Common use of APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN Clause in Contracts

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego.

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Samples: Contrato De Servicios, Contrato De Servicios, Contrato De Servicios

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura de las proposiciones presentadasMesa, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, una vez calificada la documentación y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitarsubsanados, en su caso, los informes técnicos defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que estime oportunosse ajustan a los criterios de selección de las mismas, ocon anterioridad al acto público de apertura de proposiciones. Los Sobres nº 2 correspondientes a las ofertas presentadas serán abiertos en acto público el cuarto día hábil siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones, a las nueve (9) horas, salvo en el caso de envío por correo, en el que se estará lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, o cuando dicho cuarto día hábil fuese sábado, supuesto en que se propondrá la apertura el día siguiente hábil a la misma hora. Los Sobres nº 3 se abrirán realizada la valoración de la memoria técnica, en acto público cuya fecha y hora se comunicará con antelación a los licitadores. En primer lugar se comunicará la valoración efectuada de la parte de la oferta sujeta a criterio subjetivo y a continuación se dará lectura a la oferta económica y el resto de datos sujetos a evaluación conforme a criterios objetivos. En función de lo previsto en el artículo 152 TRLCSP y a los efectos de apreciar, en su caso, recibido el informe del comité de expertos que las ofertas se consideran, en principio, desproporcionadas o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliegoanormales, se convocará a los interesados al acto tendrá en cuenta lo señalado en el Reglamento General de apertura la Ley de los sobres n° 3Contratos del Sector Público. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas los efectos del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación carácter desproporcionado o anormal de las ofertas, y efectuará se considerará que las proposiciones no pueden ser cumplidas cuando la correspondiente comprobación en oferta económica sea inferior a los costes salariales mínimos por categoría profesional, según el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas convenio aplicable a la ejecución del Sector Público ycontrato, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario será causa de la Mesa procederá a exclusión en la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidoslicitación. A continuación, Posteriormente la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que Contratación elevará la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación del Contrato al licitadores siguiente, según el orden Órgano de clasificación Contratación que haya de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoefectuarla.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas, Pliego De Cláusulas Administrativas

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado actuada en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. a los interesados al acto público de apertura del sobre nº 2. Antes de la apertura del sobre nº 2, se comunicará a los licitadores, a través de la Plataforma electrónica, el resultado de la calificación de la documentación general y del resultado de la evaluación relativa a las proposiciones evaluables mediante juicio de valor. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego.

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Samples: Contrato De Suministro, Contrato De Suministro

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. 23.1.- La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público, la apertura de los sobres número 4 de los licitadores admitidos, conteniendo la documentación de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica relativas a continuación, en función de los criterios de adjudicaciónadjudicación no evaluables mediante fórmulas con arreglo al siguiente procedimiento: En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su forma de evaluación y tipo de procedimientoexclusión, dejándose constancia de todo lo actuado invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el correspondiente acta acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de la reunión documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de la Mesaadmisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónA continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre de los sobres 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) 4 de los licitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a Concluida la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliegolas proposiciones, se convocará a los interesados al dará por concluido el acto público celebrado, de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará cuyo desarrollo se dejará constancia en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante acta de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario reunión de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este PliegoMesa.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir en La Contratación Por Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Adjudicación, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir en La Contratación Por Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Adjudicación

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre A y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público, a celebrar en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, la apertura de los sobres B de los licitadores admitidos, conteniendo la documentación de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica relativas a continuación, en función de los criterios de adjudicaciónadjudicación no evaluables mediante cifras o porcentajes, con arreglo al siguiente procedimiento: En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres A, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su forma de evaluación y tipo de procedimientoexclusión, dejándose constancia de todo lo actuado invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el correspondiente acta acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de la reunión documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de la Mesaadmisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónA continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) los sobres B de los licitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de adjudicación a que se refiere el citado sobre. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a Concluida la apertura de los sobres nº 2 las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores admitidosasistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado. A continuación, se dará por concluido el acto público celebrado, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios a que se refiere la cláusula anterior, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos se notificará por escrito a todos los interesados la fecha y lugar en que se llevará a cabo la apertura del sobre C conteniendo la oferta económica y la documentación relativa a los criterios de adjudicaciónadjudicación evaluables en cifras y porcentajes. La convocatoria deberá realizarse con una antelación mínima de tres días, debiendo publicarse, asimismo, con la misma antelación, en el tablón de anuncios y en el perfil del contratante del órgano de contratación. Constituida la Mesa de contratación en la fecha señalada, e iniciado el acto público, el Presidente dará cuenta del resultado de la evaluación relativa a las proposiciones contenidas en el sobre B, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta. A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres C de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica y a la relación de los documentos aportados respecto a los restantes criterios de adjudicación evaluables mediante cifras o porcentajes. Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado. A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa. La Mesa de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, oelevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoinformes emitidos.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Regira El Procedimiento Abierto Para Adjudicar El Servicio De Mantenimiento Y Reparación De Los Semáforos Del Ayuntamiento De Ortuella, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Regira El Procedimiento Abierto Para Adjudicar El Servicio De Intervencion Socio Educativa Con Infancia, Juventud

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. Con posterioridad a las actuaciones citadas en la cláusula anterior, la Mesa de licitación, en el lugar, día y hora señalados en el Anuncio de Convocatoria, y en acto público, procederá a la lectura de la lista de licitantes admitidos y a la apertura de los sobres Nº 2 que contengan las proposiciones técnicas de los oferentes admitidos en la calificación previa. Una vez abiertas las ofertas el Comité de expertos se reunirá para evaluar la documentación relativa a criterios cuya valoración depende de un juicio de valor y se levantará acta de dicha reunión. La apertura evaluación de dichos criterios vinculará a la Mesa de Licitación a efectos de formular su propuesta, tal y como dispone el artículo 160.1 del TRLCSP. Dicho personal evaluará las proposiciones y emitirá un informe. Las empresas licitadoras llevarán a cabo una presentación de sus proyectos ante el personal designado para evaluar las ofertas, con el objetivo de conocer a fondo sus propuestas. Dicha presentación no será objeto de valoración. La evaluación de las ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante fórmulas matemáticas se realizará por la Mesa de Licitación tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que no concurra esta circunstancia. - Una vez realizada la valoración de las proposiciones presentadastécnicas, que será por medios electrónicos en el supuesto lugar, día y hora señalados en el Anuncio de licitación electrónica, y Convocatoria la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuaciónMesa procederá, en función de los criterios de adjudicaciónacto público, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 3 que contengan las proposiciones económicas de los licitadores admitidosoferentes cuyas proposiciones técnicas hayan sido admitidas. Realizada Las ofertas económicas que correspondan a proposiciones técnicas rechazadas, quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación y los sobres que las contengan no se abrirán. Antes de comenzar la apertura y lectura de las ofertas económicas se procederá a la lectura de la puntuación técnica obtenida por los oferentes admitidos en la calificación previa, señalando en su caso si hay alguna proposición técnica que haya sido rechazada. Efectuada la apertura de las ofertas económicas, si alguna oferta económica estuviese por debajo del canon mínimo a ofertar establecido en el presente Xxxxxx será rechazada por la Mesa, en resolución motivada. En este caso, las ofertas económicas rechazadas serán excluidas del procedimiento de valoración económica descrito en el presente Pliego. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno y la otra no altere su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición. Concluido el acto público la Mesa procederá a efectuar la valoración económica de las proposiciones admitidas atendiendo a los criterios de adjudicación económicos y al procedimiento fijados en el presente Pliego. Posteriormente, salvo en el supuesto de alza temeraria que se estará a lo dispuesto en los párrafos siguientes, determinada por la Mesa la proposición más ventajosa, levantará acta, elevando a la Comisión Delegada del Consejo Rector del CV07 el acta y su propuesta de contratación adjudicación, que incluirá en todo caso la evaluación ponderación de los criterios de adjudicación. Si la proposición más ventajosa incurre en alza temeraria porque concurren las circunstancias señaladas en la cláusula “14” del presente pliego se requerirá al licitador que ha incurrido en alza temeraria que presente en el plazo de 7 días hábiles: - La justificación económica de su oferta junto a un plan de viabilidad del negocio propuesto. - Resguardo acreditativo de la constitución de una garantía complementaria a la garantía provisional equivalente a dos mensualidades de la media del precio ofertado. Dicha garantía podrá constituirse en metálico, tras solicitarmediante aval, en su casovalores públicos o en valores privados y por contrato de seguro de caución. En caso de consignarse mediante aval o seguro de caución, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará deberán sujetarse a los interesados al acto de apertura de los sobres n° modelos que se adjuntan como anejo nº 3. A continuaciónEn caso de que el licitador no presente la citada documentación, la Mesa acordará su exclusión y procederá a recalcular el alza temeraria con las ofertas restantes (siempre y cuando queden tres ofertas como mínimo). La propuesta de contratación comprobará en el Registro Oficial adjudicación, no creará derecho alguno a favor del oferente propuesto, mientras la Comisión Delegada del Consejo Rector del CV07 de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad acuerdo con lo establecido en la Portada y dispuesto en la cláusula 4.1 3ª del presente Xxxxxx, no dicte la resolución de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoadjudicación.

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Samples: Pliego De Bases

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre número uno y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o los documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público la apertura de los sobres número dos y tres en el lugar, día y hora que se publicará en el perfil del contratante del órgano de contratación. En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en el sobre uno, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos y de las proposiciones presentadascausas de su exclusión, invitando a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas, que será por medios electrónicos serán reflejadas en el supuesto acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de licitación electrónica, y la propuesta documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de adjudicación del contrato se realizará según se indica a admisión de ofertas o de subsanación de defectos u omisiones. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) los sobres números dos y tres de los licitadores admitidos, dando lectura a las proposiciones económicas y a la relación de los documentos aportados respecto a los restantes criterios de adjudicación. En Concluida la sesión apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que al efecto celebre expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la mesa posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el Secretario plazo máximo de dos días hábiles, o bien interponer el recurso especial a que se refiere el artículo 40 del TRLCSP. A continuación se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la mesa procederá a reunión de la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidosMesa. Realizada por la La Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicacióncontratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime considere oportunos, oelevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios recogidos en la Cláusula 15ª del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3informes emitidos. A continuación, la Mesa Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que no dicte la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta resolución de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoprovisional.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación De Un Contrato Administrativo De Suministro De Productos Y Materiales Con Destino Al Negociado De Parques Y Jardines Del Excmo. Ayuntamiento De Santa

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. Los sobres A conteniendo la documentación administrativa presentada por los licitadores serán abiertos en acto no público. La apertura Mesa calificará dicha documentación, declarando la admisión, inadmisión o necesidad de subsanación de los defectos u omisiones que considere subsanables, en cuyo caso lo comunicará mediante fax o correo electrónico a los interesados y lo hará público a través del Perfil del Contratante, concediéndose un plazo no superior a TRES DÍAS HÁBILES, contados a partir de la notificación, para que los licitadores corrijan o subsanen las deficiencias, mediante escrito que deberán presentar en el Registro General. Para la citada comunicación los licitadores deberán hacer constar en su documentación un número de fax o correo electrónico, teniendo en cuenta que de no aportar dicho dato se entenderá que renuncian a dicho medio de comunicación. La Mesa volverá a reunirse en acto público. En primer lugar, se dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación administrativa presentada en el sobre A, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos y de las proposiciones presentadascausas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que será por medios electrónicos serán reflejadas en el supuesto acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de licitación electrónicadocumentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, y la propuesta o el de adjudicación del contrato se realizará según se indica a subsanación de defectos u omisiones. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario Secretaria de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (en acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B conteniendo la documentación técnica para la valoración de los criterios no cuantificables automáticamente presentados por los licitadores admitidos, la cual será entregada al órgano encargado de su valoración, dejando constancia documental de todo lo actuado. Realizada por Recibido dicho informe técnico, se constituirá la Mesa de Contratación, al objeto de dar a conocer la ponderación asignada a los criterios no cuantificables automáticamente y procederá la apertura del sobre C conteniendo la documentación relativa a los criterios cuantificables de forma automática, la cual será remitida asimismo al órgano encargado de su valoración. Una vez elaborado el informe técnico que contendrá la valoración de las proposiciones en cuanto a los criterios indicados, se constituirá nuevamente la Mesa de contratación en sesión pública indicándose la evaluación fecha y lugar en que se celebrará la reunión y elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación del contrato, que incluirá en todo caso la ponderación conjunta de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y indicados en la cláusula 4.1 11del presente pliego, acompañada de este Pliego, las actas de sus reuniones y de la Mesa documentación generada en sus actuaciones y de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta no dicte la resolución de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Y Técnicas Rector Del Contrato De Las Obras De Mejora Del Alumbrado Público Exterior Del Término Municipal De Andoain

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público la apertura de las proposiciones presentadasde los licitadores admitidos, en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, con arreglo al siguiente procedimiento: o En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que será por medios electrónicos serán reflejadas en el supuesto acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de licitación electrónicadocumentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, y la propuesta o el de adjudicación del contrato se realizará según se indica a subsanación de defectos u omisiones. o A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de adjudicación a que se refiere la cláusula 11 de este Pliego. o Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándole, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el plazo máximo de dos días hábiles. A continuación se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa. o Realizada por la Mesa de contratación Contratación la evaluación de los criterios a que se refiere la cláusula anterior, tras solicitar los informes técnicos que estime oportunos, se notificará a todos los interesados la fecha y lugar en que se llevará a cabo la apertura del sobre nº 3 conteniendo la documentación relativa a los criterios de adjudicaciónadjudicación evaluables en cifras y porcentajes. La convocatoria deberá realizarse con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, debiendo publicarse, asimismo, con la misma antelación, en el perfil del contratante del órgano de contratación. o A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres nº 3 de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica y a la relación de los documentos aportados respecto a los restantes criterios de adjudicación evaluables mediante cifras o porcentajes. o Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el plazo máximo de dos días hábiles. A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa. o La Mesa de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, oelevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en la cláusula 11 del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, recibido de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el informe del comité órgano de expertos o del organismo técnico especializado contratación no dicte la resolución de adjudicación definitiva. El contrato se adjudicará en el plazo máximo de dos meses a que hace referencia contar desde la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3las proposiciones. A continuación, la Mesa de contratación comprobará Este plazo se ampliará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, quince días hábiles cuando se aprecien valores anormales o desproporcionados en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego.

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Samples: Pliego De Condiciones Económico Administrativas Que Han De Servir De Base a La Concesión

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónicalicitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y la propuesta las causas de adjudicación del contrato se realizará según se indica su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión Presidente de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (en acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónpúblico, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará cuenta de la documentación presentada para ser valorada mediante los licitadores admitidoscriterios no cuantificables mediante mera fórmula (criterios subjetivos), ordenando la remisión de la misma a los servicios técnicos presentes en el acto para su evaluación y ponderación. Realizada por La Mesa de Contratación, en acto público (2ª reunión), celebrado el día y a la hora que se indique en el anuncio de licitación o en la primera reunión de la Mesa de contratación Contratación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la evaluación de las ofertas conforme a los criterios de adjudicaciónno cuantificables mediante fórmula (criterios subjetivos), tras solicitarrealizada por los servicios técnicos, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará invitando a los interesados al acto asistentes a formular observaciones que se recogerán en el acta. A continuación, el Presidente de la Mesa, procederá a la apertura de los sobres n° 3C y dará lectura de las proposiciones económicas, dando cuenta asimismo de la documentación aportada para su valoración conforme a los criterios cuantificables mediante fórmula (criterios objetivos) La Mesa de Contratación, en acto público, celebrado en esta 2ª reunión (o en una 3ª reunión celebrada el día y la hora que se indique en la 2ª) procederá a la lectura de la evaluación de las proposiciones económicas y otros criterios objetivos, sumándose dicho resultado la puntuación obtenida por la empresas en cuanto a los criterios de valoración subjetivos; elevándose el resultado con la correspondiente propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación. A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se www. diputacionavila . es 9 identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden de clasificación de las ofertas, art. 136.3 LCSP. En este procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y efectuará la correspondiente comprobación se estará a lo dispuesto en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoart. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario 136 de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidosLCSP. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según Se determinará el orden de clasificación adjudicación, procediéndose a formalizar el contrato con la mejor oferta económicamente más ventajosa siguiente, en caso de renuncia del primero y así sucesivamente. Tendrán preferencia en la adjudicación las ofertasproposiciones presentadas por aquellas empresas que, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial momento de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yacreditar su solvencia técnica, posteriormentetengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el requerimiento a punto de vista de los criterios objetivos que se refiere sirven de base para la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoadjudicación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónicalicitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y la propuesta las causas www. diputacionavila . es 14 de adjudicación del contrato se realizará según se indica su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión Presidente de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará lectura de los licitadores admitidoslas proposiciones económicas (en acto público), elevándose el resultado con la correspondiente propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden de clasificación de las ofertas, art. 152.3 TRLCSP. En este procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y efectuará la correspondiente comprobación se estará a lo dispuesto en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas art. 152 del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este PliegoTRLCSP. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según Se determinará el orden de clasificación adjudicación, procediéndose a formalizar el contrato con la mejor oferta económicamente más ventajosa siguiente, en caso de renuncia del primero y así sucesivamente. De conformidad con la Disposición Adicional Cuarta de la LCSP, tendrán preferencia en la adjudicación las ofertasproposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. Asimismo, y efectuará de conformidad también con la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante Disposición Adicional Cuarta de la proposición tiene poder bastante para formular LCSP, y en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, tendrán preferencia las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la ofertapromoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido reguladas en la Portada Disposición Adicional Novena de la Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma xxx xxxxxxx de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30% de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a los colectivos indicados en la cláusula 4.1 disposición adicional cuarta de este Pliegola LCSP, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego.cuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes. www. diputacionavila . es 15

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónicalicitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y la propuesta las causas de adjudicación del contrato se realizará según se indica su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. www. diputacionavila . es 9 A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión Presidente de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará lectura de los licitadores admitidoslas proposiciones económicas. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden art. 152.3 TRLCSP. En este procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y se estará a lo dispuesto en el art. 152 del TRLCSP. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de clasificación acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las ofertasmás ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. Asimismo, y efectuará en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, tendrán preferencia las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la correspondiente comprobación promoción e inserción laboral de personas en el Registro Oficial situación de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yexclusión social, posteriormente, el requerimiento a que se refiere reguladas en la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario Disposición Adicional Novena de la Mesa procederá Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma xxx xxxxxxx de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 % de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido colectivos indicados en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliegodisposición adicional cuarta del TRLCSP, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se constituirá la Mesa de contratación para la calificación de los documentos incluidos en los sobres «A» presentados en tiempo y forma, concediéndose, si se estima conveniente, un plazo no superior a tres días naturales para que el licitador subsane los defectos materiales observados. Dicho plazo se contará desde el día siguiente al de la publicación del resultado de la apertura de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos del sobre « A » en el supuesto perfil del contratante. Sin perjuicio de licitación electrónicalo anterior, y la propuesta siempre de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, forma potestativa en función de la carga de trabajo, podrá advertirse de tal necesidad de subsanación a los criterios licitadores, en la dirección de adjudicacióncorreo electrónico indicada en sus proposiciones, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado sin embargo la fecha para el cómputo del plazo vendrá dada por la publicación en el correspondiente acta perfil. La apertura del sobre «A» no requiere de la reunión de la Mesaacto público. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónPosteriormente, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura y examen de los sobres «C», que contienen los criterios cuya ponderación dependen de un juicio de valor. El acto público de apertura del sobre nº 2 (acto «C», que contienen los criterios cuya ponderación dependen de apertura un juicio de valor de las ofertas admitidas, se realizará el día y hora que será público en caso de que señale el Sr. Alcalde-Presidente, en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de Casa Consistorial. La celebración del acto se comunicará a los licitadores admitidosa través del medio que se considere oportuno, de entre los indicados por los licitadores en la hoja resumen de sus datos incluida en el sobre «A» y/o a través de anuncio en el perfil del contratante. En Tras la sesión que al efecto celebre lectura de dichas proposiciones, la mesa Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de contrataciónlas mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego. Reunida de nuevo la Mesa de Contratación, el Secretario en acto público se dará a conocer la ponderación asignada a los criterios dependientes de la mesa un juicio de valor. A continuación se procederá a la apertura de los sobres nº 2 «B». A la vista de la valoración de los licitadores admitidos. Realizada por criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (Sobre «C») y de los criterios cuya ponderación es automática (Sobre «B»), la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitarContratación visto, en su caso, los informes técnicos previo informe técnico, procederá a formular clasificación de las ofertas y la elevará al órgano de contratación 12.1.- Requerimiento de documentación. El órgano de contratación requerirá al licitador que estime oportunoshaya presentado la mejor oferta para que, odentro del plazo de cinco días hábiles desde la fecha del envío de la comunicación, en su caso, recibido el informe del comité presente la siguiente documentación: 1. Constitución de expertos o del organismo técnico especializado la garantía definitiva a la que se hace referencia en la cláusula 15.4 13. 2. Certificado de este Pliegoinscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, se convocará autonómico o estatal, acompañado de declaración responsable de que los datos que constan en dicho certificado continúan vigentes en la fecha de presentación de la oferta. Si dicho certificado no hace referencia a los interesados al acto de apertura la totalidad de los sobres n° extremos previstos en el punto 3 deberá de completarse con la documentación ahí recogida. 3. A continuación, En el caso de que el licitador sobre el que recaiga la Mesa propuesta de contratación comprobará adjudicación no está inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (autonómico o estatal), o los datos inscritos en este no hagan referencia a la totalidad de los aspectos requeridos, deberá aportarse la documentación siguiente: 3.1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará: a) De los empresarios que la empresa está debidamente constituida, el firmante fueren personas jurídicas mediante copia compulsada de la proposición tienen poder bastante para formular la ofertaescritura o documento de constitución, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica olos estatutos o el acto fundacional, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a los que consten las normas por las que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliegoregula su actividad, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica oinscritos, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se refiere trate. a´. De los empresarios que fueren personas físicas mediante fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad. b) De los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la cláusula 18 Unión Europea o de este PliegoEstados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. c) De los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. 3.2.- Obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS: a) Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. c) Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Cariñena. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación. OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL: a) Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable. 3.3. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar, podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable presentada junto con la proposición dentro del sobre A. 3.4. La solvencia o clasificación del empresario: De acuerdo con los previsto en la cláusula 7. En caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en plazo otorgado al efecto el candidato propuesto como adjudicatario no presente la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliegodocumentación, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y se efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguientea favor del siguiente candidato en puntuación, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará procediéndose en ese caso a recabar la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación misma documentación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego.

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Samples: carinena.es

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. 20.1.- La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público la apertura de las proposiciones presentadasde los licitadores admitidos, EN EL LUGAR Y HORA SEÑALADOS EN EL ANUNCIO DE LICITACIÓN PUBLICADO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA (BOP), con arreglo al siguiente procedimiento: Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que será por medios electrónicos expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el supuesto plazo máximo de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a DOS (2) DÍAS HÁBILES. A continuación, en función se dará por concluido el acto público de los criterios apertura de adjudicaciónproposiciones, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose cuyo desarrollo se dejará constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En Concluida la sesión apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que al efecto celebre expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la mesa posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el Secretario plazo máximo de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3dos días hábiles. A continuación, la Mesa se dará por concluido el acto público de contratación comprobará apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante acta de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario reunión de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este PliegoMesa.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Rigen El Contrato De Gestión De Servicios Públicos Bajo La Modalidad De Concesión Administrativa

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación y/o en el Perfil del contrato se realizará según se indica a continuaciónContratante, en función el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado licitadores en el correspondiente acta sobre A, indicando los licitadores excluidos y las causas de la reunión de la Mesasu exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónA continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónMesa, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará lectura de los licitadores admitidos. Realizada las proposiciones económicas y técnicas formuladas por ellas y las elevará con el acta y la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos propuesta que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité pertinente al Órgano de expertos o del organismo técnico especializado a Contratación que hace referencia haya de efectuar la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3adjudicación. A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o temerario de las bajas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden de clasificación de las ofertas, art. 136.3 LCSP. En este procedimiento deberá solicitarse www. diputacionavila . es 10 el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y efectuará la correspondiente comprobación se estará a lo dispuesto en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoart. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario 136 de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidosLCSP. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según Se determinará el orden de clasificación adjudicación, procediéndose a formalizar el contrato con la mejor oferta económicamente más ventajosa siguiente, en caso de renuncia del primero y así sucesivamente. Tendrán preferencia en la adjudicación las ofertasproposiciones presentadas por aquellas empresas que, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial momento de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yacreditar su solvencia técnica, posteriormentetengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el requerimiento a punto de vista de los criterios objetivos que se refiere sirven de base para la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoadjudicación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirá La Adjudicación, Mediante Procedimiento Abierto, Criterio De Selección Unico, Tramitación Ordinaria, Del Contrato De Obras

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado actuada en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego.

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Samples: Contrato De Suministro

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. Los sobres A conteniendo la documentación administrativa presentada por los licitadores serán abiertos en acto no público. La apertura Mesa calificará dicha documentación, declarando la admisión, inadmisión o necesidad de subsanación de los defectos u omisiones que considere subsanables, en cuyo caso lo comunicará mediante fax o correo electrónico a los interesados y lo hará público a través del Perfil del Contratante, concediéndose un plazo no superior a TRES DÍAS HÁBILES contados a partir de la publicación del anuncio en el Perfil, para que los licitadores corrijan o subsanen las deficiencias, mediante escrito que deberán presentar en el Registro General. Para la citada comunicación los licitadores deberán hacer constar en su documentación un número de fax o correo electrónico, teniendo en cuenta que de no aportar dicho dato se entenderá que renuncian a dicho medio de comunicación. La Mesa volverá a reunirse en acto público. En primer lugar, se dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación administrativa presentada en el sobre A, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos y de las proposiciones presentadascausas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que será por medios electrónicos serán reflejadas en el supuesto acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de licitación electrónicadocumentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, y la propuesta o el de adjudicación del contrato se realizará según se indica a subsanación de defectos u omisiones. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario Secretaria de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (en acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B conteniendo la documentación técnica para la valoración de los criterios no cuantificables automáticamente presentados por los licitadores admitidos, la cual será entregada al órgano encargado de su valoración dejando constancia documental de todo lo actuado. Realizada por Recibido dicho informe técnico, se constituirá la Mesa de contratación Contratación, al objeto de dar a conocer la evaluación de ponderación asignada a los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores no cuantificables automáticamente y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá proceder a la apertura del sobre nº 2 C conteniendo la documentación relativa a los criterios cuantificables de forma automática, la cual será remitida asimismo al órgano encargado de su valoración. Una vez elaborado el informe técnico que contendrá la valoración de las proposiciones en cuanto a los licitadores admitidos. A continuacióncriterios indicados, se constituirá nuevamente la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores sesión pública indicándose la fecha y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, lugar en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere celebrará la cláusula 18 reunión y elevará al órgano de este Pliego. En el contratación la propuesta de adjudicación del contrato, que incluirá en todo caso la ponderación conjunta de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y los criterios indicados en la cláusula 4.1 11 del presente pliego, acompañada de este Pliego, las actas de sus reuniones y de la Mesa documentación generada en sus actuaciones y de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta no dicte la resolución de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocontrato.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Y Tecnicas Rector Del Contrato De Las Obras De Mejora Del Alumbrado Publico Exterior Del Termino Municipal De León

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónicalicitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y la propuesta las causas de adjudicación del contrato se realizará según se indica su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión Presidente de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará lectura de los licitadores admitidos. Realizada por las proposiciones económicas, dando cuenta asimismo de la Mesa de contratación la evaluación de documentación aportada para su valoración conforme a los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3cuantificables mediante fórmula (criterios objetivos). A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden art. 152.3 TRLCSP. En este procedimiento deberá www. diputacionavila . es 10 solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y se estará a lo dispuesto en el art. 152 del TRLCSP. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de clasificación acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las ofertasmás ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. Asimismo, y efectuará en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, tendrán preferencia las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la correspondiente comprobación promoción e inserción laboral de personas en el Registro Oficial situación de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yexclusión social, posteriormente, el requerimiento a que se refiere reguladas en la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario Disposición Adicional Novena de la Mesa procederá Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma xxx xxxxxxx de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 % de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido colectivos indicados en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliegodisposición adicional cuarta del TRLCSP, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La Cód. Validación: 4SPS63CQCJSNAQ26RAXZKX75P | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 27 Al tercer día hábil siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones, se constituirá la Mesa de contratación para la calificación de los documentos incluidos en los sobres «A» presentados en tiempo y forma, concediéndose, si se estima conveniente, un plazo no superior a tres días naturales para que el licitador subsane los defectos materiales observados. Dicho plazo se contará desde el día siguiente al de la publicación del resultado de la apertura de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos del sobre « A » en el supuesto perfil del contratante. Sin perjuicio de licitación electrónicalo anterior, y la propuesta siempre de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, forma potestativa en función de la carga de trabajo, podrá advertirse de tal necesidad de subsanación a los criterios licitadores, en la dirección de adjudicacióncorreo electrónico indicada en sus proposiciones, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado sin embargo la fecha para el cómputo del plazo vendrá dada por la publicación en el correspondiente acta perfil. La apertura del sobre «A» no requiere de la reunión de la Mesaacto público. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónPosteriormente, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura y examen de los sobres «C», que contienen los criterios cuya ponderación dependen de un juicio de valor. El acto público de apertura del sobre nº 2 (acto «C», que contienen los criterios cuya ponderación dependen de apertura un juicio de valor de las ofertas admitidas, se realizará el día y hora que será público en caso de que señale el Sr. Alcalde-Presidente, en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de Casa Consistorial. La celebración del acto se comunicará a los licitadores admitidosa través del medio que se considere oportuno, de entre los indicados por los licitadores en la hoja resumen de sus datos incluida en el sobre «A» y/o a través de anuncio en el perfil del contratante. En Tras la sesión que al efecto celebre lectura de dichas proposiciones, la mesa Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de contrataciónlas mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego. Reunida de nuevo la Mesa de Contratación, el Secretario en acto público se dará a conocer la ponderación asignada a los criterios dependientes de la mesa un juicio de valor. A continuación se procederá a la apertura de los sobres nº 2 «B». A la vista de la valoración de los licitadores admitidos. Realizada por criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (Sobre «C») y de los criterios cuya ponderación es automática (Sobre «B»), la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitarContratación visto, en su caso, los informes técnicos que estime oportunosprevio informe técnico, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado procederá a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, ofertas y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que elevará al efecto celebra la mesa órgano de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego.

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Samples: carinena.es

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónicalicitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y la propuesta las causas de adjudicación del contrato se realizará según se indica su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión Presidente de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (en acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónpúblico, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará cuenta de la documentación presentada para www. diputacionavila . es ser valorada mediante los licitadores admitidoscriterios no cuantificables mediante mera fórmula (criterios subjetivos), ordenando la remisión de la misma a los servicios técnicos presentes en el acto para su evaluación y ponderación. Realizada por La Mesa de Contratación, en acto público (2ª reunión), celebrado el día y a la hora que se indique en el anuncio de licitación o en la primera reunión de la Mesa de contratación Contratación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la evaluación de las ofertas conforme a los criterios de adjudicaciónno cuantificables mediante fórmula (criterios subjetivos), tras solicitarrealizada por los servicios técnicos, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará invitando a los interesados al acto asistentes a formular observaciones que se recogerán en el acta. A continuación, el Presidente de la Mesa, procederá a la apertura de los sobres n° 3C y dará lectura de las proposiciones económicas, siendo puntuadas, según la fórmula recogida en la cláusula 7 de este pliego, en este mismo acto público, dando el resultado final de las puntuaciones obtenidas por cada empresa (sumándose dicho resultado a la puntuación obtenida por la empresas en cuanto a los criterios de valoración subjetivos); elevándose el resultado con la correspondiente propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación. A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden art. 152.3 TRLCSP. En este procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y se estará a lo dispuesto en el art. 152 del TRLCSP. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de clasificación acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las ofertasmás ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. Asimismo, y efectuará en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, tendrán preferencia las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la correspondiente comprobación promoción e inserción laboral de personas en el Registro Oficial situación de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yexclusión social, posteriormente, el requerimiento a que se refiere reguladas en la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario Disposición Adicional Novena de la Mesa procederá Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma xxx xxxxxxx de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de www. diputacionavila . es contratar no menos del 30 % de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido colectivos indicados en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliegodisposición adicional cuarta del TRLCSP, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura En el caso de las proposiciones presentadasno precisarse la subsanación de documentación, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa de Contratación procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público “B” criterios no valorables en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitarcifras o porcentajes, en su casoese mismo acto en sesión pública. Si hubiera precisado la subsanación de documentación, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliegouna vez realizada esta, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de “B” en sesión pública en la fecha en la que se comunicará tales circunstancias a los licitadores admitidosa través del medio que indicaran para la subsanación de defectos. A continuaciónEn casos justificados, la Mesa de contratación comprobará en Contratación podrá aplazar la apertura de ofertas, comunicándose con la debida antelación a través del medio que indicaran para la subsanación de defectos. Comenzará el Registro Oficial acto dando lectura al anuncio de Licitadores licitación procediéndose al recuento de las proposiciones presentadas y Empresas Clasificadas dando cuenta del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante resultado de la proposición tiene poder bastante calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas. Seguidamente se invitará a los asistentes a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, pero sin que en este momento pueda la Mesa de Contratación hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos. A continuación se procederá a la apertura del SOBRE B, remitiéndose al Técnico correspondiente para formular la ofeertaemisión del informe de valoración. La apertura del SOBRE C (Proposición económica y criterios valorables en cifras o porcentajes) se celebrará una vez emitidos el informe de valoración del SOBRE B y se comunicará tales circunstancias a los licitadores a través del medio que indicaran para la subsanación de defectos. La Mesa de Contratación, ostenta previa la solvencia económica, financiera y técnica oemisión de informes técnicos correspondientes, en su caso, clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación xxx xxxxxx y procederá a formular propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación, en favor de la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegooferta económicamente más ventajosa. En el caso de que dos o más proposiciones se compruebe encuentren igualadas como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la empresa no está inscrita adjudicación, resultará adjudicataria aquella que obtenga una mayor puntuación en el Registro Oficial criterio de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido adjudicación que tenga mayor peso en la Portada y en ponderación de los mismos. En caso de que continuara la cláusula 4.1 de este Pliegoigualdad, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según por el orden de clasificación importancia que se haya atribuido a cada criterio. La Mesa de Contratación procederá a desechar las ofertasofertas que puedan producir duda racional sobre la persona del licitador, compromiso que contrajere o adolecieren de deficiencias sustanciales. Si algún documento exigido no hubiera sido presentado, y efectuará no obstante, del resto de la correspondiente comprobación documentación se dedujera su existencia, se considerará subsanable su omisión. Lo dispuesto en el Registro Oficial este párrafo es de Licitadores aplicación para la documentación de los sobres A, B y Empresas Clasificadas C. Notificada la adjudicación del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuaciónhayan interpuesto, la Mesa documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de contratación comprobará los interesados. Si éstos no retiran su documentación en el Registro Oficial los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración no estará obligada a seguirla custodiando, a excepción de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante los documentos justificativos de la proposición tiene poder bastante para formular la ofertagarantía provisional, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá conservará para su entrega a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegolos interesados.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir El Contrato Administrativo Mixto De Arrendamiento, Instalación, Mantenimiento, Asistencia Y Desmontaje De Pistas De

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, presentadas y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según el procedimiento que se indica a continuación: En primer lugar, en función el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los criterios licitadores, comunicando el resultado de adjudicaciónla calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su forma de evaluación y tipo de procedimientoexclusión, dejándose constancia de todo lo actuado invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el correspondiente acta acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de la reunión documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de la Mesaadmisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónA continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre de los sobres 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) 4 de los licitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de adjudicación evaluables mediante un juicio de valor. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a Concluida la apertura de los sobres nº 2 las proposiciones, se dará por concluido el acto público celebrado, de los licitadores admitidoscuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa. Realizada por Constituida la Mesa de contratación en la fecha señalada, e iniciado el acto público, el Presidente dará cuenta del resultado de la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, relativa a las proposiciones contenidas en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3sobre nº 4. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre de los sobres nº 2 y 3 de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica y a la relación de los documentos aportados respecto a los restantes criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas. A continuaciónConcluida la apertura de las proposiciones, la Mesa se podrá dar por concluido el acto público de contratación comprobará apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante acta de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante reunión de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este PliegoMesa.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación Del Contrato De Gestión Del Servicio Público De Explotación Por Terceros De Los Servicios De Temporada

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. 16.1.- La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público, a celebrar en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, la apertura de los sobres número 2 de los licitadores admitidos, conteniendo la documentación de las proposiciones relativas a los criterios de adjudicación no evaluables mediante cifras o porcentajes, a que se refiere la cláusula 10.4.1, con arreglo al siguiente procedimiento: Concluida la apertura de las proposiciones presentadasproposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que será por medios electrónicos expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el supuesto plazo máximo de licitación electrónicados días hábiles, y la propuesta de adjudicación o bien interponer el recurso especial a que se refiere el artículo 40 del contrato se realizará según se indica a TRLCSP. A continuación, en función se dará por concluido el acto público celebrado, de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose cuyo desarrollo se dejará constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En con la sesión misma antelación, en el tablón de anuncios y en el perfil del contratante del órgano de contratación. Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que al efecto celebre expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la mesa posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el Secretario plazo máximo de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratacióndos días hábiles, o bien interponer el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado recurso especial a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3refiere el artículo 40 del TRLCSP. A continuación, la Mesa se dará por concluido el acto público de contratación comprobará apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante acta de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario reunión de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este PliegoMesa.

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Samples: www.gobiernodecanarias.org

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. adecuada, que incluirá en todo caso la valoración de los criterios indicados en la cláusula 15 y en la letra A del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato de este Pliego. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego.

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Samples: Contrato De Servicios

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. (arts 135,144. 295 LCSP y 83 RG). La Mesa de Contratación se constituirá el día y hora señalado en el anuncio de licitación . 15.1- En primer lugar, el Secretario dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres n° 1. La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación del sobre n° 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiese conferido al efecto, procederá a la apertura de los sobres n° 2 de los licitadores admitidos, conteniendo la documentación de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a económicas. 15.1.1.- A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres 2 de los licitadores admitidos. Realizada por , dando lectura a la Mesa relación de contratación la evaluación de los documentos aportados respecto a los criterios de adjudicaciónadjudicación a que se refiere el citado sobre. A continuación, se dará por concluido el acto público celebrado, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de reunión de la Mesa. 15.2.- La Mesa de contratación, tras solicitar, solicitar en su caso, caso los informes técnicos que estime oportunos, oelevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada; que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en la cláusula 9.2 del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación provisional (art. 144.2 LCSP). 16,-ADJUDICACIÓN PROVISIONAL (arts. 135, 139. 145 LCSP). 16.1.- A continuación, la vista de la propuesta de la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario órgano de contratación dictará la adjudicación provisional en el plazo máximo de quince días naturales, a contar desde la apertura de las proposiciones. Transcurrido el indicado plazo sin haberse xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx/xxx/xxxx/xxxxx/000/Xxxxxxx.xxxx?x=x0x0xxxx00 dictado acuerdo sobre la adjudicación provisional, los licitadores podrán retirar sus ofertas, {art. 145.4 LCSP). 16.2.- La adjudicación provisional que realice el órgano de contratación deberá acomodarse a la propuesta de la Mesa procederá de contratación, salvo que expresamente se justifiquen los motivos para apartarse de tal propuesta, o que ésta se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico, en cuyo caso la convocatoria quedará sin efecto. 16.3.- La adjudicación provisional deberá dictarse en todo caso, siempre que alguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos exigidos en el pliego de cláusulas, no pudiendo en tal caso declararse desierta la licitación. No obstante, en los términos previstos en el artículo 139 de la LCSP, la Administración, antes de dictar la adjudicación provisional, podrá renunciar a la apertura celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del sobre nº 2 procedimiento tramitado, cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo de indemnizar a los licitadores, en ambos casos, de los licitadores admitidosgastos de su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado. A continuación16.4.- La adjudicación provisional deberá notificarse a los licitadores, y publicarse en el diario oficial en que se publicó el anuncio de licitación, o en el perfil de contratante del Organismo. 17.- CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA (arts. 83. 84. 87 LCSP). 17.1- El adjudicatario provisional deberá acreditar, en el plazo de 15 días hábiles desde que se publique la adjudicación provisional en un diario oficial o en el perfil del contratante en la página Web del órgano de contratación, la Mesa constitución de contratación comprobará la garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA. No será precisa la constitución de la garantía reseñada en los párrafos anteriores cuando el adjudicatario hubiere constituido en el Registro Oficial mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por importe suficiente ante la Administración contratante, en los términos previstos en el artículo 86 del LCSP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva. 17.2.- La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de Licitadores seguro de caución, o por retención de parte del precio, en la forma y Empresas Clasificadas condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante Reglamento General de la proposición tiene poder bastante para formular LCAP, debiendo depositarse su importe, o la ofeertadocumentación acreditativa correspondiente, ostenta bastanteados todos ellos por la solvencia económicaSecretaria de esta Corporación, financiera y técnica odebiendo depositarse su importe o la documentación acreditativa correspondiente en la Tesorería del organismo. 17.3.- Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en su casoel plazo de quince días, contados desde la clasificación correspondiente y no está incursa fecha en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere notifique al adjudicatario la cláusula 18 resolución de este Pliego. En el caso modificación del contrato, de que se compruebe que la empresa no está inscrita acuerdo con lo dispuesto en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante artículo 87 de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este PliegoLCSP. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego.xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx/xxx/xxxx/xxxxx/000/Xxxxxxx.xxxx?x=x0x0xxxx00

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Que Regirán La Contratació N Del Suministro E Instalación De Farolas Solares en El Bidegorri Gueñes Santxosolo Y Bº. Saratxo

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónicalicitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y la propuesta las causas de adjudicación del contrato se realizará según se indica su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión Presidente de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará lectura de los licitadores admitidos. Realizada por las proposiciones económicas, dando cuenta asimismo de la Mesa de contratación la evaluación de documentación aportada para su valoración conforme a los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3cuantificables mediante fórmula (criterios objetivos). A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Las actas de las mesas de Contratación que se celebren se publicarán en el Registro Oficial perfil del contratante de Licitadores y Empresas Clasificadas la Diputación Provincial xx Xxxxx Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el art. 85 del Sector Público R.D. 1098/2001, de 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden art. 152.3 TRLCSP. En este procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y se estará a lo dispuesto en el art. 152 del TRLCSP. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de clasificación acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las ofertasmás ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. Asimismo, y efectuará en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, tendrán preferencia las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la correspondiente comprobación promoción e inserción laboral de personas en el Registro Oficial situación de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yexclusión social, posteriormente, el requerimiento a que se refiere reguladas en la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario Disposición Adicional Novena de la Mesa procederá Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas www. diputacionavila .es 11 urgentes de reforma xxx xxxxxxx de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 % de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido colectivos indicados en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliegodisposición adicional cuarta del TRLCSP, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Una vez adoptado el acuerdo sobre admisión definitiva de los licitadores se reunirá la Mesa de contratación y se procederá a manifestar el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones presentadasadmitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas procediendo, en su caso, a la apertura, en acto público, del sobre nº B de los licitadores admitidos, en un plazo que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica procedimiento abierto no será superior a continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá siete días a contar desde la apertura del sobre nº 2 (acto A. Posteriormente la Mesa de apertura que será público contratación remitirá a la Comisión Técnica, en caso de que en hubiese sido designada, la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) documentación del citado sobre, a fin de los licitadores admitidosque por ésta se emita el correspondiente informe técnico. En Este informe técnico, junto con la sesión que al efecto celebre la mesa de contratacióndocumentación, el Secretario de la mesa procederá se elevará a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación con anterioridad al acto de apertura de las proposiciones, correspondiendo a la Mesa la valoración de las distintas proposiciones clasificándolas en orden decreciente de valoración. La valoración de los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor corresponderá, en los casos en que proceda por tener atribuida una ponderación mayor que la correspondiente a los criterios evaluables de forma automática, bien a un comité formado por expertos bien a un organismo técnico especializado. Cuando la evaluación deba efectuarse por un comité formado por expertos, éstos deberán ser como mínimo tres. Siempre que sea posible, los miembros del citado comité habrán de ser personal al servicio de la Consejería u Organismo contratante. En ningún caso podrán estar integrados en el órgano que proponga la celebración del contrato. Todos los miembros del comité contarán con la cualificación profesional adecuada en razón de la materia sobre la que verse la valoración. El orden de prioridad de los criterios de adjudicación, tras solicitaradjudicación y su ponderación se fijarán por orden decreciente en el apartado XI xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. En este apartado se expresará, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité umbral mínimo de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados puntuación exigido al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará licitador para continuar en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoproceso selectivo.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para El Contrato De Gestion Del Servicio Público De Unidad De Estancia Diurna Para Enfermos De Alzhéimer Mediante La Modalidad De Concesión Por Procedimiento Abierto Oferta Económicamente Más Ventajosa

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La Mesa de contratación realizará en acto público, a celebrar en el lugar y hora señalados en el Perfil de Contratante de la Universidad xx Xxxxxxxx- La Mancha, la apertura del sobre “1” de los licitadores admitidos, conteniendo la documentación de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica relativas a continuación, en función de los criterios de adjudicaciónadjudicación no evaluables mediante cifras o porcentajes, su forma con arreglo al siguiente procedimiento: En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de evaluación proposiciones recibidas y tipo del nombre de procedimientolos licitadores, dejándose constancia de todo lo actuado invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el correspondiente acta acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de la reunión documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de la Mesaadmisión de ofertas. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónA continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) “1” de los licitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de adjudicación a que se refiere el citado sobre. En Concluida la sesión apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que al efecto celebre expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la mesa posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el Secretario plazo máximo de dos días hábiles. En caso de discrepancias entre las proposiciones que obren en poder de la mesa procederá y las que como presentadas se deduzcan de las certificaciones de que dispone la misma, o que se presenten dudas sobre las condiciones xx xxxxxxx en que han debido ser custodiadas, se suspenderá el acto y se realizarán urgentemente las investigaciones oportunas sobre lo sucedido, volviéndose a anunciar, en su caso, nuevamente en el tablón de anuncios del órgano de contratación o del PÁGINA 10 / 83 ID. DOCUMENTO BSD6W9aJvLOUeK5lnCPPwA$$ 05638592G Xxxxx Xxxxxx de los Xxxxx Xxxxxx 27/02/2013 13:58:14 NTcxMDA= que se fije en los pliegos la reanudación del acto público una vez que todo haya quedado aclarado en la debida forma. Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos. Xxxxxxxxxx, 00 | 00000 - Xxxxxx Xxxx | Telf.: (+00) 000 000 000 | Fax.: (+00) 000 000 000 y 000 000 000 xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx Antes de la apertura de los sobres nº 2 de la primera proposición se invitará a los licitadores admitidos. Realizada interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no altere su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición. Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, y, en su caso, a la presentación de las mismas mediante escrito que haya de unirse al acta correspondiente, otorgándose, a estos efectos, un plazo de DOS HORAS, o bien interponer el recurso especial a que se refiere el artículo 37 del TRLCSP. A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa. La Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicacióncontratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, oelevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en la cláusula 12 del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, recibido de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el informe del comité órgano de expertos contratación no dicte la resolución de adjudicación. PÁGINA 11 / 83 ID. DOCUMENTO BSD6W9aJvLOUeK5lnCPPwA$$ 05638592G Xxxxx Xxxxxx de los Xxxxx Xxxxxx 27/02/2013 13:58:14 NTcxMDA= El órgano de contratación podrá requerir al licitador cuya oferta se considere la económicamente más ventajosa para que aclare determinados aspectos de la mismo o del organismo técnico especializado a rectifique los compromisos que hace referencia en ella figuran, siempre que con ello no se modifiquen elementos sustanciales de la cláusula 15.4 oferta o de este Pliegola licitación, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3falsee la competencia, o se produzca un efecto discriminatorio. A continuaciónXxxxxxxxxx, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores 00 | 00000 - Xxxxxx Xxxx | Telf.: (+00) 000 000 000 | Fax.: (+00) 000 000 000 y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego.000 000 000 xxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Definitivo Del Contrato De Colaboración Entre El Sector Público Y El Sector Privado De Transformación a Gas Natural De Las Salas De Calderas De Edificios De La Universidad De Castilla La Mancha

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. www. diputacionavila . es 12 La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónicalicitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y la propuesta las causas de adjudicación del contrato se realizará según se indica su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión Presidente de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará lectura de los licitadores admitidos. Realizada por las proposiciones económicas (en acto público), dando cuenta asimismo de la Mesa de contratación la evaluación de documentación aportada para su valoración conforme a los criterios cuantificables mediante fórmula (criterios objetivos), elevándose el resultado con la correspondiente propuesta de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité adjudicación al Órgano de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3Contratación. A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden art. 152.3 TRLCSP. En este procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y se estará a lo dispuesto en el art. 152 del TRLCSP. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de clasificación acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las ofertasmás ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. Asimismo, y efectuará en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, tendrán preferencia las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la correspondiente comprobación promoción e inserción laboral de personas en el Registro Oficial situación de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yexclusión social, posteriormente, el requerimiento a que se refiere reguladas en la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario Disposición Adicional Novena de la Mesa procederá Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma xxx xxxxxxx de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 % de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido colectivos indicados en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliegodisposición adicional cuarta del TRLCSP, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La Mesa de Contratación se constituirá en el plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones, para la calificación de la documentación administrativa contenida en los sobres «A». El Presidente ordenara la apertura de los sobres que la contengan, y el Secretario certificara la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. En su caso, se concederá un plazo de tres días hábiles para que el candidato corrija los posible defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada. En todo caso, la Mesa de Contratación rechazará las proposiciones presentadasque contengan contradicciones u omisiones, errores o tachaduras que será por medios electrónicos puedan inducir a error e impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta, las que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida, las que comporten error manifiesto en el supuesto importe del precio, así como las que difieran sustancialmente del modelo de licitación electrónica, proposición establecido en este Pliego. Una vez calificada la documentación y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuaciónsubsanados, en función su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada la mesa declarara admitidos a la licitación a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado requisitos previos indicados en el correspondiente acta de la reunión de la Mesaarticulo 146 del TRLCSP. En la sesión Una vez realizadas las actuaciones previstas en el apartado anterior, se convocará acto público, en el que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa se procederá a la apertura de los sobres nº 2 SOBRES "B" OFERTA ECONÓMICA VALORABLE MATEMÁTICAMENTE”. de los licitadores admitidoslas proposiciones admitidas. Realizada por La Mesa de Contratación valorará las ofertas presentadas y formulará la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, indicando el orden de preferencia para la adjudicación. Cuando entienda que alguna de las proposiciones podría ser calificada como anormal o desproporcionada, tramitará el procedimiento previsto en el art.152 TRLCSP, y en vista de su resultado propondrá al órgano de contratación su aceptación o rechazo, de conformidad con lo previsto en el apartado 4 del mismo artículo. Antes de formular la propuesta de adjudicación, se podrán solicitar cuantos informes técnicos se consideren precisos. Caso de resultar necesario y previamente a la formulación de la propuesta, la Mesa u órgano de contratación Contratación podrá solicitar, por escrito, las aclaraciones que considere necesarias a las Empresas admitidas, que deberán efectuarlas, también por escrito y en el plazo que se señale para ello, sin que por ello puedan introducirse modificaciones en las proposiciones presentadas. Recibidos los informes, se realizará propuesta de adjudicación que incluirá la evaluación ponderación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, valoración fijados en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto elevándola, conjuntamente con las ofertas y el acta de la sesión de apertura de los sobres n° 3. A continuaciónlas mismas, la Mesa al órgano de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que competente para la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoadjudicación. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva La propuesta de adjudicación al no crea derecho alguno a favor del licitador siguientepropuesto frente a la Administración. No obstante, según cuando el orden órgano de clasificación contratación no adjudique el contrato de acuerdo con Dependencia CONTRATACIÓN Código de Documento CONWS002J Código de Expediente CON/2012/3 Fecha y Hora 09/08/2012 Código de Asiento - Código de Verificación Electrónica (COVE) la propuesta formulada deberá motivar su decisión. El acto público de apertura de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación proposiciones se realizará en el Registro Oficial Salón de Licitadores y Empresas Clasificadas Plenos del Sector Público y, posteriormente, Ayuntamiento. Se publicará la fecha en el requerimiento a perfil del contratante del Ayuntamiento xx Xxxx xxx.xxxx-xxxx.xx. El criterio de valoración que se refiere seguirá para la cláusula 18 de este Pliego. En selección del adjudicatario será la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia oferta económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego.

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APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura de las proposiciones presentadasrelativas a criterios de valoración (Sobre “B”) se realizará, en acto público, el mismo día de la apertura de los sobres “A”, si en estos no hubiera deficiencias o subsanaciones que realizar, o en caso contrario, el primer día hábil posterior a la fecha de terminación del plazo de presentación de las subsanaciones, y en todo caso en un plazo no superior a 7 días naturales a contar desde la apertura del Sobre “A”. No obstante, si se considerase conveniente anticipar la apertura de plicas para adjudicar el contrato lo antes posible, se podrá celebrar el acto de apertura de plicas con anterioridad al día señalado; en este caso se expondrá un anuncio en el perfil del contratante del Ayuntamiento y se comunicará por fax, vía telefónica o correo electrónico a todos los licitadores que hayan concurrido al proceso. En primer lugar, la Secretaria de la Mesa dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres “A”, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que será por medios electrónicos serán reflejadas en el supuesto acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de licitación electrónicadocumentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, y la propuesta o el de adjudicación del contrato se realizará según se indica a subsanación de defectos u omisiones. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario Secretaria de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) los sobres “B” de los licitadores admitidos, dando a conocer el contenido de cada uno. En Los interesados podrán solicitar, tras la sesión apertura de todos los sobres, las aclaraciones o reservas que al efecto celebre estimen convenientes. Acto seguido, la mesa Mesa de contratación, el Secretario de la mesa Contratación procederá a la apertura evaluación y valoración de las ofertas respecto a los sobres nº 2 criterios incluidos en este sobre, que no son evaluables en cifras o porcentajes, para lo que podrá recabar los informes técnicos que estime oportunos. El resultado de los licitadores admitidosdicha valoración deberá ser argumentado y justificado en el correspondiente informe de valoración que se incorporará al expediente. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicacióndel criterio a que se refiere el apartado anterior, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, ose procederá a la apertura del sobre “C” que contiene la documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables en cifras y porcentajes. Constituida la Mesa de contratación en la fecha correspondiente, se iniciará el acto público conforme al siguiente procedimiento: - El Presidente dará cuenta del resultado de la evaluación relativa a las proposiciones contenidas en su casoel sobre “B”, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado invitando a los asistentes a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliegoformulen las observaciones que estimen oportunas, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3que serán reflejadas en el acta. - A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario Secretaria de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los sobres “C” de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica. A continuaciónÍ Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal de que lo uno o la otra no altere su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición. Seguidamente, la Mesa de contratación comprobará clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente de puntuación obtenida en la valoración de los criterios fijados en el Registro Oficial de Licitadores presente Xxxxxx, y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de concretará expresamente cuál sea la proposición tiene poder bastante para formular más ventajosa sobre la ofeerta, ostenta que formulará la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocontrato. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva La propuesta de adjudicación al no crea derecho alguno en favor del licitador siguientepropuesto frente a la Administración mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación. No obstante, según cuando el orden órgano de clasificación contratación no adjudique el contrato de las ofertas, y efectuará acuerdo con la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegopropuesta formulada deberá motivar su decisión.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrán De Regir La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto, La Prestación Del Servicio De Recogida, Gestión Y Control De Animales en El Municipio De Bollullos De La Mitación

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónicalicitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y la propuesta las causas de adjudicación del contrato se realizará según se indica su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. www. diputacionavila . es 10 A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión Presidente de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (en acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónpúblico, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará cuenta de la documentación presentada para ser valorada mediante los licitadores admitidoscriterios no cuantificables mediante mera fórmula (criterios subjetivos), ordenando la remisión de la misma a los servicios técnicos presentes en el acto para su evaluación y ponderación. Realizada por La Mesa de Contratación, en acto público (2ª reunión), celebrado el día y a la hora que se indique en el anuncio de licitación o en la primera reunión de la Mesa de contratación Contratación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la evaluación de las ofertas conforme a los criterios de adjudicaciónno cuantificables mediante fórmula (criterios subjetivos), tras solicitarrealizada por los servicios técnicos, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará invitando a los interesados al acto asistentes a formular observaciones que se recogerán en el acta. A continuación, el Presidente de la Mesa, procederá a la apertura de los sobres n° 3C y dará lectura de las proposiciones económicas y demás criterios evaluables con mera fórmula, siendo puntuadas, según la fórmula recogida en la cláusula 7 de este pliego, en este mismo acto público, dando el resultado final de las puntuaciones obtenidas por cada empresa (sumándose dicho resultado a la puntuación obtenida por la empresas en cuanto a los criterios de valoración subjetivos); elevándose el resultado con la correspondiente propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación. A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden art. 152.3 TRLCSP. En este procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y se estará a lo dispuesto en el art. 152 del TRLCSP. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de clasificación acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las ofertasmás ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. Asimismo, y efectuará en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, tendrán preferencia las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la correspondiente comprobación promoción e inserción www. diputacionavila . es 11 laboral de personas en el Registro Oficial situación de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yexclusión social, posteriormente, el requerimiento a que se refiere reguladas en la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario Disposición Adicional Novena de la Mesa procederá Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma xxx xxxxxxx de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 % de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido colectivos indicados en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliegodisposición adicional cuarta del TRLCSP, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. 14.1. La apertura de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa Mesa de contratación, el Secretario de una vez calificada la Mesa procederá a la apertura documentación del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitarA y realizadas las enmiendas y, en su caso, los informes técnicos aportadas las aclaraciones requeridas, o transcurrido el plazo que estime oportunosse confirió al efecto, orealizará en acto público, en su casoel lugar, recibido día y hora indicado en el informe perfil del comité contratante, la apertura del sobre B Documentación no evaluable mediante fórmulas, con arreglo a las siguientes actuaciones: ▪ Lectura del anuncio público del procedimiento. ▪ Recuento de expertos las proposiciones presentadas y confrontación con los datos que figuren en los certificados extendidos por los jefes de las oficinas receptoras de las mismas. ▪ Lectura pública del número de proposiciones recibidas y de la identidad de los licitadores. ▪ Invitación a los asistentes para que comprueben, si lo desean, que los sobres que contienen las proposiciones se encuentran en la mesa, y en idénticas condiciones que cuando fueron entregados. ▪ Lectura pública de los resultados de la calificación de la documentación personal, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o del organismo técnico especializado causas de no admisión de estas últimas. ▪ Invitación a los licitadores asistentes interesados a que hace referencia manifiesten las xxxxx que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la cláusula 15.4 de mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes. Pasado este Pliego, momento no se convocará admitirán más observaciones que interrumpan el acto. ▪ Apertura del sobre correspondiente a la documentación relativa a los interesados al acto de apertura de criterios no evaluables automáticamente mediante fórmulas. ▪ Invitación a los sobres n° 3asistentes a que expongan cuantas consideraciones, reclamaciones o quejas consideren oportunas, tras lo cual se levantará la sesión. A continuación, la Mesa entregará al órgano encargado de contratación comprobará la valoración la documentación contenida en el Registro Oficial de Licitadores Sobre B para la elaboración del informe correspondiente. El plazo para la valoración y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y cuantificación no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita podrá ser superior al xxxxx xxxxxx establecido en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas artículo 160 del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a TRLCSP para la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores C. Por parte del secretario se levantará Acta que recogerá sucinta y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con fielmente lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertasacontecido, y efectuará la correspondiente comprobación en será firmada, por lo menos, por el Registro Oficial de Licitadores Presidente y Empresas Clasificadas del Sector Público yel Secretario, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoasí como por cuantos hubieran presentado reclamaciones.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación, Sujeta a Regulación Armonizada, Documentalmente Simplificada, Por El Procedimiento Abierto, Tramitación Ordinaria Y Anticipada De Gasto Del Servicio De Alojamiento Externo

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónicalicitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y la propuesta las causas de adjudicación del contrato se realizará según se indica su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión Presidente de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará lectura de los licitadores admitidoslas proposiciones económicas. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden art. 152.3 TRLCSP. En este procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y se estará a lo dispuesto en el art. 152 del TRLCSP. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de clasificación acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las ofertasmás ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. Asimismo, y efectuará en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, tendrán preferencia las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la correspondiente comprobación promoción e inserción laboral de personas en el Registro Oficial situación de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yexclusión social, posteriormente, el requerimiento a que se refiere reguladas en la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario Disposición Adicional Novena de la Mesa procederá Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma xxx xxxxxxx de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de www. diputacionavila . es 9 contratar no menos del 30 % de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido colectivos indicados en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliegodisposición adicional cuarta del TRLCSP, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Los sobres A conteniendo la documentación administrativa presentados por los licitadores los abrirá la Mesa de contratación en acto no público, el siguiente martes hábil al día en que termine el plazo de presentación de proposiciones, a partir de las diez horas. La Mesa calificará dicha documentación declarando la admisión, inadmisión o necesidad de subsanación de los defectos u omisiones que considere subsanables, en cuyo caso lo comunicará mediante fax a los interesados y lo hará público a través del Tablón de Edictos del Ayuntamiento, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles contados a partir de la recepción del fax, para que los licitadores corrijan o subsanen las deficiencias, mediante escrito que presentarán en el Registro General. Para la citada comunicación los licitadores deberán hacer constar en su documentación un número de fax, teniendo en cuenta que de no aportar dicho dato se entenderá que renuncian a dicho medio de comunicación. La Mesa volverá a reunirse en acto público el siguiente martes hábil, a partir de las diez horas. En primer lugar, se dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones presentadasrecibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres A, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que será por medios electrónicos serán reflejadas en el supuesto acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de licitación electrónicadocumentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, y la propuesta el de adjudicación del contrato se realizará según se indica a subsanación de defectos u omisiones. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario Secretaria de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (procederá, en acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónpúblico, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B conteniendo la documentación técnica para la valoración de los criterios no cuantificables automáticamente presentados por los licitadores admitidos, la cual será entregada al órgano encargado de su valoración al objeto de que emita informe al respecto, dejando constancia documental de todo lo actuado. Realizada Recibido dicho informe técnico, se notificará por escrito a todos los interesados la fecha y lugar en que se constituirá la Mesa de contratación Contratación, al objeto de dar a conocer la evaluación de ponderación asignada a los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores no cuantificables automáticamente y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá proceder a la apertura del sobre nº 2 C conteniendo la documentación relativa a los criterios cuantificables de forma automática, la cual será remitida asimismo al órgano encargado de su valoración. Una vez elaborado el informe técnico que contendrá la valoración de las proposiciones en cuanto a los licitadores admitidos. A continuacióncriterios indicados, se constituirá nuevamente la Mesa de contratación comprobará Contratación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituidasesión pública, el firmante previa comunicación a los interesados de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera fecha y técnica o, lugar en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere celebrará la cláusula 18 reunión y elevará al órgano de este Pliego. En el contratación la propuesta de adjudicación del contrato, que incluirá en todo caso la ponderación conjunta de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y los criterios indicados en la cláusula 4.1 12ª del presente pliego, acompañada de este Pliego, las actas de sus reuniones y de la Mesa documentación generada en sus actuaciones y de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta no dicte la resolución de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocontrato.

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Samples: www.castello.es

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La Realizadas las actuaciones anteriores, el acto público de apertura de las proposiciones presentadasse celebrará en el lugar y día señalados en el anuncio de licitación, desarrollándose conforme a lo previsto en los artículos 83 y 84 del RGCAP. La convocatoria deberá realizarse con una antelación mínima de tres días, debiendo publicarse, asimismo, con la misma antelación, en el tablón de anuncios y en el perfil del contratante del órgano de contratación. Constituida la Mesa de contratación en la fecha señalada, e iniciado el acto público, el Presidente dará cuenta del resultado de la evaluación relativa a las proposiciones contenidas en el sobre 1 invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que será por medios electrónicos serán reflejadas en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a acta. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario Secretario/a de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) los sobres 3 de los licitadores admitidos, que contienen los criterios cuya ponderación dependen de un juicio de valor. En la sesión que al efecto celebre la La mesa de contratacióncontratación en acto público celebrado en el lugar, día y hora señalados en el Secretario anuncio de la mesa licitación procederá a la apertura de los sobres nº 2 3 (documentación relativa a criterios evaluables de forma subjetiva) que será remitidas al técnico designado por el Ayuntamiento para informe y valoración. Tras el análisis, estudio y valoración de las ofertas técnicas admitidas, el técnico designado por el Ayuntamiento elaborará un informe, debidamente motivado, en el que se expresará la puntuación obtenida por los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación en aplicación de los criterios evaluables de adjudicaciónforma subjetiva previstos en este pliego. Este informe se elevará a la mesa de contratación con anterioridad al acto de apertura económica. La mesa de contratación, en el día y hora señalados en el anuncio, procederá en acto público a dar a conocer el resultado de la valoración de la documentación presentada por los licitadores en los sobres nº 3. A continuación se realizará la apertura de los sobres nº 2. La Mesa de contratación, en acto público y previamente convocado con la antelación mínima de tres días, procederá a la apertura de los sobres nº 2. El tratamiento de las ofertas con valores normales o desproporcionados se realizará según lo establecido en el artículo 152 del TRLCSP y bajo los parámetros expuestos en la cláusula 19 del presente pliego. Si bien, este procedimiento será previo al cálculo de la puntuación del criterio “oferta económica” y por tanto el valor del denominador “Bmax” será el de la oferta con la baja máxima de entre todas las aceptadas, es decir, que no haya sido rechazada por aplicación del procedimiento establecido u otro motivo previsto en la Ley o este pliego. La Mesa de contratación, tras solicitar, solicitar en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, oelevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios de adjudicación, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3informes emitidos. A continuación, la Mesa Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación comprobará en el Registro Oficial no dicte la resolución de Licitadores y Empresas Clasificadas adjudicación. (Art. 160 del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este PliegoTRLCSP).

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Por El Que Se Regirá La Contración, Mediante Procedimiento Abierto, Con Varios Criterios De Adjudicación

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuaciónlicitación, en función el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado licitadores en el correspondiente acta sobre A, indicando los licitadores excluidos y las causas de la reunión de la Mesasu exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónA continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónMesa, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará lectura de los licitadores admitidos. Realizada las proposiciones económicas formuladas por ellas y las elevará con el acta y la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos propuesta que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité pertinente al Órgano de expertos o del organismo técnico especializado a Contratación que hace referencia haya de efectuar la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3adjudicación. A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. www. diputacionavila . es 8 Se apreciará el carácter desproporcionado o temerario de las bajas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del RGLCAP y su declaración requerirá previa solicitud de Licitadores y Empresas Clasificadas información a todos los licitadores supuestamente comprendidos en ella, así como el asesoramiento técnico del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoservicio correspondiente. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según Se determinará el orden de clasificación adjudicación, procediéndose a formalizar el contrato con la mejor oferta económicamente más ventajosa siguiente, en caso de renuncia del primero y así sucesivamente. Tendrán preferencia en la adjudicación las ofertasproposiciones presentadas por aquellas empresas que, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial momento de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yacreditar su solvencia técnica, posteriormentetengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 punto de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 vista de los licitadores admitidos. A continuación, criterios objetivos que sirven de base para la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoadjudicación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de Contratación, una vez examinada y calificada la documentación obrante en el sobre núm.1 y realizadas las subsanaciones o transcurrido el plazo que se haya concedido a este efecto, abrirá en acto público las proposiciones presentadasde los licitadores admitidos, que será por medios electrónicos de acuerdo con el procedimiento siguiente: En primer lugar, el Presidente explicará a los asistentes el numero de proposiciones recibidas y el nombre de los licitadores, comunicará el resultado de la calificación de la documentación general presentada en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función sobre nún. 1 con indicación de los criterios licitadores admitidos y de adjudicación, su forma los excluidos y de evaluación los motivos de la exclusión e invitará a los asistentes a formular las observaciones que estimen oportunas y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado que quedarán reflejadas en el correspondiente acta Acta pero sin que la Xxxx pueda hacerse cargo de la reunión documentos que no hayan sido entregados durante el plazo de la Mesaadmisión de ofertas o de subsanación de defectos u omisiones. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónA continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº de los sobres núm. 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) y 3 de los licitadores admitidos. En admitidos y leerá la sesión que al efecto celebre oferta económica y la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura relación de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación documentos aportados respecto del resto de los criterios de adjudicación. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan contradicciones, tras solicitaromisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente los que la Fundación estime fundamental para considerar las ofertas. Finalizada la apertura de las proposiciones, se podrá considerar concluido el acto público de apertura de proposiciones, del desarrollo del cual se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa. La mesa de contratación, en el mismo acto o en un acto posterior, previa solicitud y análisis, en su caso, de los informes técnicos o jurídicos, que estime oportunospertinentes relacionados con el objeto del contrato, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados elevará al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa órgano de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará razonada que estime adecuada que incluirá en todo caso la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 ponderación de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido criterios indicados en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa clausula 13 del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegopresente pliego.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Procedimiento

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Los sobres A conteniendo la documentación administrativa presentada por los licitadores los abrirá la Mesa de Contratación en acto no público, el siguiente martes hábil al día en que termine el plazo de presentación de proposiciones, a partir de las diez horas. La Mesa calificará dicha documentación, declarando la admisión, inadmisión o necesidad de subsanación de los defectos u omisiones que considere subsanables, en cuyo caso lo comunicará mediante fax a los interesados y lo hará público a través del Tablón de Edictos del Ayuntamiento, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles contados a partir de la publicación del anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, para que los licitadores corrijan o subsanen las deficiencias, mediante escrito que deberán presentar en el Registro General. Para la citada comunicación los licitadores deberán hacer constar en su documentación un número de fax, teniendo en cuenta que de no aportar dicho dato se entenderá que renuncian a dicho medio de comunicación. La Mesa volverá a reunirse en acto público el siguiente martes siempre que sea hábil, caso contrario se reunirá el día que se indique dentro del plazo máximo de 7 días a contar desde la apertura del sobre A, a partir de las diez horas. En primer lugar, se dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones presentadasrecibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación administrativa presentada en el sobre A, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que será por medios electrónicos serán reflejadas en el supuesto acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de licitación electrónicadocumentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, y la propuesta o el de adjudicación del contrato se realizará según se indica a subsanación de defectos u omisiones. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario Secretaria de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (en acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B conteniendo la documentación técnica para la valoración de los criterios no cuantificables automáticamente presentados por los licitadores admitidos, la cual será entregada al órgano encargado de su valoración dejando constancia documental de todo lo actuado. Realizada Recibido dicho informe técnico, se notificará por escrito a todos los interesados la fecha y lugar en que se constituirá la Mesa de contratación Contratación, al objeto de dar a conocer la evaluación de ponderación asignada a los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores no cuantificables automáticamente y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá proceder a la apertura del sobre nº 2 C conteniendo la documentación relativa a los criterios cuantificables de forma automática, la cual será remitida asimismo al órgano encargado de su valoración. Una vez elaborado el informe técnico que contendrá la valoración de las proposiciones en cuanto a los licitadores admitidos. A continuacióncriterios indicados, se constituirá nuevamente la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituidasesión pública, el firmante previa comunicación a los interesados de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera fecha y técnica o, lugar en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere celebrará la cláusula 18 reunión y elevará al órgano de este Pliego. En el contratación la propuesta de adjudicación del contrato, que incluirá en todo caso la ponderación conjunta de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y los criterios indicados en la cláusula 4.1 10ª del presente pliego, acompañada de este Pliego, las actas de sus reuniones y de la Mesa documentación generada en sus actuaciones y de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta no dicte la resolución de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocontrato.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratacion De La Concesión Del Uso Privativo

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Los sobres A conteniendo la documentación administrativa presentados por los licitadores los abrirá la Mesa de contratación en acto no público, el siguiente martes hábil al día en que termine el plazo de presentación de proposiciones, a partir de las diez horas. La Mesa calificará dicha documentación declarando la admisión, inadmisión o necesidad de subsanación de los defectos u omisiones que considere subsanables, en cuyo caso lo comunicará mediante fax a los interesados y lo hará público a través del Tablón de Edictos del Ayuntamiento, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles contados a partir de la publicación del anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, para que los licitadores corrijan o subsanen las deficiencias, mediante escrito que presentarán en el Registro General. Para la citada comunicación los licitadores deberán hacer constar en su documentación un número de fax, teniendo en cuenta que de no aportar dicho dato se entenderá que renuncian a dicho medio de comunicación. La Mesa volverá a reunirse en acto público el siguiente martes hábil, a partir de las diez horas. En primer lugar, se dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones presentadasrecibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación administrativa presentada en los sobres A, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que será por medios electrónicos serán reflejadas en el supuesto acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de licitación electrónicadocumentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, y la propuesta el de adjudicación del contrato se realizará según se indica a subsanación de defectos u omisiones. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario Secretaria de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (procederá, en acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónpúblico, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B conteniendo la documentación técnica para la valoración de los criterios no cuantificables automáticamente presentados por los licitadores admitidos, la cual será entregada al órgano encargado de su valoración al objeto de que emita informe al respecto, dejando constancia documental de todo lo actuado. Realizada Recibido dicho informe técnico, se notificará por escrito a todos los interesados la fecha y lugar en que se constituirá la Mesa de contratación Contratación, al objeto de dar a conocer la evaluación de ponderación asignada a los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores no cuantificables automáticamente y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá proceder a la apertura del sobre nº 2 C conteniendo la documentación relativa a los criterios cuantificables de forma automática, la cual será remitida asimismo al órgano encargado de su valoración. Una vez elaborado el informe técnico que contendrá la valoración de las proposiciones en cuanto a los licitadores admitidos. A continuacióncriterios indicados, se constituirá nuevamente la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituidasesión pública, el firmante previa comunicación a los interesados de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera fecha y técnica o, lugar en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere celebrará la cláusula 18 reunión y elevará al órgano de este Pliego. En el contratación la propuesta de adjudicación del contrato, que incluirá en todo caso la ponderación conjunta de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y los criterios indicados en la cláusula 4.1 11ª del presente pliego, acompañada de este Pliego, las actas de sus reuniones y de la Mesa documentación generada en sus actuaciones y de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta no dicte la resolución de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regulan La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto, De Los Servicios De Telecomunicaciones De Voz, Datos E Internet Del Ayuntamiento De Castellón De La Plana

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Los sobres A conteniendo la documentación administrativa presentados por los licitadores los abrirá la Mesa de contratación en acto no público, el siguiente martes hábil al día en que termine el plazo de presentación de proposiciones, a partir de las diez horas. La Mesa calificará dicha documentación declarando la admisión, inadmisión o necesidad de subsanación de los defectos u omisiones que considere subsanables, en cuyo caso lo comunicará mediante fax a los interesados y lo hará público a través del Tablón de Edictos del Ayuntamiento, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles contados a partir de la publicación del anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, para que los licitadores corrijan o subsanen las deficiencias, mediante escrito que presentarán en el Registro General. Para la citada comunicación los licitadores deberán hacer constar en su documentación un número de fax, teniendo en cuenta que de no aportar dicho dato se entenderá que renuncian a dicho medio de comunicación. La Mesa volverá a reunirse en acto público el siguiente martes hábil, a partir de las diez horas. En primer lugar, se dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones presentadasrecibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres A, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que será por medios electrónicos serán reflejadas en el supuesto acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de licitación electrónicadocumentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, y la propuesta el de adjudicación del contrato se realizará según se indica a subsanación de defectos u omisiones. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario Secretaria de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (procederá, en acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónpúblico, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B conteniendo la documentación técnica para la valoración de los criterios no cuantificables automáticamente presentados por los licitadores admitidos, la cual será entregada al órgano encargado de su valoración dejando constancia documental de todo lo actuado. Realizada Recibido dicho informe técnico, se notificará por escrito a todos los interesados la fecha y lugar en que se constituirá la Mesa de contratación Contratación, al objeto de dar a conocer la evaluación de ponderación asignada a los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores no cuantificables automáticamente y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá proceder a la apertura del sobre nº 2 C conteniendo la documentación relativa a los criterios cuantificables de forma automática, la cual será remitida asimismo al órgano encargado de su valoración. Una vez elaborado el informe técnico que contendrá la valoración de las proposiciones en cuanto a los licitadores admitidos. A continuacióncriterios indicados, se constituirá nuevamente la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituidasesión pública, el firmante previa comunicación a los interesados de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera fecha y técnica o, lugar en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere celebrará la cláusula 18 reunión y elevará al órgano de este Pliego. En el contratación la propuesta de adjudicación del contrato, que incluirá en todo caso la ponderación conjunta de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y los criterios indicados en la cláusula 4.1 11ª del presente pliego, acompañada de este Pliego, las actas de sus reuniones y de la Mesa documentación generada en sus actuaciones y de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta no dicte la resolución de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regulan La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto, Del Servicio De Instalación Y Mantenimiento De Los Sistemas De Seguridad De Robo Y Cámaras Y Conexión a La Sala De Emergencias De La Policia Local De Los Centros Dependientes Del Ayuntamiento De Castellón De La Plana

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. 9.1. APERTURA DE SOBRES ‌ Finalizado el plazo de presentación de ofertas, la Mesa de Contratación se reunirá en sesión privada para revisar la documentación relativa a los sobres nº 1. Si la Mesa observare defectos o errores materiales de carácter subsanable en la documentación presentada lo comunicará por correo electrónico a los interesados, y concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error. No presentar alguno de los sobres exigidos es causa de exclusión. Asimismo, también será causa de exclusión la presentación de la documentación a través de soporte presencial ante el Registro. La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas subsanaciones, en su caso, procederá, a la apertura y examen de las proposiciones presentadasdel sobre que contenga los criterios cualitativos de forma interna, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y si los hubiera. Tras la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función valoración de los criterios cualitativos, o, en caso de adjudicaciónno haberlos, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a tras la apertura del sobre nº 2 (1, se procederá en acto público y en el lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación, a la lectura del anuncio del contrato, hará el recuento de las proposiciones presentadas y dará cuenta de las empresas que han sido admitidas y de las que han sido excluidas. En este último caso se especificarán las causas de la exclusión. A continuación, se procederá a la apertura pública de los sobres que contengan los criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas. La apertura de este sobre será público en caso de siempre pública, salvo cuando se prevea que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos. En los casos en que alguna/s ofertas fueran presumiblemente ofertas inviables por haber sido formuladas en términos que las hacen anormalmente bajas, conforme a lo establecido en el apartado J.3) del Cuadro de Características, se requerirá al licitador/es incursos en temeridad dando un plazo suficiente para que justifiquen y desglosen razonada y detalladamente el bajo nivel de los licitadores admitidos. En precios, o de costes, o cualquier otro parámetro en base al cual se haya definido la sesión que al efecto celebre la mesa anormalidad de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta mediante la solvencia económicapresentación de aquella información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos, financiera y técnica otodo ello, conforme a lo dispuesto en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa el artículo 149 LCSP. En los casos de procedimiento abierto se estará a lo dispuesto en ninguna prohibición para contratarel art. 157.3 LCSP; y efectuará para el requerimiento procedimiento abierto simplificado, a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita lo previsto en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoart. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego159.4.d) LCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contratos De Servicios

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos Con antelación suficiente se publicará en el supuesto perfil del contratante del Ayuntamiento de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónMadrid, el Secretario lugar y hora de la Mesa celebración del acto público, donde se procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto lectura de apertura que será público en caso la lista de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que con los licitadores admitidos se compruebe que supere el crédito asignado, en dicho acto público se realizará además, la empresa no está inscrita apertura de los sobres B de documentación relativa a los criterios de adjudicación, procediéndose a la pública lectura de las Fichas de Criterios de adjudicación de los licitadores, pudiendo rechazarse en el Registro Oficial de Licitadores momento aquellas que se aparten sustancialmente del modelo establecido o comporten error manifiesto. La Mesa analizará las ofertas atendiendo a los criterios y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido al procedimiento fijados en la Portada el presente pliego, y en el plazo máximo de un mes a contar desde la cláusula 4.1 celebración de este Pliegodicho acto público, establecerá una prelación entre las ofertas presentadas y emitirá un informe técnico en el que se pronunciará respecto a la Mesa vigencia de contratación excluirá la tasación resultado del acuerdo entre el promotor y el business xxxxx, respecto de los activos a dicha empresa del procedimiento suscribir y efectuará una nueva la propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden a aquellas entidades que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegolos criterios establecidos. En la sesión que al efecto celebra la mesa los casos de contrataciónsolicitudes con igualdad de puntuación, a efectos de resolver el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuaciónempate, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de tendrá preferencia la proposición tiene poder bastante para formular que haya obtenido mejor puntuación en la ofeertatotalidad del bloque de “características Inversor Privado o Business Xxxxx/ sociedad inversora”, ostenta la solvencia económicasi persistiese el empate, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoresolverá mediante sorteo. En el caso de que durante la tramitación del procedimiento, resultara retirada la propuesta efectuada por algún adjudicatario, se compruebe que la empresa no está inscrita seleccionará al siguiente licitador interesado en el Registro Oficial orden de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo prelación en que quedaron clasificadas las ofertas. De todas las reuniones de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según licitación se levantará el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoacta correspondiente.

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Samples: Pliego De Condiciones Que Ha De Regir en El Procedimiento De Adquisición Por Concurso Público De Participaciones Sociales en Proyectos Empresariales a Través Del “Fondo De Capital Desarrollo

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. 16.1.- La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre núm. 1, realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, procederá a la apertura en acto público del sobre núm. 2 de las proposiciones presentadaslos licitadores admitidos, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y contiene la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica documentación relativa a continuación, en función de los criterios de adjudicaciónadjudicación subjetivos, su forma de evaluación y tipo de procedimientono evaluables mediante fórmulas o porcentajes, dejándose constancia de todo según lo actuado indicado en el correspondiente acta anuncio de licitación que se publique en el Boletín Oficial de la reunión Provincia y sin perjuicio de su posible publicación en el perfil del contratante del Cabildo Insular de Tenerife, a fin de posibilitar la asistencia de los interesados al acto público de apertura de dicho sobre. En el acto de apertura del sobre núm. 2, el Presidente xxxx cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la Mesacalificación de la documentación general presentada en el sobre núm. En 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la sesión Mesa hacerse cargo de documentos que al efecto celebre la mesa no hubiesen sido entregados durante el plazo de contrataciónadmisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones. A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidosnúm. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por , dando lectura a la Mesa relación de contratación la evaluación las ofertas presentadas respecto de cada uno de los criterios de adjudicaciónadjudicación a que se refiere el citado sobre. Concluida la apertura de las proposiciones, tras solicitarel Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el plazo máximo de dos días hábiles, o bien interponer el recurso administrativo que corresponda, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuacióncontinuación se dará por concluido el acto público celebrado, la Mesa de contratación comprobará cuyo desarrollo se dejará constancia en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante acta de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario reunión de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este PliegoMesa.

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Samples: Pliego De Que Ha De Regir El Contrato De Servicios Para La Realización De Las Tareas De Coordinación Del Conjunto De Las Actuaciones Aprobadas en El Proyecto Denominado Red De Recorridos Turísticos Preferentes en Enclaves Patrimonio De La Humanidad Del Atlántico De La Macaronesia

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónicalicitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y la propuesta las causas de adjudicación del contrato se realizará según se indica su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión Presidente de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (en acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónpúblico, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará cuenta de la documentación presentada para ser valorada mediante los licitadores admitidoscriterios no cuantificables mediante mera fórmula (criterios subjetivos), ordenando la remisión de la misma a los servicios técnicos presentes en el acto para su evaluación y ponderación. Realizada por La Mesa de Contratación, en acto público (2ª reunión), celebrado el día y a la hora que se indique en el anuncio de licitación o en la primera reunión de la Mesa de contratación Contratación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la evaluación de las ofertas conforme a los criterios de adjudicaciónno cuantificables mediante fórmula (criterios subjetivos), tras solicitarrealizada por los servicios técnicos, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará invitando a los interesados al acto asistentes a formular observaciones que se recogerán en el acta. A continuación, el Presidente de la Mesa, procederá a la apertura de los sobres n° 3C y dará lectura de las proposiciones económicas y demás criterios evaluables con mera fórmula, siendo puntuadas, según la fórmula recogida en la cláusula 7 de este pliego, en este mismo acto público, dando el resultado final de las puntuaciones obtenidas por cada empresa (sumándose dicho resultado a la puntuación obtenida por la empresas en cuanto a los criterios de valoración subjetivos); elevándose el resultado con la correspondiente propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación. A continuaciónwww. diputacionavila . es 11 No obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden art. 152.3 TRLCSP. En este procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y se estará a lo dispuesto en el art. 152 del TRLCSP. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de clasificación acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las ofertasmás ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. Asimismo, y efectuará en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, tendrán preferencia las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la correspondiente comprobación promoción e inserción laboral de personas en el Registro Oficial situación de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yexclusión social, posteriormente, el requerimiento a que se refiere reguladas en la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario Disposición Adicional Novena de la Mesa procederá Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma xxx xxxxxxx de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 % de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido colectivos indicados en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliegodisposición adicional cuarta del TRLCSP, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará la apertura de las proposiciones presentadasde los licitadores admitidos, que será por medios electrónicos en el supuesto lugar y hora señalados en el Anuncio de licitación electrónicaLicitación, con arreglo al siguiente procedimiento: En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a las causas de su exclusión. A continuación, en función el caso de los criterios que no sea necesario conceder un plazo de adjudicación, su forma subsanación de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado la documentación contenida en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónSobre nº1, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) los sobres B de los licitadores admitidos. En La Mesa procederá, bien por sí, bien previa petición de los informes técnicos que considere oportunos a la valoración de las proposiciones de lo que se dejará constancia. A continuación o en sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónaparte, el Secretario de la mesa se procederá a la apertura de los sobres nº 2 C, baremándose las ofertas por orden decreciente de puntuación. En estos actos se invitará a los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicaciónasistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, tras solicitarinformándoles, en su casocaso de producirse éstas, los informes técnicos que estime oportunos, ode la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en su caso, recibido el informe del comité plazo máximo de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3dos días hábiles. A continuación, la Mesa se dará por concluido el acto público de contratación comprobará apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante acta de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario reunión de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este PliegoMesa.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto, Con Varios Criterios De Adjudicación

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa Comisión de contratación, el Secretario de una vez calificada la Mesa procederá a la apertura documentación del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público, a celebrar en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, la apertura de los sobres número 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. , en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, con arreglo al siguiente procedimiento: En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónprimer lugar, el Secretario Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la mesa calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Comisión hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones. A continuación, el Presidente de la Comisión procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos, dando lectura de las ofertas formuladas por los licitadores. Realizada por Concluida la Mesa apertura de contratación las proposiciones, el Presidente de la evaluación Comisión concretará expresamente cual sea la proposición de precio más alto, sobre la que formulará propuesta de adjudicación del contrato e invitará a los criterios de adjudicaciónlicitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, tras solicitarinformándoles, en su casocaso de producirse éstas, los informes técnicos que estime oportunos, ode la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en su caso, recibido el informe del comité plazo máximo de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3dos días hábiles. A continuación, se dará por concluido el acto público celebrado, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la Mesa reunión de la Comisión. La Comisión de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa elevará al órgano de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva la propuesta de adjudicación del contrato al licitador siguiente, según que oferte el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en precio más altoo. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa órgano de contratación comprobará en el Registro Oficial no dicte la resolución de Licitadores y Empresas Clasificadas adjudicación. Si se presentasen dos o más proposiciones iguales que resultasen ser las del Sector Público que precio más alto, se decidirá la empresa está debidamente constituida, el firmante adjudicación de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoéstas mediante sorteo.

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Samples: Pliego De Cláusulas Jurídicas Y Económico Administrativas Para La Contratación Del Arrendamiento De Locales De Uso Comercial en El Hospital General Universitario De Santa Lucía en Cartagena

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación y/o en el Perfil del contrato se realizará según se indica a continuaciónContratante, en función el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado licitadores en el correspondiente acta sobre A, indicando los licitadores excluidos y las causas de la reunión de la Mesasu exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónA continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónMesa, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará lectura de los licitadores admitidos. Realizada las proposiciones económicas y técnicas formuladas por ellas y las elevará con el acta y la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos propuesta que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité pertinente al Órgano de expertos o del organismo técnico especializado a Contratación que hace referencia haya de efectuar la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3adjudicación. A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o temerario de las bajas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones www. diputacionavila . es de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden de clasificación de las ofertas, art. 136.3 LCSP. En este procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y efectuará la correspondiente comprobación se estará a lo dispuesto en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoart. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario 136 de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidosLCSP. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según Se determinará el orden de clasificación adjudicación, procediéndose a formalizar el contrato con la mejor oferta económicamente más ventajosa siguiente, en caso de renuncia del primero y así sucesivamente. Tendrán preferencia en la adjudicación las ofertasproposiciones presentadas por aquellas empresas que, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial momento de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yacreditar su solvencia técnica, posteriormentetengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el requerimiento a punto de vista de los criterios objetivos que se refiere sirven de base para la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoadjudicación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirá La Adjudicación, Mediante Procedimiento Abierto, Criterio De Selección Unico, Tramitación Ordinaria, Del Contrato De Obras

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónicalicitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y la propuesta las causas de adjudicación del contrato se realizará según se indica su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión Presidente de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (en acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónpúblico, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará cuenta de la documentación presentada para ser valorada mediante los licitadores admitidoscriterios no cuantificables mediante mera fórmula (criterios subjetivos), ordenando la remisión de la misma a los servicios técnicos presentes en el acto para su evaluación y ponderación. Realizada por La Mesa de Contratación, en acto público (2ª reunión), celebrado el día y a la hora que se indique en el anuncio de licitación o en la primera reunión de la Mesa de contratación Contratación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la evaluación de las ofertas conforme a los criterios de adjudicaciónno cuantificables mediante fórmula (criterios subjetivos), tras solicitarrealizada por los servicios técnicos, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará invitando a los interesados al acto asistentes a formular observaciones que se recogerán en el acta. A continuación, el Presidente de la Mesa, procederá a la apertura de los sobres n° 3C y dará lectura de las proposiciones económicas, siendo puntuadas, según la fórmula recogida en la cláusula 7 de este pliego, en este mismo acto público, dando el resultado final de las puntuaciones obtenidas por cada empresa (sumándose dicho resultado a la puntuación obtenida por la empresas en cuanto a los criterios de valoración subjetivos); elevándose el resultado con la correspondiente propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación. A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden art. 152.3 TRLCSP. En este procedimiento deberá www. diputacionavila . es solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y se estará a lo dispuesto en el art. 152 del TRLCSP. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de clasificación acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las ofertasmás ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. Asimismo, y efectuará en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, tendrán preferencia las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la correspondiente comprobación promoción e inserción laboral de personas en el Registro Oficial situación de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yexclusión social, posteriormente, el requerimiento a que se refiere reguladas en la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario Disposición Adicional Novena de la Mesa procederá Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma xxx xxxxxxx de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 % de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido colectivos indicados en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliegodisposición adicional cuarta del TRLCSP, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes.

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APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónicalicitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y la propuesta las causas de adjudicación del contrato se realizará según se indica su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión Presidente de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará lectura de los licitadores admitidos. Realizada por las proposiciones económicas (en acto público), dando cuenta asimismo de la Mesa de contratación la evaluación de documentación aportada para su valoración conforme a los criterios cuantificables mediante fórmula (criterios objetivos), elevándose el resultado con la correspondiente propuesta de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité adjudicación al Órgano de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3Contratación. A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya www. diputacionavila . es 13 presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden art. 152.3 TRLCSP. En este procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y se estará a lo dispuesto en el art. 152 del TRLCSP. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de clasificación acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las ofertasmás ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. Asimismo, y efectuará en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, tendrán preferencia las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la correspondiente comprobación promoción e inserción laboral de personas en el Registro Oficial situación de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yexclusión social, posteriormente, el requerimiento a que se refiere reguladas en la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario Disposición Adicional Novena de la Mesa procederá Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma xxx xxxxxxx de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 % de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido colectivos indicados en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliegodisposición adicional cuarta del TRLCSP, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes.

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APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el Secretario de la Mesa procederá a plazo que se hubiese conferido al efecto, realizará en acto público la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa , en el lugar y hora señaladas en el anuncio de contrataciónlicitación, el Secretario de la mesa procederá cuya celebración deberá tener lugar en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación administrativa a que se refiere el artículo 130.1 de la LCSP, con arreglo al siguiente procedimiento: En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 2 1, con expresión de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación admitidos y de los criterios excluidos y de adjudicaciónlas causas de su exclusión, tras solicitar, en su caso, invitando a los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado asistentes a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3formulen las observaciones que estimen oportunas que serán reflejadas en el acta. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario Secretaria de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de valoración. A continuaciónEsta documentación será valorada por los técnicos competentes, en el plazo máximo de un mes de haberse realizado este acto. Finalmente, y una vez conocido la terminación del examen y puntuación de la documentación del sobre nº 2, se citara a los licitadores para el acto de apertura del sobre nº 3. En dicho acto una vez leído el resultado de la baremación de la documentación presentada por los licitadores en el sobre nº 2 se procederá a la apertura del sobre del sobre nº 3, que se leerá en su integridad. La Mesa de contratación, una vez conocidos la puntuación de las ofertas presentadas, elevará al órgano de contratación comprobará la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en el Registro Oficial todo caso la ponderación de Licitadores los criterios indicados en la cláusula 10 del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica odocumentación generada en sus actuaciones y, en su caso, la clasificación correspondiente y del informe emitido. Dicha propuesta no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará crea derecho alguno mientras el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa órgano de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta no dicte la resolución de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegoprovisional.

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APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónicalicitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y la propuesta las causas de adjudicación del contrato se realizará según se indica su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión Presidente de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 C y dará lectura de los licitadores admitidos. Realizada por las proposiciones económicas (en acto público), dando cuenta asimismo de la Mesa de contratación la evaluación de documentación aportada para su valoración conforme a los criterios cuantificables mediante fórmula (criterios objetivos), elevándose el resultado con la correspondiente propuesta de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité adjudicación al Órgano de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3Contratación. A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden de clasificación de las ofertas, art. 152.3 TRLCSP. En este procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y efectuará la correspondiente comprobación se estará a lo dispuesto en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas art. 152 del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este PliegoTRLCSP. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según Se determinará el orden de clasificación adjudicación, procediéndose a formalizar el contrato con la mejor oferta económicamente más ventajosa siguiente, en caso de renuncia del primero y así sucesivamente. De conformidad con la Disposición Adicional Sexta de la LCSP, tendrán preferencia en la adjudicación las ofertasproposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su www. diputacionavila .es 11 plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. Asimismo, y efectuará de conformidad también con la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante Disposición Adicional Sexta de la proposición tiene poder bastante para formular LCSP, y en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, tendrán preferencia las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la ofertapromoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido reguladas en la Portada Disposición Adicional Novena de la Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma xxx xxxxxxx de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30% de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a los colectivos indicados en la cláusula 4.1 disposición adicional sexta de este Pliegola LCSP, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes.

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APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura del sobre de proposición económica de los licitadores que hayan sido admitidos se celebrará por la Mesa de Contratación en acto público, en acto seguido del de apertura de la documentación administrativa, o en día distinto si así se requiere de conformidad con lo establecido en la cláusula anteriormente referenciada. La Mesa de Contratación, en casos justificados, podrá suspender dicho acto y fijar un nuevo día para la apertura de las proposiciones presentadasproposiciones, todo lo que será por medios electrónicos se publicará a través de anuncios en el supuesto Tablón de licitación electrónicaEdictos del Ayuntamiento entendiéndose convocados los licitadores y cualquier posible interesado por la publicación del citado anuncio. No obstante, también se comunicará tales circunstancias a los licitadores a través del medio que indicarán para la subsanación de defectos. Comenzará el acto dando lectura al anuncio de licitación, procediéndose al recuento de las proposiciones presentadas y dando cuenta del resultado de la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función calificación de los criterios documentos presentados, con expresión de adjudicaciónlas proposiciones rechazadas, causa de su forma inadmisión y de evaluación y tipo de procedimientolas proposiciones admitidas. Seguidamente se invitará a los asistentes a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, dejándose constancia de todo lo actuado pero sin que en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de este momento pueda la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura Contratación hacerse cargo de documentos que será público en caso no hubiesen sido entregados durante el plazo de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) admisión de los licitadores admitidosofertas, o el de subsanación de defectos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa A continuación se procederá a la apertura de los sobres nº 2 que contengan las proposiciones de los licitadores admitidoslicitadores. Realizada por Antes de proceder a la Mesa propuesta al órgano de contratación de la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe adjudicación del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuacióncontrato, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes que serán remitidos en un plazo de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego10 días naturales. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva La propuesta de adjudicación al licitador siguienteno crea derecho alguno a favor del empresario propuesto frente a la Administración, según mientras no se haya adjudicado el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas contrato por acuerdo del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa órgano de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación Por Procedimiento Abierto Del Expediente De Contratación Del Suministro De Contenedores Soterrados De Recogida De r.s.u (Orgánica

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. 16.1.- La Mesa de contratación procederá a la apertura y examen de las proposiciones presentadasproposiciones, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y formulando la correspondiente propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa órgano de contratación, una vez ponderados los criterios que deban aplicarse para efectuar la selección del adjudicatario ( artículo 157. 1 LCSP). 16.3.-La Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en el Secretario archivo número uno presentado por los licitadores y, si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por medio electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha comunicación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días naturales para que lo subsane ( artículo 141.2 LCSP). Una vez calificada la documentación administrativa del archivo nº 1, en caso de no ser necesario efectuar requerimiento de subsanación, por la Mesa de contratación se procederá a la apertura del archivo nº 2. La apertura deberá tener lugar con arreglo al siguiente procedimiento: - En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los archivos número 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de sus exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones. - A continuación, el Presidente de la Mesa procederá a la apertura del sobre archivo número 2 de los dictadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de adjudicación a que se refiere el citado sobre. - A continuación, se dará por concluido el acto público celebrado, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la mesa, remitiéndose la documentación contenida en los archivos nº 2 (acto a quien designe la Mesa para su valoración, dejándose constancia documental de apertura que será público en caso de que en todo lo actuado. - Se procederá a la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) valoración de los licitadores admitidoscriterios de adjudicación de naturaleza subjetiva, no procediéndose a la apertura del archivo número 3 hasta que se den a conocer los resultados de dicha valoración. - La Mesa, una vez valorada la documentación del archivo número 2, realizará en acto público la apertura de las proposiciones económicas contenidas en el archivo número 3. La apertura de tal documentación se llevará a cabo con arreglo al siguiente procedimiento: - En primer lugar, la sesión que al efecto celebre la mesa ponderación asignada a los criterios dependientes de contrataciónjuicio de valor archivo número 2 se dará a conocer. A continuación, el Secretario Presidente de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 del archivo número 3 de los licitadores admitidos, dando lectura del contenido de las ofertas económicas y resto de criterios. Realizada - Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la mesa. - A continuación, se dará por concluido el acto público celebrado, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la mesa, remitiéndose la documentación al empleado público que designe la Mesa para su valoración, dejándose constancia documental de contratación la evaluación lo actuado. - La Mesa podrá recavar asesoramiento externo para valoración de los criterios de adjudicaciónlas proposiciones o determinar si están incursas en oferta anormalmente baja. - La Mesa, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, oelevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios de adjudicación del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, recibido el informe de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno. - Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del comité procedimiento de expertos o del organismo técnico especializado adjudicación y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos. - En cada una de las reuniones de las Mesas que resulten públicas, al comienzo de las mismas, se invitará a los licitadores interesados a que hace referencia manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la cláusula 15.4 mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de este Pliegodocumentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, se convocará a los interesados al acto o el de apertura corrección o subsanación de los sobres n° 3defectos u omisiones. A continuación, la Mesa de contratación comprobará Al efecto dispuesto en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público artículo 149.2 LCSP que determina la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso necesidad de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido pliego se dispongan los parámetros objetivos que permitan identificar los casos en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliegoque una oferta se considere anormal, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará son circunstancias que harán presumir que una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de oferta es anormalmente baja las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego.siguientes:

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APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. 17.1.- La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público la apertura de las proposiciones presentadasde los licitadores admitidos, en el lugar, fecha y hora que se indique en el anuncio que se publicará en el perfil del contratante (xxx.xxxxxxxx.xx), con arreglo al siguiente procedimiento: En primer lugar el Presidente de la Mesa de Contratación dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en el sobre nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos y las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que será por medios electrónicos serán reflejadas en el supuesto acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de licitación electrónicadocumentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, y la propuesta o el de adjudicación del contrato se realizará según se indica a subsanación de defectos u omisiones. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (2, y a la lectura de las proposiciones formuladas por los licitadores. Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto de apertura que será público celebrado, informándoles, en caso de que en producirse éstas, de la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) posibilidad de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el Secretario plazo máximo de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3dos días hábiles. A continuación, la Mesa se dará por concluido el acto público de contratación comprobará apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante acta de la proposición tienen poder bastante para formular reunión de la ofertaMesa. Si se presentasen dos o más proposiciones iguales que resultasen ser las de precio más bajo, ostenta se decidirá la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según de éstas mediante sorteo. Asimismo la Mesa determinará los licitadores que deban ser excluidos del procedimiento por no acreditar el orden cumplimiento de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación los requisitos establecidos en el Registro Oficial pliego de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocláusulas administrativas particulares.

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APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Mesa de las proposiciones presentadasContratación, en acto público, celebrado el día y a la hora que será por medios electrónicos se indique en el supuesto anuncio de licitación electrónicalicitación, en el Salón de Plenos de la Diputación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, indicando los licitadores excluidos y la propuesta las causas de adjudicación del contrato se realizará según se indica su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión Presidente de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B y dará lectura de los licitadores admitidos. Realizada por las proposiciones económicas, dando cuenta asimismo de la Mesa de contratación la evaluación de documentación aportada para su valoración conforme a los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3cuantificables mediante fórmula (criterios objetivos). A continuaciónNo obstante, la Mesa de contratación comprobará Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se apreciará el carácter desproporcionado o anormal en las ofertas, de acuerdo con los criterios establecidos en el Registro Oficial art. 85 del R.D. 1098/2001, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público 12 de octubre. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la empresa está debidamente constituidahaya presentado, el firmante para que justifique la valoración de la proposición tienen poder bastante para formular oferta y precise las condiciones de la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguientemisma, según el orden art. 152.3 TRLCSP. En este procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente y se estará a lo dispuesto en el art. 152 del TRLCSP. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de clasificación acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las ofertasmás ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación. Asimismo, y efectuará en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, tendrán preferencia las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a la correspondiente comprobación promoción e inserción laboral de personas en el Registro Oficial situación de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público yexclusión social, posteriormente, el requerimiento a que se refiere reguladas en la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario Disposición Adicional Novena de la Mesa procederá Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma xxx xxxxxxx de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorándose el compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 % de sus puestos de trabajo con personas www. diputacionavila . es 10 pertenecientes a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido colectivos indicados en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliegodisposición adicional cuarta del TRLCSP, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocuya situación será acreditada por los servicios sociales públicos competentes.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura Los sobres A conteniendo la documentación administrativa presentados por los licitadores los abrirá la Mesa de contratación en acto no público, el siguiente martes hábil al día en que termine el plazo de presentación de proposiciones, a partir de las diez horas. La Mesa calificará dicha documentación declarando la admisión, inadmisión o necesidad de subsanación de los defectos u omisiones que considere subsanables, en cuyo caso lo comunicará mediante fax a los interesados y lo hará público a través del Tablón de Edictos del Ayuntamiento, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles contados a partir de la recepción del fax, para que los licitadores corrijan o subsanen las deficiencias, mediante escrito que presentarán en el Registro General. Para la citada comunicación los licitadores deberán hacer constar en su documentación un número de fax, teniendo en cuenta que de no aportar dicho dato se entenderá que renuncian a dicho medio de comunicación. La Mesa volverá a reunirse en acto público el siguiente martes hábil, a partir de las diez horas. En primer lugar, se dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones presentadasrecibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres A, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que será por medios electrónicos serán reflejadas en el supuesto acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de licitación electrónicadocumentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, y la propuesta el de adjudicación del contrato se realizará según se indica a subsanación de defectos u omisiones. A continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario Secretaria de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (procederá, en acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contrataciónpúblico, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 B conteniendo la documentación técnica para la valoración de los criterios no cuantificables automáticamente presentados por los licitadores admitidos, la cual será entregada al órgano encargado de su valoración al objeto de que emita informe al respecto, dejando constancia documental de todo lo actuado. Realizada Recibido dicho informe técnico, se notificará por escrito a todos los interesados la fecha y lugar en que se constituirá la Mesa de contratación Contratación, al objeto de dar a conocer la evaluación de ponderación asignada a los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores no cuantificables automáticamente y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá proceder a la apertura del sobre nº 2 C conteniendo la documentación relativa a los criterios cuantificables de forma automática, la cual será remitida asimismo al órgano encargado de su valoración. Una vez elaborado el informe técnico que contendrá la valoración de las proposiciones en cuanto a los licitadores admitidos. A continuacióncriterios indicados, se constituirá nuevamente la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituidasesión pública, el firmante previa comunicación a los interesados de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera fecha y técnica o, lugar en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere celebrará la cláusula 18 reunión y elevará al órgano de este Pliego. En el contratación la propuesta de adjudicación del contrato, que incluirá en todo caso la ponderación conjunta de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y los criterios indicados en la cláusula 4.1 11ª del presente pliego, acompañada de este Pliego, las actas de sus reuniones y de la Mesa documentación generada en sus actuaciones y de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta no dicte la resolución de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliegocontrato.

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