CONDICIONES DEL ARRENDAMIENTO. El arrendamiento comprenderá los siguientes conceptos:
CONDICIONES DEL ARRENDAMIENTO. Son obligaciones que asume el arrendatario, las siguientes:
CONDICIONES DEL ARRENDAMIENTO. Será de cargo del adjudicatario en arrendamiento el pago de todos los gastos ordinarios de Comunidad que correspondan a cada parcela adjudicada, correspondiendo al Ayuntamiento xx Xxxxxxxx el pago de los gastos extraordinarios. Asimismo, será de cargo de cada persona adjudicataria el pago del IVA correspondiente a la renta y el pago de cualquier otro impuesto indirecto que grave el pago de la renta. Será de cargo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx el pago del IBI. La renta ofertada será actualizada anualmente en función de la variación del IPC general publicada por el INE en el mes correspondiente al de la firma del contrato, que corresponderá al mes precedente. La no actualización de la renta no implicará renuncia a los importes correspondientes, ya que podrá llevarse a cabo con efecto retroactivo, salvo renuncia expresa y escrita del Ayuntamiento. En caso de desahucio por incumplimiento del contrato o por extinción del mismo, la persona arrendataria deberá pagar como penalización el doble de la renta vigente a fecha de la extinción, hasta la fecha de entrega de la parcela. El/la arrendatario/a reconoce al Ayuntamiento la facultad de recuperación de la posesión de la parcela por vía administrativa en caso de impago de la renta, previo requerimiento fehaciente, debiendo mediar al menos quince días entre el requerimiento y la fecha de recuperación posesoria, sin perjuicio de la posibilidad de usar la vía judicial civil. El contrato de arrendamiento se entenderá prorrogado por períodos trimestrales, salvo que una de ambas partes notifique a la otra su voluntad de no prorrogarlo con al menos un mes de antelación a su cumplimiento, y siempre hasta que se acuerde nueva licitación para el arrendamiento de la plaza de aparcamiento.
CONDICIONES DEL ARRENDAMIENTO. 3.1 El plazo de arrendamiento será mínimo veintiocho (28) días naturales (4 semanas) y máximo un (1) año (364 días naturales / 52 semanas), dentro del período temporal objeto del anuncio, es decir, del 01/01/2023 al 31/12/2023. No obstante, lo anterior, también se aceptarán solicitudes en las que el plan de producción incorpore el inicio del rodaje en el año 2023 y la finalización del mismo sea con anterioridad al 31 xx xxxx de 2024.
CONDICIONES DEL ARRENDAMIENTO. 1. La duración máxima de la relación de arrendamiento será de siete años. Se articulará de la siguiente manera: - Se firmará un primer contrato de dos años. Posteriormente se podrá renovar el contrato hasta cinco veces con duración anual (siempre el período máximo de será de 7 años). Atendiendo a situaciones concretas (por ejemplo, la no disposición de las nuevas instalaciones a donde se traslada la actividad por causa ajena a la persona arrendataria, el perjuicio que pueda ocasionarse en actividades estacionales o de temporada, etc.) a valorar y aprobar por los servicios técnicos de la SUM Ensanche 21 Zabalgunea, S.A. se podrá prolongar este plazo máximo de siete años, aplicando esta opción con un criterio extraordinario y por un plazo no mayor a un año, mediante la firma de un nuevo contrato en el que se establezca la nueva fecha de finalización determinada por el personal técnico de la SUM Ensanche 21 Zabalgunea, S.A. y acordada con la persona arrendataria.
CONDICIONES DEL ARRENDAMIENTO. 1. Son aplicables a LOS EQUIPOS y constituyen obligaciones de EL CLIENTE para los efectos de este Acuerdo, todas las condiciones para los bienes, infraestructura y equipos de propiedad de CLARO establecidas en el ACUERDO DE SERVICIOS, en todo lo que no se opongan a lo pactado en este documento.
CONDICIONES DEL ARRENDAMIENTO. 1ª.- El uso de los vehículos matriculados a nombre del arrendador, debiendo estar en todo momento en perfecto estado, tanto funcional o técnico como administrativo, de modo que permita su normal y legal circulación.
CONDICIONES DEL ARRENDAMIENTO. 3.1 EL CLIENTE se obliga a proveer a LOS EQUIPOS de las condiciones técnicas y ambientales mínimas requeridas por éstos para un adecuado funcionamiento. Las especificaciones técnicas de LOS EQUIPOS serán las establecidas por los fabricantes de los mismos, así como serán de aplicación las especificaciones que se encuentran en EL CONTRATO DE SERVICIOS; disposiciones que EL CLIENTE declara conocer y aceptar. Asimismo, las partes convienen que a fin de salvaguardar las necesidades del servicio y los acondicionamientos técnicos que se requieran, LA EMPRESA podrá establecer disposiciones técnicas adicionales las cuales podrán ser incluidas en el Acta de Instalación de LOS EQUIPOS, o en disposiciones complementarias, las cuales serán de aplicación a EL CONTRATO, siempre que las mismas sean oportunamente notificadas por cualquier medio escrito a EL CLIENTE (lo que incluye, sin ser limitativo, correos electrónicos, informativos en página web o similares).
CONDICIONES DEL ARRENDAMIENTO. CLÁUSULAS DE LA PRESENTE SECCIÓN. Las partes convienen: 1. FUNCIONALIDAD DEL INMUEBLE. Contenido no disponible versión reservada para evitar plagio.
CONDICIONES DEL ARRENDAMIENTO. Contrato Por : el plazo de 24 meses-vencido dicho plazo de , el Instituto se reserva la opción de prorrogar el mismo, a su solo juicio, por un periodo de hasta 12 meses más, en iguales condiciones que le contrato anterior.- Modalidad de la oferta Sobre cerrado Adjudicación A la mejor oferta. Se entenderá que la oferta más conveniente es aquella que, ajustándose a las condiciones de los pliegos, a las necesidades y al precio más conveniente a los intereses del Instituto.- Uso del inmueble El bien inmueble será locado exclusivamente para destinarlo a la Delegación del IOSPER El procedimiento especial de entidades contratantes como Locatarias, deberá utilizarse en los siguientes casos: 3.1.1.-Ser titular del inmueble ofrecido.-