OBLIGACIONES GENERALES DE LAS PARTES Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES GENERALES DE LAS PARTES. 2.1 Con sujeción a las consideraciones y términos de este Contrato, el REMITENTE entregará al TRANSPORTADOR y el TRANSPORTADOR recibirá en el punto de inicio del servicio una cantidad de energía confirmada dicho gas será transportado por el TRANSPORTADOR y el REMITENTE tomará esta misma cantidad en el Punto de Terminación del Servicio, la cual se denominará Cantidad de Energía Tomada.
OBLIGACIONES GENERALES DE LAS PARTES. 6.1 Principales Obligaciones del Contratista durante la Vigencia del Contrato Sin perjuicio de las demás obligaciones previstas en otros apartes de este Contrato o en sus Apéndices o Anexos, el Contratista tendrá las siguientes obligaciones durante toda la ejecución del Contrato:
OBLIGACIONES GENERALES DE LAS PARTES. Del Contratista/Vendedor: El Contratista/Vendedor se obliga, sin perjuicio de las condiciones establecidas en el Anexo 1, que hace parte integral de esta Acta, a: 1) Prestar los servicios/entregar los bienes en forma diligente y oportuna a partir de las especificaciones definidas en el Anexo #1, Acuerdos de Nivel de Servicios (ANS). 2) […otras obligaciones]. Del Contratante/Comprador: El Contratante/Comprador se obliga, sin perjuicio de las condiciones establecidas en el Anexo 1, que hace parte integral de esta Acta, a: 1) hacer el pago oportuno del valor de los servicios/bienes recibidos. 2) […otras obligaciones].
OBLIGACIONES GENERALES DE LAS PARTES. Obligaciones generales del Cliente:
OBLIGACIONES GENERALES DE LAS PARTES. 9.1 Salvo que se haya acordado explícitamente lo contrario, el Cliente será responsable y se encargará de obtener todos los permisos, licencias, barreras de seguridad y otras autorizaciones, que sean necesarios para el Proyecto, el Trabajo y el Lugar.
OBLIGACIONES GENERALES DE LAS PARTES. Son obligaciones esenciales del contrato, sin cuyo cumplimiento continuado se considera interrumpido, las siguientes: a) Por parte del Beneficiario-Jugador: (1) Asistir a la escuela de fútbol regularmente en cumplimiento de los horarios establecidos por el mismo; (2) Cumplir con las pautas de promoción deportiva establecidas por los reglamentos internos de la escuela de fútbol; y (3) Cumplir con todos los deberes deportivos y disciplinarios y con las demás obligaciones a su cargo derivadas del Manual de Convivencia de la Escuela de Fútbol y demás normas o reglamentos internos de la escuela de fútbol aplicables; en conjunto los documentos que se mencionan así como sus modificaciones hacen parte integral de éste contrato para todos los efectos legales, documentos que los Padres y/o Acudientes y el Beneficiario-Jugador declaran conocer y aceptar en su integridad. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del Beneficiario-Jugador, además de acarrear las sanciones previstas en dichas normas y reglamentos para el Beneficiario-Jugador serán imputables a los Padres y/o Acudientes, quienes aceptan de antemano las sanciones disciplinarias a que haya lugar. b) Por parte de los Padres y/o Acudientes: (1) Hacer la inscripción o renovación del Beneficiario-Jugador, cumpliendo con todos los requisitos exigidos de documentación para tal efecto; (2) Velar por el proceso pedagógico, formativo y deportivo del Beneficiario-Jugador manteniendo un estrecho y permanente contacto con la Escuela de fútbol; (3) Asistir cumplidamente a las citaciones individuales que le formule la escuela de fútbol en relación con el desempeño deportivo o disciplinario del Beneficiario-Jugador; (4) Respaldar las políticas, estrategias y procesos educativos y formativos de la escuela de fútbol; (5) Dotar al Beneficiario- Jugador con los implementos necesarios para el desarrollo del fin propuesto y (6) Cancelar oportuna y completamente los costos deportivos correspondientes a la inscripción o renovación, mensualidades y otros cobros periódicos (en el caso de estos últimos en los eventos en que los Padres y/o Acudientes hayan decidido que el Beneficiario-Jugador sea beneficiario de los mismos), en la oportunidad y de la manera establecida por la escuela de fútbol. e) Por parte de la Escuela de fútbol: (1) Las de prestar en forma regular el servicio deportivo contratado, dentro de las especificadas en el Proyecto Deportivo del FC Porto Colombia, Dragon Force Bogotá, que está disponible para los ...
OBLIGACIONES GENERALES DE LAS PARTES. 1. Cumplir todas y cada una de las actividades principales y accesorias requeridas para el desarrollo eficiente y oportuno del objeto contractual, conforme a los plazos, valores, condiciones y especificaciones señalados en el estudio previo y el convenio electrónico generado en SECOP II. 2. Entregar al supervisor del convenio los productos y/o entregables e informes pactados y los demás requeridos por el supervisor del convenio. 3. Realizar las actividades de forma independiente, bajo su propio riesgo y responsabilidad, sin sujeción o condiciones diversas a aquellas que requieran para el cumplimiento del objeto contractual. En todo caso, en aquellos eventos que para el cumplimiento del objeto se requiera la coordinación mutua entre las partes, el(la) contratista se obliga a realizar las actividades de forma diligente y responsable, con el propósito de salvaguardar los intereses de la ADRES.
OBLIGACIONES GENERALES DE LAS PARTES a. Obligaciones generales del Cliente: i. Pagar puntualmente sus obligaciones por los servicios y cualquier otro cargo a GRUPO RV. ii. No realizar ningún tipo de reventa a terceros de los Servicios contratados a GRUPO RV. iii. Conservar en buen estado y hacer un uso normal del equipo terminal que le entregue GRUPO RV. iv. No ocasionar ningún daño o amenaza a los activos de GRUPO RV o a la operatividad o integridad de la red de GRUPO RV. v. Permitir el acceso a la propiedad, casa u oficina a GRUPO RV, o una persona o empresa subcontratada por GRUPO RV, para realizar ampliaciones, mejoras, reparaciones o retiros de la red o los Servicios, lo cual deberá ser previa y debidamente coordinado entre el Cliente y GRUPO RV. vi. Cualquier otra obligación estipulada en este Contrato, su Carátula, sus anexos, si los hubiere, o la normativa vigente. b. Obligaciones generales de GRUPO RV: i. Suministrar los Servicios al Cliente en la forma establecida en este Contrato y en la normativa vigente. ii. Enviar la respectiva
OBLIGACIONES GENERALES DE LAS PARTES. Las Partes deberán actuar lealmente y de buena fe, no pudiendo realizar en representación de la otra Parte ninguna función de representación salvo que se le confiera expresamente facultades para ello. LA INMOBILIARIA se limitará a la presentación a HELLOTECA de aquellos Clientes que estime oportunos, no ostentando en ningún caso facultades para formalizar operaciones, ni asesoramiento, ni actos preparatorios de las mismas en nombre de HELLOTECA. Efectuada la presentación de un Cliente, la operación será gestionada, negociada y, en su caso, aprobada y formalizada por HELLOTECA. Una vez llevada a cabo la captación del Cliente, LA INMOBILIARIA se mantendrá ajeno a las relaciones que se sigan entre el HELLOTECA y el respectivo Cliente, siendo HELLOTECA el que gestione y negocie con el mismo la financiación solicitada. No obstante lo anterior, HELLOTECA se obliga a informar periódicamente a LA INMOBILIARIA del estado en que se encuentran el curso de las operaciones gestionadas.
OBLIGACIONES GENERALES DE LAS PARTES. LA (PROVINCIA/CIUDAD) adoptará y/o permitirá que se adopten todas las medidas que permitan a LA SECRETARIA cumplir sus obligaciones relacionadas con la ejecución del Proyecto en su territorio, y demás obligaciones emergentes del presente Acuerdo. LA (PROVINCIA/CIUDAD) no adoptará ni adherirá a medida alguna que pudiere tener como consecuencia el efecto de ceder, modificar, anular, rescindir, renunciar o dejar de exigir el cumplimiento del presente Acuerdo Marco o cualquier disposición del mismo, relacionada a las normativas y obligaciones aplicables al proyecto en el marco del Convenio xx Xxxxxxxx [BIRF Nº 9521-AR].