Common use of OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Clause in Contracts

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además La prestación de las obligaciones generales derivadas los trabajos se realizará con estricta sujeción a los documentos contractuales y demás documentos básicos que definan y condicionen el objeto del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista y de acuerdo con las siguientes: - Obligaciones laborales y socialesinstrucciones que para su interpretación diere la Administración al contratista. El contratista está estará obligado a adscribir los medios ofrecidos para la prestación de los trabajos incluso con el carácter nominal con lo que hubiese sido y en los mismo términos en que se hubiese ofertado. La no intervención de cualquier persona comprometida facultará a la Administración para resolver el contrato por causas imputables al cumplimiento contratista. La Administración podrá exigir del contratista la sustitución de cualquier persona que no desarrolle los trabajos debidamente, sin que el ejercicio o no de esta facultad exima al contratista de ejecutar el objeto del contrato a satisfacción. El contratista será responsable de las reclamaciones, y deberá mantener indemne a la Administración de los daños y perjuicios que por la misma puedan derivarse a la formulación de aquellas. El contratista queda obligado a guardar secreto y hacerlo guardar al personal que emplee o que con él colabore en el desarrollo del trabajo, no pudiendo utilizar para sí, proporcionar a terceros o divulgar dato alguno en relación con el contrato sin la expresa autorización de la Administración. Abonar todos los gastos de publicación de anuncios de licitación en diarios oficiales y medios de comunicación, así como los que se produzcan con motivo de las invitaciones que se cursen, y cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones del presente pliego y la normativa vigente, en la forma y cuantía que en estos se señalen. El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos seguridad e higiene en el artículo 210 de trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la Ley 30/2007realización del objeto del contrato, de 30 de octubrerespecto del que ostentará, de Contratos del Sector Público para a todos los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obraefectos, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos condición de posible peligro debidos a la marcha de éstosempresario. Además, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas todas aquellas obligaciones específicas establecidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles anexo I al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicopresente Pliego.

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Samples: Pliego De Condiciones Económico Administrativas Para La Contratación, Por Procedmiento Negociado Con Publicidad, De Los Servicios De Asesoramiento Y Asistencia Técnica De Los Campos De Fútbol De Césped Natural en La Rinconada. , Pliego De Condiciones Económico Administrativas Para La Contratación

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además  Prestar los Servicios con la diligencia de un profesional experto en los servicios objeto del contrato, conforme a los términos y condiciones previstos en este pliego y sus anexos, siendo responsable de la observancia de dicha diligencia en cuantos trabajos, documentos y entregables sean realizados en ejecución del mismo.  No realizar ninguna de las obligaciones generales derivadas tareas publicitarias objeto del régimen jurídico contrato, en relación a productos o servicios directamente competidores del producto o servicio objeto de publicidad con arreglo a este pliego. A los solos efectos de este contrato, son obligaciones específicas se entenderá como competidores directos aquellos productos o servicios que estén comprendidos en la categoría de juegos tal y como este término se define en la Ley 13/2011, de 27 xx xxxx, de regulación del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y socialesjuego. El contratista está obligado al  Prestar los Servicios con estricto cumplimiento de la legislación aplicable y vigente en cada momento, especialmente aquella relativa a las disposiciones vigentes comunicaciones comerciales de los operadores y actividades de juego publicidad, comunicaciones comerciales por medios electrónicos y físicos, así como de protección de datos personales.  Gestionar por sí mismo los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en la normativa que, en su caso, resulten de aplicación a la ejecución del contrato  Mantener en secreto todos los datos facilitados por XXXXX y que sean concernientes a la publicidad objeto de este pliego. Se abstendrá de utilizarlos para fines distintos de los expresamente pactados de acuerdo con lo previsto en la cláusula 11.1 (confidencialidad).  Mantener y colaborar con la agencia creativa en cuantas reuniones sean necesarias para favorecer la consecución del objetivo general del contrato.  Corresponde exclusivamente al adjudicatario la selección del personal que, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto al mismo, siendo SELAE del todo ajena a dichas relaciones laborales.  El adjudicatario procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del Servicio, informando en todo momento.  El adjudicatario asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustitución de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre el empleado y el empleador. A estos efectos la empresa adjudicataria declara que mantiene a todos sus trabajadores en alta en la Seguridad Social y que está al corriente de pago de las cuotas de Seguridad Social asumiendo cualquier responsabilidad que se pueda derivar en materia de Seguridad Social o de infracción laboral.  El adjudicatario garantiza la más absoluta indemnidad de XXXXX por cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de las relaciones con su personal y, en su caso, con el personal adscrito a la ejecución del contrato. No obstante, si por incumplimiento de estos compromisos se derivara alguna responsabilidad para SELAE, el adjudicatario responderá por dichas responsabilidades, incluidos cualesquiera gastos y/o costas judiciales que ocasionare la defensa de SELAE.  El adjudicatario velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el presente pliego como objeto del contrato.  El personal del adjudicatario que se desplace a las dependencias de SELAE se someterá a las normas de seguridad social en el trabajo y de prevención de riesgos laboraleslaborales establecidas por esta última. - SELAE quedará exonerada de cualquier responsabilidad sobre el personal de la empresa contratante en materia de riesgos laborales por la inobservancia por parte de dicho personal de las normas de seguridad en el trabajo y de prevención de riesgos laborales establecidas por SELAE para sus propias dependencias. Este personal desplazado mantendrá los horarios de trabajo internos del adjudicatario excepto en aquellos tramos en los que SELAE considerará que no puede garantizar una correcta seguridad en sus puestos de trabajo por la razón que fuera.  El contratista está adjudicatario quedará obligado a dedicar o adscribir informar a su personal dependiente que forme parte de la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado que comunicará sus Datos Personales a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación ySELAE, así como cualquier otros que resulten del tratamiento de aplicaciónlos mismos por SELAE, según las disposiciones vigentes para el cumplimiento del objeto del contrato de conformidad con lo establecido en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería Reglamento General de la Seguridad SocialProtección de Datos. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra El adjudicatario deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable ( “Coordinador técnico o Responsable”, ya sea personal existente integrado en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.siguientes:

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Samples: mnhlicitaciones.com

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El adjudicatario, una vez establecido el oportuno contrato, se compromete a prestar el servicio contratado con arreglo a las condiciones establecidas en estas Bases, en la oferta presentada y en el contrato, dentro de los plazos establecidos en dichos documentos, con estricta observancia de las obligaciones generales derivadas normas internas de GSC y el SCS. La ejecución del régimen jurídico de este servicio se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El equipo humano y material requerido para la realización del servicio objeto del contrato, son obligaciones específicas del contratista debe contar con todas las siguientes: - Obligaciones laborales autorizaciones y socialeshomologaciones legalmente exigidas, debiendo cumplir las disposiciones vigentes que les correspondan para todos los elementos intervinientes de la contratación. El contratista está obligado al cumplimiento de Deberán cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, de transportes y cuantas otras le correspondan, con inclusión, en caso de nuevo adjudicatario, de la obligación de subrogarse en los contratos laborales de los trabajadores, tal y como se recoge en el Convenio Colectivo del Sector. - El/los adjudicatarios estarán obligados a subrogar al personal que actualmente presta servicios en cada uno de los lotes a los que se licite, y cuya relación, así como sus condiciones laborales figuran en el Anexo número IX. El contratista personal designado por la empresa adjudicataria para efectuar los servicios objeto de estas bases se encontrará vinculado únicamente al adjudicatario, no existiendo relación laboral ni profesional alguna entre éste y GSC. El adjudicatario deberá presentar a GSC fotocopias de los documentos (TC-2 y/o contratos profesionales) que acrediten la dependencia laboral o profesional del personal que presta los servicios objeto de la presente concurrencia (conductores y xxxxxxxxxx). La presentación de los mencionados documentos se realizará con periodicidad trimestral o, en cualquier momento, a solicitud de GSC. El personal designado, directa o indirectamente, por la empresa adjudicataria, tendrá el deber de guardar secreto respecto de toda aquella información que, con motivo de su relación con GSC pudiese tener alcance, responsabilizándose la empresa adjudicataria de los perjuicios que, con motivo del incumplimiento de este deber, se le ocasionasen a la contratante. El adjudicatario está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007presentar anualmente, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 mes de la Ley 30/2007diciembre de cada ejercicio, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización copia autenticada de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyoCuentas Anuales, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas presentadas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles Registro Mercantil, correspondientes al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos ejercicio económico del anuncio o anuncios de licitación yaño anterior, así como cualquier otros que resulten copia autenticada del informe de aplicaciónauditoria del mencionado ejercicio (si fuera obligatorio), según las disposiciones vigentes así como copia autenticada de la liquidación del Impuesto de Sociedades del mencionado ejercicio, o copia autenticada de la liquidación del IRPF en la forma y cuantía que estas señalencaso de tratarse de un empresario individual. En caso de que lo exija alguna las Cuentas Anuales y/o el Impuesto de las administraciones que financia la obraSociedades o I.R.P.F. hayan sido presentados telemáticamente o en soporte informatizado, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obralicitantes deberán aportar conjuntamente con dichos documentos, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo certificación acreditativa de la situación presentación y contenido de desempleo los mismos expedida por los organismos oportunos. Del mismo modo, el adjudicatario deberá presentar anualmente, junto con la documentación detallada en el párrafo anterior, un informe detallado de la cuenta de pérdidas ganancias referida al mismo ejercicio, en el que se desglose para cada subcuenta contable de gasto o ingreso, contenida en el Plan Contable que esté vigente en cada momento, el importe total, los importes desagregados imputables a cada una de las zonas adjudicadas (cada zona deberá tener sus costes e ingresos imputados) y los importes de los costes e ingresos del trabajadorconjunto de actividades empresariales que no guardan relación algún con el objeto de la presente adjudicación. Si GSC lo considerase oportuno, y con objeto de comprobar la correcta imputación de costes de los servicios adjudicados, se podrá obligar al adjudicatario a realizar una auditoria económico-financiera de los costes e ingresos incluidos en las Cuentas Anuales con la entidad que GSC determine. En este caso, el coste de la auditoria sería costeado directamente por GSC. La falta de colaboración o la negativa del adjudicatario a facilitar toda la información que le sea solicitada por la entidad designada por GSC para la realización de la auditoria llevaría aparejada la resolución del contrato. Será obligación de las empresas adjudicatarias, en el caso de nuevos contratosnuevas incorporaciones al servicio, la contratación con carácter preferente de personal que esté en posesión del título de Técnico en Emergencias Sanitarias de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1397/2007 de 29 de octubre. - Relación La dotación de todo las unidades tendrá que ir correctamente uniformada. Será por cuenta del adjudicatario la compra y entrega de los uniformes, responsabilizándose de su mantenimiento y reposición. Al tratarse de un servicio público esencial para la población, el adjudicatario estará obligado a informar a la Dirección Gerencia de GSC y al SCS de cualquier huelga y/o incidencia que pudiera tener lugar por el personal destinado sujeto a este servicio y que le afecte. En cualquier caso, si tuviera conocimiento y dicha notificación a GSC y al SCS no se produjera con un plazo mínimo de 9 días de antelación a la ejecución fecha de celebración, podrá quedar rescindido el contrato, sin necesidad de cumplir los plazos de denuncia del mismo, debiendo indemnizar el adjudicatario a GSC por un importe igual a los daños y perjuicios derivados de ello. Por esa misma consideración de servicio público esencial, el adjudicatario deberá mantenerse prestando servicios a cambio de la obracorrespondiente contraprestación económica, calculada conforme a lo previsto en la cláusula quinta de acuerdo con el Xxxxx XX las presentes bases, hasta que se adjunta, significándoles GSC considere que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución prestación del servicio esta suficientemente garantizada por un tercero. El plazo máximo de la obra. Esta obligación demora de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido la resolución del contrato será de un año. El adjudicatario del servicio se hará cargo de que los vehículos se encuentren debidamente rotulados y que el personal se encuentre debidamente uniformado, según las indicaciones que se determinan en le artículo 206 g) el Anexo IV o las que se dispongan por GSC o por el SCS, no pudiendo contener otros aspectos. En el caso de que se decidiera el cambio de rotulación o imagen corporativa por parte de GSC, el adjudicatario dispondrá de un plazo de dos meses para llevar a cabo la adecuación de los recursos y de la Ley 30/2007uniformidad a la nueva rotulación o imagen. Los gastos que conlleven tanto la rotulación como el referido cambio de la misma serán por cuenta de la empresa adjudicataria. En los casos de inoperatividad por avería o situación similar, el adjudicatario deberá suplir la unidad con un vehículo de 30 características idénticas en un tiempo máximo de octubre1 hora, sin que ello justifique un defecto en la prestación del servicio a los usuarios del SCS. En casos de Contratos mantenimiento programado o situación similar, el adjudicatario deberá suplir la unidad con un vehículo de características idénticas de manera inmediata. Si en la concurrencia se ofertó un número de vehículos superior al exigido, el adjudicatario deberá equiparlos y rotularlos conforme a las presentes Bases y no podrán ser utilizados, al igual que el resto de los vehículos contratados, para otros fines diferentes a los del Sector Públicoobjeto del contrato. El adjudicatario asignará un interlocutor para los temas económico- administrativo y otro para los operativos, con quienes se relacionará GSC para aquellos aspectos puntuales que se precisen. El adjudicatario se obligará a ceder a GSC y/o al SCS, los derechos de imagen de aquellas personas que designe para la efectiva prestación de los servicios objeto de estas Condiciones Contractuales durante la realización de las mismas. Para ello, el ofertante que suscriba el contrato habrá de contar, como requisito previo, con autorización de su equipo humano para la cesión de los derechos señalados. GSC y/o el SCS, se reservarán los derechos de propiedad intelectual de todos los trabajos y la documentación realizada por el adjudicatario, así como por su personal adscrito en congresos, exposiciones, cursos u otros eventos o actividades de difusión o promoción, que tengan relación con el ejercicio de su actividad dentro del objeto de las presentes Condiciones Contractuales. Asimismo, para su realización deberá de contar con una autorización por escrito por parte de la Dirección de GSC y/o SCS. El adjudicatario permitirá, siempre que GSC así lo autorice y en las circunstancias dispuestas por ésta última, el acceso a fotógrafos y a personal que GSC determine a las unidades objeto de las presentes Condiciones Contractuales y Técnicas, salvaguardando en todo momento el derecho a la intimidad del paciente. El adjudicatario tendrá que disponer de los medios adecuados para asegurar la reposición del material de electromedicina en un plazo máximo de 2 horas. El adjudicatario tendrá que disponer de los oportunos contratos de mantenimiento del material clínico y de electromedicina, que asegure el correcto funcionamiento de los mismos durante todo el tiempo de duración del contrato. Asimismo el adjudicatario estará obligado a entregar a GSC, con carácter anual las renovaciones de los seguros obligatorios de los recursos, así como de toda aquella documentación relativa a los vehículos y que tengan que renovarse durante el periodo de ejecución de los contratos. El adjudicatario estará obligado a disponer de la reserva suficiente de material de inmovilización, medicación y fungibles que asegure la operatividad de los recursos por estos motivos en todo momento. El adjudicatario estará obligado a mantener los equipos de radiocomunicaciones y sistemas de posicionamiento en perfecto estado de funcionamiento, pudiendo GSC solicitar en cualquier momento un informe del estado de los mismos.

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Samples: Bases De Concurrencia De Ofertas

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista El adjudicatario deberá:  Cumplir el contrato conforme tanto al presente Xxxxxx como al de Prescripciones Técnicas, así como a la oferta realizada por él.  Pagar todos los gastos de anuncio, constitución y devolución de fianzas y cuantos otros hubiere ocasionado la licitación. Código de verificación : 24e94af93f799857 PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA PROCEDIMIENTO ABIERTO Página: 23 de 38  Responder de las obligaciones generales derivadas penalidades impuestas en aplicación de los supuestos previstos en el presente pliego. Las penalidades se impondrán por acuerdo del régimen jurídico órgano de este contratación (previa audiencia del contratista) a propuesta del Responsable del Contrato, y de conformidad con lo establecido en el art. 194 de la LCSP. Esta penalidades deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y la cuantía de cada una de ellas no exceder del 10 del precio del contrato (IVA no incluido), ni el total superar el 50 del mismo.  Indemnizar los daños y perjuicios producidos a terceros como consecuencia de las operaciones desarrolladas para la ejecución del contrato, son obligaciones específicas todo ello en los términos establecidos en la LCSP.  En aplicación de lo dispuesto en el artículo 202 de la LCSP tiene la consideración de condición especial de ejecución el cumplimiento por parte del adjudicatario de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor en materia laboral y de seguridad social respecto de los trabajadores vinculados a la ejecución del contrato (en concreto abono de salarios y cotizaciones a la seguridad social), pudiendo la Administración exigir del contratista la presentación de la documentación que estime pertinente a tal efecto. En caso de incumplimiento y en aras de evitar responsabilidades solidarias como las siguientesreguladas en el artículo 42.2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, la Diputación Provincial se reserva el ejercicio de cuantas medidas sean precisas para garantizar el cumplimiento de esta normativa, incluyendo la facultad de retener cantidades a cuenta de las facturas a favor del contratista para efectuar directamente el abono de estos conceptos al personal, conforme a lo previsto en el artículo 198.7. a) de la LCSP, y todo ello sin perjuicio de la resolución del contrato prevista en el artículo 211 y 212 de la citada ley. Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx- xxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx?xxxxxxXxxxxxxxxxxx=00x00xx00x000000  Igualmente, en aplicación de lo establecido en el citado artículo 202 de la LCSP, se establece como condición especial de ejecución de carácter social, ético o medioambiental la siguiente: - Obligaciones laborales En toda la documentación, publicidad, imagen o material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la empresa o entidad adjudicataria deberá emplear un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y socialesfomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género. El contratista está obligado al adjudicatario deberá cumplir el procedimiento interno, aprobado por la Diputación Provincial de Badajoz, de coordinación de actividades empresariales, según establece el RD 171/2004, de 30 de enero (en caso de servicios).  En general el cumplimiento de las disposiciones vigentes prescripciones y normas que sean de aplicación de las contenidas en la legislación vigente sobre contratación administrativa.  Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos (en los casos Código de verificación : 24e94af93f799857 PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA PROCEDIMIENTO ABIERTO Página: 24 de 38 en que se establezcan requisitos específicos de titulación y experiencia), formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la "entidad contratante" del cumplimiento de aquellos requisitos.  La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento a la" entidad contratante".  La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia laboralde Seguridad Social, incluido el abono de seguridad social cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. - El  La empresa contratista está obligado a dedicar o adscribir velará especialmente por que los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la Ley 30/2007actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato. Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx- xxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx?xxxxxxXxxxxxxxxxxx=00x00xx00x000000  La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente, sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público. En este caso, el personal de la empresa contratista ocupará espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los empleados públicos. Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de esta obligación. En el pliego deberá hacerse constar motivadamente la necesidad de que, para la ejecución del contrato, los servicios se presten en las dependencias de la Diputación Provincial de Badajoz y/o sus Áreas y Entidades vinculadas o dependientes.  La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable (según las características del servicio externalizado pueden establecerse distintos sistemas de organización en este punto), integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes: - Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la 'entidad contratante", canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de 30 de octubreun lado, y la "entidad contratante", de Contratos otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del Sector Público)contrato. - El Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. Código de verificación : 24e94af93f799857 PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA PROCEDIMIENTO ABIERTO Página: 25 de 38 - Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. - Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista está obligado con la "entidad contratante", a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. - Informar a la "entidad contratante" acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. - Cumplir con las obligaciones relativas al cumplimiento pago de los requisitos previstos subcontratistas y proveedores según lo establecido en el presente pliego y en la legislación vigente.  De conformidad con lo establecido en el artículo 210 308.2 de la Ley 30/2007LCSP, de 30 de octubre, de Contratos a la extinción del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización contrato no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las obraspersonas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante. El contratista está obligado a instalar a cargo suyoA tal fin, las señalizaciones precisas para indicar los empleados o responsables de la Administración deberán abstenerse de realizar actos que impliquen el acceso ejercicio de facultades que, como parte de la relación jurídico laboral, le corresponden a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoempresa contratante.

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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además  Prestar los Servicios con la diligencia de un profesional experto en los servicios objeto del contrato, conforme a los términos y condiciones previstos en este pliego, siendo responsable de la observancia de dicha diligencia en cuantos trabajos, documentos y entregables sean realizados en ejecución del mismo.  Prestar los Servicios con profesional debidamente cualificado. Se considera obligación esencial del contrato que el equipo de cuentas encargado de su ejecución esté formado como mínimo por un Director de Servicios al Cliente/Director de Cuentas, un Supervisor de Cuentas y un Ejecutivo de Cuentas, en dedicación exclusiva y experiencia senior.  No realizar ninguna de las obligaciones generales derivadas tareas publicitarias objeto de los Servicios, en relación a productos o servicios directamente competidores. A estos efectos, se entenderá como competidores directos aquellos productos o servicios que estén comprendidos en la categoría de juegos tal y como este término se define en la Ley 13/2011, de 27 xx xxxx, de regulación del régimen jurídico juego.  Prestar los Servicios con estricto cumplimiento de la legislación aplicable y vigente en cada momento, especialmente aquella relativa a las comunicaciones comerciales de los operadores y actividades de juego, publicidad y protección de datos de carácter personal.  Gestionar por sí mismo los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en la normativa que, en su caso, resulten de aplicación a la ejecución del contrato  Mantener en secreto todos los datos facilitados por SELAE y que sean concernientes a la publicidad objeto de este contrato. Se abstendrá de utilizarlos para fines distintos de los expresamente pactados de acuerdo con lo previsto en la cláusula 11.1 (confidencialidad).  Mantener y colaborar con la agencia de medios en cuantas reuniones sean necesarias para favorecer la consecución del objetivo general del contrato.  Corresponde exclusivamente al adjudicatario la selección del personal que, son formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto al mismo, siendo SELAE del todo ajena a dichas relaciones laborales.  El adjudicatario procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del Servicio, informando en todo momento a SELAE.  El adjudicatario asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustitución de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones específicas del contratista legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las siguientes: - Obligaciones obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre el empleado y el empleador. A estos efectos la empresa adjudicataria declara que mantiene y mantendrá a todos sus trabajadores en alta en la Seguridad Social y que está y estará al corriente de pago de sus obligaciones en materia de Seguridad Social, asumiendo cualquier responsabilidad que se pueda derivar en relación con sus obligaciones laborales y socialesde Seguridad Social. El contratista está obligado al cumplimiento adjudicatario garantiza la más absoluta indemnidad frente a SELAE por cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de las disposiciones vigentes relaciones con su personal y, en materia laboralsu caso, con el personal subcontratado. No obstante, si por incumplimiento de estos compromisos se derivara alguna responsabilidad para SELAE, el adjudicatario responderá por dichas responsabilidades, incluidos cualesquiera gastos y/o costas judiciales que ocasionare la defensa de SELAE.  El adjudicatario velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada como objeto del contrato.  El personal del adjudicatario que se desplace a las dependencias de SELAE se someterá a las normas de seguridad social en el trabajo y de prevención de riesgos laboraleslaborales establecidas por este último. SELAE quedará exonerado de cualquier responsabilidad sobre el personal de la empresa contratante en materia de riesgos laborales por la inobservancia por parte de dicho personal de las normas de seguridad en el trabajo y de prevención de riesgos laborales establecidas por SELAE para sus propias dependencias. Este personal desplazado mantendrá los horarios de trabajo internos del adjudicatario excepto en aquellos tramos en los que SELAE considerara que no puede garantizar una correcta seguridad en sus puestos de trabajo por la razón que fuera.  El adjudicatario quedará obligado a informar al personal que forme parte del proyecto del contenido del tratamiento de sus Datos Personales de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y de la comunicación de éstos en favor de SELAE para el cumplimiento del objeto del contrato.  El adjudicatario deberá designar un Coordinador del Servicio, integrado en su propia plantilla, que tendrá, entre sus obligaciones, las siguientes: - Actuar como interlocutor del adjudicatario frente a SELAE, canalizando la comunicación entre el adjudicatario y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, por un lado, y SELAE, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. - El contratista está obligado Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dedicar o adscribir dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del Servicio contratado. - Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tiene encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. - Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente el adjudicatario con SELAE, a efectos de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos no alterar el buen funcionamiento del Sector Público)Servicio. - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización Informar a SELAE acerca de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyovariaciones, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obraocasionales o permanentes, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos composición del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos equipo de trabajo de todo el personal destinado adscrito a la ejecución del contrato.  El adjudicatario mantendrá indemne a SELAE de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 cuantas consecuencias se deriven del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos incumplimiento de lo prevenido establecido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicopresente cláusula.

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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El contratista deberá cumplir cuantas obligaciones fiscales y protección del medio ambiente sean aplicables, tanto vigentes, como aquellas que se promulguen durante la ejecución del contrato. pie_firma_corto_dipu_01 Página 22 de 36 CB6FB7829E65A49EC3B0 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xx Firmado por Secretario Acctal. (Resol. 3476/2016, de 24 de noviembre) XXXXXX XXXXX XXXX el 28/11/2016 El Ayuntamiento podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento de vigencia del contrato, que acredite el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o que le autorice para recabar dichos datos. De igual manera, el órgano de contratación podrá exigir en cualquier momento durante la vigencia del contrato, la acreditación del cumplimiento de las condiciones exigidas para poder contratar. Si el licitador no cumpliera con esta obligación o se detectase el incumplimiento de sus obligaciones generales derivadas tributarias o frente a la Seguridad Social, el Ayuntamiento lo comunicará a la empresa, y si transcurrieran tres meses desde la misma sin que el licitador haya aportado documentación justificativa de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o del régimen jurídico cumplimiento de este las condiciones exigidas, podrá proceder a la resolución del contrato con la citada empresa. Será obligación de los contratistas indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 214 del TRLCSP. Los contratistas deben respetar el carácter confidencial de la información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, son obligaciones específicas que por el órgano de contratación se determine como tal, debiendo mantener dicha confidencialidad durante 5 años desde el conocimiento de la misma. Asimismo, los contratistas tendrán la consideración de encargados del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado tratamiento, quedando obligados al cumplimiento de las disposiciones vigentes lo dispuesto en materia laboralla Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de seguridad social y protección de prevención datos de riesgos laboralescarácter personal en los términos indicados en la disposición adicional vigésima sexta del TRLCSP. - El Asimismo el contratista prestador del suministro está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.a:

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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico cláusulas administrativas particulares, aquellas otras condiciones de este ejecución que se determinen con el adjudicatario y se establezcan en el correspondiente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y socialesobservando fielmente la metodología técnica que se concreta en el Pliego de Condiciones Técnicas. El contratista está obligado será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para IDAE o para cualesquiera terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Asimismo, será responsable de garantizar la coherencia de este estudio con otros estudios de carácter horizontal que realizará IDAE (estimación de costes, usos del suelo, etc.) y de proveer con datos a esos estudios. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a cualesquiera terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El contratista deberá contratar al cumplimiento personal preciso para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del contratista, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con IDAE, ni exigirse a éste responsabilidades El contratista está obligado a dedicar o adscribir a asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes en caso de concertar con terceros la realización parcial del mismo, para ello (artículo 53.2 lo cual deberá recabarse la previa y expresa conformidad de IDAE tanto en lo que se refiere a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos empresa subcontratada como respecto del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obrassubcontrato a celebrar. El contratista está obligado garantizará en todo caso a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación IDAE toda reclamación de tercera persona fundada en la zona que ocupan los trabajos y los puntos actividad de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoaquél.

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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. El adjudicatario prestará los servicios de Bar de las Piscinas Municipales de San Xxxxxxx xx Xxxxxx a su riesgo y xxxxxxx, no teniendo derecho a indemnizaciones en caso de que en la explotación del servicio se produzcan pérdidas. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - — Llevar directamente la explotación del bar objeto del presente contrato, no pudiendo subarrendar pero sí ceder la explotación. — Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. — Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. — Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. — Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de concesión de servicios. — Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público)ello. - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 215 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos Serán también obligaciones del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.adjudicatario:

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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además Redacción de los Proyectos técnicos y ejecución de las obligaciones generales derivadas obras previstas en el mismo. ‐ Mantener, conservar y reparar el inmueble con sus instalaciones y mejoras con pleno respeto a los documentos que revistan carácter contractual. ‐ Abono del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales canon o renta en los términos y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos condiciones previstos en el artículo 210 de Pliego. ‐ Tener suscritos los seguros previstos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratacióncláusula III.5. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso ‐ Obligaciones relativas a la obracreación de empleo, la circulación en la zona que ocupan los trabajos inversión proyectada y los puntos de posible peligro debidos respeto al medio ambiente, conforme a la marcha propuesta. ‐ El adjudicatario será responsable de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de las obras e instalaciones y de de su funcionamiento ordinario en perfectas condiciones de calidad y servicios, y serán utilizados exclusivamente para prestar los servicios fijados. ‐ La indemnización de los daños que se causen tanto a EMVISESA como a terceras personas, durante la obravigencia del contrato, ya sea personal existente salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de EMVISESA. ‐ El adjudicatario deberá respetar íntegramente la legislación medio ambiental aplicable y responderá económicamente de los daños medio‐ambientales que puedan resultar exigibles de conformidad con lo que se establezca en plantilla como personal de nueva contrataciónlas normas aplicables. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio ‐ El adjudicatario responderá económicamente de las obrassanciones, significándoles retenciones etc. que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución pudieran imponérsele a EMVISESA, como consecuencia de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, incumplimientos por el contratista en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX los trabajos que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta contratan. El contrato se extinguirá por la completa ejecución finalización del plazo de vigencia del contrato o por resolución. La extinción del contrato de arrendamiento o del derecho de superficie por transcurso de su plazo de duración determina la obraextinción de toda clase de derechos reales o personales impuestos por el adjudicatario. Esta obligación Son causas de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.resolución:

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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El contratista deberá cumplir cuantas obligaciones fiscales y protección del medio ambiente sean aplicables, tanto vigentes, como aquellas que se promulguen durante la ejecución del contrato. El Ayuntamiento podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento de vigencia del contrato, que acredite el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o que le autorice para recabar dichos datos. De igual manera, el órgano de contratación podrá exigir en cualquier momento durante la vigencia del contrato, la acreditación del cumplimiento de las condiciones exigidas para poder contratar. Si el licitador no cumpliera con esta obligación o se detectase el incumplimiento de sus obligaciones generales derivadas tributarias o frente a la Seguridad Social, el Ayuntamiento lo comunicará a la empresa, y si transcurrieran tres meses desde la misma sin que el licitador haya aportado documentación justificativa de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o del régimen jurídico cumplimiento de este las condiciones exigidas, podrá proceder a la resolución del contrato con la citada empresa. Será obligación de los contratistas indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 214 del TRLCSP. Los contratistas deben respetar el carácter confidencial de la información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, son obligaciones específicas que por el órgano de contratación se determine como tal, debiendo mantener dicha confidencialidad durante 5 años desde el conocimiento de la misma. Asimismo, los contratistas tendrán la consideración de encargados del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado tratamiento, quedando obligados al cumplimiento de las disposiciones vigentes lo dispuesto en materia laboralla Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de seguridad social y protección de prevención datos de riesgos laboralescarácter personal en los términos indicados en la disposición adicional vigésima sexta del TRLCSP. - El Asimismo el contratista prestador del suministro está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.a:

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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El contratista adjudicatario deberá disponer de póliza de seguro colectivo de accidentes y de responsabilidad civil para la cobertura de los riesgos que puedan afectar a los usuarios y participantes no profesionales, así como a terceros que pudieran resultar perjudicados como consecuencia de las obligaciones generales derivadas anomalías ocurridas en la prestación del régimen jurídico servicio para las fiestas descritas en cuantía suficiente según normativa sectorial, ( DECRETO 109/2005, de 26 xx xxxxx, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas) para los eventos objeto del presente. Será por cuenta del adjudicatario la decoración xxx xxxxxxx, el montaje y desmontaje de las instalaciones equipos y decorados que serán propios, sin perjuicio de la utilización de los que sean de propiedad municipal. Además la propuesta de decoración deberá obtener la autorización previa del Ayuntamiento mediante informe técnico y de la comisión organizadora y visto bueno de la concejalía. El montaje de las instalaciones se realizará tres días antes del comienzo de las fiestas, debiendo estar todo desmontado y entregado al Ayuntamiento tres días después de la finalización de las mismas a las 24:00h. Serán por cuenta del adjudicatario la limpieza de las instalaciones que utilicen, tanto previa como posterior, para su entrega al Ayuntamiento en perfecto estado, siendo responsabilidad del adjudicatario los posibles desperfectos que se pudieran ocasionar en las inmediaciones. En tal caso, el Ayuntamiento retendrá las garantías depositadas por el adjudicatario, que responderán de los mismos previa su valoración. El adjudicatario correrá con los gastos de contratación de la orquesta y/o música en directo complementaria a la contratada por el Ayuntamiento (bajo la supervisión de este Ayuntamiento) debiendo tener información sobre las actuaciones a realizar en cada día a la entrega de documentación para la firma del contrato. Por cuenta del adjudicatario, son obligaciones específicas el recinto será dotado de todos los elementos precisos para la prestación del contratista servicio, atendido por número suficiente xx xxxxxx, camareros, decoración, mesas y sillas etc. Las consumiciones serán servidas en vasos de plástico duro, o similar transparente y deberán ofrecer al consumidor todas las siguientesgarantías necesarias de limpieza e higiene del material utilizado y del personal que lo manipule. En ningún caso se podrán utilizar elementos de cristal, ni entregar a los clientes envases de ningún tipo. Será responsabilidad del adjudicatario las decoraciones de la barra cumpliendo con unas normas de estilo en consonancia con el propio evento y considerando como mínimas: - Obligaciones laborales y sociales 1 barra con una dimensión mínima de 10 metros. El contratista adjudicatario está obligado al cumplimiento a mantener en perfecto estado de las disposiciones vigentes en materia laboral, limpieza xxx xxxxxxx y aseos habilitados siendo la limpieza continua de seguridad social y de prevención de riesgos laboraleslos mismos a cargo del adjudicatario. - El contratista está obligado día 13 xx xxxx, a dedicar medio día, durante las Fiestas Patronales de El Molar 2017, se organizará, por cuenta del adjudicatario, la degustación de una paella popular para 120 personas, que se servirá gratuitamente o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 un precio simbólico máximo de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público)un euro por plato servido. - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características día que se establezcan. - Documentación a presentar determine por el contratista: - Ita (Informe Ayuntamiento, a medio día, durante la Feria y Fiestas de trabajadores en alta en un código El Molar 2017, se organizará la degustación de cuenta de cotización)una paella popular para 200 personas, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución servirá gratuitamente o a un precio simbólico máximo de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoun euro por plato servido.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Y Condiciones Técnicas Que Regirá La Concesión De Explotación De La Barra De Las Fiestas Patronales De El Día

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además Llevar a cabo la realización del espectáculo en todas sus fases, asumiendo los costos, retribuciones, dietas, alojamiento, transportes y viajes de los elementos materiales y su personal (técnico y artístico) necesarios para el espectáculo, responsabilizándose totalmente de los mismos. Asimismo, será responsable de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico formalidades y liquidaciones de este contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales sus cargas sociales y socialesfiscales y de asegurar a su personal con una entidad de accidentes laborales. El contratista está obligado al No estar sujeto a cumplimiento de las disposiciones vigentes ningún otro con distinta empresa, u otro pormenor, que pudiera ser impedimento para el cumplimiento de éste. Obtener los permisos y autorizaciones para llevar a cabo el espectáculo y, en materia laboralcaso de contratación de extranjeros, la obtención de seguridad social pasaportes, visados y permisos de prevención de riesgos laboralessu personal. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 Estar en posesión de la Ley 30/2007, correspondiente autorización del autor o de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público sus herederos para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a representar/interpretar la obra, responsabilizándose directamente frente a cualquier reclamación de terceros, fundada en lesión de derechos de la circulación propiedad intelectual de la obra a ejecutar, manteniendo indemne al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx (Patronato Sociocultural) de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de dichas reclamaciones. Todos los anexos, modelos, fichas técnicas y cualquier otro documento firmado por el PATRONATO SOCIOCULTURAL y ADJUDICATARIO unidos a este contrato o que puedan producirse para un mejor cumplimiento de lo acordado entre las partes, tendrá carácter contractual y será generador de derechos y obligaciones para el PATRONATO SOCIOCULTURAL y el ADJUDICATARIO. Igualmente, cualquier modificación del mismo lo será por escrito y firmado por ambas partes. La alegación sobre desconocimiento del contrato en la zona que ocupan cualquiera de sus términos, de los trabajos documentos anexos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones normas que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado pueden tener aplicación a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de lo pactado no eximirá a las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución partes de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicosu cumplimiento.

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Samples: Contrato Privado De Representación Artística Para El Fomento Y Promoción De La Música en El Municipio De Alcobendas

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además La ejecución se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El contrato deberá cumplirse a tenor de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y socialessus cláusulas. El contratista está obligado al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en materia laboralrelación con el objeto del contrato, debiendo haber obtenido, en su caso, las cesiones, permisos y autorizaciones necesarias, de seguridad social los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación correspondientes, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos, siendo responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial y debiendo indemnizar a Fundación PTS por todos los daños y perjuicios que para el mismo puedan derivarse de la interposición de cualquier tipo de reclamaciones. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de prevención las prestaciones y servicios realizados, así como de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar las consecuencias que se deduzcan para la administración o adscribir a para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. La ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes se desarrollará, sin perjuicio de las obligaciones que corresponden al contratista, bajo la dirección inspección y control del órgano de contratación, el cual podrá dictar las instrucciones oportunas para ello (artículo 53.2 el fiel cumplimiento de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público)lo convenido. - El contratista está obligado quedará obligado, con respecto al personal que emplee en la realización del objeto del contrato, al cumplimiento de los requisitos previstos las disposiciones en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan materia de Seguridad y Salud Salud, Laboral y de Seguridad Social vigentes durante la ejecución del contrato. Cuando el contratista o personas de él dependientes incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el órgano de contratación podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden de la ejecución de lo pactado. El órgano de contratación no reconocerá ningún trabajo realizado fuera de las condiciones estipuladas en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son contrato a suscribir con cargo al contratista el adjudicatario, que no cuente con el conforme previo de la dirección del centro afectado y el visto bueno del responsable del Contrato, aun cuando haya sido solicitado por cualquier persona dependiente laboralmente del centro, no haciéndose cargo, en consecuencia, de los gastos e impuestos que se hubieran producido. Toda actuación en este sentido debe estar recogida por escrito. El adjudicatario ejercerá la dirección y vigilancia por sí o por medio de representante o mandatario debidamente autorizado o con poder suficiente y con los conocimientos técnicos precisos del anuncio o anuncios sistema de licitación ylimpieza para desarrollar y poner en práctica en todo momento los planes de la prestación de los servicios objeto del contrato, velando para que la limpieza sea llevada a cabo perfectamente. El adjudicatario vendrá obligado a la presentación periódica de informes a la Gerencia de la Fundaciónacerca de las tareas realizadas, seguimiento del plan de mantenimiento, incidencias, gestión de stock de material utilizado con factura de los mismos, si estos no hubiesen sido suministrados por la Fundación PTS. En este sentido será obligatorio la ejecución de un informe inicial del estado de las instalaciones, comprometiéndose a un plazo de entrega no mayor de 1 mes desde la firma del contrato, así como cualquier otros que resulten la entrega de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso un informe de que lo exija alguna estado de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado instalaciones a la ejecución finalización del contrato. Acompañarán un informe exponiendo de forma detallada la obrasituación y estado en el que reciben las instalaciones y equipos, ya sea personal existente e indicando las operaciones necesarias para subsanarlos; en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio caso contrario, se entiende que todos los licitadores conocen y dan su conformidad a las instalaciones, no pudiendo alegar posteriormente, limitaciones o defectos de las obrasmismas, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución como causa de la obramal funcionamiento. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajadorA modo orientativo, en el caso de nuevos contratosinforme se indicarán los siguientes extremos: - Equipos en mal estado, aunque funcionando. - Relación Averías existentes. - Defectos de todo el personal destinado a instalaciones. Se considera imprescindible la ejecución entrega de un informe mensual del estado de las instalaciones y de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá utilizar un sistema de Gestión de mantenimiento que el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido ofertante podrá documentar en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicosu oferta.

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Samples: Pliego De Prescipciones Técnicas De La Licitación Del Contrato De Servicio De Porteria, Conserjería Y Mantenimiento De Instalaciones Del Edificio Sede De La Fundación Parque Tecnológico De Ciencias De La Salud De Granada Y Del Edificio Bioregión Por Procedimiento Abierto

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además La prestación de las obligaciones generales derivadas los trabajos se realizará con estricta sujeción a los documentos contractuales y demás documentos básicos que definan y condicionen el objeto del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista y de acuerdo con las siguientes: - Obligaciones laborales y socialesinstrucciones que para su interpretación diere la Administración al contratista. El contratista está estará obligado a adscribir los medios ofrecidos para la prestación de los trabajos incluso con el carácter nominal con lo que hubiese sido y en los mismo términos en que se hubiese ofertado. La no intervención de cualquier persona comprometida facultará a la Administración para resolver el contrato por causas imputables al cumplimiento contratista. La Administración podrá exigir del contratista la sustitución de cualquier persona que no desarrolle los trabajos debidamente, sin que el ejercicio o no de esta facultad exima al contratista de ejecutar el objeto del contrato a satisfacción. El contratista será responsable de las reclamaciones, y deberá mantener indemne a la Administración de los daños y perjuicios que por la misma puedan derivarse a la formulación de aquellas. El contratista queda obligado a guardar secreto y hacerlo guardar al personal que emplee o que con él colabore en el desarrollo del trabajo, no pudiendo utilizar para sí, proporcionar a terceros o divulgar dato alguno en relación con el contrato sin la expresa autorización de la Administración. Abonar todos los gastos de publicación de anuncios de licitación en diarios oficiales y medios de comunicación, así como los que se produzcan con motivo de las invitaciones que se cursen, y cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones del presente pliego y la normativa vigente, en la forma y cuantía que en estos se señalen. El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos seguridad e higiene en el artículo 210 de trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la Ley 30/2007realización del objeto del contrato, de 30 de octubrerespecto del que ostentará, de Contratos del Sector Público para a todos los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obraefectos, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos condición de posible peligro debidos a la marcha de éstosempresario. Además, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas todas aquellas obligaciones específicas establecidas en el Plan anexo IV “Pliego de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector PúblicoPrescripciones Técnicas”.

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Samples: Pliego De Condiciones Económico Administrativas Para La Contratación

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además Artículo 16°: Sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 31° - Obligaciones del Adjudicatario - Condiciones Generales, el personal que el contratista emplee dependerá exclusivamente de la firma adjudicataria. El mismo deberá estar asegurado conforme lo previsto en el Artículo 31º punto 31.6 de las Cláusulas Generales, debiéndosele abonar los jornales establecidos en leyes y convenios vigentes, realizando los aportes provisionales correspondientes y respetar las leyes laborales. Cuando el Poder Judicial lo estime conveniente podrá verificar el cumplimiento de las obligaciones generales derivadas que tienen para con su personal el contratista, sin que ello implique responsabilidad alguna para el organismo contratante por eventuales incumplimientos de aquel. Dada la índole y características de los lugares en los que se desarrollarán los trabajos, el contratista será civil y penalmente responsable de los daños y perjuicios ocasionados voluntaria o involuntariamente al patrimonio del régimen jurídico Estado o a terceros por él, o por el personal que de este contratoél dependa. Igualmente será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el personal a su cargo. Todo el equipo necesario para la ejecución de los trabajos será provisto por el contratista, son obligaciones específicas del oportunidad en que se labrará acta detallando el equipamiento entregado, la que deberá ser suscripta por el contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y socialesla Inspección, no pudiendo ser retirado sin la previa autorización de la citada Inspección, expedida mediante orden de servicio. El contratista está obligado al deberá entregar los trabajos libres de escombros y materiales excedentes de la construcción y en perfectas condiciones de limpieza, con la correspondiente aprobación de la Inspección. Deberá ejecutar esa tarea final con personal competente, debiendo dejar el lugar en estado de ser habilitado inmediatamente. La inspección tomará las medidas necesarias para el estricto cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoello.

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Samples: www.obrapublica.com

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además Serán obligaciones básicas del adjudicatario, además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico que se establecen en otros apartados de este contratolos pliegos de condiciones, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales El adjudicatario habrá de estar al corriente de cuantos permisos, licencias o autorizaciones sean precisas para el desempeño de este servicio, de acuerdo con la legislación vigente, siendo todo ello de su responsabilidad y socialescargo, debiendo presentar como parte de la documentación jurídica la acreditación de la correspondiente autorización expedida por la Administración competente. El contratista está adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y salud laboral así como las que se promulguen durante la ejecución del mismo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicará responsabilidad alguna para el Ayuntamiento. En el desarrollo de los trabajos objeto del contrato es responsabilidad del adjudicatario atenerse a toda la normativa de obligado cumplimiento y a la buena práctica que en cada momento sea aplicable a la actividad que se ejecuta, tanto en sus aspectos técnicos como administrativos, tributarios, mercantiles, de prevención de riesgos laborales, etc. - El contratista está obligado adjudicatario deberá velar por el adecuado mantenimiento de los espacios asignados para esta instalación. La empresa adjudicataria deberá designar a dedicar o adscribir a una persona como coordinadora de sus trabajos, que actuará de interlocutor con la dirección facultativa en todas las fases de la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 contrato. Este interlocutor tendrá la obligación de asistir a las reuniones de coordinación a que se le convoque. En general, las establecidas en la propia Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento y en los pliegos de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoprescripciones Técnicas.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Por Procedimiento Abierto Para La Contratación Del Proyecto Museológico/Museográfico Del Centro De Interpretación Del Txakolingunea De Bakio Y Su Ejecución

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además Sin perjuicio de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico contenidas en la normativa que resulta de aplicación, en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en este contratodocumento, son obligaciones específicas del contratista existen las siguientes: - Obligaciones  El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, de conformidad con el artículo 212.2 del TRLCSP.  El adjudicatario queda obligado desde el inicio, a tomar a su cargo, mediante subrogación de los contratos de trabajo, a todo el personal que en la actualidad se encuentre adscrito al servicio aprobado por el Órgano de Contratación respetando los derechos económicos, laborales y socialessociales legítimamente adquiridos por dicho personal hasta la fecha del anuncio de la convocatoria de esta licitación. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, de seguridad social Seguridad Social y de prevención Seguridad e Higiene en el Trabajo. El incumplimiento de riesgos laboralesestas obligaciones por parte del contratista no implicará responsabilidad alguna para la Administración. - El personal encargado de la prestación, dependerá exclusivamente del adjudicatario y no tendrá vinculación alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxx.  El personal deberá estar dotado del vestuario adecuado para la realización de sus tareas, y deberá portar la identificación personalizada.  El adjudicatario tiene la obligación de continuar con la prestación del servicio hasta que éste sea asumido por un nuevo contratista.  El adjudicatario tiene la obligación de contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil que preste la cobertura necesaria para cubrir suficientemente las posibles contingencias que puedan ocasionarse derivadas de la prestación de los servicios. De conformidad con el artículo 118 del TRLCSP, el contratista está obligado a dedicar o adscribir asumir, en las condiciones laborales establecidas en la actualidad, al personal que actualmente se encuentra prestando el servicio que ahora se licita, sin perjuicio de la potestad de organización y asignación de funciones que la empresa pueda efectuar conforme a la ejecución legislación laboral vigente. Así mismo, en caso de que el contratista decida ampliar los recursos humanos con los que va ejecutar el contrato, esta ampliación será por cuenta y riesgo del contrato los medios personales o materiales suficientes para contratista. Todo ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos acuerdo a lo establecido en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos 120 del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajadorTRLCSP, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles establece que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta “en aquellos contratos que impongan al adjudicatario la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, el órgano de contratación deberá facilitar a los licitadores, en el propio pliego o en la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter complementaria, la información sobre las condiciones de obligación contractual esencial los contratos de los trabajadores a los efectos que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de lo prevenido en le artículo 206 g) los costes laborales que implicará tal medida. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la Ley 30/2007referida información al órgano de contratación, a requerimiento de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoéste."

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El Adjudicatario será responsable de la fabricación, suministro, pruebas y análisis, controles de calidad de acuerdo con la norma que sea de aplicación, y transporte hasta las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico instalaciones de SOGAMA de los productos solicitados en este contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales concurso. La aprobación de cualquier documento por parte de SOGAMA o entidad en que ésta delegue no exime al adjudicatario de la responsabilidad de realizar el suministro de acuerdo con el alcance y socialescondiciones de calidad solicitadas en este Pliego. El contratista está obligado al Adjudicatario será el único responsable de los suministros y controles de calidad indistintamente de cualquier subcontratación a terceros de cualquier elemento o parte de los mismos. El Adjudicatario deberá indicar las posibles subcontrataciones que tiene previsto realizar, así como las empresas adjudicatarias. El Adjudicatario se hará responsable de todas las licencias, permisos y autorizaciones que sean necesarios para la importación de cualquier suministro objeto del alcance, si fuese el caso. Será responsabilidad del Adjudicatario el pleno cumplimiento de las disposiciones vigentes leyes, reglamentos y requisitos de la legislación vigente a la firma del Contrato y en materia laboral, especial las medidas de seguridad social relativas al transporte y manipulación de productos peligrosos. Los productos deberán cumplir con las exigencias funcionales solicitadas en el alcance del presente pliego, así como las legales que les sean de aplicación en cada momento. SOGAMA podrá realizar durante el periodo de vigencia del contrato y de prevención forma aleatoria el número de riesgos laboralescontroles de calidad que estime oportunos. - El contratista está Adjudicatario vendrá obligado a dedicar o adscribir su xxxxx a sustituir los productos suministrados por otros que reúnan las condiciones y características solicitadas en este Pliego de Concurso. Los contenedores a suministrar deberán ser retornables y cumplir con la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstoslegislación vigente, tanto en esta zona materia de calidad de construcción como en sus límites e inmediacionestransporte, y podrán ser descargados en las plantas de SOGAMA mediante carretilla elevadora. - El contratista debe cumplir Para esto deberán disponer de la correspondiente zona de enganche para las previsiones recogidas en el Plan uñas de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalencarretilla. En caso de que lo exija alguna Sogama considere que la calidad de los contenedores no resultara la adecuada en términos de seguridad y por consideraciones medioambientales, podrá exigirle al adjudicatario el remplazo de dichos contenedores por unos que sí den cumplimiento a dichas consideraciones. Los productos suministrados en cisterna (Lotes 3 y 4) se trasvasarán a depósitos específicos permanentes ubicados en las zonas de uso. El trasiego se realizará por parte del suministrador o por quien éste delegue, y será supervisado por personal asignado por Sogama o subcontrata en la que ésta delegue. El suministrador proporcionará todos los medios necesarios para realizar el trasvase a los depósitos (bombas, mangueras conexiones, etc.). Para la manipulación y trasiego del suministro se respetarán todas las normas de seguridad establecidas especialmente las relacionadas con la protección de los operarios que realicen las operaciones. Para todos los lotes objeto del alcance del contrato, el adjudicatario prestará asistencia técnica relacionada con la utilización de los productos solicitados en el alcance del presente pliego, y aportará y recomendará soluciones que permitan corregir aquello que afecte o pueda afectar el funcionamiento de las administraciones que financia instalaciones. Será por cuenta del adjudicatario la obra, el contratista instalará a cargo suyo retirada y gestión adecuada de los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicocontenedores retornables vacíos.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir El Contrato

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo, lo especificado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego de Prescripciones Técnicas, en la Oferta presentada y de acuerdo con las obligaciones generales derivadas instrucciones que para su interpretación diere a la adjudicataria el Consorcio. Serán de cuenta del régimen jurídico adjudicatario los gastos de este contratopublicidad del anuncio de licitación del contrato en el Boletín Oficial del Estado, son obligaciones específicas cuyo importe máximo aproximado asciende a 1.075 euros. La ejecución del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales contrato se realizará a riesgo y socialesxxxxxxx de la empresa adjudicataria o contratista, y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas o perjuicios ocasionados en el servicio, no obstante lo establecido en la ley respecto a la fuerza mayor. El contratista está será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle, y de las prestaciones y servicios realizados, así como de los daños y perjuicios que se causen al Consorcio o a terceros como consecuencia de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El contratista garantizará en todo caso al Consorcio toda reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquel. El contratista quedará obligado en su calidad de empresario al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboralrelativas, al contrato de trabajo, convenio colectivo aplicable al sector y demás legislación laboral y de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a social, tanto vigentes como aquellas que se promulguen durante la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 trabajo. Las infracciones y sanciones que se deriven del incumplimiento de la Ley 30/2007normativa socio- laboral serán de la entera responsabilidad del contratista. A tales efectos, y concretamente para dar cumplimiento al convenio colectivo aplicable en cuanto a la subrogación de 30 personal del servicio de octubrejardinería del adjudicatario actual, el personal adscrito a tal servicio en las instalaciones y zonas ajardinadas del Consorcio no está sujeto a dicha subrogación, según el actual adjudicatario. Con objeto de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al controlar el cumplimiento de los requisitos previstos las obligaciones del contratista, éste deberá comunicar, antes del comienzo de la prestación del servicio, el nombre de sus empleados que vayan a trabajar en las instalaciones del Consorcio, presentando fotocopia de sus contratos de trabajo y justificación de hallarse al corriente en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización cumplimiento de las obrasobligaciones con la Seguridad Social. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar Trimestralmente se justificará de nuevo el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna pago de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General cuotas de la Seguridad Social. - Los contratos En cualquier caso, el abono de las facturas de los servicios prestados estará condicionado a la acreditación por el contratista de encontrarse al corriente del abono de salarios y cuotas de seguridad social de los trabajadores empleados en el servicio contratado. El incumplimiento de esta obligación facultará al Consorcio para la resolución del contrato, por incumplimiento culpable del contratista con los efectos previstos en el artículo 113.4 del TRLCAP. No se podrá modificar la plantilla de trabajadores adscrita al servicio, ni modificar el horario de cada trabajador sin autorización del Consorcio de la Zona Franca, previa petición motivada del empresario, comunicando el motivo, el nombre del sustituto y su condición de fijo o temporal. Una vez autorizada la alteración de la plantilla deberá presentarse copia del contrato de trabajo y de todo el personal destinado las cotizaciones a la Seguridad Social. En cualquier momento, previa petición del Consorcio, el empresario deberá comunicar por escrito la situación del personal laboral que atienda el servicio. El incumplimiento de los deberes de suministrar la información prevista en esta cláusula, o las modificaciones no autorizadas de la plantilla, dará lugar automáticamente a la retención del pago de la certificación correspondiente y, en su caso la incautación de la garantía, todo ello sin perjuicio de incurrir en causa de resolución. El empresario vendrá obligado a sustituir, a petición del Consorcio, siempre que laboralmente sea posible, y en un plazo máximo de quince días, aquellos trabajadores adscritos al servicio que, a juicio de sus técnicos, no desempeñen adecuadamente su labor. El Consorcio designará un responsable de su plantilla que comprobará, con una periodicidad mensual, el cumplimiento, calidad y buena ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 los trabajos y servicios objeto del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicocontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios De Jardinería en El Recinto Interior Y Polígono Exterior Del Consorcio De La Zona Franca De Cádiz Mediante Procedimiento Abierto Y Tramitación Ordinaria

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - A) Obligaciones laborales y sociales. sociales.- El contratista respecto al personal que emplee en la realización del trabajo adjudicado, está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes la normativa vigente en materia laboral, de seguridad Seguridad Social, de integración social de discapacitados y de prevención de riesgos laborales y, con respecto a estas últimas, de formación social, comprometiéndose a que por parte de las empresas subcontratistas, en su caso, se cumpla la legislación vigente en materia laboral con respecto a sus trabajadores/as. Será de exclusiva cuenta del adjudicatario la retribución del personal que emplee en la prestación del servicio objeto de contratación, siendo de su cargo cualesquiera costos sociales y/o laborales, cumpliendo con la legislación vigente y los convenios que le afecten, quedando el Ayuntamiento totalmente exento de responsabilidad sobre las relaciones entre el contratista y su personal. - El contratista está A la extinción del contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como el personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante. En el supuesto de huelga laboral que afecte al servicio objeto de contratación, el adjudicatario vendrá obligado a dedicar requerimiento del órgano de contratación y en el plazo y forma que éste indique, a ofrecer las soluciones que garantices los servicios mínimos imprescindibles que determine la administración competente. Si el adjudicatario no ofreciera dichas soluciones o adscribir no las llevara a la ejecución práctica, la Administración podrá promover los contratos que estime precisos para cubrir los servicios mínimos aprobados, que serán por cuenta del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 adjudicatario, deduciéndose por tanto de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento su facturación el importe de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontrataciónreferidos contratos. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características La responsabilidad que se establezcan. - Documentación derive de tales trabajos contratados a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización)terceros será sin embargo del adjudicatario, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a todos los efectos de lo prevenido que en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoeste Xxxxxx se contemplan.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Regira en El Procedimiento Abierto Para La Contratación De La Explotación Del Bar Y Servicio De Limpieza Del Centro

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en cada caso, le diere desde el Área de Festejos de los trabajos objeto del contrato. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista (art. 199 LCSP), por lo que éste vendrá obligado a suscribir y abonar a su cargo una póliza de seguro que cubre las posibles responsabilidades de todo tipo, en las que pudiera incurrir como consecuencia de la prestación del servicio, incluyendo la responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a cosas, los incendios y cualquier otro daño de naturaleza análoga que pudiera producirse en las instalaciones, mobiliario, maquinarias, utillaje, etc., así como realizar cuantos pagos e impuestos se deriven de la prestación del servicio o de la obtención de autorizaciones, licencias, boletines, documentos o cualquier otra información de Organismos Oficiales o particulares, y en general, cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para el desarrollo de la actividad de conformidad con la legislación vigente. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por si o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las obligaciones generales derivadas operaciones que requiera la ejecución del régimen jurídico contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de este contrato, son obligaciones específicas del contratista una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las siguientes: - Obligaciones laborales y socialesleyes (art. 214 TRLCSP). El contratista está obligado al cumplimiento será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para la Administración como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 305 del TRLCSP. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula. El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención seguridad e higiene en el trabajo y Prevención de riesgos laboralesRiesgos Laborales, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. - En consecuencia, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes. El contratista está obligado personal del servicio deberá estar en posesión del carné de manipulador de alimentos, expedido por el organismo competente. Deberá observar, tanto la empresa como sus trabajadores en todo momento una conducta de respecto y absoluta corrección en el trato con los usuarios, así como cuidar la presencia de las instalaciones, máquinas y equipos utilizados en el servicio con el mayor esmero y cuidado, dando siempre una imagen de pulcritud y eficacia. Serán de cuenta del adjudicatario todas las obligaciones de orden económico, financiero y fiscal que puedan derivarse del servicio contratado, especialmente en lo referente a dedicar o adscribir a la ejecución proveedores. Contratar un servicio de seguridad privada que deberá ser prestado por personal de empresas debidamente inscritas y autorizadas por el Ministerio del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 Interior, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/200723/1992, de 30 de octubrejulio, de Contratos Seguridad Privada, y en la normativa reglamentaria de aplicación a estas empresas. Será obligatoria su presencia durante todo el horario de apertura y durante todos los xxxx xx Xxxxx. El adjudicatario tendrá la obligación, antes del Sector Públicocomienzo de la Feria, de presentar en el Ayuntamiento xx Xxxxxxx copia del contrato suscrito conforme a lo dispuesto en el Decreto 10/2003, de 28 de enero (BOJA nº 36 de 21/02/2003). - El contratista está obligado al cumplimiento Este personal ejercerá sus funciones de los requisitos previstos en el artículo 210 puertas hacia dentro y no portará armas de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontrataciónfuego. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar Sólo se podrá denegar el acceso a la obracaseta por motivos de: - Cuando el aforo esté completo. - Cuando se haya superado el horario de cierre de la Caseta. - Cuando manifieste una actitud violenta y/o comportamiento agresivo. - Cuando porte ropa o símbolos que inciten a la violencia, el racismo o xenofobia. - Cuando origine un situación de peligro o moleste a otros asistentes. - Cuando no reúna condiciones higiénicas. - Cuando consuma drogas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas y/o cuando muestre síntomas de haberlas consumido o de estar embriagado. Asimismo durante el tiempo en que permanezca cerrada la Caseta deberá prever, también a sus expensas, la circulación vigilancia de la misma. La Caseta deberá contar con un botiquín de urgencias. Deberá realizar en ella, y a su cargo, la zona que ocupan los trabajos instalación xx xxxxxx, frigoríficos, cocina y los puntos energía eléctrica de posible peligro debidos a la marcha las mismas, montaje de éstosmesas, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación ysillas, etc., así como cualquier aportar todos aquellos materiales necesarios para el desarrollo del servicio, debiendo estar todo dispuesto para la correcta prestación del servicio a las 17 horas del día anterior al comienzo de la Real Feria y Fiestas de San Xxxxxxx. Las bombillas, cuando su potencia sea superior a 25 vatios, deberán estar separadas 15 cm. de los adornos de papel y otros elementos combustibles. Si las bombillas estuvieran integradas en el interior de farolillos, su potencia no sobrepasará en ningún caso los 25 vatios Las cocinas, hornillos, calentadores, etc., deberán ser instalados conforme a lo legalmente establecido, y estar protegidos y aislados del resto de las dependencias que resulten contengan material combustible, y dotadas de ventilación. Deberá contar al menor con el mínimo de extintores legalmente establecido con arreglo a las características xxx xxxxxxx. Deberá realizar las señalizaciones de la Caseta y de las instalaciones de protección contra incendios, que estarán señalizadas con rótulos fotoluminiscentes, de conformidad con la legislación vigente. Mantendrá en condiciones óptimas de limpieza, higiene, estética y decoro el recinto de la Caseta Municipal, así como buen estado de limpieza una finalizada la Real Feria. Sacará diariamente, entre las 5 y las 5’30 horas, los residuos de la caseta al exterior de la misma, en bolsas debidamente cerradas y depositarlas en el lugar que se le indique. El suministro a las casetas durante los días de la Real Feria se efectuará desde las 6’30 horas de la madrugada hasta las 12 horas de la mañana. Durante este tiempo se permitirá el tránsito de vehículos suministradores, que deberán abandonar el Recinto Ferial antes de la hora reseñada (12 horas). Durante los días de la Real Feria queda totalmente prohibido el tráfico rodado en el Recinto Ferial, salvo los servicios autorizados y de seguridad, bajo multa y/o retirada del vehículo. La Caseta deberá permanecer abierta y en libre acceso, con sus puertas abiertas todos los días oficiales xx Xxxxx. Referente al horario de cierre, se atenderá a lo establecido por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx, por lo que no se permitirá el acceso de público a partir de las 5’00 horas de la madrugada. A partir de esta hora se suprimirá todo tipo de música, no se servirán más consumiciones y se encenderán todas las luces de la caseta para facilitar su desalojo. A las 5’30 horas de la madrugada la caseta deberá quedar totalmente vacía de público y cerrada a éste. Los viernes, sábados y vísperas de festivos se ampliarán dichos horarios en una hora. Solamente podrá adelantarse el cierre de las barras, siempre y cuando no haya actividad musical en la Caseta. Dispondrá de hojas o libro de reclamaciones, regulada por el Decreto 72/2008, de 4 xx xxxxx, a disposición del consumidor que lo solicite y estará debidamente anunciada la existencia de las mismas, dando cuenta de forma inmediata y por escrito al Ayuntamiento xx Xxxxxxx de las reclamaciones. Deberá tener expuestas en lugar preferente y perfectamente visible las listas de precios de las consumiciones de las barras, así como en su caso el incremento de precio en mesas. El titular de la caseta deber entregar copia del recibo de la póliza del Seguro de Responsabilidad Civil legalmente establecido, de conformidad con lo regulado en el Decreto 109/2005 de 26 xx xxxxx, por el que se regulan los requisitos de los contratos obligatorios y de responsabilidad civil en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, antes de comienzo de la actividad. Respetar cuantas Ordenanzas municipales le sean de aplicación. Durante la vigencia del contrato, según las disposiciones vigentes no podrá el adjudicatario interrumpir la prestación del servicio, sin el consentimiento expreso del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx. El adjudicatario no podrá ceder, subcontratar o traspasar funciones o cometidos designados dentro de los servicios, ni aún parcialmente, sin que el Ayuntamiento lo autorice expresamente. El incumplimiento de esta cláusula implica directamente la resolución del contrato, sin que por ello se deba indemnizar al adjudicatario. Facilitar en todo momento la forma labor inspectora del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, con aportación de datos, documentos y cuantía aclaraciones que estas señalense precisen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación El adjudicatario de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación caseta procederá a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajadorretirar, en el plazo no superior a dos días una vez finalizada la Real Feria, todos los elementos instalados a su xxxxx, incluidos residuos, escombros, etc. Los infractores a las normas expuestas serán apercibidos y, si procede, sancionados con multas de hasta 150 €, pudiendo llegarse a la pérdida de la titularidad de las casetas en caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoreincidencia.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Y Prescripciones Técnicas Por El Que Se Regirá La Adjudicación Del Uso, Gestión Y Explotación Del Servicio De Bar De La Caseta

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El Adjudicatario será responsable de la fabricación, suministro, pruebas y análisis, controles de calidad de acuerdo con la norma que sea de aplicación, y transporte hasta las instalaciones de SOGAMA de los productos solicitados en este concurso. El adjudicatario estará obligado en todo momento a mantener el stock de productos necesario y suficiente para garantizar el correcto funcionamiento de las obligaciones generales derivadas instalaciones del régimen jurídico Complejo Medioambiental xx Xxxxxxx. Para ello deberá llevar a cabo el mantenimiento de todos los sistemas de dosificación, monitorización y control de stock compuesto de contenedores base equipados, hardware y software específico de telemetría durante toda la duración del contrato. La aprobación de cualquier documento por parte de SOGAMA o entidad en que ésta delegue no exime al adjudicatario de la responsabilidad de realizar el suministro de acuerdo con el alcance y condiciones de calidad solicitadas en este contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y socialesPliego. El contratista está obligado al Adjudicatario será el único responsable de los suministros y controles de calidad indistintamente de cualquier subcontratación a terceros de cualquier elemento o parte de los mismos. El Adjudicatario deberá indicar las posibles subcontrataciones que tiene previsto realizar, así como las empresas adjudicatarias. El Adjudicatario se hará responsable de todas las licencias, permisos y autorizaciones que sean necesarios para la importación de cualquier suministro objeto del alcance, si fuese el caso. Será responsabilidad del Adjudicatario el pleno cumplimiento de las disposiciones vigentes leyes, reglamentos y requisitos de la legislación vigente a la firma del Contrato y en materia laboralespecial, las medidas de seguridad social relativas al transporte y manipulación de prevención de riesgos laboralesproductos peligrosos. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos Los productos deberán cumplir con las exigencias funcionales solicitadas en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos alcance del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación ypresente pliego, así como cualquier las legales que les sean de aplicación en cada momento. SOGAMA podrá realizar durante el periodo de vigencia del contrato y de forma aleatoria el número de controles de calidad que estime oportunos. El Adjudicatario vendrá obligado a su xxxxx a sustituir los productos suministrados por otros que resulten reúnan las condiciones y características solicitadas en este Pliego de aplicaciónConcurso. Será por cuenta del adjudicatario la retirada y gestión adecuada de los contenedores retornables vacíos. El Adjudicatario será el responsable de realizar los correspondientes pedidos de productos a partir de la monitorización de los mismos, según solicitada en este Pliego, así como de su entrega en plazo de tal forma que en ningún momento se produzca una rotura de stock que pueda obligar a la parada de las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señaleninstalaciones. En caso de que lo exija alguna se produzca una rotura de stock o que falte algún producto se aplicarán las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicocorrespondientes penalizaciones.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir El Contrato

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El adjudicatario, una vez establecido el oportuno contrato, se compromete a prestar el servicio contratado con arreglo a las condiciones establecidas en estas Bases, en la oferta presentada y en el contrato, dentro de los plazos establecidos en dichos documentos, con estricta observancia de las obligaciones generales derivadas normas internas de GSC y el SCS. La ejecución del régimen jurídico de este servicio se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El equipo humano y material requerido para la realización del servicio objeto del contrato, son obligaciones específicas del contratista debe contar con todas las siguientes: - Obligaciones laborales autorizaciones y socialeshomologaciones legalmente exigidas, debiendo cumplir las disposiciones vigentes que les correspondan para todos los elementos intervinientes de la contratación. El contratista está obligado al cumplimiento de Deberán cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, de transportes y cuantas otras le correspondan, con inclusión, en caso de nuevo adjudicatario, de la obligación de subrogarse en los contratos laborales de los trabajadores, tal y como se recoge en el Convenio Colectivo del Sector. - El/los adjudicatarios estarán obligados a subrogar al personal que actualmente presta servicios en cada uno de los lotes a los que se licite, y cuya relación, así como sus condiciones laborales figuran en el Anexo número X. El contratista personal designado por la empresa adjudicataria para efectuar los servicios objeto de estas bases se encontrará vinculado únicamente al adjudicatario, no existiendo relación laboral ni profesional alguna entre éste y GSC. El adjudicatario deberá presentar a GSC fotocopias de los documentos (TC-2 y/o contratos profesionales) que acrediten la dependencia laboral o profesional del personal que presta los servicios objeto de la presente concurrencia (conductores y xxxxxxxxxx). La presentación de los mencionados documentos se realizará con periodicidad trimestral o, en cualquier momento, a solicitud de GSC. El personal designado, directa o indirectamente, por la empresa adjudicataria, tendrá el deber de guardar secreto respecto de toda aquella información que, con motivo de su relación con GSC pudiese tener alcance, responsabilizándose la empresa adjudicataria de los perjuicios que, con motivo del incumplimiento de este deber, se le ocasionasen a la contratante. El adjudicatario está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007presentar anualmente, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 mes de la Ley 30/2007diciembre de cada ejercicio, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización copia autenticada de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyoCuentas anuales, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas presentadas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles Registro Mercantil, correspondientes al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos ejercicio económico del anuncio o anuncios de licitación yaño anterior, así como cualquier otros que resulten copia autenticada del informe de aplicaciónauditoria del mencionado ejercicio (si fuera obligatorio), según las disposiciones vigentes así como copia autenticada de la liquidación del Impuesto de Sociedades del mencionado ejercicio, o copia autenticada de la liquidación del IRPF en la forma y cuantía que estas señalencaso de tratarse de un empresario individual. En caso de que lo exija alguna las Cuentas Anuales y/o el Impuesto de las administraciones que financia la obraSociedades o I.R.P.F. hayan sido presentados telemáticamente o en soporte informatizado, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obralicitantes deberán aportar conjuntamente con dichos documentos, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo certificación acreditativa de la situación presentación y contenido de desempleo los mismos expedida por los organismos oportunos. Del mismo modo, el adjudicatario deberá presentar anualmente, junto con la documentación detallada en el párrafo anterior, un informe detallado de la cuenta de pérdidas ganancias referida al mismo ejercicio, en el que se desglose para cada subcuenta contable de gasto o ingreso, contenida en el Plan Contable que esté vigente en cada momento, el importe total, los importes desagregados imputables a cada una de las zonas adjudicadas (cada zona deberá tener sus costes e ingresos imputados) y los importes de los costes e ingresos del trabajadorconjunto de actividades empresariales que no guardan relación algún con el objeto de la presente adjudicación. Si GSC lo considerase oportuno, y con objeto de comprobar la correcta imputación de costes de los servicios adjudicados, se podrá obligar al adjudicatario a realizar una auditoria económico-financiera de los costes e ingresos incluidos en las Cuentas Anuales con la entidad que GSC determine. En este caso, el coste de la auditoria sería costeado directamente por GSC. La falta de colaboración o la negativa del adjudicatario a facilitar toda la información que le sea solicitada por la entidad designada por GSC para la realización de la auditoria llevaría aparejada la resolución del automática del contrato. Será obligación de las empresas adjudicatarias, en el caso de nuevos contratosnuevas incorporaciones al servicio, la contratación con carácter preferente de personal que esté en posesión del título de Técnico en Emergencias Sanitarias de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1397/2007 de 29 de octubre. - Relación La dotación de todo las unidades tendrá que ir correctamente uniformada. Será por cuenta del adjudicatario la compra y entrega de los uniformes, responsabilizándose de su mantenimiento y reposición. Al tratarse de un servicio público esencial para la población, el adjudicatario estará obligado a informar a la Dirección Gerencia de GSC y al SCS de cualquier huelga y/o incidencia que pudiera tener lugar por el personal destinado sujeto a este servicio y que le afecte. En cualquier caso, si tuviera conocimiento y dicha notificación a GSC y SCS no se produjera con un plazo mínimo de 9 días de antelación a la ejecución fecha de celebración, podrá quedar rescindido el contrato de forma automática, sin necesidad de cumplir los plazos de denuncia del mismo, debiendo indemnizar el adjudicatario a GSC por un importe igual a los daños y perjuicios derivados de ello. Por esa misma consideración de servicio público esencial, el adjudicatario deberá mantenerse prestando servicios a cambio de la obracorrespondiente contraprestación económica, calculada conforme a lo previsto en la cláusula quinta de acuerdo con el Xxxxx XX las presentes bases, hasta que se adjunta, significándoles GSC considere que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución prestación del servicio esta suficientemente garantizada por un tercero. El plazo máximo de la obra. Esta obligación demora de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido la resolución del contrato será de un año. El adjudicatario del servicio se hará cargo de que los vehículos se encuentren debidamente rotulados y que el personal se encuentre debidamente uniformado, según las indicaciones que se determinan en le artículo 206 g) el Anexo V o las que se dispongan por GSC o por el SCS, no pudiendo contener otros aspectos. En el caso de que se decidiera el cambio de rotulación o imagen corporativa por parte de GSC, el adjudicatario dispondrá de un plazo de dos meses para llevar a cabo la adecuación de los recursos y de la Ley 30/2007uniformidad a la nueva rotulación o imagen. Los gastos que conlleven tanto la rotulación como el referido cambio de la misma serán por cuenta de la empresa adjudicataria. En el transporte urgente, en los casos de 30 inoperatividad por avería o situación similar, el adjudicatario deberá suplir la unidad con un vehículo de octubrecaracterísticas idénticas en un tiempo máximo de 1 hora, sin que ello justifique un defecto en la prestación del servicio a los usuarios del SCS. En el caso de Contratos transporte no urgente la sustitución tendrá un tiempo máximo de 2 horas, sin que ello justifique, igualmente, defecto en la prestación de servicio. En casos de mantenimiento programado o situación similar, el adjudicatario deberá suplir la unidad con un vehículo de características idénticas de manera inmediata para ambos tipos de transporte. Si en la concurrencia se ofertó un número de vehículos superior al exigido, el adjudicatario deberá equiparlos y rotularlos conforme a las presentes Bases y no podrán ser utilizados, al igual que el resto de los vehículos contratados, para otros fines diferentes a los del Sector Públicoobjeto del contrato. El adjudicatario asignará un interlocutor para los temas económico- administrativo y otro para los operativos, con quienes se relacionará GSC para aquellos aspectos puntuales que se precisen. El adjudicatario se obligará a ceder al GSC y/o el SCS, los derechos de imagen de aquellas personas que designe para la efectiva prestación de los servicios objeto de estas Condiciones Contractuales durante la realización de las mismas. Para ello, el ofertante que suscriba el contrato habrá de contar, como requisito previo, con autorización de su equipo humano para la cesión de los derechos señalados. GSC y/o el SCS, se reservarán los derechos de propiedad intelectual de todos los trabajos y la documentación realizada por el adjudicatario, así como por su personal adscrito en congresos, exposiciones, cursos u otros eventos o actividades de difusión o promoción, que tengan relación con el ejercicio de su actividad dentro del objeto de las presentes Condiciones Contractuales. Asimismo, para su realización deberá de contar con una autorización por escrito por parte de la Dirección de GSC y/o SCS. El adjudicatario permitirá, siempre que GSC así lo autorice y en las circunstancias dispuestas por ésta última, el acceso a fotógrafos y a personal que GSC determine a las unidades objeto de las presentes Condiciones Contractuales y Técnicas, salvaguardando en todo momento el derecho a la intimidad del paciente. El adjudicatario tendrá que disponer de los medios adecuados para asegurar la reposición del material de electromedicina en un plazo máximo de 2 horas. El adjudicatario tendrá que disponer de los oportunos contratos de mantenimiento del material clínico y de electromedicina, que asegure el correcto funcionamiento de los mismos durante todo el tiempo de duración del contrato. Asimismo el adjudicatario estará obligado a entregar a GSC, con carácter anual las renovaciones de los seguros obligatorios de los recursos, así como de toda aquella documentación relativa a los vehículos y que tengan que renovarse durante el periodo de ejecución de los contratos. El adjudicatario estará obligado a disponer de la reserva suficiente de material de inmovilización, medicación y fungibles que asegure la operatividad de los recursos por estos motivos en todo momento. El adjudicatario estará obligado a mantener los equipos de radiocomunicaciones y sistemas de posicionamiento en perfecto estado de funcionamiento, pudiendo GSC solicitar en cualquier momento un informe del estado de los mismos.

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Samples: Bases De Concurrencia De Ofertas

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además En contratista a la firma del contrato presentará unas propuestas de diseño previas para la fabricación de las obligaciones generales derivadas cajas de los camiones, totalmente detalladas, con dimensiones y accesorios que requerirá la aprobación del régimen jurídico departamento de RSU de Giahsa. • Si un vehículo quedara inutilizado por cualquier motivo a largo plazo, se procederá a su sustitución por otro de iguales características en un plazo no superior a tres meses, no aceptándose el vehículo de sustitución similar más de este contratoperiodo. • Teniendo en cuenta la perentoriedad de la prestación de los servicios públicos a los que se destinarán los vehículos, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes si éstos no se reparasen o sustituyesen en materia laboralel plazo fijado, de seguridad social forma que peligrase la correcta prestación del servicio, "GIAHSA" queda facultada para, previa comunicación al arrendador y sin perjuicio de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007una eventual revisión jurisdiccional posterior, de 30 de octubredecidir unilateralmente, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista arrendador, las medidas a adoptar en orden a garantizar la efectiva prestación de los servicios. Ello, con independencia de que pueda reclamarse indemnización por cuantos perjuicios pueda producir la demora del arrendador. • Asumir durante toda la vigencia del contrato, los gastos e impuestos de matriculación y cuantos otros sean necesarios para que el vehículo pueda circular de conformidad con la normativa vigente. • La dirección fiscal para la matriculación de los vehículos será la Sede De Giahsa en Aljaraque, sita en Ctra. A-492 km.4, correspondiendo los impuesto vigentes municipales en este municipio. • Si el manejo del anuncio vehículo y de los sistemas incorporados al mismo necesitase la formación del personal, dicha formación correrá a cargo del arrendador. • Permitir que "GIAHSA" coloque publicidad identificativa de la empresa, equipos de comunicación interna en los vehículos arrendados y sistemas automáticos de captura de datos tales como (Control de pesaje, GPS, etc). Tanto la colocación como la retirada de dicha publicidad y equipos correrá por cuenta y cargo de "GIAHSA". • En general, garantizar a "GIAHSA" que, a cambio del precio que se estipule en el contrato, ésta contará con plena disponibilidad y operatividad de los vehículos del renting o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicaciónpuedan sustituirlos provisionalmente, según las disposiciones vigentes en durante toda la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 vigencia del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicocontrato.

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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al adjudicatario el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista adjudicatario las siguientes: - Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista adjudicatario está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 64.2 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos — Xxxxxx exigibles al adjudicatario: Son de cuenta del contratista. Son con cargo al contratista , los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación yy adjudicación, así como cualquier cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas éstas señalen. En caso ➢ También será cuenta del adjudicatario, los tributos o canon/es público/s relacionados con el abono anual del precio de adjudicación Serán de cuenta del adjudicatario el abono de todos los gastos generales necesarios para el adecuado sostenimiento del inmueble y todas sus instalaciones y equipamientos del Bar-Restaurante y punto de venta, sus servicios, cargas y responsabilidades que lo exija alguna no sean susceptibles de individualización, y los gastos de conservación y mantenimiento ordinario; así como los importes originados por el abastecimiento de agua, suministro de energía eléctrica y teléfono, así como las TASAS de basuras y otros GASTOS que pudieran devengarse. Las averías que se produzcan en las diversas maquinarias existentes en las instalaciones del bar-restaurante-punto de venta debidas al desgaste por el uso normal de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación mismas serán abonadas de la obra, con las características forma siguiente: el 50% lo abonará el Ayuntamiento y el 50% por el adjudicatario. Cada vez que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores produzca una avería se pondrá en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado conocimiento del Ayuntamiento para que dé su visto bueno a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX reparación que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoproponga.

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Samples: Pliego De Condiciones Económico Administrativas Por El Que Se Habrá De Regir La Adjudicación De Los Servicios De Explotación Del Bar Restaurante, Oficina De Turismo Y La Casa Del Guarda Situado en Lagran

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo, lo especificado en el Pliego del Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego de Prescripciones Técnicas, en la Oferta presentada, y de acuerdo con las obligaciones generales derivadas instrucciones que para su interpretación diere a la contrata el Consorcio. La ejecución del régimen jurídico contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de este contratopérdidas, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y socialesaverías o perjuicios ocasionados en el servicio, sin perjuicio de lo establecido en la ley respecto a la fuerza mayor. El contratista está será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de los daños y perjuicios que se causen al Consorcio o a terceros como consecuencia de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El contratista garantizará en todo caso al Consorcio toda reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquel. El contratista quedará obligado en su calidad de empresario al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboralrelativas, al contrato de seguridad trabajo, convenio colectivo aplicable al sector y demás legislación social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a seguridad social, tanto vigentes como aquellas que se promulguen durante la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes trabajo. A tales efectos, y concretamente para ello (artículo 53.2 dar cumplimiento al convenio colectivo aplicable en cuanto a la subrogación de personal del servicio de limpieza del adjudicatario actual, el personal adscrito a tal servicio en el edificio e instalaciones del Consorcio en Algeciras no está sujeto a dicha subrogación, según el actual adjudicatario. Con objeto de controlar el cumplimiento de las obligaciones del contratista, éste deberá comunicar, antes del comienzo de la Ley 30/2007prestación del servicio, el nombre de 30 sus empleados que vayan a trabajar en las instalaciones del Consorcio, presentando fotocopia de octubre, sus contratos de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado trabajo y justificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de los requisitos previstos en las obligaciones con la Seguridad Social. Trimestralmente se justificará de nuevo el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización pago de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General cuotas de la Seguridad Social. - Los contratos No se podrá modificar la plantilla de trabajadores adscrita al servicio, ni modificar el horario de cada trabajador sin autorización del Consorcio de la Zona Franca, previa petición motivada del empresario, comunicando el motivo, el nombre del sustituto y su condición de fijo o temporal. Una vez autorizada la alteración de la plantilla deberá presentarse copia del contrato de trabajo y de todo el personal destinado las cotizaciones a la Seguridad Social. En cualquier momento, previa petición del Consorcio, el empresario deberá comunicar por escrito la situación del personal laboral que atienda el servicio. El incumplimiento de los deberes de suministrar la información prevista en esta cláusula, o las modificaciones no autorizadas de la plantilla, dará lugar automáticamente a la retención del pago de la certificación correspondiente y, en su caso la incautación de la fianza, todo ello sin perjuicio de incurrir en causa de resolución. El empresario vendrá obligado a sustituir, a petición del Consorcio, siempre que laboralmente sea posible, y en un plazo máximo de quince días, aquellos trabajadores adscritos al servicio que, a juicio de sus técnicos, no desempeñen adecuadamente su labor. El Consorcio designará un responsable de su plantilla que comprobará, con una periodicidad mensual, el cumplimiento, calidad y buena ejecución de los trabajos y servicios objeto del contrato. Los honorarios se abonarán, fraccionándose su pago por mensualidades vencidas, tras la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio presentación de las obrascorrespondientes facturas de honorarios, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en llevarán incluido el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector PúblicoI.V.A. correspondiente.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios De Limpieza De Las Instalaciones Propiedad Del Consorcio De La Zona Franca De Cádiz en El Término Municipal De Algeciras Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo, lo especificado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego de Prescripciones Técnicas, en la Oferta presentada y de acuerdo con las obligaciones generales derivadas instrucciones que para su interpretación diere a la adjudicataria el Consorcio. Serán de cuenta del régimen jurídico adjudicatario los gastos de este contratopublicidad del anuncio de licitación del contrato en el Boletín Oficial del Estado, son obligaciones específicas cuyo importe máximo aproximado asciende a 1117 euros. La ejecución del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales contrato se realizará a riesgo y socialesxxxxxxx de la empresa adjudicataria o contratista, y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas o perjuicios ocasionados en el servicio, no obstante lo establecido en la ley respecto a la fuerza mayor. El contratista está será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle, y de las prestaciones y servicios realizados, así como de los daños y perjuicios que se causen al Consorcio o a terceros como consecuencia de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El contratista garantizará en todo caso al Consorcio toda reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquel. El contratista quedará obligado en su calidad de empresario al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboralrelativas, al contrato de trabajo, convenio colectivo aplicable al sector y demás legislación laboral y de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a social, tanto vigentes como aquellas que se promulguen durante la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 trabajo. Las infracciones y sanciones que se deriven del incumplimiento de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 normativa socio-laboral serán de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos entera responsabilidad del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obrascontratista. El contratista está obligado a instalar a cargo suyoConsorcio designará un responsable de su plantilla que comprobará, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obracumplimiento, la circulación en la zona que ocupan calidad y buena ejecución de los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos servicios objeto del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicocontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además Sin perjuicio de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico contenidas en la normativa que resulta de aplicación, en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en este contratodocumento, son obligaciones específicas del contratista existen las siguientes: - Obligaciones  El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, de conformidad con el artículo 212.2 del TRLCSP.  El adjudicatario queda obligado desde el inicio, a tomar a su cargo, mediante subrogación de los contratos de trabajo, a todo el personal que en la actualidad se encuentre adscrito al servicio aprobado por el Órgano de Contratación respetando los derechos económicos, laborales y socialessociales legítimamente adquiridos por dicho personal hasta la fecha del anuncio de la convocatoria de esta licitación. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, de seguridad social Seguridad Social y de prevención Seguridad e Higiene en el Trabajo. El incumplimiento de riesgos laboralesestas obligaciones por parte del contratista no implicará responsabilidad alguna para la Administración. - PCAP Servicio Limpieza Dependencias  El personal encargado de la prestación, dependerá exclusivamente del adjudicatario y no tendrá vinculación alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxx.  El personal deberá estar dotado del vestuario adecuado para la realización de sus tareas, y deberá portar la identificación personalizada.  El adjudicatario tiene la obligación de continuar con la prestación del servicio hasta que éste sea asumido por un nuevo contratista.  El adjudicatario tiene la obligación de contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil que preste la cobertura necesaria para cubrir suficientemente las posibles contingencias que puedan ocasionarse derivadas de la prestación de los servicios. De conformidad con el artículo 118 del TRLCSP, el contratista está obligado a dedicar o adscribir asumir, en las condiciones laborales establecidas en la actualidad, al personal que actualmente se encuentra prestando el servicio que ahora se licita, sin perjuicio de la potestad de organización y asignación de funciones que la empresa pueda efectuar conforme a la ejecución legislación laboral vigente. Así mismo, en caso de que el contratista decida ampliar los recursos humanos con los que va ejecutar el contrato, esta ampliación será por cuenta y riesgo del contrato los medios personales o materiales suficientes para contratista. Todo ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos acuerdo a lo establecido en el artículo 210 120 del TRLCSP, en el que se establece que “en aquellos contratos que impongan al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, el órgano de contratación deberá facilitar a los licitadores, en el propio pliego o en la Ley 30/2007documentación complementaria, la información sobre las condiciones de 30 los contratos de octubrelos trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de Contratos empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de éste." PCAP Servicio Limpieza Dependencias No se podrán introducir o ejecutar modificación alguna en el objeto del Sector Público para contrato sin la debida autorización previa y, en su caso, del presupuesto correspondiente por el órgano de contratación. Las modificaciones que no estén debidamente autorizadas por el Ayuntamiento originarán responsabilidad en el adjudicatario, el cual estará obligado a rehacer la parte de los mismos que resulte afectada por aquellas sin abono alguno. Cuando las modificaciones afecten al régimen financiero del contrato, la Administración deberá compensar al adjudicatario de manera que se mantenga el equilibrio de los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación económicos que fueron considerados como básicos en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos adjudicación del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalencontrato. En el caso de que lo exija alguna los acuerdos que dicte la Administración respecto al desarrollo del servicio carezcan de las administraciones que financia la obratrascendencia económica el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por razón de los mismos. La Administración deberá restablecer el equilibrio económico del contrato, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación en beneficio de la obra, con las características parte que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajadorcorresponda, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.siguientes supuestos:

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Regira La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Adjudicación Y Tramitación Ordinaria Sujeto a Regulación Armonizada, Del “Servicio De Limpieza De

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además En el desarrollo de todas las obligaciones generales prestaciones derivadas de los trabajos objeto del régimen jurídico de este presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica vigente y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación yhigiene, así como cualquier otros toda la que resulten pueda ser de aplicaciónaplicación por las características de las instalaciones. El adjudicatario ejecutará, según a su cargo, las disposiciones vigentes obras a realizar propuestas en la forma Memoria Técnica presentadas en su oferta para la mejora y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna renovación de las administraciones que financia instalaciones del alumbrado público exterior. El adjudicatario gestionará la obraejecución, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obrapuesta en marcha, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio pruebas y legalización de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, nuevas instalaciones de acuerdo con el Xxxxx XX calendario incluido en la oferta. El adjudicatario inspeccionará y supervisará por su cuenta las fases de suministro, montaje y puesta en marcha de las nuevas instalaciones y de sus pruebas de funcionamiento, asumiendo las responsabilidades que se adjuntapudieran derivar por cualesquiera daños y/o perjuicios, significándoles ya sean directos o indirectos que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta pudieran causarse en el proceso de renovación de las instalaciones por ella misma o sus proveedores. El adjudicatario aportará la completa ejecución ingeniería necesaria para llevar a cabo todos los trámites oportunos con objeto de mantener debidamente legalizadas las instalaciones, sin costo adicional alguno para el Ayuntamiento de Andoain. La aceptación de las nuevas instalaciones por parte del Ayuntamiento de Andoain tendrá lugar una vez se hubiere verificado su correcto y adecuado funcionamiento, mediante la realización de las pruebas adecuadas para cada equipo y para el conjunto de las instalaciones. Dichas pruebas serán realizadas bajo la responsabilidad del adjudicatario y de sus proveedores en presencia de un representante del Ayuntamiento de Andoain y la empresa encargada por el ayuntamiento de la obrasupervisión del proyecto. Esta obligación Las mismas verificarán el cumplimiento de presentar las exigencias incluidas en el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior y del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. No tendrá lugar la documentación anteriormente referenciada tendrá aceptación de las nuevas instalaciones cuando, durante la realización de las pruebas de funcionamiento, se pusiera notoriamente de manifiesto cualquier tipo de deficiencias, defectos, fallos y/o anomalías derivadas de un incorrecto diseño, vicios o defectos de los elementos o equipos que conforman las nuevas instalaciones, montaje, puesta en marcha o mediciones luminotécnicas de la misma. Una vez resulten satisfactorias las pruebas y mediciones, el carácter Ayuntamiento de obligación contractual esencial Andoain suscribirá conjuntamente con el adjudicatario y por duplicado ejemplar, un Certificado de Aceptación de las nuevas instalaciones, por el que se entenderá a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) este contrato como reconocimiento expreso del primero de haber recibido ésta a su entera satisfacción. En ningún caso, esto podrá suponer más del 40% del tiempo marcado por el adjudicatario de la Ley 30/2007realización de los trabajos, siendo causa de 30 incumplimiento del mismo. En virtud de octubrelo pactado en el presente contrato, a la finalización del mismo todos los elementos y componentes instalados por el adjudicatario para las nuevas instalaciones, serán propiedad del Ayuntamiento de Contratos del Sector PúblicoAndoain.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Y Técnicas Rector Del Contrato De Las Obras De Mejora Del Alumbrado Público Exterior Del Término Municipal De Andoain

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está quedará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 adecuada limpieza de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos todas las zonas que se especifican en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación ypresente pliego, así como a la recogida, retirada y depósito de los residuos que se generen. A estos efectos quedará sujeto al estricto cumplimiento de cuantas instrucciones se le cursen por la Dirección de cada Centro o responsable del servicio de limpieza de la Excma. Diputación en orden al tiempo, modo, intensidad y formas de prestación del servicio así como los materiales a emplear. • El adjudicatario deberá realizar directamente la explotación del servicio, no pudiendo subrogar, subarrendar, ceder o traspasar, directa o indirectamente, la explotación, ni hacer uso en sus relaciones comerciales, laborales, o cualquier otra, del nombre de los Centros, ni de la Excma. Diputación, sin autorización de la misma. • Así mismo, se abstendrá de hacer cualquier tipo de publicidad dentro de los Centros de trabajo. • El adjudicatario ejercerá la dirección y vigilancia por si o por medio de representante o mandatario debidamente autorizado o con poder suficiente y con otros conocimientos y/o técnicas precisas del sistema de limpieza para desarrollar y poner en práctica en todo momento los planes de la prestación de los servicios objeto del contrato, velando para que resulten la limpieza, recogida, retirada y depósito de aplicaciónlos residuos sea llevada a cabo perfectamente. La actuación de la persona o personas que realicen estos cometidos deberá ser conocida y autorizada por la Dirección de cada Centro o por el responsable del servicio de limpieza de la Excma. Diputación • La Dirección de cada Centro no reconocerá ningún trabajo realizado fuera de las condiciones estipuladas en el contrato a suscribir con el adjudicatario, según las disposiciones vigentes que no cuente con la conformidad previa del responsable de limpieza de la Excma. Diputación o persona en quien delegue aún cuando haya sido solicitado por cualquier persona dependiente laboralmente de los Centros, no haciéndose cargo, en consecuencia, de los gastos que se hubieran producido. • Será de exclusiva cuenta del adjudicatario el pago del personal propio que emplee para la forma realización de los trabajos objeto de este Concurso. • El contratista deberá emitir y cuantía que estas señalen. En caso presentar mensualmente a los distintos responsables de los Centros o servicios un “parte de control de los trabajos de limpieza realizados” (conforme al pliego técnico y oferta presentada por la empresa), a efectos de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo por los carteles de identificación de la obra, con las características que mismos se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajadorpreste, en el su caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoconformidad.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Para La Contratación De Los Servicios De Limpieza

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además En el desarrollo de todas las obligaciones generales prestaciones derivadas de los trabajos objeto del régimen jurídico de este presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica vigente y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación yhigiene, así como cualquier otros toda la que resulten pueda ser de aplicaciónaplicación por las características de las instalaciones. El adjudicatario ejecutará, según a su cargo, las disposiciones vigentes obras a realizar propuestas en la forma Memoria Técnica presentadas en su oferta para la mejora y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna renovación de las administraciones que financia instalaciones del alumbrado público exterior. El adjudicatario gestionará la obraejecución, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obrapuesta en marcha, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio pruebas y legalización de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, nuevas instalaciones de acuerdo con el Xxxxx XX calendario incluido en la oferta. El adjudicatario inspeccionará y supervisará por su cuenta las fases de suministro, montaje y puesta en marcha de las nuevas instalaciones y de sus pruebas de funcionamiento, asumiendo las responsabilidades que se adjuntapudieran derivar por cualesquiera daños y/o perjuicios, significándoles ya sean directos o indirectos que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta pudieran causarse en el proceso de renovación de las instalaciones por ella misma o sus proveedores. El adjudicatario aportará la completa ejecución ingeniería necesaria para llevar a cabo todos los trámites oportunos con objeto de mantener debidamente legalizadas las instalaciones, sin costo adicional alguno para el Ayuntamiento, así como la documentación que se le requiera para la realización del informe final de obra por parte de la obraempresa directora de proyecto, adecuado a la ayuda concedida del IDAE/FNEE. Esta obligación Dado el potencial de presentar ahorro energético detectado en las instalaciones de alumbrado exterior objeto del Contrato, el objetivo del Ayuntamiento titular de las instalaciones es ejecutar una actuación global e integrada de gestión energética que permita dar cumplimiento a las nuevas exigencias normativas y sociales de eficiencia energéticas. Para ello el adjudicatario deberá garantizar un umbral máximo de kWh futuros tras realizar el presente proyecto de 241.471 kWh/año La aceptación de las nuevas instalaciones por parte del Ayuntamiento tendrá lugar una vez se hubiere verificado su correcto y adecuado funcionamiento, mediante la documentación anteriormente referenciada realización de las pruebas adecuadas para cada equipo y para el conjunto de las instalaciones. Dichas pruebas serán realizadas bajo la responsabilidad del adjudicatario y de sus proveedores en presencia de un representante del Ayuntamiento y la empresa encargada por el ayuntamiento de la supervisión del proyecto. Las mismas verificarán el cumplimiento de las exigencias incluidas en el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior y del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. No tendrá lugar la aceptación de las nuevas instalaciones cuando, durante la realización de las pruebas de funcionamiento, se pusiera notoriamente de manifiesto cualquier tipo de deficiencias, defectos, fallos y/o anomalías derivadas de un incorrecto diseño, vicios o defectos de los elementos o equipos que conforman las nuevas instalaciones, montaje, puesta en marcha o mediciones luminotécnicas de la misma. Una vez resulten satisfactorias las pruebas y mediciones, el carácter Ayuntamiento suscribirá conjuntamente con el adjudicatario y por duplicado ejemplar, un Certificado de obligación contractual esencial Aceptación de las nuevas instalaciones, por el que se entenderá a los efectos de este contrato como reconocimiento expreso del primero de haber recibido ésta a su entera satisfacción. Dicho certificado se podrá realizar por cada centro de mando finalizado y emitir la correspondiente factura proporcional al número de puntos de luz, si dicho certificado es positivo, con un máximo parcial del 80%. En virtud de lo prevenido pactado en le artículo 206 g) de el presente contrato, a la Ley 30/2007finalización del mismo todos los elementos y componentes instalados por el adjudicatario para las nuevas instalaciones, de 30 de octubre, de Contratos serán propiedad del Sector PúblicoAyuntamiento.

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Samples: Contrato Administrativo Mixto (Obras Y Suministro, Sujeto a Regulacion Armonizada

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, así como las obligaciones generales derivadas instrucciones que, en su caso le diere el responsable del régimen jurídico contrato designado por el órgano de este contratación. Los bienes objeto de suministro deberán ser entregados en las dependencias que se señalen y en el plazo señalado en el presente pliego, o en el que hubiere ofertado el contratista en su proposición si fuere menor. Empezada la ejecución del contrato, son obligaciones específicas se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales contratista, respondiendo este de la calidad de los bienes y socialesde los vicios ocultos que pudieran apreciarse durante el plazo de garantía. Quedan exceptuados de lo dispuesto en el párrafo anterior los defectos que se puedan apreciar que sean consecuencia directa e inmediata de una actuación o orden de la administración. El contratista está obligado no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la administración, salvo que esta hubiese incurrido en xxxx al cumplimiento recibirlos. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes (Art. 196). El contratista será responsable de obtener las cesiones, permisos y autorizaciones de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación que, en su caso, resulten necesarias, corriendo por su cuenta el abono de las indemnizaciones que pudieran corresponder por tales conceptos. Asimismo, serán responsables de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual y comercial, debiendo indemnizar, en su caso, a la administración de todos los daños y perjuicios que para la misma pudieran derivarse con motivo e la interposición de las reclamaciones. El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia material laboral, de seguridad Seguridad social y de prevención seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de riesgos laboralesempresario. Asimismo, la empresa adjudicataria deberá cumplir las obligaciones de transparencia establecidas en la Ley 2/2015, de 2 xx xxxxx, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana. - Deber de confidencialidad: En relación con la confidencialidad será de aplicación lo dispuesto en el artículo 133 LCSP. El contratista está obligado deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a dedicar o adscribir a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los medios personales pliegos o materiales suficientes en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá en el plazo de cinco años, como mínimo, desde el conocimiento de esta información. No se podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial, y así haya sido acordado por el órgano de contratación. A estos efectos, los licitadores deberán incorporar en cada uno de los sobres la relación de documentación para ello los que propongan ese carácter confidencial, fundamentando el motivo de tal carácter. - Protección de datos de carácter personal: Si el contrato adjudicado implica el tratamiento de datos de carácter personal se deberá respetar en su integridad el Reglamento (artículo 53.2 UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, así como las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia. En el supuesto en el que la entidad adjudicataria trate datos de carácter personal por cuenta propia se le atribuirá la responsabilidad exclusiva de los datos que hubiera que tratar como consecuencia de la Ley 30/2007realización de los trabajos objeto del contrato, en calidad de 30 responsable de octubrelos mismos. Si el contrato adjudicado implica tratamiento de datos de carácter personal de los que es resposable el Ayuntamiento de Dénia, la entidad adjudicataria, en calidad de Contratos encargada de tratamiento, estará a lo dispuesto en el correspondiente Acuerdo de Encargo de Tratamiento. El deber xx xxxxxxx sobre la información que se obtenga durante la duración del Sector Público). - El contratista está obligado objeto del contrato, por lo que respecta al cumplimiento de los requisitos previstos la normativa en el artículo 210 materia de la Ley 30/2007, protección de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que datos personales se establezcan. - Documentación a presentar mantendrá por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicotiempo indefinido.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Procedimiento Abierto Simplificado Abreviado, Contrato De Suministro De Un Dron Y Equipamiento Complementario

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El adjudicatario, una vez establecido el oportuno contrato, se compromete a prestar el servicio contratado con arreglo a las condiciones establecidas en estas Bases, en la oferta presentada y en el contrato, dentro de los plazos establecidos en dichos documentos, con estricta observancia de las obligaciones generales derivadas normas internas de GSC y el SCS. La ejecución del régimen jurídico de este servicio se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El equipo humano y material requerido para la realización del servicio objeto del contrato, son obligaciones específicas del contratista debe contar con todas las siguientes: - Obligaciones laborales autorizaciones y socialeshomologaciones legalmente exigidas, debiendo cumplir las disposiciones vigentes que les correspondan para todos los elementos intervinientes de la contratación. El contratista está obligado al cumplimiento de Deberán cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, de transportes y cuantas otras le correspondan, con inclusión, en caso de nuevo adjudicatario, de la obligación de subrogarse en los contratos laborales de los trabajadores, tal y como se recoge en el Convenio Colectivo del Sector. - El/los adjudicatarios estarán obligados a subrogar al personal que actualmente presta servicios en cada uno de los lotes a los que se licite, y cuya relación, así como sus condiciones laborales figuran en el Anexo número X. El contratista personal designado por la empresa adjudicataria para efectuar los servicios objeto de estas bases se encontrará vinculado únicamente al adjudicatario, no existiendo relación laboral ni profesional alguna entre éste y GSC. El adjudicatario deberá presentar a GSC fotocopias de los documentos (TC-2 y/o contratos profesionales) que acrediten la dependencia laboral o profesional del personal que presta los servicios objeto de la presente concurrencia (conductores y camilleros). La presentación de los mencionados documentos se realizará con periodicidad trimestral o, en cualquier momento, a solicitud de GSC. El personal designado, directa o indirectamente, por la empresa adjudicataria, tendrá el deber de guardar secreto respecto de toda aquella información que, con motivo de su relación con GSC pudiese tener alcance, responsabilizándose la empresa adjudicataria de los perjuicios que, con motivo del incumplimiento de este deber, se le ocasionasen a la contratante. El adjudicatario está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007presentar anualmente, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 mes de la Ley 30/2007diciembre de cada ejercicio, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización copia autenticada de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyoCuentas anuales, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas presentadas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles Registro Mercantil, correspondientes al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos ejercicio económico del anuncio o anuncios de licitación yaño anterior, así como cualquier otros que resulten copia autenticada del informe de aplicaciónauditoria del mencionado ejercicio (si fuera obligatorio), según las disposiciones vigentes así como copia autenticada de la liquidación del Impuesto de Sociedades del mencionado ejercicio, o copia autenticada de la liquidación del IRPF en la forma y cuantía que estas señalencaso de tratarse de un empresario individual. En caso de que lo exija alguna las Cuentas Anuales y/o el Impuesto de las administraciones que financia la obraSociedades o I.R.P.F. hayan sido presentados telemáticamente o en soporte informatizado, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obralicitantes deberán aportar conjuntamente con dichos documentos, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo certificación acreditativa de la situación presentación y contenido de desempleo los mismos expedida por los organismos oportunos. Del mismo modo, el adjudicatario deberá presentar anualmente, junto con la documentación detallada en el párrafo anterior, un informe detallado de la cuenta de pérdidas ganancias referida al mismo ejercicio, en el que se desglose para cada subcuenta contable de gasto o ingreso, contenida en el Plan Contable que esté vigente en cada momento, el importe total, los importes desagregados imputables a cada una de las zonas adjudicadas (cada zona deberá tener sus costes e ingresos imputados) y los importes de los costes e ingresos del trabajadorconjunto de actividades empresariales que no guardan relación algún con el objeto de la presente adjudicación. Si GSC lo considerase oportuno, y con objeto de comprobar la correcta imputación de costes de los servicios adjudicados, se podrá obligar al adjudicatario a realizar una auditoria económico-financiera de los costes e ingresos incluidos en las Cuentas Anuales con la entidad que GSC determine. En este caso, el coste de la auditoria sería costeado directamente por GSC. La falta de colaboración o la negativa del adjudicatario a facilitar toda la información que le sea solicitada por la entidad designada por GSC para la realización de la auditoria llevaría aparejada la resolución del automática del contrato. Será obligación de las empresas adjudicatarias, en el caso de nuevos contratosnuevas incorporaciones al servicio, la contratación con carácter preferente de personal que esté en posesión del título de Técnico en Emergencias Sanitarias de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1397/2007 de 29 de octubre. - Relación La dotación de todo las unidades tendrá que ir correctamente uniformada. Será por cuenta del adjudicatario la compra y entrega de los uniformes, responsabilizándose de su mantenimiento y reposición. Al tratarse de un servicio público esencial para la población, el adjudicatario estará obligado a informar a la Dirección Gerencia de GSC y al SCS de cualquier huelga y/o incidencia que pudiera tener lugar por el personal destinado sujeto a este servicio y que le afecte. En cualquier caso, si tuviera conocimiento y dicha notificación a GSC y SCS no se produjera con un plazo mínimo de 9 días de antelación a la ejecución fecha de celebración, podrá quedar rescindido el contrato de forma automática, sin necesidad de cumplir los plazos de denuncia del mismo, debiendo indemnizar el adjudicatario a GSC por un importe igual a los daños y perjuicios derivados de ello. Por esa misma consideración de servicio público esencial, el adjudicatario deberá mantenerse prestando servicios a cambio de la obracorrespondiente contraprestación económica, calculada conforme a lo previsto en la cláusula quinta de acuerdo con el Xxxxx XX las presentes bases, hasta que se adjunta, significándoles GSC considere que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución prestación del servicio esta suficientemente garantizada por un tercero. El plazo máximo de la obra. Esta obligación demora de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido la resolución del contrato será de un año. El adjudicatario del servicio se hará cargo de que los vehículos se encuentren debidamente rotulados y que el personal se encuentre debidamente uniformado, según las indicaciones que se determinan en le artículo 206 g) el Anexo V o las que se dispongan por GSC o por el SCS, no pudiendo contener otros aspectos. En el caso de que se decidiera el cambio de rotulación o imagen corporativa por parte de GSC, el adjudicatario dispondrá de un plazo de dos meses para llevar a cabo la adecuación de los recursos y de la Ley 30/2007uniformidad a la nueva rotulación o imagen. Los gastos que conlleven tanto la rotulación como el referido cambio de la misma serán por cuenta de la empresa adjudicataria. En el transporte urgente, en los casos de 30 inoperatividad por avería o situación similar, el adjudicatario deberá suplir la unidad con un vehículo de octubrecaracterísticas idénticas en un tiempo máximo de 1 hora, sin que ello justifique un defecto en la prestación del servicio a los usuarios del SCS. En el caso de Contratos transporte no urgente la sustitución tendrá un tiempo máximo de 2 horas, sin que ello justifique, igualmente, defecto en la prestación de servicio. En casos de mantenimiento programado o situación similar, el adjudicatario deberá suplir la unidad con un vehículo de características idénticas de manera inmediata para ambos tipos de transporte. Si en la concurrencia se ofertó un número de vehículos superior al exigido, el adjudicatario deberá equiparlos y rotularlos conforme a las presentes Bases y no podrán ser utilizados, al igual que el resto de los vehículos contratados, para otros fines diferentes a los del Sector Públicoobjeto del contrato. El adjudicatario asignará un interlocutor para los temas económico- administrativo y otro para los operativos, con quienes se relacionará GSC para aquellos aspectos puntuales que se precisen. El adjudicatario se obligará a ceder al GSC y/o el SCS, los derechos de imagen de aquellas personas que designe para la efectiva prestación de los servicios objeto de estas Condiciones Contractuales durante la realización de las mismas. Para ello, el ofertante que suscriba el contrato habrá de contar, como requisito previo, con autorización de su equipo humano para la cesión de los derechos señalados. GSC y/o el SCS, se reservarán los derechos de propiedad intelectual de todos los trabajos y la documentación realizada por el adjudicatario, así como por su personal adscrito en congresos, exposiciones, cursos u otros eventos o actividades de difusión o promoción, que tengan relación con el ejercicio de su actividad dentro del objeto de las presentes Condiciones Contractuales. Asimismo, para su realización deberá de contar con una autorización por escrito por parte de la Dirección de GSC y/o SCS. El adjudicatario permitirá, siempre que GSC así lo autorice y en las circunstancias dispuestas por ésta última, el acceso a fotógrafos y a personal que GSC determine a las unidades objeto de las presentes Condiciones Contractuales y Técnicas, salvaguardando en todo momento el derecho a la intimidad del paciente. El adjudicatario tendrá que disponer de los medios adecuados para asegurar la reposición del material de electromedicina en un plazo máximo de 2 horas. El adjudicatario tendrá que disponer de los oportunos contratos de mantenimiento del material clínico y de electromedicina, que asegure el correcto funcionamiento de los mismos durante todo el tiempo de duración del contrato. Asimismo el adjudicatario estará obligado a entregar a GSC, con carácter anual las renovaciones de los seguros obligatorios de los recursos, así como de toda aquella documentación relativa a los vehículos y que tengan que renovarse durante el periodo de ejecución de los contratos. El adjudicatario estará obligado a disponer de la reserva suficiente de material de inmovilización, medicación y fungibles que asegure la operatividad de los recursos por estos motivos en todo momento. El adjudicatario estará obligado a mantener los equipos de radiocomunicaciones y sistemas de posicionamiento en perfecto estado de funcionamiento, pudiendo GSC solicitar en cualquier momento un informe del estado de los mismos.

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Samples: Bases De Concurrencia De Ofertas

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El personal adscrito a la ejecución del presente contrato dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de las obligaciones generales derivadas empresario respecto del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y socialesmismo. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social social, de Seguridad y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está Salud laboral por lo que vendrá obligado a dedicar disponer las medidas exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas por su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o adscribir de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los organismos competentes. En cualquier caso, el contratista, indemnizará a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 Administración de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obrasobligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa. Las instalaciones anexas a la obra se mantendrán en adecuado estado de limpieza, al objeto de mantenerlos en todo momento con las debidas condiciones higiénico- sanitarias reglamentarias. El contratista está obligado a instalar a cargo suyosu xxxxx, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a estado de la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos obra y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente tanto en plantilla dicha zona como personal en sus lindes e inmediaciones, así como facilitar el tránsito por la zona que ocupan los trabajos. El horario de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX deberá respetar los usos, actividades y los horarios previstos según la normativa vigente. El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las responsabilidades que se adjunta, significándoles deriven de la ejecución del contrato. El adjudicatario procurará que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta el personal desempleado contratado expresamente para la completa ejecución de la obraobra sea preferentemente local. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial El adjudicatario estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, están relacionados con el objeto del contrato o de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, no pudiendo, por tanto, proporcionar información a terceros sobre la materia objeto del contrato, ni permitir el acceso a la obra con dicha finalidad, a no ser que cuente a estos efectos con la previa autorización del Ayuntamiento. El adjudicatario no podrá, sin previa autorización escrita del Ayuntamiento, publicar noticias, dibujos ni fotografías de lo prevenido las obras, ni autorizar a terceros su publicación. El Ayuntamiento se reserva el derecho de hacer, editar, proyectar y, en le artículo 206 g) cualquier forma, explotar directa o mediante acuerdos con terceros cuantos reportajes fotográficos, audiovisuales y de todo tipo, crea oportunos de las obras que ejecute el adjudicatario. El adjudicatario facilitará a la Consejería de Agricultura y Pesca de la Ley 30/2007Junta de Andalucía el ejercicio de las funciones de inspección que tiene atribuidas respecto a la ejecución del proyecto de inversión, y proporcionará la información que se le requiera sobre el mismo. El incumplimiento de esta obligación será causa de resolución del contrato. Asimismo, el contratista deberá dar cumplimiento a las siguientes condiciones generales en el acondicionamiento del tramo de la Colada de los Calamones, con unos márgenes de 8 metros de anchura legal, que no podrá ser objeto de modificación en su trazado, comprendido entre: el extremo norte de la Modificación de Trazado de la citada vía pecuarias (UTM 317460.77, 4188750.90; 317464.04, 4188736.48), cuya resolución de aprobación se publicó en BOJA nº. 63, de 30 1 xx xxxxx de octubre2008, y el final de Contratos la Colada de los Calamones, siendo el incumplimiento de esta obligación y condiciones generales causas de resolución del Sector Público.contrato:

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Ayuntamiento De Posadas Para La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto, De Obras De Mejora Y Reacondicionamiento Del Camino Rural Colada De Los Calamones

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además Los medios humanos y materiales asignados a la ejecución de las obligaciones generales derivadas los trabajos objeto de este contrato asegurarán en todo momento la prestación del régimen jurídico mismo, con margen suficiente para llevar a término puntualmente los trabajos y solventar los imprevistos que pudieran producirse. No obstante, si ello fuese necesario, el adjudicatario deberá aumentar o completar dichos medios para garantizar la ejecución en el plazo previsto de los trabajos objeto de este contrato, son obligaciones específicas sin que ello suponga un aumento del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y socialesimporte de adjudicación. El contratista está obligado al cumplimiento para la atención de los distintos servicios dispondrá de personal técnicamente capacitado y en número suficiente, que deberán realizar los correspondientes trabajos de manera adecuada para que los distintos recintos reúnan las debidas condiciones higiénico-sanitarias que permitan un uso adecuado. Necesariamente el contratista designará una persona que ostentará la representación de la Administración y será la responsable del correcto funcionamiento de las instalaciones y servicios, de la observancia de las disposiciones vigentes legales, así como de recibir las posibles quejas de los usuarios. Todo el personal destinado al servicio deberá utilizar la indumentaria precisa, con el nombre puesto en materia laboralla solapa, de seguridad social y de prevención de riesgos laboralespara su inmediata identificación por los usuarios. - El contratista está obligado a dedicar Dicho personal deberá esmerarse en el trato con el público, procurando en todo momento encontrarse al servicio del usuario. En los trabajos que se realicen con carácter mensual, trimestral, semestral o adscribir anual, se deberá dar cuenta documentalmente a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 Administración mediante el correspondiente parte de la Ley 30/2007trabajo, de 30 de octubreque debe ir firmado por personal municipal y que deberá ser entregado, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos una vez finalizados dichos trabajos, en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público plazo más breve que las circunstancias lo permitan en las dependencias municipales para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obrassu sellado y comprobaciones correspondientes. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a deberá cumplir la obra, la circulación legislación vigente en la zona que ocupan los trabajos materia de seguridad y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediacionessalud laboral. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros tendrá todas aquellas obligaciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación se deriven de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 finalidad y objeto del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicocontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación, Mediante Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Adjudicación, Del Contrato Del Servicio De Limpieza De Edificios Públicos Del Ayuntamiento De Arrúbal

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. El contratista deberá contratar el personal preciso para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuando éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la Administración contratante, ni exigirse a ésta responsabilidades de prevención cualquier clase, como consecuencia de riesgos laboraleslas obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aun en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. - Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario queda obligado a presentar, previo requerimiento de la Corporación o del responsable del contrato, las declaraciones o documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones indicadas en el apartado anterior, así como aquéllas otras que la Corporación estime oportunas. El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en el clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación. El contratista está obligado a dedicar es responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o adscribir a terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicocontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación Del Contrato Privado De Seguro De Vehículos Del Ilmo Ayuntamiento De Alcantarilla, a Adjudicar Por Tramitación Ordinaria Y Procedimiento Abierto

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además Serán obligaciones del contratista las señaladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y someterse a las instrucciones que dicte el órgano de contratación de acuerdo con sus facultades. El Adjudicatario contará con el personal necesario para la ejecución del Contrato. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo, siendo la Administración contratante del todo ajena a dichas relaciones laborales. El contratista vendrá obligado a mantener la continuidad del servicio a lo largo de todo el año, teniendo la obligación en caso de ausencias por enfermedad, baja de personal, vacaciones reglamentarias y otras causas análogas, de cubrir dichas ausencias por su cuenta. Asimismo, cumplirá todas las disposiciones de carácter laboral y social en relación con el personal a su servicio sujetándose al Convenio Colectivo en vigor, manteniéndolo debidamente asegurado y a cubierto de los riesgos que prevenga sobre la materia la legislación dictada o que se dicte en el futuro, entendiéndose que, ante cualquier Organismo, dicho personal no tiene relación laboral alguna con el Servicio de Gestión Tributaria. Será de cuenta exclusiva del adjudicatario el pago del personal que emplee para la realización de los trabajos objeto de este concurso. Todos los gastos de carácter social y los relativos a tributos del referido personal serán por cuenta del adjudicatario. El adjudicatario será responsable ante los Tribunales de Justicia de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal por el ejercicio de su profesión en el Centro. En ningún caso el Servicio de Gestión Tributaria resultará responsable de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista con sus trabajadores, aún cuando los despidos y medidas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del incumplimiento o interpretación del contrato establecido. Serán por cuenta y cargo del adjudicatario, los materiales a emplear en los trabajos de limpieza, según los que correspondan en cada caso, así como las siguientes: - Obligaciones laborales máquinas, aparatos y socialesutensilios que al efecto se precisen, debiendo reunir todo ello las adecuadas condiciones para un efectivo y esmerado servicio. El contratista está obligado al cumplimiento adjudicatario dotará a su personal del vestuario y de las disposiciones vigentes en materia laboral, todos los medios de seguridad social necesarios, obligándose a cumplir con el mismo toda la legislación vigente de Seguridad e Higiene en el trabajo. Los desplazamientos del personal de la limpieza a las distintas dependencias serán por cuenta del adjudicatario. De conformidad con lo dispuesto en el Convenio Colectivo de Trabajo del Sector de Agencias de Limpieza de Edificios y Locales, la empresa que resulte adjudicataria estará en todo caso obligada a subrogarse en los contratos de prevención los trabajadores/as adscritos a dicha contrata y lugar de riesgos laboralestrabajo, relacionados en el anexo I, en las condiciones y según el procedimiento previsto en dicho Convenio Colectivo. - El contratista adjudicatario está obligado a dedicar presentar mensualmente al Servicio de Gestión Tributaria, copias de las liquidaciones de Seguridad Social, modelos TC1 y TC2. El incumplimiento de esta norma podrá ser causa de resolución del contrato. El adjudicatario no podrá ceder el contrato ni subcontratar con terceros la realización total o adscribir a la ejecución parcial del contrato Servicio de LIMPIEZA. Serán de cuenta del adjudicatario los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 gastos derivados del anuncio de la Ley 30/2007, licitación en los Boletines Oficiales y prensa local. El adjudicatario será responsable ante los Tribunales de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento Justicia de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado accidentes que pudieran sobrevenir a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar su personal por el contratista: - Ita (Informe ejercicio de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicosu profesión.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Particulares

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además 21.3.1.- En general, el contratista está obligado a cumplir las disposiciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo existente entre aquel, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otros, sin que en ningún caso, este tipo de contrato suponga la existencia de relación laboral entre la Administración contratante y los recursos humanos que presten el servicio y sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna carga o responsabilidad resultante de su actividad o incumplimiento. .. En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración por cualquier cantidad que se viera obligada a abonar por incumplimiento de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este contratoaquí consignadas, son obligaciones específicas del contratista incluso las siguientes: - Obligaciones laborales y socialesque vengan impuestas por resolución administrativa o judicial, o por perjuicios que se irroguen a la Administración por cualquier causa. El contratista está obligado empresario queda obligado, con respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato al cumplimiento de las disposiciones vigentes vigentes, especialmente en materia de legislación laboral, de seguridad social e higiene, así como al cumplimiento de las que puedan promulgarse durante la ejecución del mismo sin que, en ningún caso, este tipo de contrato suponga la existencia de relación laboral entre la Administración contratante y de prevención de riesgos laboralesel contratista. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a personal que intervenga en la ejecución del contrato los medios personales dependerá exclusivamente del adjudicatario, sin que del eventual incumplimiento de sus obligaciones legales o materiales suficientes contractuales pueda derivarse responsabilidad alguna para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obrasAdministración. El contratista está obligado se obliga a instalar aplicar, al realizar la prestación, medidas destinadas a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a promover la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos igualdad de oportunidades entre hombres y los puntos mujeres. El órgano de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo contratación podrá requerir al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros para que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna acredite documentalmente el cumplimiento de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoreferidas obligaciones.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El adjudicatario, una vez notificada la adjudicación, se compromete a realizar el suministro contratado, con arreglo a las condiciones y plazos establecidos en estas Bases, así como a las mejoras propuestas en la oferta presentada en su momento, todo ello con estricta observancia de lo establecido en las obligaciones generales derivadas prescripciones técnicas así como a las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del régimen jurídico contrato designado por el Órgano de este contratoContratación. La ejecución del suministro se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales respondiendo éste de la calidad de los bienes y socialesde los vicios ocultos que pudieran apreciarse. El contratista está estará obligado al cumplimiento a realizar todas las operaciones que resulten necesarias para la instalación, puesta en funcionamiento o puesta en marcha de los bienes a suministrar, de conformidad con lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, considerándose su costo incluido en el precio del contrato. Será por cuenta del contratista todos los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que sean causados a terceros por su personal, su maquinaria e instrumentos o como consecuencia de los trabajos propios del servicio, así como por retrasos u omisiones en la prestación del mismo. Para ello contará con un seguro de responsabilidad civil con cobertura suficiente para ello. Deberán cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, de transportes y cuantas otras le correspondan. - El contratista está personal designado por la empresa adjudicataria para efectuar el suministro, así como los servicios incluidos en el objeto de estas bases se encontrará vinculado únicamente al adjudicatario, no existiendo relación laboral ni profesional alguna entre éste y GSC. El adjudicatario estará obligado a dedicar o adscribir informar a la ejecución del contrato los medios personales Dirección Gerencia de GSC de cualquier huelga y/o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 incidencia que pudiera tener lugar por parte de su personal y que afecte al objeto de la Ley 30/2007contratación. El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a GSC. El personal designado, directa o indirectamente, por la empresa adjudicataria, tendrá el deber de guardar secreto respecto de toda aquella información que, con motivo de su relación con GSC pudiese tener alcance, responsabilizándose la empresa adjudicataria perjuicios que, con motivo del incumplimiento de este deber, se le ocasionasen a la aquélla. La empresa adjudicataria tendrá la obligación de contar con stock suficiente en plaza para poder solventar, de 30 forma inmediata, la reparación o sustitución del mobiliario en caso de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento rotura de los requisitos previstos en el artículo 210 mismos. Asimismo, será obligación de la Ley 30/2007, empresa adjudicataria contar con servicio técnico en ambas capitales de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obrasprovincia. El contratista está obligado a instalar a cargo suyoserá responsable de obtener las cesiones, permisos y autorizaciones de los titulares de las señalizaciones precisas para indicar patentes, modelos y marcas de fabricación que, en su caso, resulten necesarias, corriendo por su cuenta el acceso abono de las indemnizaciones que pudieran corresponder por tales conceptos. Asimismo, serán responsables de toda reclamación relativa a la obrapropiedad industrial y comercial, la circulación debiendo indemnizar, en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos su caso, a la marcha Administración de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediacionestodos los daños y perjuicios que para la misma pudieran derivarse con motivo de la interposición de reclamaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista deberá guardar sigilo respecto a los gastos e impuestos del anuncio daos o anuncios de licitación yante cedentes que, así como cualquier otros que resulten de aplicaciónno siendo públicos o notorios, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo estén relacionados con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial objeto del contrato y xxxxx llegado a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos su conocimiento con ocasión del Sector Públicomismo.

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Samples: www.gsccanarias.com

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El Adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las obligaciones generales derivadas prestaciones y trabajos realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para Servicios de Txingudi o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del régimen jurídico contrato. Sólo quedará exento de este responsabilidad cuando el daño producido, sea consecuencia directa de una orden de Servicios de Txingudi o de las condiciones impuestas por ella. - La obtención de cuantas licencias o autorizaciones administrativas sean precisas, para el cumplimiento del contrato, son obligaciones específicas correrá siempre a cargo del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes Adjudicatario, quien deberá pedirlas en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laboralessu nombre. - El contratista está obligado Adjudicatario deberá prestar, sin derecho de pago suplementario, los trabajos que se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, tales como asistencia a dedicar reuniones de trabajo o adscribir a informativas. Esta obligación se mantendrá hasta la ejecución finalización del periodo de garantía. - La utilización por la empresa adjudicataria de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1.999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y su normativa de desarrollo. - La empresa adjudicataria tratará los datos automatizados de carácter personal que obtengan por razón del contrato conforme a las instrucciones de Servicios de Txingudi y no los medios personales aplicará o materiales suficientes utilizará con fin distinto al que figura en el mismo, ni los comunicará, ni siquiera para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007su conservación, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público)a otras personas. - El contratista está obligado Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados a Servicios de Txingudi, al cumplimiento igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos carácter personal objeto del Sector Público para los supuestos de subcontratacióntratamiento. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar En el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna la empresa adjudicataria destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado, también, responsable del tratamiento, respondiendo de las administraciones infracciones en que financia hubiera incurrido personalmente. - De la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación misma forma asumirá las responsabilidades que en materia laboral puedan derivarse de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el contratación del personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial afecto a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos trabajos que constituyen objeto del Sector Públicocontrato.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Del Concurso Mediante Procedimiento Abierto, Para Contratar La Realización De Los Trabajos De Recogida Y Transporte De Residuos Urbanos Y Asimilables

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además Serán por cuenta de la empresa Adjudicataria: • El transporte de personal, maquinaria y material necesarios para llevar a cabo el fin de este suministro • Todo gasto originado por cargas sociales, seguros, arbitrios y gravámenes de todas clases aplicables al objeto de este expediente. Ver Apartado 20. SEGUROS • Todos los gastos de envío (normal/urgente) dentro del objeto de este Pliego. • Todos los gastos de transporte, carga y descarga de los materiales desde fábrica hasta la ubicación final de los mismos. El Adjudicatario se compromete a mantener indemnes y defenderá, libre de todo gasto para Aena, S.A., el bien o equipo suministrado, frente a cualquier demanda o acción por infracción de patentes, derechos de invención, "Copy-Rights" o marcas comerciales derivadas del empleo o venta de dicho material o bien. El Adjudicatario mantendrá a Aena, S.A. libre de toda responsabilidad o perjuicio y le indemnizará por toda pérdida, garantía económica, costo o daño, en que se incurra por cualquier demanda o acción contra ellos o contra terceros que utilicen o vendan el material o equipo objeto de este suministro. Aena, S.A. se reserva el derecho a participar en la defensa de tales demandas o acciones, o si así lo decide, asumir por sí sólo la defensa, utilizando sus propios letrados. El Adjudicatario se responsabilizará de disponer de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este contratocesiones, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales licencias, autorizaciones y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento derechos necesarios de los requisitos previstos en titulares para llevar a cabo el artículo 210 objeto del presente pliego, corriendo de la Ley 30/2007su exclusiva cuenta el pago de los derechos por tales conceptos, respondiendo frente a Aena, S.A. de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características reclamación que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe derive de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicosu incumplimiento.

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Samples: mnhlicitaciones.com

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además Serán obligaciones del adjudicatario además de las obligaciones generales derivadas inherentes a la esencia misma del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales • El adjudicatario asumirá las facultades de organización del trabajo y socialesdisciplina de su personal, quedando la A.P.B. libre de toda responsabilidad al respecto. El contratista • Facilitar a la A.P.B. las formas de contacto permanente del Director del Proyecto asegurarse que está obligado en disposición de atender en todo momento al cumplimiento Jefe de Informática de la A.P.B. o al Responsable del Contrato. • Facilitar a la A.P.B., los datos personales y profesionales de otras personas responsables de los trabajos, si fuese preciso. • Cumplir estrictamente lo dispuesto por la Legislación en materia Protección de Datos. Su incumplimiento, además de las disposiciones acciones legales que pudieran derivarse, supondrá la resolución del contrato. • Guardar secreto de toda la información a la que por razón del servicio pudiera acceder, obligación que perdurará incluso a la finalización del contrato. • Actuar sólo con los permisos de acceso a la información que sean otorgados por la A.P.B. • No instalar ningún programa o software de cualquier tipo sin el conocimiento previo del Gestor del Contrato de la A.P.B. • Cumplir las normas laborales vigentes y las normas de Prevención de Riesgos Laborales, comprometiéndose a entregar a esta Autoridad Portuaria la documentación que le sea exigida para evidenciar dicho cumplimiento. • Mantener en materia laboralcorrecto estado todos los equipos informáticos o de otro tipo, instalaciones, mobiliario, etc. que sean propiedad de seguridad social y la A.P.B. • Los servicios se prestarán a lo largo de prevención los doce meses del año, por ello, el adjudicatario organizará las vacaciones de riesgos laboralessu personal de forma que se garantice en cualquier caso el cumplimiento del servicio. - El contratista adjudicatario está obligado a dedicar o adscribir obtener de las autoridades competentes y a la ejecución del contrato mantener en vigor, los medios personales o materiales suficientes permisos y licencias que para ello (artículo 53.2 el servicio de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyoactividad sean exigibles, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también cuales deberán ser aportados mensualmente hasta presentadas ante la completa ejecución Autoridad Portuaria a requerimiento de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoésta.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Para La Contratación Del Servicio De “Asistencia Técnica Integral Para El Desarrollo Y Mantenimiento De Aplicaciones Informáticas De La Autoridad Portuaria De Bilbao

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El adjudicatario estará obligado a: • Poner a disposición de RENFE-Operadora el equipo necesario para la prestación del servicio contratado. Además, será obligación del adjudicatario disponer en todo momento de personal suficiente, debidamente formado y capacitado técnicamente para asegurar la eficacia de los servicios contratados para el caso de que fuera necesario sustituir a algún miembro del equipo de trabajo. El adjudicatario, deberá mantener dichos recursos al efecto del cumplimiento del Contrato sin que la aplicación que el adjudicatario haga de sus propios recursos afecte a la prestación del servicio El adjudicatario deberá asumir que cuenta con capacidad de reacción inmediata para cubrir cualquier necesidad con el fin de cumplir sus obligaciones de prestar los servicios. • La facultad de dirección, organización y control de los trabajadores corresponde al adjudicatario por disponer la misma de la titularidad independiente a la de RENFE Operadora, así como de organización autónoma. El adjudicatario se compromete a adoptar todas aquellas medidas que considere necesarias para que su personal cumpla con los requisitos exigidos en el contrato. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones, las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes legales en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a , la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 imposición -cuando proceda- de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyosanciones disciplinarias, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación obligaciones en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios pago de licitación yprestaciones, así como cualquier otros cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. • Nombrar un interlocutor único, que resulten será el responsable de aplicaciónresponder de la correcta realización del servicio y de la calidad con que se desarrolla. Dicho interlocutor estará localizable y, según las disposiciones vigentes en su ausencia, el adjudicatario deberá comunicar al Grupo RENFE por escrito la forma y cuantía que estas señalen. En caso de persona que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicosustituirá.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Del Procedimiento Abierto Para La Contratación Del Programa Integral De Formación en Idiomas

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El adjudicatario llevará a cabo el tratamiento de datos personales derivado de la prestación del servicio contratado, de conformidad con las siguientes obligaciones:  Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones de CORREOS y no destinarlos para ninguna otra finalidad.  Mantener actualizado un registro de todas las actividades de tratamiento efectuadas por cuenta de CORREOS, que contenga al menos: identificación de autorizados; categorías de tratamientos y una descripción general de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales medidas técnicas y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, organizativas de seguridad social adoptadas.  Guardar secreto y la más estricta confidencialidad con respecto a los datos de prevención de riesgos laboralescarácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del encargo. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios  Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de observan las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos instrucciones y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación yprotocolos remitidos por CORREOS, así como cualquier otros las medidas de seguridad legales, técnicas y organizativas establecidas y asegurar que resulten se comprometen, de aplicaciónforma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad de los datos y a cumplir con las instrucciones de CORREOS.  Comprometerse a guardar bajo su control y custodia los datos personales accedidos y a no comunicarlos en modo alguno a terceros.  Poner a disposición de CORREOS toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, según las disposiciones vigentes el proceso establecido en el punto 5.  Asistir a CORREOS en la realización de los análisis de riesgo, la presentación de consultas previas a la AEPD, en el proceso de notificación de violaciones de seguridad y de respuesta a solicitudes de derechos.  Gestión de derechos: Dar traslado de las solicitudes de derechos de protección de datos o quejas o reclamaciones por esta materia que puedan formular los interesados de forma inmediata a CORREOS y, a no más tardar, dentro del plazo de tres días naturales a contar desde su recepción.  El deber xx xxxxxxx y cuantía que estas señalenconfidencialidad obliga al adjudicatario durante su vigencia y perdurará indefinidamente en el tiempo una vez finalizada la relación. En el caso de que lo exija alguna el adjudicatario recabe datos personales por cuenta de CORREOS se obliga a realizarlo conforme las instrucciones de CORREOS, siguiendo la redacción y formato indicado y custodiando o dando traslado a CORREOS (según proceda) de las administraciones que financia la obra, evidencias recogidas para acreditar el contratista instalará a cargo suyo los carteles cumplimiento del deber de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajadorinformación y, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obrasu caso, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos obtención del Sector Público.consentimiento

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Samples: Pliego De Condiciones Generales

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo, lo especificado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego de Prescripciones Técnicas, en la Oferta presentada y de acuerdo con las obligaciones generales derivadas instrucciones que para su interpretación diere a la adjudicataria el Consorcio. Serán de cuenta del régimen jurídico adjudicatario los gastos de este contratopublicidad del anuncio de licitación del contrato en el Boletín Oficial del Estado, son obligaciones específicas cuyo importe máximo aproximado asciende a 1.100 euros. La ejecución del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales contrato se realizará a riesgo y socialesxxxxxxx de la empresa adjudicataria o contratista, y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas o perjuicios ocasionados en el servicio, no obstante lo establecido en la ley respecto a la fuerza mayor. El contratista está será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle, y de las prestaciones y servicios realizados, así como de los daños y perjuicios que se causen al Consorcio o a terceros como consecuencia de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El contratista garantizará en todo caso al Consorcio toda reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquel. El contratista quedará obligado en su calidad de empresario al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboralrelativas, al contrato de trabajo, convenio colectivo aplicable al sector y demás legislación laboral y de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a social, tanto vigentes como aquellas que se promulguen durante la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 trabajo. Las infracciones y sanciones que se deriven del incumplimiento de la Ley 30/2007normativa socio- laboral serán de la entera responsabilidad del contratista. A tales efectos, y concretamente para dar cumplimiento al convenio colectivo aplicable en cuanto a la subrogación de 30 personal del servicio de octubrelimpieza del adjudicatario actual, el personal adscrito a tal servicio en los edificios, instalaciones y urbanizaciones del Consorcio y sujeto a dicha subrogación, según documentación facilitada por los actuales adjudicatarios, se hace constar en documento anexo a este Pliego. Con objeto de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al controlar el cumplimiento de los requisitos previstos las obligaciones del contratista, éste deberá comunicar, antes del comienzo de la prestación del servicio, el nombre de sus empleados que vayan a trabajar en las instalaciones del Consorcio, presentando fotocopia de sus contratos de trabajo y justificación de hallarse al corriente en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización cumplimiento de las obrasobligaciones con la Seguridad Social. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar Trimestralmente se justificará de nuevo el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna pago de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General cuotas de la Seguridad Social. - Los contratos En cualquier caso, el abono de las facturas de los servicios prestados estará condicionado a la acreditación por el contratista de encontrarse al corriente del abono de salarios y cuotas de seguridad social de los trabajadores empleados en el servicio contratado. El incumplimiento de esta obligación facultará al Consorcio para la resolución del contrato, por incumplimiento culpable del contratista con los efectos previstos en el artículo 113.4 del TRLCAP. No se podrá modificar la plantilla de trabajadores adscrita al servicio, ni modificar el horario de cada trabajador sin autorización del Consorcio de la Zona Franca, previa petición motivada del empresario, comunicando el motivo, el nombre del sustituto y su condición de fijo o temporal. Una vez autorizada la alteración de la plantilla deberá presentarse copia del contrato de trabajo y de todo el personal destinado las cotizaciones a la Seguridad Social. En cualquier momento, previa petición del Consorcio, el empresario deberá comunicar por escrito la situación del personal laboral que atienda el servicio. El incumplimiento de los deberes de suministrar la información prevista en esta cláusula, o las modificaciones no autorizadas de la plantilla, dará lugar automáticamente a la retención del pago de la certificación correspondiente y, en su caso la incautación de la garantía, todo ello sin perjuicio de incurrir en causa de resolución. El empresario vendrá obligado a sustituir, a petición del Consorcio, siempre que laboralmente sea posible, y en un plazo máximo de quince días, aquellos trabajadores adscritos al servicio que, a juicio de sus técnicos, no desempeñen adecuadamente su labor. El Consorcio designará un responsable de su plantilla que comprobará, con una periodicidad mensual, el cumplimiento, calidad y buena ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 los trabajos y servicios objeto del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicocontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios De Limpieza en Edificios, Aparcamientos, Instalaciones Y Urbanizaciones Del Consorcio De La Zona Franca De Cádiz en El Recinto Interior, Polígono Exterior Y Parques Empresariales De Poniente Y Levante Mediante Procedimiento Abierto Y Tramitación Ordinaria

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este contratodel presente Acuerdo Marco, son obligaciones específicas del contratista contratista, las siguientes: - Obligaciones laborales laborales, sociales, fiscales y socialesde protección del medio ambiente. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social y de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laboraleslaborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los pliegos que rigen la presente contratación. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir – Obligaciones relativas a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 gestión de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obraslicencias y autorizaciones. El contratista está estará obligado a instalar a cargo suyogestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las señalizaciones precisas ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para indicar el acceso a la obraprestación de los servicios contratados, solicitando de la circulación en la zona Administración los documentos que ocupan los trabajos y los puntos para ello sean necesarios. – Obligaciones derivadas de posible peligro debidos a la marcha gastos de éstos, tanto en esta zona como en sus límites publicidad e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos impuestos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista La empresa adjudicataria está obligada a satisfacer todos los gastos e impuestos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del anuncio o anuncios contrato, como son los generales, financieros, de licitación yseguros, así como cualquier otros transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación pudieran derivarse de la obraejecución Asimismo, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código son de cuenta de cotización)la empresa adjudicataria todos los gastos de implantación, emitido gestión y seguimiento de los sistemas de control de la gestión de los servicios según lo establecido en los Pliegos de Prescripciones Técnicas. – Designación de responsable. La empresa adjudicatari deberá facilitar al responsable designado por la Tesorería General entidad contratante la identificación de una persona autorizada que le represente ante la Administración Autonómica, para los fines, efectos y gestión de los servicios que se contraten. Dicha persona será la encargada durante la vigencia de la Seguridad Socialcontratación basada en el Contrato Xxxxx de resolver las cuestiones e incidencias relacionadas con la gestión de los servicios. - Los contratos – Control de trabajo de todo el personal destinado gestión y acceso a la información. La empresa adjudicataria deberá facilitar al responsable del Contrato Xxxxx todos aquellos resúmenes e informes sobre la ejecución de la obralos peticiones (estadísticas, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obrassiniestralidad desglosada por vehículo y garantías contratadas, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajadorincidencias …), en el caso tiempo y forma que se le solicite y en formato electrónico. Cada entidad contratante designará, de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución acuerdo con sus propias características, una persona responsable de la obracontratación basada, que, de acuerdo con el Xxxxx XX artículo 52 del TRLCSP, ejercerá las funciones de control y supervisión de la ejecución de los servicios que comprende su petición, debiendo mantener la relación con el adjudicatario en cuanto a los medios, humanos y materiales afectos a la prestación del servicio de que se adjuntatrate, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta así como adoptar las decisiones y dictará las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la completa ejecución correcta realización de la obraprestación pactada. Esta obligación La persona responsable de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá contratación basada en el carácter Contrato Xxxxx deberá también asumir las relaciones de obligación contractual esencial la entidad contratante con el responsable del Contrato Xxxxx, a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) remisión de información y control de la Ley 30/2007ejecución del contrato. El responsable de la contratación basada en el Contrato Xxxxx tiene la facultad de inspeccionar y ser informado, cuando lo solicite, sobre la calidad del servicio y dictar cuantas instrucciones estime oportunas para exigir el estricto cumplimiento de lo acordado, siendo de cargo del adjudicatario los gastos que ello pueda suponer, sin posibilidad de resarcimiento económico alguno. El responsable de la contratación basada en el Contrato Xxxxx comunicará a la Central de Compras la existencia de penalizaciones, incumplimientos, modificaciones y cualquier incidencia que se produzca durante la ejecución de las peticiones- La ejecución de las peticiones del Contrato Xxxxx se realizará por la empresa adjudicataria con sujeción a lo establecido en las mismas y conforme a lo previsto en el presente pliego, en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que a tal efecto reciba del responsable de la entidad contratante o del responsable del Contrato Marco. Se establece como condición especial de ejecución del contrato el cumplimiento, en todos sus términos, de 30 la oferta realizada por el licitador y que fue determinante de octubresu adjudicación. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para al Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En cuanto al cumplimiento, recepción y liquidación de las peticiones el órgano de contratación de la entidad contratante determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las condiciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción, todo lo anterior de acuerdo con los arts. 222 y 307 del TRLCSP. La petición se entenderá cumplida por el contratista, cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de Contratos acuerdo con las prescripciones previstas y a satisfacción del Sector Públicoórgano de contratación. En todo caso, su constatación exigirá por parte de la entidad contratante un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato. A la Intervención de la entidad contratante correspondiente le será comunicado, cuando ello sea preceptivo, la fecha y lugar del acto, para su eventual asistencia en ejercicio de sus funciones de acuerdo con lo dispuesto en el DECRETO 137/2012, de 14 de septiembre, del Consell, por el que se regula la intervención de la inversión de fondos públicos. Dentro del plazo de treinta días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente de la petición, y abonársele, en su caso, el saldo resultante. No obstante, si la entidad contratante recibe la factura con posterioridad a la fecha en que tiene lugar dicha recepción, el plazo de treinta días se contará desde que el contratista presente la citada factura en el registro correspondiente.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato Marco Para La Contratación Centralizada De Los Servicios De Valija

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además de El adjudicatario se obliga al cumplimiento del contrato con estricta sujeción a las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico señaladas en este Pliego, y/o en su oferta (una vez aceptada la misma por la Administración Municipal mediante el acuerdo de este contratoadjudicación), son obligaciones específicas del contratista así como las siguientes: - Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes contenidas en materia laboralel Real Decreto Legislativo 3/2011, de seguridad social y 14 de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público), y en especial deberá dar cumplimiento a las siguientes: ❑ Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del suministro. - El contratista está obligado Si por cualquier causa fuera impuesta al cumplimiento Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx responsabilidad principal o subsidiaria derivada de relación laboral, por autoridad, organismo o tribunal, la empresa adjudicataria vendrá obligada a resarcirle del importe económico de dicha responsabilidad; en tal caso por el Ayuntamiento se procederá, previa notificación, a deducir la cantidad a resarcir de la facturación pendiente de abono. ❑ Deberá facilitar los datos del receptor de las órdenes e instrucciones emanadas desde el Servicio Municipal de Deportes, con localización permanente, las 24 horas, a través del teléfono móvil y fax. En la memoria presentada por los licitadores se hará constar la designación y datos indentificativos de la persona que realizará dicha función. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx T: 968 35 86 00 (C.I.F. X-0000000 X) ❑ A obtener, a su cargo y con anterioridad al comienzo de las actividades objeto de este contrato, las licencias, permisos y autorizaciones que fuesen necesarios para el desarrollo del suministro y a cumplir los Reglamentos y demás disposiciones legales vigentes en relación con dicha actividad. ❑ Cuidar que el suministro se realice, en relación con los usuarios de las instalaciones deportivas, con rapidez, eficacia y discreción. ❑ Serán de cuenta del adjudicatario el abono de las contribuciones, impuestos, arbitrios o cualquier otra carga o gravamen que recaiga sobre la actividad objeto del servicio que se adjudica. ❑ Será siempre de cuenta del adjudicatario la disposición de los requisitos previstos en el artículo 210 de medios técnicos, materiales y humanos necesarios para la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos correcta ejecución del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado suministro conforme a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcandefinen en este Pliego. - Documentación ❑ El adjudicatario está obligado a presentar acatar las instrucciones que para la mejor realización del suministro dicte el Servicio Municipal de Deportes debidamente razonadas y comunicadas por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente escrito al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoadjudicatario.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto, Del “Suministro De Material Deportivo Fungible Para Instalaciones Deportivas Municipales

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este contratoya contempladas, son obligaciones específicas del contratista las siguientesadjudicatario: - Obligaciones laborales Mantener y socialesconservar el mobiliario disponible para la exposición de productos en condiciones de decoro, orden y limpieza adecuados para mantener la imagen del centro deportivo, así como permanentemente provisto de producto con precios actualizados. - Mantener información de contacto de las persona o empresa responsable de los productos, así como información sobre mecanismos de reclamación para los consumidores de los productos expuestos. - Mantener información disponible sobre tarifas actualizadas de productos y medios de compra ó pedido, bien a través de atención directa o telemática. - El personal destinado al servicio deberá tener una cualificación y categoría laboral suficiente y acorde al tipo de trabajo a realizar. El personal estará debidamente identificado y contará con un uniforme normalizado. - El adjudicatario será el único responsable de las faltas o daños que cometa el personal a su cargo en el ejercicio de sus funciones, quedando EMUVISA exento de toda responsabilidad por tal motivo. Si como consecuencia de una inadecuada o defectuosa prestación de los servicios se produjeran daños a terceros, el adjudicatario vendrá obligado a su reparación, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponderle al amparo de los Pliegos que regulan el contrato y demás legislación que sea de aplicación. - El personal que preste servicios, deberá estar legalmente contratado y al día en el pago de sus cotizaciones de la Seguridad Social, debiendo el adjudicatario dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. - En caso de falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestido, así como falta de respeto por parte de dicho personal, será responsable la empresa adjudicataria, sin perjuicio de las responsabilidades personales que pudiera alcanzar a cada individuo por su actuación. - El contratista está estará obligado a facilitar a EMUVISA toda la información requerida sobre cualquier aspecto relacionado con el servicio, confeccionando con la frecuencia que se requiera partes e informes de los trabajos realizados. - El adjudicatario deberá cumplir en su integridad el contenido del Proyecto ofertado, tanto en lo relativo a los mínimos exigidos en el presente Pliego, como en lo relativo a las características de los elementos y actividades que proponga y que serán descritos en el mismo. - El adjudicatario se compromete a no utilizar el nombre de EMUVISA en sus relaciones con terceras personas a efectos de facturación de proveedores, siendo la persona o empresa adjudicataria la única responsable de las obligaciones que contraiga con ocasión de suministros o servicios de cualquier clase. - Será obligación de la entidad adjudicataria contar con cualquier tipo de certificación, inscripción o autorización necesaria para el correcto cumplimiento del contrato según la legislación que le sea de aplicación. - Serán por cuenta del adjudicatario toda clase de impuestos, gravámenes, contribuciones, tasas y arbitrios establecidos o que se establezcan por el Estado, Comunidad Autónoma o Administración Local por la instalación y explotación de las máquinas de vending afectadas por la autorización objeto de este pliego. - La empresa adjudicataria asumirá los gastos derivados del cumplimiento de las normas, procedimientos y requisitos medioambientales y de seguridad que le sean de aplicación. - En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos, la entidad adjudicataria y el personal encargado de la realización de los trabajos, guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. - Correr con los gastos correspondientes a impuestos y contribuciones que graven la actividad y que sean necesarios para el proceso de la misma. - Cumplimiento de todos los requisitos y obtención de todas las autorizaciones o licencias exigidas por la legislación general y sectorial para el desarrollo del objeto de la actividad a desarrollar, así mismo queda obligado a cumplir todas las normas legales vigentes que afecten al desarrollo de su actividad, quedando EMUVISA totalmente al margen de cualquier asunto o cuestión que pudiese plantear en relación con tal actividad. Todas las tasas, impuestos, permisos, trámites o licencias a solicitar por el adjudicatario para el establecimiento de la actividad correrán de su cuenta. - Correrá con los gastos de vigilancia de sus instalaciones y demás objetos o utensilios que se encuentren en el contenido. EMUVISA no se responsabilizará de la vigilancia de dicha zona, por lo que no responderá de ninguna reclamación que al efecto se realice. - Deberá cumplir las obligaciones de coordinación de actividades empresariales en calidad de titular del centro de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. - Vendrá obligado a suscribir un seguro de Responsabilidad Civil con, al menos, las garantías de R. Civil de Explotación y Locativa (frente al propietario del inmueble), por una cuantía mínima de 150.000,00 €. En todo caso, el arrendatario deberá facilitar a la propiedad copia completa de las pólizas contratadas así como, anualmente, copia del recibo acreditativo del pago de la prima que acredite la vigencia de la cobertura. - Deberá cuidar que el personal que acuda a las instalaciones arrendadas, guarde una conducta acorde con el cuidado de las mismas y respetuosa con el resto de los usuarios. - La falta de utilización de las máquinas durante un periodo de 2 meses, será motivo de resolución del contrato de arrendamiento, a no ser que obedezca a justa causa. - El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, industrial, medio-ambiental, de seguridad social Seguridad Social y tributaria y demás disposiciones vigentes que le sean aplicables en relación a la actividad que desarrolla, sin que el incumplimiento por su parte de prevención dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para EMUVISA, así como de riesgos laboraleslas que se promulguen durante la ejecución del contrato. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 adjudicatario responderá de la Ley 30/2007, calidad de 30 los servicios prestados y de octubre, las faltas que hubiere y será su obligación indemnizar los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de Contratos del Sector Público)la explotación de su actividad empresarial y profesional. - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está adjudicatario vendrá obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar permitir el acceso a la obra, la circulación EMUVISA a las servidumbres que existen en el local o en el subsuelo del mismo para reparación o modificación de las mismas. Las anteriores obligaciones así como cualquier otra incluida en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstosoferta o en el presente pliego, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones serán expresamente recogidas en el Plan contrato de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación yenajenación, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado garantizándose su cumplimiento conforme a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector PúblicoBASE UNDÉCIMA.

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Samples: Pliego De Condiciones Y Bases De Concurso Para La Adjudicacion De Arrendamiento De Espacios Para

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El adjudicatario, una vez notificada la adjudicación, se compromete a realizar el suministro contratado, con arreglo a las condiciones y plazos establecidos en estas Bases, así como a las mejoras propuestas en la oferta presentada en su momento, todo ello con estricta observancia de lo establecido en las obligaciones generales derivadas prescripciones técnicas así como a las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del régimen jurídico contrato designado por el Órgano de este contratoContratación. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, son obligaciones específicas respondiendo éste de la calidad de los bienes objeto del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales suministro y socialesde los vicios ocultos que pudieran apreciarse. El contratista está estará obligado a realizar todas las operaciones que resulten necesarias para la instalación, puesta en funcionamiento o puesta en marcha de los bienes a suministrar, de conformidad con lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, considerándose su costo incluido en el precio del contrato. Será por cuenta del contratista todos los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que sean causados a terceros como consecuencia de trabajos o manipulaciones de su personal, su maquinaria e instrumentos en los elementos suministrados, así como por retraso u omisiones en la entrega de los mismos. Para ello contará con un seguro de responsabilidad civil por importe de, al cumplimiento menos, 200.000 €. El contratista será responsable de obtener las cesiones, permisos y autorizaciones de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación que, en su caso, resulten necesarias, corriendo por su cuenta el abono de las indemnizaciones que pudieran corresponder por tales conceptos. Asimismo, serán responsables de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial, debiendo indemnizar en su caso, a GSC de todos los daños y perjuicios que para la misma pudieran derivarse con motivo de la interposición de reclamaciones. El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a GSC. El equipo humano, así como el material requerido para el suministro objeto de las presentes Bases deberá contar con todas las autorizaciones y homologaciones legalmente exigidas, debiendo cumplir las disposiciones que les correspondan para todos los elementos intervinientes en la contratación. La empresa adjudicataria se compromete a cumplir todas las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, seguridad y salud, y cuantas otras le corresponda. - Asimismo, deberán estar al corriente de los pagos a la Seguridad Social y de las obligaciones fiscales con las distintas Administraciones Públicas durante todo el período de duración del contrato. El contratista está personal designado por la empresa adjudicataria para efectuar el suministro objeto de estas bases se encontrará vinculado únicamente al adjudicatario, no existiendo relación laboral ni profesional alguna entre éste y GSC. El adjudicatario asignará un interlocutor para los temas económico- administrativo y otro para los operativos, con quienes se relacionará GSC para aquellos aspectos puntuales que se precisen. El personal designado, directa o indirectamente, por la empresa adjudicataria, tendrá el deber de guardar secreto respecto de toda aquella información que, con motivo de su relación con GSC pudiese tener alcance, responsabilizándose la empresa adjudicataria de los perjuicios que, con motivo del incumplimiento de este deber, se le ocasionasen a la contratante. El adjudicatario estará obligado a dedicar o adscribir informar a la ejecución del contrato los medios personales Dirección Gerencia de GSC de cualquier huelga y/o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 incidencia que pudiera tener lugar por parte de su personal y que afecte al objeto de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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Samples: www.gsccanarias.com

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además La empresa, en el momento de formalizar el contrato, deberá presentar una relación de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico personas asignadas a cada uno de este contratolos servicios, son obligaciones específicas del contratista donde constará: el nombre, apellidos y estudios realizados y / o experiencia en esta tarea y calificación laboral para adecuada atención a los usuarios. - La empresa adjudicataria se obliga a realizar las siguientes: actuaciones necesarias para la aplicación de los Protocolos de actuación y Registros que se puedan acordar entre la parte contratante y la empresa adjudicataria - Obligaciones laborales y socialesEl personal estará dado de alta en la Seguridad Social en las modalidades permitidas por la ley. El contratista está obligado - En caso de accidente o perjuicios de cualquier tipo que sufran los / las trabajadoras debido al cumplimiento ejercicio de sus tareas, el adjudicatario cumplirá lo que dispongan las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que esta repercuta en modo alguno en el Instituto Municipal de Servicios Personales. - La empresa se responsabilizará de la aplicación de las disposiciones vigentes medidas y de la formación de su personal en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. (Cumplimiento Ley 31/95 y Real Decreto 171/2004 ) - El contratista está obligado a dedicar Asumir toda la responsabilidad civil derivada de sus actuaciones para la prestación del servicio. Por este motivo deberá disponer de una póliza de responsabilidad civil por un importe asegurado por siniestre de 1.000.000 € y 150.000 € por víctima o adscribir a superior, mantenerla vigente durante la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 contrato. - La empresa adjudicataria deberá presentar antes de la Ley 30/2007formalización del contrato copia legitimada o cotejada de las pólizas, de 30 las condiciones particulares y generales que regulen los seguros y del recibo de octubre, pago de Contratos las primas. La cobertura deberá ser efectiva en el momento de inicio del Sector Público)contrato. El IMSP ostentará las potestades siguientes: - Controlar la actividad que desarrolle la empresa adjudicataria. - El contratista está obligado al Dictar instrucciones para el correcto cumplimiento del contrato. - Solicitar a la empresa adjudicataria los informes y la documentación que estimen pertinentes. - Cualquier otra que establezca la legislación vigente. Por otra parte, el IMSP, se compromete a: - Garantizar la autonomía de los requisitos previstos en el artículo 210 gestión de la Ley 30/2007, empresa adjudicataria en los márgenes de 30 las condiciones definidas en este pliego de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratacióncondiciones. - Señalización Designar al personal técnico responsable de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, coordinación y seguimiento de la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediacionesrelación contractual. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas Poner en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación conocimiento de la obra, con las características empresa adjudicataria cualquier cuestión que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán pueda ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicorelevante para facilitar buenas prácticas.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Regirá La Adjudicación Del Contrato De Prestación Del Servicio De Transporte Adptado Colectivo De Acceso a Los Servicios De Atención Especializada Para Personas Con Discapacidad De Badalona, Mediante Procedimiento Abierto

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El adjudicatario será responsable de las obligaciones generales derivadas los trabajos y pagos encaminados a la realización del régimen jurídico concierto, siendo a su riesgo y xxxxxxx el desarrollo y producción de este contratolos conciertos musicales, son obligaciones específicas debiendo entre otros asumir el pago del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales caché del artista, así como realizar y sociales. El contratista está obligado al contratar a sus expensas, y bajo su exclusiva responsabilidad, a los profesionales necesarios para la organización y producción de la actividad, así como todo aquello necesario en cuanto a infraestructura, maquinaria y seguridad para el buen desarrollo del espectáculo, siguiendo con estricta y exhaustiva diligencia el cumplimiento de las disposiciones vigentes la normativa que resulte de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social, seguridad social e higiene en el trabajo, prevención de riesgos laborales, etc., respecto del personal que emplee para la ejecución del contrato. Será responsable de los accidentes, daños y/o perjuicios de cualquier naturaleza que se puedan causar a terceros como consecuencia de la realización de trabajos objeto del contrato. Deberá realizar todos los montajes cumpliendo con los requisitos técnicos exigidos por el artista, así como con la obtención y acreditación de todas las certificaciones técnicas del montaje, de conformidad con lo que determinen las normativas vigentes, estando el adjudicatario obligado a presentar por su cuenta y cargo, tanto los proyectos como los certificados suscritos por técnicos competentes y visados por sus colegios profesionales. Se hará asimismo cargo de la coordinación, seguimiento, control y la procuración de las necesidades técnicas derivadas del evento, tanto en lo que respecta a las tareas de organización y montaje previas al concierto, como en las que tendrán lugar durante la ejecución del mismo y las posteriores derivadas de la actividad, así como de sus correspondientes gastos, entre los que figuran el de los riders técnicos de los artistas. Deberá realizar un plan de seguridad y evacuación, determinando asimismo todo lo relativo a la adecuación xxx xxxxxxx al objeto de poder disponer de un espacio capaz de albergar un aforo a determinar dependiendo xxx xxxxxxx pero nunca inferior a 6.000 personas (incluyendo zonas de escenarios, plataformas, zonas comunes, accesos, camerinos, etc.) en las condiciones que marca el Decreto 10/2003, de 28 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Admisión de Personas en los establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como el Decreto 258/2007, de 9 de octubre, en cuanto a las modificaciones que sobre el anterior incorpora, y cualquier otra que pudiera ser de aplicación en la legislación andaluza referente a espectáculos públicos. Tendrán especial atención las condiciones de seguridad, servicios higiénicos, barreras anti-avalancha y condiciones que salvaguarden el recinto, debiendo asimismo prever un acceso para el artista independiente del habilitado para el público y directo a la zona de camerinos y backstage, disponiendo igualmente de un acceso directo de los equipos hasta el escenario para la carga y descarga, y en el caso de haber obstáculos o escalones instalar rampas para el desplazamiento rodado del material. El adjudicatario será responsable de la seguridad, tanto de artistas como del local, para lo que contratará el personal necesario perteneciente a una empresa de seguridad homologada por el Ministerio del Interior, debiendo asimismo controlar el acceso de personal hasta completar aforo. Asimismo se responsabilidad del cumplimiento de las medidas necesarias en cuanto a la prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado Deberá disponer de médico cualificado y ambulancias para cubrir las necesidades del aforo. Correrá a dedicar su cargo la adjudicación o adscribir explotación xx xxxxxx de bar de todas las actividades musicales que conformen su oferta. La instalación del servicio (barras, venta de tickets, etc.) será a su expensas, al igual que todos los permisos legales necesarios para el ejercicio de la actividad, incluyendo obligatoriamente altas en licencia fiscal y seguridad social de todo el personal del servicio. Las bebidas a la ejecución venta cumplirán la normativa vigente, con expresa prohibición de expender latas, envases de cristal y/o envases cerrados, siendo de entera responsabilidad del contrato adjudicatario los medios personales o materiales suficientes perjuicios que sobre esta actividad se puedan derivar para ello (artículo 53.2 los usuarios. El adjudicatario realizará a su cargo, la cartelería y publicidad necesaria, debiendo figurar en la misma, en lugar preferente y visible, el patrocinio del Área de Festejos del Ayuntamiento xx Xxxxxxx. El adjudicatario, como promotor y organizador de los conciertos, procederá al abono de la liquidación correspondiente a las obligaciones de los derechos de autor, de conformidad a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 Propiedad Intelectual. La empresa adjudicataria deberá contratar una póliza de octubre, seguro de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento suspensión y cancelación de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación yespectáculos, así como cualquier otros todos los seguros necesarios para cubrir la producción del evento, incluido un seguro de responsabilidad civil, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto de la Consejería de Gobernación 109/2005, de 26 xx xxxxx, por el que resulten se regulan los requisitos de aplicación, según las disposiciones vigentes los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en la forma materia de Espectáculos Públicos y cuantía que estas señalenActividades Recreativas. En caso de que lo exija alguna suspensión de las administraciones que financia la obraconciertos, el contratista instalará Ayuntamiento xx Xxxxxxx no estará obligado a cargo suyo los carteles abonar al adjudicatario la aportación económica correspondiente, y en caso de identificación haberse hecho efectiva, éste estará obligado a su devolución íntegra, debiendo asimismo asumir el coste total del espectáculo y su producción, salvo que de mutuo acuerdo entre las partes se considerase la obra, con las características que se establezcanposibilidad de un cambio de fecha para la celebración del espectáculo. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en En el caso de nuevos contratosque proceda realizar la devolución como consecuencia de la suspensión o incomparecencia de artistas se deberá realizar desglose de los precios para cada uno de los conciertos, al objeto de determinar en su caso la parte correspondiente a cada uno de ellos. - Relación El adjudicatario no podrá ceder y/o subcontratar la totalidad del evento, sin perjuicio de todo las diferentes subcontrataciones que deba llevar a cabo para su producción técnica. La empresa adjudicataria se encargará de recoger el personal destinado a montaje realizado para la ejecución del concierto, ocupándose de dejar el recinto utilizado para la celebración del mismo en su situación habitual, y si procede de la obradevolución o envío de los materiales utilizados en la ejecución del acto (dispositivos electrónicos, medios audiovisuales, elementos de acuerdo con escenario, etc.). En general, el Xxxxx XX adjudicatario deberá hacerse cargo de todos los aspectos que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta conlleve la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos producción del Sector Públicoconcierto.

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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además El adjudicatario deberá efectuar el suministro dentro del plazo comprometido. El adjudicatario deberá garantizar por un año tanto las piezas de las obligaciones generales derivadas repuesto como la mano de obra. Son asimismo de cuenta del régimen jurídico contratista el pago del importe de este los anuncios y de cuantos gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios o de formalización del contrato, son obligaciones específicas pago de tributos, etc. y cualquier otro que se produzca incluso en los casos en que esté reconocido su derecho a la repercusión. Los gastos de entrega, transporte, instalación y puesta en marcha de los bienes objeto del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y socialessuministro serán de cuenta del contratista. El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración. El contratista está obligado al cumplimiento será responsable de la calidad de los suministros, así como de las disposiciones vigentes consecuencias que se deduzca para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales contrato. El adjudicatario no podrá introducir o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos ejecutar modificaciones en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas suministro comprendido en el Plan contrato, sin la debida aprobaci6n de Seguridad dicha modificación y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en presupuesto resultante por la forma y cuantía que estas señalenAdministración. En otro caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, no podrá el contratista instalará efectuar ningún tipo de suministro que supere por su cuantía el presupuesto fijado, no habiendo lugar a cargo suyo los carteles indemnización alguna, ni se abonará el exceso al adjudicatario, delimitándose las responsabilidades a que hubiere lugar de identificación de conformidad con la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. Esta obligación de presentar la documentación anteriormente referenciada tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos de lo prevenido en le artículo 206 g) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicolegislación vigente.

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