Política de formación Cláusulas de Ejemplo

Política de formación. La Dirección de la Empresa, por iniciativa propia o a propuesta de la representación de los trabajadores desarrollará anualmente planes de formación dirigidos a facilitar la continua capacitación profesional y puesta al día en los respectivos cometidos y especialidades, con arreglo a los siguientes criterios: 1. Los planes de formación, así como las distintas acciones formativas serán elaboradas y organizadas por la Dirección de la Empresa, determinándose en cada caso los departamentos, áreas de actividad, productos, etc. a los que vayan dirigidos y las personas que deben asistir a los mismos. 2. Las Secciones Sindicales de Grupo Prisa Radio, en representación de todos los empleados de Prisa Radio, participará activamente en el desarrollo e implantación de los distintos planes o acciones formativas, para ello se crea una comisión paritaria integrada por el mismo número de representantes designados por la Dirección y las Secciones Sindicales de Grupo Prisa Radio, que tendrá atribuidas todas las competencias en esta materia y que se reunirá como mínimo, coincidiendo con las reuniones ordinarias de las Secciones Sindicales de Grupo Prisa Radio. 3. Las acciones formativas que se realicen al amparo de planes de formación continua de ámbito estatal, autonómico o local se regularán por las condiciones específicas que se determinen en dichos planes. No obstante lo anterior, las partes firmantes del presente Convenio Colectivo asumen el contenido íntegro del IV Acuerdo Nacional de Formación publicado en el BOE de 27 xx xxxxx de 2006. cve: BOE-A-2022-20697 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx 4. En todo caso, y a los efectos prevenidos en el sistema de promoción profesional pactado en el presente Convenio, en la convocatoria de cada acción formativa se determinará la valoración que se asigna a los empleados que participen y superen con éxito dichas acciones formativas. Así mismo en la mencionada convocatoria se determinará el régimen de asistencia a las citadas acciones formativas, cuando sea necesario realizar viajes o desplazamientos. El acceso será gratuito en todo caso y voluntario cuando dichas acciones se desarrollen fuera del horario normal de trabajo. Solo por razones justificadas podrá abandonarse el curso de formación una vez iniciado.
Política de formación. La política de formación debe proporcionar a los trabajadores un mayor nivel de cualificación, necesaria no ya sólo para promover su desarrollo profesional, sino también para contribuir a la eficacia económica de la empresa, mejorando su actual nivel de competitividad. La Dirección del centro de trabajo tiene establecido entre sus objetivos la mejora continuada de los niveles formativos de los recursos humanos empleados, a través de Planes de Formación, ajustados a las necesidades de los puestos de trabajo y a las posibilidades económicas de las empresas en cada momento. Las partes firmantes consideran, asimismo, que el centro de trabajo debe mejorar la formación de la plantilla, debiendo, por su parte, colaborar los trabajadores en el aprovechamiento integral de los recursos de todo tipo empleados en cada acción formativa. En consecuencia, la política de formación del centro de trabajo estará basada en los siguientes puntos básicos: xxxxxx 1. La Dirección, con la participación y colaboración de los representantes de los trabajadores, fomentará, dentro de sus posibilidades, acciones formativas de calidad destinadas a los recursos humanos empleados en el centro de trabajo. e 2. El objeto de toda acción formativa vendrá determinado por el diagnóstico o las necesidades de formación detectadas en los puestos que se desempeñan o que puedan desempeñarse en el futuro. 3. Los representantes de los trabajadores, a través de los Coordinadores Sindicales Estatales, podrán proponer las acciones formativas que consideren oportunas para el mejor desempeño por los trabajadores de los puestos de trabajo asignados, antes de la elaboración del Plan General de Formación del centro de trabajo, que incluirá tanto las acciones susceptibles de obtener algún tipo de subvención, como las que no lo sean. A tal fin, la Dirección y los Coordinadores Sindicales Estatales celebrarán una reunión previa a la culminación de dicho Plan. 4. La Dirección del centro de trabajo, en función de las necesidades de formación detectadas en los diferentes centros de trabajo, elaborará un Plan Anual de Formación para el conjunto de ellas, que será presentado ante los Coordinadores Sindicales Estatales. 5. Las Direcciones de cada centro de trabajo aplicarán y desarrollarán dicho Plan en el ámbito de su competencia. 6. Es obligación de todo trabajador incluido en una acción formativa aprovechar al máximo los recursos que en él se están empleando, con especial hincapié en lo referente a acciones formati...
Política de formación. Ambas partes valoran la importancia y trascendencia de la formación para la consecución de los objetivos generales de la empresa y de los mayores niveles de empleabilidad, tanto interna como externamente, así como para el desarrollo personal y profesional. Obviamente, implica adquisición de conocimientos, desarrollo o mejora de las capacidades y aptitudes, fomento de actitudes y dominio de técnicas, incluidos todos los aspectos relacionados con las políticas de prevención de riesgos laborales y de igualdad entre personas. Así pues, la formación en la empresa es uno de sus elementos estratégicos que contribuirá a: fortalecer la marca de la empresa en el mercado, atraer a alumnos de los centros de enseñanza profesional y universitaria actuando como mediador entre los citados centros y el mercado de trabajo, facilitar la implantación de cambios organizativos, promover la mejora del desempeño profesional y la adecuación al puesto de la persona trabajadora, contribuir a la cohesión de la cultura empresarial, en un entorno de trabajo que garantice tanto unas condiciones óptimas de seguridad y salud como la igualdad de derechos y oportunidades de las personas trabajadoras. cve: BOE-A-2023-4793 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Todas las personas trabajadoras, independientemente de su relación contractual, necesitan tener un conocimiento adecuado para ejercer su trabajo y, por lo tanto, deben abordar la formación como un proceso continuo de desarrollo durante su vida laboral en la empresa; la formación continuada es un derecho del trabajador de General Óptica y también un deber cuando el proceso formativo trate sobre una necesidad productiva de la empresa. Finalmente, la dirección de la empresa y la representación legal de los trabajadores han acordado apostar por el contrato de formación como un medio de incorporación al mundo del trabajo.
Política de formación. La prestación del mejor servicio requiere la formación profesional continua de los empleados, pues ésta contribuye al reciclaje permanente y a la adquisición de nuevos conocimientos y habilidades, necesarios para garantizar la calidad del servicio que presta la Entidad. Las partes firmantes del presente convenio, conscientes de esta circunstancia, se comprometen a seguir potenciando el esfuerzo hasta ahora realizado por la Entidad en materia de formación continua, como factor de indudable importancia para la consecución de los resultados finales de la Entidad. En consecuencia, acuerdan constituir una Comisión Paritaria Nacional de Formación que asesorará a la Dirección de la Empresa en las materias de su competencia. Dicha comisión estará formada por tres miembros representantes de los trabajadores y otros tres en representación de la Empresa, y su reglamento de actuación será aprobado de mutuo acuerdo por ambas partes.
Política de formación. De acuerdo con el Valor de Profesionalidad, el trabajo de los voluntarios en la organización (igual que el de los asalariados) ha de ser un trabajo serio y profesional, que dé respuesta a las necesidades de las poblaciones más desfavorecidas, con eficacia, eficiencia y calidad. Por eso los procesos formativos tienen gran importancia. La formación debe responder a necesidades reales, que deben determinar los responsables de los departamentos junto con el Director y comunicar al Responsable del Voluntariado, al objeto de que incorpore estas necesidades al Plan de Formación. Se deberá prestar especial atención a los aspectos institucionales (historia, misión, filosofía…), para conseguir que los voluntarios se sientan integrados. En cuanto al momento en que se realiza la formación, distinguimos entre formación inicial y formación continua. En cuanto a la institución que imparte la formación, distinguimos entre formación interna si esta la imparte MM y formación externa si la imparten personas o instituciones terceras. En cuanto al contenido de la formación, distinguimos entre:  Formación general sobre MMMED y su trabajo: primera entrevista, protocolo de acogida, memorias y documentos de MMMED, charlas, jornadas de formación de la FAMME en Madrid.  Formación específica sobre las funciones a desempeñar. Se impartirá en el puesto de trabajo, a cargo del responsable del departamento o mediante formación externa.
Política de formación. La formación es una herramienta estratégica para la gestión de los Recursos Humanos de la Empresa. Como tal, la organización de la formación se basará en las prioridades estratégicas de la Empresa. Sin perjuicio de lo anteriormente mencionado, la Dirección de la Empresa aportará información y aceptará ideas y sugerencias del Comité de Empresa a la hora de planificar y gestionar la formación de los trabajadores. Siempre que sea posible la formación se realizará en horas de trabajo. La Dirección publicará los cursos programados, convocando individualmente a aquellos trabajadores que, a criterio de la Empresa, deben acudir a cada acción formativa, en todo caso, otros trabajadores interesados podrán solicitar su participación en los mismos. La decisión última de los alumnos que podrán asistir a cada curso es potestad de la Dirección de la Compañía.
Política de formación. 13.1 La formación interna de la Empresa respetará el principio de igualdad de oportunidades e impulsará: – El perfeccionamiento profesional para el desempeño del puesto de trabajo. – El desarrollo profesional potenciando la promoción profesional interna – La adecuación de los recursos humanos a los cambios organizativos y tecnológicos. – La adaptación de los nuevos empleados y empleadas a la Empresa. – La homologación de las certificaciones acreditativas necesarias para el desarrollo del trabajo. Además, la empresa se compromete a realizar formación en igualdad efectiva entre hombres y mujeres a toda la plantilla, analizando la perspectiva de género de las formaciones, tanto para el contenido como para las personas formadoras. 13.2 La Empresa podrá concertar acuerdos formativos con Universidades, escuelas técnicas y/o de Formación Profesional a todos los niveles, asimismo, la Empresa desarrollará anualmente, en la medida de sus necesidades, Planes de Formación tendentes a facilitar la continua capacitación profesional y puesta al día en los respectivos contenidos y especialidades del que dará conocimiento a la representación legal de las personas trabajadoras. 13.3 La plantilla de Bureau Veritas Inversiones estará obligada a adquirir los conocimientos y destrezas necesarias para actualizar sus competencias profesionales tanto en el ámbito de la especialidad de su puesto de trabajo como en el de las especialidades conexas, y para ello se obliga a acudir a los cursos, foros, conferencias que se organicen a tales fines. El incumplimiento de esta cláusula podrá ser constitutivo de sanción según lo establecido en el capítulo de régimen disciplinario. La Empresa adaptará la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional promovidos por la misma.
Política de formación cve: BOE-A-2024-12485 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Política de formación. Se estará a lo dispuesto en la legislación vigente y en la política que cada año se apruebe con el contenido concreto de las acciones formativas a acometer. Sin perjuicio de lo anterior, las personas trabajadoras de BT tendrán derecho a un permiso retribuido de dos (2) horas al mes para formación en contenidos proporcionados por o de BT, previo acuerdo son su superior jerárquico sobre las horas concretas de la realización y el contenido de dicha formación Estas horas podrán acumularse en periodos superiores al mes, a petición de la persona trabajadora y con la autorización de su superior jerárquico. Para poder disfrutar de este permiso, las personas trabajadoras deben acreditar tanto la realización de la formación como que ésta guarda conexión con su actividad profesional en el seno de la empresa. Con la realización de estas acciones formativas se entiende cumplido el derecho a un permiso retribuido de veinte horas anuales de formación profesional para el empleo que establece el Estatuto de los Trabajadores.
Política de formación. Con independencia de los acuerdos formativos concretos que La Opinión de MurciaSAU pueda establecer con universidades, escuelas técnicas o de formación profesional, la Dirección aplicará políticas de formación para el personal de plantilla. En consecuencia, los trabajadores tendrán derecho a: a) Adaptar la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional. b) Disfrutar el permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional, con reserva del puesto de trabajo. c) Para ejercitar cualquiera de estos derechos será requisito indispensable que el interesado justifique previamente la concurrencia de las circunstancias que confieren el derecho invocado. d) Xxx perjuicio del derecho individual de los trabajadores, la representación de éstos participará en la elaboración y desarrollo de los planes de formación de la empresa. e) La Comisión paritaria estudiará cada una de las solicitudes presentadas para la asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento profesional y será la que, en última instancia y por mayoría, dictamine sobre si la organización del trabajo permite la concesión de los correspondientes permisos. f) Cuando se cree una nueva tecnología en el sistema de trabajo, se aplicará la legislación vigente para estos casos. La empresa, a través de cursillos de formación, fomentará la mayor adecuación posible de sus trabajadores a las nuevas tecnologías.