DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas en el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas global y conjuntamente, por lo que en el supuesto de que la jurisdicción laboral competente, en el ejercicio de sus facultades, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) de la Resolución de 14 xx xxxxx de 2019, por la que se publica el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72, de fecha 14 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textil, Calzado y Piel de la provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativo a las tablas salariales 2019, se procede a la remisión de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdos:
DISPOSICIÓN FINAL. Estas bases entrarán en vigor al día siguiente de su publica- ción íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense. Instancia solicitude bilingüe subvención local veciñal / sub- vención local vecinal Datos dos solicitantes / datos de los solicitantes Entidade / Entidad NIF. Enderezo / Domicilio Provincia Localidade / Localidad CP, teléfono, correo electrónico E na súa representación 1º Apelido / Apellido 2º Apelido / Apellido Nome / Nombre NIF. Enderezo / Domicilio Localidade / Localidad Provincia CP. Teléfono C. Electrónico Datos da subvención solicitada Situación local Rúa: Orzamento do alugamento / Presupuesto del alquiler Así mesmo declaro baixo a miña responsabilidade que: (Asimismo declaro bajo mi responsabilidade que:) · Nin a entidade, nin os membros se atopan incurso en nin- gunha das prohibicións para obte-la condición de beneficiarios recollidas no artigo 13 da Lei 38/2003, do 17 de novembro, xeral de subvencións. (Ni la entidad, ni los miembros se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para obte- ner la condición de beneficiarios recogidas en el artículo 13 xx Xxx 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. · Que a entidade non é debedora á facenda estatal, autonó- mica nin local, nin á Seguridade Social. (Que la entidad no es deudora a la hacienda estatal, autonómica ni local, ni a la Seguridad Social) · Non se solicitou nin obtiveron outras subvencións para a mesma finalidade x xxxxx deste ano. (No se ha solicitado ni xx xxx obtenido otras subvenciones para la misma finalidad a lo largo del presente año). Ourense, ... de ... de 2009. Sinatura do/a solicitante (Firma del/de la solicitante) DNI. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Ourense. Negociado de Participación Ciudadana.
DISPOSICIÓN FINAL. Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, ante este Rectorado (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo xx Xxxxxxx (artículo 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio) Presidente/a: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Secretario/a: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Vocal: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Expediente académico 20 % Currículum 30 % Experiencia profesional 25 % Otros méritos 25 % Trabajos de caracterización de materiales, fabricación de hormigones, morteros, estabilización de suelos, selección de materiales, transporte de materiales desde planta de gestión a campus xx Xxxxxxxxx, realización de ensayos químicos y físicos, ensayos de comportamiento mecánico, durabilidad, etc. y otras tareas del proyecto Graduado en Ciencias Ambientales 1.050,00 € (incluido prorrateo extras) Conocimiento xx xxxxxx B1, Carnet de conducir, vehículo propio. Titulación de técnico superior de laboratorio. Master en química aplicada o relacionado con materiales de construcción. Haber trabajado en contratos de investigación.
DISPOSICIÓN FINAL. Única.– En todo lo no previsto en este Convenio, se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y en las normas legales y reglamentarias aplicables al personal laboral de las Universidades. RETRIBUTIVOS DE ESTE CONVENIO Grupo I. Titulados superiores.– Este grupo estará constituido por aquellas categorías de puestos para cuyo acceso y desempeño se exija estar en posesión de título Universitario de Segundo Ciclo (Licenciado, Ingeniero, Arquitecto u oficialmente equivalente). Grupo II. Titulados de grado medio.– Este grupo estará constituido por aquellas categorías de puestos para cuyo acceso y desempeño se exija estar en posesión de título Universitario de Primer Ciclo (Diplomados Universitarios, Arquitectos e Ingenieros Técnicos u oficialmente equivalente). Grupo III. Técnicos especialistas.– Este grupo estará constituido por aquellas categorías de puestos para cuyo acceso se exija estar en posesión del título xx Xxxxxxxxx, Técnico Superior o equivalente, sin perjuicio de lo previsto en el Art. 13 del Convenio, y cuyo desempeño exija el dominio con plena responsabilidad de un conjunto de técnicas relacionadas con las funciones a desarrollar y que, por su complejidad, requieran una capacitación profesional demostrada. Se encuadran dentro de este grupo las siguientes categorías de puestos: Técnicos Especialista de oficios (albañilería, fontanería, electricidad, pintura, carpintería, mecánica, jardinería, etc.). Técnicos Especialista de laboratorio. Técnicos Especialista de administración. Técnicos Especialista de bibliotecas. Delineantes-Proyectistas. Técnicos Especialista - Conductores. Operadores de informática. Grupo IV - A. Oficiales.– Este grupo estará constituido por aquellas categorías de puestos para cuyo acceso se exija estar en posesión del título de Técnico, Graduado en Educación Secundaria o equivalente, sin perjuicio de lo previsto en el Art. 13 del Convenio, y cuyo desempeño exija el dominio del oficio respectivo para realizar las tareas que les sean propias. Se encuadran dentro de este grupo las siguientes categorías de puestos: Oficial de oficios (albañilería, fontanería, electricidad, pintura, carpintería, mecánica, jardinería, etc.). Oficial de laboratorio. Oficial de administración. Oficial de bibliotecas. Delineantes. Conductores. Almaceneros. Telefonistas. Intendentes. Gobernantas. Jefes de grupo (a extinguir). Conserjes (a extinguir). Cocineros. Auxiliares de clínica. Grupo IV - B. Auxiliares.– Este grupo estará constituido ...
DISPOSICIÓN FINAL. La persona prestadora se compromete a prestar el servicio en favor del suscriptor y/o usuario, a cambio de un precio en dinero, el cual se determinará de conformidad con la normatividad vigente.
DISPOSICIÓN FINAL. Hacen parte de este contrato, y se entienden incorporadas a él, la Ley 142 de 1994 de servicios públicos domiciliarios y todas aquellas normas que la modifiquen o reglamenten, las Resoluciones de la Comisión de Regulación
DISPOSICIÓN FINAL. Considerando que la vigencia del presente Convenio es desde el día -UNO- xx Xxxxxx de 2016 hasta el día 31 de Diciembre de 2019, las partes firmantes del mismo podrán presentar denuncia, del Convenio, tres meses antes de la finalización de su vigencia; del escrito de denuncia se dará traslado, por parte de quien lo realice, a la Dirección General de Trabajo de Madrid, así como a las otras partes firmantes del Convenio. En el escrito de denuncia se expresará la representatividad que ostente la parte que formula la denuncia de la vigencia, asimismo se establece una prórroga, hasta que se firme otro Convenio, de seis meses y tener como texto inicial de la negociación del Convenio el que finaliza. Xxxxxxxxxxx 00 xx xxxxxx de 2.016 ANEXO I REGLAMENTO XX XXXXXX Y SANCIONES X/ Xxxxxxx Xxxxxxx, 48 (28946) Fuenlabrada – Madrid Telf. 00 000 00 00 / 96 Fax: 00 000 00 00 xxx.xxxx.xx e-mail: xxxx@xxxx.xx Dentro de las atribuciones que tiene conferidas la Dirección de la Empresa, a los efectos del cumplimiento por el/la trabajador/a de sus obligaciones y deberes laborales (art. 20 del RDL 1/95), cabe la posibilidad de que éstos/as sean sancionados por aquella en virtud de incumplimientos laborales (art. 58 del RDL 1/95), en su consecuencia se elabora el presente Reglamento el cual constará como Anexo en convenio. Se considera falta toda acción u omisión que suponga un incumplimiento de las obligaciones de cualquier índole derivadas de la relación de trabajo, según las disposiciones vigentes. Cada trabajador/a será responsable del desempeño de su cometido, clasificándose las faltas atendiendo a su importancia, trascendencia, intención y reincidencia en tres categorías.
DISPOSICIÓN FINAL. En todo lo no previsto en este condicionado será de aplicación la normativa y criterios de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, con las especialidades de la Ley Xxxxx 6/90 de la Administración Local xx Xxxxxxx de 2 de julio. Asimismo se tendrá en cuenta, en todo lo que no recoja dicha normativa, el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Asimismo se hace constar la naturaleza administrativa del contrato y la competencia de la jurisdicción contencioso‐administrativa de los Juzgados y Tribunales de lo Contencioso‐Administrativo con sede en Navarra. Los Arcos, 26 de enero de 2012. Don , D.N.I. nº , con domicilio en Calle teléfono fax y señalando como correo electrónico válido para recibir comunicaciones (este dato es de consignación obligatoria), en nombre propio o en representación de N.I.F: con domicilio en Que mediante poder otorgado el día ante el Notario fue nombrado apoderado de Don Que su poder está vigente y es bastante para presentarse a licitaciones públicas y para efectuar la presente declaración. y asumiendo todas las cláusulas del mismo, • Que tiene capacidad de obrar suficiente para la ejecución del contrato. • Que no se encuentra incurso en alguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad para contratar previstas por el artículo 18 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos y demás disposiciones de aplicación. • Que no tiene débitos en vía ejecutiva con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx ni con sus organismos autónomos y autoriza a la comprobación de oficio por la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. • Que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y sociales, así como en el cumplimiento de sus obligaciones de seguridad y salud, y de prevención de riesgos laborales. • Que cumple los requisitos de solvencia técnica y económica señalados en el pliego. • Que cumple la condición referida en la cláusula 5ª del presente pliego sobre la obligación de contratar con Centros Especiales de Empleo sin ánimo de lucro, Centros de Inserción Sociolaboral o empresas acogidas a programas de empleo protegido por contar con una mayoría de empleados en situación de riesgo de exclusión social, un volumen de trabajo correspondiente al 6% del presupuesto de adjudicación. Por lo expuesto, Los Arcos, a de de (Firma y número del D.N.I. la persona licitadora o su representante legal) Nota: En el caso d...
DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor.
DISPOSICIÓN FINAL. Este Convenio será de aplicación para todas las empresas incluidas en el ámbito de aplicación del mismo, tal y como se regula en el art. 1 del presente Convenio, así como a todos los trabajadores de las mismas. En el caso de que cualquier trabajador o trabajadora no deseara, por cualquier motivo, que se le aplique dicho Convenio, deberá manifestar por escrito esta voluntad ante la dirección de su respectiva empresa. El presente régimen disciplinario, tiene por objeto el mantenimiento de un ambiente laboral respetuoso con la normal convivencia, ordenación técnica y organización de la empresa, así como la garantía y defensa de los derechos y legítimos intereses de trabajadores y empresarios. La Dirección de la empresa podrá sancionar las acciones u omisiones culpables de los trabajadores que supongan un incumplimiento contractual de sus deberes laborales, de acuerdo con la graduación de las faltas que se establece en los puntos siguientes. Corresponde a la empresa, en uso de la facultad de dirección, imponer sanciones en los términos estipulados en el presente artículo. La sanción de las faltas requerirá comunicación por escrito al trabajador, haciendo constar la fecha y los hechos que la motivaron. La empresa dará cuenta a los representantes legales de los trabajadores de toda sanción por falta grave y muy grave que se imponga. Impuesta la sanción, el cumplimiento temporal de la misma se podrá dilatar hasta 60 días después de la fecha de su imposición. A fin de que por la empresa y los trabajadores se tenga conocimiento de la graduación xx xxxxxx y las sanciones que estas conllevan, es por lo que a continuación transcribimos el citado acuerdo a estos efectos: Toda falta cometida por los trabajadores/as, se clasificará en atención a su trascendencia o intención como LEVE, GRAVE, O MUY GRAVE: