FORMALIDADES DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

FORMALIDADES DEL CONTRATO. 1.-Las proposiciones se presentarán en el lugar en que se determine en el anuncio de licitación, en horas de oficina y dentro del plazo señalado. Si el día indicado fuera sábado o festivo, se estará al primer día hábil siguiente. Las empresas interesadas en participar en el proceso de selección deberán presentar en el plazo establecido en el anuncio de licitación, y en el horario en el presente pliego determinado (de 9:00 a 14:00 horas), tres sobres cerrados y lacrados en el Registro de la entidad, en las oficinas de S.F.M. sitas en la Xxxxx Xxxxxx x/n, Son Xxxxxx, de Palma de Mallorca (07009), no admitiéndose la presentación indirecta de la documentación en cualesquiera otros organismos públicos, incluidas las oficinas de Correos. En cuanto al mencionado plazo, deberá observarse lo dispuesto en el correspondiente anuncio respecto al horario para la presentación de ofertas el último día. Respecto al cómputo de plazos, se estará a lo dispuesto en la LCSP (D.A. Decimoquinta).
FORMALIDADES DEL CONTRATO. La Empresa Adjudicataria se compromete al mantenimiento y conservación de las instalaciones señaladas en el Anexo a este Pliego incluidos los cuartos de máquinas, huecos y fosos, en perfecto estado de funcionamiento y limpieza de modo que eviten o disminuyan las averías o fallos que interrumpan o dificulten su operatividad. - Inspección operativa - Mantenimiento preventivo - Mantenimiento correctivo - Mantenimiento modificativo - Mantenimiento de cuartos de máquinas, huecos y fosos. Desde la fecha de inicio efectiva del contrato y tras aprobación por parte del Responsable Municipal del Contrato, la adjudicataria deberá disponer de los canales y medios de comunicación permanente (en horario H-24 durante los 365 días del año) para la posible transmisión y recepción de avisos. El coste de dichos medios será por cuenta del Coordinador o delegado de la adjudicataria. Será por cuenta de la adjudicataria, la sustitución de los actuales elementos de comunicación entre los ascensores y el servicio de atención de la empresa mantenedora por unos nuevos dispositivos que puedan funcionar por enlaces móviles GSM. Además, el coste de mantenimiento y llamadas de las líneas telefónicas de estos enlaces móviles serán por cuenta del adjudicatario. Las instalaciones cuyo mantenimiento es objeto de este expediente consisten en aparatos elevadores, plataformas, salvaescaleras, puertas automáticas y maquinaria escénica del Auditorio Ciudad xx Xxxx, cuyas descripciones y ubicaciones se describen en el anexo adjunto. Si durante el plazo de ejecución o prórrogas del contrato variase el número de las instalaciones aquí descritas, su mantenimiento será por cuenta de la adjudicataria de dicho contrato, sin variación en el importe total del mismo, siempre que la variación de estas instalaciones no sea superior a dos unidades. En caso de mayor número de elementos, el criterio a utilizar para valorar la variación de instalaciones será fijado en el expediente contradictorio.
FORMALIDADES DEL CONTRATO. Ciudad y fecha de elaboración del contrato • Datos y firma del oferente y número del documento de identidad si se trata de una persona natural o NIT cuando sea persona jurídicaValor y forma de pago • Pólizas • Término de duraciónDescripción del bien ofertado, la actividad o servicio a desarrollar • Forma de realizar la actividad o servicio, las obligaciones que pacta y el producto a entregar • Supervisor del Contrato • Cuando se trate de la contratación para la elaboración de estudios o publicaciones de la Cámara, deberá incluirse una cláusula con la que se cedan los derechos patrimoniales del autor a la Cámara de Comercio • Deberá incluirse una cláusula en la que el contratista declare que no está incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para celebrar esa clase de contrato. • Si se trata de prestación de servicios, deberá incluirse una cláusula en que declare expresamente que va a actuar con plena autonomía técnica y administrativa para llevar a cabo la prestación del servicio propuesto. La contratación personal de un trabajador independiente bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios tendrá que ser de manera ocasional, de modo tal que no se genere una relación laboral. El contrato de prestación de servicios forma parte de una amplia variedad de contratos en el cual, a criterio de los interesados y con base en las disposiciones legales existentes, se acordarán aspectos como objeto, remuneración por los servicios prestados, tiempo de ejecución de las actividades contratadas y las causas de terminación del contrato, sin que con ellos exista una relación de carácter laboral. En los contratos de prestación de servicios, la Cámara de Comercio deberá verificar la afiliación y pago de aportes al sistema general de seguridad social en salud del contratista, quien estará afiliado de manera independiente. Antes de la aprobación de la oferta, el ordenador del gasto deberá verificar que: • La actividad que se va a desarrollar con el contrato esté contemplada en el objeto social del oferente • La persona que suscribe la oferta tenga facultades de representación legal. Una vez aceptada la oferta, el funcionario responsable escribirá la fecha de aceptación y la firma.
FORMALIDADES DEL CONTRATO. Las Empresas vendrán obligadas a formalizar, con cada uno de los trabajadores eventuales o interinos que admitan, un contrato escrito en el que harán constar, además de las condiciones gene- rales del mismo, su categoría profesional, según el trabajo efecti- vo que realicen, el día que comenzó la prestación de los servi- cios y si el contrato es por cierto tiempo o para una obra o trabajo determinado. Entregando copia del contrato al trabajador/a una vez registrado en el Instituto Nacional de Empleo o Servicio Anda- xxx xx Xxxxxx.
FORMALIDADES DEL CONTRATO. IV.1.- Podrán presentar proposiciones las personas físicas o jurídicas, teniendo plena capacidad y ostentando la clasificación que se detalla en el presente Xxxxxx.
FORMALIDADES DEL CONTRATO. Artículo 15 • Datos de las partesDatos del inmueblePlazo y condiciones, y montos • Determinación del o los periodos • Datos del Administrador • Proporción de gastos • Individualización de los seguros (incendio, daños, etc.) • Precios y condiciones de pago • Compromiso del Emprendedor en brindar una compensa- ción adecuada en caso de que el usuario no pueda hacer uso de las prestaciones vacacionales contratadas, por causas atri- buibles al emprendedor.
FORMALIDADES DEL CONTRATO colectivo.‐ El contrato colectivo deberá celebrarse por escrito, ante el Director Regional del Trabajo, y a falta de éste, ante un inspector xxx xxxx, y extenderse por triplicado, bajo pena de nulidad. Un ejemplar será conservado por cada una de las partes y el otro quedará en poder de la autoridad ante quien se lo celebre.
FORMALIDADES DEL CONTRATO. La Empresa Adjudicataria se compromete al mantenimiento y conservación de las instalaciones señaladas en el Anexo a este Pliego incluidos los cuartos de máquinas, huecos y fosos, en perfecto estado de funcionamiento y limpieza de modo que eviten o disminuyan las averías o fallos que interrumpan o dificulten su operatividad. El mantenimiento de estas instalaciones incluirá, básicamente, las siguientes tareas: - Inspección operativa - Mantenimiento preventivo - Mantenimiento correctivo - Mantenimiento modificativo - Mantenimiento de cuartos de máquinas, huecos y fosos. Desde la fecha de inicio efectiva del contrato y tras aprobación por parte del Responsable Municipal del Contrato, la adjudicataria deberá disponer de los canales y medios de comunicación permanente (en horario H-24 durante los 365 días del año) para la posible transmisión y recepción de avisos.
FORMALIDADES DEL CONTRATO. Bien mueble < 25% UIT • La donación puede hacerse verbalmente • (Art. 1623 CC) Bien mueble > 25% UIT • La donación se deberá acer por escrito de fecha cierta, bajo sanción de nulidad • Deben especifi arse y valorizarse los bienes que se donan • (Art.1624 CC)

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.