GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.
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Samples: Construction Contract, Construction Contract, Construction Contract
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Las garantías a que se refiere la correcta y fiel ejecución presente cláusula se deberán constituir, a elección del presente CONTRATO oferente o adjudicatario, únicamente de acuerdo a las siguientes formas:
i) Entrega de dinero en todas sus partes con efectivo.
ii) En títulos y/o Bonos Nacionales, que coticen en la (Registrar el tipo Bolsa de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre Comercio de Buenos Aires, valuados según su cotización al cierre del último día hábil anterior al de la Entidad emisora presentación.
iii) Mediante garantía bancaria, otorgada por entidad financiera autorizada a funcionar en los términos de la Ley 21.526.
iv) Seguro de Caución emitido por una Compañía de Seguros autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, que cubra el monto resultante de la garantía. Todas las garantías deberán asegurar el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas en los plazos establecidos.
4) 1. Integración de las garantías De mantenimiento de oferta: Junto con la presentación de la oferta deberá integrarse la garantía de mantenimiento de oferta por un monto equivalente al 5% (cinco por ciento) del valor total de la propuesta presentada. De adjudicación: el adjudicatario integrará la garantía de cumplimiento contractual, equivalente al 15% (quince por ciento) del valor total de 20 la adjudicación, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de recibida la notificación de la adjudicación.
4) 2. Independencia de las garantías Las garantías a que se refiere el apartado precedente deberán constituirse individualmente para cada contratación en la que participen los oferentes y/o adjudicatarios, con vigencia hasta independencia de otras licitaciones o contrataciones en que intervengan.
4) 3. Falta de integración de las garantías El adjudicatario que no integre la garantía de adjudicación dentro del plazo que se establece en el de de 20 punto 5.1, a sufrirá la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto pérdida del importe de la garantía en forma numeral de oferta y literalla pérdida automática de sus derechos como adjudicatario.
4) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato4. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe Devolución de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. Serán devueltas:
i) La garantía de Cumplimiento mantenimiento de Contratooferta: A los oferentes cuyas ofertas fueran rechazadas o declaradas inadmisibles, Garantía Adicional a la Garantía luego de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia transcurridos quince (15) días hábiles del momento del rechazo de la Unidad Administrativa oferta o adjudicación, el que fuera menor y, a los proponentes que no hubieran resultado adjudicatarios luego de transcurridos cinco (5) días hábiles del momento de la ENTIDADadjudicación.
ii) La garantía de adjudicación: Una vez emitido por Nación Seguros S.A. el certificado de cumplimiento total de la contratación.
4) 5. Acrecentamiento de Valores Nación Seguros S.A. no abonará intereses por los depósitos en dinero entregados como garantía de mantenimiento de oferta o de adjudicación. Respecto de los títulos valores que fueran otorgados como garantía de mantenimiento de oferta o de adjudicación, lo cual se deja constancia que los intereses o amortizaciones que dichos títulos devenguen, pertenecerán a sus depositantes. Nación Seguros S.A. no exime la responsabilidad del SUPERVISORserá responsable de realizar acto de gestión alguno, necesario para el cobro de los servicios de intereses o amortizaciones que irrogaren dichos títulos valores.
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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública
GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por el concepto, monto y vigencia siguiente: • De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de suministro de bienes, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: • “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, el importe durante la primera mitad del número total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso pagos a realizarse, de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAforma prorrateada, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera con cargo a ser devuelto a la Recepción Definitiva de la Obra dentro finalización del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente mismo.” De conformidad con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTAartículo 152 del Reglamento, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La no se constituirá garantía de Cumplimiento fiel cumplimiento del contrato, en contratos cuyos montos sean iguales o menores a doscientos mil Soles (S/. 200,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de Contratoprocedimientos de selección por relación de ítems, Garantía Adicional a cuando el monto del ítem adjudicado o la Garantía sumatoria de Cumplimiento los montos de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual los ítems adjudicados no exime la responsabilidad del SUPERVISORsupere el monto señalado anteriormente.
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Samples: Bases Estándar De Subasta Inversa Electrónica, Bases Estándar De Subasta Inversa Electrónica
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución licitante al que se le adjudique el contrato respectivo deberá garantizar:
A. Aplicación del presente CONTRATO en todas sus partes anticipo.
1. Se expide de conformidad con la (Registrar el tipo Ley de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.
2. Se otorga a favor de la Entidad emisora Tesorería de la garantíaFederación, por la cantidad de $ (con letra) el de de 20 correspondiente al 100% (cien por ciento), con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratoanticipo, incluyendo el IVA.
3. A solo requerimiento por La fianza garantiza la ENTIDAD, el importe debida aplicación del anticipo de acuerdo con todas y cada una de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas obligaciones a cargo del contratista atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este contrajo y sus anexos.
4. En caso de incumplimiento contractual incurrido por otorgamiento de prórrogas o esperas al contratista para el CONTRATISTAcumplimiento de sus obligaciones, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva derivadas de la Obra dentro formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo de ejecución del plazo contractual y en forma satisfactoriacontrato, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después este deberá exhibir la modificación correspondiente de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contratofianza.
5. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de La vigencia de la misma bajo fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo objetivo, de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDADvigencia, lo cual no exime debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos.
6. Esta garantía estará vigente durante la responsabilidad substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del SUPERVISORplazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo, esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “El Tribunal” otorgue prórroga o esperas a “el contratista” para el cumplimiento de sus obligaciones.
7. La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
8. Para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito del Tribunal.
9. La afianzadora se somete a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de México, Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
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Samples: Licitación Pública Nacional, Licitación Pública Nacional
GARANTÍAS. El CONTRATISTA Proveedor garantiza (i) que las Obras y/o Servicios han sido ejecutadas con estricta sujeción a las leyes y normas aplicables, al Contrato y a los usos y reglas de la correcta buena práctica; (ii) es completa y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes cumple exactamente con la finalidad para la que fueron contratadas por Iberdrola; (Registrar iii) que los equipos y materiales usados en la ejecución de las Obras y/o Servicios cumplen las especificaciones convenidas, las normas y prescripciones legales exigidas, y son adecuados para el fin que, explícita o implícitamente, Iberdrola ha comunicado al Proveedor que se destinan y además no han sido anteriormente usados; y (iv) que el uso por Iberdrola o por cualquier sociedad del Grupo Iberdrola de las Obras y/o Servicios, los Equipos y Materiales Asociados y/o cualquier otro artículo suministrado o usado por el Proveedor en la ejecución de las mismas conforme al Contrato no infringe los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero. Las garantías establecidas en esta cláusula no limitarán la aplicación de aquellas otras que fuesen acordadas en el Contrato ni de aquellas que vengan impuestas por ley, costumbre o usos de comercio.
(i) El plazo de garantía se extiende durante el tiempo que se estipule en el Contrato y, en su defecto, durante un (1) año desde la fecha del Acta de Recepción Provisional, con independencia de su plazo de ejecución y del tipo de actividad de que se trate sin perjuicio de cualquier otra legislación aplicable.
(ii) Si durante el período de garantía establecido Iberdrola notifica al Proveedor la existencia de cualquier deficiencia en las Obras y/o Servicios, éste último realizará a su cargo y en el DBC) Nº emitida plazo indicado por (Registrar Iberdrola la reparación, sustitución, ajuste o modificación que se necesite para el nombre de la Entidad emisora cumplimiento de la garantía) . La elección entre las alternativas mencionadas y el momento oportuno para efectuarlas será determinada por Iberdrola. El tiempo empleado en la reparación, sustitución de elementos o la ejecución de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre nuevos trabajos para las Obras y/o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra Servicios no será computado dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriade garantía establecido. Si dentro de un tiempo prudencial, hecho que se hará constar mediante de acuerdo con la fecha indicada por Iberdrola, el Acta correspondienteProveedor no llevara a cabo la corrección exigida, suscrita por ambas partes CONTRATANTESIberdrola quedará autorizado, dichas garantías serán devueltas después de ponerlo en conocimiento del Proveedor, a efectuar la Liquidación reparación por sí mismo o mediante encargo a terceros, siendo todos los gastos producidos por cuenta del ContratoProveedor. En estos casos, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada Iberdrola quedará facultada para ejecutar la Garantía de Cumplimiento (tal y como se define posteriormente) y el Proveedor vendrá obligado, además, a resarcir a Iberdrola de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISORtodos los daños y perjuicios que le haya causado por incumplimientos de sus obligaciones.
(iii) La parte de las Obras y/o Servicios que hayan sido objeto de reparación, sustitución, ajuste o modificación en virtud de las garantías previstas en esta cláusula serán garantizadas de nuevo por razones justificadas, quien llevará el control directo un período de vigencia (i) doce (12) meses a partir de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo fecha de la vigencia nueva disponibilidad de la los Obras y/o Servicios o (ii) hasta que haya expirado el plazo inicial de garantía en cuanto de los mismos, siendo de aplicación el plazo más largo de los dos mencionados.
(iv) La recepción de las Obras y/o Servicios y el transcurso del plazo de garantía de las mismas no liberan al monto y plazo, a efectos Proveedor de requerir su ampliación al CONTRATISTA, responsabilidad por vicios o solicitar defectos ocultos o por cualquier otra responsabilidad que le fuere exigible conforme a la ENTIDAD su ejecución. La garantía legislación aplicable.
(v) Para responder del cumplimiento de Cumplimiento todas las garantías dadas por el Proveedor a Iberdrola se podrán aplicar las Garantías de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORCumplimiento.
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Samples: Condiciones Generales De Contratación, General Conditions for Contracting Works and Services
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza beneficiario deberá entregar las siguientes garantías de conformidad a lo señalado en los párrafos siguientes:
a. Garantía por anticipos: Con anterioridad al desembolso del subsidio, o de cada cuota de éste, según corresponda, el beneficiario deberá entregar, a satisfacción y en favor del Comité Innova Chile, RUT: 00.000.000-X, cauciones consistentes, ya sea en, boletas de garantía bancaria de ejecución inmediata, depósitos a plazo, pólizas de seguro de ejecución inmediata o Certificados de Fianza otorgados por Instituciones de Garantía Recíproca, con el fin de garantizar el total de los montos de los recursos anticipados provenientes del subsidio. La glosa de dicho instrumento de garantía, en caso que por su naturaleza la correcta y fiel contemple, deberá expresar que su objetivo consiste en “garantizar el correcto uso del anticipo del subsidio otorgado por XxxxxxXxxxx, para la ejecución del presente CONTRATO proyecto (señalando el nombre del proyecto y su código)” debiendo tener una vigencia de por lo menos 3 (tres) meses sobre la fecha de entrega del informe de avance y/o final. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe el respectivo informe y rendición correspondiente. Para la devolución de la garantía correspondiente al último o único desembolso, además de la aprobación del Informe Final y rendición correspondiente, se requerirá la restitución total de los saldos observados, no gastados y no rendidos del subsidio.
b. Garantía por fiel cumplimiento del convenio: Con anterioridad a la entrega del subsidio, o de la primera cuota de éste, según corresponda, el beneficiario, deberá, además, entregar una caución de igual naturaleza a las anteriormente señaladas para garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por, al menos, el 3% del monto total del subsidio. La glosa de este instrumento, en caso que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que se otorga para “garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por parte del beneficiario (individualizarlo), referente al proyecto (nombre del proyecto y código)”. Esta garantía tendrá por fin cautelar, entre otros aspectos, el pago de multas que se devenguen durante la ejecución del proyecto, y deberá tener una vigencia de por lo menos 3 meses sobre la fecha de presentación del informe final. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe dicho informe y se acredite el cumplimiento de todas sus partes con las obligaciones. Las garantías deberán constituirse y presentarse dentro del plazo de 30 días, contados desde la (Registrar fecha en que se comunique al beneficiario la aprobación del proyecto. Antes de la fecha de vencimiento de este plazo, el tipo beneficiario podrá solicitar fundadamente a InnovaChile prórroga de hasta 15 días mediante correo electrónico dirigido al ejecutivo técnico para su aprobación por la autoridad competente. Si cualquiera de los documentos de garantía establecido se entrega una vez transcurrido el plazo señalado en el DBCpárrafo precedente, o su prórroga, según sea el caso, InnovaChile cobrará una multa de 1 U.F. (una Unidad de Fomento) Nº emitida diaria por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 cada día posterior al vencimiento, con vigencia hasta tope de 30 U.F. (treinta Unidades de Fomento) por cada evento. Si transcurridos los plazos señalados, no se ha presentado cualquiera de los documentos de garantía, InnovaChile tendrá por desistida la postulación, o pondrá término anticipado al proyecto. Asimismo, la no renovación oportuna de cualquiera de las garantías a requerimiento de InnovaChile, facultará al Comité para ejecutar las garantías que se encuentren vigentes y para poner término anticipado al proyecto. Para el caso que no se cobre en definitiva la garantía ejecutada, ni se ponga término anticipado al proyecto, el beneficiario será sancionado con una multa de 2 U.F. (dos Unidades de 20 Fomento) por cada día corrido de atraso en la renovación, a con un tope de 30 U.F. (treinta Unidades de Fomento). Se entenderá que la orden renovación es “oportuna” cuando los documentos que dan cuenta de (Registrar el nombre o razón social ella, son recepcionados materialmente por InnovaChile, al menos con 3 días de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto anticipación al vencimiento de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) poder del monto total del ContratoComité. A solo requerimiento por la ENTIDADLos documentos de garantía mencionados podrán ser otorgados, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAademás, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriaexcepcional por terceros, hecho previa aceptación de InnovaChile, mencionando en la glosa de éstos, si correspondiere según su naturaleza, que se hará constar mediante garantizan al beneficiario (que deberá individualizarse) por “el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación correcto uso del Contrato, juntamente con anticipo del subsidio entregado” (en el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia caso de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTApor anticipos), o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía por “el fiel cumplimiento del convenio de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia subsidio” (en el caso de la Unidad Administrativa garantía por fiel cumplimiento). Si el beneficiario es un órgano integrante de la ENTIDADAdministración del Estado, no se le exigirá la entrega de garantías. Sin perjuicio de lo cual no exime anterior, InnovaChile ejercerá las acciones administrativas y judiciales correspondientes, ante la responsabilidad existencia de cualquier saldo requerido, pendiente de devolución, en el contexto de ejecución del SUPERVISORproyecto ante el Comité.
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Samples: Subsidy Agreement, Subsidy Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza beneficiario deberá entregar las siguientes garantías, de conformidad a lo señalado en los párrafos siguientes:
a) Garantía por anticipos: Con anterioridad al desembolso del subsidio, o de cada cuota de éste, según corresponda, se deberá entregar, por el beneficiario, a satisfacción y en favor de InnovaChile, cauciones consistentes, ya sea en vales vista, boletas de garantía bancaria pagadera a la correcta y fiel vista, depósitos a plazo, pólizas de seguro de ejecución inmediata o a primer requerimiento, o Certificados de Fianza otorgados por Instituciones de Garantía Recíproca, con el fin de garantizar el total de los montos de los recursos anticipados provenientes del subsidio. La glosa de dicho instrumento de garantía, en caso de que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que su objetivo consiste en "garantizar el correcto uso del anticipo otorgado por el Comité InnovaChile, para la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con proyecto (señalando la denominación del proyecto y su código)", debiendo tener una vigencia de por lo menos 3 (Registrar el tipo tres) meses sobre la fecha de garantía entrega del informe de avance y/o final, de acuerdo al calendario establecido en la cláusula duodécima del presente convenio. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre respectivo informe y rendición de cuentas correspondiente. Para la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto devolución de la garantía en forma numeral correspondiente al último o único desembolso, además de la aprobación del Informe Final o de Cierre y literalrendición correspondiente, se requerirá la restitución total de los saldos observados, no gastados y no rendidos del subsidio.
b) equivalente al siete Garantía por ciento (7%) fiel cumplimiento del monto total convenio: Con anterioridad a la entrega del Contrato. A solo requerimiento por subsidio, o de la ENTIDADprimera cuota de éste, según corresponda, el importe beneficiario, deberá, además, entregar una caución de igual naturaleza a las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas señaladas para garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por un monto de, a lo menos, 30 U.F. (treinta unidades de fomento). La glosa de este instrumento, en caso de incumplimiento contractual incurrido que por el CONTRATISTAsu naturaleza la contemple, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho deberá expresar que se hará constar mediante otorga para "garantizar el Acta correspondientefiel cumplimiento del convenio de subsidio por parte del beneficiario (individualizarlo), suscrita referente al proyecto (nombre del proyecto y código)". Esta garantía tendrá por ambas partes CONTRATANTESfin cautelar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el convenio de subsidio, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISORy deberá tener una vigencia de, por razones justificadaslo menos, quien llevará 3 (tres) meses sobre la fecha de presentación del informe final. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe dicho informe y se acredite el control directo cumplimiento de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORtodas las obligaciones.
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Samples: Subsidy Agreement, Subsidy Agreement
GARANTÍAS. 6.1 El CONTRATISTA Proveedor garantiza que todos los Bienes suministrados en virtud del Contrato son nuevos, no tienen uso previo y corresponden al modelo más reciente o actual, y que incorporan todas las mejoras recientes en cuanto a diseño y materiales, a menos que el Contrato disponga otra cosa.
6.2 El Proveedor además garantiza que todos los Bienes suministrados estarán libres de defectos derivados de sus actos y omisiones, o derivados del diseño, los materiales o la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO manufactura, durante el uso normal en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido las condiciones que imperen en el DBC) Nº emitida por (Registrar país de destino final.
6.3 La garantía seguirá vigente durante [ingrese el nombre número de meses] meses a partir de la Entidad emisora fecha en que los Bienes, o cualquier parte de ellos, según el caso, hayan sido entregados y aceptados en el punto final de destino
6.4 El plazo para la reparación o reemplazo a partir de la notificación del defecto por el Comprador será [ingrese el número de días] días.
6.5 Si el Proveedor, tras haber sido notificado, no corrige los defectos dentro del plazo establecido 6.4, el Comprador, dentro de un tiempo razonable, podrá proceder a tomar las medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del Proveedor y sin perjuicio de otros derechos que el Comprador pueda tener contra el Proveedor en el marco del Contrato.
6.6 Para los efectos de la garantía, el (o los) el lugar (es) de destino final deberá(n) ser: [especificar como corresponda]. El presente contrato contempla la entrega de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , las siguientes garantías: Previo a la orden entrega del anticipo, el PROVEEDOR presentará a favor de (Registrar EL COMPRADOR esta garantía, por igual valor del anticipo. Esta garantía se reducirá en la medida que se amortice el nombre o razón social anticipo, hasta su total cancelación. Esta garantía se entregará en las formas indicadas en artículo 73 de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto Ley Orgánica del Sistema Nacional de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del ContratoContratación Pública. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad fiel cumplimiento del SUPERVISOR.contrato
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Samples: Contratación De Selección Directa, Contratación De Selección Directa
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Todas las garantías que “EL PROVEEDOR” otorgue, serán mediante pólizas de fianza expedidas por una institución autorizada por la correcta Comisión Nacional de Seguros y fiel ejecución Fianzas, a favor de API, y deberán contener como mínimo los requisitos establecidos en el artículo 106 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir las garantías siguientes:
a) Fianza de cumplimiento. Dentro de los primeros diez días naturales posteriores a la firma del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar contrato, el tipo PROVEEDOR se obliga a constituir una fianza a favor de API, para garantizar el cumplimiento del contrato, cuyo importe será igual al 10% del monto total de este contrato, sin incluir el I.V.A. La fianza de garantía será entregada en la Gerencia de Administración y Finanzas de API y se aplicará en aquellos casos en los que EL PROVEEDOR incurra en incumplimiento de este contrato. Dado que las obligaciones que se convienen en el presente contrato se consideran divisibles ya que son susceptibles de cumplirse parcialmente, su incumplimiento motivaría la aplicación parcial de la garantía de cumplimiento, haciéndose efectiva de manera proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
a) Que de conformidad y para los efectos de lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 48 fracción II y 49 fracción II de la Entidad emisora Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la fianza se expide para garantizar el cumplimiento del contrato.
b) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.
c) Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales.
d) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la obligación que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral garantice y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas continuará vigente en caso de incumplimiento contractual incurrido que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme.
e) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por el CONTRATISTAxxxx, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva con motivo del pago extemporáneo del importe de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después póliza de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORfianza requerida.
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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública
GARANTÍAS. “El CONTRATISTA garantiza Contratista” se obliga a constituir en la correcta forma, términos y fiel ejecución procedimientos previstos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, las garantías siguientes:
A) FIANZA PARA EL ANTICIPO.- Fianza a favor de la Tesorería de la Federación, por la totalidad del monto concedido como anticipo tanto para que “El Contratista” realice en el sitio de los trabajos la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos objeto del presente CONTRATO contrato, así como para la compra y producción de materiales que se instalen permanentemente, conforme a la Cláusula Quinta y deberá ser presentada por “El Contratista” previamente a la entrega de los anticipos, dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo de adjudicación y, para los ejercicios subsecuentes, a partir de que “El Contratista” reciba la notificación por escrito del monto del anticipo concedido; la garantía subsistirá hasta la total amortización de los anticipos correspondientes, así mismo deberá presentar al área responsable de los trabajos (señalar el área en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido específico) un programa en el DBC) Nº emitida por (Registrar que se establezca la forma en que se aplicará dicho anticipo, en términos de lo previsto en el nombre artículo138 del Reglamento de la Entidad emisora Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- Fianza a favor de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social Tesorería de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar Federación por el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete veinte por ciento (720%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORpresente contrato.
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Samples: Contract for Public Works Services, Contrato De Servicios
GARANTÍAS. Constituirá garantía de cumplimiento del contrato o pedido, misma que deberá presentarse a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del mismo, cumpliendo con las disposiciones de la Tesorería de la Federación TESOFE. El CONTRATISTA garantiza licitante a quien se le adjudique el contrato de cada partida deberá garantizar su cumplimiento, a través de fianza indivisible expedida por una institución debidamente autorizada en los términos de la correcta Ley de Instituciones de Seguros y fiel ejecución Fianzas, en moneda nacional (peso mexicano), por un importe del presente CONTRATO en 10% del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A., a favor de la Tesorería de la Federación y a satisfacción de la Secretaria de la Función Pública. La póliza de la fianza señalada deberá contar por lo menos con los siguientes requisitos: ❑ Indicación del importe total garantizado con número y letra. ❑ Referencia de que la fianza se otorga de manera indivisible atendiendo a todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido las estipulaciones contenidas en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre contrato. ❑ La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma así como la especificación de las obligaciones garantizadas. ❑ El señalamiento de la Entidad emisora denominación o nombre del proveedor o fiado. La garantía de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , cumplimiento deberá estar sujeta a la orden condición de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazofianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, a efectos de requerir forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDADvigencia, lo cual no exime debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos, y se consideraran las siguientes previsiones: ⮚ Esta garantía permanecerá vigente durante el cumplimiento de la responsabilidad obligación que garantice y continuará vigente en caso en que la SFP otorgue prórrogas o esperas al proveedor o fiador para el cumplimiento de sus obligaciones así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan en relación con este contrato y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente que quede firme salvo que las partes se otorguen el finiquito de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del SUPERVISORplazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones o cualquier otra circunstancia.
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Samples: Contratación De Servicios, Licitación Pública
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta COMPRADOR deberá constituir por su cuenta y fiel ejecución entregar al VENDEDOR, el original de una garantía única expedida por una compañía de seguros de suficiente solvencia, legalmente autorizada para funcionar en Colombia o una garantía bancaria expedida por una entidad bancaria, que ampare el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente CONTRATO Contrato, que indique expresamente en su carátula que garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones, incluidas las de pago y el pago de las multas, intereses, penalizaciones, compensaciones, cargos, sobrecostos, y el no pago de impuestos, tasas o contribuciones y/o sanciones decretadas en desarrollo de las cláusulas contractuales que se generen a favor del VENDEDOR por el incumplimiento del COMPRADOR.
14.1. Póliza de Cumplimiento: En el evento de que el COMPRADOR opte por constituir una póliza de cumplimiento, ésta deberá constituirse en el formato de Garantía Única de Cumplimiento aplicable a ECOPETROL que para el efecto entregará el VENDEDOR, en cuya carátula conste que la misma no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral. A la póliza deberá anexarse las Condiciones Generales aplicables a ECOPETROL, que incluyan lo relativo al procedimiento en caso de reclamación y pago del siniestro contenido en la Circular 067/98 de Fasecolda y el comprobante original de pago de la prima de la póliza. Igualmente deberá cumplir con los requisitos contenidos en la Circular VFA del VENDEDOR del 1º xx xxxxxx de 2005 o cualquier circular, directriz o norma del VENDEDOR que la modifique, adicione o sustituya. Cuando la Fuente de Producción corresponde a la Refinería xx Xxxxxxxxx, los requisitos de la Póliza de Cumplimiento serán los siguientes: - El objeto deberá señalar que se garantiza el cumplimiento por parte del Tomador de todas sus partes con la (Registrar obligaciones pecuniarias, incluyendo las de pago, el tipo pago de garantía establecido multas, sanciones, intereses, penalizaciones y compensaciones, y el no pago de impuestos, tasas o contribuciones y/o sanciones ordenadas en desarrollo del contrato y/o contratos celebrados entre el DBCTomador y el BENEFICIARIO, quien actúa a través de su mandatario Ecopetrol S.A., y que tengan por objeto el suministro del(los) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantíaProducto(s) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar definido(s)en las CP. - Que se indique claramente el nombre o razón social del tomador, registrando el NIT y datos asociados (dirección, teléfono etc.). - Que como asegurado se indique a Ecopetrol en su calidad de Mandatario de Refinería xx Xxxxxxxxx (REFICAR) y Refinería xx Xxxxxxxxx (REFICAR). - Que como beneficiario se indique Refinería xx Xxxxxxxxx (REFICAR). - Que se señale que tanto Ecopetrol en su calidad de mandatario de REFICAR y/o Refinería xx Xxxxxxxxx están facultados para adelantar los trámites de reclamación del seguro en el evento en que se configure un siniestro de incumplimiento. - Que la misma no expirará por falta de pago de la ENTIDAD a prima o por revocatoria unilateral. Además de los requisitos, legales regulatorios y reglamentarios que deben cumplir este tipo de garantías, la que fue girada la garantía),por (registrar el monto carátula de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido deberá precisar: Deberá estar firmada por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicialrepresentante legal del tomador (debidamente facultado para ello) precisando su nombre e identificación. Si se procediera a la Recepción Definitiva Deberá ser firmada por el representante legal de la Obra dentro del plazo contractual aseguradora (a través de los distintos medios habilitados para el registro de firmas en el sector asegurador), quien ha de estar identificado con su nombre y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante cédula. Se deberá anexar el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después comprobante de pago de la Liquidación del Contrato, juntamente con prima de seguro y el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia certificado de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo Superintendencia Financiera (o certificado xx xxxxxx de comercio de la vigencia aseguradora) en donde consten las facultades de quien actúa en representación de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos compañía de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORseguros.
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Samples: Contract for the Supply of Liquefied Petroleum Gas (Lpg), Gas Supply Agreement
GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato17: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la CARTA FIANZA N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de prestación de servicios en general, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, el importe durante la primera mitad del número total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso pagos a realizarse, de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAforma prorrateada, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera con cargo a ser devuelto a la Recepción Definitiva de la Obra dentro finalización del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente mismo.” Importante De conformidad con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTAartículo 128 del Reglamento, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La no se constituirá garantía de Cumplimiento fiel cumplimiento del contrato ni garantía de Contratofiel cumplimiento por prestaciones accesorias, Garantía Adicional en contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la Garantía sumatoria de Cumplimiento los montos de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual los ítems adjudicados no exime la responsabilidad del SUPERVISORsupere el monto señalado anteriormente.
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Samples: Adjudicación Simplificada, Adjudicación Simplificada
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Previa recepción de las fianzas señaladas, el CFCRL las validará a fin de verificar su autenticidad y corroborar su vigencia, acorde a los procedimientos de las afianzadoras para dicho efecto, estas deberán ser acordes a los modelos señalados en las “Disposiciones de carácter general por las que se prueban los modelos de pólizas de fianzas constituidas como garantía en las contrataciones públicas realizadas al amparo de la correcta Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras públicas y Servicios Relacionadas con las mismas”, publicadas en el DOF el día 15 xx xxxxx de 2022.
I. De Cumplimiento del Contrato: De conformidad con lo establecido en la fracción II del artículo 48 de la Ley y el artículo 91 del Reglamento, el Contratista deberá presentar la garantía de cumplimiento, dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes contados a partir de la fecha en que hubiese recibido copia de notificación del fallo de adjudicación e invariablemente antes de la firma del contrato, mediante fianza para garantizar el estricto y fiel ejecución cumplimiento del presente CONTRATO contrato, otorgada por una Institución Afianzadora autorizada, por un monto igual al 10% (diez por ciento) del importe total del contrato sin incluir el IVA a favor del CFCRL. La vigencia de la garantía citada será hasta que se cumpla totalmente con lo estipulado en todas sus partes el contrato y será cancelada solamente por autorización expresa y por escrito del CFCRL y haya sido constituida y entregada la garantía por defectos, vicios ocultos de los trabajos o cualquier otra responsabilidad a cargo del Contratista.
II. De Xxxxxx Xxxxxxx y cualquier otra responsabilidad que resulte a cargo del contratista: Concluidos los trabajos y no obstante su recepción formal, el Contratista, de conformidad con la (Registrar el tipo de garantía lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 66 de la Entidad emisora Ley, quedará obligado a responder de los defectos que resultaran en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo y en el Código Civil Federal. Para garantizar durante un plazo de doce meses a partir de la garantía) fecha de recepción de los trabajos, el cumplimiento de de 20 las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar Contratista deberá constituir Fianza por el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete 10% (diez por ciento (7%ciento) del monto total ejercido sin considerar el IVA, para garantizar la reparación en tiempo y forma de los defectos de los trabajos, los vicios ocultos y cualquiera otra responsabilidad en que hubiere incurrido, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley. Quedarán a salvo los derechos del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, CFCRL para exigir el importe pago de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva cantidades no cubiertas de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriaindemnización que a su juicio corresponda, hecho una vez que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas hagan efectivas las garantías serán devueltas después constituidas conforme a este punto. La vigencia de esta garantía será a partir de la Liquidación fecha de la recepción física de los trabajos a entera satisfacción del ContratoCFCRL y si durante los doce meses no surgió una responsabilidad a cargo del Contratista, juntamente podrá ser liberada, de conformidad con el Certificado de Cumplimiento de Contratoartículo 95 del Reglamento. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia La cancelación de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto fianza será a solicitud expresa y por escrito del Contratista al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORCFCRL.
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GARANTÍAS. 4.1. Garantía Provisional.- Cuando se exija garantía provisional deberá incluirse en el expediente justificación de las razones por las que estima procedente su exigencia para ese contrato en concreto. El CONTRATISTA garantiza importe de la correcta garantía provisional, en caso de que se exija, será el señalado en el citado apartado II.5 del Cuadro de Características de este Pliego, no pudiendo ser superior al 3 por 100 del Presupuesto base de licitación, IVA excluido. La garantía provisional se constituirá en alguna de las formas establecidas en las letras a) y fiel ejecución b) del presente CONTRATO artículo 106.3 de la LCSP, complementados por los artículos 55 a 58 y 61 del RGLCAP. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación del contrato y del cumplimiento, por aquél cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación, de las obligaciones impuestas por el art. 150.2 de la LCSP. En el caso de uniones temporales de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en todas sus partes conjunto se alcance la cuantía requerida en el Apartado II.5.1 del Cuadro de Características y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación (art. 103.4 de la LCSP). El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
4.2. Garantía Definitiva.- De conformidad con la (Registrar el tipo de garantía lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre art. 107 y siguientes de la Entidad emisora LCSP, el licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación, está obligado a constituir la garantía definitiva, en la forma y lugares que especifica el art. 108 de la garantía) LCSP, y los artículos 55 a 58 y 61 del RGLCAP, en el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 plazo xx xxxx días hábiles, a la orden contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento para su presentación, por el importe señalado en el apartado II.5.2 del Cuadro de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto Características. La ejecución, devolución y cancelación de la garantía definitiva se regularán, respectivamente, por lo dispuesto en forma numeral los artículos 109 y literal) equivalente al siete por ciento (7%) 110 de la LCSP, y los artículos 63 y 65 del monto RGLCAP. En caso de amortización o sustitución, total del Contrato. A solo requerimiento por o parcial, de los valores que constituyen la ENTIDADgarantía, el adjudicatario está obligado a reponerlos en la cuantía necesaria para que el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido dicha garantía no se merme por el CONTRATISTAeste motivo, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva debiendo quedar constancia, documentada, de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriacitada reposición. Cuando, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después a consecuencia de la Liquidación modificación del Contratocontrato, juntamente con experimente variación el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTAprecio del mismo, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de se reajustará la garantía en cuanto el plazo de quince días hábiles, contados desde la fecha en que se notifique al monto y plazoempresario el acuerdo de modificación, a efectos para que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de requerir su ampliación al CONTRATISTAmodificación.
4.3. Garantía Complementaria.- Para el establecimiento, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La no, de una garantía de Cumplimiento de Contratocomplementaria, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia según lo previsto en el artículo 107.2 de la Unidad Administrativa LCSP, se estará a lo indicado en el apartado II.5.3 del Cuadro de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORCaracterísticas de este Pliego.
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Samples: Suministro De Talonarios Y Sellos
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza licitante al que se le adjudique el contrato respectivo deberá garantizar: Cumplimiento de contrato. El licitante ganador deberá presentar ante la correcta y fiel ejecución convocante, dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la fecha de notificación del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre fallo e invariablemente antes de la Entidad emisora firma del contrato, original de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social póliza de la ENTIDAD fianza, otorgada por una institución afianzadora autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto favor de la garantía en forma numeral y literal) equivalente Tesorería de la Federación, por un monto igual al siete 10% (diez por ciento (7%ciento) del monto total del Contrato. A solo requerimiento contrato (sin incluir el Impuesto al Valor Agregado), y la forma de redacción de la fianza que garantice el cumplimiento del contrato se hará de la siguiente forma: Que es a favor de la Tesorería de la Federación; para garantizar a “nombre de Licitante ganador” el cumplimiento de todas las estipulaciones conferidas en el contrato, por la ENTIDAD, el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes de IVA, y el cumplimiento de cada una de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso obligaciones a su cargo, derivados de incumplimiento contractual incurrido la licitación pública nacional número por el CONTRATISTA, sin necesidad monto de ningún trámite o acción judicial$ (número y letra). Si se procediera Con relación a la Recepción Definitiva redacción de la Obra dentro garantía se deberán transcribir las siguientes cláusulas: “Esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo contractual y del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia, asimismo esta fianza permanecerá en forma satisfactoriavigor aún en los casos en que el Tribunal otorgue prórrogas o esperas al prestador del servicio para el cumplimiento de sus obligaciones.” “La Institución de fianzas, hecho que se hará constar mediante acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después articulo 95 de la Liquidación Ley Federal de Instituciones de Fianzas en vigor, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del Contrato, juntamente con cobro de intereses que prevé el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISORartículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por razones justificadas, quien llevará el control directo pago extemporáneo del importe que la póliza de fianza requerida.” “La presente garantía de cumplimiento únicamente podrá ser liberada mediante escrito de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales del Tribunal.” La vigencia de la misma bajo fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo objetivo, de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDADvigencia, lo cual no exime debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en los pedidos y actos administrativos.
1. Se expide de conformidad con la responsabilidad Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.
2. Se otorga a favor de la Tesorería de la Federación, por la cantidad de $_ _ (con letra) correspondiente al 10% (diez por ciento), del SUPERVISORmonto total del contrato, sin incluir el IVA.
3. La fianza garantiza el cumplimiento del contrato de acuerdo con todas y cada una de las obligaciones a cargo del prestador de servicio atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este contrato y sus anexos.
4. En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas al contratista para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o la vigencia del contrato, este deberá exhibir la modificación correspondiente de la fianza.
5. La vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos.
6. Esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo, esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “El Tribunal” otorgue prórroga o esperas al prestador del servicio para el cumplimiento de sus obligaciones.
7. La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
8. Para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito del Tribunal.
9. La afianzadora se somete a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de México, Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
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Samples: Licitación Pública
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza beneficiario deberá entregar las siguientes garantías, de conformidad a lo señalado en los párrafos siguientes:
a) Garantía por anticipos: Con anterioridad al desembolso del subsidio, o de cada cuota de éste, según corresponda, se deberá entregar, por el beneficiario, a satisfacción y en favor de InnovaChile, cauciones consistentes, ya sea en vales vista, boletas de garantía bancaria pagadera a la correcta y fiel vista, depósitos a plazo, pólizas de seguro de ejecución inmediata o a primer requerimiento, o Certificados de Fianza otorgados por Instituciones de Garantía Recíproca, con el fin de garantizar el total de los montos de los recursos anticipados provenientes del subsidio. La glosa de dicho instrumento de garantía, en caso de que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que su objetivo consiste en “garantizar el correcto uso del anticipo otorgado por el Comité InnovaChile, para la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con proyecto (señalando la denominación del proyecto y su código)”, debiendo tener una vigencia de por lo menos 3 (Registrar el tipo tres) meses sobre la fecha de garantía entrega del informe de avance y/o final, de acuerdo al calendario establecido en la cláusula duodécima del presente convenio. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre respectivo informe y rendición de cuentas correspondiente. Para la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto devolución de la garantía correspondiente al último o único desembolso, además de la aprobación del Informe Final o de Cierre y rendición correspondiente, se requerirá la restitución total de los saldos observados, no gastados y no rendidos del subsidio. El correcto uso del anticipo implica, además de la realización de gastos que sean pertinentes con los objetivos del proyecto y con las normas que regulan su uso contenidas en forma las bases y en el presente convenio de subsidio, la obligación de usar el subsidio respetando el porcentaje máximo de cofinanciamiento aprobado, de acuerdo con las reglas señaladas en el último párrafo de la cláusula sexta precedente y en el numeral 11.4.2 de las Bases Administrativas Generales.
b) Garantía por fiel cumplimiento del convenio: Con anterioridad a la entrega del subsidio, o de la primera cuota de éste, según corresponda, el beneficiario, deberá, además, entregar una caución de igual naturaleza a las anteriormente señaladas para garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por un monto de, a lo menos, 30 U.F. (treinta unidades de fomento). La glosa de este instrumento, en caso de que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que se otorga para “garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por parte del beneficiario (individualizarlo), referente al proyecto (nombre del proyecto y literalcódigo)”. Esta garantía tendrá por fin cautelar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el convenio de subsidio, y deberá tener una vigencia de, por lo menos, 3 (tres) equivalente al siete meses sobre la fecha de presentación del informe final. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe dicho informe y se acredite el cumplimiento de todas las obligaciones. Los documentos de garantía – por ciento anticipo y/o fiel cumplimiento del convenio - deberán entregarse dentro del plazo de 30 (7%treinta) del monto total del Contrato. A solo días hábiles, contados desde su requerimiento por parte de InnovaChile. Antes de la ENTIDADfecha de vencimiento de este plazo, el importe beneficiario podrá solicitar fundadamente a InnovaChile la prórroga de hasta 30 (treinta) días hábiles. Si transcurridos los plazos señalados o su prórroga, no se ha presentado cualquiera de los documentos de garantía, debiendo hacerlo, InnovaChile tendrá por desistida la postulación, o pondrá término anticipado al convenio, según corresponda. Asimismo, la no renovación oportuna de cualquiera de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas a requerimiento de InnovaChile la facultará para ejecutar aquellas que se encuentren vigentes y para poner término anticipado al convenio. Se entenderá que la renovación es “oportuna” cuando los documentos de garantía son recibidos a conformidad de InnovaChile, al menos, con 3 (tres) días hábiles de anticipación al vencimiento de aquel/los que obran en poder del Comité. Los documentos de garantía mencionados podrán ser otorgados, además, por terceros, previa aceptación de InnovaChile, mencionando en la glosa de éstos, si correspondiere según su naturaleza, que garantizan al beneficiario (que deberá individualizarse) por “el correcto uso del anticipo del subsidio entregado” (en el caso de la garantía por anticipos), o por “el fiel cumplimiento del convenio de subsidio” (en el caso de la garantía por fiel cumplimiento). Si el beneficiario es un órgano integrante de la Administración del Estado, no se le exigirá la entrega de garantías. Sin perjuicio de lo anterior, InnovaChile ejercerá las acciones administrativas, extrajudiciales y judiciales correspondientes, ante la existencia de cualquier saldo requerido, pendiente de devolución, en el contexto de ejecución de un proyecto ante el Comité. Se deja constancia que la garantía por anticipo no reviste el carácter de cláusula penal, por lo que, en caso de incumplimiento contractual incurrido por que su cobro no permita recuperar los recursos anticipados que deban ser restituidos, InnovaChile podrá ejercer las acciones que corresponda para lograr el CONTRATISTA, sin necesidad reintegro del total de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORdichos fondos.
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Samples: Convenio De Subsidio
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza licitante al que se le adjudique el contrato respectivo deberá garantizar: Cumplimiento de contrato. El licitante ganador deberá presentar ante la correcta y fiel ejecución convocante, dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la fecha de notificación del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre fallo e invariablemente antes de la Entidad emisora firma del contrato, original de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social póliza de la ENTIDAD fianza, otorgada por una institución afianzadora autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto favor de la garantía en forma numeral y literal) equivalente Tesorería de la Federación, por un monto igual al siete 10% (diez por ciento (7%ciento) del monto total del Contrato. A solo requerimiento contrato (sin incluir el Impuesto al Valor Agregado), y la forma de redacción de la fianza que garantice el cumplimiento del contrato se hará de la siguiente forma: Que es a favor de la Tesorería de la Federación; para garantizar a “nombre de Licitante ganador” el cumplimiento de todas las estipulaciones conferidas en el contrato, por la ENTIDAD, el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes de IVA, y el cumplimiento de cada una de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso obligaciones a su cargo, derivados de incumplimiento contractual incurrido la licitación pública nacional número _ por el CONTRATISTA, sin necesidad monto de ningún trámite o acción judicial$ (número y letra). Si se procediera Con relación a la Recepción Definitiva redacción de la Obra dentro garantía se deberán transcribir las siguientes cláusulas: “Esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo contractual y de ejecución del pedido principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia asimismo esta fianza permanecerá en forma satisfactoriavigor aún en los casos en que el Tribunal otorgue prórrogas o esperas al prestador del servicio para el cumplimiento de sus obligaciones.” “La Institución de fianzas, hecho que se hará constar mediante acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después articulo 95 de la Liquidación Ley Federal de Instituciones de Fianzas en vigor, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del Contrato, juntamente con cobro de intereses que prevé el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISORartículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por razones justificadas, quien llevará el control directo pago extemporáneo del importe que la póliza de fianza requerida.” “La presente garantía de cumplimiento únicamente podrá ser liberada mediante escrito de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales del Tribunal.” La vigencia de la misma bajo fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo objetivo, de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDADvigencia, lo cual no exime debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en los pedidos y actos administrativos.
1. Se expide de conformidad con la responsabilidad Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.
2. Se otorga a favor de la Tesorería de la Federación, por la cantidad de $_ _ (con letra) correspondiente al 100% (cien por ciento), del SUPERVISORmonto total del anticipo, incluyendo el IVA.
3. La fianza garantiza la debida aplicación del anticipo de acuerdo con todas y cada una de las obligaciones a cargo del contratista atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este contrajo y sus anexos.
4. En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas al contratista para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo de ejecución del contrato. Este deberá exhibir la modificación correspondiente de la fianza.
5. La vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos.
6. Esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo, esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “El Tribunal” otorgue prórroga o esperas a “el contratista” para el cumplimiento de sus obligaciones.
7. La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
8. Para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito del Tribunal.
9. La afianzadora se somete a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de México, Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
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Samples: Licitación Pública Nacional
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza contratista seleccionado para la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO contrato constituirá, a favor del ITM, como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales, cualquiera de las garantías autorizadas por el Decreto 734 de 2012 a saber: (1) Pólizas de seguros, (2) Fiducia mercantil en todas sus partes garantía, (3) Garantía bancaria a primer requerimiento; (4) Endoso en garantía de títulos valores y depósito de dinero en garantía, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una entidad bancaria, o una sociedad fiduciaria, o una entidad financiera sometida a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, legalmente establecida en Colombia, con el fin de cubrir los perjuicios derivados de las obligaciones, así: De Cumplimiento del Contrato: Cubrirá al ITM de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato así como de su cumplimiento tardío o su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Este amparo comprende además siempre el pago de las multas y de la (Registrar el tipo de garantía establecido cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el DBCcontrato por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) Nº emitida del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más. De calidad y correcto funcionamiento de los bienes: Cubrirá al ITM por (Registrar el nombre los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de los perjuicios imputables al contratista garantizado que se deriven de la Entidad emisora mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes o equipos objeto del contrato de acuerdo con las especificaciones técnicas o por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo, por el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más. La garantía se constituirá en la misma moneda del contrato. El pago de la prima respectiva correrá por cuenta del contratista, así como el de las ampliaciones a que haya lugar. El contratista deberá restablecer el valor de la garantía cuando éste se haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por la entidad contratante y/o terceros afectados De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el contratista deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. El incumplimiento de la obligación del contratista de mantener la suficiencia de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a facultará al ITM para declarar la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) caducidad del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecucióncontrato. La garantía deberá acompañarse del correspondiente recibo de Cumplimiento pago, estar firmada por el contratista, deberá ser constituida en forma tal que cubra única y exclusivamente los riesgos contemplados para la ejecución del contrato. La garantía deberá estar vigente durante toda la vida del contrato, su liquidación, y la prolongación de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía sus efectos. Tratándose de Cumplimiento póliza no expirará por falta de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia pago de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORprima o por revocatoria unilateral.
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Samples: Contrato De Compraventa
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo Las garantías que se detallarán a continuación, serán cubiertas por medio de fianza bancaria o garantía establecido en el DBC) Nº bancaria, emitida por Institución Bancaria o Institución Financiera, Sociedad Afianzadora o Aseguradora y Sociedades de Garantías Recíprocas (Registrar SGR), así como también se aceptarán como garantía las establecidas en la Ley del Sistema de Garantías Recíprocas para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Rural y Urbana. Las Instituciones que emitan las referidas garantías deberán estar autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero y ser aceptadas por “EL CONTRATANTE”. 1) GARANTÍA DE BUENA INVERSION DE ANTICIPO. Para garantizar el nombre correcto manejo de la Entidad emisora cantidad anticipada, que será por un monto del treinta por ciento del valor inicial del contrato, “LA CONTRATISTA”, rendirá Garantía de la garantía) el Buena Inversión de Anticipo a favor de 20 “EL CONTRATANTE”, con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) por un valor equivalente al siete cien por ciento (7%) del monto valor total del Contratoanticipo, esta garantía deberá ser rendida antes de recibir dicho anticipo, y deberá mantenerse vigente en su totalidad, mientras no se haya hecho efectiva a “EL CONTRATANTE” sus amortizaciones, no considerándose como amortizadas las que solo consten en documentos. A solo requerimiento por 2) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. Después de recibida la ENTIDAD, el importe Notificación de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso Autorización de incumplimiento contractual incurrido por el contratación “LA CONTRATISTA, sin necesidad ” deberá rendir a favor de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. “EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la CONTRATANTE” una Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera por el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo valor de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS
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Samples: Contract
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes De acuerdo con la (Registrar el tipo de garantía lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 103.1 del TRLCSP, quienes participen en la licitación no deberán constituir garantía provisional. La persona licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la Entidad emisora garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación. La garantía exigida en el contrato podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del TRLCSP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería General del Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran. De no cumplirse este requisito por causas imputables a la persona licitadora, el Ayuntamiento no efectuará la adjudicación a su favor. Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique a la persona adjudicataria la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 99 del TRLCSP. A estos efectos no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo. En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, la persona adjudicataria deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. Página2 La devolución de la garantía) , tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social artículo 102 del Texto Refundido de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el monto plazo de la garantía garantía, en forma numeral su caso, y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento en todo caso, cuando no exista plazo de garantía, una vez se consideren cumplidas por la ENTIDAD, el importe persona adjudicataria todas sus obligaciones contractuales de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a forma satisfactoria para la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORAdministración.
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Samples: Contract for Works
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución I. Para el cumplimiento del presente CONTRATO Contrato. La garantía deberá constituirse por el concursante que resulte ganador mediante fianza expedida por una Institución debidamente autorizada en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre los términos de la Entidad emisora Ley de la garantía) el Instituciones de de 20 Seguros y Fianzas, con vigencia hasta el de de 20 en Moneda Nacional (peso mexicano), a la orden de por un importe del 10% (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete diez por ciento (7%ciento) del monto total del Contratocontrato sin considerar el I.V.A. a favor de Servicios de Salud de Sinaloa y deberá contener los siguientes requisitos: Indicación del porcentaje e importe total garantizado con número y letra. A solo requerimiento por Referencia de que la ENTIDADfianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato. La información correspondiente al número de contrato, el importe su fecha de firma, así como la especificación de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicialobligaciones garantizadas. Si se procediera a la Recepción Definitiva El señalamiento de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriadenominación o nombre de “El Prestador de Servicios”, hecho domicilio fiscal, registro federal de contribuyentes. La condición de que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazofianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, a efectos de requerir forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDADvigencia, lo cual no exime debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos. La condición de que la fianza solo podrá ser cancelada cuando así lo autorice expresamente y por escrito a Servicios de Salud de Sinaloa El señalamiento de que esta garantía estará vigente en los casos en que Servicios de Salud de Sinaloa, en el contrato otorgue prórrogas o esperas al proveedor o fiado, para el cumplimiento de sus obligaciones, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan en relación con este contrato hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, salvo que las partes se otorguen el finiquito, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Señalar el domicilio de la afianzadora de esta localidad para oír y recibir notificaciones de esta dependencia. La Institución de Fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso de cobro de intereses que prevé el mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Así mismo esta fianza cubre, defectos y vicios ocultos de los bienes, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido “El Prestador de Servicios” en los términos señalados en el Concurso por Invitación, en el contrato respectivo y el código civil federal. Las garantías de anticipo y de cumplimiento deberá presentarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la firma del SUPERVISORcontrato, Servicios de Salud de Sinaloa, sito en cerro Montebello oriente 150 Montebello, Culiacán xx xxxxxxx, Culiacán, Sinaloa, siendo requisito indispensable su entrega para efectuar el pago respectivo establecido en el contrato. Para liberar la fianza de cumplimiento del contrato, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la dependencia solicitante.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicio
GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: • De fiel cumplimiento del contrato21: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final. A solo requerimiento • Al amparo de lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento en dicho artículo, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.” En el importe caso que corresponda, consignar lo siguiente: • Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias 22 : [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORobligaciones garantizadas.
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GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor xx XXXXXX S.A., por los conceptos, montos y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato13: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de prestación de servicios en general, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, el importe durante la primera mitad del número total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso pagos a realizarse, de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAforma prorrateada, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera con cargo a ser devuelto a la Recepción Definitiva de la Obra dentro finalización del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente mismo.” Importante De conformidad con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTAartículo 128 del Reglamento, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La no se constituirá garantía de Cumplimiento fiel cumplimiento del contrato ni garantía de Contratofiel cumplimiento por prestaciones accesorias, Garantía Adicional en contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la Garantía sumatoria de Cumplimiento los montos de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual los ítems adjudicados no exime la responsabilidad del SUPERVISORsupere el monto señalado anteriormente.
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Samples: Contract for Services
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre Los Colocadores, los Subcolocadores habilitados a participar de la Entidad emisora rueda y los Agentes Habilitados tendrán la facultad, pero no la obligación, de solicitar garantías u otros recaudos que aseguren la integración de las Órdenes de Compra realizadas por los inversores, cuando así lo consideren necesario. Por lo tanto, si los Colocadores y/o los Agentes Habilitados resolvieran solicitar garantías que aseguren la integración de las Órdenes de Compra realizadas por los Inversores y estos últimos no dieran cumplimiento con lo requerido, los Colocadores, los Subcolocadores habilitados a participar de la garantía) el de de 20 rueda o dicho Agente Habilitado, con vigencia hasta el de de 20 según corresponda, podrán, a su exclusivo criterio, tener la orden Orden de (Registrar el nombre o razón social Compra por no presentada y rechazarla. Los Agentes Habilitados serán responsables de que existan las garantías suficientes que aseguren la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe integración de las garantías citadas anteriormente Ofertas de Compra que hubieran sido cursados a través suyo. Los Agentes Habilitados serán ejecutadas en caso responsables frente al Emisor y los Colocadores y los Subcolocadores por los daños y perjuicios que la falta de incumplimiento contractual incurrido integración de una Oferta de Compra cursada por el CONTRATISTAdicho Agente Habilitado ocasione al Emisor y/o a los Colocadores y/o los Subcolocadores. En la Fecha de Emisión y Liquidación, sin necesidad los Agentes Habilitados deberán transferir al Agente de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva Liquidación y Compensación los fondos que hubieran recibido de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORlos inversores.
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Samples: Supplement of Price
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar a favor de la correcta Secretaría de Finanzas y fiel ejecución Administración, en la Dirección de Adquisiciones y Servicios Generales ubicada en el segundo piso del domicilio de “EL MUNICIPIO”, la siguiente garantía: RESPONSABILIDADES.- “EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar una garantía para responder del buen cumplimiento del Contrato, de defectos, vicios ocultos, la falta de calidad de los bienes y /o servicios suministrados, así como por cualquier responsabilidad y/u obligación en que pudiera incurrir por disposiciones xx xxx o en virtud del presente CONTRATO en todas sus partes con instrumento, considerando que la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a obligación garantizada será indivisible; la que fue girada la garantía),por (registrar el deberá constituirse por un monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete 20%-veinte por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por , dentro de los 10-diez días hábiles siguientes a la ENTIDAD, el importe firma del presente Contrato y con una vigencia mínima correspondiente a la vigencia del presente instrumento; esta garantía quedará extendida y en poder de “EL MUNICIPIO” hasta la fecha en que se satisfagan todas las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas responsabilidades y obligaciones no cumplidas y se corrijan los defectos o vicios ocultos en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera que esta fecha sea posterior a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía. GARANTÍA DE ANTICIPO. - “EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar una garantía en cuanto al que cubra la correcta aplicación del anticipo que “EL MUNICIPIO” le otorgue, la que deberá constituirse por la totalidad del monto del anticipo y plazo, a efectos presentarse dentro de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar los 10-diez días hábiles siguientes a la ENTIDAD su ejecución. La garantía fecha de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional firma del Contrato respectivo y previamente a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de entrega del anticipo; esta garantía deberá estar vigente hasta la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad total amortización del SUPERVISORanticipo.
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Samples: Contrato Administrativo
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del Contratista habilitado frente al PA-FFIE, en razón o con ocasión de la correcta asignación y fiel ejecución de cada contrato de obra, el estudio de necesidad efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del presente CONTRATO mismo, se determinó la necesidad que el Proponente constituya una garantía a favor de entidades particulares. Por lo anterior, el Proponente sea persona natural o jurídica, nacional o extranjera, o Estructura Plural deberá constituir a su xxxxx y presentar para la legalización de cada uno de los contratos de obra, una garantía, la cual se puede presentar bajo cualquiera de las siguientes formas: a) Póliza de seguro o b) Garantía Bancaria.
a) Póliza de seguro: Si la garantía es presentada mediante póliza de seguro, esta deberá ser expedida por una compañía de seguros autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia para funcionar en todas Colombia, a cargo del Proponente y a cada uno de sus partes con miembros en caso de que se trate de una Estructura Plural. En caso que la (Registrar garantía requerida se constituya mediante una póliza de seguro, deberá presentarse el tipo recibo de pago correspondiente.
b) Garantía Bancaria. Si la garantía establecido es una garantía bancaria, ésta deberá ser otorgada por una entidad financiera vigilada y autorizada para su funcionamiento por la Superintendencia Financiera de Colombia, quien asume el compromiso firme, irrevocable, autónomo, independiente e incondicional de pagar directamente al PA- FFIE, a primer requerimiento, hasta el monto garantizado, una suma de dinero equivalente al valor que se señala en el DBC) Nº emitida presente numeral. Adicionalmente, esta deberá cumplir con los siguientes requerimientos: - La garantía bancaria deberá constar en documento privado debidamente suscrito por (Registrar el nombre representante legal de la Entidad emisora entidad financiera garante o por su apoderado, en el cual la entidad asuma en forma expresa, autónoma e irrevocable, en favor del PA-FFIE, compromiso de pagar el valor de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por parte del Proponente o alguno de sus miembros, en caso que se trate de una Estructura Plural. - A la garantía bancaria deberá adjuntarse el CONTRATISTA, sin necesidad certificado de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva existencia y representación de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita entidad financiera expedida por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después la Superintendencia Financiera de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de ContratoColombia. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. - La garantía bancaría además de Cumplimiento ser a primer requerimiento o primera demanda del PA-FFIE, deberá ser irrevocable y suficiente de Contratoconformidad con los presentes TCC. - El garante debe renunciar al beneficio de excusión.
10.4.1. Características Generales de las Garantías:
a) Amparos, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato cobertura (valor asegurado) y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.vigencia: AMPARO VALOR VIGENCIA
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA CONSULTOR, garantiza la correcta el correcto cumplimiento y fiel ejecución del presente CONTRATO Contrato en todas sus partes con la (Registrar registrar el tipo de garantía establecido en el DBCotorgada) Nº emitida por (Registrar registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de del 20 , a la orden del Servicio Nacional para la Sostenibilidad de (Registrar Servicios en Saneamiento Básico - SENASBA, por el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (77 %) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el equivalente a: El importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTACONSULTOR, será pagado en favor de la ENTIDAD sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimiento. Si Empero, si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra recepción definitiva del producto dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita suscrito por ambas partes CONTRATANTESContratantes, dichas garantías serán devueltas dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTACONSULTOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de durante la vigencia de la misma bajo su responsabilidadéste. El SUPERVISOR LA CONTRAPARTE llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTACONSULTOR, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía Las garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Gerencia Administrativa Financiera, lo que no eximirá la responsabilidad de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORCONTRAPARTE.
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Samples: Consulting Services Agreement
GARANTÍAS. El Como requisito para suscribir el presente contrato, EL CONTRATISTA garantiza entrega al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de OSITRAN, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: • De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la CARTA FIANZA N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la el. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 34 de las “Disposiciones Complementarias al Reglamento para la contratación de Empresas Supervisoras por parte de OSITRAN”, en los contratos derivados de Procedimientos de Selección Abreviado, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, el importe durante la primera mitad del número total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso pagos a realizarse, de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAforma prorrateada, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera con cargo a ser devuelto a la Recepción Definitiva de la Obra dentro finalización del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.mismo”
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GARANTÍAS. De acuerdo con el perfil de crédito asignado por Ecopetrol, El CONTRATISTA garantiza COMPRADOR deberá constituir por su cuenta y entregar al VENDEDOR con 30 días de anticipación a la correcta Fecha de inicio de suministro, el original de una Garantía Bancaria o Póliza de Cumplimiento expedidas de acuerdo con los formatos establecidos por el vendedor para dichos instrumentos y fiel ejecución emitidos por una entidad financiera aceptable por el vendedor de acuerdo con el listado entregado por este. Las garantías o pólizas entregadas por el cliente, deben amparar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente CONTRATO Contrato, que indique expresamente en su objeto o carátula que garantiza el cumplimiento de todas sus partes las obligaciones, incluidas las de pago y el pago de las multas, intereses, penalizaciones, compensaciones, cargos, sobrecostos, y el no pago de impuestos, tasas o contribuciones y/o sanciones decretadas en desarrollo de las cláusulas contractuales que se generen a favor del VENDEDOR por el incumplimiento del COMPRADOR.
15.1. Póliza de Cumplimiento: En el evento de que el COMPRADOR opte por constituir una póliza de cumplimiento, ésta deberá constituirse bajo el programa XXXXX diseñado por el VENDEDOR para la emisión de este tipo de instrumentos por lo cual se incluirá el ANEXO 15 - GARANTÍAS Y SEGUROS como parte de este contrato. En este caso, EL COMPRADOR deberá remitir al VENDEDOR la información requerida por la aseguradora para el estudio de cupo y viabilidad de expedición de la póliza para que a su vez el VENDEDOR proceda con la (Registrar el tipo solicitud de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre emisión de la Entidad emisora misma. PARÁGRAFO: La emisión de la garantía) esta póliza está sujeta a disponibilidad de línea de crédito que tengan disponibles para el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del ContratoCOMPRADOR las diferentes aseguradoras. A solo requerimiento por la ENTIDADEn esta póliza, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual VENDEDOR actúa como Tomador y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia Beneficiario de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará y el control directo COMPRADOR como Afianzado por lo cual el pago de la vigencia prima respectiva será a cargo de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOReste último.
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Samples: Gas Supply Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones dimanantes de este convenio, RAE se compromete a depositar en la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO entidad de crédito legalmente autorizada para operar en todas sus España que ambas partes determinen con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , anterioridad a la orden adjudicación de (Registrar el nombre o razón social los contratos de obras, la ENTIDAD cantidad en metálico a la que fue girada se refiere la garantía),por (registrar presente cláusula con la finalidad de garantizar el monto pago de las tarifas a que está obligada RAE. Dicho importe será igual a la suma de la Tarifa de Amortización y la Tarifa de Explotación correspondientes a tres anualidades. El importe depositado será actualizado anualmente por RAE, minorándolo o aumentándolo transcurrido cada año natural desde la fecha de celebración del convenio, proporcionalmente en función de la evolución de los costes asociados a la inversión a realizar por ACUAMED. El saldo depositado en la cuenta abierta conforme a lo previsto en la presente cláusula se mantendrá indisponible por parte de RAE quien mediante la firma del presente convenio reconoce expresamente la función exclusivamente de garantía de sus obligaciones frente a ACUAMED para la que ha sido constituido, obligándose por ello a no disponer en forma numeral modo alguno del importe depositado Del mismo modo, dada la función de garantía anteriormente definida y literal) equivalente al siete a los solos efectos de su ejecución, RAE se obliga a autorizar la disposición del importe depositado por ciento (7%) del monto total del Contratolos representantes con poder suficiente de ACUAMED en el momento de formalizar la apertura de la cuenta de depósito en la entidad de crédito correspondiente. A solo RAE podrá sustituir esta garantía por un aval a primer requerimiento otorgado por una entidad bancaria legalmente habilitada para operar en España elegida por las partes o por una póliza de seguro de caución suscrita con una entidad aseguradora legalmente habilitada. Para la ENTIDAD, el importe disposición de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAcantidades depositadas, sin necesidad de ningún trámite la ejecución del aval o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva reclamación de la Obra dentro indemnización prevista en los párrafos anteriores, ACUAMED deberá previa y fehacientemente requerir el pago de las cantidades adeudadas por RAE. Transcurridos quince (15) días naturales desde la citada notificación, ACUAMED podría disponer de la parte del plazo contractual saldo depositado que sea necesaria para cubrir las cantidades adeudadas y no satisfechas o instar la ejecución del aval o el pago de la indemnización acompañando una copia de la notificación realizada. La reclamación formulada por los representantes de ACUAMED en forma satisfactoriala Comisión de Seguimiento prevista en la Cláusula Decimoprimera, hecho de la que quede debida constancia en acta, surtirá los mismos efectos que la notificación fehaciente. Cualquier discrepancia que surja entre las partes que verse sobre cantidades adeudadas y no satisfechas por las tarifas previstas en el presente convenio se hará constar mediante planteará con carácter previo a cualquier instancia jurisdiccional ante la Comisión de Seguimiento prevista en la Cláusula Decimoprimera. Caso de disponer ACUAMED de las cantidades depositadas en la cuenta de garantía, de ejecutar el Acta correspondienteaval bancario o de obtener la indemnización derivada del seguro de caución, suscrita RAE deberá reponer las garantías de manera inmediata hasta igualar el último importe fijado por ambas partes CONTRATANTES, las partes. En el supuesto en que RAE no repusiera dichas garantías serán devueltas después en el plazo máximo de quince días naturales computado desde la reclamación fehaciente que a tal efecto le haga ACUAMED, ésta podrá resolver el convenio asumiendo de este modo la explotación de las infraestructuras e instalaciones de manera inmediata, por sí o a través de la Liquidación del Contratoentidad o empresa que, juntamente con el Certificado en su caso, designe y sin perjuicio de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene las responsabilidades en las que incurra la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORparte incumplidora.
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Samples: Convenio Regulador
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Con el fin de amparar los perjuicios de naturaleza contractual, derivados del incumplimiento del contrato, como requisito para la correcta y fiel ejecución contractual, el contratista deberá constituir garantía única que podrá consistir en: Póliza expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, cuya póliza matriz esté debidamente aprobada por la Superintendencia Financiera, fiducia mercantil en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de títulos valores o depósito de dinero en garantía con los siguientes amparos: 1. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) contrato estatal: Por valor equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto valor total del Contratocontrato, y con una vigencia igual al plazo de ejecución y ocho (8) meses más o hasta la fecha de liquidación del Contrato si está por cualquier circunstancia es posterior, contados a partir de la suscripción de la póliza. A solo requerimiento El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la CNSC de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contrato. En virtud de lo señalado en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, la Garantía de cumplimiento cubrirá los perjuicios causados a la CNSC como consecuencia de la conducta dolosa o culposa o de la responsabilidad imputable a los particulares, derivados de un proceso de responsabilidad fiscal, siempre y cuando esos perjuicios deriven del cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato amparado por la ENTIDAD, Garantía. Este amparo cubre el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso riesgo de incumplimiento contractual incurrido generado por la violación al compromiso de confidencialidad adquirido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a contratista mediante la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación firma del Contrato, juntamente con el Certificado así: Será causal de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia incumplimiento de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo calidad del servicio cualquier violación sobre la confidencialidad de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazolas pruebas, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTAdocumentos, datos o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.informaciones que
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO Código legisla en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido dos artículos, por un lado las garantías a los créditos incorporados —cuestión no prevista en el DBC) Nº emitida Código de Comercio— y por (Registrar el nombre otro las garantías sobre el saldo de la Entidad emisora cuenta corriente, similar al art. 786 del anterior Código de Comercio. Con relación a las primeras, el art. 1434 del CCCN establece que las garantías reales o personales de cada crédito incorporado se trasladan al saldo de la garantíacuenta, en tanto el garante haya prestado su previa aceptación, vale decir, no se trasladan de pleno derecho. Sobre el particular, la comisión de reforma del CCCN señaló que disponer el traslado de las garantías de las remesas a los saldos como principio general podía afectar seriamente la situación de los codeudores solidarios, que quedarían incorporados a una cuenta corriente con título ejecutivo sin haber consentido esa situación; idéntica situación se planteó con relación a las garantías reales o personales. Por aplicación del principio de indivisibilidad de la cuenta, antes del cierre sólo hay elementos de un crédito eventual (el saldo) que será el resultante de la compensación de 20 créditos y deudas al final del período. El mantenimiento de las garantías permitiendo que se trasladen al saldo incorporado por la reforma importa una neutralización de la indivisibilidad característica de la cuenta corriente. Como no se opera novación, con vigencia hasta ante la falta de conformidad del garante, persisten las garantías personales y reales de los créditos anotados. Cuando el de de 20 , crédito garantizado pasa a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto cuenta corriente con reserva expresa de la garantía por parte del acreedor, si al clausurarse definitivamente la cuenta arroja un saldo igual o mayor que aquél, el acreedor impago puede hacerlo efectivo en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDADgarantía, hasta el importe de ella. Sobre este punto la doctrina advirtió que no se legisló respecto de la responsabilidad de los co-obligados solidarios del crédito incluido en la cuenta y que la solución brindada por otras legislaciones fue la de establecer que quedaban obligados respecto del saldo que resulte al cierre. (21) En cuanto a las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en sobre el saldo, el art. 1439 del CCCN, al igual que su antecedente el art. 786 del C. de Comercio, establece que el saldo de la cuenta corriente puede ser garantizado con hipoteca, prenda, fianza, agregando al final "o cualquier otra garantía". En el caso de incumplimiento contractual incurrido la prenda se debe establecer el monto máximo del saldo deudor garantizado. En cuanto a la hipoteca, dicha estipulación resulta válida en tanto individualice el número de la cuenta y se describan las operaciones que podrán tener reflejo en ella (principio de accesoriedad), como así también el límite cuantitativo del crédito del cual podrán disponer las partes (principio de especialidad). (22) El artículo establece una enumeración no taxativa, por lo que la doctrina ha señalado que el saldo puede ser garantizado también con anticresis (arts. 2212 a 2218 del CCCN) en cuyo caso las partes deberán convenir el destino de las sumas que perciba el acreedor anticresista (pasarlas a cuenta corriente, retenerlas en caución, disponer de ellas a cuenta del crédito por el CONTRATISTAsaldo, sin necesidad de ningún trámite o acción judicialetc.). Si se procediera a la Recepción Definitiva (23) La norma no indica si el saldo de la Obra dentro del plazo contractual y cuenta corriente es el definitivo o el parcial resultante en forma satisfactoriadeterminada fecha, hecho por lo que cabe entender que se hará constar mediante puede garantizar cualquiera de ambos, dejándolo establecido expresamente en el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcontrato respectivo.
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Samples: Contrato Bancario
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Suscrito el contrato, dentro del plazo fijado para el efecto, el Contratista debe constituir y someter a la correcta aprobación de la ANH las garantías y fiel ejecución seguros exigidos en los términos de referencia o reglas del presente CONTRATO en todas sus partes respectivo Procedimiento de Selección, a tono con la (Registrar minuta de Contrato. La naturaleza, cuantía, vigencia, términos y condiciones de dichas garantías y seguros se determinarán en tales pliegos, términos o reglas, también de acuerdo con las minutas aprobadas por el tipo Consejo Directivo. Las garantías consistirán en pólizas expedidas por compañías de garantía establecido seguros legalmente autorizadas para funcionar en el DBC) Nº emitida Colombia, en garantías bancarias a primer requerimiento, y, en general, en los demás mecanismos de cobertura del riesgo autorizados por (Registrar el nombre la ANH con arreglo al ordenamiento superior sobre la materia. Tratándose de pólizas de seguro, no expirarán por falta de pago de la Entidad emisora prima o por revocatoria unilateral. Las minutas de Contrato establecerán las clases y niveles xx xxxxxx de los riesgos derivados de la garantía) el celebración, ejecución y terminación del contrato, así como los casos en que por sus características, complejidad y plazo de ejecución, la garantía de 20 cumplimiento puede ser dividida de acuerdo con las fases o etapas en que deba tener lugar dicha ejecución y con los riesgos inherentes a cada una, con vigencia hasta el de de 20 , a y podrán ser reducidas en la orden de (Registrar el nombre o razón social medida de la ENTIDAD a ejecución contractual, previa autorización expresa y escrita de la que fue girada la garantía),por (registrar ANH. El Contratista debe restablecer el monto valor de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete cuando éste se haya visto reducido por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento razón de reclamaciones de la ANH o por la ENTIDADocurrencia de siniestros. De igual manera, en todo evento de extensión o prórroga del plazo de ejecución de cualquiera de las fases o etapas de desarrollo contractual, el importe Contratista debe ampliar concordantemente el término de las vigencia de garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en y seguros. En caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAdel deber de constituir, sin necesidad extender, renovar o restablecer las garantías y seguros que amparen la satisfacción oportuna, eficaz y eficiente de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva las prestaciones, compromisos y obligaciones derivados de la Obra dentro celebración, ejecución y liquidación del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipolos riesgos inherentes, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.ANH podrá terminar
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Samples: Reglamento De Contratación
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y 7.1.5.1 De fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo cumplimiento : los únicos medios de garantía establecido en que debe presentar el DBCcontratista son la carta fianza o la póliza de caución, las mismas que deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática a solo requerimiento, a favor del INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL. Estas garantías deberán ser emitidas por empresa(s) Nº emitida por autorizada (Registrar el nombre s) y sujeta (s) al ámbito de la Entidad emisora Superintendencia de Banca y Seguros o estar consideradas en la garantía) ultima lista de Bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de de 20 , Reserva con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social conformidad de la ENTIDAD recepción a la que fue girada la garantía),por (registrar cargo del contratista, por un valor equivalente al 10% del monto del contrato. Adicional por el monto Monto diferencial de la propuesta: En caso que la propuesta económica adjudicada fuese inferior al valor referencial en mas de un 20%, la empresa beneficiada con la Buena Pro deberá entregar una garantía en forma numeral , con idéntico objeto y literal) vigencia que la garantía de fiel cumplimiento, por un monto equivalente al siete 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento la Entidad retenga el diez por ciento cien (710%) del monto total del Contratocontrato conforme a lo establecido en la Ley N° 28015 Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y su Reglamento. A solo requerimiento Copia de la formalización de consorcio, perfeccionado mediante documento privado con firmas legalizadas de cada uno de sus representantes legales ante Notario Publico, designando en dicho documento al representante o apoderado común ( de ser el caso). No se constituirá garantías de fiel cumplimiento ni de adicional por el monto diferencial de la ENTIDADpropuesta (de ser el caso), cuando el importe monto del ítem o la suma de ítems adjudicados a un mismo postor no supere el monto de S/.46,230.00 nuevos soles; situación similar se dará respecto a la presentación de la Constancia de No estar inhabilitado para contratar con el Estado. La Liberación de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso presentadas por los proveedores, se realizará previa recepción de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad las Actas de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva y Conformidad de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORlos bienes .
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Samples: Licitación Pública
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta “EL PRESTADOR” se compromete y fiel ejecución obliga, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del presente CONTRATO en todas sus partes contrato, de acuerdo con la (Registrar el tipo de garantía lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre la Convocatoria de la Entidad emisora de Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-011L5N002-E20-2017, la garantía) el de de 20 Ley, con vigencia hasta el de de 20 su Reglamento y demás ordenamientos jurídicos aplicables, a la orden entregar una fianza expedida por compañía autorizada para ello, en favor de (Registrar el nombre o razón social “EL COLEGIO”, por un importe de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente $ ( pesos 00/100 M.N.), correspondiente al siete por ciento (7%) 10% del monto total del Contratopresente contrato, sin considerar el IVA. A solo requerimiento por La indicación del importe total garantizado, con número y letra. La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma así como la ENTIDAD, el importe especificación de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas obligaciones garantizadas. El señalamiento de la denominación o nombre del prestador. Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato. Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales. La fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de incumplimiento contractual incurrido que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme. En caso de hacerse efectiva la garantía, la institución de fianzas acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el CONTRATISTAprocedimiento de ejecución será el previsto en el artículo 282 de la citada Ley, sin necesidad debiéndose atender para el cobro de ningún trámite indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley. En caso de otorgamiento de prórrogas o acción judicial. Si esperas al proveedor para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, se procediera deberá realizar la modificación correspondiente a la Recepción Definitiva de fianza. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo del proveedor y éste efectúe la Obra dentro totalidad del plazo contractual y pago en forma satisfactoriaincondicional, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después Colegio de Bachilleres deberá cancelar la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecuciónfianza respectiva. La garantía de Cumplimiento cumplimiento se hará efectiva por el monto total de Contratola obligación garantizada, Garantía Adicional salvo que en el contrato se haya estipulado su divisibilidad. En caso de que las características de los bienes o servicios entregados, éstos no puedan funcionar o ser utilizados por el Colegio de Bachilleres por estar incompletos, la garantía siempre se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. Para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito del Colegio de Bachilleres. “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” queda obligado a entregar a “EL COLEGIO” la garantía, en un plazo no mayor xx xxxx días naturales siguientes a la Garantía firma de Cumplimiento este contrato, salvo que la prestación de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipolos servicios se realice dentro del citado plazo, estarán bajo custodia en términos del artículo 48, último párrafo, de la Unidad Administrativa Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del sector Público. Ante el incumplimiento al párrafo anterior, “EL COLEGIO” podrá iniciar el procedimiento de rescisión del presente instrumento legal sin necesidad de declaratoria judicial gestionada por parte de “EL COLEGIO”. “EL COLEGIO” dará como válida la fianza de garantía del contrato, una vez que se verifique la autenticidad de la ENTIDADmisma a través de la Asociación de Compañías Afianzadoras de México, lo cual no exime A.C. y con la responsabilidad afianzadora correspondiente. “EL COLEGIO”, devolverá la fianza del SUPERVISORcumplimiento de las obligaciones del presente contrato, diez días posteriores a la fecha en que concluya la vigencia del contrato y la aceptación de los servicios, o cuando proceda la terminación anticipada del contrato, en la inteligencia de que sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de “EL COLEGIO”.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza A) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
1. Expedirse a favor del Centro Nacional de Control de Energía y señalar su domicilio;
2. La indicación del importe total garantizado con número y letra;
3. La referencia de que la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en fianza se otorga atendiendo a todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido las estipulaciones contenidas en el DBC) Nº emitida por (Registrar contrato y anexo técnico, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
4. La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, vigencia, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
5. El señalamiento de la denominación o nombre de la Entidad emisora "EL PROVEEDOR" y de la garantía) el institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes;
6. La condición de de 20 , con que la vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados;
7. La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
8. La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que "EL CENACE" otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de "EL PROVEEDOR", la que fue girada la garantía),por (registrar el monto liquidación debida; 9.Para efectos de la garantía señalada en forma numeral y literal) equivalente al siete esta cláusula, se deberá considerar la divisibilidad de ésta, por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas lo que en caso de incumplimiento contractual incurrido del contrato se hará efectiva por el CONTRATISTAmonto proporcional al momento de las obligaciones incumplidas de conformidad con el criterio AD-02/2011, sin necesidad emitido por la Secretaría de ningún trámite o acción judicialla Función Pública. Si se procediera 10.Para acreditar a la Recepción Definitiva institución afianzadora el incumplimiento de la Obra dentro del plazo contractual y obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en forma satisfactoria, hecho las Disposiciones Generales a que se hará constar mediante sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el Acta correspondientecumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después publicadas en el Diario Oficial de la Liquidación del Contrato, juntamente con Federación el Certificado 08 de Cumplimiento septiembre de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.2015; y
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Samples: Servicio De Soporte
GARANTÍAS. a) PROVISIONAL: Para tomar parte en la presente licitación, los licitadores deberán constituir una garan- tía provisional por importe de 660 €, que será devuelta después de la adjudicación. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del adjudicatario hasta la formalización del contrato, siendo incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, así como al adjudicatario que no constituya la garantía definitiva o cuando, por causas imputables a él, el contrato no pueda formalizarse en plazo, supuestos en los que se procederá a su ejecución. A estos efectos, tendrá la consideración de retirada injustificada de la proposición la falta de contestación a la solicitud de información en caso de presunción de temeridad en las ofertas, o el reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
b) DEFINITIVA: El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución adjudicatario del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar contrato, a fin de garantizar el tipo cumplimiento de las obligaciones con- traídas, está obligado a constituir una garantía establecido definitiva por importe del 4% del presupuesto de adjudica- ción. No obstante lo anterior, en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre supuesto de la Entidad emisora adjudicación a un empresario cuya proposición hubiera estado incursa inicialmente en presunción de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDADtemeridad, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas la garantía definitiva será equiva- lente al 20% del importe de adjudicación o, en caso su caso, del presupuesto base de incumplimiento contractual incurrido licitación, de conformi- dad con lo dispuesto por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva artículo 36.4 del Texto Refundido de la Obra dentro Ley de Contratos de las Administracio- nes Públicas. El plazo para la constitución de la citada garantía será de quince días naturales contados a partir del plazo contractual siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato y podrá constituirse en forma satisfactoriade retención del precio, hecho que se hará constar mediante o bien, en cualquiera de los medios establecidos en el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después artículo 35.1 del Texto Refun- dido de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado Ley de Cumplimiento Contratos de Contratolas Administraciones Públicas. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia La devolución de la misma bajo garantía, tanto total como parcial en su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará caso, se realizará de acuerdo con lo dis- puesto en el control directo artículo 47 del referido Texto Refundido, una vez vencido el plazo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
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Samples: Consulting Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes De acuerdo con la (Registrar el tipo de garantía lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 103.1 del TRLCSP, quienes participen en la licitación no deberán constituir garantía provisional. La persona licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la Entidad emisora garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación. La garantía exigida en el contrato podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del TRLCSP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería General del Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran. De no cumplirse este requisito por causas imputables a la persona licitadora, el Ayuntamiento no efectuará la adjudicación a su favor. Página2 Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique a la persona adjudicataria la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 99 del TRLCSP. A estos efectos no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo. En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, la persona adjudicataria deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. La devolución de la garantía) , tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social artículo 102 del Texto Refundido de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el monto plazo de la garantía garantía, en forma numeral su caso, y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento en todo caso, cuando no exista plazo de garantía, una vez se consideren cumplidas por la ENTIDAD, el importe persona adjudicataria todas sus obligaciones contractuales de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a forma satisfactoria para la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORAdministración.
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Samples: Contract for Works Execution
GARANTÍAS. El CONTRATISTA Suministrador garantiza la correcta a Rioglass Solar que: - Los bienes suministrados están libres de defectos, visibles y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo ocultos, por mano de garantía establecido obra, materiales o fabricación. - Los servicios prestados cumplen las especificaciones y requerimientos establecidos en el DBC) Nº emitida Pedido. - Los bienes suministrados están realizados conforme a las especificaciones, planos, muestras y cualquier otra descripción establecida que les sean aplicables. - Los bienes suministrados y los servicios prestados cumplen los requisitos de calidad, seguridad y medio ambiente contractual y legalmente exigibles. - Los bienes suministrados cumplen los requisitos operacionales establecidos, en su caso, sobre rendimiento y consumo. Además el Suministrador garantiza el bien o servicio suministrado contra todo defecto o error en la concepción, ejecución y materiales utilizados, por (Registrar el nombre periodo de tiempo establecido, en su caso, en el Contrato o Pedido correspondiente. El Suministrador garantiza a Rioglass Solar que los bienes o servicios suministrados están libres de gravámenes y cargas a favor de terceras partes no declaradas o conocidas por Rioglass Solar. El Suministrador eximirá e indemnizará a Rioglass Solar de cualquier gasto, carga o gravamen resultantes de la Entidad emisora falta de la garantía) el cumplimiento de las obligaciones contractuales del Suministrador con sus proveedores, contratistas, empleados, agentes o cualquier persona física o jurídica con quien haya contraído un compromiso de 20 , con vigencia hasta el de de 20 cualquier naturaleza. El Suministrador mantendrá indemne y defenderá, a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD su cargo, a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite Rioglass Solar frente a toda demanda o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva por infracción de la Obra dentro derechos de propiedad industrial o intelectual derivados del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después empleo o venta de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidadbienes suministrados. El SUPERVISOR llevará Suministrador mantendrá asimismo a Rioglass Solar libre de responsabilidades y perjuicios, y le indemnizará por toda pérdida, garantía económica, coste, daños o gastos en que incurra por causa de cualquier demanda o acción contra ella, como consecuencia del uso o venta de los bienes suministrados. Rioglass Solar se reserva el control directo de derecho a participar en la vigencia de defensa contra estas demandas o acciones o, si así lo decide, asumir por sí mi sma la garantía en cuanto al monto y plazodefensa, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORutilizando sus propios letrados.
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Samples: Purchase Agreement
GARANTÍAS. Las garantías solicitadas, ya sean de fiel cumplimiento o por la transferencia de recursos, deberán ser del tipo vales vista, boletas de garantía, pólizas de seguro, depósitos a plazo, certificados de fianza u otros instrumentos que permitan su cobro inmediato, debiendo ser pagadero a la vista, nominativo, irrevocable y no endosable, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, debe ajustarse a la ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución plazo de vigencia de garantías no podrá ser inferior a 60 (sesenta) días hábiles administrativos contado desde el término del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo plazo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre vigencia de este convenio. La Dirección Regional de Sercotec será responsable de la Entidad emisora custodia, mantención y vigencia de las garantías solicitadas. El Agente deberá hacer entrega de dos tipos de garantías:
1. Garantía de fiel cumplimento: Para responder al fiel y oportuno cumplimiento del convenio y las obligaciones laborales y previsionales para con sus trabajadores, el Agente hace entrega a Sercotec, de la garantía) el Póliza de Seguro de 20 Garantía N° 178473-00, de Contempora Compañía de Seguros Generales S.A., con vigencia hasta el día 31 de julio de 20 2025, nominativa, equivalente al 5% del valor total de este convenio, garantía que Sercotec podrá hacer efectiva sin más trámite, en cualquiera de los casos de incumplimiento previstos en este instrumento, en las Bases o en cualquier otro en que pueda incurrir el Agente y de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores”. Dicha garantía debe ser entregada previo a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral firma del presente convenio y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido prorrogarse por el CONTRATISTAAgente antes de su vencimiento, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriasi Sercotec estima necesario, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas siendo devuelta después de finalizada la Liquidación ejecución del Contratoinstrumento encomendado y rendidos los recursos correspondientes, juntamente con sólo una vez vencido el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo plazo de vigencia de la misma bajo su responsabilidadmisma, salvo que el Agente no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente, Reglamento de Agentes Operadores de Sercotec, procedimiento sancionatorio, el convenio de agenciamiento, el presente convenio y eventuales modificaciones, en cuyo caso Sercotec queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.
2. El SUPERVISOR llevará el control directo Garantía de la vigencia anticipo, por transferencia de recursos: Sercotec podrá realizar transferencias de los recursos al Agente previa recepción de la garantía equivalente al 100% del valor anticipado, por el monto total de transferencia establecida en cuanto al monto y plazoel convenio, a efectos fin de requerir garantizar el correcto uso de los fondos transferidos, garantía que Sercotec podrá hacer efectiva, sin más trámite, en el caso que el Agente destine los recursos a un fin distinto al acordado, sin perjuicio de las acciones que en derecho correspondan. En lo sucesivo, el Agente deberá prorrogar dicha garantía antes de su ampliación al CONTRATISTAvencimiento, o solicitar bien, emitir una nueva, en el caso de existir nuevos anticipos, cumpliendo con las condiciones de emisión establecidas en el presente convenio. Dicha garantía será devuelta dentro del plazo de 60 días hábiles administrativos, después de aprobadas las rendiciones, salvo que el Agente destine los recursos a un fin diverso al acordado, en cuyo caso Sercotec queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva sin más trámite. En el caso que el Agente incurriese en alguna falta relativa a la ENTIDAD su ejecuciónrendición de fondos o no cumpla con las obligaciones contraídas, Sercotec hará efectiva la(s) garantía(s) antes indicada(s) y podrá iniciar acciones legales correspondientes. La garantía Sercotec pagará al Agente, por concepto de Cumplimiento costo de Contratolas garantías antes señaladas (fiel cumplimiento y anticipo), Garantía Adicional a hasta el monto señalado en la Garantía normativa reglamentaria de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcada instrumento.
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Samples: Transfer Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza (Instrucciones para la correcta elaboración y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto entrega de la garantía de cumplimiento del contrato.) Las obligaciones derivadas de la suscripción del (los) contrato (s) respectivo (s), serán garantizados por el proveedor adjudicado mediante póliza de fianza expedida por institución autorizada en forma numeral y literal) los términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al siete por ciento (7%) a un 10% del monto total máximo del Contratocontrato adjudicado antes de I.V.A., a favor de Nacional Financiera, S.N.C., en su carácter de Fiduciaria del Fideicomiso de Fomento Minero, dicha garantía deberá ser entregada dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil anterior si éste no lo fuera. A solo requerimiento por la ENTIDADDe no cumplir con dicha entrega, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas Fideicomiso podrá determinar la rescisión del contrato y dar vista al OIC en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva términos del artículo 60 de la Obra dentro del plazo contractual y Ley. La póliza de fianza debe otorgarse en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después estricto apego al Anexo 9 de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecuciónesta convocatoria. La garantía de Cumplimiento cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía ninguna manera será considerada como una limitación de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORproveedor que resulte adjudicado, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el contrato y sus anexos, y de ninguna manera impedirá que el Fideicomiso reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que puede exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de incremento al monto del contrato o modificación al plazo, el proveedor se obliga a entregar al Fideicomiso al momento de la formalización respectiva los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la fianza otorgada inicialmente. El proveedor adjudicado acepta expresamente que la fianza expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial. Manifiesta expresamente el proveedor que resulte adjudicado, su conformidad para que la fianza que garantice el cumplimiento del contrato adjudicado, permanezca vigente durante toda la substanciación de los juicios o recursos legales que interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente. En caso de propuestas conjuntas, la garantía de cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento que deberá cubrir los requerimientos del Fideicomiso, establecidos en el Anexo 10 de esta convocatoria. Una vez que el licitante ganador compruebe y acredite haber cumplido con la condición pactada en el contrato respectivo y a entera satisfacción de el Fideicomiso la realización del servicio objeto de la presente invitación a cuando menos tres personas, el Titular de la Gerencia procederá a dar aviso de tal hecho a la Subdirección Jurídica de el Fideicomiso, a fin de que otorgue por escrito su consentimiento para la cancelación de la fianza de cumplimiento.
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Samples: Service Agreement
GARANTÍAS. Garantía del CONCEDENTE a favor del CONCESIONARIO El CONTRATISTA CONCEDENTE realizará todas las gestiones y coordinaciones que fueren pertinentes para que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 26885 “Ley de Incentivos a las Concesiones de Obras de Infraestructura y de Servicios Públicos”; el Poder Ejecutivo expida el Decreto Supremo al que se refiere el artículo 2° del Decreto Ley N° 25570, Norma Complementaria al Decreto Legislativo N° 674, modificado por el artículo 6° de la Ley N° 26438, por el cual el Estado de la República del Perú respalda las declaraciones, obligaciones y seguridades del CONCEDENTE establecidas en el Contrato. Las Partes reconocen que en ningún caso la referida garantía constituirá una garantía financiera. El CONCEDENTE garantiza que adquirirá, instalará, calibrará y pondrá en funcionamiento los Equipos de Navegación Aérea con sus respectivos repuestos, a más tardar a los seis (6) meses antes del inicio de la correcta Etapa de Operación. Para tales efectos deberá elaborar, con la participación xx XXXXXX, un expediente técnico cuyo cronograma de instalación deberá ser concordante con el cronograma del EDI de la Etapa de Ejecución de Obras. El CONCEDENTE deberá coordinar con el CONCESIONARIO durante la elaboración del mencionado expediente. El CONCEDENTE garantiza que CORPAC prestará los Servicios de Navegación Aérea en el AICC de manera ininterrumpida. El CONCEDENTE garantiza que CORPAC cumplirá con ejecutar las actividades delegadas por la DGAC en cumplimiento de la normativa aplicable en lo que respecta a la Seguridad Operacional (safety), conforme a la normativa aplicable. EL CONCEDENTE deberá asumir toda responsabilidad, indemnización, compensación, resarcimiento u obligación de cualquier naturaleza, derivada de daños que pueda ocasionar CORPAC en la ejecución de sus funciones por causas directamente imputables a esta. El CONCEDENTE, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29908, deberá efectuar, directamente y/o a través de la DGAC y/o CORPAC, todos los trámites y fiel gestiones respectivos para finalizar las operaciones aeroportuarias y cualquier operación de índole comercial que se lleven a cabo en el AIVA, con lo cual el mencionado aeropuerto cesará actividades de manera inmediata, permanente y definitiva, una vez que se culmine la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes Plan de Migración. El CONCEDENTE garantiza que colaborará con la obtención de las licencias o permisos municipales, sectoriales o sanitarios que sean necesarios para el objeto del presente Contrato. El CONCEDENTE garantiza al CONCESIONARIO que no autorizará la construcción ni operación de un aeropuerto de uso comercial dentro de un radio no menor de ciento cincuenta (Registrar el tipo 150) kilómetros alrededor del Aeropuerto, a excepción del AIVA durante la ejecución del Plan de garantía establecido en el DBCMigración. El CONCEDENTE garantiza que las Vías de Acceso se encontrarán construidas y operativas a más tardar a los cuatro (04) Nº emitida por (Registrar el nombre Años Calendario contados a partir de la Entidad emisora Fecha de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del ContratoCierre. A solo requerimiento por la ENTIDADAsimismo, el importe CONCEDENTE se obliga a realizar la rehabilitación y el mantenimiento necesario de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso Vías de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a Acceso durante la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidadConcesión. El SUPERVISOR llevará CONCEDENTE garantiza que las obras de mejoramiento que sean necesarias en la carretera de jerarquía nacional existente Poroy – Cachimayo – Chinchero – Urubamba6 serán culminadas, a más tardar a los cuatro (04) Años Calendario contados a partir de la Fecha de Cierre. Asimismo, el control directo CONCEDENTE se obliga a realizar las labores necesarias para mantener la misma en condiciones adecuadas, a lo largo de la vigencia de la garantía Concesión. El CONCEDENTE garantiza que en cuanto al monto caso se requiera reubicar el tramo de la carretera de jerarquía nacional que actualmente se encuentra ubicada dentro del Área de la Concesión, éste asumirá todas las obligaciones y realizará todas las acciones necesarias en el más breve plazo, de tal forma que no se afecte la prestación de los Servicios Aeroportuarios. El CONCEDENTE garantiza que, en todo momento se mantendrá la transitabilidad de la carretera de jerarquía nacional mencionada y/o las Vías de Acceso. De igual forma garantiza que en casos de emergencia que impida la transitabilidad de las referidas vías restablecerá la(s) misma(s) a efectos fin de requerir su ampliación no afectar el normal desarrollo de las operaciones del Aeropuerto. El CONCEDENTE garantiza que, en caso se requieran áreas adicionales (áreas de acceso, otras áreas que impliquen reasentamiento de población u otras áreas) necesarias para la ejecución o explotación de las Obras identificadas en el respectivo EDI aprobado y/o que resulten necesarias para el cumplimiento de los Estándares Básicos, adquirirá dichas áreas en el más breve plazo, de tal forma que no se afecte el cumplimiento de las obligaciones del CONCESIONARIO. El CONCEDENTE garantiza la transferencia fiduciaria de los fondos destinados al CONTRATISTA, o solicitar Fideicomiso de manera completa y oportuna de conformidad con los términos establecidos en la Cláusula Novena del presente Contrato. El CONCEDENTE se compromete a la ENTIDAD su ejecución. La garantía ejecutar los procedimientos de Cumplimiento imposición de servidumbres que hayan sido requeridas por el CONCESIONARIO para el cumplimiento de sus obligaciones conforme a este Contrato, Garantía Adicional previa solicitud de éste. El CONCEDENTE, a través xx XXXXXX, garantiza la Garantía provisión del personal especializado y los recursos necesarios para que se presten adecuadamente los servicios de Cumplimiento navegación aérea (ANS) en el AIVA y en el AICC en forma simultánea, durante la ejecución del Plan de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORMigración.
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Samples: Concession Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza “PROVEEDOR” dentro del plazo de quince días naturales a partir de la correcta y fiel ejecución firma del presente CONTRATO contrato, obtendrá y mantendrá en pleno vigor y bajo su propio costo una póliza de fianza, la cual deberá cubrir el 10% por ciento (diez por ciento) sobre la cuantía del contrato para garantizar lo siguiente:
1) El exacto cumplimiento de todas sus partes con la (Registrar el tipo y cada una de garantía establecido las obligaciones pactadas en el DBCpresente contrato, así como en las partes integrantes del mismo y en general toda obligación que deriva del mismo, como por ejemplo: procedimiento rescisorio, deductivas, pagos en exceso y sus accesorios, reposiciones, penas convencionales, etc.
2) Nº emitida Vicios ocultos y defectos que resulten del servicio o suministro prestado.
3) Requerimiento, embargo, intervención, emplazamiento o demanda de naturaleza civil, mercantil, administrativo o fiscal que pudiera sufrir la “COMISION”, por (Registrar motivo, omisión o consecuencia directa o indirecta del “PROVEEDOR”, hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente.
4) Que la fianza estará vigente hasta que el nombre suministro haya sido recibido en su totalidad por la “COMISION” y durante el lapso de un año siguiente a su recepción para responder de los defectos, vicios ocultos y cualquier responsabilidad que resulte a cargo del “PROVEEDOR” a favor de la Entidad emisora “COMISION” derivada de este contrato.
5) La póliza de fianza deberá ser prorrogable automáticamente, en caso de prórroga concedida por la
6) Que para liberar la fianza será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la garantía“COMISION”.
7) Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente.
8) Que el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto importe de la garantía en forma numeral y literal) equivalente no se reducirá proporcionalmente al siete cumplimiento del suministro que hubiese satisfecho el “PROVEEDOR”, por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento lo que la obligación de la Afianzadora se entenderá cumplida al pagar el importe reclamado por la ENTIDAD, “COMISION’ hasta donde alcance el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas la póliza.
9) En general, todo tipo de acción u omisión que afecte o ponga en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite riesgo la integridad física o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva patrimonial de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR“COMISION”.
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Samples: Contrato De Suministro
GARANTÍAS. En este contrato se rendirá la garantía prevista en el artículo 74 de la LOSNCP, en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 73 ibídem. El oferente que resulte adjudicado deberá presentar las siguientes garantías: EXISTE GARANTÍA SI NO TIPO OBSERVACIONES X Fiel cumplimiento La Contratista para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, antes de la firma del contrato, rendirá a favor de EP PETROECUADOR una garantía por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del valor del contrato, sin IVA. Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables a la CONTRATISTA. Si la CONTRATISTA garantiza no la correcta renovare cinco (5) días antes de su vencimiento. Para responder por obligaciones que la CONTRATISTA contrajere a favor de terceros relacionados con este contrato, siempre que EP PETROECUADOR fuere forzada a realizar alguna prestación o erogar dinero a favor de tales terceros, mediante acto administrativo o sentencia ejecutoriada. Para efectivizar las multas que le fueran impuestas a la CONTRATISTA. Se constituirá para garantizar el cumplimiento del contrato, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes se ejecutará por incumplimiento de las especificaciones, imputables al proveedor, de conformidad con la (Registrar el tipo de garantía lo establecido en el DBC) Nº emitida Art. 74 LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, Garantía de Fiel Cumplimiento.- Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por (Registrar las obligaciones que contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el nombre contrato, el adjudicatario, antes o al momento de la Entidad emisora firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del valor de aquel. En los contratos de obra, así como en los contratos integrales por precio fijo, esta garantía se constituirá para garantizar el cumplimiento del contrato y las obligaciones contraídas a favor de terceros y para asegurar la debida ejecución de la garantía) el obra y la buena calidad de los materiales, asegurando con ello las reparaciones o cambios de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social aquellas partes de la ENTIDAD a obra en la que fue girada la garantía),por (registrar el monto se descubran defectos de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDADconstrucción, el importe mala calidad o incumplimiento de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAespecificaciones, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto imputables al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecuciónproveedor. La garantía póliza de Fiel Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo permanecerá en custodia de la Unidad Administrativa Jefatura Corporativa de Tesorería de EP PETROECUADOR, hasta su devolución. Esta garantía se entregará en cualquiera de las formas establecidas en los numerales 1 o 2 del artículo 73 de la ENTIDADLOSNCP, para lo cual no exime cual, el adjudicatario deberá considerar los formatos de las condiciones particulares que le serán entregadas a su debido tiempo; y, permanecerá en custodia de la responsabilidad Jefatura Corporativa de Tesorería de la EP PETROECUADOR hasta su devolución. Si la garantía a entregar es otorgada por una cooperativa de ahorro y crédito, ésta institución debe cumplir con lo establecido en la Resolución No. 296-2016-F de 09 de noviembre de 2016, emitida por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, y, contar con la autorización expresa del SUPERVISORórgano de control Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS).
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Samples: Servicio De Administración Del Bloque De Habitaciones
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC4.24.4 inciso j) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social)
a) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “EL INSTITUTO”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento contractual incurrido de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de “EL INSTITUTO”.
b) Xx conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
c) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el CONTRATISTAmonto garantizado más, sin necesidad en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 276 de ningún trámite la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice.
d) En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o acción judicial. Si se procediera tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.
e) En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la Recepción Definitiva afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 100 días hábiles contados a partir de que la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto resolución favorable al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORfiado haya causado ejecutoria.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza La Emisora y/o los Colocadores habilitados a participar en la correcta rueda de Subasta Pública y/o los Agentes del MAE tendrán el derecho, pero no la obligación, de solicitar a los Inversores Interesados el otorgamiento o la constitución de garantías para asegurar la integración de las Obligaciones Negociables Adicionales que les sean adjudicadas y fiel ejecución la procedencia de los fondos respectivos, cuando a exclusivo juicio de la Emisora y/o de los Colocadores habilitados a participar en la rueda de Subasta Pública y/o de los Agentes del presente CONTRATO MAE, lo consideren conveniente, siempre respetando el principio de trato igualitario entre los inversores de similares características. Los Inversores Interesados que hubieran presentado sus Órdenes de Compra a través de los Colocadores habilitados a participar en todas la rueda de Subasta Pública y los Agentes del MAE que hubieran ingresado Ofertas de Compra a través del Sistema SIOPEL, deberán indicar en sus partes con la correspondientes Órdenes de Compra (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBCcaso de los mencionados inversores) Nº emitida por (Registrar o mediante nota escrita y firmada dirigida a los Colocadores a más tardar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , Día Hábil anterior a la orden Fecha de Emisión y Liquidación de las Obligaciones Negociables Adicionales (Registrar en el nombre o razón social caso de dichos Agentes del MAE) (cada una de ellas, una “Notificación de Elección”), si optan por la ENTIDAD suscripción e integración de las Obligaciones Negociables Adicionales que pudieren serle adjudicadas a la que fue girada la garantía),por través: (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%i) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe sistema de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido compensación MAE-Clear administrado por el CONTRATISTAMAE (“MAE Clear”), sin necesidad o el sistema de ningún trámite compensación y liquidación que lo reemplace en el futuro, o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva (ii) de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactorialos Colocadores, hecho conforme los procedimientos que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, detallan a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcontinuación.
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Samples: Obligaciones Negociables
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza La Emisora y/o los Colocadores habilitados a participar en la correcta rueda de Subasta Pública y/o los Agentes del MAE tendrán el derecho, pero no la obligación, de solicitar a los Inversores Interesados el otorgamiento o la constitución de garantías para asegurar la integración de las Obligaciones Negociables Clase 15 y/o de las Obligaciones Negociables Clase 16, según fuera el caso, que les sean adjudicadas y fiel ejecución la procedencia de los fondos respectivos, cuando a exclusivo juicio de la Emisora y/o de los Colocadores habilitados a participar en la rueda de Subasta Pública y/o de los Agentes del presente CONTRATO MAE, lo consideren conveniente, siempre respetando el principio de trato igualitario entre los inversores de similares características. Los Inversores Interesados que hubieran presentado sus Órdenes de Compra a través de los Colocadores habilitados a participar en todas la rueda de Subasta Pública y los Agentes del MAE que hubieran ingresado Ofertas de Compra a través del Sistema SIOPEL, deberán indicar en sus partes con la correspondientes Órdenes de Compra (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBCcaso de los mencionados inversores) Nº emitida por (Registrar o mediante nota escrita y firmada dirigida a los Colocadores a más tardar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , Día Hábil anterior a la orden Fecha de Emisión y Liquidación (Registrar en el nombre o razón social caso de dichos Agentes del MAE) (cada una de ellas, una “Notificación de Elección”), si optan por la ENTIDAD suscripción e integración de las Obligaciones Negociables que pudieren serle adjudicadas a la que fue girada la garantía),por través: (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%i) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe sistema de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido compensación MAE-Clear administrado por el CONTRATISTAMAE (“MAE Clear”) o el sistema de compensación y liquidación que lo reemplace en el futuro, sin necesidad o (ii) de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactorialos Colocadores, hecho conforme los procedimientos que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, detallan a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcontinuación.
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Samples: Obligaciones Negociables
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del Contratista habilitado frente al PA-FFIE, en razón o con ocasión de la correcta asignación y fiel ejecución de cada contrato de obra, el estudio de necesidad efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del presente CONTRATO mismo, se determinó la necesidad que el Proponente constituya una garantía a favor de entidades particulares. Por lo anterior, el Proponente sea persona natural o jurídica, nacional o extranjera, o Estructura Plural deberá constituir a su xxxxx y presentar para la legalización de cada uno de los contratos de obra, una garantía, la cual se puede presentar bajo cualquiera de las siguientes formas: a) Póliza de seguro o b) Garantía Bancaria.
a) Póliza de seguro: Si la garantía es presentada mediante póliza de seguro, esta deberá ser expedida por una compañía de seguros autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia para funcionar en todas Colombia, a cargo del Proponente y a cada uno de sus partes con miembros en caso de que se trate de una Estructura Plural. En caso que la (Registrar garantía requerida se constituya mediante una póliza de seguro, deberá presentarse el tipo recibo de pago correspondiente.
b) Garantía Bancaria. Si la garantía establecido es una garantía bancaria, ésta deberá ser otorgada por una entidad financiera vigilada y autorizada para su funcionamiento por la Superintendencia Financiera de Colombia, quien asume el compromiso firme, irrevocable, autónomo, independiente e incondicional de pagar directamente al PA- FFIE, a primer requerimiento, hasta el monto garantizado, una suma de dinero equivalente al valor que se señala en el DBC) Nº emitida presente numeral. Adicionalmente, esta deberá cumplir con los siguientes requerimientos: - La garantía bancaria deberá constar en documento privado debidamente suscrito por (Registrar el nombre representante legal de la Entidad emisora entidad financiera garante o por su apoderado, en el cual la entidad asuma en forma expresa, autónoma e irrevocable, en favor del PA-FFIE, compromiso de pagar el valor de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por parte del Proponente o alguno de sus miembros, en caso que se trate de una Estructura Plural. - A la garantía bancaria deberá adjuntarse el CONTRATISTA, sin necesidad certificado de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva existencia y representación de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita entidad financiera expedida por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después la Superintendencia Financiera de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de ContratoColombia. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. - La garantía bancaría además de Cumplimiento ser a primer requerimiento o primera demanda del PA-FFIE, deberá ser irrevocable y suficiente de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía conformidad con los presentes TCC. - El garante debe renunciar al beneficio de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORexcusión.
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Samples: Contract Terms and Conditions
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza A) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
1. Expedirse a favor del CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA y señalar su domicilio;
2. La indicación del importe total garantizado con número y letra;
3. La referencia de que la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en fianza se otorga atendiendo a todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido las estipulaciones contenidas en el DBC) Nº emitida por (Registrar contrato y anexo técnico, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
4. La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
5. El señalamiento de la denominación o nombre de la Entidad emisora "EL PROVEEDOR" y de la garantía) el institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes;
6. La condición de de 20 , con que la vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados;
7. La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
8. La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que "EL CENACE" otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de "EL PROVEEDOR", la que fue girada la garantía),por (registrar el monto liquidación debida; 9.Para efectos de la garantía señalada en forma numeral y literal) equivalente al siete esta cláusula, se deberá considerar la divisibilidad de ésta, por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas lo que en caso de incumplimiento contractual incurrido del contrato se hará efectiva por el CONTRATISTAmonto proporcional al momento de las obligaciones incumplidas de conformidad con el criterio AD-02/2011, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a emitido por la Recepción Definitiva Secretaría de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.Función Pública;
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Samples: Telecommunications
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO La garantía de cumplimiento deberá constituirse por el licitante que resulte ganador mediante fianza expedida por una institución debidamente autorizada en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre los términos de la Entidad emisora Ley Federal de la garantía) el Instituciones de de 20 Fianzas, con vigencia hasta el de de 20 en moneda nacional (peso mexicano), a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) un importe del 10% del monto total del Contratocontrato sin considerar el I.V.A., a favor de Nacional Financiera S.N.C. FOCIR y deberá contener los siguientes requisitos: Indicación del importe total garantizado con número y letra. A solo requerimiento por Referencia de que la ENTIDADfianza se otorga de manera indivisible atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato. La información correspondiente al número de contrato, el importe su fecha de firma así como la especificación de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicialobligaciones garantizadas. Si se procediera a la Recepción Definitiva El señalamiento de la Obra dentro denominación o nombre del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho proveedor o fiado. La condición de que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cuál no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos. Considerar las siguientes previsiones: “Esta garantía permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en cuanto caso en que el FOCIR otorguen prórrogas o esperas al monto proveedor o fiado para el cumplimiento de sus obligaciones así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan en relación con este contrato y plazohasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente que quede firme salvo que las partes se otorguen el finiquito de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones o cualquier otra circunstancia. “La Institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la presente garantía, a efectos procedimiento al que también se sujetará para el caso de requerir su ampliación al CONTRATISTAcobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.” “Así mismo esta fianza cubre defectos, o solicitar vicios ocultos y calidad de los servicios así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido el proveedor, en los términos señalados en la convocatoria a la ENTIDAD su ejecución. La garantía licitación, en el contrato respectivo y el Código Civil Federal.” Que para cancelar la fianza será requisito contar con la constancia de Cumplimiento cumplimiento total de Contrato, Garantía Adicional las obligaciones contractuales a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia través de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad manifestación expresa y por escrito del SUPERVISORFOCIR.
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Samples: Licitación Pública Nacional Mixta
GARANTÍAS. a) Provisional: Para tomar parte en el presente concurso, los licitadores deberán constituir, en cualquiera de las alternativas de licitación, una garantía provisional única por importe de 15.000 euros. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del adjudicatario hasta la formalización del contrato, siendo incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, así como al adjudicatario que no constituya la garantía definitiva o cuando, por causas imputables a él, el contrato no pueda formalizarse en plazo, supuestos en los que se procederá a su ejecución. A estos efectos, tendrá la consideración de retirada injustificada de la proposición la falta de contestación a la solicitud de información en caso de presunción de temeridad en las ofertas, o el reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
b) Definitiva: El CONTRATISTA garantiza adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir, una garantía definitiva por importe del 4% del importe del valor estimado de la correcta construcción, según estudio de costos presentado en el sobre B. El plazo para la total constitución de la citada garantía será de quince días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que fuese notificado el adjudicatario a tal efecto y fiel ejecución del presente CONTRATO en será devuelta una vez cumplidas por éste todas sus partes con la (Registrar el tipo obligaciones contractuales. Las garantías se depositarán en IRUNVI y se podrán constituir en metálico o en cualquier otro medio de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento los admitidos por la ENTIDADlegislación vigente. En caso de constituirse en metálico, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas la garantía se ingresará en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva cuenta corriente número 2101 0202 33 0011333036 de la Obra dentro Gipuzkoa Donostia Kutxa, entregando una copia del plazo contractual y abonaré en forma satisfactoriaIRUNVI, hecho junto a un número de cuenta corriente donde se desee que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después ingrese la devolución de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORgarantía.
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Samples: Pliego De Condiciones
GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato15: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento en dicho artículo, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.” En el importe caso que corresponda, consignar lo siguiente: Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias16: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORobligaciones garantizadas.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo 8.1 Un período de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas menos dos años después de la Liquidación del Contratoaceptación se aplica a los Entregables, juntamente con el Certificado a menos de Cumplimiento que se acuerde lo contrario por escrito. Un período de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia garantía acordado se reanuda después de la misma bajo su responsabilidadaceptación de reparaciones, reemplazos o adiciones. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la Esta garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime afecta la responsabilidad del SUPERVISORProveedor.
8.2 El Proveedor garantiza que durante el período de garantía los Entregables están libres de imperfecciones, incluso en los materiales usados y construcciones. Todas las fallas e imperfecciones que ocu- rran durante un período de garantía, a excepción de las que resulten del desgaste normal o el uso anormal, sin perjuicio de cualquier de- recho de Hivos, autorizará a Hivos al reembolso de los gastos, daños e intereses, y a la reparación sin costos adicionales por parte del Pro- veedor en su totalidad e inmediatamente después de la primera no- tificación de Hivos. Si el Proveedor, dentro de un período de tiempo razonable después de dicha notificación, no ha comenzado la repa- ración, Hivos está autorizado a realizar o haber realizado la repara- ción, o a reemplazar los Entregables bajo la responsabilidad y el riesgo del Proveedor. Esto no afecta las obligaciones de garantía del Proveedor.
8.3 Después de que el período de garantía vence, el Proveedor sigue siendo responsable de reparaciones contra el pago por parte de Xxxxx, de una compensación razonable que se acordará entre las partes con anticipación. Las disposiciones de esta cláusula se aplica- rán por igual a los resultados de dicha reparación.
8.4 El Proveedor garantiza que, por un período de al menos cinco años, o un plazo que se haya acordado por escrito, después de la aceptación de los Bienes por parte de Xxxxx, se pueden entregar re- puestos para los Bienes.
8.5 Además, el Proveedor garantiza al momento de Entrega que:
8.5.1 Los Entregables son de buena calidad;
8.5.2 Los Entregables serán adecuados para el propósito acordado o razonablemente implícito y no serán calumniosos ni difamatorios, de lo contrario no infringirán ningún derecho de terceros, incluidos los derechos de privacidad, y no serán ilegales de ninguna otra ma- nera.
8.5.3 Los Entregables cumplen con las especificaciones acordadas y otras especificaciones aplicables y las leyes y regulaciones vigentes;
8.5.4 No es necesario ningún otro tipo de cooperación de Hivos para ejecutar el Acuerdo aparte de lo ya acordado;
8.5.5 Los Entregables incluyen manuales de usuario detallados y funcionales, manejo y documentación, lo que permita a Hivos usar y mantener, haber usado y mantenido los Entregables en el mismo ni- vel al que el Proveedor puede acceder;
8.5.6 Los Entregables no están sujetos a ningún derecho o reclamo de un tercero; en el momento de la entrega, los Entregables le per- tenecen al Proveedor en plena propiedad, sin reserva de propiedad, derecho limitado o embargo sobre los Entregables y están libres de cualquier cargo y restricción. Y;
8.5.7 En cuanto al contenido electrónico: Los Entregables están debidamente protegidos contra todas las amenazas posibles, in- cluido el acceso no autorizado, virus, software malicioso o dañino y ataques como los ataques DDoS.
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Samples: Condiciones De Compra
GARANTÍAS. 23.1 No se exige garantía provisional.
23.2 El CONTRATISTA garantiza licitador que presente la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes mejor oferta de conformidad con la (Registrar el tipo de garantía establecido lo dispuesto en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 145 de la Entidad emisora LCSP, deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5% del importe del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA.
23.3 La constitución de esta garantía deberá ser acreditada en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento del artículo 145.2 de la garantía) LCSP.
23.4 En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a los que se refiere el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social artículo 110 de la ENTIDAD LCSP. Dentro de dichos conceptos se incluye el incumplimiento por parte del contratista de la obligación de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la incorrecta ejecución de las prestaciones objeto del contrato, prevista en el artículo 196 de la LCSP.
23.5 La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en el Capítulo I del Título IV del Libro I de la LCSP y en cualquiera de las formas que fue girada se establecen en el artículo 108.1 de la garantía),por (registrar LCSP.
23.6 Cuando como consecuencia de la modificación el monto de contrato experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por el plazo de 15 días naturales, contados desde la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas fecha en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante notifique al empresario el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después acuerdo de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazomodificación, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTAque guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución contractual.
23.7 En el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o solicitar a indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la ENTIDAD su ejecución. garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución contractual.
23.8 La garantía definitiva, siempre que no resulten responsabilidades que hayan de Cumplimiento ejercitarse sobre la misma, será devuelta al contratista previo acuerdo en tal sentido que se adoptará una vez aprobada la liquidación del contrato, tras la completa ejecución del servicio a satisfacción de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato CIXUG y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia previa presentación de la Unidad Administrativa correspondiente memoria por el contratista y el abono de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORúltima factura.
23.9 No se exige garantía complementaria alguna.
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Samples: Suministro De Licencias De Despliegue Y Servicio De Uso De Software Antiplagio
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del Contratista habilitado frente al PA-FFIE, en razón o con ocasión de la correcta asignación y fiel ejecución de cada contrato de obra, el estudio de necesidad efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del presente CONTRATO mismo, se determinó la necesidad que el Proponente constituya una garantía a favor de entidades particulares. Por lo anterior, el Proponente sea persona natural o jurídica, nacional o extranjera, o Estructura Plural deberá constituir a su xxxxx y presentar para la legalización de cada uno de los contratos de obra, una garantía, la cual se puede presentar bajo cualquiera de las siguientes formas: a) Póliza de seguro o b) Garantía Bancaria.
a) Póliza de seguro: Si la garantía es presentada mediante póliza de seguro, esta deberá ser expedida por una compañía de seguros autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia para funcionar en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 Colombia, a la orden de (Registrar cargo del proponente. En el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto cuerpo de la garantía deberá contener el /los nombre(s) de los integrantes para el caso de proponentes plurales, señalándose de la misma forma como figura(n) en forma numeral el Certificado de Existencia y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento Representación Legal, expedido por la ENTIDADautoridad competente, el importe documento de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas identificación o NIT y el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes, para el caso de proponente plural y a cada uno de sus miembros en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad que se trate de ningún trámite o acción judicialuna Estructura Plural.
b) Garantía Bancaria. Si se procediera la garantía es una garantía bancaria, ésta deberá ser otorgada por una entidad financiera vigilada y autorizada para su funcionamiento por la Superintendencia Financiera de Colombia, quien asume el compromiso firme, irrevocable, autónomo, independiente e incondicional de pagar directamente al PA- FFIE, a la Recepción Definitiva primer requerimiento, hasta el monto garantizado, una suma de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho dinero equivalente al valor que se hará constar mediante señala en el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORpresente numeral.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA vendedor garantiza lo siguiente:
a. Con la correcta excepción del equipo rentado, todos los Materialesserán nuevos."El excedente de Materiales utilizados o reacondicion ados se permitirá ÚNICAMENTE si así se especifica en la Orden de Compra". Si el excedente de material o el materialreacondicionado no se especifica en la Orden de Compra, el Vendedor la garantiza que el Material que se entregó de acuerdo con Orden de Compra (a) es fabricado por el Vendedor u otra compañía que seespecifique en la descripción del artículo, (b) es fabricado c on componentes nuevos, que no se han utilizado nunca; (c) no se ha reacondicionado en ninguna forma; y fiel ejecución (d) no ha sido adquirido por el Vendedor a través del presente CONTRATO merado de excedentes. El Vendedo rtambién garantiza que los Bienes (incluyendo el uso de los mismos) estálibre de cualquier violación de patentes y se obliga a supropio costo y gasto indemnizar, defender y mantener en paz y a salv pérdirador de todas sus partes las responsabilidades o das de cualquier naturaleza o tipo incluyendo, de manera enunciativa mas no limitativa, todos los cotos, gastos y daños (incluyendo xxxxxx xxxx de abogados o de cualquier otro perito) que surja de o que se relacione con cualquier reclamación, demanda, acción o juicio que surja de o que se relacione con la (Registrar el tipo violación de garantía establecido en el DBC) Nº emitida patentes por (Registrar el nombre parte de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratolos Bienes. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho El Comprador tiene derecho ainspeccionar los Bienes que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después cubren en esta Orden de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo Compra en cualquier momento durante su responsabilidadprogreso.
b. GARANTÍA. El SUPERVISOR llevará el control directo Vendedor garantizará que (a) los Bienes seencuentran en buenas condiciones operativas, en cumplimiento con las especificaciones estipuladas en la Orden de la vigencia de la garantía Compra o en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.cualquier otra documentación relevante;
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Samples: Purchase Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Proveedor garantizará (i) la propiedad tanto de los Equipos y Materiales suministrados como de la propiedad intelectual e industrial derivada de los mismos; (ii) la inexistencia de vicios, tanto aparentes como ocultos; y (iii) el correcto funcionamiento, tal como se describe en los apartados siguientes. Las garantías establecidas en esta cláusula no limitarán la aplicación de aquellas otras que fuesen acordadas en el Contrato, ni de aquellas que vengan impuestas por ley, costumbre o usos de comercio.
(i) La garantía de propiedad establecerá que los Equipos y Materiales suministrados son propiedad del Proveedor, se transmiten libres de cargas y están autorizados para su transmisión. Asimismo, se garantizará a Iberdrola el traspaso de la propiedad intelectual o industrial necesaria para la correcta utilización de los Equipos y fiel ejecución Materiales objeto del presente CONTRATO en todas sus partes con Suministro.
(ii) Sin perjuicio de otros derechos y/o acciones de reparación que tenga Iberdrola de conformidad el Contrato la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por vicios aparentes permitirá a Iberdrola optar por (Registrar el nombre i) la devolución o (ii) la reparación del Equipo o Material o (iii) la reducción del precio, siendo por cuenta del Proveedor todos los gastos que se originen. Iberdrola tendrá un plazo de noventa (90) días desde la entrega efectiva del Suministro para denunciar la existencia de tales vicios.
(iii) La garantía de funcionamiento determinará que los Equipos y Materiales son adecuados para la función especificada. El Proveedor responderá de dicho funcionamiento del Suministro hasta transcurridos doce (12) meses a partir de la Entidad emisora fecha de puesta en funcionamiento de los Equipos y Materiales o dieciocho (18) meses desde la entrega, lo último que ocurra. Si durante el período de esta garantía de funcionamiento Iberdrola notifica al Proveedor la existencia de un defecto, éste último realizará a su cargo la reparación, sustitución, ajuste o modificación que se necesite para el cumplimiento de la garantía) . La elección entre las alternativas mencionadas y el momento oportuno para efectuarlas será determinada por Iberdrola. Si dentro de un tiempo prudencial, de 20 acuerdo con la fecha indicada por Iberdrola, con vigencia hasta el Proveedor no llevara a cabo la corrección exigida, Iberdrola quedará autorizado, después de de 20 ponerlo en conocimiento del Proveedor, a efectuar la orden de (Registrar el nombre reparación por sí mismo o razón social de la ENTIDAD mediante encargo a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete terceros, siendo todos los gastos producidos por ciento (7%) cuenta del monto total del ContratoProveedor. A solo requerimiento por la ENTIDADEn estos casos, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada Iberdrola quedará facultada para ejecutar la Garantía de Cumplimiento (tal y como se define posteriormente) y el Proveedor vendrá obligado, además, a resarcir a Iberdrola de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISORtodos los daños y perjuicios que le haya causado por incumplimientos de sus obligaciones.
(iv) La garantía por vicios ocultos permitirá a Iberdrola, por razones justificadasuna vez vencida la garantía de funcionamiento, quien llevará el control directo solicitar y obtener del Proveedor la reparación, sustitución, ajuste o modificación de vigencia cualquier pieza o componente con un vicio oculto durante un período mínimo de tres (3) años desde la entrega de dicha pieza o componente, y todo ello sin menoscabo de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo indemnización por daños y perjuicios en los casos en que así proceda.
(v) Las partes de los Equipos y Materiales que hayan sido objeto de reparación, sustitución, ajuste o modificación en virtud de las garantías previstas en esta cláusula serán garantizadas de nuevo por un período de (i) doce (12) meses a partir de la vigencia fecha de la garantía en cuanto al monto nueva disponibilidad de los Equipos y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.Materiales o
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Garantía Provisional.- Para optar al arrendamiento, los licitadores deberán constituir una garantía provisional fijada en el tres por ciento (3%) del presupuesto base referido a la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con totalidad de las anualidades, esto es, por importe de SEISCIENTOS euros (600,00 €). Se justifica la (Registrar el tipo exigencia de garantía establecido provisional en el DBC) Nº emitida por (Registrar fin de evitar posibles fraudes mediante la retirada de ofertas, intentando que el nombre licitador mantenga la oferta hasta la adjudicación. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las ofertas hasta la adjudicación del contrato. Para el licitador que resulte adjudicatario, la garantía provisional responderá también del cumplimiento de las obligaciones; podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 TRLCSP. Si se trata de garantía en metálico se constituirá en la Caja de la Entidad emisora haciendo un ingreso mediante dinero en metálico, cheque bancario o personal conformado. También podrá constituirse mediante transferencia bancaria, debiendo ponerse en contacto previamente con la Entidad si tiene intención de constituir así la garantía. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores que no resulten adjudicatarios, inmediatamente después de la garantía) adjudicación del contrato, en el plazo máximo de de 20 un mes. En todo caso, con vigencia la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta el de de 20 , que proceda a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto constitución de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratodefinitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. A solo requerimiento por la ENTIDAD, El adjudicatario podrá aplicar el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera la garantía provisional a la Recepción Definitiva definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la Obra dentro definitiva. - Garantía definitiva.- El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de garantía definitiva; podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después Texto Refundido de la Liquidación Ley de Contratos del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de ContratoSector Público. EL CONTRATISTA, tiene Tal garantía se fija en la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia cantidad equivalente al 5% del importe de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar adjudicación referido a la ENTIDAD su ejecucióntotalidad de las anualidades. La garantía definitiva responderá de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional los siguientes conceptos:
a. De los gastos originados a la Garantía Administración por la demora del contratista en el cumplimiento de Cumplimiento de Contrato sus obligaciones, y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la Unidad Administrativa ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución.
b. De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato. La garantía definitiva no será devuelta o cancelada hasta que se produzca el cumplimiento del contrato o hasta que se declare la ENTIDADresolución de éste sin culpa del contratista. Aprobada la liquidación del contrato, lo cual si no exime resultaren responsabilidades, se devolverá la responsabilidad del SUPERVISORgarantía constituida o se cancelará el aval o seguro de caución en el plazo de dos meses.
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Samples: Concession Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza A) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
1. Expedirse a favor del CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA y señalar su domicilio;
2. La indicación del importe total garantizado con número y letra;
3. La referencia de que la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en fianza se otorga atendiendo a todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido las estipulaciones contenidas en el DBC) Nº emitida por (Registrar contrato y su Anexo Técnico, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
4. La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
5. El señalamiento de la denominación o nombre de la Entidad emisora "EL PROVEEDOR" y de la garantía) el institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes;
6. La condición de de 20 , con que la vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados;
7. La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
8. La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que "EL CENACE" otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de "EL PROVEEDOR", la que fue girada la garantía),por (registrar el monto liquidación debida; 9.Para efectos de la garantía señalada en forma numeral y literal) equivalente al siete esta cláusula, se deberá considerar la divisibilidad de ésta, por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas lo que en caso de incumplimiento contractual incurrido del contrato se hará efectiva por el CONTRATISTAmonto proporcional al momento de las obligaciones incumplidas de conformidad con el criterio AD-02/2011, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a emitido por la Recepción Definitiva Secretaría de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.Función Pública;
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y 7.1.5.1 De fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo cumplimiento : los únicos medios de garantía establecido en que debe presentar el DBCcontratista son la carta fianza o la póliza de caución, las mismas que deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática a solo requerimiento, a favor del INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL. Estas garantías deberán ser emitidas por empresa(s) Nº emitida por autorizada (Registrar el nombre s) y sujeta (s) al ámbito de la Entidad emisora Superintendencia de Banca y Seguros o estar consideradas en la garantía) ultima lista de Bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de de 20 , Reserva con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social conformidad de la ENTIDAD recepción a la que fue girada la garantía),por (registrar cargo del contratista, por un valor equivalente al 10% del monto del contrato. Adicional por el monto Monto diferencial de la propuesta: En caso que la propuesta económica adjudicada fuese inferior al valor referencial en mas de un 20%, la empresa beneficiada con la Buena Pro deberá entregar una garantía en forma numeral , con idéntico objeto y literal) vigencia que la garantía de fiel cumplimiento, por un monto equivalente al siete 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento la Entidad retenga el diez por ciento cien (710%) del monto total del Contratocontrato conforme a lo establecido en la Ley N° 28015 Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y su Reglamento. A solo requerimiento Copia de la formalización de consorcio, perfeccionado mediante documento privado con firmas legalizadas de cada uno de sus representantes legales ante Notario Publico, designando en dicho documento al representante o apoderado común ( de ser el caso). No se constituirá garantías de fiel cumplimiento ni de adicional por el monto diferencial de la ENTIDADpropuesta (de ser el caso), cuando el importe monto del ítem o la suma de ítems adjudicados a un mismo postor no supere el monto de S/.45,000 nuevos soles; situación similar se dará respecto a la presentación de la Constancia de No estar inhabilitado para contratar con el Estado. La Liberación de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso presentadas por los proveedores, se realizará previa recepción de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad las Actas de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva y Conformidad de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORlos bienes .
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Samples: Licitación Pública
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones emanadas del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar contrato, el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , Suministrante se obliga a presentar a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD institución contratante las garantías siguientes: A) GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: El Suministrante se obliga a presentar a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra institución contratante dentro del plazo de OCHO (8) DÍAS HÁBILES posteriores al recibo de este contrato certificado, una fianza o garantía bancaria o cheque certificado o de caja equivalente al QUINCE (15%) POR CIENTO, del valor total del contrato, que garantice que cumplirá con el servicio objeto de este contrato en el plazo establecido en la cláusula Tercera y que será prestado y recibido a entera satisfacción de la Institución Contratante. Esta Garantía se incrementará en la misma proporción en que el valor del contrato llegase a aumentar y su vigencia será igual al plazo contractual más CIENTO CINCUENTA DÍAS CALENDARIO ADICIONALES. La no presentación de esta garantía en el plazo indicado, dará lugar a la aplicación del literal a) del Artículo 94 de la LACAP y se entenderá que el Suministrante ha desistido de su oferta, sin detrimento de la acción que le compete a la Institución Contratante para reclamar los daños y perjuicios resultantes. Esta garantía se incrementará en forma satisfactoriala misma proporción en que el valor del contrato llegase a aumentar. ANDA hará efectiva esta garantía en los siguientes casos: i.) Por incumplimiento injustificado del plazo contractual; ¡i.) Cuando el Suministrante no cumpla con lo establecido en las presentes Bases de Licitación; ¡ii.) En cualquier otro caso que exista incumplimiento por parte del Suministrante y B) GARANTIA DE BUEN SUMINISTRO: El Suministrante deberá presentar, hecho a satisfacción de la ANDA, dentro del plazo de OCHO (8) DÍAS HÁBILES posteriores a la fecha en que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.haya efectuado
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Samples: Contrato De Suministro
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo 3.2.1 PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL PEDIDO.
I. La póliza de garantía establecido deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el DBC) Nº emitida pedido; Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por (Registrar el nombre de escrito del Hospital; Que la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas fianza continuará vigente en caso de incumplimiento contractual incurrido que se otorgue prórroga al cumplimiento del pedido, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, salvo que las partes se otorguen el CONTRATISTAfiniquito, sin necesidad y Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ningún trámite o acción judicial. Si se ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera a la Recepción Definitiva el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la Obra dentro póliza de fianza requerida. Tratándose de entidades de la administración pública federal, el referido procedimiento de ejecución será el previsto en el artículo 95 de la citada Ley
II. En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas al proveedor para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del plazo contractual pedido o pedido, se deberá obtener la modificación de la fianza;
III. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo del proveedor y éste efectúe la totalidad del pago en forma satisfactoriaincondicional, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondienteHospital deberá liberar la fianza respectiva, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.y
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Samples: Licitación Pública Internacional
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza contratista seleccionado para la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO contrato constituirá, a favor del ITM, como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales, cualquiera de las garantías autorizadas por el Decreto 734 de 2012 a saber: (1) Pólizas de seguros, (2) Fiducia mercantil en todas sus partes garantía, (3) Garantía bancaria a primer requerimiento; (4) Endoso en garantía de títulos valores y depósito de dinero en garantía, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una entidad bancaria, o una sociedad fiduciaria, o una entidad financiera sometida a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, legalmente establecida en Colombia, con el fin de cubrir los perjuicios derivados de las obligaciones, así: • De Cumplimiento del Contrato: Cubrirá al ITM de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato así como de su cumplimiento tardío o su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Este amparo comprende además siempre el pago de las multas y de la (Registrar el tipo de garantía establecido cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el DBCcontrato por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) Nº emitida del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más. • De calidad y correcto funcionamiento de los bienes: Cubrirá al ITM por (Registrar el nombre los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de los perjuicios imputables al contratista garantizado que se deriven de la Entidad emisora mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes o equipos objeto del contrato de acuerdo con las especificaciones técnicas o por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo, por el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más. La garantía se constituirá en la misma moneda del contrato. El pago de la prima respectiva correrá por cuenta del contratista, así como el de las ampliaciones a que haya lugar. El contratista deberá restablecer el valor de la garantía cuando éste se haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por la entidad contratante y/o terceros afectados De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el contratista deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. El incumplimiento de la obligación del contratista de mantener la suficiencia de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a facultará al ITM para declarar la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) caducidad del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecucióncontrato. La garantía deberá acompañarse del correspondiente recibo de Cumplimiento pago, estar firmada por el contratista, deberá ser constituida en forma tal que cubra única y exclusivamente los riesgos contemplados para la ejecución del contrato. La garantía deberá estar vigente durante toda la vida del contrato, su liquidación, y la prolongación de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía sus efectos. Tratándose de Cumplimiento póliza no expirará por falta de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia pago de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORprima o por revocatoria unilateral.
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Samples: Contrato De Compraventa
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza beneficiario deberá entregar las siguientes garantías, de conformidad a lo señalado en los párrafos siguientes:
a) Garantía por anticipos: Con anterioridad al desembolso del subsidio, o de cada cuota de éste, según corresponda, se deberá entregar, por el beneficiario, a satisfacción y en favor de InnovaChile, cauciones consistentes, ya sea en vales vista, boletas de garantía bancaria pagadera a la correcta y fiel vista, depósitos a plazo, pólizas de seguro de ejecución inmediata o a primer requerimiento, o Certificados de Fianza otorgados por Instituciones de Garantía Recíproca, con el fin de garantizar el total de los montos de los recursos anticipados provenientes del subsidio. La glosa de dicho instrumento de garantía, en caso que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que su objetivo consiste en “garantizar el correcto uso del anticipo otorgado por el Comité InnovaChile, para la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con proyecto (señalando la denominación del proyecto y su código)”, debiendo tener una vigencia de por lo menos 3 (Registrar el tipo tres) meses sobre la fecha de garantía entrega del informe de avance y/o final, de acuerdo al calendario establecido en la cláusula duodécima del presente convenio. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre respectivo informe y rendición de cuentas correspondiente. Para la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto devolución de la garantía correspondiente al último o único desembolso, además de la aprobación del Informe Final o de Cierre y rendición correspondiente, se requerirá la restitución total de los saldos observados, no gastados y no rendidos del subsidio. El correcto uso del anticipo implica, además de la realización de gastos que sean pertinentes con los objetivos del proyecto y con las normas que regulan su uso contenidas en forma las bases y en el presente convenio de subsidio, la obligación de usar el subsidio respetando el porcentaje máximo de cofinanciamiento aprobado, de acuerdo con las reglas señaladas en el último párrafo de la cláusula sexta precedente y en el numeral y literal11.4.2 de las Bases Administrativas Generales.
b) Garantía por fiel cumplimiento del convenio: Con anterioridad a la entrega del subsidio, o de la primera cuota de éste, según corresponda, el beneficiario, deberá, además, entregar una caución de igual naturaleza a las anteriormente señaladas para garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por un valor equivalente al siete por ciento (7%) 3% del monto total del Contratosubsidio. A solo La glosa de este instrumento, en caso de que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que se otorga para “garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por parte del beneficiario (individualizarlo), referente al proyecto (nombre del proyecto y código)”. Esta garantía tendrá por fin cautelar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el convenio de subsidio, y deberá tener una vigencia de, por lo menos, 3 (tres) meses sobre la fecha de presentación del informe final. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe dicho informe y se acredite el cumplimiento de todas las obligaciones. Los documentos de garantía – por anticipo y/o fiel cumplimiento del convenio - deberán entregarse dentro del plazo de 30 (treinta) días hábiles, contados desde su requerimiento por parte de InnovaChile. Antes de la ENTIDADfecha de vencimiento de este plazo, el importe beneficiario podrá solicitar fundadamente a InnovaChile prórroga de hasta 30 (treinta) días hábiles. Si transcurridos los plazos señalados o su prórroga, no se ha presentado cualquiera de los documentos de garantía, debiendo hacerlo, InnovaChile tendrá por desistida la postulación, o pondrá término anticipado al convenio, según corresponda. Asimismo, la no renovación oportuna de cualquiera de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas a requerimiento de InnovaChile la facultará para ejecutar aquellas que se encuentren vigentes y para poner término anticipado al convenio. Se entenderá que la renovación es “oportuna” cuando los documentos de garantía son recibidos a conformidad de InnovaChile, al menos, con 3 (tres) días hábiles de anticipación al vencimiento de aquel/los que obran en poder del Comité. Los documentos de garantía mencionados podrán ser otorgados, además, por terceros, previa aceptación de InnovaChile, mencionando en la glosa de éstos, si correspondiere según su naturaleza, que garantizan al beneficiario (que deberá individualizarse) por “el correcto uso del anticipo del subsidio entregado” (en el caso de la garantía por anticipos), o por “el fiel cumplimiento del convenio de subsidio” (en el caso de la garantía por fiel cumplimiento). Se deja constancia que la garantía por anticipo no reviste el carácter de cláusula penal, por lo que, en caso de incumplimiento contractual incurrido por que su cobro no permita recuperar los recursos anticipados que deban ser restituidos, InnovaChile podrá ejercer las acciones que corresponda para lograr el CONTRATISTA, sin necesidad reintegro del total de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORdichos fondos.
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Samples: Convenio De Subsidio
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes De acuerdo con la (Registrar el tipo de garantía lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 103.1 del TRLCSP, quienes participen en la licitación no deberán constituir garantía provisional. La persona licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la Entidad emisora garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación. La garantía exigida en el contrato podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del TRLCSP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería General del Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran. De no cumplirse este requisito por causas imputables a la persona licitadora, el Ayuntamiento no efectuará la adjudicación a su favor. Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique a la persona adjudicataria la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 99 del TRLCSP. A estos efectos no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo. Página4 En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, la persona adjudicataria deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. La devolución de la garantía) , tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social artículo 102 del Texto Refundido de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el monto plazo de la garantía garantía, en forma numeral su caso, y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento en todo caso, cuando no exista plazo de garantía, una vez se consideren cumplidas por la ENTIDAD, el importe persona adjudicataria todas sus obligaciones contractuales de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a forma satisfactoria para la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORAdministración.
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Samples: Contract for Works Execution
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto importe de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete definitiva a constituir por ciento (7%) el licitador propuesto como adjudicatario será del monto total 5% del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de adjudicación del contrato teniendo en cuenta la duración inicial del mismo y excluyendo el IVA. Podrá ser constituida:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo del TRLCSP. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en LIMANCAR S.L.U., en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo del TRLCSP establezcan, debiendo en cualquier caso presentar resguardo acreditativo de su ingreso.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo del TRLCSP, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en LIMANCAR S.L.U.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo del TRLCSP establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. En el caso de uniones temporales de empresarios las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes siempre que, en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAconjunto, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a la Recepción Definitiva todos los integrantes de la Obra dentro del plazo contractual unión temporal. En ANEXOS III, IV y en forma satisfactoria, hecho V de este Pliego se incorporan modelos para constituir la garantía definitiva. Los documentos que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de acreditan la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia constitución de la garantía definitiva deberán ser previamente conformadas por LIMANCAR S.L.U. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato. Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en cuanto al monto el artículo 100 del TRLCSP. 19.-ADJUDICACIÓN
1.- El órgano de contratación adjudicará el contrato de conformidad con la propuesta de la Mesa.
2.- Dado que para la adjudicación del contrato deben tenerse en cuenta una pluralidad de criterios el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones.
3.- Contra la adjudicación, y plazotratándose de un procedimiento de adjudicación de contratos sujetos a regulación armonizada ó de contratos de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II del TRLCSP, de valor estimado igual o superior a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA209.000 euros, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía el que reglamentariamente se determine, se podrá interponer potestativamente en vía administrativa el recurso especial previsto en el artículo 40 del TRLCSP, en el registro del órgano de Cumplimiento contratación o en el del órgano competente para resolver (Tribunal Administrativo de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia Recursos Contractuales de la Unidad Administrativa Junta de Andalucía), en el plazo de quince días hábiles a computar desde la remisión de la ENTIDADnotificación.
4.- Las proposiciones presentadas, lo cual tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato podrá ser devuelta la documentación que acompaña a sus proposiciones quedará a disposición de los interesados. Una vez transcurridos seis meses y no exime se haya interpuesto recurso alguno, la responsabilidad del SUPERVISORdocumentación puesta a disposición de los licitadores que no haya sido recogida, podrá ser destruida.
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Samples: Suministro De Combustibles
GARANTÍAS. “El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución prestador de servicios” se obliga a garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo contrato, mediante fianza, expedida por Institución Afianzadora Mexicana, debidamente autorizada para ello, cheque certificado o de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 caja, a favor de Pronósticos para la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) Asistencia Pública, por un importe equivalente al siete 10% (diez por ciento (7%ciento) del monto total del Contratopresente contrato sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
1. A solo requerimiento Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.
2. Que la fianza se otorga de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48 fracción II y último párrafo, y 49 fracción II de la ENTIDADLey de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás normatividad aplicable en los términos del citado contrato, y se hará efectiva cuando “El prestador de servicios” no cumpla con las obligaciones establecidas en dicho instrumento, o incurra en alguno o algunos de los supuestos de incumplimiento establecidos en el citado contrato.
3. Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia.
4. Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos establecidos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas en vigor para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
5. En el caso de que exista prórroga, espera, ampliación al monto o al plazo de prestación de los servicios, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto, plazo o vigencia del contrato, “El prestador de servicios” tendrá la obligación de presentar la modificación a la fianza, de conformidad con el artículo 103 fracción II del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
6. Que acepta expresamente someterse a los procedimientos especiales previstos en los artículos 178, 279, 282 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas en vigor.
7. Que para liberar la fianza será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas obligaciones contractuales.
8. Que en caso de que exista finiquito y existan saldos a cargo de “El prestador de servicios” y éste efectúe la totalidad del pago en forma incondicional, Pronósticos para la Asistencia Pública deberá liberar la fianza respectiva que se haya otorgado.
9. Que la fianza garantiza la ejecución total del objeto del contrato.
10. Que toda estipulación que aparezca impresa por formato por parte de la afianzadora, que contravenga las estipulaciones asentadas en esta fianza se considerará como no puesta.
11. Que la afianzadora se someterá expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. Las obligaciones cuyo cumplimiento se garantiza son indivisibles, en consecuencia, en caso de incumplimiento contractual incurrido imputable a “El prestador de servicios”, así como cuando se determine la rescisión, la garantía se hará efectiva de por el CONTRATISTAmonto total de las obligaciones incumplidas. Asimismo, sin necesidad “El prestador de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera servicios” entregará a la Recepción Definitiva Gerencia de Recursos Materiales dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a la Obra dentro notificación del plazo contractual fallo, póliza de responsabilidad civil expedida por una compañía aseguradora establecida en territorio nacional, a favor de Pronósticos para la Asistencia Pública, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato antes del impuesto al valor agregado, que cubra accidentes de su personal y/o daños a terceros al inmueble y a sus instalaciones derivado de los trabajos contratados, por el periodo que inicie a partir del 01 xx xxxx y hasta el 31 de diciembre de 2017. “El prestador de servicios” entregará a la Gerencia de Recursos Materiales, al siguiente día hábil después del fallo, Carta Responsiva conforme a lo señalado en forma satisfactoriael “Anexo Técnico”, hecho por la que se hará constar mediante obliga a responder por daños y perjuicios a terceros, así como de los daños que se ocasionen al inmueble y a sus instalaciones derivado de los trabajos contratados y deberá ser firmada por el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORrepresentante legal.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta COMPRADOR deberá constituir por su cuenta y fiel ejecución entregar al VENDEDOR, el original de una garantía única expedida por una compañía de seguros de suficiente solvencia, legalmente autorizada para funcionar en Colombia o una garantía bancaria expedida por una entidad bancaria, que ampare el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente CONTRATO Contrato, que indique expresamente en su carátula que garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones, incluidas las de pago y el pago de las multas, intereses, penalizaciones, compensaciones, cargos, sobrecostos, y el no pago de impuestos, tasas o contribuciones y/o sanciones decretadas en desarrollo de las cláusulas contractuales que se generen a favor del VENDEDOR por el incumplimiento del COMPRADOR.
23.1. Póliza de Cumplimiento: En el evento de que el COMPRADOR opte por constituir una póliza de cumplimiento, ésta deberá constituirse en el formato de Garantía Única de Cumplimiento aplicable a ECOPETROL que para el efecto entregará el VENDEDOR, en cuya carátula conste que la misma no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral. A la póliza deberá anexarse las Condiciones Generales aplicables a ECOPETROL, que incluyan lo relativo al procedimiento en caso de reclamación y pago del siniestro contenido en la Circular 067/98 de Fasecolda y el comprobante original de pago de la prima de la póliza. Igualmente deberá cumplir con los requisitos contenidos en la Circular VFA del VENDEDOR del 1º xx xxxxxx de 2005 o cualquier circular, directriz o norma del VENDEDOR que la modifique, adicione o sustituya. Cuando la Fuente de Producción corresponde a la Refinería xx Xxxxxxxxx, los requisitos de la Póliza de Cumplimiento serán los siguientes: - El objeto deberá señalar que se garantiza el cumplimiento por parte del Tomador de todas sus partes con la obligaciones pecuniarias, incluyendo las de pago, el pago de multas, sanciones, intereses, penalizaciones y compensaciones, y el no pago de impuestos, tasas o contribuciones y/o sanciones ordenadas en desarrollo del contrato y/o contratos celebrados entre el Tomador y el BENEFICIARIO, quien actúa a través de su mandatario Ecopetrol S.A., y que tengan por objeto el suministro de Gas Licuado de Petróleo (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar GLP). - Que se indique claramente el nombre o razón social del tomador, registrando el NIT y datos asociados (dirección, teléfono etc.). - Que como asegurado se indique a Ecopetrol en su calidad de Mandatario de Refinería xx Xxxxxxxxx (REFICAR) y Refinería xx Xxxxxxxxx (REFICAR). - Que como beneficiario se indique Refinería xx Xxxxxxxxx (REFICAR). - Que se señale que tanto Ecopetrol en su calidad de mandatario de REFICAR y/o Refinería xx Xxxxxxxxx están facultados para adelantar los trámites de reclamación del seguro en el evento en que se configure un siniestro de incumplimiento. - Que la misma no expirará por falta de pago de la ENTIDAD a prima o por revocatoria unilateral. Además de los requisitos, legales regulatorios y reglamentarios que deben cumplir este tipo de garantías, la que fue girada la garantía),por (registrar el monto carátula de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido deberá precisar: - Deberá estar firmada por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicialrepresentante legal del tomador (debidamente facultado para ello) precisando su nombre e identificación. Si se procediera a la Recepción Definitiva - Deberá ser firmada por el representante legal de la Obra dentro del plazo contractual aseguradora (a través de los distintos medios habilitados para el registro de firmas en el sector asegurador), quien ha de estar identificado con su nombre y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante cédula. Se deberá anexar el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después comprobante de pago de la Liquidación del Contrato, juntamente con prima de seguro y el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia certificado de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo Superintendencia Financiera (o certificado xx xxxxxx de comercio de la vigencia aseguradora) en donde consten las facultades de quien actúa en representación de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos compañía de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORseguros.
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Samples: Gas Supply Agreement
GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato21: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento en dicho artículo, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.” En el importe caso que corresponda, consignar lo siguiente: Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias22: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORobligaciones garantizadas.
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Samples: Contratación Pública Especial
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza 00.0.Xx Cumplimiento del “Contrato”. La Fianza deberá observar lo siguiente:
a) Que la correcta y fiel fianza se otorgará atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el “Contrato”.
b) Esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo del “Contrato”, entrega del “Contrato” o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo, esta Fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que el “Instituto” otorgue prórrogas o esperas al “Proveedor” para el cumplimiento de sus obligaciones.
c) La Institución de Fianzas, acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre Artículo 95 de la Entidad emisora Ley Federal de Instituciones de Fianzas en vigor, para la efectividad de la presente garantía) , procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de de 20 intereses que prevé el Artículo 95 Bis del mismo ordenamiento legal, con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social por pago extemporáneo del importe de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto Póliza de la garantía en forma numeral y literalFianza requerida.
d) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contratocumplimiento únicamente podrá ser liberada mediante escrito del “Instituto”, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia través de la Unidad Administrativa Dirección de la ENTIDADRecursos Materiales, lo cual Servicios Generales y Obras, previa consulta con el “Área Solicitante” de los servicios.
e) Todos los demás requisitos solicitados en el “Contrato” para dar cumplimiento a esta garantía.
a) El “Proveedor” no exime la responsabilidad proporcione los servicios adjudicados en el(los) plazo(s) establecido(s) y las condiciones no sean las convenidas.
b) Hubiese transcurrido el plazo de prórroga otorgado debidamente autorizado y proceda únicamente por el atraso por incumplimiento en las fechas de prestación de los servicios, de conformidad con el artículo 63 del SUPERVISOR“Reglamento”.
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Samples: Contratación Del Servicio Integral De Telecomunicaciones
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza contratista seleccionado, dentro de los veinte días siguientes a la correcta fecha en que reciba el aviso de adjudicación del contrato, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas prestará las siguientes garantías: De Anticipo, por un valor equivalente al cien por ciento (100%) del valor del anticipo y fiel adoptara la forma de una Garantía Bancaria pagadera a la vista. Esta garantía estará vigente hasta su total amortización y se ejecutará cuando: a) Se constante por parte del contratante, que el anticipo otorgado no se está utilizando en la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora obra; b) Se establezca por el contratante que no ha habido ningún avance físico en la ejecución de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 obra, a pesar de haberse entregado ya el anticipo; c) Se tenga conocimiento que el valor del anticipo se está utilizando para otros fines y no para pagar los gastos que se requieren específicamente para la orden de (Registrar el nombre o razón social ejecución de la ENTIDAD a obra contratada. De Cumplimiento, por un valor equivalente al treinta por ciento (30%) sobre el monto total por el que se le contrata y estará vigente hasta que se le otorgue el finiquito correspondiente. Esta garantía adoptara la que fue girada la garantía),por (registrar el forma de fianza. El monto de la garantía respaldará el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el contrato y/o de acuerdo con las especificaciones contenidas en el mismo y demás documentos contractuales que forma numeral parte integral del mismo, y literalresponde, además, por las deficiencias que le aparecieren al proyecto durante su ejecución; esta fianza podrá ejecutarse en caso de: a) equivalente al siete por ciento (7%Negligencia o deficiencias en la prestación de los servicios contratados a juicio del Ministerio de Salud Públicas y Asistencia Social; b) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe Incumplimiento de cualquiera de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas obligaciones estipuladas en caso el contrato; c) Que de incumplimiento contractual incurrido por los informes rendidos se constate que los resultados obtenidos no son satisfactorios; d) Si el CONTRATISTA, sin necesidad Ministerio de ningún trámite Salud Pública y Asistencia Social determina que el consultor ha participado en prácticas corruptas o acción judicial. Si se procediera a fraudulentas en la Recepción Definitiva realización de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.los servicios
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Samples: Contratación De Obras Menores
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Todas las garantías que “EL PROVEEDOR” otorgue, serán mediante pólizas de fianza expedidas por una institución autorizada por la correcta Comisión Nacional de Seguros y fiel ejecución Fianzas, a favor de API, y deberán contener como mínimo los requisitos establecidos en el artículo 106 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir las garantías siguientes:
a) Fianza de cumplimiento. Dentro de los primeros diez días naturales posteriores a la firma del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar contrato, el tipo PROVEEDOR se obliga a constituir una fianza a favor de API, para garantizar el cumplimiento del contrato, cuyo importe será igual al 10% del monto total de este contrato, sin incluir el I.V.A. La fianza de garantía será entregada en la Gerencia de Administración y Finanzas de API y se aplicará en aquellos casos en los que EL PROVEEDOR incurra en incumplimiento de este contrato. Dado que las obligaciones que se convienen en el presente contrato se consideran divisibles ya que son susceptibles de cumplirse parcialmente, su incumplimiento motivaría la aplicación parcial de la garantía de cumplimiento, haciéndose efectiva de manera proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
a) Que de conformidad y para los efectos de lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 48 fracción II y 49 fracción II de la Entidad emisora Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la fianza se expide para garantizar el cumplimiento del contrato.
b) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.
c) Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales.
d) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la obligación que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral garantice y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas continuará vigente en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme.
e) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después caso de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.que
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Samples: Licitación Pública
GARANTÍAS. Para garantizar el cumplimiento del contrato, “El CONTRATISTA garantiza Proveedor”, dentro del término de 10 (diez) días naturales siguientes a la correcta y fiel ejecución firma del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida contrato, se obliga a presentar fianza expedida por (Registrar el nombre institución autorizada para ello y a favor de la Entidad emisora Tesorería de la garantíaFederación, por la cantidad de $xxxxxxx.xx (xxxxxxxxxx pesos xx/100 m.n.), equivalente al 15% (quince por ciento) del importe total del servicio contratado, sin incluir el impuesto al valor agregado (I.V.A.). las obligaciones derivadas del presente contrato son divisibles, lo anterior en virtud de de 20 que el servicio contratado será entregado parcialmente, con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la por lo que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas cumplimiento en caso de incumplimiento contractual incurrido por parte de “El Proveedor” se afectará de manera proporcional al monto de las obligaciones garantizadas. De conformidad con el CONTRATISTAartículo 103 del reglamento de la Ley de Adquisiciones, sin necesidad Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la póliza de ningún trámite fianza deberá estipular como mínimo, entre otras, las siguientes declaraciones: Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato; Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales; Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de las obligaciones que garantice y continuará vigente en caso de que se otorguen prórrogas al cumplimiento del contrato, así como durante la sustanciación de todos los recursos legales o acción judicialde los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas; Que la afianzadora acepte expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de la fianza requerida; y Que en caso de la celebración de algún convenio conciliatorio a que se refiere el artículo 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se considerará novado el contrato, por lo tanto, la póliza de seguros y de fianza continuará vigente en todas y cada una de las obligaciones que “El Proveedor” garantiza. Si En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas a “El Proveedor” para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, se procediera deberá realizar la modificación correspondiente a la Recepción Definitiva fianza. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo de “El Proveedor” y éste efectúe la totalidad del pago en forma incondicional, “La Conagua” deberá cancelar la fianza respectiva, en caso contrario, “La Conagua” procederá a hacer efectiva la garantía, a partir de la Obra fecha en que se haya notificado a “El Proveedor” el oficio de resolución de rescisión administrativa del contrato. Cuando se requiera hacer efectiva la fianza, “La Conagua” deberá remitir a la Tesorería de la Federación, dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriade treinta días a que hace referencia el artículo 143 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, hecho la solicitud deberá precisar la información necesaria para identificar la obligación o crédito que se hará constar mediante garantiza y los sujetos que se vinculan con la fianza, debiendo acompañar los documentos que soporten y justifiquen el Acta correspondientecobro, suscrita de conformidad con lo dispuesto por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después el reglamento del artículo 95 de la Liquidación del Contratoley federal de instituciones de fianzas, juntamente con para el Certificado cobro de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia fianzas otorgadas a favor de la misma bajo su responsabilidadfederación, del distrito federal, de los estados y de los municipios distintas de las que garantizan obligaciones fiscales federales a cargo de terceros. El SUPERVISOR llevará En caso de que el control directo presente contrato fuera modificado con motivo de la vigencia formalización de convenios de ampliación al monto del contrato, “El Proveedor” deberá obtener la modificación de la garantía en cuanto al monto fianza y plazo, a efectos presentarla dentro de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar los 10 (diez) días naturales siguientes a la ENTIDAD firma del convenio respectivo. Asimismo, “El Proveedor” responderá de la calidad del servicio o de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia en los términos del penúltimo párrafo del artículo 53 de la Unidad Administrativa Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, obligándose a reponer el servicio, en la ENTIDADparte que haya sido mal ejecutada, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORsin costo alguno para “La Conagua”.
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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica
GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato13: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de suministro de bienes, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.” En el importe caso que corresponda, consignar lo siguiente: Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias 14 : [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORobligaciones garantizadas.
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Samples: Public Procurement Agreement
GARANTÍAS. 44.1 El CONTRATISTA garantiza oferente adjudicatario deberá presentar la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes Fianza o Garantía de Ejecución y/o Cumplimiento de Contrato dentro de los 28 días posteriores a la recepción de la Carta de aceptación, de conformidad con la cláusula 21.1 de las Condiciones Particulares del Contrato (Registrar CPC), utilizando para ello el tipo formulario de garantía establecido Garantía de Cumplimiento incluido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total sección VI Formularios del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, Si el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada Oferente seleccionado presenta la Garantía de Ejecución y/o Cumplimiento del Contrato en forma de fianza, deberá cerciorarse de que esta haya sido emitida por una empresa de fianzas o seguros que resulte aceptable para el Comprador. Toda institución extranjera que proporcione una fianza deberá tener una institución financiera corresponsal domiciliada en el País del Comprador, salvo que este haya acordado por escrito que la existencia de dicha institución financiera corresponsal no es obligatoria. El incumplimiento por parte del oferente adjudicatario de sus obligaciones de presentar la Fianza o Garantía de Ejecución y/o Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera antes mencionada o de firmar el SUPERVISORcontrato en el plazo previsto, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia constituirá causa suficiente para la anulación de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía adjudicación y para hacer efectiva las medidas establecidas en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento Mantenimiento de la Oferta y Firma de Contrato o en la Declaración de Mantenimiento de Oferta según sea el caso. En este caso, el Comprador podrá adjudicar el contrato al oferente cuya oferta sea evaluada como la siguiente más conveniente.
44.2 Se podrá proveer un anticipo sobre el precio del contrato, de acuerdo con lo estipulado en los DDL En caso de aplicar, el pago deberá realizarse contra la recepción de una garantía por el buen uso del 100% del valor de dicho anticipo. Esta garantía podrá ser tipo bancaria, fianza o cualquier otro tipo de instrumento financiero, que sea incondicional y a primer requerimiento emitido por instituciones financieras o aseguradoras aceptables para el Comprador. Si el Oferente seleccionado presenta la Garantía en forma de Correcta Inversión fianza, u otro instrumento financiero deberá cerciorarse de Anticipoque esta haya sido emitida por una empresa de fianzas o seguros que resulte aceptable para el Comprador. Toda institución extranjera que proporcione una fianza deberá tener una institución financiera corresponsal domiciliada en el País del Comprador, estarán bajo custodia salvo que este Instrucciones a los Oferentes haya acordado por escrito que la existencia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual dicha institución financiera corresponsal no exime la responsabilidad del SUPERVISORes obligatoria.
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Samples: Licitación Para Adquisición De Una Ambulancia Terrestre
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre 8.1 En función de la Entidad emisora solvencia del CLIENTE y de las incidencias que éste pudiera tener en registros de morosos y obligaciones impagadas, CEPSA (o una tercera parte subcontratada por CEPSA para la garantíaejecución de este servicio) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , podrá optar por solicitar al CLIENTE un aval o depósito en efectivo (en adelante Garantía) como requisito previo a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total activación del Contrato. A solo requerimiento por , o rehusar la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAactivación y la formalización del Contrato, sin necesidad de ningún trámite justificación alguna y sin derecho a reclamación alguna por parte del CLIENTE.
8.2 Adicionalmente, con carácter enunciativo pero no limitativo, durante la vigencia del Contrato CEPSA (o acción judicialuna tercera parte subcontratada por CEPSA para la ejecución de este servicio) podrá requerir al CLIENTE que aporte una Garantía, o bien que actualice o complemente la Garantía que ya hubiese sido previamente depositada, en cualquiera de los siguientes supuestos: En caso de riesgo de insolvencia del CLIENTE, de tal forma que haya riesgo de que el CLIENTE pudiera no estar capacitado para asumir sus responsabilidades de pago conforme a lo establecido en la cláusula séptima del presente Contrato. Si Se considerará que hay riesgo de insolvencia cuando el CLIENTE vea reducida su calificación de solvencia en al menos dos agencias de calificación o entidades de calificación de solvencia o riesgo de crédito. Igualmente, se procediera considerará que hay riesgo de insolvencia en caso de retirada parcial o total de cualquier cobertura de riesgo de crédito por parte de cualquier compañía aseguradora con la que CEPSA pudiera tener cubierto parcial o totalmente el eventual riesgo de crédito del Contrato.
8.3 El importe de las Garantía será como máximo el importe que corresponda a tres meses de facturación, de acuerdo con el volumen anual contratado, más las cantidades que en su caso, se debieran por parte del CLIENTE en el momento en el que CEPSA solicite la Recepción Definitiva entrega de la Obra dentro Garantía.
8.4 CEPSA podrá proceder a ejecutar dicha Garantía en los siguientes supuestos:
a) En caso de incumplimiento reiterado e injustificado de alguna de las obligaciones asumidas por el CLIENTE en este Contrato
b) En caso de retraso en el pago de cualesquiera importes debidos por el CLIENTE en virtud del Contrato de manera reiterada y de mala fe.
c) En caso de resolución del presente Contrato cuando estén pendientes de pago cantidades derivadas del mismo.
8.5 El CLIENTE se compromete a entregar a CEPSA la Garantía que le sea requerida en virtud de esta Cláusula en un plazo máximo de quince (15) días naturales desde que le sea requerido por CEPSA. El incumplimiento del plazo contractual y de entrega de dicha Garantía constituye un incumplimiento grave de una obligación esencial del presente Contrato. De no recibirse la Garantía en el plazo anterior o de recibirse pero siendo su importe insuficiente, el Contrato podrá resolverse por CEPSA conforme a lo establecido en la cláusula 12.
8.6 CEPSA podrá ejecutar la Garantía de forma satisfactoriaíntegra o parcial, hecho que se hará constar mediante en función de los importes pendientes de pago por el Acta correspondienteCLIENTE. En el caso particular de resolución del presente Contrato estando pendientes de pago cantidades derivadas del mismo, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después menores al importe de la Liquidación Garantía, ésta se ejecutaría de forma parcial, con el fin exclusivo de satisfacer las cantidades pendientes.
8.7 En caso de ejecución durante la vigencia del Contrato, juntamente con el Certificado CLIENTE se compromete a restituir la Garantía, para evitar que la misma pueda resultar disminuida debido a su ejecución.
8.8 En caso de Cumplimiento de terminación del Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada por cualquier causa, la Garantía que se hubiera aportado por parte del CLIENTE, se convertirá en una garantía definitiva de Cumplimiento liquidación del Contrato hasta la recepción de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, las liquidaciones correspondientes al cierre definitivo por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia parte de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcompañía Distribuidora.
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Samples: Energy Supply Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Será requisito necesario para acudir a la correcta licitación el acreditar la constitución previa de una GARANTÍA PROVISIONAL equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del presupuesto de licitación (IVA no incluido). La garantía provisional resulta necesaria para responder del mantenimiento de las ofertas de los licitadores hasta la adjudicación del contrato y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre razón de la Entidad emisora urgencia e importancia de la garantía) adjudicación de dicho contrato para el desarrollo urbanístico del ámbito. La garantía provisional se constituirá mediante Aval prestado por Bancos o Cajas de Ahorro, Cooperativas de 20 Crédito, con vigencia hasta el establecimientos financieros de crédito o Sociedades de 20 Garantía recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, a la orden de (Registrar el nombre o razón social disposición de la ENTIDAD sociedad. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. En el caso de uniones temporales de empresarios las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en forma numeral conjunto se alcance la cuantía requerida, y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratogarantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. A solo requerimiento por la ENTIDAD, El adjudicatario podrá aplicar el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de incumplimiento contractual incurrido la definitiva. El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 % del importe de adjudicación (IVA no incluido) a disposición del Órgano de Contratación de BSAV, cualquiera que haya sido el procedimiento y la forma de adjudicación del contrato. Cuando la adjudicación se realice, por el CONTRATISTAórgano de contratación, sin necesidad a favor del empresario cuya proposición hubiera estado incursa inicialmente en presunción de ningún trámite temeridad, se exigirá al mismo una garantía complementaria del 5% del importe de adjudicación (IVA no incluido). Las garantías definitivas se constituirán mediante aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o acción judicial. Si se procediera Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a la Recepción Definitiva operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones que las normas de desarrollo de la Obra dentro LCSP establezcan. Los importes de estas garantías se indican en el apartado C del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después Cuadro de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado Características. Estarán exentos de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISORconstituir las citadas garantías las entidades públicas empresariales, los Organismos públicos regulados por razones justificadassu normativa específica y dependientes del Estado o sus Organismos Autónomos, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORlos órganos constitucionales.
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GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato20: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la CARTA FIANZA N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de prestación de servicios en general, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, el importe durante la primera mitad del número total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso pagos a realizarse, de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAforma prorrateada, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera con cargo a ser devuelto a la Recepción Definitiva de la Obra dentro finalización del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente mismo.” Importante De conformidad con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTAartículo 128 del Reglamento, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La no se constituirá garantía de Cumplimiento fiel cumplimiento del contrato ni garantía de Contratofiel cumplimiento por prestaciones accesorias, Garantía Adicional en contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la Garantía sumatoria de Cumplimiento los montos de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual los ítems adjudicados no exime la responsabilidad del SUPERVISORsupere el monto señalado anteriormente.
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GARANTÍAS. Las garantías solicitadas, ya sean de fiel cumplimiento o por la transferencia de recursos, deberán ser del tipo vales vista, boletas de garantía, pólizas de seguro, depósitos a plazo, certificados de fianza u otros instrumentos que permitan su cobro inmediato, debiendo ser pagadero a la vista, nominativo, irrevocable y no endosable, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, debe ajustarse a la ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución plazo de vigencia de garantías no podrá ser inferior a 60 (sesenta) días hábiles administrativos contado desde el término del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo plazo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre vigencia de este convenio. La Dirección Regional Sercotec será responsable de la Entidad emisora custodia, mantención y vigencia de la garantía) las garantías solicitadas. El Agente Operador deberá hacer entrega de dos tipos de garantías:
1. Garantía de fiel cumplimento: Para responder al fiel y oportuno cumplimiento del convenio y las obligaciones laborales y previsionales para con sus trabajadores, el Agente hace entrega a Sercotec de Póliza de 20 Garantía Orsan Seguros N°8569, de fecha 12-04-2024, con vigencia hasta el día 31-07-2025, nominativa, equivalente al 5% del valor total de este convenio, garantía que Sercotec podrá hacer efectiva sin más trámite, en cualquiera de 20 los casos de incumplimiento previstos en este instrumento, en las Bases o en cualquier otro en que pueda incurrir el Agento Operador. Glosa: “Para garantizar el fiel, cabal y oportuno cumplimiento del convenio de transferencia y operación Programa Crece Multisectorial, Región de Atacama, y de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores, incluye pago de multas”. Dicha garantía debe ser entregada previo a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral firma del presente convenio y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido prorrogarse por el CONTRATISTAOperador antes de su vencimiento, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriasi Sercotec estima necesario, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas siendo devuelta después de finalizada la Liquidación ejecución del Contratoinstrumento encomendado y rendidos los recursos correspondientes, juntamente con sólo una vez vencido el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo plazo de vigencia de la misma bajo su responsabilidadmisma, salvo que el Agente no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente, Reglamento de Agentes Operadores de Sercotec, procedimiento sancionatorio, el convenio de agenciamiento, el presente convenio y eventuales modificaciones, en cuyo caso Sercotec queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.
2. El SUPERVISOR llevará el control directo Garantía de la vigencia anticipo, por transferencia de recursos: Sercotec podrá realizar transferencias de los recursos al Agente Operador previa recepción de la garantía equivalente al 100% del valor anticipado, hasta por el monto total de la transferencia establecida en cuanto al monto y plazoel convenio, a efectos fin de requerir garantizar el correcto uso de los fondos transferidos, garantía que Sercotec podrá hacer efectiva, sin más trámite, en caso que el Agente Operador destine recursos a un fin distinto al acordado, sin perjuicio de las acciones que en derecho correspondan. En lo sucesivo, el Agente Operador deberá prorrogar dicha garantía antes de su ampliación al CONTRATISTAvencimiento, o solicitar bien, emitir una nueva, en el caso de existir nuevos anticipos, cumpliendo con las condiciones de emisión establecidas en el presente convenio. Dicha garantía será devuelta dentro del plazo de 60 días hábiles administrativos, después de aprobadas las rendiciones, salvo que el Agente Operador destine los recursos a un fin diverso al acordado, en cuyo caso Sercotec queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva sin más trámite. En el caso que el Agente incurriese en alguna falta relativa a la ENTIDAD su ejecuciónrendición de fondos o no cumpla con las obligaciones contraídas, Sercotec hará efectiva la(s) garantía(s) antes indicada(s) y podrá iniciar acciones legales correspondientes. La garantía Sercotec pagará al Agente, por concepto de Cumplimiento costo de Contratolas garantías antes señaladas (fiel cumplimiento y anticipo), Garantía Adicional a hasta el monto señalado en la Garantía normativa reglamentaria de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcada instrumento.
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Samples: Transfer Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza saldo de la correcta y fiel ejecución cuenta corriente puede ser garantizado con hipoteca, prenda, fianza o cualquier otra garantía". El nuevo Código sigue los lineamientos del presente CONTRATO en todas sus partes con art. 786 del Código de Comercio, derogado por la (Registrar ley 26.994, permitiendo que el saldo deudor de la cuenta corriente, sea parcial o final, pueda ser garantido por cualquier tipo de garantía establecido personal o real, propia o de terceros. Esta factibilidad demuestra el reconocimiento implícito que hace el legislador del principio de la indivisibilidad de las partidas anotadas en la cuenta corriente, porque de lo contrario ello resultaría discutible y problemático desde el punto de vista práctico. La garantía que se constituya, será un refuerzo del saldo deudor determinado al cierre respectivo, configurando una alternativa de repago para el supuesto que ese saldo no sea abonado en la fecha predeterminada. Esta garantía del saldo eventualmente deudor no debe confundirse con la que pudiera contar alguno de los créditos admisibles en la cuenta, tal como se contempla en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre art. 1434 del mismo Código. Son dos situaciones distintas y entendemos contradictorias, conforme se considere o no como rasgo distintivo de la Entidad emisora cuenta corriente, la temática de la indivisibilidad o no de las partidas que resulten anotadas. Para el Código de Comercio derogado, la indivisibilidad era un elemento tipificante del contrato de cuenta corriente; pero el nuevo Código no se expide expresamente al respecto. La causa fuente de la garantía que se constituya, es el mismo contrato de cuenta corriente y el objeto de la garantía) , es el eventual saldo deudor que arroje el cierre de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 la cuenta en la fecha prevista, a la orden de (Registrar el nombre o razón social cargo de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcontraparte garantizada.
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Samples: Contrato De Cuenta Corriente
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones emanadas del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBCcontrato, El Contratista se obliga a presentar a La Institución Contratante las garantías siguientes: a) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. El contratista se obliga a presentar a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra Institución Contratante dentro del plazo contractual y en forma satisfactoriade OCHO DÍAS HÁBILES posteriores al recibo de éste contrato certificado por Notario, hecho una fianza o garantía bancaria o cheque certificado o de caja equivalente al QUINCE POR CIENTO (15%), del valor total del contrato, que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después garantice que cumplirá con la construcción total de la Liquidación del Contrato, juntamente con obra objeto de éste contrato en el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene plazo establecido en la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia cláusula Tercera y que será entregada y recibida a entera satisfacción de la Institución Contratante. Esta Garantía se incrementará en la misma bajo proporción en que el valor del contrato llegase a aumentar y su responsabilidadvigencia será igual al plazo contractual más CIENTO CINCUENTA DÍAS calendario, adicionales. La no presentación de ésta garantía en el plazo indicado, dará lugar a la aplicación del literal a) del Artículo 94 de la LACAP y se entenderá que El Contratista ha desistido de su oferta, sin detrimento de la acción que le compete a la institución contratante para reclamar los daños y perjuicios resultantes b) GARANTÍA DE BUENA OBRA. El SUPERVISOR llevará el control directo Contratista presentará dentro del plazo de OCHO DÍAS HÁBILES posteriores a la recepción definitiva de la vigencia de la garantía en cuanto obra ejecutada, una fianza equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%), del monto y plazofinal contratado, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.para asegurar que
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Samples: Contrato De Obra
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza A) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
1. Expedirse a favor del Centro Nacional de Control de Energía y señalar su domicilio;
2. La indicación del importe total garantizado con número y letra;
3. La referencia de que la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en fianza se otorga atendiendo a todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido las estipulaciones contenidas en el DBC) Nº emitida por (Registrar contrato y anexo técnico, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
4. La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, vigencia, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
5. El señalamiento de la denominación o nombre de la Entidad emisora "EL PROVEEDOR" y de la garantía) el institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes;
6. La condición de de 20 , con que la vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados;
7. La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
8. La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que "EL CENACE" otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de "EL PROVEEDOR", la que fue girada la garantía),por (registrar el monto liquidación debida; 9.Para efectos de la garantía señalada en forma numeral y literal) equivalente al siete esta cláusula, se deberá considerar la divisibilidad de ésta, por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas lo que en caso de incumplimiento contractual incurrido del contrato se hará efectiva por el CONTRATISTAmonto proporcional al momento de las obligaciones incumplidas de conformidad con el criterio AD-02/2011, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a emitido por la Recepción Definitiva Secretaría de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORFunción Pública.
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GARANTÍAS. El EL CONTRATISTA garantiza entregó al perfeccionamiento del contrato la correcta respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido realización automática en el DBC) Nº país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por el concepto, monto y vigencia siguiente: De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) es equivalente al siete diez por ciento (710%) del monto total del Contratocontrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. A solo requerimiento Al amparo de lo dispuesto en el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de suministro de bienes, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, el importe durante la primera mitad del número total de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso pagos a realizarse, de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAforma prorrateada, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera con cargo a ser devuelto a la Recepción Definitiva de la Obra dentro finalización del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente mismo.” De conformidad con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTAartículo 152 del Reglamento, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La no se constituirá garantía de Cumplimiento fiel cumplimiento del contrato, en contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/. 100,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de Contratoprocedimientos de selección por relación de ítems, Garantía Adicional a cuando el monto del ítem adjudicado o la Garantía sumatoria de Cumplimiento los montos de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual los ítems adjudicados no exime la responsabilidad del SUPERVISORsupere el monto señalado anteriormente.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza La Ley de Contratos del Sector Público, siguiendo el esquema de la correcta anterior normativa, pone a disposición de la Administración el sistema de garantías como medida para preservar el interés público del riesgo que pudiera derivarse de un posible incumplimiento del contratista, asegurando, al mismo tiempo, la reparación de los daños y fiel perjuicios que tal incumplimiento pueda causar a la Administración. La STS de 14 de noviembre de 1989, refiriéndose a la finalidad de las garantías, señala que: "las fianzas definitivas responden tanto de las penalidades impuestas al contratista por razón de la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con contrato, como del resarcimiento de los daños y perjuicios que el adjudicatario puede ocasionar a la (Registrar Administración, y esto tanto si se produce la resolución del contrato como si la resolución no tiene lugar, ya que el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre resarcimiento de la Entidad emisora daños por incumplimiento y la penalización derivada del mismo incumplimiento pueden convivir, puesto que se trata de conceptos distintos e independientes, dado que una cosa es la pena convenida y otra los daños y perjuicios.” Respecto de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe naturaleza jurídica de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas y si bien alguna sentencia las ha identificado con las denominadas arras penitenciales del contrato civil, la STS de 15 de diciembre de 1987, ha señalado que “A esto ha de precisarse que en modo alguno cabe identificar a los avales, modalidad de fianza admitida en la contratación administrativa, con las arras que accidentalmente pueden acompañar a un contrato civil, éstas bien como parte del precio y prueba de su celebración, o ya como garantía de su cumplimiento o medio ilícito de desligarse de él -arras confirmatorias, arras penales o penitenciales, respectivamente-, y aquéllos siempre, como fianzas que son, como garantías provisionales o definitivas a fin de asegurar el cumplimiento de sus obligaciones por quien contrata con la Administración y, al propio tiempo, como cálculo previsor mínimo de los perjuicios de ésta en caso de incumplimiento contractual incurrido de aquél". Como prueba de la seriedad de las propuestas que se efectúan por los empresarios en el CONTRATISTAprocedimiento de contratación, sin necesidad al tiempo que como elemento a tomar en consideración acerca de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera la solvencia económica de los mismos, la Ley de Contratos, establece las denominadas garantías provisionales, que son aquéllas que habrán de prestarse en el momento de presentación de las propuestas y con carácter previo a la Recepción Definitiva determinación de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecuciónoferta más ventajosa. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.provisional pretende un doble objetivo:
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Samples: Contract
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza beneficiario deberá entregar las siguientes garantías, de conformidad a lo señalado en los párrafos siguientes:
a) Garantía por anticipos: Con anterioridad al desembolso del subsidio, o de cada cuota de éste, según corresponda, se deberá entregar, por el beneficiario, a satisfacción y en favor de InnovaChile, cauciones consistentes, ya sea en vales vista, boletas de garantía bancaria pagadera a la correcta y fiel vista, depósitos a plazo, pólizas de seguro de ejecución inmediata o a primer requerimiento, o Certificados de Fianza otorgados por Instituciones de Garantía Recíproca, con el fin de garantizar el total de los montos de los recursos anticipados provenientes del subsidio. La glosa de dicho instrumento de garantía, en caso de que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que su objetivo consiste en “garantizar el correcto uso del anticipo otorgado por el Comité InnovaChile, para la ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes proyecto (señalando la denominación del proyecto y su código)”, debiendo tener una vigencia de por lo menos 3 (tres) meses sobre la fecha de entrega del informe de avance y/o final, de acuerdo con la (Registrar el tipo de garantía calendario establecido en la cláusula duodécima del presente convenio. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre respectivo informe y rendición de cuentas correspondiente. Para la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto devolución de la garantía correspondiente al último o único desembolso, además de la aprobación del Informe Final o de Cierre y rendición correspondiente, se requerirá la restitución total de los saldos observados, no gastados y no rendidos del subsidio. El correcto uso del anticipo implica, además de la realización de gastos que sean pertinentes con los objetivos del proyecto y con las normas que regulan su uso contenidas en forma las bases y en el presente convenio de subsidio, la obligación de usar el subsidio respetando el porcentaje máximo de cofinanciamiento aprobado, de acuerdo con las reglas señaladas en el último párrafo de la cláusula sexta precedente y en el numeral 11.4.2 de las Bases Administrativas Generales.
b) Garantía por fiel cumplimiento del convenio: Con anterioridad a la entrega del subsidio, o de la primera cuota de éste, según corresponda, el beneficiario, deberá, además, entregar una caución de igual naturaleza a las anteriormente señaladas para garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por un monto de, a lo menos, 30 U.F. (treinta unidades de fomento). La glosa de este instrumento, en caso de que por su naturaleza la contemple, deberá expresar que se otorga para “garantizar el fiel cumplimiento del convenio de subsidio por parte del beneficiario (individualizarlo), referente al proyecto (nombre del proyecto y literalcódigo)”. Esta garantía tendrá por fin cautelar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el convenio de subsidio, y deberá tener una vigencia de, por lo menos, 3 (tres) equivalente al siete meses sobre la fecha de presentación del informe final. Esta garantía será devuelta una vez que InnovaChile apruebe dicho informe y se acredite el cumplimiento de todas las obligaciones. Los documentos de garantía – por ciento anticipo y/o fiel cumplimiento del convenio - deberán entregarse dentro del plazo de 30 (7%treinta) del monto total del Contrato. A solo días hábiles, contados desde su requerimiento por parte de InnovaChile. Antes de la ENTIDADfecha de vencimiento de este plazo, el importe beneficiario podrá solicitar fundadamente a InnovaChile la prórroga de hasta 30 (treinta) días hábiles. Si transcurridos los plazos señalados o su prórroga, no se ha presentado cualquiera de los documentos de garantía, debiendo hacerlo, InnovaChile tendrá por desistida la postulación, o pondrá término anticipado al convenio, según corresponda. Asimismo, la no renovación oportuna de cualquiera de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas a requerimiento de InnovaChile la facultará para ejecutar aquellas que se encuentren vigentes y para poner término anticipado al convenio. Se entenderá que la renovación es “oportuna” cuando los documentos de garantía son recibidos a conformidad de InnovaChile, al menos, con 3 (tres) días hábiles de anticipación al vencimiento de aquel/los que obran en poder del Comité. Los documentos de garantía mencionados podrán ser otorgados, además, por terceros, previa aceptación de InnovaChile, mencionando en la glosa de éstos, si correspondiere según su naturaleza, que garantizan al beneficiario (que deberá individualizarse) por “el correcto uso del anticipo del subsidio entregado” (en el caso de la garantía por anticipos), o por “el fiel cumplimiento del convenio de subsidio” (en el caso de la garantía por fiel cumplimiento). Si el beneficiario es un órgano integrante de la Administración del Estado, no se le exigirá la entrega de garantías. Sin perjuicio de lo anterior, InnovaChile ejercerá las acciones administrativas, extrajudiciales y judiciales correspondientes, ante la existencia de cualquier saldo requerido, pendiente de devolución, en el contexto de ejecución de un proyecto ante el Comité. Se deja constancia que la garantía por anticipo no reviste el carácter de cláusula penal, por lo que, en caso de incumplimiento contractual incurrido por que su cobro no permita recuperar los recursos anticipados que deban ser restituidos, InnovaChile podrá ejercer las acciones que corresponda para lograr el CONTRATISTA, sin necesidad reintegro del total de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORdichos fondos.
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Samples: Convenio De Subsidio
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes En los procedimientos de adquisición, de conformidad con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 48 de la Entidad emisora Ley, el proveedor garantizará: a) El anticipo que en su caso reciba y b) El cumplimiento del contrato. Las garantías se otorgarán a favor de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 Tesorería del INCA Rural, a la orden través de (Registrar el nombre fianza o mediante cheque de caja.
3.4.1. Garantía de cumplimiento a través de fianza.
a) Número de pedido o contrato, fecha de firma y especificaciones de las obligaciones garantizadas;
b) Importe total garantizado con número y letra;
c) Nombre, denominación o razón social del proveedor;
d) Xxxxxxx de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el pedido o contrato;
e) Estipular que para cancelar la fianza, será requisito indispensable contar con la constancia de cumplimiento total y a satisfacción de las obligaciones contractuales, emitida por el Departamento de Recursos Materiales del INCA Rural;
f) Contemplar que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la ENTIDAD a la obligación que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral garantice y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas continuará vigente en caso de incumplimiento contractual incurrido que se otorgue prórroga al cumplimiento del pedido o contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y
g) Definir que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. En caso de otorgamiento de prórrogas al proveedor para el CONTRATISTAcumplimiento de sus obligaciones derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, sin necesidad se deberá realizar la modificación correspondiente a la fianza, ésta se hará constar en un documento adicional que expedirá la afianzadora y formará parte de ningún trámite o acción judicialla póliza de fianza. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo del proveedor y éste efectúe la totalidad del pago en forma incondicional, el INCA Rural deberá cancelar la fianza respectiva. Si se procediera requiriera hacer efectivas las fianzas por incumplimiento del proveedor, los titulares de las áreas requirentes o sus superiores jerárquicos inmediatos, deberán remitir al Departamento de Recursos Materiales, el dictamen en el cual se decrete el incumplimiento. Lo anterior, para que dicho Departamento remita a la Recepción Definitiva DGAPA la solicitud para la reclamación de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después fianza.
3.4.2. Garantías de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado cumplimiento a través de Cumplimiento cheque de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcaja.
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GARANTÍAS. Todas las especificaciones de calidad y demás condiciones requeridas por AUDI a través de la Orden de Compra, constituyen las características que deberán ser garantizadas por el Contratista. El CONTRATISTA garantiza Periodo de Garantía de Calidad se contará a partir de la correcta Entrega Recepción, acorde a la legislación vigente y fiel ejecución del presente CONTRATO aplicable, salvo que se haya acordado por escrito entre las Partes un período distinto. Estas condiciones y plazos resultan igualmente aplicables a las entregas que realice el Contratista por concepto de reemplazo de los bienes y/o servicios por eliminación de defectos, en todas sus partes con la (Registrar cuyo caso se considerará el tipo plazo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre a partir de la Entidad emisora recepción de los reemplazos. En caso de retrabajos, el Periodo de Garantía de Calidad se prolongará por el tiempo transcurrido entre la garantíaeliminación de defectos y la conclusión de los retrabajos.
17.1 Toda consecuencia económica derivada de las situaciones deberá ser previamente acordada entre AUDI y el Contratista. En el caso de que AUDI reclame al Contratista por bienes y/o servicios que tengan desviaciones, defectos y/o vicios, los importes exigidos al Contratista incluirán todos los costos tanto en mano de obra como de Materiales, empaque y transporte, etc., que se hayan utilizado para reparar el reclamo. El Contratista podrá presentar los alegatos que estime pertinentes, únicamente dentro de los 30 (treinta) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , DÍAS siguientes a la orden recepción de (Registrar dicha notificación al Contratista.
17.2 Queda convenido por las Partes que los reportes de prueba de calidad o incluso la aceptación o recepción de AUDI de los bienes y/o servicios provistos, no afectarán de manera alguna el nombre o razón social derecho de AUDI para demandar la ENTIDAD garantía otorgada por el Contratista.
17.3 Las Partes podrán acodar en cualquier momento convenios de garantía específicos, que quedarán considerados como Documentación relacionada a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto Orden de la Compra referente con dicho convenio de garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido específicamente.
17.4 El Contratista será responsable ante AUDI por el CONTRATISTAbien y/o servicio que le suministre, sin necesidad independientemente de ningún trámite que para su elaboración y/o acción judicialejecución hubiese adquirido bienes de terceros y/o subcontratado a estos. Si se procediera a la Recepción Definitiva En consecuencia, deberá celebrar los contratos u órdenes de la Obra dentro del plazo contractual compra con dichos terceros, estableciendo los términos y en forma satisfactoria, hecho condiciones que se hará constar mediante garanticen el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después cumplimiento de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.las
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Samples: Construction Contract
GARANTÍAS. Garantía del CONCEDENTE a favor del CONCESIONARIO El CONTRATISTA garantiza la correcta CONCEDENTE realizará todas las gestiones y fiel ejecución del presente CONTRATO coordinaciones que fueren pertinentes para que, en todas sus partes con la (Registrar el tipo virtud de garantía establecido lo dispuesto en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 4° de la Entidad emisora Ley N° 26885 “Ley de Incentivos a las Concesiones de Obras de Infraestructura y de Servicios Públicos”; el Poder Ejecutivo expida el Decreto Supremo al que se refiere el artículo 2° del Decreto Ley N° 25570, Norma Complementaria al Decreto Legislativo N° 674, modificado por el artículo 6° de la garantía) Ley N° 26438, por el de de 20 , con vigencia hasta cual el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social Estado de la ENTIDAD a República del Perú respalda las declaraciones, obligaciones y seguridades del CONCEDENTE establecidas en la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total cláusula 3.3.2 del Contrato. A solo requerimiento El CONCEDENTE garantiza la transferencia fiduciaria de los fondos destinados al Fideicomiso de manera completa y oportuna de conformidad con los términos establecidos en el Anexo 16. El CONCEDENTE garantiza que CORPAC cumplirá con ejecutar las actividades delegadas por la ENTIDADDirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) en cumplimiento de la normativa aplicable en lo que respecta a la Seguridad Operacional (safety) y la Seguridad de la Aviación (security), conforme a la normativa aplicable. . El CONCEDENTE garantiza al CONCESIONARIO que, en el supuesto que a la Toma de Posesión existieran bienes obsoletos o en desuso que pudieran generar impactos ambientales, se compromete a retirarlos y asumir el gasto que tal retiro genere. En el caso que el CONCEDENTE no cumpla con retirar los referidos bienes de un aeropuerto determinado, el importe CONCESIONARIO podrá subrogarse en el CONCEDENTE y proceder al retiro de las garantías citadas anteriormente dichos bienes, en cuyo caso los gastos incurridos en dicha actividad serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido reembolsados por el CONTRATISTA, sin necesidad CONCEDENTE contra la presentación de ningún trámite o acción judiciallos documentos que acrediten dichos gastos. Si se procediera Corresponderá a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual OSITRAN establecer el procedimiento y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORplazos para tal efecto.
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Samples: Concession Agreement
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza De acuerdo a lo establecido en el artículo 69 de la correcta LEY, quienes participen en una Licitación Pública deberán garantizar a favor de RADIO Y TELEVISIÓN DE AGUASCALIENTES, lo siguiente. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Con el fin de garantizar el cumplimiento de todas y fiel ejecución cada una de las obligaciones que se contraerán entre la convocante y el proveedor adjudicado y de acuerdo con lo que establece el artículo 69 de la LEY, el proveedor adjudicado presentará a RyTA, dentro de los diez días naturales posteriores a la firma del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar contrato correspondiente, fianza otorgada por Institución autorizada debiendo precisar cantidad y el tipo de servicio a garantizar; o una garantía establecido idónea (siempre que sea de las contempladas en el DBCartículo 63 del Código Fiscal del Estado de Aguascalientes) Nº emitida por (Registrar para garantizar el nombre cumplimiento de dicho contrato, misma que en términos del artículo 70 de la Entidad emisora LEY, exhibirá a favor de RADIO Y TELEVISIÓN DE AGUASCALIENTES, por la garantía) cantidad equivalente al 10% del monto total adjudicado, incluyendo el de de 20 I.V.A., con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar cuyo importe constituirá el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente reclamación con cargo al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento medio de garantía, por la ENTIDAD, cantidad equivalente. Cabe señalar que el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva cumplimiento de la Obra dentro entrega del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después servicio no exime al proveedor adjudicado de la Liquidación del Contrato, juntamente cumplir con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia entrega de la misma bajo su responsabilidadgarantía. El SUPERVISOR llevará Lo anterior con fundamento en lo previsto por el control directo artículo 69 fracción II y párrafo tercero de la LEY. (Anexo I) Dicho medio de garantía tendrá vigencia hasta el total cumplimiento de las obligaciones que se consignen en el contrato y se hará efectiva cuando el Proveedor no entregue el servicio al amparo de la presente LICITACIÓN a entera satisfacción de los entes requirentes en el plazo estipulado, así como por no cumplir con cualquier otra obligación a su cargo consignada en el contrato correspondiente. Así mismo la garantía referida estará vigente aún durante la substanciación de los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en cuanto al monto y plazorazón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. De igual forma la garantía permanecerá en vigor aún en los casos en que RyTA, a efectos través de requerir los entes requirentes representados por su ampliación al CONTRATISTADirector General Administrativo o su equivalente, otorgue prórrogas o solicitar esperas a el PROVEEDOR para el cumplimiento de sus obligaciones. En caso de que el proveedor incumpliese en la entrega o no entregue de acuerdo a la ENTIDAD su ejecución. La cantidad, calidad, tiempo de entrega y especificaciones técnicas del servicio adquirido, se hará efectiva la garantía por concepto de Cumplimiento cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORcontrato.
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Samples: Licitación Pública Nacional
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Los oferentes o los adjudicatarios deberán constituir garantías:
a) De mantenimiento de la correcta y fiel ejecución oferta: CINCO POR CIENTO (5%) del presente CONTRATO en todas sus partes valor total de la oferta, sin I.V.A.,conjuntamente con la (Registrar presentación de la oferta, caso contrario se desestimará la misma. En el tipo caso de cotizar con alternativas, la garantía establecido se calculará sobre el mayor valor propuesto. En los casos de licitaciones y concurso de etapa múltiple la garantía de mantenimiento de la oferta, será establecida en un monto fijo en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre Pliego de Bases y Condiciones Particulares. En los casos de procedimientos de selección en los que se utilice la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la modalidad orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar compra abierta el monto de la garantía en forma numeral de mantenimiento de la oferta se calculará aplicando el CINCO POR CIENTO (5%) sobre el importe que surja de la multiplicación entre la cantidad máxima solicitada y literalel precio unitario cotizado. En los procedimientos de Licitaciones o Concursos con Doble Sobre el monto será establecido por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
b) equivalente al siete por ciento De cumplimiento del contrato: DIEZ POR CIENTO (710%) del monto valor total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra adjudicación sin I.V.A, dentro del término de OCHO (8) días hábiles de recibida la orden de compra. Vencido dicho plazo, se rescindirá el contrato con la pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta. El adjudicatario podrá eximirse de presentar la garantía de cumplimiento del contrato satisfaciendo la prestación dentro del plazo contractual y fijado en forma satisfactoriael párrafo anterior, hecho que salvo el caso de rechazo de los bienes. En este supuesto el plazo para la integración se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después contará a partir de la Liquidación comunicación fehaciente del Contratorechazo. Los bienes rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de sin que previamente se integre la garantía que corresponda.
c) Contragarantía: por el equivalente de los montos que reciba el adjudicatario como adelanto en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, aquellas contrataciones en que los Pliegos lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORpreviesen.
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GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza A) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
1. Expedirse a favor del Centro Nacional de Control de Energía y señalar su domicilio;
2. La indicación del importe total garantizado con número y letra;
3. La cancelación de la correcta garantía (cheque) procederá una vez que "EL CENACE" otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y fiel ejecución obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de "EL PROVEEDOR", la liquidación debida;
4. Para efectos de la garantía señalada en esta cláusula, se deberá considerar la divisibilidad de ésta, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por el monto proporcional al momento de las obligaciones incumplidas de conformidad con el criterio AD-02/2011, emitido por la Secretaría de la Función Pública. De no cumplir con dicha entrega, "EL CENACE" podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la "LAASSP". La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de "EL PROVEEDOR", derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que "EL CENACE" reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de incremento al monto del presente CONTRATO instrumento jurídico o modificación al plazo, "EL PROVEEDOR" se obliga a entregar a "EL CENACE" dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del "RLAASSP", los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en todas sus partes con el documento la (Registrar estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente. "EL PROVEEDOR" acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente. El trámite de liberación de garantía se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de "EL CENACE", de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del "RLAASSP". Considerando que en la prestación de "LOS SERVICIOS", cuando aplique se haya previsto un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre artículo 48 último párrafo de la Entidad emisora de la garantía) "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el de de 20 tercer párrafo del artículo 86 del "RLAASSP". Para este caso, con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto máximo de la garantía en forma numeral y literallas penas convencionales por atraso que se puede aplicar será del 10 (diez) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por contrato, de “LOS SERVICIOS” no entregados oportunamente en la ENTIDADfecha convenida, de conformidad con lo establecido en el importe tercer párrafo del artículo 96 del "RLAASSP".
B) Póliza de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORResponsabilidad Civil.
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Samples: Suministro De Pipas De Agua Potable
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución licitante al que se le adjudique el contrato respectivo deberá garantizar:
A. Aplicación del presente CONTRATO en todas sus partes anticipo.
1. Se expide de conformidad con la (Registrar el tipo Ley de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.
2. Se otorga a favor de la Entidad emisora Tesorería de la garantíaFederación, por la cantidad de $_ _ (con letra) el de de 20 correspondiente al 100% (cien por ciento), con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratoanticipo.
3. A solo requerimiento por La fianza garantiza la ENTIDAD, el importe debida aplicación del anticipo de acuerdo con todas y cada una de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas obligaciones a cargo del contratista atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este contrato y sus anexos.
4. En caso de incumplimiento contractual incurrido por otorgamiento de prórrogas o esperas al contratista para el CONTRATISTAcumplimiento de sus obligaciones, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva derivadas de la Obra dentro formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo de ejecución del plazo contractual y en forma satisfactoriacontrato, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después este deberá exhibir la modificación correspondiente de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contratofianza.
5. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de La vigencia de la misma bajo fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo objetivo, de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDADvigencia, lo cual no exime debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos.
6. Esta garantía estará vigente durante la responsabilidad substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del SUPERVISORplazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. Asimismo, esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “El Tribunal” otorgue prórroga o esperas a “el contratista” para el cumplimiento de sus obligaciones.
7. La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
8. Para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito del Tribunal.
9. La afianzadora se somete a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de México, Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
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Samples: Licitación Pública Nacional
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza Garantía Provisional.-3% del presupuesto base referido a la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con totalidad de las anualidades: 120,00 €. Se justifica la (Registrar el tipo exigencia de garantía establecido provisional en el DBC) Nº emitida por (Registrar fin de evitar posibles fraudes mediante la retirada de ofertas, intentando que el nombre licitador mantenga la oferta hasta la adjudicación. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las ofertas hasta la adjudicación del contrato. Para el licitador que resulte adjudicatario, la garantía provisional responderá también del cumplimiento de las obligaciones; podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 TRLCSP. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la Entidad emisora de adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía) el de de 20 , con vigencia garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta el de de 20 , que proceda a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto constitución de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratodefinitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. A solo requerimiento por la ENTIDAD, El adjudicatario podrá aplicar el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera la garantía provisional a la Recepción Definitiva definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la Obra dentro definitiva. - Garantía definitiva.- El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de garantía definitiva; podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después Texto Refundido de la Liquidación Ley de Contratos del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de ContratoSector Público. EL CONTRATISTA, tiene Tal garantía se fija en la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia cantidad equivalente al 5% del importe de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar adjudicación referido a la ENTIDAD su ejecucióntotalidad de las anualidades: 200,00 €. La garantía definitiva responderá de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional los siguientes conceptos: De los gastos originados a la Garantía Administración por la demora del contratista en el cumplimiento de Cumplimiento de Contrato sus obligaciones, y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la Unidad Administrativa ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución. De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato. La garantía definitiva no será devuelta o cancelada hasta que se produzca el cumplimiento del contrato o hasta que se declare la ENTIDADresolución de éste sin culpa del contratista. Aprobada la liquidación del contrato, lo cual si no exime resultaren responsabilidades, se devolverá la responsabilidad del SUPERVISORgarantía constituida o se cancelará el aval o seguro de caución en el plazo de dos meses.
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Samples: Contrato Administrativo Especial
GARANTÍAS. No se exige garantía provisional. El CONTRATISTA garantiza adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA, que será constituida en la correcta y fiel ejecución forma establecida en el art. 96 del presente CONTRATO TRLCSP. En cuanto a la definición del importe de adjudicación, magnitud necesaria para determinar la base a la cual se deba aplicar en todas sus partes con 5%, se estará a dispuesto por la (Registrar Junta Consultiva de Contratación en su Informe 28/09 de 1 de febrero de 2010. Dicho informe establece que a efectos de determinar la cuantía de la garantía se deberá tener en el tipo tiempo de duración del contrato inicialmente previsto, sin incluir las prórrogas. El plazo para la constitución de la mencionada garantía será el establecido en el DBC) Nº emitida art. 151.2 del TRLCSP y será depositada en la Tesorería municipal. Esta garantía se constituirá por cualquiera de los medios previstos en los artículos 96 y 98 del TRLCSP, en las condiciones previstas en su artículo 97. El depósito en metálico podrá efectuarse mediante ingreso en cuenta bancaria. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. A estos efectos no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo conforme a lo señalado en el Capítulo II del Título III del Libro I del TRLCSP. La garantía responderá de los siguientes conceptos: De las penalidades impuestas al contratista conforme al artículo 212 TRLCSP (Registrar Ejecución defectuosa y demora). De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el nombre contrato, de los gastos originados a la Administración por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la Entidad emisora ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución. De la incautación que puede decretarse en los caso de resolución del contrato, de acuerdo con lo que en él o en la ley esté establecido. Para hacer efectiva la garantía, la Administración contratante tendrá preferencia sobre cualquier otro acreedor, sea cual fuere la naturaliza del mismo y el título del que derive su crédito. Cuando la garantía no sea bastante para cubrir las responsabilidades a las que está afecta, la Administración procederá al cobro de la diferencia mediante el procedimiento administrativo de apremio, con arreglo a lo establecido en las normas de recaudación. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del contratista. Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, si no resultasen responsabilidades, se devolverá la garantía constituida o se cancelará el aval o seguro de caución. El acuerdo de devolución deberá adoptarse y notificarse al interesado en el plazo de dos meses desde la finalización del plazo de garantía. Transcurrido el mismo, la Administración deberá abonar al contratista la cantidad adeudada incrementada con el interés legal del dinero correspondiente al período transcurrido desde el vencimiento del citado plazo hasta la fecha de la devolución de la garantía) , si ésta no se hubiera hecho efectiva por causa imputable a la Administración. En el supuesto de recepción parcial sólo podrá el contratista solicitar la devolución o cancelación de 20 la parte proporcional de la garantía. Transcurridos seis meses desde la fecha de terminación del contrato sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, con vigencia hasta el de de 20 se procederá, sin más demora, a la orden de (Registrar el nombre devolución o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe cancelación de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera una vez depuradas las responsabilidades a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante refiere el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORartículo 88.
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Samples: Contract for Services
GARANTÍAS. Se establece una garantía definitiva que deberá constituir el adjudicatario del cinco por ciento del importe de adjudicación, excluido el impuesto sobre el valor añadido, calculado para la totalidad de la duración del contrato, y se formalizará de cualquiera de las formas previstas legalmente, cancelándose ésta al año siguiente de la fecha término del contrato. El CONTRATISTA garantiza licitador que hubiera presentado la correcta oferta económicamente más ventajosa deberá constituir garantía definitiva del 5% del importe por ciento de precio de adjudicación, calculado para la totalidad de la duración del contrato, la cual se podrá constituir de cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 TRLCSP:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y fiel ejecución del presente CONTRATO los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en todas la Caja General de Depósitos o en sus partes sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la (Registrar el tipo forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía establecido recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior. Dicha constitución de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra deberá acreditar dentro del plazo contractual xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de presentación de la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor. Dicha garantía responderá de las responsabilidades derivadas de la ejecución del contrato y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante general de las establecidas en el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORartículo 100 TRLCSP.
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Samples: Exploitation Contract
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo oferente deberá constituir garantías de:
a) Mantenimiento de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete Oferta: cinco por ciento (75%) del monto total del Contratode la Oferta (IVA incluido). A solo requerimiento por la ENTIDAD, En el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido cotizar con descuentos o alternativas o variantes, la garantía se calculará, sobre el mayor monto presupuestado. En caso de corresponder:
b) Contragarantía: por el CONTRATISTA, sin necesidad equivalente a los montos que reciba el Adjudicatario como adelanto de ningún trámite o acción judicialfondos en los casos que así se estableciera. Si se procediera a El adjudicatario deberá constituir garantía de:
c) Cumplimiento de contrato: debiendo ser equivalente al diez por ciento (10%) del valor adjudicado. Simultáneamente con la Recepción Definitiva emisión de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después OC y/o de la Liquidación firma del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de ContratoAdjudicatario deberá afianzar su cumplimiento mediante una garantía. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera Si el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de Adjudicatario no integrara la garantía de cumplimiento del contrato, EANA podrá rescindirlo, en cuanto al monto y plazocuyo caso el Adjudicatario perderá la garantía de mantenimiento de oferta. Es facultad exclusiva de EANA proceder en esta forma o acordar, a efectos si mediaren razones atendibles, un plazo adicional para integrar la garantía de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecucióncumplimiento del contrato. La garantía de Cumplimiento cumplimiento de Contratocontrato será devuelta una vez vencido el contrato, Garantía Adicional en caso de fiel cumplimiento en tiempo y forma de cada una de las obligaciones resultantes de esta contratación, a entera satisfacción de EANA. La constitución de las garantías podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas: certificado de depósito bancario (admisible únicamente para el caso de garantía de impugnación), fianza bancaria, póliza de seguro de caución y/o cheque certificado, de acuerdo a lo detallado en el Artículo 11° del PCG. EANA no abonará intereses por los depósitos de valores otorgados en garantía. Los intereses que devengaren los mismos pertenecen a sus depositantes, en la medida que se hubiere dado cumplimiento al objeto que dio origen a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia constitución de la Unidad Administrativa garantía. Todos los gastos en que haya incurrido el Oferente para la constitución de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORlas garantías serán a su exclusivo costo y cargo.
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Samples: Contratación Directa Por Excepción
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO en todas sus partes con la (Registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 , con vigencia hasta el de de 20 licitante, a la orden fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, y para responder de los defectos, vicios ocultos y calidad del servicio proporcionado; así como de cualquier otra responsabilidad, deberá presentar póliza de fianza conforme a lo siguiente: La póliza de fianza deberá ser expedida por institución afianzadora mexicana autorizada en los términos de La Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, por un importe equivalente a un 10% (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete diez por ciento (7%ciento) del monto total del Contrato. A solo requerimiento por la ENTIDADinstrumento jurídico adjudicado antes de IVA, el importe a favor del Servicio Geológico Mexicano; cuya póliza deberá entregarse dentro de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera los 10 (diez) días naturales siguientes a la Recepción Definitiva firma del contrato. De no cumplir con dicha entrega, “El SGM” podrá determinar la rescisión del instrumento jurídico respectivo y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60, fracción III de “La Ley”. La póliza de fianza debe otorgarse en estricto apego al Anexo Doce de esta Convocatoria. Asimismo podrá presentar como garantía de cumplimiento de contrato cheque certificado o de caja. En el supuesto de que no se presente la Obra garantía de cumplimiento de contrato dentro del plazo contractual y señalado, “El SGM” iniciará el procedimiento de rescisión administrativa del instrumento jurídico respectivo, en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después los términos de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución“La Ley”. La garantía de Cumplimiento cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía ninguna manera será considerada como una limitación de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISOR.proveedor, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el instrumento jurídico respectivo, y de ninguna manera impedirá que “El SGM” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que puede exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de incremento al monto del instrumento jurídico respectivo o modificación al plazo, el proveedor se obliga a entregar a “El SGM” al momento de la formalización respectiva los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la fianza otorgada inicialmente. El licitante acepta expresamente que la fianza expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial. En caso de propuestas conjuntas, la garantía de cumplimiento del instrumento jurídico respectivo se presentará en un sólo instrumento que deberá cubrir los requerimientos de “El SGM”, establecidos en el Anexo Doce de esta Convocatoria. Para efecto de la liberación de la fianza respectiva, una vez concluida la vigencia del contrato y cumplidas las obligaciones correspondientes, el licitante deberá presentar solicitud a la Gerencia Regional Norte (Chihuahua), que previa verificación con el área requirente, dará al proveedor su autorización por escrito para que proceda a recuperar y en su caso liberar la póliza de la fianza correspondiente, de conformidad con lo señalado en el texto de la misma; siempre y cuando éste acredite haber cumplido con la condición pactada en dicho contrato y a entera satisfacción de “El SGM”. La garantía de cumplimiento del contrato, se podrá hacer efectiva por “El SGM”, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa en alguno de los siguientes casos:
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Samples: Licitación De Servicios
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO 1. En atención ás circunstancias concorrentes no contrato poderase exixir para participar na contratación, segundo o establecido no punto 18 do cadro de especificacións, a cons- titución dunha garantía provisional, nas formas e nos termos establecidos no artigo 103 do TRLCSP. A garantía provisional extinguirase automaticamente e sera- lles devolta aos licitadores logo da adxudicación do con- trato, non sendo a do licitador cuxa proposición fose selec- cionada para a adxudicación como economicamente máis vantaxosa, a cal será retida ata que proceda á constitución da garantía definitiva. A garantía provisional poderalles ser incautada ás empresas que retiren inxustificadamente a súa proposición antes da adxudicación.
2. O licitador que presentase a oferta economicamente máis vantaxosa estará obrigado a constituír a garantía defi- nitiva, polo importe establecido no punto 19 do cadro de especificacións, no prazo de dez xxxx hábiles, que se con- xxxx desde o seguinte ao da recepción do requirimento da documentación da alínea 7 da cláusula décimo primeira. No caso de tramitación urxente este prazo reducirase a cinco xxxx. A garantía definitiva devolverase ou cancelarase consonte o disposto no artigo 102 do TRLCSP, en todas sus partes con la (Registrar el tipo todo caso, logo de transcorrido o prazo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida da subministración.
3. Poderase exixir no punto 20 do cadro de especificacións a constitución de garantía complementaria.
4. As garantías poderanse prestar por (Registrar el nombre algún dos medios regu- lados no artigo 96 do TRLCSP, e depositaranse ou, xx x x xxxx, acreditarase a súa constitución na Dirección de la Entidad emisora de la garantía) el de de 20 Inter- vención Xeral e Asuntos Económicos do Parlamento.
5. A garantía definitiva e, con vigencia hasta el de de 20 xx x x xxxx, a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contratocomple- mentaria estarán afectas ás responsabilidades enumeradas no artigo 100 do TRLCSP.
6. A solo requerimiento por la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en No caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTAse constituír garantía mediante aval, sin necesidad de ningún trámite deberase cubrir este segundo o acción judicial. Si se procediera a la Recepción Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho modelo que se hará constar achega no anexo III.
7. No caso de que os licitadores xxxxx uso da facultade que lles concede o artigo 96.3 do TRLCSP, e acrediten a consti- tución da garantía mediante el Acta correspondientemedios electrónicos, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la deberán remitirlle ao Parlamento o documento orixinal da devandita garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. La garantía de Cumplimiento de Contrato, Garantía Adicional a la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, lo cual no exime la responsabilidad del SUPERVISORantes da adxudicación do contrato.
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Samples: Contract for the Supply and Technological Update of Software
GARANTÍAS. El CONTRATISTA garantiza En forma previa a la correcta y fiel ejecución del presente CONTRATO suscripción de los contratos derivados de los procedimientos establecidos en todas sus partes con este pliego, se deberán presentar las siguientes garantías: La garantía de seriedad de la (Registrar el tipo de garantía establecido oferta en el DBCproceso precontractual se rendirá por un valor de Ciento Cincuenta mil con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 150.000,00) Nº para garantizar el compromiso del oferente en su propuesta y que por la cual garantiza y acepta las condiciones de adjudicación en caso de resultar adjudicado. La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá ser a la vista, a nombre del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Manta, y deberá cumplir con las condiciones de incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, la misma deberá ser emitida por (Registrar una institución bancaria, financiera, por una aseguradora o una compañía afianzadora. Si la institución que emite la garantía es extranjera, deberá tener una institución financiera corresponsal en el Ecuador debidamente calificada por el organismo correspondiente, que permita hacer efectiva dicha garantía. En cualquier caso, la Garantía de Seriedad de la Oferta deberá incluir el nombre completo del Oferente, dirección, nombre y código de la Entidad emisora licitación. La Garantía permanecerá válida por un período de 30 días posteriores a la fecha límite de la garantía) el validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde. La garantía de 20 , con vigencia hasta el de de 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD a la que fue girada la garantía),por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal) equivalente fiel cumplimiento se rendirá por un valor igual al siete cinco por ciento (75%) del monto total del Contrato. A solo requerimiento contrato, la misma deberá tener las condiciones de: incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por una institución bancaria, financiera, por una aseguradora o una compañía afianzadora, la ENTIDAD, el importe de las garantías citadas anteriormente serán ejecutadas en caso de incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial. Si se procediera que deberá ser presentada previo a la Recepción Definitiva suscripción del contrato y deberá tener vigencia hasta la recepción definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dichas garantías serán devueltas después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL CONTRATISTA, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONTRATISTA, o solicitar a la ENTIDAD su ejecuciónobra. La garantía de Cumplimiento buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al determinado y previsto en el presente pliego, que respalde la totalidad del monto recibido por este concepto, misma que deberá ser bancaria y cumplir las condiciones de: incondicional, irrevocable y de Contratocobro inmediato, Garantía Adicional otorgada por un banco o institución financiera establecidos en el país o por intermedio de ellos, y deberá ser presentada previo a la Garantía entrega del mismo. El valor que por concepto de Cumplimiento anticipo otorgará la entidad contratante al contratista, no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto adjudicado. El valor será depositado en una cuenta exclusiva para el objeto de Contrato y este contrato, que el contratista abrirá en un banco estatal o en uno privado de Correcta Inversión propiedad del Estado. El contratista, en forma previa a la suscripción del contrato como parte de Anticipolos documentos habilitantes para la elaboración del mismo, estarán bajo custodia deberá presentar un certificado de la Unidad Administrativa institución bancaria de la ENTIDADcuenta en la cual serán depositados los valores correspondientes al anticipo y posteriores pagos. El contratista deberá autorizar expresamente en el contrato el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo recibido. El administrador del contrato o el fiscalizador designado por la entidad contratante verificará mensualmente, lo cual no exime previo a la responsabilidad aprobación y pago de las correspondientes planillas, que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente a la ejecución contractual. El monto del SUPERVISORanticipo entregado por la entidad será devengado proporcionalmente al momento del pago de cada planilla mensual hasta la terminación del plazo contractual inicialmente estipulado y constará en el cronograma pertinente que es parte del contrato. Las garantías técnicas serán presentadas en el caso de que la obra materia del procedimiento de contratación contemple la provisión o instalación de equipos. Se exigirá, además al momento de la suscripción del contrato y como parte integrante del mismo, una garantía del fabricante, representante, distribuidor o vendedor autorizado, la que se mantendrá vigente de acuerdo con las estipulaciones establecidas en el contrato. Estas garantías son independientes y subsistirán luego de cumplida la obligación principal. Cualquiera de estas garantías entrará en vigencia a partir de la entrega recepción del bien. La entidad contratante podrá requerir los seguros o condiciones de protección para las personas que presten sus servicios en la ejecución de las obras, en la elaboración, transporte, entrega y colocación de bienes y en cualquier tipo de prestación de servicios, que considere pertinentes. La contratante, adicionalmente, podrá solicitar validación del representante legal de la entidad emisora acerca de la legalidad de la póliza correspondiente. La garantía de buen uso se devolverá cuando éste sea devengado en su totalidad. La garantía de fiel cumplimiento se devolverá al momento de la entrega recepción definitiva, real o presunta.
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