RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Y SEGUROS Cláusulas de Ejemplo

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Y SEGUROS. A) Responsabilidad del Contratista: Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración, será ésta responsable dentro de los límites señalados en las leyes. También será la Administración responsable de los daños que se causen a terceros como consecuencia de los vicios del proyecto elaborado por ella misma. El contratista deberá cumplir todas las normas legales sobre seguridad en la obra, recayendo sobre él las responsabilidades correspondientes en caso de incumplimiento. El contratista responderá de daños y perjuicios que se manifiesten por vicios ocultos y defectos o errores del proyecto conforme a lo establecido en los artículos 236 y 312 del TRLCSP. El contratista formalizará, previo al Acta de Comprobación de Replanteo, una póliza de seguro a todo riesgo en tanto dure la ejecución de la obra por un importe mínimo equivalente al presupuesto de ejecución material de la obra, que cubrirá los daños a la obra civil y las instalaciones. Asimismo suscribirá un seguro de responsabilidad civil frente a terceros por importe adecuado a las circunstancias de la obra, en tanto dure la ejecución de la obra así como el periodo de garantía. Las correspondientes pólizas dispondrán de una cláusula de revalorización automática, en función de los incrementos que experimente el índice de los precios al consumo anualmente. En el caso excepcional en que se introduzcan modificaciones en el Proyecto de Ejecución aprobado, los avales se incrementarán o disminuirán en una cuantía igual a la que supongan dichas modificaciones. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. En las pólizas deberá figurar como beneficiario el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Y SEGUROS. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados y conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, salvo cuando tales perjuicios se hayan ocasionado por una orden inmediata y directa de la Administración.
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Y SEGUROS. El contratista deberá contar, con carácter previo a la adjudicación, con una póliza de seguro de responsabilidad civil por importe mínimo de 100.000 € adecuado a las circunstancia. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta grave.
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Y SEGUROS. 18 24.- SUBCONTRATACIÓN 19
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Y SEGUROS. A) Responsabilidad del Contratista:
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Y SEGUROS. El contratista formalizará, con carácter previo al inicio de la prestación del servicio, una póliza de seguro de responsabilidad civil por importe mínimo de 400.000 € que cubra las posibles responsabilidades de todo tipo en que, como consecuencia de la prestación del servicio, pueda incurrir el concesionario, incluyendo asimismo, la responsabilidad civil frente a terceros, de explotación y de producto. Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas. El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Y SEGUROS. El contratista formalizará, con carácter previo a la adjudicación, una póliza de seguro de responsabilidad civil general. Este seguro incluirá las coberturas de: - Responsabilidad Civil de Explotación. - Responsabilidad Civil Patronal. - Responsabilidad Civil Profesional. - Defensa y fianzas Civiles y/o Criminales. - Liberación de Gastos. Además, las personas que se beneficien del servicio tendrán, en este seguro, la doble consideración de asegurados en cuanto a daños que puedan causar a terceros así como de terceros en cuanto a los daños que puedan sufrir como usuarios de la concesión. Asimismo el seguro deberá contemplar la condición xx xxxxxxx perjudicado del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos, por todas aquellas reclamaciones que con motivo de la explotación de la actividad objeto de la presente licitación, se interponga en vía administrativa y/o judicial contra el mismo. Los capitales mínimos asegurados serán los siguientes: - 1.000.000 € por anualidad. - 1.000.000 € por siniestro. -150.000 € por víctima en Responsabilidad Civil Patronal. La empresa adjudicataria se responsabilizará de todos los daños y perjuicios que se ocasionen a causa de la ejecución del contrato, cualesquiera que sea su naturaleza y volumen.
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Y SEGUROS. A) Responsabilidad del Contratista: Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración, será ésta responsable dentro de los límites señalados en las leyes. El contratista deberá cumplir todas las normas legales sobre seguridad durante la prestación del servicio, recayendo sobre él las responsabilidades correspondientes en caso de incumplimiento.
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Y SEGUROS a) Responsabilidad del contratista: - El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Empresa Municipal Caepionis, S.L. o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. - Con cargo al contratista es condición obligatoria la permanencia a pie de obra de, al menos, un técnico de grado superior y otro de grado medio. - El contratista deberá cumplir todas las normas legales sobre seguridad en la obra, recayendo sobre él las responsabilidades correspondientes en caso de incumplimiento. - Control de Calidad - Expedición de certificaciones: según lo especificado en el Contrato Tipo anexo a este Pliego - Publicidad: según lo especificado en el Contrato Tipo anexo a este Pliego - Comprobación de replanteo: - Previo a la firma del acta de comprobación de replanteo, el contratista solicitará que la Empresa Municipal Caepionis, S.L. adopte las medidas precisas encaminadas a dejar libres los terrenos ocupados, en su caso, por puestos, veladores, etc.., siempre que a su juicio dificulten la realización de las obras. Los gastos ocasionados serán a cuenta del contratista. - Programa de trabajo: según lo especificado en el Contrato Tipo anexo a este Pliego - Seguros: según lo especificado en el Contrato Tipo anexo a este Pliego.
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Y SEGUROS. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Empresa Municipal CAEPIONIS, S.L. o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Con cargo al contratista es condición obligatoria la permanencia a pie de obra de, al menos, un técnico de grado superior y otro de grado medio. El contratista deberá cumplir todas las normas legales sobre seguridad en la obra, recayendo sobre él las responsabilidades correspondientes en caso de incumplimiento.