Common use of GARANTÍAS Clause in Contracts

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.

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Samples: Contrato De Arrendamiento

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO PROVEEDOR se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía mediante carta de seguros crédito o fianza otorgada por institución de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con fianzas autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones adquiridasderivadas de este Contrato, equivalente al veinte en especial la de entregar los bienes adquiridos de acuerdo a la calidad requerida por ciento LA EMPRESA CONTRATANTE, así como responder por su correcta operación y funcionamiento (20%defectos y vicios ocultos) durante un período de 12 (doce ) meses posteriores a la última entrega atendiendo para esto el modelo de póliza que LA EMPRESA CONTRATANTE entregó a EL PROVEEDOR en el pliego de requisitos La garantía corresponderá a un 10% del valor total del contrato, vigente por contrato sin incluir el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO IIIIVA. En caso de prórrogaque durante el plazo de calidad garantizado los bienes resulten impropios para el uso que se destinen o que disminuyan de tal modo dicho uso, adiciónLA EMPRESA CONTRATANTE, suspensión a su elección, podrá exigir a EL PROVEEDOR su reparación, si ésta resulta factible, en cuyo caso EL PROVEEDOR cubrirá todos los gastos que se originen, o modificación bien, LA EMPRESA CONTRATANTE ejercerá cualquiera de las acciones que el Código Civil Federal prevé. La garantía presentada será Divisible para las obligaciones contractuales. Las garantías para el Cumplimiento y Calidad (Defectos y Vicios Ocultos) que solicite LA EMPRESA CONTRATANTE, se sujetarán al modelo establecido en el pliego de requisitos. EL PROVEEDOR deberá de entregar la garantía de cumplimiento y calidad en la Oficina de Abastecimientos, Servicios y Obra Pública, con domicilio en km 9.5 Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xx Xxx, X.X.X., Tel. (000) 000 0000, dentro de los 7 (siete) días naturales posteriores a la formalización del presente Contrato contrato, en un horario de Arrendamiento8:00 a 14:00 horas de lunes a viernes. Para el envío de la fianza electrónica, se deberá enviar a “la Contratante” a los correos electrónicos de: xxxxx.xx@xxx.xx y xxx.xxxxx@xxx.xx Si transcurrido el plazo señalado, no se hubiere otorgado la garantía respectiva en los términos pactados, el Administrador del contrato deberá informar al Área Jurídica para que de considerarlo conveniente se inicien los Medios Alternativos de Solución de Controversias. Para el supuesto de convenios modificatorios que no se encuentren cubiertos por la garantía originalmente otorgada, EL ARRENDATARIO PROVEEDOR deberá remitir oportunamente presentar la ampliación a la garantía respectiva; la entrega por parte del proveedor, del citado documento no deberá de exceder de 7 (siete) días naturales posteriores a la formalización del convenio modificatorio respectivo. Cumplidas las obligaciones de EL PROVEEDOR, a satisfacción de LA EMPRESA CONTRATANTE, este podrá solicitar al administrador del contrato una constancia de cumplimiento de sus obligaciones contractuales y su anuencia para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio la cancelación de la garantíagarantía otorgada. PARÁGRAFO IV: Si Con dicha constancia EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en PROVEEDOR deberá solicitar por escrito la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario liberación de la póliza: Universidad Nacional garantía al área administradora de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000la misma.

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Samples: Contrato De Bienes No

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD 3.12.1 Garantías de cumplimiento El licitante adjudicado, a constituir a su favor ante una compañía fin de seguros o garantizar el cumplimiento de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridasderivadas de los contratos correspondientes, deberá presentar pólizas de fianzas conforme a lo siguiente: Las pólizas de fianzas expedidas por Institución Afianzadora Mexicana autorizada en los términos de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, por un importe equivalente al veinte a un 10% (diez por ciento (20%ciento) del valor total monto máximo de los contratos adjudicados antes de IVA, a favor de Nacional Financiera, S.N.C., I.B.D., como Fiduciaria del contrato, vigente Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (FINAFIM) y otra por el término mismo porcentaje a favor de Nacional Financiera, S.N.C. I.B.D., como Fiduciaria del mismo y seis Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente FOMMUR); a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse más tardar dentro de los tres 10 (3diez) días naturales siguientes a la suscripción del contrato firma de los contratos en la Consultoría de Recursos Materiales, ubicada en Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx No. 3025, Piso 11, Colonia San Xxxxxxxx Xxxxxx, Alcaldía La Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, C.P. 10400, Ciudad de México, de 9:00 a 14:00 horas en días hábiles. De no cumplir con dicha entrega, el FINAFIM y presentarse el FOMMUR podrán determinar la rescisión de los instrumentos jurídicos respectivos y remitir el asunto al OIC para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDADel artículo 60, ante el Jefe fracción III de la División LAASSP. Las pólizas de Contratación y Gestión fianzas deben otorgarse en estricto apego al Escrito 2 de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42esta Convocatoria. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el Las garantías de cumplimiento de ninguna manera serán consideradas como una limitación de la responsabilidad del proveedor, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en los requisitos exigidos instrumentos jurídicos respectivos, y de ninguna manera impedirán que el FINAFIM y el FOMMUR reclamen la indemnización o el reembolso por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO IIIcualquier incumplimiento que puede exceder el valor de las garantías de cumplimiento. En caso de prórroga, adición, suspensión incremento al monto de los instrumentos jurídicos respectivos o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobaciónal plazo, el respectivo certificado modificatorio proveedor se obliga a entregar al FINAFIM y al FOMMUR al momento de la garantíaformalización respectiva los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener los documentos la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de las fianzas otorgadas inicialmente. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta El licitante adjudicado acepta expresamente que las fianzas expedidas para garantizar el cumplimiento se harán efectivas independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanezcan vigentes durante toda la substanciación de los juicios o recursos legales que interponga con pólizas globalesrelación a dicho contrato, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la Autoridad competente. En caso de propuestas conjuntas, las garantías de cumplimiento de los instrumentos jurídicos respectivos se presentarán en un sólo instrumento que deberá cubrir los requerimientos del FINAFIM y del FOMMUR, establecidos en el Escrito 2 de esta Convocatoria. El trámite de liberación de garantías se realizara a través de la Dirección General Adjunta de la Coordinación General del PRONAFIM, sita en Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx No. 3025, Piso 11, Colonia Xxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Alcaldía La Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, C.P. 10400, Ciudad de México; dicha Dirección consultara al área requirente para que esta dé su visto bueno por escrito para que se proceda a liberar la póliza de la fianza correspondiente, de conformidad con lo señalado en el texto de la misma; siempre y cuando cumpla éste acredite haber cumplido con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias la condición pactada en el contrato y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario a entera satisfacción del FINAFIM y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000del FOMMUR.

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Samples: www.gob.mx

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga El CONTRATISTA garantizará el cumplimiento de las obligaciones que adquiere con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante el presente Contrato, mediante la constitución de una póliza expedida por una compañía de seguros o legalmente constituida en Colombia, autorizada por la Superintendencia Financiera de banco comercial legalmente reconocidoColombia, una póliza con que ampare los siguientes amparosriesgos que a continuación se mencionan: a) Cumplimiento del Contrato 10% Por el plazo de ejecución del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento doce (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (612) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente contados a cien (100) SMLMV para cada uno partir de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo la fecha de suscripción del contrato. Un deducible Pago de Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales 5% Por el plazo de ejecución del 10% del valor del valor de cada pérdida contrato y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) años más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. Calidad del bien o servicio 20% Por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. Estabilidad y calidad de la obra 20% Por el plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de recibo final Responsabilidad Civil Extracontractual 200 SMMLV Por el plazo de ejecución del contrato contado a partir de la fecha de suscripción del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: La póliza de que trata la presente cláusula deberá ser constituida a favor de XXXXXXXXXXXX. El Beneficiario de las pólizas de seguro será XXXXXXXXXXX - NIT. XXXXXXXXXXX. PARÁGRAFO SEGUNDO: Los gastos de constitución de la póliza exigida en la presente cláusula y el pago de la prima correspondiente serán por cuenta exclusiva del CONTRATISTA. PARÁGRAFO TERCERO: La constitución y aprobación de las garantías mencionadas en esta cláusula es requisito indispensable para la ejecución del presente Contrato. PARÁGRAFO CUARTO: El CONTRATISTA se obliga actualizar las vigencias de la póliza de seguro conforme a la fecha de suscripción del acta de inicio. PARÁGRAFO QUINTO: El CONTRATISTA deberá allegar la póliza con su respectivo recibo de pago cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción entrega del contrato y presentarse contrato. En el evento en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de cual El CONTRATISTA no xxxxxxx la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado póliza con el cumplimiento recibo de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórrogapago dentro del término establecido, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión se entenderá que no tiene interés en ejecutarlo y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual no se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000perfeccionará.

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Samples: Contrato De XXXXXXXXXXXXXX

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO Pemex Refinación determina que para esta licitación en particular el proveedor deberá presentar: (FIANZA Ó CARTA DE CRÉDITO STAND BY) El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento del contrato y para responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, deberá presentar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, póliza de fianza que se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparosconstituirá por el monto que resulte mayor entre: a) Cumplimiento el 10% del contrato y monto total (máximo en el caso de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%contratos abiertos) a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el 10% del valor total monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del contrato, vigente y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de cada pérdida la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de mínimo 1 SMLMVPemex Refinación. PARAGRAFO I: Estas garantías El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán constituirse ser entregados dentro de los tres (3) primeros diez días siguientes naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un período de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más seis meses a la suscripción del contrato partir de que se concluya el servicio. La fianza se deberá otorgar en estricto apego al Documento No. 11 de esta Convocatoria y presentarse deberá entregarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDADel domicilio siguiente: Xxxxxx XX X/X Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, ante el Jefe C.P. 76120 Querétaro, Qro en las instalaciones de la División Superintendencia General de Contratación y Gestión Recursos Materiales En estos casos las áreas de Bienescontratación vigilarán la entrega de la renovación o sustitución de la garantía por parte del proveedor, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento dentro de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación primeros diez días naturales del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) ejercicio fiscal que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000corresponda.

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Samples: web.compranet.gob.mx:8000

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante CONSULTOR garantizará el cumplimiento de las obligaciones que adquiere por el presente Contrato, mediante la constitución de una garantía o póliza en formato EN FAVOR DE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE GARANTIAS DEBERÁN INCLUIRSE LAS PREVISTAS EN EL ESTUDIO PREVIO Y LOS TÉRMINOS La póliza que expida la compañía de seguros o deberá contener, por condición particular expresa, que para efectos de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del este contrato, vigente por no se aplicará ninguna cláusula o estipulación de indemnización proporcional atada al cumplimiento de la obligación asegurada. Así las cosas, la aseguradora indemnizará en todo momento según el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractualvalor asegurado en la póliza, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo sin tener en cuenta proporciones cumplidas del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor La aprobación de las garantías por parte de FINDETER S.A., es requisito previo para el inicio de la ejecución de cada pérdida una de las fases, razón por la cual ninguna fase podrá iniciar su ejecución sin la respectiva aprobación de este requisito previo. EL CONSULTOR deberá aportar a la CONTRATANTE, para su aprobación, las garantías acompañadas de los respectivos anexos y soporte de mínimo 1 SMLMVpago de la prima. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse No se recibirá certificación de No expiración por falta de pago. EL CONSULTOR deberá pagar el monto total de las primas que se cause con ocasión de la expedición de las pólizas, así como las que se causen posteriormente con motivo de modificaciones, renovaciones, prórrogas o cualquier otro anexo que se expida con fundamento en las pólizas. Por ello, EL CONSULTOR se compromete a entregar las pólizas con su respectivo comprobante de pago dentro de los tres (3) 2 días siguientes a la expedición de las pólizas. EL CONSULTOR acepta que el CONTRATANTE tiene interés asegurable en las garantías que se refieran a este contrato y con base en esto, en caso que EL CONSULTOR no entregue los documentos dentro del plazo estipulado, con la suscripción del presente contrato, autoriza para que en su nombre y representación, EL CONTRATANTE solicite, actualice, modifique y haga el pago de las garantías en los términos contractualmente establecidos, pudiendo descontar los costos y gastos derivados de dicha gestión de los saldos a favor de EL CONSULTOR, que se causen en virtud de las actas de avance o de liquidación del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación mención. Lo anterior, no exonera a EL CONSULTOR del cumplimiento de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe las obligaciones a su cargo con ocasión de la División celebración del presente contrato, y se adelanten los procesos contractuales y legales para obtener dicho cumplimiento o indemnización de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO IIIparte. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación presentarse alguna observación por parte del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobaciónCONTRATANTE a estos requisitos, el respectivo certificado modificatorio CONSULTOR deberá responder en un plazo no superior a dos (2) días hábiles. En el caso de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente ejecución del contrato o de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición recibo a satisfacción de las pólizas obligaciones del mismo, el valor amparado también debe reponerse cuando se deberá tener en cuenta verifique la siguiente información: • Beneficiario ocurrencia de los riesgos asegurados. El pago de todas las primas y demás gastos que generen la póliza: Universidad Nacional constitución, el mantenimiento y el restablecimiento inmediato del monto de Colombia – Sede Medellínlas garantías, será de cargo exclusivo de El CONSULTOR. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Las garantías aprobadas serán condición previa y necesaria para la cancelación de las facturas pendientes de pago y el último pago del contrato.

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Samples: Contrato De Consultoría

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía Los únicos medios de seguros garantía que debe presentar el contratista son la carta fianza o la póliza de banco comercial legalmente reconocidocaución, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato las mismas que deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de todas realización automática al solo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando hayan sido emitidas por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros. El contratista está obligado a presentar las obligaciones adquiridassiguientes garantías: Garantía de fiel cumplimiento; Garantía por el monto diferencial de la propuesta; Como requisito indispensable para suscribir el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al veinte diez por ciento cien (2010%) del monto del contrato y, tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista, Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor total del contrato, vigente referencial en más xxx xxxx por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (10010%), junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por cien (25%) SMLMV de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. POLIZA: SEGURO DE ASISTENCIA MEDICA INTERNACIONAL PARA FUNCIONARIOS COMPRENDIDOS EN EL DECRETO DE URGENCIA Nº 126-2001 BENEFICIO MAXIMO DE POR VIDA POR PERSONA US$ 3´000,000 En clínicas afiliadas en el Perú y en el extranjero En clínicas no afiliadas por reembolso En clínicas afiliadas en el Perú y en el extranjero En clínicas no afiliadas por reembolso Médico a Domicilio En el Perú y el extranjero Dentro del Perú y también en el extranjero Cobertura también disponible para cada uno titulares solas con extraprima. Están cubiertos las enfermedades congénitas de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida hijos cuyo nacimiento fuera amparado por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.

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Samples: Concurso Publico N° 0001 2006 PCM

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD A fin de garantizar el pago de las sanciones que establece la Cláusula 5.7, el Inversionista entregará al MINEM una fianza bancaria, conforme a constituir a su favor ante una compañía las reglas siguientes: La fianza será emitida por cualquiera de seguros o las entidades bancarias indicadas en el Anexo 6 de banco comercial legalmente reconocidolas Bases, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato siguiendo el formato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término monto que indica el Anexo 2 del mismo y seis (6) meses másContrato. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV Su entrega es requisito para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe Cierre de la División Licitación. La fianza deberá estar vigente desde la fecha de Contratación y Gestión Cierre hasta treinta Días después de Bienesla Puesta en Operación Comercial. Dicha fianza será otorgada por períodos anuales hasta cumplir el plazo de vigencia descrito anteriormente. Asimismo, dicha fianza será devuelta a más tardar Diez (10) Días después de producirse la Puesta en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO IIIOperación Comercial. En caso de prórrogaatraso de la Puesta en Operación Comercial, adiciónla fianza deberá ser renovada o prorrogada hasta que se pague la sanción o se resuelva en definitiva que no procede el pago de ninguna sanción, suspensión según sea el caso. Si llegado su vencimiento las fianzas no son renovadas o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobaciónprorrogadas conforme a la Cláusula 6.1, el respectivo certificado modificatorio MINEM podrá ejecutar totalmente la garantía respectiva, en cuyo caso los fondos resultantes de la ejecución se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, en la garantía correspondiente, hasta el momento en que el Inversionista entregue al MINEM una nueva garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globalesEntregada ésta, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra el MINEM procederá de inmediato a entregar al Inversionista los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario fondos resultantes de la póliza: Universidad Nacional ejecución de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000la garantía original, sin intereses.

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Samples: www.proyectosapp.gob.pe

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía La garantía que XXXXXX ofrece al CLIENTE sobre el EQUIPO estará vigente en función del número de seguros años de Servicios contratados y será aplicable en el supuesto xx xxxxx imputable al equipo por defectos o vicios ocultos del mismo; siendo obligación de banco comercial legalmente reconocidoXXXXXX remplazarlo por uno nuevo de iguales características sin costo adicional. ITURAN no garantiza de forma alguna la disponibilidad, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridasfuncionamiento, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno efectividad o cualesquiera otros elementos de los siguientes amparos: predios, labores SERVICIOS ITURAN y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse el CLIENTE acepta en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado acto que dichos SERVICIOS XXXXXX son contratados con el cumplimiento pleno conocimiento y en sujeción a los limitaciones de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO IIIresponsabilidad de ITURAN que se contienen en estos Términos y Condiciones. En caso de prórrogaaccidente donde el VEHICULO sea declarado como pérdida total, adiciónel CLIENTE será el responsable de pagar el costo e instalación del nuevo EQUIPO. La presente GARANTIA queda invalidada en caso de que el CLIENTE autorice que el EQUIPO reparado, suspensión verificado o modificación manipulado por personal ajeno a XXXXXX. En consecuencia, las Partes acuerdan expresamente desde éste momento que ante el supuesto descrito XXXXXX no asumirá ninguna responsabilidad ni respaldará la GARANTÍA respecto del presente Contrato EQUIPO. La garantía concedida por XXXXXX cubre únicamente los defectos, mal funcionamiento o reemplazo de ArrendamientoEQUIPO instalado, por tanto, cualquier falla que el Vehículo pudiese presentar relacionado con la instalación del EQUIPO que fuese notificado al CENTRO DE ATENCIÓN A CLIENTES un plazo mayor a 30 días posteriores a la misma, NO SERÁN ATENDIDOS NI REPARADOS POR XXXXXX; sin perjuicio a lo anterior, El CLIENTE efecto de comunicar una falla en el Vehículo y/o EQUIPO deberá comunicarse en un plazo no mayor a 15 días posteriores a la instalación a fin de agendar una cita de revisión; en caso de que se determine que la falla es atribuible a un factor distinto a las propias actividades de instalación, EL ARRENDATARIO CLIENTE deberá remitir oportunamente para asumir íntegramente el pago correspondiente a la revisión efectuada. Las partes reconocen y aceptan expresamente que en ninguna circunstancia XXXXXX será responsable por reclamaciones por pérdidas y/o daños sufridos por terceros, así como por daños incidentales o indirectos, incluyendo las pérdidas de beneficios. Los desperfectos, disfunciones y /o daños en el Equipo derivado del uso fuera de las normas establecidas, en su revisión y aprobacióncaso actos vandálicos, el respectivo certificado modificatorio de la siniestros premeditados, incendio, inundación, terremoto, o cualquier catástrofe natural, no son cubiertos por esta garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globalesLa presente garantía perderá su validez si el EQUIPO es modificado o desinstalado por personal no autorizado por XXXXXX o sujeto a manipulaciones no comprendidas en su operación normal. En adición a la garantía que ITURAN otorga sobre los EQUIPOS, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones se obliga a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.:

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Samples: ituranconseguro.com

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a Los oferentes deberán constituir a su favor ante una compañía garantías: - de seguros o Mantenimiento de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparosOferta: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte cinco por ciento (205%) del valor monto total de la Oferta (IVA incluido). En el caso de cotizar con descuentos o alternativas o variantes, la garantía se calculará, sobre el mayor monto presupuestado. - de impugnación: tres por ciento (3%) del contrato, vigente monto total de la Oferta (IVA incluido). - Contragarantía: por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien los montos que reciba el adjudicatario como adelanto de fondos en los casos que así se estableciera. La constitución de las garantías podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas: certificado de depósito bancario (100) SMLMV admisible únicamente para cada uno el caso de garantía de impugnación), fianza bancaria, póliza de seguro de caución y/o cheque certificado, de acuerdo a lo detallado en el Artículo 11° del PCG. EANA no abonará intereses por los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contratodepósitos de valores otorgados en garantía. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de Los intereses que devengaren los tres (3) días siguientes mismos pertenecen a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienessus depositantes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio medida que se hubiere dado cumplimiento al objeto que dio origen a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio la constitución de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) Todos los gastos en que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en haya incurrido el Oferente para la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición constitución de las pólizas se deberá tener garantías serán a su exclusivo costo y cargo. No será necesario presentar garantías en cuenta la siguiente información: • Beneficiario las excepciones previstas en el punto XX.3 del Reglamento de Compras y Contrataciones de EANA. El presente procedimiento está alcanzado por las prescripciones de la póliza: Universidad Nacional Ley Nº 27.437 Y 18.875, a los efectos de Colombia – Sede Medellíngarantizar el efectivo cumplimiento del “Régimen de Compre Trabajo Argentino”, que toda Oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal. • Dirección: Xxxxxxx 00 XxLa falta de presentación configurará una presunción, que admite prueba en contrario, de no cumplimiento de las prescripciones vigentes con relación a la calificación de Oferta nacional. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Asimismo, será de aplicación el Decreto Nº 1.075/2001 de “Fomento para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa”.

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Samples: www.eana.com.ar

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO Garantía de plazos: el adjudicatario garantizará los plazos de entrega de informes y pago de liquidaciones del Operador xxx Xxxxxxx y Operador del Sistema. - El adjudicatario deberá garantizar la posibilidad de recepción de programación e incidencias durante las 24 horas de día y los 7 días de la semana. - El adjudicatario constituirá, en nombre propio y por cuenta de Sogama, las garantías que hayan de otorgarse a favor del Operador del Sistema, el Operador xx Xxxxxxx o de quien se designe reglamentariamente, conforme a lo exigido en la normativa aplicable. - La constitución de estas garantías se efectuará en el importe, términos y condiciones establecidos por ambos Operadores u otra entidad competente, de acuerdo con las Reglas de Funcionamiento xxx Xxxxxxx, los Procedimientos de Operación del Sistema o cualesquiera otras normas que resulten de aplicación. - La cobertura de las garantías prestadas alcanzará exclusivamente a las obligaciones económicas que se deriven de la participación indirecta de Sogama, a través del adjudicatario como su Agente Vendedor, en el sistema de ofertas gestionado por el Operador xxx Xxxxxxx y, asimismo, ante el Operador del Sistema. - El adjudicatario deberá llevar a cabo la actualización de la garantía prestada en relación con la participación de Sogama en el sistema de ofertas, en el importe, términos y condiciones requeridos por el Operador del Sistema y/x xxx Xxxxxxx o la entidad que corresponda, conforme a lo dispuesto en la normativa y las citadas Reglas de Funcionamiento xxx Xxxxxxx o Procedimientos de Operación del Sistema. - En caso de que el adjudicatario resulte posteriormente obligado a la prestación de garantías para cubrir el pago de los desvíos de Sogama ante el Operador del Sistema ante la publicación de “medida cero” de las Plantas de éste en todas las horas durante siete días consecutivos, Sogama se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir realizar una transferencia bancaria vía Banco de España a su favor ante una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente adjudicatario por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente importe de la garantía mencionada en un plazo no superior a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes desde su comunicación por parte del adjudicatario. - El adjudicatario aportará una Comfort Letter a favor de Sogama por la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto que se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento hará garante solidario de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, pagos pendientes que el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta adjudicatario pueda tener con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Sogama.

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Samples: Pliego De Condiciones Que Habrá De Regir El Servicio De “Representante Y Agente Vendedor en El Mercado De Producción De Energía Eléctrica Para Las Instalaciones De Producción Eléctrica De Sogama

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD Para eventuales incumplimientos contractuales por parte del Contratista, este deberá suscribir una póliza de garantía única constitutiva a constituir favor de TELEPACIFICO, a su favor ante una través de póliza expedida por compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocidoseguros, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y Garantía de todas las obligaciones adquiridas, Cumplimiento: Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término Contrato y con una vigencia igual a la del mismo contrato y seis (606) meses más, contados a partir de la legalización del mismo. bEl valor de las primas y el valor que se cause por la ampliación de las sumas aseguradas o de la vigencia de la garantía, correrá a cargo del Contratista. Toda prórroga del plazo dará lugar a la correspondiente ampliación de las garantías señaladas, con el fin de mantener la cuantía porcentual y la vigencia pactada. PARÁGRAFO I. El costo de las primas y demás gastos que demande la constitución, prórrogas y modificaciones de la garantía única y pólizas de que se trata, correrán por cuenta de EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO II. La garantía única y pólizas se entenderán vigentes hasta la terminación del contrato garantizado y la prolongación de sus efectos no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral.: B) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por Salarios y Prestaciones Sociales e Indemnizaciones: Por cuantía equivalente a cien al cinco por ciento (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios5%), con una vigencia igual al plazo vencimiento del contratocontrato y tres (03) años más. Un deducible del 10C) Responsabilidad Civil Extracontractual: El Contratista constituirá dicha póliza por un valor equivalente al 20% del valor total del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción contrato, con una vigencia al vencimiento del contrato y presentarse seis (06) meses más, la cual se constituye mediante amparo autónomo. El Contrato de igual manera tendrá incorporado las cláusulas excepcionales contempladas en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División normatividad de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Estatal.

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Samples: telepacifico.com

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO A fin de garantizar el cumplimiento del CONTRATO celebrado por el HOSPITAL y el PROVEEDOR, éste último se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía otorgar póliza de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte fianza por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible un importe del 10% del valor monto total del valor CONTRATO, antes de I.V.A. señalándose como beneficiaria de la misma al HOSPITAL. De conformidad con el artículo 87 del Reglamento de la LEY, cuando la contratación abarque más de un ejercicio fiscal, la garantía de cumplimiento del contrato podrá ser por el porcentaje que corresponda del monto total por erogar en el ejercicio fiscal de que se trate, y deberá ser renovada cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse ejercicio fiscal por el monto que se ejercerá en el mismo, la cual deberá presentarse al HOSPITAL, a más tardar dentro de los tres primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda. La póliza de fianza deberá ser expedida por empresa afianzadora constituida en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas señalándose como beneficiario de la misma al HOSPITAL, debiendo observar los requisitos del modelo de Anexo No. 9 (3SECCIÓN VIII) de la CONVOCATORIA. O la garantía que corresponda, de acuerdo con el monto que resultare adjudicado. De conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la LEY, la garantía de cumplimiento del CONTRATO deberá presentarse en el plazo o fecha previstos en la CONVOCATORIA; en su defecto, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la suscripción firma del contrato y presentarse CONTRATO, salvo que la prestación del servicio se realice dentro del citado plazo y, la correspondiente al anticipo se presentará previamente a la entrega de éste, a más tardar en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante la fecha establecida en el Jefe CONTRATO. Para proceder a la devolución de la División garantía de Contratación cumplimiento del CONTRATO, será requisito indispensable la manifestación expresa y Gestión por escrito del HOSPITAL a través del área requirente de Bieneseste HOSPITAL, de liberar las fianzas correspondientes. Para lo anterior se requerirá finiquito total de las obligaciones estipuladas en el CONTRATO. Asimismo, la garantía otorgada será liberada a petición del PROVEEDOR, una vez que el HOSPITAL a través del (las) ÁREA(S) REQUIRENTE(S) manifiesten y emitan según corresponda la Constancia de Cumplimiento Total de las Obligaciones Contractuales, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato que manifieste que se han recibido a satisfacción del SERVICIO y no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado existe adeudo pendiente de cumplir por parte del PROVEEDOR (ES) con el cumplimiento HOSPITAL. La póliza de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO fianza deberá remitir oportunamente enviarse en archivo electrónico a la dirección xxxxxxx.xxx@xxxxx.xxx para su revisión previa y aprobaciónen original al Departamento de Abastecimiento ubicado en el Edificio de gobierno, primer piso en un horario de 9:00 a 16:00 horas, en días hábiles, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del CONTRATO. A fin de garantizar calidad de los servicios brindados por el respectivo certificado modificatorio PROVEEDOR, éste se obliga a otorgar póliza de fianza por un importe del 10% del monto total del CONTRATO, antes de I.V.A. señalándose como beneficiario al HOSPITAL contra defectos y vicios ocultos de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globalescalidad de los servicios, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos así como de cualquier otra responsabilidad mencionada en la presente cláusula; b) que aporten el certificado contrato La póliza de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida fianza deberá ser expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la aseguradora Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor del HOSPITAL JUÁREZ DE MÉXICO debiendo observar los requisitos del modelo de Anexo No. 24 (Sección VIII) de la CONVOCATORIA. Dicha póliza de fianza deberá ser entregada a "EL HOSPITAL", a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato. La devolución y cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que "EL HOSPITAL" otorgue el documento en el que se manifieste la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de "EL PROVEEDOR", la liquidación debida. Asimismo, la garantía otorgada será liberada a petición del PROVEEDOR, una vez que el ÁREA REQUIRENTE manifieste y emita según corresponda la Constancia de Cumplimiento Total de las Obligaciones Contractuales, en la que conste manifieste que la póliza ampara se han recibido a satisfacción de los servicios proporcionados y no existe adeudo pendiente de cumplir por parte del PROVEEDOR (ES) con el presente contrato de arrendamientoHOSPITAL. PARÁGRAFO V En la La póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se fianza deberá indicar que enviarse en archivo electrónico a la Universidad Nacional dirección xxxxxxx.xxx@xxxxx.xxx para su revisión previa y en original al Departamento de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición Abastecimiento ubicado en el Edificio de las pólizas se deberá tener gobierno, primer piso en cuenta un horario de 9:00 a 16:00 horas, en días hábiles, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000firma del CONTRATO.

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Samples: Convenio Privado De Propuesta Conjunta

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO El Proveedor garantiza y se obliga responsabiliza por entregar mercancías y servicios y conformidad con LA UNIVERSIDAD las normas, leyes, reglamentos y exigencias aplicables, libres de defectos e imperfecciones, adecuados a constituir a su favor ante una compañía los fines al que se destinan, de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza acuerdo con los siguientes amparos: a) Cumplimiento las especificaciones del contrato Pedido y de todas fabricación y producción, y en las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte exactas cualidades y cantidades indicadas en el Pedido. 8.1. Eventuales garantías contractuales acordadas entre las Partes serán complementares a las garantías legales. Los plazos de garantía tienen inicio a partir de la formalización de la recepción por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente ECOLAB. 8.2. Eventuales inconformidades de mercancías o productos deberán ser remediadas por el término Proveedor en el menor plazo posible, sin cualquier costo o cargos para ECOLAB, tantas veces fuesen necesarias de modo que el Proveedor soportará todos los costos de remoción y reposición incluyendo sin limitación, los costos de transporte y seguro de/para el local de entrega. 8.3. En la omisión del mismo y seis (6) meses másProveedor en remediar la desconformidad en el plazo solicitado por ECOLAB, ésta podrá solicitar a terceros que lo haga, bajo los costos del Proveedor 8.4. b) De Responsabilidad Civil ExtracontractualSi el Proveedor cumple con su obligación de remediar alguna desconformidad, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno un nuevo periodo de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo garantía comenzará cuando haya la nueva entrega del contratoproducto sin desconformidad. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III8.5. En caso ECOLAB exija controles de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato calidad específicos de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobaciónmercancía, el respectivo certificado modificatorio Proveedor despenalizará muestras suficientes a esta finalidad, cabiendo a ECOLAB la relación de la garantíalos correspondientes análisis. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales8.6. El Proveedor también es obligado a reembolsar cualquier dispensa incurrida por ECOLAB debido a los gastos incurridos para corregir los servicios/productos defectuosos, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida aunque sea por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamientootro Proveedor indicador por Ecolab. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 00009.

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Samples: www.ecolab.com

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD Garantía del CONCEDENTE a constituir favor del CONCESIONARIO El CONCEDENTE realizará todas las gestiones y coordinaciones que fueren pertinentes para que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 26885 “Ley de Incentivos a su favor ante una compañía las Concesiones de seguros o Obras de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato Infraestructura y de todas las obligaciones adquiridasServicios Públicos”; el Poder Ejecutivo expida el Decreto Supremo al que se refiere el artículo 2° del Decreto Ley N° 25570, equivalente Norma Complementaria al veinte por ciento (20%) del valor total del contratoDecreto Legislativo N° 674, vigente modificado por el término artículo 6° de la Ley N° 26438, por el cual el Estado de la República del mismo Perú respalda las declaraciones, obligaciones y seguridades del CONCEDENTE establecidas en el Contrato. Las Partes reconocen que en ningún caso la referida garantía constituirá una garantía financiera. El CONCEDENTE garantiza que adquirirá, instalará, calibrará y pondrá en funcionamiento los Equipos de Navegación Aérea con sus respectivos repuestos, a más tardar a los seis (6) meses másantes del inicio de la Etapa de Operación. bPara tales efectos deberá elaborar, con la participación xx XXXXXX, un expediente técnico cuyo cronograma de instalación deberá ser concordante con el cronograma del EDI de la Etapa de Ejecución de Obras. El CONCEDENTE deberá coordinar con el CONCESIONARIO durante la elaboración del mencionado expediente. El CONCEDENTE garantiza que CORPAC prestará los Servicios de Navegación Aérea en el AICC de manera ininterrumpida. El CONCEDENTE garantiza que CORPAC cumplirá con ejecutar las actividades delegadas por la DGAC en cumplimiento de la normativa aplicable en lo que respecta a la Seguridad Operacional (safety), conforme a la normativa aplicable. EL CONCEDENTE deberá asumir toda responsabilidad, indemnización, compensación, resarcimiento u obligación de cualquier naturaleza, derivada de daños que pueda ocasionar CORPAC en la ejecución de sus funciones por causas directamente imputables a esta. El CONCEDENTE, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29908, deberá efectuar, directamente y/o a través de la DGAC y/o CORPAC, todos los trámites y gestiones respectivos para finalizar las operaciones aeroportuarias y cualquier operación de índole comercial que se lleven a cabo en el AIVA, con lo cual el mencionado aeropuerto cesará actividades de manera inmediata, permanente y definitiva, una vez que se culmine la ejecución del Plan de Migración. El CONCEDENTE garantiza que colaborará con la obtención de las licencias o permisos municipales, sectoriales o sanitarios que sean necesarios para el objeto del presente Contrato. El CONCEDENTE garantiza al CONCESIONARIO que no autorizará la construcción ni operación de un aeropuerto de uso comercial dentro de un radio no menor de ciento cincuenta (150) De Responsabilidad Civil Extracontractualkilómetros alrededor del Aeropuerto, por cuantía equivalente a cien excepción del AIVA durante la ejecución del Plan de Migración. El CONCEDENTE garantiza que las Vías de Acceso se encontrarán construidas y operativas a más tardar a los cuatro (10004) SMLMV Años Calendario contados a partir de la Fecha de Cierre. Asimismo, el CONCEDENTE se obliga a realizar la rehabilitación y el mantenimiento necesario de las Vías de Acceso durante la vigencia de la Concesión. El CONCEDENTE garantiza que las obras de mejoramiento que sean necesarias en la carretera de jerarquía nacional existente Poroy – Cachimayo – Chinchero – Urubamba6 serán culminadas, a más tardar a los cuatro (04) Años Calendario contados a partir de la Fecha de Cierre. Asimismo, el CONCEDENTE se obliga a realizar las labores necesarias para cada uno mantener la misma en condiciones adecuadas, a lo largo de la vigencia de la Concesión. El CONCEDENTE garantiza que en caso se requiera reubicar el tramo de la carretera de jerarquía nacional que actualmente se encuentra ubicada dentro del Área de la Concesión, éste asumirá todas las obligaciones y realizará todas las acciones necesarias en el más breve plazo, de tal forma que no se afecte la prestación de los siguientes amparos: prediosServicios Aeroportuarios. El CONCEDENTE garantiza que, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a en todo momento se mantendrá la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe transitabilidad de la División carretera de Contratación y Gestión jerarquía nacional mencionada y/o las Vías de BienesAcceso. De igual forma garantiza que en casos de emergencia que impida la transitabilidad de las referidas vías restablecerá la(s) misma(s) a fin de no afectar el normal desarrollo de las operaciones del Aeropuerto. El CONCEDENTE garantiza que, en caso se requieran áreas adicionales (áreas de acceso, otras áreas que impliquen reasentamiento de población u otras áreas) necesarias para la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con o explotación de las Obras identificadas en el respectivo EDI aprobado y/o que resulten necesarias para el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDADEstándares Básicos, adquirirá dichas áreas en el más breve plazo, de tal forma que no se afecte el cumplimiento de las obligaciones del CONCESIONARIO. PARÁGRAFO III. En caso El CONCEDENTE garantiza la transferencia fiduciaria de prórroga, adición, suspensión o modificación los fondos destinados al Fideicomiso de manera completa y oportuna de conformidad con los términos establecidos en la Cláusula Novena del presente Contrato Contrato. El CONCEDENTE se compromete a ejecutar los procedimientos de Arrendamientoimposición de servidumbres que hayan sido requeridas por el CONCESIONARIO para el cumplimiento de sus obligaciones conforme a este Contrato, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente previa solicitud de éste. El CONCEDENTE, a través xx XXXXXX, garantiza la provisión del personal especializado y los recursos necesarios para su revisión que se presten adecuadamente los servicios de navegación aérea (ANS) en el AIVA y aprobaciónen el AICC en forma simultánea, el respectivo certificado modificatorio durante la ejecución del Plan de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Migración.

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Samples: Contrato De Concesión Del Nuevo Aeropuerto Internacional De Chinchero

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO CONTRATISTA se obliga con LA UNIVERSIDAD compromete a constituir a su favor ante una compañía del Cumplimiento 20% del valor del contrato Plazo de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento ejecución del contrato y de todas las obligaciones adquiridas6 meses más Salarios, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del prestaciones sociales e indemnizaciones laborales 10% del valor del contrato Plazo de ejecución del contrato y 3 años más Calidad de los bienes y servicios suministrados 20% del valor del contrato Plazo de cada pérdida ejecución del contrato y 1 año más Responsabilidad Civil Extracontractual 25% del valor total del contrato Plazo de mínimo 1 SMLMVejecución PARÁGRAFO PRIMERO: La póliza de que trata la presente cláusula deberá ser a favor de Particulares. PARAGRAFO IPARÁGRAFO SEGUNDO: Estas garantías deberán constituirse La garantía única de cumplimiento respectiva que para el efecto expida la compañía aseguradora, deberá ser entregada dentro de los tres XXX (3XX) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDADpresente contrato, ante debidamente firmada, junto con el Jefe recibo pago de la División misma, expedido por la aseguradora. En el evento en el que EL CONTRATISTA no xxxxxxx la póliza con el recibo de Contratación pago dentro del término establecido, se entenderá que no tiene interés en ejecutarlo y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42no se perfeccionará. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. TERCERO: En caso de prórrogaque se prorrogue el plazo de ejecución del presente contrato o se adicione el valor, documento de adición, suspensión modificación o modificación del prórroga que se suscriba, en los mismos términos y alcances establecidos en el presente Contrato contrato. PARÁGRAFO CUARTO: EL CONTRATISTA deberá mantener la garantía vigente en los términos expresados en esta cláusula y deberán pagar las primas y cualquiera otra expensa necesaria para constituirla, mantenerla, prorrogarla o adicionarla. PARÁGRAFO QUINTO: Los gastos de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio constitución de la garantíapóliza mencionada en esta cláusula y el pago de la prima correspondiente serán por cuenta del CONTRATISTA. PARÁGRAFO IVSEXTO: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con CONTRATISTA se obliga a actualizar las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que seguros conforme a la Universidad Nacional fecha de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición suscripción del Acta de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Inicio.

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Samples: www.fiduprevisora.com.co

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD De acuerdo al objeto de la contratación y a constituir a su favor ante una compañía lo establecido en los artículos 74, 75, 76 LOSNCP, el contratista debe presentar las siguientes garantías:  Garantía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento Fiel Cumplimiento.- Para seguridad del cumplimiento del contrato y de todas para responder por las obligaciones adquiridasque contrajeren a favor de terceros, equivalente relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al veinte por ciento (20%) del valor total momento de la firma del contrato, vigente rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del valor de aquel. Con cargo a la garantía de fiel cumplimiento se podrá efectivizar las multas que le fueren impuestas al contratista.  Garantía por Xxxxxxxx.- Si por la forma de pago establecida en el término contrato, la Entidad Contratante debiera otorgar anticipos de cualquier naturaleza, sea en dinero, giros a la vista u otra forma de pago, el contratista para recibir el anticipo, deberá rendir previamente garantías por igual valor del mismo y seis (6) meses másanticipo, que se reducirán en la proporción que se vaya amortizando aquél o se reciban provisionalmente las obras, bienes o servicios. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente Las cartas de crédito no se considerarán anticipo si su pago está condicionado a cien (100) SMLMV para cada uno la entrega - recepción de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo bienes u obras materia del contrato. Un deducible El monto del 10% del valor del valor anticipo lo regulará la Entidad Contratante en consideración de cada pérdida la naturaleza de la contratación.  Garantía Técnica para ciertos Bienes.- En los contratos de adquisición, provisión o instalación de equipos, maquinaria o vehículos, o de obras que contemplen aquella provisión o instalación, para asegurar la calidad y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro buen funcionamiento de los tres (3) días siguientes a mismos, se exigirá, además, al momento de la suscripción del contrato y presentarse como parte integrante del mismo, una garantía del fabricante, representante, distribuidor o vendedor autorizado, la que se mantendrá vigente de acuerdo con las estipulaciones establecidas en este mismo término para aprobación el contrato.  Garantía técnica de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe calidad de los reactivos Presentar la garantía técnica de los reactivos mismas que entrarán en vigencia a partir de la División recepción de Contratación los mismos y Gestión tendrá una duración similar al período de Bienessu vida útil y, en caso de que se produzca un canje, la carrera 00 X° 00x-000garantía técnica se extenderá al período de vida útil del nuevo reactivo, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado de conformidad con el cumplimiento artículo 76 de la LOSNCP. Estas garantías son independientes y subsistirán luego de cumplida la obligación principal.  Garantía técnica de calidad de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso equipos Presentar la garantía técnica de prórrogalos equipos, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio misma que entrarán en vigencia a partir de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre recepción de los mismos y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten se encontrará vigente por el certificado período de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000su vida útil.

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Samples: Carta De Acondicionamiento

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga A fin de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, los oferentes y adjudicatarios deberán constituir garantías o contra-garantías en los casos, en las formas y por los montos que establezcan la reglamentación o los pliegos, con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía las excepciones que aquéllos determinen. Garantía de seguros o mantenimiento de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparosoferta: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento CINCO POR CIENTO (205%) del valor monto total de la oferta. En el caso de cotizar con descuentos, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto. Garantía de cumplimiento de contrato: xxx XXXX POR CIENTO (10%) del contratomonto total de la Orden de Compra, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse deberá ser presentada dentro de los tres CINCO (5) días de recibida la Orden de Compra o de firmado el contrato. No será obligatoria la presentación de la garantía de cumplimiento de contrato, cuando el monto de la orden de compra/entrega o contrato no supere la cantidad que represente UN MIL TRESCIENTOS MÓDULOS (1.300 M); equivalente a la suma de PESOS SIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($7.800.000.-); conforme la actualización del monto del VALOR MÓDULO (VM) establecido por Acta de Directorio N° 90 de fecha 25 de octubre del 2022. Contragarantía: por el equivalente a los montos que reciba el cocontratante como adelanto. De impugnación al dictamen de evaluación de las ofertas: TRES POR CIENTO (3%) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe monto de la División oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato. De impugnación al dictamen de Contratación preselección: TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato. De impugnación al acto de adjudicación: TRES POR CIENTO (3%) del moPntLoIEtoGt-a2l 0d2e2l-a1o1f7e5r7ta0.525-APN-FASE#MTR Todas las garantías deberán ser constituidas de acuerdo a las formas, plazos y Gestión lineamientos previstos en los artículos 27 del Manual de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42Compras y Contrataciones de FASE y el artículo 74 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con Para el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con que las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la garantías sean constituidas mediante póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional seguro de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición caución las mismas, deberán estar aprobadas SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN (SSN), extendidas a favor de las pólizas se deberá tener FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO-FASE (CUIT N° 30-71525570-3) con domicilio en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO El contratista se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir pagar a favor de la municipalidad las siguientes garantías: 1.) FIANZA DE ANTICIPO: Por el monto del anticipo indicado en la cláusula tercera del presente contrato, para garantizar la correcta inversión del mismo, hasta su total amortización, artículo cincuenta y ocho (58) de la ley 2.) FIANZA DE CUMPLIMIENTO: como requisito previo a la aprobación del presente contrato, el contratista deberá otorgar a favor ante de la municipalidad en una compañía Institución Afianzadora debidamente autorizada de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, reconocida capacidad y solvencia económica una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, fianza equivalente al veinte diez por ciento (2010%) del monto total del contrato, o bien pueda hacer un depósito o hipoteca del pago de salarios, prestaciones laborales de sus trabajadores, cuotas patronales, establecidas por la Ley y con el noventa por ciento (90%) restante del cumplimiento de acuerdo a las especificaciones planos y demás. Esta garantía estará vigente hasta que la Municipalidad extienda constancia de haber recibido la garantía de conservación de obra, de conformidad con los artículos: treinta y cinco y treinta y nueve (35 y 39) del reglamento. 3.) FIANZA DE CONSERVACIÓN DE OBRA: Con esta fianza se garantizará la conservación de la obra, objeto de este contrato en efectivo, hipoteca o prenda que cubra el valor de las reparaciones de las fallas y desperfectos que le sean imputables y que puedan aparecer dentro del término de 18 meses contados a partir de la fecha de recepción de la obra, la presente garantía deberá ser otorgada por un equivalente al quince por ciento (15%) del valor total original del contrato, vigente presente contrato y como requisito previo a la recepción de la obra. 4) DE SALDOS DEUDORES: Esta será de cinco por el término del mismo y seis ciento (65%) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor presente contrato y que garantizará el pago de cada pérdida y saldos deudores a favor de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes la Municipalidad o terceras personas que resuelven a la suscripción del contrato liquidación correspondiente, aprobada la liquidación y presentarse en este mismo término para aprobación si no hubiera saldos deudores esta garantía será cancelada de LA UNIVERSIDAD, ante conformidad con el Jefe artículo sesenta y ocho (68) de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42ley. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.OCTAVA:

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Samples: Contrato Administrativo Número

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga De conformidad con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante el Artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el proveedor deberá garantizar los servicios mediante fianza expedida por una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocidoinstitución financiera autorizada, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento por el 10% del importe máximo del contrato antes del Impuesto al Valor Agregado. 10.PENAS CONVENCIONALES El importe de la pena convencional, por regla general será, por cada día natural de retraso, de 1 al millar sobre el monto de los servicios solicitados no entregados oportunamente, durante los primeros cinco días naturales de retraso; de 1.5 al millar sobre el monto de los servicios solicitados no entregados oportunamente, por los cinco días naturales siguientes y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente 2 al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por millar sobre el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno monto de los siguientes amparos: prediosservicios solicitados no entregados oportunamente por los días naturales subsecuentes, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y en el entendido de que dicha penalización no propios, con una vigencia igual al plazo excederá e! importe de la garantía de cumplimiento del contrato. Un deducible Asimismo, en relación con las incidencias de nivel 1 contenidas en la Tabla de Severidad de/ numera/ 7 "Niveles de Servicio", en caso de que "LA EMPRESA" incumpla en la prestación oportuna de "LOS SERVICIOS" el importe de la pena convencional será de 1 al millar sobre el monto total de los servicios contratados, por cada hora de retraso, durante las primeras 6 horas contadas a partir del 10% vencimiento del valor del valor plazo establecido; de 1.5 al millar sobre el monto total de los servicios contratados, por cada pérdida hora de retraso, durante las siguientes 6 horas; y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro 2 al millar sobre el monto total de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse servicios contratados, por cada hora de retraso, durante las horas subsecuentes, en este mismo término para aprobación el entendido de LA UNIVERSIDAD, ante que dicha penalización no excederá el Jefe importe de la División garantía de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42cumplimiento del contrato. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.HACIENDA SOC\EDAD HIPOTECARIA

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Samples: Carta De Ausencia De Conflicto De Interés

GARANTÍAS. De conformidad con los artículos 31 y 32 de la Ley de Obras Públicas del Estado y artículos 16 y 17 de su Reglamento, “EL ARRENDATARIO CONTRATISTA” se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir las garantías siguientes: Los contratistas garantizaran a su las dependencias y entidades el o los importes que por concepto de anticipos les otorgue de conformidad con lo pactado el contrato respectivo y se ajustaran a lo siguiente: La garantía será por la totalidad del monto concedido y se constituirá mediante fianza otorgada por institución acreditada a favor ante una compañía de seguros la entidad o de banco comercial legalmente reconocidola secretaria de finanza del ejecutivo del estado o de la tesorería municipal que corresponda, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento misma que contados a partir de que el contratista reciba copia del contrato o del acta del fallo de adjudicación o para los ejercicios subsecuentes de la fecha de notificación. Con fundamento en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas Del Estado el atraso en la entrega del anticipo será motivo para diferir sin modificar en igual plazo el programa de ejecución pactado y formalizar mediante ADDENDUM la nueva fecha de todas las obligaciones adquiridasiniciación de los trabajos. Cuando “EL CONTRATISTA” no entregue la garantía de los anticipos dentro del plazo señalado en el art 16 del reglamento, equivalente no se procederá al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractualdiferimiento y, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV lo tanto, deberá iniciar la obra en la fecha establecida. La fianza subsistirá hasta la total amortización del anticipo correspondiente, requiriéndose para cada uno su cancelación, la autorización previa y por escrito del Director de los siguientes amparos: prediosObras Públicas del Municipio de Calakmul. Dicha fianza, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo se rige por lo establecido en el artículo 17 del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe Reglamento de la División Ley de Contratación Obras Públicas del Estado de Campeche y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con contendrá las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.declaraciones expresas:

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Samples: Contrato No. Hac Fopet Se 001 2018

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO CONTRATISTA se obliga con a favor de LA UNIVERSIDAD CÁMARA a constituir y a mantener vigente por su cuenta y a favor ante de ésta, en una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocidoestablecida en el país, una póliza con domiciliada en Bogotá, D.C., y aceptada por LA CÁMARA, las pólizas que cubran los siguientes amparos: a) Cumplimiento CUMPLIMIENTO: Una póliza que garantice el cumplimiento del presente contrato, por un valor asegurado igual al 20% del valor del contrato, con vigencia igual a la del presente contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de todas las obligaciones adquiridasla suscripción del contrato. b) CALIDAD DEL SERVICIO: Una póliza que garantice la calidad de los servicios prestados en el presente contrato, equivalente por un valor asegurado igual al veinte 30% del valor del contrato, con vigencia igual a la del presente contrato y tres (3) años más, contados a partir de la suscripción del contrato. En el documento de la póliza se deberá dejar constancia que dentro de la garantía de calidad del servicio, se entiende incluido la calidad de los diseños presentados y entregados. c) SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: Una póliza que garantice los salarios y prestaciones sociales, por ciento (20%) un valor asegurado igual al 15% del valor total del contrato con una vigencia igual a la del presente contrato y 3 años más, contados a partir de la suscripción del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6. d) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno CALIDAD DE LOS ELEMENTOS SUMINISTRADOS: Una póliza que garantice la calidad de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propioselementos suministrados por un valor asegurado del 30% del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo a la del presente contrato y 3 años más, contados a partir de la suscripción del contrato. Un deducible e) BUEN MANEJO DEL ANTICIPO Y CORRECTA INVERSIÓN: Una póliza que garantice el buen manejo del 10anticipo y la correcta inversión por un valor asegurado del 100% del valor del valor anticipo con una vigencia igual a la presente del contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42contrato. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO IIIPARÁGRAFO: MODIFICACIONES. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación todos los casos en que se modifique las condiciones del presente Contrato de Arrendamientocontrato, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, CONTRATISTA se compromete a presentar a LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten CÁMARA el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición modificación de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellínpólizas, según corresponda. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.14)

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Samples: Contrato De XXXXXX

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga La persona licitadora que haya presentado la mejor oferta de acuerdo con LA UNIVERSIDAD lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP 9/2017 –de conformidad con lo establecido en el art. 145 LCSP-, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación, deberá constituir a su favor ante una compañía disposición del órgano de seguros o contratación la garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total adjudicación del contrato, vigente excluido el IVA. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71. En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el término del mismo y seis (6) meses másorden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del La garantía exigida en el contrato y podrá presentarse en este mismo término para aprobación cualquiera de LA UNIVERSIDAD, ante las formas previstas en el Jefe art. 108 de la División de Contratación y Gestión de BienesLCSP 9/2017, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la carrera 00 X° 00x-000Tesorería General del Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran. De no cumplirse este requisito por causas imputables a la persona licitadora, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato el Ayuntamiento no podrá dar inicio efectuará la adjudicación a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO IIIfavor. En caso de prórrogaque se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, adicióneste deberá reponer o ampliar aquella, suspensión o en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Cuando, como consecuencia de una modificación del presente Contrato contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. A estos efectos no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión y aprobación, del mismo conforme a lo señalado en el respectivo certificado modificatorio Capítulo II del Título III del Libro I de la LCSP 9/2017. Página3 La devolución de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta , tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con pólizas globaleslo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP 9/2017, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre una vez vencido el plazo de garantía, en su caso, y en todo caso, cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparosno exista plazo de garantía, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida una vez se consideren cumplidas por la aseguradora en persona adjudicataria todas sus obligaciones contractuales de forma satisfactoria para la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Administración.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares De Contrato De Suministro De Un Camión Recolector Compactador De Residuos Sólidos Urbanos

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante Garantía por un valor equivalente al total del anticipo incondicional irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por un banco o institución financiera, establecía en el país o por intermedio de ellos o fianza instrumentada en una póliza de seguros, por un valor equivalente al total del anticipo incondicional e irrevocable, de cobro inmediato, emitida por una compañía de seguros seguro establecida en el país. Estas garantías no admitirán cláusula alguna que establezca trámite administrativo previo, bastando para su ejecución el requerimiento por escrito del CONTRATANTE. Cualquier cláusula en contrario, se entenderá como no escrita. El monto de la Garantía de Cumplimiento es del 5% del monto total del contrato en dólares de los Estados Unidos de América, instrumentada a través de garantía bancaria fianza o de banco comercial legalmente reconocido, fianza instrumentada en una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridasseguros, por un valor equivalente al veinte cinco por ciento (205%) del valor total monto del contratocontrato incondicional e irrevocable, vigente de cobro inmediato, emitida por una compañía de seguro establecida en el término país. Estas garantías no admitirán cláusula alguna que establezca trámite administrativo previo, bastando para su ejecución el requerimiento por escrito del mismo CONTRATANTE. Cualquier cláusula en contrario, se entenderá como no escrita. Adicionalmente para asegurar la calidad y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno buen funcionamiento de los siguientes amparos: prediosbienes y equipos que se incorporen a las obras, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual se deberá adjuntar al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor momento de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y como parte integrante del mismo, una garantía del fabricante, representante, distribuidor o vendedor autorizado, la que se mantendrá vigente de acuerdo con las estipulaciones establecidas en el contrato. Estas garantías son independientes y subsistirán luego de cumplida la obligación principal. De no presentarse esta garantía, el contratista entregará una garantía instrumentada en este mismo término cualquiera de las formas previstas en el Pliego por igual valor del bien a suministrarse, de conformidad con lo establecido en los pliegos y en el contrato. Es el trabajo de cortado y retirado xx xxxxx metálicas (existentes) que estén deterioradas y dañadas a causa del medio ambiente. La verificación y decisión de retirar la malla se las realizará por el A/I Fiscalizador; se procederá a revisar a simple vista y luego con amoladora verificar la consistencia del material y evaluar que la malla o que parte de ellas se van a retirar. Se procederá a retirar la malla con arco, sierra o amoladora, se las debe almacenar en sitios o bodegas adecuadas, donde no haya humedad. Se revisaran las mallas metálicas y las que estén en buenas condiciones servirán para aprobación reparaciones menores. Las mallas que estén totalmente dañadas se las cambiara por otras nuevas, siguiendo los procedimientos de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx “retiro xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación xxxxx” objeto del presente Contrato estudio. Una vez concluido todo el proceso de Arrendamientoretiro xx xxxxx, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio Fiscalización efectuará la verificación de que éste rubro se encuentre perfectamente terminado. La medición será de acuerdo a la garantíacantidad efectiva de retiro xx xxxxx. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida Su pago será por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000metro (m).

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Samples: www.contratacionobras.gob.ec

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga El Contratista realizará los trabajos diligentemente, de acuerdo con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocidolas prácticas habituales y reglas del arte, una póliza y con los siguientes amparos: a) Cumplimiento códigos y normas que sean de aplicación a la fecha de la firma de este Contrato. Antes del contrato inicio del Servicio, el Contratista deberá entregar a AcuaMed la garantía prevista en la documentación de la licitación en concepto de garantía de fiel cumplimiento de su realización y de todas las responsabilidades que se deriven de este Contrato, por el valor indicado en el apartado 5 del cuadro resumen. La garantía queda incorporada al Contrato como Anexo. Todo ello sin perjuicio de su actualización cuando proceda. El aval podrá ser utilizado para cubrir cualquier responsabilidad en que pueda incurrir el Contratista y/o sus subcontratistas por los daños y perjuicios que pueda sufrir AcuaMed como consecuencia de cualquier incumplimiento de las obligaciones adquiridasque el Contratista asume para el desarrollo del servicio. En el supuesto de que, equivalente al veinte por ciento (20%) cualquier circunstancia, durante la vigencia del valor total del contratoContrato o en su Período de Garantía, vigente se viese disminuida la fianza o aval prestados por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil ExtracontractualContratista, por cuantía equivalente haber sido hecha efectiva alguna responsabilidad del mismo, el Contratista queda obligado a cien (100) SMLMV para cada uno reponer nuevamente la fianza o aval en la parte utilizada y dentro del plazo de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres quince (315) días siguientes al requerimiento que para estos fines realice AcuaMed. El incumplimiento de esta obligación por el Contratista, dará derecho a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDADAcuaMed a resolver el presente Contrato, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, con los efectos previstos en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación cláusula 13.19 del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobaciónpliego. Cumplido el Contrato, el respectivo certificado modificatorio aval se mantendrá en favor de AcuaMed durante el Período de Garantía establecido en el apartado 28 del Cuadro Resumen para cubrir los perjuicios, daños y gastos que pudieran derivarse de defectos en los trabajos realizados. Transcurrido dicho plazo sin haberse registrado los defectos mencionados, se acordará la devolución por parte de AcuaMed y se notificará dicho extremo al interesado en el plazo de dos meses desde la finalización del plazo de garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.

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Samples: Pliego De Cláusulas Reguladoras Para La Contratación Del Servicio De “Mensajeria en Acuamed

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a CONTRATISTA deberá constituir a su favor propia xxxxx, ante una compañía Compañía de seguros Seguros o una Institución Bancaria legalmente establecida en el país y vigiladas por la correspondiente Superintendencia, UNA PÓLIZA A FAVOR DE EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS destinada a amparar el cumplimiento de banco comercial legalmente reconocidola totalidad de las obligaciones asumidas por éste, una póliza con los siguientes amparosen la cual el asegurado principal y beneficiario sea el amb. S.A. E.S.P., así: a) Cumplimiento LA CORRECTA INVERSIÓN Y LA DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO, de conformidad con lo establecido en el literal a) de la Cláusula 4 de este instrumento por un valor igual al ciento por ciento (100%) del contrato Anticipo, es decir por la suma de ($ ) y por un término igual a la vigencia del contrato, contabilizados a partir de la fecha de expedición de la Garantía. Una vez amortizado totalmente el anticipo con el último pago del Contrato, el amb autorizará la cancelación de éste amparo, dentro de los siguientes quince (15) días a la solicitud del CONTRATISTA; b) CUMPLIMIENTO. Para garantizar el total y estricto cumplimiento de todas las obligaciones adquiridasque adquiere con el contrato, equivalente así como también para responder por el pago de las multas y la cláusula penal pecuniaria a que se puede hacer acreedor. Dicha garantía deberá tener una cuantía igual al veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato, es decir por la suma de ($ ) y por un término igual a la vigencia del contrato, vigente contabilizado a partir de la fecha de expedición de la Garantía; c) PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES suma de ($ ), con un término igual al plazo del contrato y tres (3) años más años más, contabilizados a partir de la fecha de expedición de la Garantía. PARÁGRAFO. Esta garantía deberá modificarse una vez cumplida la ejecución del objeto del contrato y para llevar a efecto la liquidación del mismo, EL CONTRATISTA deberá presentar el correspondiente certificado de modificación de la garantía en el que conste: el cubrimiento del Riesgo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones del personal utilizado por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil ExtracontractualEL CONTRATISTA para la ejecución de los trabajos, por una cuantía equivalente al 20% del valor total del contrato y por un plazo de tres (3) años más contados a cien (100) SMLMV para cada uno partir de la entrega y recibo final de los siguientes amparostrabajos; d). CALIDAD: prediosesta garantía deberá constituirse a favor del amb. S.A. E.S.P., labores por una cuantía equivalente al veinte (20%) del valor total del contrato, y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.un

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Samples: Minuta Contrato De Diseño, Construcción, E Instalación Número De 2014 Suscrito Entre El Acueducto Metropolitano De Bucaramanga s.a. e.s.p. Y

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO CONTRATISTA se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir constituir, a su favor ante del FONDO, garantía única que ampare el cumplimiento de las obligaciones derivadas de éste contrato, la cual podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o de garantía bancaria expedida por un banco comercial legalmente reconocidolocal, una póliza con que incluya los siguientes amparos: a) Cumplimiento 1. De cumplimiento: que cubra los perjuicios ocasionados al FONDO por el incumplimiento total o parcial de las obligaciones asumidas por el CONTRATISTA mediante este contrato, así como de su cumplimiento tardío o defectuoso. Además de esos riesgos, este amparo debe comprender el pago del valor de la cláusula penal pecuniaria de apremio y de la compensatoria, en los porcentajes señalados en este mismo contrato. La cuantía xxx xxxxxx de cumplimiento debe ascender al 20% del valor del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente su vigencia extenderse por el término del mismo plazo establecido para su ejecución y seis (6) meses más. b) 2. De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno calidad y correcto funcionamiento de los siguientes amparos: prediosbienes suministrados, labores para cubrir los perjuicios derivados de la mala calidad, de las deficiencias técnicas o del incumplimiento de los parámetros o de las normas técnicas establecidos en el contrato para los bienes objeto de éste. La cuantía xxx xxxxxx debe corresponder al diez (10) por ciento del valor del contrato y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una su vigencia igual al plazo extenderse por el término de seis (6) meses contados a partir de la fecha de terminación del contrato. Un deducible PARÁGRAFO PRIMERO: La garantía única debe presentarse, para aprobación del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse FONDO ADAPTACIÓN, a más tardar dentro de los tres dos (32) días hábiles siguientes a la suscripción celebración del contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL CONTRATISTA debe mantener, durante la vigencia del contrato, la suficiencia de los amparos otorgados a favor del FONDO. En consecuencia, en el evento en que el plazo de ejecución del contrato y/o su valor se amplíe o aumente, respectivamente, aquél deberá proceder a ampliar la vigencia de las garantías y/o el valor amparado por las mismas, según sea el caso, como condición previa y presentarse en este mismo término necesaria para aprobación el pago de LA UNIVERSIDADla(s) factura(s) pendiente(s) de pago. De igual modo, ante el Jefe EL CONTRATISTA debe reponer las garantías cuando su valor se afecte por razón de la División ocurrencia de Contratación los siniestros amparados. En el caso de los amparos cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del contrato, el valor amparado también debe reponerse cuando el mismo se afecte por la ocurrencia de los riesgos asegurados con posterioridad a tales fechas. El pago de todas las primas y Gestión demás gastos que generen la constitución, el mantenimiento y el restablecimiento inmediato del monto de Bieneslas garantías, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42son de cargo exclusivo del contratista. PARÁGRAFO II. Este contrato TERCERO: Los aspectos relativos a la garantía única, que no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento encuentren regulados en esta cláusula, se regirán por las disposiciones pertinentes del Decreto 4828 de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 00002008.

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Samples: fondoadaptacion.gov.co

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del CONTRATISTA frente a la entidad, por razón de la celebración y ejecución del contrato, el estudio de necesidad efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del mismo, se obliga con LA UNIVERSIDAD a determinó la necesidad de establecer los siguientes amparos que el contratista deberá constituir a su favor ante del CONTRATANTE. Atendiendo el objeto y las características del contrato así como la naturaleza de las obligaciones contenidas, el CONTRATANTE, solicitará al contratista la constitución de una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con garantía que cubra los siguientes amparos, así: a) TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ESTIMACIÓN DEL RIESGO VIGENCIA RESPONSAB LE Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del Contrato marco Vigente por el plazo de ejecución del Acta de servicio Fase 1 y 2 y ocho (8) meses mas Contratista De Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales 5% del valor del Contrato Xxxxx Xxxxxxx por el plazo de cada pérdida ejecución del Acta de Servicio fase 1 y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los 2 y tres (3) días siguientes años más. Responsabilidad civil Extracontractual 5% del valor del Contrato Xxxxx Xxxxxxx por el plazo de ejecución y cuatro (4) meses más Calidad del Servicio 10% del valor del Contrato Xxxxx Xxxxxxx por tres (3) años contados a partir de la suscripción del contrato acta de recibo final. De la Fase 1 TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ESTIMACIÓN DEL RIESGO VIGENCIA RESPONSAB LE Estabilidad y presentarse en este mismo término para calidad de obra 20% del valor del Contrato Xxxxx Xxxxxxx por cinco (5) años contados a partir de la suscripción del acta de recibo final. De la Fase 2 La aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante las garantías por parte del CONTRATANTE es requisito previo para el Jefe inicio de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000contrato.

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Samples: Invitación Abierta

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO No se obliga con LA UNIVERSIDAD exige garantía provisional. Respecto a la garantía definitiva, el licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a su favor ante disposición del órgano de contratación una compañía garantía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10un 5% del valor del valor importe de cada pérdida y adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. La garantía exigida deberá prestarse en alguna de mínimo 1 SMLMVlas formas previstas en el art. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III96.1 TRLCSP. En caso de prórrogaconstituirse mediante Aval o Seguro de Caución según anexo III y IV Las proposiciones se presentarán en el Patronato, adiciónXxxxx xx xx Xxxxx 0, suspensión 00000 Xxxx (Xxxxxxxxx), en horario de atención al público, o modificación en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, hasta las 14 horas, en el plazo que se indique en la invitación a participar. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Contrato Xxxxxx y xxx Xxxxxx de ArrendamientoPrescripciones Técnicas. Terminado el plazo de recepción, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio la Secretaría Municipal expedirá certificación relacionada de la garantíadocumentación recibida o de la ausencia de licitadores. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) Toda la documentación necesaria para que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos interesados puedan presentar su proposición se encontrará disponible en la presente cláusula; b) siguiente dirección del perfil de contratante: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/x_xxxxxx.xxx La documentación que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora se acompañe se presentará, en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener todo caso, en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000idioma castellano.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratacion Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad Para La Prestacion Del Servicio De Escuela De Atletismo en El Centro De Ocio Playa Dorada Del Patronato

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO De acuerdo con lo establecido en el Parágrafo II del Artículo 20 de las NB-SABS, el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar entre: Boleta de Garantía, Garantía a Primer Requerimiento o Póliza Seguro de Caución a Primer Requerimiento. La presentación de las garantías en sus diferentes tipos se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía realizará de seguros manera física, conforme las condiciones establecidas en el presente DBC, independientemente de que la propuesta sea presentada electrónicamente o de banco comercial legalmente reconocidomanera física. El proponente podrá realizar la presentación de manera física de uno de los tipos de garantía establecidos en el presente sub numeral u optar por el depósito a la cuenta corriente fiscal de titularidad xxx Xxxxxx General de la Nación (TGN) dispuesta en el presente DBC, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y en remplazo de todas las obligaciones adquiridasla Garantía de Seriedad de Propuesta. Garantía de Seriedad de Propuesta. La entidad convocante, cuando lo requiera, podrá solicitar la presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta o depósito por este concepto, equivalente al veinte uno por ciento (201%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe Precio Referencial de la División de Contratación y Gestión de Bienescontratación, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio sólo para contrataciones con Precio Referencial mayor a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO IIIBs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS). En caso de prórrogacontratación por ítems o lotes, adiciónla Garantía de Seriedad de Propuesta podrá ser solicitada, suspensión cuando el Precio Referencial del Ítem o modificación del Lote sea mayor a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS). La Garantía de Seriedad de Propuesta podrá ser presentada por el total de ítems o lotes al que se presente Contrato el proponente; o por cada ítem o lote. En el caso de ArrendamientoServicios Generales Discontinuos, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio no se requerirá la presentación de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado Garantía de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato Seriedad de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Propuesta.

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Samples: Contrato Administrativo Para La Prestación Del

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía 7.1.5.1 De fiel cumplimiento : los únicos medios de seguros garantía que debe presentar el contratista son la carta fianza o la póliza de banco comercial legalmente reconocidocaución, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato las mismas que deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de todas las obligaciones adquiridasrealización automática a solo requerimiento, a favor del INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL. Estas garantías deberán ser emitidas por empresa(s) autorizada (s) y sujeta (s) al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros o estar consideradas en la ultima lista de Bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva con vigencia hasta la conformidad de la recepción a cargo del contratista, por un valor equivalente al veinte 10% del monto del contrato. Adicional por ciento el Monto diferencial de la propuesta: En caso que la propuesta económica adjudicada fuese inferior al valor referencial en mas de un 20%, la empresa beneficiada con la Buena Pro deberá entregar una garantía , con idéntico objeto y vigencia que la garantía de fiel cumplimiento, por un monto equivalente al 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento la Entidad retenga el diez por cien (2010%) del valor total monto del contratocontrato conforme a lo establecido en la Ley N° 28015 Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y su Reglamento. Copia de la formalización de consorcio, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para perfeccionado mediante documento privado con firmas legalizadas de cada uno de sus representantes legales ante Notario Publico, designando en dicho documento al representante o apoderado común ( de ser el caso). No se constituirá garantías de fiel cumplimiento ni de adicional por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso), cuando el monto del ítem o la suma de ítems adjudicados a un mismo postor no supere el monto de S/.45,000 nuevos soles; situación similar se dará respecto a la presentación de la Constancia de No estar inhabilitado para contratar con el Estado. La Liberación de las garantías presentadas por los siguientes amparos: prediosproveedores, labores se realizará previa recepción de las Actas de Recepción y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro Conformidad de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000bienes .

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Samples: docs.seace.gob.pe

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga CONTRATISTA constituirá dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato, una garantía expedida en el formato “GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO” en favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR “XXXXXXX XXXXXX XXXXX” -ICETEX. NIT. 899.999.035-7 FORMATO ENTIDADES PÚBLICAS con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía de seguros o seguros, establecida en el país y cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Financiera de banco comercial legalmente reconocidoColombia, una póliza con que ampare los siguientes amparosriesgos: aA) Cumplimiento CUMPLIMIENTO: Deberá garantizar el cumplimiento general del contrato, por el veinte por ciento (20%) del valor del mismo, con una vigencia que cubra el plazo de ejecución del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al cuatro (4) meses más. B) CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DEL SOFTWARE OFRECIDO: Deberá garantizar la calidad y correcto funcionamiento del software ofrecido por el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por con una vigencia que cubra el término plazo del mismo y seis un (61) año más. C) CALIDAD DEL SERVICIO: Deberá garantizar la calidad de los servicios conexos al suministro del software contratado por el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia que cubra el plazo del mismo y cuatro (4) meses más. bD) De Responsabilidad Civil ExtracontractualPAGO DE SALARIOS, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES: Deberá garantizar el pago de los siguientes amparos: predios, labores salarios y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, prestaciones sociales del personal utilizado para llevar a cabo la ejecución del contrato equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida mismo y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes años más. PARÁGRAFO PRIMERO: La vigencia de estos amparos deberá ajustarse a la suscripción fecha de iniciación del contrato y presentarse de todas las modificaciones que surjan en este mismo término para desarrollo del mismo. PARÁGRAFO SEGUNDO: La Garantía Única de Cumplimiento requiere aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante la Secretaria General del ICETEX para la ejecución del contrato de conformidad con lo establecido en el Jefe de la División artículo 29 del Manual de Contratación y Gestión del ICETEX (Acuerdo de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42Junta Directiva No. PARÁGRAFO II030 del 17 de septiembre de 2013). Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto La aprobación mencionada se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas dará siempre y cuando cumpla con la garantía reúna las siguientes condiciones a) que cubra legales y reglamentarias propias de casa instrumento y ampare los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamientoriesgos establecidos para cada caso. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.CLÁUSULA DÉCIMA.-

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Samples: portal.icetex.gov.co

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO CONSULTOR acepta incorporarse al Programa de Mitigación de Riesgos en la contratación adoptado por Fundación PLAN, en virtud del cual Fundación PLAN se obliga con LA UNIVERSIDAD constituirá como tomador, asegurado y beneficiario, de las pólizas descritas a continuación, a través de una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, a efectos de constituir a EL CONSULTOR como afianzado: GARANTIAS PARÁGRAFO PRIMERO. En atención a la obligación EL CONSULTOR presentara los documentos que sean requeridos para la constitución de la póliza, éste se hará responsable civil y penalmente por la veracidad de los mismos, y se obligará a indemnizar a Fundación PLAN, por cualquier perjuicio que se pueda derivar por la presentación de los mismos, en especial por el incumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del contrato de seguro, incluidas pero sin limitarse a las objeciones que la Compañía de Seguros pueda alegar por la reticencia o inexactitud en la declaración del estado real del riesgo, así como cualquier otra que lecorresponda. PARÁGRAFO SEGUNDO. La contratación de las pólizas a la que se refiere el presente numeral por parte de Fundación PLAN no exonera a EL CONSULTOR de su obligación de indemnizar a éste por todos los perjuicios derivados del incumplimiento del contrato que no fuesen cubiertos por la póliza mencionada o en exceso de esta. PARÁGRAFO TERCERO. EL CONSULTOR se compromete a pagar por su propia cuenta, el monto total de las primas que se cause con ocasión de la expedición de las pólizas, así como las que se causen posteriormente con motivo de modificaciones, renovaciones, prórrogas o cualquier otro anexo que se expida con fundamento en las pólizas. Dicho pago deberá hacerse por parte de EL CONSULTOR a favor ante una de la compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocidoen un solo contado, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.lo anterior en

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Samples: www.plan.org.co

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía 7.1.5.1 De fiel cumplimiento : los únicos medios de seguros garantía que debe presentar el contratista son la carta fianza o la póliza de banco comercial legalmente reconocidocaución, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato las mismas que deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de todas las obligaciones adquiridasrealización automática a solo requerimiento, a favor del INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL. Estas garantías deberán ser emitidas por empresa(s) autorizada (s) y sujeta (s) al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros o estar consideradas en la ultima lista de Bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva con vigencia hasta la conformidad de la recepción a cargo del contratista, por un valor equivalente al veinte 10% del monto del contrato. Adicional por ciento el Monto diferencial de la propuesta: En caso que la propuesta económica adjudicada fuese inferior al valor referencial en mas de un 20%, la empresa beneficiada con la Buena Pro deberá entregar una garantía , con idéntico objeto y vigencia que la garantía de fiel cumplimiento, por un monto equivalente al 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento la Entidad retenga el diez por cien (2010%) del valor total monto del contratocontrato conforme a lo establecido en la Ley N° 28015 Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y su Reglamento. Copia de la formalización de consorcio, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para perfeccionado mediante documento privado con firmas legalizadas de cada uno de sus representantes legales ante Notario Publico, designando en dicho documento al representante o apoderado común ( de ser el caso). No se constituirá garantías de fiel cumplimiento ni de adicional por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso), cuando el monto del ítem o la suma de ítems adjudicados a un mismo postor no supere el monto de S/.46,230.00 nuevos soles; situación similar se dará respecto a la presentación de la Constancia de No estar inhabilitado para contratar con el Estado. La Liberación de las garantías presentadas por los siguientes amparos: prediosproveedores, labores se realizará previa recepción de las Actas de Recepción y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro Conformidad de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000bienes .

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Samples: Formato Modelo Para La Presentacion De La Hoja Tecnica

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO Las garantías se obliga con LA UNIVERSIDAD constituirán en algunas de las formas establecidas en el ARTÍCULO 5 Punto II del PUBCG. Cuando el monto de la garantía supere la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00), no podrá presentarse como garantía pagaré a constituir la vista. Todas las garantías, a su favor ante una compañía excepción de seguros o la de banco comercial legalmente reconocidomantenimiento de oferta que deberá cubrir los plazos previstos en el Pliego, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y afianzarán el total cumplimiento de todas las obligaciones adquiridascontraídas, debiendo constituirse en forma específica para la presente contratación. SIGEN no abonará intereses por los depósitos de valores dados en garantía. Los intereses que se devenguen pertenecerán a sus depositantes. Los oferentes deberán integrar una garantía de oferta equivalente al veinte por ciento CINCO POR CIENTO (205 %) del valor total monto cotizado. Esta garantía será incluida en el SOBRE ÚNICO, con indicación del contratonúmero de contratación y el nombre del oferente. De acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 74 inc. c) del Decreto N° 436/2000, vigente será declarada inadmisible la oferta que careciere de la garantía de oferta exigida. En el caso de presentarse como garantía de oferta un pagaré, éste deberá ser a la vista, debiendo estar a nombre de la SIGEN. El pagaré incluirá la siguiente expresión: Pagadero en concepto de Garantía de Oferta de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01/2012. Dicho documento deberá estar firmado correctamente, incluyendo el cargo y la aclaración del firmante; asimismo, es necesario detallar la razón social, el domicilio y el teléfono de la firma que presenta el documento. La garantía de oferta conservará plena vigencia por todo el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe mantenimiento de la División oferta. Esta garantía será ejecutada si el oferente retira su oferta en el período de Contratación y Gestión de Bienesvalidez estipulado o, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórrogaque su oferta sea aceptada, adición, suspensión o modificación del presente Contrato no constituyera la garantía de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000adjudicación.

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Samples: www.sigen.gov.ar

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD Será requisito necesario para acudir a constituir a su favor ante la licitación el acreditar la constitución previa de una compañía GARANTÍA PROVISIONAL equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del presupuesto de seguros o licitación (IVA no incluido). La garantía provisional resulta necesaria para responder del mantenimiento de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con las ofertas de los siguientes amparos: a) Cumplimiento licitadores hasta la adjudicación del contrato y por razón de todas la urgencia e importancia de la adjudicación de dicho contrato para el desarrollo urbanístico del ámbito. La garantía provisional se constituirá mediante Aval prestado por Bancos o Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las obligaciones adquiridasformas y condiciones reglamentariamente establecidas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo a disposición de la sociedad. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente será devuelta a cien (100) SMLMV para cada uno los licitadores inmediatamente después de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo la adjudicación del contrato. Un deducible En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. En el caso de uniones temporales de empresarios las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida, y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva. El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 105 % del valor importe de adjudicación (IVA no incluido) a disposición del valor Órgano de cada pérdida Contratación de BSAV, cualquiera que haya sido el procedimiento y la forma de mínimo 1 SMLMVadjudicación del contrato. PARAGRAFO I: Estas Cuando la adjudicación se realice, por el órgano de contratación, a favor del empresario cuya proposición hubiera estado incursa inicialmente en presunción de temeridad, se exigirá al mismo una garantía complementaria del 5% del importe de adjudicación (IVA no incluido). Las garantías deberán constituirse dentro definitivas se constituirán mediante aval prestado por Bancos, Cajas de los tres (3) días siguientes Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a la suscripción del operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y presentarse en este mismo término para aprobación condiciones que las normas de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe desarrollo de la División LCSP establezcan. Los importes de Contratación y Gestión estas garantías se indican en el apartado C del Cuadro de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42Características. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio Estarán exentos de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globalesobligación de constituir las citadas garantías las entidades públicas empresariales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre los Organismos públicos regulados por su normativa específica y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra dependientes del Estado o sus Organismos Autónomos, y los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000órganos constitucionales.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación Por Procedimiento Abierto De Los Servicios De Asistencia Técnica a La Dirección De Urbanismo De Barcelona Sagrera Alta Velocitat

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO Las partes dejan especial constancia que los Préstamos que se obliga hayan desembolsado conforme a lo acordado en el presente Contrato, se encuentran y se encontrarán garantizados con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía las siguientes garantías: 1. Garantía Estatal xxx Xxxxx de seguros o Chile. La Garantía Estatal opera y operará en la forma y condiciones previstas en la ley, en el reglamento, en las Bases de banco comercial legalmente reconocidoLicitación y en el Contrato de Participación. Para los efectos de determinar la cobertura que brindará la Garantía Estatal, una póliza con los siguientes amparosserá necesario distinguir: (a) Cumplimiento Durante el Período Previo al Egreso del contrato Estudiante: En este período, la garantía de los créditos tendrá una composición distinta entre la Institución de Educación Superior y el Fisco, dependiendo del año de todas las obligaciones adquiridasestudio para el cual se haya otorgado el financiamiento. Dicha composición corresponde, equivalente según el caso, a: (i) Para los préstamos desembolsados a fin de financiar el primer año de la carrera, la garantía del 90% será cubierta en su totalidad por la Institución de Educación Superior, no teniendo responsabilidad el Fisco; (ii) Para los préstamos desembolsados a fin de financiar el segundo año de una carrera, la garantía de cargo de la Institución de Educación Superior será de un 70% y la Garantía Estatal xxx Xxxxx, cubrirá el 20% restante, (iii) Para los préstamos desembolsados para financiar estudios a partir del tercer año de una carrera en adelante, la garantía de cargo de la Institución de Educación Superior será de un 60% y la Garantía Estatal xxx Xxxxx cubrirá el 30% restante; (b) Durante el período posterior al veinte egreso: En este período, la garantía será cubierta en su totalidad con la Garantía Estatal xxx Xxxxx, en un porcentaje del 90%. 2. Para el evento de producirse la Deserción Académica del Estudiante, la Institución de Educación Superior asume la obligación de pago de los Préstamos desembolsados, como Fiadora del Deudor, en la forma y condiciones señaladas en el artículo 14 de la misma ley, debiendo determinarse el monto garantizado por ciento la Garantía por Deserción Académica constituida por la Institución de Educación Superior de la siguiente forma: (20%a) del Se considerará el valor total del contratode los créditos por cursar destinados a financiar estudios de primer año, vigente multiplicado por el término del mismo y seis factor 0,90; (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno Se considerará el valor total de los siguientes amparos: predioscréditos por cursar destinados a financiar estudios de segundo año, labores multiplicado por el factor 0,70; (c) Se considerará el valor total de los créditos por cursar destinados a financiar estudios de tercer año en adelante, multiplicado por el factor 0,60, y operaciones(d) Se suman las cantidades resultantes en los párrafos (a), responsabilidad civil patronal(b) y (c) precedentes, contratistas cuyo resultado representará el total que deberá cubrir la Garantía por Deserción Académica y subcontratistas y vehículos propios y no propiosque deberá ser otorgada por la Institución de Educación Superior a favor de la Institución financiera. 3) Adicionalmente, la Institución de Educación Superior garantiza, con una vigencia igual al plazo boleta de garantía bancaria y/o Póliza de Seguro de Ejecución Inmediata, el riesgo de no pago esperado por Deserción Académica de sus Estudiantes garantizados, emitida en la forma, condiciones, términos, monto y demás estipulaciones, de conformidad a lo estipulado en el párrafo 4.3.2.5 y 4.3.2.8. de las Bases de Licitación y en la cláusula [ ] del contratoContrato de Participación. Un deducible del 10% del valor del valor La boleta de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes garantía es pagadera a la suscripción vista, tomada en el Banco [ ], cuyo beneficiario es la Comisión y con vigencia hasta el [ ], renovable anualmente en iguales condiciones. Esta Garantía por Deserción Académica tendrá vigencia hasta el momento en que se produzca el egreso del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación Estudiante. La Institución de LA UNIVERSIDADEducación Superior se encuentra obligada a renovar anualmente la boleta de garantía antedicha, ante el Jefe con 30 días de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio anterioridad a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000vencimiento.

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Samples: Contrato De Apertura De Línea De Crédito Año 2006

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO Lo/as concursantes deberán depositar una garantía provisional para poder tomar parte en el concurso. Esta garantía constituirá el 3% del presupuesto del importe del contrato, sin inclusión del IVA (6.180,48 €). Una vez realizada la adjudicación se obliga con LA UNIVERSIDAD devolverá esta garantía de oficio a constituir a su favor ante una compañía lo/as concursantes. Para garantizar que todas las propuestas de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento lo/as concursantes tendrán validez hasta la adjudicación del contrato y la propuesta del/la adjudicatario/a hasta que se formalice el contrato se establece una garantía provisional. En consecuencia, se incautará dicha garantía si antes de la adjudicación del contrato alguna empresa retira su propuesta sin razón lógica alguna, o una vez adjudicado el contrato el/la adjudicatario/a no presenta la garantía definitiva, o, si por culpa del/la adjudicatario/a no es posible formalizar el contrato. En dichos casos se ejecutarán las garantías. Por ello, si se considera excesivamente arriesgada la oferta de alguna de las empresas y se le pide información y no contesta, se entenderá que ha retirado la propuesta sin razón aparente alguna. Del mismo modo, si alguno/a de lo/as concursantes presenta una propuesta defectuosa o sin base y confiesa que no podrá llevarla a cabo, se le dará la misma solución. Lo/as participantes estarán obligado/as a mantener sus ofertas hasta que se cumplan tres meses, en caso de no hacerlo así, será motivo para la pérdida de la fianza provisional. El/la adjudicatario/a del contrato para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, deberá depositar una garantía definitiva. El importe de dicha garantía será el 5% del precio del importe de la adjudicación, excluído el IVA, o si fuera procedente, en su caso, del presupuesto básico del concurso. En el plazo de 10 días desde que se notifica la adjudicación al/la adjudicatario/a, éste/a deberá depositar en la Depositaría del P.M.D. xx Xxxxxx la garantía definitiva. La manera de depositar la garantía definitiva será cualquiera de las que señala el artículo 96 del Real Decreto Legislativo 3/2011 que aprueba el texto refundido sobre la Ley de Contratos del Sector Público. Cuando finalice el plazo del contrato, esta garantía se devolverá al/la adjudicatario/a, íntegramente, si así procede, o en parte, según se haya cumplido con todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contraídas en el contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.

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Samples: bermeo.eus

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD En garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud de la Ley General, Ley COOPAC, el Reglamento, las Bases y del presente contrato, la PERSONA JURÍDICA LIQUIDADORA entrega a constituir la suscripción del presente contrato, a su favor ante una compañía y a satisfacción de seguros o de banco comercial legalmente reconocidola SUPERINTENDENCIA, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato carta fianza irrevocable, solidaria, incondicional, sin beneficio de excusión y de todas las obligaciones adquiridasrealización automática a solo requerimiento, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo valor de S/ 250 000,00 (doscientos cincuenta mil y seis 00/100 Soles).. La garantía de fiel cumplimiento deberá estar vigente hasta treinta (630) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno días calendarios después de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al vencido el plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórrogaprórroga del contrato, adiciónla garantía deberá ser renovada en las mismas condiciones, suspensión o modificación con 15 días de anticipación al vencimiento del presente Contrato contrato, y deberá tener vigencia hasta treinta (30) días calendarios después de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, vencido el respectivo certificado modificatorio plazo de la garantíaprórroga. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globalesEl incumplimiento de esta obligación también será causal de ejecución de la Carta Fianza. Esta carta ser ejecutada por la SUPERINTENDENCIA en caso de resolución del contrato de acuerdo a las cláusulas sétima, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) décimo segunda, por la causal señalada en el numeral 2 de la cláusula octava, por no presentar una nueva Carta Fianza de Fiel Cumplimiento del Contrato al vencimiento del plazo a que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en se refiere el primer párrafo de la presente cláusula; b) , o en caso que aporten la PERSONA JURÍDICA LIQUIDADORA se niegue a cumplir con su obligación de concluir el certificado proceso liquidatorio en el plazo de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida prórroga que, de ser el caso, establezca la SUPERINTENDENCIA. El importe producto de la ejecución de la Carta Fianza por la aseguradora SUPERINTENDENCIA será en la que conste que la póliza ampara el presente contrato beneficio de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000AELUCOOP EN LIQUIDACIÓN.

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Samples: Bases Del Concurso Público

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO GARANTÍA PROVISIONAL.- Se establece una garantía provisional equivalente al 3,00 % del tipo de licitación que deberá ser depositada en la Caja de MOVEX por los licitadores, junto con la presentación de su oferta. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las ofertas de los licitadores hasta la adjudicación del contrato. Para el licitador que resulte adjudicatario, la garantía responderá también del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la cláusula 10.7. La garantía provisional se obliga con LA UNIVERSIDAD extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva. En el caso de las uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas que concurran agrupadas, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. Si algún licitador retira su proposición injustificadamente antes de la adjudicación, o si el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa no constituye la garantía definitiva, se procederá a la ejecución de la garantía provisional. En el caso de ofertas consideradas desproporcionadas o anormales, la falta de contestación a la solicitud de información a que se refiere el artículo 136.3 de la LCSP, o el reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, tendrán la consideración de retirada injustificada de la proposición. GARANTÍA DEFINITIVA.- Se establece una garantía definitiva del 5,00 % del importe de la adjudicación del contrato, que deberá ser depositada en la Caja de MOVEX, por el adjudicatario provisional, antes de elevar a definitiva la adjudicación, y en el plazo máximo de 8 días desde que se le notifique la adjudicación provisional, y será devuelta al adjudicatario trascurrido un año desde el cumplimiento satisfactorio del contrato, o en el plazo de un mes desde la resolución de éste si lo fuere sin culpa del contratista. La garantía, tanto provisional como definitiva, se podrá constituir a su favor ante una compañía metálico, aval, seguro de seguros caución o cualquier otro medio admisible en derecho. Las Sociedades Cooperativas Andaluzas sólo tendrán que aportar el veinticinco por ciento de banco comercial legalmente reconocidolas garantías que hubieren de constituir, una póliza conforme al artículo 162.6 de la Ley 2/1999, de 00 xx xxxxx xx la Comunidad Autónoma de Andalucía. GARANTÍA COMPLEMENTARIA.- MOVEX, en concepto de garantía complementaria para la obtención de un buen acabado y para poder subsanar cualquier clase de vicio o defecto en las obras e instalaciones y, en general, para garantizar, junto con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y la garantía definitiva, el cumplimiento de este contrato, retendrá la cantidad de un 5,00 %, en efectivo, de todas las obligaciones adquiridascertificaciones de obra. Dicho importe se deducirá de las certificaciones de obra y de las correspondientes facturas. La liquidación de esta garantía se efectuará a la liquidación del contrato que se efectuará transcurrido el periodo de garantía. El adjudicatario, además de cuantos otros gastos se prevean en este Pliego, asumirá los gastos derivados de la publicidad de la presente licitación. Dichos gastos serán los correspondientes a publicaciones en el B.O.E., diario de general circulación nacional y certificación de la fehaciencia de la publicación en el Perfil del Contratante de la Fundación. El límite máximo, por estos conceptos, a soportar por el adjudicatario se fija en el equivalente al veinte por ciento 0,40 % (20%IVA no incluido) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno presupuesto de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000licitación.

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Samples: www.movexct.com

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga CONTRATISTA deberá garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales y además deberá adoptar medidas que protejan de daños a terceros, por lo tanto, debe adquirir con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía de seguros o legalmente autorizada para funcionar en Colombia, las respectivas pólizas que amparen al ICBF, respecto de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparosriesgos: a) 1. Cumplimiento General del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, Contrato: En cuantía equivalente al veinte diez por ciento (2010%) del valor total del contrato, vigente por el término con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo contrato y seis (6) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por 2. Calidad del servicio: En cuantía equivalente a cien (100al por ciento ( %) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propiosdel valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. Un deducible del 3. Salarios, Prestaciones Sociales Legales e indemnizaciones laborales: en cuantía equivalente al diez por ciento (10% %) del valor del valor contrato, con una vigencia igual al plazo de cada pérdida ejecución del contrato y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días años más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato.4. Responsabilidad Civil Extracontractual: En cuantía equivalente al quince por ciento (15%) del valor del contrato, sin embargo no podrá ser inferior a 200 SMMLV, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. EL CONTRATISTA deberá mantener las garantías en plena vigencia y validez en los términos expresados en esta cláusula. En los casos en que se prorrogue el plazo de ejecución y/o adicione el valor del contrato, se compromete a ampliar las garantías constituidas por el plazo o valor resultante. PARÁGRAFO PRIMERO. Lo anterior con fundamento en lo establecido en el Decreto 1082 de 2015. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL CONTRATISTA deberá mantener las garantías en plena vigencia y validez en los términos expresados en esta cláusula. En los casos en que se prorrogue el plazo de ejecución y/o adicione el valor del contrato, se compromete a ampliar las garantías constituidas por el plazo o valor resultante. DÉCIMA CUARTA.- TERMINACIÓN El presente contrato se dará por terminado en los siguientes eventos: 1) Por extinción del plazo pactado para la ejecución; 2) Por acuerdo entre todas las partes del contrato; 3) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados; 4) Por agotamiento de los recursos; 5) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales. PARÁGRAFO: Las casuales contenidas en los numerales 2 y 3, deberán constar en un acta suscrita entre las partes. . DÉCIMA QUINTA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.- Las diferencias que surjan entre las partes por asuntos diferentes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe aplicación de la División cláusula de Contratación caducidad, terminación, modificación e interpretación unilateral, con ocasión de la celebración, ejecución, desarrollo, terminación y Gestión liquidación del contrato, serán dirimidas mediante la utilización de Bienes, los mecanismos de solución alternativa de conflictos previstos en la carrera 00 X° 00x-000ley, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxtales como, sede Medellínla conciliación, bloque 42la amigable composición y la transacción, de conformidad con lo establecido en las normas vigentes. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio Las partes dispondrán de un término de sesenta (60) días hábiles para solucionar sus diferencias a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento través de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso mecanismos de prórrogasolución alternativa de conflictos, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio contados a partir de la garantíafecha en que cualquiera de ellas realice la solicitud en tal sentido, término que podrá ser prorrogado de común acuerdo. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.DÉCIMA SEXTA -

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Samples: Contrato De Aporte

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO INTERVENTOR, se obliga con LA UNIVERSIDAD compromete a constituir a su propia xxxxx y a favor ante de Patrimonio Natural Fondo para la Biodiversidad y Áreas Protegidas (entidad particular), Nit 900.064.749- 7, dentro de los cinco (5) días siguientes a la firma del contrato; una compañía garantía sobre el cincuenta por ciento (50%) del valor techo del presente contrato, descrito en la cláusula séptima, expedida por una Compañía de seguros o de banco comercial Seguros legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparosconstituida y autorizada para funcionar en Colombia la cual deberá cubrir el siguiente riesgos: a) Cumplimiento del contrato y de todas De Cumplimiento. Para garantizar las obligaciones adquiridascontractuales, el pago de multas y demás sanciones que se le impongan, en cuantía equivalente al veinte VEINTE POR CIENTO (20 %) del valor total del contrato, y deberá extenderse por ciento el término de vigencia previsto para el mismo y SEIS (6) MESES MÁS. b) Calidad del Servicio: Para garantizar la calidad de los servicios prestados, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el contrato, en cuantía equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y SEIS (6) MESES MÁS. c) De Pago de Salarios, Prestaciones Sociales Legales E Indemnizaciones al Personal. Para amparar el pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales, cubriendo a la entidad de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato en el territorio nacional, en cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a la del contrato y TRES (03) AÑOS MÁS, contados a partir de la fecha de expedición de la póliza. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMVPARÁGRAFO. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse - Las pólizas exigidas se deben entregar a PATRIMONIO NATURAL dentro de los tres cinco (305) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten se deberá adjuntar el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario pago de la póliza: Universidad Nacional prima correspondiente. EL INTERVENTOR se compromete a ampliar o prorrogar las presentes garantías en el evento que el valor pagado en las órdenes de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000servicio supere el valor asegurado inicial y en el evento que se suscriba cualquier modificación del contrato que así lo requiera.

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GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO El Contratista se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocidodel ENTerritorio la garantía del Contrato para la prefactibilidad y factibilidad del Proyecto denominado “Embalse Multipropósito Los Besotes”, una póliza con que ampare los siguientes amparosriesgos: a) Riesgo Porcentaje Sobre el valor Vigencia Cumplimiento 20% Del Contrato Por el término de ejecución del con- trato y 6 meses más. Calidad del Servicio 30% A partir de la finalización del término de ejecución del contrato y 1 año más. Pago de todas salarios, presta- ciones sociales e indem- nizaciones laborales Responsabilidad Civil Ex- tracontractual 10% 5% Por el término de ejecución del con- trato y 3 años más. Hasta la liquidación del Contrato El Contratista deberá obtener una garantía de responsabilidad extracontractual, la cual deberá estar conte- nida en una póliza de seguro, con las obligaciones adquiridassiguientes características: La garantía cubrirá la responsabilidad civil del Contratista por sus acciones u omisiones, equivalente así como las de sus agentes, Contratistas y/o subcontratistas, en desarrollo de cualquier actividad ejecutada con ocasión del Con- trato de Consultoría, las cuales causen daños a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de ENTerrritorio, incluyendo las de cualquiera de sus empleados, agentes o subcontratistas. El valor de esta ga- rantía será el correspondiente al veinte por ciento (20%) 5% del valor total del contrato. Ninguna cobertura podrá ser inferior al valor asegurado mínimo requerido, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno excepto los amparos de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad respon- sabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas patronal y vehículos propios y no propiospropios que no podrán ser inferiores por evento, al cincuenta por ciento (50%) del valor asegurado mínimo. No se aceptará ningún otro tipo de sublímites ni de limitación al valor asegurado por cada una de las coberturas de la Garantía de Responsabilidad Extracontractual. La cobertura xxx xxxxxx de gastos médicos podrá ser inferior al valor asegurado mínimo requerido. En este evento no podrá ser inferior a Cien millones de Pesos ($100.000.000) por persona, ni podrá ser inferior a Mil millones de Pesos ($1.000.000.000) por evento, expresados estos valores en Pesos del Mes de Referencia. Esta garantía estará vigente durante toda la duración del Contrato. El Contratista podrá constituir esta póliza por un plazo inicial de un (1) año y prorrogarla por períodos sucesi- vos de un (1) año. Esta prórroga deberá hacerse con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de anticipación no menor a los tres treinta (330) días siguientes Días Hábiles anteriores a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente fecha establecida para su revisión y aprobación, expiración. será aprobada por el respectivo certificado modificatorio ENTerritorio. El término de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra ejecución a partir de su aprobación deberá estar cubierto por los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000amparos requeridos.

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GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD Las ofertas y adjudicaciones menores a constituir 100.000 UC ($ 3.000.000) y mayores a su favor ante una compañía 10.000 UC ($ 300.000) no requieren garantía de seguros o mantenimiento de banco comercial legalmente reconocidooferta, una póliza con los siguientes amparos: apero sí de cumplimiento de contrato. Las ofertas y adjudicaciones menores a 10.000 UC ($ 300.000) Cumplimiento del contrato no requieren garantías. Deberán constituirse garantías de mantenimiento de oferta y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte cumplimiento del Contrato conforme el Artículo 19º xxx Xxxxxx de bases y condiciones generales aprobado por Resolución Nº 711/16 de la Contaduría General de la Provincia. Garantía de mantenimiento de oferta: debe ser del cinco por ciento (205 %) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses másmonto cotizado. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno La no presentación de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, esta garantía conjuntamente con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes la oferta dará lugar a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe inadmisibilidad de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO IIIoferta. En caso de prórrogaresultar adjudicada, adiciónesta garantía se mantendrá vigente hasta la constitución de la de cumplimiento del contrato. Garantía de cumplimiento del contrato: será igual o superior al diez por ciento (10%) del monto total adjudicado y deberá acreditarse su presentación ante la Dirección de Compras, suspensión Contrataciones y Servicios Auxiliares, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación. Si el adjudicatario no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido, se lo intimará en forma fehaciente. Vencido el plazo sin que se haya cumplido, se revocará la adjudicación y se aplicarán en el mismo acto las penalidades pertinentes. Contra garantía: Cuando el pliego de condiciones particulares prevea la posibilidad de percibir anticipo financiero, deberá previamente constituirse garantía por el cien por ciento (100%) del monto que se reciba en esa calidad. De impugnación al Pliego de Condiciones Particulares será del 3% De impugnación a la preselección/precalificación para el caso de licitaciones de etapa múltiple será del 3% De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: será del 2% del monto de la oferta del renglón o modificación del presente Contrato los renglones impugnados. En caso de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobaciónno aconsejar la Comisión de Preadjudicación la aceptación de ninguna oferta, el respectivo certificado modificatorio importe de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en garantía de impugnación será del 2% sobre la presente cláusula; b) que aporten base del monto ofertado por el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida impugnante por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000renglón o renglones cuestionados.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas Y Anexos Ley 13.981 Y Decreto

GARANTÍAS. Para garantizar el suministro o cumplimiento de la oferta, EL ARRENDATARIO ARRENDADOR deberá constituir a favor y a satisfacción de la UAERMV, con NIT 900.127.032.7, como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales, cualquiera de las garantías autorizadas por el Decreto 1082 de 2015 artículo 2.2.1.2.3.1.2, a saber: (1) Contrato de seguro contenido en una Póliza. (2) Patrimonio autónomo. (3) Garantía bancaria. En caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar, modificar o suspender la ejecución del contrato resultante, o en cualquier otro evento, el ARRENDADOR se obliga a modificarla de acuerdo con LA UNIVERSIDAD a constituir a las normas legales vigentes. El ARRENDADOR deberá mantenerla vigente y será de su favor ante una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y cargo el pago de todas las obligaciones adquiridasprimas y demás erogaciones de la constitución. El ARRENDADOR deberá cargar las garantías requeridas para aprobación de la UAERMV, equivalente al veinte por ciento (20%) a través del módulo previsto para el efecto en el SECOP II AMPAROS % VIGENCIA JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 10% del valor total del contrato, vigente por el término contrato Plazo del mismo contrato y seis (6) meses más. Este amparo cubre a la Entidad Estatal de los perjuicios derivados de: (a) el incumplimiento total o parcial del contrato, cuando el incumplimiento es impu- table al ARRENDADOR; (b) De Responsabilidad Civil Extracontractualel cumplimiento tardío o defectuoso del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al ARRENDADOR; (c) los daños imputables al ARRENDADOR por cuantía equivalente a cien entregas parciales de la obra, cuando el contrato no prevé entregas parciales; y (100d) SMLMV para cada uno el pago del valor de los siguientes amparos: predios, labores las multas y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo de la cláusula penal pecuniaria. CALIDAD DEL BIEN SUMINISTRADO 10 % del valor total del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor A partir de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse comprende el plazo del contrato El amparo de calidad de los bienes tiene por objeto cubrir los perjuicios imputables al ARRENDADOR derivados de la mala calidad o las deficiencias técnicas de los bienes o equipos suministrados por el ARRENDADOR, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el contrato o el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo. haya lugar, sin perjuicio de las acciones legales que la UAERMV pueda ejercer en su contra. Las garantías requieren aprobación de la oficina de contratos de la UAERMV o la dependencia que tenga dicha función. Las únicas exclusiones aceptables para las pólizas que se constituyan en relación con el presente Contrato serán las señaladas en el Decreto 1082 de 2015, las demás exclusiones se entenderán por no escritas. Lo dispuesto en este mismo término para numeral en cuanto a la aprobación de LA UNIVERSIDADla garantía, ante el Jefe no basta para que en cualquier momento de la División ejecución y/o liquidación del Contrato que la UAERMV advierta que la Garantía Única de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato Cumplimiento no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado cumple con el cumplimiento alguno de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso en este Contrato o las normas que regulen la materia, pueda exigir al ARRENDADOR la corrección, ampliación o adecuación de prórrogadicha Garantía, adiciónen un plazo máximo de quince (15) Días Hábiles contados desde el requerimiento escrito que para el efecto deberá formularle la UAERMV, suspensión o modificación del presente Contrato so pena de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con hacerse acreedor a las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos multas establecidas en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000cláusula correspondiente del Contrato.

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GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO Las partes dejan especial constancia que los Créditos que se obliga hayan desembolsado conforme a lo acordado en el presente Contrato, se encuentran y se encontrarán garantizados con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía las siguientes garantías: 1. Garantía Estatal xxx Xxxxx de seguros o Chile. La Garantía Estatal opera y operará en la forma y condiciones previstas en la Ley 20.027, en el Reglamento, en las Bases de banco comercial legalmente reconocidoLicitación y en el Contrato de Participación. Para los efectos de determinar la cobertura que brindará la Garantía Estatal, una póliza con los siguientes amparosserá necesario distinguir: (a) Cumplimiento Durante el Período Previo al Egreso del contrato Estudiante: En este período, la garantía de los créditos tendrá una composición distinta entre la IES y el Fisco, dependiendo del año de todas las obligaciones adquiridasestudio para el cual se haya otorgado el financiamiento. Dicha composición corresponde, equivalente según el caso, a: (i) Para los Créditos desembolsados a fin de financiar el primer año de la Carrera, la garantía del 90% será cubierta en su totalidad por la IES, no teniendo responsabilidad el Fisco; (ii) Para los Créditos desembolsados a fin de financiar el segundo año de la Carrera, la garantía de cargo de la IES será de un 70% y la Garantía Estatal xxx Xxxxx, cubrirá el 20% restante, (iii) Para los Créditos desembolsados para financiar estudios a partir del tercer año de la Carrera en adelante, la garantía de cargo de la IES será de un 60% y la Garantía Estatal xxx Xxxxx cubrirá el 30% restante; (b) Durante el período posterior al veinte egreso: En este período, Los Créditos estarán cubiertos en su totalidad con la Garantía Estatal xxx Xxxxx, en un porcentaje del 90%. 2. Para el evento de producirse la Deserción Académica del Estudiante, la IES asume la obligación de pago de los Créditos desembolsados, como Fiadora del Deudor, en la forma y condiciones señaladas en el artículo 14 de la Ley 20.027 y en los artículos 25 y siguientes del Reglamento, debiendo determinarse el monto garantizado por ciento la Garantía por Deserción Académica constituida por la IES de la siguiente forma: (20%a) del Se considerará el valor total del contratode los créditos por cursar destinados a financiar estudios de primer año, vigente multiplicado por el término del mismo y seis factor 0,90; (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno Se considerará el valor total de los siguientes amparos: predioscréditos por cursar destinados a financiar estudios de segundo año, labores multiplicado por el factor 0,70; (c) Se considerará el valor total de los créditos por cursar destinados a financiar estudios de tercer año en adelante, multiplicado por el factor 0,60, y operaciones(d) Se suman las cantidades resultantes en los párrafos (a), responsabilidad civil patronal(b) y (c) precedentes, contratistas cuyo resultado representará el total que deberá cubrir la Garantía por Deserción Académica y subcontratistas y vehículos propios y no propiosque deberá ser otorgada por la IES a favor de la Institución Financiera. 3) Adicionalmente, la IES garantiza, con una Boleta de Garantía Bancaria y/o Póliza de Seguro de Ejecución Inmediata, el riesgo de no pago esperado por Deserción Académica de sus Estudiantes garantizados, emitida en la forma, condiciones, términos, monto y demás estipulaciones, de conformidad a lo establecido en el párrafo 4.3.2.5 y 4.3.2.8. de las Bases de Licitación, en el Contrato de Participación y en el Contrato de Fianza constituida por la IES a favor de la Institución Financiera y que se detalla al final de este instrumento. La Boleta de Garantía Bancaria es pagadera a la vista, su beneficiario es la Comisión; y los restantes datos relativos al Banco Emisor, fecha de emisión, número, monto y, plazo de vigencia igual se detallan al plazo final del contratopresente instrumento. Un deducible La boleta de Garantía Bancaria es renovable anualmente en iguales condiciones. Esta Garantía por Deserción Académica tendrá vigencia hasta el momento en que se produzca el egreso del 10% del valor del valor Estudiante. La IES se encuentra obligada a renovar anualmente la Boleta de cada pérdida y Garantía Bancaria antedicha, con 10 días de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro anticipación a la fecha de desembolso de los tres (3) Créditos correspondientes al Financiamiento licitado y con una anticipación de al menos 30 días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación respecto de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000vencimiento.

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Samples: Contrato De Apertura De Linea De Credito Para Estudiantes De Educacion Superior

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD El Contratista deberá otorgar a constituir a su favor ante y entera satisfacción de la Municipalidad, en una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocidoinstitución Afianzadora, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato debidamente autorizada para operar en Guatemala y de todas reconocida capacidad y solvencia financiera, las obligaciones adquiridas, siguientes fianzas: UNO (1): FIANZA DE CUMPLIMIENTO: La cual deberá ser del equivalente al veinte diez por ciento (2010%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparostrabajos contratados, que garantizará: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del un diez por ciento (10% del valor %) del valor de cada pérdida la fianza, el pago de salarios y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro prestaciones laborales a los trabajadores que emplee para la ejecución de los tres trabajos y el pago de las cuotas del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social; con el noventa por ciento (90%) restante del valor de la fianza, la calidad de la obra de acuerdo con las especificaciones y demás documentos contractuales, el cumplimiento en la ejecución de la obra dentro del período estipulado y el pago a terceras personas de todos los adeudos o materiales, equipo, herramientas y similares proporcionadas al Contratista. Dicha fianza deberá estar en vigencia hasta la recepción definitiva de la obra contratada, conforme acta pormenorizada que para el efecto se suscribirá en la Municipalidad. DOS (2): FIANZA DE CALIDAD Y O CONSERVACIÓN: Esta fianza sustituirá a la fianza de Cumplimiento del Contrato, tendrá vigencia desde la fecha de la recepción del proyecto ejecutado y por el plazo de dieciocho (18) meses a partir de esa fecha y por el porcentaje del quince por ciento (15) del valor de los trabajos debidamente terminados. TRES (3): FIANZA DE SALDOS DEUDORES: la que garantizará saldos deudores, por el valor del cinco por ciento (5) días siguientes del valor de todos los trabajos debidamente terminados; de acuerdo a lo que prescribe la suscripción Ley. Cada una de las fianzas se harán efectivas inmediatamente al incumplimiento del contrato y presentarse Contratista en este mismo término para aprobación cualquiera de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bieneslas cláusulas, en el momento de estar en vigencia la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42respectiva fianza. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.DÉCIMA TERCERA:

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Samples: Contrato Administrativo De Licitación

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD La garantía de mantenimiento de oferta, de corresponder, deberá ser formalizada e individualizada a constituir través de PBAC al momento de la presentación de la oferta utilizando el formulario electrónico habilitado. El original o el certificado pertinente de la garantía constituida, deberá ser entregado en La Dirección de Compras y Contrataciones sito en Torre Gubernamental I – calle 12 y 51 – piso 15 de la ciudad de La Plata dentro del plazo de veinticuatro (24) horas computado a su favor ante una compañía partir del acto de seguros o apertura, en sobre cerrado que indique los datos de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento la contratación. Caso contrario la oferta será desestimada sin más trámite. La fecha de emisión del contrato instrumento de garantía no podrá exceder del día y hora de todas las obligaciones adquiridas, equivalente apertura de ofertas. El monto de la garantía de mantenimiento de oferta no será inferior al veinte cinco por ciento (205%) del valor total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 19 de la Ley N° 13.981, artículo 19 apartado 1 inc. a) del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019-59- GDEBA-GPBA, con la excepción prevista en su apartado 3°y artículo 19 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales. La falta de presentación de la garantía producirá la desestimación de la oferta sin más trámite. El Adjudicatario deberá constituir una garantía de cumplimiento de contrato, vigente la que no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del valor total adjudicado, ello de acuerdo a lo establecido en el término del mismo y seis (6) meses más. artículo 19, apartado 1º, incisos b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019- 59-GDEBA-GPBA. PLIEG-2021-08661796-GDEBA-DCYCMJYDHG La garantía de cumplimiento de contrato deberá ser formalizada e individualizada a cien (100) SMLMV para cada uno través de los formularios correspondientes en PBAC. El original o el certificado pertinente de la garantía constituida, deberá ser entregado en la Dirección de Compras y Contrataciones sito en Torre Gubernamental I – xxxxx 00 x 00 – xxxx 00 xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx dentro de los 7 (siete) días hábiles siguientes amparos: prediosa la notificación del Acto de Adjudicación. En todos los casos, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas las garantías deberán constituirse dentro en las formas y condiciones detalladas en el artículo 19 apartado 2º del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019-59-GDEBA- GPBA y deberán ser extendidas a favor del “Ministerio de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato Justicia y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe Derechos Humanos de la División Provincia de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Buenos Aires” - CUIT 30-70705154-6”.

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Samples: normas.gba.gob.ar

GARANTÍAS. De acuerdo con el análisis que sustenta la exigencia de garantías destinadas a amparar los perjuicios de naturaleza contractual o extracontractual, derivados del incumplimiento del contrato, EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a CONTRATISTA deberá constituir a su costo y a favor ante de PATRIMONIO AUTÓNOMO ESTACIÓN CENTRAL, con NIT. 830.053.812-2, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de entrega de la fotocopia del contrato, garantía única expedida por una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocidoconstituida en Colombia y cuya póliza matriz se encuentre aprobada por la Superintendencia Bancaria, una póliza con que ampare los siguientes amparosriesgos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento ( CUMPLIMIENTO: Por el 20%) % del valor total del contrato, vigente por constituida desde el término del mismo perfeccionamiento, más el plazo de ejecución y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos CALIDAD DEL SERVICIO: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo Por el 20% del valor total del contrato, constituida desde el perfeccionamiento, más el plazo de ejecución y seis (6) meses más. Un deducible del  PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: Por el 10% del valor del valor de cada pérdida contrato, constituida desde el perfeccionamiento por la vigencia del contrato y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes años más (En caso de utilizar equipo de trabajo).  DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Para garantizar la responsabilidad frente a terceros derivada de las actuaciones u omisiones del contratista o subcontratista en la ejecución del contrato por cuantía del veinte por ciento (20%) y vigencia igual a la suscripción del contrato y presentarse contrato, en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe ningún caso podrá ser inferior a doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 smlmv) al momento de la División expedición de Contratación la póliza. Antes del inicio de la ejecución del contrato, la entidad contratante aprobará la garantía, siempre y Gestión cuando reúna las condiciones legales y reglamentarias propias de Bienescada instrumento y ampare los riesgos establecidos para cada caso. Una vez iniciada la ejecución del contrato, en caso de incumplimiento del contratista de la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a obligación de obtener la ampliación de la garantía o de la obligación de obtener su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con renovación o de la obligación de restablecer su valor o de aquella de otorgar una nueva garantía que ampare el cumplimiento de los requisitos exigidos las obligaciones que surjan por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio razón de la garantíacelebración, ejecución y liquidación del contrato, la entidad contratante podrá declarar la caducidad del mismo. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los El hecho de la constitución de estos amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición no exonera al CONTRATISTA de las pólizas responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados. El CONTRATISTA deberá mantener vigentes las garantías a que se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario refiere esta cláusula y será de la póliza: Universidad Nacional su cargo el pago de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, cada vez que se disminuya o agote por razón de las sanciones que se impongan.

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Samples: Carta De Presentación De La Oferta

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO CONTRATISTA se obliga a tomar en favor de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., la póliza de cumplimiento ante Entidades Públicas con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante Régimen Privado de Contratación con una compañía Compañía de seguros o de banco comercial Seguros legalmente reconocidoestablecida en Colombia, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y Garantía de todas cumplimiento: El cumplimiento de las obligaciones adquiridasy el pago de las sanciones que se le llegaren a imponer, equivalente en una cuantía igual al veinte diez por ciento (2010%) del valor total del contratoContrato, vigente por el término plazo de ejecución del mismo y seis (6) meses más. b) De Garantía de la calidad del Servicio: La buena calidad del servicio, en una cuantía igual al diez por ciento (10%) del valor total del Contrato y con una vigencia igual a la del plazo de la misma y seis (6) meses más. c) Amparo de pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones, al personal que emplee EL CONTRATISTA en la ejecución del Contrato, por suma equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del Contrato y por el plazo del mismo y tres (3) años más y d) Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual, : en una cuantía igual al diez por cuantía equivalente ciento (10%) del valor total del Contrato y con una vigencia igual a cien la del plazo del mismo y seis (1006) SMLMV para cada uno de meses más. Esta póliza deberá tener los siguientes amparosamparos mínimos establecidos en el numeral 3 del Artículo 137 del Decreto 1510 del 2013: prediosPredios, labores y operaciones, perjuicios por daño emergente y lucro cesante, perjuicios extrapatrimoniales, responsabilidad civil patronal, surgida por actos de contratistas y subcontratistas subcontratistas, salvo que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos, amparo patronal y vehículos propios y no propiospropios y deberá aparecer POSITIVA como Asegurado/Beneficiario. PARÁGRAFO PRIMERO: La garantía estipulada en esta cláusula requerirá la aprobación por parte de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. El hecho de la constitución de estas garantías no exonera a EL CONTRATISTA, de sus responsabilidades legales con una vigencia igual al plazo del contratotodos los riesgos asegurados. Un deducible del 10% del valor del PARÁGRAFO SEGUNDO: Será de cargo de EL CONTRATISTA el pago oportuno de las primas y erogaciones de constitución y mantenimiento de la garantía, para lo cual debe anexar a cada póliza, anexo o modificación, el recibo de pago. Igualmente deberá reponer los valores asegurados cuando el valor de cada pérdida y los mismos se vea afectado por razón de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO IIIsiniestro. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio no pago de la garantíaprima de la póliza o de los certificados o anexos que se expidan con fundamento en ella, la póliza en mención no expirará por falta de pago de la prima ni por revocación unilateral por parte de la Compañía de Seguros. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre CONTRATISTA entregará la póliza debidamente constituida y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida firmada por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara Compañía de Seguros y el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario tomador de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000misma.

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GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía El Contratista deberá garantizar el cumplimiento de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridassurgidas a favor de la Contratante, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres cinco (305) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato y presentarse para ese efecto, con la constitución de una Póliza de cumplimiento que cumpla las condiciones consagradas en este mismo término para aprobación el artículo 41 del Manual de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe Contratación de la División entidad, así: Asegurados/Beneficiarios: PUERTA DE ORO EMPRESA DE DESARROLLO CARIBE S.A.S. NIT. 900.249.143-1 • Cumplimiento del contrato: Por una cuantía equivalente al 10% del valor del contrato. Por una vigencia equivalente al término de Contratación duración del contrato y Gestión tres (03) meses más. • Pago de Bienessalarios y prestaciones sociales: Por cuantía equivalente al 5% del valor del contrato. Por una vigencia equivalente al término de duración del contrato y tres (03) años más. • Calidad del servicio: Por cuantía equivalente al 20% del valor del contrato. Por una vigencia equivalente al término de duración del contrato y un (01) año más. • Póliza de responsabilidad civil extracontractual: El cubrimiento de la póliza debe ser equivalente al 20% del valor de la contratación más IVA y debe constituirse por un tiempo igual a la duración del contrato y tres meses más, contados a partir del acta de recibo final. En todo caso el monto del contrato para efectos de la determinación xxx xxxxxx incluye el valor del IVA. Las pólizas deberán ser expedidas por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia a favor de Puerta de Oro Empresa de Desarrollo Caribe S.A.S. PARÁGRAFO PRIMERO. - INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA será el único responsable por la ejecución del presente contrato y está obligado a mantener indemne por cualquier concepto a EL CONTRATANTE, por todo tipo de reclamación, demanda o litigio que surjan como consecuencia directa o indirecta de hechos originados en la ejecución Página55 Código: GC-MA-08 Versión:08 Fecha: 30-07-2020 del presente contrato, de tal forma que el CONTRATISTA será el único responsable de atender dichas situaciones, debiendo soportar técnica, jurídica y económicamente la correspondiente respuesta, contestación de demanda, arreglo directo, conciliación o proceso que se surta si fuere el caso. La obligación de mantener indemne a EL CONTRATANTE durante todo el tiempo en que el CONTRATANTE, pueda ser requerido, demandado o reclamado. En todo caso, EL CONTRATANTE podrá llamar en garantía al CONTRATISTA o denunciar el pleito en los términos previstos en el Código General del Proceso, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórrogapresentarse cualquier acción, adiciónreclamación o demanda de cualquier naturaleza, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobaciónrelacionada con lo indicado en el párrafo anterior. Por lo tanto, el respectivo certificado modificatorio CONTRATISTA deberá asumir en forma exclusiva todos los gastos, honorarios de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globalesabogados, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre viáticos, costos, gastos y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparosexpensas de cualquier naturaleza y en general, riesgoscoordinar y ejercer una defensa adecuada, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado aún frente a juicios, reclamaciones o quejas de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000cualquier índole.

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GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO CONTRATISTA se obliga con LA UNIVERSIDAD compromete a constituir a su favor ante una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) FIDEICOMISOS PATRIMONIOS AUTÓNOMOS FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. – PATRIMONIO Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del contrato Plazo de ejecución del contrato y un (1) año más Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales 5% del valor del contrato Plazo de cada pérdida ejecución del contrato y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) años más Calidad del servicio 20% del valor del contrato Plazo de ejecución del contrato y un (1) año más Responsabilidad civil extracontractual 25% del valor contratado Por el término de ejecución del contrato PARÁGRAFO PRIMERO: La póliza de que trata la presente cláusula deberá ser a favor de Particulares. PARÁGRAFO SEGUNDO: Las garantías que para el efecto expida la compañía aseguradora, deberán ser entregadas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación presente contrato, debidamente firmadas, junto con el recibo pago de LA UNIVERSIDADestas, ante el Jefe de expedido por la División de Contratación y Gestión de Bienesaseguradora. El PA-FCP aprobará las pólizas si las encuentra ajustadas a lo especificado, en la carrera 00 X° 00x-000caso contrario, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxrequerirá al CONTRATISTA para que dentro del plazo que le señale, sede Medellín, bloque 42haga las modificaciones y aclaraciones necesarias. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado TERCERO: La garantía deberá tomarse con el cumplimiento nombre del CONTRATISTA tal como figura en el documento de identidad o certificado de existencia representación legal. En el evento que el CONTRATISTA sea un consorcio o unión temporal o bajo cualquier forma asociativa, el tomador debe ser la figura asociativa conforme al documento de su constitución, indicando expresamente los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDADintegrantes y porcentajes de participación. PARÁGRAFO III. En caso de prórrogaCUARTO: EL CONTRATISTA deberá mantener la garantía vigente en los términos expresados en esta cláusula y deberán pagar las primas y cualquiera otra expensa necesaria para constituirla, adiciónmantenerla, suspensión prorrogarla o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000adicionarla.

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GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO Todas las garantías se obliga presentarán en Sección Tesorería del MT (Rambla 25 xx Xxxxxx de 1825 S/n esquina Yacaré, 1er. Piso) en el horario de 12 a 16 hs y deberán ser emitidas con LA UNIVERSIDAD a constituir cláusulas que contemplen su vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones contractuales que ampara. El Comitente Público se reserva el derecho de aceptar o rechazar, a su favor ante exclusivo juicio, los documentos que constituyan garantías. Las garantías se constituirán a la orden del MT y podrán consistir en: ▪ Aval o garantía de un banco aceptable por el Comitente Público.En este último caso, deberá constituirse a través de un banco corresponsal de la institución elegida en el Uruguay, de conocida trayectoria en el país, para facilitar la eventual ejecución. ▪ Póliza de Seguro de fianza, a la vista, emitida por una compañía empresa aseguradora aceptable para el Comitente Público. En el caso de fiador extranjero, deberá constituirse a través de un corresponsal de la institución elegida en el Uruguay. ▪ Bonos xxx Xxxxxx de la República Oriental del Uruguay. ▪ Efectivo. No se admitirán garantías personales de especie alguna. Se podrá integrar la garantía en más de una de las modalidades indicadas siempre que todas ellas sean constituidas a nombre del Ministerio de Turismo y que cubran la cantidad exigida en cada relación contractual. En todos los casos la garantía respectiva se constituirá en la moneda de la oferta, con excepción de los Bonos xxx Xxxxxx. Para cualquiera de estas formas, las garantías estarán a disposición del Comitente Público y los contratos originados por éstas, deberán contener cláusulas que establezcan que no será necesario trámite alguno o discusión para hacer efectivo su cobro. El documento justificativo de la constitución de garantía deberá contener necesariamente el número de la licitación y organismo que realizó el llamado. A fin de asegurar la ejecución de las garantías, el comitente público debe comunicar cada incumplimiento del oferente adjudicatario o adjudicataria al asegurador a través de comunicaciones y/o resoluciones que aplican sanciones o rescinden el contrato, según las condiciones establecidas en las pólizas de seguros o y en los artículos 634 a 692 del Código de banco comercial legalmente reconocidoComercio. Cuando el Comitente Público deba proceder al cobro de la garantía, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor importe será el que resulte del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMVla misma. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe La devolución de la División garantía se realizará a solicitud de Contratación y Gestión parte, mediante nota dirigida a Programa BID- Ministerio de BienesTurismo, en los casos y en los plazos que corresponda según este pliego. Al disponerse la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio devolución de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre se deducirán previamente las cantidades a que hubiere lugar, ya sea por daños y cuando cumpla perjuicios o multas, de acuerdo con las siguientes condiciones a) responsabilidades en que cubra los amparospudiera haber incurrido el oferente, riesgos, vigencias y montos exigidos en adjudicatario. Las resoluciones que dispongan la presente cláusula; b) que aporten rescisión del contrato o el certificado cobro de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario multas a deducirse de la póliza: Universidad Nacional garantía, serán notificadas a la empresa aseguradora o institución que corresponda disponiéndose la intimación de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000pago y/o cumplimiento del contrato a la empresa adjudicataria.

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GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones emanadas del presente contrato, el Suministrante se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir presentar a su favor ante la institución contratante las garantías siguientes: A) GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: El Suministrante se obliga a presentar a la institución contratante dentro del plazo de OCHO (8) DÍAS HÁBILES posteriores al recibo de este contrato certificado, una compañía de seguros fianza o garantía bancaria o cheque certificado o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, caja equivalente al veinte por ciento QUINCE (2015%) POR CIENTO, del valor total del contrato, vigente por que garantice que cumplirá con el término servicio objeto de este contrato en el plazo establecido en la cláusula Tercera y que será prestado y recibido a entera satisfacción de la Institución Contratante. Esta Garantía se incrementará en la misma proporción en que el valor del mismo contrato llegase a aumentar y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una su vigencia será igual al plazo contractual más CIENTO CINCUENTA DÍAS CALENDARIO ADICIONALES. La no presentación de esta garantía en el plazo indicado, dará lugar a la aplicación del contratoliteral a) del Artículo 94 de la LACAP y se entenderá que el Suministrante ha desistido de su oferta, sin detrimento de la acción que le compete a la Institución Contratante para reclamar los daños y perjuicios resultantes. Un deducible del 10% del Esta garantía se incrementará en la misma proporción en que el valor del valor contrato llegase a aumentar. ANDA hará efectiva esta garantía en los siguientes casos: i.) Por incumplimiento injustificado del plazo contractual; ¡i.) Cuando el Suministrante no cumpla con lo establecido en las presentes Bases de cada pérdida Licitación; ¡ii.) En cualquier otro caso que exista incumplimiento por parte del Suministrante y B) GARANTIA DE BUEN SUMINISTRO: El Suministrante deberá presentar, a satisfacción de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse la ANDA, dentro del plazo de los tres OCHO (3) días siguientes 8) DÍAS HÁBILES posteriores a la suscripción del contrato y presentarse fecha en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto que se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.efectuado

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Samples: Contrato De Suministro 54/2018 Licitacion Publica

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales emanadas del presente Contrato, el Suministrante se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir presentar a su favor ante la institución contratante las Garantías siguientes: I. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: El Suministrante se obliga a presentar a la institución contratante dentro del plazo de OCHO (8) DÍAS HÁBILES posteriores al recibo de este Contrato certificado por Notario, una compañía de seguros fianza o Garantía bancaria o cheque certificado o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, caja equivalente al veinte por ciento DIEZ (2010%) POR CIENTO del valor total del contratoContrato, vigente por que garantice el término cumplimiento de todas las cláusulas establecidas en el Contrato, así como la total entrega del mismo suministro objeto de este Contrato en el plazo establecido en la Cláusula Tercera y seis (6) meses másque será entregado y recibido a entera satisfacción de la institución contratante. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente Esta Garantía se incrementará en la misma proporción en que el valor del Contrato llegase a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores aumentar y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una su vigencia será igual al plazo contractual más CIENTO CINCUENTA (150) DÍAS CALENDARIOS. La ANDA hará efectiva esta garantía en los siguientes casos: í) Por incumplimiento injustificado del contratoplazo contractual; ii) Cuando el Suministrante no cumpla con lo establecido en las Bases de la Licitación Pública Número LP-18/2021-FGEN; y ¡ii) En cualquier otro caso que exista incumplimiento por parte del Suministrante. Un deducible del 10% del valor del valor La no presentación de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes esta Garantía en el plazo indicado, dará lugar a la suscripción aplicación del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe literal a) del Artículo 94 de la División LACAP y se entenderá que el Suministrante ha desistido de Contratación y Gestión su oferta, haciéndose efectiva la Garantía de BienesMantenimiento de Oferta, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio sin detrimento de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) acción que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en le compete a la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.institución

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Samples: Contrato De Suministro

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD La Interventoría constituirá a constituir a su favor ante una de la Hidroeléctrica garantías que serán de procedencia y forma aceptable para la Hidroeléctrica y otorgadas por un banco o compañía de seguros o legalmente establecidos en Colombia aceptables para la Hidroeléctrica, y preferiblemente con domicilio y poderes decisorios en la ciudad de banco comercial legalmente reconocidoMedellín; el pago de las primas respectivas correrá por cuenta de la Interventoría así como el de sus ampliaciones si son necesarias durante el desarrollo del contrato, una póliza y no serán reembolsables. Las garantías deberán acompañarse del correspondiente recibo de pago con el sello de cancelación, estarán firmadas por la Interventoría y deberán ser constituidas en forma tal que cubran los riesgos contemplados para la ejecución del contrato. En las garantías que deberá constituir la Interventoría, exigidas de acuerdo con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y Términos de todas Referencia, la cláusula que hace referencia a un evento de fuerza mayor, en la que la Hidroeléctrica tiene obligación de prorrogar el plazo para el cumplimiento de las obligaciones adquiridasde la Interventoría, equivalente queda sin efecto. Si durante la vigencia de las garantías, la entidad que la otorga llega a ser inaceptable para la Hidroeléctrica, la Interventoría suministrará oportunamente a la Hidroeléctrica, las garantías adicionales que la Hidroeléctrica pueda requerirle para mantener protegidos sus intereses; las garantías deberán amparar los siguientes riesgos: • Manejo, correcta inversión y reintegro del anticipo: Para garantizar el buen manejo, la correcta inversión y el oportuno reintegro del anticipo o el mal uso de los dineros recibidos a cuenta de anticipo. Deberá amparar una suma igual al veinte cien por ciento (20100%) del valor total monto del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses másanticipo. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con Este ampara tendrá una vigencia igual al plazo del contrato y sesenta (60) días calendario más. La aprobación de esta garantía será requisito previo para la entrega a la Interventoría del anticipo. • Cumplimiento: Para asegurar el total y estricto cumplimiento de las obligaciones del contrato. Un deducible del 10, deberá amparar una suma igual al veinte por ciento 20% del valor de aceptación del contrato, con la cual se cubren, además, las multas y la cláusula penal pecuniaria. Se hará efectiva al Proponente en favor de la Hidroeléctrica, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que haya adquirido en virtud del contrato. Este amparo deberá estar vigente durante el plazo del contrato y sesenta 60 días calendario más. • Pago de salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones: Para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales del personal empleado para la ejecución del contrato, este amparo deberá cubrir una suma equivalente al treinta por ciento 30% del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción aceptación del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación deberá estar vigente durante el plazo del contrato y tres 3 años más. • Responsabilidad civil extracontractual: Para cubrir los eventos de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe responsabilidad civil extracontractual frente a la Hidroeléctrica o terceros y con motivo de la División ejecución del contrato, la garantía deberá amparar una suma equivalente al treinta por ciento 30% del valor de Contratación aceptación del contrato. La vigencia de esta garantía deberá ser igual al plazo del contrato y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO IIsesenta 60 días calendario más. Este contrato seguro se deberá constituir en póliza independiente, por lo tanto, no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio ser parte de la garantíagarantía única del contrato. PARÁGRAFO IVAsegurado: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en El Proponente y/o la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Hidroeléctrica.

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GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 numeral 2, 4 y concordantes del manual interno de contratación de la entidad y teniendo en cuenta que se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir trata del SUMINISTRO DE “PAN DE HARINA XX XXXXX, HUEVOS XX XXXXXXX Y LECHE”, se considera necesario y oportuno exigir al CONTRATISTA la constitución a su xxxxx y a favor ante una compañía del Sanatorio de seguros o de banco comercial legalmente reconocidoContratación E.S.E., una póliza con garantías únicas que amparen los siguientes amparosriesgos: a) Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. El valor de la garantía será igual al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término contrato con una vigencia igual a la del mismo contrato y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil ExtracontractualPARAGRAFO UNO-RESTABLECIMIENTO O AMPLIACIÓN DE LA GARANTÍA. Cuando con ocasión de las reclamaciones efectuadas por la Entidad Estatal, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del el valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDADgarantía se reduce, ante la Entidad Estatal debe solicitar al contratista restablecer el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio valor inicial de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globalesCuando el contrato es modificado para incrementar su valor o prorrogar su plazo, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten Entidad Estatal debe exigir al contratista ampliar el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario valor de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellíngarantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. • Dirección: Xxxxxxx 00 XxPARAGRAFO DOS-TÉRMINO PARA ENTREGA DE LA GARANTIA. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.El contratista

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Samples: Contrato No. 013 2019 Clase De Contrato De Suministro

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga GARANTÍADE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE CONCESIÓN A fin de garantizar el correcto y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones establecidas en el Contrato, a cargo del CONCESIONARIO, incluyendo la Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras, así como el pago de penalidades e indemnizaciones a que hubiere lugar, a la Fecha de Cierre, el CONCESIONARIO ha presentado y deberá mantener vigente hasta dos (2) años después del término de la vigencia del Contrato de Concesión, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión que estará constituida por cartas fianzas bancarias con LA UNIVERSIDAD las características de solidaria, incondicional, irrevocable, sin beneficio de excusión, ni división y de realización automática. La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión referida en este Capítulo deberá ser emitida a constituir favor del CONCEDENTE para ser ejecutada únicamente a su favor ante requerimiento, de manera total o parcial, debiendo ser renovada anualmente, treinta (30) Días antes de su vencimiento, para lo cual el CONCESIONARIO deberá renovar la carta fianza existente o presentar una compañía nueva, de seguros o iguales características. La no renovación oportuna de banco comercial legalmente reconocidoalguna de las referidas cartas fianzas, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes dará derecho a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe ejecución de la División carta fianza original correspondiente, sin perjuicio del derecho de Contratación y Gestión resolución del Contrato, previsto en el Literal l) de Bienesla Cláusula 15.1.3 del presente Contrato. Dicha garantía deberá ser emitida por una Empresa Bancaria, incluida en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento Apéndice Nº 1 de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO IIIlas Bases del Concurso. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación dicha garantía sea emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara una entidad financiera internacional autorizada de conformidad con el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición Apéndice N° 2 de las pólizas se Bases, deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000ser necesariamente confirmada por una Empresa Bancaria.

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Samples: Contrato De Concesión

GARANTÍAS. Garantía de Cumplimiento.- Para efectos de garantizar el cumplimiento parcial o total de las obligaciones derivadas del presente contrato, "EL ARRENDATARIO PROVEEDOR" se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir presentar dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes contados a su favor ante una compañía partir de seguros o de banco comercial legalmente reconocidola fecha en que se hubiere suscrito el presente contrato, una fianza a favor de “EL INSTITUTO”, expedida por una Institución Afianzadora legalmente autorizada, equivalente AL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL IMPORTE TOTAL DEL PRESENTE CONTRATO INCLUYENDO IVA, a fin de garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que el presente contrato impone a "EL PROVEEDOR", incluyendo la señalada en la Cláusula Décima Séptima, relativa a las relaciones laborales. La fianza deberá incluir en su contenido el siguiente párrafo: la afianzadora no disfrutara de los beneficios de orden y excusión a que se refieren los artículos 2814 y 2815 del código civil Federal y para la interpretación y cumplimiento de las obligaciones que esta póliza representa, las partes se someten expresamente a la Ley Federal de Instituciones de Fianzas en especial a las disposiciones que contienen en el título tercero, capítulo cuarto y en el titulo cuarto de la propia Ley y a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la ciudad xx Xxxxxxxxxx, Sonora. La citada fianza estará vigente hasta 6 (seis) meses después de la vigencia del presente contrato indicada en la Cláusula Cuarta, y deberá ser prorrogada por el "EL PROVEEDOR", con el consentimiento del fiador, cuando por retraso justificado sea prorrogado el tiempo de vigencia del contrato. Mientras que el "EL PROVEEDOR" no presente la fianza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento requisitos que al efecto se señalen, no se cubrirá factura alguna, para responder de los bienes no entregados, así como de las responsabilidades que resulten a cargo del "EL PROVEEDOR", derivados del presente contrato. Si transcurrido este plazo no se hubiere otorgado la fianza respectiva, “EL INSTITUTO” procederá con pleno derecho y sin necesidad de notificación a "EL PROVEEDOR" a la rescisión administrativa del contrato y hacer válida la garantía de todas seriedad de la proposición, pudiendo adjudicar los bienes o servicios al participante siguiente en los términos del Art. 28, Fracción III del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles de la Administración Pública Estatal y hacer válida la garantía de seriedad de la proposición. La fianza se hará efectiva cuando el proveedor adjudicado no cumpla o deje de cumplir, en todo o en parte, con las obligaciones adquiridascondiciones de entrega, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contratocantidad, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno calidad o características de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual bienes adjudicados en el contrato respectivo. “EL INSTITUTO” calculará el daño patrimonial sufrido a causa del incumplimiento del proveedor e implementará el procedimiento legal correspondiente para hacer válida la fianza sin necesidad de notificación previa al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000proveedor.

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Samples: www.isssteson.gob.mx

GARANTÍAS. De acuerdo al análisis de riesgo contenida en los términos de referencia y a fin de garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, EL ARRENDATARIO CONTRATISTA se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a su la suscripción del presente contrato a favor ante CORPONARIÑO, una garantía única expedida por una compañía de seguros o legalmente establecida en Colombia, de banco comercial legalmente reconocidoconformidad por la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios. Las garantías solicitadas deberán cumplir con las exigencias normativas previstas en el Decreto 1082 de 2015, una póliza con las cuales deberán ser aprobadas por CORPONARIÑO. EL CONTRATISTA deberá amparar los siguientes amparosriesgos: a) Cumplimiento del contrato y Amparo de cumplimiento: Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones adquiridascontractuales a su cargo, equivalente al el pago de la cláusula penal pecuniaria e indemnizaciones a que hubiere lugar, constituida por el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo con vigencia igual al plazo de ejecución y seis (606) meses más, contados a partir de la fecha del perfeccionamiento del mismo. b) De Responsabilidad Civil ExtracontractualAmparo de calidad de servicio: Para garantizar la calidad de los bienes ofrecidos por el contratista, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propiosel 20% del valor total del presente contrato, con una vigencia igual equivalente al plazo de ejecución y seis (06) meses contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMVPARÁGRAFO. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse Las pólizas exigidas se deben entregar a la Entidad dentro de los tres (3) 3 días hábiles siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, . EL CONTRATISTA se compromete a ampliar o prorrogar las garantías en el respectivo certificado modificatorio de la garantíaevento que se aumente el valor del contrato o se prorrogue su vigencia. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con CONTRATISTA se compromete a ampliar o prorrogar las siguientes condiciones a) garantías en el evento que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten se aumente el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida valor del contrato o se prorrogue su vigencia. Las garantías deben ser aprobadas por la aseguradora entidad, como requisito para la ejecución e iniciación del contrato. El Contratista quedará obligado a efectuar las correcciones a que haya lugar, dentro del día hábil siguiente al requerimiento escrito en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000tal sentido.

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Samples: Contrato No. 2022 421 Partes Del Contrato

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD Los Bonos estarán garantizados por un Fideicomiso de Garantía, cuyo patrimonio estará comprendido primordialmente por los siguientes Bienes FideicomitidosFiduciarios, según dispone dicho Fideicomiso de Garantía:  El Monto Inicial, que será entregado al Fiduciario y depositada en la Cuenta de Concentración conforme a constituir a su favor ante una compañía lo dispuesto en este Contrato de seguros Fideicomiso.  Loslos Flujos Cedidos. Totales;  Los fondos depositados en la Cuenta de Concentración y en la Cuenta de Reserva.  Cualesquieralos Bienes Fiduciarios Comunes;  cualesquiera otras cuentas bancarias o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y inversión que de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por tiempo en tiempo establezca el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV Fiduciario para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de su encargo fiduciario; y  Cualesquiera otros dineros, bienes o derechos que, de tiempo en tiempo, se traspasen al Fiduciario para que queden sujetos al presente Fideicomiso.  Loslos dineros, bienes y derechos que produzcan los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso Bienes FideicomitidosFiduciarios en concepto de prórrogaganancias de capital, adiciónintereses, suspensión créditos, indemnizaciones u otro concepto; y  Cualesquiera otras sumascualesquiera otros dineros, bienes, o modificación del presente Contrato derechos que, de Arrendamientodinerotiempo en efectivo quetiempo, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente se traspasen al Fiduciario para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio que queden sujetos al Fideicomiso o que se reciban de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre ejecución de los gravámenes (netos de los gastos y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado costas de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000ejecución).resulten incorporados al Fideicomiso.

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Samples: www.latinclear.com.pa

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO El Contratista se obliga con LA UNIVERSIDAD compromete a constituir a su favor ante de la Agencia Nacional de Infraestructura, en arreglo a lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y demás normas que reglamentan la materia, una compañía garantía de cumplimiento, que podrá consistir en póliza de seguros o de banco comercial legalmente reconocidocumplimiento para contratos estatales, una póliza con en formato ANI; Garantía bancaria irrevocable y a primer requerimiento ó Fiducia mercantil en garantía (Patrimonio Autónomo), que otorgue los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil ExtracontractualAl monto de esta garantía se imputará el valor de las multas y la cláusula penal, y el contratista deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno razón de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo las reclamaciones efectuadas por la entidad contratante Este amparo incluye el cumplimiento tardío o defectuoso del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al contratista, según lo regula el Artículo 2.2.1.2.3.1.7., numeral 3.2 del Decreto 1082 de 2015. Un deducible El garante podrá subrogarse en las obligaciones del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a Contratista para con la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO IIIENTIDAD. En caso de prórrogaprorrogarse el plazo del contrato, adicióndeberá ampliarse la vigencia xxx xxxxxx por el mismo término. Entiéndase el término de duración del contrato desde la fecha de iniciación del contrato hasta la liquidación del contrato. Este amparo cubre a la ENTIDAD de los perjuicios que se le ocasionen, suspensión o modificación como consecuencia del presente Contrato incumplimiento de Arrendamientolas obligaciones laborales, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobaciónpago de salarios, el respectivo certificado modificatorio prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales a cargo del Contratista, derivadas de la garantíacontratación del personal utilizado para la ejecución en el territorio nacional del contrato amparado. PARÁGRAFO IVDesde el inicio del contrato y hasta la culminación del plazo de ejecución, se deben contemplar seguros de daños, según se explica a continuación: Si EL ARRENDATARIO cuenta • SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRA-CONTRACTUAL El Contratista deberá presentar para aprobación de la ENTIDAD, adicional a la Garantía de Cumplimiento, como amparo autónomo y en póliza anexa, en el formato de seguros ANI, bajo la modalidad de ocurrencia, una garantía para cubrir los daños que el Contratista, en el desarrollo de las labores relacionadas con pólizas globalesel contrato, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre cause a terceros en sus personas o en sus bienes, de acuerdo con lo indicado a continuación: Daños patrimoniales y cuando cumpla extrapatrimoniales Sin Sublímite Responsabilidad civil por contratistas y subcontratistas Xxx Xxxxxxxxx, pero con las siguientes condiciones a) posibilidad de recobro al Subcontratista Responsabilidad civil patronal 50% del límite asegurado Responsabilidad civil cruzada Sin Sublímite Vehículos propios y no propios 50% del límite asegurado Bienes bajo cuidado, tenencia y control Sin Sublímite Responsabilidad civil por gastos médicos $50 Millones de pesos por Persona $200 Millones de pesos por Evento Esta póliza tendrá un valor asegurado correspondiente a COP 2.500.000.000 y deberá permanecer vigente desde el acta de inicio, hasta la fecha de terminación del contrato. Debe figurar como asegurado, en lo que cubra los amparosse relacione con este contrato, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Agencia Nacional de Colombia es beneficiario Infraestructura – ANI y asegurado adicionalcomo beneficiarios la ANI y los terceros afectados. PARÁGRAFO VI: Para En caso de prorrogarse el plazo de ejecución, deberá ampliarse la vigencia xxx xxxxxx por el mismo término. Ocurrido cualquier siniestro el Contratista está obligado a restablecer la cobertura completa. De la vigencia de este amparo se dejará constancia en el acto de liquidación. A esta garantía le expedición serán aplicables las previsiones contenidas en el Artículo 2.2.1.2.3.1.8 del decreto 1082 de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 00002015.

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Samples: Contrato De Prestacion De Servicios

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga De acuerdo con LA UNIVERSIDAD lo establecido en el artículo 103.1 del TRLCSP, los licitadores no deberán constituir garantía provisional. La persona licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles a constituir contar desde el siguiente a su favor ante una compañía aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de seguros o contratación, deberá acreditar la constitución de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento la garantía definitiva por importe del contrato y 5 por 100 del importe de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total adjudicación del contrato, vigente por excluido el término del mismo y seis (6) meses másIVA. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del La garantía exigida en el contrato y podrá presentarse en este mismo término para aprobación cualquiera de LA UNIVERSIDAD, ante las formas previstas en el Jefe artículo 96 del Texto Refundido de la División Ley de Contratación y Gestión de BienesContratos del Sector Público, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la carrera 00 X° 00x-000Tesorería General del Ayuntamiento de Ortuella. Cuando, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxa consecuencia de la modificación del contrato, sede Medellínexperimente variación su precio, bloque 42se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 del TRLCSP. PARÁGRAFO II. Este contrato A estos efectos no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento considerarán las variaciones de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO IIIprecio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo. En caso el plazo de prórrogaquince días, adicióncontado desde la fecha en que se hagan efectivas, suspensión en su caso, las penalidades o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobaciónindemnizaciones, el respectivo certificado modificatorio adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. La devolución de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta , tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos lo dispuesto en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario artículo 102 del Texto Refundido de la pólizaLey de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales. Página3 Ayuntamiento de Ortuella Plaza 1º xx Xxxx s/n. 48530–Bizkaia Tel.: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección000.000.000 Fax: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.000.000.000 xxx.xxxxxxxx.xxx

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Samples: Pliego De Claúsulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Telecomunicaciones Del Ayuntamiento De Ortuella, Por Procedimiento Abierto

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante El Adjudicatario permutará la fianza de Seriedad de Oferta, por una compañía Garantía de seguros o Fiel Cumplimiento de banco comercial legalmente reconocidoContrato, consistente en una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y Boleta de todas las obligaciones adquiridasGarantía Bancaria, equivalente al veinte por ciento (20%) 5 % del valor total de la oferta aceptada (IVA incluido), expresada en pesos. La caución, rendida en la modalidad precedentemente indicada, deberá tener una vigencia de a lo menos 120 días corridos y posteriores al vencimiento del plazo inicialmente previsto y convenido entre las partes, para la entrega y recepción conforme del último de los servicios o productos. Días que se contarán, para estos efectos, desde el término del plazo de 42 semanas previstas para la prestación de los servicios y entrega de los productos que inicialmente han previsto y convenido su inicio desde la suscripción del presente contrato. De extenderse el plazo de ejecución inicialmente previsto, por necesidades del Servicio y/o del mejor cumplimiento del Contrato, previo acuerdo entre las partes, la Empresa deberá renovar o reemplazar la Boleta de Garantía o el Vale Vista, en las mismas condiciones, en cuanto a monto y plazo de vigencia. Esta garantía será entregada por el Adjudicatario a la Administración en forma personal , o bien, enviada por correo certificado a la Oficina de Partes del Gobierno Regional, ubicada en Edificio Xxxxx Xxxx Xxxxx, Los Xxxxxxx X° 000, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxx, al momento de suscribirse el contrato. El instrumento en que conste la caución será restituido al adjudicatario, dentro de los 120 días corridos posteriores a la fecha de término del contrato, vigente por el término del mismo previa solicitud y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente conforme a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse lo establecido en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Bases.

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Samples: www.goreatacama.cl

GARANTÍAS. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 numerales 1, 2, 4 y 6 del manual interno de contratación de la entidad y teniendo en cuenta que se trata del “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE TIPO GASOLINA CORRIENTE, ACPM, ACEITES, GRASAS Y LUBRICANTES PARA EL ARRENDATARIO SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E.” se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir considera necesario y oportuno exigir al CONTRATISTA la constitución a su xxxxx y a favor ante del Sanatorio de Contratación E.S.E., garantías únicas que amparen los siguientes riesgos: El Proponente debe presentar junto con la Oferta una compañía garantía de seguros seriedad de la oferta a favor de la Entidad Contratante por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del presupuesto oficial destinado para la presente contratación y con vigencia desde la presentación de la Oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de banco comercial legalmente reconocidosu cumplimiento defectuoso, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento cuando ellos son imputables al contratista. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del contrato valor de las multas y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. El valor de la garantía será igual al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término contrato con una vigencia igual a la del mismo contrato y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno El amparo de calidad de los siguientes amparos: prediosítems suministrados cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de (i) la mala calidad o insuficiencia de los productos suministrados con ocasión del contrato, labores y operacioneso (ii) de la mala calidad del servicio prestado, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato. El valor de la garantía deberá ser igual al veinte por ciento (20%) del valor del contrato con una vigencia igual al plazo mismo y seis (06) meses más. El amparo de pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del contratoincumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado en el territorio nacional. Un deducible del El valor de la garantía será igual al diez por ciento (10% %) del valor del valor de cada pérdida contrato y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tendrá una vigencia igual a la del contrato y tres (3) días siguientes a años más. - RESTABLECIMIENTO O AMPLIACIÓN DE LA GARANTÍA. Cuando con ocasión de las reclamaciones efectuadas por la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDADEntidad Estatal, ante el Jefe valor de la División de Contratación y Gestión de Bienesgarantía se reduce, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con Entidad Estatal debe solicitar al contratista restablecer el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio valor inicial de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globalesCuando el contrato es modificado para incrementar su valor o prorrogar su plazo, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten Entidad Estatal debe exigir al contratista ampliar el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario valor de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso.

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Samples: www.sanatoriocontratacion.gov.co

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO El contratista seleccionado, dentro de los veinte días siguientes a la fecha en que reciba el aviso de adjudicación del contrato, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas prestará las siguientes garantías: De Anticipo, por un valor equivalente al cien por ciento (100%) del valor del anticipo y adoptara la forma de una Garantía Bancaria pagadera a la vista. Esta garantía estará vigente hasta su total amortización y se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparosejecutará cuando: a) Cumplimiento Se constante por parte del contrato contratante, que el anticipo otorgado no se está utilizando en la ejecución de la obra; b) Se establezca por el contratante que no ha habido ningún avance físico en la ejecución de la obra, a pesar de haberse entregado ya el anticipo; c) Se tenga conocimiento que el valor del anticipo se está utilizando para otros fines y no para pagar los gastos que se requieren específicamente para la ejecución de la obra contratada. De Cumplimiento, por un valor equivalente al treinta por ciento (30%) sobre el monto total por el que se le contrata y estará vigente hasta que se le otorgue el finiquito correspondiente. Esta garantía adoptara la forma de fianza. El monto de la garantía respaldará el cumplimiento de todas las obligaciones adquiridasestipuladas en el contrato y/o de acuerdo con las especificaciones contenidas en el mismo y demás documentos contractuales que forma parte integral del mismo, y responde, además, por las deficiencias que le aparecieren al proyecto durante su ejecución; esta fianza podrá ejecutarse en caso de: a) Negligencia o deficiencias en la prestación de los servicios contratados a juicio del Ministerio de Salud Públicas y Asistencia Social; b) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas en el contrato; c) Que de los informes rendidos se constate que los resultados obtenidos no son satisfactorios; d) Si el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social determina que el consultor ha participado en prácticas corruptas o fraudulentas en la realización de los servicios 3. De Estabilidad de la Obra, por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor sobre el monto total del contrato, vigente por el término del mismo que se le contrata y seis que responderá por los desperfectos o defectos de funcionamiento que tuviere el proyecto y que le aparecieren durante el plazo de doce (612) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractualmeses, por cuantía equivalente contados a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe partir de la División fecha de Contratación y Gestión emisión del certificado de Bienesterminación de las obras, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento plazo de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio vigencia de la garantíagarantía relacionada. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en Esta garantía adoptara la presente cláusula; b) que aporten el certificado forma de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamientouna Fianza. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.E.

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Samples: www.guatecompras.gt

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a Los Oferentes podrán constituir a su favor ante una compañía Garantías de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparosImpugnación: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte tres por ciento (203%) del valor monto total de la Oferta (IVA incluido), para los casos previstos en el punto XII. xvii) del contrato, vigente Reglamento. El/los Adjudicatario/s deberán constituir Contragarantía: por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien los montos que reciba el adjudicatario como adelanto de fondos en los casos que así se estableciera. La constitución de las garantías podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas: certificado de depósito bancario (100) SMLMV admisible únicamente para cada uno el caso de garantía de impugnación), fianza bancaria, póliza de seguro de caución y/o cheque certificado, de acuerdo a lo detallado en el Artículo 11° del PCG. EANA no abonará intereses por los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contratodepósitos de valores otorgados en garantía. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de Los intereses que devengaren los tres (3) días siguientes mismos pertenecen a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienessus depositantes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio medida que se hubiere dado cumplimiento al objeto que dio origen a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio la constitución de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) Todos los gastos en que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en haya incurrido el Oferente para la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición constitución de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario garantías serán a su exclusivo costo y cargo. El presente procedimiento está alcanzado por las prescripciones de la póliza: Universidad Nacional Ley Nº 27.437 Y 18.875, a los efectos de Colombia – Sede Medellíngarantizar el efectivo cumplimiento del “Régimen de Compre Trabajo Argentino”, que toda Oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal. • Dirección: Xxxxxxx 00 XxLa falta de presentación configurará una presunción, que admite prueba en contrario, de no cumplimiento de las prescripciones vigentes con relación a la calificación de Oferta nacional. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Asimismo, será de aplicación el Decreto Nº 1.075/2001 de “Fomento para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa”.

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Samples: www.eana.com.ar

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato LA UNIVERSIDAD CONTRATISTA otorgará a constituir a su favor ante una compañía del Estado y Gobierno de seguros o El Xxxxxxxx en el Ramo de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparosSalud las garantías siguientes: a) Cumplimiento del contrato y GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, para garantizar el cumplimiento estricto de todas las obligaciones adquiridaseste Contrato, equivalente al veinte por ciento (20POR CIENTO ( %) del valor total del contratoContrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse la cuál deberá presentar dentro de los tres (3( ) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación fecha de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación distribución del presente Contrato y estará vigente durante el plazo de Arrendamiento( ) días , EL ARRENDATARIO contados a partir de . La garantía mencionada deberá remitir oportunamente presentarse en original y una copia; y b) GARANTÍA DE BUENA CALIDAD. LA CONTRATISTA garantizará la buena calidad del suministro entregado, para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos lo cual presentará en la presente cláusula; bUACI xxx XXXXXX, una Garantía de Buena Calidad equivalente al POR CIENTO (10.00%) del monto total del Contrato, dentro de los ( ) días posteriores a la fecha en que aporten el certificado suministro sea recibido en su totalidad y a entera satisfacción, de siniestralidad; cacuerdo al acta de recepción definitiva que para tal efecto se levantará en el lugar de entrega establecido y estará vigente durante el plazo de ( ) que aporten certificación emitida por la aseguradora días, contados a partir de dicha fecha. La garantía mencionada deberá presentarse en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamientooriginal y una copia. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.(SE DEBE CONSIDERAR UNICAMENTE LAS GARANTIAS XXXXXXXX EN EL DOCUMENTO DE CONTRATACION DIRECTA) Dichas garantías

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Samples: Convenio De La Haya Sobre Eliminación De Requisitos De Legalización De Documentos Públicos Extranjeros

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD Para cubrir cualquier hecho constitutivo de incumplimiento, el contratista deberá presentar la garantía única en original a constituir la entidad dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a su favor ante una compañía partir de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento la firma del contrato y requerirá la aprobación de todas la RED ADELCO. Esta garantía tendrá las obligaciones adquiridassiguientes características: Clase Contrato de seguro contenido en una póliza Asegurado/ beneficiario Red Nacional de Agencias de Desarrollo Local de Colombia – Red ADELCO – NIT No. 900.266.136-1 Amparos, equivalente al veinte por ciento (vigencia valores asegurados y Amparo Vigencia Valor Asegurado Cumplimiento general del contrato y el pago de las multas y la cláusula penal pecuniaria que se le impongan Hasta la liquidación 20%) % del valor total del contrato, vigente por el término del contrato contrato Calidad del servicios Plazo del contrato 20 % del valor del contado a partir de contrato la firma del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractualun año más Pago de Salarios, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales Plazo del contrato. Un deducible del contrato 10% del valor del valor contado a partir de cada pérdida contrato la firma del mismo y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (303) días siguientes años más. Tomador ● Para las personas jurídicas: la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social y tipo societario que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la suscripción sociedad podrá denominarse de esa manera. Información ● Número y año del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este ● Objeto del contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. ● Firma del representante legal del Contratista ● En caso de no usar centavos, los valores deben aproximarse al mayor Ej. Cumplimiento si el valor a asegurar es $14.980.420,20 aproximar a $14.980.421 necesaria dentro de la póliza El contratista está obligado a restablecer el valor de la garantía cuando ésta se vea reducida por razón de las reclamaciones que efectúe la Entidad, así como, a ampliar las garantías en los eventos de adición y/o prórroga del contrato. El no restablecimiento de la garantía por parte del Contratista o su no adición o prórroga, adiciónsegún el caso, suspensión o modificación constituye causal de incumplimiento del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) se iniciarán los procesos sancionatorios a que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000haya lugar.

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Samples: pdtnarino.org

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO En forma previa a la suscripción de los contratos derivados de los procedimientos establecidos en este pliego, se obliga deberán presentar las siguientes garantías: La garantía de seriedad de la oferta en el proceso precontractual se rendirá por un valor de Ciento Cincuenta mil con LA UNIVERSIDAD 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 150.000,00) para garantizar el compromiso del oferente en su propuesta y que por la cual garantiza y acepta las condiciones de adjudicación en caso de resultar adjudicado. La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá ser a constituir la vista, a su favor ante nombre del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Manta, y deberá cumplir con las condiciones de incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, la misma deberá ser emitida por una institución bancaria, financiera, por una aseguradora o una compañía afianzadora. Si la institución que emite la garantía es extranjera, deberá tener una institución financiera corresponsal en el Ecuador debidamente calificada por el organismo correspondiente, que permita hacer efectiva dicha garantía. En cualquier caso, la Garantía de seguros Seriedad de la Oferta deberá incluir el nombre completo del Oferente, dirección, nombre y código de la licitación. La Garantía permanecerá válida por un período de 30 días posteriores a la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde. La garantía de banco comercial legalmente reconocidofiel cumplimiento se rendirá por un valor igual al cinco por ciento (5%) del monto total del contrato, la misma deberá tener las condiciones de: incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento institución bancaria, financiera, por una aseguradora o una compañía afianzadora, la que deberá ser presentada previo a la suscripción del contrato y deberá tener vigencia hasta la recepción definitiva de todas la obra. La garantía de buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al determinado y previsto en el presente pliego, que respalde la totalidad del monto recibido por este concepto, misma que deberá ser bancaria y cumplir las obligaciones adquiridascondiciones de: incondicional, equivalente irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por un banco o institución financiera establecidos en el país o por intermedio de ellos, y deberá ser presentada previo a la entrega del mismo. El valor que por concepto de anticipo otorgará la entidad contratante al contratista, no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto adjudicado. El valor total del será depositado en una cuenta exclusiva para el objeto de este contrato, vigente por que el término contratista abrirá en un banco estatal o en uno privado de propiedad del mismo y seis (6) meses másEstado. b) De Responsabilidad Civil ExtracontractualEl contratista, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes en forma previa a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término como parte de los documentos habilitantes para aprobación de LA UNIVERSIDADla elaboración del mismo, ante el Jefe deberá presentar un certificado de la División institución bancaria de Contratación la cuenta en la cual serán depositados los valores correspondientes al anticipo y Gestión posteriores pagos. El contratista deberá autorizar expresamente en el contrato el levantamiento del sigilo bancario de Bienesla cuenta en la que será depositado el anticipo recibido. El administrador del contrato o el fiscalizador designado por la entidad contratante verificará mensualmente, previo a la aprobación y pago de las correspondientes planillas, que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente a la ejecución contractual. El monto del anticipo entregado por la entidad será devengado proporcionalmente al momento del pago de cada planilla mensual hasta la terminación del plazo contractual inicialmente estipulado y constará en el cronograma pertinente que es parte del contrato. Las garantías técnicas serán presentadas en el caso de que la obra materia del procedimiento de contratación contemple la provisión o instalación de equipos. Se exigirá, además al momento de la suscripción del contrato y como parte integrante del mismo, una garantía del fabricante, representante, distribuidor o vendedor autorizado, la que se mantendrá vigente de acuerdo con las estipulaciones establecidas en el contrato. Estas garantías son independientes y subsistirán luego de cumplida la obligación principal. Cualquiera de estas garantías entrará en vigencia a partir de la entrega recepción del bien. La entidad contratante podrá requerir los seguros o condiciones de protección para las personas que presten sus servicios en la ejecución de las obras, en la carrera 00 X° 00x-000elaboración, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxtransporte, sede Medellínentrega y colocación de bienes y en cualquier tipo de prestación de servicios, bloque 42que considere pertinentes. PARÁGRAFO II. Este contrato no La contratante, adicionalmente, podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación solicitar validación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio representante legal de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en entidad emisora acerca de la presente cláusula; b) que aporten el certificado legalidad de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato correspondiente. La garantía de arrendamientobuen uso se devolverá cuando éste sea devengado en su totalidad. PARÁGRAFO V En la póliza La garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual fiel cumplimiento se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario devolverá al momento de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000entrega recepción definitiva, real o presunta.

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Samples: Contrato De Financiación Fi N

GARANTÍAS. Las garantías que se detallaran a continuación, serán cubiertas por medio de fianza bancaria o garantía bancaria, emitida por institución Bancaria o Institución Financiera, Sociedad Afianzadora o Aseguradora y Sociedades de Garantía Recíprocas (SGR), así como también se aceptarán como garantía las establecidas en la Ley del Sistema de Garantía Recíprocas para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Rural y Urbana. Las Instituciones que emitan las referidas garantías deberán estar autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero y ser aceptadas por “EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía CONTRATANTE”. 1) GARANTÍA DE ANTICIPO. Para garantizar el correcto manejo de seguros o de banco comercial legalmente reconocidola cantidad anticipada, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, que será hasta por un monto máximo equivalente al veinte treinta por ciento (20%) del valor inicial del Contrato, “LA CONTRATISTA”, rendirá Garantía de Anticipo a favor de “EL CONTRATANTE”, por un valor equivalente al cien por ciento del valor total del contratoanticipo, esta garantía deberá ser rendida antes de recibir dicho anticipo, y deberá mantenerse vigente en su totalidad, mientras no se haya hecho efectiva a “EL CONTRATANTE” su amortización, no considerándose como amortizada la que solo conste en documento. 2) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. Después de recibida la Notificación de Adjudicación “LA CONTRATISTA” deberá rendir a favor de “EL CONTRATANTE” una Garantía de Cumplimiento de Contrato por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA DOLARES CON VEINTIDOS CENTAVOS XX XXXXX DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD$8,630.22), ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos equivalente al quince por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.ciento

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Samples: www.transparencia.oj.gob.sv

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía El cumplimiento puntual y completo de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas1, equivalente al veinte 3.1, 3.2 y 3.3, incluidos los pagos derivados del incumplimiento de las mismas (cláusula de penalización e indemnización de daños) se garantizará mediante aval bancario por importe xxx xxxx por ciento (2010%) del precio de la parcela, que se prestará en el acto de la formalización de la Escritura Pública. A la puesta en marcha de la actividad, el adquirente deberá acreditar fehacientemente ante SEPIVA, la realización de la inversión proyectada, y de las medidas implementadas de respeto del medio ambiente, así como la creación del empleo en el emplazamiento, procediéndose, en su caso, a la liberación del aval por parte de SEPIVA. Este aval tendrá validez hasta que SEPIVA resuelva expresamente su cancelación. El aval bancario deberá ajustarse al modelo establecido en el Anexo V de este pliego. En cualquier caso, SEPIVA tendrá derecho a compensar los derechos de cobro que pueda tener contra el adjudicatario por cualquier causa o concepto con cualquier obligación de pago que SEPIVA pudiese tener frente al adjudicatario por cualquier concepto. 10 INCUMPLIMIENTOS‌ En caso de incumplimiento por el adjudicatario de alguna de las obligaciones contenidas en el presente pliego, SEPIVA se reserva la facultad de resolver el contrato, con el resarcimiento de daños y perjuicios y abono de los intereses a que hubiere lugar en virtud de lo dispuesto en el articulo 1.124 del Código Civil. Sin perjuicio de lo anterior, las obligaciones contenidas en los apartados 2 y 3.3 de la cláusula 9 anterior, tendrán el carácter de condición resolutoria expresa de la compraventa a los efectos de su inscripción en el Registro de la Propiedad. Dichas condiciones resolutorias gozarán del primer rango registral respecto al título de adquisición del derecho de propiedad, excepto para el caso de que el adquirente haya acordado un préstamo con garantía hipotecaria (primera hipoteca) para la adquisición de la parcela o parcelas, en los términos previstos en las cláusula 8 de este Pliego y SEPIVA hubiese accedido a autorizar la posposición registral de sus condiciones resolutorias otorgando prioridad a la hipoteca en cuestión. A tal efecto, SEPIVA realizará las manifestaciones oportunas en la escritura pública de compraventa a favor del adquirente, y prestará su razonable colaboración en la realización de los trámites registrales necesarios. En tales casos, XXXXXX tendrá también derecho a resolver el presente contrato de compraventa en caso de que se declare por la entidad financiera el vencimiento anticipado de la financiación garantizada con la hipoteca sobre la parcela. En caso de que en el momento de ejercitar el derecho a la resolución del contrato por parte de SEPIVA existieran cualesquiera construcciones o accesiones sobre los terrenos afectados, las mismas quedarán a beneficio de SEPIVA, quedando ésta obligada a compensar al comprador con un ochenta por ciento (80%) del valor total de lo construido según la valoración que realice un perito designado por SEPIVA. SEPIVA podrá requerir en cualquier momento la acreditación del contratocumplimiento de estos requisitos y condiciones. Igualmente, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente los adjudicatarios se obligan a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con comunicar oportunamente todos aquellos documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos obligaciones establecidas en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamientocláusula anterior. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: ‌‌ XXXXXXX 000 0000.XXXXXXX 000 CALLE A 603 601 602 M6 608 606 609 607 605 XXXXX X-0 000 604 701 702 703 704 706 707 708 705 CALLE I CALLE C CALLE E CALLE F CALLE A CALLE G CALLE X 16 XXXXX X XXXXX X XXXXX X XXXXX X-0 CALLE C 202 203 408 201 402 403 404 405 406 407 409 401 M2 M4 413 412 411 410 418 417 416 415 414 XXXXX X-0 CALLE E 101 102 M1 308 309 310 301 302 303 304 305 306 307 503 504 505 M5 506 507 508 509 501 502 M3 320 321 319 318 316 314 315 326 324 322 312 106 104 105

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Y Prescripciones Técnicas Que Regirán en El Concurso Convocado Por “Seguridad Y Promoción Industrial

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a El contratista deberá constituir a su favor ante de la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CHOCO, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la entrega del contrato debidamente firmado, la garantía única que consistirá en una compañía póliza expedida por un Banco o por una Compañía de Seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia. Los riesgos a amparar son: a presentar las garantías que se detallan a continuación, las cuales podrán otorgarse mediante Garantías Bancarias expedidas por un Banco legalmente autorizado para tal fin, o pólizas de seguros; si EL PROVEEDOR opta por esta última opción, éstas deberán reunir las condiciones exigidas y previamente aprobadas por la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CHOCO. en cuanto al emisor, clausulados, condiciones generales, particulares, objeto, valor asegurado, alcance, vigencias, coberturas, y exclusiones de los distintos amparos. Las condiciones de las pólizas de seguros o anteriormente mencionadas, se encuentran reunidas en la Póliza Matriz para Grandes Beneficiarios de banco comercial legalmente reconocidola UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CHOCO., una póliza la cual ha sido tomada y negociada por la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CHOCO con el respaldo de Aseguradoras de primera línea, que gozan de buena solvencia financiera. EL PROVEEDOR podrá asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, mediante la consecución de los siguientes amparos: a) certificados de seguros aplicables a la "Póliza Matriz para Grandes Beneficiarios de la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CHOCO, en el caso de que tales seguros consistan en Pólizas de Cumplimiento del contrato y Pólizas de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno . Los certificados de seguros deberán constar de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes amparos descritos a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.continuación:

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Samples: Carta De Presentacion De La Propuesta

GARANTÍAS. Las garantías que se detallarán a continuación, serán cubiertas por medio de fianza bancaria o garantía bancaria, emitida por Institución Bancaria o Institución Financiera, Sociedad Afianzadora o Aseguradora y Sociedades de Garantías Recíprocas (SGR), así como también se aceptarán como garantía las establecidas en la Ley del Sistema de Garantías Recíprocas para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Rural y Urbana. Las Instituciones que emitan las referidas garantías deberán estar autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero y ser aceptadas por “EL ARRENDATARIO se obliga con CONTRATANTE”. 1) GARANTÍA DE BUENA INVERSION DE ANTICIPO. Para garantizar el correcto manejo de la cantidad anticipada, que será por un monto del treinta por ciento del valor inicial del contrato, “LA UNIVERSIDAD CONTRATISTA”, rendirá Garantía de Buena Inversión de Anticipo a constituir a su favor ante una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido“EL CONTRATANTE”, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, por un valor equivalente al veinte cien por ciento (20%) del valor total del contratoanticipo, esta garantía deberá ser rendida antes de recibir dicho anticipo, y deberá mantenerse vigente en su totalidad, mientras no se haya hecho efectiva a “EL CONTRATANTE” sus amortizaciones, no considerándose como amortizadas las que solo consten en documentos. 2) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. Después de recibida la Notificación de Autorización de contratación “LA CONTRATISTA” deberá rendir a favor de “EL CONTRATANTE” una Garantía de Cumplimiento de Contrato por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS

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Samples: www.transparencia.oj.gob.sv

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO La actividad contractual reviste riesgos6, los cuales al ser previsibles, identificables y que pueden afectar la ecuación del contrato, generando presuntos perjuicios de naturaleza contractual (con la Corporación) o extracontractual (terceros ajenos a la Corporación), deben ser resarcidos por el proponente y el contratista como lo determina la normatividad vigente, las cuales deberán definirse desde los estudios previos por la subdirección u oficina origen de la contratación. Para su exigencia, se obliga con LA UNIVERSIDAD debe analizar el monto, vigencia y características de cada contrato, siempre buscando proteger los riesgos a constituir los que se pueda ver expuesta la contratación y conforme a su favor ante una compañía las posibilidades legales vigentes. Las pólizas de seguro de cumplimiento de las entidades estatales, son garantías expedidas por compañías de seguros o colombianas, con el objeto de banco comercial legalmente reconocidorespaldar el cumplimiento de las diferentes obligaciones que los contratistas puedan tener en desarrollo de los objetos contractuales pactados con la Entidad, una póliza con las cuales cubren los siguientes amparoseventos: a) Cumplimiento AMPARO RIESGO VALOR ASEGURADO VIGENCIA Seriedad de la oferta * La no suscripción del contrato en las condiciones y términos que dieron lugar a la adjudicación. * La no ampliación de todas la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses. * La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte del contrato. Diez por ciento (2010%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo contrato Desde la presentación de la oferta y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a hasta la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe la garantía que amparan los riesgos propios de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.actividad contractual

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Samples: Contrato De Arrendamiento Y Convenios

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD Garantía del CONCEDENTE a constituir favor del CONCESIONARIO El CONCEDENTE realizará todas las gestiones y coordinaciones que fueren pertinentes para que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 26885 “Ley de Incentivos a su favor ante una compañía las Concesiones de seguros o Obras de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato Infraestructura y de todas las obligaciones adquiridasServicios Públicos”; el Poder Ejecutivo expida el Decreto Supremo al que se refiere el artículo 2° del Decreto Ley N° 25570, equivalente Norma Complementaria al veinte por ciento (20%) del valor total del contratoDecreto Legislativo N° 674, vigente modificado por el término artículo 6° de la Ley N° 26438, por el cual el Estado de la República del mismo Perú respalda las declaraciones, obligaciones y seguridades del CONCEDENTE establecidas en el Contrato. Las Partes reconocen que en ningún caso la referida garantía constituirá una garantía financiera. El CONCEDENTE, actuando a través xx XXXXXX, garantiza que adquirirá, instalará, calibrará y pondrá en funcionamiento los Equipos de Navegación Aérea con sus respectivos repuestos, a más tardar a los seis (6) meses másantes del inicio de la Etapa de Operación. bPara tales efectos deberá elaborar, con la participación xx XXXXXX, un expediente técnico cuyo cronograma de instalación deberá ser concordante con el cronograma del EDI de la Etapa de Ejecución de Obras. El CONCEDENTE deberá coordinar con el CONCESIONARIO durante la elaboración del mencionado expediente. El CONCEDENTE garantiza que CORPAC prestará los Servicios de Navegación Aérea en el AICC de manera ininterrumpida. El CONCEDENTE garantiza que CORPAC cumplirá con ejecutar las actividades delegadas por la DGAC en cumplimiento de la normativa aplicable en lo que respecta a la Seguridad Operacional (safety), conforme a la normativa aplicable. EL CONCEDENTE deberá asumir toda responsabilidad, indemnización, compensación, resarcimiento u obligación de cualquier naturaleza, derivada de daños que pueda ocasionar CORPAC en la ejecución de sus funciones por causas directamente imputables a esta. El CONCEDENTE, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29908, deberá efectuar, directamente y/o a través de la DGAC y/o CORPAC, todos los trámites y gestiones respectivos para finalizar las operaciones aeroportuarias y cualquier operación de índole comercial que se lleven a cabo en el AIVA, con lo cual el mencionado aeropuerto cesará actividades de manera inmediata, permanente y definitiva, una vez que se culmine la ejecución del Plan de Migración. El CONCEDENTE garantiza que colaborará con la obtención de las licencias o permisos municipales, sectoriales o sanitarios que sean necesarios para el objeto del presente Contrato. El CONCEDENTE garantiza al CONCESIONARIO que no autorizará la construcción ni operación de un aeropuerto de uso comercial dentro de un radio no menor de ciento cincuenta (150) De Responsabilidad Civil Extracontractualkilómetros alrededor del Aeropuerto, por cuantía equivalente a cien excepción del AIVA durante la ejecución del Plan de Migración. El CONCEDENTE garantiza que las Vías de Acceso se encontrarán construidas y operativas a más tardar a los cuatro (10004) SMLMV Años Calendario contados a partir de la Fecha de Cierre. Asimismo, el CONCEDENTE se obliga a realizar la rehabilitación y el mantenimiento necesario de las Vías de Acceso durante la vigencia de la Concesión. El CONCEDENTE garantiza que las obras de mejoramiento que sean necesarias en la carretera de jerarquía nacional existente Poroy – Cachimayo – Chinchero – Urubamba6 serán culminadas, a más tardar a los cuatro (04) Años Calendario contados a partir de la Fecha de Cierre. Asimismo, el CONCEDENTE se obliga a realizar las labores necesarias para cada uno mantener la misma en condiciones adecuadas, a lo largo de la vigencia de la Concesión. El CONCEDENTE garantiza que en caso se requiera reubicar el tramo de la carretera de jerarquía nacional que actualmente se encuentra ubicada dentro del Área de la Concesión, éste asumirá todas las obligaciones y realizará todas las acciones necesarias en el más breve plazo, de tal forma que no se afecte la prestación de los siguientes amparos: prediosServicios Aeroportuarios. El CONCEDENTE garantiza que, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a en todo momento se mantendrá la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe transitabilidad de la División carretera de Contratación y Gestión jerarquía nacional mencionada y/o las Vías de BienesAcceso. De igual forma garantiza que en casos de emergencia que impida la transitabilidad de las referidas vías restablecerá la(s) misma(s) a fin de no afectar el normal desarrollo de las operaciones del Aeropuerto. El CONCEDENTE garantiza que, en caso se requieran áreas adicionales (áreas de acceso, otras áreas que impliquen reasentamiento de población u otras áreas) necesarias para la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con o explotación de las Obras identificadas en el respectivo EDI aprobado y/o que resulten necesarias para el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDADEstándares Básicos, adquirirá dichas áreas en el más breve plazo, de tal forma que no se afecte el cumplimiento de las obligaciones del CONCESIONARIO. PARÁGRAFO III. En caso El CONCEDENTE garantiza la transferencia fiduciaria de prórroga, adición, suspensión o modificación los fondos destinados al Fideicomiso de manera completa y oportuna de conformidad con los términos establecidos en la Cláusula Novena del presente Contrato Contrato. El CONCEDENTE se compromete a ejecutar los procedimientos de Arrendamientoimposición de servidumbres que hayan sido requeridas por el CONCESIONARIO para el cumplimiento de sus obligaciones conforme a este Contrato, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente previa solicitud de éste. El CONCEDENTE, a través xx XXXXXX, garantiza la provisión del personal especializado y los recursos necesarios para su revisión que se presten adecuadamente los servicios de navegación aérea (ANS) en el AIVA y aprobaciónen el AICC en forma simultánea, el respectivo certificado modificatorio durante la ejecución del Plan de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Migración.

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Samples: Contrato De Concesión Del Nuevo Aeropuerto Internacional De Chinchero

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato LA UNIVERSIDAD CONTRATISTA otorgará a constituir a su favor ante una compañía del Estado y Gobierno de seguros o El Xxxxxxxx en el Ramo de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparosSalud las garantías siguientes: a) Cumplimiento del contrato y GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, para garantizar el cumplimiento estricto de todas las obligaciones adquiridaseste Contrato, equivalente al veinte por ciento (20POR CIENTO ( %) del valor total del contratoContrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse la cuál deberá presentar dentro de los tres (3( ) días siguientes contados a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe partir de la División fecha de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación distribución del presente Contrato y estará vigente durante el plazo de Arrendamiento( ) días , EL ARRENDATARIO contados a partir de . La UACI entregará el comprobante de recepción correspondiente. La garantía mencionada deberá remitir oportunamente presentarse en original y una copia; y b) GARANTÍA DE BUENA CALIDAD. LA CONTRATISTA garantizará la buena calidad del suministro entregado, para lo cual presentará en la UACI xxx XXXXXX, una Garantía de Buena Calidad equivalente al POR CIENTO (10.00%) del monto total del Contrato, dentro de los ( ) días posteriores a la fecha en que el suministro sea recibido en su revisión totalidad y aprobacióna entera satisfacción, de acuerdo al acta de recepción definitiva que para tal efecto se levantará en el respectivo certificado modificatorio lugar de la garantíaprestación del Servicio establecido y estará vigente durante el plazo de ( ) días, contados a partir de dicha fecha. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globalesLa UACI proporcionará el comprobante de recepción correspondiente. La garantía mencionada deberá presentarse en original y una copia. Dichas garantías consistirán en fianzas emitidas por Sociedades Afianzadoras, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas Aseguradoras o Instituciones Bancarias Nacionales o Extranjeras, siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.lo

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Samples: Convenio De La Haya Sobre Eliminación De Requisitos De Legalización De Documentos Públicos Extranjeros

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía Con el objeto de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones adquiridasque surjan a cargo del contratista frente a la entidad, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total razón de la celebración y ejecución del contrato, vigente por el término del mismo estudio previo efectuado y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del mismo, se determinó la necesidad de establecer los siguientes amparosamparos dentro de la garantías que el contratista deberá constituir a favor de Xxxxxx. Atendiendo el objeto y las características del contrato así como la naturaleza de las obligaciones contenidas, FONADE solicitará al contratista la constitución de una garantía de acuerdo a los tipos admisibles establecidos en la circular 08 del 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 xx xx Xxxxxxxxxxx de Contratación de FONADE, que ampare los siguientes riesgos así: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ESTIMACIÓN DEL RIESGO VIGENCIA RESPONSABLE Cumplimiento 30% del valor del contrato Vigente por el plazo de ejecución del contrato y ocho (8) meses mas Contratista De Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales 5% del valor del contrato Vigente por el plazo de cada pérdida ejecución del contrato y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes años más. De responsabilidad civil extracontractual 30% del valor de la etapa 2. ejecución de las obras Vigente por el plazo de ejecución del contrato Estabilidad y calidad de obra 50% del valor de la etapa 2. ejecución de las obras Vigente por cinco (5) años contados a partir de la suscripción del contrato acta de recibo final de obra Calidad del Servicio 30% del valor de la etapa 1. Verificación y presentarse en este mismo término para ajustes. Vigente por tres (3) años contados a partir de la suscripción del acta de recibo final. La aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante las garantías por parte de FONADE es requisito previo para el Jefe inicio de la División ejecución de Contratación y Gestión los contratos, razón por la cual, ningún contrato en el que se haya previsto la existencia de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no garantías podrá dar inicio a iniciar su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento sin la respectiva aprobación de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000estas.

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Samples: www.fonade.gov.co

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga De acuerdo con LA UNIVERSIDAD a lo establecido en el artículo 103.1 del TRLCSP, quienes participen en la licitación no deberán constituir a su favor ante una compañía garantía provisional. La persona licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de seguros o la garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total adjudicación del contrato, vigente por excluido el término IVA, dentro del mismo y seis plazo xx xxxx (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes hábiles a la suscripción contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación. La garantía exigida en el contrato y podrá presentarse en este mismo término para aprobación cualquiera de LA UNIVERSIDADlas formas previstas en el art. 96 del TRLCSP, ante el Jefe de debiendo depositarse su importe, o la División de Contratación y Gestión de Bienesdocumentación acreditativa correspondiente, en la carrera 00 X° 00x-000Tesorería General del Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran. De no cumplirse este requisito por causas imputables a la persona licitadora, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato el Ayuntamiento no podrá dar inicio efectuará la adjudicación a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento favor. Cuando, a consecuencia de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o la modificación del presente Contrato contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de Arrendamientoquince días, EL ARRENDATARIO contados desde la fecha en que se notifique a la persona adjudicataria la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 99 del TRLCSP. A estos efectos no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo. Página4 En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, la persona adjudicataria deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobaciónreponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, el respectivo certificado modificatorio incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. La devolución de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta , tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con pólizas globaleslo dispuesto en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre una vez vencido el plazo de garantía, en su caso, y en todo caso, cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparosno exista plazo de garantía, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida una vez se consideren cumplidas por la aseguradora en persona adjudicataria todas sus obligaciones contractuales de forma satisfactoria para la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Administración.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares De Contrato De Obras Para La Ejecución De Proyecto De Recuperacion Del Caserio Aiestaran Para Uso Equipamental, Fase I en El Municipio De Valle De Trápaga Trapagaran Por Procedimiento Abierto

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga De acuerdo con LA UNIVERSIDAD a lo establecido en el artículo 103.1 del TRLCSP, quienes participen en la licitación no deberán constituir a su favor ante una compañía garantía provisional. La persona licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de seguros o la garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total adjudicación del contrato, vigente por excluido el término IVA, dentro del mismo y seis plazo xx xxxx (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes hábiles a la suscripción contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación. La garantía exigida en el contrato y podrá presentarse en este mismo término para aprobación cualquiera de LA UNIVERSIDADlas formas previstas en el art. 96 del TRLCSP, ante el Jefe de debiendo depositarse su importe, o la División de Contratación y Gestión de Bienesdocumentación acreditativa correspondiente, en la carrera 00 X° 00x-000Tesorería General del Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran. De no cumplirse este requisito por causas imputables a la persona licitadora, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato el Ayuntamiento no podrá dar inicio efectuará la adjudicación a su ejecución hasta tanto favor. Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se haya perfeccionado y legalizado reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique a la persona adjudicataria la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el cumplimiento art. 99 del TRLCSP. A estos efectos no se considerarán las variaciones de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO IIIprecio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo. En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, la persona adjudicataria deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio resolución. Página2 La devolución de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta , tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con pólizas globaleslo dispuesto en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre una vez vencido el plazo de garantía, en su caso, y en todo caso, cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparosno exista plazo de garantía, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida una vez se consideren cumplidas por la aseguradora en persona adjudicataria todas sus obligaciones contractuales de forma satisfactoria para la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000Administración.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares De Contrato De Obras Para La Urbanizacion De Las Fases

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD 1. - Única a favor de la entidad. Como requisito para la ejecución del contrato de comisión, el comisionista seleccionado deberá constituir a su favor ante una compañía de seguros o la entidad estatal comitente la garantía única de banco comercial legalmente reconocidocumplimiento de conformidad con el artículo 7° de la Ley 1150 de 2007 y las normas que lo reglamenten, una póliza en relación con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMVla comisión que se pagará al comisionista por sus servicios. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe 2.- Cumplimiento por parte de la División entidad y el Comitente Vendedor. La entidad estatal y el comitente vendedor deberá constituir a favor del organismo de Contratación y Gestión compensación de Bienesla bolsa de productos de que se trate, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con garantía idónea para asegurar el cumplimiento de los requisitos exigidos la negociación realizada. Dichas garantías podrán constituirse mediante las formas autorizadas por LA UNIVERSIDADel artículo 111 del Decreto 1510 de 2.013 y el decreto 1082 de 2015. PARÁGRAFO IIIProcedimiento de negociación. En caso la negociación por cuenta de prórrogala entidad en bolsas de productos el postor ganador será aquel que ofrezca el menor precio. No aplica No tiene La negociación podrá realizarse de manera presencial o electrónica, adiciónen los términos y Condiciones que las disposiciones legales sobre los mercados de las bolsas de productos o los reglamentos de estas dispongan para el efecto. Rueda de negociación convocada por las bolsas Las bolsas de productos a iniciativa propia, suspensión o modificación podrán organizar ruedas de negociación para la adquisición de productos de características técnicas uniformes y de común utilización e invitar a participar, mediante avisos en medios de comunicación de amplia circulación, a los proveedores y a las entidades estatales interesadas. No aplica No tiene En tal caso, en los avisos se indicarán los productos que se podrán adquirir y la fecha en que se llevará a cabo la rueda de negociación, indicando además el procedimiento y requisitos que deberá cumplir la entidad estatal y los vendedores para poder participar. Una vez recibidas las solicitudes de parte de la entidad estatal, y agotado el plazo que se haya señalado en el aviso para el efecto, la bolsa procederá a convocar a una rueda de selección objetiva de comisionistas. Supervisión e Interventoría del presente Contrato cumplimiento de Arrendamientola operación. La entidad podrá adelantar supervisión e Interventoría sobre la ejecución de las operaciones que por su cuenta se realicen en las bolsas de productos. En el evento en el cual la entidad verifique inconsistencias en la ejecución, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente procederá a poner en conocimiento de la bolsa tal situación con el propósito de que la misma la examine y adopte las medidas necesarias para dirimir la controversia de conformidad con sus reglamentos y, de ser el caso, notifique del incumplimiento a su revisión organismo de compensación. No aplica No tiene La selección de proveedores como consecuencia de la realización de un acuerdo marco de precios, le dará a las entidades estatales que suscriban el acuerdo, la posibilidad que mediante órdenes de compra directa, adquieran los bienes y aprobaciónservicios ofrecidos. En consecuencia, entre cada una de las entidades que formulen órdenes directas de compra y el respectivo certificado modificatorio proveedor se formará un contrato en los términos y condiciones previstos en el respectivo acuerdo. El Gobierno Nacional señalará la entidad o entidades que tendrán a su cargo el diseño, organización y celebración de los acuerdos marco de precios. El reglamento establecerá las condiciones bajo las cuales el uso de acuerdos marco de precios se hará obligatorio para las entidades de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globalesRama Ejecutiva del Poder Público en el Orden Nacional, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado sometidas al Estatuto General de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario Contratación de la póliza: Universidad Nacional Administración Pública. Por consiguiente no se podrá hacer uso de Colombia – Sede Medellíneste procedimiento hasta tanto no se asignen las responsabilidades anteriormente previstas y se expida el reglamento respectivo. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000 Etapa preparatoria.

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Samples: alcaldia-municipal-de-narino-en-narino.micolombiadigital.gov.co

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga En caso de que el monto total del CONTRATO incluyendo el I.V.A., sea superior a el equivalente a cuatro mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, el PROVEEDOR deberá entregar una garantía del 10% (diez por ciento) del monto total del CONTRATO con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía el I.V.A. incluido, para responder por el cumplimiento de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridasestablecidas en las presentes BASES y en el CONTRATO respectivo, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses másde conformidad a la normatividad vigente. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno La entrega de la garantía será dentro de los siguientes amparos: predios3 días hábiles posteriores a la Emisión, labores Notificación y operacionesPublicación del FALLO. La garantía deberá instrumentarse a través de fianza, responsabilidad civil patronal, contratistas que deberá ser expedida por afianzadora nacional y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo contener el texto del contrato. Un deducible Anexo 13 en las presentes BASES denominado TEXTO DE LA FIANZA DEL 10% DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (fianza del 10% del valor cumplimiento del valor CONTRATO) a favor del Organismo Público Descentralizado Servicios de cada pérdida Salud Jalisco, previsto en el artículo 76 fracción IX y 84 de mínimo 1 SMLMVla LEY. PARAGRAFO I: Estas Dichas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes en Moneda Nacional y estarán en vigor a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe partir de la División de Contratación y Gestión de Bienesfecha del CONTRATO, pudiendo ser exigibles en cualquier tiempo, en la carrera 00 X° 00x-000cual, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxla Compañía Afianzadora se deberá sujetar a la Competencia de los Tribunales del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio así como aceptar el afianzamiento en caso de que se otorgue alguna prórroga a su ejecución hasta tanto fiado, o se haya perfeccionado y legalizado celebre acuerdo modificatorio al CONTRATO principal con el cumplimiento éste, sin necesidad de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En que se notifique a la afianzadora las prórrogas que en su caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000otorguen al fiado.

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Samples: Carta De Requerimientos Técnicos

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía Podrán constituirse de seguros las siguientes formas, o mediante combinaciones de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparosellas: a) Cumplimiento del contrato y En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de todas las obligaciones adquiridasla jurisdicción o entidad contratante, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses máso giro postal o bancario. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propiosCon cheque certificado contra una entidad bancaria, con una vigencia igual al plazo preferencia del contratolugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio de la jurisdicción o entidad contratante. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse La jurisdicción o entidad deberá depositar el cheque dentro de los tres (3plazos que rijan para estas operaciones. c) días siguientes Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL con posterioridad al 31 de diciembre de 2001. Los mismos deberán ser depositados en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe orden de la División jurisdicción o entidad contratante, identificándose el procedimiento de Contratación y Gestión selección de Bienes, que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42Bolsa o Mercado correspondiente. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su Se formulará cargo por los gastos que ocasione la ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías. d) Con PLIEG-2020-75102209-APN-DLP#DNV aval bancario u otra fianza a satisfacción de la jurisdicción o entidad contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, así como al beneficio de interpelación judicial previa, en los términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación. e) Con pólizas globaleselectrónicas de seguro de caución, emitidas por entidades aseguradoras habilitadas a tal fin por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre NACIÓN, extendidas a favor de la jurisdicción o entidad contratante. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las entidades aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. La jurisdicción o entidad contratante deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la entidad aseguradora, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido. f) Mediante la afectación de créditos líquidos y exigibles que el proponente o adjudicatario tenga en entidades de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL, a cuyo efecto el interesado deberá presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la certificación pertinente y simultáneamente la cesión de los mismos al organismo contratante. g) Con pagarés a la vista, cuando cumpla el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta, de cumplimiento de contrato o de impugnación, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma de DOSCIENTOS SESENTA MÓDULOS (260 M). Esta forma de garantía no es combinable con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos restantes enumeradas en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000artículo.

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Samples: www2.vialidad.gob.ar

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO El Interventor se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocidodel ENTerritorio la garantía del Contrato para la prefactibilidad y factibilidad del Proyecto denominado “Embalse Multipropósito Los Besotes”, una póliza con que ampare los siguientes amparosriesgos: a) Riesgo Porcentaje Sobre el valor Vigencia Cumplimiento 20% Del Contrato Por el término de ejecución del con- trato y 6 meses más. Calidad del Servicio 30% A partir de la finalización del término de ejecución del contrato y 1 año más. Pago de todas salarios, presta- ciones sociales e indem- nizaciones laborales 10% Por el término de ejecución del con- trato y 3 años más. Responsabilidad Civil Ex- tracontractual 5% Hasta la liquidación del Contrato El Contratista deberá obtener una garantía de responsabilidad extracontractual, la cual deberá estar conte- nida en una póliza de seguro, con las obligaciones adquiridassiguientes características: La garantía cubrirá la responsabilidad civil del Contratista por sus acciones u omisiones, equivalente así como las de sus agentes, Contratistas y/o subcontratistas, en desarrollo de cualquier actividad ejecutada con ocasión del Con- trato de Interventoría, las cuales causen daños a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de ENTerrritorio, incluyendo las de cualquiera de sus empleados, agentes o subcontratistas. El valor de esta garantía será el correspondiente al veinte por ciento (20%) 5% del valor total del contrato. Ninguna cobertura podrá ser inferior al valor asegurado mínimo requerido, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno excepto los amparos de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad respon- sabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas patronal y vehículos propios y no propiospropios que no podrán ser inferiores por evento, al cincuenta por ciento (50%) del valor asegurado mínimo. No se aceptará ningún otro tipo de sublímites ni de limitación al valor asegurado por cada una de las coberturas de la Garantía de Responsabilidad Extracontractual. La cobertura xxx xxxxxx de gastos médicos podrá ser inferior al valor asegurado mínimo requerido. En este evento no podrá ser inferior a Cien millones de Pesos ($100.000.000) por persona, ni podrá ser inferior a Mil millones de Pesos ($1.000.000.000) por evento, expresados estos valores en Pesos del Mes de Referencia. Esta garantía estará vigente durante toda la duración del Contrato. El Contratista podrá constituir esta póliza por un plazo inicial de un (1) año y prorrogarla por períodos sucesi- vos de un (1) año. Esta prórroga deberá hacerse con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de anticipación no menor a los tres treinta (330) días siguientes Días Hábiles anteriores a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente fecha establecida para su revisión y aprobación, expiración. será aprobada por el respectivo certificado modificatorio ENTerritorio. El término de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra ejecución a partir de su aprobación deberá estar cubierto por los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000amparos requeridos.

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GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO 29.1. OBLIGACIÓN DE CONSTITUIR GARANTÍAS‌ El Proponente que se obliga con LA UNIVERSIDAD adjudique la Propuesta deberá constituir una o más Boletas de Garantía Bancaria, respecto de los tipos de garantía indicados en los numerales siguientes, las cuales deben ser incondicionales e irrevocables, pagaderas a constituir la vista, sin intereses, a sola presentación, extendidas a nombre de “Empresa de los Ferrocarriles del Estado” y emitidas por un banco autorizado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) para ejercer en Chile el giro bancario. Si el Contrato se extiende, el Consultor deberá renovar la(s) boleta(s) por el plazo ampliado, incrementado en 90 (noventa) días corridos, o por el periodo que a su favor ante una compañía requerimiento determine EFE. Si no xx xxxxxxxx 00 (treinta) días antes de seguros o su vencimiento, EFE queda facultado para hacerla efectiva. Además, el Consultor deberá entregar boletas bancarias de banco comercial legalmente reconocidogarantía adicionales, una póliza con para cubrir los siguientes amparos: aeventuales aumentos de servicio que se contrataren. La entrega de esta(s) Cumplimiento garantía(s) se hará(n) de conformidad a lo establecido en el las BAE. Tal como se indicó en el Numeral 26 de las presentes Bases, el Consultor podrá solicitar un anticipo del precio del contrato y hasta por el monto señalado en las BAE, el que deberá ser garantizado mediante una, o varias, boleta(s) de todas las obligaciones adquiridasgarantía bancaria, equivalente incondicional e irrevocable, pagadera a la vista, sin intereses, a sola presentación, cuyo monto corresponderá al veinte por ciento (20%) monto del valor total anticipo recibido expresado en Unidades de Fomento, con un plazo de vigencia hasta el vencimiento del contrato, vigente incrementado en 90 (noventa) días corridos. La glosa para esta boleta es la señalada en las BAE. Además, en el caso de Boletas Bancarias de Garantía tomadas en Chile, pero emitidas a nombre, por orden, por poder, en representación, bajo la responsabilidad o cualquier denominación equivalente, de banco extranjero, a la glosa indicada en las Bases Administrativas Especiales, se deberá agregar: "El que la boleta sea emitida a nombre, por orden, por poder, en representación, bajo la responsabilidad o cualquier otra denominación equivalente, del banco XXX (extranjero), en ningún caso constituirá un impedimento o restricción para que el banco XXX (emisor), pague el monto establecido en el presente documento, a la sola presentación de éste por parte de Empresa de los Ferrocarriles del Estado, sin que requiera consulta o verificación alguna con el banco extranjero para proceder al pago. En ningún caso el cobro de esta boleta de garantía quedará sometido a la ratificación de un banco extranjero mandante o tomador o beneficiario". Previo a la firma del Contrato, el Consultor deberá entregar a EFE, una Garantía por el término Fiel Cumplimiento del mismo Contrato, la que será mediante una o varias Boleta(s) de Garantía Bancaria irrevocables y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractualsin restricciones para su cobro, emitidas por cuantía equivalente un banco chileno o por un banco extranjero establecido en Chile y con oficinas en Santiago, cobrables y pagaderas en Santiago de Chile, pagadera a cien (100) SMLMV para cada uno la vista, a su sola presentación, contra simple requerimiento, a la orden de la Empresa de los siguientes amparosFerrocarriles del Estado RUT: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.61.216.000-

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Samples: www.efe.cl

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a Con el fin de amparar los perjuicios de naturaleza contractual, derivados del incumplimiento del contrato, como requisito para la ejecución contractual, el contratista deberá constituir a su favor ante garantía única que podrá consistir en: Póliza expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, cuya póliza matriz esté debidamente aprobada por la Superintendencia Financiera, fiducia mercantil en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de títulos valores o depósito de banco comercial legalmente reconocido, una póliza dinero en garantía con los siguientes amparos: a) 1. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, estatal: Por valor equivalente al veinte diez por ciento (2010%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo de ejecución y ocho (8) meses más o hasta la fecha de liquidación del Contrato si está por cualquier circunstancia es posterior, contados a partir de la suscripción de la póliza. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la CNSC de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Un deducible del 10% del valor Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de cada pérdida las multas y de mínimo 1 SMLMVla cláusula penal pecuniaria pactadas en el contrato. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro En virtud de lo señalado en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, la Garantía de cumplimiento cubrirá los tres (3) días siguientes perjuicios causados a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe CNSC como consecuencia de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión conducta dolosa o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio culposa o de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globalesresponsabilidad imputable a los particulares, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas derivados de un proceso de responsabilidad fiscal, siempre y cuando cumpla con esos perjuicios deriven del cumplimiento de las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida obligaciones surgidas del contrato amparado por la aseguradora en Garantía. Este amparo cubre el riesgo de incumplimiento generado por la que conste que violación al compromiso de confidencialidad adquirido por el contratista mediante la póliza ampara el presente contrato firma del Contrato, así: Será causal de arrendamiento. PARÁGRAFO V En incumplimiento de la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que calidad del servicio cualquier violación sobre la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición confidencialidad de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.pruebas, documentos, datos o informaciones que

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO El titular de licencia constituirá a favor de la Autoridad Portuaria una garantía, en efectivo ó mediante aval, por el importe de 100.000 €, para responder del incumplimiento de sus obligaciones derivadas de su condición de titular de la licencia para prestar el servicio portuario de manipulación de mercancías en el Puerto xx Xxxxxx, así como de los gastos que pudiera ocasionar el devolver las superficies portuarias a las condiciones primitivas, en caso de que estas operaciones no fueran realizadas por el titular en el plazo que se obliga le señale. Dicha garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el título IV del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, con LA UNIVERSIDAD sujeción a constituir lo dispuesto en el artículo 55 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Dicha garantía deberá hacerse efectiva en el plazo de 10 días naturales contados a partir de la notificación del otorgamiento de la licencia y será devuelto al término del plazo de la misma, si no existiera responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones que le corresponden, incluso el abono de tasas y tarifas. Extinguida la licencia, conforme a los supuestos previstos en estas Prescripciones Particulares, se llevará a cabo la devolución de la garantía o su favor ante una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocidocancelación, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y vez satisfecho el pago de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor pendientes con la Autoridad Portuaria y siempre que no proceda la pérdida total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe o parcial de la División misma por responsabilidades en que hubiera incurrido el prestador del servicio o las sanciones que le hubieran sido impuestas. El incumplimiento de Contratación y Gestión las obligaciones económicas por parte del prestador, permitirá la ejecución o disposición inmediata de Bienesla garantía constituida. cve: BOE-A-2017-1320 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Cuando por aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio Autoridad Portuaria tuviese que hacer uso de la garantía, total o parcialmente, el prestador vendrá obligado a reponerla o complementarla en el plazo de un mes, contado desde el acto de disposición. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globalesel interesado no restituyese o completase la garantía en el referido plazo, LA UNIVERSIDAD la Autoridad Portuaria podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con extinguir la licencia así como emprender las siguientes condiciones a) acciones legales que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos considere oportunas. La constitución de la garantía no supone en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste ningún caso que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario responsabilidad del titular de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000licencia quede limitada a su importe.

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Samples: www.puertoaviles.es

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD El Código legisla en dos artículos, por un lado las garantías a constituir a su favor ante una compañía los créditos incorporados —cuestión no prevista en el Código de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato Comercio— y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término otro las garantías sobre el saldo de la cuenta corriente, similar al art. 786 del mismo anterior Código de Comercio. Con relación a las primeras, el art. 1434 del CCCN establece que las garantías reales o personales de cada crédito incorporado se trasladan al saldo de la cuenta, en tanto el garante haya prestado su previa aceptación, vale decir, no se trasladan de pleno derecho. Sobre el particular, la comisión de reforma del CCCN señaló que disponer el traslado de las garantías de las remesas a los saldos como principio general podía afectar seriamente la situación de los codeudores solidarios, que quedarían incorporados a una cuenta corriente con título ejecutivo sin haber consentido esa situación; idéntica situación se planteó con relación a las garantías reales o personales. Por aplicación del principio de indivisibilidad de la cuenta, antes del cierre sólo hay elementos de un crédito eventual (el saldo) que será el resultante de la compensación de créditos y seis deudas al final del período. El mantenimiento de las garantías permitiendo que se trasladen al saldo incorporado por la reforma importa una neutralización de la indivisibilidad característica de la cuenta corriente. Como no se opera novación, ante la falta de conformidad del garante, persisten las garantías personales y reales de los créditos anotados. Cuando el crédito garantizado pasa a la cuenta corriente con reserva expresa de la garantía por parte del acreedor, si al clausurarse definitivamente la cuenta arroja un saldo igual o mayor que aquél, el acreedor impago puede hacerlo efectivo en la garantía, hasta el importe de ella. Sobre este punto la doctrina advirtió que no se legisló respecto de la responsabilidad de los co-obligados solidarios del crédito incluido en la cuenta y que la solución brindada por otras legislaciones fue la de establecer que quedaban obligados respecto del saldo que resulte al cierre. (621) meses másEn cuanto a las garantías sobre el saldo, el art. b1439 del CCCN, al igual que su antecedente el art. 786 del C. de Comercio, establece que el saldo de la cuenta corriente puede ser garantizado con hipoteca, prenda, fianza, agregando al final "o cualquier otra garantía". En el caso de la prenda se debe establecer el monto máximo del saldo deudor garantizado. En cuanto a la hipoteca, dicha estipulación resulta válida en tanto individualice el número de la cuenta y se describan las operaciones que podrán tener reflejo en ella (principio de accesoriedad), como así también el límite cuantitativo del crédito del cual podrán disponer las partes (principio de especialidad). (22) De Responsabilidad Civil ExtracontractualEl artículo establece una enumeración no taxativa, por cuantía equivalente lo que la doctrina ha señalado que el saldo puede ser garantizado también con anticresis (arts. 2212 a cien 2218 del CCCN) en cuyo caso las partes deberán convenir el destino de las sumas que perciba el acreedor anticresista (100pasarlas a cuenta corriente, retenerlas en caución, disponer de ellas a cuenta del crédito por el saldo, etc.). (23) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y La norma no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante indica si el Jefe saldo de la División cuenta corriente es el definitivo o el parcial resultante en determinada fecha, por lo que cabe entender que se puede garantizar cualquiera de Contratación y Gestión de Bienesambos, dejándolo establecido expresamente en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este el contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000respectivo.

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Samples: www.scba.gov.ar

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO 4.1. Garantía Provisional.- Cuando se obliga con LA UNIVERSIDAD exija garantía provisional deberá incluirse en el expediente justificación de las razones por las que estima procedente su exigencia para ese contrato en concreto. El importe de la garantía provisional, en caso de que se exija, será el señalado en el citado apartado II.5 del Cuadro de Características de este Pliego, no pudiendo ser superior al 3 por 100 del Presupuesto base de licitación, IVA excluido. En el caso de que la garantía provisional se constituya en metálico esta se depositará en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales. Cuando la garantía se constituya mediante Aval prestado por Bancos o Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía recíproca autorizados a constituir operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, esta será depositada ante ADIF-AV. En cualquier caso, esta garantía será devuelta a su favor ante una compañía los interesados inmediatamente después de seguros o la adjudicación del contrato, excepto al adjudicatario. La garantía provisional responderá del mantenimiento de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con las proposiciones presentadas por los siguientes amparos: a) Cumplimiento licitadores hasta la adjudicación del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) la proposición del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo adjudicatario hasta la formalización del contrato. Un deducible En el caso de uniones temporales de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida en el Apartado II.5.1 del 10% Cuadro de Características y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMVcontrato. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe constitución de la División garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de Contratación y Gestión la adjudicación. El adjudicatario podrá aplicar el importe de Bienesla garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio garantía provisional se cancelará simultáneamente a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio la constitución de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000definitiva.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación De Suministros Mediante Procedimiento Abierto

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO El CONTRATISTA se obliga a constituir, en los términos indicados por LA CONTRATANTE, de acuerdo con LA UNIVERSIDAD lo establecido en los TCC, una garantía única otorgada a constituir a su favor ante través de una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocidoentidad bancaria, una cuya póliza con matriz esté aprobada por la Superintendencia Financiera, la cual ampare los siguientes amparosriesgos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ESTIMACIÓN DEL RIESGO VIGENCIA RESPONSABLE Vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno plazo de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del Cumplimiento 10% del valor del Contrato Xxxxx ejecución del contrato xxxxx y ocho (8) meses mas De Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales 5% del valor del Contrato Xxxxx Xxxxxxx por el plazo de cada pérdida ejecución del contrato marco y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días años más. Contratista Calidad del Servicio 10% del valor del Contrato Xxxxx Xxxxxxx por tres (3) años contados a partir de la TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ESTIMACIÓN DEL RIESGO VIGENCIA RESPONSABLE suscripción del acta de terminación del contrato marco El contratista deberá presentar la póliza de responsabilidad civil extracontractual, que deberá ser presentada por el oferente seleccionado, deberá contemplar los siguientes amparos, como garantía para cubrir los daños que EL CONTRATISTA, en el desarrollo de las labores relacionadas con el contrato, cause a la suscripción terceros en sus personas o en sus bienes: Daños patrimoniales y extra patrimoniales Sin Sublímite Responsabilidad civil patronal Sin Sublímite Vehículos propios y no propios Sin Sublímite Este seguro estará vigente por el plazo de ejecución del contrato y presentarse en este mismo término para el valor asegurado corresponderá al 10% del valor del contrato. La aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante las garantías por parte de PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO DEL FFIE es requisito previo para el Jefe inicio de la División ejecución del CONTRATO DE INTERVENTORÍA, razón por la cual, ningún contrato en el que se haya previsto la existencia de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no garantías podrá dar inicio a iniciar su ejecución hasta tanto sin la respectiva aprobación de estas. La aprobación de las garantías por parte de PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO DEL FFIE es requisito previo para el inicio de la ejecución del CONTRATO DE INTERVENTORÍA, razón por la cual, ningún contrato en el que se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento previsto la existencia de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso garantías podrá iniciar su ejecución sin la respectiva aprobación de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000estas.

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Samples: Invitación Abierta

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del Contratista frente al FONDO, por razón de la celebración y ejecución del contrato, el estudio de necesidad efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del mismo, se obliga con LA UNIVERSIDAD a determinó la necesidad de establecer los siguientes amparos que el Contratista deberá constituir a su favor ante del FONDO. Atendiendo el objeto y las características del contrato así como la naturaleza de las obligaciones contenidas, el FONDO, solicitará al Contratista la constitución de una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con garantía que cubra los siguientes amparos, así: a) TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ESTIMACIÓN DEL RIESGO VIGENCIA RESPONSABLE Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del Contrato marco Vigente por el plazo de ejecución del Acta de servicio Fase 1 y 2 y ocho (8) meses mas Contratista De Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales 5% del valor del Contrato Xxxxx Xxxxxxx por el plazo de cada pérdida ejecución del Acta de Servicio fase 1 y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los 2 y tres (3) días siguientes años más. Responsabilidad civil Extracontractual 5% del valor del Contrato Xxxxx Xxxxxxx por el plazo de ejecución y cuatro (4) meses más Calidad del Servicio 10% del valor del Contrato Xxxxx Xxxxxxx por tres (3) años contados a partir de la suscripción del contrato acta de recibo final de la Fase 1 Estabilidad y presentarse en este mismo término para calidad de obra 20% del valor del Contrato Xxxxx Xxxxxxx por cinco (5) años contados a partir de la suscripción del acta de recibo final de la Fase 2 La aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante las garantías por parte del FONDO es requisito previo para el Jefe inicio de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000contrato.

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Samples: Invitación Abierta

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga El Contratista realizará los trabajos diligentemente, de acuerdo con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocidolas prácticas habituales y reglas del arte, una póliza y con los siguientes amparos: a) Cumplimiento códigos y normas que sean de aplicación a la fecha de la firma de este Contrato. Antes del contrato inicio del Servicio, el Contratista deberá entregar a AcuaMed la garantía prevista en la documentación de la licitación en concepto de garantía de fiel cumplimiento de su realización y de todas las responsabilidades que se deriven de este Contrato, por el valor indicado en el apartado 5 del cuadro resumen. La garantía queda incorporada al Contrato como Anexo. Todo ello sin perjuicio de su actualización cuando proceda. El aval podrá ser utilizado para cubrir cualquier responsabilidad en que pueda incurrir el Contratista y/o sus subcontratistas por los daños y perjuicios que pueda sufrir AcuaMed como consecuencia de cualquier incumplimiento de las obligaciones adquiridasque el Contratista asume para el desarrollo del servicio. En el supuesto de que, equivalente al veinte por ciento (20%) cualquier circunstancia, durante la vigencia del valor total del contratoContrato o en su Período de Garantía, vigente se viese disminuida la fianza o aval prestados por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil ExtracontractualContratista, por cuantía equivalente haber sido hecha efectiva alguna responsabilidad del mismo, el Contratista queda obligado a cien (100) SMLMV para cada uno reponer nuevamente la fianza o aval en la parte utilizada y dentro del plazo de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres quince (315) días siguientes al requerimiento que para estos fines realice AcuaMed. El incumplimiento de esta obligación por el Contratista, dará derecho a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDADAcuaMed a resolver el presente Contrato, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, con los efectos previstos en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación Cláusula 13.17 del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobaciónpliego. Cumplido el Contrato, el respectivo certificado modificatorio aval se mantendrá en favor de AcuaMed durante el Período de Garantía establecido en el apartado 28 del Cuadro Resumen para cubrir los perjuicios, daños y gastos que pudieran derivarse de defectos en los trabajos realizados. Transcurrido dicho plazo sin haberse registrado los defectos mencionados, se acordará la devolución por parte de AcuaMed y se notificará dicho extremo al interesado en el plazo de dos meses desde la finalización del plazo de garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.

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Samples: Pliego De Cláusulas Reguladoras

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO El CONTRATISTA se obliga a suscribir antes del inicio de la ejecución de las obras, un Seguro contra todo riesgo a la construcción, que incluirá la responsabilidad civil por daños a terceros, por todo el tiempo que duren las obras, con LA UNIVERSIDAD una cobertura mínima de ..................... euros con una Compañía de Seguros de reconocida solvencia, si bien la suscripción de esta póliza no eximirá al CONTRATISTA de las responsabilidades previstas en este contrato. Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a constituir a concertar un seguro de responsabilidad civil patronal que cubra las indemnizaciones por daños y perjuicios que se puedan derivar de los accidentes de trabajo de los operarios de su favor ante una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato plantilla y de todas la de sus subcontratistas que presten servicio en la obra, por un importe mínimo de euros por cada operario, debiendo facilitar al Promotor un ejemplar de la póliza y del documento acreditativo del pago de la prima del seguro antes del comienzo de la obra, así como de los sucesivos recibos acreditativos de estar al corriente en el pago de las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total primas durante la vigencia del contrato. Antes de dar comienzo a la ejecución de las obras, vigente por el término del mismo y seis (6) meses másCONTRATISTA remitirá copia de la póliza o pólizas suscritas al PROMOTOR. b) De Responsabilidad Civil ExtracontractualAsimismo, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV remitirá copia de los recibos acreditativos de estar al corriente de pago. Todo lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades legalmente previstas para cada uno una de las partes firmantes de este contrato. El CONTRATISTA responderá asimismo de los siguientes amparos: predios, labores daños material ocasionados por vicios y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe defectos de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.construcción:

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Samples: Contrato De Ejecución De Obra

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD “La Contratista”, rendirá por su cuenta y a constituir a su favor ante del MARN, por medio de una compañía Compañía Aseguradora, afianzadora o un Banco legalmente establecido, y autorizado por la Superintendencia del Sistema Financiero de seguros o la República de banco comercial legalmente reconocidoEl Xxxxxxxx, las garantías siguientes: 1) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento de las obligaciones del contrato Contrato y de todas las obligaciones adquiridaslos Documentos Contractuales, equivalente al veinte y que la obra sea entregada y recibida a entera satisfacción del MARN, “La Contratista” presentará una Garantía de Cumplimiento de Contrato, consistente en una Fianza, emitida a favor del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por el diez por ciento (2010%) ), del valor total del contrato, correspondiente a DOS MIL NOVECIENTOS DOS 25/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$2,902.25), la cual deberá estar vigente por el término un plazo de doscientos cuarenta (240) días calendario, a partir de la fecha de suscripción del mismo contrato, y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractualdeberá presentarse en la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno del MARN, dentro de los siguientes amparos: prediosdiez (10) días hábiles, labores después de la recepción del Contrato debidamente legalizado. Esta Garantía se incrementará en la misma proporción en que el valor y operacionesplazo del contrato llegare a aumentar, responsabilidad civil patronal, contratistas en su caso y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con cuando se tramitara una vigencia igual al ampliación en el plazo de ejecución del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor La Garantía se hará efectiva cuando “La Contratista”, incumpla el contrato o alguna de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse las especificaciones consignadas en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDADel mismo, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobaciónsin causa justificada, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globalesMARN hará efectiva dicha Garantía, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.concurra una

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Samples: Contrato Marn No. 026/2019

GARANTÍAS. Garantía del CONCEDENTE a favor del CONCESIONARIO EL ARRENDATARIO CONCEDENTE realizará todas las gestiones y coordinaciones que fueren pertinentes para que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 26885 “Ley de Incentivos a las Concesiones de Obras de Infraestructura y de Servicios Públicos”; el Poder Ejecutivo expida el Decreto Supremo al que se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía refiere el artículo 2° del Decreto Ley N° 25570, Norma Complementaria al Decreto Legislativo N° 674, modificado por el artículo 6° de seguros o la Ley N° 26438, por el cual el Estado de banco comercial legalmente reconocidola República del Perú respalda las declaraciones, una póliza obligaciones y seguridades del CONCEDENTE establecidas en la cláusula 3.3.2 del Contrato. El CONCEDENTE garantiza la transferencia fiduciaria de los fondos destinados al Fideicomiso de manera completa y oportuna de conformidad con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato términos establecidos en el Anexo 16. El CONCEDENTE garantiza que XXXXXX cumplirá con las responsabilidades y tareas conducentes a garantizar la seguridad de todas las obligaciones adquiridasla aviación civil, equivalente de su competencia, de conformidad con lo estipulado en la Ley N° 28404. EL CONCEDENTE garantiza al veinte por ciento (20%) del valor total del contratoCONCESIONARIO que, vigente en el supuesto que a la Toma de Posesión existieran bienes obsoletos o en desuso que pudieran generar impactos ambientales, se compromete a retirarlos y asumir el gasto que tal retiro genere. En el caso que el CONCEDENTE no cumpla con retirar los referidos bienes de un aeropuerto determinado, el CONCESIONARIO podrá subrogarse en el CONCEDENTE y proceder al retiro de dichos bienes, en cuyo caso los gastos incurridos en dicha actividad serán reembolsados por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno CONCEDENTE contra la presentación de los siguientes amparos: predios, labores documentos que acrediten dichos gastos. Corresponderá a OSITRAN establecer el procedimiento y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término plazos para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000tal efecto.

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Samples: Contrato De Concesión Delsegundo Grupo De Aeropuertos De Provincia De La República Del Perú

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones emanadas del presente contrato, la Contratista se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir presentar a su favor ante una compañía la Institución Contratante en un plazo de seguros o cinco días hábiles posteriores a la firma de banco comercial legalmente reconocidoeste contrato, una póliza con los siguientes amparos: a) Garantía de Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridasContrato a favor de la ALCALDÍA MUNICIPAL de Antiguo Cuscatlán, por el valor de UN MIL QUINIENTOS 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($1,500.00), que es el valor equivalente al veinte diez por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término y con vigencia de quince meses, a partir de la fecha de la firma del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del presente contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse Si no se presentare dicha garantía en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDADel plazo establecido, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienes, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos tendrá por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara caducado el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar entenderá que la Universidad Nacional Contratista ha desistido de Colombia es beneficiario su oferta haciéndose efectiva la Garantía de Mantenimiento de Oferta, sin detrimento de la acción que le compete a la Institución Contratante para reclamar los daños y asegurado adicionalperjuicios resultantes. PARÁGRAFO VIX) INCUMPLIMIENTO: Para le expedición En caso xx xxxx en el cumplimiento por parte del Contratista de las pólizas se deberá tener obligaciones emanadas del presente contrato imputadas al mismo, La Institución Contratante podrá declarar la Caducidad de este contrato ó aplicar las multas establecidas en cuenta la siguiente información: • Beneficiario el artículo ochenta y cinco de la póliza: Universidad Nacional LACAP. El Contratista expresamente se somete a las sanciones que emanaren de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.la Ley o del presente contrato, las que serán impuestas por La Institución Contratante, a cuya competencia se somete a efecto de la

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Samples: www.antiguocuscatlan.gob.sv

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del CONTRATISTA frente a la entidad, por razón de la celebración y ejecución del contrato, el estudio de necesidad efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del mismo, el contratista deberá constituir las garantías a su favor ante de Entidades Particulares “PATRIMONIO AUTÓNOMO DENOMINADO PA FINDETER PAF”, NIT 830.053.105-3, expedidas por una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocidoconstituida en Colombia, una cuya póliza matriz se encuentre aprobada por la Superintendencia Financiera con los siguientes amparos, cobertura y vigencia: a) Cumplimiento 30% del valor del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente Vigente por el término plazo de ejecución del mismo contrato y seis (6) meses más. b) más De Responsabilidad Civil ExtracontractualSalarios, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10prestaciones sociales e indemnizaciones laborales 20% del valor del valor contrato Vigente por el plazo de cada pérdida ejecución del contrato y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a años más. Calidad del servicio 30% del valor del contrato Vigente por tres (3) años desde la fecha AMPARO COBERTURA DE LA GARANTÍA VIGENCIA de suscripción del acta de recibo final del contrato y presentarse en este mismo término para La aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante las garantías por parte de PATRIMONIO AUTÓNOMO DENOMINADO PA FINDETER PAF es requisito previo para el Jefe inicio de la División de Contratación y Gestión de Bienesejecución del contrato, en razón por la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato cual no podrá dar inicio iniciar su ejecución sin la respectiva aprobación de este requisito previo. Las garantías deberán aportarse para su aprobación acompañadas de los respectivos anexos y soportes de la misma, así como el respectivo soporte de pago de la prima correspondiente. No se acepta la certificación de No expiración por falta de pago. Además de lo anterior, con ocasión de la celebración del contrato, El CONTRATISTA deberá constituir a su ejecución hasta tanto costo una póliza de protección de datos expedida a favor de Entidades Particulares “PATRIMONIO AUTÓNOMO DENOMINADO PA FINDETER PAF”, NIT 830.053.105-3, expedidas por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, cuya póliza matriz se haya perfeccionado encuentre aprobada por la Superintendencia Financiera, la cual debe cubrir como mínimo los siguientes aspectos:  Responsabilidad por uso, tratamiento y legalizado pérdida de información.  Responsabilidad por la seguridad de datos.  Contaminación y pérdida de datos de terceros por un virus.  Perjuicios y gastos de defensa asociados con el cumplimiento contaminación de los requisitos exigidos datos de terceros por LA UNIVERSIDADun virus. PARÁGRAFO III Perjuicios y gastos de defensa relacionados con la violación de datos. En caso  Revelación de prórrogadatos empresariales o fugas de información.  Gastos de notificación y monitoreo.  Daño Informático.  Inspecciones y procedimientos administrativos o de investigación.  Espionaje.  Extorsión cibernética y/o informática.  Investigaciones y procedimientos administrativos.  Gastos de honorarios profesionales por investigaciones forenses y delitos informáticos.  Responsabilidad por contenidos multimedia, adición, suspensión o modificación del presente Contrato perjuicios y gastos de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio defensa incurridos en relación con una violación de la garantíapropiedad intelectual de un tercero, o actos negligentes en relación con contenidos digitales. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado  Hurto de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario hardware de la póliza: Universidad Nacional empresa, que contenga datos personales o corporativos.  Pérdida de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000beneficios por fallos de seguridad o interrupciones en las redes.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD a constituir a su favor ante una compañía Constituirá garantía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total cumplimiento del contrato, vigente misma que deberá presentarse a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del mismo, cumpliendo con las disposiciones de la Tesorería de la Federación TESOFE. El licitante a quien se le adjudique el contrato deberá garantizar su cumplimiento, a través de fianza indivisible expedida por el término del mismo una institución debidamente autorizada en los términos de la Ley de Instituciones de Seguros y seis Fianzas, en moneda nacional (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractualpeso mexicano), por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible un importe del 10% del valor monto máximo total del valor contrato sin considerar el I.V.A., a favor de cada pérdida la Tesorería de la Federación y a satisfacción de la Secretaria de la Función Pública. La póliza de la fianza señalada deberá contar por lo menos con los siguientes requisitos:  Indicación del importe total garantizado con número y letra.  Referencia de que la fianza se otorga de manera indivisible atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.  La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma así como la especificación de las obligaciones garantizadas.  El señalamiento de la denominación o nombre del proveedor o fiado. La garantía de cumplimiento deberá estar sujeta a la condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos, y se consideraran las siguientes previsiones:  Esta garantía permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso en que la SFP otorgue prórrogas o esperas al proveedor o fiador para el cumplimiento de sus obligaciones así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan en relación con este contrato y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente que quede firme salvo que las partes se otorguen el finiquito de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones o cualquier otra circunstancia.  La Institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de mínimo 1 SMLMVFianzas para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso de cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. PARAGRAFO I Así mismo, esta fianza cubre defectos, vicios ocultos y calidad de los servicios así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido el proveedor, en los términos señalados en la Convocatoria a la invitación, en el contrato respectivo y el Código Civil Federal.  Que para cancelar la fianza será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales a través de la autorización por escrito de la SFP. El texto de la fianza es el siguiente: Estas Fianza a favor de la Tesorería de la Federación (TESOFE), y a satisfacción de la SFP, esta última con domicilio Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000 Xxx. Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México, C.P. 01020. PARA GARANTIZAR POR , . CON DOMICILIO EN , DE FECHA DE FIRMA , PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE , A PARTIR DEL INICIO DE LA VIGENCIA DEL CITADO CONTRATO, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL MENCIONADO CONTRATO Y EN SUS ANEXOS; POR UN MONTO TOTAL DE $ ( PESOS 00/100 M.N.), INCLUIDO EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA GARANTIZA POR SU FIADO HASTA POR LA CANTIDAD DE $ ( PESOS 00/100 M.N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. LA VIGENCIA DE LA PRESENTE FIANZA SE OTORGA A PARTIR DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, Y QUEDA ABIERTA PARA PERMITIR QUE CUMPLA SU OBJETIVO, DE FORMA TAL QUE NO PODRÁ ESTABLECERSE O ESTIPULARSE PLAZO ALGUNO QUE LIMITE SU VIGENCIA, LO CUAL NO DEBE CONFUNDIRSE CON EL PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PREVISTO EN EL CONTRATO Y ACTOS ADMINISTRATIVOS. ESTA GARANTÍA ESTARÁ VIGENTE EN LOS CASOS EN QUE LA SFP OTORGUE PRÓRROGAS O ESPERAS AL PROVEEDOR O FIADO PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES, ASÍ COMO DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN EN RELACIÓN CON ESTE CONTRATO, HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE QUE QUEDE FIRME, SALVO QUE LAS PARTES SE OTORGUEN EL FINIQUITO, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA Y EN CASO DE DEFECTOS O VICIOS OCULTOS EN LOS SERVICIOS, TRABAJOS O DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTINUARÁ VIGENTE HASTA QUE AQUELLOS SE CORRIJAN O ESTAS SEAN SATISFECHAS EN LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DE DICHO CONTRATO, CON LAS ESPECIFICACIONES Y ALCANCES ESTABLECIDOS EN EL MENCIONADO CONTRATO Y EN SU ANEXO ÚNICO. DE IGUAL FORMA, QUEDAN GARANTIZADOS LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE, EN SU CASO, SE OCASIONEN POR INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTAS EN EL CITADO INSTRUMENTO JURÍDICO. PARA LA CANCELACIÓN DE ESTA FIANZA ES REQUISITO INDISPENSABLE LA AUTORIZACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA SFP. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 282 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LAS FIANZAS, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR XXXX QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 283 DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE EN CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO.=FIN DE TEXTO=” Fecha de expedición de 2017 La, o las garantías de cumplimiento, deberán constituirse presentarse mediante escrito elaborado en hoja membretada y firmada por el Representante Legal de la empresa ganadora a más tardar, dentro de los tres (3) 10 días naturales siguientes a la suscripción firma del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienescontrato, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento Dirección de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio Contratos de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globalesSFP sita en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparosX.X. xxx Xxx, riesgosXxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, vigencias y montos exigidos Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México, Código Postal 01020 siendo requisito indispensable su entrega para efectuar el pago establecido en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000contrato.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO se obliga con LA UNIVERSIDAD Para garantizar el cumplimiento del presente Contrato, el Contratista deberá otorgar a constituir a su favor ante una compañía del Estado y Gobierno de seguros o El Xxxxxxxx en el Ramo de banco comercial legalmente reconocidoObras Públicas, una póliza con los siguientes amparosTransporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano y presentar en la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, las garantías siguientes: a) Garantía de Cumplimiento de Contrato, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la correspondiente Orden de Inicio, emitida por el Administrador del contrato Contrato. La vigencia de esta Garantía excederá en sesenta días calendario del plazo del Contrato, o cualquiera de sus prorrogas en su caso, y de todas las obligaciones adquiridas, su monto será el equivalente al veinte por ciento VEINTEPOR CIENTO (20%) del valor monto total contratado. Si dicha garantía no se presentare en el plazo antes señalado, se hará efectiva la Garantía de Mantenimiento de Oferta. Esta garantía deberá ser emitida por una Compañía Aseguradora, Afianzadora, o Banco legalmente establecidos en el país y autorizados por la Superintendencia del Sistema Financiero; b) Garantía de Buena Calidad del Suministro, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha que contenga el acta de recepción definitiva. La plazo de vigencia de esta Garantía será de UN ( 1) AÑO a partir de la recepción total del contratosuministro, vigente por y su monto será el término equivalente al DIEZ POR CIENTO(10%) del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo monto final del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor Si durante el período de cada pérdida y vigencia de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDADesta garantía se presentaren inconformidades, ante el Jefe de la División de Contratación y Gestión de Bienesfallas o desperfectos, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado relacionados con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III. En caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobación, el respectivo certificado modificatorio de la garantía. PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000.el

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Samples: Contrato De Suministro

GARANTÍAS. EL ARRENDATARIO Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del Contratista frente al PA FFIE, en razón o con ocasión de la celebración y ejecución del Contrato, el estudio de necesidad efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del mismo, se obliga con LA UNIVERSIDAD determinó la necesidad de que el Contratista constituya una garantía única a constituir a su favor ante de entidades particulares. Atendiendo el objeto y las características del Contrato así como la naturaleza de las obligaciones contenidas, el PA FFIE solicitará al Contratista la constitución de una compañía de seguros o de banco comercial legalmente reconocido, una póliza con garantía que cubra los siguientes amparos, así: a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equivalente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del Contrato marco Vigente por el plazo de ejecución del Contrato Xxxxx y ocho (8) meses mas Salarios, prestaciones sociales e indemnizacion es laborales 5% del valor del Contrato Xxxxx Xxxxxxx por el plazo de cada pérdida ejecución del Contrato Xxxxx y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garantías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes años más. Responsabilid ad civil Extracontractu al 5% del valor del Contrato Xxxxx Xxxxxxx por el plazo de ejecución del Contrato marco y cuatro (4) meses más Calidad del Servicio 10% del valor del Contrato Xxxxx Xxxxxxx por tres (3) años contados a partir de la suscripción del contrato y presentarse en este mismo término para aprobación acta de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe recibo final de la División Fase 1. Estabilidad y calidad de Contratación y Gestión obra 20% del valor del Contrato Xxxxx Xxxxxxx por cinco (5) años contados a partir de Bienesla suscripción del acta de recibo final de la Fase 2. Para efectos de la constitución de las garantías anteriormente mencionadas, en la carrera 00 X° 00x-000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, sede Medellín, bloque 42el Asegurado/Beneficiario será ALIANZA FIDUCIARIA S.A. representante del CONSORCIO FFIE ALIANZA BBVA actuando como vocera del Patrimonio Autónomo del Fondo de Infraestructura Educativa -FFIE - NIT No. PARÁGRAFO II. Este contrato no podrá dar inicio a su ejecución hasta tanto se haya perfeccionado y legalizado con el cumplimiento de los requisitos exigidos por LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO III830.053.812-2. En el caso de prórroga, adición, suspensión o modificación del presente Contrato de Arrendamiento, EL ARRENDATARIO deberá remitir oportunamente para su revisión y aprobaciónespecífico xxx xxxxxx por RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL, el respectivo certificado modificatorio asegurado debe ser el CONTRATISTA y debe añadirse como asegurado adicional al CONTRATANTE "por los hechos realizados por el contratista y por los cuales resulte solidariamente responsable o vinculado en cualquier tipo de la garantíareclamación de un tercero". PARÁGRAFO IV: Si EL ARRENDATARIO cuenta con pólizas globales, LA UNIVERSIDAD podrá aceptarlas siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones a) que cubra El beneficiario en dicho amparo deben ser los amparos, riesgos, vigencias y montos exigidos en la presente cláusula; b) que aporten el certificado de siniestralidad; c) que aporten certificación emitida por la aseguradora en la que conste que la póliza ampara el presente contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO V En la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual se deberá indicar que la Universidad Nacional de Colombia es beneficiario y asegurado adicional. PARÁGRAFO VI: Para le expedición de las pólizas se deberá tener en cuenta la siguiente información: • Beneficiario de la póliza: Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín. • Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00X – 110. ----------------------- • Teléfono: 000 0000TERCEROS AFECTADOS.

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Samples: Invitación Abierta