GARANTIAS DEL CONTRATO. Los contratistas deberán entregar una póliza de seguros expedida por una Institución Financiera legalmente establecida en Colombia y sujeta a la vigilancia de la Superintendencia Financiera, en la forma y bajo los requisitos establecidos en la presente invitación pública. La garantía deberá describir expresamente y de manera detallada los riesgos que se amparan. En relación con las garantías que ampararán el contrato resultante de esta invitación pública, FIDUAGRARIA S.A., aprobará dichas garantías o, en su defecto, hará las observaciones que sean del caso dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su presentación. Sí FIDUAGRARIA S.A. hace observaciones a la garantía, el contratista seleccionado debe efectuar las correcciones o modificaciones necesarias dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de comunicación de dichas observaciones. En el evento en que el contratista seleccionado no cumpla con el requerimiento, el contrato terminará anticipadamente, y se procederá a su liquidación, haciéndose efectiva la garantía de seriedad de la Propuesta. Ni el garante, ni el contratista seleccionado, podrán alegar que alguno de los eventos que la garantía debía cubrir según la ley, las disposiciones concordantes y el contrato, no quedó cubierto. Dado que el valor del contrato es indeterminado pero determinable por el valor de la propuesta seleccionada, el valor asegurado de cada una de las garantías se calculará aplicando los porcentajes que adelante se indican al valor estimado del contrato para efectos de garantías y la vigencia de las garantías será determinada con base en la duración del contrato y en el tipo de riesgo objeto de las mismas. La Garantía Única de Cumplimiento del Contrato, incluirá, de acuerdo con la normatividad vigente, los amparos que se describen a continuación:
1. Buen Manejo y correcta inversión del Anticipo: Este amparo será por el 100% del valor del anticipo para garantizar su buen manejo, destinación exclusiva al objeto del presente contrato, amortización y devolución, con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y seis (6) meses más. 2. Cumplimiento de las obligaciones contractuales por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, y con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y seis (6) meses más.
GARANTIAS DEL CONTRATO. El contratista deberá amparar los siguientes riesgos: Seriedad de la oferta 10% del valor total del contrato Su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios del contrato. Buen manejo y correcta inversión del anticipo 100% del valor del Anticipo Debe constituirse por el término de ejecución del contrato y treinta (30) días más, contados a partir de la firma del acta de recibo a satisfacción del contrato, debe permanecer vigente por el tiempo de duración de sus prórrogas, si a ello hubiere lugar. Cumplimiento 20% del valor total del contrato Permanecerá vigente por el término de ejecución del contrato y cuatro (04) meses calendario más contados a partir de la firma del acta de entrega y recibo a satisfacción del contrato y de sus prorrogas, si a ello hubiere lugar. Estabilidad de la obra 30% del valor total del contrato Esta garantía debe estar vigente por el término de tres (03) años contados a partir de la fecha de suscripción del Acta de recibo Final de la obra. Pago de salarios prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales 10% del valor del contrato Permanecerá vigente por el término de duración del contrato y tres (3) años más, Contados a partir del recibido final de la obra. Responsabilidad civil extracontractual 20% del valor final del contrato Con una vigencia igual a la de la ejecución de las obras y treinta (30) días más, contados a partir de la suscripción del acta de entrega y recibo a satisfacción.
GARANTIAS DEL CONTRATO. La contratación de LA EMPRESA, dependiendo de su naturaleza, se deberá amparar con los riesgos que puedan presentarse, dependiendo siempre de la naturaleza de cada contrato. Las garantías deberán ser expedidas por compañías de seguros o entidades bancarias legalmente autorizadas y con sujeción a las reglas propias de dichos contratos, siempre y cuando no contraríen las reglas establecidas en el presente manual. Los amparos exigibles se determinarán teniendo en cuenta, en cada caso, la naturaleza del contrato, su objeto, los riesgos que se deban cubrir y/o la forma de ejecución de las prestaciones a cargo de cada una de las partes. La garantía deberá estar vigente hasta la liquidación del contrato y la prolongación de sus efectos. Cuando en la negociación se pacta el pago contra entrega del bien prometido en venta, no es obligatorio exigir la constitución de las pólizas citadas, excepto la de Calidad. Las reglas establecidas en este numeral aplicarán también para las obras de modernización como para las obras de expansión del servicio de alumbrado público. Las pólizas y garantías son las siguientes: - Póliza de buen manejo del anticipo: siempre debe solicitarse al proveedor o contratista a favor de ALUMBRADO PUBLICO DE BARRANQUILLA S.A.S., cuando se otorgue un anticipo. El cubrimiento de la póliza debe ser del 100% de la suma entregada como anticipo y debe constituirse por un tiempo equivalente a la duración de la contratación y 3 meses más. - Póliza de cumplimiento: siempre debe solicitarse al proveedor o contratista de ALUMBRADO PUBLICO DE BARRANQUILLA S.A.S., en los contratos, órdenes de compra o servicios con cuantías iguales o superiores a 100 SMMLV. El cubrimiento de la póliza debe ser equivalente al 10% del valor de la contratación más IVA y debe constituirse por un tiempo igual a la duración de los mismos y 3 meses más. - Póliza de estabilidad de obra: siempre debe solicitarse al proveedor o contratista de obra civil a favor de ALUMBRADO PUBLICO DE BARRANQUILLA S.A.S., en los contratos con cuantías superiores a 100 SMMLV. El cubrimiento de la póliza debe ser equivalente al 10% del valor del contrato más IVA y su vigencia será así: i) Para contratos de obra por el término de 5 años contados a partir de la firma del acta de recibo final; ii) Para contratos de suministro por el término de 2 años a partir del acta de recibo. Este amparo solo aplicará cuando se haya solicitado igualmente el amparo de calidad. iii) Para contratos de obras temporales, míni...
GARANTIAS DEL CONTRATO. De conformidad con lo establecido en el numeral 2.3.3. del Manual de Contratación de la Caja de Compensación Familiar COMFANORTE el proveedor elegido, una vez suscriba el contrato, deberá presentar las pólizas de seguros que se enuncian a continuación, expedidas por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, a favor de la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFANORTE-, como Entidad de Derecho Privado. La garantía amparará los siguientes: El oferente y/o contratista, dependiendo del momento, deberá acreditar las garantías que a continuación se indican, a través de Póliza de seguros que deberá tomar con una compañía aseguradora, debidamente autorizada para funcionar en Colombia, con los siguientes amparos: • DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ADQUIRIDAS POR EL CONTRATISTA: Con valor asegurado igual al diez por ciento (10%) del valor del contrato y con vigencia igual al plazo de ejecución y seis (6) meses más. • DE LA CALIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS: Con valor asegurado por valor equivalente al veinte (20%) del valor total ejecutado del contrato y con una duración igual a la del contrato y cuatro meses más. • DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Con valor asegurado por valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato y con vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. • DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES: Con valor asegurado por valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución y tres (3) años más.
GARANTIAS DEL CONTRATO. La contratación de PUERTA DE
GARANTIAS DEL CONTRATO. En cumplimiento de lo estatuido en la ley o disposiciones especiales vigentes y con el Reglamento Único de Contratación de FONPACIFICO, El ASOCIADO TÉCNICO seleccionado deberá presentar la suscripción del contrato de una garantía única de cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil extracontractual, en los que se dejará expresa constancia que el asegurado y/o beneficiario será EL FONDO MIXTO DE ETNOCULTURA Y DESARROLLO SOCIAL – FONPACÍFICO con NIT 901039684-5 X XX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX DEL CAUCA con NIT 891900902-3, como mecanismo de cobertura del riesgo, que ampare los riesgos derivados del incumplimiento de las obligaciones, así:
GARANTIAS DEL CONTRATO. El oferente deberá constituir las garantías requeridas por la entidad para el cumplimiento de sus obligaciones, estas se podrán presentar a través de a) Contratos de seguros, b) patrimonio autónomo o
GARANTIAS DEL CONTRATO. AMPARO MONTO XXX XXXXXX XXXXXXXX RESPONSABLE Cumplimiento 30% del valor del Contrato Vigente por el plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más CONTRATISTA DE EJECUCION DEL PROYECTO La aprobación de las garantías por parte de PATRIMONIO AUTÓNOMO ASISTENCIA TÉCNICA - FINDETER es requisito previo para el inicio de la ejecución de la etapa, razón por la cual, ningún contrato en el que se haya previsto la existencia de garantías podrá iniciar su ejecución o de la etapa sin la respectiva aprobación de estas.
GARANTIAS DEL CONTRATO. Para poder participar en el concurso, los licitadores deberán constituir una fianza provisional por importe de 2.000,00 euros, la cual podrá constituirse en metálico, aval bancario o seguro de caución con entidad autorizada. El adjudicatario previamente al otorgamiento del contrato, y como requisito previo al mismo, deberá constituir una fianza, en metálico o aval, definitiva por importe de 10.000,00 euros, para responder de la conservación de los bienes arrendados. La fianza se actualizará el decimo año, aumentándose en la misma medida que los incrementos producidos en el canon anual. La devolución de la fianza definitiva procederá una vez expirado el plazo de vigencia del contrato, en la forma establecida legalmente y tras haberse comprobado el inventario formalizado al inicio de la prestación del servicio y el estado del inmueble.
GARANTIAS DEL CONTRATO. El CONCESIONARIO se compromete a constituir la póliza o garantía bancaria de cumplimiento de sus obligaciones dentro de los diez (10) Días Hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato, con una Compañía de Seguros o Banco aceptable de acuerdo con la ley colombiana, legalmente establecidos en Colombia y sujetos a la vigilancia de la Superintendencia Financiera. El MINISTERIO deberá aprobar dicha póliza o garantía bancaria o, en su defecto, hacer las observaciones que sean del caso dentro de los diez (10) Días Hábiles siguientes a su presentación, so pena que la póliza se entienda aprobada. En caso que el MINISTERIO presente observaciones a la misma el CONCESIONARIO deberá efectuar las correcciones o modificaciones necesarias dentro de los diez (10) Días Hábiles siguientes. Por su parte, el MINISTERIO dispondrá de cinco (5) Días a partir de la entrega de dichos documentos para aprobar la Garantía Única de Cumplimiento. Dicha póliza debe incluir los amparos que se describen a continuación: