en paz y a salvo a Medicheck respecto de cualquier reclamo, demanda o procedimiento iniciado en contra de Medicheck por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas cobro y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización los servicios de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúnsalud.

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad Para tener derecho a este beneficio, el Supervisor Rol A con contrato de LA FINANCIERA, siendo el TITULAR de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o trabajo indefinido deberá tener una antigüedad mínima de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada año en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR División y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de no haber registrado sobregiro en las últimas 3 (tres) años a partir liquidaciones xx xxxxxx de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 los 3 (treintatres) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente últimos meses anteriores a la fechasolicitud del anticipo. La División se reserva la facultad de restringir el número de anticipos especiales, cuya copia en el TITULAR recibe evento de tener limitaciones presupuestarias y de caja, lo cual será informado y respaldado mediante una nota interna del Gerente General o del Gerente de Administración. Este beneficio constituye un anticipo de remuneraciones, sin reajustes ni intereses. El descuento del anticipo se hará en este acto como anexo al presente un plazo máximo de hasta 36 cuotas mensuales iguales. El Supervisor Rol A con contrato de adhesión. Dicho tarifario trabajo indefinido podrá acceder a un nuevo anticipo, al cual se mantendrá vigente hasta la próxima fecha le descontarán las cuotas pendientes del anticipo anterior, no antes de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación haber pagado al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera menos 1/3 de las partescuotas pactadas del crédito vigente. Para los Supervisores Rol A con contrato indefinido que eventualmente no tengan años de servicios para poder respaldar los montos a pagar por este beneficio deberán suscribir el correspondiente mutuo y pagaré suscrito ante Notario, en cuyo caso que respalde la deuda. Si el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente trabajador deja de pertenecer a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente Empresa y adeuda el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efectototal o parte del anticipo concedido, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) hará deducción de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del meshaberes que le corresponda percibir por sueldo, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz indemnización por años de servicio o Sucursales gratificación, mediante autorización expresa de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta trabajador en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso solicitud correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta Antes de iniciar cualquier operación de comercialización con FONATUR es propiedad importante recordarle que:  Los precios de LA FINANCIERAlos bienes inmuebles están sujetos a cambio sin obligación de previo aviso.  Todas las operaciones se efectúan "ad corpus", siendo esto es la comercialización de bienes inmuebles se realizará con la superficie que se indique en el TITULAR plano de lotificación autorizado y cuya superficie esté delimitada por los linderos que cierren una poligonal, por lo que no se tendrá derecho a reclamación alguna por falta o exceso de la misma superficie acordada.  El interesado se obliga a proporcionar la documentación básica necesaria para el único y exclusivo responsable correcto llenado de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR Carta Postura y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN Oferta Unilateral de Compra, sujetas a autorización, (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentementever apartado documentación requerida), el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido mismo día que se haga hará la exhibición de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL)su depósito de garantía.  La documentación complementaria, liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia acuerdo al esquema de 3 (tres) años pago seleccionado, deberá ser entregada en un plazo máximo de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de expediciónexhibición del depósito de garantía. Al vencimiento Su falta de dicho plazo entrega oportuna será causal de cancelación de la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo operación sin derecho a reclamación alguna para la devolución del depósito de recepción garantía.  FONATUR se reserva el derecho de hacer cualquier requerimiento adicional de documentación o aclaración sobre la información proporcionada derivado del proceso de evaluación; su falta de entrega dará lugar a que la postura presentada no sea considerada sin mayor obligación por parte de FONATUR para con el interesado que la FINANCIERAdevolución del depósito de garantía en la parte proporcional que le corresponda.  El interesado deberá acudir a las oficinas de FONATUR, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento efecto de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto le entregue por escrito el resultado del proceso de cuenta. d) La emisión evaluación el cual firmará de la tarjeta de crédito enterado y la utilización de la línea de créditoconforme; lo anterior, obliga al TITULAR al pago de Interesesaun y cuando previamente se le haya notificado vía telefónica, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta fax o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjetacorreo electrónico. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado haber sido aceptada su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos Carta Postura y/o penalidades abonadas por Oferta Unilateral de Compra, sujetas a autorización, se le indicará la fecha límite para el TITULAR; ii) siguiente pago, pudiendo ser inclusive el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestiónmismo día. En caso de que se cancele, no recibir dicha comunicación dentro se autorice o el interesado desista en tiempo su Carta Postura y/o Oferta Unilateral de los siete primeros días Compra, sujetas a autorización de FONATUR, se le indicará el trámite de devolución del semestredepósito de garantía en la proporción que le corresponda según el caso. Con ello la operación será cancelada quedando liberado el inmueble en el inventario de disponibilidad para su comercialización al público en general.  Una vez asignado el lote y notificado el resultado al interesado, éste se obliga a efectuar el pago correspondiente en la fecha indicada por FONATUR. Si, por cualquier motivo, no formalizara la operación en la fecha estipulada, el usuario deberá acudir personalmente dentro depósito en garantía quedará a favor de FONATUR sin derecho a reclamación alguna y el bien inmueble será reintegrado al inventario de disponibilidad para su comercialización.  El cliente se da por enterado de que correrán por su cuenta cualquier impuesto, derechos, contribuciones, honorarios o cualquier otra carga fiscal que se derive de la celebración o desarrollo de la operación de comercialización, a partir del tercer día siguiente momento que efectúe a FONATUR el depósito del complemento del enganche o valor total de la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le venta, según sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción  El adquirente se obliga a tramitar, obtener y mantener vigentes, a su cargo y por su exclusiva cuenta, los permisos y licencias para la construcción del proyecto y/o desarrollo.  El adquirente se compromete en todo tiempo a cumplir con las obligaciones de uso de suelo, imagen, normas y restricciones de construcción, a cumplir con los plazos de construcción en el caso de lotes sujetos a éstos, así como las demás condiciones establecidas por FONATUR, a fin de garantizar el adecuado desarrollo del centro turístico; mismo no exonera al TITULAR compromiso aplica con los demás términos y condiciones de la responsabilidad operación.  Se consideran lotes sujetos a obligaciones de construcción aquellos que por sus características de uso de suelo, ubicación, disponibilidad y superficie, quedan sometidos a un régimen controlado para su desarrollo y sujetos al cumplimiento de fechas determinadas para la presentación del pago por proyecto arquitectónico, así como para el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento inicio y la terminación de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren construcción basada en el mismo, sin perjuicio proyecto aprobado.  Los plazos establecidos por FONATUR en las obligaciones de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes construcción aplicarán a partir de la fecha indicada como vencimiento del pago del complemento del enganche, en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación operaciones de pago a plazos o del pago total de la operación para esquema de contado.  FONATUR reservará el dominio sobre el bien inmueble hasta que se haya dado cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones establecidas, tales como de pago o de cumplimiento de construcción.  El adquirente tendrá la obligación de presentar a revisión de FONATUR su proyecto o anteproyecto, siempre y cuando tengan un carácter definitivo. Contar con la autorización al proyecto es requisito indispensable previo al inicio de la obra de construcción. El propósito por parte de FONATUR es supervisar que estos se apeguen a los lineamientos del plan maestro y en proporciones inferiores los casos de que exista, al plan director de desarrollo urbano y a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco normatividad contenida en sus declaratorias de usos y destinos.  FONATUR es responsable de garantizar la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos existencia de la xxxxinfraestructura tal como vialidades, equipamiento urbano y redes de servicios. La financiación constará siempre Dentro de estas últimas tiene a su cargo proporcionar a cada lote las preparaciones para toma de agua potable, descarga sanitaria, acometida eléctrica, y acometida telefónica. Lo anterior podrá no aplicar para esquemas de comercialización especiales tales como la venta de terrenos en el extractoxxxxx.  El suministro y operación de estos servicios estará a cargo de organismos operadores a nivel local, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contadofederal o privado, según corresponda. (Sujeto a la asignación Por lo anterior, es responsabilidad exclusiva del interesado tramitar su contratación ante las instancias rectoras de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto servicios mencionados en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO localidad, y sus modificaciones. i) La falta de pago en verificar las características con las que cada servicio será proporcionado, así como el tiempo y formacosto de conexión, segúncapacidad y tarifas del suministro, etc., pudiendo el interesado recurrir al área técnica de cada desarrollo en búsqueda de apoyo.

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Samples: Carta Compromiso

CONDICIONES GENERALES. aLa obra de referencia deberá cumplir con todas las normativas vigentes en materia de construcción y obras públicas. Normativas y reglamentos del Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones (MOPC) La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERAaccesibles en xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxx/xxxxxxxxxxx/. Se colocarán en lugar visible, siendo el TITULAR los letreros indicativos de la misma obra, y el único letrero referente a la institución contratante, previa coordinación con el ADN en relación con su formato y exclusivo responsable contenido, los cuales podrán ser colocados por los profesionales o CONTRATISTAS que participan en la construcción y deben ser colocados siempre mientras esté la obra en ejecución. Al finalizar el proyecto los Letreros de su guarda Promoción de Obra, así como los de identificación de la Institución deben ser entregados al ADN. Todo el personal que labore en cualquier sitio de la obra por cuenta del CONTRATISTA, deberá tener en todo momento la dotación que requiera según la labor que ejecute y utilizaciónsiguiendo lo determinado en estos casos por el Ministerio de Trabajo, el Reglamento de Seguridad en el Trabajo y cualquier otra normativa que fuera aplicable en cuanto al número de dotaciones de acuerdo con la permanencia y tiempo de trabajo. La tarjeta es mínima dotación exigida será: casco, botas, y guantes. Además de carácter los implementos anteriormente anotados el personal e intransferible que lo requiera o lo indique la ADN, deberá contar con gafas, caretas, cinturones de seguridad y será emitida cualquier otro elemento si su trabajo así lo requiere. Todo el personal involucrado en la ejecución del proyecto debe utilizar chalecos reflectivos de color verde con el logo y las siglas del ADN en la espalda, permanentemente durante la ejecución del proyecto. Todo transporte vertical y horizontal de cualquier material o equipo que requiera EL CONTRATISTA deberá estar considerado dentro de cada precio unitario. EL CONTRATISTA tendrá a su cargo la obligación de solicitar un cargo inspector de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Xxxxx Xxxxxxx (CAASD), para que dicha institución indique los lugares por donde pasan las líneas de aguas potables y sanitarias, antes de proceder a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o perforación de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjetafiltrantes pluviales. En caso de que EL CONTRATISTA no recibir el extracto dentro proceda a la misma, y ejecute la perforación de dichos filtrantes, será responsable por los siete primeros días del mesdaños y perjuicios que pueda ocasionar, cualquier miembro de su personal o de sus sub-contratistas, a terceras personas o propiedades, públicas o privadas, durante la ejecución de las obras contratadas. Asimismo será responsable de pagar las multas que pudieran ser impuestas por la CAASD, el usuario ADN o cualquier otra autoridad competente y deberá acudir personalmente dentro realizar las correcciones y trabajos necesarios requeridos a su solo costo. Los daños que puedan causarse en redes de servicios públicos, pavimentos, edificaciones, puentes, obras de arte, y demás estructuras contiguas a las obras, o a lo largo de las rutas de desvío utilizadas por EL CONTRATISTA, que resulten imputables este, o sus sub- contratistas, deberán ser reparados por cuenta del tercer día siguiente CONTRATISTA. El transporte de equipos, materiales excedentes de excavaciones, agregados pétreos y demás materiales con destino a la Casa Matriz las obras, o Sucursales escombros originados en estas, se hará por las rutas aprobadas por el Supervisor, sin interrupción del tránsito normal y bajo medidas de LA FINANCIERA a solicitar le seguridad que eviten riesgos o otros vehículos o transeúntes y deberán tener como lugar de disposición final el que sea entregado su extracto correspondienteautorizado por el ADN. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con EL CONTRATISTA deberá tener en cuenta todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR disposiciones sobre tránsito automotor, tales como pesos y dimensiones de la responsabilidad del pago sus vehículos y equipos, expedidas por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de créditoautoridades competentes.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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Samples: adn.gob.do

CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad OBJETO: El presente contrato de LA FINANCIERAdepósito tiene por objeto la fijación de los parámetros, siendo el TITULAR de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR términos y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) condiciones bajo las cuales el DEPOSITANTE entregará a INFIVALLE cualquier suma de dinero representada en efectivo o número cheques para que sean manejados por medio de identificación personaluna cuenta en INFIVALLE, debiendo de los cuales el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO DEPOSITANTE podrá disponer en forma libre y voluntaria, acogiéndose a las normas legales que rijan la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERAmateria. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán PLAZO: El presente contrato es de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferenciaduración indefinida. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando Su terminación está sujeta a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera voluntad de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas atendiendo lo contenido en el presente contrato. PARÁGRAFO: En este caso que el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a DEPOSITANTE requiera que se pacte un plazo específico de duración del presente contrato de depósito, de tal situación deberá dejarse expresa constancia al momento de solicitar la inmediata devolución apertura de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso lo contrario se entenderá que su duración es indefinida. DECLARACIONES: EL DEPOSITANTE, con el pago debe efectuarse al contadofin de cumplir con los requisitos legales, declara expresamente: Que los recursos que entregará en depósito provienen de las siguientes fuentes y actividades: _______________________________________________________________________________________________________________________________________________. (Sujeto a la asignación Que el origen de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para los recursos, que en desarrollo del presente contrato de depósito manejará a través de la respectiva cuenta, es totalmente lícito. Que no admitirá que terceros efectúen depósitos en sus cuentas con fondos provenientes de actividades ilícitas contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo modifique, adicione o complemente, ni efectuará transacciones destinadas a tales actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas. Que autoriza cancelar las cuentas de depósito que mantenga en las oficinas de INFIVALLE, en el caso de un atraso superior infracción de cualquiera de los numerales contenidos en este documento, eximiendo a los 90 (noventa) días INFIVALLE de toda responsabilidad que se derive por información errónea, falsa e inexacta que hubiere proporcionado en el pago presente documento, o de la deuda generada por violación del mismo. Que autoriza de manera expresa a INFIVALLE o a quien represente sus derechos a consultar, solicitar, suministrar, reportar, procesar y divulgar toda la utilización información que se refiera a su comportamiento crediticio, financiero, comercial, de servicios y de terceros países de la tarjeta misma naturaleza, a las Centrales de Información (CIFIN, DATACRÉDITO y demás entidades de esta naturaleza) o de a cualquier otra deuda pendiente entidad pública o privada que mantenga con LA FINANCIERAadministre o maneje bases de datos, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base entidad financiera de datos pública Colombia, o privadaa quien represente sus derechos, toda vez que conoce el alcance de esta autorización. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda Que conoce y acepta en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúnsu integridad el presente contrato.

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Samples: Contrato De Deposito Vigencia

CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad En caso de LA FINANCIERA, siendo el TITULAR no comparecer o de retirarse del juzgado cívico o de incumplir con las obligaciones derivadas de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR ley o de un AUTORIZADOlas condiciones generales, MAPFRE quedara eximida de cualquier obligación de pago. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjetaestos requisitos, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre dará como consecuencia que la tarjeta aún no haya sido utilizadaempresa Aseguradora quedará eximida de cualquier obligación contractual. Otorgada la fianza o caución, el TITULAR y/Asegurado o los AUTORIZADOS podrá retractarse el conductor se obligan a cumplir con todas y solicitar cada una de las prevenciones establecidas por la cancelación legislación penal a fin de evitar la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen revocación de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjetalibertad. En caso de no recibir hacerse efectiva la fianza o caución por causas imputables al Asegurado o conductor, el extracto dentro Asegurado se obliga a rembolsar a MAPFRE el monto que por este motivo haya pagado. Cuando dos o más vehículos participantes en el accidente vial se encuentren protegidos por MAPFRE y surja un conflicto de intereses, ésta les comunicará a los Asegurados tal circunstancia y efectuará las providencias urgentes. Los Asegurados deberán contratar sus propios abogados y MAPFRE se obliga a cubrir los honorarios, gastos, importe xx Xxxxxx de fianzas y cauciones hasta los límites especificados en la cláusula 2a anterior. Cuando el daño material causado sea mayor a 135 xxxx xx Xxxxxxx Mínimo General Vigente en el Distrito Federal, MAPFRE ejercerá las acciones judiciales tendientes a obtener el pago de los siete primeros días del mes, daños ocasionados al Vehículo asegurado y a su conductor. Cuando el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente daño material causado sea menor a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren 135 xxxx xx Xxxxxxx Mínimo General Vigente en el mismo, sin perjuicio de Distrito Federal y extrajudicialmente MAPFRE obtuviera del responsable la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a por un importe inferior al reclamado, lo comunicará al asegurado quien podrá o no aceptar la establecida no significará quitascantidad ofrecida o podrá demandar por su cuenta y si con la sentencia consigue una reparación del daño mayor al ofrecimiento rechazado, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses MAPFRE reembolsará los gastos legales y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto honorarios profesionales señalados en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúncláusula segunda.

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad Si el Beneficiario designado por el Asegurado muriera antes o al mismo tiempo que el Asegurado y de LA FINANCIERAno haber sido nombrados Beneficiarios adicionales o si todos ellos fallecieren antes o al mismo tiempo y no existiere designación de nuevo Beneficiario, siendo en caso de ser procedente el TITULAR siniestro, el importe de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo indemnización que corresponda, se pagará a la cuenta sucesión del solicitante a nombre Asegurado, salvo pacto en contrario o que hubiere renuncia del TITULAR o derecho de un AUTORIZADOrevocar la designación de Beneficiario. b) LA FINANCIERA activará Si por falta de aviso oportuno de cambio de Beneficiario, la tarjeta para su utilización una vez confirmada Compañía hubiera pagado la recepción indemnización correspondiente al último Beneficiario designado por el TITULAR y/Asegurado de quien tuviera conocimiento, la Compañía quedará liberada de cualquier responsabilidad. Los Beneficiarios designados tienen acción directa para cobrar de la Compañía la Suma Asegurada que corresponda, conforme a las reglas establecidas en el Contrato. Cuando existan varios Beneficiarios, la parte del que fallezca antes o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número al mismo tiempo que el Asegurado, acrecienta por partes iguales la de identificación personallos demás, debiendo salvo estipulación en contrario. Se entiende que el recibo estar correctamente firmado por Asegurado y el TITULAR y/o AUTORIZADO Beneficiario fallecen al mismo tiempo cuando en los certificados de defunción de éstos se indica el mismo día y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán misma hora de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjetafallecimiento. En caso de que el beneficiario fallezca después del Asegurado y la Compañía no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mesle haya indemnizado la suma asegurada correspondiente, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente pago será a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR favor de la responsabilidad sucesión legal del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestiónBeneficiario. En caso de que se desee nombrar Beneficiarios a menores de edad, no recibir dicha comunicación dentro se deberá señalar a un mayor de edad como representante de los siete primeros días menores para efecto de que, en representación del semestre(los) menor(es) de edad, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente cobre la indemnización correspondiente. Lo anterior, ya que las legislaciones civiles previenen la forma en que deben designarse tutores, albaceas, representantes de herederos u otros cargos similares y no consideran al Contrato de Seguro como instrumento adecuado para tales designaciones. La designación que se hiciera de un mayor de edad como representante de Beneficiarios menores de edad, legalmente implica que se nombra Beneficiario a la Casa Matriz o Sucursales persona mayor de LA FINANCIERA a solicitar edad, quien en todo caso solo tendría una obligación moral para con el menor de edad, pues la designación que se hace de Beneficiarios en un Contrato de Xxxxxx, le sea entregado concede el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR derecho incondicionado de disponer de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de créditoindemnización respectiva.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad CREDOMATIC DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, entidad domiciliada en la Ciudad de LA FINANCIERASan Xxxx, siendo el TITULAR de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilizaciónXxxxx Rica, cédula jurídica número 0-000-000000. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personalEmpresa que hayan suscrito convenio con aquella, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en adelante "EL EMISOR" , BANCO BAC SAN XXXX, SOCIEDAD ANONIMA, entidad domiciliada en la FINANCIERACiudad de San Xxxx, Xxxxx Rica, cédula jurídica número 0-000-000000, en adelante EL ACREEDOR y quién se indicará en al pie de este contrato, quién para todos los efectos en lo sucesivo se denominará "EL TARJETAHABIENTE", convenimos en celebrar el presente contrato de “Apertura de línea de crédito y de emisión y uso de Tarjeta de Crédito” que se regirá por las siguientes cláusulas generales: adicional el beneficiario podrá utilizar el límite otorgado al Tarjetahabiente por lo que éste, de forma expresa, autoriza a su adicional para que pueda tener acceso al detalle de los estados de cuenta y transacciones realizados contra dicho límite de crédito, redimir puntos y beneficios de la tarjeta, así como también la facultad de efectuar todo tipo de transacciones y cargos a la tarjeta, reportar, la pérdida, robo o hurto y solicitar la reposición por deterioro de su tarjeta o la tarjeta titular, presentar reclamos y contracargos, y en general todas las actividades que permitan el debido resguardo y control de la línea de crédito otorgada. Tanto la tarjeta el Tarjetahabiente como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) los adicionales serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos solidariamente responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, cada adicional que firme el presente contrato se reputará para todos los efectos legales como un fiador solidario. Tanto titular, adicional y en caso fiadores declaran que no sea así, el TITULAR reconocen y aceptan su responsabilidad solidaria y se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota obligan al pago de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea los montos otorgados por EL ACREEDOR como límite de crédito, obliga al TITULAR al pago así como de Intereseslos extrafinanciamientos y sobregiros que pudieren excederlo , Comisiones, Gastos e Impuestos, según entendiendo que dichos sobregiros no son autorizados por el tarifario vigente Emisor y pueden derivarse de diferentes causas entre las que podemos mencionar a manera de ejemplo la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera acumulación de las partes, cuotas no pagadas en cuyo caso tiempo por el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución titular de la tarjeta, abonando así mismo el importe las que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o deriven de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta modificaciones en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto establecido en la Ley No 1.682/01 cláusula tercera de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO este contrato y otras. El plástico de la tarjeta es propiedad del Emisor y deberá serle devuelta por sus modificaciones. i) La falta poseedores al vencimiento del presente contrato, de pago en tiempo y forma, segúnno hacerlo asumirán la responsabilidad por el mal uso que pueda hacerse de él.

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Samples: Contrato De Apertura De Línea De Crédito Y De Emisión Y Uso De Tarjeta De Crédito

CONDICIONES GENERALES. a) 1. Por el presente “el/los Cliente/s” solicita/n la adhesión al Sistema de Tarjeta, por lo que, una vez aceptada la Solicitud el “Banco” se compromete a abrir y administrar una cuenta a nombre del “Cliente”. El “Cliente” declara conocer que la misma se considerará aceptada por el Banco en caso que éste lo manifieste expresamente por escrito, como asimismo en caso que proceda a emitir una tarjeta de crédito a nombre del Cliente, para su uso exclusivo. La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERA, siendo el TITULAR entrega de la misma tarjeta constituye plena prueba del presente Contrato de Tarjeta de Crédito, conforme los términos, limites asignados y condiciones que rigen su uso. El/Los “Cliente/s” estará/n sujeto/s a la solicitud, a los términos y condiciones que se establecen en ella, como así también por las estipulaciones de la Ley N° 25.065, acerca de los cuales manifiesta/n su expresa conformidad. 2. Por expreso pedido del “Cliente” Titular, el único y exclusivo responsable “Banco” podrá emitir otras tarjetas a nombre de su guarda y utilizaciónquien éste designe, denominados “Clientes Adicionales”, siempre que ellos reúnan las condiciones exigidas por el “Banco”, subsistiendo al respecto, la responsabilidad del “Cliente” Titular respecto de todos los actos que realicen los Adicionales. El uso de la tarjeta por el “Cliente” Adicional significa la total aceptación por éste de las condiciones aquí establecidas. La designación de un menor de edad, como Adicional, implica el otorgamiento por parte del Titular, de un mandato a favor del menor, para la adquisición de bienes y servicios, por su cuenta y orden (Art. 1323 Código Civil y Comercia l). 3. Mediante la tarjeta es el/los “Cliente/s” podrá/n efectuar adquisiciones de carácter personal e intransferible bienes y/o servicios en los Establecimientos o Comercios Adheridos al Sistema de Tarjetas del país o del exterior. Los comprobantes de compras y/o gastos realizados en el extranjero, cualquiera fuese su país de origen y será emitida moneda, y los realizados en nuestro país con un cargo obligaciones estipuladas en moneda extranjera, le serán facturados al “Cliente” Titular a su equivalente en dólares estadounidenses y responderá a su pago en dicha moneda, o en pesos al tipo de referencia que fije el Banco Central de la República Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses al momento del efectivo pago, declarando el “Cliente” que la operación se encuentra dentro de los márgenes autorizados por el B.C.R.A. para este tipo de operaciones. En el supuesto que no existiera en la República Argentina mercado de cambio, se tendrá en cuenta para el cálculo la relación de cotización entre el peso y el dólar estadounidense en el mercado libre de cambio tipo comprador de la ciudad de Zurich (Suiza) o de Londres (Inglaterra) a opción del “Banco”. En caso de autorización de débito automático, los consumos en moneda extranjera, expresados en dólares estadounidenses conforme lo estipulado en el párrafo anterior, serán debitados de la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o “Cliente” Titular abierta en Pesos al tipo de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por referencia que fije el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga Banco Central de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL)República Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses, liberando vigente a la FINANCIERA fecha del efectivo débito, salvo que el “Cliente” Titular opte expresamente por efectuar los pagos en dólares estadounidenses comunicándolo mediante notificación fehaciente con no menos de toda responsabilidad48 hs. c) de anticipación a la fecha del vencimiento. 4. La tarjeta Tarjeta de Crédito tendrá un plazo de vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expediciónaños. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla ser renovada automáticamente por otro periodo igualperiodos iguales y consecutivos, salvo aviso notificación escrita en contrario por escrito con cargo de recepción un medio fehaciente por parte del/los “Cliente/s” Titular/es cursada al “Banco” con una antelación mínima de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 treinta (treinta30) días antes a la fecha del comienzo del nuevo período o de las sucesivas renovaciones. . Al respecto, el “Banco” se obliga a notificar al “Cliente” Titular en los tres (3) últimos resúmenes anteriores al vencimiento de la tarjeta, relación contractual la fecha en que operará el mismo y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo ejercicio de la renovación que se incluirá automática, salvo manifestación en contrario en su extracto de cuentacaso. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito5. El/los “Cliente/s” Titulares podrán rescindir a su sola voluntad el presente, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie invocar causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago alguna y sin que ello de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses indemnización alguna, para lo cual deberá/n comunicarlo fehacientemente por escrito tal decisión al “Banco”, devolviendo la Tarjeta Titular y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en las Tarjetas Adicionales, si las hubiera y abonar el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago total de la deuda generada por en las condiciones pactadas. El “Banco” podrá rescindir este Contrato en forma unilateral cuando existan causas objetivas vinculadas a la utilización operatoria del “Cliente”, el uso del producto y/o el origen de los fondos o su destino así como también cuando la tarjeta cuenta o de cualquier otra deuda pendiente el “Cliente” registren movimientos u operaciones y/o consumos que mantenga no guarden razonabilidad con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal la actividad y/o razón social patrimonio declarado; si se comprobara que representa el “Cliente” faltó a la verdad total o parcial en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúnlas declaraciones realizadas al solicitar la

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad 2.1. Normas. Aquí se regulan las condiciones generales y especiales de LA FINANCIERAservicios prestados por el Banco. Las cuestiones que no estén previstas aquí, siendo el TITULAR serán resueltas de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo acuerdo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o legislación paraguaya vigente. 2.2. Modificaciones. Las condiciones generales y especiales de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción prestación de servicios bancarios podrán ser modificadas por el TITULAR y/Banco o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada según las normas legales. Las modificaciones serán transcriptas en la FINANCIERAun acta notarial. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. ConsecuentementeEn este caso, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL)Banco te comunicará sobre las modificaciones realizadas, liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad medios de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx habilitados. Podes solicitar al Banco todas las copias que necesites de las condiciones de los diversos servicios que te ofrece. El Banco considerará aceptadas las nuevas condiciones en el pago caso de que no presentes ninguna objeción después de siete días de haberte sido notificado. También se tendrán por aceptadas con el ejercicio de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contratonuevas condiciones que realices. En este el caso de que no aceptes las nuevas condiciones del Banco, podrás solicitar la suspensión del servicio bancario que estés usando, y si el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjetaBanco no puede realizarlo, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y podrás solicitar la cancelación de la mismaese servicio. Para asegurar el cumplimiento de ésta cláusula, dentro del plazo el Banco va a determinar los servicios bancarios que considere imprescindible. 2.3. Estado de 7 (siete) días corridoscuenta. el Banco te informará en forma mensual, contados desde la confirmación de recepción sobre toda operación o cargo relacionados a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjetatu cuenta. En caso este caso, tenés la obligación notificar al Banco de no recibir el extracto cualquier error o discrepancia dentro de los siete primeros 15 (quince) días del meshábiles posteriores a su recepción. Una vez pasado ese lapso de tiempo, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago Banco tendrá por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren aprobado lo consignado en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única 2.4. Estados de cuentas de Cuentas de ahorro. En los casos de cuentas de ahorro el Banco podrá abstenerse de remitir el extracto por escrito al cliente en caso de que la cuenta no registre movimiento alguno y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado en todos los casos podrá establecer la periodicidad de la remisión del extracto impreso o proporcionarte otras modalidades de acceso a la información de tu cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas ahorro por el TITULAR; ii) el importe total cualquiera de los intereses abonados por medios de comunicación. 2.5. Archivo de instrucciones. El banco realiza el TITULAR correspondiente al periodo archivo de las instrucciones recibidas (órdenes de pago, cheques, boletas de depósitos y demás documentos bancarios), en cuestióndocumentos originales o en formato digital. En caso de que el banco no recibir dicha comunicación dentro de cuente con los siete primeros días del semestreoriginales, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la copias ditigales tendrán igual validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULARconstituirán plena prueba. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito2.6.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERA1. El/Los “Cliente/s” estará/n sujeto/s a la solicitud, siendo el TITULAR a los términos y condiciones aquí establecidos como así también por las estipulaciones de la misma Ley N° 25.065, acerca de los cuales manifiesta/n su expresa conformidad. 2. Por expreso pedido del “Cliente” Titular, el único “Banco” podrá emitir tarjetas a nombre de quien éste designe, denominados “Clientes Adicionales/Extensiones/Autorizados”, siempre que el Titular y exclusivo responsable el/los Adicionales/ Extensiones/Autorizados reúnan las condiciones exigidas por el “Banco”, subsistiendo al respecto, la responsabilidad del “Cliente” Titular respecto de su guarda y utilizacióntodos los actos que realicen los Adicionales/Extensiones/Autorizados. El uso de la tarjeta por el “Cliente” Adicional Extensiones/Autorizados, significa la total aceptación por éste de las condiciones aquí establecidas. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o designación de un AUTORIZADOmenor de edad, como Adicional, implica el otorgamiento por parte del Titular, de un mandato a favor del menor, para la adquisición de bienes y servicios, por su cuenta y orden (Art. b) LA FINANCIERA activará 1323 Código Civil y Comercial). 3. Mediante la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR el/los Adicionales/Extensiones/Autorizados podrá/n efectuar adquisiciones de bienes y/o ADICIONALES AUTORIZADOS servicios en los Establecimientos o Comercios Adheridos al Sistema de Tarjetas del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) país o número del exterior. Los comprobantes de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR compras y/o AUTORIZADO gastos realizados en el extranjero, cualquiera fuese su país de origen y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADOmoneda, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito realizados en nuestro país con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones obligaciones estipuladas en moneda extranjera será convertido extranjera, le serán facturados al “Cliente” Titular a su equivalente en guaraníes dólares estadounidenses y responderá a su pago en dicha moneda, o en pesos al tipo de cambio aplicado por la procesadora de referencia que fije el Banco Central de la tarjetaRepública Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses al momento del efectivo pago, declarando el Titular que la operación se encuentra dentro de los márgenes autorizados por el B.C.R.A. para este tipo de operaciones. En el supuesto que no existiera en la República Argentina mercado de cambio, se tendrá en cuenta para el cálculo la relación de cotización entre el peso y el dólar estadounidense en el mercado libre de cambio tipo comprador de la ciudad de Zurich (Suiza) o de Londres (Inglaterra) a opción del “Banco”. En caso de autorización de débito automático, los consumos en moneda extranjera, expresados en dólares estadounidenses conforme lo estipulado en el párrafo anterior, serán debitados de la cuenta del Titular abierta en Pesos al tipo de cambio de referencia que fije el Banco Central de la República Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses, vigente a la fecha del efectivo débito, salvo que el “Cliente” Titular opte expresamente por efectuar los pagos en dólares estadounidenses comunicándolo mediante notificación fehaciente con no recibir el extracto dentro menos de 48 hs. de anticipación a la fecha del vencimiento. 4. La Tarjeta de Crédito tendrá un plazo de vigencia de xx (xx) años. Al vencimiento podrá ser renovada automáticamente por periodos iguales y consecutivos, salvo notificación escrita en contrario por un medio fehaciente por parte del/los Titular/es cursada al “Banco” con una Personas Jurídicas – Reglamentaciones y Condiciones Generales de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad Productos y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúnServicios

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad El vehículo será conducido única y exclusivamente por el Arrendatario, persona mayor de LA FINANCIERA, siendo el TITULAR 25 años y con más de 2 años de antigüedad mínima de su permiso de conducir clase B y que no le ha sido ni retenido ni retirado por las autoridades. Deberá aportar copia del carné de conducir y del D.N.I 48 horas antes de la misma el único entrega del vehículo. Asimismo podrá designar el/los conductor/es, que cumpliendo sus mismos requisitos de edad y exclusivo responsable carné, podrán sustituirle en la conducción y deberá facilitar la documentación. Además se responsabiliza que solo puedan conducir aquellos que han sido declarados conductores en este documento y que hayan aportado copia de su guarda y utilizacióncarné. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjetaEl Arrendatario, y en su caso que no sea asíel conductor, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de circulación. Igualmente se compromete a no transitar fuera de la correspondiente cuota red viaria o en cualquier terreno no adecuado. Correrán a cargo del Arrendatario el coste de renovación anual vigente al los gastos corrientes derivados del uso del vehículo durante el tiempo de la renovación vigencia de este contrato, debiendo entregar el vehículo autocaravana a su propietario en el mismo nivel de suministros consumibles en que se incluirá fue entregada, o en su extracto caso deberá abonar el coste de cuentalos mismos. d) La emisión El arrendatario se obliga muy especialmente a cuidar los bienes arrendados y conducirlo con la mayor diligencia y cuidado, respondiendo de cualquier deterioro derivado de una defectuosa, negligente o temeraria conducción. El arrendatario indemnizara al arrendador de cualquier incidente en los bienes arrendados sea cual sea la tarjeta causa. El arrendatario se obliga a comprobar regularmente los niveles de crédito aceite del motor, líquido refrigerante y la utilización de la línea de créditodemás que correspondan al vehículo, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelaciónrespondiendo, a través su xxxxx, del Resumen correcto entretenimiento del vehículo mientras tenga la posesión del mismo. Es obligatorio presentar los documentos identificativos tanto del arrendatario como los posibles conductores con un mínimo de Cuenta o mediante publicación en un diario 48 horas de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjetaantelación al inicio del alquiler, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con arrendador podrá exigir, si lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” yconsidera necesario, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al cualquier otro tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de créditodocumento identificativos.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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Samples: Contrato De Arrendamiento De Autocaravana

CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERA, siendo el TITULAR de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso de que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas cláusulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste este apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúnmodificación

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Samples: Contrato Único De Productos Y Servicios Financieros

CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta 1. De la Adquisición y Entrega del Bien El bien objeto de este contrato ha sido elegido libremente por el Usuario y es propiedad adquirido por Bandes Uruguay al proveedor designado por aquel, según se señala en la Solicitud de LA FINANCIERACompra anexa. El bien es entregado directamente por el proveedor al Usuario, siendo el TITULAR de la misma el único quien lo recibe en nombre y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la por cuenta del solicitante Acreditante. El Usuario en este acto renuncia a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción efectuar cualquier reclamación al Acreditante por el TITULAR los vicios y/o ADICIONALES AUTORIZADOS defectos del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) bien objeto del Contrato. El Acreditante no será responsable frente al Usuario de ningún incumplimiento en que pueda incurrir el proveedor, o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta falta de coincidencia, adecuación o cualquier diferencia que presente en los hechos el bien respecto de su individualización previa incluyendo vicios o defectos visibles u ocultos, defectos o vicios técnicos, de diseño, funcionales o de cualquier otro carácter. En tal caso, quedan de pleno derecho transferidos al Usuario todos los derechos y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente acciones correspondientes al tiempo de la renovación que se incluirá Acreditante en su extracto calidad de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de créditoadquirente del bien, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento respecto del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta proveedor o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjetavendedor. En caso de no recibir tratarse de un bien que se encontraba con anterioridad a la fecha del contrato en el extracto dentro de los siete primeros días patrimonio del mesAcreditante, el usuario deberá acudir personalmente dentro Usuario declara en este acto recibirlo a su entera satisfacción y en perfecto estado de conservación y funcionamiento. Si el Acreditante debiera efectuar pagos al proveedor o a organismos públicos estatales o paraestatales, por cualquier concepto referido al suministro del tercer día siguiente bien objeto de este Contrato, incluyendo impuestos, tasas consulares y otros gravámenes o tributos que afecten la operación, con anterioridad a la Casa Matriz o Sucursales fecha de LA FINANCIERA iniciación del mismo, el Usuario reconoce adeudar y se obliga a solicitar le sea entregado su extracto correspondientepagar al Acreditante en forma inmediata, reconociéndose deudor de las citadas sumas. No haciéndolo así En caso de atraso en la entrega del bien en relación a la fecha prevista en la cláusula respectiva de las Condiciones Particulares, se entenderá recibido el resumen prorrogará la fecha de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad iniciación del pago del precio de este Contrato hasta dicha entrega y por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren consecuencia los plazos estipulados en el mismoeste contrato, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a aplicarse lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 cláusula siguiente. El atraso en la entrega del bien respecto de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO la fecha prevista en las Condiciones Particulares ( Bien objeto del Contrato) dará derecho a Bandes Uruguay, cuando dicho atraso exceda de 30 días calendarios, a dar por rescindido el presente Contrato sin necesidad de declaración judicial o extrajudicial al respecto, debiendo el Usuario reembolsar de inmediato a Bandes Uruguay todas las sumas que éste hubiera abonado al proveedor, o a terceros, por virtud del presente Contrato y sus modificacionesde la Solicitud de Compra, con más el interés compensatorio determinado a la tasa establecida para dichos intereses en las Condiciones Particulares (Intereses Compensatorios) por el tiempo transcurrido desde la fecha de iniciación del Contrato, según se establece en las Condiciones Particulares (Plazo). iEl Usuario toma a su cargo todo gasto, impuesto, gravamen, tasa, honorarios, montepíos, comisiones y demás acrecidas generadas por este contrato o por la adquisición del bien (en caso de tomar dicha opción) La falta de pago en tiempo y forma, segúnal término del Contrato.

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Samples: Contrato De Credito De Uso

CONDICIONES GENERALES. a) COBERTURAS BÁSICAS SECCIÓN I - DAÑOS MATERIALES La tarjeta es propiedad Compañía indemnizará al Asegurado, de LA FINANCIERAacuerdo con la Cláusula “AJUSTE Y LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS”, siendo las pérdidas, destrucciones o daños imprevistos, repentinos y accidentales sobre los bienes, o partes de ellos y que se encuentran en el TITULAR recinto, según se detalla en las Condiciones Particulares. La cobertura estará sujeta a que dichos eventos hayan ocurrido durante la vigencia de la misma el único póliza y exclusivo responsable siempre que tales pérdidas no se deban a causas que estén excluidas expresamente en las Exclusiones Generales o Especiales o por cualquier causal de su guarda nulidad que se encuentre detallada en esta póliza y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando “LEGISLACIÓN APLICABLE” a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir un siniestro cubierto por la póliza, el extracto monto de tal pérdida o indemnización será automáticamente restituido inmediatamente después de ocurrir el siniestro y, en consideración a tal restitución el Asegurado queda comprometido a pagar a la Compañía la prima a prorrata que resulte sobre el monto de tal indemnización, desde la fecha del siniestro hasta el próximo vencimiento de la póliza. La póliza de Seguro de Todo Riesgo tiene como propósito cubrir ampliamente aquellos bienes muebles o inmuebles definidos en las Condiciones Particulares. Corresponde a una póliza de Todo Riesgo pero limitado a la Categoría de Seguros Generales dentro de los siete primeros días del mesxxxxx de “Incendio y Líneas Aliadas” y “Otros daños a los bienes”. En términos generales se trata de bienes tales como Edificaciones de uso Comercial o Industrial, su Contenido y otros bienes que sean especificados por el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a Contratante y aceptados por la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado Compañía. Es una póliza denominada Todo Riesgo, lo cual significa que en su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentascontenido no indica ni lista las coberturas, con en cambio lista todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir exclusiones aplicables a dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de créditopóliza.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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Samples: Seguro De Todo Riesgo E Interrupción De Negocio (Dólares) Condiciones Generales

CONDICIONES GENERALES. a) Los pagos o giros que se realizarán a terceros se harán de acuerdo con lo establecido en el contrato fiduciario o contrato accesorio que aplique previa instrucción de pago por parte del designado por el FIDEICOMITENTE GESTOR. Salvo en los casos en donde el contrato mencione que por tratarse de recursos aportados por el fideicomitente constructor y/o desembolsos de créditos en favor de este no se requiera autorización por parte del FIDEICOMITENTE GESTOR. Se registrarán como mínimo tres firmas para autorizar pagos o giros, incluyendo la del Gerente General del FIDEICOMITENTE GESTOR. Las firmas autorizadas serán las registradas en las tarjetas de firmas y las actualizaciones que se remitan a la Fiduciaria. Se tramitarán las instrucciones de pagos o giros que contengan al menos una de las firmas registradas en el Fideicomiso y la del Supervisor del Contrato Fiduciario por la ERU. Para transferencia de recursos derivados de convenios interadministrativos, en todo caso se requerirá la firma del Representante Legal del FIDEICOMITENTE GESTOR. La tarjeta es propiedad liquidación de LA FINANCIERA, siendo los impuestos sobre pagos a terceros será realizada por el TITULAR área encargada de la misma fiduciaria. Cuando se genere el único y exclusivo giro de impuestos que liquidan terceros, será el FIDEICOMITENTE respectivo el responsable de verificar dicha liquidación e instruir a la Fiduciaria su guarda pago. Los pagos y/o giros serán realizados desde las cuentas del Patrimonio Autónomo del respectivo proyecto, con los recursos aportados por parte del FIDEICOMITENTE a quien contractualmente le corresponda la ejecución del mismo. A las planillas de pago de contratos deberán adjuntarse los soportes de avance y/o de cumplimiento de obligaciones, así como los demás documentos necesarios y utilizaciónpactados contractualmente para la ejecución del pago. La tarjeta es Cada planilla y/o instrucción debe indicar expresamente la subcuenta de carácter donde se debe disponer el recurso para realizar el giro. Los Beneficiarios de los pagos o giros deberán presentar adjunto a la solicitud la documentación soporte que solicite Fiduciaria Colpatria para efectuar el trámite correspondiente a dichos pagos o giros a terceros ya sea a la ERU o al Fideicomitente Constructor o Desarrollador en los casos en que le corresponda contractualmente. Para el primer pago se requerirá adjuntar el Registro de Proveedores con sus soportes. Así también, cuando se trate de legalización de costos del FIDEICOMITENTE, con visto bueno del Supervisor de la ERU, en el evento preestablecido contractualmente, deberán realizar el envío en medio magnético de la planilla de pagos o giros (Excel) a los correos del personal e intransferible autorizado en Fiduciaria Colpatria (Administradora del Fideicomiso y será emitida Auxiliar de fideicomisos). En cada pago y/o giro se debe especificar la forma de pago: cheque, ACH (transferencia electrónica a bancos diferentes a Colpatria) o traslado (Colpatria - Colpatria). Los cheques girados desde cuentas de ahorro o corrientes podrán ser retirados por ventanilla en Fiduciaria Colpatria (carrera 9 N° 24-59 primer piso) después de las 3 pm. Se aclara que este se expide por políticas del grupo Colpatria: cruzado y con un cargo a sello restrictivo para ser consignado en la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentesBeneficiario. Los pagos mediando xxxxcheques pueden ser retirados por una tercera persona, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario para esto se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúnadjuntar:

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CONDICIONES GENERALES. (a) La tarjeta es propiedad Objeto. Por el presente Contrato Xxxxx, las Partes acuerdan los términos y condiciones generales a los que se sujetarán las Operaciones que se celebren al amparo del mismo. Los términos y condiciones específicos de LA FINANCIERAlas Operaciones se establecerán en los Contratos Específicos respectivos que celebren para cada una de dichas Operaciones. Los Contratos Específicos se entenderán celebrados (y, siendo por tanto, serán vinculantes para las Partes) desde el TITULAR momento mismo en que los términos y condiciones específicos de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a Operación respectiva hayan sido acordados por la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR vía telefónica, correo electrónico, documentos remitidos vía facsímil o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR mensajería y/o ADICIONALES AUTORIZADOS cualquier otro medio que las Partes acuerden. Para estos efectos se entenderá que los términos y condiciones específicos de la Operación respectiva han sido acordados si las Partes llegan a un acuerdo respecto de: (i) el tipo de Operación; (ii) el tipo de Activo Subyacente; (iii) el precio de cada unidad del PIN Activo Subyacente; (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONALiv) la(s) fecha(s) de ejecución de la Operación; y (v) la Moneda de la Operación. En caso las Partes empleen la vía telefónica, las Partes autorizan desde ya que dichas llamadas telefónicas y, en general, todas las conversaciones telefónicas que sostengan entre sí en relación con el Contrato Xxxxx, con los Contratos Específicos o número con las Operaciones celebradas, puedan ser grabadas por la otra Parte y puedan ser utilizadas como medio de identificación personalprueba, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR para cualquier incidencia, procedimiento administrativo, arbitral y/o AUTORIZADO judicial que entre ambas Partes se pudiera plantear directa o indirectamente. En virtud de esta autorización, las Partes no se encontrarán obligadas a solicitar ninguna autorización adicional a fin de grabar las conversaciones que sostengan entre sí en relación con el presente Contrato Xxxxx, ni a comunicar de tal hecho a la otra Parte, ni previa ni posteriormente. Sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, las Partes acuerdan que luego de haberse celebrado un Contrato Específico, las Partes deberán documentar los términos y condiciones de la firma coincidir con la registrada Operación celebrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentementeun documento escrito denominado “Confirmación”, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación cual deberá ser recibida debidamente suscrito por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuentaambas Partes. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio Para tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúnefectos:

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Samples: Contrato Marco Para Operaciones Con Derivados

CONDICIONES GENERALES. aLa compañía reembolsará los gastos referidos precedentemente, siempre que se cumplan copulativamente los siguientes requisitos: 1) La tarjeta es propiedad el Accidente que los origina haya ocurrido durante la vigencia del Asegurado en esta Póliza; 2) Que se haya incurrido en los gastos dentro del Período de LA FINANCIERA, siendo Duración de Reembolso; 3) Que el TITULAR monto de gastos supere el Deducible establecido en las Condiciones Particulares de la misma Póliza; 4) Que la suma de los reembolsos de gastos realizados al asegurado, durante su vigencia anual en la Póliza, no superen el único y exclusivo responsable Monto Máximo de su guarda y utilización. La tarjeta es Gastos Reembolsables establecido en las Condiciones Particulares de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o Póliza; 5) Que estos gastos no provengan ni se originen por una causa excluida en el Artículo 5° de un AUTORIZADO. bestas Condiciones Generales; 6) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción Que las prestaciones médicas sean entregadas por el TITULAR o los prestador(es) indicados en las Condiciones Particulares de esta Póliza. 7) Que se haya otorgado y pagado la cobertura del sistema de salud previsional, seguros complementarios u otros beneficios contratados por el asegurado, Los reembolsos al Asegurado o pago al Prestador de los Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados, Efectivamente Incurridos por el Asegurado, serán efectuados por la Compañía Aseguradora hasta el Monto Máximo de Gastos Reembolsables por asegurado y de acuerdo a los términos, porcentajes, límites y topes de reembolso por gasto o por asegurado; límites y topes de montos en dinero por atención o prestación; límites y topes según sea el porcentaje de bonificación o reembolso entregado por el sistema de salud previsional privado o estatal al que se encuentre afiliado o adherido el Asegurado; límites y topes por patologías y rangos etarios; establecido para cada Gasto incluido en las coberturas contratadas y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) para cada cobertura contratada, todo lo que se detalla en el Cuadro de Coberturas de las Condiciones Particulares de la Póliza y en el Certificado de Cobertura. La Compañía Aseguradora reembolsará al Asegurado o número de identificación personalpagará al Prestador los Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados, debiendo el recibo estar correctamente firmado efectivamente incurridos por el TITULAR y/Asegurado, respecto del Accidente, como complemento de lo que le cubra el sistema previsional o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada de salud al que se encuentre afiliado o adherido, Isapres, Fonasa, Cajas de Previsión, Departamentos o Servicios de Bienestar, el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales establecido en la FINANCIERALey Nº 18.490, las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, otros Seguros de Salud contratados en favor del Asegurado por otras instituciones, públicas o privadas. Tanto El Monto Máximo de Gastos Reembolsables se define en el Artículo 4°, numeral 24 de estas Condiciones Generales y se establecerá en las Condiciones particulares de la tarjeta como Póliza se aplicará a cada Asegurado durante cada período de vigencia del contrato de seguro. Asimismo, si la suma de los reembolsos de gastos realizados a un asegurado o pagado al Prestador, alcanza el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán Monto Máximo de uso exclusivo Gastos Reembolsables durante cada período de vigencia del TITULAR y/contrato de seguro o AUTORIZADOvencido el Período de Duración de Reembolso, estando prohibida su transferencia. Consecuentementelo que ocurra primero, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables asegurado no tendrá derecho a reembolso alguno ni pago al Prestador por el uso indebido período que reste para el término de su vigencia en este contrato de seguro. El Período de Duración de Reembolso, que se haga define en el Artículo 4°, numeral 27 de estas Condiciones Generales y cuya extensión se determina en las Condiciones Particulares de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL)Póliza, liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de es contado desde la fecha de expedición. Al vencimiento ocurrencia de un Accidente, durante el cual los gastos originados en dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igualserán reembolsados al Asegurado o pagados al Prestador de conformidad a los términos de esta Póliza. Todo gasto que se origine o en que se incurra con posterioridad al vencimiento del citado plazo, salvo aviso por escrito con cargo respecto de recepción por parte de la FINANCIERAun mismo Accidente, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida no será reembolsado por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes compañía ni pagado al Prestador. Serán de cargo del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y asegurador únicamente los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos gastos médicos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y provenientes exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúnde:

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERA, siendo el TITULAR Las siguientes son las condiciones financieras generales de la misma presente invitación: • El oferente deberá cotizar los bienes de la presenta contratación, en dólares de los Estados Unidos de América. Los valores cotizados en dólares deberán presentarse hasta con dos decimales, ETB redondeará a dos decimales y se reserva el único y exclusivo responsable derecho de su guarda y utilizaciónajustar con la función redondear de Excel. La tarjeta es • Cuando por causas imputables al contratista se desplace alguno de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo los eventos contractualmente previstos para la liquidación de la TRM, ETB liquidará a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o menor tasa representativa xxx xxxxxxx que resulte de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada comparación entre la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO contractualmente pactada y la firma coincidir con la registrada vigente en la FINANCIERAel momento de realización del evento. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán Este valor será descontado de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido las sumas en pesos colombianos que se haga le adeuden al proveedor. Si por causas imputables a ETB, las fechas contractualmente pactadas sufren modificación, se aplicará el tipo de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de cambio vigente en la fecha de expediciónrealización del evento. Al vencimiento En el evento que, por hechos de dicho terceros, debidamente comprobados y comunicados a ETB por el proveedor dentro de los 5 días hábiles siguientes a su ocurrencia, se desplace alguno de los eventos contractualmente previstos para efectuar el pago, las partes de común acuerdo determinarán la correspondiente tasa representativa xxx xxxxxxx que se aplicará. Si el proveedor no notifica a ETB con el plazo anteriormente anotado, ETB liquidará a la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte menor tasa representativa xxx xxxxxxx que resulte de la FINANCIERAcomparación entre la contractualmente pactada y la vigente en el momento de realización del evento. • Es de anotar que ETB no será el importador de los bienes de producción extranjera objeto del contrato, cursado por lo tanto, los bienes de producción extranjera suministrados por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento oferente nacional se sujetarán al régimen de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fechacompra local. De conformidad con lo establecido por el Artprevisto en los artículos 20 y 33 del Decreto 390 de 2016. 26o EL CONTRATISTA deberá suministrar a ETB, copia de las declaraciones de importación que acrediten la legal introducción de la Ley No 1334 “De Defensa mercancía al Consumidor o Usuario” ypaís. • En el evento en que se generen beneficios en materia arancelaria sobre los equipos, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizadaen virtud de los tratados de libre comercio suscritos entre Colombia y los países donde sean originarios los bienes, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse contratista se obliga a informar y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción trasladar dichos beneficios a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de créditoETB.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad 7.1.1. El Contrato de LA FINANCIERACuenta Corriente tendrá la misma duración que este Contrato de Plan. En el evento de que por cualquier causa se ponga término al Plan y subsista la vigencia del presente Contrato de Cuenta Corriente, siendo éste último mantendrá su duración hasta el TITULAR término del plazo residual que estuviere en curso. En caso de renovación y a contar de esa fecha, el Contrato de Cuenta Corriente tendrá una duración de 1 año. Este plazo se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales, a menos que alguna de las partes manifestare a la otra su intención de no renovarlo mediante comunicación escrita, en el caso del Banco, remitida con una anticipación mínima de 60 días al vencimiento de plazo original del Contrato o de la misma prórroga que se encuentre en curso, dirigida al domicilio o correo electrónico registrado por el único y exclusivo responsable Cliente para los efectos de su(s) Cuenta(s) Corriente(s); o al domicilio del Banco, en su caso. En el caso que el Banco fuere el que informe el término del Contrato, éste terminará transcurridos 30 días del vencimiento original. En el evento que, por cualquier motivo o causa, se abra al Cliente varias Cuentas Corrientes, el conjunto de ellas formará una sola para los efectos de su guarda conclusión, liquidación y utilizacióndemás fines legales; no obstante, operarán ellas separadamente. La tarjeta es 7.1.2. Los depósitos realizados por medio de carácter personal e intransferible cheques u otros documentos no constituirán fondos disponibles y será emitida el Cliente entiende que no podrá expedir giros con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización éstos, sino una vez confirmada la recepción efectuado su cobro efectivo por el TITULAR Banco. El abono que registre el Banco por el valor de esos documentos, tendrá sólo carácter condicional hasta su cobro efectivo. Si los documentos recibidos en depósito no son pagados por los librados u obligados, el Banco dejará sin efecto el abono condicional mediante el correspondiente débito en la Cuenta Corriente del Cliente. 7.1.3. Si el Cliente registrare alguna morosidad o protesto de cualquier instrumento mercantil, el Banco podrá hacerle entrega de los cheques por unidad hasta que se aclare la situación de morosidad y/o ADICIONALES AUTORIZADOS protestos, circunstancias que el Banco informará al Cliente. 7.1.4. El Cliente podrá dar al Banco órdenes de no pago de cheques y revocarlas en conformidad a la ley. La orden deberá emitirse por escrito en formularios especiales que proporcione el Banco para estos efectos, en los que el Cliente deberá estampar su firma o utilizar los canales a distancia: VOX, Internet u otro similar que el Banco implemente a futuro. Si el Cliente no dispone de clave secreta para acceder a dichos canales, o bien, al impartir la orden de no pago a través de éstos no puede identificarse debidamente, deberá concurrir al Banco antes de las 10:00 horas del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número día hábil bancario siguiente a dar la correspondiente orden de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado no pago. 7.2. Cargos debitados por el TITULAR Banco en la Cuenta Corriente El Cliente, para facilitar la ejecución del presente Contrato y de cualquier obligación vencida que tuviere con el Banco, otorga un mandato a éste con el exclusivo objeto de debitar en su(s) Cuenta(s) Corriente(s) las sumas de dinero correspondientes a los conceptos que se indican a continuación: 7.2.1. El valor de cualquier documento u obligación que el cliente adeudare al Banco y que no fuere pagado a su vencimiento, como también el valor de los documentos u obligaciones que el Banco fuere beneficiario, tenedor, cesionario o endosatario, en garantía, avalados o afianzados por el Cliente o a cuyo pago éste estuviere obligado solidariamente o a cualquier otro título, y de los que el Banco fuera tenedor o endosatario en garantía. 7.2.2. Los desembolsos por instrucciones de pago o transferencias electrónicas enviadas u ordenadas por el Cliente por cualquier medio electrónico, telefónico, computacional y/o AUTORIZADO aquellos operados a distancia que el Banco tuviere habilitados para tales efectos. 7.2.3. Las cantidades, cuyos valores hubieren sido informados y la firma coincidir con la registrada aceptados por el Cliente, correspondientes a tasaciones, retasaciones, estudio de títulos, informes legales de poderes o antecedentes de sociedades que sean solicitados por el Banco al Cliente. 7.2.4 Las comisiones señaladas en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán Anexo Hoja de uso exclusivo del TITULAR Resumen de Productos, sean éstas de apertura y/o AUTORIZADOmantención, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables renovación y/u otras comisiones por el uso indebido de otros productos o servicios que se haga hayan contratado el Cliente en forma separada y que hayan sido aceptados expresamente por éste. 7.2.5. Los abonos y/o reversos de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONALmovimientos erróneos efectuados por el Banco en su(s) Cuenta(s) Corriente(s), liberando a la FINANCIERA lo que le será informado al Cliente dentro de toda responsabilidadlos 10 días siguientes al respectivo cargo. c) La tarjeta tendrá vigencia 7.2.6. El valor de 3 (tres) años a partir los abonos provenientes de la fecha devoluciones de expedicióndocumentos depositados no pagados por sus librados. Al vencimiento 7.2.7. En caso de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo multiplicidad de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea asíCuentas Corrientes, el TITULAR se compromete Cliente autoriza al Banco para traspasar saldos de una cuenta a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota otra con el propósito de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento cubrir sobregiros u otros cargos de cualquiera de las clausulas contempladas en Cuentas Corrientes que posea el cliente. Esto, con la finalidad de facilitar los movimientos entre las cuentas y no sobregirar al cliente. El Cliente ha sido debidamente informado que, para efectos de facilitar el negocio al que accede el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjetaContrato, abonando así mismo el importe que las facultades antes referidas se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (sieteentenderán vigentes incluso si la(s) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. bCuenta(s) de éste apartado xxxx://xxx.xxxx.xx/ Rut Cliente: ______________________________________ Contrato de Condiciones GeneralesParticulares de Plan de Servicios Financieros Persona Natural Versión: Diciembre 2017. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a Infórmese sobre la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro garantía estatal de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado depósitos en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento Banco o en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúnxxx.xxxx.xx

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Samples: Contrato De Plan De Servicios Financieros

CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad Los Tratamientos que el Contratante adquiere según el Plan Contratado, son los que se describen en la sección de LA FINANCIERAcoberturas amparadas, siendo el TITULAR en la Carátula de la misma Póliza. Quedarán amparados los Gastos Cubiertos de los Tratamientos Dentales Registrados y Aprobados, que sean necesarios efectuar a los Asegurados, conforme al Plan Contratado, hasta el único y exclusivo responsable límite máximo de su guarda y utilizaciónla suma asegurada estipulada en la Carátula de la Póliza. La tarjeta Compañía únicamente atenderá los Tratamientos Dentales Registrados y Aprobados y comenzará su responsabilidad a partir de un Tratamiento Iniciado. Los gastos médicos dentales quedarán cubiertos por la Póliza correspondiente, y de conformidad a las características particulares del Plan Contratado. Las Coberturas de gastos médicos dentales cubren los P adecimientos Preexistent es de carácter personal e intransferible cualesquiera de los tratamientos incluidos en el Plan Contratado. El Asegurado entiende y acepta que únicamente podrá acudir para la atención de un Evento a la Red Médica Odontológica, por lo que este seguro no El p resente seg uro sólo ampara los Ho no rarios Odontológicos y los Gastos Cubiertos, quedando excluidos: los medicamentos recetados, los Gastos de Hospitalización, cualquier gasto distinto a los Gastos Cubiertos, los procedimientos que no se encuentren expresamente nombrados en este Contrato, los P rocedimient os o Tr at amientos Experimentales. Al hacer uso de la Red Médica Odontológica, la Compañía se encargará de realizar el Pago Directo a los prestadores de servicios correspondientes, sin embargo el Coaseguro correrá siempre a cargo del Asegurado. El Odontólogo de la Red, será quien determine cuál es el padecimiento del Asegurado de conformidad con las Coberturas que se describen a continuación y será emitida con un cargo quien indique las acciones a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADOrealizar. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR Los Tratamientos y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado procedimientos cubiertos por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y este seguro son los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando describen a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestoscontinuación, según el tarifario vigente a Plan Contratado especificado en la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución Carátula de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como serPóliza: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito00.001 Consulta.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, según

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CONDICIONES GENERALES. a) La tarjeta es propiedad de LA FINANCIERA, siendo el TITULAR de la misma el único y exclusivo responsable de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo CLÁUSULA CONTRATANTES Las partes contratantes se someten a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en la FINANCIERA. Tanto la tarjeta como el PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que se haga de la tarjeta y del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL), liberando a la FINANCIERA de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de cuenta. d) La emisión de la tarjeta de crédito y la utilización de la línea de crédito, obliga al TITULAR al pago de Intereses, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente a la fecha, cuya copia el TITULAR recibe en este acto como anexo al presente contrato de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contrato. En este caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta, abonando así mismo el importe que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o disposiciones de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse de Seguros Nº 17.418 y solicitar la cancelación a las de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente por el uso que se diera a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjetapresente póliza. En caso de no recibir el extracto dentro discordancias entre las Condiciones Generales y las Particulares, predominarán éstas últimas. Los derechos y obligaciones del Asegurado y del Asegurador que se mencionan con indicación de los siete primeros días respectivos artículos de la Ley de Seguros, deben entenderse como simples enunciaciones informativas del mescontenido esencial de la Ley, la que rige en su integridad con las modalidades convenidas por las partes. CLÁUSULA El Asegurador se compromete al pago de las prestaciones estipuladas en la presente póliza, en el usuario deberá acudir personalmente dentro caso de que la persona designada en la misma como Asegurado sufriera durante la vigencia del tercer día siguiente a seguro algún accidente que fuera la Casa Matriz causa originaria de su muerte o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentasinvalidez permanente o temporaria, con todas total o parcial, y siempre que las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita accidente se manifiesten a más tardar dentro de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente año a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes contar de la fecha indicada del mismo, de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Particulares. A los efectos de este seguro,se entiende por accidente toda lesión corporal que pueda ser determinada por los médicos de una manera cierta, sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por la acción repentina y violenta de o con una agente externo. Se consideran también como vencimiento accidentes: la asfixia o intoxicación por vapores o gases, la asfixia por inmersión u obstrucción en el local aparato respiratorio que no provenga de LA FINANCIERAenfermedad; la intoxicación o envenenamiento por ingestión de sustancias tóxicas o alimentos en mal estado consumidos en lugares públicos o adquiridos en tal estado; las quemaduras de todo tipo producidas por cualquier agente, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentes. Los pagos mediando xxxx, serán imputados en primer lugar a intereses y gastos de la xxxx. La financiación constará siempre en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a salvo lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 Cláusula 5, inc. b); el carbunclo, tétanos u otras infecciones microbianas o intoxicaciones cuando sean de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO origen traumático; rabia, luxaciones articulares y sus modificacionesdistenciones, dilaceraciones y rupturas musculares, tendinosas y viscerales (excepto lumbalgias, várices y hernias) causadas por esfuerzo repentino y evidentes al diagnóstico. i) La falta CLÁUSULA3º Salvo las limitaciones o exclusiones que resulten de pago la presente póliza, el seguro y alcances establecidos en la Cláusula ya sea en el ejercicio de la profesión declarada, o mientras se halle prestando servicio militar en tiempo xx xxx, en su vida particular, o mientras esté circulando o viajando en vehículos particulares terrestres o acuáticos, propios o ajenos, conduciéndolos o no, o haciendo uso de cualquier medio habitual de transporte público de personas, ya sea terrestre, fluvial, lacustre, marítimo o en líneas de transporte aéreo regular. Se cubren también los accidentes que se produzcan durante la participación en los siguientes entretenimientos y formadeportes exclusivamente: juegos de salón y la práctica normal y no profesional de: atletismo, segúnbásquetbol, bochas, bolos, canotaje, caza menor, ciclismo, deporte náutico x xxxx y/o motor por xxxx o lagos, equitación, esgrima, excursiones a montañas por carreteras y senderos, césped, natación, patinaje, pelota a paleta, pelota al cesto, pesca (salvo en alta mar), remo, tenis, tiro (en polígonos habilitados), CLÁUSULA4º La cobertura se extiende al tránsito y/o permanencia del Asegurado en el extranjero, salvo en países que no mantengan relaciones diplomáticas con la República Argentina.

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CONDICIONES GENERALES. a) La El CLIENTE podrá solicitar la emisión de una tarjeta es propiedad de LA débito o una tarjeta de crédito emitida por la FINANCIERA, siendo en adelante "tarjeta" para acceso a los cajeros automáticos o el TITULAR uso en establecimientos adheridos, que se regirá de acuerdo a lo acordado en dicha solicitud y a las normas de este contrato, y de conformidad a la Resolución Nro 43, Acta 95 de fecha 30.12.2015 REGLAMENTO PARA LA EMISIÓN, OPERACIÓN Y ADMINISTRACION DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO", del Directorio del Banco Central del Paraguay, y demás normativas vigentes concordantes, de acuerdo a las modalidades operativas que a continuación se detallan: Dichas modificaciones estarán sujetas a la autorización del Banco Central del Paraguay a quien la FINANCIERA notificará con la antelación correspondiente. En este sentido, la FINANCIERA dará aviso a sus clientes por cualquiera de los medios de comunicación siguiente, como ser: Publicaciones impresas en los diarios o impresas en las oficinas de la misma el único y exclusivo responsable FINANCIERA o página web o correo electrónico enviado a los clientes o estados o extractos de su guarda y utilización. La tarjeta es de carácter personal e intransferible y será emitida con un cargo a la cuenta del solicitante a nombre del TITULAR cuentas, o de un AUTORIZADO. b) LA FINANCIERA activará la tarjeta para su utilización una vez confirmada la recepción por el TITULAR y/o ADICIONALES AUTORIZADOS del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL) o número de identificación personal, debiendo el recibo estar correctamente firmado por el TITULAR y/o AUTORIZADO y la firma coincidir con la registrada en cualquier otro medio que disponga la FINANCIERA. Tanto Así también el CLIENTE tendrá acceso a toda versión actualizada de los términos y condiciones del Contrato Único, referente al apartado "TARJETAS en la tarjeta como página Web de la FINANCIERA, de acuerdo a lo establecido en el PIN Art. 6 de la Resolución N ro. 2, Acta Nro 19 de fecha 30 xx xxxxx de 2015. Dentro de dicho plazo el usuario Principal deberá comunicar a " la FINANCIERA mediante aviso por escrito si desea dar por finalizada la relación y procederá a la devolución de las tarjetas o dar su conformidad con las modificaciones introducidas quedando las mismas aceptadas y de cumplimiento obligatorio. administradora para sus tarjetas de crédito o cajeros automáticos que mejor considere. La notificación podrá hacerse por medio telefónico al departamento de tarjetas de la FINANCIERA (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL021-218-7000), en caso que el inconveniente se produjera en horario de atención de la FINANCIERA; o en su defecto si el suceso tuviese lugar fuera de ese horario, a la central de autorizaciones al teléfono 000-000-0000 para tarjetas de crédito y al teléfono (000-000-0000) para tarjetas de débito. Dicha notificación para ser válida deberá ratificarse, en las oficinas de la FINANCIERA, por escrito en horario de oficina y en el primer día hábil posterior a la denuncia telefónica. Se acompañará a dicha notificación una denuncia policial, para el caso de extravío robo o hurto. En todos los casos el titular o titulares de la cuenta o el usuario principal, serán de uso exclusivo del TITULAR y/o AUTORIZADO, estando prohibida su transferencia. Consecuentemente, el TITULAR y los AUTORIZADOS serán los únicos responsables por el uso indebido que eventualmente se haga dé a la tarjeta, hasta tanto realice la comunicación efectiva y solicitud de bloqueo del uso de la tarjeta a la FINANCIERA. La FINANCIERA queda facultada en el caso que el cliente no ratifique su denuncia, a desbloquear la tarjeta, continuando la misma operando normalmente bajo exclusiva responsabilidad del o los titulares, quedando los actos u operaciones posteriores sujetos a la responsabilidad del hecho que la aseguradora determine. P.I.N servirá para utilizar la tarjeta en forma remota o en dispositivos electrónicos, incluido los cajeros automáticos y sustituirá a la firma del PIN (NUMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL)usuario o titular, liberando acordando el mismo valor jurídico a ambas xxxxxxxxxxxxxxxx.Xx bien el P.I.N es generado por un proceso automatizado y la información del mismo es disponible en forma exclusiva por el usuario, éste podrá cambiar el número del P.I.N cuando lo desee, por medio del uso de cajeros automáticos habilitados a tal efecto, puntos de ventas ubicados en la FINANCIERA o sus sucursales o por cualquier otro medio que la FINANCIERA ponga a su disposición para este efecto. El P.I.N es confidencial e intransferible, por lo tanto el usuario conservará bajo su responsabilidad, respondiendo por el uso del mismo en forma amplia. 8.1.r)También, el usuario reconoce todos los débitos que surjan como resultado de la utilización del P.I.N. ya sea en retiros o adelantos en efectivo realizados en cajeros automáticos, su uso para realizar transacciones en cualquier otro tipo de dispositivo electrónico que requiera el ingreso de dicho número personal de identificación. El usuario tendrá autorización de la FINANCIERA para utilizar la tarjeta como medio de pago en la Red Internet. En este caso la FINANCIERA le indicará los pasos a seguir y precauciones a tomar en cuenta para que disminuya el posible riesgo de fraude. El usuario que elija realizar sus transacciones por este medio, asume total responsabilidad por los fraudes que se pudieran cometer con los datos de su tarjeta, todo ello sin perjuicio de sus derechos a formular los reclamos pertinentes, conforme a los procedimientos establecidos por la FINANCIERA y las marcas internacionales y nacionales afectadas a este contrato. Tarjeta de débito es un instrumento identificatorio del titular de la cuenta de ahorro con su emisor y que es utilizada como instrumento de pago en la Red de establecimientos afiliados al sistema o para retiros en efectivo en la Red de cajeros automáticos y cuyos montos de dichas operaciones son debitados en la cuenta del titular y acreditados en la cuenta del establecimiento adherido o institución financiera propietaria xxx xxxxxx, solo si las transacciones son autorizadas. Los titulares o titular que poseen una cuenta de ahorro, podrán autorizar para que se entreguen estas tarjetas y se disponga por este medio a operar sobre dicha cuenta a todas las personas que figuren en el uso de firma de la cuenta referida y puedan disponer en forma individual de los saldos de dicha cuenta. En el caso que el titular de la cuenta sea una persona jurídica con uso de firma indistinta, LA FINANCIERA podrá entregar, a solicitud de la persona jurídica, una tarjeta a cada miembro que tiene el uso de firma indistinta, quien será considerado como apoderado, rigiendo en todo momento lo expresado en el apartado 1.2 de este contrato. 8.2.d)Se podrán efectuar retiros de la cuenta operada y siempre que la extracción no supere el límite diario a ser establecido por la FINANCIERA o por la empresa administradora u operadora de la Red para esta modalidad de operación. 8.2.g)Los depósitos en efectivo o cheques recibidos por los cajeros de la Red se consideran ingresados a la FINANCIERA, a todos sus efectos, el primer día hábil siguiente al efectuado el depósito. 8.2.h)Los depósitos recibidos en condiciones distintas a las pactadas podrán devolverse al cliente o acreditarse en fechas posteriores a las que figuran en los respectivos comprobantes, a sola opción de la FINANCIERA. 8.2.n)Los impuestos, presentes o futuros que graven las cuentas de depósitos y/o servicio de la Red y/o el presente instrumento, estarán a cargo del titular de la cuenta, como así también los costos administrativos, costos de las tarjetas y cualquier otro gasto que se origine como consecuencia del uso de la Red, todos los cuales podrán ser debitados de la cuenta o cuentas del titular, para lo cual la FINANCIERA queda expresamente autorizada al efecto. 8.2.o)En caso de que el titular de la cuenta notifique a la FINANCIERA su decisión de toda responsabilidad. c) La tarjeta tendrá vigencia de 3 (tres) años desvincularse del servicio, deberá retornar a partir de la fecha de expedición. Al vencimiento de dicho plazo la FINANCIERA podrá renovarla por otro periodo igual, salvo aviso por escrito con cargo de recepción por parte de la FINANCIERA, cursado por el TITULAR. Esta comunicación deberá ser recibida todas las tarjetas habilitadas por la FINANCIERA a más tardar en 30 (treinta) días antes del vencimiento para disponer de la tarjeta, y en caso que no sea así, el TITULAR se compromete a pagar, si es que existiere, la correspondiente cuota de renovación anual vigente al tiempo de la renovación que se incluirá en su extracto de esa cuenta. d) La emisión responsabilidad por el uso de la tarjeta de crédito y la utilización luego de la línea desvinculación ya sea por el titular de créditola cuenta, obliga al TITULAR al pago de Intereseso por personas autorizadas o por terceros, Comisiones, Gastos e Impuestos, según el tarifario vigente se mantienen a cargo del titular o titulares hasta tanto las tarjetas xxxx xxxxxxxxx a la fechaFINANCIERA bajo recibo por escrito. 8.2.p)La FINANCIERA podrá revocar la prestación del servicio aquí señalado, cuya copia por decisión propia sin expresión de causa, notificando dicha decisión al CLIENTE, pudiendo el TITULAR recibe titular de la cuenta seguir operando en este acto como anexo al presente contrato sus cuentas de adhesión. Dicho tarifario se mantendrá vigente hasta la próxima fecha de vencimiento del resumen de su cuenta que es emitido de forma mensual. Posteriormente ahorros si la FINANCIERA podrá modificar dichos costos, previa comunicación al TITULAR con 45 (cuarenta y cinco) días de antelación, a través del Resumen de Cuenta o mediante publicación en un diario de gran circulación o mediante la publicación en el tarifario respectivo. e) Toda tarjeta, principal o adicional, podrá ser cancelada en cualquier momento unilateralmente por cualquiera de las partes, en cuyo caso el TITULAR y los AUTORIZADOS deberán proceder previamente a la inmediata devolución de la tarjeta. La FINANCIERA podrá rescindir inmediatamente el presente contrato y sin necesidad de comunicación previa cuando medie causa justificada para tal efecto, como ser: a) Xxxx en el pago de las obligaciones, b) El cliente solicite convocatoria de acreedores o sea declarado en quiebra c) Fuera declarado con inhibición general de grabar y vender bienes d) Fuera iniciado algún juicio de cobro de guaraníes en contra del cliente e) Posea una inhabilitación de cuenta f) Incumplimiento de cualquiera de las clausulas contempladas en el presente contratoasí lo dispusiese. En este caso el TITULAR y titular o los AUTORIZADOS titulares deberán proceder previamente poner a la inmediata devolución disposición de la tarjetaFINANCIERA todas las tarjetas que la FINANCIERA hubiese habilitado para operar sobre esa cuenta, abonando así mismo dentro de las 24 horas de serle comunicada la revocación de la prestación del servicio, siendo responsable el importe titular o los titulares por cualquier movimiento que se adeude a la fecha. De conformidad con lo establecido por el Art. 26o produzca en los saldos de la Ley No 1334 “De Defensa al Consumidor o Usuario” y, siempre que la tarjeta aún no haya sido utilizada, el TITULAR y/o los AUTORIZADOS podrá retractarse y solicitar la cancelación de la misma, dentro del plazo de 7 (siete) días corridos, contados desde la confirmación de recepción a la que alude el inc. b) de éste apartado de Condiciones Generales. EL TITULAR será responsable civil y penalmente sus cuentas por el uso de las tarjetas, hasta que sean devueltas a la FINANCIERA contra recibo. 8.2.q)Los pagos emergentes de la afiliación al sistema, pagos de servicios públicos u otros que se diera cursen a través xxx Xxxxxx Automático, quedan sujetos a las condiciones que se hayan convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a la cuenta del titular o titulares que corresponde a la tarjeta cancelada hasta tanto la misma no haya sido devuelta a la FINANCIERA. f) Mensualmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR un resumen de su cuenta en el que constarán las operaciones efectuadas consignándose la fecha, la individualización del comercio y los montos. Se registrarán así mismo en el extracto todos los cargos relacionados con la prestación del servicio tales como intereses, comisiones, cargas administrativas, impuestos, los pagos efectuados por el TITULAR y todos los derivados de la relación regulada por las presentes condiciones. El detalle de las operaciones en moneda extranjera será convertido en guaraníes al tipo de cambio aplicado por la procesadora de la tarjeta. En caso de no recibir el extracto dentro de los siete primeros días del mes, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado su extracto correspondiente. No haciéndolo así se entenderá recibido el resumen de cuentas, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta. Adicionalmente LA FINANCIERA remitirá única y exclusivamente al TITULAR semestralmente una comunicación complementaria al estado de cuenta en la que se expondrá: i) información relacionada al monto total de comisiones, gastos y/o penalidades abonadas por el TITULAR; ii) el importe total de los intereses abonados por el TITULAR correspondiente al periodo en cuestión. En caso de no recibir dicha comunicación dentro de los siete primeros días del semestre, el usuario deberá acudir personalmente dentro del tercer día siguiente a la Casa Matriz o Sucursales de LA FINANCIERA a solicitar le sea entregado el mismo. No haciéndolo así se entenderá recibida la información complementaria, con todas las consecuencias del caso. La no recepción del mismo no exonera al TITULAR de la responsabilidad del pago por el uso correspondiente. La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta semestral importa CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO 1 el reconocimiento de la legitimidad y validez de las compras efectuadas o servicios utilizados que figuren en el mismo, sin perjuicio de la validez y legitimidad de otras compras o gastos efectuados durante ese periodo o anteriores cuyos comprobantes de gastos no hubieran sido recibidos de los establecimientos adheridos o que recibidos no pudieron ser incluidos en ese resumen de cuenta g) El saldo consignado en el resumen deberá ser cancelado en su totalidad antes de la fecha indicada como vencimiento en el local de LA FINANCIERA, o parcialmente, como cuenta, respetando el importe mínimo que establezca LA FINANCIERA o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del TITULAR. La aceptación de pago en proporciones inferiores a la establecida no significará quitas, esperas y/o novación ni tampoco la modificación de las condiciones de pagos vigentesdébito. Los pagos mediando xxxx, mal cursados o por obligaciones vencidas serán imputados puestos junto con su documentación en primer lugar la sucursal donde esté radicada la cuenta respectiva a intereses y gastos disposición del titular o titulares de la xxxx. La financiación constará siempre cuenta, quienes en el extracto, en caso contrario se entenderá que el pago debe efectuarse al contado. (Sujeto a la asignación de línea de crédito.) h) El TITULAR autoriza para que en caso de un atraso superior a los 90 (noventa) días en el pago de la deuda generada cualquier circunstancia serán responsables exclusivos por la utilización de la tarjeta o de cualquier otra deuda pendiente xxxx que mantenga con LA FINANCIERA, ésta incluya su nombre personal o razón social que representa en el registro general de morosos de INFORMCONF y en cualquier otra base de datos pública o privada. Esta autorización se extiende a fin que pueda proveerse la información a terceros interesados. Una vez cancelada la deuda en concepto de capital, gastos e intereses, la eliminación de dicho registro se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley No 1.682/01 de PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRIVADO y sus modificaciones. i) La falta de pago en tiempo y forma, segúnpudiese existir.

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