MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencia.
Appears in 2 contracts
Samples: Contract for Collaboration in Tax Collection Services, Contrato De Concesión De Obra Pública
MESA DE CONTRATACIÓN. Para asistir al Órgano de Contratación en la adjudicación del presente contrato, se nombrará una Mesa de Contratación, cuya composición contemplará las previsiones del artículo 320 del TRLCSP y actuará de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 81 y siguientes del RGLCAP. La composición de la Mesa de Contratación es la que se establece en el Punto 26 del Cuadro de Características. La Mesa de Contratación, calificará la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar la empresa económicamente más ventajosa o con las que, en su caso, se entablará el proceso negociador, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 art. 169 y siguientes del TRLCSP. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante correo electrónico o fax (Siempre que lo hayan proporcionado en la forma establecida en la Cláusula 16ª, dentro de la Disposición Adicional Segunda documentación del Texto Refundido sobre A de Documentación General y Técnica), concediendo un plazo, no superior a tres días hábiles, para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la Ley propia Mesa de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporacióncontratación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su casoNo obstante, el titular del órgano que tenga atribuida la función Órgano de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman Contratación y la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente podrán recabar del Ayuntamiento empresario aclaraciones sobre las declaraciones y documentos presentados o requerirle para la presentación de Torrelaguna, que actuará como Presidente otros complementarios. La propuesta de adjudicación se elevará junto con el Acta al Sr. Rector Mgfco. de la MesaUniversidad xx Xxxxxx. Cuando el Órgano de Contratación no adjudique el contrato, de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, deberá motivar su decisión, conforme lo establecido en el art. 160 del TRLCSP. El Órgano de Contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista una oferta o concejal proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciael Pliego.
Appears in 2 contracts
Samples: Suministro, Suministro
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa 1.- EI Órgano de Contratación, para la adjudicación del presente contrato por procedimiento abierto, estará asistido por una Mesa de acuerdo con lo establecido Contratación en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda los términos que prevén los artículos 295 y 296 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 LCSP y los artículos 21 a 24 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la L.C.S.P. La Mesa de Contratación, además de calificar la documentación administrativa, admitiendo y rechazando a los licitadores en su caso, elevará propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación.
2.- Las propuestas de adjudicación que eleve la Mesa de Contratación serán motivadas. La Mesa además podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Si el Órgano de Contratación no adjudica el contrato, de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, deberá motivar su decisión.
3.- Según el artículo 21 del R.D. 817/2009, y la Disposición Adicional Segunda, punto 10 serán miembros de la Mesa de Contratación los designados, como titulares o, en su caso, suplentes, por el Órgano de Contratación, cuya publicación en el Perfil de Contratante servirá a los efectos previstos en el artículo 21.4 del RPLCSP. En todo caso estará presidida constituida por un miembro presidente, un secretario, un mínimo de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro tres vocales, entre los cuales estará que necesariamente deberán figurar el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano Órgano de contratación Contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman La designación de los miembros de la Mesa es la realizada con carácter permanente para la adjudicación de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento contratos de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciasuministro y servicio.
Appears in 2 contracts
Samples: Telecommunications, Telecommunications
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuestoConforma la mesa de contratación, conforman como Presidente el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Mombeltrán y como vocales los miembros de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento. Para la válida constitución de la Mesa deberán asistir al menos tres de sus miembros. Los acuerdos de la Mesa requerirán mayoría simple de los asistentes. En caso de empate, se decidirá por voto de calidad del Presidente. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación calificará previamente los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxdocumentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre nº 1. Si la Mesa observara defectos materiales en la documentación presentada, Alcalde Presidente podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a 3 días para que el licitador lo subsane. Si la documentación contuviera defectos substanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. La apertura de proposiciones la llevará a cabo la Mesa de Contratación, en el Salón de Reuniones de este Ayuntamiento, a las 13:15 horas del mismo día de la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones, salvo que aquel sea sábado, en cuyo caso se realizará el inmediato día hábil siguiente, o que se hubiese concedido a algún licitador un plazo de subsanación. Si se hubieran presentado proposiciones por correo, el quinto día hábil siguiente al que termine el plazo de presentación de proposiciones. A la vista de la documentación presentada, las ofertas formuladas y, en su caso, previas las consultas oportunas, la Mesa de Contratación procederá a elevar la correspondiente propuesta de adjudicación al Pleno del Ayuntamiento de TorrelagunaMombeltrán, que actuará como Presidente incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en la MesaQuinta del presente Pliego, o concejal de entre las ofertas de aquellos licitadores que cumplan los requisitos establecidos en quien delegue en caso el artículo precedente La propuesta de ausenciaadjudicación no crea ningún derecho a favor del licitador propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya adjudicado definitivamente el contrato. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx GarcíaLos licitadores podrán, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxxdentro de los cinco días naturales siguientes, o concejal en quien delegue en caso formular por escrito ante la Corporación, cuanto consideren respecto a los preliminares y desarrollo del acto licitatorio, capacidad jurídica de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisadolos demás licitadores, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento y propuesta de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaadjudicación efectuada.
Appears in 2 contracts
Samples: Lease Agreement, Lease Agreement
MESA DE CONTRATACIÓN. Para asistirIe en Ia adjudicación deI presente contrato, nombrará una Mesa de Contratación, cuya composición contempIará Ias previsiones deI artícuIo 295 de Ia LCSP. La Mesa de Contratación actuará de conformidad con Ias disposiciones contenidas en Ios artícuIos 81 y siguientes deI RGLCAP. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma caIificará Ia documentación y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario osubsanados, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función Ios defectos u omisiones de asesoramiento jurídicoIa documentación presentada, así como aquellos otros que se designen por el órgano procederá a determinar Ia empresa económicamente más ventajosa. No obstante, eI Órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Contratación y Ia Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxpodrán recabar deI empresario acIaraciones sobre Ias decIaraciones y documentos presentados o requerirIe para Ia presentación de otros compIementarios y autorizar Ios términos de Ia negociación con Ia empresa seIeccionada. La propuesta de adjudicación se eIevará junto con eI Acta aI Sr. Rector Mgfco. de Ia Universidad xx Xxxxxx. Cuando eI Órgano de Contratación no adjudique eI contrato, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelagunaacuerdo con Ia propuesta formuIada por Xx Xxxx de Contratación, deberá motivar su decisión, conforme Io estabIecido en eI art. 144 de Ia LCSP. EI Órgano de Contratación no podrá decIarar desierta una Iicitación cuando exista una oferta o proposición que actuará como Presidente sea admisibIe de la Mesa, o concejal acuerdo con Ios criterios que figuren en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaeI XXxxxx.
Appears in 2 contracts
Samples: Service Agreement, Contrato De Suministro
MESA DE CONTRATACIÓN. La El órgano competente para la valoración de las ofertas es la Mesa de Contratación, constituida de acuerdo conformidad con lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido TRLCSP, y cuya composición será la que se establezca en el apartado 26 de la Ley Carátula de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, este Pliego. El régimen de 14 funcionamiento de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación es el regulado en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo. Los actos públicos de apertura de los siguientes miembrosSOBRES “B” y “C” se celebrarán: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente Lugar Xxxx xx Xxxxxx del Excmo. Ayuntamiento de Torrelaguna, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx 0 00000-Xxxxxxx Fecha y hora La fecha y hora señaladas en las comunicaciones que actuará como Presidente se realicen a cada uno de los licitadores Actuaciones previas. La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre A). A los efectos de la Mesaexpresada calificación, el presidente ordenará, en acto no público, la apertura de los sobres, con exclusión de los sobres B) y C) y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si observare defectos materiales en la declaración y documentación anexa presentada lo comunicará a los interesados y además se harán públicas en el Tablón de Anuncios de cada contrato que se publica en Perfil de contratante difundido en la web municipal y se concederá un plazo no superior a TRES (3) DÍAS HÁBILES para que el licitador subsane el error. Ahora bien, si la declaración de un licitador contuviese defectos sustanciales o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx Garcíadeficiencias materiales no subsanables, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de no será admitido a la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencialicitación.
Appears in 2 contracts
Samples: Servicio De Limpieza, Contrato De Servicio
MESA DE CONTRATACIÓN. 1.- La Mesa mesa de Contratacióncontratación será el órgano técnico competente para efectuar la valoración de las ofertas y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la LCSP, y de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida que vienen a desarrollar su composición y funciones.
2.- Su composición se recoge en el apartado 30 del cuadro de características y se publicará, a través del perfil de contratante, con el anuncio de licitación o, en caso contrario, siempre con carácter previo a su constitución a través de un anuncio específico en el citado perfil.
3.- En caso xx xxxxxxx, enfermedad o ausencia por un miembro cualquier causa justificada, se establece el siguiente régimen de suplencias para los miembros de la Corporación mesa de contratación: Presidencia: su titularidad será suplida por los o un funcionario las vocales en el mismo orden en que aparecen señalados en el cuadro de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario características del presente pliego o, en su caso, en el titular del órgano que tenga atribuida la función perfil de asesoramiento jurídicocontratante. Vocales: los y las vocales, así como aquellos otros que se designen con carácter general, serán suplidas por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx adscrito a los distintos servicios o unidades de gestión donde se hallen encuadradas las personas titulares o, en su defecto, a otros servicios de la dirección de la cual dependan, y serán designadas por la persona que ostente la presidencia de la mesa. De no resultar posible la suplencia en la forma descrita, los y las vocales serán suplidas por el personal laboral funcionario adscrito a los distintos servicios de gestión del departamento, designado por quien ostente la presidencia de la mesa. El o la vocal adscrita al servicio de Intervención y Auditoría, será sustituida por un funcionario o funcionaria de dicho servicio. Secretaría: la Corporación, suplencia será ejercida por un funcionario o miembros electos funcionaria adscrita al departamento gestor del contrato y designada por la persona titular de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente presidencia de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciamesa.
Appears in 2 contracts
Samples: Concesión De Obras, Concesión De Obras
MESA DE CONTRATACIÓN. Cód. Validación: 6YJ2SL743RHJC6THQPTL9E6YZ | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 23 La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, febrero de 8 xx xxxx2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por lo expuestoLos miembros electos que, conforman en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente contratación no podrán suponer más de un tercio del Ayuntamiento total de Torrelaguna, que actuará como Presidente miembros de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausenciamisma. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria Secretario un funcionario de la mesa Corporación. Su composición se publicará a través del perfil de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, contratante al publicar el anuncio de licitación o funcionario bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que asuma sus funciones deba celebrarse para la calificación de la documentación referida en caso el artículo 140.1 de ausencia.la LCSP. Dado que el único criterio de adjudicación es la oferta económica no procede
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Servicios
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuestoActuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Concretamente, conforman la Mesa de contratación: - El Concejal de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelagunay Recursos Humanos, que actuará como Presidente de la Mesa. - El Concejal de Juventud, o concejal Área supervisora del contrato, vocal. - Un Concejal de la oposición, designado por la Junta de Gobierno Local, vocal. - El Secretario de la Corporación, vocal. - La Interventora de la Corporación, vocal. - El Director de Juventud, responsable del contrato, en quien delegue los términos establecidos en caso la cláusula Vigesimotercera del presente Xxxxxx. - La Técnico de ausenciaAdministración General responsable de la Contratación Administrativa, que actuará como Secretaria de la Mesa. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico De acuerdo con el artículo 21.4 del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria Real Decreto 817/2009 la composición de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxse publicará en el perfil del contratante con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar la misma para la calificación de la documentación administrativa referida en el artículo 146.1 del Real Decreto Legislativo, o funcionario que asuma sus funciones en caso 3/2011, de ausencia14 de noviembre.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembrecontratación estará constituida, en relación con el artículo 21.2 los términos establecidos en la Disp. Adicional segunda del Real Decreto 817/2009TRLCSP, de 8 xx xxxx, estará presidida por los siguientes componentes: un Presidente que será miembro de la Corporación o un funcionario Funcionario de la misma y actuará actuarán como Secretario un funcionario Vocales la Secretaria Interventora (que será asimismo Secretaria de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como Mesa) y aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o funcionarios, personal laboral al servicio o concejales, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Para la válida constitución de la Corporación, o miembros electos Mesa deberán asistir al menos tres de sus miembros. Los acuerdos de la mismaMesa requerirán mayoría simple de los asistentes. Por lo expuestoEn caso de empate, conforman se decidirá por voto de calidad del Presidente. La composición de la Mesa de Contratación contratación es la siguiente: Presidente.- D. Xxxxxx Xxxxx Pardos Sierra Secretaria.- Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxx Vocales: D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx/ X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx/ Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxx La apertura de los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente sobres se efectuará dentro del Ayuntamiento plazo 5 días hábiles siguiente a aquél en que finalice el plazo de Torrelagunapresentación de proposiciones, que actuará como Presidente se realizará en acto público, se fijará por Resolución de Alcaldía que se publicará en el Tablón de anuncios y Perfil de Contratante. La Mesa de contratación, a la vista de las ofertas presentadas y los criterios de valoración establecidos, propondrá motivadamente al órgano de contratación la adjudicación del contrato a favor de un licitante, estableciendo un orden de puntuación. No obstante, podrá solicitar previamente las aclaraciones técnicas que estime precisas para efectuar su propuesta de adjudicación. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada o declare el concurso desierto deberá motivar su decisión. La adjudicación se notificará a los interesados en el expediente y se publicará en el Tablón de anuncios y perfil de contratante. El adjudicatario deberá presentar la documentación administrativa acreditativa de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso personalidad jurídica y capacidad de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria obrar de la mesa empresa conforme a lo dispuesto en el art. 72 y ss. Del TRLCSP y de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxno estar incurso en ninguno de los supuestos del art. 60 TRLCSP, o funcionario así como la constitución de la garantía definitiva. El contrato deberá formalizarse en documento administrativo dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación. NO obstante, el contratista podrá solicitar que asuma sus funciones en caso el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de ausenciasu cargo los correspondientes gastos.
Appears in 1 contract
Samples: Lease Agreement
MESA DE CONTRATACIÓN. 1. A la Mesa Única de Contratación del Ministerio de Economía y Hacienda, con la composición establecida por la Orden de HAC/611/2002, de 7 xx xxxxx de 2002 (B.O.E. nº 69 de 21 xx xxxxx), previamente a la apertura de los sobre B y C Ofertas económicas y técnicas examinará y calificará formalmente la documentación contenida en el sobre A, presentados por los licitadores en tiempo y forma.
2. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación, en acto público, procederá a dar cuenta del resultado de la Disposición Adicional Segunda calificación documental del Texto Refundido sobre A y se dará lectura a las proposiciones admitidas y de las empresas excluidas y la Ley causa de Contratos del Sector Públicosu exclusión, aprobado por concediéndose al oferante o su representante la posibilidad de hacer en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oacto aclaraciones pertinentes que, en su caso, el titular permitan a la Mesa volver de su decisión de admisión, sin perjuicio de los tres días que, conforme al artículo 81 del órgano que tenga atribuida Reglamento de L.C.A.P., puede la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que Mesa conceder para la correspondiente subsanación. Acto seguido se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la mismadará lectura a las proposiciones económicas.
3. Por lo expuesto, conforman A la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento corresponderá la elevación al Órgano de Torrelaguna, que actuará como Presidente Contratación de la Mesapropuesta de adjudicación del contrato para lo cual recabará previamente de los facultativos designados por la Dirección General del Patrimonio del Estado (Subdirección General de Coordinación de Edificaciones Administrativas) cuantos asesoramientos o informes especializados considere oportunos para la mejor valoración de las ofertas. Dicha proposición se hará a la oferta que, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones valorada en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxconjunto, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria se considere más conveniente para los intereses de la mesa Administración tomando en consideración los aspectos económicos y técnicos que van a ser objeto de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxnegociación con las empresas y que han quedado reflejados en la cláusula anterior.
4. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto frente a la Administración, o funcionario mientras no se le haya adjudicado el contrato por acuerdo del Órgano de Contratación.
5. El Órgano de Contratación notificará la resolución de la adjudicación definitiva del contrato tanto al adjudicatario como a los demás participantes en la licitación, y se comunicará al Registro Público de contratos al que asuma sus funciones en caso se refiere el artículo 118 del T.R.L.C.A.P.
6. La adjudicación perfeccionará el contrato de ausenciaobras.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Construction Works
MESA DE CONTRATACIÓN. 10.1. La Mesa de Contratación estará compuesta por: Presidente: El Secretario de la Fundación La Alcudia. Vocales: El Gerente de la Fundación La Alcudia. El Director del yacimiento y museos de la Fundación La Alcudia. La Delegada de Personal de la Fundación La Alcudia. Secretario: El miembro más joven de entre el Presidente y los Vocales.
10.2. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido examinará y calificará formalmente la documentación contenida en el punto 10 sobre B, y si éste contiene todo lo exigido por este pliego o existen omisiones determinantes de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido exclusión o defectos materiales subsanables. Los resultados de esta calificación previa de la documentación presentada se publicarán en el tablón de anuncios de la Universidad de Alicante, a los efectos de la notificación prevista en los artículos 59 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/201130/1992, de 14 26 de noviembrenoviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Para la subsanación de los defectos materiales observados se concederá, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman si la Mesa de Contratación lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error, aportando para ello la documentación requerida en la Conserjería de la Fundación La Alcudia en horario de apertura. El cómputo de dicho plazo comenzará el día hábil inmediatamente posterior a la antedicha publicación en el tablón de anuncios de la Fundación La Alcudia o a la comunicación por fax o correo electrónico a los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxinteresados. En el caso de que la empresa requerida no presente o presente inadecuadamente esta documentación en el plazo concedido para su subsanación, Alcalde Presidente del Ayuntamiento será motivo de Torrelagunaexclusión que será acordado por la Mesa de Contratación.
10.3. Previamente al acto público de apertura de la documentación técnica que contiene los criterios de valoración evaluables mediante juicios de valor (sobre C), que actuará como Presidente se celebrará en el lugar, día y hora indicado en el anuncio de licitación, la Mesa de Contratación procederá a determinar las empresas licitadoras que se ajustan a los criterios de selección establecidos (sobre B), los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo, procediéndose seguidamente a la apertura del sobre C de las empresas admitidas. A continuación la Fundación La Alcudia dará a conocer el lugar, día y hora en que tendrá lugar el acto de apertura de la Mesaproposición económica recogida en el sobre A, o concejal en quien delegue el que se incluyen los criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas, mediante publicación en caso el perfil de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciacontratante.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado Contratación estará constituida por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un los siguientes miembros: *Presidenta: La Alcaldesa-Presidenta o miembro de la Corporación o un funcionario de en quien delegue. *Vocales: - Un/a Concejal/a designado/a por la misma y actuará como Secretario un funcionario Alcaldía. - La Secretaria General de la Corporación. Formarán parte - El Interventor de ellaFondos de la Corporación. *Secretario/a: Actuará como secretario/a de la mesa un/a funcionario/a de la Corporación designado/a por la Alcaldía. De las eventuales suplencias de dichos miembros se dará cuenta en el acto público de apertura de proposiciones, al menos cuatro vocalesindicando el nombre del sustituido y del sustituto, entre los cuales estará el Secretario o, puesto desempeñado por éste y actuación en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen produce su intervención y, además, se dejará constancia en las actas que documenten las actuaciones de la Mesa en que dichas suplencias se hayan producido. La abstención o recusación de cualquiera de los miembros de la Mesa se formularán por escrito, con alegación de las circunstancias que la motivan, ante el órgano de contratación entre contratación. Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 00 000 00 00 – Fax. 00 000 00 00 – CIF. P-4606000-J Concluido el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral plazo de presentación de proposiciones el día siguiente hábil, salvo si es sábado que pasará al servicio de la Corporacióndía hábil siguiente, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente procederá a la calificación de la Mesa, o concejal documentación general presentada por los licitadores en quien delegue en caso el sobre B. Se ordenará la apertura de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria dicho sobre y el Secretario de la mesa Mesa certificará la relación de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxdocumentos que figuren en cada uno de ellos, de conformidad con el artículo 81 del RCAP. Si la Mesa de Contratación observara defectos formales en la documentación presentada, podrá conceder un plazo no superior a tres días para que el licitador lo subsane. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciadeficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
Appears in 1 contract
Samples: Service Contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa El artículo 320 del TRLCSP nos dice “Salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, en los procedimientos abiertos y restringidos y en los procedimientos negociados con publicidad a que se refiere el artículo 177.1, los órganos de acuerdo con lo establecido contratación de las Administraciones Públicas estarán asistidos por una Mesa de contratación, que será el órgano competente para la valoración de las ofertas. En los procedimientos negociados en el punto 10 que no sea necesario publicar anuncios de licitación, la constitución de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido Mesa será potestativa para el órgano de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación contratación”. De acuerdo con el artículo 21.2 21 del Real Decreto RD 817/2009, de 8 xx xxxxxxxx por el que se desarrolla parcialmente la LCSP nos dice “Los órganos de contratación de las administraciones públicas estarán asistidos en los procedimientos de adjudicación abierto, estará presidida restringido y negociado con publicidad por una mesa de contratación que será competente para la valoración de las ofertas. Las mesas de contratación estarán compuestas por un miembro de la Corporación o Presidente, un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ellay, al menos menos, cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen todos ellos designados por el órgano de contratación. Entre los vocales deberá figurar obligatoriamente un funcionario de los que tengan encomendado el asesoramiento jurídico del órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx y un Interventor o, a falta de cualquiera de éstos, quien tenga atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la mismacontrol económico-presupuestario del órgano. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o El Secretario deberá ser un funcionario que asuma preste sus funciones servicios en su ausenciael órgano de contratación. o Xx Xxx Xxxxxxxx XxxxxxxCuando no sea posible designar un funcionario, técnico se hará la designación entre los de otro tipo de personal que dependan del Ayuntamiento órgano de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausenciacontratación. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento La designación de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria los miembros de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxpodrá hacerse con carácter permanente o de manera específica para la adjudicación de cada contrato. Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 146 del TRLCSP. Si es una mesa permanente, o funcionario se le atribuyen funciones para una pluralidad de contratos, su composición deberá publicarse además en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según se trate de la Administración General del Estado, de la Autonómica o de la Local. A las reuniones de la mesa podrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados que asuma resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto. Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del secretario que sólo tendrá voz. Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros, y, en todo caso, el Presidente, el Secretario y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano. Las disposiciones contenidas en caso los apartados anteriores serán aplicables, igualmente, a las mesas de ausenciacontratación que se constituyan para intervenir en procedimientos de adjudicación en que no sea preceptiva su constitución”. Conformarán la Mesa de Contratación: –Presidente, El Alcalde: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. Suplente: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx. – Secretaria de la Corporación o persona en quien delegue. – Interventor/a de la Corporación o persona en quien delegue. –Concejal Delegado/a de Contratación, Xxxxxxx y Patrimonio o persona en quien delegue. – Técnico en la materia o persona en quien delegue. – Vocal, concejal de la oposición o persona en quien delegue. – Vocal, concejal de la oposición o persona en quien delegue. – Secretaria/o de la Mesa que lo será el Jefe del Departamento de Contratación o persona en quien delegue.
Appears in 1 contract
Samples: Contratación De Gestión De Servicio
MESA DE CONTRATACIÓN. 6.1 El órgano de contratación, para la adjudicación de los contratos por procedimiento abierto, restringido o negociado con publicidad, estará asistido por una Mesa de contratación en los términos que prevén los arts. 320 y 321 del La Mesa de Contratacióncontratación, además de calificar la documentación administrativa, admitiendo y rechazando a los licitadores en su caso, elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
6.2 Las propuestas de adjudicación que eleve la Mesa de contratación serán motivadas. La Mesa además podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Si el órgano de contratación no adjudica el contrato de acuerdo con lo establecido en la propuesta formulada por la Mesa de contratación, deberá motivar su decisión.
6.3 Según el punto 10 art. 21 del R.D. 817/2009, serán miembros de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido Mesa de la Ley de Contratos del Sector Públicocontratación los designados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario titulares o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídicosuplentes, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación en el apartado E del cuadro resumen del PCAP, cuya publicación en el perfil de contratante servirá a los efectos previstos en el artículo 21.4 del RPLCSP. En todo caso estará constituida por un presidente, un secretario y un mínimo de cuatro de vocales, entre los que necesariamente deberá figurar un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio asesoramiento jurídico del órgano de contratación, y un Interventor. La designación de los miembros de la Corporación, mesa podrá hacerse con carácter permanente o miembros electos de manera específica para la adjudicación de cada contrato.
6.4 A los efectos de la misma. Por lo expuestocalificación de la documentación presentada, conforman constituida previamente la Mesa de Contratación contratación, el presidente ordenará la apertura de los siguientes miembrossobres que contengan la documentación del SOBRE 1, y el Secretario certificará la relación de documentos que figure en cada uno de ellos. Cód. Validación: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx6ECFEJDR5WWDSKKGYF249K2AC | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 46 Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, Alcalde Presidente lo comunicará verbalmente a los licitadores que se personen en la fecha, hora y lugar indicados en el anuncio de licitación, dejándose constancia en el expediente. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas deberán hacerse públicas a través del Ayuntamiento perfil de Torrelagunacontratante del órgano de contratación: xxx.xxxxxxxxx.xxxx , concediéndose un plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente a su publicación en el perfil de contratante, para que actuará como Presidente los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de contratación. De todo lo actuado en los dos párrafos anteriores se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
6.5 Una vez calificada la documentación del SOBRE 1, y solventado, de haber existido, el trámite de subsanación de errores o aclaraciones y, en su caso, una vez se haya procedido a determinar las empresas que se ajusten a los criterios de selección referidos en el art. 11, de acuerdo con el art. 82, ambos del RLCAP, se procederá al acto público de apertura de las proposiciones admitidas, en el lugar, fecha y hora señalados en el anuncio de licitación. Este acto público será el de apertura del SOBRE 2 en el caso de que se hayan establecido criterios cuya valoración dependa de un juicio de valor, y se celebrará en el lugar, fecha y hora establecidos en el anuncio de licitación, con arreglo al siguiente proceso:
6.5.1 Comenzará el acto dándose lectura al anuncio del contrato y procediéndose seguidamente al recuento de las proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuran en los certificados extendidos por los jefes de las oficinas receptoras de las mismas. Acto seguido se dará cuenta al público del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados. En caso de que surjan discrepancias se procederá conforme establece el art. 83.3 del Reglamento general de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria LCAP.
6.5.2 El Presidente manifestará el resultado de la mesa calificación de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxla documentación presentada, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o funcionario causas de inadmisión de éstas últimas y comunicará el resultado de la calificación en los términos previstos en el art. 82 del Reglamento de la LCAP. Las proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que asuma sus funciones en caso de ausencialas contengan no podrán ser abiertos.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Qualified Machinery
MESA DE CONTRATACIÓN. La -Concluido el plazo de presentación de proposiciones la Mesa de Contratación, procederá a examinar la documentación y las ofertas presentadas, pudiendo establecer un plazo de acuerdo 3 días naturales para subsanación de deficiencias. -La Mesa procederá en primer lugar al examen de la documentación general presentada por los licitadores en los sobres A, indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión. -A continuación, con lo establecido un plazo de 48 horas se indicará la el día y la hora para el acto público de apertura de los sobres B, en el punto 10 que se dará lectura de las proposiciones económicas formuladas. A continuación de la Disposición Adicional Segunda lectura se procederá al examen del Texto Refundido resto de criterios de adjudicación, procediendo la Ley Mesa a clasificar las ofertas en base a la puntuación obtenida. La Mesa de Contratos Contratación formulará propuesta de adjudicación del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de contrato a la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, oferta que en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función conjunto haya obtenido mayor puntuación. -La propuesta de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen adjudicación efectuada por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente no creará derecho alguno a favor del adjudicatario provisional frente al Ayuntamiento de TorrelagunaLozoyuela-Xxxxx-Sieteiglesias. -Si la adjudicación quedase desierta o no se llegase a cubrir el precio de licitación, que actuará la Mesa de Contratación propondrá al órgano de contratación la solución más adecuada -La Mesa de Contratación estará constituida por las siguientes personas: Un Técnico de Administración General. 1 representante de cada una de las agrupaciones de propietarios mayoritarias de terrenos xxx xxxx (máximo de 3). Un Técnico de Medio Ambiente designado por el Órgano de Contratación. Un concejal designado por el Alcalde El Secretario del Ayuntamiento. Actuará como Presidente presidente el Alcalde de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencia.Corporación
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Privado De Arrendamiento
MESA DE CONTRATACIÓN. Código archivo. PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS.docx La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, febrero de 8 xx xxxx2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por lo expuestoLos miembros electos que, conforman en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente contratación no podrán suponer más de un tercio del Ayuntamiento total de Torrelaguna, que actuará como Presidente miembros de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausenciamisma. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria Secretario un funcionario de la mesa Corporación. Su composición se publicará a través del perfil de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, contratante al publicar el anuncio de licitación o funcionario que asuma sus funciones bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en caso de ausenciael citado perfil.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión De Servicios
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, Contratación estará presidida por un el Presidente de la Corporación, o miembro de la Corporación o un funcionario ésta en quien delegue. Formarán parte de la misma y actuará como vocales: El Concejal de Hacienda o concejal que le supla. La Secretaria General Accidental o quien legalmente le sustituya. La Interventora Municipal o quien legalmente le sustituya. El Arquitecto Técnico Municipal, o técnico que le sustituya. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte * Las valoraciones técnicas que precise el estudio de ellalas propuestas efectuadas en relación con la documentación incluida en el sobre B, al menos cuatro vocalesobjeto de baremación, entre serán realizadas por el citado Arquitecto Técnico Municipal que asesorará a la mesa en este sentido.
A).- Calificación de la documentación del Sobre A y defectos u omisiones subsanables:
1.- La Mesa se reunirá en sesión no pública el tercer día hábil siguiente a la fecha en que finalice el plazo para la presentación de proposiciones (si este día fuere festivo o no hábil, la apertura tendrá lugar en el día hábil siguiente). A los cuales estará efectos de la calificación de la documentación presentada, previa la constitución de la Mesa de Contratación, el Presidente ordenará la apertura de los sobres que contengan la documentación administrativa (Sobre A), y el Secretario ocertificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos.
2.- Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará vía correo electrónico a los interesados, concediéndose un plazo de tres días hábiles desde el siguiente a su recepción para que los licitadores los corrijan o subsanen. A los referidos efectos, se enviará la oportuna comunicación vía fax, o correo electrónico a las direcciones facilitadas por los licitadores, bastando como notificación del mismo el correspondiente resguardo del envío del correo electrónico o fax. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. Asimismo la falta de subsanación en plazo será motivo para la no admisión de la oferta. De lo actuado conforme a este artículo se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
3.- Subsanadas, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio las deficiencias de la Corporacióndocumentación general presentada por los licitadores en los sobres "A", o miembros electos la Mesa de Contratación, en acto público, dará cuenta del resultado de la calificación de la misma, indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que se recogerán en el acta. Por lo expuestoLos licitadores cuyas proposiciones hayan sido rechazadas podrán formular reclamaciones por escrito, conforman en el plazo máximo de dos días hábiles siguientes al de aquel del acto, dirigidas al órgano de contratación, el cual previo informe de la Mesa de Contratación Contratación, resolverá el procedimiento, con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas, en la adjudicación del contrato. Todo ello sin perjuicio de los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente recursos que procedan contra la adjudicación del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciacontrato.
Appears in 1 contract
Samples: Insurance Contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración Cód. Validación: 7KC5254WLC34LHWF4WSQMCR3Z | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 21 de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, febrero de 8 xx xxxx2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por lo expuestoLos miembros electos que, conforman en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde — El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Torrelagunao Concejal en quien delegue, que actuará como Presidente de la Mesa. — El Concejal D. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, que actuará como Vocal o concejal Concejal de su grupo en quien delegue en caso delegue. - Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, que actuará como Vocal. — El Secretario-Interventor de ausencia. Vocales: o la Corporación, que actuará como Vocal - X. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx Gómez García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o actuará como Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencia.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión De Servicios
MESA DE CONTRATACIÓN. 1. La Mesa Unica de ContrataciónContratación del Ministerio de Economía y Hacienda, con la composición establecida por la Orden EHA/3432/2004, de 13 de octubre, examinará y calificará formalmente la documentación contenida en el sobre nº 1, presentados por los licitadores en tiempo y forma. Si la Mesa observara defectos materiales en la documentación presentada podría conceder, si lo estima conveniente, para la subsanación de los mismos, un plazo no superior a tres días hábiles de acuerdo con lo establecido dispuesto en el punto 10 artº 81 del Reglamento de la Disposición Adicional Segunda L.C.A.P.
2. El Presidente convocará, en función del Texto Refundido orden del día, a un representante del Centro Directivo afectado por el tema a tratar, el cual participará con voz y voto. El acto de apertura de proposiciones en la subasta será público y tendrá lugar en el sitio y hora que se señale en la correspondiente convocatoria. El acto comenzará con la lectura del anuncio respectivo y de la Ley de Contratos certificación del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Registro General en relación con el artículo 21.2 que consten las proposiciones presentadas a la subasta; se informará del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro examen de la Corporación o un funcionario documentación del sobre A, continuándose con la apertura de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporaciónlas proposiciones admitidas.
3. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la La Mesa de Contratación elevará al Organo de Contratación la propuesta de adjudicación del contrato, al postor de los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxadmitidos que oferte el precio más bajo.
4. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto frente a la Administración, Alcalde Presidente mientras no se le haya adjudicado el contrato por acuerdo del Ayuntamiento Organo de Torrelaguna, que actuará como Presidente Contratación.
5. El Organo de Contratación notificará la resolución de la Mesaadjudicación definitiva del contrato tanto al adjudicatario como a los demás participantes en la licitación, o concejal en quien delegue en caso y se comunicará al Registro Público de ausenciacontratos al que se refiere el artículo 118 del T.R.L.C.A.P.
6. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso La adjudicación perfeccionará el contrato de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaobras.
Appears in 1 contract
Samples: Construction Contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La El órgano competente para la valoración de las ofertas es la Mesa de Contratación, constituida de acuerdo conformidad con lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido TRLCSP, y cuya composición será la que se establezca en el apartado 26 de la Ley Carátula de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, este Pliego. El régimen de 14 funcionamiento de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación es el regulado en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo. Los actos públicos de apertura de los siguientes miembrosSOBRES “2” se celebrarán: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente Lugar Xxxx xx Xxxxxx del Excmo. Ayuntamiento de Torrelaguna, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx 0 00000-Xxxxxxx Fecha y hora La fecha y hora señaladas en las comunicaciones que actuará como Presidente se realicen a cada uno de los licitadores La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el SOBRE 1). A los efectos de la Mesaexpresada calificación, el presidente ordenará, en acto no público, la apertura de los sobres, con exclusión de los SOBRES 2) y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si observare defectos materiales en la declaración y documentación anexa presentada lo comunicará a los interesados y además se harán públicas en el Tablón de Anuncios de cada contrato que se publica en Perfil de contratante difundido en la web municipal y se concederá un plazo no superior a TRES (3) DÍAS HÁBILES para que el licitador subsane el error. Ahora bien, si la declaración de un licitador contuviese defectos sustanciales o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx Garcíadeficiencias materiales no subsanables, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de no será admitido a la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencialicitación.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for the Organization and Execution of Travel Services
MESA DE CONTRATACIÓN. La participación de la Mesa de Contratación de la Empresa Mixta Mercamadrid, S.A. tiene carácter obligatorio en los procedimientos ordinarios, simplificados y de asociación para la innovación. La Mesa de Contratación de la Empresa Mixta Mercamadrid, S.A. asistirá al órgano competente para realizar la adjudicación, recabará todos aquellos informes técnicos que estime oportunos y estará compuesta como mínimo por tres miembros y como máximo por cinco: - Un/a Presidente/a - Un/a Secretario/a - Tres vocales. (Responsable del Área Jurídica, Responsable del Área de Administración y Responsable del Área que promueva la contratación) La designación de los miembros de la mesa de contratación podrá hacerse con carácter permanente o de manera específica para la adjudicación de cada contrato. Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente. A las reuniones de la mesa podrán incorporarse los asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto. Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del secretario que sólo tendrá voz. En caso de empate en la votación, el/la Presidente/a de la Mesa de Contratación o quien ejerza sus funciones, tendrá voto de calidad.
1. Sin perjuicio de las restantes funciones que le atribuyan la LCSP en los artículo 326 y 327, la Mesa de Contratación, de acuerdo conformidad con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desempeñará las siguientes funciones en los procedimientos ordinarios de licitación: Registro Mercantil de Madrid, Tomo 3.249, General 2.538 de la Corporación o un funcionario Sección 3ª, Folio 111, Hoja 23.687, Inscripción 1ª - N.I.F. A-28 327393
a) Calificará las documentaciones de carácter general acreditativas de la misma personalidad jurídica, capacidad de obrar, apoderamiento y actuará como Secretario un funcionario solvencia económica financiera, técnica y profesional de los licitadores y demás requisitos a que se refiere el artículo 140 de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídicoLCSP, así como aquellos otros la garantía provisional en los casos en que se designen haya exigido, comunicando a los interesados los defectos y omisiones subsanables que aprecie en la documentación por un plazo máximo de tres (3) días hábiles para su subsanación. A tal fin se reunirá con la antelación suficiente, previa citación de todos sus miembros.
b) Determinará los licitadores que deban ser excluidos del procedimiento por no acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de cláusulas particulares.
c) Abrirá las proposiciones presentadas dando a conocer su contenido en acto público según se determine en los pliegos, en todo caso, en el procedimiento ordinario las ofertas económicas se realizarán en acto público, siendo sin embargo de aplicación lo señalado en el artículo 157.4 de la LCSP, dándose a conocer la valoración de los criterios de adjudicación valorables por juicios de valor con carácter previo a la apertura de las ofertas económicas.
d) Cuando el procedimiento de valoración se articule en varias fases, determinará los licitadores que hayan de quedar excluidos por no superar el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.
e) Conforme al artículo 149.6 de la LCSP, ante una oferta anormal o desproporcionada, la mesa de contratación, en defecto del órgano de contratación, evaluará toda la información y documentación proporcionada por el licitador en plazo otorgado al efecto de justificar su oferta elevando de forma motivada la correspondiente propuesta de aceptación o rechazo al órgano de contratación.
f) Valorará las distintas proposiciones, en los términos previstos en los artículos 145 y 150 de la LCSP, clasificándolas en orden decreciente de valoración, a cuyo efecto podrá solicitar los informes técnicos que considere precisos de conformidad con lo previsto en el artículo 157.2 de la LCSP.
g) Propondrá al órgano de contratación la adjudicación del licitador que hubiese presentado la proposición que contuviese la mejor oferta relación calidad- precio, mejor coste-eficacia o mejor precio, según proceda y se determine en el expediente de la licitación, y de conformidad con el pliego de cláusulas particulares que rija la licitación. Tratándose de la adjudicación de los acuerdos xxxxx, propondrá la adjudicación a favor de los licitadores que hayan presentado las ofertas con mejor relación calidad-precio, mejor coste-eficacia o mejor precio, según proceda y se determine en el expediente de la licitación. En aquellos casos en que, de conformidad con los criterios que figuren en el pliego, no resultase admisible ninguna de las ofertas presentadas propondrá que se declare desierta la licitación. De igual modo, si durante su intervención apreciase que se ha cometido alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato, podrá exponerlo justificadamente al órgano de contratación, proponiéndole que se declare el desistimiento. Registro Mercantil de Madrid, Tomo 3.249, General 2.538 de la Sección 3ª, Folio 111, Hoja 23.687, Inscripción 1ª - N.I.F. A-28 327393
2. En el procedimiento Simplificado, la Mesa calificará la documentación general acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos a que se refiere el artículo 140.1 de la LCSP y, una vez concluida la fase de negociación, valorará las ofertas de los licitadores, a cuyo efecto podrá pedir los informes técnicos que considere precisos, y propondrá al órgano de contratación la adjudicación.
3. En los procedimiento de asociación para la innovación se constituirá la Mesa de Contratación con la composición señalada en este apartado VIII, a la que se incorporarán personas especialmente cualificadas en la materia sobre la que verse la asociación para la innovación, designadas por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx contratación. El número de estas personas será igual o personal laboral al servicio superior a un tercio de los componentes de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal y participarán en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencialas deliberaciones con voz y voto.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. Cód. Validación: 4MFSPWZ9GKMGXTHZLEWTD2WK2 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 13 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, febrero de 8 xx xxxx2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por lo expuestoLos miembros electos que, conforman en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente contratación no podrán suponer más de un tercio del Ayuntamiento total de Torrelaguna, que actuará como Presidente miembros de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausenciamisma. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria Secretario un funcionario de la mesa Corporación. Su composición se publicará a través del perfil de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxcontratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil. La Mesa de Contratación se constituirá el primer día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, o funcionario a las 12 horas, procederá a la apertura de los sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos. Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo de tres dias para que asuma sus funciones el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observadas en caso de ausenciala documentación presentada.
Appears in 1 contract
Samples: Concesión Administrativa
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, TRLCSP en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde — El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Torrelagunala Corporación, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales(Suplente: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal ). — La Concejala Delegada de Hacienda y Personal. (Suplente: Concejal en quien delegue delegue). — Un representante de cada uno de los Grupos Políticos Municipales con representación en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisadoel Pleno, o funcionario que asuma a designar por éstos, con sus funciones respectivos suplentes, en su ausenciacaso. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria — El Secretario General de la mesa Corporación (Suplente: Funcionario en quien delegue) — El Interventor General de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxla Corporación. (Suplente: Funcionario en quien delegue). — El Vicesecretario de la Corporación, que actuará como vocal y como Secretario de la Mesa. (Suplente: Funcionario en quien delegue). A los miembros de la Mesa de Contratación les será de aplicación las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Su composición se publicará en el Perfil de contratante del Órgano de Contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 146.1 del TRLCSP. A las reuniones de la Mesa podrán incorporarse los funcionarios o funcionario asesores especializados que asuma sus funciones en caso resulten necesarios, según la naturaleza de ausencialos asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Tax Management and Collection Services
MESA DE CONTRATACIÓN. 54. CONSTITUCIÓN DE LA MESA
1.- El órgano de contratación para la adjudicación del contrato estará asistido por una Mesa de Contratación que será el órgano competente para la valoración de las ofertas, constituida en la forma determinada en el cuadro de características que encabeza este pliego.
2.- La Mesa de Contratacióncontratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
3.- Cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con lo establecido la propuesta formulada por la Mesa de contratación deberá motivar su decisión.
4.- En caso xx xxxxxxx, enfermedad o ausencia por cualquier causa justificada, se establece el siguiente régimen de suplencias para los miembros de la Mesa de Contratación: Presidencia: Su titular será suplido por los vocales permanentes en el punto 10 de mismo orden en que aparecen señalados en la Disposición Adicional Segunda carátula del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporaciónpresente pliego. Formarán parte de ella, al menos cuatro Vocales: Los vocales, entre serán suplidos por funcionarios adscritos a los cuales estará el Secretario distintos Servicios o Unidades de Gestión donde se hallen adscritos los titulares o, en su casodefecto, a otros Servicios de la Dirección de la cual dependan y serán designados por el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente Presidencia de la Mesa. De no resultar posible la suplencia en la forma descrita, o concejal en quien delegue en caso los vocales serán suplidos por funcionarios adscritos a los distintos Servicios de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria Gestión de la mesa Dirección General de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso Carreteras y designados por el titular de ausenciala Presidencia de la Mesa.
Appears in 1 contract
Samples: Construction Contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria Los componentes de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxpara este contrato son: LA CONSTITUCIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN PERMANENTE QUEDA ESTABLECIDA POR ORDEN MINISTERIAL 37/2000, DEL 18 DE FEBRERO, (B.O.E. Nº51). El acto público de apertura de proposiciones se realizará el día y hora fijados en el anuncio de licitación y en la Plataforma de Contratación del Estado. Tras dicho acto, y conforme al artículo 159.4.f) de la LCSP, la Mesa de Contratación Permanente, procederá a: Realizar la propuesta de adjudicación a favor del candidato con mejor puntuación. Comprobar en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición de contratar. Requerir en el plazo de 7 días hábiles a contar desde el envío de la comunicación a la empresa que ha obtenido la mejor puntuación mediante comunicación electrónica, para que constituya la garantía definitiva, así como para que aporte el compromiso al que se refiere el artículo 75.2, la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiere comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2. En el caso de que la oferta del licitador que haya obtenido la mejor puntuación se presuma que es anormalmente baja por darse los supuestos previstos en el artículo 149, la mesa, realizadas las actuaciones recogidas en los puntos 1º. Y 2º. anteriores, seguirá el procedimiento previsto en el citado artículo, si bien el plazo máximo para que justifique su oferta el licitador no podrá superar los 5 días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación. En el supuesto de que el empresario tenga que presentar cualquier otra documentación que no esté inscrita en el Registro de Licitadores, la misma se tendrá que aportar en el plazo de 7 días hábiles establecido para presentar la garantía definitiva. De no cumplimentarse adecuadamente, el requerimiento de documentación señalada en los apartados anteriores en el plazo señalado, y según el artículo 150.2. de la LCSP, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71: “…son circunstancias que impedirán a los empresarios contratar con las entidades comprendidas en el artículo 3 de la LCSP: Haber retirado indebidamente su proposición o candidatura en un procedimiento de adjudicación, o funcionario haber imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor por no cumplimentar lo establecido en el apartado 2 del artículo 150 de la LCSP, dentro del plazo señalado mediante dolo, culpa o negligencia.” En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que asuma sus funciones en caso de ausenciahayan quedado clasificadas las ofertas.
Appears in 1 contract
Samples: Supply Contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo De conformidad con lo establecido dispuesto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 art. 295 LCSP y 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida xxxx por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el desarrolla parcialmente la LCSP, se constituirá una mesa de contratación que asistirá al órgano de contratación entre y será el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio órgano competente para la valoración de las ofertas. Estará integrada del modo siguiente: - Presidenta de la Corporación, o miembros electos miembro de ésta en quien delegue. - Los vocales serán al menos cuatro, todos designados por el órgano de contratación. Entre ellos deberá figurar obligatoriamente un funcionario que tenga encomendado el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un Interventor o, a falta de cualquiera de éstos, quien tenga atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico o al control económico-presupuestario. Asimismo serán vocales dos técnicos del Ayuntamiento. - El secretario será un funcionario del Ayuntamiento. Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente documentación referida en el artículo 130.1 de la MesaLey 30/2007, o concejal en quien delegue en caso de ausencia30 de octubre. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del secretario que sólo tendrá voz. Para la válida constitución de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxla mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros, o funcionario y, en todo caso, el Presidente, el Secretario y los dos vocales que asuma sus tengan atribuidas las funciones en caso de ausenciacorrespondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembrecontratación estará constituida, en relación con el artículo 21.2 los términos establecidos en la Disp. Adicional segunda del Real Decreto 817/2009TRLCSP, de 8 xx xxxx, estará presidida por los siguientes componentes: un Presidente que será miembro de la Corporación o un funcionario Funcionario de la misma y actuará actuarán como Secretario un funcionario Vocales la Secretaria Interventora (que será asimismo Secretaria de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como Mesa) y aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o funcionarios, personal laboral al servicio o concejales, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Para la válida constitución de la Corporación, o miembros electos Mesa deberán asistir al menos tres de sus miembros. Los acuerdos de la mismaMesa requerirán mayoría simple de los asistentes. Por lo expuestoEn caso de empate, conforman se decidirá por voto de calidad del Presidente. La composición de la Mesa de Contratación contratación es la siguiente: Presidente.- D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Sierra Secretaria.- Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxx Vocales: D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx/ X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx/ Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxx La apertura de los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente sobres se efectuará dentro del Ayuntamiento plazo 5 días hábiles siguiente a aquél en que finalice el plazo de Torrelagunapresentación de proposiciones, que actuará como Presidente se realizará en acto público, se fijará por Resolución de Alcaldía que se publicará en el Tablón de anuncios y Perfil de Contratante. La Mesa de contratación, a la vista de las ofertas presentadas y los criterios de valoración establecidos, propondrá motivadamente al órgano de contratación la adjudicación del contrato a favor de un licitante, estableciendo un orden de puntuación. No obstante, podrá solicitar previamente las aclaraciones técnicas que estime precisas para efectuar su propuesta de adjudicación. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada o declare el concurso desierto deberá motivar su decisión. La adjudicación se notificará a los interesados en el expediente y se publicará en el Tablón de anuncios y perfil de contratante. El adjudicatario deberá presentar la documentación administrativa acreditativa de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso personalidad jurídica y capacidad de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria obrar de la mesa empresa conforme a lo dispuesto en el art. 72 y ss. Del TRLCSP y de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxno estar incurso en ninguno de los supuestos del art. 60 TRLCSP, o funcionario así como la constitución de la garantía definitiva. El contrato deberá formalizarse en documento administrativo dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación. NO obstante, el contratista podrá solicitar que asuma sus funciones en caso el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de ausenciasu cargo los correspondientes gastos.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Arrendamiento
MESA DE CONTRATACIÓN. 13.1.- La Mesa de Contratación está integrada por:
13.2.- A las reuniones de la Mesa podrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto.
13.3.- Todos los miembros de la Mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del Secretario que sólo tendrá voz.
13.4.- Para la válida constitución de la Mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros, y, en todo caso, su Presidente, el Secretario y los dos vocales
14.1.- La apertura de las proposiciones se realizará, concluido el plazo de presentación de ofertas, en el día, hora y lugar señalado en la convocatoria realizada y publicada con la debida antelación en el perfil del contratante del Órgano de Contratación (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx), y en el tablón de anuncios, conforme al siguiente procedimiento: La Mesa de Contratación, en sesión pública, procederá a la apertura del sobre nº 1, que contiene la proposición económica y técnica para la licitación, mediante procedimiento abierto, tramitación ordinaria, de acuerdo aquellos licitadores que hayan presentado la declaración responsable prevista en la cláusula 12.1, párrafo primero. La apertura comenzará con la lectura del anuncio de licitación, procediéndose seguidamente al recuento de las proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuren en el certificado de plicas expedido por el titular de la Vicesecretaría, dándose conocimiento a los asistentes del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, teniendo éstos ocasión para que puedan comprobar que los sobres que contienen las proposiciones se encuentran en la Mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados. Seguidamente, se procederá a la comprobación de la declaración responsable referida al cumplimiento de las condiciones para contratar (Anexo II), y en caso de que se observasen defectos materiales en la misma, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. No obstante, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, o el requerimiento no fuese atendido, dicho licitador no será admitido a la licitación. Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de Contratación, podrá recabar de los licitadores las aclaraciones que estime oportunas sobre los documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales. En ningún caso, la Mesa podrá hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados por los licitadores durante el plazo de presentación de ofertas, o en el de corrección o subsanación de defectos u omisiones. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto máximo de licitación establecido en la cláusula 5 del presente pliego, variara sustancialmente el punto 10 modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la Disposición Adicional Segunda proposición, o existiese reconocimiento por parte del Texto Refundido licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, la Mesa propondrá motivadamente su rechazo al órgano de contratación. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no altere su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de proposición. La Mesa se pronunciará sobre las empresas admitidas a la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario olicitación y, en su caso, sobre las excluidas, siendo archivadas en su expediente todas las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas.
14.2.- Concluida la apertura de las proposiciones, el titular del órgano Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que tenga atribuida expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la función posibilidad de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación entre contratación, en el personal funcionario xx xxxxxxx plazo máximo de dos
14.2.1.- Se considerará que las ofertas son anormales o personal laboral desproporcionadas respecto al servicio precio cuando se encuentren en alguno de los supuestos del art. 85 del RGLCAP, supuestos en los que se seguirá lo establecido en el art. 152 del TRLCSP (así como el artículo 86 del RGLCAP respecto a las proposiciones presentadas por empresas pertenecientes a un mismo grupo).
14.2.2.- En el supuesto de que las ofertas no presenten carácter anormal o desproporcionado, y así se concluya en el estudio de los servicios técnicos correspondientes, en dicho informe se determinará la Corporación, o miembros electos oferta económicamente más ventajosa para cada uno de la misma. Por lo expuesto, conforman la los lotes.
14.3.- La Mesa de Contratación contratación, tras la emisión, en su caso, de los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxinformes técnicos referidos anteriormente y cualquier otro que estime oportunos, Alcalde Presidente del Ayuntamiento elevará al órgano de Torrelagunacontratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que actuará como Presidente incluirá en todo caso la ponderación de los criterios de adjudicación del contrato indicados en la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencia.cláusula
Appears in 1 contract
Samples: Supply Agreement
MESA DE CONTRATACIÓN. La 1.- EI órgano de contratación, para la adjudicación de los contratos por procedimiento abierto, estará asistido por una Mesa de Contratación, de acuerdo designada con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembrecarácter permanente, en relación con el artículo 21.2 los términos que prevén los Arts. 295 y 296 del LCSP y los art. 21 a 24 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
2.- La Mesa de Contratación, además de calificar la documentación administrativa, admitiendo y rechazando a los licitadores en su caso, elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
3.- Según el artículo 21 del R.D. 817/2009, y la Disposición Adicional Segunda, punto 10 serán miembros de la Mesa de Contratación los designados, como titulares o, en su caso, suplentes, por el órgano de contratación en el apartado G del Cuadro Resumen del PCAP, cuya publicación en el Perfil de Contratante servirá a los efectos previstos en el artículo 21.4 del RPLCSP. En todo caso estará presidida constituida por un miembro presidente, un secretario, un mínimo de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro tres vocales, entre los cuales estará que necesariamente deberán figurar el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por La designación de los miembros de la mesa podrá hacerse con carácter permanente o de manera especifica para la adjudicación de cada contrato.
4.- Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, la comunicará verbalmente a los licitadores que se personen en la fecha, hora y lugar indicados en el anuncio de licitación, dejándose constancia en el expediente. Sin perjuicio de lo expuestoanterior, conforman las circunstancias reseñadas deberán hacerse publicas a través del Perfil de Contratante del órgano de contratación: https: //xxx.xxx-xxxxxxx.xx, concediéndose un plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente a su publicación en el Perfil de Contratante, para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación. De todo lo actuado en los dos párrafos anteriores se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
5.- Una vez calificada la documentación del SOBRE 1, y solventado, de haber existido, el tramite de subsanación de errores o aclaraciones y, en su caso, una vez se haya procedido a determinar las empresas que se ajusten a los criterios de selección referidos en el art. 11, de acuerdo con el art. 82, ambos del Reglamento General de la LCAP, se procederá al acto publico de apertura de las proposiciones admitidas, en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación. Este acto público será el de apertura del SOBRE 2 en el caso de que se hayan establecido criterios cuya valoración dependa de un juicio de valor, y se celebrará en el lugar, fecha y hora establecidos en el anuncio de Iicitación y siempre en los siete días siguientes a la apertura del SOBRE 1, con arreglo al siguiente proceso:
6.- Comenzará el acto dándose lectura al anuncio del contrato y procediéndose seguidamente al recuento de las proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuran en los certificados extendidos por los jefes de las oficinas receptoras de las mismas. Acto seguido se dará cuenta al público del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados. En caso de que surjan discrepancias se procederá conforme establece el art. 83.3 del Reglamento general de la LCAP.
7.- EI Presidente manifestará el resultado de la calificación de la documentación presentada, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas y comunicará el resultado de la calificación en los términos previstos en el art. 82 del Reglamento de la LCAP. Las proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos.
8.- Antes de la apertura de la primera proposición, se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes pero sin que en este momento pueda aquella hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones a que se refiere el artículo 81.2 del Reglamento de la LCAP.
9.- El Secretario abrirá el SOBRE “2” procediéndose por la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxa su valoración, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelagunala cual podrá pedir cuantos informes necesite para poder calificar dicha documentación, por lo que actuará como Presidente de se suspenderá la Mesa por el tiempo necesario para que la misma emita informe con la puntuación asignada a cada licitador, y una vez reanudada la Mesa, o concejal el Presidente dará lectura de las puntuaciones obtenidas por cada licitador en quien delegue aquellos criterios de valoración cuya clasificación dependa de un juicio de valor.
10.- A continuación, se invitará a los licitadores presentes a comprobar que el SOBRE 3 que contiene la documentación para la valoración automática del resto de criterios, se encuentra en caso el mismo estado en que fueron entregados. Acto seguido se abrirán las propuestas y se dará a conocer el contenido de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx Garcíalas ofertas económicas.
11.- Si algún licitador hubiera incurrido en presunta desproporcionalidad se le requerirá para que justifique por escrito su oferta en el plazo máximo de cinco días hábiles.
12.- A continuación, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxxmediante resolución motivada, serán rechazadas por al Mesa de Contratación aquellas proposiciones que no guarden concordancia con al documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara del modelo sustancialmente establecido, o concejal comportase error manifiesto en quien delegue en caso el importe de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisadola proposición, o funcionario existiere reconocimiento por parte del licitador de que asuma sus funciones en su ausencia. adolece de error o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento inconsistencia que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciahagan inviable.
Appears in 1 contract
Samples: Suministro Mediante Renting De Un Sistema De Impresión Digital
MESA DE CONTRATACIÓN. El Órgano de Contratación estará asistido de una Mesa integrada por los miembros que establece el artículo 80 de la Ley 4/2005, de 1 xx xxxxx, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de la Rioja nº 76 de 7 xx xxxxx de 2005). La Mesa de ContrataciónContratación calificará previamente los documentos contenidos en el sobre “A” presentados por las empresas licitadoras en tiempo y forma. Los defectos o errores materiales observados por la Mesa en la documentación aportada, podrán ser subsanados por los participantes en el plazo que al efecto se señale, que no será superior a tres días hábiles. Asimismo, la Mesa de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentar en el plazo de cinco días naturales. La comunicación de subsanación se efectuará verbalmente a los interesados. En todo caso, la comunicación de subsanación se publicará en el tablón virtual de anuncios del Gobierno de La Rioja, al que se puede acceder desde la dirección de Internet xxx.xxxxxxxxxx.xx. Además, la petición de subsanación se comunicará al interesado al fax o al correo electrónico que hayan indicado en el anexo 1, siempre que fuera posible. La Mesa, una vez calificada la documentación a que se refiere el artículo 146 del TRLCSP y transcurrido el plazo concedido para la subsanación de los defectos o errores materiales, la aclaración sobre los certificados y documentos presentados o el requerimiento para la presentación de otros complementarios, determinará los licitadores que deban ser excluidos del procedimiento por no acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares, por haber incluido en el sobre de documentación administrativa cualquier documento relativo a la oferta o por cualquier otra circunstancia que impida continuar en el procedimiento. Cuando se trate de procedimientos cuya adjudicación se realice en base al único criterio del precio la Mesa procederá en acto público a la apertura de las proposiciones presentadas por los licitadores en tiempo y forma o que hubieran subsanado los defectos u omisiones señalados por ella. Una vez abiertas las proposiciones dará a conocer su contenido. Si alguna proposición no guardara concordancia entre lo ofertado en letra y en cifra, primará lo ofertado en letra. Cuando el único criterio de adjudicación del presente contrato lo constituya el precio y en tanto se desarrolle reglamentariamente el TRLCSP y con él los parámetros objetivos que se establezcan por referencia al conjunto de ofertas válidas que se hayan presentado, el carácter desproporcionado o anormal de las ofertas podrá apreciarse de acuerdo con lo establecido en los artículos 85 y 86 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos del Sector Públicode las Administraciones Públicas. Cuando la Mesa entienda que alguna de las proposiciones podría ser calificada como anormal o desproporcionada y una vez tramitado el procedimiento previsto al efecto en la Ley de Contratos y a la vista de su resultado, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, propondrá al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación su aceptación o rechazo - Adjudicación basada en varios criterios Cuando se trate de procedimientos cuya adjudicación se realice en base a varios criterios y todos ellos sean evaluables de manera automática, la Mesa procederá en acto público a la apertura de las proposiciones presentadas por los licitadores en tiempo y forma o que hubieran subsanado los defectos u omisiones señalados por ella. Una vez abiertas las proposiciones dará a conocer su contenido. Si alguna proposición no guardara concordancia entre lo ofertado en letra y en cifra, primará lo ofertado en letra. Valoradas las proposiciones en los términos establecidos en los artículos 150 y 151 del TRLCSP, la Mesa de contratación las clasificará en orden decreciente de valoración y propondrá al órgano de contratación la adjudicación a favor del licitador que hubiese presentado la proposición que contuviese la oferta económicamente más ventajosa. Cuando el personal funcionario xx xxxxxxx procedimiento de valoración se articule en varias fases, la Mesa determinará los licitadores que hayan de quedar excluidos por no superar el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. Cuando la Mesa entienda que alguna de las proposiciones podría ser calificada como anormal o personal laboral desproporcionada y una vez tramitado el procedimiento previsto al servicio efecto en el TRLCSP y a la vista de su resultado, propondrá al órgano de contratación su aceptación o rechazo. Cuando se trate de procedimientos cuya adjudicación se realice en base tanto a criterios evaluables de forma automática como a criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, la Mesa procederá en acto público a la apertura del sobre “C”, es decir, del sobre que contenga la documentación correspondiente a los criterios no cuantificables automáticamente y a continuación se entregará al órgano encargado de su valoración la documentación contenida en el mismo. Una vez que se haya valorado la documentación relativa a los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, la ponderación se dará a conocer en el acto público de apertura del resto de la Corporacióndocumentación que integre la proposición (sobre “B”). El día y la hora de celebración de este acto público se anunciará en el perfil del contratante (xxx.xxxxxxxxxx.xx). Concluido el acto público, o miembros electos en el que se dará lectura a las ofertas económicas de la misma. Por lo expuestolos licitadores admitidos, conforman la Mesa de Contratación procederá a valorar los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxdocumentos evaluables de forma automática, Alcalde Presidente a cuyo efecto podrá solicitar los informes técnicos que considere precisos. Valoradas las proposiciones en los términos establecidos en los artículos 150 y 151 del Ayuntamiento TRLCSP, la Mesa de Torrelagunacontratación las clasificará en orden decreciente de valoración y propondrá al órgano de contratación la adjudicación a favor del licitador que hubiese presentado la proposición que contuviese la oferta económicamente más ventajosa. Las puntuaciones obtenidas por los licitadores se publicarán en el perfil del contratante (xxx.xxxxxxxxxx.xx) Concluido el acto, la Mesa de contratación propondrá al órgano de contratación la adjudicación a favor del licitador que actuará hubiese presentado la proposición que contuviese la oferta económicamente más ventajosa. Cuando el procedimiento de valoración se articule en varias fases, la Mesa determinará los licitadores que hayan de quedar excluidos por no superar el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. Cuando el precio ofertado constituya uno de los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato, los límites que permitirán apreciar que la proposición no pueda cumplirse como Presidente consecuencia de ofertas desproporcionadas o anormales serán los que se indican en el Apartado 46 del cuadro, en el que además podrán establecerse otros criterios de desproporción en base a elementos de la Mesaoferta que sean cuantificables. Cuando la Mesa entienda que alguna de las proposiciones podría ser calificada como anormal o desproporcionada y una vez tramitado el procedimiento previsto al efecto en el TRLCSP y a la vista de su resultado, propondrá al órgano de contratación su aceptación o concejal rechazo. El acto de exclusión de un licitador podrá ser notificado a éste en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx Garcíael mismo acto público, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria si fuera posible por encontrarse algún representante de la mesa empresa presente en dicho acto y, en todo caso, en el perfil de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxcontratante, al que se accede a través de la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxxx.xx. En el supuesto de contratos sujetos a regulación armonizada, dicho acto será susceptible del recurso administrativo especial, tal como establece el artículo 40.2 TRLCSP; este recurso se regirá por lo establecido en los artículos 44 y siguientes de la mencionada Ley. Si se tratase de contratos no sujetos a regulación armonizada, dicho acto será susceptible de recurso de alzada, de conformidad con lo previsto en el artículo 107 de la citada ley 30/1992. La notificación o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciapublicación deberán señalar quién es el órgano competente para resolver dicho recurso.
Appears in 1 contract
Samples: Suministro De Reactivo Para La Determinación Cuantitativa De Protrombina
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de ContrataciónContratación estará constituida, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de los términos establecidos en la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector PúblicoPúblico de 30 de octubre de 2007, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011los siguientes componentes: Presidente: D. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Alcalde del Ayuntamiento de 14 Maranchón. Vocales: D. Xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Concejal, Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Concejala, D. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx, Secretario-Interventor del Ayuntamiento, Secretaria: Xx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, funcionaria xx xxxxxxx del Ayuntamiento de noviembreMaranchón. Para la válida constitución de la Mesa deberán asistir al menos tres de sus miembros y, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su todo caso, el titular Presidente, la Secretaria y el Vocal Secretario-Interventor. Los acuerdos de la Mesa requerirán mayoría simple de los asistentes. En caso de empate, se decidirá por voto de calidad del órgano Presidente. La apertura del sobre “A)”se efectuará el día hábil siguiente a aquel en que tenga atribuida finalice el plazo de presentación de las proposiciones, a las doce horas. Calificada la función documentación administrativa, podrá otorgarse plazo para la subsanación de asesoramiento jurídicoerrores en la documentación por plazo no superior a tres días. La apertura del sobre B), así como aquellos otros que se designen por realizará en acto público, se realizará el cuarto día hábil siguiente al de la finalización del plazo de presentación de ofertas, a las doce horas. No obstante, si no existieran errores subsanables en la documentación administrativa presentada, se procederá a la apertura del sobre B), en acto público, inmediatamente después del acto de calificación de la documentación administrativa Si alguno de dichos días fuera sábado o festivo, la apertura se realizará el primer día hábil siguiente. La Mesa de contratación, a la vista de las ofertas presentadas y los criterios de valoración establecidos, propondrá motivadamente al órgano de contratación la adjudicación del contrato a favor de un licitante, estableciendo un orden de puntuación. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante cuando el órgano de contratación entre no adjudique el personal funcionario contrato de acuerdo con la propuesta formulada o declare el concurso desierto deberá motivar su decisión. La adjudicación se notificará a los interesados en el expediente y se publicará en el Tablón de Anuncios y perfil de contratante del órgano de contratación. El contrato deberá formalizarse en documento administrativo dentro del plazo xx xxxxxxx o personal laboral xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente al servicio de la Corporación, o miembros electos notificación de la mismaadjudicación. Por lo expuestoNo obstante, conforman la Mesa el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de Contratación su cargo los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciacorrespondientes gastos.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Arrendamiento
MESA DE CONTRATACIÓN. 15.1.- La composición de la Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 contratación será la siguiente:
15.2.- La constitución de la Disposición Adicional Segunda Mesa tendrá lugar en las dependencias xxx Xxxxxxx Insular, dentro del Texto Refundido plazo xx XXXX (10) DÍAS a contar a partir del día siguiente al de la Ley vencimiento del plazo de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, presentación de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario proposiciones o, en su caso, al establecido para recibir las presentadas en las oficinas de correo.
15.3.- Concluido el titular plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación, una vez constituida, procederá a la calificación de la documentación general contenida en los Sobres nº 1 presentados por los licitadores, y si observare defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane bajo apercibimiento de exclusión definitiva del órgano licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación.
15.4.- Al margen de la subsanación a que tenga atribuida se refiere el párrafo anterior, la función Mesa de asesoramiento jurídicocontratación podrá recabar de los licitadores las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como aquellos requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones.
15.5.- La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación de los sobres nº 1, realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se designen hubiere conferido al efecto, realizará en acto público, que se celebrará en el día, lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos, con arreglo al siguiente procedimiento:
15.5.1.- En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones.
15.5.2.- A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. A tal efecto, se procederá a efectuar la valoración de las ofertas recogidas en los indicados sobres de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en la cláusula 13.
15.5.3.- Si la Mesa de Contratación identificara que, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 152 del T.R.L.C.S.P., una oferta puede ser considerada anormalmente baja solo podrá excluirla del procedimiento previa tramitación del correspondiente procedimiento al que se dará audiencia a la empresa licitadora que la haya presentado.
15.5.4.- A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de reunión de la Mesa.
15.6.- La Mesa de Contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación propuesta de adjudicación. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de no acuerde la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaadjudicación.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Transportation Services
MESA DE CONTRATACIÓN. La 24.1.- Régimen jurídico.- El régimen jurídico de la Mesa de Contratacióncontratación será, al tratarse de un órgano colegiado, el establecido en los artículos 22 a 27 del LRJPAC y los artículos 320 del TRLCSP y 21 del RPLCSP en cuanto normativa específica.
24.2.- Designación de los miembros de la mesa de contratación.- De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda, apartado décimo y en el artículo 320 TRLCSP, así como en lo dispuesto en el artículo 21, apartado 4º, del RPLCSP y por distintos acuerdos de la Junta de Gobierno Local Secretaria/o: Jefa de Sección del Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Albacete. AYUNTAMIENTO DE ALBACETE
24.3.- Suscripción de las Actas y visado.- Las actas de la mesa de contratación las redactará el Secretario de la mesa, quien las deberá firmar, junto con el visado de la Presidenta/ e de la mesa.
24.4.- Examen de las proposiciones, propuesta de clasificación de ofertas, requerimiento y, en su caso, adjudicación del contrato. AYUNTAMIENTO DE ALBACETE AYUNTAMIENTO DE ALBACETE
1.- Estudio de la existencia o no de ofertas incursas en bajas anormales o desproporcionadas.
2.- Si existen ofertas incursas en bajas anormales o desproporcionadas, en el informe técnico de valoración no se ha de realizar la asignación de puntos correspondientes, sino que se ha de expresar únicamente esa circunstancia, es decir, la existencia de bajas anormales y justificando de manera motivada dicha incidencia.
3.- Con posterioridad, la mesa de contratación dará trámite de audiencia a todos los licitadores, cuyas ofertas presenten valores anormales o desproporcionados a los efectos de que justifiquen sus ofertas.
4.- Cumplido el trámite de audiencia se remitirá el expediente al Servicio Promotor, a los efectos de que motivadamente informe si entiende viable dichas ofertas, en cuyo caso, las incluirá en la asignación correspondiente de puntos o, en caso contrario, si han de ser excluidas por no haber estimado la justificación sobre su viabilidad y, en este último supuesto, no las tendrá en consideración a los efectos de la asignación de los puntos.
5.- Como es lógico, en el supuesto de que no haya ofertas incursas en bajas anormales o desproporcionadas, en un inicio, en el informe técnico de valoración se ha de indicar este extremo y se ha de proceder en el mismo a la asignación de los puntos que le corresponden a las ofertas admitidas al procedimiento de adjudicación del contrato, según la aplicación de las fórmulas contenidas en el pliego rector del mismo. Si no se aplica el régimen de las bajas anormales o desproporcionadas, se remitirá el expediente al Servicio Promotor del contrato, a los efectos de que realice el informe técnico de valoración, con la asignación de los puntos correspondientes a los licitadores admitidos en el procedimiento de adjudicación del contrato y la consiguiente propuesta de clasificación de ofertas. 35 Sello de tiempo: FECHA Y HORA LOCAL 11/03/2016 9:01:30 FECHA Y HORA UTC 11/03/2016 8:01:30 Una vez asignados puntos a las diversas candidaturas, se convocará la mesa de contratación para que efectúe propuesta de clasificación de ofertas, requerimiento y, en su caso, adjudicación al órgano de contratación. Esta reunión de la mesa de contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 artículo 87 del RGLCAP tendrá carácter público y su convocatoria, con respecto a los candidatos seleccionados para la adjudicación del contrato, se anunciará en el perfil de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Públicocontratante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, licitaciones en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario ocurso, en su casoexpediente correspondiente, en el titular del órgano que tenga atribuida la función apartado de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciadocumentación ( xxx.xxxxxxxx.xx).
Appears in 1 contract
Samples: Servicio De Mantenimiento
MESA DE CONTRATACIÓN. 16.1. De conformidad al artículo 326 de la LCSP, la mesa de contratación es el órgano competente para calificar la documentación presentada los licitadores en el archivo electrónico uno, y en su caso, acordar la exclusión de los licitadores que no acrediten el cumplimiento de los requisitos previos; valorar las proposiciones de los licitadores; proponer la calificación de una oferta anormalmente baja, y elevar al órgano de contratación la propuesta de adjudicación que corresponda
16.2. La mesa de contratación estará integrada por Un Presidente, al menos dos Vocales y un Secretario.
16.3. La mesa de contratación podrá solicitar, previa autorización del órgano de contratación, el asesoramiento del personal técnico o personas expertas independientes, con conocimientos acreditadas en las materias relacionadas con el objeto del contrato Cód. Validación: 3JW9CXRT4MYFFTE3Q9FLAL623 Verificación: xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 30
17.1. Finalizado el plazo de presentación de ofertas, se constituirá electrónicamente la Mesa de Contratación, para la apertura del archivo electrónico uno, de acuerdo con lo establecido aquellos licitadores cuyas proposiciones hayan sido presentada en tiempo y forma.
17.2. La Mesa procederá a examinar la documentación administrativa previa, y en caso de advertirse defectos u omisiones en la documentación presentada en la documentación administrativa que sea susceptible de subsanación se otorgará un plazo de TRES (3) DIÁS NATURALES, contar desde el punto 10 día en que se realice la comunicación, para que procedan a su subsanación a través del servicio de comunicaciones de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido Plataforma de la Ley de Contratos Contratación del Sector Público. No obstante, aprobado por si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se acordará la inadmisión del licitador.
17.3. Acto seguido, si procede, se procederá en acto público a la apertura del archivo electrónico dos, que contiene la oferta económica y criterios evaluables automáticamente, salvo que se realice a través de medios telemáticos y así lo pueda garantizar el Real Decreto Legislativo 3/2011órgano de asistencia, de 14 de noviembre, en relación con tal y como establece el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009157.4 de LCSP. No obstante, de 8 xx xxxxcon carácter previo a su apertura, estará presidida por un miembro se procederá a la lectura de la Corporación o un funcionario valoración de las proposiciones evaluables por juicio de valor de los licitadores admitidos. Concluido el acto público, si procede, la misma Mesa de Contratación llevará a cabo la valoración de las proposiciones que cumplen todos los requerimientos del presente pliego y actuará como Secretario un funcionario xxx xxxxxx de la Corporación. Formarán parte de ellaprescripciones técnicas, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oy tras solicitar, en su caso, el titular los informes que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en la cláusula 13 del órgano que tenga atribuida presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la función documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por los informes emitidos.
17.4. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación entre no dicte la resolución de adjudicación. De acuerdo con lo dispuesto en el personal funcionario xx xxxxxxx artículo 139.1 LCSP, la presentación de las proposiciones supone la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o personal laboral al servicio en las listas oficiales de operadores económicos en un Estado miembro de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaUnión Europea.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
MESA DE CONTRATACIÓN. La a) Para la calificación de la documentación presentada en el sobre B y de la valoración de las ofertas presentadas en el Sobre A, el órgano de contratación estará asistido por una Mesa de Contratación, cuyos integrantes se designan, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda apartado7 de la LCSP, y estará integrada por: Presidente: Un miembro del Consorcio, designado como tal por el Presidente del mismo. Vocales: El Interventor del Consorcio del MCA. El responsable del servicio del Museo de la Cuchillería. Dos Técnicos del servicio de Cultura no adscritos al Museo. Secretario de la Mesa: El Secretario del Consorcio del MCA. Podrá integrarse en dicha mesa cualquier otro miembro del Consorcio, en representación del FUDECU, si así lo considera conveniente La Mesa de contratación se considerará válidamente constituida si lo está por el Presidente, el Secretario, un funcionario que tenga atribuidas las funciones relativas a su control económico-presupuestario. Para la apertura y evaluación de la documentación evaluable mediante juicios de valor juicios, se creará una comisión de expertos, que posteriormente elevará informe a la mesa de contratación, integrada por: - Director/Directora de Museo. - Técnico especialista del servicio de cultura del Ayuntamiento de Albacete La composición de la Mesa se publicará en el perfil de contratante. De acuerdo con lo previsto en el artículo 159.4 de la LCSP 2017 la apertura de los sobres conteniendo la proposición se hará por el orden que proceda de conformidad con lo establecido en el punto 10 artículo 150 de la Disposición Adicional Segunda LCSP 2017 en función del Texto Refundido método aplicable para valorar los criterios de adjudicación establecidos en los pliegos. La apertura se hará por la Mesa de Contratación. Será público el acto de apertura de los sobres que contengan la parte de la oferta evaluable a través de criterios cuantificables mediante la mera aplicación de las fórmulas establecidas en este pliego. Como previa a la apertura que del sobre en el que se proponga la proposición económica. A tal efecto, en el modelo de oferta que figura como ANEXO I al pliego se contienen estos extremos. El plazo para considerar rechazada la notificación electrónica, con los efectos previstos en el artículo 41.5 de la Ley de Contratos del Sector Público39/2015, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 será xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros xxxx días naturales computados desde que se designen tenga constancia de su puesta a disposición del interesado sin que se acceda a su contenido, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso. Si del análisis detallado de las ofertas por parte del Comité de expertos, se pusiera de manifiesto que se revelan aspectos a valorar incluidos en el órgano sobre correspondiente, éste deberá ponerlo en conocimiento de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación contratación, a los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento efectos de Torrelaguna, que actuará como Presidente proceder a la exclusión de dicha proposición por no respetar el secreto de la Mesa, o concejal oferta previsto en quien delegue en caso el artículo 80.2 del Reglamento general de ausenciaContratos. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de De todo ello se levantará la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciacorrespondiente acta.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for the Drafting and Execution of a Museographic Project
MESA DE CONTRATACIÓN. La 6.1.-El órgano de contratación estará asistido por una Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido Contratación en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con los términos que prevé el artículo 21.2 320 del TRLCSP y los artículos 21 a 24 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxxxxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de octubre, estará presidida de Contratos del Sector Público. La Mesa de contratación elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación. 6.2.-Las propuestas de adjudicación que eleve la Mesa de contratación serán motivadas. Ésta podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Si el órgano de contratación no adjudica el contrato, de acuerdo con la propuesta formulada por un miembro la Mesa de contratación, deberá motivar su decisión. 6.3.-Los miembros de la Corporación o un funcionario Mesa de Contratación serán los designados en el anexo VI de este pliego. 6.4.-A los efectos de la misma y actuará como Secretario un funcionario calificación de la Corporación. Formarán parte documentación presentada, el Presidente de ellala Mesa de Contratación ordenará la apertura de los sobres que contengan la documentación del SOBRE 1, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará y el Secretario certificará la relación de documentos que figure en cada uno de ellos. La Mesa de Contratación constatará la existencia y calificará el contenido de la declaración responsable a que se refiere el artículo 146.4 del TRLCSP. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los licitadores, dejándose constancia en el expediente, concediéndose un plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente a su comunicación, para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la Mesa de Contratación. Las correcciones o subsanaciones no serán admitidas si mediante ellas no se hace referencia a la situación del licitador en el momento anterior a la conclusión del plazo de presentación de licitaciones. De todo lo actuado en los párrafos anteriores se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse. En todo caso, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, el órgano de contratación o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida presidente de la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano Mesa de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio podrá requerir, en cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación, a los licitadores para que aporten la Corporacióndocumentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. En este último caso, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará individualmente a los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxlicitadores a los que se hubiera requerido, Alcalde Presidente dejándose constancia en el expediente, concediéndose igualmente el plazo de subsanación con los requisitos y efectos señalados en los párrafos anteriores. De todo lo actuado en los párrafos anteriores se dejará constancia en el expediente. 6.5.-En ambos casos, una vez calificada la documentación del Ayuntamiento Sobre 1 y solventado, en su caso el trámite de Torrelaguna, que actuará como Presidente subsanación o aclaración de la Mesadocumentación en él aportada, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará así como secretaria la determinación de la mesa correspondiente admisión/exclusión de licitadores, se procederá a la apertura y primer análisis de las ofertas contenidas en el Sobre 2. Analizadas las primeras ofertas la Mesa dará traslado a todos los licitadores de su resultado a fin de que puedan mejorarlas, si así lo estiman oportuno, en el plazo máximo improrrogable de 3 días hábiles. Dentro de dicho plazo los licitadores deberán concretar su nueva propuesta, presentado nuevo sobre con proposición económica en la misma forma que se presentó inicialmente. Las comunicaciones del Consorcio a los licitadores para tales trámites se efectuarán a través del correo electrónico o del fax que el licitador haya facilitado, debiendo dejarse constancia de las mismas en el expediente administrativo mediante testimonio físico u acta levantada al efecto. Finalizado el plazo concedido y definidas las posiciones finales de los licitadores, la Mesa de Contratación procederá al análisis y valoración de las ofertas económicas definitivas, proponiendo al órgano de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario la adjudicación en favor de la empresa que asuma sus funciones haya formulado la oferta económicamente más ventajosa. 6.6.-La negociación se realizará bajos los principios de igualdad de trato y no discriminación. De todo lo actuado en caso de ausencialos apartados anteriores se dejará constancia en el expediente.
Appears in 1 contract
Samples: Suministro De Entradas
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, contratación estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario un/a funcionario/a de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario el/la Secretario/a o, en su caso, el el/la titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el/la Interventor/a, o, en su caso, el/la titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros otros/as que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por Los miembros electos no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de esta. Actuará como Secretario/a un/a funcionario/a de la Corporación. Tampoco podrá formar parte de las Mesas de contratación el personal que haya participado en la redacción de la documentación técnica del contrato de que se trate, salvo en los supuestos a que se refiere la disposición adicional segunda de la LCSP 2017. La composición de la Mesa se publicará en el perfil de contratante. La Mesa calificará la declaración responsable que se incluirá en la solicitud de participación y el resto de la documentación. Si aprecia defectos subsanables, dará un plazo de tres días al/a la empresario/a para que los corrija. De no se subsanar en plazo lo expuestorequerido, conforman el órgano o la mesa de contratación entenderá que el/la licitador/a desiste de su oferta. Las actas de la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento contratación de Torrelagunaselección de candidatos/as se publicarán en el perfil de contratante, que actuará como Presidente tablón de anuncios, sin perjuicio de la necesaria comunicación o notificación, según xxxxxxx, a los/las licitadores/as afectados. El acto de exclusión de un/a licitador/a podrá ser notificado/a a éste en el acto público que celebre la Mesa, o concejal en quien delegue en caso si fuera posible por encontrarse algún representante de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx Garcíala empresa y, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxdefecto, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones con arreglo a los restantes procedimientos establecidos en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria los artículos 40 y siguientes de la mesa Ley 39/2015, de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. De conformidad con la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP 2017, las notificaciones se podrán realizar mediante dirección electrónica habilitada o funcionario mediante comparecencia electrónica. Los plazos a contar desde la notificación se computarán desde la fecha de envío de la misma o del aviso de notificación, si fuera mediante comparecencia electrónica, siempre que asuma sus funciones el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del órgano de contratación. En caso contrario los plazos se computarán desde la recepción de ausenciala notificación por el/la interesado/a. El plazo para considerar rechazada la notificación electrónica, con los efectos previstos en el artículo 41.5 de la Ley 39/2015, será xx xxxx días naturales computados desde que se tenga constancia de su puesta a disposición del/de la interesado/a sin que se acceda a su contenido, salvo que de oficio o a instancia del/de la destinatario/a se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Suministro
MESA DE CONTRATACIÓN. 6.1. El órgano de contratación, para la adjudicación de los contratos por procedimiento abierto, restringido o negociado con publicidad, estará asistido por una Mesa de contratación en los términos que prevén los arts. 295 y 296 del LCSP, art. 21 del Real Decreto 817/2009 y art. 253 de los Estatutos de la Universidad de Extremadura. En el procedimiento negociado sin publicidad, la constitución de la Mesa será potestativa para el órgano de contratación. La Mesa de Contratacióncontratación, además de calificar la documentación administrativa, admitiendo y rechazando a los licitadores en su caso, elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
6.2. Las propuestas de adjudicación que eleve la Mesa de contratación serán motivadas. La Mesa además podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Si el órgano de contratación no adjudica el contrato, de acuerdo con lo establecido la propuesta formulada por la Mesa de contratación, deberá motivar su decisión.
6.3. La Mesa examinará y calificará la documentación contenida en el punto 10 sobre 1, acordando la admisión de los licitadores cuya documentación reúna todos los requisitos exigidos y la Disposición Adicional Segunda exclusión de los restantes. No obstante, podrá conceder un plazo de subsanación no superior a tres días hábiles, exclusivamente para la corrección de errores o defectos materiales y subsanables, con apercibimiento de exclusión definitiva del Texto Refundido de licitador que en dicho plazo no realizase la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembresubsanación.
6.4. Posteriormente, en relación con el base al artículo 21.2 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de desarrollo parcial de la Corporación o LCSP, la Mesa, en acto público y en un funcionario plazo no superior a siete días a contar desde la apertura del sobre “1”, dará cuenta del resultado de la misma y actuará como Secretario un funcionario calificación de la Corporacióndocumentación general presentada por los licitadores en el sobre 1, indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión e invitando a los asistentes a formular observaciones que se recogerán en el acta. Formarán parte A continuación se procederá a la apertura del sobre “2” de ellaaquellas empresas que continúen en el proceso de selección. Cualquier información adicional interesada por los licitadores respecto a la citada documentación técnica deberá ser solicitada por escrito a la Mesa de Contratación, a cuyos efectos se le emplazará a la oportuna audiencia con reserva de los datos que debieran ser objeto de protección conforme al menos cuatro vocalesartículo 124 de la LCSP.
6.5. La Mesa de Contratación podrá, entre si así lo estima pertinente, remitir, en su caso, a una Comisión Técnica la documentación del sobre nº 2, a fin de que por ésta se realice el estudio de la documentación presentada por los cuales estará licitadores admitidos y proceda a la valoración y evaluación de las mismas conforme a los criterios establecidos en el Secretario Cuadro Resumen.
6.6. Una vez realizado el estudio de las distintas ofertas por la Mesa de Contratación o, en su caso, por la Comisión Técnica, se elaborará un informe en el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen expresará la valoración y evaluación obtenida por los licitadores en cada uno de los criterios que se establecen en el Cuadro Resumen y en el apartado final xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas por orden decreciente.
6.7. Por el Secretario de la Mesa de Contratación, en el día y hora señalado, se realizara la apertura del sobre número “3” (criterios de adjudicación evaluables automáticamente) y de las proposiciones económicas formuladas (por el órgano importe detallado en el Anexo 2). Antes de contratación entre proceder a la apertura pública de este sobre, se dará conocimiento sobre la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor.
6.8. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto del contrato, variara sustancialmente el personal funcionario xx xxxxxxx modelo establecido o personal laboral al servicio comportase error manifiesto en el importe de la Corporaciónproposición, o miembros electos existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la mismahagan inviable, podrá ser desechada por la Mesa de Contratación. Por lo expuestoLeídas todas las proposiciones y dada cuenta en acta, conforman se procederá a levantar la sesión de carácter público, procediéndose por parte de la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxa realizar las valoraciones y deliberaciones que permitan, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxcaso, técnico del Ayuntamiento formular la propuesta de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento adjudicación provisional al Órgano de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaContratación.
Appears in 1 contract
Samples: Contratos De Suministros
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 apartado 10º de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxxTRLCSP, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por lo expuestoActuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Concretamente, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembroscontratación: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento - El Concejal de TorrelagunaContratación, que actuará como Presidente de la Mesa. - El Concejal de Servicios, o concejal Área supervisora del contrato. - Un Concejal de la oposición, designado por la Junta de Gobierno Local. - El Secretario de la Corporación. - La Interventora de la Corporación. - El ITI, responsable del contrato, en quien delegue los términos establecidos en caso la cláusula Vigesimotercera del presente Pliego. - La Directora del Área de ausenciaTerritorio, Vocal. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García- El Técnico de Administración General responsable de la Contratación Administrativa, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso que actuará como Secretaria de ausenciala Mesa. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico De acuerdo con el artículo 21.4 del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria Real Decreto 817/2009 la composición de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxse publicará en el perfil del contratante con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar la misma para la calificación de la documentación administrativa referida en el artículo 146.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, o funcionario de 14 de noviembre, por el que asuma sus funciones en caso se aprueba el Texto Refundido de ausenciala Ley de Contratos del Sector Público.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo De conformidad con lo establecido dispuesto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 295 LCSP y 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxxxxxx por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, estará presidida por un miembro se constituirá una mesa de contratación que asistirá al órgano de contratación y será el órgano competente para la valoración de las ofertas. Estará integrada del modo siguiente: Miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, como Presidente. Un técnico del Área de Política Fiscal y actuará Financiera como Secretario un funcionario secretario de la CorporaciónMesa. Formarán parte de ella, al Al menos cuatro vocales, entre los cuales estará que deberá figurar obligatoriamente un funcionario de los que tenga encomendado el Secretario asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un Interventor o, a falta de cualquiera de estos, quien tenga atribuida las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico o al control económico- presupuestario del órgano. Su composición se publicará en su el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente, con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que se deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 130.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre. Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del secretario que sólo tendrá voz. Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros, y, en todo caso, el titular Presidente, el Secretario y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico- presupuestario del órgano órgano. El menor coste del servicio, calculado conforme a lo regulado en la base 30 del presente Pliego, se valorará hasta un máximo de 35 puntos.(Modelo de proposición en la base 34) Se considerará que tenga atribuida la función oferta presentada contiene valores anormales o desproporcionados cuando el coste del servicio ofertado fuese inferior al 80% del valor medio obtenido para todos los licitadores admitidos. Mayor número de asesoramiento jurídicoviajeros mínimos comprometidos durante el plazo concesional por cada licitador (Vc), así como aquellos otros y se valorarán con un máximo de 15 puntos, El número mínimo de viajeros que se designen podrá ofertar por Vc será de Se considerará que la oferta presentada contiene valores anormales o desproporcionados cuando el órgano mayor número de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral viajeros mínimos ofertados sea superior al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación 80% del valor medio obtenido para todos los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencialicitadores admitidos.
Appears in 1 contract
Samples: Concesión De Servicio Público
MESA DE CONTRATACIÓN. A la Mesa Única de Contratación del Ministerio de Economía y Hacienda, con la composición establecida por la Orden de HAC/611/2002, de 7 xx xxxxx de 2002 (B.O.E. nº 69 de 21 xx xxxxx), previamente a la apertura de los sobre B y C Ofertas económicas y técnicas examinará y calificará formalmente la documentación contenida en el sobre A, presentados por los licitadores en tiempo y forma. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación, en acto público, procederá a dar cuenta del resultado de la Disposición Adicional Segunda calificación documental del Texto Refundido sobre A y se dará lectura a las proposiciones admitidas y de las empresas excluidas y la Ley causa de Contratos del Sector Públicosu exclusión, aprobado por concediéndose al oferante o su representante la posibilidad de hacer en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oacto aclaraciones pertinentes que, en su caso, el titular permitan a la Mesa volver de su decisión de admisión, sin perjuicio de los tres días que, conforme al artículo 81 del órgano que tenga atribuida Reglamento de L.C.A.P., puede la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que Mesa conceder para la correspondiente subsanación. Acto seguido se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la mismadará lectura a las proposiciones económicas. Por lo expuesto, conforman A la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento corresponderá la elevación al Órgano de Torrelaguna, que actuará como Presidente Contratación de la Mesapropuesta de adjudicación del contrato para lo cual recabará previamente de los facultativos designados por la Dirección General del Patrimonio del Estado (Subdirección General de Coordinación de Edificaciones Administrativas) cuantos asesoramientos o informes especializados considere oportunos para la mejor valoración de las ofertas. Dicha proposición se hará a la oferta que, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones valorada en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxconjunto, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria se considere más conveniente para los intereses de la mesa Administración tomando en consideración los aspectos económicos y técnicos que van a ser objeto de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxnegociación con las empresas y que han quedado reflejados en la cláusula anterior. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto frente a la Administración, o funcionario mientras no se le haya adjudicado el contrato por acuerdo del Órgano de Contratación. El Órgano de Contratación notificará la resolución de la adjudicación definitiva del contrato tanto al adjudicatario como a los demás participantes en la licitación, y se comunicará al Registro Público de contratos al que asuma sus funciones en caso se refiere el artículo 118 del T.R.L.C.A.P. La adjudicación perfeccionará el contrato de ausenciaobras.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Construction Works
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, febrero de 8 xx xxxx2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembrosformada por: Xxxxx • Xxxxxxx XxxxXxxxxx Xxxxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. • Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx GuisadoXxxxxxxxx Xxxx Febles Jaubert, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xx. Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa Mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencia.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, contratación que estará integrada por: o El limo. Sr. Alcalde-Presidente o Concejal en quien delegue o La Concejal Delegado de acuerdo con lo establecido en Urbanismo o quien legalmente le sustituya o El Arquitecto Municipal Jefe del Servicio o técnico que le sustituya o Arquitecto municipal designado por el punto 10 jefe de su servicio o El Secretario General de la Disposición Adicional Segunda Corporación, o funcionario que legalmente lo sustituya . o El Interventor Municipal o quien legalmente le sustituya. o Actuando como secretario un funcionario de Secretaria General . La mesa de contratación se reunirá el día siguiente a la finalización del Texto Refundido plazo para la presentación de ofertas y procederán ala calificación de la documentación administrativa incluida las mismas. A tal efecto, el Presidente ordenará su apertura y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observara defectos materiales en la documentación presentada podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error. La Mesa, una vez calificada la documentación a que se refiere el artículo 79.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario osubsanados, en su caso, el titular los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a emitir pronunciamiento expreso sobre los empresarios admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. A los efectos establecidos en los artículos 15 a 20 del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídicoTRLCAP, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman y la Mesa de Contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxcertificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, Alcalde Presidente lo que deberá cumplimentar en el plazo de cinco días sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 83.6 del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaRGLCAP.
Appears in 1 contract
Samples: Consulting Agreement
MESA DE CONTRATACIÓN. 9.1. La composición de la Mesa de Contratación se publicará en el perfil de contratante con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación del sobre nº 2. (Art. 21.4 del R.D. 817/2009). La Mesa de Contratación examinará y calificará, previamente al acto público de la apertura de los sobres nº 3, la validez formal de las documentaciones de carácter general acreditativas de la personalidad jurídica, capacidad de obrar, apoderamiento y solvencia económica financiera, técnica y profesional de los licitadores y demás requisitos que se deben incluir en el sobre nº 2, así como la garantía provisional, cuando proceda. (Art. 22.1.a) del R.D. 817/2009). Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones. Además, determinará los licitadores que deban ser excluidos del procedimiento por no acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares. (Art. 22.1.b) del R.D. 817/2009.
9.2. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 lugar, día y hora señalados en el perfil de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembrecontratante, en relación con el artículo 21.2 acto público, procederá a la apertura del Real Decreto sobre nº 3. (Art. 27 del R.D. 817/2009, ).
9.3. La Mesa de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oContratación, en su casoel lugar, día y hora señalados en el titular anuncio de licitación del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídicoBoletín Oficial correspondiente, en acto público dará a conocer las proposiciones admitidas, así como aquellos otros que como, la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor y a continuación, procederá a la apertura del sobre nº 1 y se designen por el órgano dará lectura de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencialas proposiciones admitidas.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Maintenance Services
MESA DE CONTRATACIÓN. La A los efectos del contrato y para la elevación de la correspondiente propuesta de adjudicación a la Mesa-Comisión de Gobierno del Parlamento de Cantabria se constituirá la Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda Contratación (Artículo 320 del Texto Refundido refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 Público y artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009decreto 81/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007) La Mesa de Contratación estará presidida por el Letrado Secretario General del Parlamento de Cantabria y estará integrada por el Letrado Director de Gestión Parlamentaria, la Interventora, el Jefe de Servicio de Régimen Interno, y un miembro Secretario que será la Jefe de Servicio de Administración, Personal y Asuntos Generales. La Mesa de contratación será el Órgano encargado de valorar en primera instancia y negociar, si lo considera necesario, en los términos previstos en el artículo 178 del texto refundido y en función de los criterios especificados en la Corporación o un funcionario cláusula quinta de este pliego, la misma documentación y actuará como Secretario un funcionario ofertas presentados por los licitadores invitados y admitidos, dejando constancia de todo lo actuado en las actas correspondientes. Una vez concluida la Corporación. Formarán parte valoración de ellalas ofertas, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, y la negociación en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de elevará a la Mesa-Comisión de Gobierno del Parlamento de Cantabria la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, junto con las actas de las reuniones, las invitaciones cursadas, ofertas recibidas y razones para su aceptación o concejal rechazo. La Mesa-Comisión de Gobierno del Parlamento de Cantabria efectuará la adjudicación del contrato de conformidad con lo dispuesto en quien delegue el artículo 151 del TRLCSP. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en caso el perfil de ausenciacontratante. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso La notificación se hará por cualquiera de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario los medios que asuma sus funciones en permiten dejar constancia de su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciarecepción por el destinatario.
Appears in 1 contract
Samples: Service Contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación12 12. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN, Y APERTURA DE PROPOSICIONES 13 13. ADJUDICACIÓN Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN 17 14. GARANTÍA DEFINITIVA 19
14.1 El licitador propuesto como adjudicatario deberá acreditar la constitución de la Disposición Adicional Segunda garantía definitiva del Texto Refundido 5% del importe del lote para el que fuera adjudicatario, excluidos impuestos indirectos, tal como indica el artículo 107 de la Ley de Contratos LCSP 19 Esta garantía responderá del Sector Público, aprobado cumplimiento íntegro por el Real Decreto Legislativo 3/2011, contratista de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 las obligaciones derivadas del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídicocontrato, así como aquellos otros de las penalidades e indemnizaciones que por incumplimiento se designen por el pudieran ocasionar 20 La garantía definitiva se consignará a disposición del órgano de contratación entre y podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio artículo 108 de la CorporaciónLCSP. No obstante, o miembros electos el licitador propuesto como adjudicatario puede solicitar que la constitución de la misma. Por lo expuestogarantía definitiva se efectúe mediante retención sobre el abono de las primeras facturas correspondientes a la prestación de los servicios o actividades objeto del contrato, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxen el importe que se negocie en el contrato, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará tal como Presidente establece el artículo 108.2 de la MesaLCSP. A tal efecto, o concejal deberá presentar documento debidamente suscrito mediante el cual autoriza a la CÁMARA para la constitución de garantía mediante retención de parte del precio, siguiendo el modelo incluido en quien delegue en caso de ausenciacomo ANEXO II del presente pliego 20 15. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx GarcíaFORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 20 16. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 20 17. OBLIGACIONES LABORALES, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausenciaSOCIALES Y DE TRANSPARENCIA 24 C.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO 24 18. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencia.ABONOS AL CONTRATISTA 24
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
MESA DE CONTRATACIÓN. 10.1. Para la adjudicación de los contratos el órgano de contratación estará asistido de una Mesa constituida por un Presidente, un mínimo de cuatro vocales y un Secretario, designados por el órgano de contratación, el último entre funcionarios del propio órgano de contratación o en su defecto, entre el personal a su servicio. Entre los vocales deberán figurar necesariamente un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un Interventor.
10.2. La Mesa de Contratacióncontratación examinará, en el mismo acto, los documentos contenidos en los sobres A y B para comprobar si contienen todo lo exigido por este Pliego y para calificar la validez formal de los contenidos en el sobre A por si existieran omisiones determinantes de la exclusión prevista en la cláusula 9.1. Si en la documentación presentada en el sobre A se observasen defectos u omisiones subsanables, la Mesa lo comunicará verbalmente a los interesados sin perjuicio de hacerlos públicos a través del tablón de anuncios del INGESA, concediéndose a los licitadores afectados un plazo no superior a tres días hábiles para su corrección o subsanación ante la propia Mesa de contratación.
10.3. En el lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación, la Mesa de contratación, en acto público, procederá a dar cuenta del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores. El Presidente manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y de la causa o causas de la inadmisión de éstas últimas, notificando el resultado de la calificación de acuerdo con lo establecido en el punto 10 artículo 83.4 del RGLCAP.
10.4. Antes de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido apertura de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre primera proposición se invitará a los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano licitadores interesados a que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros manifiesten las dudas que se designen les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en ese momento pueda hacerse cargo de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento documentos que no hubieran sido entregados durante el plazo de Torrelaguna, que actuará como Presidente admisión de la Mesa, ofertas o concejal el de corrección o subsanación previsto en quien delegue en caso el apartado 10.2 de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaeste pliego.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La El Órgano de Contratación, para la adjudicación del contrato, estará asistido de una Mesa de Contratación que estará compuesta por:
a. Presidente: el Presidente de SOGAMA, S.A. o en quien este delegue.
b. Vocal 1: Director General de SOGAMA, S.A.
c. Vocal 2: Representante de la Intervención Xeral de la Xunta de Galicia, si se considera conveniente por esta última.
d. Vocal 3: Representante de la Consellería de Medio Ambiente e Ordenación do Territorio.
e. Vocal 4: Representante del Departamento económico‐financiero de SOGAMA, S.A.
f. Secretario: Representante de la Asesoría Jurídica de SOGAMA, S.A. En caso de ausencia de cualquiera de sus miembros, las personas encargadas de la designación de estos nombrarán los que deban sustituirlos. Se podrá incorporar con carácter facultativo a la Mesa de Contratación, personal técnico especializado para valorar aquellos criterios cuya cuantificación dependa de acuerdo con un juicio de valor y no sean evaluables de manera automática. En cuanto al régimen de convocatoria de funcionamiento de la Mesa de Contratación se estará a lo establecido dispuesto en el punto 10 Reglamento de desarrollo parcial de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, LCSP aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto RD 817/2009, de 8 xx xxxxxxxx y en la Ley 40/2015, estará presidida por un miembro de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público y del Procedimiento Administrativo Común respecto a los órganos colegiados. En los casos en los que para la Corporación o un funcionario valoración de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, las proposiciones deban ser tenidos en cuenta criterios distintos al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su casoprecio, el titular del órgano competente podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos. Asimismo, podrán solicitarse estos informes cuando sea necesario verificar que tenga atribuida la función las ofertas cumplen con el Pliego de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaPrescripciones técnicas.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la LCSP y en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxxLCSP, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por lo expuestoLos miembros electos que, conforman en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, - El Alcalde – Presidente del Ayuntamiento de TorrelagunaValderredible, o persona en quién delegue que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria - La Trabajadora social de la mesa U.B.A.S de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxzona, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaactuará como vocal. - La Secretaria – Interventora del Ayuntamiento, que actuará como vocal - Un auxiliar administrativo que actuará como Secretario.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. 7.1.- El órgano de contratación, para la adjudicación de los contratos estará asistido de una mesa de contratación en los términos que prevén los artículos 157 y 326 de la LCSP 9/17 y los artículos 21 y 22 del RPLCSP. La Mesa de Contratacióncontratación, además de calificar la documentación administrativa sobre la admisión o exclusión de los licitadores, elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
7.2.- Las propuestas de adjudicación que eleve la Mesa de contratación serán motivadas. La Mesa además, podrá solicitar antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Si el órgano de contratación no adjudica el contrato, de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de contratación, deberá motivar su decisión.
7.3.- Serán miembros de la Mesa de contratación los designados como titulares, o en su caso, suplentes, por el órgano de contratación en el apartado J del CRC que acompaña a este Pliego, cuya publicación en el Perfil de contratante servirá a los efectos previstos en el artículo 21.4 del RPLCSP. En todo caso estará constituida por un Presidente, un Secretario y un mínimo de cuatro de vocales, entre los que necesariamente deberán figurar un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un Interventor. La designación de los miembros de la Mesa podrá hacerse con carácter permanente o de manera específica para la adjudicación de cada contrato. En ningún caso podrá formar parte de la Mesa de contratación el personal que haya participado en la redacción de la documentación técnica del contrato de que se trate. Las actas de la Mesa de contratación deberán recoger la declaración o manifestación, por parte de todos los miembros de la misma, de que no concurre ningún conflicto de interés que pueda comprometer su imparcialidad e independencia durante el procedimiento, en cumplimiento de lo establecido en el punto 10 artículo 64 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido LCSP 9/17.
7.4.- A los efectos de la Ley calificación de Contratos la documentación presentada, constituida previamente la Mesa de contratación, el Presidente ordenará el desencriptado del Sector PúblicoSobre-Archivo 1, aprobado y el Secretario certificará la relación de documentos que figure en cada uno de ellos. La Mesa de contratación constatará la existencia y calificará el contenido de la declaración responsable que se ajustara al formulario de documento europeo único de contratación a que se refieren los artículos 140 y 141 de la LCSP 9/17, así como el contenido de los documentos no sustituidos por aquella. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados por medio de la PLCSP, concediéndose un plazo de tres días, desde el Real Decreto Legislativo 3/2011envío de la notificación al interesado, para que los licitadores los corrijan o subsanen a través de la mencionada Plataforma mediante comparecencia electrónica, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas deberán publicarse, el mismo día de la notificación, en el Perfil de Contratante. Las correcciones o subsanaciones no serán admitidas si mediante ellas no se hace referencia a la situación del licitador en el momento anterior a la conclusión del plazo de presentación de licitaciones. De todo lo actuado en los párrafos anteriores se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse. En todo caso, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, la Mesa de contratación podrá requerir, en cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación, a los licitadores para que aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. En este último caso, si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará individualmente a los licitadores a los que se hubiera requerido, por medio de la PLCSP, dejándose constancia en el expediente, concediéndose igualmente el plazo de subsanación con los requisitos y efectos señalados en los párrafos anteriores.
7.5.- Una vez calificada la documentación del Sobre-Archivo 1, y solventado, de 14 haber existido, el trámite de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, subsanación de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación errores o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oaclaraciones y, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros una vez se haya procedido a determinar las empresas que se designen por ajusten a los criterios de selección referidos en el órgano artículo 11, de contratación entre acuerdo con el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral artículo 82, ambos del RGLCAP, se procederá a la apertura de las proposiciones admitidas. Este acto será el de apertura del Sobre-Archivo 2 y se celebrará siempre en los siete días siguientes a la apertura del Sobre-Archivo 1, con arreglo al servicio siguiente proceso: 7.5.1.-Comenzará el acto dándose lectura al anuncio del contrato y, dado que la presentación de la Corporaciónofertas se realizará mediante sistema telemático, o miembros electos se procederá al desencriptado de la mismalos ficheros electrónicos, dejándose constancia documental de todo lo actuado. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en En caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico surjan discrepancias se procederá conforme establece el artículo 83.3 del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaRGLCAP.
Appears in 1 contract
Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuestoActuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Concretamente, conforman la Mesa de contratación: - El Concejal de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelagunay Recursos Humanos, que actuará como Presidente de la Mesa. - El Concejal de Juventud, o concejal Área supervisora del contrato. - Un Concejal de la oposición, designado por la Junta de Gobierno Local. - El Secretario de la Corporación. - La Interventora de la Corporación. - El Director de Juventud, responsable del contrato, en quien delegue los términos establecidos en caso la cláusula Vigesimotercera del presente Xxxxxx. - EL Director de ausenciaÁrea de Servicios a la Persona. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García- El Técnico de Administración General responsable de la Contratación Administrativa, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso que actuará como Secretaria de ausenciala Mesa. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico De acuerdo con el artículo 21.4 del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria Real Decreto 817/2009 la composición de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxse publicará en el perfil del contratante con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar la misma para la calificación de la documentación administrativa referida en el artículo 146.1 del Real Decreto Legislativo, o funcionario que asuma sus funciones en caso 3/2011, de ausencia14 de noviembre.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La En los procedimientos de contratación se constituirá una Mesa de ContrataciónContratación como órgano colegiado de apoyo, asistencia y asesoramiento técnico especializado del órgano de contratación, teniendo carácter potestativo en el caso de los contratos menores, de acuerdo con lo establecido los procedimientos negociados en los que no sea necesaria la publicación de anuncio de licitación (salvo cuando se fundamente en la existencia de una imperiosa urgencia prevista en el punto 10 artículo 168.b).1º de la Disposición Adicional Segunda LCSP) y de los procedimientos abiertos súper simplificados del Texto Refundido artículo 159.6 de la Ley de Contratos LCSP. En aplicación analógica del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, los miembros de la Corporación o un funcionario Mesa de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oContratación pueden ser nombrados con carácter permanente y, en su ese caso, su composición se publicará en el titular perfil de contratante del órgano que tenga atribuida de contratación. En los procedimientos cuyo órgano de contratación sea la función Presidencia del Consejo de asesoramiento jurídicoAdministración de EMPROACSA se designará mediante Resolución de esta su composición y suplentes con carácter permanente, estando integrada por el Coordinador del Servicio Provincial de Aguas, el Director-Gerente, así como aquellos otros que se designen por las Jefaturas de Área de la Sociedad, desempeñando las labores de Secretaría un técnico de la Unidad de Contratación. La composición de la Mesa de Contratación será susceptible de modificación en cualquier momento mediante Resolución de la Presidencia del Consejo de Administración. Para los procedimientos cuyo órgano de contratación sea el Consejo de Administración de EMPROACSA, los miembros de la Mesa de Contratación serán designados por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio contratación. Para la válida constitución de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxse requerirá la asistencia, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelagunapresencial o a distancia, que actuará como Presidente de la Mesamayoría absoluta de sus miembros, o concejal y, en quien delegue en todo caso, el Presidente, el Secretario/a, los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario, así como la Jefatura del Área que haya propuesto la contratación de que se trate. En ningún caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria podrá formar parte de la mesa Mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx XxxxxxxxContratación el personal que haya participado en la redacción de la documentación técnica del contrato que se trate. La Mesa de Contratación tiene las funciones que determina el artículo 326.2 de la LCSP, o funcionario así como las previstas en el artículo 22 del RD 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que asuma sus funciones en caso se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de ausencia30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Appears in 1 contract
Samples: Normas Internas De Contratación
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, contratación estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario un/a funcionario/a de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario el/la Secretario/a o, en su caso, el el/la titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el/la Interventor/a, o, en su caso, el/la titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros aquellos/as otros/as que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por Los miembros electos no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario/a un/a funcionario/a de la Corporación. Tampoco podrá formar parte de las Mesas de contratación el personal que haya participado en la redacción de la documentación técnica del contrato de que se trate, salvo en los supuestos a que se refiere la disposición adicional segunda de la LCSP 2017. La composición de la Mesa se publicará en el perfil de contratante. La Mesa calificará la declaración responsable que se incluirá en la solicitud de participación y el resto de la documentación. Si aprecia defectos subsanables, dará un plazo de tres días al/a la empresario/a para que los corrija. De no se subsanar en plazo lo expuestorequerido, conforman el órgano o la mesa de contratación entenderá que el/la licitador/a desiste de su oferta. Las actas de la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento contratación de Torrelagunaselección de candidatos/as se publicarán en el perfil de contratante, que actuará como Presidente tablón de anuncios, sin perjuicio de la necesaria comunicación o notificación, según xxxxxxx, a los/las licitadores/as afectados/as. El acto de exclusión de un/a licitador/a podrá ser notificado/a a éste/a en el acto público que celebre la Mesa, o concejal en quien delegue en caso si fuera posible por encontrarse algún representante de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx Garcíala empresa y, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxdefecto, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones con arreglo a los restantes procedimientos establecidos en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria los artículos 40 y siguientes de la mesa Ley 39/2015, de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. De conformidad con la Disposición adicional decimoquinta del de la LCSP 2017, las notificaciones se podrán realizar mediante dirección electrónica habilitada o funcionario mediante comparecencia electrónica. Los plazos a contar desde la notificación se computarán desde la fecha de envío de la misma o del aviso de notificación, si fuera mediante comparecencia electrónica, siempre que asuma sus funciones el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del órgano de contratación. En caso contrario los plazos se computarán desde la recepción de ausenciala notificación por el/la interesado/a. El plazo para considerar rechazada la notificación electrónica, con los efectos previstos en el artículo 41.5 de la Ley 39/2015, será xx xxxx días naturales computados desde que se tenga constancia de su puesta a disposición del/de la interesado/a sin que se acceda a su contenido, salvo que de oficio o a instancia del/de la destinatario/a se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Suministro
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y actuará conforme a lo previsto en el artículo 320 de la Ley 3/2011 y el Real Decreto 817/2009, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman Los miembros de la Mesa de Contratación constituida al efecto son los siguientes miembrossiguientes: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausenciaPresidente: Titular: X. Xxx Xxxxxx Fisure. Suplente: Vocales: o Titular: X. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Madariaga Suplente: Xx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o SecretarioBedialauneta Titular: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Suplente: Xx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Titular: D. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaXxxxxxx.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Obras
MESA DE CONTRATACIÓN. 16.1.- La composición de la Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 contratación será la siguiente:
16.2.- La constitución de la Disposición Adicional Segunda Mesa tendrá lugar en las dependencias xxx Xxxxxxx Insular, dentro del Texto Refundido plazo xx XXXX (10) DÍAS a contar a partir del día siguiente al de la Ley vencimiento del plazo de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, presentación de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario proposiciones o, en su caso, al establecido para recibir las presentadas en las oficinas de correo.
16.3.- Concluido el titular plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación, una vez constituida, procederá a la calificación de la documentación general contenida en los Sobres nº 1 presentados por los licitadores, y si observare defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane bajo apercibimiento de exclusión definitiva del órgano licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación.
16.4.- Al margen de la subsanación a que tenga atribuida se refiere el párrafo anterior, la función Mesa de asesoramiento jurídicocontratación podrá recabar de los licitadores las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como aquellos requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, que se designen por deberá ser cumplimentado en el órgano plazo máximo de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio cinco días naturales y siempre antes de la Corporacióndeclaración de admisión de las proposiciones.
16.5.- La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación de los sobres nº 1, realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las
16.5.1.- En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o miembros electos el de subsanación de defectos u omisiones.
16.5.2.- A continuación, el Secretario de la misma. Por lo expuesto, conforman Mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos.
16.5.3.- Realizada por la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxla evaluación del criterio a que se refiere el sobre nº 2, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelagunaseguidamente, que actuará como Presidente y si no fuera necesario efectuar una suspensión de la Mesasesión de dicha Mesa para solicitar los informes técnicos que se estime oportunos, o concejal se llevará a cabo la apertura en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico acto público del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencia.sobre nº
Appears in 1 contract
Samples: Seguro Integral
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación será la del propio Ayuntamiento de Sopuerta, y estará presidida por el Alcalde (o por el Concejal en quien delegue) e integrada por los vocales designados, así como por el Secretario municipal. La Mesa se constituirá el primer lunes hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de proposiciones, en la Casa consistorial, a las 9: 30 horas, (en caso de coincidir con festivo se celebrará al día siguiente) para proceder a abrir los sobres que contengan las proposiciones de los licitadores. Previamente, habrá abierto y examinado la documentación administrativa correspondiente a cada licitador, con tal de admitirlos en la licitación. A la vista de las proposiciones realizadas y previos los informes que se considere necesario recabar por la Mesa de Contratación, el expediente se elevará al órgano competente para la adjudicación provisional, en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato. En el plazo de acuerdo con lo establecido quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la adjudicación provisional en el punto 10 perfil de contratante, el adjudicatario provisional deberá realizar las siguientes actuaciones: Aportar la Disposición Adicional Segunda justificación acreditativa del Texto Refundido cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Ley de Contratos del Sector PúblicoSeguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011salvo que las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oasí como, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función documentación acreditativa de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros la efectiva disposición de los medios que se designen por haya comprometido a adscribir a la ejecución del contrato. Constituir la garantía definitiva y, en su caso, la garantía complementaria. La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que finalice el órgano plazo anteriormente señalado, siempre que el adjudicatario haya realizado las actuaciones indicadas. En caso de contratación entre no ser realizadas tales actuaciones, no se producirá la adjudicación definitiva a favor del adjudicatario provisional. Al amparo de lo previsto en el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio art. 139.2 de la CorporaciónLCSP, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausenciarenuncia a la celebración del contrato o desistimiento de este procedimiento, la compensación de los gastos que la licitación haya ocasionado a los licitadores será fijada por esta Administración previa audiencia y justificación de aquéllos. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx GarcíaLa Mesa decidirá proponer la adjudicación del contrato de arrendamiento a la proposición que ofrezca un precio más alto; siempre que coincida con el canon anual más elevado, primer Xxxxxxxx xx una renta mensual inicial más elevada. La propuesta será elevada al Pleno municipal, a través xxx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario para que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de adopte la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaresolución pertinente.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Arrendamiento
MESA DE CONTRATACIÓN. (art. 295 LCSP y art. 79 RG). La Mesa de contratación estará integrada por: -Un concejal designado por la Alcaldía. -El Ingeniero Técnico Municipal. -El Secretario General del Ayuntamiento. -El Interventor del Ayuntamiento. -Secretario de la Mesa de Contratación, que lo será el TAG de la Unidad de Patrimonio y Contratación del Ayuntamiento. 14.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL (arts 82 TRLCSP, y 22, 81 y 82 RG). Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres número uno presentados por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Lo anterior se hará público mediante edicto que se insertará en el tablón de edictos de la Casa Consistorial. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación. Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones. 15.-APERTURA DE PROPOSICIONES ECONÓMICAS Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN (arts 151, 160, 320 TRLCSP, y 33 RG) 15.1.-La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público la apertura de las proposiciones de los licitadores admitidos, en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, con arreglo al siguiente procedimiento: 15.1.1.-En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones. 15.1.2.-A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2, y a la lectura de las proposiciones formuladas por los licitadores. Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa concretará expresamente cual sea la proposición de precio más bajo, sobre la que formulará propuesta de adjudicación del contrato e invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el plazo máximo de dos días hábiles. PCAP Combustibles.- 9 A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa. 15.2.-Realizadas por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios a que se refiere la cláusula anterior, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, se notificará por escrito a todos los interesados la fecha y lugar en que se llevará a cabo la apertura del sobre nº3 conteniendo la oferta económica y la documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables en cifras y porcentajes. 15.2.1.-Constituida la Mesa de contratación en la fecha señalada, e iniciado el acto público, el Presidente dará cuenta del resultado de la evaluación relativa a las proposiciones contenidas en el sobre nº2, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta. 15.2.2.-A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres nº 3 de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica y a la relación de los documentos aportados respecto a los restantes criterios de adjudicación evaluables mediante cifras o porcentajes. Concluida la apertura de las proposiciones el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el plazo máximo de dos días hábiles. A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa.
15.3.- La Mesa de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en la cláusula 9.2 del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación provisional. (art. 160.2 TRLCSP). El órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios a que hace referencia el art. 150, a cuyo efecto, cuando deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios de adjudicación, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes. El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el Pliego. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la seguridad social, deposite la garantía definitiva, número de identificación fiscal, Alta en el IAE en el ejercicio y en el domicilio fiscal adecuado, designación de un representante de la empresa para las actuaciones tendentes a la adecuada ejecución del contrato, así también como aquella otra documentación complementaria que fuese precisa (art. 151.2 TRLCSP). El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación (art. 151.3 TRLCSP). PCAP Combustibles.- 10 La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a todos los candidatos o licitadores y publicarse en el perfil de contratante del órgano de contratación, concretándose y fijándose en la misma los términos definitivos del contrato (arts. 151.4 y 53 TRLCSP). 17.- CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA (arts 95, 96, 99 TRLCSP). 17.1.-El propuesto como adjudicatario deberá acreditar, en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la constitución de la garantía definitiva por un importe del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA. En este contrato la garantía definitiva será igual al 5 % del precio estimado del contrato para los dos años de vigencia inicial del mismo sin IVA (Ver pliego de prescripciones técnicas). Lo anterior según lo dispuesto en el artículo 95-3 del TRLCSP. 17.2.-La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de seguro de caución, o por retención de parte del precio, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de la LCAP, debiendo depositarse su importe o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería del Ayuntamiento de Barbastro servicio que valorará su suficiencia. 17.3.-Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo establecido dispuesto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda artículo 99 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaTRLCSP.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for the Supply of Fuel
MESA DE CONTRATACIÓN. 9.1. La composición de la Mesa de Contratación se publicará en el perfil de contratante con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación del sobre nº 2. (Art. 21.4 del R.D. 817/2009). La Mesa de Contratación examinará y calificará, previamente al acto público de la apertura de los sobres nº 1, la validez formal de las documentaciones de carácter general acreditativas de la personalidad jurídica, capacidad de obrar, apoderamiento y solvencia económica financiera, técnica y profesional de los licitadores y demás requisitos que se deben incluir en el sobre nº 2, así como la garantía provisional, cuando proceda. (Art. 21.1.a) del R.D. 817/2009. En caso de errores subsanables la Mesa concederá un plazo máximo de cinco días naturales para su corrección, de acuerdo con el art. 19.2 del Decreto 49/2003, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación. Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones. Además, determinará los licitadores que deban ser excluidos del procedimiento por no acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares. (Art. 21.1.b) del R.D. 817/2009.
9.2. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 lugar, día y hora señalados en el perfil de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembrecontratante, en relación con el artículo 21.2 acto público, procederá a la apertura del Real Decreto sobre nº 1. (Art. 27 del R.D. 817/2009, ).
9.3. La Mesa de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oContratación, en su casoel lugar, día y hora señalados en el titular anuncio de licitación del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídicoBoletín Oficial correspondiente, en acto público dará a conocer las proposiciones admitidas, así como aquellos otros como, la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor y a continuación, procederá a la apertura del sobre nº 3 y se dará lectura de las proposiciones admitidas. A estos efectos, siempre que se designen por resulte precisa la subsanación de errores u omisiones en la documentación mencionada en el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporaciónpárrafo anterior, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa concederá para efectuarla un plazo inferior a siete días al objeto de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso el acto de ausenciaapertura pueda celebrarse dentro de él.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Project Development
MESA DE CONTRATACIÓN. La 7.1 El órgano de contratación, para la adjudicación de los contratos por procedimiento abierto, restringido o negociado con publicidad, estará asistido por una Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido contratación en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda los términos que prevén los arts. 320 y 321 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 TRLCSP y los art. 21 a 24 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y art. 253 de los Estatutos de la Universidad de Extremadura. En el procedimiento negociado sin publicidad, la constitución de la Mesa será potestativa para el órgano de contratación. La Mesa de contratación, además de calificar la documentación administrativa, admitiendo y rechazando a los licitadores en su caso, elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
7.2 Las propuestas de adjudicación que eleve la Mesa de contratación serán motivadas. La Mesa además podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Si el órgano de contratación no adjudica el contrato de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de contratación, deberá motivar su decisión.
7.3 Según el artículo 21 del R. D. 817/2009, serán miembros de la Mesa de contratación los designados, como titulares o, en su caso suplentes, por el órgano de contratación en el apartado E, cuya publicación en el perfil de contratante servirá a los efectos previstos en el artículo 21.4 del RPLCSP. En todo caso estará presidida constituida por un miembro presidente, un secretario y un mínimo de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará que necesariamente deberá figurar un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación, y un Interventor. La designación de los miembros de la mesa podrá hacerse con carácter permanente o de manera específica para la adjudicación de cada contrato. En el artículo 1 de la Resolución de la Gerencia de la Universidad de Extremadura, D.O.E. núm. 135 de 14 de julio de 2011, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno, aprobando el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Mesa de Contratación de la Universidad de Extremadura, se establece la composición de la Mesa de Contratación de la misma.
7.4 A los efectos de la calificación de la documentación presentada, constituida previamente la Mesa de contratación, el presidente ordenará la apertura de los sobres que contengan la documentación del SOBRE 1, y el Secretario ocertificará la relación de documentos que figure en cada uno de ellos. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los licitadores que se personen en la fecha, hora y lugar indicados en el anuncio de licitación, dejándose constancia en el expediente. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas deberán hacerse públicas a través del perfil de contratante del órgano de contratación: xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxx- unipersonales/gerencia/estructura/patrimonio/contrataciones_empresa, concediéndose un plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente a su publicación en el perfil de contratante, para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de contratación. De todo lo actuado en los dos párrafos anteriores se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
7.5 Una vez calificada la documentación del SOBRE 1, y solventado, de haber existido, el trámite de subsanación de errores o aclaraciones y, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros una vez se haya procedido a determinar las empresas que se designen ajusten a los criterios de selección referidos en el art. 11, de acuerdo con el art. 82, ambos del RLCAP, se procederá al acto público de apertura de las proposiciones admitidas, en el lugar, fecha y hora señalados en el anuncio de licitación. Este acto público será el de apertura del SOBRE 2 en el caso de que se hayan establecido criterios cuya valoración dependa de un juicio de valor, y se celebrará en el lugar, fecha y hora establecidos en el anuncio de licitación y siempre en los siete días siguientes a la apertura del SOBRE 1, con arreglo al siguiente proceso:
7.5.1 Comenzará el acto dándose lectura al anuncio del contrato y procediéndose seguidamente al recuento de las proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuran en los certificados extendidos por los jefes de las oficinas receptoras de las mismas. Acto seguido se dará cuenta al público del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados. En caso de que surjan discrepancias se procederá conforme establece el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio art. 83.3 del Reglamento general de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaLCAP.
Appears in 1 contract
Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Obras
MESA DE CONTRATACIÓN. 12.1 La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido contratación está integrada por los miembros que constan en el punto 10 cuadro de características.
12.2 La Mesa de contratación, calificará la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por documentación contenida en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembreSobre A y, en relación con caso de observar defectos subsanables, lo comunicará a las empresas licitadoras afectadas para que los subsanen en el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009plazo de tres días. Una vez subsanados, de 8 xx xxxxsi conviene, estará presidida por un miembro de los defectos en la Corporación o un funcionario de documentación contenida en el Sobre A, la misma mesa la evaluará y actuará como Secretario un funcionario de determinará las empresas admitidas a la Corporación. Formarán parte de ellalicitación y las excluidas, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oasí como, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio las causas de la Corporación, o miembros electos exclusión. Sin perjuicio de la mismacomunicación a los interesados, se harán públicas estas circunstancias mediante su perfil de contratante. Por lo expuestoAsimismo, conforman de acuerdo con el artículo 95 de la LCSP la Mesa podrá solicitar a las empresas licitadoras las aclaraciones que le hagan falta sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para que presenten complementarios, las cuales, de conformidad con el artículo 22 del RGLCAP, dispondrán de un plazo de cinco días naturales sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas. Las solicitudes de aclaraciones o enmiendas se llevarán a cabo a través de la funcionalidad que a tal efecto tiene la herramienta de Sobre Digital, mediante la cual se dirigirá un correo electrónico a la dirección o las direcciones señaladas por las empresas licitadoras en el formulario de inscripción, con el enlace para que accedan al espacio de la herramienta en la que deben aportar la documentación correspondiente. Estas peticiones de enmienda o aclaración se comunicarán a la empresa mediante comunicación electrónica a través del e-NOTUM, integrado con la Plataforma de Servicios de Contratación Pública, de acuerdo con la cláusula octava de este pliego.
12.3 Los actos de exclusión adoptados por la Mesa en relación con la apertura del sobre A serán susceptibles de impugnación en los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de términos establecidos en la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciacláusula trigésimo novena.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La 6.1. El órgano de contratación, para la adjudicación de los contratos por procedimiento abierto, restringido o negociado con publicidad, estará asistido por una Mesa de ContrataciónContratación en los términos que prevén los arts. 295 y 296 del TRLCSP, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 los arts. 21 a 24 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y el art. 253 de los Estatutos de la Corporación o un funcionario Universidad de Extremadura. En el procedimiento negociado sin publicidad, la constitución de la misma Mesa será potestativa para el órgano de contratación. La Mesa de contratación, además de calificar la documentación administrativa, admitiendo y actuará como Secretario un funcionario rechazando a los licitadores en su caso, elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
6.2. Las propuestas de adjudicación que eleve la Mesa de Contratación serán motivadas. La Mesa además podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Si el órgano de contratación no adjudica el contrato, de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de contratación, deberá motivar su decisión.
6.3. Según el artículo 21 del R.D. 817/2009, serán miembros de la Corporación. Formarán parte Mesa de ellacontratación los designados, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario como titulares o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídicosuplentes, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación en el apartado G del cuadro resumen del PCAP, cuya publicación en el perfil de contratante servirá a los efectos previstos en el artículo 21.4 del RPLCSP. En todo caso estará constituida por un presidente, un secretario un mínimo de cuatro de vocales, entre los que necesariamente deberán figurar un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un Interventor. La designación de los miembros de la Corporación, mesa podrá hacerse con carácter permanente o miembros electos de manera específica para la adjudicación de cada contrato. En el artículo 1 de la mismaResolución de la Gerencia de la Universidad de Extremadura, D.O.E. núm. Por lo expuesto135 de 14 de julio de 2011, conforman por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno, aprobando el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Mesa de Contratación de la Universidad de Extremadura, se establece la composición de la Mesa de Contratación de la misma.
6.4. A los efectos de la calificación de la documentación presentada, constituida previamente la Mesa de Contratación, el presidente ordenará la apertura de los sobres que contengan la documentación del Sobre 1, y el secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los licitadores que se personen en la fecha, hora y lugar indicados en el anuncio de licitación, dejándose constancia en el expediente. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas deberán hacerse públicas a través del perfil de contratante del órgano de contratación: Se concederá un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación en el perfil de contratante, para que los licitadores hagan las correcciones o subsanaciones ante la propia Mesa de Contratación. De lo actuado en los párrafos anteriores se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
6.5. Una vez calificada la documentación del SOBRE 1, y solventado, de haber existido, el trámite de subsanación de errores o aclaraciones y, en su caso, una vez se haya procedido a determinar las empresas que se ajusten a los criterios de selección referidos en el art. 11, de acuerdo con el art. 82, ambos del Reglamento General de la LCAP, se procederá al acto público de apertura de las proposiciones admitidas, en lugar y hora señalados en el anuncio de licitación. Este acto público será el de apertura del SOBRE 2 en el caso de que se hayan establecido criterios cuya valoración dependa de un juicio de valor, y se celebrará en el lugar, fecha y hora establecidos en el anuncio de licitación y siempre en los siete días siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxa la apertura del SOBRE 1, Alcalde con arreglo al siguiente proceso:
6.5.1 Comenzará el acto dándose lectura al anuncio del contrato y procediéndose seguidamente al recuento de las proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuran en los certificados extendidos por los jefes de las oficinas receptoras de las mismas. Acto seguido se dará cuenta al público del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados. En caso de que surjan discrepancias se procederá conforme establece el art. 83.3 del Reglamento general de la LCAP.
6.5.2 El Presidente manifestará el resultado de la calificación de la documentación presentada, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de éstas últimas y comunicará el resultado de la calificación en los términos previstos en el art. 82 del Ayuntamiento Reglamento de Torrelagunala LCAP. Las proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos. Se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes pero sin que actuará como Presidente en este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones a que se refiere el artículo 81.2 del Reglamento de la LCAP. A continuación se abrirá el SOBRE 2 a los efectos de su valoración posterior por la mesa de contratación, la cual podrá pedir cuantos informes necesite para poder calificar dicha documentación. Al término de la sesión de la Mesa, se invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o concejal reservas estimen oportunas.
6.5.3 De no existir en quien delegue en caso el procedimiento criterios cuya valoración requiera un juicio de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxxvalor, o concejal una vez calificados éstos, la Mesa se reunirá en quien delegue acto público, en caso el plazo máximo de ausenciaun mes desde la presentación de las ofertas, para comunicar a los licitadores cuál es la puntuación obtenida para estos criterios y para proceder a abrir el SOBRE 3 correspondiente a cada licitador. El proceso será el siguiente: En primer lugar, el Presidente de la Mesa dará lectura de las puntuaciones obtenidas por cada licitador en aquellos criterios de valoración cuya calificación dependa de un juicio de valor. A continuación, se invitará a los licitadores presentes a comprobar que los sobres que contienen la documentación para la valoración automática del resto de criterios, se encuentran en el mismo estado en que fueron entregados. Acto seguido se abrirán las propuestas y se dará a conocer el contenido de las ofertas económicas. Si hubiera empresas que hayan incurrido en presunta baja anormal o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisadodesproporcionada, o funcionario se pedirá a las mismas que asuma justifiquen por escrito sus funciones ofertas en el plazo máximo de 5 días hábiles. Culminado el proceso de valoración y recibida, en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxcaso, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria la justificación de la mesa oferta de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxlos licitadores que hubieran incurrido en presunta baja anormal o desproporcionada, o funcionario la Mesa elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
6.5.4 De cada una de las sesiones de la Mesa de Contratación, el secretario levantará un acta que asuma será aprobada por sus funciones en caso de ausenciamiembros y suscrita por el secretario con el visto bueno del Presidente.
Appears in 1 contract
Samples: Contract
MESA DE CONTRATACIÓN. Cód. Validación: 4ZJG5GZMZXQHFQ2H4HX5PJG6N | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 12 La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, febrero de 8 xx xxxx2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por lo expuestoLos miembros electos que, conforman en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente contratación no podrán suponer más de un tercio del Ayuntamiento total de Torrelaguna, que actuará como Presidente miembros de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausenciamisma. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria Secretario un funcionario de la mesa Corporación. Su composición se publicará a través del perfil de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, contratante al publicar el anuncio de licitación o funcionario que asuma sus funciones bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en caso de ausenciael citado perfil.
Appears in 1 contract
Samples: Concesión Administrativa
MESA DE CONTRATACIÓN. La El Órgano de Contratación estará asistido por la Mesa de Contratación que estará compuesta por los siguientes miembros: - D. Xxxxxxxxx Xxx Xxxxx, Presidente del Consejo de Administración o persona que le sustituya. - D. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Encargado General de Administración, Tráfico y Transporte Urbano. - D. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Jefe de Planta y Operador Ambiental. - X. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Jefe de Administración. - Xx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Departamento de Administración. - D. Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxx, Departamento de Contratación. La mesa de contratación, como órgano de acuerdo con lo establecido asistencia técnica especializada, ejercerá las siguientes funciones, entre otras que se le atribuyan en el punto 10 esta Ley y en su desarrollo reglamentario:
a) La calificación de la Disposición Adicional Segunda documentación acreditativa del Texto Refundido cumplimiento de los requisitos previos a que se refieren los artículos 140 y 141 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoLCSP, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oy, en su caso, el titular acordar la exclusión de los candidatos o licitadores que no acrediten dicho cumplimiento, previo trámite de subsanación.
b) La valoración de las proposiciones de los licitadores.
c) En su caso, la propuesta sobre la calificación de una oferta como anormalmente baja, previa tramitación del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros procedimiento a que se designen por refiere el artículo 149 de la LCSP.
d) La propuesta al órgano de contratación entre de adjudicación del contrato a favor del licitador que haya presentado la mejor oferta, de conformidad con lo dispuesto en el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio artículo 145 de la Corporación, o miembros electos de la mismaLCSP. Por lo expuesto, conforman la La Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento podrá solicitar antes de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausenciaformular su propuesta cuantos Informes Técnicos considere precisos. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria A las reuniones de la mesa podrán incorporarse cualquier otro personal o asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxlos asuntos a tratar, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencialos cuales actuarán con voz pero sin voto.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 apartado 10º de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxxTRLCSP, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por lo expuestoActuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Concretamente, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembroscontratación: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento - El Concejal de TorrelagunaContratación, que actuará como Presidente de la Mesa, o . - El concejal en quien delegue la Alcaldía como titular del Área supervisora del contrato, vocal. - Un Concejal de la oposición, designado por la Junta de Gobierno Local, Vocal. - El Secretario de la Corporación, Vocal. - La Interventora de la Corporación, Vocal. - El Ingeniero Técnico Industrial Municipal, Responsable del Contrato, en caso los términos establecidos en la cláusula vigésimo tercera del presente Xxxxxx, Vocal. - El Técnico de ausenciaAdministración General de Contratación Administrativa, que actuará como Secretario de la Mesa. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico De acuerdo con el artículo 21.4 del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria Real Decreto 817/2009 la composición de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxse publicará en el perfil del contratante con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar la misma para la calificación de la documentación administrativa referida en el artículo 146.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, o funcionario de 14 de noviembre, por el que asuma sus funciones en caso se aprueba el Texto Refundido de ausenciala Ley de Contratos del Sector Público.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de ContrataciónContratación estará integrada o constituida del modo siguiente: - Presidente, de acuerdo con que lo establecido en será el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación Provincial, o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporaciónmiembro en quien delegue. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen - Cuatro vocales designados por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la MesaDiputación, o concejal en quien delegue en caso representando a cada Grupo político de ausenciala Diputación. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, - El Interventor o funcionario que asuma sus funciones le sustituya. - El Secretario General o funcionario que le sustituya. - Un Técnico o experto en su ausenciala materia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa la Técnico Jefe del Departamento de contratación Xx Xxxxx Xxxx XxxxxxxxContratación, o funcionario que asuma sus funciones le sustituya. www. diputacionavila . es 9 Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en caso el sobre A en acto privado. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará a los interesados, concediéndoles un plazo no superior a tres días hábiles para que los corrijan o subsanen, antes de ausenciaproceder a la apertura de las proposiciones económicas. El requerimiento de subsanación se realizará mediante carta, telegrama o fax y el plazo de tres días hábiles será de caducidad, sin que pueda interrumpirse por no haberse recibido por el licitador, siempre que la Administración acredite su intento de notificación por alguno de los referidos medios. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no se admitirá a trámite la proposición económica.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Works
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación, encargada de acuerdo con evaluar las ofertas y elevar propuesta de adjudicación al órgano de contratación, constituida al efecto estará integrada por: - Alcalde del Ayuntamiento xx Xxxx o quien legalmente le sustituya. - Técnico de Cultura del Ayuntamiento xx Xxxx o quien legalmente le sustituya. - Economista del ayuntamiento xx Xxxx o quien legalmente le sustituya. - Arquitecto técnico municipal del Ayuntamiento xx Xxxx o quien legalmente le sustituya. - Secretario-Interventora municipal o quien legalmente le sustituya. - Como Secretario: auxiliar administrativo del área Cultura e Interior. Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros, y, en todo caso, el Presidente, el Secretario y los vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano • Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres número uno presentados por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo establecido notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el punto 10 expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación. Al margen de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la Ley solvencia de Contratos del Sector Públicolos licitadores, aprobado por podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el Real Decreto Legislativo 3/2011, plazo máximo de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro cinco días naturales y siempre antes de la Corporación o un funcionario declaración de admisión de las proposiciones. • La Mesa de contratación, una vez calificada la misma documentación del sobre nº 1 y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario orealizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros plazo que se designen hubiere conferido al efecto, procederá a realizar la apertura del sobre nº 2 en acto público, para posteriormente valorar los criterios de adjudicación de dicho sobre. • Posteriormente, realizará en acto público, a celebrar en el Salón de Plenos del Ayuntamiento xx Xxxx en el día y hora señalados en el anuncio de licitación, la apertura de los sobres número 3 de los licitadores admitidos, conteniendo la documentación de las proposiciones relativas a los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas matemáticas, - En primer lugar, el Sr. Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones. - A continuación, el Sr. Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres nº 3 de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica. - Concluida la apertura de las proposiciones, el Sr. Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el plazo máximo de dos días hábiles. A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa. - La Mesa de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnico jurídicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio no dicte la resolución de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaadjudicación.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Administrative Services
MESA DE CONTRATACIÓN. Para asistir al Órgano de Contratación en la adjudicación del presente contrato, se nombrará una Mesa de Contratación, cuya composición contemplará las previsiones del artículo 320 del TRLCSP y actuará de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 81 y siguientes del RGLCAP. La composición de la Mesa de Contratación es la que se establece en el PUNTO 24 del Cuadro de Características. La Mesa de Contratación, calificará la documentación presentada y procederá a determinar la empresa económicamente más ventajosa o con las que, en su caso, se entablará el proceso negociador, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 art. 169 y siguientes del TRLCSP. Una vez finalizada la fase de negociación, la Mesa requerirá a la empresa que va a ser propuesta como adjudicataria, para que presente la documentación que figura en el PUNTOS 26 del Cuadro de Características. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante correo electrónico o fax, concediendo un plazo, no superior a tres días hábiles, para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de contratación. Los defectos u omisiones apreciados serán publicados en el perfil del contratante de la Disposición Adicional Segunda Universidad xx Xxxxxx, a partir del Texto Refundido tercer día hábil siguiente al de la Ley fecha de Contratos finalización del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, plazo de 14 presentación de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporaciónlicitaciones. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su casoNo obstante, el titular del órgano que tenga atribuida la función Órgano de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman Contratación y la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente podrán recabar del Ayuntamiento empresario aclaraciones sobre las declaraciones y documentos presentados o requerirle para la presentación de Torrelaguna, que actuará como Presidente otros complementarios. La propuesta de adjudicación se elevará junto con el Acta al Sr. Rector Mgfco. de la MesaUniversidad xx Xxxxxx. Cuando el Órgano de Contratación no adjudique el contrato, de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, deberá motivar su decisión, conforme lo establecido en el art. 160 del TRLCSP. El Órgano de Contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista una oferta o concejal proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciael Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Servicio
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, febrero de 8 xx xxxx2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembrosformada por: • Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. • Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xx. Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa Mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencia.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Administrativo De Servicios
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, febrero de 8 xx xxxx2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por lo expuestoLos miembros electos que, conforman en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil. Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: — Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de TorrelagunaXxxxxx Xxxxx, que actuará como Presidente Presidenta de la Mesa. — X. Xxxxxx Xx Caro Franganillo, o concejal en quien delegue en caso Vocal (Secretario de ausenciala Corporación). Vocales: o — X. Xxxxxxx Xxxxxx GarcíaJiménez, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso Vocal (Interventor de ausenciala Corporación). o — X. Xxxxxxx Xxxxxxxx GuisadoXxxxxxxxxx Carrasco, o funcionario Vocal. Cód. Validación: 5XSGKSZE5W4WH5T6EEN3NX4SJ | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 15 — X. Xxxxx X. Valero Rodríguez, que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento actuará como Secretario de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencia.la
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, febrero de 8 xx xxxx2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico- presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por lo expuestoLos miembros electos que, conforman en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación los siguientes miembroscontratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretaria un funcionario de la Corporación. Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil. PRESIDENTE: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, Ababuj o concejal en quien delegue en caso de ausenciadelegue. VocalesVOCALES: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico Titular: Secretaria Interventora del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausenciaAbabuj. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento Titular: Técnico designado por la Comarca Comunidad xx Xxxxxx. Titular: Técnico designado por la Cámara de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaComercio xx Xxxxxx.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Administrativo Especial
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 apartado 10º de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxxTRLCSP, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por lo expuestoActuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Concretamente, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembroscontratación: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento - El Concejal de TorrelagunaContratación, que actuará como Presidente de la Mesa. - El Concejal de Servicios, o concejal Área supervisora del contrato. - Un Concejal de la oposición, designado por la Junta de Gobierno Local. - El Secretario de la Corporación. - La Interventora de la Corporación. - El ITI, responsable del contrato, en quien delegue los términos establecidos en caso la cláusula Vigesimotercera del presente Pliego. - La Directora del Área de ausenciaTerritorio, Vocal. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García- La Técnico de Administración General responsable de la Contratación Administrativa, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso que actuará como Secretaria de ausenciala Mesa. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico De acuerdo con el artículo 21.4 del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria Real Decreto 817/2009 la composición de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxse publicará en el perfil del contratante con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar la misma para la calificación de la documentación administrativa referida en el artículo 146.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, o funcionario de 14 de noviembre, por el que asuma sus funciones en caso se aprueba el Texto Refundido de ausenciala Ley de Contratos del Sector Público.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La El órgano competente para la valoración de las ofertas es la Mesa de Contratación, constituida de acuerdo conformidad con lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido TRLCSP, y cuya composición será la que se establezca en el apartado 26 de la Ley Carátula de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, este Pliego. El régimen de 14 funcionamiento de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación es el regulado en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo. Los actos públicos de apertura de los siguientes miembrosSOBRES “2” se celebrarán: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente Lugar Xxxx xx Xxxxxx del Excmo. Ayuntamiento de Torrelaguna, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx 0 00000-Xxxxxxx Fecha y hora La fecha y hora señaladas en las comunicaciones que actuará como Presidente se realicen a cada uno de los licitadores Actuaciones previas. La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el SOBRE 1). A los efectos de la Mesaexpresada calificación, el presidente ordenará, en acto no público, la apertura de los sobres, con exclusión de los SOBRES 2) y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si observare defectos materiales en la declaración y documentación anexa presentada lo comunicará a los interesados y además se harán públicas en el Tablón de Anuncios de cada contrato que se publica en Perfil de contratante difundido en la web municipal y se concederá un plazo no superior a TRES (3) DÍAS HÁBILES para que el licitador subsane el error. Ahora bien, si la declaración de un licitador contuviese defectos sustanciales o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx Garcíadeficiencias materiales no subsanables, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de no será admitido a la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencialicitación.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for the Organization and Execution of Travel Services
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por La Mesa de Contratación tendrá la siguiente composición: Presidente: Xx Xx. Alcalde o Concejal en quién delegue. Vocales: - El Secretario Interventor de esta Corporación. - Tres Concejales de los distintos Grupos Políticos del Ayuntamiento. Secretario: Un funcionario de la Corporación. Cuando así lo expuestorequiera la naturaleza del contrato a adjudicar, conforman la Presidencia podrá decidir la incorporación a la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxcuantos asesores crea convenientes en razón de sus especiales conocimientos técnicos, Alcalde Presidente del Ayuntamiento sin que tengan la consideración de Torrelagunavocales, ni otra función que actuará como Presidente la de la Mesa, o concejal informar y asesorar en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma forma no vinculante a sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencia.componentes
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda disposición adicional segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos menos, cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano Órgano de contratación Contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuestoActuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Concretamente, conforman la Mesa de Contratación: - El Concejal de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelagunay Recursos Humanos, que actuará como Presidente de la Mesa. - La Concejal de Cultura, o concejal en quien delegue en caso de ausenciaÁrea supervisora del Contrato. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria - Un Concejal de la mesa oposición, designado por la Junta de contratación Xx Xxxxx Xxxx XxxxxxxxGobierno Local. - El Secretario de la Corporación. - La Interventora de la Corporación. - La Responsable del Contrato, o funcionario en los términos establecidos en la cláusula vigesimotercera del presente Pliego. - La Técnico de Administración General de Contratación, que asuma sus funciones actuará como Secretaria de la Mesa. De acuerdo con el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009 la composición de la Mesa de Contratación se publicará en caso el Perfil del Contratante con una antelación mínima de ausenciasiete días con respecto a la reunión que deba celebrar la misma para la calificación de la documentación administrativa referida en el artículo 146.1 del Real Decreto Legislativo, 3/2011, de 14 de noviembre.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 7/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, febrero de 8 xx xxxx2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte formarán de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por lo expuestoLos miembros electos que, conforman en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil. La Mesa de Contratación los siguientes miembrosestará compuesta por: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente -Presidente: Alcaldes del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal persona en quien delegue. -Vocales: Secretaria Interventora del Ayuntamiento o persona en quien delegue. 3 Funcionarios/as del Ayuntamiento o persona en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como La secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencia.será una funcionaria del ayuntamiento
Appears in 1 contract
Samples: Concession Agreement
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de De acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con por el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro que se aprueba el texto refundido de la Corporación o un funcionario Ley de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ellaContratos del Sector Público, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano constituirá una mesa de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación compuesta por los siguientes miembros: Xxxxx Como Presidente el Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, Xxxx Xxxx o concejal persona en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o le supla legalmente; como vocales D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx y X. Xxxxxxx Xxxxxx GarcíaXxxxx Xxxxx, primer Xxxxxxxx xx XxxxxxxVocales de la Junta Vecinal. Actuará como Secretaria la de la Junta Vecinal, Xx Xx Xxx Xxxx Xxxx, o concejal en su defecto de quien delegue le sustituya legalmente. Dicha mesa, se reunirá el primer lunes hábil siguiente al de finalización del plazo de presentación de ofertas, en caso el Salón de ausenciaActos de la Junta Vecinal xx Xxxxxx, a las diecinueve horas y quince minutos. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx GuisadoEn dicho acto, y tras la declaración de las admitidas, se procederá a la apertura de las ofertas en acto público. Posteriormente tras recabar los informes que procedan, redactará una propuesta de adjudicación para que posteriormente sea valorada por el Pleno de la Junta Vecinal. Para la formalización de la adjudicación, el que resulte beneficiado de la propuesta de adjudicación, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxcaso el que ejerza el derecho de retracto, técnico del Ayuntamiento deberá presentar la siguiente documentación:
a) Certificación de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento estar al corriente de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria las obligaciones tributarias y la seguridad social expedidas por dichos organismos.
b) Resguardo de la mesa constitución de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso la garantía definitiva.
e) Propuesta de ausenciasuscripción del correspondiente seguro de responsabilidad civil.
Appears in 1 contract
Samples: Arrendamiento
MESA DE CONTRATACIÓN. La El órgano competente para la valoración de las ofertas es la Mesa de Contratación, constituida de acuerdo conformidad con lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, por el/la Presidente, un mínimo de Contratos del Sector Públicotres vocales y el/la Secretario/a. Su composición se publicará en el perfil de contratante. El régimen de funcionamiento de la Mesa de Contratación es el regulado en la Ley 9/2017 y sus disposiciones de desarrollo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, sin perjuicio de 14 de noviembre, lo dispuesto en la Ley 40/2015 en relación con los órganos colegiados. Los actos de apertura de los archivos se celebrarán en la Sala de reuniones de la Casa Torre, c/ Xxxxxx Xxxxx 5, 2ª planta, 48980 Santurtzi. En caso de celebrarse en otra dependencia se informará debidamente a los licitadores. La fecha y hora de las reuniones se publicará en el perfil de contratante, pudiendo asimismo comunicarse a las licitadoras mediante correo electrónico. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la apertura del sobre A relativo a la “DOCUMENTACIÓN GENERAL” se realizará por la Mesa de Contratación en acto público. Si la Mesa observare defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada requerirá su subsanación y presentación a través de e-mail o fax, (sin perjuicio de la utilización de otros medios si se estimare pertinente). Para la aportación y subsanación de la documentación se concederá un plazo de 3 días hábiles a contar desde el día siguiente al de su requerimiento. La presentación de esta documentación se hará en el Registro de Plicas del Organismo Autónomo Xxxxxxxx Kultur Aretoa, pudiendo asimismo presentarse en Correos, con iguales requisitos a los indicados para la presentación de ofertas. Si la comprobación de la antedicha documentación puede realizarse en el mismo momento, se procederá a la apertura del sobre B “CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA NO AUTOMÁTICA”, remitiendose a informe del Director del Organismo Autónomo Xxxxxxxx Kultur Aretoa. En caso contrario se citará nuevamente a los licitadores para un nuevo acto público en el que se procederá a la apertura del sobre B “CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA NO AUTOMÁTICA” remitiendose a informe del Director del Organismo Autónomo Xxxxxxxx Kultur Aretoa. Una vez recibido/s y conocido/s el/los informe/s solicitado/s de evaluación de criterios no cuantificables mediante fórmulas, se convocará acto público para la apertura del sobre “C” CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMATICA, que contiene las proposiciones económicas y el resto de criterios evaluables de forma automática. Esta sesión se celebrará en la Casa Torre Jauregia, calle Xxxxxx Xxxxx 5, 48980 Santurtzi en la fecha, hora y lugar que se comunicará por correo electrónico a los licitadores, o mediante su publicación en el Perfil de Contratante, pudiendo utilizarse otros medios si se estimare pertinente. La Mesa, en acto público dará a conocer el resultado de la evaluación de los criterios no cuantificables por fórmula de las proposiciones admitidas. En los casos que se haya exigido un umbral mínimo de puntuación conforme al artículo 21.2 150.4 del Real Decreto 817/2009TR-LCSP para ser admitidos a la evaluación global, se exigirá que los licitadores alcancen el umbral mínimo de puntuación, de 8 xx xxxx, estará presidida forma que no sean tenidas en cuenta por un miembro la Mesa de Contratación las ofertas cuya puntuación no lo alcance. A continuación se procederá a la Corporación o un funcionario apertura de la misma los sobres “C” CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMATICA de las proposiciones admitidas y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oque, en su caso, hayan alcanzado el titular del órgano que tenga atribuida umbral mínimo de puntuación y a la función lectura de asesoramiento jurídico, las ofertas económicas contenidas en las mismas así como aquellos otros del resto de criterios –para el caso de que éstos últimos fuesen complejos o tan numerosos que su lectura conllevaría que se designen dilatara en exceso el acto, la Mesa podrá acordar que se facilite fotocopia a quien lo solicite-. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del presupuesto base de licitación. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como Xxxxx XX a este Xxxxxx. • Aquellas en las que exista reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. La proposición económica deberá venir firmada por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue licitador (en caso de ausenciavarias empresas con compromiso de UTE, por todos sus representantes), constituyendo su ausencia causa de inadmisión de la oferta. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx GarcíaExcepcionalmente, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisadoque en la apertura pública de plicas se constatase la ausencia de firma en la proposición, o funcionario la Mesa podrá acordar que asuma sus funciones pueda firmarse en dicho acto sólo si entre las personas asistentes al mismo se encontrase aquella cuya firma falte, previa acreditación fehaciente de su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaidentidad.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
MESA DE CONTRATACIÓN. La 10.1 Finalizado el plazo de presentación de las ofertas, la Mesa de Contratación, a las 12:00 horas del día 18 xx xxxx, procederá a calificar la declaración responsable y el resto de la documentación aportada por los licitadores, otorgando en su caso, un plazo de subsanación no superior a 3 días hábiles y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere la LCSP.
10.2 Seguidamente, la Mesa de Contratación, siguiendo el criterio de valoración previsto en la cláusula 9ª del presente pliego, formulará propuesta al Órgano de contratación para la adjudicación del contrato al postor que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa. Con objeto de determinar cuál es la proposición más ventajosa, se llevará a cabo la valoración con arreglo al criterio de valoración previsto, cuantificable automáticamente, el precio, entendiéndose por la proposición más ventajosa aquella que contenga el precio mas elevado. De acuerdo con lo establecido previsto en el punto 10 la Disposición adicional II de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido LCSP La Mesa de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, contratación estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por lo expuestoLos miembros electos que, conforman en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Conforman la mesa de contratación los siguientes miembros:
1- Presidente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, El Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, Corporación o concejal en quien delegue en caso de ausencia. persona que legalmente le sustituya.
2- Vocales: o X. Dña. Xx Xxxxxxx Xxxxxx GarcíaXxxxxxxx, primer Xxxxxxxx xx y X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso empleado de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretarioeste Ayuntamiento.
3- Secretaria: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, la Secretaria del Ayuntamiento o funcionario persona que asuma sus funciones en caso de ausencialegalmente le sustituya.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación será el órgano competente para valorar las ofertas y elevará al órgano de Contratación propuesta de adjudicación, siendo de aplicación lo dispuesto con carácter general en el artículo 320 del R.D. Legislativo 3/2011 del 14 de noviembre. La Mesa de Contratación podrá solicitar antes de formular su propuesta cuantos Informes Técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato, de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, deberá de acuerdo motivar su decisión. En cualquier caso, la adjudicación del contrato por el Organo de Contratación que corresponda se llevará a cabo, previa asistencia de una Mesa de Contratación, encargada de proceder a la valoración previa de los documentos presentados en tiempo y forma, la cual estará compuesta por: Presidente: El Alcalde o Concejal que lo sustituya. Vocales: - Concejal de Obras y Servicios. - Concejala de Hacienda. - Arquitecto Municipal. - Ingeniero Técnico Municipal. - Interventor del Ayuntamiento. - Secretario del Ayuntamiento. Secretario: Funcionario adscrito a Secretaría del Ayuntamiento Para el caso de que coincida la constitución de la Mesa señalada con la convocatoria de otros órganos colegiados, se entenderá que la Mesa habrá de constituirse al día hábil siguiente. La Mesa de Contratación se constituirá el jueves hábil siguiente a aquél en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, a las 12 horas, al objeto de calificar los documentos presentados en el sobre primero, en tiempo y forma; a tal efecto, el Presidente, ordenará la apertura de los sobres, con exclusión al relativo a la proposición económica y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observarse defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicara verbalmente a los interesados, si no estuvieran presentes se les comunicara mediante fax o medios electrónicos, si es posible, y si no mediante correo, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores lo corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador que en el plazo concedido no subsane los defectos correspondientes. Cuando así proceda, una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, la mesa procederá, en los casos en que no se exija clasificación al contratista, a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección, acreditativos de la solvencia técnica y económica; con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. El órgano y la mesa de contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentar en el plazo de cinco días, sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas. El acto de apertura del sobre numero dos se efectuará por la misma Mesa referenciada a las 12 horas del jueves hábil siguiente al señalado en párrafos anteriores, para la calificación de la documentación general, actuándose de conformidad con lo establecido en el punto 10 artículo 83 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre. En este acto, antes de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido apertura de los sobres el presidente manifestara el resultado de la Ley calificación de Contratos los documentos, con expresión de las admitidas, las rechazadas y sus causas, quedando las rechazadas excluidas, y no siendo abierto los sobres que contenga la propuesta económica. La mesa para la apertura de los sobres numero 3 relativos a la proposición económica, se convocara mediante citación a través del Sector Públicoperfil del contratante (web: xxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xxxxxx-xxx-xxxxxxxxxxx), aprobado por antes de comenzar el Real Decreto Legislativo 3/2011acto público en que se abran las ofertas económicas se dará lectura a la valoración de los aspectos técnicos de las proposiciones a que se refiere la documentación contenida en el sobre núm. 2. Además, de 14 de noviembrelas anteriores, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009si así fuese necesario, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciapodrán celebrar cuantas mesas se consideran oportunas.
Appears in 1 contract
Samples: Suministro De Energía Eléctrica
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa 1.- EI Órgano de Contratación, para la adjudicación de acuerdo con lo establecido los contratos por procedimiento abierto, como es el caso, estará asistido por una Mesa de Contratación en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda los términos que prevén los artículos 295 y 296 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 LCSP y los artículos 21 a 24 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. La Mesa de Contratación, además de calificar la documentación administrativa, admitiendo y rechazando a los licitadores en su caso, elevará propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación.
2.- Las propuestas de adjudicación que eleve la Mesa de Contratación serán motivadas. La Mesa además podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Si el Órgano de Contratación no adjudica el contrato, de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, deberá motivar su decisión.
3.- Según el artículo 21 del R.D. 817/2009, y la Disposición Adicional Segunda, punto 10 serán miembros de la Mesa de Contratación los designados, como titulares o, en su caso, suplentes, por el Órgano de Contratación en el apartado G del Cuadro Resumen del PCAP, cuya publicación en el Perfil de Contratante servirá a los efectos previstos en el artículo 21.4 del RPLCSP. En todo caso estará presidida constituida por un miembro presidente, un secretario, un mínimo de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro tres vocales, entre los cuales estará que necesariamente deberán figurar el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano Órgano de contratación Contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman La designación de los miembros de la Mesa se ha realizado con carácter permanente para la adjudicación de Contratación todos los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciacontratos.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. 9.1. La composición de la Mesa de Contratación se publicará en el perfil de contratante con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación del sobre nº 2. (Art. 21.4 del R.D. 817/2009). La Mesa de Contratación examinará y calificará, previamente al acto público de la apertura de los sobres nº 3, la validez formal de las documentaciones de carácter general acreditativas de la personalidad jurídica, capacidad de obrar, apoderamiento y solvencia económica financiera, técnica y profesional de los licitadores y demás requisitos que se deben incluir en el sobre nº 2, así como la garantía provisional, cuando proceda. (Art. 22.1.a) del R.D. 817/2009). Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones.
9.2. La Mesa de Contratación, en el lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación, en acto público, procederá a la apertura del sobre nº 1 y se dará lectura de las proposiciones admitidas.
9.3. Finalizada la apertura de sobres económicos se llevará a cabo la primera evaluación de las ofertas aplicando los criterios de valoración contenidos en el presente pliego y conforme con lo previsto en el art. 148.5 del TRLCSP. A continuación, la Universidad comunicará a los licitadores el día y hora de la celebración de la subasta electrónica de acuerdo con lo establecido al procedimiento descrito en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaanexo IV.
Appears in 1 contract
Samples: Supply Agreement
MESA DE CONTRATACIÓN. La El órgano competente para la valoración de las ofertas es la Mesa de Contratación, constituida de acuerdo conformidad con lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido TRLCSP, y cuya composición será la que se establezca en el apartado 25 de la Ley Carátula de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, este Pliego. [13] El régimen de 14 funcionamiento de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación es el regulado en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo. Los actos públicos de apertura de los siguientes miembrosSOBRES “B” y “C” se celebrarán: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente Lugar Xxxx xx Xxxxxx del Excmo. Ayuntamiento de Torrelaguna, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx 0 00000-Xxxxxxx Fecha y hora La fecha y hora señaladas en las comunicaciones que actuará como Presidente se realicen a cada uno de los licitadores Actuaciones previas. La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre A). A los efectos de la Mesaexpresada calificación, el presidente ordenará, en acto no público, la apertura de los sobres, con exclusión de los sobres B) y C) y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si observare defectos materiales en la declaración y documentación anexa presentada lo comunicará a los interesados y además se harán públicas en el Tablón de Anuncios de cada contrato que se publica en Perfil de contratante difundido en la web municipal y se concederá un plazo no superior a TRES (3) DÍAS HÁBILES para que el licitador subsane el error. Ahora bien, si la declaración de un licitador contuviese defectos sustanciales o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx Garcíadeficiencias materiales no subsanables, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de no será admitido a la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencialicitación.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda disposición adicional segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos menos, cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano Órgano de contratación Contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuestoActuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Concretamente, conforman la Mesa de Contratación: - El Concejal de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelagunay Recursos Humanos, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso . - El Concejal de ausenciaServicios Sociales. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausenciaÁrea supervisora del Contrato. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria - Un Concejal de la mesa oposición, designado por la Junta de contratación Xx Xxxxx Xxxx XxxxxxxxGobierno Local. - El Secretario de la Corporación. - La Interventora de la Corporación. - La Responsable del Contrato, o funcionario en los términos establecidos en la cláusula vigesimotercera del presente Pliego. - El Técnico de Administración General de Contratación, que asuma sus funciones actuará como Secretario de la Mesa. De acuerdo con el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009 la composición de la Mesa de Contratación se publicará en caso el Perfil del Contratante con una antelación mínima de ausenciasiete días con respecto a la reunión que deba celebrar la misma para la calificación de la documentación administrativa referida en el artículo 146.1 del Real Decreto Legislativo, 3/2011, de 14 de noviembre.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La -Concluido el plazo de presentación de proposiciones la Mesa de Contratación, procederá a examinar la documentación y las ofertas presentadas, pudiendo establecer un plazo de acuerdo 3 días naturales para subsanación de deficiencias. -La Mesa procederá en primer lugar al examen de la documentación general presentada por los licitadores en los sobres A, indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión. -A continuación, con lo establecido un plazo de 48 horas se indicará la el día y la hora para el acto público de apertura de los sobres B, en el punto 10 que se dará lectura de las proposiciones económicas formuladas. A continuación de la Disposición Adicional Segunda lectura se procederá al examen del Texto Refundido resto de criterios de adjudicación, procediendo la Ley Mesa a clasificar las ofertas en base a la puntuación obtenida. La Mesa de Contratos Contratación formulará propuesta de adjudicación del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de contrato a la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, oferta que en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función conjunto haya obtenido mayor puntuación. -La propuesta de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen adjudicación efectuada por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente no creará derecho alguno a favor del adjudicatario provisional frente al Ayuntamiento de TorrelagunaLozoyuela-Xxxxx-Sieteiglesias. -Si la adjudicación quedase desierta o no se llegase a cubrir el precio de licitación, que actuará la Mesa de Contratación propondrá al órgano de contratación la solución más adecuada -La Mesa de Contratación estará constituida por las siguientes personas: Un representante de cada una de las agrupaciones de propietarios mayoritarias de terrenos xxx xxxx (máximo de 3). Un Técnico de Medio Ambiente designado por el Órgano de Contratación. Un Concejal designado por el Alcalde. El Secretario del Ayuntamiento. Actuará como Presidente presidente el Alcalde de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencia.Corporación
Appears in 1 contract
Samples: Concession Contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 composición de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido mesa de contratación será la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro siguiente: Presidente: El Alcalde de la Corporación o un funcionario Concejal en quien delegue. Vocales: Jefa de Servicios Públicos Municipales o funcionario/a en quien delegue, Interventor de Fondos o funcionario/a en quien delegue. Secretario: El de la misma Corporación o funcionario/a en quien delegue. Vencido el plazo de presentación de los sobres (A) de documentación administrativa, la mesa se reunirá en el área de Obras y actuará como Secretario un funcionario Servicios a los efectos de calificar previamente los documentos relativos al sobre A presentados en tiempo y forma. Si la CorporaciónMesa observare defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada requerirá su subsanación. Formarán parte de ellaLa Mesa, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario ouna vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida los defectos u omisiones observados, determinará la función admisión o exclusión definitiva de asesoramiento jurídicolos licitadores, así como aquellos otros el lugar, hora y día de celebración del acto de subasta, que se designen por será notificado a los licitadores mediante el órgano correo electrónico y el número de contratación entre fax facilitado en el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio sobre A. El presidente de la CorporaciónMesa procederá a la apertura del acto de subasta en el lugar, o miembros electos hora y día determinados, previa la suficiente identificación de los intervinientes conforme a la documentación presentada en el sobre A. Quien no se presente al acto de subasta quedará excluido de la mismalicitación. Por lo expuestoNo se admitirá la intervención de personas que no hayan sido admitidas definitivamente en la calificación de los sobres A. La forma de licitación se realizará a través de Subasta mediante el sistema de Pujas a la llana, conforman sirviéndose de base los precios señalados en la Mesa cláusula 6ª. La adjudicación se hará al que ofrezca el precio más alto y ventajoso, siendo las pujas al alza de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del 50 €. El resultado de la subasta será elevado junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano competente. El Ayuntamiento de TorrelagunaSanturtzi, podrá convocar nueva licitación para el lote que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaquede desierto.
Appears in 1 contract
Samples: Concession Agreement
MESA DE CONTRATACIÓN. 10.1. La Mesa de Contratación estará compuesta por: Presidente: El Vicerrector de Campus y Sostenibilidad. Vocales: La Vicerrectora de Planificación Económica. El Gerente. El Director del Servicio de Infraestructuras y Servicios. El Director del Servicio Jurídico. El Director de la Oficina de Control Presupuestario o persona en quien delegue. Secretario: El Subdirector de Contratación.
10.2. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido examinará y calificará formalmente la documentación contenida en el punto 10 sobre B, y si éste contiene todo lo exigido por este pliego o existen omisiones determinantes de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido exclusión o defectos materiales subsanables. Los resultados de esta calificación previa de la documentación presentada se publicarán en el tablón de anuncios de la Universidad de Alicante, a los efectos de la notificación prevista en los artículos 59 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/201130/1992, de 14 26 de noviembrenoviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Para la subsanación de los defectos materiales observados se concederá, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman si la Mesa de Contratación lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error, aportando para ello la documentación requerida a través del Registro General de la Universidad. El cómputo de dicho plazo comenzará el día hábil inmediatamente posterior a la antedicha publicación en el tablón de anuncios de la Universidad de Alicante o a la comunicación por fax o correo electrónico a los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxinteresados. En el caso de que la empresa requerida no presente o presente inadecuadamente esta documentación en el plazo concedido para su subsanación, Alcalde Presidente del Ayuntamiento será motivo de Torrelagunaexclusión que será acordado por la Mesa de Contratación.
10.3. Previamente al acto público de apertura de la documentación técnica que contiene los criterios de valoración evaluables mediante juicios de valor (sobre C), que actuará como Presidente se celebrará en el lugar, día y hora indicado en el anuncio de licitación, la MesaMesa de Contratación procederá a determinar las empresas licitadoras que se ajustan a los criterios de selección establecidos (sobre B), o concejal los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo, procediéndose seguidamente a la apertura del sobre C de las empresas admitidas. A continuación, la Mesa de Contratación remitirá la documentación contenida en quien delegue el sobre C a la Comisión Asesora indicada en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciacláusula siguiente.
Appears in 1 contract
Samples: Administrative Contract
MESA DE CONTRATACIÓN. 27.1. En los procedimientos abiertos y restringidos el órgano de contratación estará asistido por una Mesa de contratación, que será el órgano competente para la valoración de las ofertas. En los procedimientos negociados la constitución de la Mesa será potestativa para el órgano de contratación.
27.2. La Mesa estará constituida por un Presidente, dos vocales técnicos y un Secretario. Todos los miembros de la Mesa de Contratación tendrán voz
27.3. Los miembros de la Mesa serán nombrados por el órgano de contratación y actuará de Secretario un miembro de la Fundación CSAI. Las proposiciones de los licitadores serán secretas, debiendo arbitrarse los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la licitación pública.
27.4. Las proposiciones se ajustarán a las condiciones establecidas en la convocatoria y su presentación presume la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas condiciones; cualquier salvedad a las mismas determinará la exclusión del concurso.
27.5. Las proposiciones deberán presentarse en tres sobres cerrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa.
27.6. Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico, si bien en este último caso sólo si se admite en el pliego de cláusulas administrativas particulares. El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al
27.7. Una vez entregada o remitida la documentación, no podrá ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea justificada. Terminado el plazo de recepción, se expedirá certificación relacionada de la documentación recibida o de la ausencia de licitadores, y se guardará en el expediente.
27.8. A los efectos de la calificación de la documentación presentada, el Secretario procederá a la apertura del sobre “A”. si se observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, concediéndose un plazo de tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante el propio Secretario.
27.9. El Secretario, una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas admitidas a licitación, las rechazadas y las causas de su rechazo.
27.10. Las ofertas que no alcancen el umbral mínimo fijado en el pliego de cláusulas administrativas particulares, serán rechazadas. Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres “B” y “C” que las contengan no podrán ser abiertos.
27.11. Posteriormente, el Secretario abrirá el sobre “B” que contiene la oferta técnica y remitirá al vocal técnico la documentación para que realice el informe sobre la adecuación de las ofertas al objeto del expediente.
27.12. Una vez realizado el informe técnico, se lo enviará al Secretario para que a su vez lo envíe a los demás miembros de la Mesa. Cada uno de ellos aprobará o rechazará el informe, comunicando su decisión al Secretario por escrito o mediante correo electrónico.
27.13. Si alguna oferta no supera el informe técnico quedará excluida de la licitación y no se abrirá su oferta económica.
27.14. Se convocará una Mesa de Contratación para la apertura del sobre “C”, que contiene la proposición económica. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa, en resolución motivada.
27.15. Las ofertas de las empresas serán analizadas por la Mesa de Contratación, de conformidad con los criterios de valoración consignados en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y efectuará una propuesta motivada al órgano de contratación, para su decisión.
27.16. La Mesa de Contratación elevará al órgano de contratación la propuesta motivada de adjudicación. Caso de no resultar adjudicado el contrato de acuerdo con lo establecido en el punto 10 la propuesta de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido Mesa de Contratación, su resolución será motivada.
27.17. Tanto la Ley Mesa de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará Contratación como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio podrán solicitar los informes que considere precisos para adoptar su propuesta de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaresolución.
Appears in 1 contract
Samples: Contracting Instructions
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido contratación estará constituida en el punto 10 de los términos establecidos en la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por los siguientes componentes: Un Presidente, que será el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Alcalde o concejal en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma que delegue y actuará como Secretario vocales el secretario-interventor del Ayuntamiento y un concejal nombrado por cada grupo político municipal. Actuará como secretario el Técnico de Administración General, funcionario xx xxxxxxx Para la valida constitución de la Corporación. Formarán parte de ellamesa, deberán asistir al menos cuatro vocalestres de sus miembros, entre los cuales estará el Secretario o, en su casoy por lo menos, el titular presidente y el secretario de la mesa. Los acuerdos de la mesa requerirán mayoría simple de los asistentes. En caso de empate, se decidirá por voto de calidad del órgano Presidente. La apertura del sobre A se efectuará el tercer día siguiente hábil a aquel en que tenga atribuida finalice el plazo de presentación de proposiciones y calificada la función documentación podrá otorgarse plazo para la subsanación de asesoramiento jurídicoerrores en la documentación por plazo no superior a tres días hábiles. La apertura del sobre b, así como aquellos otros que se designen realizará en acto público, se fijará por resolución de Alcaldía que se publicará en el tablón de anuncios y perfil de contratante. La mesa de contratación, a la vista de las ofertas presentadas y los criterios de valoración establecidos, propondrá al órgano de contratación local la adjudicación del contrato a favor del licitador que haya propuesto la mejor oferta, estableciendo un orden de puntuación. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto. No obstante, cuando el órgano de contratación entre no adjudique el personal funcionario contrato de acuerdo con la propuesta formulada o declare el concurso desierto deberá motivar su decisión. La adjudicación se notificará a los interesados en el expediente y se publicará en el Tablón de Anuncios y perfil de contratante. El contrato deberá formalizarse en documento administrativo dentro del plazo xx xxxxxxx o personal laboral xxxx días hábiles, a contar desde el día siguiente al servicio de la Corporación, o miembros electos notificación de la mismaadjudicación. Por lo expuestoNo obstante, conforman la Mesa de Contratación el contratista adjudicatario podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo a su cargo los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciacorrespondientes gastos.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Arrendamiento
MESA DE CONTRATACIÓN. 9.1. La composición de la Mesa de Contratación se publicará en el perfil de contratante con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación del sobre nº 2. (Art. 21.4 del R.D. 817/2009). La Mesa de Contratación examinará y calificará, previamente al acto público de la apertura de los sobres nº 3, la validez formal de las documentaciones de carácter general acreditativas de la personalidad jurídica, capacidad de obrar, apoderamiento y solvencia económica financiera, técnica y profesional de los licitadores y demás requisitos que se deben incluir en el sobre nº 2, así como la garantía provisional, cuando proceda. (Art. 22.1.a) del R.D. 817/2009). Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones. Además, determinará los licitadores que deban ser excluidos del procedimiento por no acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares. (Art. 22.1.b) del R.D. 817/2009.
9.2. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 lugar, día y hora señalados en el perfil de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembrecontratante, en relación con el artículo 21.2 acto público, procederá a la apertura del Real Decreto sobre nº 3. (Art. 27 del R.D. 817/2009, ).
9.3. La Mesa de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oContratación, en su casoel lugar, día y hora señalados en el titular anuncio de licitación del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídicoBoletín Oficial correspondiente, en acto público dará a conocer las proposiciones admitidas, así como aquellos otros como, la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor y a continuación, procederá a la apertura del sobre nº 1 y se dará lectura de las proposiciones admitidas. A estos efectos, siempre que se designen por resulte precisa la subsanación de errores u omisiones en la documentación mencionada en el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporaciónpárrafo anterior, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa concederá para efectuarla un plazo inferior a siete días al objeto de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso el acto de ausenciaapertura pueda celebrarse dentro de él.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Supply and Maintenance of an Application
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de ContrataciónContratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa , y actuara conforme a lo previsto en el articulo 326 de la ley 9/2017, de 8 de noviembre , de Contratos del Xxxxxx Xxxxxxx ,xxx la que se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23UE y 2014/24/UE , de 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007,de 30 de octubre, de Contratos del Sector Publico, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación , de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 noviembre , de Contratos del Sector PúblicoPublico, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, febrero de 8 xx xxxx2014, estará presidida por un miembro dos miembros de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formaran parte de ella, al menos cuatro vocalescomo vocales , entre los cuales estará el Secretario oo , en su casocaso , el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídicojurídico , y el Interventor ,o en su caso el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico presupuestario , así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la CorporaciónCorporación , o miembros electos de la misma, sin que su número en total sea inferior a a tres. Por lo expuestoLos miembros electos que, conforman la en su caso, formen parte dela Mesa de Contratación los siguientes miembroscontratación no podrán suponer mas de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Su composición se publicara a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará publica con carácter previo a su constitución a través de un anuncio especifico en el citado perfil. PRESIDENTE: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente Alcaldesa del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará Camañas o concejal en quien delegue. VOCALES: Titular: Secretaria Interventora del Ayuntamiento de Camañas Técnico designado por la Comarca Comunidad xx Xxxxxx. Concejal del Ayuntamiento de Camañas Actuará como Presidente Secretaria de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico la Secretaria del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencia.Camañas
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Administrativo Especial
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y actuará conforme a lo previsto en el Real Decreto 817/2009, desarrollando las funciones que se establecen en su artículo 22.1. Para el ejercicio de sus funciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrá solicitar estos informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas de los pliegos, de conformidad con lo previsto en el artículo 160.1 del TRLCSP. La Mesa de contratación estará presidida por el Presidente Delegado de la FDM, y estará integrada por los siguientes vocales: - El Jefe del Servicio Jurídico y RR.HH. - El Interventor Delegado. - La Secretaria Delegada de la FDM. - La Directora Gerente de la FDM. - El Jefe de Sección de Proyectos de Infraestructuras de la FDM. - El Jefe de Sección del Servicio de Infraestructuras de la FDM que promueve la contratación Actuará como Secretario de la Mesa la Secretaria Delegada de la FDM. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá en acto interno a la calificación de la documentación y valoración de las ofertas presentadas por los licitadores, y si observase defectos materiales en la misma, lo notificará por fax al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Para el caso de que la finalización del plazo citado coincidiera en sábado, dicha finalización tendrá lugar el primer día hábil siguiente. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación. Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del TRLCSP. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario otras solicitar, en su caso, el titular del órgano los informes técnicos que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídicoestime precisos, así como aquellos otros que se designen por el elevará al órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral propuesta de adjudicación del contrato al servicio licitador que oferte la proposición económicamente más ventajosa, atendiendo a los criterios de valoración establecidos en la Corporación, o miembros electos de la mismacláusula 12ª del presente Xxxxxx. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencia.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for It Maintenance and Supply of Equipment
MESA DE CONTRATACIÓN. 12.1 La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido contratación está integrada por los miembros que se indican en el punto 10 apartado I.1 del Cuadro de características. La concreción de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido composición se publicará en el Perfil de Contratante con una antelación mínima de 7 días respecto de la Ley reunión de Contratos calificación del Sector PúblicoSobre A.
12.2 La Mesa de contratación, aprobado por calificará la documentación contenida en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembreSobre A y, en relación con caso de observar defectos enmendables, lo comunicará a las empresas licitadoras afectadas para que los enmienden en el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009plazo de tres días. Una vez enmendados, de 8 xx xxxxsi procede, estará presidida por un miembro de los defectos en la Corporación o un funcionario de documentación contenida en el Sobre A, la misma mesa lo evaluará y actuará como Secretario un funcionario de determinará las empresas admitidas a la Corporación. Formarán parte de ellalicitación y las excluidas, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oasí como, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio las causas de la Corporación, o miembros electos exclusión. Sin perjuicio de la mismacomunicación a las personas interesadas, se harán públicas estas circunstancias mediante su perfil de contratante. Por lo expuestoAsimismo, conforman de acuerdo con el artículo 95 de la LCSP la Mesa podrá solicitar a las empresas licitadoras las aclaraciones que le hagan falta sobre los certificados y documentos presentados o requerirlas para que presenten complementarios, las cuales, de conformidad con el artículo 22 del RGLCAP, dispondrán de un plazo de cinco días naturales sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas. Las solicitudes de aclaraciones o enmiendas se llevarán a cabo por correo electrónico o a través de la funcionalidad que a este efecto tiene la herramienta de Sobre Digital, mediante la cual se dirigirá un correo electrónico a la dirección o las direcciones señaladas por las empresas licitadoras en el formulario de inscripción, con el enlace para el cual accedan al espacio de la herramienta en que tienen que aportar la documentación correspondiente. Estas peticiones de enmienda o aclaración, de forma opcional, también se pueden se comunicarán en la empresa mediante comunicación electrónica a través de l'e-NOTUM, integrado con la Plataforma de Servicios de Contratación Pública, de acuerdo con la cláusula octava de este pliego.
12.3 Los actos de exclusión adoptados por la Mesa en relación con la abertura del Sobre A serán susceptibles de impugnación en los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de términos establecidos a la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciacláusula trigésima novena.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, Contratación estará integrada por: - El Sr. Jefe del Servicio Administrativo de acuerdo con Deportes o personal funcionario o laboral en quien delegue o sea designado como suplente - El Sr. Interventor General o personal funcionario o laboral en quien delegue. - El Sr. Vicesecretario General de la Corporación o personal funcionario o laboral en quien delegue o sea designado como suplente. - Un Técnico de Administración Especial del Servicio Administrativo de Deportes o personal funcionario o laboral que sea designado como suplente. - Como Secretario: Un Técnico de Administración General del Servicio Administrativo de Deportes o personal funcionario o laboral que sea designado como suplente. La Mesa de Contratación se regirá por lo establecido dispuesto en el punto 10 de artículo 320 del TRLCSP en relación con la Disposición Adicional Segunda Segunda, apartado 10) de aquélla, así como los artículos 21 y 22 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto RD 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro . Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la primera reunión que deba celebrar. A las reuniones de la Corporación mesa podrán incorporarse los funcionarios o un funcionario asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto. Todos los miembros de la misma mesa tendrán voz y actuará como Secretario un funcionario voto, excepción hecha del secretario que sólo tendrá voz. Para la válida constitución de la Corporación. Formarán parte mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de ellasus miembros, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oy, en su todo caso, el titular Presidente, el Secretario y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaórgano.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Supply and Installation
MESA DE CONTRATACIÓN. 7.1. El órgano de contratación, para la adjudicación de los contratos por los procedimientos abierto, restringido y negociado con publicidad, estará asistido de una Mesa de Contratación en los términos que prevé el art. 295 de la LCSP, el art. 79 del Reglamento general de la LCAP y 253 de los Estatutos de la Universidad de Extremadura. En los procedimientos negociados en los que no sea necesario publicar anuncio de licitación, la constitución de la Mesa será potestativa para el órgano de contratación.
7.2. La Mesa de Contratación, además de calificar la documentación administrativa, admitiendo y rechazando a los licitadores en su caso, elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación. Las propuestas de adjudicación que eleve la Mesa de Contratación serán motivadas. La Mesa además podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Si el órgano de contratación no adjudica el contrato, de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de contratación, deberá motivar su decisión.
7.3. A los efectos de la calificación de la documentación presentada, previa la constitución de la Mesa de Contratación, el Presidente ordenará la apertura de los sobres que contengan la documentación del Sobre B, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo establecido comunicará verbalmente a los interesados, dejándose constancia en el punto 10 expediente. Sin perjuicio de la Disposición Adicional Segunda lo anterior, las circunstancias reseñadas deberán hacerse públicas a través del Texto Refundido tablón de la Ley anuncios del órgano de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario contratación o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros medio que se designen por fije en el órgano cuadro de contratación entre características, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación.
7.4. Una vez calificada la documentación del sobre “B”, y solventado, de haber existido, el personal funcionario xx xxxxxxx trámite de subsanación de errores o personal laboral al servicio aclaraciones y, en su caso, una vez se haya procedido a determinar las empresas que se ajusten a los criterios de selección referidos en el art. 11, de acuerdo con el art. 82, ambos del Reglamento General de la CorporaciónLCAP, o miembros electos se procederá al acto público de apertura de las proposiciones admitidas, en lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, con arreglo al siguiente proceso:
7.4.1 Comenzará el acto de apertura de proposiciones dándose lectura al anuncio del contrato y procediéndose seguidamente al recuento de las proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuran en los certificados extendidos por los jefes de las oficinas receptoras de las mismas. Acto seguido se dará cuenta al público del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados. En caso de que surjan discrepancias se procederá conforme establece el art. 83.3 del Reglamento General de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausenciaLCAP.
Appears in 1 contract
Samples: Cláusulas Administrativas Particulares De Contratos Especiales
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, febrero de 8 xx xxxx2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Por lo expuestoLos miembros electos que, conforman en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil. La Mesa de Contratación estará formada por los siguientes miembros: - Presidente: D. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx Medianero o quien legalmente le sustituya. - Vocal: D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. Alguacil del Ayuntamiento xx Xxxxxxx Medianero, o quien legalmente lo sustituye - Vocal – Secretario: Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente Xxxxx. Secretaria-Interventora con Comisión Circunstancial del Excmo. Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, xx Xxxxxxx Medianero o concejal en quien delegue en caso de ausenciaquién legalmente le sustituya. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la La mesa de contratación Xx se constituirá mediante Resolución de Alcaldía en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento xx Xxxxxxx Medianero sito en Xxxxx Xxxx XxxxxxxxXxxxx, o funcionario 0 en fecha y hora que asuma sus funciones será debidamente anunciada en caso el Perfil de ausenciaContratante.
Appears in 1 contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La El órgano competente para la valoración de las ofertas es la Mesa de Contratación, constituida de acuerdo conformidad con lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley LCSP, por un Presidente y un mínimo de Contratos del Sector Públicotres vocales y Secretario. El régimen de funcionamiento de la Mesa de Contratación es el regulado en la LCSP y sus disposiciones de desarrollo. Los actos públicos de apertura SOBRE “B” y “C” se celebrarán: Xxxxx Xxxx xx Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxx xxx Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. X/ Xxxxx Xxxxxxxxx 0 , aprobado por 0° xxxxxx. 00000 – Bilbao. Xxxxx y hora El señalado en el Real Decreto Legislativo 3/2011, Perfil de 14 contratante. Días de noviembrela semana: martes. Horario: a) apertura “C”: 8:30 horas. b) apertura “B”: 8:45 horas. Actuaciones previas a la Mesa de Contratación. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, en la unidad administrativa municipal de Contratación se procederá a la apertura del sobre A y se hará constar la relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma licitadores y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario odeclaraciones aportadas y documentación anexa, en su caso, . Si observare defectos materiales en la declaración y documentación anexa presentada lo comunicará a los interesados y además se harán públicas en el titular del órgano que tenga atribuida la función Tablón de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros anuncios de cada contrato que se designen por publica en perfil de contratante difundido en la web municipal y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el órgano licitador subsane el error. Ahora bien, si la declaración de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx un licitador contuviese defectos sustanciales o personal laboral al servicio de deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx García, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencialicitación.
Appears in 1 contract
Samples: Acuerdo Marco De Suministros
MESA DE CONTRATACIÓN. La El órgano competente para la valoración de las ofertas es la Mesa de Contratación, constituida de acuerdo conformidad con lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido TRLCSP, por un Presidente y un mínimo de tres vocales y secretario. Su composición será la que se establezca en el apartado 25 de la Ley Carátula de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, este Pliego. El régimen de 14 funcionamiento de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Por lo expuesto, conforman la Mesa de Contratación es el regulado en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo. Los actos públicos de apertura de los siguientes miembrosSOBRES “2” se celebrarán: Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde Presidente Lugar Xxxx xx Xxxxxx del Excmo. Ayuntamiento de Torrelaguna, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx 0 00000-Xxxxxxx Fecha y hora La fecha y hora señaladas en las comunicaciones que actuará como Presidente se realicen a cada uno de los licitadores La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el SOBRE 1). A los efectos de la Mesaexpresada calificación, el presidente ordenará, en acto no público, la apertura de los sobres, con exclusión de los SOBRES 2) y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si observare defectos materiales en la declaración y documentación anexa presentada lo comunicará a los interesados y además se harán públicas en el Tablón de Anuncios de cada contrato que se publica en Perfil de contratante difundido en la web municipal y se concederá un plazo no superior a TRES (3) DÍAS HÁBILES para que el licitador subsane el error. Ahora bien, si la declaración de un licitador contuviese defectos sustanciales o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx Xxxxxx Garcíadeficiencias materiales no subsanables, primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. o X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Guisado, o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, técnico del Ayuntamiento de Torrelaguna, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o Secretario: Actuará como secretaria de no será admitido a la mesa de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, o funcionario que asuma sus funciones en caso de ausencialicitación.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Suministro E Instalación