RESPONSABILIDAD Y SEGURO Cláusulas de Ejemplo

RESPONSABILIDAD Y SEGURO. El adjudicatario responderá del buen desarrollo de la prestación y de los daños y perjuicios que por las características de los bienes objeto de la prestación pudiesen ocasionar en su suministro, teniendo en cuenta que la puesta a disposición de la EMT tendrá lugar desde el mismo momento en que los bienes se depositen en las instalaciones de EMT, o bien, sean retirados por efectivos de la Empresa en las instalaciones del adjudicatario, y en ambos casos será necesario la firma xxx xxxxxxx de entrega. Igualmente el contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial de los materiales o bienes suministrados, y deberá indemnizar a EMT de todos los daños que para la misma pudieran derivarse de la interposición de reclamaciones. Atendiendo a las características de los bienes suministrados, EMT podrá exigir del adjudicatario que disponga de cobertura de responsabilidad civil frente a terceros, en los que en todo caso está incluía la propia EMT y sus trabajadores, mediante póliza de seguro de responsabilidad civil con capital asegurado no inferior al previsto en el Apartado P del Cuadro de Características Específicas. En caso de que EMT exija tener suscrita la póliza de seguro, la acreditación documental de ésta y de encontrarse al corriente de pago de la prima se realizará por el adjudicatario en el plazo que se fije en dicho Apartado P del Cuadro de Características Específicas, y en caso de silencio en el mismo, en el de quince (15) días naturales desde la fecha de notificación de la adjudicación.
RESPONSABILIDAD Y SEGURO. A falta de acuerdo que establezca lo contrario, y en cualquier caso sin efecto alguno sobre la fecha de transferencia de la propiedad, el Proveedor es totalmente responsable de los Productos hasta la entrega de los mismos a LEXMARK o a cualquier otra persona autorizada por LEXMARK; asimismo, el Proveedor será responsable de cualquier pérdida o daño que ocasione durante la ejecución de cualquiera de sus obligaciones derivadas de cada Orden de Compra a la propiedad mueble e inmueble de LEXMARK y a sus empleados. El Proveedor a su propio cargo indemnizará, librará de responsabilidad y defenderá a LEXMARK y a sus subisidiarias, oficiales, empleados, afiliados y clientes contra cualquier reclamación derivadas de las acciones u omisiones del Proveedor. El Proveedor durante todo el periodo de la relación comercial con LEXMARK, incluyendo la garantía aplicable y los períodos de garantía, deberá mantener una póliza de seguro de responsabilidad civil extracintractual frente a terceros, cuyol límite de responsabilidad sea de mínimo: 2 millones de dólares americanos por cada caso de pérdida), de daño a la propiedad, de responsabilidad pública, de responsabilidad de empleador y cualquier otro seguro aplicable y adecuado en cantidad y alcance de cobertura para proteger a LEXMARK contra cualquier reclamación por compensación aplicable a trabajadores o cualesquiera otra responsabilidad legal. Tal seguro deberá revestir el carácter de seguro básico y no limitará la responsabilidad del Proveedor como consecuencia de la Orden de Compra. El Proveedor deberá entregar a LEXMARK prueba de la apropiada cobertura del seguro señalado anteriormente. Cualquier límite de responsabilidad inferior estará sujeto al consentimiento de LEXMARK.
RESPONSABILIDAD Y SEGURO. El adjudicatario de cada Lote será el único responsable frente a los organismos competentes por cualquier posible irregularidad en la salubridad de los alimentos y bebidas o de cualquier otra índole. Asimismo, el contratista será responsable de todos los daños y perjuicios que pueda ocasionar por sí o por su personal, tanto al IFEVI como a cualquier tercero, con motivo de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio y/o por la prestación del mismo. Para cubrir su responsabilidad, el adjudicatario se obliga a formalizar y mantener a su cargo durante toda la vigencia del contrato, una póliza de seguro de responsabilidad civil, por importe mínimo exigido y adecuado a la explotación del servicio que se le haya adjudicado, que cubra los daños que pudieran ser causados a los usuarios del servicio, como consecuencia de una acción u omisión imputable al mismo. De igual manera, la póliza deberá cubrir su responsabilidad civil frente a terceros, en la que se incluyan entre otros, los riesgos de intoxicación alimentaria, producida por los servicios prestados y respecto de los cuales la empresa adjudicataria será la única responsable; así como por daños que se pudieran ocasionar a las instalaciones puestas a su disposición para la explotación. El IFEVI podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento durante la vigencia del contrato, la justificación documental del mantenimiento de la vigencia, cobertura y pago de la indicada póliza de responsabilidad civil.
RESPONSABILIDAD Y SEGURO. Sidel y el Proveedor serán responsables uno frente al otro por todos los costos, gastos, pérdidas y daños que surjan de o en relación con el incumplimiento de cualquier obligación, compromiso, representación o garantía bajo este Contrato. En relación con la responsabilidad de Productos defectuosos o demorados incluyendo en forma enunciativa más no limitativa lo siguiente: (i) residuos de Productos defectuosos y otras materias primas; (ii) costos adicionales de transporte y manejo; (iii) gastos de mano de obra, de viaje y de vivienda y otros costos relacionados para remediar la infracción, incluidos los costos de horas de trabajo adicionales o el tiempo de espera para los técnicos xx XXXXX, análisis de causa de origen, inspección, desmantelamiento y reensamblaje; y (iv) cualesquiera otros costos y pérdidas incurridos por Sidel, sus empresas asociadas, clientes o usuarios finales relacionados con cualquier retiro o retirada de los productos (o artículos hechos con o que contienen los productos) y el orden o la investigación relacionada por una autoridad regulatoria. Sujeto a lo indicado en el párrafo abajo, ninguna de las Partes será responsable de ninguna pérdida o daño indirecto, consecuencial, especial o punitivo, incluyendo en forma enunciativa más no limitativa el daño moral, pérdida de ganancias, pérdida de buena voluntad o pérdida de clientes, que surja en conexión con o fuera de un incumplimiento de este Contrato El Proveedor indemnizará, defenderá y mantendrá x Xxxxx y a todas las Compañías Asociadas, así como sacará y dejará en paz y a salvo a sus clientes, sin limitación de y contra todos los pasivos, costos, gastos, daños y pérdidas que surjan de o en relación con: (i) cualquier reclamación de que cualquiera de los Productos o Servicios o su venta, oferta para la venta, uso o importación, infrinja cualquier derecho de propiedad intelectual ("DPI") de cualquier tercero; (ii) cualquier fallecimiento, lesión personal o daño a la propiedad que surja de o en relación con Productos o Servicios defectuosos o causados de otra manera por los Productos o Servicios; (iii) cualquier reclamación de cualquier empleado o subcontratista del Proveedor (o de cualquiera de los empleados de los subcontratistas del Proveedor) que el Proveedor no haya cumplido con sus obligaciones hacia ellos; (IV) cualquier reclamación de cualquier empleado o contratista de proveedor (o de cualquiera de los subcontratistas del Proveedor) que tenga derecho a cualquier estatus de emple...
RESPONSABILIDAD Y SEGURO. La Empresa adjudicataria responderá frente a la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx de todos aquellos daños y perjuicios que se pudieran producir, por efecto directo de la falta de calidad del producto suministrado imputable a la Empresa Adjudicataria, o a sus empleados, en ejecución del presente contrato. Igualmente, la Empresa adjudicataria responderá de toda pérdida o deterioro que puedan sufrir los productos a suministrar hasta el momento en que tales productos hayan sido entregados en la instalación de almacenamiento. Por su parte, la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx será responsable de todos los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros, como consecuencia del incumplimiento de las normas de seguridad o empleo inadecuado de los depósitos de Gasóleo A de la Sección de Infraestructura Rural y de Gasóleo B de la Sección de Medio Ambiente. La responsabilidad prevista en los tres párrafos anteriores deberá exigirse de conformidad y con sujeción a la Legislación Española, y de ella se exceptuarán los supuestos en que concurra “caso fortuito” o “fuerza mayor”, así como también aquellos que se deban a culpa o negligencia de la otra parte de sus empleados o del propio tercer perjudicado. A los efectos del presente contrato se entiende por fuerza mayor todo acontecimiento previsible o imprevisible que, siendo ajeno a la voluntad de las partes, incida directamente en la ejecución de aquél, impidiendo o dificultando, más allá de lo razonable, el cumplimiento de las obligaciones de carácter no primario derivado del contrato. La Empresa adjudicataria responderá civil, penal, administrativa y laboralmente de los actos ejecutados en la prestación de sus servicios. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad e higiene en el trabajo, que regula las relaciones entre patronos y obreros, las de accidentes de trabajo, incluso la contratación de seguro obligatorio, subsidio familiar y vejez, seguro de enfermedad y todos aquellos de carácter social vigente o que en lo sucesivo se dicten
RESPONSABILIDAD Y SEGURO. Desde la firma del contrato y en cada caso antes de comenzar la entrega de los suministros, el Contratista deberá contar, con sus propios recursos y con compañías de Seguros internacionalmente reconocidas, con todos los seguros que correspondan para afrontar las responsabilidades civiles derivadas de la ejecución del contrato, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 12 de las Condiciones Generales del mismo. Los seguros deberán responder a las siguientes condiciones mínimas: Asunto: Daños derivados y/o provocados a los equipos, partes y materiales, incluyendo los aparatos, los medios, las maquinarias que se utilizan para la ejecución del contrato durante el transporte desde la sede del Contratista al lugar de entrega e instalación.
RESPONSABILIDAD Y SEGURO. El Contratista será el responsable de todos los seguros de los equipos hasta su entrega en el lugar indicado.
RESPONSABILIDAD Y SEGURO. El adjudicatario será responsable de todos los daños y perjuicios o accidentes de toda naturaleza que sean cau- sados a terceros por su personal o como consecuencia de los trabajos objetos del contrato. Esta responsabilidad no terminará hasta que se haya cumplido totalmente el plazo de duración del contrato. El adjudicatario deberá tener contratada, al comenzar la prestación de los servicios, una póliza de seguro de responsabilidad civil y daños a terceros, con una compañía aseguradora legalmente constituida, por importe al menos de 300.506,05 euros, notificándolo por escrito al IMSS y presentando copia de la póliza de la misma.
RESPONSABILIDAD Y SEGURO. 11.1 El contratista es responsable de los daños que durante la realización de las prestaciones se ocasionen en la instalación o en objetos, siempre que se le puedan imputar (o a sus ayudantes) intencionalidad o negligencia grave, dicha responsabilidad total, en caso de negligencia grave, queda limitada al valor del encargo o de las tareas de mantenimiento con el límite del importe correspondiente a un año de las prestaciones acordadas. Por siniestro, la responsabilidad del contratante está limitada al 25% del valor neto del pedido.
RESPONSABILIDAD Y SEGURO. 22.1. El adjudicatario será responsable de todos los daños y perjuicios o accidentes de toda naturaleza que sean causados a terceros por su personal o como consecuencia de los trabajos objeto del contrato. Esta responsabilidad no terminará hasta que se haya cumplido totalmente el plazo de duración del contrato.