Common use of CONDICIONES GENERALES Clause in Contracts

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece el artículo 139.2 de la LCSP, y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismo.

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Samples: Contrato De Servicio De Vigilancia Y Seguridad en Los Edificios Sede De La Junta General Del Principado De Asturias, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto, Del “Servicio De Vigilancia Y Seguridad en Los Edificios De La Junta General Del Principado De Asturias

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasSeñor(es) oferente(s) para participar en este proceso deberá examinar todas las condiciones, tal como establece especificaciones, formatos y anexos que acompañan este documento y que hacen parte integral del mismo. La Compañía podrá, antes de que venza el artículo 139.2 plazo para presentar ofertas, modificar tales documentos. Los gastos en que incurran el(los) oferente(s) en la preparación y presentación de la LCSPoferta, son de su propia responsabilidad y en consecuencia, no habrá lugar a reconocimiento o compensación alguna por parte de La Compañía. El(los) oferente(s) podrán cotizar total o parcialmente los ítems requeridos, pero para los ítems cotizados deberá entregar toda la información requerida. La Compañía se arbitrarán los medios reserva el derecho, sin que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse por ello deba asumir responsabilidad alguna frente a los pliegos posibles oferentes, de efectuar la selección total o parcial de la Oferta, o por ítem, de acuerdo con lo que más le convenga, o incluso podrá abstenerse de seleccionar oferta alguna. NO SE CANCELARÁ NINGÚN COSTO Y/O VALOR ADICIONAL que no hayan sido contemplados en la oferta y documentación definidos en la Orden de Compra o Contrato. La presentación de la oferta se considerará como manifestación expresa del(los) oferente(s) de haber aceptado y examinado los documentos y anexos del proceso , que ha obtenido las aclaraciones sobre los puntos inciertos o dudosos y que acepta que la información suministrada por la Compañía está completa y es suficiente para determinar el objeto y demás aspectos de este proceso, además, que conoce la legislación colombiana y las normas que rigen la licitación, y su presentación supone contratación en la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva algunaCompañía, así como la autorización a la mesa sus políticas y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores procedimientos y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión que se ha informado completamente de todas las propuestas circunstancias que puedan influir de alguna forma sobre el Bien/Servicio a entregar/realizar así como todas aquellas que el oferente considere necesarias para la presentación de su oferta. El idioma de la oferta, será el español, salvo los términos técnicos que se utilicen en idioma distinto; así mismo La oferta debe presentarse sin tachones, borrones o enmendaduras. Cualquier enmendadura que contenga la oferta, deberá ser aclarada y validada por él suscritasel oferente. Para participar deberá estar inscrito como proveedor en la base de datos de La retirada indebida Compañía, de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas no estar inscrito podrá participar y en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo caso que su proposición adolece de error o inconsistencia que oferta sea la hagan inviablemás favorable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a debe presentar la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismodocumentación requerida.

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Samples: www.emtelco.com.co, www.emtelco.com.co

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasEl licitador presentará una oferta en concepto del objeto del contrato, tal como establece en las mismas condiciones exigidas en los pliegos, o en su caso mejoradas por el artículo 139.2 de licitador. En la LCSP, y oferta se arbitrarán deberá detallar los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos técnicos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva algunamateriales, así como la autorización humanos que pondrá a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección disposición del contrato. El licitador deberá presentar una lista de precios unitarios (IVA incluido) de su catálogo de accesorios, de reposiciones no incluidas en la garantía y de repuestos de los dos equipos modulares de electromiografía computerizada y del estimulador eléctrico cortical, así como otros productos relacionados con este, especificando el descuento preferente sobre tarifa que se compromete a aplicar al Hospital, indicando el tiempo que estará en vigor dicha tarifa. Todos los equipos descritos en las ofertas se entiende que se suministran con todos aquellos dispositivos o elementos de interconexión, accesorios de anclaje o fijación necesarios, así como montados en los locales de destino definitivo, en condiciones de funcionamiento incluyendo la retirada de los elementos de embalaje o cualquier otro elemento sobrante que se produzca con motivo del montaje y puesta en marcha. Se remitirá una relación de hospitales a los que se hayan suministrado en el último año el artículo ofertado, a nivel nacional y especialmente en Baleares. Para facilitar una correcta evaluación, las empresas licitadoras adjuntarán los manuales (técnicos y de usuario), catálogos, fotografías,… del material susceptible de reposición, que el licitador crea conveniente para que el Hospital pueda entender bien como es el producto utilizado por la empresa licitadora. El órgano de contratación contratación, directa o a través de la entidad que estime idónea para ello, podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad inspeccionar y ser informado del proceso de fabricación o una parte elaboración del producto utilizado, pudiendo ordenar análisis, ensayos y pruebas de los documentos justificativosmateriales a emplear, cuando consideren que existen dudas razonables sobre así como establecer sistemas de control de calidad, dictando cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo ofertado. La falta de información o respuesta a las cuestiones planteadas será motivo de no valoración en el apartado correspondiente. Detallar si la vigencia empresa posee alguna certificación de calidad: ISO u otras. El Hospital podrá solicitar muestras o fiabilidad demostraciones de adaptabilidad en el mismo centro si lo cree oportuno durante el periodo de adjudicación. Si durante la validez del contrato alguna referencia adjudicada quedara obsoleta o sufriera modificación, y mejoras, la nueva referencia será suministrada en lugar de la declaración, cuando resulte necesario para primera con el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después Vº Bº de la adjudicación dirección del contrato procederá la exclusión centro en las mismas condiciones del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismocontrato.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Que Rige en El Procedimiento Abierto Convocado Por La Fundación Hospital

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasLa ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, tal como establece el artículo 139.2 de la LCSP, y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura Administración podrá exigir la adopción de las proposicionesmedidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo. Las proposiciones • El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y a las especificaciones técnicas unidas al expediente, de los interesados deberán ajustarse a los pliegos acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diese al contratista el Ayuntamiento. • El contratista deberá prestar el servicio con la continuidad y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva algunacalidad convenida, así como realizar el servicio contratado con independencia de las circunstancias internas o externas de la autorización entidad adjudicataria, tales como conflictos laborales y cualquier otra que pueda afectar al desarrollo normal del servicio. • Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. • El contratista será responsable civil y administrativamente ante el Ayuntamiento por las faltas que cometan sus trabajadores y quedará obligado al resarcimiento de todos los daños que se causan a terceros con motivo de la defectuosa prestación del servicio o por dolo o por culpa ya sean en bienes personales y/o instalaciones, sin perjuicio de las sanciones que puedan imponérsele. • El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Sólo quedará exento de responsabilidad cuando los vicios que se observen, sean consecuencia directa de una orden de la Administración o de las condiciones impuestas por ella. • El contratista tiene la obligación de realizar los trabajos extraordinarios que se le encarguen. El coste de estos servicios le serán abonados de acuerdo con los precios unitarios vigentes en cada momento formulados en su propuesta. En el supuesto de inconcreción se pactarán precios contradictorios. • De producirse algún acontecimiento por causa de fuerza mayor o cualquier situación de emergencia pública, el Contratista deberá realizar los servicios contratados u otros trabajos en los cuales el personal o el material resultase necesario para restablecer la normalidad mientras dure el estado de emergencia, fuerza mayor o calamidad pública. Estos servicios serán abonados, conforme a los precios unitarios aportados por el contratista en su oferta. • Todos los datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria en relación con los servicios contratados se entenderán confidenciales, debido guardar la identidad y el secreto de los mismos. El adjudicatario deberá indemnizar al Ayuntamiento y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional. • La utilización por la empresa adjudicataria de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal y demás normativa concordante. • El adjudicatario deberá prestar, sin derecho de pago suplementario, los servicios que se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo o informativas. Esta obligación se mantendrá hasta la finalización del periodo de garantía. En todo caso serán obligaciones del contratista, además de las contenidas en este Pliego y de los que resultan de la aplicación de las normas supletorias, las siguientes : a) Prestar los servicios de forma regular y continua según éste se vaya demandando, quedando obligada a cubrir las bajas del personal que adscriba para la prestación de los servicios, y que se producen por accidente o enfermedad, vacaciones y otras causas, durante la vigencia del contrato, no pudiendo en ningún caso interrumpir la prestación de los servicios con ella concertados, excepto cuando así lo acuerde expresamente el Ayuntamiento motivadamente por causa justificada de interés público. b) Proceder al nombramiento de un/a coordinador/a responsable de equipo que será quien actúe de intermediario con los servicios técnicos del Ayuntamiento. c) Dar cuenta inmediatamente al Ayuntamiento de cuantas incidencias se produzcan en la prestación de los servicios concertados. d) Notificar al Ayuntamiento, dentro de los ocho días siguientes a la mesa fecha en que se produzcan, las altas y bajas del personal que adscriba para la prestación del servicio concertado, así como las modificaciones de dedicación del personal u otro tipo de incidencia. e) Elevar informe al órgano Ayuntamiento de contratación para consultar resultados obtenidos con la prestación de los datos recogidos servicios, sin perjuicio de la permanente facultad de inspección de la Administración municipal. En todo caso serán obligaciones del Ayuntamiento, las siguientes: a) Abonar a la entidad adjudicataria el precio estipulado dentro del plazo de treinta días siguientes al de la presentación en el Registro Oficial Ayuntamiento de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o las correspondientes facturas comprensivas de los requisitos señalados en las listas oficiales el Pliego de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión EuropeaCláusulas. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar b) Notificar a la inadmisión entidad adjudicataria los acuerdos municipales que se produzcan sobre modificación cuantitativa de todas las propuestas por él suscritasprestaciones de los servicios concertados. La retirada indebida c) Prestar a la entidad adjudicataria la colaboración necesaria para el cumplimiento de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas prestaciones objeto del contrato. d) Haber constituido la garantía definitiva en el plazo señalado. e) Formalizar el contrato en el plazo señalado en el acto de adjudicación. f) Garantizar el mantenimiento de su capacidad de contratar con las entidades comprendidas administraciones públicas durante toda la vigencia del contrato, obligándose a notificar en el artículo 3 plazo de LCSPquince días las incapacidades o incompatibilidades que hubieran podido sobrevenir. g) Pagar todos los gastos que se originen a consecuencia de la licitación y del contrato, entre otros, anuncios de prensa, constitución de fianzas y, en las condiciones establecidas su caso, formalización del contrato en el artículo 73 escritura pública. h) Cumplir cuantas disposiciones se hallen vigentes en materia de Legislación Laboral, Seguridad Social, Convenios Colectivos, así como en materia tributaria, quedando la Corporación Municipal liberada de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse del mismo texto legalincumplimiento de aquéllas. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en i) Indemnizar todos los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica daños que se presente no podrá superar el tipo causen al Ayuntamiento y a terceros como consecuencia de licitación definido los trabajos, así como el presupuesto los producidos en cumplimiento de licitación excluido el IVAsus obligaciones. Las circunstancias j) Cumplir todas las disposiciones relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad doble oficialidad lingüística de la declaraciónComunidad Autónoma del País Xxxxx, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento ydifundiendo a tal fin todas las rotulaciones, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador avisos y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismo.demás

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Samples: Pliego De Condiciones Administrativas Para La Contratación Por Procedimiento Abierto Del Servicio De Jardinería

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas“LA COMISIÓN” podrá solicitar la prestación del servicio de suministros xx xxxxx de papel de restaurante y vales de despensa electrónicos a “LOS POSIBLES PROVEEDORES”. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se obligan a: • A entregar a LA COMISIÓN al menos un directorio, tal como establece el artículo 139.2 en formato electrónico, de la LCSPlos establecimientos con los cuales se encuentra afiliados, y se arbitrarán en donde serán aceptados los medios que garanticen tal carácter hasta el momento vales de apertura papel de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva algunarestaurante, así como la autorización los terminales puntos de venta donde pueden utilizarse los vales de despensa electrónicos, así como las actualizaciones del mismo. • A designar al o los ejecutivos de cuenta con capacidad de decisión con el o los cuales tendrán contacto único o directo “LA COMISIÓN”, así como proporcionar a la mesa esta los nombres y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos de contacto de dichos ejecutivos, para resolver cualquier contingencia administrativa y/u operativa, que se presenten durante la vigencia del contrato a celebrarse. • A demostrar a “LA COMISIÓN”, que su capital contable es al menos el 10% el monto requerido, a través de los estados financieros internos suscritos por auditoría contable externa. • A que en caso de que los vales de papel de restaurante no sean utilizados dentro del periodo de vigencia del contrato, deberán ser canjeados por vales de nueva emisión sin costo alguno, para “LA COMISIÓN”, incluyendo el Registro Oficial traslado a partir del importe de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales $25,000.00 • A que la última remesa xx xxxxx de operadores económicos papel de un Estado miembro restaurante, será entrega con vigencia al menos de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más febrero de una proposición2015, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán acuerdo a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 necesidades de LCSP“LA COMISIÓN”. AMBAS PARTES se obligarán a: • Que si al 31 de diciembre del 2014 no se ha agotado la cantidad contratada mediante los pedidos parciales mencionados, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no “LA COMISIÓN” podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismo.dar por

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Samples: Contrato Abierto De Compraventa De Vales De Restaurante Y De Despensa, Derivado De La Licitación Pública

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas1. Objeto del contrato Procedimiento del servicio En virtud del presente contrato marco, tal como establece el artículo 139.2 XxxxxXxxx presta al Contratante los servicios indicados que a su amparo solicite. A efectos de este contrato, se entenderá por (i) Ordenante o deudor, la persona que emite, y a nombre de la LCSPcual se efectúan los pagos; (ii) por Contratante, y se arbitrarán los medios el titular del presente contrato, quien concierta con CaixaBank la prestación del servicio; (iii) Presentador, la persona que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura efectúa la presentación de las proposicionesÓrdenes de pago y puede recibir la información relativa a las devoluciones que en relación con las mismas pudieran surgir (CaixaBank remite la información relativa a las devoluciones al Contratante, cuando exista Presentador a éste o a quien determine expresamente a XxxxxXxxx). Las proposiciones Xx Presentador puede ser persona distinta del Contratante, en ese caso, el Contratante le faculta expresamente para realizar las funciones atribuidas, en su nombre y representación. El Contratante, en caso de ser persona distinta del Ordenante, manifiesta que efectúa los pagos a cargo del Ordenante por haberlo convenido esas partes y así lo solicita y requiere a CaixaBank. Para el caso de que el Ordenante y el Presentador fueran personas distintas, el Ordenante lo notificará por escrito a XxxxxXxxx y autorizará al Presentador, para que, en su nombre y representación, pueda hacer la presentación de los interesados deberán ajustarse soportes magnéticos o la transmisión telemática a CaixaBank y a su vez recibir las devoluciones que, en su caso, pudieran producirse. Recibida la notificación CaixaBank efectuará las modificaciones informáticas precisas para poder atender el servicio. Finalidad empresarial y régimen legal El Contratante se obliga a destinar los pliegos y documentación servicios que rigen la licitación, y se prestan al amparo del presente Contrato a su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas actividad empresarial o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresasprofesional. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia Contratante acepta que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, servicio contratado se realice en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo y condiciones del Contrato, aunque estos contradigan los siguientes preceptos del RDL, a cuya aplicación expresamente renuncia: - Título II: Transparencia de licitación definido como el presupuesto las condiciones y requisitos de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir información aplicables a los licitadores que presenten la totalidad o una parte servicios de los documentos justificativospago, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación resolución y modificación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismomarco.

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Samples: Contrato De Servicio De Pago De Nominas Y Proveedores

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece el artículo 139.2 La presentación de la LCSP, y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone proposición presume la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras el licitador del contenido de la totalidad de sus las cláusulas o condicionesdel presente pliego, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia secreta, y se arbitrarán los medios que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en garanticen tal carácter hasta el artículo 3 momento de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada apertura de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAPmisma. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores al licitador que presenten presente la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren considere que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la su declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisióninadmisión de la misma. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismo. Los licitadores son responsables de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, el órgano de contratación podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el licitador, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original. Incurrir en falsedad al facilitar cualquier dato relativo a la capacidad es causa de prohibición de contratar de conformidad al artículo 71.1 e) LCSP. En el caso de que algún documento de la oferta presentada esté dañado, en blanco, sea ilegible o esté afectado por algún virus informático (código malicioso), el órgano de contratación valorará, en función de cuál sea la documentación afectada, las consecuencias jurídicas que se deriven de la imposibilidad de acceder a su contenido, respecto de la participación del licitador en el procedimiento. En el caso de que se trate de documentos imprescindibles para conocer la oferta, se podrá acordar la exclusión del licitador. Los formatos de documentos electrónicos admisibles para la elaboración de las ofertas son todos, excepción de los archivos ejecutables (.exe). Las ofertas que contengan este tipo de archivos prohibidos no podrán presentarse. A estos efectos la plataforma, en el momento de la carga de documentos, tiene un enlace con la lista de extensiones no permitidas (relativas a ejecutables) Toda la documentación se presentará, cuando no esté redactada originalmente en castellano, traducida de forma oficial a esta lengua. El licitador deberá indicar qué documentos o partes de los mismos o datos de los incluidos en la oferta tienen la consideración de confidenciales, sin que resulten admisibles las declaraciones genéricas de confidencialidad de todos los documentos o datos de la oferta. La condición de confidencial deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma claramente identificable) en el propio documento que tenga tal condición, señalando además los motivos que justifican tal consideración. No se considerarán confidenciales documentos que no hayan sido calificados como tales por el licitador.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Del Servicio De “Actualización De La Plataforma De Tramitación Parlamentaria Ágora De La Junta General Del Principado De Asturias

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece el artículo 139.2 de la LCSP, y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse ENEL-EMGESA solicita a los pliegos y documentación oferentes la DOCUMENTACIÓN TECNICA que rigen la licitacióndeben allegar al proceso de PRESELECCIÓN DE PROPONENTES DE CARBÓN, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido para que en caso de la totalidad de sus cláusulas o condicionesser preseleccionados como proponentes, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización puedan ser invitados a la mesa y al órgano un eventual proceso de contratación para consultar los datos recogidos el suministro de carbón para la Central Termoeléctrica Xxxxxx Xxx Xxxxxx “Termozipa”. Participar en esta preselección implica la aceptación y cumplimiento tácito por parte del (los) Oferente (s) de las condiciones técnicas prescritas por ENEL-EMGESA y en ningún caso, podrá aducir desconocimiento de ellas. Para la preparación y presentación de la información y documentos exigidos por ENEL-EMGESA, el Oferente debe sujetarse a lo indicado en el Registro Oficial presente pliego de Licitadores y Empresas Clasificadas condiciones. Los documentos aclaratorios o complementarios solicitados al Oferente antes del Sector Público o en las listas oficiales cierre de operadores económicos proceso de un Estado miembro preselección, serán considerados parte integrante de la Unión Europeadocumentación. Cada entidad licitadora La falta de cualquiera de las informaciones o documentos solicitados o el no envío de las respuestas a preguntas o aclaraciones requeridas durante el proceso de preselección, podrá presentar más considerarse, a juicio de una proposiciónENEL-EMGESA, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a los requisitos para la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo casoconsecuencia, antes podrá ser causal de adjudicar descalificación. ENEL-EMGESA aclara que las personas jurídicas o naturales invitadas a participar en el contrato. Cuando presente proceso de preselección de proponentes de carbón, podrán conformar uniones temporales y/o consorcios con cualquier persona jurídica o natural productora o comercializadora de carbón, independientemente de si ésta ha sido invitada o no sean ciertos a participar en el proceso, no obstante dicha persona jurídica o natural deberá cumplir con los datos aportados por requisitos exigidos en el licitador presente pliego de condiciones., en lo relacionado con su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación aporte u obligación dentro del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoconsorcio o unión temporal.

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Samples: Pliego Condiciones Preselección De Proponentes De Carbón Dgc_001_2016

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasPodrán solicitar la admisión al procedimiento negociado y optar a la adjudicación del Contrato las personas naturales o jurídicas, tal como establece sean nacionales del Estado español o del extranjero, a título individual o en forma de agrupación de empresas, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren sometidas a las prohibiciones e incompatibilidades para contratar establecidas en este Pliego, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de manera que permitan valorar los criterios de selección para la participación en la negociación que se establecen en este Pliego. Los candidatos que deseen participar en la licitación del presente Contrato deberán presentar la correspondiente solicitud de participación, redactada de conformidad con el artículo 139.2 modelo que figura en el Anexo nº 5 del presente documento en dos sobres cerrados, con indicación de la LCSPlicitación a la que concurren, firmada por el licitador o por el representante de la empresa, con la indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa, y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y con la documentación que rigen se especifica a continuación. Dentro de cada sobre se incluirá, en una hoja independiente, un índice de la documentación aportada enunciada numéricamente. Toda la documentación, bien original o copia debidamente compulsada, deberá presentarse en castellano. La solicitud de participación se deberá presentar ante ADIF, en el lugar que se señale en el anuncio de licitación, y su dentro de la fecha y hora indicadas asimismo en dicho anuncio. La presentación supone de solicitudes de participación presume la aceptación incondicionada por el candidato de las entidades licitadoras condiciones que regirán el procedimiento negociado y las cláusulas y condiciones de ejecución del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva algunaContrato contenidas en este Pliego, así como la autorización a declaración responsable de la mesa exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas. También se podrán presentar las solicitudes de participación por correo, siempre dentro del plazo establecido. En tal caso, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación para consultar los datos recogidos la remisión de la oferta mediante télex, fax, telegrama o por correo electrónico en el Registro Oficial de Licitadores mismo día, y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro siempre antes de la Unión Europeaúltima hora y día determinados como período de licitación. En todo caso, si transcurridos 10 días naturales desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación no ha llegado el envío por correo al órgano de contratación, éste no será admitido en ningún caso. Las solicitudes de participación presentadas fuera de plazo no serán admitidas bajo ningún concepto. Las solicitudes de participación serán secretas. Cada entidad licitadora licitador no podrá presentar más de una proposición, ni solicitud de participación. Tampoco podrá suscribir una solicitud de participación en una agrupación con otros si lo ha hecho individualmente ni como miembro de o figurar en más de una unión temporal agrupación. No obstante, habida cuenta el limitado mercado en el subsistema de telecomunicaciones móviles, y de las restricciones a la competencia que lo contrario supondría, con el consiguiente perjuicio para la contratación, los licitadores o subcontratistas que realicen directamente las prestaciones de obra y/o mantenimiento de este subsistema podrán figurar en más de una agrupación de empresas y no podrán concertar su participación en exclusiva en ningún consorcio o agrupación de empresas, adicionalmente a cuanto se indica en este Pliego. El incumplimiento Además: ▪ no se exigirá solvencia técnica en relación con este subsistema en la fase de esta selección de candidatos; ▪ no será necesario que los licitadores o subcontratistas que realicen directamente las prestaciones de obra y/o mantenimiento de este subsistema estén presentes en la fase de selección, sino que podrán incorporarse a todas o a cualquiera de los candidatos seleccionadas, en calidad de licitadores o de subcontratistas, en la fase de negociación. En cualquier caso, todos los candidatos se obligarán a realizar, por sí o por terceros, las labores de ejecución de las prestaciones relativas a este subsistema, asumiendo la obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritascontar con los medios suficientes en este sentido. La retirada indebida solicitud de participación deberá consistir en los dos sobres que se indican a continuación, cada uno de ellos con sujeción a los requisitos generales expuestos y con el contenido que se indica seguidamente. En el caso de agrupaciones de empresas, cada una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSPellas deberá acreditar su personalidad, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, capacidad y solvencia en los términos previstos establecidos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismosiguientes.

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Samples: Pliego Tipo De Condiciones Particulares De Aplicación Al Contrato

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasEl presente contrato regula las relaciones jurídicas entre el Cliente, tal como establece persona física, y BFF Bank S.p.A, Sucursal en España (en adelante, el artículo 139.2 "Banco") en relación con cualesquiera productos y servicios que suscriba aquél, ya sea en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional o al margen de la LCSPmisma (en adelante, el "Contrato", las "Condiciones Generales" o el "Contrato de Prestación de Servicios"). A dichos productos y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de servicios le resultarán aplicables las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva algunapresentes Condiciones Generales, así como las Condiciones Particulares correspondientes a cada uno de ellos, que, en caso de discrepancia, prevalecerán sobre las Condiciones Generales. Del mismo modo, serán de aplicación el Documento Informativo de las Comisiones y las Condiciones Generales de Banca a Distancia, considerando a dichos documentos a todos los efectos anexos al presente Contrato. Estos documentos estarán en todo momento disponibles en soporte duradero en el buzón privado del servicio de banca a distancia, accesible desde la autorización página web arriba indicada, y el Cliente ha tenido acceso a ellos con carácter previo a la mesa contratación. Estas Condiciones Generales sustituyen a cualesquiera otras suscritas por las partes con anterioridad. El Banco le ha facilitado de manera comprensible información previa adecuada, completa y al órgano actualizada para adoptar una decisión informada de contratar el producto objeto del presente Contrato. El Banco facilita, a través de la página web del Banco, en el proceso de contratación y en su área privada, las explicaciones necesarias para consultar comprender los datos recogidos términos esenciales del producto. El Banco informa de la existencia, junto al presente documento de Condiciones Generales, del documento de Condiciones Particulares así como el Documento Informativo de las Comisiones, los cuales pueden ser consultados en su página web, se facilitan como documentos precontractuales en una fase previa de su firma en el Registro Oficial proceso de Licitadores alta y Empresas Clasificadas el Cliente debe acceder a cada documento, leerlo y llegar al final del Sector Público mismo antes de continuar con la fase siguiente con el fin de poder dar por finalizado el proceso de información previa. Además, dicha información se enviará al Cliente por correo electrónico. Asimismo, en la página web se podrá consultar la lista de los servicios más representativos asociados a una cuenta de pago. Y todo ello con la finalidad de que el Cliente pueda comprender la naturaleza de los riesgos de los productos y servicios que se le pueden ofrecer bajo este Contrato. En cualquier momento de la relación contractual, el Cliente podrá solicitar una copia en papel o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro otro soporte duradero del presente Contrato, así como de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más información y de una proposiciónlas condiciones exigidas por el Real Decreto-ley 19/2018, ni individualmente ni como miembro de más 23 de una unión temporal noviembre, de empresasservicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera (la "LSP"). El incumplimiento idioma de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en celebración del contrato es el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contratocastellano. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten idioma utilizado para la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre comunicación con el Banco durante la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para relación contractual debe ser el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismocastellano.

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Samples: www.cuentafacto.es

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece Es necesario que el artículo 139.2 de la LCSP, oferente se encuentre debidamente inscrito y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos actualizados en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro Proveedores de la Unión EuropeaInstitución. Cada entidad licitadora no podrá presentar más La oferta deberá presentarse por escrito, en sobre cerrado y debidamente identificado, en el Departamento de una proposiciónProveeduría del BCCR, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresasubicado en el primer piso del Edificio Principal, avenida central y primera, calles 2 y 4. El incumplimiento Cualquier documento que se genere producto de esta obligación dará lugar contratación o de previo a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada recepción de la oferta el supuesto deberá ser dirigido al Departamento de Proveeduría. La oferta se deberá redactar en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentadoidioma español, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece presentarse de error o inconsistencia manera ordenada y completa, sin manchas, tachaduras, borrones u otros defectos que la hagan inviablepuedan hacer de difícil interpretación; las correcciones deben salvarse por nota. La oferta original y una copia de la misma deben ser identificadas respectivamente como documento “original” o bien “copias”, y estar firmadas por la persona que ostente la representación legal de la empresa o bien por la persona autorizada por éste; para ello se debe adjuntar a la oferta documento que compruebe lo anterior. Se requiere que todas las hojas de la oferta original incluyendo panfletos (brochures) deben ser identificadas con la firma de representante legal, el nombre de la empresa y numeradas en forma consecutiva. Estas últimas tres cosas pueden ser hechas con un sello de hule. El oferente deberá precisar su razón social, número de cédula jurídica, teléfono, fax, domicilio y dirección electrónica. La oferta que se presente deberá ajustarse estrictamente al objeto definido en el cartel. El cartel deberá ser contestado siguiendo el mismo orden y numeración que se ha utilizado en éste, y, para todos los puntos, el oferente deberá suministrar toda la información que la Administración requiere para poder valorar su oferta, respondiendo con claridad a cada uno de los puntos de conformidad con el qué, cuánto y cómo pretende ofrecer. Sin embargo, para facilitarles la presentación de su oferta, en los términos previstos en puntos que así considere conveniente, el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica oferente puede indicar que se presente da por enterado, acepta y cumple con lo señalado. Esto no podrá superar aplica para aquellos puntos en los cuales el tipo oferente está obligado a dar una respuesta amplia que permita evaluar alguna característica que está ofreciendo como respuesta a un requerimiento del cartel. Si se respondiera en forma general un requerimiento técnico, esto se tomará como una omisión de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a una característica técnica, y es importante recordar que omisiones sobre las características técnicas no son subsanables y, por lo tanto, descalifican la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contratooferta. El órgano de contratación podrá pedir BCCR por medio del EGC se reserva el derecho a los licitadores que presenten verificar la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoinformación aportada.

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Samples: www.bccr.fi.cr

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece el artículo 139.2 de la LCSP, y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura Con una anticipación no menor a quince (15) días del comienzo de las proposicionestareas indicadas en este documento, las PARTES acordarán coordinar los trabajos, operaciones y toda otra actividad que sea necesaria realizar con los fines establecidos, debiendo designar a sus representantes con facultades suficientes a tal efecto. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir XXXXXXX deberá entregar en el momento de perfección del contratoacordar los trabajos los Currículums de todos los técnicos involucrados en los trabajos, reservándose ANTEL el derecho de no admitir alguno de ellos. En este último caso, ANTEL comunicará dicha resolución a ABIATAR. Para el inicio de las Pruebas de Validación, ABIATAR deberá garantizar que sus equipos están en las condiciones técnicas apropiadas para su puesta en servicio. De común acuerdo entre las PARTES se podrán realizar pruebas previas a las de validación (no incluidas en las previstas en éste documento) si ABIATAR las requiere para la puesta a punto de sus equipos. La totalidad de los costos generados por la realización de las mismas será de cargo xx XXXXXXX. En todas las pruebas de validación, los equipamientos suministrados por ABIATAR, deberán estar perfectamente calibrados. ANTEL proporcionará a ABIATAR los protocolos de pruebas para las diferentes interconexiones de sus equipos. Éstos se encuentran especificados en este documento y sus Apéndices I, II, III y IV. El órgano protocolo de contratación podrá pedir pruebas y procedimientos incluye un listado de las pruebas a los licitadores que presenten la totalidad o realizar con una parte breve descripción de los documentos justificativosaspectos más importantes de cada prueba. Los cargos referidos a todas las pruebas realizadas serán de cargo xx XXXXXXX. De requerirse pruebas adicionales por causas atribuibles a ABIATAR, cuando consideren que existen dudas razonables sobre las mismas serán cobradas a éste en forma adicional a las establecidas inicialmente. Cada prueba se formalizará por medio de un acta la vigencia o fiabilidad cual será firmada por los técnicos responsables xx XXXXX y xx XXXXXXX. En dicha acta se indicará el resultado de la declaraciónprueba, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento ylos incumplimientos y su categoría. Los incumplimientos se clasificarán en 2 categorías: Tipo A) Serán declarados como esenciales e impedirán la puesta en servicio de la Interconexión. Tipo B) Serán aquellos incumplimientos de menor importancia, los cuales se registrarán en todo caso, antes de adjudicar el contratolas actas como observaciones. Cuando Los mismos deben ser solucionados en un plazo no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisiónmayor a treinta (30) días calendario. Si pasado el plazo estipulado, los incumplimientos de este tipo no son solucionados, ANTEL informará esta situación a la inexactitud fuera conocida después URSEC y podrá dar de baja la interconexión hasta tanto no se soluciones dichos pendientes. De común acuerdo las PARTES podrán aceptar como excepción aquellos casos de incumplimientos tipo B que no impidan el correcto funcionamiento de la adjudicación Interconexión y que no afecten otros equipos de las PARTES o de terceros. En el Apéndice V se adjunta una tabla con la categorización de los pendientes o incumplimientos que pueden surgir del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato resultado de cada prueba. El procedimiento será causa de resolución del mismo.el siguiente:

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Samples: www.gub.uy

CONDICIONES GENERALES. Cuando el objeto de la consultoría a contratar incluya la adquisición de bienes o servicios accesorios a la misma, se adelantará por el procedimiento de Concurso de Méritos, sin perjuicio de la evaluación que se realice de las condiciones de calidad y precio de los bienes o servicios de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015 o las normas que lo sustituyan o aclaren. Si el objeto contractual involucra servicios de consultoría y otras obligaciones principales, como por ejemplo en el caso de ejecución de proyectos que incluyen diseño y construcción de la obra, la escogencia del contratista deberá adelantarse mediante licitación pública, selección abreviada o contratación directa, según corresponda de conformidad con lo señalado en la normatividad aplicable sobre la materia. En todo caso, el equipo de profesionales y expertos propuestos deberá ser aprobado por el Instituto Distrital de Turismo. La oferta más favorable se sujeta a la calidad y no al precio. Los consultores están obligados a dar asesoramiento competente, objetivo e imparcial, otorgando la máxima importancia a los objetivos de la entidad, asegurándose de no incurrir en conflicto de intereses. En consecuencia, los proponentes evitarán dar lugar a situaciones en las que pongan en conflicto sus obligaciones previas o vigentes respecto de otros contratantes, o con su futura o actual participación en procesos de selección, o en la ejecución de otros contratos. Así mismo, al momento de presentar su expresión de interés en precalificar o presentar su oferta en el concurso abierto, el proponente deberá declarar que él, sus directivos y el equipo de trabajo con que ejecutarán los servicios contratados, no se encuentran incursos en conflictos de interés. Durante la ejecución del contrato, el consultor sólo podrá sustituir algún miembro del equipo de trabajo, si lo autoriza el Instituto Distrital de Turismo, siempre que el nuevo miembro propuesto cuente con calidades iguales o superiores a las presentadas en la oferta respecto del miembro del equipo a quien reemplaza. Dentro de los estudios y documentos previos y el pliego de condiciones se deberá tener en cuenta: Los objetivos, metas y alcance de los servicios que se requieren. La descripción detallada de los servicios requeridos y de los resultados o productos esperados, los cuales podrán consistir en informes, diagnósticos, diseños, datos, procesos, entre otros, según el objeto de la consultoría. El cronograma de la ejecución del contrato de consultoría. El listado y ubicación de la información disponible para ser conocida por los proponentes, con el fin de facilitarles la preparación de sus propuestas, tales como estudios, informes previos, análisis o documentos definitivos. Los requisitos habilitantes y la calificación de: (i) La experiencia del interesado y del equipo de trabajo, y (ii) La formación académica y las publicaciones técnicas y científicas del equipo de trabajo; se podrán incluir otros criterios, como: el cumplimiento de contratos anteriores o similares, reconocimiento o cualquier otro elemento de juicio que le permita al IDT identificar consultores con los que pueda ejecutar exitosamente los servicios de consultoría de que se trate. La entidad revisará que la propuesta económica se encuentre dentro del rango estimado en los documentos y estudios previos, así como acorde al presupuesto oficial del proceso de selección. Se exigirá de igual forma, que el proponte incluya todos los conceptos asociados con las tareas a contratar que comprende entre otros: (i) La remuneración del personal del consultor, la cual podrá incluir, según el caso, sueldos, costos por concepto de seguridad social, viáticos, etc.; (ii) Gastos reembolsables indicados en el pliego de condiciones; (iii) Gastos generados por la adquisición de herramientas o insumos necesarios para la realización de la labor; (iv) Gastos de administración; (v) Utilidades del consultor y (vi) Gastos contingentes. Los precios deberán ser desglosados por actividad y de ser necesario, por gastos en moneda nacional y extranjera. Las proposiciones serán secretasactividades y productos descritos en la propuesta técnica pero no costeados en la propuesta económica, se consideran incluidos en los precios de las actividades y productos costeados. Dentro del proceso de selección se deberá tener en cuenta: Las propuestas solo se presentarán tal como establece se indica en el artículo 139.2 pliego a través de la LCSPplataforma transaccional SECOP II. Si una vez efectuada la evaluación por parte del comité asesor y evaluador, se advierte que la propuesta económica excede la disponibilidad presupuestal, la misma será rechazada y se procederá a abrir la propuesta económica del siguiente oferente, según el orden de calificación, y así sucesivamente. El Comité Asesor y Evaluador verificará la consistencia de la propuesta económica respecto de las actividades descritas en la propuesta técnica, con el fin de que se efectúen las aclaraciones y ajustes que sean necesarios. Como resultado de estos ajustes no podrán modificarse los requerimientos técnicos mínimos. Si de la verificación de la propuesta económica se identifica que la misma no es consistente con su propuesta técnica, se dará por terminada la revisión, se rechazará y se procederá a abrir el sobre económico de la ubicada en el siguiente orden de elegibilidad, y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta repetirá el momento de apertura de las proposicionesprocedimiento indicado anteriormente. Las proposiciones El IDT y el proponente elaborarán un acta de los interesados deberán ajustarse acuerdos alcanzados en esta revisión, si a los pliegos y documentación que rigen la licitaciónello hubiere lugar, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido con el fin de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir incluyan en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados La entidad adjudicará el contrato al consultor seleccionado, por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después medio de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoacto administrativo motivado.

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Samples: www.bogotaturismo.gov.co

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece En cuanto las condiciones y requisitos para que el artículo 139.2 contratista pueda concertar con terceros la realización parcial de la LCSPprestación, será de aplicación lo dispuesto en el Anexo de Condiciones Generales. Cuando el contratista incumpla las condiciones para la subcontratación establecidas o el límite máximo especial que pueda establecerse para la subcontratación en el apartado IV.5 del Cuadro de características, se impondrán las siguientes penalidades: La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad. 2.-Subcontratación en contratos cuyo objeto implique el tratamiento de datos de carácter personal. Cuando el pliego permita la subcontratación de actividades objeto xxx xxxxxx, y en caso de que el adjudicatario pretenda subcontratar con terceros la ejecución del contrato y el subcontratista, si fuera contratado, deba acceder a Datos Personales, el adjudicatario lo pondrá en conocimiento previo de la ADIF AV, identificando qué tratamiento de datos personales conlleva, para que la ADIF AV decida, en su caso, si otorgar o no su autorización a dicha subcontratación. En todo caso, para autorizar la contratación, es requisito imprescindible que se arbitrarán cumplan las siguientes condiciones (si bien, aun cumpliéndose las mismas, corresponde a la ADIF AV la decisión de si otorgar, o no, dicho consentimiento): • Que el tratamiento de datos personales por parte del subcontratista se ajuste a la legalidad vigente, lo contemplado en este pliego y a las instrucciones de la ADIF AV. • Que el adjudicatario y la empresa subcontratista formalicen un contrato de encargo de tratamiento de datos en términos no menos restrictivos a los medios que garanticen tal carácter hasta previstos en el momento presente pliego, el cual será puesto a disposición de apertura la ADIF AV a su mera solicitud para verificar su existencia y contenido. El adjudicatario informará a la ADIF AV de cualquier cambio previsto en la incorporación o sustitución de otros subcontratistas, dando así a la ADIF AV la oportunidad de otorgar el consentimiento previsto en esta cláusula. La no respuesta de la ADIF AV a dicha solicitud por el contratista equivale a oponerse a dichos cambios. 3.-Subcontratación en contratos cuyo objeto implique el desarrollo de aplicaciones y/o adquisición de equipamiento hardware/software relacionado con redes de comunicación y/o sistemas de información. Cuando el objeto del contrato tenga por objeto el desarrollo de aplicaciones y/o adquisición de equipamiento hardware/software relacionado con redes de comunicación y/o sistemas de información, cualquier subcontratación durante la ejecución de la prestación deberá ser comunicada y expresamente autorizada por Adif-AV. El contratista responderá por cualquier incumplimiento, por parte del subcontratista o de su personal, de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones obligaciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada Anexo en materia de ciberseguridad y seguridad de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoinformación.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación De Suministros Mediante Procedimiento Abierto

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasinstalaciones de agua fría, tal como establece deberán ser ejecutadas, siguiendo las indicaciones mostradas en los correspondientes planos y las instrucciones que, en su caso, sean impartidas por el artículo 139.2 de la LCSPsupervisor o representante del BCB, respetando especifi- caciones técnicas, así como, el Reglamento y normas sobre Instalaciones sanitarias. Los trabajos se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta considerarán concluidos, cuando el momento de apertura resultado de las proposicionespruebas hidráulicas de presión citadas en el presente documento se cumpla satisfactoriamente. Las proposiciones El Contratista será responsable absoluto de los interesados deberán ajustarse materiales necesarios para efectuar la instalación, debiendo protegerlos contra daños o pérdidas. El Contratista se halla obligado a los pliegos y documentación reemplazar cualquier pieza que rigen la licitaciónhubiera sufrido daño o destrozo o que a juicio del supervisor o del fiscal de obra, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o no se encuentre en perfectas condiciones, sin salvedad o reserva algunaque pueda servir de justifi- cación las causas que hubieran determinado el daño. Los materiales a emplearse, así deberán ser de calidad y tipo que aseguren la durabilidad y correcto funcionamiento de las instalaciones. Deberán cumplir los siguientes requisitos generales: material homogéneo, sección constante, espesor uniforme, dimensiones, pesos y espesores, estar libres de defectos como la autorización a la mesa grietas, abolladuras y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos aplastamientos. Todo el trabajo deberá ser ejecutado por personal especializado y con amplia experiencia en el Registro Oficial ramo, especificado en punto E del formulario de Licitadores y Empresas Clasificadas especificaciones técnicas. Para el paso de las tuberías a través de los elementos estructurales, se colocarán camisas o manguitos de metal, preferentemente xx xxxxxx fundido o acero. La longitud del Sector Público manguito será igual al espesor del elemento que atraviesa. Los diámetros internos de las mangas deberán permitir un juego libre de 1 cm., como mínimo alrededor del tubo. Las tuberías que atraviesan juntas de dilatación en el edificio, deberán estar provistas de conexiones flexibles o compensadoras de expansión en los sitios de paso. Todas las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro tuberías a ser instaladas o empotradas en muros, tabiquerías u otros elementos, deberán ser protegidas me- diante materiales aislantes acordes con el material de la Unión Europeatubería y del elemento que la cobija. Las piezas de conexión, deberán ser del mismo material de las tuberías que unan y de características acordes con las mismas. A la conclusión de la obra, el Contratista deberá presentar los planos conforme a obra ("as built"), que reflejen las instalaciones ejecutadas. Cada entidad licitadora batería de artefactos sanitarios, deberá tener las llaves de paso independientes con la respectiva unión universal que permita su reemplazo. - La clase de material deberá ceñirse estrictamente al tipo de tubería HIDRO-3 con “uniones termofusionadas” capa interna verde para instalaciones de agua caliente y fría, pero en ningún caso se podrá utilizar tubería de PVC con presión nominal inferior a 9 atmósferas. - Los cortes destinados a lograr empalmes o acoplamientos de tubería deberán ser ejecutados necesariamente con corta tubos de discos. - Una vez efectuado el corte, se alisarán los extremos por medio de lima o esmeril para eliminar las asperezas. - Todas las uniones se efectuarán por medio de espiga y campana. Los extremos a unir deberán ser limpiados cuidado- samente empleando para ello un líquido aprobado por el fabricante de tubería. Se deberá eliminar de este modo cualquier materia extraña que pudiera existir en la superficie del tubo. - Se deberá verificar la penetración del tubo hasta el tope de la campana, midiendo antes de la operación la longitud del enchufe. - Las uniones no podrá presentar más deberán someterse a ningún esfuerzo durante las primeras 24 horas siguientes a su ejecución. - No se permitirá el doblado de una proposicióntubos de PVC, ni individualmente ni como miembro en consecuencia en los quiebres se utilizarán piezas especiales (accesorios inyectados). - Todas las piezas especiales procederán de más fábrica, por inyección en molde; en ningún caso se autorizará el uso de una piezas obtenidas mediante unión temporal de empresastubos cortados en sesgo. El incumplimiento - Durante la ejecución del trabajo, los extremos libres deberán cerrarse por medio de esta obligación dará lugar a la inadmisión tapones adecuados, quedando prohibido el uso de todas papel o madera para tal finalidad. - Por razones de clima (temperaturas muy bajas), las propuestas por él suscritas. La retirada indebida tuberías de una proposición será una circunstancia que impedirán agua potable instaladas exteriores a las empresas contratar edificaciones deben ser protegidas con un material aislante tipo Stiropor o fibra xx xxxxxx, similar al utilizado para las entidades comprendidas en el artículo 3 tuberías de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoagua caliente.

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Samples: www.bcb.gob.bo

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasLa superficie interior de cualquier elemento será xxxx, tal como establece el artículo 139.2 no pudiendo admitirse otros defectos de regularidad que los de carácter accidental o local que queden dentro de las tolerancias prescritas y que no representen merma de la LCSPcalidad ni de la capacidad de desagüe. La reparación de tales defectos no se realizará sin la previa autorización de la Administración. La Administración se reserva el derecho de verificar previamente, por medio de sus representantes, los modelos, moldes y encofrados que vayan a utilizarse para la fabricación de cualquier elemento. Los tubos y demás de la conducción estarán bien acabados, con espesores uniformes y cuidadosamente trabajados, de manera que las superficies exteriores y, especialmente las interiores, queden reguladas y lisas terminando el tubo en sus secciones extremas con aristas vivas. Las características físicas y químicas de la tubería serán inalterables a la acción de las aguas que deban transportar, debiendo la conducción resistir sin daños todos los esfuerzos que esté llamada a soportar en servicio y durante las pruebas, y mantenerse la estanqueidad de la conducción a pesar de la posible acción de las aguas. Todos los elementos deberán permitir el correcto acoplamiento del sistema de juntas empleado para que éstas sean estancas, a cuyo fin los extremos de cualquier elemento estará perfectamente acabado para que las juntas sean impermeables, sin defectos que repercutan en el ajuste y montaje de las mismas, evitando tener que forzarlas. Los tubos a utilizar de hormigón serán prefabricados y de sección circular, debiendo cumplir las especificaciones de la American Society for Testing and Materials (ASTM), en la norma C-76M-83 para hormigón armado y la C-14-81 para hormigón en masa. En las mencionadas normas ASTM se arbitrarán los medios indican para cada clase y diámetro interior, el espesor del tubo, la resistencia características del hormigón y en su caso, la sección de la armadura en centímetros cuadrados por metro lineal de pared de tubo. La totalidad de prescripciones que figuran en las citadas normas ASTM serán de aplicación en la fabricación de las tuberías. No se admitirán armaduras elípticas. Los tubos a utilizar deberán de verificar el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales de Tuberías de Saneamiento de Poblaciones, para colectores o de Abastecimiento de aguas, para impulsiones. Los tubos de polietileno para impulsiones serán como mínimo de alta densidad (PE-AD) y de una presión de trabajo no inferior a 6 atm. Los tubos se unirán mediante juntas elásticas que garanticen tal carácter hasta el momento la estanqueidad tanto a presión interna como a la externa originada por aguas freáticas, permitiendo un mínimo de apertura desviación angular que no afecte a la estanqueidad. Los anillos de las proposiciones. Las proposiciones goma a colocar en los extremos de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por tubos para asegurar las entidades licitadoras del contenido de condiciones mencionadas cumplirán con la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así las prescripciones que figuran en la norma ASTM C-443 M- 80. La unión entre los tubos de PVC se realizará mediante juntas elásticas que garanticen la estanqueidad tanto a presión interna como la autorización a la mesa externa originada por aguas freáticas, permitiendo un mínimo de desviación angular que no afecte a la estanqueidad. Cuando los conductos se instalen dentro de una vaina, la junta será encolada. El adhesivo no deberá despegarse con la acción agresiva del agua y deberá cumplir la UNE 53.174. La unión entre los tubos de polietileno se realizará mediante soldadura. La unión entre tubos de hormigón y pozos de registro de obras de fábrica en general, se realizará de manera que la junta resultante mantenga las mismas características de estanqueidad y flexibilidad que poseen las uniones entre tuberías. El tipo de unión a colocar en las juntas objeto de este apartado estará constituido por un manguito flexible al órgano de contratación para consultar los datos recogidos que se atornilla una brida interna en el Registro Oficial extremo correspondiente a la pared de Licitadores obra de fábrica y Empresas Clasificadas otra externa en el extremo de la tubería. Las características físicas y químicas del Sector Público o manguito cumplirán la totalidad de las prescripciones que figuran en las listas oficiales normas ASTM C-443 y C-923-79. Su espesor mínimo será de operadores económicos 9 mm. Las bridas de conexión serán xx xxxxx inoxidable tipo 304 no magnético y los tornillos ariete serán xx xxxxx al cromo-níquel y deberán cumplir la totalidad de las prescripciones que figuren en las normas ASTM C-923 y A-167. La unión de los tubos a la obra de fábrica se realizará dejando embebida en ésta un Estado miembro manguito pasamuros, de la Unión Europeamisma tipología que la copa del tubo normal, de manera que permita una impermeabilidad y estanqueidad igual que la unión de tubo a tubo. Cada entidad licitadora Deberá de colocarse una junta de la tubería a una distancia no podrá presentar más superior a 50 centímetros de una proposiciónla pared. Los materiales metálicos serán los definidos en el capítulo 5 de este Pliego, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas limitaciones de calidad impuestas en el artículo 3 apartado 3.3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoeste capítulo.

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Samples: Pliego De Condiciones Técnicas Generales

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones ofertas serán secretasextendidas en todos los casos por suministros completos, tal no ateniéndose exclusivamente a la expresión literal de las especificaciones sino al objeto final del llamado a propuesta. Las ofertas incluirán todos los elementos auxiliares requeridos por las instalaciones, aislaciones, recubrimientos, apoyos, anclajes, fijaciones, defensas y dispositivos de seguridad y, en general, cuanto sea necesario para el funcionamiento y la durabilidad de los equipos y sistemas del caso. Todos los trabajos deberán ser realizados por personal directamente ligado al Adjudicatario, quedando expresamente prohibida la sub-contratación total o parcial. Los oferentes deberán presentar una oferta económica básica y una oferta económica de opcionales de cotización obligatoria que se ajusten exactamente a lo solicitado en los Cuadros de Suministros detallados en el presente Pliego. En el caso de tener propuestas de mejoras, éstas deberán presentarse como establece ofertas alternativas, agregadas a la oferta básica la cual siempre deberá estar presente para que la oferta sea considerada como válida. Los switches a proveer serán exclusivamente marca CISCO. En cada caso, los modelos de switches CISCO a proveer serán preferentemente los enumerados, u otros de características iguales o superiores – nunca inferiores. Si el artículo 139.2 oferente considerase que existen otros modelos de equipos de networking marca CISCO, u otras configuraciones de los mismos que permitirán un mejor diseño de la LCSPred, o que le permitirá contar con ventajas en otros aspectos como ser performance, funcionalidades, velocidades, etc, deberá presentar dicha oferta como otra alternativa, aclarando en qué aspectos mejora a la oferta básica cotizada. Todos los materiales que se incorporen a las obras deberán ser de la mejor calidad dentro de su tipo, previamente aprobados por la C.T.M. En todos los casos previstos en el Pliego o cuando así lo solicite la C.T.M. las muestras de materiales, componentes y/o equipos a aprobar serán sometidas a ensayos y análisis por cuenta del Adjudicatario. El Adjudicatario deberá designar dos técnicos quienes lo representarán como su Dirección Técnica en Obra. Dichos técnicos necesariamente deberán ser profesionales habilitados con título de Ingeniero en Telecomunicaciones o similar, certificado CCNA y CCNP, y con experiencia de por lo menos 5 años en el diseño y despliegue de redes de datos CISCO. No se arbitrarán podrá realizar ninguna tarea objeto de este contrato dentro del Complejo Hidroeléctrico xx Xxxxx Grande si por lo menos uno de los medios miembros de la Dirección Técnica en Obra no estuviese físicamente presente en las inmediaciones. A su vez la C.T.M. designará dos funcionarios que garanticen tal carácter hasta fungirán como Inspección de Obra. Toda comunicación formal entre el momento Adjudicatario y C.T.M. referida a este contrato deberá ser realizada por escrito, exclusivamente intercambiada entre la Dirección Técnica en Obra y la Inspección de apertura Obra por cualquier medio fehaciente. Los trabajos que se realicen en el marco de este contrato se ejecutarán en un todo de acuerdo a las mejores reglas del arte y a los criterios expuestos en esta documentación, presentando en todos los casos una prolija y cuidada terminación. Los trabajos que no reúnan estas condiciones a juicio de la Inspección de Obra, o que no respondan a lo específicamente expuesto serán inexcusablemente rechazados y deberán ser rehechos a exclusivo costo del Adjudicatario. El Adjudicatario deberá suministrar y colocar todos los materiales que aunque no estén expresamente detallados en la oferta y/x Xxxxxx, resulten no obstante requeridos para el buen funcionamiento y la correcta terminación de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse instalaciones a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido juicio de la totalidad Inspección de sus cláusulas Obra. Cualquier equipo informático a suministrar deberá entregarse junto con la última versión disponible de firmware y/o condiciones, sin salvedad o reserva algunasistema operativo, así como de cualquiera de los demás productos de software cotizados. Durante el período de vigencia de la autorización garantía, así como del servicio técnico de soporte el adjudicatario se compromete a mantener actualizada a la mesa última versión disponible todos los productos de software adquiridos, sin costo adicional para la C.T.M. El Adjudicatario deberá entregar toda la documentación de la nueva red implementada incluyendo esquemas de red físicos y al órgano lógicos, inventario de contratación para consultar los equipos instalados con la IP de gestión asignada, respaldo de configuraciones, detalle de VLAN definidas y rangos IP asignados, resultados de las pruebas realizadas, etc. Una vez que el Adjudicatario comunique formalmente a la Inspección de Obra que la nueva red de datos recogidos funciona de acuerdo a lo esperado, y habiendo también entregado formalmente la documentación conforme a obra mencionada en el Registro Oficial párrafo anterior, se llevarán a cabo los ensayos de Licitadores rigor solicitados por la Inspección de Obra que posibiliten la verificación técnica que la nueva red de datos efectivamente cumple con las condiciones requeridas. El Adjudicatario deberá transferir al personal técnico que C.T.M. defina (no más de ocho personas) el conocimiento y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro capacitación acerca de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más nueva red de una proposicióndatos implementada, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a al nivel que le permita administrar y gestionar cabalmente la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismored implementada.

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Samples: www.saltogrande.org

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, secretas tal como establece el artículo 139.2 de la LCSP, LCSP y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, licitación y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Las empresas licitadoras podrán presentar la documentación exigida en original o copia auténtica de la misma. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él ella suscritas. Con fundamento en la disposición adicional décimo quinta de la LCSP, se exceptúa la obligación de exigir el empleo de medios electrónicos en el procedimiento de presentación de ofertas por carecer del mismo el órgano de contratación al momento de la preparación del expediente de contratación. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán impedirá a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de la LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, considerará igualmente retirada injustificada de la oferta el supuesto en que que, siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, inviable en los términos previstos en el artículo 62.2 del RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismo.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Suministro Y Puesta en Funcionamiento De Un Biómetro Óptico De No Contacto, Mediante Procedimiento Abierto Simplificado Abreviado Previsto en El Artículo 159.6 De La Ley De Contratos Del Sector Público, Con Destino Al Servicio De Oftalmología Del Área Sanitaria Viii Del Servicio De Salud Del Principado De Asturias

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece el artículo 139.2 de la LCSP, y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, lo previsto en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras el empresario del contenido de la totalidad de sus dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora licitador no podrá presentar más de una proposición, ni ; tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente ni como miembro de o figurar en más de una unión temporal temporal. La infracción de empresas. El incumplimiento de esta obligación estas normas dará lugar a la inadmisión no admisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida presentación de una proposición será una circunstancia distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que impedirán a las empresas contratar se indican en este pliego en relación con las entidades comprendidas la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados previsto en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 152 del mismo texto legalTRLCSP. Se considerará, igualmente, retirada injustificada considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos supuestos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP42 del Código de Comercio. La oferta económica A estos efectos, dichas empresas deberán presentar declaración sobre los extremos reseñados conforme al modelo que figura en el anexo I y que se presente no podrá superar incluirá en el tipo sobre A. Los licitadores deberán presentar dos sobres, firmados y cerrados, de licitación definido forma que se garantice el secreto de su contenido, señalados con las letras A y B, con la documentación que se indicará a continuación. En cada uno de los sobres figurará externamente el nombre del licitador, domicilio social, dirección de correo electrónico, teléfono y fax a efectos de comunicaciones, así como el presupuesto título del servicio. Toda la documentación se presentará, cuando no esté redactada originalmente en castellano, traducida de licitación excluido forma oficial a esta lengua. El licitador podrá presentar la documentación exigida en original o copia de la misma, debidamente autentificada por autoridad o funcionario público o por Notario. Adjudicado el IVAcontrato y expirado el plazo para la presentación de recursos sin que estos hayan sido interpuestos, la documentación del sobre A y B quedará a disposición de los licitadores. Las circunstancias Transcurrido el plazo de tres meses desde la notificación de la adjudicación definitiva sin que se haya procedido a su recogida, la JGPA podrá acordar su destrucción. Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP, relativas a la capacidadpublicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, solvencia éstos podrán designar, en su caso, y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento sobre correspondiente que parte de perfección del contratola información facilitada por ellos al formular las ofertas ha de ser considerada confidencial, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. El órgano de contratación no podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en divulgar esta información sin su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismo.consentimiento

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación, Por Procedimiento Abierto Y Tramitación Ordinaria Para La Red Corporativa De Telecomunicaciones De La Junta General Del Principado De Asturias

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece el artículo 139.2 Los solados se dispondrán de la LCSPacuerdo a lo indicado en cada caso en los planos genera- les y de detalles respectivos, y se arbitrarán de acuerdo a las pendientes, alineaciones y niveles en los medios locales, que garanticen tal carácter hasta el momento Comitente señalará antes de apertura de las proposicionesiniciarse su colocación. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación Los solados presentarán superficies regulares, dejándose expresa constancia que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas materiales de piso provistos por la Empresa Constructora deberán ser de la misma partida de producción para evitar diferencias de color o tono. La Empresa Constructora ejecutará muestras de los pisos toda vez que el Comitente lo juzgue necesario, a los fines de su aprobación. En los baños, office, etc. donde se deban colocar piletas de patios, desagües, etc. con rejillas o tapas que no coincidan con el tamaño de los mosaicos se las colocará en coin- cidencia con dos juntas y el espacio restante se cubrirá con piezas cortadas a máquina. Queda estrictamente prohibida la utilización de piezas cortadas en forma manual. Todas las piezas de pisos, llegarán a obra, se estibarán y se colocarán en perfectas condiciones, sin salvedad defectos o reserva algunaescalladuras, así como debiéndose conservar en esas condiciones hasta la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro entrega de la Unión Europeaobra, a cuyos efectos la Empresa Constructora arbitrará los me- dios de protección necesarios tales como el embolsado de las piezas o la utilización xx xxxxx, folios plásticos, etc. Cada entidad licitadora En oportunidad de la recepción de la obra, el Comitente podrá rechazar aquellas unida- des que no podrá presentar más reúnan las condiciones antedichas, siendo de una proposiciónresponsabilidad exclusiva de la Empresa Constructora su reposición parcial o total al solo juicio del Comitente. En todos los casos las piezas del solado penetrarán debajo de los zócalos, ni individualmente ni como miembro salvo expre- sa indicación en contrario. Todos los aspectos referidos a juntas de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán dilatación- contracción se ajustarán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSPreglas del arte, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte disposiciones de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo planos y a las indicaciones del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoComitente.

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Samples: hacienda.corrientes.gob.ar

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece el artículo 139.2 Los proponentes deberán seguir en la elaboración de la LCSPpropuesta la metodología aquí señalada, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole lo cual permita una selección sin contratiempos y en un plano de absoluta igualdad. Es importante señalar a los proponentes, que de acuerdo con la Ley 80 de 1993 el particular que contrata con el Estado adquiere la calidad de colaborador del mismo en el logro de sus fines y por lo tanto, cumple una función social que implica obligaciones sin perjuicio de los derechos que la misma ley les otorga. Igualmente, para efectos de la responsabilidad penal, los contratistas se arbitrarán consideran particulares que cumplen funciones públicas en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación del contrato, por lo tanto, están sujetos a la responsabilidad que en esta materia señala la ley para los medios servidores públicos. Por lo anteriormente expuesto, se recomienda a los aspirantes que garanticen tal carácter hasta deseen participar en este proceso, leer detenidamente el momento presente pliego de apertura condiciones, cumplir con las exigencias previstas para el mismo. De igual manera los proponentes deberán leer detenidamente las siguientes recomendaciones: • Examine rigurosamente los estudios previos, Anexo Técnico, el contenido xxx xxxxxx de las proposiciones. Las proposiciones condiciones, los documentos que hacen parte del mismo, sus formatos y anexos, toda vez que hacen parte integral del presente proceso y es responsabilidad exclusiva de los interesados deberán ajustarse a conocer su contenido. • Adelante oportunamente los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización trámites tendientes a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte obtención de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre deben adjuntar a la vigencia o fiabilidad propuesta y verifique que contiene la información completa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Ley y en el presente pliego de condiciones. • Revise los anexos y diligencie totalmente los formatos contenidos en este pliego de condiciones. • Los proponentes por la sola presentación de la declaración, cuando resulte necesario propuesta autorizan a la entidad para el buen desarrollo del procedimiento y, verificar toda la información que en todo caso, antes de adjudicar el contratoella se suministre. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después • La presentación de la adjudicación propuesta por parte del oferente constituye evidencia de que se estudiaron completamente los estudios previos, anexo técnico, pliego de condiciones, adendas (cuando a ello hubiere lugar) especificaciones exigidas, formatos y demás documentos del presente proceso; que recibió las aclaraciones necesarias a las inquietudes o dudas previas consultadas y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieran en virtud del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoque se celebra.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta

CONDICIONES GENERALES. 5. Las proposiciones serán secretassiguientes condiciones rigen para los anticipos xx xxxxxx: Se recuperan por completo mediante deducciones regulares en la nómina; Los anticipos para miembros del personal contratados internacionalmente e IPSAs siempre se recuperan en dólares estadounidenses. Esos anticipos pueden desembolsarse en la moneda local del lugar de destino del miembro del personal. Cuando se paga un anticipo en una moneda diferente al dólar estadounidense, tal como establece el artículo 139.2 monto de ese anticipo se convertirá a dólares estadounidenses al tipo de cambio oficial de la LCSPONU en efecto al momento en que se emitió el anticipo, y ese monto en dólares estadounidenses es el que se arbitrarán recuperará; Los miembros del personal contratados localmente y los medios NPSA sólo pueden recibir anticipos en la moneda en la que garanticen tal carácter hasta se paga su salario y el anticipo debe reembolsarse en la misma moneda;; La recuperación comienza con el primer día de pago mensual después de que se haya otorgado el anticipo, a menos que se estipule de otro modo al momento de apertura la aprobación; Salvo que se especifique lo contrario, se liquidan a una tasa constante de las proposiciones. Las proposiciones hasta un máximo de doce (12) períodos de pago consecutivos sin extenderse los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido mismos más allá de la totalidad fecha de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos expiración del nombramiento / contrato; No se otorgarán nuevos anticipos mientras esté en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de curso un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad anticipo o una parte de los documentos justificativosun anticipo anterior, cuando consideren excepto: En el caso de gastos médicos importantes que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad requieran un reembolso por parte de un esquema de seguro médico de la declaraciónONU; o Si, cuando resulte necesario se basa en determinaciones de seguridad y del lugar de destino aprobado de acuerdo con el Manual de Seguridad del Departamento de Protección y Seguridad de las Naciones Unidas (UNDSS, United Nations Department of Safety and Security, por sus siglas en inglés); o En el caso de anticipos aprobados excepcionalmente en situaciones de emergencia específicas por el Administrador Auxiliar y el Director xxx Xxxx de Gestión de Servicios (BMS, Bureau for Management Services, por sus siglas en inglés) La solicitud de anticipo debe explicar detalladamente la situación excepcional e inesperada para la que se necesitan los fondos y adjuntar la documentación justificativa. También debe incluir un compromiso por escrito de que si el buen desarrollo miembro del procedimiento ypersonal / titular del APS se separa del servicio, cualquier saldo pendiente de un anticipo se recuperará en todo caso, su totalidad con cargo a los emolumentos finales. Cualquier saldo que supere los emolumentos finales adeudados deberá abonarse inmediatamente y en su totalidad antes de adjudicar el contratola separación del servicio. Cuando no sean ciertos Autorización de anticipos xx xxxxxx y responsabilidad por la recuperación Las solicitudes de anticipos salariales por parte de los datos aportados miembros del personal contratados localmente y de los NPSA fuera de la Sede (HQ) deben presentarse a través de la plataforma de autoservicio para empleados del PNUD junto con la documentación necesaria según lo dispuesto en esta Política. La solicitud es revisada y aprobada por el licitador personal designado con estas funciones en su proposición implicará la inadmisiónOficina. Si Normalmente, la inexactitud fuera conocida después autoridad de aprobación recae en el Jefe de la adjudicación Oficina (Representante Residente), quien puede delegarla en el Representante Residente Adjunto (operaciones) o en una función similar. Para los miembros del contrato procederá personal contratados localmente y los NPSA en la exclusión sede, los anticipos deben ser aprobados por el Director de la oficina correspondiente, que puede delegar en el Director Adjunto, o función similar. La Oficina que aprueba el anticipo xx xxxxxx es responsable de garantizar que el pago se realice y se recupere de acuerdo la presente Política. El Administrador Xxxxxxx y Director de BMS puede revocar la delegación de autoridad para aprobar anticipos salariales del licitador Jefe de Oficina, o del Director de la oficina del funcionario, si se aprueban anticipos incumpliendo la presente política. A excepción de los anticipos personales de emergencia, los anticipos salariales de los miembros del personal contratados internacionalmente y si fuera conocida tras la formalización de los IPSA deben ser aprobados tanto por el Director del contrato será causa Servicio Global de resolución Nómina Salaria(GPS por sus siglas en inglés, Global Payroll Services) como por el Director del mismo.Servicio de Prestaciones y Derechos (BES, Benefits and Entitlements Services, por sus siglas en inglés).. Los Directores de GPS y BES son responsables de garantizar que todos los anticipos salariales se aprueben y recuperen en el marco de esta política. En caso de anticipos personales de emergencia, el Administrador Adjunto y el Director de BMS deben aprobar el anticipo salarial Anticipos para los nombramientos iniciales

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Samples: popp.undp.org

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece el artículo 139.2 Uno de los objetivos de la LCSPANII es el fortalecimiento de las capacidades en recursos humanos con que cuenta el país a través del financiamiento de becas en la investigación, destinadas a otorgar experiencia en la dinámica de la investigación. Las Becas de Posdoctorado en el país “Fondo Profesor Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Barcia” tienen como objetivo el fortalecimiento de las capacidades en recursos humanos calificados con que cuenta el país en las áreas estratégicas indicadas por el PENCTI, a través del financiamiento de becas de posdoctorado para investigadores de excelencia académica (en adelante: el “Programa”) En el marco del Programa, la ANII formuló un llamado a interesados con fecha xxx al xxx de 2016 para financiar económicamente y por hasta el 80% (ochenta por ciento) del costo total de la beca de los estudios de Posdoctorado, a aquellos solicitantes que cumplieran con los requisitos estipulados en el Programa, entre otros, que cuenten con una institución nacional que respalde la postulación y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta obligue a cubrir el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras saldo restante del contenido costo de la totalidad beca. Con fecha ________ por Resolución N°______, el Directorio de la ANII aprobó la incorporación del Becario en el Sistema Nacional de Becas, en virtud del informe del Comité de Evaluación y Seguimiento de Becas de Posdoctorado. La beca se identifica por el código______. El Becario declara conocer y aceptar en todos sus cláusulas términos el Reglamento General del Sistema Nacional de Becas aprobado por el Directorio el --------- (en adelante, el “Reglamento”), los procedimientos y las prácticas resueltas e implementadas o condiciones, sin salvedad o reserva algunaque se resuelvan e implementen en el futuro, así como el Cronograma de Trabajo (ANEXO I) y la autorización nota de Aceptación del Responsable del Grupo de Investigación (ANEXO II), los cuales son considerados como parte del presente contrato, y cuyo alcance y contenido declara conocer y aceptar. De igual forma, la Institución declara conocer y aceptar el alcance y contenido del Reglamento, los procedimientos y las prácticas antes referidas, así como el Cronograma de Trabajo y la nota de Aceptación del responsable del Grupo de Investigación. Asimismo, la Institución se obliga a la mesa y al órgano de contratación realizar los desembolsos necesarios para consultar los datos recogidos en cubrir el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas saldo del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro costo de la Unión Europea. Cada entidad licitadora beca que no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas es cubierto por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoANII.

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Samples: cooperacion.udelar.edu.uy

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasLa empresa estará sujeta a las obligaciones que, tal como establece en el artículo 139.2 ámbito laboral, tributario o de seguridad social les sean de aplicación, conforme a la LCSP, y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva algunalegislación respectiva, así como al convenio laboral al que suscriba a su trabajadores. La plantilla del personal que se dispondrá para el servicio, constará como puesto de trabajo de la autorización empresa adjudicataria a todos los efectos, asumiendo todos los gastos y responsabilidades de los mismos, inherentes a la mesa y aplicación del presente pliego. El personal adscrito al órgano presente contrato deberá cobrar su asignación económica como máximo en los 5 días posteriores al periodo habitual de contratación para consultar los datos recogidos en cobro, siendo motivo de sanción el Registro Oficial incumplimiento de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro esta premisa La empresa adjudicataria presentará, junto con la factura mensual acreditativa de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más prestación realizada, justificantes de una proposiciónpago efectivo de salarios a sus trabajadores, ni individualmente ni de las cuotas satisfechas a la Seguridad Social, así como miembro de más de una unión temporal de empresasla retención practicada por IRPF e ingresada en la Agencia Tributaria. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a conllevará, previa instrucción del correspondiente expediente, la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida imposición de una proposición será una circunstancia que impedirán penalidad equivalente a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 un 5% del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección precio del contrato. El órgano , y su reiteración, será considerada como incumplimiento de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento obligaciones contractuales esenciales y, en todo casopor tanto, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del contrato, con posible indemnización que consistirá en una cantidad equivalente al importe de las sanciones, pagos y gastos que deba satisfacer el órgano de contratación. De los citados pagos, sanciones y gastos responderá la garantía definitiva y, en su caso, complementaria constituida. La empresa deberá disponer de los trabajadores suficientes durante todo el tiempo de vigencia del mismo, cuyas funciones vienen recogidas en el Anexo 5 del Presente Pliego de Prescripciones Técnicas. La empresa deberá planificar, junto con sus trabajadores vacaciones y otros permisos para evitar el menoscabo de la calidad de la actividad por la sustitución de técnicos. Dicha planificación se reflejará en un documento actualizado que estará a disposición de Logroño deporte. Para el ejercicio de las competencias y funciones propias de las distintas categorías de técnicos de actividades deportivas que aparecen en el presente pliego será necesario estar cualificado con la formación que corresponda (Ver apartado 4.2.2). La propuesta de técnicos por parte del adjudicatario deberá contar con la aprobación en todo caso de Logroño Deporte de manera expresa y siempre previamente al inicio de la actividad. La empresa adjudicataria, previo consentimiento de los interesados, deberá presentar todos los currículos de sus trabajadores asignados a la realización del presente Xxxxxx y la/s copias del título/s que acrediten la cualificación por la cual está capacitado para impartir la actividad/es que tenga asignada/s. Los Currículos deberán estar firmados tanto por el trabajador como por la empresa, siendo ésta, la última responsable en caso de falsedad en los datos referenciados, siendo motivo de sanción la falsedad de los datos atendiendo a las circunstancias y/o consecuencias derivadas. El calendario de entrega de los currículos viene marcado en el apartado 4.2.14 del presente Xxxxxx. El personal destinado a la prestación del servicio tendrá la mayor permanencia posible para evitar continuas sustituciones que interfieran la buena atención al servicio y usuarios y su sustitución definitiva no podrá efectuarse, salvo casos de probada necesidad o baja voluntaria, sin la aprobación de los técnicos de Logroño Deporte. Deberá reducirse al máximo los desplazamientos de los técnicos, asignándoles las actividades de las que sean responsables dentro de la misma instalación deportiva o cercanas, para evitar la falta de puntualidad y aumentar su grado de satisfacción. Igualmente, la empresa velará por controlar los riesgos laborales que estos desplazamientos pueden conllevar. La empresa adjudicataria deberá aportar cada temporada del Programa Deportivo Municipal, 10 días antes del inicio del Programa de Temporada y del Programa xx Xxxxxx, de cada uno de sus trabajadores que desarrollen la actividad con menores de 18 años, el certificado negativo emitido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales, que acredite que no ha sido condenado por delitos de carácter sexual. Y ante cualquier nueva incorporación de personal antes de que realice una sesión.

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Samples: www.logronodeporte.es

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece  Xxx y examine cuidadosamente el artículo 139.2 de la LCSP, y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones contenido de los interesados deberán ajustarse presentes términos de referencia y demás anexos.  Cerciórese de cumplir las condiciones establecidas para el proceso y reunir los requisitos aquí señalados.  Xxxxxxx a reunir la información, la documentación exigida y verifique la vigencia de tales documentos en los pliegos casos en que sea requerido.  Se debe remitir a CAF, vía correo electrónico, su propuesta técnica y documentación económica redactada en idioma español y en un medio electrónico que rigen la licitaciónsea accesible por el personal de CAF.  Los presentes términos de referencia están disponibles en idioma español.  La propuesta se debe presentaren idioma español.  Cualquier tema relacionado con estos términos de referencia será tratado a través del siguiente correo electrónico: XXX_XXXXXXXXXXXXXXXXXXX@xxx.xxx, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva algunaindicando en asunto: Gobierno Corporativo ANI.  La propuesta deberá contener un resumen ejecutivo, así como las respuestas a las preguntas y requerimientos de información de acuerdo con lo expuesto en el capítulo 9 de este documento.  Las respuestas a los requerimientos específicos de información planteados en el capítulo 9 de esta solicitud de propuesta deben respetar la autorización secuencia numérica propuesta por CAF, razón por la cual cada respuesta deberá indicar la referencia numérica a la mesa pregunta o requerimiento que la originó. CAF se reserva de no revisar propuestas que no cumplan con tal condición.  Ante cualquier aspecto requerido en esta solicitud de propuesta que no le sea aplicable, debe marcar “N/A”. CAF no revisará propuestas incompletas aun cuando el requisito no le sea aplicable, pero el proponente no haga la salvedad que no le aplica.  CAF no se compromete ni obliga a los proponentes, accionistas, empleados o relacionados a compensarles económicamente por las propuestas.  CAF no será responsable de gastos, costos ni honorarios que tengan su origen o se relacionen con las propuestas.  Los proponentes con la sola presentación de su propuesta autorizan a CAF para verificar toda la información que en ella suministren.  CAF se reserva el derecho de no seleccionar ninguna propuesta y al órgano de contratación suspender definitivamente el proceso de selección. Igualmente, se reserva el derecho de otorgar el contrato para consultar los datos recogidos la prestación del servicio a cualquier persona o empresa de su elección, inclusive si ésta no participó en el Registro Oficial proceso, sin que estas situaciones impliquen obligación de Licitadores y Empresas Clasificadas CAF de informar razones que justifiquen lo anterior.  El proponente es responsable de todo compromiso relacionado con el pago, retención o recaudación de cualquier otro impuesto, contribución o derecho que se exija en el país en el cual se origine la facturación asociada a la contratación. En caso de aplicar exenciones del Sector Público IVA o en las listas oficiales cualquier otro impuesto, de operadores económicos de un Estado miembro acuerdo a la Ley aplicable, se le hará entrega al consultor de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar documentación necesaria para poder aplicar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritasexención. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar  CAF no adquiere ningún compromiso con las entidades comprendidas en el artículo 3 personas que, atendiendo sus invitaciones, xxxxx sus propuestas, quedando a voluntad y discreción de LCSPCAF, definir o no la contratación correspondiente, pudiendo también efectuar dicha contratación con proponentes diferentes.  CAF, cuando a su juicio las necesidades institucionales lo requieran, en cualquier momento del proceso podrá adoptar las condiciones establecidas medidas y disposiciones que considere pertinentes, en el artículo 73 orden a lograr la participación efectiva de los proponentes y la culminación exitosa del mismo texto legalproceso. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia  Visto que la hagan inviablepresente contratación se realiza con recursos del FPB administrados por CAF, en los sujeto a términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo y condiciones de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a dicho acuerdo, una vez realizada la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en selección del consultor la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación firma del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras queda sujeta a la formalización del contrato convenio de cooperación técnica no reembolsable entre la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y CAF, en tal sentido, en caso de no formalizarse el Convenio, el presente proceso se declarará desierto y así será causa de resolución del mismonotificado a los proponentes.  Recomendamos mantener a un mínimo la referencia a anexos.

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Samples: www.caf.com

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasLa ejecución de los contratos basados en el presente acuerdo marco se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, tal como establece con sujeción a las condiciones establecidas en los mismos, en el artículo 139.2 acuerdo marco, en el pliego de la LCSPcláusulas administrativas particulares, en el pliego de prescripciones técnicas y en su oferta. La ejecución de los contratos basados se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura articulará a través de las proposicionescorrespondientes órdenes de suministro, que se formularán por los órganos vinculados mediante la Aplicación de Gestión de Pedidos (AGP, en adelante). Las proposiciones La utilización de los interesados deberán ajustarse a los pliegos dicha aplicación requiere la solicitud de alta como usuario (sino se dispone ya del mismo) al Servicio de Contratación Electrónica y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en de Castilla-La Mancha. Para poder llevar a cabo las listas oficiales órdenes de operadores económicos de un Estado miembro suministro, se tiene que remitir una copía de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más propuesta y de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar la adjudicación del contrato basado a la inadmisión siguiente dirección de todas las propuestas correo electróncio xxx@xxxx.xx, asimismo cualquier indicendia relaciónada con la AGP se getionará directamente a través de la dirección de correo electrónico señalada. Dichas órdenes serán comunicadas a través de la AGP a la empresa contratista que, por él suscritasla misma vía, deberá confirmar su recepción, quedando constancia de la fecha y hora en que se produce la puesta a disposición del empresario de la comunicación de la orden de suministro, del acceso a su contenido y de su confirmación. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada confirmación por la empresa contratista de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece recepción de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo las órdenes de licitación definido como el presupuesto suministro deberá efectuarse de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento forma inmediata y, en todo caso, antes de adjudicar en el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador mismo día en su proposición implicará que la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después comunicación de la adjudicación del contrato procederá orden correspondiente se pone a su disposición. Con el fin de garantizar la exclusión del licitador efectiva recepción de las órdenes de suministro, la empresa contratista deberá acceder a la AGP diariamente y si fuera conocida tras atender las ordenes cursadas, las reclamaciones y las incidencias que pudieran surgir durante la formalización del contrato ejecución de los contratos basados con la diligencia necesaria para garantizar el adecuado cumplimiento de los plazos y demás condiciones de entrega. La resolución de dichas reclamaciones e incidencias tiene la consideración de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 211.f) de la LCSP, por lo que su incumplimiento será causa de resolución del mismocontrato o contratos basados en que el mismo concurra. Las órdenes de suministro identificarán con claridad el tipo o tipos de artículos solicitados, sus correspondientes códigos, el número exacto de unidades de cada uno de ellos a suministrar, el órgano vinculado que la formula y el lugar o lugares de entrega, con indicación de la dirección y datos de contacto del responsable del contrato.

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Samples: contratacion.castillalamancha.es

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasLa ASI efectuará las Pruebas de Aceptación que a su único criterio considere necesarias para constatar a su entera satisfacción que los SERVICIOS provistos se ajustan en su totalidad a las especificaciones técnicas y parámetros de SLA requeridos en este Pliego, tal como establece y a las prestaciones adicionales ofrecidas por el artículo 139.2 PROVEEDOR en su Oferta. Será requisito que el PROVEEDOR cumpla y apruebe las Pruebas de Aceptación para obtener la efectiva Aceptación de los SERVICIOS puestos en marcha durante cada ETAPA del PLAN DE IMPLEMENTACIÓN, y de aquellos SERVICIOS que hayan sido sometidos a un CAMBIO (excepto BAJAS) durante la ejecución del Contrato, una vez finalizado el PLAN DE IMPLEMENTACIÓN. Los OFERENTES deberán contemplar en su Ofertas todos los cargos y recursos relacionados al desarrollo de estas Pruebas de Aceptación, incluyendo, solo a efecto enumerativo, los relacionados con el equipamiento necesario para realizar las pruebas, las tareas de documentación, recursos humanos, traslados del personal propio y de la LCSPASI designado para su verificación, y otros necesarios para tal fin. PLIEG-2021-20880242-GCABA-DGIASINF En caso que una Prueba de Aceptación no haya sido satisfecha, siendo necesaria su reiteración, la ASI se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta reserva el momento derecho de apertura incrementar el número de pruebas unilateralmente. El OFERENTE acepta expresamente esta cláusula por la sola participación en esta Licitación. El PROVEEDOR facilitará, si la ASI lo requiere, el instrumental adicional necesario para estas pruebas, y dispondrá de personal técnico para cumplimentar esta tarea. Las Pruebas de Aceptación deberán ser efectuadas por el PROVEEDOR y serán auditadas por personal de la ASI, el cual participará durante la ejecución de las proposicionesmismas. Las proposiciones herramientas de los interesados MONITOREO Y REPORTE deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por estar funcionando en perfectas condiciones con anterioridad al inicio de las entidades licitadoras del contenido Pruebas de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoAceptación.

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Samples: Pliego De Licitacion Pública

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasAl objeto de realizar la valoración económica de las ofertas, tal como establece el artículo 139.2 los licitadores presentarán su oferta económica teniendo en cuenta las estructuras y tipo de consumos y la situación actual de cada servicio. Los licitadores podrán incluir cuantos descuentos, planes, etc. consideren necesarios. El adjudicatario del concurso deberá, a partir de la LCSPfecha del contrato, asumir los costes asociados actualmente al servicio de telecomunicaciones, hasta la migración/implantación de las nuevas soluciones ofertadas. Los costes de migración/implantación serán asumidos por el adjudicatario. Durante el periodo de validez del contrato y sus prórrogas, en caso de que las tarifas públicas de los servicios incluidos en estos catálogos sean inferiores a las adjudicadas, se procederá a actualizar el catálogo correspondiente con las tarifas más ventajosas para el AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX. Esta actualización deberá hacerse de oficio y sin que sea necesaria comunicación alguna al adjudicatario. Igualmente, el adjudicatario se compromete durante la vigencia del contrato, a mantener actualizada la oferta de servicios al mismo nivel que el mercado, para garantizar incorporación de las novedades técnicas o tecnológicas vigentes para el resto de clientes. La propuesta de incorporación de las novedades técnicas deberá ofrecerse a iniciativa del proveedor, en el momento en que estén disponibles. En todo caso, deberá actualizarse el catálogo de servicios cada doce meses. El alcance definitivo puede sufrir modificaciones como consecuencia de la incorporación de otras sedes. Si durante la vigencia del contrato surgieran nuevas sedes con necesidades de servicio de voz y datos, su provisión será responsabilidad del adjudicatario del lote que recoge estos servicios. Las empresas licitadoras dispondrán en todo momento de los recursos humanos adecuados y suficientes para prestar apoyo y soporte técnico a todas las sedes incluidas en el proyecto, a fin de garantizar la correcta y óptima realización de las fases de implantación y operación. Durante el desarrollo del contrato, el AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX podrá incorporar nuevas sedes a su Red Corporativa. En este caso, el adjudicatario del contrato se encargaría del mantenimiento de los nuevos tramos y del suministro y mantenimiento del equipamiento y recursos necesarios para la prestación de los servicios de voz y datos, según los precios establecidos en el catálogo que el licitador proponga en su oferta. Así mismo los proyectos singulares que se presenten durante la vigencia del contrato de prestación de servicios de Telecomunicaciones, y que fueran asimilables a las condiciones de los servicios del catálogo de servicios, prestaciones y suministros, les serán de aplicación todas las condiciones acordadas con el adjudicatario. En otro caso, serían objeto de negociación. Además se arbitrarán deberán tener en cuenta las siguientes premisas: • Soporte IPV6, en todo el equipamiento incluido en el contrato, donde dicha característica sea aplicable. • Arquitectura compatible con los medios servicios y aplicativos corporativos y municipales, direccionamiento de red, protocolos, conectividad con servidores, VLANs y tecnologías existentes en la actualidad. • Integración del equipamiento con LDAP corporativo para servicios de autenticación, directorio, equipos, información adicional … etc. • El AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX determinará la ubicación de la terminación de cada uno de los circuitos de voz y datos, realizándose la canalización de los mismos por conductos diferentes a los existentes para proporcionar la máxima redundancia a los servicios de comunicaciones que garanticen tal carácter hasta así se requieran. Los licitadores presentaran una oferta integrada para todos los servicios. Los importes económicos de los mismos se indicaran con los descuentos correspondientes aplicados y sin incluir el momento iva. En la actualidad el AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX cuenta con aproximadamente 256 extensiones fijas distribuidas en 16 ubicaciones. La infraestructura de apertura voz y datos entre sedes no conectadas por F.O ni cableado Ethernet/pares. del AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX, está formada por una red privada virtual de datos mediante conexiones ADSL. La actual plataforma de telefonía fija está basada en centralitas SAMSUNG en la sede central del AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX, varias centralitas de menor capacidad en otras siete sedes, y líneas individuales en sedes remotas. En cuanto a los servicios de telefonía y datos en movilidad, se dispone de una Red Privada Virtual de voz móvil con 70 usuarios y 10 dispositivos de conexión de datos en movilidad. En la actualidad, por tanto, los servicios de voz y datos se ofrecen sobre una infraestructura muy heterogénea. El AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX pretende, mediante este concurso, homogeneizar las tecnologías subyacentes y la gestión de los servicios, requiriendo a los licitadores un servicio de telecomunicaciones integral basado en las necesidades de los usuarios del AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX. Los licitadores deberán ofertar, para ello, una solución de conexión de datos entre las sedes que se detallen, una plataforma de telefonía que integre los servicios de red fija y móvil en una única red privada de voz, dependiendo de una misma centralita y, sobre ellas, una capa adicional de Comunicaciones Unificadas. Este cambio de planteamiento no solo está soportado en el cambio de visión de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación necesidades del usuario, sino que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido también se apoya en el avance de la totalidad tecnología en general y de las redes que los operadores están desplegando (NGN, IMS, 4G,…..). El AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX desea beneficiarse de esta evolución tecnológica para poder ofrecer un servicio de comunicaciones de voz y datos, fijas y móviles, a sus cláusulas o condicionesusuarios, sin salvedad o reserva algunacon servicios unificados en la mayor medida posible, para hacer transparente al usuario final, verdadero protagonista del servicio, las tecnologías sobre las que se implementen las soluciones objeto de este concurso. En este apartado se describe la red actual del AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX, definiendo la arquitectura de datos y de voz existente, así como la autorización a la mesa el Plan Privado de Numeración actual y al órgano otros servicios de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial valor añadido existentes. Los licitadores deberán proponer, de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán acuerdo a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 especificaciones del apartado 5 y 6, la solución que sustituya o evolucione la red existente y permita al AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX ofrecer a los usuarios finales los servicios de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica Comunicaciones Unificadas que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas definirán a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismolo largo xxx xxxxxx.

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Samples: Pliego De Claúsulas Técnicas Para La Contratación Del Suministro, Instalación Y Mantenimiento De Los Servicios De Telecomunicaciones De Telefonia Fija Y Móvil, Transmisión De Datos Y Acceso a Internet De La Red Corporativa Del Ayuntamiento De Almonte

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece el artículo 139.2 de la LCSP, y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y lo previsto en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares; su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras el empresario del contenido de la totalidad de sus dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora licitador no podrá presentar más de una proposición, ni . Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente ni como miembro de o figurar en más de una unión temporal temporal. La infracción de empresas. El incumplimiento de esta obligación estas normas dará lugar a la inadmisión no admisión de todas las propuestas por él suscritas. Podrán concurrir las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La retirada indebida duración de una proposición las uniones temporales de empresarios será una circunstancia que impedirán coincidente con la del contrato hasta su extinción. La presentación de proposiciones y ofertas implica, a las empresas contratar con las entidades comprendidas los efectos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el artículo 3 Fichero de LCSPLicitadores de el Ayuntamiento de Xxxxxxx xx Xxxxxx contratante, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada cuya finalidad es la derivada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentadogestión propia del área, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece disponiendo de error o inconsistencia que la hagan inviablelos derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismolegislación vigente.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De La Explotación Del Albergue Residencia

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece Es necesario que el artículo 139.2 de la LCSP, oferente se encuentre debidamente inscrito y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de actualizados sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores Proveedores de la Institución. El oferente deberá precisar su razón social, número de cédula jurídica, teléfono, fax, domicilio y Empresas Clasificadas dirección electrónica. Cualquier documento que se genere producto de esta contratación o de previo a la recepción de la oferta deberá ser dirigido al Departamento de Proveeduría del Sector Público Banco Central xx Xxxxx Rica, con la identificación debida. La oferta se deberá redactar en idioma español, presentarse de manera ordenada y completa, sin manchas, tachaduras, borrones u otros defectos que la puedan hacer de difícil interpretación; las correcciones deben salvarse por nota. La oferta original y una copia en formato impreso y digital (CD) de la misma deben ser identificadas respectivamente como documento “original” o bien “copias”, y estar firmadas por la persona que ostente la representación legal de la empresa o bien por la persona autorizada por éste, para ello se debe adjuntar a la oferta documento que compruebe lo anterior. Preferiblemente se requiere que todas las hojas de la oferta original incluyendo panfletos (brochures) y/o literatura sean numeradas en forma consecutiva. Los participantes deben tomar en cuenta que, es necesario que el orden de las respuestas en las listas oficiales ofertas se ajusten al orden presentado en el cartel, haciendo referencia a la numeración ahí especificada, respondiendo a todos y cada uno de operadores económicos de un Estado miembro los requerimientos señalados. Sin embargo, para facilitar la presentación de la Unión Europeaoferta, en los puntos que así considere conveniente, el oferente puede indicar que se da por enterado, acepta y cumple con lo señalado. Cada entidad licitadora Esto no podrá presentar más aplica para aquellos puntos en los cuales el oferente está obligado a dar una respuesta ampliada que permita evaluar alguna característica que está ofreciendo como respuesta a un requerimiento del cartel. Si se respondiera en forma general un requerimiento técnico se tomará como una omisión de una proposicióncaracterística técnica, ni individualmente ni como miembro y es importante recordar que omisiones sobre las características técnicas no son subsanables y por lo tanto descalifican la oferta. No se aceptará la presentación de ofertas en las que intervenga en forma conjunta dos o más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento En caso de esta obligación dará lugar a la inadmisión ofertas en consorcio. Todas partes del consorcio deberá cumplir con los requerimientos mínimos de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida experiencia en el área de una proposición será una circunstancia su competencia en forma individual, según lo indicado en el cartel para el oferente, se deberá indicar específicamente el área en que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas participará dentro del consorcio, y deberán aportar el acuerdo consorcial en los términos dispuestos en el artículo 3 75, y cumplir con lo dispuesto en los artículos 72 al 77 del Reglamento a la Ley de LCSP, en las condiciones establecidas en Contratación Administrativa referentes a este tema. En el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada análisis de la oferta se considerarán solo los aspectos que corresponden al área de competencia, según lo indicado en el supuesto acuerdo consorcial, la información aportada por las empresas será contabilizada una sola vez, los plazos y experiencias respectivas se tomarán según corresponda, de modo que no se tomará en cuenta duplicidad de información. La experiencia de las empresas no se suma para efectos de admisibilidad o evaluación. Cada parte del consorcio deberá cumplir con el mínimo requerido en el cartel para el trabajo que siendo requerido ofrece realizar, según el licitador para que justifique la baja anormal área de competencia establecida en el acuerdo consorcial. Si dos o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece más brindarán el mismo servicio cada una de error o inconsistencia que la hagan inviableellas deberá cumplir con el mínimo de Admisibilidad, en los términos previstos caso de experiencia adicional se contabilizará la que tenga mayor cantidad admisible, pero no se sumarán entre ellas. Los precios se entenderán ciertos y definitivos. Deberán consignarse en números y letras coincidentes. En caso de existir divergencias entre estas dos formas de expresión, prevalecerá la consignada en letras. El oferente deberá presentar el precio mensual (colones ó dólares), a pagar por el servicio solicitado, ver punto 6.1.1 y además de considerar todas las condiciones y especificaciones dadas en el artículo 62.2 RGLCAPcartel. La oferta económica Los precios ofrecidos deberán cumplir con el análisis de razonabilidad realizado y aprobado por medio del Encargado General de la Contratación. Durante la ejecución contractual, en caso que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir requiera aplicar lo indicado en el momento punto 6.1.4 referente a aumentos o disminuciones, los ajustes se realizarán sobre las mismas bases esta contratación, según los precios unitarios aplicables y el análisis de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte razonabilidad de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre precios y la vigencia o fiabilidad aprobación respectiva por parte del Encargado General de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoContratación.

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Samples: activos.bccr.fi.cr

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasEstas especificaciones técnicas, tal y el juego de planos que las acompañan, son complementarias, y lo especificado en uno de ellos debe considerarse como establece exigido en todos. En caso de contradicción, el artículo 139.2 orden se debe requerir a la Dirección de Obra. Debiendo ser los trabajos completos conformes a su fin, deberán considerarse incluidos todos los elementos y trabajos necesarios para el correcto funcionamiento, aun cuando no se mencionen explícitamente en pliego o planos. Cuando las obras a realizar debieran ser unidas o pudieran afectar en cualquier forma obras existentes, los trabajos necesarios al efecto estarán a cargo de la LCSPcontratista, y se arbitrarán considerarán comprendidas sin excepción en su propuesta. La contratista será la única responsable de los medios daños causados a personas y/o propiedades durante la ejecución de los trabajos de instalación y puesta en servicio. Tomará todas las precauciones necesarias a fin de evitar accidentes personales o daños a las propiedades, así pudieran provenir dichos accidentes o daños de maniobras en las tareas, de la acción de los elementos o demás causas eventuales. Se deberán reparar todas las roturas que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura se originen a causa de las proposicionesobras, con materiales iguales en tipo, textura, apariencia y calidad no debiéndose notar la zona que fuera afectada. En el caso de que la terminación existente fuera pintada, se repintará todo el paño, de acuerdo a las reglas del buen arte a fin de igualar tonalidades. Se deberá presentar un plan de trabajo detallado, que permita efectuar un seguimiento eficiente de la ejecución de los mismos y la coordinación del acceso a los distintos sectores del edificio. Correrá por cuenta y cargo de la Contratista efectuar las prestaciones o solicitudes de aprobación y cualquier otro tramite relacionado con los trabajos a efectuar objeto del presente pliego, ante los organismos públicos o privados que pudieran corresponder. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen distintas soluciones dadas para la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido ejecución de la totalidad obra deberán respetar las normas vigentes a la fecha de sus cláusulas o condicionesapertura, emitidas por la autoridad de aplicación que corresponda. Los diferentes ítems de la presente contratación serán adjudicados a un único oferente, el que realizará y entregará los trabajos llave en mano. El organismo licitante se reserva el derecho de no adjudicar algún renglón de la cotización. Los equipos ofertados deberán ser nuevos, completos, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización uso y estar en perfecto estado de funcionamiento. Los materiales a la mesa y al órgano emplear serán de contratación para consultar los datos recogidos marcas reconocidas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento mercado nacional e internacional para instalaciones de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoclase.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretassiguientes son las condiciones financieras generales aplicables a la presente invitación: - a. Oferente Extranjero ETB requiere que el oferente extranjero cotice los bienes de producción extranjera únicamente bajo el esquema de compraventa local de bienes. El término compraventa local hace referencia a la cotización de bienes de producción extranjera que son suministrados en Colombia por un oferente extranjero quien actúa a través de su sucursal en el país, tal como establece en donde el artículo 139.2 importador de los bienes es el contratista; en este caso el oferente extranjero para la presentación de su oferta de compraventa local deberá observar las condiciones financieras establecidas para el oferente nacional y diligenciar los anexos financieros solicitados en el presente documento. - b. Oferente Nacional ❖ El oferente en la carta de presentación de su oferta económica deberá indicar a qué grupo o grupos objeto de contratación se está presentando. ❖ Los bienes y servicios objeto de la LCSPpresente contratación deberán cotizarse obligatoriamente en pesos colombianos, y en números enteros, es decir sin incluir decimales. De todas maneras, ETB se arbitrarán reserva el derecho de redondear a cero decimales, las cifras presentadas con decimales, para lo cual utilizará la herramienta redondear de Excel. ❖ Es de anotar que ETB no será el importador de los medios que garanticen tal carácter hasta bienes de producción extranjera objeto del contrato, por tanto, los bienes de producción extranjera suministrados por el momento oferente se sujetarán al régimen de apertura compra local. Sin embargo, para efectos del recibo de estos, el contratista deberá suministrar al supervisor del contrato en ETB copia de las proposiciones. Las proposiciones declaraciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitaciónimportación, y en donde conste su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva algunalegal introducción al país, así como la autorización a la mesa y al órgano un archivo en medio digital en donde se relacionen los seriales de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial bienes que se nacionalizaron con cada una de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro ellas. que xxxxx parte de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSPpresente contratación, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte virtud de los documentos justificativostratados de libre comercio suscritos entre Colombia y los países donde sean originarios los bienes, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismocontratista se obliga a trasladar dichos beneficios a ETB.

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Samples: etb.com

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece  Xxx y examine cuidadosamente el artículo 139.2 de la LCSP, y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones contenido de los interesados deberán ajustarse presentes términos de referencia y demás anexos, especialmente a las correspondientes especificaciones técnicas del Anexo 3: Especificaciones técnicas.  Cerciórese de cumplir las condiciones establecidas para el proceso y reunir los pliegos requisitos aquí señalados.  Xxxxxxx a reunir la información, la documentación exigida y documentación verifique la vigencia de tales documentos en los casos en que rigen la licitaciónsea requerido.  Se debe remitir a CAF, vía correo electrónico, su propuesta técnica y su presentación supone la aceptación incondicionada económica redactada en idioma español y en un medio electrónico que sea accesible por las entidades licitadoras el personal de CAF.  Los presentes términos de referencia están disponibles en idioma español.  Cualquier tema relacionado con estos términos de referencia será tratado a través del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condicionessiguiente correo electrónico: XXX_XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX@xxx.xxx, sin salvedad o reserva algunaindicando en Asunto: DESARROLLO DE UN SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICO (GEOAGRO).  La propuesta deberá contener un resumen ejecutivo, así como las respuestas a las preguntas y requerimientos de información de acuerdo con lo expuesto en el capítulo 9 de este documento.  Las respuestas a los requerimientos específicos de información planteados en el capítulo 9 de esta solicitud de propuesta deben respetar la autorización secuencia numérica propuesta por CAF, razón por la cual cada respuesta deberá indicar la referencia numérica a la mesa pregunta o requerimiento que la originó. CAF se reserva de no revisar propuestas que no cumplan con tal condición.  Ante cualquier aspecto requerido en esta solicitud de propuesta que no le sea aplicable, debe marcar “N/A”. CAF no revisará propuestas incompletas aun cuando el requisito no le sea aplicable, pero el proponente no haga la salvedad que no le aplica.  CAF no se compromete ni obliga a los proveedores o proponentes, accionistas o empleados relacionados a compensarles económicamente por las propuestas.  CAF no será responsable de gastos, costos ni honorarios que tengan su origen o se relacionen con las propuestas.  Los proponentes con la sola presentación de su propuesta autorizan a CAF para verificar toda la información que en ella suministren  CAF se reserva el derecho de no seleccionar ninguna propuesta y al órgano de contratación suspender definitivamente el proceso de selección. Igualmente, se reserva el derecho de otorgar el contrato para consultar los datos recogidos la prestación del servicio a cualquier persona o empresa de su elección. Inclusive si ésta no participó en el Registro Oficial proceso, sin que estas situaciones impliquen obligación de Licitadores y Empresas Clasificadas CAF de informar razones que justifiquen lo anterior.  El proveedor o proponente es responsable de todo compromiso relacionado con el pago, retención o recaudación de cualquier impuesto, contribución o cualquier derecho que se exija en el país en el cual se origine la facturación asociada a la contratación. En caso de aplicar exenciones del Sector Público IVA o en las listas oficiales cualquier otro impuesto, de operadores económicos de un Estado miembro acuerdo a la Ley aplicable, se le hará entrega al proveedor de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar documentación necesaria para poder aplicar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritasexención. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar  CAF no adquiere ningún compromiso con las entidades comprendidas en el artículo 3 personas que, atendiendo sus invitaciones, xxxxx sus propuestas, quedando a voluntad y discreción de LCSPCAF, definir o no la contratación correspondiente, pudiendo también efectuar dicha contratación con proponentes diferentes.  CAF, cuando a su juicio las necesidades institucionales lo requieran, en cualquier momento del proceso podrá adoptar las condiciones establecidas medidas y disposiciones que considere pertinentes, en el artículo 73 orden a lograr la participación efectiva de los proponentes y la culminación exitosa del mismo texto legalproceso. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia  Visto que la hagan inviablepresente contratación se realiza con recursos del FPB administrados por CAF, en los sujeto a términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo y condiciones de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a dicho acuerdo, una vez realizada la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en selección del proveedor la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación firma del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras queda sujeta a la formalización del contrato convenio de cooperación técnica no reembolsable entre FINAGRO y CAF, en tal sentido, en caso de no formalizarse el Convenio, el presente proceso se declarará desierto y así será causa de resolución del mismonotificado a los proponentes.

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Samples: www.caf.com

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasEl licitador presentará una oferta en concepto del objeto del contrato, tal como establece en las mismas condiciones exigidas en los pliegos, o en su caso mejoradas por el artículo 139.2 de licitador. En la LCSP, y oferta se arbitrarán deberá detallar los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos técnicos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva algunamateriales, así como la autorización humanos que pondrá a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección disposición del contrato. El licitador deberá presentar una lista de precios unitarios (IVA incluido) de su catálogo de accesorios , de reposiciones no incluidas en la garantía y de repuestos de las lámparas, así como otros productos relacionados con estas, especificando el descuento preferente sobre tarifa que se compromete a aplicar al Hospital, indicando el tiempo que estará en vigor dicha tarifa. Todos los equipos descritos en las ofertas se entiende que se suministran con todos aquellos dispositivos o elementos de interconexión, accesorios de anclaje o fijación necesarios, así como montados en los locales de destino definitivo, en condiciones de funcionamiento incluyendo la retirada de los elementos de embalaje o cualquier otro elemento sobrante que se produzca con motivo del montaje y puesta en marcha. Se remitirá una relación de hospitales a los que se hayan suministrado en el último año el artículo ofertado, a nivel nacional y especialmente en Baleares. Para facilitar una correcta evaluación, las empresas licitadoras adjuntarán los manuales (técnicos y de usuario), catálogos, fotografías,… del material susceptible de reposición, que el licitador crea conveniente para que el Hospital pueda entender bien como es el producto utilizado por la empresa licitadora. El órgano de contratación contratación, directa o a través de la entidad que estime idónea para ello, podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad inspeccionar y ser informado del proceso de fabricación o una parte elaboración del producto utilizado, pudiendo ordenar análisis, ensayos y pruebas de los documentos justificativosmateriales a emplear, cuando consideren que existen dudas razonables sobre así como establecer sistemas de control de calidad, dictando cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo ofertado. La falta de información o respuesta a las cuestiones planteadas será motivo de no valoración en el apartado correspondiente. Detallar si la vigencia empresa posee alguna certificación de calidad: ISO u otras. El Hospital podrá solicitar muestras o fiabilidad demostraciones de adaptabilidad en el mismo centro si lo cree oportuno durante el periodo de adjudicación. Si durante la validez del contrato alguna referencia adjudicada quedara obsoleta o sufriera modificación, y mejoras, la nueva referencia será suministrada en lugar de la declaración, cuando resulte necesario para primera con el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después Vº Bº de la adjudicación dirección del contrato procederá la exclusión centro en las mismas condiciones del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismocontrato.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Que Rige en El Procedimiento Abierto Convocado Por La Fundación Hospital

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasPodrán solicitar la admisión al procedimiento negociado y optar a la adjudicación del Contrato las personas naturales o jurídicas, tal como establece sean nacionales del Estado español o del extranjero, a título individual o en forma de agrupación de empresas, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren sometidas a las prohibiciones e incompatibilidades para contratar establecidas en este Pliego, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de manera que se permitan valorar los criterios de selección para la participación en la negociación que se exponen en este Pliego. Los candidatos que deseen participar en la licitación del presente Contrato deberán presentar la correspondiente solicitud de participación redactada de conformidad con el artículo 139.2 modelo que figura en el Anexo nº 5 del presente documento en dos sobres cerrados, con indicación de la LCSPlicitación a la que concurren, firmada por el licitador o por el representante de la empresa, con la indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa, y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y con la documentación que rigen se especifica a continuación. Dentro de cada sobre se incluirá, en una hoja independiente, un índice de la documentación aportada enunciada numéricamente. Toda la documentación, bien original o copia debidamente compulsada, deberá presentarse en castellano. La solicitud de participación se deberá presentar ante ADIF, en el lugar que se señale en el anuncio de licitación, y su dentro de la fecha y hora indicadas asimismo en dicho anuncio. La presentación supone de solicitudes de participación presume la aceptación incondicionada por el candidato de las entidades licitadoras condiciones que regirán el procedimiento negociado y las cláusulas y condiciones de ejecución del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva algunaContrato contenidas en este Pliego, así como la autorización a declaración responsable de la mesa exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas. También se podrán presentar las solicitudes de participación por correo, siempre dentro del plazo establecido. En tal caso, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación para consultar los datos recogidos la remisión de la oferta mediante télex, fax, telegrama o por correo electrónico en el Registro Oficial de Licitadores mismo día, y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro siempre antes de la Unión Europeaúltima hora y día determinados como período de licitación. En todo caso, si transcurridos 10 días naturales desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación no ha llegado el envío por correo al órgano de contratación, éste no será admitido en ningún caso. Las solicitudes de participación presentadas fuera de plazo no serán admitidas bajo ningún concepto. Las solicitudes de participación serán secretas. Cada entidad licitadora licitador no podrá presentar más de una proposiciónsolicitud de participación. No obstante, ni individualmente ni como miembro habida cuenta el limitado mercado en el subsistema de telecomunicaciones móviles, y de las restricciones a la competencia que lo contrario supondría, con el consiguiente perjuicio para la contratación, los licitadores o subcontratistas que realicen directamente las prestaciones de obra y/o mantenimiento de este subsistema podrán figurar en más de una unión temporal agrupación de empresas y no podrán concertar su participación en exclusiva en ningún consorcio o agrupación de empresas, adicionalmente a cuanto se indica en este Pliego. El incumplimiento Además: - no se exigirá solvencia técnica en relación con este subsistema en la fase de esta selección de candidatos; - no será necesario que los licitadores o subcontratistas que realicen directamente las prestaciones de obra y/o mantenimiento de este subsistema estén presentes en la fase de selección, sino que podrán incorporarse a todas o a cualquiera de las agrupaciones seleccionadas en calidad de licitadores o de subcontratistas en la fase de negociación. En cualquier caso, todos los candidatos se obligarán a realizar, por sí o por terceros, las labores de ejecución de las prestaciones relativas a este subsistema, asumiendo la obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritascontar con los medios suficientes en este sentido. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas Los licitadores deberán acreditar como condición previa para ser admitidos en el artículo 3 mismo su capacidad de LCSPobrar, y solvencia económica y financiera y técnica por los medios previstos en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legaleste Pliego. Se consideraráA dicho efecto, igualmente, retirada injustificada la solicitud de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, participación deberá consistir en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica dos sobres que se presente no podrá superar indican a continuación, cada uno de ellos con sujeción a los requisitos generales expuestos y con el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las contenido que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoindica seguidamente.

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Samples: Pliego Tipo De Condiciones Particulares De Aplicación Al Contrato

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece el artículo 139.2 de la LCSP, y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados las empresas interesadas deberán ajustarse a lo previsto en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas y documentación que rigen rige la licitación, licitación y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras la empresa del contenido de la totalidad de sus cláusulas o y condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como . El plazo para la autorización presentación de ofertas será de quince días a contar desde el siguiente a la mesa y al publicación del anuncio de licitación en el perfil del contratante. La presentación de proposiciones se realizará exclusivamente en formato electrónico a través de la Plataforma electrónica de Contratación Pública del Principado xx Xxxxxxxx accesible mediante la dirección xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxx.xx siendo requisito imprescindible para la presentación de ofertas el previo registro del licitador, información en la cláusula 8 de estos pliegos. Todas las comunicaciones en la fase de licitación entre el órgano de contratación para consultar y los datos recogidos licitadores se realizarán a través de la citada plataforma, mediante la dirección de correo electrónico que indiquen a tal fin. Las proposiciones junto con la documentación preceptiva se presentarán, dentro del plazo señalado en el Registro Oficial anuncio de Licitadores y Empresas Clasificadas licitación, que se contará desde el siguiente a la publicación del Sector Público o anuncio en el perfil del contratante, hasta las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro veinticuatro horas (24:00 horas) del último día. Una vez presentada la proposición a través de la Unión Europeaplataforma se generará un aviso de recepción electrónico con indicación de la fecha y hora exactas de su presentación y su contenido. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar Se entenderá que la oferta ha sido presentada dentro del plazo cuando la fecha y hora (minutos y segundos) recogidas en el mencionado recibo o aviso se refieran a un momento anterior a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 finalización del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final plazo de presentación de ofertas señalado en el anuncio de licitación. Las proposiciones extemporáneas serán excluidas, a no ser que se acredite que la presentación fuera de plazo se debió a razones operativas de la propia plataforma. Todas las proposiciones recibidas serán custodiadas y subsistir cifradas sin posibilidad de acceder a su contenido en ningún caso hasta que se produzca la apertura de plicas en la fecha prevista en los pliegos. Los licitadores son responsables de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, el órgano de contratación podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el licitador, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original. Incurrir en falsedad al facilitar cualquier dato relativo a la capacidad es causa de prohibición de contratar de conformidad al artículo 71.1 e) LCSP. En caso de que algún documento de la oferta presentada esté dañado, en blanco, sea ilegible o esté afectado por algún virus informático (código malicioso), el órgano de contratación valorará, en función de cuál sea la documentación afectada, las consecuencias jurídicas que se deriven de la imposibilidad de acceder a su contenido, respecto de la participación del licitador en el procedimiento. En el caso de que se trate de documentos imprescindibles para conocer la oferta, se podrá acordar la exclusión del licitador. Los formatos de documentos electrónicos admisibles para la elaboración de las ofertas son todos, excepción de los archivos ejecutables (.exe). Las ofertas que contengan este tipo de archivos prohibidos no podrán presentarse. A estos efectos la plataforma, en el momento de perfección del contratola carga de documentos, tiene un enlace con la lista de extensiones no permitidas (relativas a ejecutables). El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten Toda la totalidad o una parte de los documentos justificativosdocumentación se presentará , cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad no esté redactada originalmente en castellano, traducida de forma oficial a esta lengua, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4.2 de la declaraciónLey del Principado xx Xxxxxxxx 1/1998, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento yde 23 xx xxxxx, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador Uso y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoPromoción xxx Xxxxx/Asturiano.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas

CONDICIONES GENERALES. Se definen las especificaciones a las que deberán ajustarse las Ofertas sin excluir por ello soluciones alternativas que configuren ventajas demostrables. Dichas alternativas, en caso de existir, deberán cotizarse como “ofertas alternativas”, debiendo siempre presentarse como oferta básica aquella que se ajuste a los solicitado en el presente Xxxxxx. Las proposiciones ofertas serán secretasextendidas en todos los casos por suministros completos, tal como establece no ateniéndose exclusivamente a la expresión literal de las especificaciones sino al objeto final del llamado a propuesta. Las ofertas incluirán todos los elementos auxiliares requeridos por las instalaciones, aislaciones, recubrimientos, apoyos, anclajes, fijaciones, defensas y dispositivos de seguridad y en general, cuanto sea necesario para el artículo 139.2 funcionamiento inobjetable del sistema. Todos los materiales que se incorporen a las obras deberán ser de la LCSPmejor calidad dentro de su tipo, previamente aprobados por la C.T.M. En todos los casos previstos en el Pliego o cuando lo solicite la C.T.M. las muestras de materiales a aprobar serán sometidas a ensayos y análisis por cuenta del Contratista. En caso que el Contratista necesitara o deseara cambiar los equipos o los materiales ofertados, que hubieran sido ya aprobados, deberá, previamente, demostrar que son equivalentes o mejores que los ofertados y correrá por su cuenta el gasto que demanden los ensayos de los nuevos elementos Los trabajos que se arbitrarán realicen se ejecutarán en un todo de acuerdo a las mejores reglas del arte y a los medios criterios expuestos en esta documentación, presentando en todos los casos una prolija y cuidada terminación. Los trabajos que garanticen tal carácter hasta no reúnan estas condiciones a juicio de la Inspección de Obra, o que no respondan a lo específicamente expuesto serán inexcusablemente rechazados y deberán ser rehechos a exclusivo costo del Contratista. Asimismo, los desechos que resulten de los trabajos realizados deberán ser retirados de la obra por el momento Contratista, a su cargo y bajo su exclusiva responsabilidad, siendo incluso responsable de apertura los daños y/o perjuicios que pudiera ocasionar a la obra o a la CTM Salto Grande. El Contratista deberá suministrar y colocar los materiales que aunque no estén expresamente detallados en la propuesta o planos y Xxxxxx, resulten no obstante requeridos para el buen funcionamiento y correcta terminación de las proposicionesinstalaciones a juicio de la Inspección de Obra. Las proposiciones de En la propuesta los interesados oferentes deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de aclarar la totalidad de sus cláusulas o condicioneslos elementos que proponen instalar, sin salvedad o reserva algunaacompañando folletos, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposiciónespecificaciones, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoetc.

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Samples: Contrato Sg 626

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece Es necesario que el artículo 139.2 de la LCSP, Oferente se encuentre debidamente inscrito y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos actualizados en el Registro Oficial de Licitadores Proveedores de la Institución. Cualquier documento que se genere producto de esta contratación o previo a la recepción de la oferta deberá ser dirigido al Departamento de Proveeduría en original firmado, mediante documento en formato PDF firmado, o firmado digitalmente (con un certificado del Sistema Nacional de Certificación Digital) vía correo electrónico a la siguiente dirección xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xx.xx. La oferta se deberá redactar en idioma español, presentarse de manera ordenada y Empresas Clasificadas del Sector Público completa, sin manchas, tachaduras, borrones u otros defectos que la puedan hacer de difícil interpretación; las correcciones deben salvarse por nota. La oferta original y una copia de la misma deben ser identificadas respectivamente como documento “original” o bien “copia”, y estar firmadas por la persona que ostente la representación legal de la empresa o bien por la persona autorizada por éste; para ello se debe adjuntar a la oferta la documentación que compruebe lo anterior. Se requiere que todas las hojas de la oferta original sean numeradas en forma consecutiva y preferiblemente, también los panfletos (brochures) y/o literatura que se adjunten. El oferente deberá precisar su razón social, número de cédula jurídica, teléfono, fax, domicilio y dirección electrónica. No se aceptará la presentación de ofertas en las listas oficiales que intervenga en forma conjunta dos o más empresas. La oferta que se presente deberá ajustarse estrictamente al objeto definido en el cartel. El cartel deberá ser contestado siguiendo el mismo orden y numeración que el BANCO ha utilizado en éste y para todos los puntos, el oferente deberá suministrar toda la información que la Administración requiere para poder valorar su oferta, respondiendo con claridad a cada uno de operadores económicos los puntos de conformidad con el qué, cuánto y cómo pretende ofrecer. Sin embargo, para facilitarle la presentación de su oferta, en los puntos que así considere conveniente, el oferente puede indicar que se da por enterado, acepta y cumple con lo señalado. Esto no aplica para aquellos puntos en los cuales el oferente está obligado a dar una respuesta ampliada que permita evaluar alguna característica que está ofreciendo como respuesta a un Estado miembro de la Unión Europearequerimiento del cartel. Cada entidad licitadora no podrá presentar más Si se respondiera en forma general un requerimiento técnico, esto se tomará como una omisión de una proposicióncaracterística técnica, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresasy es importante recordar que los aspectos no subsanables, descalifican la oferta. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas BANCO contestará las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas aclaraciones según lo establecido en el artículo 3 60 del Reglamento a la Ley de LCSPContratación Administrativa, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada reservándose al menos cinco días hábiles antes de la oferta el supuesto en apertura para responder lo que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoproceda.

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Samples: activos.bccr.fi.cr

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasCon sujeción a las condiciones particulares que aparecen más adelante y a las generales impresas en la póliza a la cual va adherida, tal como establece esta Compañía conviene en que si la propiedad descrita en la póliza fuere destruida o dañada por Incendio y/x Xxxx o los Riesgos Adicionales contratados en la póliza de daños directos, con excepción de Terremoto y/o Erupción Volcánica, y Fenómenos Hidrometeorológicos que ocurriere durante la vigencia de esta póliza, y las operaciones del negocio fueren interrumpidas o entorpecidas a causa de los riesgos cubiertos, esta Compañía será responsable hasta el artículo 139.2 límite máximo indicado en la carátula de la LCSPpóliza o en la especificación, el cual ha sido establecido por el Asegurado y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta representa el momento porcentaje indicado también en la carátula de apertura la póliza o en la especificación, de las proposicionesGanancias Brutas de su negocio por los doce meses siguientes a partir de la fecha de iniciación de vigencia de esta póliza. Las proposiciones En caso de indemnización procedente, la Compañía reembolsará al Asegurado el 100% de las pérdidas recobrables bajo esta póliza, con límite de la suma asegurada contratada. El Asegurado deberá tener seguros que amparen los daños materiales directos que por Incendio y/x Xxxx y/o Explosión y/o Riesgos Adicionales, pueda sufrir la propiedad aquí descrita, cuya suma asegurada total represente no menos del 80% del valor de reposición de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación bienes asegurados. Garantizando que rigen mientras dure la licitaciónvigencia de esta póliza, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condicionesmantendrá en vigor dichos seguros, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa cancelarlos ni reducirlos y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento yprocurará hacer, en todo caso, antes los aumentos que se requieran para mantenerlo dentro del mínimo indicado, en caso de adjudicar no existir esto la Compañía tendrá derecho a dar por terminado el contrato. Cuando no sean ciertos Los términos que enseguida se citan tendrán los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismo.significados siguientes:

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Samples: www.segurosatlas.com.mx

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasPodrán participar personas jurídicas, tal en forma individual o como establece consorcios o uniones temporales, de máximo dos (2) integrantes que cumplan los requisitos establecidos en esta invitación. Se podrán presentar ofertas bajo las modalidades de consorcio o unión temporal, para lo cual se deberá allegar el artículo 139.2 documento donde conste el respectivo acuerdo. La responsabilidad entre los integrantes de un joint venture, consorcio, o equipo de profesionales será solidaria frente a CORFERIAS. Es decir que esta entidad puede exigir a cualquiera de los integrantes el cumplimiento íntegro y completo de las obligaciones derivadas de la LCSPpresente invitación y del eventual contrato que llegue a firmarse. Los deberes y las obligaciones que en esta invitación se señalan para los proponentes y para los eventuales contratistas serán asumidos solidariamente por los miembros del consorcio o unión temporal, al igual que la indemnización de los perjuicios y las multas que puedan seguirse del incumplimiento de tales obligaciones. A CORFERIAS le será inoponible todo pacto en virtud del cual se arbitrarán limite la responsabilidad de cada uno de los medios miembros. Salvo que garanticen tal carácter hasta en el momento documento de apertura conformación del Consorcio o Unión Temporal se haya nombrado a un representante legal del consorcio o unión temporal, la propuesta deberá ser suscrita por todos los miembros del consorcio o unión temporal. La misma regla se aplicará para la suscripción del contrato eventual. Es inaplicable a esta invitación a ofrecer y al contrato a que ella puede dar origen la regulación de los consorcios y las proposicionesuniones temporales contenida en la Ley 80 de 1993. Las proposiciones personas que integren un consorcio o una unión temporal serán solidariamente responsables del cumplimiento de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por todas las entidades licitadoras obligaciones del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva algunacontrato, así como la autorización frente a la mesa los derechos y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en sanciones derivadas del contrato, el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas representante legal del Sector Público consorcio o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal podrá ser modificado, para lo cual se deberá informar por escrito de empresasforma inmediata a CORFERIAS. El incumplimiento Los proponentes deben presentar con la propuesta los estados financieros de esta obligación dará lugar propósito general o particular que permitan la fácil consulta o determinación de las variables a la inadmisión tener en cuenta. Sólo se considerarán estados financieros certificados o dictaminados (si a ello hay lugar), con corte a 30 de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida septiembre de una proposición será una circunstancia que impedirán 2018, conforme a las empresas contratar con las entidades comprendidas normas contables legamente aceptadas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVAColombia. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a condiciones mínima financieras exigidas son las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismo.siguientes:

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Samples: Invitación Privada

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretasEl contrato se ejecutará con estricta sujeción a las Cláusulas xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y del de Prescripciones Técnicas y conforme a las instrucciones impartidas. Si durante la realización del contrato el contratista necesitara algún dato no contenido o detallado en los documentos contractuales, tal como establece el artículo 139.2 deberá solicitarlo de la LCSPAdministración con la antelación suficiente, de manera que nunca podrá imputar a ésta una realización defectuosa o tardía, salvo que, efectivamente, los datos que al respecto se le faciliten sean defectuosos o se le entreguen con retraso, siempre que de todo ello se deje constancia previa por escrito, con comunicación directa a la Administración. Cuando el contratista o personas de él dependientes realicen acciones u omisiones que comprometan o perturben la buena ejecución del contrato, el órgano de contratación, a través del responsable del contrato adoptará las medidas concretas que sean necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado. El responsable del contrato o sus colaboradores podrán inspeccionar el suministro cuantas veces consideren necesario y se arbitrarán solicitar la información que estimen oportuna para el correcto control de los medios mismos. En el caso de que garanticen tal carácter hasta estimase incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, el momento Responsable del contrato dará por escrito al contratista las instrucciones precisas y detalladas con el fin de apertura remediar las faltas o defectos observados, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello fije y las observaciones que estime oportunas. Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen observaciones formuladas por el Responsable del contrato, éste la licitaciónelevará, y con su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condicionesinforme, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en que celebró el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europeacontrato, que resolverá sobre el particular. Cada entidad licitadora Si el contratista no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas reclamase por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán escrito respecto a las empresas contratar observaciones del Responsable del contrato se entenderá que se encuentra conforme con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal mismas y estará obligado a corregir o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en remediar los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismodefectos observados.

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Samples: www.asturias.es

CONDICIONES GENERALES. Las proposiciones serán secretas, tal como establece el artículo 139.2 Los proponentes deberán seguir en la elaboración de la LCSPpropuesta la metodología aquí señalada, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole lo cual permita una selección sin contratiempos y en un plano de absoluta igualdad. Es importante señalar a los proponentes, que de acuerdo con la Ley 80 de 1993 el particular que contrata con el Estado adquiere la calidad de colaborador del mismo en el logro de sus fines y por lo tanto, cumple una función social que implica obligaciones sin perjuicio de los derechos que la misma ley les otorga. Igualmente, para efectos de la responsabilidad penal, los contratistas se arbitrarán consideran particulares que cumplen funciones públicas en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación del contrato, por lo tanto, están sujetos a la responsabilidad que en esta materia señala la ley para los medios servidores públicos. Por lo anteriormente expuesto, se recomienda a los aspirantes que garanticen tal carácter hasta deseen participar en este proceso, leer detenidamente el momento presente pliego de apertura condiciones, cumplir con las exigencias previstas para el mismo. De igual manera los proponentes deberán leer detenidamente las siguientes recomendaciones: • Examine rigurosamente los estudios previos, Anexo Técnico, el contenido xxx xxxxxx de las proposiciones. Las proposiciones condiciones, los documentos que hacen parte del mismo, sus formatos y anexos, toda vez que hacen parte integral del presente proceso y es responsabilidad exclusiva de los interesados deberán ajustarse a conocer su contenido. • Adelante oportunamente los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización trámites tendientes a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El órgano de contratación podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte obtención de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre deben allegar con las propuestas y verifique que contiene la vigencia o fiabilidad información completa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Ley y en el presente pliego de condiciones. Página2 • Revise los anexos y diligencie totalmente los formatos contenidos en este pliego de condiciones. • Los proponentes por la sola presentación de la declaración, cuando resulte necesario propuesta autorizan a la entidad para el buen desarrollo del procedimiento y, verificar toda la información que en todo caso, antes de adjudicar el contratoella se suministre. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su proposición implicará la inadmisión. Si la inexactitud fuera conocida después • La presentación de la adjudicación propuesta por parte del oferente constituye evidencia de que se estudiaron completamente los estudios previos, anexo técnico, pliego de condiciones, adendas (cuando a ello hubiere lugar) especificaciones exigidas, formatos y demás documentos del presente proceso; que recibió las aclaraciones necesarias a las inquietudes o dudas previas consultadas y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieran en virtud del contrato procederá la exclusión del licitador y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa de resolución del mismoque se celebra.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta

CONDICIONES GENERALES. El servicio tendrá carácter puntual y no continuado. Las proposiciones serán secretas, tal como establece el artículo 139.2 empresas deberán contar con un sistema de gestión online. Este sistema permitirá a cualquier Centro de la LCSPUniversidad xx Xxxxxxx, presentar la solicitud, obtener el presupuesto (que incluirá de forma detallada todos los requerimientos de medios materiales y humanos para la realización del servicio), aceptar el servicio y hacer un seguimiento del mismo en tiempo real. - Cuando un servicio no requiera la utilización de vehículo, el transporte de los operarios al lugar de trabajo correrá por cuenta de la empresa. - Los trabajadores deberán estar debidamente uniformados e identificados durante la prestación del servicio. - La ropa de trabajo será por cuenta de la empresa adjudicataria. - En ocasiones se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta requerirá el momento desmontaje y montaje de apertura muebles, debiendo disponer para tales tareas de las proposiciones. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos herramientas y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por las entidades licitadoras del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva algunamateriales básicos para ello, así como de los elementos necesarios de embalaje (cajas de cartón, precinto…) - En la autorización mayoría de los trabajos se requerirá el uso de carretillas, plataformas o elementos similares, así como elementos de sujeción, que deberán ser aportados por el adjudicatario. - En ocasiones se requerirá el empleo de vehículos de transporte para la realización de servicios externos, para lo cual el adjudicatario deberá contar con una flota de vehículos de diversa capacidad, que permita adecuarse a las distintas necesidades, al objeto de racionalizar el uso de los mismos. En tales casos, tanto el vehículo como el conductor del mismo deberán contar con los permisos y seguros reglamentarios en vigor, así como cumplir con la mesa legislación comunitaria que le sea de aplicación con carácter general y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europeasector. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas. La retirada indebida de una proposición será una circunstancia - Los adjudicatarios garantizarán que impedirán a las empresas contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de LCSP, en las condiciones establecidas en el artículo 73 del mismo texto legal. Se considerará, igualmente, retirada injustificada de la oferta el supuesto en personal que siendo requerido el licitador para que justifique la baja anormal o desproporcionada que ha presentado, no conteste a dicho requerimiento o preste los servicios lo haga reconociendo que su proposición adolece de error o inconsistencia que con la hagan inviable, en los términos previstos en el artículo 62.2 RGLCAP. La oferta económica máxima diligencia y cumpliendo las instrucciones que se presente no podrá superar el tipo de licitación definido como el presupuesto de licitación excluido el IVA. Las circunstancias relativas a la capacidadcursen, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a guardando un trato correcto con todas aquellas personas con las que se refieren relacionen al prestar los apartados anterioresdiferentes servicios. - Corresponde al adjudicatario la responsabilidad en relación al cumplimiento de toda la normativa que aplique para la realización de los trabajos descritos en este pliego. - Los adjudicatarios designarán a un coordinador perteneciente a su propia plantilla que ejercerá de interlocutor con la Universidad xx Xxxxxxx y llevará a cabo las siguientes funciones: o Organizar y supervisar los trabajos de su personal, deberán concurrir en ejerciendo la fecha final dirección efectiva del trabajo objeto de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del este contrato. El órgano o Ejercer de contratación podrá pedir interlocutor con la US, con plena capacidad de decisión y gestionando directamente las órdenes e instrucciones de trabajo sobre su personal. o Realizar un adecuado seguimiento del cumplimiento de especificaciones por parte de su personal, en relación a todos los aspectos contenidos en este pliego. Los adjudicatarios deberán facilitar a la US un número de atención telefónica permanente, que estará operativo en las horas de horario de trabajo. Los controles de acceso en las instalaciones se realizarán conforme a los licitadores que presenten protocolos de actuación de la totalidad o una parte US. En el coste deberán incluirse, en cualquier caso, los gastos propios para la realización de los documentos justificativostrabajos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre los impuestos en vigor, las cotizaciones a la vigencia o fiabilidad Seguridad Social y las pólizas de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento yseguro contratadas. Coste hora mano de obra mozo de lunes a viernes, en todo casohorario de 8.00 a 20.00 horas. Coste hora mano de obra mozo de lunes a viernes, antes en horario de adjudicar el contrato20.00 a 8.00 horas. Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador Coste hora mano de obra xxxx xxxxxx, xxxxxxxx y festivos. Coste hora mano de obra especializada de lunes a viernes, en su proposición implicará la inadmisiónhorario de 8.00 a 20.00 horas. Si la inexactitud fuera conocida después Coste hora mano de la adjudicación del contrato procederá la exclusión del licitador obra especializada de lunes a viernes, en horario de 20.00 a 8.00 horas. Coste hora mano de obra especializada xxxxxx, xxxxxxxx y si fuera conocida tras la formalización del contrato será causa festivos. Coste hora camión con conductor de resolución del mismo.lunes a viernes, en horario de 8.00 a 20.00 horas. Coste hora camión con conductor de lunes a viernes, en horario de 20.00 a 8.00 horas. Coste hora camión con conductor xxxxxx, xxxxxxxx y festivos. Coste hora mano de obra mozo: Coste hora mano de obra especializada: Coste hora camión con conductor:

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Samples: servicio.us.es