OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. En desarrollo del proceso de interventoría se debe cumplir a cabalidad las siguientes obligaciones: 6.6.2.1 Obligaciones de carácter administrativo: 1. Dar asesoramiento competente, objetivo e imparcial otorgando la máxima importancia a los intereses de la entidad sin consideración alguna respecto de cualquier trabajo futuro y asegurando que su intermediación esta libre de conflictos de interés. 2. Apoyar a la Unidad de Información y Análisis Financiero para que el objeto contratado se cumpla y garantizar que este sea de la mejor calidad. 3. Elaborar y suscribir el acta de iniciación y liquidación del contrato de obra a su cargo. 4. Verificar permanentemente que los procedimientos y controles utilizados por el contratista(s) de las obras, garanticen el control efectivo frente al monto de las obras y recursos de cada proyecto que financian el contrato en forma discriminada. 5. Verificar el pago de los salarios y prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal del contratista seleccionado para la ejecución de las obras lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes Colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. 6. Mantener el control suficiente para que todo el esquema administrativo y operativo funcione adecuadamente, y lograr que las obras se atiendan en forma oportuna y en el tiempo acordado con el contratista de la obra, con la calidad, cantidad y costos previamente aprobados. 7. De existir cualquier diferencia o discrepancia sobre las obras, asesorar a la parte CONTRATANTE y conciliar con el CONTRATISTA antes de proceder a la ejecución de las mismas. Antes de iniciar la obra, exigir al CONTRATISTA el organigrama de la misma, las hojas de vida del personal, y la relación de este último con sus números de cédula. 8. Realizar el acta de 80/93. liquidación respectiva dentro de los plazos contemplados en la Ley
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, serán de su cuenta las siguientes: 1. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y Seguridad y Salud. A este efecto, de conformidad con lo previsto en el art. 119 del TRLCSP, se informa que los licitadores podrán obtener información sobre obligaciones relativas a la protección y condiciones de trabajo vigentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el Servicio de Relaciones Laborales y Economía Social de la Dirección General de Trabajo, Industria y Comercio; y en el Instituto Riojano de Salud Laboral. Los licitadores manifestarán en su solicitud si han tenido en cuenta en sus ofertas el cumplimiento de las anteriores obligaciones. 2. La empresa que resulte adjudicataria deberá presentar al Responsable del contrato, en su caso, su sistema de gestión de la prevención: información esquemática de su estructura preventiva y de cómo se refleja ésta en sus procedimientos de trabajo, así como la siguiente documentación: − Modalidad preventiva elegida por la empresa, servicio de prevención (propio, concertado, etc.) − Nombre y apellidos y cargo responsable y/o gestor del servicio de Prevención. − Plan de Prevención de la empresa, evaluación de riesgos y planificación preventiva asociada a la actividad a realizar por la contrata. − Relación nominal actualizada de trabajadores de la contrata, acreditación de su formación e información en prevención de riesgos laborales y cualificación acorde a las tareas a realizar. La empresa deberá acreditar igualmente que los trabajadores están informados de los riesgos a los que están expuestos y han recibido formación al respecto. − Presencia de recursos preventivos en las tareas que así lo requieran. Y documentación acreditativa de la capacidad técnica de los recursos preventivos presentes, de conformidad con los artículos 30, 31 y 32 bis de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995, de 8 de noviembre. − Se debe informar al Ayuntamiento xx Xxxxxxx de los accidentes de trabajo ocurridos por su personal en nuestros centros de trabajo, facilitando la investigación del mismo
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA a. Encontrarse al día en el pago de los aportes parafiscales durante la ejecución del contrato. b. El cuidado, vigilancia y seguridad de las instalaciones físicas y los elementos que se encuentren dentro de ellas. La compañía deberá responder por los elementos que se extravíen de las oficinas por causas imputables al servicio de vigilancia. El contratistas pagará los deducibles a que haya lugar por siniestro o hurtos ocurridos en las instalaciones objeto del contrato, que se reclamen a la compañía de seguros. Igualmente cuando el valor de la reclamación no sea posible por el deducible, la compañía de vigilancia repondrá el bien por uno con iguales o mejores características al extraviado, en un término máximo de siete (7) días hábiles. Lo anterior sin perjuicio de las acciones legales que lleve a cabo la compañía de seguros frente al contratista. Todo lo anterior se entiende enmarcado en que previamente se realizarán las investigaciones administrativas entre las partes, tendientes a determinar responsabilidades. c. Xxxxx durante la jornada de trabajo por la seguridad de los funcionarios, contratistas y visitantes que permanezcan en el área objeto de vigilancia. d. Mantener la presencia de vigilantes sin interrupción, durante los horarios establecidos para cada puesto, de acuerdo con la modalidad del servicio contratado. e. Ejercer control en todos los puestos de vigilancia requeridos mediante la coordinación y supervisión del Jefe de Servicios Generales o quien haga sus veces, para que cumplan los requisitos exigidos en el presente Pliego de Condiciones y manual de obligaciones. f. Designar el coordinador de los vigilantes y asignar por parte de la empresa supervisores de ronda 24 horas que cumpla con los requisitos que establece el pliego. g. El coordinador que se asigne para la ejecución del contrato deben ser de disponibilidad permanente y disponer de un móvil para hacer recorridos permanentes por los puestos. h. Ejecutar las medidas especiales de control que le imparta verbalmente o por escrito el supervisor del contrato (Jefe del Departamento de Gestión de Servicios Generales). i. Disminuir o aumentar la cantidad de vigilantes, por solicitud escrita del supervisor del contrato. j. Reubicar los puestos de vigilancia cuando así se requiera, previa solicitud escrita del supervisor del contrato. k. Mantener debidamente capacitado al personal que presta servicio de vigilancia, en los diferentes puestos requeridos por la Entidad. l. Cumplir sus obligaciones ...
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA se
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. En virtud del presente contrato EL CONTRATISTA se obliga específicamente con LA UNIVERSIDAD a cumplir con las siguientes obligaciones:
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. Son las previstas en la cláusula 30 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares rige el acuerdo marco en que se basa el presente contrato.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. En desarrollo del objeto en mención, EL CONTRATISTA adquiere las siguientes obligaciones específicas: 1. Las obligaciones que correspondan o sean de la naturaleza del contrato y que permitan garantizar el cumplimiento del objeto contratado. 2. Cumplir totalmente con las condiciones técnicas y comerciales ofrecidas en la propuesta.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. [La entidad incluirá las obligaciones específicas que considere conveniente, de acuerdo con la naturaleza y objeto del contrato, al igual que los mecanismos que tenga cada Entidad para controlar el cumplimiento de las obligaciones del Contratista]
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. En desarrollo del objeto, el CONTRATISTA adquirirá con la entidad, las siguientes obligaciones específicas: PARÁGRAFO: El objeto y obligaciones del presente contrato, se desarrollarán de conformidad con los documentos que fueron expedidos en virtud del Proceso de Selección Concurso Público No. 00X de 202X, así como la propuesta presentada por (NOMBRE DEL ADJUDICATARIO) dando cabal cumplimiento a lo manifestado en el FORMATO PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO y a los ofrecimientos otorgados a través del FORMATO FACTORES PONDERABLES los cuales se enuncian a continuación: XXXX.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. 1. Cumplir con la entrega de las cantidades, calidad y las especificaciones técnicas de acuerdo con los bienes ofrecidos dentro de su propuesta, conservando un comportamiento de cordialidad y buen trato donde quiera que se desarrollen las actividades derivadas del contrato. 2. En el evento, en que se detecte alguna deficiencia en el suministro de algún producto y bien, el contratista debe proceder inmediatamente a realizar los correctivos pertinentes, a su cargo, sin costo adicional para la Institución Educativa. 3. Si la Institución Educativa detecta que cualquier producto y bien no cumple con las características o con las especificaciones, el contratista tomará a su costo y bajo su responsabilidad todas las medidas y ejecutará todos los cambios que sean pertinentes incluyendo los costos de suministro y todos los demás que puedan ser necesarios para hacer que los suministros y bienes adquiridos cumplan con las especificaciones técnicas exigidas.