RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATISTA. La CONTRATISTA declara expresamente que son de exclusiva responsabilidad, todas las obligaciones civiles, penales, tributarias y/o administrativas que pudieran resultar de: Los accidentes que, como consecuencia directa o indirecta de la ejecución de los trabajos materia del presente contrato, afecten la vida, el cuerpo y la salud de su personal y/o de SEAL y/o de terceros, debiendo asumir la CONTRATISTA, en su relación interna con SEAL, íntegramente todas las obligaciones, responsabilidades e indemnizaciones que fueran determinadas o atribuidas, judicial o extrajudicialmente, a él y/o a SEAL, así como los gastos judiciales como extrajudiciales y honorarios originados por las defensas correspondientes, inclusive las sanciones que imponga el Osinergmin a él mismo a SEAL. Los daños y perjuicios que, como consecuencia directa o indirecta de la ejecución de los trabajos materia del presente contrato, sean ocasionados a los bienes de SEAL y/o de terceros, quedando por tanto claramente establecido que tal responsabilidad no afectará de modo alguno a SEAL, debiendo asumir la CONTRATISTA, en su relación interna con SEAL, integrante todas las obligaciones, responsabilidades e indemnizaciones que fueran determinadas o atribuidas, judicial o extrajudicialmente, a él y/o a SEAL, así como los gastos judiciales como extrajudiciales y honorarios originados por las defensas correspondientes, inclusive las sanciones que imponga el Osinergmin a él mismo a SEAL. Los incumplimientos de las normas detalladas en la cláusula de obligaciones de la CONTRATISTA o que se dicten durante la vigencia del presente contrato por autoridad competente o por SEAL, respecto a pago de remuneraciones y beneficios sociales organización del trabajo, seguros del personal, accidentes de trabajo, seguridad y prevención de riesgos, permisos autorizaciones o licencias de la autoridad administrativa competente, etc., siendo también de su absoluta responsabilidad, todas las reclamaciones formuladas por y/o en nombre de su personal, emergentes xx xxxxx sociales, así como todas las cargas a afrontar por ese concepto, debiendo asumir la CONTRATISTA, en su relación interna con SEAL, íntegramente todas las obligaciones, responsabilidades e indemnizaciones que fueran determinadas o atribuidas, judicial o extrajudicialmente, a él y/o SEAL, así como los gastos judiciales como extrajudiciales y honorarios originados por las defensas correspondientes, inclusive las sanciones que imponga el Osinergmin a él mismo a ...
RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATISTA. Queda expresamente establecido que la Contratista será responsable de toda reclamación por daños y perjuicios que efectúen los propietarios, legítimos ocupantes, superficiarios, concesionarios de servicios y/o líneas de servicios aéreas, terrestres y/o subterráneas, autoridades nacionales, provinciales y municipales a raíz de la ejecución de los trabajos, cualquiera fuera su naturaleza, corriendo por su cuenta y cargo las indemnizaciones pertinentes. Se incluye lo que atañe tanto a los daños "inevitables" causados a cultivos y/o pasturas dentro de la pista, como los “evitables”, siendo que, en ambos casos, los costos derivados serán afrontados por la Contratista en su totalidad. La presente enunciación con relación al pago de los daños no es taxativa, no pudiendo aducir la Contratista desconocimiento en cuanto a la responsabilidad que le compete. Previo a la iniciación de los trabajos, la Contratista labrará Actas de Constatación Preventiva de Estado por cada campo o parcela afectada, de manera que queden claramente expuestos los cultivos, alambrados y otros elementos o instalaciones existentes que pueden ser dañados transitoriamente por la ejecución de la obra. A la terminación de los trabajos, la Contratista labrará Actas de Constatación de Daños en la que conste la “Conformidad Definitiva” de los propietarios o legítimos ocupantes superficiarios. En todos los casos, las actas deberán contener todos los datos de filiación de los propietarios u ocupantes y la identificación de los campos o parcelas afectadas. Dichas actas deberán ser complementadas, eventualmente y si correspondiere, con la expresa aclaración del pago de daños por parte de la Contratista y entregadas a la Inspección de Obra. PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM Las mencionadas actas deberán ser suscriptas por el Inspector de Obra, por el representante autorizado de la Contratista y por el propietario superficiario o legítimo ocupante.
RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATISTA. Del Superintendente de Construcción. Asegurarse de la realización e implementación del PRE-O del contrato objeto de los trabajos a realizarse en las instalaciones de la RIAMA. Es responsable de exigir y entregar los recursos para el cumplimiento y aplicación de este procedimiento. Del responsable de SSPA de la Contratista. Elaborar, difundir e implementar el PRE-O: Identificar las emergencias potenciales que se puedan desarrollar al ejecutar los trabajos objeto del contrato, incluir las que se pudieran suscitar al realizar actividades que implique la ejecución de procedimientos críticos como son los diez establecidos por Pemex Refinación que salvan vidas. Identificar e incluir también las emergencias por impactos ambientales eventuales que se pudieran presentar a raíz de la obra. Establecer un Plan de Emergencia y preparar una respuesta apropiada ante la emergencia. Establecer la metodología de operación, dirección y control a aplicar durante una emergencia. Establecer el manejo apropiado de los recursos necesarios en la emergencia. Establecer, describir y disponer las medidas de protección y procedimiento de evacuación. Efectuar evaluaciones y revisiones periódicas de los planes de emergencia. Implementar acciones para prevenir que las emergencias potenciales y los impactos ambientales identificados ocurran y para minimizar cualquier impacto ambiental. Probar la adecuación de los procedimientos y planes de preparación y Respuesta a una emergencia realizando simulacros de acuerdo a lo determinado por la Obra. Corregir los procedimientos y planes de preparación y Respuesta a una emergencia. Comunicar al personal cualquier cambio en los procedimientos y planes de preparación y Respuesta a una emergencia. Determinar la necesidad de Respuesta a una emergencia. Establecer las comunicaciones internas y externas conforme la emergencia lo requiera. Revisar los procedimientos de preparación y Respuesta a una emergencia después que ocurra y se mitigue la situación de emergencia. Realizar pruebas para medir la eficacia del procedimiento de preparación y Respuesta a emergencia. Coordinar la capacitación interna y externa sobre cursos de primeros auxilios, manejo de extintores; psicología de la emergencia y otros temas relacionados con el plan de emergencia, dejando registro escrito de esta actividad.
RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATISTA. La CONTRATISTA, sin desmedro de todas las obligaciones que le caben, tendrá las siguientes responsabilidades: profesionales y técnicos que firman los planos, planillas y especificaciones, que forman parte de este Pliego. (15) días de labor. ordenarle que perfeccione esos métodos y enseres o los reemplace por otros más eficientes. Sin embargo, el hecho que la Inspección de Obra nada objetase sobre el particular, no eximirá a la CONTRATISTA de la responsabilidad que le concierne por la mala calidad de las obras ejecutadas o la demora en la terminación. El PBCP podrá agregar nuevas o eximir de algunas de estas responsabilidades a la COMITENTE siempre y cuando lo haga expresamente y de modo justificado.
RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATISTA. “La Contratista”, se obliga a brindar el Servicio de Limpieza para las Oficinas del MARN – Ejercicio Fiscal 2018, según lo establecido en los numerales: 2- Condiciones Generales, 3- Condiciones Especificas, y 4- Actividades mínimas requeridas como parte del servicio, estipulados en la “PARTE IV. TERMINOS DE REFERENCIA DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS”, de la Base de Licitación, de acuerdo a la oferta presentada y aceptada, y a las condiciones del presente contrato; destacando a veinticinco (25) personas, para brindar el servicio de Limpieza de las oficinas del MARN y oficinas regionales; Así como, a proporcionar los materiales en las cantidades y tiempos establecidos y equipo necesario para brindar el servicio, de conformidad a lo establecido en la PARTE IV. TERMINOS DE REFERENCIA DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS (TR), numeral 5-MATERIALES A SUMINISTRAR, de la Base de Licitación y a la Oferta presentada. La entrega de los materiales se realizará dentro de los cinco (5) días
RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATISTA. “La Contratista”, se obliga a brindar el Servicio de Rastreo a través de GPS para Vehículos del MARN, para un total de sesenta (60) vehículos, de conformidad a lo establecido en el numeral “2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”,
RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATISTA. “La Contratista” será el único responsable de la prestación de los servicios públicos objeto de este contrato. Será plena, integral y enteramente responsable de la capacidad del personal, de la organización, de la calidad de los equipos, materiales y, en general, de todos los medios, sistemas, elementos, implementos y recursos materiales y humanos que destine a la prestación de los servicios contratados. “La Contratista” será también el único responsable por la planificación y metodología adecuadas que les permita ejecutar los trabajos contratados en forma oportuna, responsable, de acuerdo con lo pactado en este contrato. De igual forma responderá por los resultados de dichas planificación y metodología. “La Contratista” es el único responsable de atender oportunamente las reclamaciones, de cualquier carácter, por daños o perjuicios causados por acción u omisión a ella atribuibles, o del personal que se encuentra bajo su dependencia o contratado sin relación de dependencia, y por el hecho mismo del servicio que presta como contratista, a las personas, propiedades, bienes, derechos, instalaciones o maquinarias de terceros, como consecuencia de los trabajos, acciones y omisiones generados en el marco de la ejecución contractual; debiendo en consecuencia reparar o indemnizar el daño o perjuicio generado, de acuerdo con lo antes determinado y con las previsiones de la normatividad aplicable. La Contratista contratará un Seguro que cubra los eventuales daños o perjuicios a terceros, conforme a lo determinado en esta cláusula. Si el Seguro no cubriere estos daños o perjuicios o los cubriere de forma parcial, la Municipalidad podrá deducir de los valores que se adeuden a la Contratista o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato el valor de las indemnizaciones por los daños o perjuicios causados que hayan sido dispuestos indemnizar por resolución de órgano competente. El seguro a que se refiere esta cláusula será aprobado por el Director Financiero Municipal antes de su emisión.
RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATISTA. “LA CONTRATISTA” se obliga a que los materiales, mano de obra y equipos que se utilicen en los servicios y trabajos objeto del presente contrato, cumplan con las normas de calidad establecidas en el anexo denominado "Catálogo de Conceptos" el cual forma parte integral del presente contrato y a que la realización de todas y cada una de las partes del trabajo se efectúen a satisfacción de "LA SECRETARÍA" así como a responder por su cuenta y riesgo de vicios ocultos de los materiales o equipo, de los defectos y errores, y además de responder de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a "LA SECRETARÍA" o a terceros, en cuyo caso se hará efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato, hasta por el monto total de la misma; en caso de que la garantía (fianza) no llegue a cubrir en su totalidad los daños y perjuicios causados “LA CONTRATISTA” se obliga a cubrirlos y repararlos por su cuenta y riesgo, sin que tenga derecho a retribución alguna por ello. Asimismo, en este instrumento “LA CONTRATISTA” se obliga que a la conclusión de los trabajos entregará a “LA SECRETARÍA” en medios magnéticos, testimonios fotográficos, coordenadas geográficas y elevación sobre el nivel medio del mar de la obra realizada. Igualmente se obliga “LA CONTRATISTA” a no ceder, traspasar, enajenar, o de alguna forma transmitir a persona física o moral, los derechos y obligaciones derivados del presente contrato y sus anexos. Así mismo “LA CONTRATISTA” está de acuerdo en que del importe de las estimaciones se le hagan las siguientes deducciones:
RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATISTA. “LA CONTRATISTA” SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Y DEBERÁ SUJETARSE A TODOS LOS REGLAMENTOS Y ORDENAMIENTOS DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES EN MATERIA DE CONSTRUCCIÓN, SEGURIDAD, USO DE LA VÍA PÚBLICA, PROTECCIÓN ECOLÓGICA Y DEL MEDIO AMBIENTE QUE RIJAN EN EL ÁMBITO FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, ASÍ COMO A LAS INSTRUCCIONES QUE AL EFECTO LE SEÑALE “LA SEDESOL”. CUALQUIER RESPONSABILIDAD, DAÑOS Y PERJUICIOS QUE RESULTAREN POR SU INOBSERVANCIA SERÁN A CARGO DE “LA CONTRATISTA”, QUE PODRÁ SER RECLAMADA POR “LA SEDESOL” POR LA VÍA JUDICIAL CORRESPONDIENTE. IGUALMENTE, “LA CONTRATISTA” SE OBLIGA A NO CEDER EN FORMA PARCIAL O TOTAL, EN FAVOR DE CUALQUIER OTRA PERSONA FÍSICA O MORAL, SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DE ESTE CONTRATO Y SUS ANEXOS, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO SOBRE LAS ESTIMACIONES POR TRABAJOS EJECUTADOS, EN CUYO CASO SE DEBERÁ CONTAR CON LA PREVIA AUTORIZACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE “LA SEDESOL”, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 47 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. “LA CONTRATISTA” SE OBLIGA A QUE LOS MATERIALES Y EQUIPOS QUE SE UTILICEN EN LOS TRABAJOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, CUMPLAN CON LAS NORMAS DE CALIDAD, NORMAS OFICIALES MEXICANAS Y EN LAS ESPECIFICACIONES CONTENIDAS EN LOS CONCEPTOS DE OBRA, MISMOS QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE CONTRATO, Y A QUE LA REALIZACIÓN DE TODAS Y CADA UNA DE LAS PARTES DE DICHA OBRA SE EFECTÚEN DE CONFORMIDAD CON EL PROYECTO Y LAS ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES PARA LOS TRABAJOS MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS QUE SE LLEGAREN A PRESENTAR EN LOS TRABAJOS Y DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTE SE LLEGUEN A CAUSAR A “LA SEDESOL” O A TERCEROS, EN CUYO CASO, SE HARÁN EFECTIVAS LAS GARANTÍAS OTORGADAS POR “LA CONTRATISTA”, HASTA POR EL MONTO TOTAL DE LAS MISMAS. “LA CONTRATISTA” SERÁ RESPONSABLE TANTO DEL DESEMPEÑO DE SU SUPERINTENDENTE COMISIONADO PARA PROPORCIONAR LOS TRABAJOS DE OBRA OBJETO DE ESTE CONTRATO, COMO POR TODOS LOS DAÑOS, PÉRDIDAS Y PERJUICIOS QUE DICHO PERSONAL PROVOQUE POR IRRESPONSABILIDAD, NEGLIGENCIA O IMPERICIA EN EL DESARROLLO DE LOS TRABAJOS, MANEJO DE LOS BIENES, MATERIALES, HERRAMIENTAS, MAQUINARIA Y EQUIPOS O LOS AGENTES QUÍMICOS O GASES QUE UTILICE. “LA SEDESOL” NO ASUME NINGUNA RESPONSABILIDAD CIVIL, LABORAL, DE RIESGO PROFESIONAL O DE SEGURIDAD SOCIAL RES...
RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATISTA. 15.1. Son responsabilidades de LA CONTRATISTA: