OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA. Además de las obligaciones surgidas de los Pliegos de Cláusulas Administrativas son deberes específicos de la empresa contratista: - Cumplirá el contrato en los términos previstos en los Pliegos, o en su caso las órdenes y directrices emanadas de la Dirección del IMD. - La prestación del servicio se realizará conforme al programa de trabajo que se establezca al inicio del contrato. Dicho programa podrá ser modificado en cualquier momento desde la dirección del IMD Ermua, para adecuarlo a las necesidades comunales, previo comunicado a la empresa adjudicataria con un plazo mínimo de 24 horas. No obstante lo anterior, la dirección del contrato podrá dictar en un plazo inferior al señalado en el apartado anterior las modificaciones de urgencia que estimen necesarias en el programa de trabajo, previa motivación de la urgencia de la modificación, siempre en beneficio de la mayor eficacia y/o eficiencia del servicio. - La empresa adjudicataria adoptará las medidas oportunas para garantizar el acceso a la instalación de su personal mediante el uso de llaves o de tarjetas codificadas que le serán facilitadas por el IMD y se responsabilizará de la custodia de dichas las tarjetas y llaves. - Propondrá, basándose en el servicio a prestar, un plan de organización del trabajo en los recintos deportivos citados, incluyendo las mejoras que estimen convenientes sobre las condiciones explicitadas en los presentes pliegos. Dicho plan deberá contar con el visto bueno del IMD Ermua, que podrá introducir modificaciones en el mismo para una mejor prestación del servicio, donde se incluyen las posibles modificaciones de los horarios de servicio. - Responderá de la calidad técnica del servicio así como de las consecuencias que se deduzcan para la administración contratante, así como para terceras personas, por las omisiones, errores, métodos inadecuados en la ejecución de trabajos y actividades y de cualquiera otra responsabilidad, derivada del servicio contratado. - El personal de la empresa adjudicataria utilizará obligatoriamente una indumentaria perfectamente indicativa de las funciones que desarrolle y que identifique a la empresa a la que pertenece, siendo el incumplimiento de esta cláusula motivo de sanción. - Cumplirá los trámites administrativos relativos a su actividad, tales como control de asistencias, entrega de documentación, información al alumnado, fichas, informes, comunicación de altas y bajas de alumnado, propuesta de solicitud de cambios, etc. Asimismo, deberá ...
OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA. Primera.- El adjudicatario se compromete al cumplimiento del objeto del contrato, siguiendo las directrices que establezca la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.
OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA. Con carácter enunciativo y no limitativo, sin perjuicio de las restantes obligaciones establecidas al efecto en el PPT, en el presente PCAP y en la restante documentación contractual, en especial la correspondiente a prestar el servicio público objeto del presente PCAP de forma ininterrumpida, con los medios propios de la concesión , los puestos a su disposición por la Administración Sanitaria o medios ajenos si fueran autorizados para ello, la entidad adjudicataria asumirá las siguientes obligaciones:
OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA. El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el contrato, en los pliegos de condiciones y en su proposición, así como a las instrucciones que se dieren por parte del Ayuntamiento. La adjudicataria proporcionará al Ayuntamiento de Santurtzi toda la información que éste le solicite para el funcionamiento transparente y eficaz del servicio de mediación. Los trabajos realizados en cualquiera de sus fases serán propiedad de la Administración y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento las entregas de parte de las prestaciones, siempre que sea compatible con el programa definitivo de elaboración y no afecte al correcto desarrollo de los trabajos. En relación con la ejecución de lo pactado, el desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos que forman parte del mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración no eximirá al/la contratista de la obligación de su cumplimiento. La adjudicataria deberá además: Asegurar la continuidad en la prestación de los servicios de mediación contratados durante el periodo de vigencia del contrato. Cubrir los daños y perjuicios directos e indirectos que se pudieran causar a esta Administración, como consecuencia de su acción u omisión en la prestación del servicio de mediación. Intervenir activamente en que la compañía aseguradora cubra con diligencia y rigor los daños y perjuicios de los tomadores de seguros en las pólizas. Asignar todos los medios materiales, humanos y económicos precisos para la prestación eficaz e innovadora de los servicios contratados. Facilitar y agilizar los trámites administrativos en la contratación de las pólizas y liquidación de los siniestros, poniendo a disposición de este Ayuntamiento todos los medios materiales, humanos y económicos precisos para garantizar la eficacia en la prestación del servicio. Cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, y de seguridad y salud laboral. Cumplir las obligaciones generales y específicas que le sean aplicables conforme a la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. Las comunicaciones entre la Correduría y el Ayuntamiento de Santurtzi se realizarán mediante teléfono, correo electrónico, así como mediante la plataforma informática establecida por el Ayuntamiento de Santurtzi. La empresa adjudicataria recibirá los avisos relativos a sinie...
OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA. El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el contrato, en los pliegos de condiciones y en su proposición, así como a las instrucciones que le diere la Jefatura de la Secretaría Técnica del Departamento de Hacienda y Economía. La adjudicataria proporcionará al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz toda la información que éste le solicite para el funcionamiento transparente y eficaz del servicio de mediación. La adjudicataria deberá además: - Asegurar la continuidad en la prestación de los servicios de mediación contratados durante el período de vigencia del contrato. - Cubrir los daños y perjuicios directos e indirectos que se pudieran causar a esta Administración, como consecuencia de su acción u omisión en la prestación del servicio de mediación. - Intervenir activamente en que la compañía aseguradora cubra con diligencia y rigor los daños y perjuicios de los tomadores de seguros en las pólizas. - Asignar todos los medios materiales, humanos y económicos precisos para la prestación eficaz e innovadora de los servicios contratados. - Facilitar y agilizar los trámites administrativos en la contratación de las pólizas y liquidación de los siniestros, poniendo a disposición de este Ayuntamiento todos los medios materiales, humanos y económicos precisos para garantizar la eficacia en la prestación del servicio. - Cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad las disposiciones vigente en materia de laboral, de seguridad social y de seguridad y salud laboral. - Entregar copia del contrato de Seguro de Responsabilidad Civil Profesional de la empresa, que ampare la actuación de sus empleados.
OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA. Además de las obligaciones contenidas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la entidad adjudicataria tendrá, las siguientes obligaciones:
OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA a) La Entidad adjudicataria deberá asignar un interlocutor para la coordinación de las diferentes incidencias, consultas, etc., comprometiéndose a facilitar un número de teléfono y un correo electrónico válido de asistencia, que podrá a disposición de los empleados destinados en los servicios administrativos del Ayuntamiento.
OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA. Serán obligaciones de la empresa adjudicataria, además de las contenidas en otras cláusulas de este pliego, las siguientes:
OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA. Con independencia de las obligaciones dimanantes del contrato, está asume las siguientes: Dirección General de la Sociedad de la Información
OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA. Serán obligaciones de la entidad adjudicataria las siguientes: