OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES: 1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento. 2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada. 3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio 4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión. 5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo. 6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete. 7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 5 contracts
Samples: Contrato De Suministro, Service Contract, Contrato De Suministro
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES1.- Suscribir el correspondiente contrato con el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, en el plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la notificación de la adjudicación del mismo. Se formalizará en documento administrativo, que será título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, se formalizarán en escritura pública estos contratos cuando lo solicite el contratista siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento.
2.- Satisfacer los gastos siguientes:
13.- Ejecutar el contrato con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación dicte la Administración. El contrato deberá cumplirse contratista será responsable de conformidad con lo establecido en el presente Pliego la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y en el Pliego de Prescripciones Técnicaslas prestaciones y servicios realizados, debiendo así como de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la Legislación de ejecución del contrato.
4.- Proporcionar al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx cuantas aclaraciones, informaciones complementarias y pruebas documentales que se soliciten sobre los Contratos datos contenidos en la proposición y los que afecten a la ejecución del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento contrato.
5.- Cumplir íntegramente todas y cada una de las obligaciones fiscales derivadas descritas en los Pliegos de Condiciones que regulan este Procedimiento Negociado .
6.- Cumplir con las obligaciones sobre protección de datos de carácter personal previstos por la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre.
7.- Cumplir todo lo dispuesto en la legislación en todos sus aspectos, incluidos de Previsión, Seguridad Social, Seguridad y Salud en el Trabajo. Presentar al Director del Contrato que figure en la cláusula número 13 de la formalización Hoja Resumen el Plan de Emergencia de Xxxxxxx y cumplimiento demás documentación exigida por el art. 10 del contratoReal Decreto 171/2004 de 30 de enero, y de los deberes sociales y salariales con que desarrolla el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2art. El contratista deberá disponer en todo momento 24 de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contratoLey 31/95, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder 8 de inmediatonoviembre, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Laborales, presentando la documentación que se indica en el Anexo Nº VII de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónPliego.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 4 contracts
Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES1.- Suscribir el correspondiente contrato con el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, en el plazo máximo de 10 días, contados a partir de la notificación de la adjudicación del mismo. Se formalizará en documento administrativo, que será título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, se formalizarán en escritura pública estos contratos cuando lo solicite el contratista siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento.
2.- Satisfacer los gastos siguientes:
13.- Ejecutar el contrato con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación dicte la Administración. El contrato deberá cumplirse contratista será responsable de conformidad con lo establecido en el presente Pliego la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y en el Pliego de Prescripciones Técnicaslas prestaciones y servicios realizados, debiendo así como de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la Legislación de ejecución del contrato.
4.- Proporcionar al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx cuantas aclaraciones, informaciones complementarias y pruebas documentales que se soliciten sobre los Contratos datos contenidos en la proposición y los que afecten a la ejecución del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento contrato.
5.- Cumplir íntegramente todas y cada una de las obligaciones fiscales derivadas descritas en los Pliegos de Condiciones que regulan este Procedimiento Negociado .
6.- Cumplir con las obligaciones sobre protección de datos de carácter personal previstos por la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre.
7.- Cumplir todo lo dispuesto en la legislación en todos sus aspectos, incluidos de Previsión, Seguridad Social, Seguridad y Salud en el Trabajo. Presentar al Director del Contrato que figure en la cláusula número 13 de la formalización Hoja Resumen el Plan de Emergencia de Xxxxxxx y cumplimiento demás documentación exigida por el art. 10 del contratoReal Decreto 171/2004 de 30 de enero, y de los deberes sociales y salariales con que desarrolla el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2art. El contratista deberá disponer en todo momento 24 de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contratoLey 31/95, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder 8 de inmediatonoviembre, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Laborales, presentando la documentación que se indica en el Anexo Nº VII de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónPliego.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 3 contracts
Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y Xxxxxx, en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo Técnicas y de cumplir acuerdo con las instrucciones que a los efectos del cumplimiento del contrato diera el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos responsable del Sector Públicomismo. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el AyuntamientoInstituto Municipal de Deportes de Albacete.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento Instituto Municipal de Deportes de Albacete considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestióntrabajadores.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento Instituto Municipal de Deportes de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento Instituto Municipal de Deportes de Albacete podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el MunicipioInstituto Municipal de Deportes de Albacete. Si el Ayuntamiento Instituto Municipal de Deportes de Albacete hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónel Instituto Municipal de Deportes de Albacete.
Appears in 2 contracts
Samples: Suministro De Vehículos, Suministro
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESEl arrendamiento comprenderá:
1. El contrato deberá cumplirse USO de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicaslos automóviles matriculados a nombre del arrendador, debiendo estar, en todo momento, en perfecto estado tanto funcional o técnico como administrativo, de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización modo que permita su normal y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con legal circulación por el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contratoadscrito al Servicio de Prevención, el cual carecerá Extinción de relación jurídica alguna con el AyuntamientoIncendios y Salvamento.
2. El contratista MANTENIMIENTO INTEGRAL de los automóviles objeto del arrendamiento por el adjudicatario para lo que deberá disponer en todo momento las proximidades de la plantilla adecuada ciudad xx Xxxxxxxxx de un taller cualificado con suficiente cantidad de medios personales y técnicos para obtener la inmediata reparación de los vehículos suministrados, en atención a las características del Servicio de Extinción de Incendios. Si no dispone de talleres propios o delegaciones, se deberá llegar a acuerdos con empresas que puedan garantizar el máximo nivel cumplimiento de calidad este apartado, para lo cual deberá aportar el correspondiente compromiso. Dicho mantenimiento incluirá: - todas las revisiones periódicas que establezca la marca en el libro de mantenimiento del automóvil, tanto repuestos y líquidos como mano de obra, con independencia de que se encuentre o no en periodo de garantía. - Las reparaciones de todas las prestaciones objeto averías que se produzcan debido al uso al que se destinan los vehículos - La sustitución de neumáticos de acuerdo con las normas marcadas por la Dirección General de Tráfico, por reventón, mordeduras y/o en todo caso, cada 40.000 kms o cuando el estado de los mismos así lo aconseje. - Quedan excluidos del contrato, mantenimiento integral únicamente el lavado y limpieza de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder los vehículos así como el suministro de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadacombustible para su funcionamiento.
3. En sus relaciones ASISTENCIA EN CARRETERA 24 horas con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domiciliocobertura nacional.
4. El Adjudicatario Si los vehículos adolecieran de cualquier causa de vicio, defecto o avería no susceptibles de reparación, el adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes a su inmediata reposición y nunca en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, un plazo superior a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión30 días.
5. Corresponde al adjudicatario Dotar a los vehículos de rótulos y pegatinas que indiquen el servicio municipal correspondiente antes de la obtención entrega de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, los vehículos que se requieran para establece en seis meses desde la realización formalización del trabajocontrato.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación Responsabilizarse de las personas sanciones que hayan realizado los trabajos objeto pudieran derivar del contrato como personal estado del Ayuntamiento vehículo y de Albacetela documentación del mismo.
7. Para el pago La obtención y costo de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior cuantas licencias y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónautorizaciones administrativas sean precisas.
Appears in 2 contracts
Samples: Lease Agreement, Lease Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, diere el responsable del contrato.
12.- El adjudicatario no podrá subcontratar la prestación del servicio de forma total o parcial, debiendo ejecutar directamente las prestaciones que son objeto del contrato. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen al Ayuntamiento o a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Igualmente, será responsable por los daños y perjuicios originados por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con el art. 305 del TRLCSP.
3.- El contratista será responsable de la calidad técnica de los servicios que se presten, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Ayuntamiento o para terceros de sus actos, omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
4.- El adjudicatario designará una persona responsable como única interlocutora válida en las funciones de organización y coordinación de los servicios requeridos.
5.- El adjudicatario deberá contratar todo el personal necesario para el buen funcionamiento del servicio, con estricta sujeción a la normativa social y laboral de aplicación. El personal adscrito al servicio que se licita no tendrá relación jurídica ni laboral alguna con el Ayuntamiento, ni durante la vigencia del contrato deberá cumplirse ni a su terminación. En ningún momento el Ayuntamiento se subrogará en las relaciones contractuales entre el contratista y el personal de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Públicoentidad adjudicataria. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de deberá cumplir y hacer cumplir durante la formalización y cumplimiento ejecución del contrato, la normativa sobre Seguridad y Salud y Prevención de Riesgos Laborales.
6.- Serán a cargo del contratista todos los gastos que se originen con motivo de la prestación de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientoservicios previstos.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de 7.- Cumplirá las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones normas vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y laborales, quedando el Ayuntamiento exonerado de garantizar responsabilidad en caso de incumplimiento.
8.- Previamente a la seguridad y salud firma del Contrato la empresa adjudicataria deberá aportar justificación de que dispone de seguro de responsabilidad civil, por un importe mínimo de 300.000 €, que cubra los posibles daños a terceros que se produzcan durante la realización de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestióntrabajos.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 2 contracts
Samples: Contract for Supply and Installation of Thermostatic Valves, Contract for Supply and Installation of Led Lighting and Control System
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. a) El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo.
b) Serán de cuenta del adjudicatario, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación, y los de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias.
c) Disponer de los medios personales y materiales suficientes para la correcta prestación del servicio, debiendo notificar al Excmo. Ayuntamiento las incidencias que se produzcan en materia de personal, en especial las altas y bajas, con carácter previo a su producción. Las reuniones de trabajo con el personal se realizarán fuera del turno del servicio y sin que perturben el ritmo y horario de trabajo.
d) Observar en todo momento, tanto el contratista como su personal, el necesario decoro y la corrección y respeto debido a los ciudadanos.
e) Designar a un responsable del servicio a efectos de comunicación con el Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara.
f) Xxxxxx el personal de la actual contrata y las retribuciones que actualmente tienen reconocidas, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas cotizaciones sociales correspondientes, gastos generales e impuestos.
g) Contratar el adjudicatariopersonal necesario para la correcta prestación del servicio.
h) Suministro, en relación con este contratoinstalación y mantenimiento de los aparatos expendedores de tickets, el Ayuntamiento podrá disponer así como la retirada de los existentes y ejecución de obras de rehabilitación consecuencia de ello.
i) Suministro, instalación y mantenimiento de la garantía definitiva prevista señalización horizontal y vertical, así como las modificaciones que sean necesarias.
j) Conservación de todos los elementos tales como instalaciones, PDA, vehículos, etc., necesarios para el buen funcionamiento del servicio.
k) Las labores de control de las zonas reguladas, así como la denuncia de las infracciones contra las normas de estacionamiento específicas de la zona regulada, y su entorno.
l) La elaboración y reparto de las tarjetas de residentes en este Pliegocolaboración con el órgano designado por el Ayuntamiento, parcial o totalmenteasí como la elaboración de planos definitivos de ubicación de plazas, señales, expendedores, y zonas de residentes.
m) La operación de recaudación de los expendedores de tickets, conteo e ingreso.
n) El mantenimiento del nivel de vigilancia previsto, según procedael personal ofertado. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas Dichos vigilantes estarán debidamente uniformados y comunicados mediante radioteléfonos con el Municipio. Si responsable del servicio y técnicos del mantenimiento.
o) El pago del canon ofertado.
p) Indemnizar a terceros por los daños que pueda producir el Ayuntamiento hiciera uso funcionamiento del servicio.
q) Cuantas otras obligaciones se desprendan del presente pliego de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantíacondiciones jurídico-administrativas, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, oferta del adjudicatario o del contrato que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónse firme.
Appears in 2 contracts
Samples: Pliego De Condiciones Técnicas Y Económicas, Pliego De Condiciones Técnicas Y Económicas
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:Además de las derivadas de la Ley de Contratación Administrativa y de su Reglamento, son obligaciones DEL ADJUDICATARIO.
1. El contrato deberá cumplirse Presentar un listado y currículo actualizado de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga estará directamente relacionado con los servicios a disposición prestar, cuando la Administración se lo solicite. Esto de los empleados directos que se encuentren en planillas al momento de la presentación de la oferta, en caso de que haya cambio de personal durante la ejecución del cumplimiento del contratocontrato se deberá de actualizar este punto, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientocada vez.
2. El contratista deberá disponer Presentar copia de los certificados emitidos en todo momento cursos de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel manejo de calidad de las prestaciones objeto del contratoalimentos, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución tanto del personal precisode cocina como de los meseros y en caso de que hubiera cambio de personal, deberá de forma que aportar este certificado de cada nuevo empleado, esto cuando la adecuada ejecución del contrato quede garantizadaAdministración se lo solicite.
3. Mantener vigente el permiso sanitario de funcionamiento emitido por el Ministerio de Salud durante todo el plazo de ejecución del contrato. La Universidad se reserva el derecho de pedir copia del mismo cuando así lo considere conveniente. En sus relaciones con el adjudicatariocaso de que durante la ejecución del contrato se deba de realizar un cambio de las instalaciones de la empresa, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio se deberá de éste informar a la persona física UNA de manera inmediata y se dará un tiempo prudencial de 02 meses una vez anunciado el cambio para la presentación de la copia del servicio sanitario, además que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe UNA podrá realizar una visita de inspección a otra persona u otro domiciliolas nuevas instalaciones del contratista.
4. Contar con transporte adecuado para la prestación del servicio. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales costo de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestióntransporte correrá por cuenta del ADJUDICATARIO.
5. Corresponde Mantener al adjudicatario personal de servicio adecuadamente capacitado y cuando así se requiera por la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, Universidad deberá presentarse debidamente uniformado para eventos en los que se requieran para necesite una presentación formal, ejemplos cócteles y cenas en las que participen altas autoridades de la realización UNA, gobierno ó invitados internacionales, según indicación del trabajousuario que requiera el servicio. La Universidad indicará en que casos se requiere estos servicios.
6. A Contar con todo el mobiliario, menaje, mantelería, cristalería y enseres necesarios para la extinción prestación de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albaceteservicios.
7. Para En caso de solicitarse la prestación del servicio en vajilla desechable esta deberá ser de cartón o cualquier otro material biodegradable EN NINGUN CASO SE ACEPTARA PLASTICO O ESTEREOFON.
8. El oferente deberá tener la disponibilidad de brindar el pago servicio en las instalaciones que la Universidad requiera para tal efecto, en el Área Metropolitana, principalmente en las instalaciones ubicadas en el Campus Xxxxxxxx Xxxxx y el Campus Xxxx Xxxxx, o bien en alguna de las obligaciones instalaciones de la Universidad Nacional, o de otras instituciones siempre que dejase incumplidas las mismas se ubiquen en el adjudicatarioÁrea Metropolitana.
9. El contratista se compromete al brindar un servicio de primera calidad, con variedad de menú, en relación con este contratoforma oportuna y en lugar que así se determine para el mismo. Solo se recibirán alimentos preparados para el efecto, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro frescos y de un modo indubitado, por primera calidad en ningún momento se aceptarán alimentos comerciales salvo que específicamente así lo requiera la CorporaciónUniversidad.
Appears in 2 contracts
Samples: Catering Service Agreement, Catering Service Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. 1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, diere el responsable del contrato.
2.- El adjudicatario no podrá subcontratar la prestación del servicio de forma total o parcial, debiendo ejecutar directamente las prestaciones que son objeto del contrato. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen al Ayuntamiento o a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Igualmente, será responsable por los daños y perjuicios originados por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con el art. 305 del TRLCSP.
3.- El contratista será responsable de la calidad técnica de los servicios que se presten, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Ayuntamiento o para terceros de sus actos, omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
4.- El adjudicatario deberá cumplirse instalar una caseta para mantenimiento, a sus expensas.
5.- Aportar como mínimo un operario como personal cualificado de conformidad mantenimiento, que deberá permanecer en la Plaza Mayor, en horario de 10 a 15,00 y de 17,00 a 22,00 h., con lo establecido el objeto de subsanar, a la mayor brevedad posible, las averías y desperfectos que, tanto en las casetas como en el presente Pliego y en espacio municipal de actividades se produzcan, coordinado con la organización. Todo el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir personal que el adjudicatario dedique a la ejecución de las obligaciones legales contempladas prestaciones objeto de este contrato deberá estar integrado en la Legislación plantilla del adjudicatario y no tendrá vinculación laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. Con independencia de lo anterior, la empresa adjudicataria facilitará el nombre y teléfono de contacto de la persona responsable del servicio de mantenimiento, que deberá estar localizable y disponible en todo momento.
6.- Designar una persona responsable como única interlocutora válida en las funciones de organización y coordinación de los Contratos servicios requeridos.
7.- El adjudicatario deberá contratar todo el personal necesario para el buen funcionamiento del Sector Públicoservicio, con estricta sujeción a la normativa social y laboral de aplicación.
8.- El personal adscrito al servicio que se licita no tendrá relación jurídica ni laboral alguna con el Ayuntamiento, ni durante la vigencia del contrato ni a su terminación. En ningún momento el Ayuntamiento se subrogará en las relaciones contractuales entre el contratista y el personal de la entidad adjudicataria.
9.- En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de concesionario deberá cumplir y hacer cumplir durante la formalización y cumplimiento ejecución del contrato, la normativa sobre Seguridad y Salud y Prevención de Riesgos Laborales.
10.- Serán a cargo del contratista todos los gastos que se originen con motivo de la prestación de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientoservicios previstos.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de 11.- Cumplirá las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones normas vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y laborales, quedando el Ayuntamiento exonerado de garantizar responsabilidad en caso de incumplimiento.
12.- Previamente a la seguridad y salud firma del Contrato la empresa adjudicataria deberá aportar justificación de que dispone de seguro de responsabilidad civil, por un importe mínimo de 300.000 €, que cubra los posibles daños a terceros que se produzcan durante la realización de los trabajadores ytrabajos. El contratista adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo. Cualquier máquina, a cuyos efectosvehículo o elemento contratado, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particularessea propio o alquilado, que se requieran para la realización el adjudicatario ponga a disposición del trabajoServicio deberá contar con los seguros adecuados referidos a responsabilidad civil.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 2 contracts
Samples: Contract for Supply and Rental Services, Contract for Supply and Rental Services
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESEl adjudicatario está sujeto al estricto cumplimiento de todas las obligaciones que directa o indirectamente se deriven de lo establecido en este pliego y en todos los documentos contractuales y a título meramente enunciativo, las siguientes:
1. El contrato deberá cumplirse Obtener las autorizaciones, licencias, permisos, etc. necesarios de conformidad cualquier entidad pública o privada, así como satisfacer las tasas, impuestos, tributos y, en general, cualquier tipo de arbitrios y demás contraprestaciones económicas que sean de aplicación a los servicios objeto de explotación.
2. Abonar el importe del canon conforme a lo indicado en este pliego.
3. Prestar los servicios de manera continuada, con eficacia y diligencia y cumplimiento estricto de lo establecido dispuesto en el presente Pliego pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir las mejoras ofertadas por el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en para la Legislación gestión de los Contratos del Sector Públicomismos, sin interrupción alguna, salvo las derivadas de los supuestos legales de fuerza mayor. En todo caso, el caso de circunstancias sobrevenidas e imprevisibles ajenas al adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de que impidan la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento ejecución normal del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el AyuntamientoAyuntamiento ordenará lo preciso.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento Adscribir de forma permanente la plantilla mínima necesaria para el buen funcionamiento de todos los servicios.
5. Mantener en perfecto estado de conservación, limpieza e higiene todas las instalaciones, maquinaria y materiales. Serán de cargo del adjudicatario, por tanto, los gastos de conservación, limpieza, menaje, aprovisionamiento, correspondientes a todas las salas y dependencias afectas a los servicios. Deberá encargarse de la limpieza de todas las instalaciones que componen el Centro de Día, no sólo las dedicadas a bar. Asimismo, serán de su cuenta las reparaciones ordinarias necesarias como consecuencia del uso normal de las instalaciones y equipamientos y los gastos que deriven de un uso negligente por su parte.
6. Cumplir con sus trabajadores las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social la legislación laboral y de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para Observar, tanto la empresa como sus trabajadores, una conducta de respeto y consideración con los usuarios del servicio.
8. Indemnizar a terceros y al Ayuntamiento de los daños que les ocasionara el pago funcionamiento del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables al Ayuntamiento, para lo cual deberá mantener permanentemente actualizada la póliza de RC.
9. Ejecutar las modificaciones que en los servicios contratados acordase el Ayuntamiento y aconsejare el interés público, previa audiencia.
10. No enajenar bienes afectos a los servicios que hubieren de revertir a este ayuntamiento, ni gravarlos, salvo autorización expresa del Ayuntamiento.
11. Ejercer directamente la explotación, con prohibición de cederla, arrendarla o traspasarla salvo autorización explícita del Ayuntamiento, siempre que cumpla los requisitos establecidos en la legislación vigente sobre contratos de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatarioAdministraciones Públicas, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista lo dispuesto en este Pliego.
12. Facilitar al Ayuntamiento, parcial o totalmentecuando le sea solicitada, según proceda. Se observará la prelación legal documentación de responsabilidades la empresa con cargo objeto de proceder a la garantíacomprobación de la plena legalidad de ésta en el orden laboral, figurando administrativo, fiscal, etc. y toda la documentación que le sea requerida relativa a la prestación de los servicios concedidos y de su autocontrol.
13. Aceptar, en primer término caso de fuerza mayor o en cualquier situación de emergencia pública, la dirección del Ayuntamiento para la realización de tareas distintas a las obligaciones contraídas contratadas u otras en las que el personal o el material fuese necesario para restablecer la normalidad, mientras durase el estado de emergencia, fuerza mayor o calamidad pública.
14. Abstenerse de realizar ningún tipo de actividad ajena a la contratación, excepto que lo requiera el Ayuntamiento, cuando, a juicio de éste, especiales circunstancias lo aconsejen.
15. Ejecutar las instrucciones recibidas de los responsables municipales de los servicios en los términos establecidos en este pliego.
16. Será responsabilidad del contratista la calidad de la prestación de los servicios, debiendo contar para ello con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso personal responsable y preparado para ello, ajustándose en todo momento a las normas de lo establecido aplicación establecidas en la actualidad o que en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónfuturo puedan promulgarse.
Appears in 1 contract
Samples: Explotación De Servicios
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESEl adjudicatario se compromete a:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación a) La explotación del kiosco- bar comenzará dentro de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de veinte días siguientes a la formalización y cumplimiento del contrato, y teniendo la obligación de los deberes sociales y salariales con prestar el personal que ponga a disposición del cumplimiento Servicio de forma continuada durante el periodo de vigencia del contrato.
b) Efectuar la limpieza y mantenimiento propios del bar y terraza, para garantizar que se encuentren en un adecuado estado de higiene y conservación.
c) Cumplir las Ordenanzas Municipales aplicables, en particular, la Ordenanza Municipal para la Prevención del Alcoholismo y Tabaquismo, la Ordenanza Municipal reguladora de la venta realizada fuera de establecimiento comercial permanente y realización de actividades en la vía pública y, en caso de explotar mediante mesas y sillas la zona exterior del establecimiento, la Ordenanza Municipal reguladora de la utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos por la ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa. Tiene prohibida la instalación de cualquier tipo de máquinas tragaperras o de juego.
d) El personal necesario para la prestación del servicio y aquel otro que utilice transitoriamente para determinados casos, será contratado por cuenta del adjudicatario, siendo a su cargo el cual carecerá pago de relación jurídica todas las obligaciones derivadas por el pago de haberes, cuotas a la Seguridad Social y demás obligaciones laborales y tributarias.
e) El personal no tendrá derecho ni vinculación laboral alguna con el AyuntamientoAyuntamiento xx Xxxxxxxxx, dependiendo exclusivamente del adjudicatario.
2. f) Serán de cuenta del adjudicatario el mobiliario y elementos necesarios para la gestión del kiosco- bar.
g) El contratista deberá disponer en todo momento adjudicatario viene obligado a aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de estas obligaciones.
h) Abandonará y dejará libres y vacuos a disposición de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarlaadministración, dentro del plazo que se establezca, los bienes objeto de quince díasutilización y reconocerá la potestad de aquella para acordar y ejecutar por sí el lanzamiento.
i) No podrá subarrendar, a contar desde ceder o traspasar la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónexplotación sin autorización expresa del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
Appears in 1 contract
Samples: Concession Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. 11.1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención .
11.2. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de riesgos laborales ejecución del contrato y de garantizar los plazos parciales fijados por la seguridad y salud Administración. Si llegado el término de cualquier de los trabajadores yplazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas ascenderán a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio la cuantía que determine el órgano de la actividad deberá acreditar por escrito contratación en el Servicio apartado Q) del cuadro de Prevención de Riesgos Laborales características de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5Pliego. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer La pérdida de la garantía definitiva prevista en este Pliegoo los importes de las penalidades, parcial o totalmenteno excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, según proceda. Se observará originados por la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipiodemora del contratista. Si el Ayuntamiento hiciera uso de retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo establecido dispuesto en el párrafo anterior y dispusiera apartado 2 del art. 213.2 del TRLCSP. Pliego de cláusulas administrativas procedimiento abierto contrato de prestación de servicios de “MANTENIMIENTO DE APARATOS ELEVADORES (ASCENSORES, MONTACARGAS, PLATAFORMAS Y MONTAPLATOS) EXISTENTES EN LOS CENTROS DEPENDIENTES DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL”. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificaciónAdministración.
11.3. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro los de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias, hasta un importe máximo de un modo indubitado, por la Corporación150,00 €.
Appears in 1 contract
Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESEl adjudicatario deberá cumplir las siguientes obligaciones:
1. 1.- El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido local que se facilitará al adjudicatario se destinará por éste únicamente a los fines previstos en el presente Pliego y en apartado primero de este documento.
2.- Si además de la superficie ocupada por el Pliego de Prescripciones Técnicaskiosco, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas concesionario estuviese interesado en la Legislación ocupación de los Contratos del Sector Público. En todo casoespacios libres colindantes al edificio para la instalación de una pequeña terraza, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de siempre que le sea previamente permitido por la formalización autoridad municipal, lo solicitará obligatoriamente y cumplimiento del contratopor escrito a esta Administración, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga haciendo constar su destino, superficie a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajoocupar, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud una descripción de los trabajadores y, materiales a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos utilizar y la planificación distribución de aquellos en la actividad preventiva y queterraza, quien resolverá sobre esta petición, señalando en su caso, ha cumplido sus obligaciones las condiciones de esta autorización, alcance, duración, causas de revocación y cuantas otras prescripciones considere oportuno señalar. La superficie a ocupar se indicará en materia un plano, que presentará el adjudicatario, no permitiéndose ocupar un espacio diferente al autorizado e indicado en la citada documentación gráfica. De la misma forma, cualquier obra, reforma o añadido, tanto en el interior como en el exterior del edificio, aunque suponga una mejora de información éstos, deberá solicitarla previamente por escrito, sólo pudiendo llevarla a cabo con la autorización expresa de este Ayuntamiento. Todo lo anterior es extensible a los casos de toldos, carpas o sombrillas, que deberán ser abatibles y formación respecto desmontables a diario, considerándose causa grave su incumplimiento. Queda expresamente desautorizada la habilitación de instalaciones complementarias en el exterior del edificio que signifiquen incrementar la superficie del edificio de servicio o actividades culinarias. Así mismo resultará inadmisible el acopio de envases, cajas, recipientes o accesorios de cualquier tipo en el exterior.
3.- Serán a cargo del adjudicatario todos los gastos que implique el funcionamiento de la instalación, tales como: teléfono, agua y consumo de energía, así como los que deriven del necesario mantenimiento de la instalación . El concesionario deberá tramitar el alta a su nombre del suministro de agua , suministro de energía eléctrica y línea telefónica en su caso, estando obligado al pago de los trabajadores gastos que vayan implique esta tramitación .
4.- Con carácter previo al inicio de la actividad, el concesionario estará obligado a prestar comunicar su apertura al Ayuntamiento, quien comprobará que el local y sus servicios instalaciones se encuentran en perfecto estado para su correcta puesta en funcionamiento. Asimismo, previamente al inicio de la actividad, deberá realizar las actuaciones señaladas en el centro en cuestiónpunto primero de este documento .
5. Corresponde al adjudicatario 5.- El Ayuntamiento se reserva el derecho a reglamentar cuanto estuviera relacionado con las instalaciones del bar-cafetería, sus horarios de apertura y cierre y la obtención actividad que en él se desarrolla, lo que conlleva la facultad expresa para señalar las pautas de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particularesfuncionamiento en la explotación, que se requieran para ejercerá de forma que no se incite al consumo de bebidas alcohólicas, ya sea por sí mismas o combinadas con otras sustancias, ni en recipientes que por su tamaño excedan la realización capacidad ordinaria de consumo individual ("cachis", "litronas", etc). Reserva que se ejercitará a través de las instrucciones emanadas del trabajoSr. Alcalde-Presidente. No obstante , los licitadores detallaran en su oferta su propuesta de horario de apertura del local , el cual podrá variar en función de que se trate de temporada de invierno o xx xxxxxx.
66.- Mantener el local abierto al público debidamente atendido y en condiciones de limpieza y en permanente aptitud para el uso al que va a ser destinado, realizando las reparaciones que fueran necesarias y respondiendo de los deterioros de todo tipo producidos . A Cualquier circunstancia que llegare a provocar la extinción imposibilidad de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto apertura del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacetelocal deberá ser oportunamente comunicada al Ayuntamiento.
7. Para el pago 7.- Mantener en buen estado la porción de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporacióndominio público ocupado.
Appears in 1 contract
Samples: Concession Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El contrato deberá cumplirse Además de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y las obligaciones que se establecen en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Instalación y arriendo de cumplir la Plaza - Contratación de reses - La obtención de todos los permisos de todo tipo, seguros de responsabilidad civil y accidentes mínimos, obligatorios por Real Decreto 145/1996 de 2 de febrero, por el adjudicatario que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos. - Las nóminas y cotizaciones a la Seguridad Social del personal que trabaje y prepare los festejos, así como del Director xx Xxxxx, del Médico, del Asistente Técnico Sanitario, del Veterinario y de cualesquiera otras personas que deban prestar su concurso para buen fin de los festejos . - Las operaciones que comprenda el sacrificio de reses. - Cumplimiento de todas las obligaciones legales contempladas impuestas por la ley 10/1991, de 4 xx xxxxx, sobre Potestades Administrativas en Materia de Espectáculos, así como por el Decreto 145/1996 de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la Legislación ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de los la Ley Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre). En todo caso- Gastos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación hasta el adjudicatario queda obligado al cumplimiento límite máximo de las obligaciones fiscales derivadas 1.500 euros, de la formalización y cumplimiento del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y de los deberes sociales y salariales con el personal cuantía que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2éstas señalen. - El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene los requisitos previstos en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes artículo 227 del inicio Texto Refundido de la actividad deberá acreditar Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado R.D.L. 3/2011, para los servicios contratados la evaluación supuestos de riesgos y la planificación subcontratación. - El contratista está obligado a satisfacer los gastos que se deriven de la actividad preventiva y queformalización del contrato en escritura pública, en su casolas indemnizaciones a que den lugar las ocupaciones temporales, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier otra información de Organismos Oficiales o particulares, los correspondientes a pruebas, ensayos, prospecciones, etc., y en general, cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la prestación del servicio. - Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en los presupuestos de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) o el tributo que por realización del trabajo.
6de la actividad pudiera corresponder, sin que, por tanto, puedan éstos ser repercutidos como partida independiente. A En cualquier caso, el adjudicatario estará obligado al cumplimiento de la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatarionormativa legal vigente sobre espectáculos taurinos, en relación con este contratoparticular, el Ayuntamiento podrá disponer la Ley 10/1991 de la garantía definitiva prevista 4 xx xxxxx sobre Potestades Administrativas en este Pliegomateria de Espectáculos Taurinos y Real Decreto 145/1996, parcial o totalmentede 2 de febrero, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo que se modifica y se da nueva redacción al Reglamento de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la CorporaciónEspectáculos Taurinos.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1La entidad adjudicataria deberá disponer de póliza de seguro para el alumnado que cubra, como mínimo, las siguientes contingencias: • Fallecimiento por accidente; mínimo 18.000€. • Invalidez permanente por accidente; mínimo 36.000€. • Asistencia sanitaria; ilimitada. El contrato La Entidad adjudicataria presentará a la Agencia de Desarrollo Local de Laudio/Llodio fotocopia de dicha póliza de seguro con anterioridad al inicio del curso. La Entidad adjudicataria deberá cumplirse entregar al alumnado los siguientes materiales didácticos: • MANUAL/ES DE FORMACIÓN (un ejemplar por alumno/a). En este aparecerán los logos de conformidad con lo establecido en Agencia de Desarrollo Local de Laudio/Llodio, del Fondo Social Europeo, del Proyecto TXERTATU MERKATUAN así como todos aquellos logos, textos y/o leyendas que desde Agencia de Desarrollo Local de Laudio/Llodio se indiquen. • EQUIPAMIENTOS TÉCNICOS necesarios para el presente Pliego y en el Pliego correcto aprovechamiento de Prescripciones Técnicas, debiendo las horas lectivas por parte de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación personas participantes. La empresa adjudicataria no podrá hacer uso de los Contratos datos facilitados por la Agencia de Desarrollo Local de Laudio/Llodio salvo para los trabajos propios que exija la prestación del Sector Públicoservicio. Queda excluido cualquier otro uso de estos datos, sin solicitar previamente y de forma expresa el consentimiento de la Agencia de Desarrollo Local de Laudio/Llodio. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento será responsable de las obligaciones fiscales derivadas los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. La adjudicataria deberá respetar en su integridad la formalización y cumplimiento del contratoLey Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contratodesarrollo, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores datos pertenecientes a las personas usuarias que vayan sean puestos a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario su disposición por la obtención Agencia de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran Desarrollo para la realización correcta prestación del trabajo.
6servicio. A El adjudicatario será responsable de toda reclamación relativa a la extinción propiedad industrial y comercial de este contratolos materiales, no podrá producirse procedimientos y metodologías utilizadas en ningún caso la consolidación prestación del servicio y deberá indemnizar a la Agencia de las personas Desarrollo Local de Laudio/Llodio por todos los daños y perjuicios que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer para la misma puedan derivarse de la garantía definitiva prevista en este Pliegointerposición de reclamaciones. En los productos finales/entregables, parcial deberá constar el símbolo o totalmente, según proceda. Se observará indicación de reserva de derechos a favor de la prelación legal Agencia de responsabilidades con cargo Desarrollo Local de Laudio/Llodio conforme a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera la Ley 22/1987, de parte o 11 de toda la garantíanoviembre, para cumplir las obligaciones incumplidas modificada por el contratistaReal Decreto Legislativo 1/1996, éste vendrá obligado a reponerla o completarlade 12 xx xxxxx, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha por el que se aprueba el Texto Refundido de la notificaciónLey de Propiedad Intelectual, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y al tratarse de un modo indubitadoproyecto cofinanciado, por el logotipo del Fondo Social Europeo y el logotipo del Proyecto TXERTATU MERKATUAN junto al de la CorporaciónAgencia de Desarrollo Local de Laudio/Llodio.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse 9.1.- Prestar los servicios correspondientes de conformidad acuerdo con lo establecido dispuesto en el presente Pliego y de Cláusulas Administrativas, en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas Técnicas y en la Legislación propia propuesta que suscriba y sirva de base a la adjudicación.
9.2.- Xxxxxx a su riesgo y xxxxxxx la realización del contrato, eximiendo al Ayuntamiento de Marchamalo, de los Contratos riesgos derivados de su ejecución.
9.3.- El mantenimiento de las instalaciones objeto del Sector Públicocontrato y toda la maquinaria existente en el complejo deportivo en perfecto estado de funcionamiento, confort, higiene y seguridad durante todo el período de vigencia del contrato. En todo casoA tal efecto deberá concertar, con empresas autorizadas los contratos de asistencia técnica necesarios para el mantenimiento de las instalaciones, además de acreditar la disponibilidad de personal con la cualificación técnica adecuada.
9.4.- Destinar al servicio personal suficiente y en posesión de la titulación correspondiente a la actividad a desarrollar.
9.5.- Admitir al uso de los servicios e instalaciones del complejo a toda persona que cumpla los requisitos reglamentarios y velar eficazmente para que los usuarios de las instalaciones se comporten debidamente y respeten las normas de convivencia e higiénicas adecuadas.
9.6.- Informar al Ayuntamiento del funcionamiento y solicitar autorización para la ejecución de las obras e instalaciones a su cargo, cuando proceda. Igualmente informar de cualquier anomalía que afecte de manera significativa a la calidad del servicio.
9.7.- Responder objetivamente y, en su consecuencia indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia del contrato adjudicado, conforme a lo establecido en el artículo 198 de la LCSP. Igualmente responderá ante el Ayuntamiento, de cuantos daños, desperfectos, deterioros y perjuicios sean causados en las instalaciones, como consecuencia de culpa o negligencia por parte de su personal. A tal efecto, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento suscribirá una póliza de accidentes y responsabilidad civil, que incluya la del personal adscrito, por un importe, cómo mínimo, de 300.000,00.- € por siniestro.
9.8.- Responder ante el Ayuntamiento del uso inadecuado o fraudulento de las obligaciones fiscales derivadas instalaciones por el personal contratado, especialmente en lo que se refiere a aquellas cuyos gastos sufraga el Ayuntamiento, como teléfono, combustible para calefacción y energía eléctrica. El mayor gasto ocasionado por tales usos se descontará al adjudicatario de las facturas pendientes de abono, sin perjuicio de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal sanción que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientopudiera corresponderle.
2. El contratista deberá disponer en todo momento 9.9.- Sufragar los gastos derivados de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad explotación de las prestaciones instalaciones objeto del contrato, suscribiendo y haciéndose cargo de conformidad con los oportunos contratos de suministro que precise la oferta presentada; instalación. Quedan expresamente excluidos, los siguientes gastos, que serán por cuenta del Ayuntamiento de Marchamalo: - Los suministros de energía eléctrica, agua, gas y deberá proceder teléfono. - Materiales y piezas de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, recambio para el mantenimiento de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadalas instalaciones.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de 9.10.- Cumplir las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajotrabajo y el reglamento sobre instalaciones de este tipo. Contratar a sus trabajadores conforme con la vigente legislación laboral, con condiciones laborales adaptadas al convenio colectivo vigente para el sector en cada momento.
9.11.- Prestar por sí mismo el servicio, respondiendo él exclusivamente frente al Ayuntamiento de Marchamalo.
9.12.- En el supuesto de extinción normal del contrato, continuar prestando el servicio hasta que otra empresa, pública ó privada, se haga cargo de la gestión, con un máximo de un (1) año.
9.13.- Cumplir los horarios previstos en el presente pliego. No obstante, el Ayuntamiento de Marchamalo, podrá establecer un horario diferente en base a la demanda del servicio, previo acuerdo con el adjudicatario.
9.14.- El adjudicatario así como las personas que presten el servicio objeto de este contrato quedan obligadas a guardar el secreto profesional por tiempo indefinido sobre los datos, hechos y observaciones de los que tenga conocimiento o pueda llegar a conocer como consecuencia del desempeño de sus funciones.
9.15.- Queda prohibido utilizar fuera del estricto ámbito profesional o de prestación del servicio, las instalaciones, materiales o documentación a la que el contratista y su personal tengan acceso por razón del contrato. Especialmente, queda prohibido organizar en el complejo deportivo actividades o cursos que no sean los estrictamente municipales.
9.16.- Dotar a todo el personal afecto al servicio de uniforme con el logotipo del Ayuntamiento de Marchamalo (Servicio de Deportes) y tarjeta de identificación que deberá cumplir de incluir los siguientes datos: nombre de la empresa, categoría profesional y nombre del trabajador.
9.17.- Presentar al Ayuntamiento, con la normativa sobre prevención periodicidad que se indica, la siguiente documentación: Antes del 15 xx xxxxxx de cada año: - Memoria anual de prestación del servicio. - Programa de mantenimiento preventivo de las instalaciones para la siguiente temporada, con el contenido previsto en este pliego. - Justificante del pago del seguro de accidentes y responsabilidad civil. - Declaración responsable del representante legal de la empresa mediante la que se ponga de manifiesto que han realizado la evaluación de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y quesu acción preventiva, en su caso, ha así como que han cumplido sus obligaciones en materia de formación e información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios adscribir a la prestación del servicio. - Certificaciones acreditativas de estar al corriente en las obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamiento) y de la Seguridad Social. Antes del 31 de octubre de cada año: - Informe donde se indique el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación estado de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato instalaciones, así como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago un resumen de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer labores de reparación y mantenimiento realizadas a lo largo de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según procedatemporada anterior (septiembre – julio). Se observará la prelación legal - Relación detallada de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipiotrabajadores adscritos al servicio. Si el Ayuntamiento hiciera uso Trimestralmente: - Estadística de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro usuarios del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitadocomplejo, por la Corporacióninstalaciones y servicios. Mensualmente: - Informe económico y arqueo de ingresos por recaudación. - Copia compulsada de los últimos TC1 y TC2 pagados correspondientes al personal adscrito al servicio.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Administrativo De Servicios
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El adjudicatario se obliga al cumplimiento del contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido estricta sujeción a las obliga- ciones señaladas en el presente Pliego y mismo, así como las contenidas en el Pliego Real Decreto 2364/1994, de Prescripciones Técnicas9 de diciembre, debiendo por el que se aprueba el Reglamento de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en Seguridad Xxxxxxx (X.X.X. xx 00 xx xxxxx xx 0000), xx Xxxxx de 0 xx xxxxx xx 0000 xxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx e Interior (B.O.E. de 17 de julio de 1995), la Legislación Resolución de los 19 de enero de 1996 de la Secretaría de Estado e Interior (B.O.E. de 31 de enero de 1996); así como la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las A cumplimentar cuantas obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de señalen las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social cada mo- mento sobre seguros sociales y de seguridad e higiene demás normas laborales en relación con los empleados que del mismo dependan y que intervengan en el trabajodesarrollo del Servicio que se contrata. Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del Servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas im- putables a la Administración. El adjudicatario deberá poseer un seguro de responsabilidad con cobertura igual o supe- rior a 1.500.000 €.- que cubra los daños derivados del servicio que se contrata, a los efectos previstos en el punto anterior. Dotar a todo el personal afecto al servicio de tarjeta de identificación y uniforme, así como deberá cumplir con co- mo cuidar de la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud correcta prestación del personal a su cargo, dotándole de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes medios ne- cesarios para el óptimo desempeño del inicio Servicio. A tal efecto en la memoria presentada por los licitadores se contendrá la relación nominal de personal que prestará el servicio de vigilancia así como el diseño de los uniformes que vestirán. Nombrar un Jefe de Servicio como coordinador de las labores encomendadas y receptor de las órdenes e instrucciones emanados de la actividad deberá acreditar por escrito en el Jefatura del Servicio de Prevención la Policía Local. En la memoria presentada por los licitadores conforme a la cláusula del presente Pliego, se hará constar la designación y datos identificativos de Riesgos Laborales la persona que realizará la fun- ción de Jefe de Servicio como coordinador de las labores encomendadas y receptor de or- denes e instrucciones emanados de la Policía Local. A obtener a su cargo y con anterioridad al comienzo de las actividades objeto de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación concurso de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizacioneslicencias, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, autorizaciones que se requieran fuesen necesarios para la realización el desa- rrollo del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado Servicio y a cumplir los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, reglamentos y demás disposiciones legales vigentes en relación con este contratodicha actividad. Cuidar que el Servicio se realice con rapidez, el Ayuntamiento podrá disponer eficacia y discreción. Cuidar de la garantía definitiva prevista en este Pliegocorrecta prestación del personal a su cargo, parcial dotándole de los medios técnicos necesarios para un óptimo desempeño del Servicio. Serán de cuenta del adjudicatario el abono de las contribuciones, impuestos, arbitrios o totalmente, según procedacualesquiera otra carga o gravamen que recaiga sobre la actividad objeto del Servicio que se adjudica. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá El adjudicatario está obligado a reponerla o completarla, dentro acatar las instrucciones que para la mejor realización del plazo de quince días, a contar desde Servicio dicte la fecha Jefatura de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la CorporaciónPolicía Local.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Security Services
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
110.1.- Suscribir el correspondiente contrato con el Ayuntamiento, dentro de los diez días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación definitiva. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Públicodocumento será notarial o administrativo. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento caso de las obligaciones fiscales derivadas tratarse de una unión de empresarios presentará la correspondiente escritura de constitución de la unión temporal de empresas antes de la formalización del contrato Las obras no podrán iniciarse con antelación a la formalización del contrato y cumplimiento comprobación del Acta de Replanteo, salvo en caso de urgencia En caso de formalizarse en documento notarial, los gastos derivados del mismo serán por cuenta del adjudicatario.
10.2.- Abonar los siguientes gastos:
10.3.- Designar el técnico o equipo técnico con titulación competente para estar al frente de las obras, que quedará adscrito permanentemente a las mismas. En caso de que este equipo hubiera sido exigido en la cláusula nº 7.1 de la Hoja Resumen, conforme a lo dispuesto por el artículo 00 xx xx XXXX, xxxx habrá sido acreditado con anterioridad, dentro del plazo de 15 días desde la adjudicación provisional, 10 días en caso de procedimiento declarado urgente.
10.4.- Presentará para su aprobación un programa de trabajo en el plazo de 30 días, contados desde la formalización del contrato. Este programa se ajustará a los plazos definidos en la propuesta técnica, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientoen su caso.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de 10.5.- Cumplir las disposiciones vigentes en materia laboralLaboral, de seguridad social Seguridad Social, Seguridad y de seguridad e higiene Salud en el trabajo, así como deberá cumplir con en particular la normativa sobre prevención Ley 31/95 de riesgos laborales y 8 de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio noviembre de Prevención de Riesgos Laborales Laborales, el R.D. 39/97 de este Ayuntamiento 17 de enero por el que ha realizado para los servicios contratados la evaluación se aprueba el Reglamento de riesgos Servicios de Prevención y la planificación el R.D. 1627/97 de la actividad preventiva 24 de octubre por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y que, de Salud en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia las obras de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónconstrucción.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención 10.6.- Obligación de todas señalizar y conservar las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajoobras.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse Con el fin de conformidad con lo establecido prestar el servicio en la forma que se indica en el presente Pliego, el Adjudicatario asume el compromiso de desarrollar y dar cumplimiento a las siguientes obligaciones : 1.Tener la organización técnica, económica y de personal suficiente para la adecuada realización del servicio. 2.Ejercer directamente la prestación de] servicio en las condiciones contenidas en este Pliego y en la Oferta, sin posibilidad de subcontratar o ceder, salvo las tareas que expresamente se señalen. 3.Nombrar un Representante debidamente acreditado que canalice las relaciones entre el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir Adjudicatario y el adjudicatario las obligaciones legales contempladas Responsable Técnico Municipal. 4.Llevar a cabo el servicio con los medios humanos y mecánicos establecidos en la Legislación oferta y aceptar y colaborar con el Ayuntamiento en su actividad de control y vigilancia, tanto en sentido cuantitativo como de calidad. 5.Poner a disposición del Ayuntamiento la totalidad de los Contratos medios humanos y maquinaria, cuando concurran circunstancias especiales o de urgencia que lo hagan necesario. 6.Informar al Ayuntamiento sobre las variaciones contractuales, incrementos y disminuciones del Sector Públicopersonal que tiene asignados a los centros objeto del contrato, con la antelación suficiente para que el Ayuntamiento pueda dar a conocer sus consideraciones en el caso de que lo crea oportuno. En todo caso7.Acreditar y justificar, siempre que le sea requerido por el adjudicatario queda obligado al Ayuntamiento el cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contratofiscales, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contratolaborales, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5seguridad social, laboral, etc. Corresponde al adjudicatario mediante la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer exhibición de la garantía definitiva prevista documentación y/o comprobantes que puedan ser exigidos al Adjudicatario. 8.Aportar la información que , al margen de lo establecido en este Pliego, parcial o totalmentese solicite al Adjudicatario de forma específica sobre : procesos de trabajo, según proceda. Se observará la prelación legal tareas efectuadas, tiempo invertido, constitución de responsabilidades con cargo a la garantíaequipos, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantíasustituciones del personal, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónetc.
Appears in 1 contract
Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:a) Para la prestación de los servicios, la empresa adjudicataria deberá estar inscrita en el registro de Turismo de Andalucía
1b) El personal será el suficiente para poder atender tres puntos en el mismo momento y podrá ser movido para prestar los servicio en cualquiera de los puntos indicados. El personal que ejecute directamente el objeto del contrato deberá cumplirse tener titulación oficial reglada en materia de conformidad con lo establecido turismo o equivalente en el presente Pliego y en el Pliego idiomas, historia, historia del Arte o acreditar mediante contratos de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas trabajo su experiencia en la Legislación prestación del servicio. Igualmente deberá ser dado de los Contratos alta por la empresa en la Seguridad Social de acuerdo con la categoría laboral y convenio colectivo que le resulte aplicable, no estableciéndose ninguna relación contractual entre el personal y el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. Para la prestación del Sector Público. En todo casoservicio de guía turístico, el adjudicatario queda obligado que deberá tener al cumplimiento personal habilitado para tal fin
c) El adjudicatario deberá incorporar a la documentación de las obligaciones fiscales derivadas su proposición, explicación detallada respecto del equipo de la formalización y cumplimiento del contrato, y de trabajo que prestará directamente los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones servicios objeto del contrato, con al menos el siguiente contenido por cada uno de conformidad los miembros:
a) Currículum académico y/o profesional
b) Relación laboral que mantiene o mantendrá con la oferta presentada; empresa
c) Convenio colectivo aplicable, nivel y deberá proceder categoría laboral de inmediato, si ello fuera necesario, las correspondientes tablas salariales.
d) El adjudicatario que preste el servicio facilitará a las personas que vayan a atender al público un uniforme que se adecuará a la sustitución estación y que estarán obligados a llevar mientras se encuentren en la jornada laboral, debiendo ser aprobado dicho uniforme por la delegación de Turismo. En dicho uniforme deberá aparecer el logotipo de la empresa adjudicataria, así como, una placa de identificación con el texto Turismo Utrera y abajo el nombre de la persona que preste el servicio,
e) La oficina de turismo y el punto de información turística están dotados del personal precisomobiliario y demás enseres, propiedad del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. Dichos bienes se ponen a disposición de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadaempresa adjudicataria para la prestación de los servicios. La empresa adjudicataria deberá realizar las actuaciones necesarias para su conservación, limpieza y mantenimiento en buenas condiciones de uso, haciendo además frente a los costes de consumos y averías derivadas de dichos usos.
3. En sus relaciones con el adjudicatariof) El adjudicatario de los servicios deberá adoptar, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio en todo momento, las medidas de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud precisas para garantizar que la ejecución de los trabajadores y, trabajos no ocasione daños o perjuicios al personal en la prestación de los servicios objeto del contrato. Será obligación del adjudicatario indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio terceros o a la Administración como consecuencia de la actividad deberá acreditar por escrito en ejecución del contrato. Esta responsabilidad estará garantizada mediante el Servicio correspondiente seguro de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados Responsabilidad Civil con la evaluación de riesgos y la planificación cobertura prevista, sin perjuicio del alcance de la actividad preventiva y que, responsabilidad total en su caso, ha cumplido sus obligaciones los términos señalados en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónla misma.
5. Corresponde al g) El adjudicatario observará las medidas generales de actuación medioambiental en todos los trabajos relacionados con la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización ejecución del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse adoptando protocolos de protección y calidad medioambiental exigibles de acuerdo con la legislación vigente en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para cada momento, deberá poder acreditar el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer cumplimiento de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, normativa aplicable si fuese requerido para cumplir las obligaciones incumplidas ello por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la CorporaciónExcmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for the Provision of Tourist Information Services
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- 29.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y pliego, en el Pliego pliego de Prescripciones Técnicasprescripciones técnicas, debiendo de cumplir en el adjudicatario las obligaciones legales contempladas contrato que se formalice, en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En oferta presentada y demás documentación contractual y, en todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento conforme a las instrucciones que en ejercicio de las obligaciones fiscales derivadas potestades que le corresponda, le dirija el Ayuntamiento de la formalización Albacete, en particular, a FIRMADO POR: NIF: P0200300B través del Servicio de Arquitectura, Obras, Mantenimiento y cumplimiento Seguridad del Ayuntamiento de Albacete, responsable del control e inspección municipal de los trabajos objeto del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento momento, sin perjuicio de lo establecido en el PPT, de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará considerara como persona representante y domicilio de éste este a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio.
4. El Adjudicatario adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión. El adjudicatario se obliga al cumplimiento, bajo su exclusiva responsabilidad, de las disposiciones vigentes o que se dicten en el futuro de carácter fiscal y de cualquier otra que sea necesaria para la prestación del servicio; quedando exento el Ayuntamiento de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse como consecuencia del incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones indicadas anteriormente y de cualquier otra que le pudiera corresponder.
5. Corresponde al adjudicatario Durante la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización vigencia del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso el adjudicatario queda obligado a presentar, previo requerimiento de la consolidación de Corporación o del responsable del contrato, las personas declaraciones o documentos que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para acrediten el pago cumplimiento de las obligaciones indicadas en los apartados anteriores, así como de aquellas otras que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la CorporaciónCorporación estime oportunas.
Appears in 1 contract
Samples: Mixto (Servicio Y Suministro)
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1Con Referencia al control que debe realizarse al momento del otorgamiento del contrato sobre el cumplimiento del requisito establecido por el Artículo 3 de la Ley Nº 18.244 (Registro de Deudores Alimentarios) en todos los casos, fuere cual fuere su razón social, el/los adjudicatario/s deberán acreditar la integración y/o composición de sus respectivos directorios, mediante presentación de la documentación original vigente a la fecha de la notificación de la adjudicación, o con la certificación notarial correspondiente, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de recibida la misma El adjudicatario asumirá la total responsabilidad por los hechos de sus dependientes y especialmente contra terceros. El contrato deberá cumplirse Si ANEP comprobara irregularidades o faltas, de conformidad con lo establecido en parte del adjudicatario y/o el presente Pliego y en el Pliego personal de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo casoempresa adjudicataria, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas a adoptar la decisión que se determine sin que la Administración resulte obligada a resarcirle suma alguna. CONTROL: La Administración podrá exigir en cualquier momento la presentación de la formalización documentación que justifique el pago de salarios y cumplimiento del contrato, demás rubros de la relación laboral y especialmente de los deberes sociales y salariales con aportes a la seguridad social. Hasta que ANEP-CODICEN esté habilitada en el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, uso xxx XXXX el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista adjudicatario deberá disponer en todo momento actualizar durante la vigencia de la plantilla adecuada contratación el certificado del B.S.E. y acreditarlo ante el Área de Adquisiciones, Las exigencias establecidas en los precedentes serán condición para obtener el máximo nivel pago de calidad los servicios. Cuando el adjudicatario incurriere en incumplimiento en el pago de las prestaciones objeto del contratosalarios, de conformidad con la oferta presentada; y deberá administración estará facultada a proceder de inmediato, si ello fuera necesario, acuerdo a lo dispuesto en el Art. 3 del Decreto 475/05 de fecha 14/11/05. Las empresas deberán comprometerse a comunicar a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud ANEP los datos personales de los trabajadores yafectados a la prestación del servicio a efectos de que se puedan realizar los controles correspondientes. En caso de que la firma adjudicataria realice un cambio de Xxxxxxxxx constituido, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio deberá informar en forma escrita e inmediata el nuevo Domicilio durante la vigencia de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónpresente contratación.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación. Cuando dichas instrucciones fueren de carácter verbal deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes para las partes. Todas las mejoras a las que el adjudicatario se haya obligado como consecuencia de la fase de negociación deberán ser recogidas en el contrato. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Si a juicio del facultativo director designado por el Ayuntamiento de Zaratamo, hubiera alguna parte de la obra ejecutada deficientemente, el contratista deberá rehacerla sin derecho a indemnización de ningún género, aunque se hubiere apreciado después de la recepción. Si la Dirección Facultativa estimara que las unidades de obras defectuosas o que no cumplen estrictamente las condiciones del contrato deberá cumplirse son, sin embargo, admisibles, podrá proponer al Ayuntamiento su aceptación, con la consiguiente rebaja en los precios. El contratista, en tal caso, queda obligado a aceptar los precios rebajados fijados por la Administración, salvo que prefiera demoler y reconstruir las unidades defectuosas por su cuenta y con arreglo a las condiciones del contrato. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, sin perjuicio de conformidad con lo establecido en el presente Pliego artículo 231 del Texto Refundido de la LCSP (Art. 215 del Texto Refundido de la LCSP). Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden del Ayuntamiento de Zaratamo será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. (Art. 214 del Texto Refundido de la LCSP). Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de una empresa, todas responderán solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula. La empresa contratista está obligada a cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el Pliego de Prescripciones Técnicastrabajo, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con tener a su cargo el personal que ponga a disposición necesario para la realización del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de conformidad empresario. La empresa contratista está obligada a conservar y a tener a disposición, en todo momento, en la obra el «Libro de Órdenes» que estará a disposición de la Dirección Facultativa de las obras, quien deberá consignar en él las visitas, incidencias y órdenes que se produzcan durante el desarrollo de la obra. La empresa contratista estará obligada por sí o por medio de su persona delegada a firmar el oportuno acuse de recibo de tales instrucciones. En el acto de recepción se exigirá la presentación del «Libro de Órdenes» debidamente cumplimentado, el cual pasará a poder de la Administración una vez efectuada la recepción. Serán de cuenta y a xxxxx de la empresa contratista la realización de las gestiones, pago de todos los gastos, tasas, arbitrios, etc., y redacción y visado de los proyectos que haya que presentar en los Organismos competentes a efectos de obtener el alta y permiso de funcionamiento, enganches a redes y servicios, acometidas provisionales y definitivas y, en general, todo lo necesario para el funcionamiento adecuado y legalizado de las instalaciones. La empresa contratista está obligada a instalar, a su xxxxx, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos, tanto en dicha zona como en sus lindes e inmediaciones. Del mismo modo, desde el inicio de las obras la empresa adjudicataria hará figurar, en la señalización que identifique las mismas, carteles identificatorios de las obras con las características que fije el Ayuntamiento. La empresa contratista estará obligada no sólo a la ejecución de las obras sino también a su conservación hasta la recepción de las mismas. Igualmente, hasta que se produzca la recepción, la empresa adjudicataria responderá de la vigilancia de los terrenos y bienes que haya en los mismos. La empresa contratista vendrá obligada a observar las normas básicas de la edificación y las demás reglamentaciones técnicas de obligado cumplimiento. Asimismo, la empresa contratista se encuentra obligada a guardar sigilo sobre el contenido del contrato adjudicado. Si por la ejecución de las obras es necesario afectar los accesos de fincas particulares deberán mantenerse estos accesos siempre operativos, y en las debidas condiciones de seguridad y con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3mayor comodidad posible para el usuario. En sus relaciones con casos especiales y previa comunicación y audiencia a los interesados podrán interrumpirse temporalmente estos accesos, siempre que esta interrupción pueda ser asumida por los usuarios de la finca afectada Se garantizara siempre una limpieza adecuada tanto de la zona de obra como de su entorno, procurando en principio no ensuciar, para lo que dispondrán de los medios necesarios, tales como sistemas de limpieza de vehículos, sistemas xx xxxxx que no produzcan polvo o cortando los pavimentos en el adjudicatarioalmacén, etc. y si este hecho se produjera deberán limpiar diariamente la zona no vallada de la obra y el entorno. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — Abonar, como mínimo, el Ayuntamiento considerará como persona representante salario recogido en el convenio colectivo citado. — Obligaciones laborales y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4sociales. El Adjudicatario contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene salud en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre trabajo y de prevención de riesgos laborales y laborales. — El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de garantizar la seguridad y salud Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre). — El contratista está obligado al cumplimiento de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes requisitos previstos en el artículo 227 del inicio Texto Refundido de la actividad Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, para los supuestos de subcontratación. — El contratista deberá acreditar por escrito cumplir las previsiones recogidas en el Servicio Documento de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación Gestión Preventiva de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónObra.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Works
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1Prestar los servicios de liquidación, seguimiento y cobro extrajudicial a los deudores del impuesto de Patente Única de Vehículos delegado por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe a la Municipalidad de El Trébol por leyes provinciales nº 11105; 12305 y 12306 con más los respectivos cargos por incumplimiento. El contrato deberá cumplirse Proveer todas las medidas, diligencias y trámites necesarios para obtener la depuración xxx xxxxxx sobre Patente Única de conformidad Vehículos y los respectivos proyectos de Ordenanzas para tal fin, los que servirán de base a la Administración Provincial de Impuestos para llevar adelante la depuración respectiva. Cumplir íntegra y totalmente con lo establecido las estipulaciones contenidas en el presente Pliego Xxxxxx y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en Condiciones Particulares. Soportar íntegramente la Legislación totalidad de los Contratos gastos ocasionados con motivo de la prestación de los servicios de gestión y cobro extrajudicial de las deudas generadas por el impuesto provincial de Patente Única sobre Vehículos. Rendir cuentas mensualmente al Departamento de Tesorería de la Municipalidad de El Trébol acerca de la prestación de los servicios objeto del Sector Públicopresente Convenio. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento caso que la implementación de los servicios de gestión y cobro extrajudicial de las obligaciones fiscales derivadas deudas generadas por el impuesto de Patente Única sobre Vehículos genere la formalización y cumplimiento iniciación de proceso judicial contra algún deudor del contratocitado impuesto, y la adjudicataria deberá remitir la totalidad de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga antecedentes a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, tal fin a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3Administración Municipal sin excepción. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en Bajo ningún caso y/o supuesto la consolidación de las personas Empresa que hayan realizado los trabajos objeto resulte del contrato como personal presente trámite licitatorio podrá iniciar acciones judiciales y/o administrativas contra la Administración Municipal del Ayuntamiento de AlbaceteTrébol.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. 11.1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo.
11.2. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato con sus posibles prórrogas que se establezcan en el apartado Ñ) del cuadro de características y de los plazos parciales fijados por la Administración. En todo caso, así como deberá cumplir la empresa contratista estará obligada a seguir prestando los servicios hasta que, tras la tramitación del oportuno expediente de contratación, un nuevo adjudicatario inicie la ejecución de las prestaciones objeto del contrato. En los supuestos citados, y por el tiempo en que esté obligado a continuar con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud prestación de los trabajadores yservicios, el contratista tendrá derecho al Pliego de cláusulas administrativas procedimiento abierto contrato de prestación de servicios de “VIGILANCIA DEL YACIMIENTO CIUDAD DE VASCOS”. (EXPEDIENTE 81/2016) abono de los mismos, calculando su importe, proporcionalmente a dicho periodo, como si de una prórroga se tratase. La forma de pago será la contemplada en el apartado T) del presente pliego. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas ascenderán a la cuantía que determine el órgano de contratación en el apartado Q) del cuadro de características de este Pliego, o en su defecto, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes las fijadas por el artículo 212 del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5TRLCSP. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer La pérdida de la garantía definitiva prevista en este Pliegoo los importes de las penalidades, parcial o totalmenteno excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, según proceda. Se observará originados por la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipiodemora del contratista. Si el Ayuntamiento hiciera uso de retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo establecido dispuesto en el párrafo anterior y dispusiera de apartado 2 del artículo 213.2 del TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y Administración. Fecha de emisión de la firma:29/12/2016 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:1LVYELXx86MJpimnazvB CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un modo indubitadototal de:28 página/s. Página 21 de 28.
11.3. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación, por y los de la Corporaciónformalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias, hasta un importe máximo de 150,00 €.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato adjudicatario deberá cumplirse de conformidad contar con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir los siguientes seguros a su cargo:
2. La totalidad del personal que el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en emplee para la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento realización de las exigencias contractuales, estará bajo su exclusivo cargo y responsabilidad, como así también los sueldos, cargas sociales, seguros, leyes sociales y previsionales y otras obligaciones fiscales derivadas de que existan o pudieren llegar a existir durante la formalización y cumplimiento vigencia del contrato, y no teniendo dicho personal, relación de los deberes sociales y salariales ningún tipo con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadaEstado Nacional (AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO).
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante Deberá respetar las normativas emergente de la Resolución de la CNTA 11/11 Condiciones de Trabajo y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilioAlojamiento para Trabajadores Temporarios.
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboralconcesionario deberá presentar ante esta Agencia y la DIRECCIÓN DE REMONTA Y VETERINARIA DEL EJERCITO ARGENTINO, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajoplazo de ocho (8) días contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, así como una copia certificada y legalizada de los siguientes documentos: Nómina de los empleados declarados en el Formulario 931 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y del formulario 931 que acredite la constancia de pago. Asimismo esta documentación deberá cumplir actualizarse mensualmente presentándola junto con la normativa sobre prevención copia certificada de riesgos laborales la Póliza de Seguro de Vida de Empleados Rurales. En el caso de no presentar copia certificada y de garantizar la seguridad y salud legalizada podrá hacerlo con fotocopias de los trabajadores ydocumentos requeridos, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de los que serán autenticados contra la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto presentación de los trabajadores que vayan originales por un funcionario del organismo. La falta de presentación del formulario 931 de Nómina de Empleados y del formulario 931 referido a prestar sus servicios en el centro en cuestiónlas acreditaciones de constancia de pago, será causal de rescisión inmediata. El concesionario se compromete a mantener la Nómina del personal a su cargo permanentemente actualizada.
5. Corresponde En el caso de que el Concesionario contrate prestación de servicios de terceros para las actividades previstas en el Plan de Explotación, deberá presentar, previo al adjudicatario inicio de cada actividad, la obtención documentación anteriormente enumerada por cada una de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajoempresas empleadas.
6. A la extinción Queda terminantemente prohibido al Concesionario el ingreso y/o permanencia dentro del predio del Establecimiento y/o predio concesionado, de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación menores de las edad y/o personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento constituyan las familias de Albacete.
7. Para sus dependientes y/o que no se encuentren individualizados en la Nómina de Empleados declarados en el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer formulario 931 de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según procedaAFIP. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso El incumplimiento de lo establecido en dispuesto precedentemente, facultará al Concedente a rescindir automáticamente el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporacióncontrato.
Appears in 1 contract
Samples: Concesión De Uso
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESDurante el período de transición las obligaciones del Adjudicatario deberán incluir:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas La realización de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientotransición.
2. El contratista deberá disponer Ejecutar los servicios tal como se hace en todo momento la actualidad, con el compromiso de garantizar la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel continuidad de calidad los mismos, y que los usuarios y procesos de negocio no sufren una merma de su calidad. La mayoría de las prestaciones objeto del contrato, actividades durante esta fase se desarrollarán en instalaciones de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadaCanal xx Xxxxxx XX.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste Asistir a las reuniones relativas a la persona física transición que suscriba la proposición, salvo procedan para asegurar que sus obligaciones se concluyan dentro de los plazos establecidos en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilioel Plan de Transición.
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento Revisar el progreso de las disposiciones vigentes en materia laboral, transición contra el Plan de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir Transición con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónCanal xx Xxxxxx XX.
5. Corresponde al adjudicatario La actualización periódica y el mantenimiento del Plan de Transición con la obtención aprobación de todas las autorizacionesCanal xx Xxxxxx XX, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajotal aprobación no debe ser injustificadamente retrasada.
6. A El desarrollo y la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación ejecución de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento pruebas de Albaceteimplementación y de las correspondientes pruebas de explotación asociadas.
7. Para Garantizar la ejecución de los procedimientos necesarios para proteger la integridad de los datos del Canal xx Xxxxxx XX.
8. Garantizar de que las incidencias y riesgos planteados por Canal xx Xxxxxx XX se gestionan con el pago fin de las obligaciones que dejase incumplidas minimizar el adjudicatario, posible impacto en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer la planificación y/o resultados de la garantía definitiva prevista transición.
9. La gestión de la documentación del proyecto y el mantenimiento de un archivo de proyecto relacionado con la transición.
10. La redacción de un conjunto de documentos de buenas prácticas, basados en este PliegoITIL, parcial o totalmente, según procedaadaptados a Canal xx Xxxxxx XX.
11. Se observará Acordar criterios adecuados de aceptación de la prelación legal de responsabilidades transición con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido Canal xx Xxxxxx XX para su inclusión en el párrafo anterior Plan de Transición.
12. En esta fase el Adjudicatario deberá haber establecido las líneas de comunicación y dispusiera de parte o de toda sistemas informáticos necesarios para la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro prestación del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónservicio.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse -El contratista estará obligado a ofrecer aperitivo para los asistentes (ejemplo: migas, gachas, paella…) -El contratista estará obligado a cumplir la normativa existente en materia de conformidad con higiene en expedición y venta de alimentos y bebidas, y en materia de sanidad y salubridad de establecimientos conforme a lo establecido en la legislación vigente. -No podrá enajenar, ceder o arrendar a ninguna otra persona la explotación de la barra, en caso de detectarse alguna anomalía en este sentido, será anulada la adjudicación no teniendo la persona adjudicataria derecho a reclamar la fianza depositada. -El adjudicatario realizará la instalación de la barra para bar y de todos los elementos y dotaciones esenciales y necesarias para la prestación del servicio, por su cuenta y coste. -El contratista se compromete a desinstalar la barra de bar inmediatamente después del último día de cada una de las competiciones, debiendo estar concluido el presente Pliego desalojo antes de las 24 horas de ese día. -El contratista estará obligado a mantener limpio el espacio en que se desarrolle su cometido durante los días de ejecución. Y una vez finalizados se comprometen a dejar el lugar de instalación limpio, y en el Pliego las mismas condiciones en las que se les entrego. -Está obligado a suscribir contrato de Prescripciones Técnicas, debiendo responsabilidad civil que cubra los días y servicio a realizar. -Deberán disponer de cumplir el papeleras alrededor de la barra. -Utilizar envases de material desechable. -Se prohibirá la venta y consumo de bebidas alcohólicas y tabaco a menores de 18 años. -Será por cuenta del adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación vigilancia y custodia de la barra fuera del horario de funcionamiento. -El horario de cierre coincidirá con la finalización de los Contratos del Sector Públicoeventos deportivos. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas -Antes de la formalización y cumplimiento instalación deberá presentar la siguiente documentación:
a) Justificante de ingreso del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientoprecio ofertado.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Pliego De Condiciones Técnicas
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El A los efectos exclusivos del contrato deberá cumplirse que entre las partes se firme y sin perjuicio de la responsabilidad única y exclusiva del concesionario ante el IMD, que como titular del dominio público otorgado exigirá del concesionario Club Deportivo Nudion el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones previstas en el título de otorgamiento y considerándolo, a estos efectos, responsable directo, principal y solidario de cualquier circunstancia que se produzca en relación al uso ordenado, y al mantenimiento adecuado de la concesión, así como al pago de cánones y tasas, todo ello de conformidad con lo establecido los términos establecidos en el presente Pliego título de la concesión y en el Pliego la normativa de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo casoaplicación, el adjudicatario queda obligado arrendatario debe ser consciente en todo momento que pasará a explotar una parcela que es concesión de IMD, lo que le obliga al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas horarios, mantenimiento en condiciones de la formalización y cumplimiento del contratoparcela arrendada, incluso desde el punto de vista estético, cumplir las directrices que le indique el concesionario, y todo ello bajo sanción de rescisión del contrato al arrendatario en caso de incumplimiento. Por ello el/la Adjudicatario/a está obligado/a a:
a) Conservar en perfecto estado las instalaciones y material y destinarlas al uso concedido. De no cumplir con este requerimiento la empresa arrendataria podrá ser penalizada con la aportación de una ayuda económica valorada en un 30 % de la cuota mensual de arrendamiento para la realización externa de estas labores. Este importe podrá ser descontado automáticamente de la fianza inicial aportada.
b) Realizar por su cuenta todas las obras de mejora y reparaciones necesarias. La realización de las obras requerirá del acuerdo y aprobación de la Junta Directiva del Club Deportivo Nudion, cumpliendo siempre con las oportunas licencias urbanísticas y el desarrollo de actividad de la correspondiente resolución del expediente de actividades molestas.
c) Responder de los deberes sociales deterioros ocasionado por los usuarios.
d) Entregar el uso del local al concluir el alquiler, con las mejoras que se hayan realizado en las instalaciones y salariales con equipamiento. Caso de incumplimiento por el/la adjudicatario/a, podrá Club Deportivo Nudión acudir a los tribunales.
e) Pago del alquiler mensual que se efectuará por adelantado, antes del día 10 de cada mes.
f) Abono de todas las tasas e impuestos que se deriven de su actividad y que le correspondiera al arrendatario por la actividad que desarrolle.
g) Responder del comportamiento adecuado de los usuarios del servicio y del buen trato del personal de servicio a todos los usuarios y socios del club.
h) Todo el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, contratado por el cual carecerá arrendatario lo estará en las condiciones establecidas en el convenio de relación jurídica alguna con Hostelería en vigor. Se deberán emplear los medios humanos suficientes para el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer desarrollo en todo momento de la plantilla adecuada un buen servicio.
i) Capacitación del personal que efectivamente preste el servicio para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad poder expresarse con la oferta presentada; clientela en un nivel alto de educación y deberá proceder de inmediatoservicio.
j) El arrendatario queda obligado, si ello fuera necesariosolidariamente con la parte arrendadora, a presentar ante la sustitución del personal precisoAdministración (en caso necesario), con carácter previo al inicio de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene actividades en el trabajobar-cafetería-salón restaurante, así como deberá cumplir con la normativa sobre a los efectos legales procedentes, los planes de prevención de riesgos laborales y de garantizar contingencias y emergencias que resulten preceptivos según la seguridad normativa general.
k) El arrendatario deberá tener suscrita póliza de responsabilidad civil combinada en la que se incluyan contenidos, robos y salud responsabilidad civil.
l) Estarán incluidos en el precio del alquiler los gastos originados por consumo de agua. No se contempla consumo de gas ni electricidad.
m) El consumo eléctrico se abonará mensualmente de acuerdo al consumo realizado por el local según contador de energía existente, al precio medio de la electricidad de la factura del mes correspondiente.
n) No expedir bebidas alcohólicas a menores de 18 años.
o) Indemnizar a terceros de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio daños que se puedan ocasionar por motivo de la actividad deberá acreditar prestación de servicio.
p) Incluirá limpieza diaria de Bar, Cafetería, Salón Restaurante y terrazas. La limpieza de aseos y accesos se limitará a los fines de semana.
q) Reponer los elementos urbanísticos deteriorados por escrito la clientela.
r) Presentarse para la firma del contrato en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación plazo xx xxxx días a partir de la actividad preventiva adjudicación y quecomenzar con la prestación del servicio después de la firma del contrato con la entidad Club Deportivo Nudion.
s) El adjudicatario dispondrá de 20 días desde la firma del contrato para arrancar adecuadamente la actividad, cumpliendo con total garantía las condiciones del servicio marcadas en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto este documento.
t) Responder tanto civil como penalmente de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, eventos que se requieran para la realización produzcan y afecten a terceros con motivo del trabajouso y disfrute del Salón Restaurante y sus elementos anexos, exonerando de cualquier tipo de responsabilidad a Club Deportivo Nudion.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Y Adjudicación
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el Serán obligaciones del adjudicatario las obligaciones legales contempladas siguientes: - Deberá presentar el Plan de Emergencia y Autoprotección en la Legislación un plazo de los Contratos del Sector Público. En todo caso, 30 días a contar desde el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de siguiente a la formalización y cumplimiento del contrato, para su supervisión por el técnico designado al efecto por la Diputación Provincial. - Deberá presentar el Libro o Plan de Mantenimiento del edificio, instalaciones, bienes y equipamientos, en el mismo plazo de 30 días establecido en la cláusula anterior, que será supervisado por el técnico designado al efecto por la Diputación xx Xxxxxx. - Gestionar el Teatro con estricta sujeción al presente Xxxxxx y al de Prescripciones Técnicas así como al proyecto de programación incluido y valorado en su oferta. - Cuidar de la adecuada gestión del Teatro y vigilar las condiciones óptimas de utilización y seguridad, pudiendo dictar las oportunas instrucciones al personal a su servicio o a las empresas subcontratistas, sin perjuicio de los deberes sociales poderes de la Administración para asegurar la buena marcha del contrato. - Acordar con la Diputación xx Xxxxxx el establecimiento de los precios a abonar por los usuarios del Teatro así como el establecimiento de precios institucionales para la utilización de las instalaciones objeto del presente contrato por Administraciones y salariales con Entidades Públicas, no pudiendo incrementar o disminuir los mismos sin previa autorización del órgano competente de la Diputación. - Mantener durante la ejecución del contrato el personal adscrito a la gestión y explotación del Teatro Xxxxx Xxxxxxx, debiendo comunicar a la Diputación Provincial, para su autorización, cualquier variación numérica o de perfil en su composición. - Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. - Mantener en buen estado las instalaciones, bienes y medios auxiliares puestos a disposición por la Administración, siendo responsable frente a ésta de los daños o deterioros que ponga aquellos pudieran sufrir, aun cuando tengan su origen en la actuación de terceros ajenos al contrato. - Asegurar el mantenimiento, reparación y, en su caso, sustitución de los elementos de los diversos equipos e instalaciones puestos a disposición del cumplimiento del contratogestor que, por su utilización, devengan inservibles. La reposición de elementos deberá garantizar la identidad entre el cual carecerá de relación jurídica alguna con elemento repuesto y el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal precisoque le sustituye, de forma que no se produzca variación alguna en las instalaciones del Teatro. De la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3realización de tales operaciones deberá darse cumplida comunicación a la Diputación xx Xxxxxx. En sus relaciones - Realizar al menos una auditoria anual de carácter técnico en relación con el adjudicatarioestado de la maquinaria escénica. - Cualquier obra o modificación que proyecte realizar el adjudicatario sobre las instalaciones o equipamiento del Teatro, requerirá la aprobación previa y expresa por parte de la Diputación xx Xxxxxx. - Velar por la seguridad en las instalaciones del Teatro, incluido el Ayuntamiento considerará vestíbulo, tanto con carácter permanente como persona representante y domicilio en cada uno de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo los espectáculos públicos o actividades recreativas que en documento fehaciente designe el mismo se celebren, adoptando cuantas medidas sean necesarias para preservar el buen orden de las mismas. - Admitir en igualdad de condiciones a otra persona u otro domicilio
4cualquier promotor o artista interesado en la realización de espectáculos. - Garantizar el permanente estado de decoro y limpieza de las instalaciones del Teatro puestas a disposición del adjudicatario. - Establecer las medidas adecuadas para garantizar la asistencia sanitaria que se precise en los espectáculos y actividades que se desarrollen en el recinto, debiendo disponer de un espacio para botiquín y material necesario para la prestación de primeros auxilios así como asegurar la formación del personal en el uso de desfibriladores. - Cumplir la normativa vigente de espectáculos públicos, siendo de su exclusiva responsabilidad las penalidades que le pudieran ser impuestas por su incumplimiento. - El Adjudicatario contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social y Seguridad Social, de seguridad Seguridad e higiene Higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales Trabajo y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Laborales, sin que en caso de este Ayuntamiento incumplimiento pueda derivarse responsabilidad para la Diputación Provincial. Asimismo, el adjudicatario se compromete a garantizar que ha realizado para los servicios contratados subcontratistas cumplirán con lo dispuesto en el párrafo anterior. - Presentar trimestralmente al responsable que establezca la evaluación Diputación xx Xxxxxx (con, al menos, un mes de riesgos y antelación al inicio del trimestre correspondiente), la planificación programación prevista, a efectos de la actividad preventiva y queconsensuarla e incluir, en su caso, ha cumplido sus obligaciones las actividades programadas en materia los días reservados para la Diputación, tal y como describe el Pliego de Prescripciones Técnicas. La Diputación deberá dar su aprobación a dichas programaciones trimestrales. - Asimismo, el contratista deberá presentar y facilitar a la Diputación la información que sobre dicha programación y formación respecto de los trabajadores sobre el funcionamiento del Teatro le sea requerida. - El contratista deberá aportar el personal suficiente y cualificado que vayan a prestar sus servicios requiera la gestión del Teatro y en todo caso el equipo mínimo relacionado en el centro en cuestión.
5Pliego de Prescripciones Técnicas. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, El contrato no podrá producirse supondrá en ningún caso la consolidación existencia de relación funcionarial o laboral entre la administración contratante y el personal del contratista o de los subcontratistas que eventualmente puedan concurrir a la ejecución de las personas prestaciones propias del contrato. - El contratista sufragará por su cuenta directa y exclusiva los gastos de personal, reposición de materiales y suministros, pequeñas reparaciones, publicidad, limpieza, seguridad, consumos de agua, electricidad, gas, gas-oil y cuantos suministros energéticos sean necesarios así como los demás gastos vinculados al correcto mantenimiento y funcionamiento del Teatro a que hayan realizado se refiere el presente Pliego y, en general, todos los trabajos objeto que originen el buen mantenimiento de las instalaciones del contrato como personal Teatro y la subsiguiente explotación y conservación de las mismas, incluidos los gastos originados los días reservados a la Diputación xx Xxxxxx a los que se refiere la el Pliego de Prescripciones Técnicas. - Serán por cuenta de la empresa adjudicataria los seguros, impuestos, tasas y contribuciones especiales a que de lugar la actividad desarrollada en el Teatro Xxxxx Xxxxxxx, excepto el pago del Ayuntamiento de Albacete.
7IBI que corresponderá a la Diputación Provincial. Para Entre estas obligaciones incluimos la gestión y el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatariocuantos derechos de autor se devenguen a favor de la Sociedad General de Autores y Editores (“SGAE”) o de cualquier otra entidad gestora de derechos de autor, así como a favor de cualquier persona, física o jurídica, titular de los citados derechos en relación con este los espectáculos que se representen en el Teatro Xxxxx Xxxxxxx. - La gestión económica de la explotación será de absoluta responsabilidad del contratista, por lo que las consecuencias que pudieran derivarse de cualquier incumplimiento de la normativa legal, fiscal, contable o del propio pliego, será imputable exclusivamente al adjudicatario. - En todo caso, el contratista responderá de los desperfectos y daños producidos por la gestión inadecuada, reparándose tales daños a su xxxxx y abonando las indemnizaciones que procedan. - El contratista responderá de cualquier reclamación de terceros contra la Diputación xx Xxxxxx, derivada de la actividad de aquél en relación con la gestión y explotación del Teatro, sin que en ningún caso incumba a la Diputación responsabilidad alguna por actos u omisiones del contratista o de sus trabajadores o dependientes o, en su caso, del personal subcontratado. - Serán de cuenta del contratista el pago de los anuncios en Boletines y Diarios oficiales o en cualquier periódico o medio de comunicación así como la constitución y devolución de garantías y demás que hubiere ocasionado la licitación. - El importe de los gastos de publicidad de la licitación del contrato, tanto en Boletines Oficiales como, en su caso, en otros medios de difusión. - El adjudicatario estará obligado a contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos derivados de su actividad como gestor del Teatro y de las actividades a él encomendadas y descritas en el Ayuntamiento podrá disponer presente pliego y en el de cláusulas administrativas particulares. - El capital asegurado, sin franquicia alguna, no deberá ser inferior a 250.000 euros, de conformidad con lo dispuesto en el art.6 de la garantía definitiva prevista Ley 7/2006, de 2 de Octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, o el que en este Pliegocada caso fije la normativa legal aplicable. En la póliza de seguro deberá figurar, parcial o totalmentecomo asegurado adicional, según procedala Diputación xx Xxxxxx. Se observará la prelación legal de responsabilidades - Corresponderá el adjudicatario verificar, con cargo carácter previo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso celebración de lo establecido en el párrafo anterior los eventos y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificaciónactividades, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido las compañías y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónentidades artísticas cuenten con los seguros pertinentes.
Appears in 1 contract
Samples: Concesión Del Servicio
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
15.1.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN El adjudicatario, previa autorización expresa del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus Organismos Autónomos, actuará en nombre de éstos y realizará las gestiones autorizadas por los mismos, ante el Distribuidor y otras Comercializadoras en cuanto a altas y a modificación y cancelación de los puntos de suministro de gas natural, debiendo remitir la documentación correspondiente de dichas actuaciones de la Concejalía de Hacienda del Excelentísimo Ayuntamiento de Fuenlabrada. El contrato inicio efectivo del suministro en cada punto irá vinculado a la fecha de obtención del Acceso de Terceros a la Red ( ATR ) El adjudicatario deberá cumplirse poner en conocimiento de conformidad con lo establecido en el presente Pliego la Concejalía de Hacienda del Excelentísimo Ayuntamiento de Fuenlabrada y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector PúblicoOrganismos Autónomos (en su caso), cualquier incidencia que pudiera surgir respecto de la obtención de los Accesos de Terceros a la Red (A.T.R.) de la compañía distribuidora, o cualquier otra documentación o requisito, sin perjuicio de su responsabilidad al respecto. En todo casoel contrato de acceso a la red (A.T.R.) con la empresa distribuidora de gas, se especificará que la empresa comercializadora adjudicataria es la única responsable del pago de las tarifas de acceso al distribuidor. En el caso de que surjan nuevos puntos de suministro y a partir de la solicitud de la Concejalía de Hacienda del Excelentísimo Ayuntamiento de Fuenlabrada, el adjudicatario queda obligado solicitará el Acceso de Terceros a la Red (A.T.R.) a la distribuidora. El adjudicatario asumirá la representación del Ayuntamiento de Fuenlabrada y de Organismos Autónomos ante el distribuidor para efectuar todas las gestiones oportunas correspondientes a la solicitud, instalación, mantenimiento, verificaciones, inspecciones y posibles averías de los equipos de medición, salvo comunicación expresa en sentido contrario emitida por la Concejalía de Hacienda del Excelentísimo Ayuntamiento de Fuenlabrada. Respecto al acceso a redes la empresa adjudicataria enviará, para cada uno de los puntos de suministro, una confirmación por correo electrónico del registro comunicado por la distribuidora más una copia del contrato de acceso a redes de cada uno de los puntos y sus modificaciones. La empresa adjudicataria garantizará la confidencialidad de todos los datos, en cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal y la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de datos de carácter personal de la formalización Comunidad de Madrid. La entidad adjudicataria y cumplimiento el personal encargado de la realización de los suministros de gas natural, guardarán secreto profesional sobre los datos personales, de todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, y estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de los deberes sociales y salariales con su ejecución, incluso después de finalizar el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientoplazo contractual.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. 11.1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención .
11.2. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de riesgos laborales ejecución del contrato y de garantizar los plazos parciales fijados por la seguridad y salud Administración. Si llegado el término de cualquier de los trabajadores yplazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas ascenderán a la cuantía que determine el órgano de contratación en el apartado Q) del cuadro de características de este Pliego, o en su defecto, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes las fijadas por el art. 212 del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5TRLCSP. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer La pérdida de la garantía definitiva prevista en este Pliegoo los importes de las penalidades, parcial o totalmenteno excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, según procedaoriginados por la demora del contratista. Se observará Fecha de emisión de la prelación legal firma:09/03/2016 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el MunicipioVerificación:mC3ZvIXbiNwGCkj1xq1A CN=XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX OU=COMPRAS SERVICIOS Y SUMINISTROS CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:25 página/s. Página 20 de 25. Si el Ayuntamiento hiciera uso de retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo establecido dispuesto en el párrafo anterior y dispusiera de apartado 2 del art. 213.2 del TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la CorporaciónAdministración.
Appears in 1 contract
Samples: Contratos De Prestación De Servicio
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido adjudicatario se compromete, en el presente Pliego y término xx xxxx días hábiles, contados desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, a ingresar en el Pliego Tesoro Público, mediante el modelo 069 de Prescripciones Técnicas“ingresos no tributarios”, debiendo el importe del remate, entregando el justificante de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas ingreso en la Legislación esta Delegación de los Contratos Economía y Hacienda, que le hará entrega del Sector Públicobien adjudicado. En todo casoSalvo por razones debidamente justificadas, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento que no efectúe el ingreso y lo notifique en el plazo indicado o que desista de las obligaciones fiscales derivadas su oferta, decaerá automáticamente en su derecho. En este supuesto, se acordará la pérdida de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y quegarantía, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto sin menoscabo del resarcimiento a la Administración de los trabajadores daños y perjuicios que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5hubiera podido ocasionar. Corresponde La Mesa de Coordinación de Adjudicaciones notificará de forma expresa la resolución anterior al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse halle en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido circunstancias señaladas en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantíaanterior. En ambos supuestos se adjudicará el bien al segundo mejor postor, para si lo hubiera. Igualmente, el adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones incumplidas por el contratistatributarias relacionadas con la transmisión de la propiedad de los bienes adjudicados. El adjudicatario que lo fuera de un vehículo de matrícula nacional, éste vendrá obligado deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico de la provincia correspondiente a reponerla o completarlasu domicilio, dentro del plazo de quince días, a contar 30 días desde la fecha adjudicación del bien, la renovación del permiso de circulación a su nombre, de acuerdo con lo MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS dispuesto en el artículo 32.3 del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2888/1998, de 23 de diciembre. En caso de tratarse de un vehículo de matrícula extranjera, el adjudicatario deberá atenerse al cumplimiento de la notificaciónnormativa vigente que a tal fin haya sido dictada por la Dirección General de Tráfico. Será por cuenta de los adjudicatarios cualquier obligación tributaria o gasto debidamente justificado relacionado con la celebración del procedimiento, entre los que le hubiese sido hecha se encuentran los siguientes: En el caso de los vehículos, el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica de circulación del año en curso y todos los gastos que lleve consigo la documentación necesaria para la puesta en circulación, los de traslado y puesta a punto del mismo . En el caso de las embarcaciones, buques y artefactos navales, los gastos de matrícula, abanderamiento y registro de buques, embarcaciones y artefactos navales, los impuestos y tasas pertinentes y los que lleve consigo la documentación necesaria, certificados o cualquier otro requisito para su puesta en navegación o servicio. XXXXX XXXXXXXX XXXXXX - 2015-09-04 11:35:43 CET, La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código electrónico: OBFII5IF8811KKRX en xxxx://xxx.xxx.xxxxxx.xxx.xx Asimismo serán por cuenta del adjudicatario, los gastos que se puedan originar por el medio más rápido depósito y seguro custodia de los bienes adjudicados una vez transcurridos cinco días hábiles para la entrega del bien o bienes subastados, teniendo en cuenta lo recogido en el apartado 12 de este pliego. Una vez transcurridos el plazo de cinco días mencionado, el adjudicatario queda subrogado en todas las relaciones jurídicas derivadas del depósito del bien adjudicado. Los impuestos y de un modo indubitado, por gastos anteriormente mencionados deberán abonarse en la CorporaciónUnidad Administrativa o entidad correspondiente.
Appears in 1 contract
Samples: Pliego De Condiciones Para La Enajenación De Bienes Muebles
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. 11.1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención .
11.2. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de riesgos laborales ejecución del contrato y de garantizar los plazos parciales fijados por la seguridad y salud Administración. Si llegado el término de cualquier de los trabajadores yplazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas ascenderán a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio la cuantía que determine el órgano de la actividad deberá acreditar por escrito contratación en el Servicio apartado Q) del cuadro de Prevención de Riesgos Laborales características de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5Pliego. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer La pérdida de la garantía definitiva prevista en este Pliegoo los importes de las penalidades, parcial o totalmenteno excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, según procedaoriginados por la demora del contratista. Se observará la prelación legal Pliego de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipiocláusulas administrativas procedimiento abierto contrato de prestación de servicios de “MANTENIMIENTO DE LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EXISTENTES EN LOS CENTROS DEPENDIENTES DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL”. Si el Ayuntamiento hiciera uso de retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo establecido dispuesto en el párrafo anterior y dispusiera de apartado 2 del art. 213.2 del TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificaciónAdministración.
11.3. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro los de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias, hasta un importe máximo de un modo indubitado, por la Corporación150,00 €.
Appears in 1 contract
Samples: Contratos De Prestación De Servicios
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESSerán obligaciones del adjudicatario, además de las establecidas en el pliego de condiciones técnicas, las siguientes:
1a) Ejercer de forma adecuada, eficiente y, según los usos del sector, la explotación del establecimiento.
b) Conservar los locales, maquinaria, mobiliario, instalaciones y utillaje en perfecto estado xx mantenimiento, reparación, conservación, limpieza e higiene, corriendo de su cargo todos los gastos que de ello se deriven. El adjudicatario asumirá la responsabilidad del buen fin de toda la instalación, siendo el único responsable de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse durante la explotación del servicio mientras dure el contrato.
c) Correrán a cargo del adjudicatario todos los gastos de suministros, energía, etc., y de servicios tales como agua, electricidad, teléfono, tv, etc.
d) Indemnizar a terceros de los daños y perjuicios que les ocasionare el funcionamiento del servicio.
e) Prestar el servicio del modo dispuesto en el contrato deberá cumplirse u ordenado posteriormente por el Ayuntamiento de conformidad con lo establecido San Xxxxxx xxx Xxx Xxxxxxx, incluso en el caso de que circunstancias sobrevenidas e imprevisibles ocasionen una subversión en la economía del contrato y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y respetando el principio de no discriminación.
f) Poner en conocimiento de la Administración contratante, cualquier circunstancia que afecte al funcionamiento de la instalación, sin perjuicio de la adopción por su parte de las medidas necesarias para el mantenimiento en perfecto estado de los bienes objeto del contrato.
g) Vigilar las instalaciones y procurar su seguridad.
h) Hacerse cargo de la limpieza, vigilancia, mantenimiento y conservación del acceso directo a las instalaciones y de la parcela donde se ubica.
i) No enajenar bienes afectados del contrato que hubieren de revertir en la Administración contratante, ni cederlos, ni gravarlos.
j) Permitir la entrada en las instalaciones al personal de la Administración contratante, debidamente acreditado, para el desarrollo de las labores de inspección y control de la explotación y su funcionamiento.
k) Abonar el canon correspondiente en la forma, plazos y condiciones establecidos en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones TécnicasPliego, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas entregando los correspondientes justificantes en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el AyuntamientoTesorería Municipal.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; l) Obtener y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y queabonar, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia toda clase de información licencias, permisos, autorizaciones, etc., que sean necesarios para la explotación de la actividad objeto del presente contrato y formación respecto durante el período de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónvigencia del mismo.
5. Corresponde m) Justificar, cuando sea requerido al adjudicatario la obtención de todas las autorizacionesefecto por el Ayuntamiento, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones cuotas a la Seguridad Social que dejase incumplidas le correspondan, mediante la presentación en el adjudicatarioRegistro General del Ayuntamiento de los pertinentes documentos o fotocopia compulsada de los mismos.
n) Llevar a cabo en las instalaciones que se le entregan, y antes de la puesta en marcha del servicio, cuantas obras, adecuaciones y dotaciones se le exijan, o haya propuesto, para el adecuado funcionamiento del servicio a prestar, siempre previa autorización del Ayuntamiento.
ñ) Devolver, a la finalización del contrato, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer perfecto estado de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal conservación del local y las instalaciones objeto de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónreversión.
Appears in 1 contract
Samples: Concesión Administrativa
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1El adjudicatario estará obligado a la instalación de una columna de fuente de agua instalada a la red, deberá encargarse de su instalación, mantenimiento y buen funcionamiento de la misma. El contrato deberá cumplirse adjudicatario estará obligado a la realización de conformidad con al menos una actividad mensual de (cartas, bingo, dominó, etc.) que se ajuste a la estructura física de la cafetería. Estando obligado a dar el primer premio, que serán desayunos, comidas o meriendas en la propia cafetería (1 ó 2 personas) dependiendo de si la actividad se realiza por parejas. Todos los productos deben ser de calidad y respetar la normativa., de acuerdo a lo establecido por La ley. El servicio de Cafetería-Restaurante. Dispondrá: de desayunos, aperitivos, comidas, meriendas, raciones, etc. El programa de trabajo deberá contener: - Descripción de la organización que se propone como idónea para la mejor prestación del servicio. - Plantilla de personal mínima necesaria en función de la organización estimada, con asignación de turnos y horarios. - Programa de recogida selectiva de residuos, y recogida de Aceites Usados. - Plan detallado de limpieza. - Plan de calidad. - Las caña, cerveza o refresco ira acompañada de un aperitivo o tapa, incluido en el presente Pliego precio Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I - El adjudicatario debe poner a disposición de La Concejalía de Mayores, Bienestar Social e Igualdad, 10 menús mensuales para destinar a personas en situación de emergencia social, valorado previamente por dicha Concejalía.
10.1. Servicio de menú: - El menú estará compuesto de: o Primer plato (a elegir entre dos); o Segundo plato con guarnición (a elegir entre dos); o Postre a elegir entre cuatro variedades de frutas / tres de productos lácteos; o Pan y agua embotellada. - El adjudicatario garantizará en la elaboración de los menús una comida equilibrada y una adecuada variedad de los alimentos básicos. No se admitirán las mismas combinaciones de platos durante quince días. Se garantizará la adecuada rotación de las guarniciones y se asegurará la variedad de fruta disponible. - El adjudicatario deberá ofrecer un menú de dieta hiposódica y alimentos que puedan ser recomendados para personas con diabetes o colesterol sanguíneo elevado. - Se pondrá a disposición de los clientes un bono de 10 menús con un precio más bajo estipulado en el Pliego Anexo II. - El adjudicatario enviará a la Concejalía de Prescripciones Técnicas, debiendo Mayores el día 15 de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo casocada mes, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento menú del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientomes siguiente.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1No se admitirá la cesión parcial o total del servicio a subcontratistas. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego La adjudicataria sólo empleará personal competente como para que la ejecución del servicio sea regular y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado acorde al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y exacto cumplimiento del contrato, y con arreglo a las disposiciones legales vigentes. Asimismo antes del comienzo de las actividades deberá presentar copia de los deberes sociales seguros solicitados en el presente pliego, sin la cual no podrá ingresar el personal al edificio y salariales predio.
1) Accidentes de Trabajo: Aseguradora de Riesgos del Trabajo, de todo el personal afectado, conforme a lo establecido por las Normas vigentes en materia de Higiene y Seguridad en la construcción – Leyes Nros. 19.587 y 24.557 y su reglamentación aprobada por el Xxxxxxx X° 000/00 x xxx Xxxxxxxxxxxx SRT Nros. 231/96, 51/97, 35/98, 319/99 y 552/01, como así también toda otra norma legal que resulte de aplicación.
2) Seguro Colectivo de Vida Obligatorio correspondiente al personal a su cargo y póliza de Accidentes Personales del personal del adjudicatario que no están bajo relación de dependencia que se encuentran afectados a los trabajos, de acuerdo a la legislación vigente.
3) Responsabilidad Civil que cubra eventuales daños a terceros y/o a los bienes del Estado, durante igual lapso. Prohíbase efectuar contrato por Autoseguro, quedando obligado el contratista a contratar los seguros con entidades aseguradoras de primera línea, aprobados por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. NOTA: Para los casos indicados en 1) y 2) queda expresamente establecido que la póliza deberá contener Cláusula de No Repetición a favor de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, cuyo texto transcribimos a continuación: (Nombre de Compañía De Seguros) renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, sus funcionarios y empleados con motivo de las prestaciones dinerarias que se vea obligada a abonar al personal dependiente o ex dependiente de (Nombre de la Contratista), alcanzados por la cobertura de la presente póliza, ya sea por accidentes de trabajo sufridos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo. Queda bajo exclusiva responsabilidad de la empresa adjudicataria todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del mencionado servicio, el personal de la empresa no adquiere por razón de este contrato ningún tipo o forma de relación de dependencia con la Agencia, siendo por cuenta de la empresa todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado. El adjudicatario asume la completa responsabilidad por el obrar de su personal, obligándose a reparar cualquier daño y/o perjuicio que ponga se origine por culpa, dolo o negligencia comprobada por parte de sus operarios, durante el transcurso de la provisión e instalación del servicio, debiendo adoptar los recaudos para evitar daños que se efectúen, a disposición su personal o a los de la Agencia o a terceros vinculados o no con la prestación del cumplimiento servicio, como así también a la propiedad de la Agencia o de terceros. El adjudicatario deberá cumplimentar todas las obligaciones laborales y previsionales, para el personal que dentro o fuera xxx xxxxxxx del contratoinmueble realice tareas relacionadas con el objeto de esta contratación. El adjudicatario queda obligado a ocupar la cantidad suficiente de personal que necesite con arreglo a las disposiciones legales vigentes. A los efectos de la realización de los trabajos, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista adjudicatario deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada tomar todos los recaudos necesarios para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene evitar inconvenientes en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores desenvolvimiento diario del público y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como /o personal del Ayuntamiento de Albacetelugar donde desempeñe los trabajos.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Contratación Directa
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESLas obligaciones del adjudicatario son las siguientes:
1A) BAR DEL POLIDEPORTIVO
1.- Gestionar el servicio a su propio riego y xxxxxxx
2.- Dotar al Bar de todo el utillaje necesario para su funcionamiento
3.- Prestar el servicio durante el tiempo de apertura de las instalaciones del Polideportivo, establecidas por el Ayuntamiento, respetando, no obstante las normas de apertura y cierre de establecimientos que se establezcan por las autoridades competentes en la materia. El contrato deberá cumplirse horario establecido por el Ayuntamiento durante los días laborales de conformidad con lo lunes a viernes ambos inclusive de 9 horas a las 22´30 horas, los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos el horario de apertura (siempre que se celebrara competición o acto programado), será a las 8 horas y el cierre de las instalaciones cuando finalice las posibles competiciones o actos programados que se celebren En caso de celebración de acto oficial en el interior del Polideportivo, organizado o patrocinado por el Ayuntamiento, titular de las instalaciones, la Alcaldía podrá ordenar el cierre del local o la modificación del horario de apertura y cierre del mismo, durante el tiempo a que se extienda el mismo, sin derecho a percibir indemnización alguna por este hecho.
4.- Satisfacer los impuestos y demás tributos que recaigan sobre la actividad.
5.- Abonar los salarios y cotizaciones a la Seguridad Social del personal adscrito a la actividad
6.- Mantener el Bar y su entorno en perfectas condiciones higiénico-sanitarias y de conservación, así como las de los alimentos y bebidas que se destinen a consumo humano, siendo responsable de las actuaciones que pudieran llevarse a cabo por la inspección sanitaria correspondiente.
7.- El local, maquinaria y utillaje establecido en el presente Pliego inventario del Bar del Polideportivo Municipal es propiedad del Ayuntamiento. El adjudicatario está obligado a conservarlo en perfecto estado, realizando por su cuenta las reparaciones necesarias para su mantenimiento; en este caso se realizarán conforme a las indicaciones del técnico municipal y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Públicoplazo que se indique. En caso de urgencia, deberá comunicar al Ayuntamiento las actuaciones realizadas en un plazo de 24 horas. Las reparaciones u otras obras de infraestructura efectuadas por el arrendatario y debidamente aprobadas, quedarán en poder del Ayuntamiento a la finalización del contrato de concesión incluidas sus prórrogas. El adjudicatario se compromete a la devolución del local y enseres en el mismo estado que lo recibe. Además suscribirá una póliza de seguro a todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento riesgo a favor del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for the Operation of a Bar and Related Services
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El adjudicatario deberá presentar depósito de garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá cumplirse en caso de conformidad con corresponder, de acuerdo a lo establecido en la cláusula relativa a GARANTIAS. El adjudicatario deberá de conservar por un plazo mínimo de noventa (90) días a los operarios que integran la plantilla del adjudicatario anterior que cumplían funciones en el C.H.P.R. (Licitación Pública N° 05/2018), y que cuenten con una antigüedad mayor a noventa (90) días en el Establecimiento a la finalización del contrato. Previo o simultáneamente a la incorporación a la nueva Empresa hayan firmado su renuncia voluntaria a la empresa anterior, en el Ministerio de Trabajo y de la Seguridad Social, asistidos de abogado y declaren no tener nada más que reclamar a la empresa anterior ni a A.S.S.E. por ningún concepto salarial, indemnizatorio, compensatorio y/o diferencial derivado de la relación laboral extinguida. En dicho lapso se podrá prescindir de los trabajadores que configuren causal de despido en casos debidamente justificados y comprobados en forma fehaciente. El adjudicatario deberá de abonar al inicio del contrato el mismo salario y carga horaria que el anterior adjudicatario remuneró en el último mes del contrato que finalizó, no pudiendo ser inferior al laudo del grupo en el que se encuentra inscripto el adjudicatario. El monto xxx xxxxxxx que se liquida al 1º/01/2020 es de: Oficial Albañil Cat. VIII $ 301.060 valor hora, Oficial Electricista Cat. IX $321.46 valor hora, Peón Practico Cat. IV $208.32 valor hora, Oficial Pintor Cat.VIII $301.60 valor hora, por una carga horaria de 8 hs y se verá incrementado hasta la fecha en que inicie la ejecución del presente Pliego y contrato, de acuerdo a lo estipulado en el Pliego Particular de Prescripciones TécnicasCondiciones que rige la Licitación Pública N° 05/2018, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas la cual los oferentes podrán examinar en la Legislación Oficina de los Contratos del Sector PúblicoCompras y Licitaciones de este Centro. En todo casoLos ajustes deberán efectuarse hasta la fecha que se asuma el servicio por Grupo 09, Sub-Grupo 01. Una vez actualizado el laudo para el primer pago de salarios, el adjudicatario queda obligado podrá efectuar los siguientes ajustes correspondientes al cumplimiento grupo y sub-grupo de su actividad. Contar con un equipo de personas responsables en desarrollar las tareas del llamado. Deberá conocer y cumplir con las obligaciones fiscales derivadas y normativas del servicio. La descripción de tareas o protocolos de limpieza para las distintas áreas del hospital serán suministrados antes del comienzo del contrato. Los que serán controlados y entregados por parte del servicio de Higiene Ambiental del C.H.P.R. de acuerdo a la normativa vigente y al Manual de Gestión Integral de Residuos Sanitarios. El personal asignado deberá cumplir sus funciones con documento que acredite ser personal de la formalización institución adjudicataria contratada, donde se indique el nombre y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contratocargo, el cual carecerá deberá lucir visiblemente, durante toda su permanencia en el establecimiento. Se deberá suministrar al C.H.P.R., antes de relación jurídica alguna con comenzar el Ayuntamiento.
2contrato y en formato electrónico, la nómina de su personal con: cargo, puesto a ocupar, nombre, apellido, documento de identidad, y fecha de tramitación del Certificado de Buena Conducta, a fin de realizar los controles pertinentes.- Esta información deberá de actualizarse en cada oportunidad que se modifique la nómina de los trabajadores. El contratista deberá disponer en todo momento C.H.P.R exigirá a la Empresa adjudicataria la documentación que acredite el pago de salarios y demás rubros emergentes de la plantilla adecuada para obtener relación laboral, los recaudos que justifiquen que está al día en el máximo nivel pago de calidad la póliza contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como con las prestaciones objeto contribuciones de seguridad social, como condición previa al pago de los servicios prestados. Los operarios de la firma adjudicataria deberán de exhibir Carné de Salud vigente previamente a comenzar a desempeñar tareas. Con respecto al personal que se retire o suspenda, licencias, licencias por enfermedad, vacantes etc. el mismo deberá ser reemplazado automáticamente por el adjudicatario, atento a lo imprescindible del contrato, buen funcionamiento de conformidad con los servicios. El adjudicatario deberá proporcionar durante la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadarelojes digitales compatibles con el software instalado en el C.H.P.R., para el control horario de su personal, además de una computadora con Windows XP o superior para poder realizar los partes diarios en función de las marcas registradas. El personal del adjudicatario deberá registrar su asistencia en los relojes asignados, sin perjuicio de otro mecanismo de control que implemente el adjudicatario. Deberá registrarse obligatoriamente la media hora de descanso, la misma será de cargo y costo del adjudicatario. El C.H.P.R. abonará únicamente las horas efectivamente trabajadas (Ejemplo: 8 hs. diarias, se pagan hasta 7:30 hs.
3) En la media (1/2) hora de descanso los puestos no deberán de quedar descubiertos, siendo responsabilidad del adjudicatario coordinar su cobertura. Deberán suministrarse anualmente 2 uniformes con logo compuestos por: pantalón, casaca, gorro descartable, calzado antideslizante y protectores auditivos (para niveles mayores a 85 decibeles, según ordenanza 337/04. En sus relaciones con área sucia, se determinará por parte de Unidad de Higiene Ambiental, la indumentaria necesaria para desarrollar la tarea, tapaboca descartable N95, guantes de goma, mamelucos impermeables, etc. Todos los implementos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto por los Decretos 291/007 y 406/988 sobre Seguridad e Higiene Ocupacional y Salud en el adjudicatarioTrabajo. La empresa que resulte adjudicada deberá controlar estrictamente la cantidad de horas licitadas mensuales, solo se abonarán aquellas que estén autorizadas en forma escrita por el Ayuntamiento considerará como persona representante CHPR. Solo se abonarán hasta el tope de las horas licitadas correspondiente a cada mes. En cuanto a remuneración del personal el adjudicatario deberá ajustar los salarios del personal según lo que se acuerde para ese Grupo y domicilio Sub Grupo de éste a actividad .Es obligación del adjudicatario que la persona física fecha de pago de los salarios del personal no exceda el 5to día hábil de cada mes o el día 10 del mes en curso, lo que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4ocurra primero. El Adjudicatario está obligado adjudicatario deberá estar inscripto en el grupo y Sub Grupo al cumplimiento que pertenece la actividad licitada y efectuar los aportes de acuerdo a los convenios colectivos vigentes, cumplir con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y normas de seguridad e higiene dictadas para esta actividad y verter los aportes y contribuciones de Seguridad Social al BPS. Asimismo deberá de presentarse copia de la Planilla de Trabajo, donde figura dicho personal y copia de la Historia Laboral declarada ante BPS. El adjudicatario deberá observar el respeto irrestricto de los derechos sindicales de agremiación y promover ámbitos de acuerdo referidos al normal desenvolvimiento de las relaciones laborales En caso de roturas o daños a bienes del C.H.P.R. producidos en el trabajocumplimiento del servicio, así como el adjudicatario deberá cumplir con proceder a la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud reposición de los trabajadores y, mismos o estos le serán facturados a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes la Empresa por los importes correspondientes a su valor de reposición o reparación. La conducta y actitudes del inicio personal serán de entera responsabilidad de la actividad deberá acreditar por escrito firma adjudicataria. Será responsabilidad de los adjudicatarios dar cumplimiento a lo dispuesto en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación artículo 4o. de la actividad preventiva Ley No.18.251 en cuanto a proporcionar la documentación necesaria para ejercer los controles que dicha norma establece; el adjudicatario tendrá la obligación de brindar toda la información y que, en su caso, ha cumplido documentación que le sea solicitada. En el caso de que la empresa adjudicada no acredite el cumplimiento de sus obligaciones en materia u omita aportar la información que le fuera requerida, o se constate de información y formación respecto forma directa por los hechos cualquier tipo de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios incumplimiento; se ejercerá la facultad prevista en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario artículo 5º de la obtención Ley 18.251 ejerciendo el derecho de todas las autorizacionesretención, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para efectuando el CHPR el pago a los trabajadores, entidad previsional acreedora y al Banco de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contratoSeguros del Estado. En caso de incumplimiento de la empresa adjudicada, el Ayuntamiento podrá disponer de Centro Hospitalario se encuentra habilitado a proceder al pago como lo establece la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido ley y en el párrafo anterior y dispusiera orden señalado, sin la necesidad de parte o recurrir a otro tipo de toda la garantíaformalidades, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo instituyéndose bajo forma de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la CorporaciónACTA lo actuado.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Maintenance Services
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse La firma que resulte adjudicataria dispondrá de conformidad con lo establecido en cinco días hábiles desde la recepción de la notificación, para presentar el/los documentos de garantía o el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas documento referido en la Legislación cláusula de garantías. Las Empresas que resulten adjudicatarias deberán contratar a personas liberadas registradas en la Bolsa de Trabajo del Patronato Nacional de Excarcelados y Liberados, entre los Contratos trabajadores afectados a las tareas licitadas.- Estos trabajadores deberán representar un mínimo equivalente al 5% del Sector Público. En todo casopersonal afectado a tareas de peón o similar, el adjudicatario queda obligado lo que se establecerá atendiendo a las categorías laborales correspondientes al Grupo de Actividad al que pertenezca la Empresa contratada.-(Dcto.226/006).- El cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas esta obligación deberá ser acreditada ante la Administración luego de la formalización adjudicación y previo al comienzo del contrato.- La conducta y actitudes del personal serán de entera responsabilidad de la firma adjudicataria. Será de cargo de la Empresa el pago de sueldos, jornales, seguros, etc. que devengase el cumplimiento del contrato. Los períodos de descanso que correspondan según las horas de labor que cumpla cada operario, y serán de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento cargo de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con Empresa; la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, Administración abonará a la sustitución del personal precisoEmpresa únicamente las horas efectivamente trabajadas. La Empresa adjudicataria tiene la obligación de dar cumplimiento en cuanto a salarios, horas de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones trabajo y condiciones de empleo a los laudos y los convenios colectivos vigentes, cumplir con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y normas de seguridad e higiene en dictadas para esta actividad y verter los aportes y contribuciones de Seguridad Social al B.P.S. La Administración se reserva el trabajoderecho de exigir a la Empresa adjudicataria la documentación que acredite el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como deberá cumplir los recaudos que justifiquen que esta al día en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como con las contribuciones de seguridad social, como condición previa al pago de los servicios prestados.- La Administración tiene la normativa sobre prevención potestad de riesgos laborales y retener de garantizar los pagos debidos en virtud del presente contrato, los salarios a los que tengan derecho los trabajadores de la seguridad y salud Empresa adjudicataria.- Las Empresas deberán comprometerse a comunicar a la Administración contratante los datos personales de los trabajadores y, afectados a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes la prestación del servicio a efectos de que puedan realizarse los controles correspondientes; esto deberán realizarlo en forma previa al inicio del contrato y en cada oportunidad que se modifique la nomina de trabajadores. Asimismo deberá presentarse fotocopia certificada por Escribano Público de la actividad Planilla de trabajo donde figura dicho personal, (el que deberá acreditar por escrito tener carné de salud vigente) y copia de la nómina del personal asegurado ante el B.S.E. En caso que no se cumpla con el número de funcionarios o con las condiciones establecidas en el Servicio pliego, se aplicarán los siguientes descuentos: Tercer incumplimiento: descuento equivalente a las horas no cumplidas más multa equivalente al 100% del descuento a efectuarse o en caso de Prevención tratarse de Riesgos Laborales incumplimiento de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación las condiciones del contrato un descuento del 20% del importe de la actividad preventiva factura, quedando la Administración habilitada para rescindir el contrato, eliminar a la firma del Registro de Proveedores, ejecutar el depósito y queconvocar por orden de precios y antecedentes a los siguientes oferentes. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR LA ADMINISTRACION SE RESERVA LA FACULTAD DE RESCINDIR EL CONTRATO EN CUALQUIER MOMENTO, EN CASO QUE LA FIRMA ADJUDICATARIA INCURRA EN CUALQUIER INSTANCIA DEL CONTRATO, EN TRES INCUMPLIMIENTOS SUCESIVOS O NO, DEBIDAMENTE DOCUMENTADOS O UN INCUMPLIMIENTO DE SUMA GRAVEDAD, COMO LA AUSENCIA DE PERSONAL QUE IMPIDA DESARROLLAR TAREAS EN FORMA ADECUADA.- Cuando la Administración considere que la Empresa adjudicataria ha incurrido en su casoinfracción a las normas, ha cumplido sus obligaciones en materia laudos o convenios colectivos vigentes, dará cuenta a la Inspección General del Trabajo y de información y formación respecto la Seguridad Social a efectos de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para realicen las inspecciones correspondientes.- En caso de constatarse dichos extremos la realización del trabajo.
6Empresa infractora será sancionada en mérito a lo dispuesto por el art. A 289 de la extinción Ley Nº 15.903 en la redacción dada por el art.412 de este la Ley Nº 16.736, sin perjuicio de las sanciones por incumplimiento contractual que se mencionan anteriormente.- Por el periodo que abarque el contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación ajustándose según cláusula de las personas ajuste de precios que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacetese establece a continuación.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESEl/la adjudicatario/a está obligado/a a:
1a) Realizar las obras de acondicionamiento del local, decoración del mismo y amueblar, si así lo estima oportuno, así como proveerse del material y utensilios necesarios para prestar los servicios de Bar Cafetería. El contrato acondicionamiento y amueblamiento se realizará conforme a la documentación presentada en su oferta. La realización de las obras requerirá de la concesión de la oportuna licencia urbanística y el desarrollo de actividad de la correspondiente resolución del expediente de actividades molestas.
b) Conservar en perfecto estado las instalaciones y material y destinarlas al uso concedido.
c) Correr con los gastos comunitarios del Polígono, si así se estableciesen, en la proporción de 1/3 del coste total para DEBEGESA.
d) Realizar por su cuenta todas las reparaciones necesarias
e) Responder de los deterioros ocasionado por los usuarios
f) Entregar el uso del local al concluir el alquiler. El/la adjudicatario/a deberá cumplirse llevarse el mobiliario, material y demás objetos que no forme parte de conformidad la construcción ni del acondicionamiento del local. Caso de incumplimiento por el/la adjudicatario/a de su obligación de dejar libre el espacio podrá DEBEGESA acudir a los tribunales.
g) Pago del alquiler mensual que se efectuará antes del día 10 de cada mes.
h) Abono de todas las tasas e impuestos que se deriven de su actividad, así como el importe de los anuncios del concurso.
i) Responder del comportamiento adecuado de los usuarios del servicio
j) Xxxxx al personal a su cargo asegurado, así como cumplir con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes pertinentes en materia laboral.
k) Tener suscrita póliza de responsabilidad civil combinada en la que se incluyan contenidos, robos y responsabilidad civil de seguridad social hostelería por un riesgo asegurado mínimo de 180.303,63 euros
l) Asumir a su cargo los gastos originados por consumo de agua, electricidad, gas y teléfono.
m) No expedir bebidas alcohólicas a menores de seguridad e higiene en 18 años.
n) Capacitación del personal que efectivamente preste el trabajo, así como deberá cumplir servicio para poder expresarse con la normativa sobre prevención de riesgos laborales clientela en euskera y de garantizar la seguridad y salud castellano
o) Indemnizar a terceros de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio daños que se puedan ocasionar con ocasión de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación prestación del servicio
p) Limpieza de la actividad preventiva Cafetería-Restaurante, aseos y queaccesos
q) Adecuado mantenimiento, reparación y limpieza de la urbanización exterior y aparcamientos, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan la parte dedicada a prestar sus servicios en el centro en cuestión.aparcamiento para bar-restaurante
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o r) Limpieza de toda la garantíazona de aparcamientos con carácter especial, tras los fines de semana y festivos
s) Reponer los elementos urbanístico deteriorados por la clientela
t) Presentarse para cumplir las obligaciones incumplidas por la firma del contrato en el contratista, éste vendrá obligado plazo xx xxxx días a reponerla o completarla, dentro partir de la adjudicación y comenzar con la prestación del plazo de quince días, a contar desde servicio para la fecha acordada por DEBEGESA
u) Responder tanto civil como penalmente de la notificaciónlos eventos que se produzcan y afecten a terceros con motivo del uso y disfrute del Bar Restaurante y sus elementos anexos, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y exonerando de un modo indubitado, por la Corporación.cualquier tipo de responsabilidad a DEBEGESA
Appears in 1 contract
Samples: Rental Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse Adjudicatario queda obligado a realizar las obras de conformidad con lo establecido acondicionamiento de las instalaciones, en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas plazo que se incluya en la Legislación oferta, previa autorización expresa del Ayuntamiento de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el AyuntamientoMombeltrán.
2. La finca y edificaciones objeto de este contrato deberán destinarse exclusivamente a la actividad de un establecimiento de Ocio y Tiempo Libre, no pudiendo cambiar su uso ni servicios. El contratista adjudicatario definitivo queda obligado a prestar personalmente toda la actividad dimanante de la explotación del inmueble y sus instalaciones, y NO podrá efectuar ningún tipo de subarriendo, cesión total o parcial del mismo, salvo que el Ayuntamiento lo autorice expresamente.
3. El adjudicatario deberá disponer cumplir en todo momento lo estipulado en la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud xx Xxxxxxxx y León, en relación con las actividades juveniles de tiempo libre que vaya a realizar.
4. La apertura del establecimiento estará condicionada a la obtención de los permisos y autorizaciones necesarias para el desarrollo de la plantilla adecuada para obtener actividad a la que el máximo nivel de calidad inmueble se va a destinar. La obtención de las prestaciones autorizaciones y licencias precisas será por cuenta y cargo del adjudicatario, quién será responsable de su tramitación ante las Entidades correspondientes.
5. El adjudicatario será responsable de la reposición de todas las instalaciones, servicios y dotaciones que ya existieran con antelación, o que se hubieran incorporado al mismo como mejora permanente, cuando dichas instalaciones, servicios y dotaciones debieran ser repuestos por su merma, desgaste u obsolescencia, sean o no debidos a un uso normal. Todos los gastos necesarios para la reparación y el mantenimiento integral de las instalaciones, especialmente de aquellas necesarias para el uso al que va destinado el inmueble, serán de cuenta y cargo del adjudicatario a partir del inicio del contrato. Esta cláusula hace igualmente referencia a los elementos que el arrendatario pudiera sumar a los ya existentes, y que no figurasen en su propuesta de inversión inicial pero que constituyan una mejora del mismo, ya sean estas mejoras de carácter temporal, es decir, que puedan retirarse dichos elementos una vez finalizado el contrato o previa autorización del Ayuntamiento, o de carácter permanente.
6. Será de cuenta del adjudicatario la ejecución de cualquier obra o mejora necesaria, cuando dicha necesidad se pusiera de manifiesto al tramitar cualesquiera autorizaciones o licencias a iniciativa del arrendatario, y a su vez, cuando dichas obras o mejoras debieran acometerse por imperativo legal por cambios en la normativa del sector que hubieran tenido lugar después del inicio del contrato. Para la realización de todas estas obras o mejoras deberá contar previamente con el consentimiento del Ayuntamiento de Mombeltrán, determinándose junto con dicho consentimiento, si el resultado de las mismas queda incorporado como mejora permanente al inmueble, de lo que se dejará constancia por escrito.
7. El coste de las autorizaciones, proyectos, instalación, mantenimiento, tasas y tributos que en su caso pudieran generar los rótulos, carteles o vallas publicitarias, cuya instalación deberá ser previamente autorizada por el Ayuntamiento de Mombeltrán, serán por cuenta y cargo del adjudicatario.
8. El adjudicatario se obliga a subrogarse en los contratos de suministro de los servicios de electricidad y agua de los que es titular el Ayuntamiento de Mombeltrán. El adjudicatario se obliga a contratar directamente con las compañías suministradoras los contratos de gas, telecomunicaciones por cable, y demás que disfrute o pretenda disfrutar en la finca objeto del contrato, siendo de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder su cargo los gastos que origine el pago de inmediato, si ello fuera necesario, los recibos correspondientes a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajodichos suministros, así como el costo de su contratación, instalación, y mantenimiento.
9. Será de cuenta y xxxxx del adjudicatario la realización de gestiones, pago de todos los gastos, tasas, arbitrios, redacción y visado de los proyectos que haya que presentar en los organismos y compañías competentes, a efectos de obtener el alta y permisos para el funcionamiento adecuado y legalizado de las instalaciones, máquinas y equipos, aunque hayan de ser tituladas a nombre de la administración o de la persona o entidad que ésta designe.
10. El adjudicatario designará una persona que le represente como interlocutor ante el Ayuntamiento de Mombeltrán para todo lo relacionado con la prestación de estos servicios. En caso de no hacer expresa designación, se entenderá que la representación recae en el director o gerente del establecimiento.
11. En todo momento el adjudicatario deberá cumplir con los preceptos que marque la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones ley en materia de información seguridad de cosas y formación respecto personas (contra incendios, higiene, prevención de los trabajadores que vayan riesgos, APPC etc.).
12. El adjudicatario se obliga a prestar sus servicios permitir la entrada en el centro en cuestiónedificio objeto del presente contrato al Alcalde o persona autorizada por el mismo, para que éste pueda previo aviso, inspeccionar el estado de conservación y mantenimiento del edificio, instalaciones, mobiliario y enseres.
513. Corresponde al Serán de cuenta y cargo del adjudicatario la obtención el pago de todas las autorizacionestodos los tributos, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, tasas e impuestos que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación graven el uso de las personas que hayan realizado los trabajos instalaciones objeto del contrato como personal y las futuras que se incluyan en el ámbito del Ayuntamiento contrato objeto de Albacetelicitación. Asimismo también serán de su cuenta los tributos, tasas e impuestos que graven la actividad a desarrollar en las mencionadas instalaciones.
714. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el El adjudicatario, en relación con este durante los dos primeros años de vigencia del contrato, el Ayuntamiento podrá disponer deberá aportar un informe de la garantía definitiva prevista en este Pliegogestión y explotación del establecimiento y sus servicios, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera que se constate el cumplimiento de parte o de toda los criterios objetivos que determinaron la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónadjudicación.
Appears in 1 contract
Samples: Lease Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato adjudicatario deberá cumplirse de conformidad contar con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir los siguientes seguros a su cargo:
2. La totalidad del personal que el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en emplee para la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento realización de las exigencias contractuales, estará bajo su exclusivo cargo y responsabilidad, como así también los sueldos, cargas sociales, seguros, leyes sociales y previsionales y otras obligaciones fiscales derivadas de que existan o pudieren llegar a existir durante la formalización y cumplimiento vigencia del contrato, y no teniendo dicho personal, relación de los deberes sociales y salariales ningún tipo con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadaEstado Nacional (AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO).
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante Deberá respetar las normativas emergente de la Resolución de la CNTA 11/11 Condiciones de Trabajo y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilioAlojamiento para Trabajadores Temporarios.
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboralconcesionario deberá presentar ante esta Agencia y la DIRECCIÓN DE REMONTA Y VETERINARIA DEL ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO ARGENTINO, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajoplazo de ocho (8) días contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, así como una copia certificada y legalizada de los siguientes documentos: Nómina de los empleados declarados en el Formulario 931 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y del formulario 931 que acredite la constancia de pago. Asimismo esta documentación deberá cumplir actualizarse mensualmente presentándola junto con la normativa sobre prevención copia certificada de riesgos laborales la Póliza de Seguro de Vida de Empleados Rurales. En el caso de no presentar copia certificada y de garantizar la seguridad y salud legalizada podrá hacerlo con fotocopias de los trabajadores ydocumentos requeridos, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de los que serán autenticados contra la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto presentación de los trabajadores que vayan originales por un funcionario del organismo. La falta de presentación del formulario 931 de Nómina de Empleados y del formulario 931 referido a prestar sus servicios en el centro en cuestiónlas acreditaciones de constancia de pago, será causal de rescisión inmediata. El concesionario se compromete a mantener la Nómina del personal a su cargo permanentemente actualizada.
5. Corresponde En el caso de que el Concesionario contrate prestación de servicios de terceros para las actividades previstas en el Plan de Explotación, deberá presentar, previo al adjudicatario inicio de cada actividad, la obtención documentación anteriormente enumerada por cada una de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajoempresas empleadas.
6. A la extinción Queda terminantemente prohibido al Concesionario el ingreso y/o permanencia dentro del predio del Establecimiento y/o predio concesionado, de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación menores de las edad y/o personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento constituyan las familias de Albacete.
7. Para sus dependientes y/o que no se encuentren individualizados en la Nómina de Empleados declarados en el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer formulario 931 de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según procedaAFIP. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso El incumplimiento de lo establecido en dispuesto precedentemente, facultará al Concedente a rescindir automáticamente el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporacióncontrato.
Appears in 1 contract
Samples: Concesión De Uso
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El adjudicatario deberá presentar depósito de garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá cumplirse en caso de conformidad con corresponder, de acuerdo a lo establecido en la clausula relativa a GARANTIAS Se deberá suministrar a la Unidad Ejecutora, antes de comenzar el presente Pliego contrato y en el Pliego formato electrónico, la nómina del personal con: cargo, nombre, apellido, documento de Prescripciones Técnicasidentidad, debiendo carné de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas salud y fecha de tramitación de certificado de buena conducta, a fin de realizar los controles pertinentes. Esta información deberá actualizarse en cada oportunidad que se modifique la Legislación nómina de los Contratos trabajadores. Asimismo deberá presentarse copia de la Planilla de trabajo donde figura dicho personal, y copia de la nómina del Sector Público. personal asegurado ante el B.S.E. La conducta y actitudes del personal serán de entera responsabilidad de la adjudicataria En todo casocaso de roturas o daños a bienes de la Administración producidos en el cumplimiento del servicio, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento deberá proceder a la reposición de las obligaciones fiscales derivadas los mismos o estos le serán facturados a la Empresa por los importes correspondientes a su valor de reposición o reparación. La firma adjudicataria deberá proporcionar un distintivo que acredite ser personal del adjudicatario. EL personal deberá lucir el distintivo en forma visible durante toda su permanencia en el Establecimiento. Será de cargo de la formalización y Empresa el pago de sueldos, jornales, seguros, etc. que devengase el cumplimiento del contrato. Para la ejecución de los trabajos que son objeto de esa contratación, la adjudicataria empleará: -Personal propio que con plena dedicación se destinará en el Centro de Salud, y cuya evaluación numérica será consecuencia de lo ofertado. -Personal propio que de forma esporádica podrá intervenir en el caso de que se presenten incidencias que así lo exijan el mantenimiento de las instalaciones eléctricas, que deberá ser exclusivamente desarrollado por el oferente, con personal propio, altamente capacitado y bajo la supervisión de un Ingeniero Eléctrico Cat A cuyo currículum vítae se solicitará en las condiciones generales. El mantenimiento de bombas en general con su sistema de control, control de vacío, que deberá ser a cargo del oferente con personal propio, altamente capacitado y bajo la supervisión de un Ingeniero Industrial Mecánico cuyo currículum vítae se solicitará en las condiciones generales. -Personal ajeno que la adjudicataria podrá subcontratar a otras empresas de sectores especializados, para ejecutar trabajos que requieran la prestación de técnicos especialistas específicos. En cualquier caso, los medios personal empleados serán por cuenta del adjudicatario sea cual sea la procedencia de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2mismos. El contratista personal contratado por el adjudicatario deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene registrar asistencia obligatoriamente en el trabajosistema de registro y control utilizado por la Unidad Ejecutora. La empresa adjudicataria deberá dotar a su personal de todas las herramientas necesarias acorde con las diversas especialidades o gremios profesionales, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores equipos de medida necesarios para la comprobación xx xxxxxxxx, medidor de tierras y todos aquellos aparatos de medida de uso manual necesarios en las instalaciones de electricidad. Los materiales necesarios para la ejecución de los trabajos, objeto de la presente contratación, tendrán una doble consideración: -Materiales propios de partes, equipos o instalaciones: serán por un lado, todos aquellos que ocupando un lugar permanente en un área, equipo o instalación es necesario sustituirlos por deterioro, envejecimiento y, a cuyos efectospor otro, entre otras obligacionestodos aquellos productos de carácter consumible que representando un coste elevado sean fundamentalmente para el correcto estado, antes servicio o funcionamiento de las áreas, equipos o instalaciones que los utilicen. -Materiales de mantenimiento propiamente dicho: serán por un lado, todos aquellos materiales de uso continuado en las labores propias de mantenimiento y, por otro, el pequeño material de cualquier equipo o instalación. Estarán comprendidos en este grupo: aceites y grasas ordinarias, detergentes y artículos de limpieza, pinturas ordinarias, paquetes para guarnición de prensa estopas, paquetes especiales de teflón, tornillería, lámparas de señalización en cuadros eléctricos, y cualquier otro material de costo pequeño que pueda tener la condición de accesorio. Todos los materiales propios de partes, equipos o instalaciones, correrán por cuenta del inicio Centro de Salud, siendo suministrados y gestionados por parte de la actividad empresa adjudicataria con cargo al centro, luego de haber presentado 3 presupuestos de firmas de plaza a la administración del Centro de Salud, la cual emitirá una orden de compras con el presupuesto elegido. La empresa adjudicataria después de realizar la compra deberá acreditar presentar la factura a la administración del Centro de Salud. Los materiales de mantenimiento propiamente dicho, correrán por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación cuenta de la actividad preventiva adjudicataria, y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en tal efecto mantendrá el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran adecuado stock para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación perturbar el desarrollo de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albaceteoperaciones.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1Además de las propias derivadas del presente Xxxxxx, el adjudicatario se obliga a cumplir las leyes y normativa general de trabajo en todos sus aspectos, además de los de Seguridad Social, Impuesto de Actividades Económicas y todos los que pudieran afectarle. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego adjudicatario se obliga a devolver íntegra y en perfecto estado de conservación y funcionamiento el mobiliario, enseres, aparatos y materiales existentes en los locales. Barañáin, 16 de octubre de 2018. ANEXO I: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE D ……………………………………………………………………………………………………, con Documento Nacional de Identidad número ………………………….…, en su propio nombre o en representación de ……………………………………………………………………………. con NIF ……………………………… DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD: Que cumpliendo todas las condiciones legalmente establecidas para contratar con la administración, así como las condiciones particulares que rigen la licitación convocada por el Ayuntamiento de Barañáin de …………………………………………………………., se compromete, en caso de resultar propuesto como adjudicatario, a acreditar tales circunstancias, mediante la presentación tanto de la documentación administrativa a que se refiere el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajoCláusulas, así como deberá cumplir cualquier otro tipo de documentación por la que se rige esta licitación. Asimismo declaro responsablemente: - Que la sociedad está válidamente constituida, reúne los requisitos de capacidad jurídica y de obrar, y conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación. - Que como firmante de la declaración ostento la debida representación de la sociedad que presenta la proposición. (En caso de licitar en nombre propio: Declara que tiene la capacidad necesaria para firmar la presente declaración). - Que la sociedad a la que represento (o el firmante de la declaración, cuando actúe en nombre propio), cuenta con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y quecorrespondiente clasificación, en su caso, ha o que cumple los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos, en las condiciones que establece el Cuadro de Características Particulares (CCP). - Cuando el CCP prevea la división en lotes del objeto del contrato, si los requisitos de solvencia económica y financiera o técnica y profesional exigidos variaran de un lote a otro, se aportará una declaración responsable por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia. - En el caso de las UTE o participación conjunta, y sin perjuicio de las particularidades que puedan establecerse en el CCP, si se exige como condición objetiva la realización de contratos similares dicho requisito se entenderá cumplido sus obligaciones siempre que al menos una de las empresas que concurren en materia de información y formación respecto UTE o participación conjunta cumpla el mismo sin que quepa la suma de los trabajadores trabajos realizados por los integrantes de la misma. - En los casos en que vayan el empresario recurra a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5la solvencia y medios de otras empresas, declaración responsable de que va a disponer de los recursos necesarios, mediante la presentación a tal efecto del compromiso escrito de dichas entidades. Corresponde al adjudicatario - En los procedimientos restringidos, la obtención declaración responsable pondrá de todas las autorizacionesmanifiesto, permisos y licencias, tanto oficiales como particularesademás, que se requieran cumple con los requisitos objetivos que se hayan establecido en el CCP. - Que la sociedad a la que represento (o el firmante de la declaración cuando actúe en nombre propio) reúne los requisitos legales para la realización ejecución del trabajo.
6. A contrato objeto de licitación así como aquéllos otros establecidos en los pliegos de condiciones que rigen la extinción de este contratocontratación, no podrá producirse estando incursa en ningún caso prohibición de contratar por sí misma ni por extensión como consecuencia de la consolidación aplicación del artículo 22.2 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, hallándose al corriente del cumplimiento de las personas obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - El compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresarios. Si varios empresarios concurren agrupados en una unión temporal o participan conjuntamente, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que hayan realizado la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, en caso de resultar adjudicatarios del contrato. - Que designa la siguiente dirección de correo electrónico, a los trabajos objeto efectos de practicar las D./Xx , titular del DNI (o la referencia al documento procedente en caso de ser extranjero/a) nº , con domicilio en .........................................................................., C.P , localidad ............................, teléfono..................., móvil....................., fax , email, ………...................................................................................................................... en nombre propio o en representación de , DNI/CIF , con domicilio en ............................................................................., C.P , localidad........................, teléfono..................., móvil....................., fax , email, ……………....................................……enterado del procedimiento tramitado para adjudicar el contrato como personal de Concesión de Servicio de atención a los Bares del Club de Jubilados del Ayuntamiento de Albacete.
7Barañáin. Para DECLARO: − Que conozco y acepto / Que la entidad por mí representada conoce y acepta (según xxxxxxx) el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este condicionado del contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de con sus anexos. − Que me comprometo/ Que la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, entidad por mí representada se compromete (según proceda) al cumplimiento del contrato en las siguientes condiciones económicas: ............................................................................................................ €/mes de servicio. Se observará la prelación legal desglosa en: ………………..….. € + (Porcentaje de responsabilidades con cargo a la garantíaIVA _ %) = € (LUGAR, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantíaFECHA, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.FIRMA Y SELLO DE LA ENTIDAD)
Appears in 1 contract
Samples: Concesión De Servicios
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- 29.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y pliego, en el Pliego pliego de Prescripciones Técnicasprescripciones técnicas, debiendo de cumplir en el adjudicatario las obligaciones legales contempladas contrato que se formalice, en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En oferta presentada y demás documentación contractual y, en todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento conforme a las instrucciones que en ejercicio de las obligaciones fiscales derivadas potestades que le corresponda, le dirija el Ayuntamiento de la formalización y cumplimiento Albacete, en particular, a través del Servicio de Salud Ambiental del Ayuntamiento de Albacete, responsable del control e inspección municipal de los trabajos objeto del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento momento, sin perjuicio de lo establecido en el PPT, de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel FIRMADO POR: NIF: P0200300B de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará considerara como persona representante y domicilio de éste este a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio.
4. El Adjudicatario adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión. El adjudicatario se obliga al cumplimiento, bajo su exclusiva responsabilidad, de las disposiciones vigentes o que se dicten en el futuro de carácter fiscal y de cualquier otra que sea necesaria para la prestación del servicio; quedando exento el Ayuntamiento de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse como consecuencia del incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones indicadas anteriormente y de cualquier otra que le pudiera corresponder.
5. Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario queda obligado a presentar, previo requerimiento de la Corporación o del responsable del contrato, las declaraciones o documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones indicadas en los apartados anteriores, así como de aquellas otras que la Corporación estime oportunas.
6. El adjudicatario viene obligado a abonar el importe del Anuncio Licitatorio en el B.O.E. y del Anuncio informativo que al efecto se haga en los medios de comunicación.
7. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
68. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- 29.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y pliego, en el Pliego pliego de Prescripciones Técnicasprescripciones técnicas, debiendo de cumplir en el adjudicatario las obligaciones legales contempladas contrato que se formalice, en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En oferta presentada y demás documentación contractual y, en todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento conforme a las instrucciones que en ejercicio de las obligaciones fiscales derivadas potestades que le corresponda, le dirija el Ayuntamiento de la formalización Albacete, en particular, a través dela Sección Técnica de Sostenibilidad y cumplimiento Promoción Económica del Ayuntamiento de Albacete, responsable del control e inspección municipal de los trabajos objeto del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento momento, sin perjuicio de lo establecido en el PPT, de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará considerara como persona representante y domicilio de éste este a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio.
4. El Adjudicatario adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la FIRMADO POR: NIF: P0200300B seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión. El adjudicatario se obliga al cumplimiento, bajo su exclusiva responsabilidad, de las disposiciones vigentes o que se dicten en el futuro de carácter fiscal y de cualquier otra que sea necesaria para la prestación del servicio; quedando exento el Ayuntamiento de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse como consecuencia del incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones indicadas anteriormente y de cualquier otra que le pudiera corresponder.
5. Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario queda obligado a presentar, previo requerimiento de la Corporación o del responsable del contrato, las declaraciones o documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones indicadas en los apartados anteriores, así como de aquellas otras que la Corporación estime oportunas.
6. El adjudicatario viene obligado a abonar el importe del Anuncio Licitatorio en el B.O.E. y del Anuncio informativo que al efecto se haga en los medios de comunicación.
7. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
68. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
79. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliegopliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El A los efectos exclusivos del contrato deberá cumplirse que entre las partes se firme y sin perjuicio de la responsabilidad única y exclusiva del adjudicatario ante el Propietario del inmueble, éste responderá del cumplimiento íntegro de todas las obligaciones previstas en el título de otorgamiento y considerándolo, a estos efectos, responsable directo y principal de cualquier circunstancia que se produzca en relación al uso ordenado, y al mantenimiento adecuado del arrendamiento, así como al pago de cánones y tasas, e impuestos, todo ello de conformidad con los términos establecidos en la legislación vigente, donde además, el arrendatario debe ser consciente en todo momento que pasará a explotar una finca que es propiedad de la Cooperativa, lo establecido que le obliga al cumplimiento de horarios, mantenimiento en condiciones de la parcela arrendada, incluso desde el punto de vista
f) El Abono del IBI del inmueble. g) El abono de los servicios de suministros eléctrico, así como abastecimiento de agua. h) El abono de las tasas correspondientes a la instalación de cartel o luminaria establecida municipalmente. i) Todo el personal contratado por el arrendatario lo estará en las condiciones establecidas en el presente Pliego y convenio de Hostelería en vigor. Se deberán emplear los medios humanos suficientes para el desarrollo en todo momento de un buen servicio. j) Capacitación del personal que efectivamente preste el servicio para el desarrollo de dicha actividad.
k) El arrendatario queda obligado, a presentar ante la Cooperativa, con carácter previo al inicio de actividades en el Pliego bar-cafetería, a los efectos legales procedentes, los planes de Prescripciones Técnicasprevención de riesgos laborales y de contingencias y emergencias que resulten preceptivos según la normativa general.
l) Tener suscrita póliza de responsabilidad civil donde el beneficiario de la misma será la Cooperativa, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas combinada en la Legislación que se incluyan continente, contenidos, robos y responsabilidad civil de hostelería por un riesgo asegurado mínimo 80.000 €, en concepto de Contenido y de 450.000 €.- en concepto de Continente. m) Asumir a su cargo los gastos originados por consumo de agua, electricidad, gas, teléfono. n) No expedir bebidas alcohólicas a menores de 18 años. ñ) Indemnizar a terceros de los Contratos daños que se puedan ocasionar por motivo de la prestación de servicio. p) Limpieza de la Cafetería-Restaurante, terrazas, aseos y accesos. q) Reponer los elementos urbanísticos deteriorados por la clientela. r) Presentarse para la firma del Sector Públicocontrato en el plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación y comenzar con la prestación del servicio para la fecha acordada por la Cooperativa. r) Responder tanto civil como penalmente de los eventos que se produzcan y afecten a terceros con motivo del uso y disfrute del Bar Restaurante y sus elementos anexos, exonerando de cualquier tipo de responsabilidad a la Cooperativa s) Precios: La empresa arrendataria se compromete a mantener unos precios de venta al público similares a los de la zona y de acuerdo con este tipo de establecimientos. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento Adjudicatario tendrá libertad de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales precios para dicha explotación con el personal que ponga compromiso de ofrecer a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene los taxistas un descuento en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa precio final de sus consumos no inferior al 10 % sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, el precio final a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónabonar.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Lease Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESLos adjudicatarios del Concurso vendrán obligados a:
11.- Redacción y entrega del proyecto básico del edificio de VPO de la parcela c6-c7-c8 y solicitud de licencia municipal de las obras y trabajos que la requieran: 2 meses desde la firma de la escritura pública. 2.-Solicitud de la Calificación provisional de las viviendas de protección oficial: 1 mes desde la obtención de la licencia de obras. 3.-Entrega del proyecto de ejecución del edificio de VPO de la parcela C6-C7-C8 e inicio de las obras de construcción de la edificación: 2 meses desde la obtención de la licencia municipal de obras. 4.-Terminación de las obras de construcción del edificio de VPO: 24 meses desde la obtención de la licencia municipal de obras.
5.- Calificación definitiva, licencia de primera ocupación y entrega de las viviendas VPO: 30 meses desde la obtención de la licencia de obras.
6.- La entrega de las viviendas, garajes y anejos al Ayuntamiento, en perfectas condiciones de acabado, se llevará a cabo en el plazo de 30 meses desde la obtención de la licencia de obra. El contrato deberá cumplirse Ayuntamiento estará facultado para, en todo momento, acceder al solar enajenado y a las obras, y practicar cuanta comprobación o información interese en relación con el buen fin de conformidad la promoción, pudiendo formalizar su actuación frente a la entidad adjudicataria y dirección facultativa y empresas constructoras o de gestión si las hubiere, con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación reseña de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización extremos observados y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y queapercibimientos consiguientes, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia a efectos de información y formación respecto responsabilidades. El Adjudicatario deberá facilitar al Técnico o funcionario designado la labor de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, inspección que se requieran para la realización del trabajole encomiende.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for the Sale of Land for Official Protection Housing Promotion
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:1.- Prestar los servicios objeto de contrato de forma ininterrumpida, y dentro del horario permitido, independientemente de los problemas laborales propios o de proveedores, transportes, climatología, etc.
12.- Serán de cuenta del contratista los gastos ocasionados con motivo de consumos de energía eléctrica que fueren necesarios para la prestación de los servicios (en lo referente a las instalaciones del Bar-Cafetería-Restaurante; así cómo en lo referente a las Piscinas)
3.- Destinar las instalaciones a la finalidad específica de la explotación y no aplicarla a otros usos. En concreto, el único y exclusivo objeto del contrato es la explotación del bar- restaurante y de las piscinas.
4.- Mantener el local e instalaciones en perfecto estado de conservación así como de limpieza e higiene, realizando las labores correspondientes en horario que no cause molestias a los usuarios del servicio. Por tanto los trabajos y obras necesarias para mantenerlos en buenas condiciones será a cargo del adjudicatario.
5.- Abonar los daños que pueda ocasionar en el local (estructura, acabados xx xxxxxxx, cristales, puertas, etc.) e instalaciones con motivo de la prestación de los servicios, asumiendo la plena responsabilidad de negligencias o infracciones a él imputables, indemnizando al Ayuntamiento de Xxxxxxxx xx Xxxxxx cualquier daño o gasto derivados de las mismas.
6.- Ejercer la explotación directamente por el adjudicatario, con la prohibición de traspasarla, arrendarla o realizar cualquier otra forma de cesión a terceros.
7.- Suscribir la póliza de seguro de responsabilidad civil y accidentes descrita en la cláusula 6ª de este pliego.
8.- Cumplir con las obligaciones legales existentes en materia de apertura, horarios, afiliación e inscripción en la Seguridad Social en el régimen de autónomos y estar dado de alta en el IAE; así como en materia tributaria, fiscal, laboral, de seguridad y salud, y cualesquiera otras que puedan resultar aplicables por razón de la materia.
9.- Estar en posesión del carnet de manipulador a la firma del contrato.
10.- Comunicar al Ayuntamiento las anomalías y desperfectos que se produzcan en las instalaciones
11.- Solicitar autorización del ayuntamiento para realizar toda clase de obras en el local en el que se prestan los servicios, las cuales serán de cuenta del contratista en todo caso y quedarán en propiedad del Ayuntamiento, sin que pueda reclamar cantidad alguna por dicho concepto.
12.- El adjudicatario deberá dotar al recinto del mobiliario, útiles o enseres que, a mayores del existente, estime necesario para la prestación del servicio. Estos enseres, útiles y mobiliario que serán de propiedad del adjudicatario, finalizado el contrato quedarán a su disposición.
13.- El bar-restaurante deberá cumplirse de conformidad con estar abierto todo el año, salvo lo establecido en el presente Pliego apartado uno de esta cláusula en cuanto al periodo vacacional y día de descanso. En el periodo de apertura de las piscinas, éstas deberán permanecer abiertas ininterrumpidamente desde el día que se acuerde su apertura hasta el día que se acuerde su cierre y durante el horario que así mismo se determine.
14.- El contratista está obligado a prestar los servicios objeto de contrato al Ayuntamiento de Xxxxxxxx xx Xxxxxx, siempre que el mismo se lo requiera, y en cuantos actos se organicen. Ello de acuerdo con las condiciones en las que se preste el Pliego contrato que se formalice, y siempre de Prescripciones Técnicasacuerdo con los precios que rigen para el público en general. Xxxxxxx las demandas que procedan del Ayuntamiento, debiendo de cumplir el en cuanto a los servicios que constituyen objeto del contrato.
15.- El adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación deberá guardar sigilo respecto de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales datos o antecedentes que no siendo públicos o notorios estén relacionados con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, u de conformidad los que tengan conocimiento con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución ocasión del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadamismo.
3. En sus relaciones con 16.- Finalizado el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, 15 días naturales a contar desde el siguiente al la fecha resolución contractual, deberá abandonar y dejar libres, a disposición del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xx Xxxxxx, el local, instalaciones, mobiliario y menaje puestos a disposición del contratista al inicio del contrato, en buen estado de conservación y funcionamiento y con el desgaste razonable debido a un correcto uso. A tal efecto se realizará el inventario completo y contradictorio referido al día de la notificacióniniciación de la prestación del servicio. Y que se reflejará en el contrato que se firme entre el adjudicatario y el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xx Xxxxxx.
17.- El adjudicatario deberá indemnizar de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato.
18.- Referente a las Piscinas: El adjudicatario del contrato de explotación referido, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido además de encargarse de la correcta gestión de las piscinas municipales, ha de hacerse cargo de la limpieza y seguro correcto mantenimiento de las mismas y de un modo indubitado, por la Corporación.en concreto de: El Ayuntamiento: Se hará cargo:
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Arrendamiento
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario contratista queda obligado al cumplimiento de desarrollo del servicio en las obligaciones fiscales derivadas condiciones que resultan del presente Xxxxxx y de la formalización y cumplimiento del contratooferta seleccionada. Tanto la empresa que resulte adjudicataria como los trabajadores de la misma, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientoquedan vinculados por las presentes obligaciones.
2. Los locales serán usados por el contratista a los exclusivos efectos de prestación del servicio al que están destinados, no pudiendo realizar ninguna otra actividad ajena al mismo, ni introducir o almacenar material que no sea el estrictamente necesario para la prestación del servicio.
3. La prestación del servicio se llevará a cabo aportando el adjudicatario los elementos necesarios en materia de personal, bienes e instalaciones y material.
4. El contratista material aportado por el adjudicatario así como los elementos decorativos, deberán ser previamente aprobados por Logroño Deporte, con el fin de que guarden concordancia con el entorno. Logroño Deporte S.A., podrá rechazar los elementos materiales que por su calidad o diseño no estén en consonancia con el conjunto y ambientación del edificio.
5. El material aportado por el adjudicatario para la prestación del servicio deberá disponer ser de primera calidad y con la adecuada aptitud para el servicio; al finalizar el contrato podrán ser retirados, sin perjuicio del acondicionamiento de los locales, obras e instalaciones, o con subsanación de las deficiencias causadas en los mismos.
6. Será imprescindible que el adjudicatario cuente en todo momento con un número suficiente de menaje de material desechable, para todas aquellas bebidas o alimentos que vayan a ser consumidas fuera del espacio destinado a cafetería, ya que no se permitirá el acceso al resto de espacios de la plantilla adecuada instalación con menaje no desechable, especialmente cristal o cualquier otro material que pueda suponer un riesgo para obtener el máximo nivel de calidad la integridad física de las prestaciones personas.
7. En la prestación del servicio el contratista observará las prescripciones establecidas por la legislación vigente.
8. El adjudicatario deberá nombrar a un interlocutor válido para realizar la coordinación y comunicación entre la adjudicataria, los empleados de la misma y Logroño Deporte, S.A.
9. El contratista establecerá los precios de las consumiciones con sujeción a la vigente legislación y a su oferta, los cuales no podrán ser modificados con posterioridad sin autorización expresa de Logroño Deporte, S.A. (salvo incremento del IPC) Para el cumplimiento de este apartado el adjudicatario deberá presentar anualmente x Xxxxxxx Deporte, S.A. la propuesta de precios y revisión de los mismos.
10. Queda prohibida la instalación en el local objeto del contrato, de conformidad con máquinas tragaperras y de anuncios o cualquier elemento de propaganda.
11. Logroño Deporte, S.A. se reserva la oferta presentada; y deberá proceder facultad de inmediato, si ello fuera necesario, prohibir la venta de artículos que puedan afectar a la sustitución limpieza y ambientación del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución local o del contrato quede garantizadaentorno.
312. Se podrá prohibir la instalación o funcionamiento de equipos de reproducción sonora o visual, máquinas recreativas o de venta mecánica y la realización de cualquier acto que afecte o pueda afectar a unas adecuadas condiciones de limpieza, ambientación o tranquilidad del entorno. En sus relaciones con el caso de que se autorice por Logroño Deporte, S.A. la instalación de esos equipos, estos se colocaran donde la empresa indique y todos los gastos derivados de la instalación y mantenimiento así como los impuestos a que pudieran dar lugar (SGAE..etc.) serán por cuenta del adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio.
413. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como adjudicatario deberá cumplir con las disposiciones relativas a espectáculos deportivos previstas en la normativa sobre prevención Ley 10/1990, de riesgos laborales 15 de octubre, del Deporte.
14. Serán de cuenta del adjudicatario la totalidad de los gastos, cargas o cuotas que se deriven del presente contrato, tanto los anuncios y demás actos preparatorios y de garantizar formalización del contrato, como el pago de cuantos impuestos y exacciones que graven la seguridad y salud actividad objeto del presente contrato.
15. Los gastos de suministro derivados de la prestación del servicio, serán por cuenta del adjudicatario, con independencia de que el titular de los trabajadores ycontratos sea Logroño Xxxxxxx, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en quien repercutirá el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestióngasto.
516. Corresponde Corresponderá al adjudicatario la obtención de todas cuantos permisos, declaraciones de alta o autorizaciones sean necesarias para el desarrollo de la actividad objeto del servicio contratado.
17. En el supuesto de eventuales obras de adaptación, remodelación, renovación, actualización o reparación del C.D.M. Las Norias, o cualquier otra actuación que sea necesaria, el adjudicatario asumirá las autorizaciones, permisos y licenciasconsecuencias que de las mismas pudieran derivarse, tanto oficiales en lo referente a las molestias causadas por las obras como particularesal posible cierre temporal de la instalación, sin que se requieran para la realización del trabajoello de derecho al adjudicatario a reclamar ningún tipo de indemnización o reducción en los pagos.
618. A El contratista únicamente contará con las llaves correspondientes a los espacios destinados a la extinción prestación del servicio de este contratocafetería y restauración, no podrá producirse teniendo en ningún caso la consolidación cuenta que para modificar las cerraduras de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacetemismas deberá pedir permiso previamente x Xxxxxxx Deporte.
719. Para el pago El contratista renuncia a toda reclamación por responsabilidad contra Logroño Deporte en los casos de: • Xxxx, hurto y otro acto delictivo de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido pudiera ser víctima • Daños ocasionados en el párrafo anterior local o en los objetos y dispusiera mercaderías que allí se encontrasen causados por fugas, filtraciones, humedades u otras circunstancias • Interrupción en los suministros de parte agua, electricidad, calefacción o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónrefrigeración.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1El adjudicatario deberá presentar depósito de garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de corresponder, de acuerdo a lo establecido en la cláusula relativa a GARANTIAS. El adjudicatario deberá proveer de un escritorio o cabina para la permanencia del personal Se deberá suministrar a la Unidad Ejecutora, antes de comenzar el contrato y en formato electrónico, la nómina del personal con: cargo, puesto a ocupar, nombre, apellido, documento de identidad, carné de salud y fecha de tramitación de certificado de buena conducta, a fin de realizar los controles pertinentes. Esta información deberá cumplirse actualizarse en cada oportunidad que se modifique la nómina de conformidad los trabajadores. Asimismo deberá presentarse copia de la Planilla de trabajo donde figura dicho personal, y copia de la nómina del personal asegurado ante el B.S.E. Los operarios de la Empresa deberán exhibir Carné de Salud vigente previamente a comenzar a desempeñar tareas.- La conducta y actitudes del personal serán de entera responsabilidad de la adjudicataria. En caso de roturas o daños a bienes de la Administración producidos en el cumplimiento del servicio, el adjudicatario deberá proceder a la reposición de los mismos o estos le serán facturados a la Empresa por los importes correspondientes a su valor de reposición o reparación. El adjudicatario deberá mantener por un plazo mínimo de noventa días a los operarios que integran la plantilla del adjudicatario anterior, que cuenten con una antigüedad mayor a noventa días a la finalización del contrato y que previa o simultáneamente a la incorporación a la nueva Empresa firmen la renuncia voluntaria a la empresa anterior. En dicho lapso se podrá prescindir de los trabajadores que configuren causal de despido en casos debidamente justificados y comprobados en forma fehaciente. Todo ello sin perjuicio de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la ley 17897 relativa a la inserción laboral de personas liberadas. El adjudicatario deberá abonar al inicio del contrato el mismo salario y carga horaria que el anterior adjudicatario abonó el último mes del contrato que finalizó, no pudiendo ser inferior al laudo del grupo en el que se encuentra inscripto el adjudicatario. El monto xxx xxxxxxx a la fecha xx xxx es de $650 (pesos uruguayos seiscientos cincuenta) el jornal por una carga horaria de seis (6) horas y se verá incrementado hasta la fecha en que se inicie la ejecución de la presente Pliego y Licitación de acuerdo a lo estipulado en el Pliego Particular de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas Condiciones que rige la Licitación Nº 3/2015 (actualmente vigente) que los oferentes podrán examinar en la Legislación Oficina de Compras de este Centro. El adjudicatario deberá ajustar los salarios del personal según lo que se acuerde para el Grupo de actividad en el que se encuentra inscripto, de acuerdo a la legislación laboral vigente. El adjudicatario deberá estar inscripto en el grupo al que pertenece la actividad licitada. La firma adjudicataria deberá proporcionar a sus operarios dos uniformes por año de acuerdo a las indicaciones que brinde esta Unidad Ejecutora, y un distintivo que acredite ser personal del adjudicatario, especificando nombre y cargo. El personal deberá lucir el distintivo en forma visible durante toda su permanencia en el Establecimiento. El adjudicatario deberá observar el respeto irrestricto de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado derechos sindicales de agremiación y promover ámbitos de acuerdo referidos al cumplimiento normal desenvolvimiento de las obligaciones fiscales derivadas relaciones laborales.- Será de cargo de la formalización y Empresa el pago de sueldos, jornales, seguros, etc. que devengase el cumplimiento del contrato. La Empresa adjudicataria tiene la obligación de dar cumplimiento en cuanto a salarios, horas de trabajo y condiciones de empleo a los deberes sociales laudos y salariales los convenios colectivos vigentes, cumplir con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y normas de seguridad e higiene en dictadas para esta actividad y verter los aportes y contribuciones de Seguridad Social al B.P.S. La Administración exigirá a la Empresa adjudicataria la documentación que acredite el trabajopago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito recaudos que justifiquen que esta al día en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de la póliza contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como con las obligaciones que dejase incumplidas contribuciones de seguridad social, como condición previa al pago de los servicios prestados.- Será responsabilidad de los adjudicatarios dar cumplimiento a lo dispuesto en el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer artículo 4o. de la garantía definitiva Ley No.18.251 en cuanto a proporcionar la documentación necesaria para ejercer los controles que dicha norma establece; el adjudicatario tendrá la obligación de brindar toda la información y documentación que le sea solicitada. En el caso de que la empresa adjudicataria no acredite el cumplimiento de sus obligaciones u omita aportar la información que le fuera requerida, o se constate de forma directa por los hechos cualquier tipo de incumplimiento; se ejercerá la facultad prevista en este Pliegoel artículo 5º de la Ley 18.251 ejerciendo el derecho de retención, parcial o totalmenteefectuando la Administración el pago a los trabajadores, según procedaentidad previsional acreedora y al Banco de Seguros del Estado. Se observará En caso de incumplimiento de la prelación legal de responsabilidades con cargo empresa adjudicataria, la UE se encuentra habilitada a proceder al pago como lo establece la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido ley y en el párrafo anterior y dispusiera orden establecido, sin la necesidad de parte o recurrir a otro tipo de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificaciónformalidades, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y estableciéndose bajo la forma de un modo indubitado, por la CorporaciónACTA lo actuado.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESEl/la adjudicatario/a está obligado/a a:
1a) Realizar las obras de acondicionamiento del local, decoración del mismo y amueblar, si así lo estima oportuno, así como proveerse del material y utensilios necesarios para prestar los servicios de Bar Cafetería-Restaurante.
b) Conservar en perfecto estado las instalaciones (interiores y exteriores) y el material y destinarlas al uso concedido.
c) Correr con los gastos comunitarios del Polígono, si así se estableciesen, en la proporción de 1/3 del coste total para DEBEGESA.
d) Realizar por su cuenta todas las reparaciones necesarias derivadas del deterioro por motivos de uso….
e) Responder de los deterioros ocasionado por los usuarios.
f) Entregar el uso del local al concluir el alquiler. El/la adjudicatario/a deberá llevarse el mobiliario, material y demás objetos que no formen parte de la construcción ni del acondicionamiento del local, ni de Debegesa.
g) El contrato deberá cumplirse pago del alquiler mensual que se efectuará antes del día 10 de conformidad cada mes.
h) Abono de todas las tasas e impuestos que se deriven de su actividad, así como el importe de los anuncios del concurso.
i) Responder del comportamiento adecuado de los usuarios del servicio
j) Tener al personal a su cargo asegurado, así como cumplir con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes pertinentes en materia laboral.
k) Tener suscrita póliza de responsabilidad civil combinada en la que se incluyan contenidos, robos y responsabilidad civil de seguridad social hostelería por un riesgo asegurado mínimo de 180.500 euros
l) Asumir a su cargo los gastos originados por consumo de agua, electricidad, gas y teléfono.
m) No expedir bebidas alcohólicas a menores de seguridad e higiene en 18 años.
n) Capacitación del personal que efectivamente preste el trabajo, así como deberá cumplir servicio para poder expresarse con la normativa sobre prevención de riesgos laborales clientela en euskera y de garantizar la seguridad y salud castellano
o) Indemnizar a terceros de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio daños que se puedan ocasionar con ocasión de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación prestación del servicio
p) Limpieza de la actividad preventiva Cafetería-Restaurante, aseos y queaccesos
q) Adecuado mantenimiento, reparación y limpieza de la urbanización exterior y aparcamientos, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan la parte dedicada a prestar sus servicios en el centro en cuestión.aparcamiento para bar-restaurante
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o r) Limpieza de toda la garantíazona de aparcamientos, con carácter especial tras los fines de semana y festivos
s) Reponer los elementos urbanísticos deteriorados por la clientela
t) Presentarse para cumplir las obligaciones incumplidas por la firma del contrato en el contratista, éste vendrá obligado plazo xx xxxx días a reponerla o completarla, dentro partir de la adjudicación y comenzar con la prestación del plazo de quince días, a contar desde servicio para la fecha acordada por DEBEGESA
u) Responder tanto civil como penalmente de la notificaciónlos eventos que se produzcan y afecten a terceros con motivo del uso y disfrute del Bar Restaurante y sus elementos anexos, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y exonerando de un modo indubitado, por la Corporación.cualquier tipo de responsabilidad a DEBEGESA
Appears in 1 contract
Samples: Rental Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse adjudicatario será el único responsable de conformidad con lo establecido las faltas o daños que cometa el personal a su cargo en el presente Pliego y en ejercicio de sus funciones, quedando el Pliego Ayuntamiento exento de Prescripciones Técnicas, debiendo toda responsabilidad por tal motivo. Si como consecuencia de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación una inadecuada o defectuosa prestación de los Contratos del Sector Público. En todo casoservicios se produjeran daños a terceros, el adjudicatario queda vendrá obligado al cumplimiento a su reparación, sin perjuicio de las obligaciones fiscales derivadas sanciones que pudieran corresponderle al amparo de los Pliegos que regulan el contrato y demás legislación que sea de aplicación. - El personal que preste servicios, deberá estar habilitado legalmente para el transporte público de pasajeros y legalmente contratado y al día en el pago de sus cotizaciones de la formalización y Seguridad Social, debiendo el adjudicatario dar cumplimiento del contrato, y a lo dispuesto en la Ley 31/1995 de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá 8 de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio noviembre de Prevención de Riesgos Laborales Laborales. - El contratista estará obligado a facilitar al Ayuntamiento toda la información requerida sobre cualquier aspecto relacionado con el servicio, confeccionando con la frecuencia que se requiera partes e informes, tanto de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos trabajos realizados como del horario y la planificación composición de la actividad preventiva y que, plantilla. Pobes (Xxxxx) C.P. 01420 Tfno.: 000 000 000 Fax: 000 000 000 e-mail: xxxxxx.xxxxx@xxxx.xxxxx.xxx C1F: P-0105200-J Ayuntamiento Udala - El adjudicatario deberá cumplir en su casointegridad el contenido del Proyecto de Servicio ofertado, ha cumplido sus obligaciones tanto en materia de información y formación respecto lo relativo a los mínimos exigidos en el presente Pliego, corno en lo relativo a las características de los trabajadores elementos y actividades que vayan a prestar sus servicios proponga y que serán descritos en el centro en cuestión.
5mismo. Corresponde al - El adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, compromete a no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal utilizar el nombre del Ayuntamiento en sus relaciones con terceras personas a efectos de Albacete.
7. Para el pago facturación de proveedores, siendo la persona o empresa adjudicataria la única responsable de las obligaciones que dejase incumplidas contraiga con ocasión de suministros o servicios de cualquier clase. Será obligación de la entidad adjudicataria contar con cualquier tipo de certificación, inscripción o autorización necesaria para el adjudicatariocorrecto cumplimiento del contrato según la legislación que le sea de aplicación (Tarjeta de transporte, autorización de la empresa para el transporte discrecional de pasajeros, etc.) En cumplimiento de lo dispuesto en relación con este la normativa vigente en materia de protección de datos, la entidad-adjudicataria y el personal encargado de la realización de los trabajos, guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporacióncontractual.
Appears in 1 contract
Samples: Service Contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse Además de conformidad con lo establecido las obligaciones de carácter general establecidas en el presente Pliego artículo 256 de la LCSP y las comprendidas en el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y en el Pliego resto del presente pliego de Prescripciones Técnicascondiciones, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado empresa concesionaria estará sujeta al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas siguientes obligaciones: Adquirir todos los elementos precisos, para la adecuada prestación del servicio, en las condiciones establecidas en este pliego y en la oferta presentada por el adjudicatario. Informar, asesorar y realizar estudios para el Excmo. Ayuntamiento de Vilallobón sobre el referido servicio. No enajenar bienes dedicados al servicio objeto de concesión que deban revertir al Ayuntamiento, ni gravarlos ni destinarlos a otros fines, salvo autorización expresa del Ayuntamiento. Constituir una sociedad domiciliada en la formalización y cumplimiento ciudad de Villalobon para el desarrollo del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2si fuera preciso. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, Disponer antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito prestación del servicio, de estructura administrativa y funcional adecuada a las condiciones contractuales, capaz de manejar, redactar, controlar e interpretar toda la documentación e información contenida en el Servicio presente pliego y disponer de Prevención un representante debidamente autorizado para sus relaciones con el Ayuntamiento el cual tendrá poder suficiente para tomar las decisiones que afecten a la concesión sin que pueda verse afectado por falta de Riesgos Laborales capacidad decisoria ya sea de este Ayuntamiento carácter legal o formal. Este representante deberá acudir sin excusa posible a cuantas reuniones se la convoquen, o en su defecto delegar en alguien con similar poder de decisión. Asimismo el contratista dispondrá de un teléfono para atender los avisos, reclamaciones e instrucciones que ha realizado para se reciban tanto de la dirección municipal del servicio, como de los servicios contratados particulares. Estas comunicaciones serán anotadas en un libro que incluirá las órdenes y reclamaciones transmitidas, el origen de las mismas, la evaluación de riesgos fecha y la planificación hora en la que se efectuaron. También se llevará otro libro donde se anoten las incidencias que se produzcan en el servicio. Igualmente se llevará un libro de reclamaciones a disposición de los usuarios. Cumplir con los horarios del servicio conforme resulte de la actividad preventiva oferta presentada por el adjudicatario y queaceptada por la Corporación y con las modificaciones que ésta acuerde introducir. Cumplir cuantas normas de seguridad social y materias laborales afecten al personal adscrito a la explotación del servicio y estar al corriente en el cumplimiento de sus deberes fiscales y con la Seguridad Social. Asumir todos los impuestos y gravámenes fiscales que recaigan sobre la prestación del servicio. Todos los elementos que estén adscritos al servicio deberán ser reconocidos y aprobados por el Ayuntamiento antes de entrar en servicio. Todo cambio de cualquier elemento deberá ser autorizado por el Ayuntamiento. Indemnizar a terceros, en su cualquier caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores daños que vayan cause el funcionamiento del servicio o su mantenimiento, por causas imputables a prestar sus servicios la empresa concesionaria o al personal del servicio, con absoluta indemnidad del Ayuntamiento de Villalobón. Someterse inexcusablemente al sistema de control del Ayuntamiento. Prestar el servicio con estricta observancia del principio de no discriminación dentro de los requisitos dispuestos legal y reglamentariamente. Proporcionar al Ayuntamiento la información que se solicite para la tramitación de cualquier tipo de ayuda o subvención. Si ésta no se entrega en el centro en cuestión.
5plazo señalado y la subvención o ayuda se pierde por este motivo, el concesionario indemnizará al Ayuntamiento con el importe del daño producido. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran Prestar el servicio durante el tiempo necesario para la realización del trabajo.
6. A adjudicación de un nuevo contrato desde la extinción fecha de finalización de este contrato, no podrá producirse si el Ayuntamiento lo estima necesario. Suscribir los seguros correspondientes a los efectos de afrontar los riesgos normales de la prestación del servicio, sobre todos sus elementos y frente a terceros, con la cubertura mínima por seguro determinada en ningún caso la consolidación cláusula x xxx Xxxxxx Técnico. Cualquiera de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacetedescritas en las Prescripciones Técnicas.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESEl adjudicatario de la parcela se verá obligado a:
1. Desarrollar en la parcela objeto de enajenación un sistema de promoción-construcción directa. Queda prohibida la transmisión de la parcela a tercera persona, salvo la enajenación al propietario destinatario de la vivienda de V.P.O.
2. Sólo podrán promoverse en la parcela viviendas protegidas de protección oficial, sus anejos y plazas de aparcamiento, quedando expresamente prohibidos otros usos y constituyendo causa de resolución de la adjudicación de la parcela el incumplimiento de esta obligación.
3. El promotor asume la gestión y asesoramiento para la realización de la campaña de adjudicación de viviendas y convocatoria de concurso.
4. El adjudicatario deberá solicitar la Licencia de Obra en plazo de dos meses desde la notificación de la adjudicación y acreditar ante el Ayuntamiento haber solicitado ante el Departamento correspondiente del Gobierno xx Xxxxxxx la calificación de vivienda de protección oficial en el plazo de tres meses desde la notificación de la adjudicación. La construcción de las viviendas deberá realizarse en plazo de 24 meses desde la Calificación Provisional. La entrega de las viviendas a los adjudicatarios se realizará en un plazo de 3 meses desde la Calificación definitiva. A tal efecto y sin perjuicio de las facultades de supervisión, seguimiento e información que, respecto de la promoción de las viviendas se reserva el Ayuntamiento, será responsabilidad del adjudicatario llevar a cabo la tramitación de la citada Calificación y demás cuestiones derivadas de la misma, tales como visado de contratos, autorización de percepción de cantidades a cuenta, tramitación de subvenciones a los adjudicatarios, gestión de la obtención de los préstamos para financiar la promoción , etc.
5. En el caso de ser denegada y firme en vía administrativa la Calificación de las Viviendas protegidas, quedará automáticamente resuelta la adjudicación a favor de la persona adjudicataria de este concurso. Ello sin perjuicio de las acciones posibles que puedan promover contra ella los directamente interesados, de la acción pública y de la sancionabilidad correspondiente inserta en la Legislación de Viviendas protegidas.
6. En el supuesto de denegación de la Calificación de Viviendas protegidas, el Ayuntamiento de la Cendea de Cizur respetará a los adquirientes de las viviendas, siempre que hubiera precedido contrato de éstos con la Entidad Adjudicataria del Concurso, o entrega de cantidades a cuenta, el posible ejercicio de la opción a que se rehabilite el Expediente a favor de dichos adquirientes, que podrán constituir la forma asociativa pertinente, dentro de los tres meses siguientes a la mencionada firmeza de denegación, a los fines y con los efectos que regula el Articulo 19 del Real Decreto 3148/78 de 10 de Noviembre sobre Viviendas protegidas. En este supuesto el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, producida la resolución a la que se refiere la cláusula 11ª de este Pliego de Condiciones, adjudicará la parcela a la Entidad asociativa constituida por los citados adquirientes de las viviendas.
7. La modificación de calidades o mejoras respecto de los materiales establecidos en la oferta del Concurso por el Adjudicatario, precisará sin perjuicio de las autorizaciones de la Dirección Facultativa de la obra y del Departamento competente del Gobierno y con la anterioridad a esta última, la conformidad expresa del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur.
8. El adjudicatario del Concurso deberá cumplirse asignar las viviendas, de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego la Ley Xxxxx 8/2004, de Prescripciones Técnicas24 xx xxxxx, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas Protección Pública a la Vivienda xx Xxxxxxx, sin perjuicio de la solicitud de la aplicación de la reserva de asignación de viviendas a empadronados en la Legislación Cendea de los Contratos Cizur que el Ayuntamiento pueda tramitar ante el Departamento de Medio Ambiente Ordenación del Sector PúblicoTerritorio y Vivienda. En todo casoSólo en caso de quedar viviendas vacantes después de agotar la lista de seleccionados y de reserva, en dicho proceso de selección, el adjudicatario queda obligado al podrá vender dichas viviendas vacantes con sus propios criterios, y sin otras limitaciones que las generales establecidas por este Pliego y la normativa vigente para los beneficiarios de viviendas de estas características.
9. En los contratos de compraventa o adjudicación de viviendas y en las Escrituras Públicas de transmisión de las mismas que otorgue el adjudicatario del Concurso, deberá contar expresamente la obligatoriedad para el adquiriente y sucesivos adquirientes, de no transmitir las viviendas sino con estricto cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas condiciones previstas en la normativa para este tipo de vivienda y respetando el derecho de retracto del Ayuntamiento de la formalización Cendea de Cizur , conforme a lo establecido en el punto 11, así como los derechos de tanteo y cumplimiento retracto, de carácter convencional, a favor de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, en los términos previstos en el art. 240 de la Ley Xxxxx 35/2002 de 20 de Diciembre.
10. Finalmente, el adjudicatario aceptará y se obligará a observar las demás prevenciones y condiciones contenidas en el texto íntegro del contratopresente Pliego de Condiciones.
11. El Ayuntamiento de la Cendea de Cizur, tendrá derecho a tanteo y retracto sobre las segundas transmisiones en el caso de liberalizarse las viviendas para su venta en el mercado libre, en un plazo de veinticinco (25) años. Todo ello, sin perjuicio que tiene el Gobierno xx Xxxxxxx según se determina en la legislación. El Ayuntamiento, si no ejerciera el derecho de tanteo y retracto tendrá derecho a percibir el 17,50% del precio de venta, descontando el 17,5% del precio de venta en primera transmisión actualizado según el IPC nacional entre la fecha de la calificación definitiva y la fecha de la transmisión a precio libre. El Ayuntamiento podrá ejercer estos derechos en el plazo de 2 meses desde la notificación de ventas o desde que tenga conocimiento oficial de la venta.
12. El adjudicatario previo inicio de las obras deberá obtener todas las autorizaciones y licencias que sean necesarias. El adjudicatario no podrá transmitir la parcela sin edificar a terceras personas, sin consentimiento del Ayuntamiento. Lo que se garantizará en la escritura pública de compra venta mediante condición resolutoria que se pospondrá a la hipoteca/s que el adjudicatario pueda constituir para la financiación de la vivienda y anejos que se puedan construir.
1. Además de las obligaciones señaladas en la Cláusula 12ª, el adjudicatario mantendrá puntualmente informado al Ayuntamiento de la Cendea de Cizur en relación con el proceso de promoción y construcción de las viviendas, correspondiendo al Ayuntamiento funciones de supervisión de dicho proceso en los términos que se señalan en esta cláusula, y sin perjuicio de los deberes sociales sus competencias legales en materia de concesión de licencias y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientoautorizaciones.
2. El contratista En concreto el adjudicatario deberá disponer en todo momento dar información expresa al Ayuntamiento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel Cendea de calidad Cizur, relativa a:
a.- La concesión de la Calificación Provisional y Definitiva como viviendas protegidas y del visado de los contratos de viviendas.
b.- Las bajas que se produzcan de adjudicatarios de las prestaciones objeto del contrato, viviendas y las altas de conformidad con nuevos adjudicatarios producidas según la oferta presentada; y deberá proceder lista de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadaespera.
3. En sus relaciones con el adjudicatarioc.- Las modificaciones y mejoras, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio siempre que no impliquen aumento de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatarioprecio, en relación con este contrato, los materiales a emplear en la construcción de las viviendas pactadas con los adjudicatarios.
d.- Los desajustes superiores a un mes que se produzcan en el Ayuntamiento podrá disponer calendario previsto de obras de construcción de las viviendas y de la garantía definitiva prevista en este Pliegourbanización, parcial o totalmente, según proceda. Se observará deberán ser presentados al Ayuntamiento para su aprobación junto con la prelación legal solicitud de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso Licencia de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónobras.
Appears in 1 contract
Samples: Pliego De Condiciones
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1 El adjudicatario deberá prestar el servicio de acuerdo con lo estipulado en las presentes clausulas. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir servicio se prestará por el adjudicatario durante el plazo de duración de las obligaciones legales contempladas fiestas. El adjudicatario correrá con todos los gastos necesarios derivados del funcionamiento de la caseta, la Administración no se hará cargo de ningún coste, todos los gastos de limpieza los asumirá el adjudicatario. El adjudicatario está obligado a mantener en perfecto estado de funcionamiento y limpieza e higiene las instalaciones hasta la Legislación finalización del contrato. El adjudicatario responderá frente a terceros de los Contratos daños que puedan irrigarse por el funcionamiento del Sector Público. En todo casoservicio concedido, el adjudicatario queda obligado al salvo los que procedieran de las actos realizados en cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas ordenes del impuestas por el Ayuntamiento. El adjudicatario estará obligado a la contratación de personal de seguridad para garantizar la seguridad de la caseta de la juventud, debiendo justificar tal circunstancia con anterioridad a la formalización del contrato mediante la entrega de copia del contrato firmado con la empresa/persona encargada de esta seguridad. Para la devolución de la garantía deberá garantizar mediante transferencia bancaria haber realizado el pago derivado de este contrato. Cód. Validación: 4N2FDPK4RCK47J2C5EGPW7PYA | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 6 La “Caseta de la Juventud” deberá ser desmontada tras la celebración de la feria, no tendrá autorización para instalar la Caseta de la Juventud en tanto no se haya firmado el contrato con este Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. Se compromete el adjudicatario a dejar el recinto en perfecto estado de limpieza, siendo responsable de que todo el material utilizado quede recogido inmediatamente después de la celebración de la Feria, asumiendo todos los gastos de limpieza de las instalaciones xxx xxxxxxx, a excepción de aquellos eventos organizados por la Comisión de Festejos, donde colaborará el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. La limpieza xxx xxxxxxx deberá ser diaria. Los eventos organizados por el Ayuntamiento en la caseta de la juventud se comunicarán al adjudicatario antes del comienzo de la Feria. El adjudicatario deberá permitir la celebración en el recinto de la caseta de los eventos programados por la Comisión de Festejos durante los xxxx xx Xxxxx. El adjudicatario deberá estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del I.A.E., así como estar en posesión del carnet de manipulador de alimentos. Deberá prestar por sí, el servicio, a su riesgo y cumplimiento xxxxxxx y no es posible la cesion del contrato. No podrá gravar, enajenar, bienes e instalaciones que deban revertir a la Corporación y de los deberes sociales deberá dejar libre y salariales con el personal que ponga expedito a disposición del cumplimiento del contratoAyuntamiento los bines cedidos. Habilitar en la barra una zona accesible y adecuada para minusválidos. Cumplir las mediad en materia de seguridad, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2incendios, accesibilidad etc. El contratista deberá disponer Las bebidas y comidas que se sirvan en todo momento la Caseta de la plantilla adecuada Juventud deberán ser en material de plástico, estableciéndose expresamente la prohibición de utilizar en la Caseta de la Juventud El adjudicatario deberá bajar el volumen de la música en horario que se establecerá en el correspondiente Decreto de adjudicación de contrato de explotación de la “Caseta de la Juventud”, al objeto de facilitar el descanso de los vecinos, El incumplimiento de esta obligación supone causa de exclusión para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con próximas licitaciones. El adjudicatario deberá cumplir la oferta presentada; legislación laboral y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud en todos sus aspectos de los trabajadores ycuáles será personalmente responsable, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio sin que pueda repercutir responsabilidad de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este cualquier tipo al Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción xx Xxxxxxxx derivado de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación . El adjudicatario deberá contratar seguro de responsabilidad civil e indemnizar los daños que se pudiesen ocasionar a terceros como consecuencia de las personas operaciones que requiera el desarrollo de la explotación, exceptuándose de que tales perjuicios hayan realizado sido ocasionados como consecuencia de una orden inmediata y directa de la Administración. El Ayuntamiento no se hace responsable en los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento supuestos de Albacete.
7robo u otras indemnizaciones exigidas a los adjudicatarios, haciendo extensible este supuesto a los derechos exigidos por la Sociedad General de Autores y Editores. Para el pago La participación en esta adjudicación implica la total aceptación y cumplimiento de las obligaciones que dejase incumplidas el presentes normas por parte del adjudicatario, en relación con pudiendo este contratoAyuntamiento verificar el cumplimiento de las mismas antes de la Feria y durante el transcurso de la misma, pudiendo rescindir el Ayuntamiento podrá disponer contrato de forma unilateral. Su incumplimiento o si se observara alguna anomalía, ocasionará el cierre de la caseta, de forma provisional, si es subsanable, o definitiva, si no se pudiera corregir. En este caso, sería adjudicada al siguiente mejor postor y se le denegaría automáticamente su solicitud de adjudicación durante los dos años siguientes, sin perjuicio de la retención de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según procedadefinitiva. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el MunicipioCód. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar Validación: 4N2FDPK4RCK47J2C5EGPW7PYA | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la fecha plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 6 En caso de no formalización de la notificaciónadjudicación por causas imputables al licitador propuesto se establecerá como sanción accesoria, sin perjuicio de la que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitadose establezca en la legislación aplicable, por la Corporaciónprohibición para licitar con esta Administración en los dos años siguientes.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:3.1 Los fondos recaudados serán ingresados en la cuenta corriente que en cada momento sea designada por el Patronato al día siguiente hábil de la recogida. Los importes ingresados serán solo los correspondientes a la recaudación y arqueos. Para cualquier otro ingreso que el adjudicatario deba realizar al Patronato, deberá solicitar, con carácter previo, información acerca del procedimiento a seguir, tales como devoluciones por intervenciones no realizadas, etc. Cualquier incidencia en los importes recaudados deberá ser comunicada al Patronato de forma inmediata.
13.2 El contratista designará y comunicará el nombre de un único interlocutor con capacidad suficiente para gestionar y resolver de inmediato cualquier aspecto que en contrato se establezca, tal interlocutor será quien recibirán las comunicaciones de la personas designadas por el Patronato, con quien coordinará todo lo necesario para la perfecta prestación del servicio. El contrato adjudicatario dispondrá de un sistema de comunicaciones que permita la localización del responsable del servicio.
3.3 Por cada servicio de recogida, transporte y custodia de fondos, el adjudicatario cumplimentará un informe de liquidación o comprobante del servicio, recogiendo la siguiente información: ➢ Fecha y hora de la efectiva retirada de fondos por el contratista y por instalación. ➢ Número de sacos retirados por el contratista. ➢ Código de precinto de cada saco. ➢ Importe total de la recaudación (derivada del conteo realizado), con identificación individualizada del número de monedas y billetes de cada valor recaudadas. El personal, en cumplimiento de sus funciones, informará de cualquier anomalía o incidencia que observe durante el servicio, lo que será reflejado en los partes diarios del servicio y comunicado de inmediato al Patronato.
3.4 Todo el personal que preste el servicio deberá cumplirse de conformidad ir uniformado y con la dotación que le corresponda según lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego la legislación sectorial de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2aplicación. El contratista deberá disponer en todo momento impartirá a su personal la formación general necesaria para el cumplimiento de su trabajo, y se responsabilizará de dar las instrucciones oportunas para que por éstos se respeten las normas aplicables. El personal de la plantilla adecuada para obtener empresa adjudicataria en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual o de otra naturaleza con el máximo nivel P.M.D., debiendo el adjudicatario tener debidamente informado a su personal de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadatal circunstancia (haciéndolo constar expresamente en sus contratos).
3. En sus relaciones con el adjudicatario3.5 La empresa adjudicataria deberá dotar a su personal de todos los elementos de protección y otros requisitos que establezca la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá debiendo cumplir con la normativa sobre de Prevención de Riesgos Laborales aplicándose R.D. 12/2004 de 30 de enero por el que se desarrolla el art. 24 de la L.P.RL. Así mismo la empresa adjudicataria pondrá a disposición del P.M.D. los correspondientes planes de seguridad y salud que cumplan adecuadamente las previsiones y normas en materia de prevención de riesgos laborales y salud laboral.
3.6 En caso de garantizar la seguridad y salud que el adjudicatario con ocasión de los trabajadores yservicios prestados tenga acceso a datos de carácter personal titularidad del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación su condición de encargado del tratamiento, se compromete a cumplir con este contratocuantos requisitos legales establece la L.O. 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal, el Ayuntamiento podrá disponer así como cuanta normativa de desarrollo de la garantía definitiva prevista misma resulte de aplicación, y en este Pliegoparticular, parcial o totalmente, según procedaa lo siguiente:
1. Tratar los datos conforme a las instrucciones que reciba expresamente del P.M.D.
2. Se observará la prelación legal compromete a no revelar, transferir, ceder o de responsabilidades con cargo otra forma comunicar los ficheros o datos en ellos contenidos, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su conservación, a ningún tercero.
3. Atendiendo a la garantíatipología de los datos personales facilitados, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso adoptará medidas de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera seguridad pertinentes atendiendo al Real Decreto 994/1999, de parte o de toda la garantía11 xx xxxxx, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal (en los sucesivo RMS).
4. Una vez finalizada la prestación contractual que motiva el acceso a reponerla o completarla, dentro del plazo los datos de quince días, a contar desde la fecha carácter personal por parte de la notificaciónempresa adjudicataria, ésta deberá destruirlos o devolverlos al responsable del tratamiento, al igual que le hubiese sido hecha por cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
3.7 La empresa deberá tener un Seguro de Accidentes que cubra cualquier contingencia de sus trabajadores.
3.8 La empresa deberá presentar al P.M.D. una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil propio de aplicación específica a los servicios prestados, cuya cobertura cubra cualquier contingencia o eventualidad que se produzca durante el medio más rápido desarrollo del servicio, especificando el alcance económico y seguro y su cobertura, comprometiéndose a mantenerla durante la duración del contrato.
3.9 Asimismo, deberán tener establecida una Póliza de un modo indubitadoCobertura de Transporte de Fondos, por comprometiéndose igualmente a mantenerla durante la Corporaciónvigencia del contrato.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- 29.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y pliego, en el Pliego pliego de Prescripciones Técnicasprescripciones técnicas, debiendo de cumplir en el adjudicatario las obligaciones legales contempladas contrato que se formalice, en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En oferta presentada y demás documentación contractual y, en todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento conforme a las instrucciones que en ejercicio de las obligaciones fiscales derivadas potestades que le corresponda, le dirija el Ayuntamiento de la formalización y cumplimiento Albacete, en particular, a FIRMADO POR: NIF: P0200300B través del Servicio de Acción Social del Ayuntamiento de Albacete, responsable del control e inspección municipal de los trabajos objeto del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento momento, sin perjuicio de lo establecido en el PPT, de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará considerara como persona representante y domicilio de éste este a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio.
4. El Adjudicatario adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión. El adjudicatario se obliga al cumplimiento, bajo su exclusiva responsabilidad, de las disposiciones vigentes o que se dicten en el futuro de carácter fiscal y de cualquier otra que sea necesaria para la prestación del servicio; quedando exento el Ayuntamiento de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse como consecuencia del incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones indicadas anteriormente y de cualquier otra que le pudiera corresponder.
5. Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario queda obligado a presentar, previo requerimiento de la Corporación o del responsable del contrato, las declaraciones o documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones indicadas en los apartados anteriores, así como de aquellas otras que la Corporación estime oportunas. FIRMADO POR: NIF: P0200300B
6. El adjudicatario viene obligado a abonar el importe del Anuncio Licitatorio en el B.O.E. y del Anuncio informativo que al efecto se haga en los medios de comunicación.
7. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
68. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
79. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliegopliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará observara la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste este vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
10. El adjudicatario deberá asumir la responsabilidad patrimonial que se derive de los daños o perjuicios que en ejecución del servicio pudiera causar a personas o bienes, y que sea imputable al mismo o al personal que de él dependa. A tal fin deberá suscribir, y mantener vigente, una póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, por el importe indicado en el presente pliego.
11. Prestar el servicio con la calidad exigida, en el tiempo y la forma establecidos y con estricta sujeción a lo exigido en la documentación contractual, pudiendo dictar las instrucciones oportunas al respecto, sin perjuicio de las potestades de la Administración. FIRMADO POR: NIF: P0200300B
12. Realizar los trabajos objeto del contrato con la frecuencia establecida con estricta sujeción a lo exigido en la documentación contractual, ello sin perjuicio de las variaciones que justificadamente puedan autorizarse.
13. Deberá realizar cuantas actuaciones sean precisas para la prestación del servicio de forma que se satisfaga adecuadamente el interés público de conformidad con lo que preceptúa la normativa que resulte de aplicación y en las condiciones contenidas en los pliegos y demás documentación por la que se rige este contrato.
14. Prestar el servicio a su riesgo y xxxxxxx, con xxxxxxxx de todos los costes y gastos relacionados con el mismo, percibiendo como contraprestación el precio de adjudicación. .
15. Prestar el servicio con la calidad exigida, en el tiempo y la forma establecidos y realizar los trabajos objeto del contrato con la frecuencia también establecida, con sujeción a lo exigido en los pliegos y demás documentación contractual, ello sin perjuicio de las variaciones que justificadamente puedan autorizarse por el responsable del contrato.
16. La empresa adjudicataria destinará los medios necesarios, maquinaria, herramientas y vehículos, para acometer los trabajos objeto del mantenimiento, incrementándola como consecuencia de nuevas necesidades, debiendo dedicar dicho material de forma exclusiva al objeto del contrato.
17. No interrumpir la prestación del servicio, ni aún en el caso de demora en el pago, salvo en los casos legalmente previstos o de fuerza mayor previa notificación al responsable del contrato.
18. Obtener todas las autorizaciones, permisos y licencias que se requieran para la prestación del servicio con anterioridad al comienzo del mismo y abonar los impuestos, tasas y demás exacciones públicas que resulten como consecuencia del contrato o de su ejecución.
19. Cumplir las obligaciones de orden laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y tributarias que le sean de aplicación. En particular, estará obligado a adoptar todas las medidas establecidas en la legislación vigente sobre prevención de riesgos laborales.
20. La empresa adjudicataria deberá minimizar los impactos ambientales ocasionados sobre el medio ambiente en general, la atmósfera, el FIRMADO POR: NIF: P0200300B suelo, los recursos hídricos y cualesquier otro bien natural que pudiera ser impactado durante la ejecución de los trabajos.
21. Facilitar el ejercicio de las funciones de control y fiscalización que corresponden al Ayuntamiento, presentando en el plazo fijado la documentación requerida para el ejercicio de tales funciones.
22. El contratista implantará un sistema que permita conocer en tiempo real y de forma veraz la realización de los trabajos y su trazabilidad respecto a las exigencias contractuales así como las incidencias que se produzcan y la solución a las mismas, proporcionando a su vez los medios necesarios para su seguimiento y control municipal.
23. Dar conocimiento al Servicio Promotor del contrato de cualquier anomalía o incidencia que afecte a la buena marcha de los trabajos, comunicándoselo con antelación suficiente o, en el caso en el que no fuera posible dicha antelación, inmediatamente después de la ocurrencia del hecho.
24. Asumir las obligaciones frente a otras empresas subcontratistas, sin que el Ayuntamiento asuma obligación alguna al respecto.
25. Respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la prestación del servicio a la que se hubiese otorgado dicho carácter en los pliegos, en el contrato o en las proposiciones de las empresas participantes en el procedimiento de adjudicación o la que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
26. El adjudicatario está obligado a dar respuesta a las necesidades excepcionales o urgentes que puedan plantearse como consecuencia de eventos, fiestas locales, actos de concurrencia pública u otras circunstancias extraordinarias debiendo, en tal caso, disponer de los medios necesarios, sin que ello implique un aumento del precio del contrato.
27. El adjudicatario deberá nombrar un representante encargado de la supervisión del contrato y de las relaciones con el Ayuntamiento, en particular con el responsable del contrato.
28. Dotar al personal a su cargo, de los medios y equipos de prevención exigidos por la normativa de prevención de riesgos laborales y de salud e higiene en el trabajo. FIRMADO POR: NIF: P0200300B
29. Cumplir la legislación social y laboral que sea de aplicación.
Appears in 1 contract
Samples: Servicio De Vigilancia Y Seguridad
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESA continuación se detallan las obligaciones del adjudicatario:
1a) El adjudicatario deberá contratar el personal preciso para atender a sus obligaciones. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario y por tanto no tendrá derecho alguno en relación a la ATB, aun en el presente Pliego y supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el Pliego incumplimiento, interpretación o resolución del contrato.
b) El adjudicatario será el responsable de Prescripciones Técnicasla calidad técnica del servicio, debiendo así como de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas consecuencias que se deduzcan para la ATB, o para terceros, de las omisiones, errores o métodos inadecuados en la Legislación realización del trabajo, siendo de aplicación las penalidades descritas en el apartado B.16. del los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento pliegos de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientocláusulas administrativas.
2. El contratista deberá disponer c) La empresa adjudicataria en todo momento de la plantilla adecuada para obtener relación con los trabajos a que el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contratopresente pliego se refiere, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, prestará gratuitamente a la sustitución del personal precisoATB adjudicatario asistencia necesaria para la interpretación de datos, resultados o análisis, corrección de forma que errores u omisiones y la adecuada preparación de cualquier documento complementario cuya necesidad se plantee.
d) La ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatariose realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio no tendrá derecho a indemnización por causas de éste a la persona física que suscriba la proposiciónpérdidas, salvo que averías o perjuicios ocasionados en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6e) La empresa adjudicataria deberá dar cuenta detalla a la ATB de los servicios realizados o encargados y pendientes de ejecución, mensualmente durante la vigencia del contrato, con el fin de mantener un correcto control sobre el presupuesto del contrato.
f) El transporte se inicia en el momento de la recepción de la orden del mismo y terminando con la entrega en el destino convenido.
g) El adjudicatario deberá cumplir con la fecha, horarios, persona de contacto y lugares de entrega. A la extinción su incumplimiento le serán aplicadas las penalidades descritas en el apartado B.16. del los pliegos de este contratocláusulas administrativas.
h) Todos los transportes internacionales son en firme y se abonarán en España al adjudicatario, no podrá producirse siendo por cuenta del mismo todos los gastos que se originen ya sean de carácter oficial (documentos, reintegros, canon de aeropuertos, comisiones oficiales de despachos, etc.) así como los gastos comerciales, fletes, portes, gastos en recorrido nacional e internacional, carga y descarga, transbordo, acarreos, tramitaciones de licencia, derechos arancelarios, fotocopias, conferencias, fax, correos y otros de similar naturaleza.
i) En ningún caso la consolidación ATB responderá al abono de las personas cantidades que hayan realizado puedan resultar adeudadas a terceros por el adjudicatario en cualquier de los trabajos objeto servicios prestados
j) El adjudicatario deberá informar a la ATB del contrato como personal del Ayuntamiento deterioro, pérdida, robo u otra anomalía en el material transportado, para que este pueda tomar las medidas oportunas. El adjudicatario está obligado a dar instrucciones concretas de Albaceteeste apartado a sus corresponsales.
7. Para el pago k) La empresa adjudicataria deberá informar a la ATB de las obligaciones incidencias, ocasionales o fortuitas que dejase incumplidas el adjudicatariopuedan suscitarse.
l) Las mercancías serán retiradas de los almacenes del adjudicatario o, en relación con este contratosu caso, de los almacenes de la ATB, colocadas y ordenadas en el interior del camión o vehículo por personal a cuenta del adjudicatario. Dicho personal realizará las tareas de alzado de mercancías hasta el camión o vehículo. El material embarcado será reexpedido, transportado y, en todo caso, asegurado según las condiciones y términos que se determinen por la ATB.
m) Asimismo, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista adjudicatario deberá cumplir con todos términos y condiciones descritos en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónestos pliegos.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1Copia impresa. El contrato deberá cumplirse Mediante el código impreso puede comprobar la validez de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas la firma electrónica en la Legislación URL: xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx Fecha de los Contratos del Sector Público. En todo casoimpresión: Lunes, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento 4 xx Xxxxx de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.2016 13:12
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4IX.1. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista no implicará responsabilidad alguna para la Administración contratante. El adjudicatario asume todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de responsable respecto al personal empleado, quedando el Ayuntamiento, libre de toda responsabilidad. En particular serán de su cargo el pago de las cuotas de seguridad social, así como las primas de seguro que deberá tener siempre a disposición y los documentos que justifiquen el cumplimiento de las obligaciones anteriormente mencionadas.
IX.2. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y del calendario previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Si el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, el Ayuntamiento podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho el Ayuntamiento, originados por la demora del contratista. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte del Ayuntamiento.
IX.3. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación, y los de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias.
IX.4. Son de cuenta del contratista todos los gastos que origine el funcionamiento del servicio.
IX.5. El contratista deberá mantener los vehículos afectos al servicio en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene, además de cumplir con la normativa las normas técnicas previstas en el Pliego de prescripciones técnicas y el RD 443/2001, de 27 xx xxxxx sobre prevención Condiciones de riesgos laborales Seguridad del Transporte Escolar y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y queMenores. Así como, en su caso, ha cumplido sus obligaciones los demás requisitos que pudieran hallarse previstos en materia otras normas estatales, autonómicas y locales.
IX.6. El contratista deberá sustituir de información y formación respecto forma inmediata el vehículo con el que presta el servicio por otro-s de similares características que tendrá en reserva, para los casos de avería, accidente o cualquier otra contingencia similar.
IX.7. El contratista deberá admitir a todos los usuarios que, de acuerdo con el Pliego de Prescripciones Técnicas, deba considerarse incluidos en el ámbito del servicio, sin ningún tipo de discriminación. C/ Major nº 9 CP: 03330 Crevillent (Alacant) - Tel: 000000000 - Fax: 000000000 - xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx - C.I.F.: P0305900-C *VRNq-hD5xz9i+2*aVQ9uMg AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT
IX.8. El contratista responderá de los trabajadores que vayan daños producidos a prestar sus servicios los usuarios o a terceros en el centro desarrollo del servicio, en cuestiónlos términos y con el alcance de la Ley de Contratos del Sector Público y del presente Pliego, para lo cual deberá suscribir una póliza de seguro en los términos del presente Pliego.
5IX.9. Corresponde al El adjudicatario designará una persona encargada y responsable para supervisar la obtención eficacia del servicio y a través de todas la cual el Ayuntamiento mantendrá las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajorelaciones necesarias.
6IX.10. A El contratista tendrá las demás obligaciones previstas en la extinción cláusula 5 xxx Xxxxxx de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de AlbaceteCondiciones Técnicas.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES1.- Suscribir el correspondiente contrato con el Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, en el plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la notificación de la adjudicación del mismo. Se formalizará en documento administrativo, que será título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, se formalizarán en escritura pública estos contratos cuando lo solicite el contratista siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento.
2.- Satisfacer los gastos siguientes:
13.- Ejecutar el contrato con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación dicte la Administración. El contrato deberá cumplirse contratista será responsable de conformidad con lo establecido en el presente Pliego la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y en el Pliego de Prescripciones Técnicaslas prestaciones y servicios realizados, debiendo así como de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la Legislación ejecución del contrato.
4.- Proporcionar al Instituto Municipal de Deportes cuantas aclaraciones, informaciones complementarias y pruebas documentales que se soliciten sobre los Contratos datos contenidos en la proposición y los que afecten a la ejecución del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento contrato.
5.- Cumplir íntegramente todas y cada una de las obligaciones fiscales derivadas descritas en los Pliegos de Condiciones que regulan este Procedimiento.
6.- Cumplir con las obligaciones sobre protección de datos de carácter personal previstos por la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre.
7.- Cumplir todo lo dispuesto en la legislación en todos sus aspectos, incluidos de Previsión, Seguridad Social, Seguridad y Salud en el Trabajo. Presentar al Director del Contrato que figure en la cláusula número 13 de la formalización Hoja Resumen el Plan de Emergencia de Xxxxxxx y cumplimiento demás documentación exigida por el art. 10 del contratoReal Decreto 171/2004 de 30 de enero, y de los deberes sociales y salariales con que desarrolla el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2art. El contratista deberá disponer en todo momento 24 de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contratoLey 31/95, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder 8 de inmediatonoviembre, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Laborales, presentando la documentación que se indica en el Anexo Nº VII de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónPliego.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Servicios
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESEl adjudicatario se compromete a:
1A) La explotación del bar comenzará dentro de los diez días de la adjudicación definitiva, teniendo la obligación de prestar el Servicio de forma continuada durante el periodo de vigencia del contrato.
B) Efectuar la limpieza y mantenimiento propios de la cafetería, para garantizar que se encuentren en un adecuado estado de higiene y conservación.
C) Cumplir la Ordenanza Municipal sobre Prevención del Alcoholismo y Tabaquismo. Tiene prohibida la instalación de cualquier tipo de máquinas tragaperras o de juego.
D) El contrato deberá cumplirse personal necesario para la prestación del servicio y aquel otro que utilice transitoriamente para determinados casos, será contratado por cuenta del adjudicatario, siendo a su cargo el pago de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario todas las obligaciones legales contempladas en derivadas por el pago de haberes, cuotas a la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las Seguridad Social y demás obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el fiscales.
E) El personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica no tendrá derecho ni vinculación laboral alguna con el AyuntamientoAyuntamiento de Santa Xxxxx xx Xxxxxx, dependiendo exclusivamente del adjudicatario
F) El adjudicatario viene obligado a aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de estas obligaciones.
2. El contratista deberá disponer en todo momento G) Abandonará y dejará libres y vacuos a disposición de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarlaadministración, dentro del plazo que se establezca, los bienes objeto de quince díasutilización para el servicio de bar que reciba del Ayuntamiento y reconocerá la potestad de aquella para acordar y ejecutar por sí el lanzamiento.
H) No podrá subarrendar, a contar desde ceder o traspasar la fecha explotación sin autorización expresa del Excmo. Ayuntamiento de Santa Xxxxx xx Xxxxxx.
I) El adjudicatario velará para que el comportamiento del público dentro de la notificación, cafetería sea el correcto.
J) El adjudicatario quedará obligado a la exacta prestación del servicio en los términos establecidos en el presente pliego.
K) Toda responsabilidad civil dimanante del funcionamiento de este servicio será por cuenta del adjudicatario.
L) Deberá cumplir la normativa vigente aplicable al sector y hacerse cargo del control de puntos críticos de riesgo.
M) El concesionario suscribirá una póliza de seguro a todo riesgo que le hubiese sido hecha por cubra el medio más rápido inmueble objeto de concesión y seguro los riegos derivados del ejercicio de la actividad.
N) No realizará ninguna obra o modificación del bar sin permiso del Ayuntamiento.
O) Deberá solicitar los permisos y de un modo indubitado, autorizaciones exigidos por la Corporaciónnormativa vigente para prestar el servicio y en especial las autorizaciones exigidas por las autoridades sanitarias
P) Abonar el canon correspondiente
Q) Serán de cuenta del concesionario los gastos de electricidad, agua, basura y cualquier otro servicio necesario para la prestación de la actividad.
R) Evitar los accesos de personas a la piscina o al campo de futbol sin pasar previamente por las taquillas
S) Obtener la autorización sanitaria que expide la Consejería de Sanidad para el ejercicio de la actividad de Bar Cafetería
T) Exponer en lugar visible la siguiente documentación: - Tabla de precios comprensiva de la totalidad de productos que ofrezca - Autorización sanitaria - Hoja de reclamaciones
U) Tomar todas las medidas de modo proporcional al fin perseguido, para evitar que se introduzcan en los recintos deportivos, piscinas y estadio de futbol, recipientes u otros objetos de cristal o similares cuyo lanzamiento pudiera ocasionar daños a terceros.
V) El adjudicatario deberá adquirir el material que se describe en el anexo II de este Pliego. Este material revertirá íntegramente al Ayuntamiento al concluir la concesión
Appears in 1 contract
Samples: Concession Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El A los efectos exclusivos del contrato deberá cumplirse que entre las partes se firme y sin perjuicio de la responsabilidad única y exclusiva del concesionario ante el IMD, que como titular del dominio público otorgado exigirá del concesionario Club Deportivo Nudion el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones previstas en el título de otorgamiento y considerándolo, a estos efectos, responsable directo, principal y solidario de cualquier circunstancia que se produzca en relación al uso ordenado, y al mantenimiento adecuado de la concesión, así como al pago de cánones y tasas, todo ello de conformidad con lo establecido los términos establecidos en el presente Pliego título de la concesión y en el Pliego la normativa de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo casoaplicación, el adjudicatario queda obligado arrendatario debe ser consciente en todo momento que pasará a explotar una parcela que es concesión de IMD, lo que le obliga al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas horarios, mantenimiento en condiciones de la formalización y cumplimiento del contratoparcela arrendada, incluso desde el punto de vista estético, cumplir las directrices que le indique el concesionario, y todo ello bajo sanción de rescisión del contrato al arrendatario en caso de incumplimiento. Por ello el/la Adjudicatario/a está obligado/a a:
a) Conservar en perfecto estado las instalaciones y material y destinarlas al uso concedido. De no cumplir con este requerimiento la empresa arrendataria podrá ser penalizada con la aportación de una ayuda económica valorada en un 30 % de la cuota mensual de arrendamiento para la realización externa de estas labores. Este importe podrá ser descontado automáticamente de la fianza inicial aportada.
b) Realizar por su cuenta todas las obras de mejora y reparaciones necesarias. La realización de las obras requerirá del acuerdo y aprobación de la Junta Directiva del Club Deportivo Nudion, cumpliendo siempre con las oportunas licencias urbanísticas y el desarrollo de actividad de la correspondiente resolución del expediente de actividades molestas.
c) Responder de los deberes sociales deterioros ocasionado por los usuarios.
d) Entregar el uso del local al concluir el alquiler, con las mejoras que se hayan realizado en las instalaciones y salariales con equipamiento. Caso de incumplimiento por el/la adjudicatario/a, podrá Club Deportivo Nudión acudir a los tribunales.
e) Pago del alquiler mensual que se efectuará por adelantado, antes del día 10 de cada mes.
f) Abono de todas las tasas e impuestos que se deriven de su actividad y que le correspondiera al arrendatario por la actividad que desarrolle.
g) Responder del comportamiento adecuado de los usuarios del servicio y del buen trato del personal de servicio a todos los usuarios y socios del club.
h) Todo el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, contratado por el cual carecerá arrendatario lo estará en las condiciones establecidas en el convenio de relación jurídica alguna con Hostelería en vigor. Se deberán emplear los medios humanos suficientes para el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer desarrollo en todo momento de la plantilla adecuada un buen servicio.
i) Capacitación del personal que efectivamente preste el servicio para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad poder expresarse con la oferta presentada; clientela en un nivel alto de educación y deberá proceder de inmediatoservicio.
j) El arrendatario queda obligado, si ello fuera necesariosolidariamente con la parte arrendadora, a presentar ante la sustitución del personal precisoAdministración (en caso necesario), con carácter previo al inicio de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene actividades en el trabajobar-cafetería-salón restaurante, así como deberá cumplir con la normativa sobre a los efectos legales procedentes, los planes de prevención de riesgos laborales y de garantizar contingencias y emergencias que resulten preceptivos según la seguridad normativa general.
k) El arrendatario deberá tener suscrita póliza de responsabilidad civil combinada en la que se incluyan contenidos, robos y salud responsabilidad civil.
l) Estarán incluidos en el precio del alquiler los gastos originados por consumo de agua y electricidad. No se contempla consumo de gas.
m) No expedir bebidas alcohólicas a menores de 18 años.
n) Indemnizar a terceros de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio daños que se puedan ocasionar por motivo de la actividad deberá acreditar prestación de servicio.
o) Incluirá limpieza diaria de Bar, Cafetería, Salón Restaurante y terrazas. La limpieza de aseos y accesos se limitará a los fines de semana.
p) Reponer los elementos urbanísticos deteriorados por escrito la clientela.
q) Presentarse para la firma del contrato en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación plazo xx xxxx días a partir de la actividad preventiva adjudicación y quecomenzar con la prestación del servicio para la fecha acordada del 1 xx xxxxx del 2018 con la entidad Club Deportivo Nudion.
r) El adjudicatario dispondrá de 12 días desde el 00 xx xxxxx xx 12 xx xxxxx para arrancar adecuadamente la actividad, cumpliendo con total garantía las condiciones del servicio marcadas en su este documento.
s) Responder tanto civil como penalmente de los eventos que se produzcan y afecten a terceros con motivo del uso y disfrute del Salón Restaurante y sus elementos anexos, exonerando de cualquier tipo de responsabilidad a Club Deportivo Nudion.
t) Precios: La empresa arrendataria se compromete a mantener unos precios de venta al público similares a los de la zona y de acuerdo con este tipo de establecimientos. En todo caso, ha cumplido sus obligaciones en materia estos precios serán sometidos al VºBº y aprobación de información la Junta Directiva del Club Deportivo Nudion. Asimismo, cualquier subida de estos deberá ser sometida a la aprobación del Club Deportivo Nudion.
u) Siempre que exista alguna actividad de naturaleza externa que organice o participe tanto la empresa arrendataria como el Club Deportivo Nudion, el concesionario adquiere la obligación de mantener las instalaciones abiertas y formación respecto ceder el local.
v) En cualquiera de las actividades y eventos que organice el club o arrendatario (fiestas de inauguración/clausuras de temporadas, fiestas xx xxxxxx, eventos deportivos, entrega de premios de competiciones deportivas, celebraciones sociales, reuniones de socios, etc.,..) el arrendatario del bar, cafetería, restaurant deberá abonar el 10% de los trabajadores que vayan ingresos de cada evento al Club Deportivo Nudión. Este abono se realizará dentro de los 10 siguientes días posteriores a prestar sus servicios en el centro en cuestiónla clausura del mismo.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención w) El arrendatario deberá respetar las políticas y normas por las que el actual club se rige para el uso y disfrute de todas usuarios de las autorizaciones, permisos instalaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que cumplirá los procedimientos actuales de alquiler de locales y eventos para celebraciones (disponible para consulta si se requieran para la realización del trabajosolicita).
6. A la extinción x) En las franjas horarias en las que no haya personal de este contratomantenimiento, no podrá producirse en ningún caso la consolidación deberá asumir las responsabilidad de apertura y cierre de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento instalaciones, facilitar el acceso y práctica de Albacetelas actividades deportivas (apertura y cierre de pistas, conexión y desconexión de alumbrado, etc,..), así como, conexión y desconexión de alarmas en las instalaciones.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá y) Será imprescindible disponer de la un menú especial para celíacos con total garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónsanitaria.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Y Adjudicación
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESSerán obligaciones del adjudicatario, además de las de carácter general previstas en las leyes y reglamentos de aplicación y las derivadas de este pliego, las siguientes:
1a) Serán de su cuenta todos los daños que se produzcan en las instalaciones o bienes municipales, así como la responsabilidad que se pudiera derivar de daños causados por el incorrecto montaje o funcionamiento de los equipos.
b) Exigir que los grupos que intervengan se ajusten a las leyes vigentes en cuanto a la obtención de cuantas autorizaciones, permisos de trabajo, etc. El contrato deberá cumplirse pudieran necesitar tanto el grupo como cada uno de conformidad los componentes del mismo o resto de personal que emplea.
c) Exigir que los grupos, sus componentes y cuanto personal empleen en los espectáculos, se hallen al corriente de sus obligaciones con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir la Seguridad Social.
d) Salvo que entre el adjudicatario y los grupos exista pacto en contrario, serán de cuenta de aquélla el abono de las obligaciones legales contempladas nóminas, dietas, gastos de desplazamiento o estancia en la Legislación de los Contratos del Sector Públicociudad. En todo cualquier caso, el Ayuntamiento no adquiere ninguna obligación al respecto. Igualmente, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento deberá realizar las retenciones que procedan por el impuesto sobre la renta de las obligaciones fiscales derivadas personas físicas.
e) Tener suscrita una póliza de seguro que cubra la responsabilidad que se pudiera derivar, cuyo capital asegurado ascienda, al menos, a 1.200.000 euros.
f) Realizar un control diario de los derechos de autor, facilitando la información correspondiente tanto al Ayuntamiento como a la delegación de la formalización y cumplimiento del contratoSociedad de Autores de España. Una vez finalizadas las fiestas patronales, y el adjudicatario deberá emitir un informe sobre los derechos de autor que tenga que pagar el Ayuntamiento xx Xxxxxx. Sin la emisión de este informe no procederá la devolución de la fianza.
g) El montaje de los deberes sociales y salariales con instrumentos, luces, mesa de sonido, etc., necesarios para cada una de las actuaciones será a cargo del adjudicatario, no poniendo el Ayuntamiento personal alguno para estas actividades ni para las de carga y/o descarga.
h) Notificar al Ayuntamiento la imposibilidad de que ponga el grupo programado no pueda realizar la actuación contratada, poniendo a disposición del cumplimiento del contratoAyuntamiento, al menos, tres grupos de igual caché o inferior en 1.202,02 euros, como máximo, al adjudicado, entre los cuales la Entidad Local elegirá el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientosustituto.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad i) Suministro y colocación de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, vallas de seguridad social y necesarias para acordonar el espacio específico donde se vayan a desarrollar las sesiones de seguridad e higiene Dj’s en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.Complejo
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato 1.- La persona adjudicataria deberá cumplirse de conformidad ejecutar los trabajos con lo establecido en el estricta sujeción a las cláusulas del presente Pliego y en el Xxxxxx, al Pliego de Prescripciones TécnicasTécnicas que sirve de base al mismo, y a las órdenes e instrucciones que en interpretación de éstos diera Extenda.
2.- La persona adjudicataria queda obligada a aportar los equipos técnicos y material, así como los medios auxiliares y humanos; todo ello en número y grado preciso para la realización del objeto de contrato a satisfacción y en los mismos términos que se hubiesen ofertados, debiendo responder de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas los riesgos de siniestro del material, personal y equipos implicados en la Legislación operación así como de los Contratos daños a terceros, siendo suyo el riesgo y xxxxxxx de la ejecución del Sector Públicocontrato. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento Asimismo deberá responder de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las obligaciones fiscales derivadas prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para Extenda o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la formalización y cumplimiento ejecución del contrato, y debiendo mantener indemne a Extenda de los deberes sociales daños y salariales perjuicios que para la misma puedan derivarse de la formulación de reclamaciones.
3.- La persona adjudicataria no podrá sustituir al personal adscrito a la realización de los trabajos, sin la expresa autorización del Responsable del Contrato para la realización del Servicio.
4.- Corresponderá a la persona adjudicataria la solicitud, gestión y obtención, por su exclusiva cuenta y cargo, de cuantos permisos y licencias fueren precisos para la realización del servicio contratado.
5.- La persona adjudicataria, para utilizar tecnología, procedimientos, materiales y equipos, así como cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual xx xxxxxxx, deberá obtener las cesiones, permisos y autorizaciones necesarios de sus respectivos titulares, siendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos.
6.- La persona adjudicataria deberá solicitar por escrito a Extenda, a través del responsable del contrato y con el personal la antelación suficiente, cualquier dato, documento, o información que ponga precisara durante la elaboración de los trabajos.
7.- La persona adjudicataria está obligada a disposición poner en conocimiento del cumplimiento responsable del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer cualquier anomalía técnica que observara en todo momento de los documentos contractuales o en la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal precisoinformación facilitada, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadael servicio contratado dé cumplimiento al fin buscado.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Services Agreements
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. El personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, así como deberá cumplir no teniendo el Ayuntamiento relación laboral ni estatutaria alguna con el personal contratado al efecto por el adjudicatario durante la normativa sobre prevención vigencia del contrato ni al término o resolución del mismo, limitándose únicamente a disponer de riesgos laborales la estructura técnica necesaria para la supervisión del servicio objeto de este contrato y de garantizar en general verificar y asegurar, que la seguridad y salud prestación de los trabajadores yservicios esté en condiciones de satisfacer las exigencias y los objetivos de calidad y eficacia propuestos por el adjudicatario. A los efectos del artículo 42,2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, a cuyos efectosde 24 xx xxxxx, entre otras obligaciones, antes del inicio por el que se aprueba el texto refundido de la actividad deberá acreditar por escrito en Ley del Estatuto de los Trabajadores, el Servicio Ayuntamiento podrá exigir el cumplimiento de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación las obligaciones salariales de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación empresa adjudicataria respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5de ésta pudiendo solicitar cuanta información y documentación considere necesaria. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago El incumplimiento de las obligaciones salariales así como la negativa de información o documentación será causa de imposición de penalidades y de resolución del contrato, siendo considerado elemento esencial del contrato”. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas ascenderán a la cuantía que dejase incumplidas determine el adjudicatarioórgano de contratación en el contrato o, en relación con este contratosu defecto, a las fijadas por el Ayuntamiento podrá disponer art. 212 TRLCSP. La pérdida de la garantía definitiva prevista en este Pliegoo los importes de las penalidades, parcial o totalmenteno excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, según proceda. Se observará originados por la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipiodemora del contratista. Si el Ayuntamiento hiciera uso de retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo establecido dispuesto en el párrafo anterior y dispusiera apartado 2 del art. 213 TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de parte o la Administración. Son de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el cuenta del contratista, éste vendrá obligado a reponerla los gastos e impuestos del anuncio o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha anuncios de la notificaciónlicitación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro los de la formalización del contrato y de un modo indubitado, por la Corporacióncuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Servicio
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:a. Proporcionar declaración exacta y completa de los datos de su identidad u otras circunstancias objeto de certificación.
1b. Mantener el control exclusivo de sus datos de creación de firma electrónica, no compartirlos e impedir su divulgación. El contrato adjudicatario es responsable de las consecuencias generadas por la utilización indebida o ilegítima de su certificado y de la contraseña, realizados por el propio usuario o terceros. El certificado electrónico que en éste acto se le adjudica deberá cumplirse ser usado exclusivamente para firmar documentos y comunicaciones electrónicas que deba suscribir en cumplimiento de conformidad con lo su deber funcional en el Poder Judicial.
c. Con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles al vencimiento del plazo de vigencia establecido en la cláusula tercera, gestionar la expedición de un nuevo Certificado electrónico.
d. Comunicar en forma fehaciente e inmediata a la Suprema Corte de Justicia -Unidad Administradora de Notificaciones Electrónicas- los casos de traslado, ascenso o cese en la función. De igual forma procederá en caso de haber modificaciones en los datos aportados para la emisión del certificado electrónico.
e. Realizar en forma inmediata la denuncia policial correspondiente y comunicar de igual forma y por escrito a la Suprema Corte de Justicia -Unidad Administradora de Notificaciones Electrónicas- el presente Pliego hurto, pérdida o destrucción del dispositivo electrónico, o cualquier otra circunstancia que pueda haber comprometido la clave privada y/o el uso del dispositivo que la contiene; detallando las circunstancia en que se produjo el hecho y solicitando la revocación del certificado.
f. Comunicar en forma inmediata y fehaciente a la Suprema Corte de Justicia -Unidad Administradora de Notificaciones Electrónicas- la ocurrencia de alguna falla técnica o cualquier otro problema en el Pliego funcionamiento, uso indebido o imposibilidad de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir uso del certificado electrónico y/o en el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientodispositivo.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento g. Tomar conocimiento de las disposiciones vigentes legales y reglamentarias mencionadas en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajola cláusula primera del presente contrato, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito las demás normas que regulan o regulen en el Servicio futuro los procedimientos de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos comunicaciones electrónicas, firma electrónica y la planificación de la actividad preventiva firma electrónica avanzada, documentos electrónicos y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónsimilares.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Adjudicación De Certificado Digital Y Dispositivo Para Uso De Firma Electrónica
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El La empresa adjudicataria estará en la obligación de subrogación de todos los derechos y obligaciones de todos los trabajadores con contrato deberá cumplirse en vigor y antigüedad de conformidad con 3 meses en la empresa saliente, al amparo de lo establecido en el presente Pliego articulo 44 del texto refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores y en la resolución de 8 xx xxxxx de 2015, de la Dirección general del empleo por la que se registra y publica el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación Acta de los Contratos acuerdos referentes a las tablas salariales y la nueva redacción del Sector Públicoartículo 26 del XI Convenio colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil. - En todo caso, toda la documentación e información que aporte el adjudicatario queda obligado al cumplimiento centro habrá de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contratoconstar, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatariomanera expresa, el Ayuntamiento considerará de Fuenlabrada como persona representante organismo titular que gestionan indirectamente la Casa de Niños “Los Gorriones”. - Proporcionar al personal responsable de la gestión del servicio educativo una indumentaria de trabajo que les facilite la tarea educativa, contribuya a mantener las condiciones higiénicas del centro e identifique al equipo educativo. - Participar en las reuniones y domicilio experiencias educativas que considere oportuno el Ayuntamiento de éste Fuenlabrada. - Dos veces al año, en agosto (finalización del curso escolar) y en diciembre (finalización del ejercicio presupuestario) el adjudicatario presentará la documentación siguiente a los responsables del seguimiento del contrato: - Documentación referente a los niños y niñas matriculados en el centro. - Documentación sobre el personal educativo del centro, de acuerdo con el pliego de condiciones administrativas. - Memoria de la persona física que suscriba gestión económica realizada durante el correspondiente periodo. A la proposiciónfinalización de cada curso escolar, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4se presentará una memoria sobre el funcionamiento de la casa de Niños “los Gorriones”. El Adjudicatario está obligado al - La observación y cumplimiento de las disposiciones vigentes la legislación vigente en materia laboral, de seguridad social y tributaria y en especial las obligaciones derivadas de seguridad e higiene la relación con el personal integrado en la gestión del servicio. - Realizar a su cargo los contratos de suministros de teléfono, - Mantener en buen estado las instalaciones y los bienes cedidos para el trabajouso, así como el propio equipamiento del adjudicatario necesario para la prestación del servicio, obligándose especialmente a devolver, a la finalización del mismo en iguales condiciones a la de su recepción original, excepto en los relativos a los cambios o modificaciones efectuadas en las instalaciones, autorizados previamente por el Ayuntamiento de Fuenlabrada. - Obtener la autorización previa de la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Fuenlabrada para efectuar cambios en el equipo educativo de la Casa de Niños -. De ser necesario realizar cambios en el equipo educativo, éstos se realizarán preferentemente al finalizar el curso escolar. Durante la vigencia del contrato el adjudicatario deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales mantener el número y de garantizar la seguridad y salud el perfil de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito profesionales que se presentaron en el Servicio proceso de Prevención licitación. - En el supuesto de Riesgos Laborales participación en huelga general o del sector al que pertenecen los trabajadores, la entidad adjudicataria deberá garantizar el cumplimiento de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación mínimos que sean dictados con prelación por el Ayuntamiento de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y queFuenlabrada y, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia por la Comunidad de información Madrid. Deberá, asimismo, mantener informada a la Concejalía de Educación de las incidencias y formación respecto desarrollo de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios la huelga. Finalizada la misma, deberá presentar un informe en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para indiquen los servicios prestados y el personal que ha seguido la realización del trabajo.
6huelga. A la extinción - Protección de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo datos conforme a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónnormativa vigente.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for the Management of Educational Public Services
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESSon obligaciones del adjudicatario:
1. El Ejecutar el contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en las condiciones previstas en el presente Pliego pliego de cláusulas particulares y en el Pliego pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientoprescripciones técnicas.
2. El contratista deberá disponer Cumplir el Reglamento de Prestación del Servicio de Mercados Centrales de Abastecimiento xx Xxxxxxx, MERCACÓRDOBA, S.A. y el Reglamento de Funcionamiento xxx Xxxxxxx de Frutas y Hortalizas, en los aspectos que sean de aplicación, así como por cualquier otra normativa o norma posterior que sea de aplicación y desarrolle o modifique a las mencionadas.
3. Obtener y estar en disposición de todas las licencias y autorizaciones que sean necesarias para las necesidades propias de la actividad a desarrollar en el local objeto de arrendamiento.
4. Abonar las rentas, fianzas, o cantidades que correspondan a la adjudicataria por cualquier concepto, incluida la renta mensual.
5. Abonar las tarifas o tasas que, en cualquier momento, apruebe el Ayuntamiento xx Xxxxxxx y le sean de aplicación, con arreglo a la normativa vigente.
6. Permitir que, en todo momento y circunstancia, pueda acceder a las instalaciones personal de MERCACÓRDOBA, para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones así como para la realización en las mismas de cualquier obra o instalación precisa o conveniente para la adecuada prestación de los servicios públicos que gestiona o el mejor funcionamiento del resto de las instalaciones de la plantilla adecuada Unidad Alimentaria, si bien se deberán ejecutar en coordinación con la arrendataria y de la forma que interfiera lo menos posible en la actividad, sin que para obtener ello deba satisfacerse por MERCACÓRDOBA indemnización o contraprestación de ningún tipo. Las obras realizadas, así como la reposición de los elementos afectados a su situación inicial serán por cuenta de MERCACÓRDOBA.
7. Mantener en todo momento las instalaciones y su entorno en perfecto estado de limpieza.
8. Mantener las instalaciones en buen estado de conservación y de funcionamiento, realizando las reparaciones y mantenimiento necesario, solicitando para ello, en todo caso, autorización de MERCACÓRDOBA.
9. El adjudicatario será el máximo nivel responsable de calidad todos los perjuicios y accidentes de cualquier naturaleza que sean causados a terceras personas por su personal.
10. Será obligación del adjudicatario indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las prestaciones operaciones que requiera la ejecución del contrato.
11. El adjudicatario renuncia por anticipado a cualquier acción o reclamación contra MERCACÓRDOBA que se refiera a las consecuencias eventuales de los accidentes o perjuicios que puedan acaecer por el hecho o con ocasión de la prestación del objeto del contrato, dejando a salvo por completo a MERCACÓRDOBA de conformidad con cualquier reclamación o acción instada por un tercero como consecuencia de todo accidente o perjuicio resultante de la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.del
312. En sus relaciones caso de accidente de trabajo ocurrido por los operarios con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes motivo del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización desarrollo del trabajo.
6. A la extinción de este objeto del contrato, no podrá producirse la adjudicataria se atendrá a lo dispuesto a este respecto en ningún la legislación vigente, siendo en todo caso la consolidación único responsable de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacetesu incumplimiento.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Arrendamiento
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse En el desarrollo de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario todas las obligaciones legales contempladas en la Legislación prestaciones derivadas de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones trabajos objeto del contratopresente Contrato, será de conformidad con obligado cumplimiento toda la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social normativa técnica vigente y de seguridad e higiene en el trabajohigiene, así como deberá cumplir toda la que pueda ser de aplicación por las características de las instalaciones. El adjudicatario ejecutará, a su cargo, las obras a realizar propuestas en la Memoria Técnica presentadas en su oferta para la mejora y renovación de las instalaciones del alumbrado público exterior. El adjudicatario gestionará la ejecución, puesta en marcha, pruebas y legalización de las nuevas instalaciones de acuerdo con el calendario incluido en la normativa sobre prevención oferta. El adjudicatario inspeccionará y supervisará por su cuenta las fases de riesgos laborales suministro, montaje y puesta en marcha de las nuevas instalaciones y de garantizar sus pruebas de funcionamiento, asumiendo las responsabilidades que se pudieran derivar por cualesquiera daños y/o perjuicios, ya sean directos o indirectos que pudieran causarse en el proceso de renovación de las instalaciones por ella misma o sus Proveedores. El adjudicatario aportará la seguridad ingeniería necesaria para llevar a cabo todos los trámites oportunos con objeto de mantener debidamente legalizadas las instalaciones, sin costo adicional alguno para el Ayuntamiento xx Xxxx. La aceptación de las nuevas instalaciones por parte del Ayuntamiento xx Xxxx tendrá lugar una vez se hubiere verificado su correcto y salud adecuado funcionamiento, mediante la realización de las pruebas adecuadas para cada equipo y para el conjunto de las instalaciones. Dichas pruebas serán realizadas bajo la responsabilidad del adjudicatario y de sus Proveedores en presencia de un representante del Ayuntamiento xx Xxxx. Las mismas verificarán el cumplimiento de las exigencias incluidas en el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior y del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. No tendrá lugar la aceptación de las nuevas instalaciones cuando, durante la realización de las pruebas de funcionamiento, se pusiera notoriamente de manifiesto cualquier tipo de deficiencias, defectos, fallos y/o anomalías derivadas de un incorrecto diseño, vicios o defectos de los trabajadores yelementos o equipos que conforman las nuevas instalaciones, a cuyos efectosmontaje, entre otras obligaciones, antes del inicio puesta en marcha o mediciones luminotécnicas de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos misma. Una vez resulten satisfactorias las pruebas y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contratomediciones, el Ayuntamiento podrá disponer xx Xxxx suscribirá conjuntamente con el adjudicatario y por duplicado ejemplar, un Certificado de la garantía definitiva prevista Aceptación de las nuevas instalaciones, por el que se entenderá a los efectos de este contrato como reconocimiento expreso del primero de haber recibido ésta a su entera satisfacción. En virtud de lo pactado en este Pliegoel presente contrato, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior finalización del mismo todos los elementos y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas componentes instalados por el contratistaadjudicatario para las nuevas instalaciones, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro serán propiedad del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la CorporaciónAyuntamiento xx Xxxx.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Public Works
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESSon obligaciones del adjudicatario:
1. El 12.1.- Ejecutar el contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido la debida diligencia en las condiciones previstas en el presente Pliego Xxxxxx y de la oferta presentada.
12.2.- Guardar la máxima discreción en el Pliego desarrollo de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas tareas requeridas en la Legislación prestación objeto de los Contratos del Sector Públicoeste contrato. En todo caso, se cumplirá la normativa de protección de datos de carácter personal, en los términos indicados en el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de ANEXO III. 12.3.- Disponer del personal con la capacidad técnica precisa para cubrir las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento que se deriven del contrato. Tal personal dependerá exclusivamente del adjudicatario y éste, por tanto, tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contratopatrono, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contratodebiendo cumplir por ello, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, fiscal, de seguridad social Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, o la infracción de las disposiciones sobre la seguridad por parte del personal designado por él, no implicarán responsabilidad alguna para la Fundación AVA.
12.4.- Responder de los deterioros en las instalaciones y de garantizar los daños personales que se produzcan por su culpa o negligencia en la seguridad y salud prestación del servicio así como de los trabajadores y, daños y perjuicios que se causen a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes terceros.
12.5.- Pagar los tributos y gastos de cualquier clase a que dé lugar la ejecución del inicio contrato y que resulten imputables al licitador.
12.6.- Indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
12.7.- Mantener en vigor durante la vigencia del contrato una póliza de responsabilidad civil que cubra cualquier incidencia que pueda derivarse de la actividad deberá acreditar ejecución del contrato por importe mínimo de 150.000 Euros.
12.8.- No subcontratar con terceros la ejecución del servicio, ni ceder a terceros los derechos u obligaciones que se deriven de la presente contratación, sin el previo consentimiento expreso y por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva Fundación AVA y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia siempre que el subcontratista reúna las mismas condiciones técnicas y económicas del adjudicatario. La modificación de información y formación respecto de los trabajadores las personas que vayan a prestar el servicio será condición esencial del contrato y para su modificación requerirá el cumplimiento de las mismas condiciones de formación y experiencia que la incluida en la oferta y la expresa aceptación de la fundación. Su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato.
12.9.- Mantener, durante toda la vigencia del contrato y sus servicios posibles prorrogas, los requisitos de capacidad general exigidos en la contratación. A tal efecto, la
12.10.- Respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas o que hayan realizado los trabajos objeto del contrato por su propia naturaleza deba ser tratada como personal del Ayuntamiento de Albacetetal.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESSe detallan a continuación las obligaciones de adjudicatario del servicio:
1. El contrato deberá cumplirse Creación de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en una Oficina Técnica para la Legislación recepción de los Contratos avisos de averías, vigilancia de la Central de Control, gestión de mantenimiento mediante programa informático (compatible con el sistema informático del Sector Público. En todo caso, hospital) y elaboración de los informes (papel y soporte informático) que fueren necesarios para el adjudicatario queda obligado al cumplimiento conocimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento incidencias por parte del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el AyuntamientoHospital.
2. El contratista La empresa adjudicataria, deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, dar apoyo a la sustitución Oficina Técnica del personal precisoHospital de Son Llátzer, en cuanto a que deberá de forma que funcionar como una consultora externa, tanto técnica, como Energética. Sus objetivos serán:
2.1 Deberá de controlar el consumo eléctrico del circuito secundario de ACS y Climatización, consiguiendo la adecuada ejecución optimización de los costes.
2.2 Deberá de proponer, con carácter periódico, medidas de ahorro energético.
2.3 Deberá de realizar en un plazo no superior a seis meses, una Auditoría Energética del contrato quede garantizadaHospital (se excluye la producción de Frío y de Calor).
3. En sus relaciones con el adjudicatarioPresentación de informes (en papel y soporte informático), el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba Dirección de Gestión y a la proposiciónOficina Técnica, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento acerca de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene tareas realizadas en el trabajoservicio de mantenimiento:
3.1 Informe Semanal de Actividades de Mantenimiento, donde se recogerán todos los mantenimientos correctivos, preventivos, técnico-legales, realizados a lo largo de la semana, calibraciones de equipos realizadas, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud un resumen de los trabajadores yIndicadores de Mantenimiento.
3.2 Informe Mensual, a cuyos efectosdonde se indicará en una tabla resumen todos los preventivos, entre otras obligacionestécnico- legales, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito OCA´s realizados durante el mes en curso así como los que hubiesen quedado pendientes, si se diera el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto TC´s de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestióntrabajadores, calibraciones de equipos realizadas, así como un resumen de los Indicadores de Mantenimiento con carácter mensual.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESAdemás de las contenidas en el presente pliego y de las que resulten de la aplicación de la legislación vigente, son obligaciones especiales del adjudicatario- arrendatario las siguientes:
1. El contrato deberá cumplirse a) Abonar la renta mensual.
b) Constituir la fianza definitiva de conformidad con 15.000,00 € mediante AVAL.
c) Formalización del contrato.
d) Notificar en el plazo de quince días las incapacidades e incompatibilidades sobrevenidas.
e) Abonar los tributos estatales y locales y demás gastos a que dieren lugar la licitación y el contrato.
f) Cumplir lo establecido en el presente Pliego la legislación laboral, disposiciones reguladoras de los subsidios y seguros sociales, y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de general todas las disposiciones vigentes en materia laborallaboral y seguridad social, debiendo asimismo cubrir, las contingencias de seguridad social accidente y enfermedad profesional.
g) Mantener en buen estado de seguridad e higiene en uso y conservación el trabajolocal y las instalaciones, debiendo realizar a su cargo las obras y gastos necesarios para su conservación, reparación, mantenimiento y reposición al Ayuntamiento a la finalización del contrato, así como deberá cumplir con destinarlas de modo exclusivo al uso pactado.
h) Abstenerse de realizar mejoras o modificaciones en las instalaciones o en el servicio arrendado, sin la normativa previa autorización el Ayuntamiento, que decidirá sobre prevención las repercusiones económicas de riesgos laborales la iniciativa.
i) Tener en vigor y de garantizar la seguridad y salud actualizadas cuantas licencias, autorizaciones o permisos se precisen de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones organismos competentes en materia de información y formación respecto Sanidad, Trabajo, Hacienda o cualquiera otros que se precisen.
j) Satisfacer el pago de los trabajadores débitos con proveedores, personal a su cargo y en general, responsabilidades de cualquier orden derivadas de los actos de explotación del negocio.
k) Exhibir el contrato de arrendamiento que vayan a prestar sus servicios se formalice y manifestar su calidad de arrendatario en el centro supuesto de cualquier embargo o traba motivada por obligaciones contraídas por causa de explotación del negocio. Todos los gastos que ocasionen una actuación judicial en cuestiónese sentido, serán a cuenta del adjudicatario.
5. Corresponde al adjudicatario l) Figurar y actuar en todo momento como titular único de la obtención explotación del negocio, viniendo obligado a destacar la total separación jurídica del Ayuntamiento de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particularesMendata, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación quedará obligado por los actos del arrendatario.
m) Conservar en perfecto estado y en grado de máximo orden y limpieza los locales, dependencias, mobiliarios, instalaciones, etc.
n) Responder del trato correcto y considerado hacia las personas que hayan realizado hagan uso de las instalaciones.
ñ) Aportar los trabajos medios profesionales suficientemente capacitados y necesarios para dar un esmerado y eficaz servicio.
o) Ajustar los precios a los autorizados por el organismo competente, debiendo quedar publicados en lugar visible y a disposición de los clientes.
p) Cumplir la normativa vigente en materia de horarios y de actividades molestas; así como en general todas las disposiciones legales que sean aplicables a la explotación.
q) Abonar la renta anual en el lugar o en la cuenta bancaria que designe el Ayuntamiento.
r) Abastecer la despensa y la bodega por su cuenta y riesgo, de bebidas, provisiones y alimentos, y disponer de artículos y bebidas que demanden habitualmente los usuarios, en la cantidad necesaria.
s) Hacerse cargo del pago de los servicios de agua, energía eléctrica, basuras y alcantarillado, correspondientes a la duración del contrato.
t) Mantener abierto y a disposición del público el servicio xx xxxxx de la taberna arrendada, durante trescientos sesenta y cinco días, y el servicio de restauración, como mínimo, durante trescientos treinta y cinco días al año; en todo caso, los periodos de cierre no podrán superar quince días consecutivos. Asimismo deberá cumplir la normativa vigente en materia de horarios, actividades molestas, higiene y sanidad.
u) Hacerse cargo de la limpieza del local.
v) Cuantas otras sean inherentes a la actividad objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacetecontrato.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Arrendamiento De Local De Negocio
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1Se deberán realizar lo cálculos estructurales necesarios y pertinentes para garantizar la seguridad de las estructuras colgantes y cualquier otra que instale, teniendo como hipótesis xx xxxxxxx el peso propio y las posibles sobrecargas generadas por el viento, lluvia y otros agentes climáticos o condicionantes que pudiera prever, garantizando el cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad estructural y eléctrica. El contrato Se especificará el tipo de montaje a emplear las características, distribución, ubicación formas de fijación y anclaje. Finalizadas las fiestas se deberá cumplirse liminar todo elemento de conformidad con la instalación (líneas de alimentación, cuadros, acometidas, alambres y cables metálicos de sujeción), quedando únicamente, para próximos años, los cáncamos o elementos de anclaje a fachada. La empresa adjudicataria aportará cuanto material sea necesario para el montaje de los arcos e instalaciones y dicho montaje se realizará evitando en la medida de lo establecido en el presente Pliego posible perjuicios al tráfico rodado y a los peatones, señalizando convenientemente la zona donde se estén realizando los trabajos y comunicando previamente a los responsables municipales las fechas de inicio de montaje de las instalaciones. Así mismo se encargará del mantenimiento del alumbrado y ornamentación navideña, prestando especial atención a la reparación y reposición e las luminarias instaladas y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo cualquier caso, garantizando su perfecto funcionamiento durante el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones periodo objeto del contrato, . Dichos servicios se desarrollarán de conformidad con al plan de mantenimiento presentado por la oferta presentada; y empresa adjudicataria. No obstante el contratista deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución atender en todo caso las indicaciones del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución responsable técnico del contrato quede garantizada.
3Ayuntamiento. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado adjudicatario adquirirá el compromiso de renovar para cada año que dure el contrato como mínimo la mitad de los diseños empleados el año anterior, así como a no repetir en las calles el motivo empleado el año anterior Con respecto al personal que emplee al objeto de este contrato, la adjudicataria queda obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, de seguridad social y Seguridad Social, de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales laborales, y demás legislación aplicable y deberá tener contratado un seguro de garantizar la seguridad y salud responsabilidad civil suficiente para responder de los trabajadores y, posibles daños a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónterceros.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Christmas Lighting
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación La prestación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, trabajos se realizará con estricta sujeción a los documentos contractuales y demás documentos básicos que definan y condicionen el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento objeto del contrato, y de los deberes sociales y salariales acuerdo con el personal las instrucciones que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2para su interpretación diere la Administración al contratista. El contratista queda obligado a aportar los medios auxiliares y humanos en número y grado preciso para la realización del objeto del contrato a satisfacción del Ayuntamiento. Facilitará a tal efecto la relación nominal del personal adscrito a la ejecución del contrato. El contratista estará obligado a adscribir los medios ofrecidos para la prestación de los trabajos incluso con el carácter nominal con lo que hubiese sido y en los mismo términos en que se hubiese ofertado. La no intervención de cualquier persona comprometida facultará a la Administración para resolver el contrato por causas imputables al contratista. La Administración podrá exigir del contratista la sustitución de cualquier persona que no desarrolle los trabajos debidamente, sin que el ejercicio o no de esta facultad exima al contratista de ejecutar el objeto del contrato a satisfacción. El contratista será responsable de las reclamaciones, y deberá disponer mantener indemne a la Administración de los daños y perjuicios que por la misma puedan derivarse a la formulación de aquellas. El contratista queda obligado a guardar secreto y hacerlo guardar al personal que emplee o que con él colabore en todo momento el desarrollo del trabajo, no pudiendo utilizar para sí, proporcionar a terceros o divulgar dato alguno en relación con el contrato sin la expresa autorización de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel Administración. Abonar todos los gastos de calidad publicación de las prestaciones objeto del contrato, anuncios de conformidad con la oferta presentada; licitación en diarios oficiales y deberá proceder medios de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajocomunicación, así como deberá cumplir los que se produzcan con motivo de las invitaciones que se cursen, y cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones del presente pliego y la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y quevigente, en su caso, ha cumplido sus obligaciones la forma y cuantía que en materia de información estos se señalen. Corresponderá y formación respecto de los trabajadores que vayan será a prestar sus servicios en el centro en cuestión.cargo del contratista:
5. Corresponde al adjudicatario la a) La obtención de todas las autorizaciones, permisos autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajoservicio contratado.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Maintenance Services
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento. La Administración se reserva expresamente el derecho de exigir cuanta documentación y justificantes estime precisos para acreditar el cumplimiento por el adjudicatario de las obligaciones anteriores. Todo ello sin perjuicio de la potestad sancionadora de la Administración por los incumplimientos que se produzcan. El personal que realice el servicio objeto del contrato, no tendrá ninguna relación laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx, de ningún tipo. Ningún acuerdo que se adopte entre la empresa adjudicataria y su plantilla tendrá repercusión económica en el importe que se abone por el Ayuntamiento. El personal contratado por el contratista para la realización del servicio, dependerá exclusivamente de aquél, por lo que en ningún caso se producirá su consolidación como personal del Ayuntamiento xx Xxxxxxx. La Administración se mantendrá al margen de las relaciones laborales que celebre el contratista, sin que proceda la sucesión empresarial en los contratos celebrados. En consecuencia, la relación laboral que vincule al contratista adjudicatario con el personal contratado para la prestación del servicio se regirá exclusivamente por la legislación laboral. Consecuentemente con lo anterior, tampoco alcanzará al Ayuntamiento ninguna responsabilidad por los daños causados a terceras personas por acciones u omisiones de los representantes legales del adjudicatario, de cuantas personas colaboren con cualquier título o de cuantas personas le presten sus servicios. Asimismo el contratista será responsable, civil y administrativamente, ante el Ayuntamiento por las faltas que cometan sus trabajadores y empleados y quedará obligado al resarcimiento de los daños que causen a terceros con motivo de la defectuosa prestación del servicio por dolo, culpa o negligencia, ya sean de bienes, personas e instalaciones particulares o municipales, sin perjuicio de las sanciones contractuales que puedan imponérsele. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato. En caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso de las obligaciones del adjudicatario, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx podrá imponer las penalidades que estime pertinentes Estas ascenderán a la cuantía que determine el órgano de contratación en el contrato o, en su defecto, a las fijadas por el art. 212 T.R.L.C.S.P. Respecto del incumplimiento de las obligaciones especiales del presente contrato, en el apartado U) del Cuadro Anexo se reflejan las mismas así como deberá cumplir las sanciones establecidas para cada una de ellas. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 212.4 T.R.L.C.S.P. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos (excluidos el anuncio o anuncios de la licitación) y los de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias. El adjudicatario declara expresamente que conocen quedar obligados al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y muy especialmente de lo indicado en su artículo 12. El adjudicatario se compromete explícitamente a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan. Igualmente serán de aplicación las disposiciones de desarrollo de las normas anteriores que se encuentren en vigor a la adjudicación de este contrato o que puedan estarlo durante su vigencia, y aquellas normas del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, aprobado por D. 1720/2007, de 21 de Diciembre. Y expresamente conoce quedar obligada a lo indicado en el art. 10 de la LOPD, por lo que guardarán secreto sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozca como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. A tal efecto formalizarán el correspondiente contrato en garantía del cumplimiento de las obligaciones sobre protección de datos y una vez finalizado el contrato se comprometen a devolver al Ayuntamiento o destruir todos los datos de carácter personal que por el servicio contratado hayan podido obtener. El adjudicatario dará cumplimiento a la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud totalidad de los trabajadores ycompromisos formulados en la propuesta formulada por el mismo y aceptadas por el órgano de contratación relativa a la ejecución del contrato. Además de las obligaciones generales que se derivan del contrato, corresponden al contratista las siguientes obligaciones específicas:
a) Los servicios se ejecutarán con estricta sujeción a cuyos efectoslas estipulaciones contenidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares y conforme a las instrucciones que en interpretación técnica de éste diere al contratista el técnico de cultura.
b) Cuando las instrucciones fueran de carácter verbal, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar deberán ser ratificadas por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento más breve plazo posible, para que ha realizado sean vinculantes para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación las partes.
c) El servicio objeto de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia contratación que nos ocupa se realizará a un tanto alzado de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de acuerdo lo establecido en el párrafo anterior art. 302 T.R.L.C.S.P.
d) En caso de que se produzca una modificación en el contrato de servicios, deberá realizarse y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por teniendo en cuenta lo establecido en el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha art.306 de la notificación, T.R.L.C.S.P.
e) Designar al interlocutor de la empresa adjudicataria ante el Ayuntamiento para todas las cuestiones que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y hayan de un modo indubitado, por surgir durante la Corporaciónejecución del contrato.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Travel Services
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:10.1 El adjudicatario asumirá la total responsabilidad por los hechos de sus Dependientes y especialmente contra terceros.
1. 10.2 El contrato deberá cumplirse adjudicatario está obligado a realizar el servicio en forma continua, lo que significa que por ningún motivo el mismo podrá ser suspendido.
10.3 Si el C.E.I.P. comprobara irregularidades o faltas, de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego parte del adjudicatario y/o del personal de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo casoempresa adjudicataria, el adjudicatario queda obligado a acatar la decisión que se determine sin que el Consejo resulte obligado a resarcirle suma alguna.
10.4.1 El Consejo podrá exigir en cualquier momento, la presentación de la documentación que justifique el pago de salarios y demás rubros de la relación laboral y especialmente de los aportes a la seguridad social. La retribución de los trabajadores de la empresa adjudicataria, asignados al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas tareas, deberá respetar los laudos salariales establecidos por el Consejo de Salarios respectivo.
10.4.2 Las exigencias establecidas en los precedentes serán condición para el pago de los servicios.
10.4.3 Cuando el adjudicatario incurriere en incumplimiento en el pago de salarios, la administración estará facultada a proceder de acuerdo a lo dispuesto en Arts. 1 al 4 de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el AyuntamientoLey 18.098.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, 10.4.4 Las empresas deberán comprometerse a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado comunicar al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud C.E.I.P. los datos personales de los trabajadores yafectados a la prestación del servicio a efectos de que se puedan realizar los controles correspondientes.
10.4.5 En caso de que la firma adjudicataria realice un cambio de domicilio constituido, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio deberá informar en forma escrita e inmediata el nuevo domicilio durante la vigencia de la actividad presente contratación.
10.4.6 El adjudicatario deberá acreditar por escrito en exhibir Certificado de buena conducta (Antecedentes Judiciales) del personal que va a cumplir el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización dependencias del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.C.E.I.P.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El Documento firmado electrónicamente según Ley 6/2020 en AYUNTAMIENTO XX XXXXX (P0408300B) verificable en: xxxxx://xx.xxxxxxx.xxx/xxx?xx=Xx0XxXX0X0XxXx0XxxX0x0x0Xxx0X-0x XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX (Firma) actuando como ALCALDE PRESIDENTE en fecha 14/05/2021 - 13:02:50 La correcta ejecución del contrato deberá cumplirse correrá de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicascuenta del adjudicatario, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición siendo responsable del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajopresente Xxxxxx, así como deberá cumplir del resto de normativa sectorial de aplicación. En particular, le corresponderán las siguientes obligaciones: * La empresa queda sujeta a la Ley 2/2002 de 11 de Noviembre Ley de Gestión de Emergencias de Andalucía, que determina la comunicación de toda aquella incidencia en la que se pueda ver dañada la seguridad de la vida, integridad física de las personas, bienes o medio ambiente, así como aquellas que supongan de una intervención multisectorial en la que se vean implicados varios servicios de Urgencias y/o Emergencias. Por todo esto, se exige plena coordinación con la normativa sobre prevención Policía Local, Emergencias (112), y los demás Cuerpos de riesgos laborales Seguridad y Servicios de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores yEmergencia, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del al inicio de la actividad deberá acreditar temporada, antes de comenzar a prestar el servicio. Se comunicará a cada uno de ellos por escrito escrito, indicando la empresa, el nombre del responsable y coordinador del servicio, teléfono, duración del servicio y el horario de éste, entregándose una copia en dependencias municipales para su conocimiento. * Vigilancia y observación del comportamiento de los bañistas, mediante el Servicio puesto de Prevención socorrista, siendo éstos los siguientes: Facilitados por el Ayuntamiento: - Cuatro sillas de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación proximidad instaladas a pie de la actividad preventiva piscina. - Una mesa para de control de entradas y quepuesto de vigilancia. - Camiseta de socorrista. * Con respecto a la entrega del material y equipamiento de la piscina municipal a la empresa adjudicataria, la misma recibirá las llaves maestras de las instalaciones municipales. Será por cuenta del adjudicatario el cambio, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5dichas llaves maestras, previa autorización del Ayuntamiento, debiendo entregarse una copia al Ayuntamiento. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, Los gastos que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción deriven de este contratocambio, no podrá producirse si lo hubiera, correrán por cuenta del adjudicatario. * Mantener Información expuesta y actualizada en ningún señales horizontales en los accesos de la piscina con los horarios del servicio, los teléfonos de contacto, así como, los de emergencia que se estimaran oportunos, con impresión profesional y en adhesivo resistente al calor y al agua, guardando la estética del soporte o señal. En caso la consolidación de deterioro de ésta, se repondrá de inmediato. * Se revisarán las personas distintas señales instaladas y se comprobarán los servicios existentes, asegurándose de que hayan realizado correspondan con los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7pictogramas existentes y corrigiéndolos en su caso. Para el pago de las obligaciones * Documentación obligatoria que dejase incumplidas el adjudicatariodeberá estar expuesta al público, en relación con este contratolugar visible y soporte adecuado, durante el Ayuntamiento podrá disponer horario de la garantía definitiva prevista apertura del servicio: Documento firmado electrónicamente según Ley 6/2020 en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando AYUNTAMIENTO XX XXXXX (P0408300B) verificable en: xxxxx://xx.xxxxxxx.xxx/xxx?xx=Xx0XxXX0X0XxXx0XxxX0x0x0Xxx0X-0x XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX (Firma) actuando como ALCALDE PRESIDENTE en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.14/05/2021 - 13:02:50
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. 10.1.- El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene y salud en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención 10.2.- Son de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, cuenta del contratista los gastos que se requieran para la realización del trabajoobtención de licencias, documentos o cualquier información de organismos oficiales o particulares. Asimismo, los impuestos, gastos de visado por el colegio oficial correspondiente, derechos, tasas o compensaciones y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.
6. A 10.3.- El adjudicatario facilitará a SURPOSA, sin ningún coste adicional, cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por ésta para el correcto desarrollo y puntual cumplimiento de su cometido tales como asistencia a reuniones explicativas, gestiones ante organismos que pudieran verse afectados por el proyecto, etc.
10.4.- El contratista será responsable de la extinción calidad técnica y viabilidad de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación los trabajos que desarrolle así como de las personas prestaciones y servicios realizados. Igualmente responderá de las consecuencias que hayan realizado se deduzcan para SURPOSA o para terceros de las omisiones, errores, inadecuación de métodos o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El Consultor realizará todos los trabajos objeto adicionales de diseño, cálculo y detalle, y será plenamente responsable, técnica y legalmente, de su contenido, así como de los plazos de entrega de las diferentes unidades del contrato como personal del Ayuntamiento de Albaceteestudio.
7. Para 10.5.- Será por cuenta del consultor adjudicatario el pago de las obligaciones indemnizaciones que dejase incumplidas proceda por los daños que, a consecuencia de su intervención, se causen a terceros o al contratista de la obra cuando éste en su ejecución, sin faltar a la xxx xxxxx, a las medidas de seguridad establecidas, a las normas de prudencia y diligencia o sin mediar infracción de reglamentos, se hubiera ajustado a las indicaciones y órdenes de la dirección. El consultor ordenará la adopción de las medidas necesarias para que durante la ejecución de los trabajos encomendados quede asegurada la protección a terceros, siendo de su total responsabilidad las indemnizaciones por los daños y perjuicios que, por desatención de esta obligación, pudieran ocasionarse a aquéllos si a tenor de las disposiciones y leyes vigentes incurriese en culpabilidad. A tal efecto, el adjudicatarioconsultor deberá mantener contratado durante toda la vigencia del contrato, un seguro de responsabilidad civil profesional que cubra a todo su personal adscrito a la obra, y en relación una cuantía no inferior a SEISCIENTOS MIL EUROS (600.000- €), por los riesgos que pudieran derivarse de la ejecución del contrato. En consecuencia, SURPOSA no será responsable, ni directa, ni solidariamente de lo que con plena responsabilidad técnica y legal controle, proyecte, informe o calcule el consultor, el cual deberá disponer del personal adecuado y con la titulación legal necesaria para la realización completa del trabajo objeto de este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:a) Conservar en perfecto estado las instalaciones y material, destinándolo al uso concedido exclusivamente. De no cumplir con este requerimiento la empresa arrendataria, podrá ser objeto de disolución del contrato.
1b) Pago del alquiler en los diez primeros días del trimestre entrante junto al pago del consumo de luz del trimestre vencido. Pago de gas bimensualmente. Así mismo, el teléfono correrá por cuenta del adjudicatario.
c) Abono de todas las tasas e impuestos que se deriven de su actividad.
d) El contrato adjudicatario deberá cumplirse estar dado de conformidad con lo establecido alta en el presente Pliego y régimen correspondiente de la Seguridad Social.
e) El personal que preste sus servicios deberá asimismo estar dado de alta en el Pliego régimen correspondiente, contratado según el convenio de Prescripciones TécnicasHostelería vigente. Se deberán emplear los medios humanos suficientes para la prestación de un servicio de calidad.
f) Así mismo deberá subrogar al personal que corresponda de la empresa anterior adjudicataria del servicio, debiendo según reza el vigente Convenio Colectivo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas Sector de Hostelería de la Región xx Xxxxxx en la Legislación de los Contratos del Sector Públicosu Anexo I, apartado 4. En todo Subrogación. Y en su caso, en Acuerdo Laboral de Ámbito Estatal para el adjudicatario queda obligado al cumplimiento Sector de las obligaciones fiscales derivadas Hostelería V (ALEH), en el que se establece el Capítulo Décimo Segundo “Subrogación en el subsector de la formalización y cumplimiento del contrato, y colectividades o restauración social. Garantías por cambio de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.empresario”
2. g) El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario arrendatario está obligado al cumplimiento a contratar un seguro general (incluidos incendios) y seguro de las disposiciones vigentes Responsabilidad Civil en materia laboralcuantía de Trescientos Mil Euros (300.000 €) para hacer frente a cualquier tipo de reclamación derivada del ejercicio de su actividad empresarial, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajoque aborde tanto los daños del inmueble, así como de los usuarios del mismo. Así mismo, deberá cumplir contratar los servicios de una empresa de desinsectación y desratización. Además, con la normativa sobre carácter previo al inicio de actividades en el bar-cafetería, a los efectos legales procedentes, los planes de prevención de riesgos laborales y de garantizar contingencias y emergencias que resulten preceptivos según la seguridad y salud normativa general.
h) No expedir bebidas alcohólicas a menores de 18 años.
i) Indemnizar a terceros de los trabajadores ydaños que se puedan ocasionar por motivo de la prestación de servicio.
j) Limpieza de la Cafetería-Restaurante, cocinas, terrazas, aseos y local social, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes modo general y especialmente tras la celebración de eventos y al cierre del inicio establecimiento a diario.
k) Presentarse para la firma del contrato en el plazo xx xxxx días a partir de la actividad adjudicación y comenzar con la prestación del servicio para la fecha acordada con la entidad Deportivo Santa Xxx SL, siendo ésta del 2 enero del 2019.
l) Responder tanto civil como penalmente de los eventos que se produzcan y afecten a terceros con motivo del uso y disfrute del Bar Restaurante y sus elementos anexos, exonerando de cualquier tipo de responsabilidad a Deportivo Santa Xxx SL.
m) Deportivo Santa Xxx SL se reserva el derecho de veto sobre los contenidos de los menús, los precios de venta al público y las celebraciones de carácter social, por ello el arrendatario se compromete a entregar una relación de los menús, así como una lista de precios de venta al público y consensuar con Deportivo Santa Xxx SL los precios de las celebraciones de carácter social, a fin de que todo ello sea aprobado antes de ponerse en vigor, de tal suerte que no se podrá vender en ningún caso a precios superiores a los señalados en esa lista, ni alterar los menús fijados, ni los precios fijados para los actos de carácter social.
n) El arrendatario deberá acreditar por escrito cumplir con la Normativa de Celebraciones y Contratación de Empresas de Animación que se expone en el Servicio Reglamento de Prevención Régimen Interior de Riesgos Laborales Club Deportivo Santa Xxx y que se anexa en este pliego. Así mismo, deberá contratar el personal de este Ayuntamiento control de dichos eventos. El incumplimiento de esta cláusula se considerará motivo suficiente para la rescisión del contrato.
ñ) Siempre que ha realizado para los servicios contratados exista alguna actividad de naturaleza externa que organice o participe Club Deportivo Santa Xxx, el concesionario adquiere la evaluación obligación de riesgos mantener las instalaciones abiertas, ceder el local y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en dar servicio para el centro en cuestiónevento.
5. Corresponde al adjudicatario o) El arrendatario deberá procurar la obtención de todas las autorizacionesanimación social del Club, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, colaborando en los eventos deportivos y/o sociales organizados en la forma que se requieran estime para cada uno de ellos. Así mismo, deberá organizar eventos para los abonados del Club, al menos 4 al año en las fechas de San Xxxxxxxx, Inauguración Piscina xx Xxxxxx, Halloween y Navidad- Xxxxx y Fin de Año, sin perjuicio de otros que proponga el arrendatario, llevando a cabo la contratación de las empresas de animación, orquestas u otros profesionales que estime oportunos, siempre con el acuerdo de Deportivo Santa Xxx SL y cumpliendo el Reglamento de Régimen Interior. Deportivo Santa Xxx difundirá por los medios a su alcance, redes sociales, email, etc., dichos eventos para procurar el máximo alcancen entre sus abonados.
p) El arrendatario se compromete a realizar un 20% de descuento de la tarifa pública a los empleados del Club Deportivo Santa Xxx.
q) Así mismo, si de la instalación de tornos de control de acceso se derivaran precios diferenciados para abonados y no abonados, la restricción de entrada al Club de personas no abonadas o previo pago de entrada, el arrendatario se compromete a respetar dichas medidas y colaborar en su buen funcionamiento, además expondrá los precios diferenciados entre los abonados y no abonados en caso de haberlos.
r) El arrendatario se compromete al cumplimiento de las normas de control y acceso tanto a las instalaciones generales del Club, como a la piscina xx xxxxxx.
s) Deportivo Santa Xxx hará entrega al arrendatario de las instalaciones, maquinarias, útiles y enseres necesarios para la realización explotación del trabajonegocio que se reflejarán en un inventario anexo al contrato. El arrendatario se compromete al perfecto cuidado y mantenimiento de las instalaciones, responsabilizándose de efectuar la reparación y pago de cuantos desperfectos y averías se produzcan debido a su mal uso o mantenimiento negligente, ya sea de la maquinaria e instalaciones anteriormente expuestas, como de las instalaciones eléctricas y agua, puertas o arreglos y sustituciones xx xxxxxxxxx. No obstante, podrá incorporar maquinaria o enseres de su propiedad, quedando constancia de la misma en un documento anexo al contrato.
6. A t) Así mismo a la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto finalización del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer arrendatario, deberá entregar todos los útiles y enseres inventariados, debiendo sustituir por otros de la garantía definitiva prevista en este Pliegomisma calidad los que se hayan perdido o deteriorado. La dirección del Deportivo se reserva el derecho de inspeccionar por personas autorizadas el estado del local, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo instalaciones y enseres del negocio.
u) La comunicación externa y publicidad del negocio hostelero irá siempre e indefectiblemente unida a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la CorporaciónClub Deportivo Santa Xxx.
Appears in 1 contract
Samples: Arrendamiento
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. 11.1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con . Fecha de emisión de la normativa sobre prevención firma:02/11/2017 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de riesgos laborales Verificación:SOHX/Kn7f3X2H7qgn0Uz CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:29 página/s. Página 22 de 29.
11.2. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de garantizar los plazos parciales fijados por la seguridad y salud Administración. Si llegado el término de cualquier de los trabajadores yplazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas ascenderán a la cuantía que determine el órgano de contratación en el apartado Q) del cuadro de características de este Pliego, o en su defecto, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes las fijadas por el art. 212 del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5TRLCSP. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer La pérdida de la garantía definitiva prevista en este Pliegoo los importes de las penalidades, parcial o totalmenteno excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, según proceda. Se observará originados por la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipiodemora del contratista. Si el Ayuntamiento hiciera uso retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 213.2 del TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración.
11.3. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos que pudieran derivarse del contrato. Conforme a lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera artículo 75 del RGLCAP, los gastos que se deriven de parte o la publicación del anuncio en los Boletines Oficiales, serán de toda la garantíacuenta del adjudicatario, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá hasta un importe máximo de 150 €.
11.4. El adjudicatario queda expresamente obligado a reponerla mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato, información, documentación, archivos o completarlaespecificaciones en cualquier soporte facilitadas por la entidad contratante al contratista para la ejecución del contrato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del mismo, dentro en especial los datos de contraseñas y de carácter personal protegidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y el R.D. 994/1999 de 11 xx xxxxx. Todo dato conocido con ocasión del plazo cumplimiento del contrato no podrá ser objeto, total o parcial, de quince díaspublicaciones, difusión ni copiado o utilizado con fin distinto al cumplimiento del contrato, ni tampoco comunicar ni ceder a contar desde la fecha otros ni siquiera a efectos de conservación sin autorización expresa de la notificaciónDiputación xx Xxxxxx. El adjudicatario tendrá la consideración de encargado del tratamiento, sin que le hubiese sido hecha por el medio más rápido acceso a los datos tenga la consideración de la comunicación de datos a los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal y seguro y el R. D. 994/ 1999 de un modo indubitado, por 11 de Pliego de cláusulas administrativas procedimiento abierto contrato de suministro e instalación de señalización de siete senderos de la Corporación.Red de Senderos xx Xxxxxx. (Expediente 59/2017)
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Suministro E Instalación
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESA) Con carácter general, el adjudicatario estará obligado a:
1. El contrato deberá cumplirse Adquirir la condición de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas empresario agrícola de la formalización y cumplimiento del contratoex- plotación, asumiendo los riesgos inherentes a dicha condición, y de los deberes sociales y salariales con cultivar directamente el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientolote adjudicado.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; Conservar íntegros y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, afectos a la sustitución explotación los ele- mentos calificados como necesarios en la misma o que hayan sustituido a estos, salvo autorización del personal preciso, Consejero de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadaAgricul- tura y Pesca.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante Mantener y domicilio de éste a conservar en buenas condiciones las obras y mejoras realizadas en la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilioexplotación.
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en Abonar cuantos impuestos genere el trabajolote adjudicado, así como deberá cumplir con cuantos cánones, gastos y obligaciones que de cual- quier orden le afecten, especialmente los concernientes a los gastos de mantenimiento, conservación y explotación de las obras de infraestructura xx xxxxx de las que resulten benefi- ciarios.
5. Cumplir las orientaciones productivas e índices técnico- económicos de aprovechamiento fijados para la normativa sobre prevención Zona.
6. Realizar las obras de riesgos laborales y interés agrícola privado recogidas, para el lote asignado, en el Plan General de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio Transformación de la actividad deberá acreditar por escrito Zona Regable o en el Servicio Plan de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos Obras y la planificación Mejoras de la actividad preventiva y quefinca objeto del concurso, pudiendo utilizar para ello las líneas de ayuda establecidas a esta finalidad por la Administración, así como someterse al Plan de Mejora que elabore o apruebe el XXXX, en su caso.
7. Facilitar el acceso por su explotación a otra contigua, ha cumplido sus obligaciones en materia creándose una servidumbre de información y formación respecto paso o de otra índole, cuando por necesidad de división de los trabajadores lotes de la finca originaria fuera preciso a juicio del XXXX; asimismo tolerará las obras que vayan se determinen por los Planes que afecten a prestar sus servicios su lote o a los contiguos cuando expresamente esté ordenado en dichos Planes o en el centro Título de Concesión.
8. No realizar plantaciones o transformaciones producti- vas, ni ningún tipo de construcciones e instalaciones, sin la previa autorización del XXXX.
9. El concesionario se obliga a la aceptación del precio del lote, calculado conforme a lo dispuesto en cuestiónel artículo 176.3 del Decreto 402/1986, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Reforma Agraria, su no aceptación será causa de caducidad.
10. Aceptar el otorgamiento de la escritura pública de transmisión de la propiedad del lote cuando el XXXX lo reali- zara de oficio, conforme a lo dispuesto en las Condiciones de la Adjudicación.
11. Desde el primer año, los Concesionarios deberán es- tar dados de alta en el Régimen Especial Agrario, por cuenta propia o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Actividad Agraria). La acreditación se hará mediante la pre- sentación del Certificado de Vida Laboral.
12. Poner a disposición del XXXX los documentos contables que lleve, a efectos de inspección, siempre que sea requerido para ello.
13. El lote deberá dotarse de un seto vivo.
B) Desde el inicio de la concesión del lote hasta el otorga- miento de escritura:
1. Deberá abonar al XXXX el canon anual que se deter- mina en el Anexo III de estas bases, durante los cuatro años de la concesión y que se ha fijado teniendo en cuenta:
a) El importe de las obras de interés común y privado o de las mejoras realizadas por el XXXX.
b) La renta de la tierra.
c) La prestación de servicios por parte del XXXX.
d) Las posibilidades productivas y xx xxxxx de los agricul- tores y concesionarios de la comarca o zona. El Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica será abonado directamente por el concesionario.
2. Sólo se permitirá la subrogación de actos intervivos cuando:
a) Xxxxxx por objeto todos los bienes de la explotación.
b) Se realice a favor de quien ostente la condición de co- laborador.
c) Tenga lugar a favor de un/a hijo/a descendiente; en su defecto, a favor de un ascendiente de un/a hermano/a, siem- pre que no siendo colaboradores en ninguno de estos casos, sean profesionales de la agricultura. La subrogación será notificada al XXXX, el cual expedirá nuevo Título a favor del subrogado o declarará nula la subroga- ción si no concurrieran en ella los requisitos expresados.
C) A partir del otorgamiento de la escritura:
1. Para el otorgamiento de la escritura pública de trans- misión de la propiedad del lote se estará a lo dispuesto en las condiciones de adjudicación de estas bases.
2. Para la liquidación del lote, las cantidades abonadas al Instituto en concepto de canon durante la concesión se enten- derán fueron abonadas a cuenta del precio del lote.
3. Las obligaciones que asuma el adjudicatario con el tí- tulo de transmisión se garantizarán mediante condición reso- lutoria.
4. Las tierras y demás elementos inmobiliarios que inte- gran la explotación familiar no podrán ser objeto de transmi- sión, gravamen, división, segregación o separación sin previa y expresa autorización del XXXX.
5. Corresponde al Una vez transcurrido ocho años desde el otorgamiento de la escritura pública de transmisión de la propiedad, el adju- dicatario podrá ejercer la libre disposición sobre el lote con las limitaciones que la legislación vigente sobre la materia pudiera afectarle. Los cambios de titularidad deberán hacerse constar en escritura pública y se inscribirán en el Registro de la Pro- piedad.
D) El adjudicatario del lote quedará también sujeto a las demás obligaciones que deriven del otorgamiento del Título de Concesión Administrativa y de la obtención posterior escritura pública de todas transmisión, y en general, las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, contenidas en la legislación vigente en la materia.» Lo que se requieran hace público para la realización del trabajo.
6general conocimiento. A la extinción Sevilla, 16 xx xxxxx de este contrato2009.- El Presidente, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.LOTE NÚM PARCELA NOMBRE FINCA TERMINO MUNICIPAL SUPEFICIE (HA) I 1 COTO MAYOR ISLA XXXXXXXX 8,98 II 2 COTO MAYOR ISLA XXXXXXXX 10,00 III 3 EL XXXXXXXX XXXXXXXXXXX 8,59
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Works
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato adjudicatario deberá cumplirse cumplir y hacer cumplir con máxima diligencia, idoneidad y profesionalidad la contratación y dar estricto cumplimiento a todas las leyes y reglamentaciones vigentes, en particular la normativa en materia de conformidad Seguros, llevando su cuidado hasta el extremo de evitar cualquier situación dudosa (colaboradores o prestadores con lo establecido en el presente Pliego encuadramiento cuestionable, trabajadores de encasillamiento dudoso, aportes sociales incompletos, falta de habilitaciones que pudieran corresponder) y en el Pliego de Prescripciones Técnicasgeneral, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos cualquier acto que se aparte del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas normas legales vigentes de la formalización y cumplimiento del contratocualquier naturaleza (disposiciones, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contratoresoluciones, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientodecretos, leyes, etc.
2. El contratista deberá disponer ) en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de especial lo dispuesto en las prestaciones objeto del contratoleyes laborales, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediatoprevisionales, si ello fuera necesarioimpositivas, a la sustitución del personal precisocomerciales, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene higiene. Asimismo, deberá tomar igual resguardo respecto de los subcontratistas por él contratados –en caso que sea autorizado-, asegurándose que cada uno de ellos cumpla con idénticas obligaciones que las asumidas por él. La enumeración que antecede es meramente ejemplificativa y no obsta la amplitud y generalidad de la obligación del adjudicatario expresada al comienzo de esta cláusula. El Banco Provincia del Neuquén S.A. no tendrá responsabilidad por actos u omisiones del adjudicatario cualquiera fuera la materia. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones fijadas en la presente cláusula en cabeza del adjudicatario será considerado falta grave, facultando al Banco Provincia del Neuquén S.A. a intimar que en el plazo de 3 (tres) días deba regularizar el cumplimiento de sus obligaciones, sin perjuicio de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento, y bajo apercibimiento de rescisión. El personal del adjudicatario, queda bajo su única y directa dependencia, sin que tenga relación alguna con el Banco Provincia del Neuquén S.A. Por lo tanto, serán por cuenta del adjudicatario las condiciones de su contratación, el monto de las remuneraciones, participaciones y cumplimiento de las convenciones colectivas y contratos individuales de trabajo. Queda perfectamente aclarado que el Banco Provincia del Neuquén S.A. no asume ninguna obligación directa o indirecta a ese respecto, siendo absolutamente ajeno a las relaciones del adjudicatario con su personal. Los oferentes se comprometen a mantener estricta confidencialidad de toda información y/o documentación que reciban o llegare a su conocimiento con motivo o en ocasión de la presente Licitación y/o en virtud de la contratación que se celebre en su consecuencia, y a protegerla de toda forma de divulgación, adoptando las medidas y resguardos que fueren necesarios a los efectos de garantizar su cumplimiento. Dichas medidas incluirán aquellas tendientes a evitar la divulgación, ya sea en forma parcial o total, de la información por parte de sus empleados y/o subcontratistas y/o asesores u otros involucrados. Dicha obligación se extenderá a todo el personal que el adjudicatario afectare a la provisión objeto del presente pliego, e incluso a los eventuales subcontratistas. La divulgación o uso no autorizado de la información y/o documentación mencionada, así como deberá cumplir la violación de cualquiera de los compromisos previstos en esta cláusula, generará la obligación de indemnizar al Banco los daños y perjuicios directos derivados de dicho incumplimiento, fijándose el perjuicio mínimo en la suma representativa xxx xxxx por ciento (10%) del monto total de la contratación. Las obligaciones emergentes de esta cláusula subsistirán aún luego de finalizada la eventual contratación y por un período de 3 (tres) años desde esta fecha.
29.1. El adjudicatario se compromete a mantener indemne al Banco, a sus accionistas, a sus directores, a sus gerentes y a sus empleados –en el más amplio entendimiento- contra todo reclamo judicial y/o extrajudicial y sus costos y costas, derivados de la provisión objeto de la presente Licitación, en el más amplio y comprensivo entendimiento.
29.2. Asimismo, mantendrá indemne al Banco, a sus accionistas, a sus directores, a sus gerentes y a sus empleados –en el más amplio entendimiento - contra todo reclamo y/o litigio por daños y perjuicios, o cualquier otra materia, que resultaren de cualquier factor de atribución, objetivo y/o subjetivo, sea de la negligencia y/o responsabilidad atribuible al adjudicatario y/o por las cosas bajo su expresa custodia o guarda y/o por sus empleados o por quienes deba responder en relación con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes contratación que surja del inicio de la actividad deberá acreditar presente proceso licitatorio o por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto -con la debida autorización del contrato como personal del Ayuntamiento de AlbaceteBanco- subcontrate y sus dependientes, o cualquier otra causa, en el más amplio y comprensivo entendimiento.
729.3. Para Si el Banco se viera legalmente obligado a abonar cualquier suma de dinero, o brindar cualquier tipo de prestación –con cualquier alcance y contenido- como consecuencia de reclamos judiciales y/o extrajudiciales señalados en los puntos precedentes del presente, tendrá derecho a exigir al adjudicatario el reintegro de todo lo pagado. En caso que éste no reintegrase al Banco la suma que se haya visto legalmente obligado a abonar – debidamente acreditado su pago con la documentación pertinente- dentro de los tres (3) días de haber sido el adjudicatario fehacientemente intimado, el Banco podrá –sin perjuicio de las acciones que por derecho le correspondieren- compensar su acreencia con cualquier importe que adeudare al adjudicatario. Al efecto, el adjudicatario presta en este acto plena conformidad con la potestad de retención reconocida al Banco, sin reservas ni restricciones, asumiendo que la eventual retención no autoriza de ninguna manera la modificación de la totalidad de las obligaciones que dejase incumplidas asumidas por el adjudicatario, presumiéndose vigente esta facultad -sin admitir prueba en relación con este contratocontrario- también al momento de perfeccionarse la contratación. Esta indemnidad incluye también eventuales intereses, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior costos y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporacióncostas.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas personal de la formalización y cumplimiento del contrato, y empresa adjudicataria deberá estar regido por las siguientes condiciones: - El personal asignado de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista la empresa adjudicataria deberá disponer hallarse en todo momento durante su prestación de servicio en perfecto estado físico y psíquico y mantener una correcta imagen, tanto en su aspecto exterior (vestimenta, aseo, etc.), como en su comportamiento. - El personal asignado deberá poseer la formación técnica necesaria para la prestación del servicio. Deberá tener conocimientos específicos sobre: operativa de vigilancia y seguridad, atención e información al público, sistemas de alarma y protección contra incendios y seguridad, situaciones de emergencia, uso de aparatos de transmisiones, etc. La empresa adjudicataria acreditará, documentalmente, la preparación y conocimientos del personal que vaya a asignar para la prestacióndel servicio en el Centro. La empresa adjudicataria estará obligada a proporcionar al personal los cursos de reciclaje y actualización necesarios para la prestación del servicio. - El personal del servicio de vigilancia y seguridad estará dotado de uniformes completos, de invierno y verano, con los distintivos de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particularesempresa adjudicataria, que se requieran renovarán anual e individualmente. - La empresa adjudicataria facilitará a la dirección del centro ficha con fotografía y datos personales y profesiones del personal que presta el servicio. Cualquier alta o baja del personal de vigilancia deberá ser previamente comunicada a la dirección del centro. El personal será asignado con carácter de exclusividad para el servicio contratado. Sólo podrá ser sustituido por causa justificada y con autorización del Centro. - El Centro podrá solicitar a la realización del trabajo.
6empresa adjudicataria la sustitución de cualquiera de su personal de vigilancia cuando estime que su actuación no es satisfactoria. A Recibida por escrito dicha petición, la extinción de este contratoentidad adjudicataria deberá realizar, en un plazo no podrá producirse en ningún caso superior a 24 horas, la consolidación sustitución solicitada. Todo ello sin perjuicio de las personas acciones legales que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer pudieran seguirse de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha actuación de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.persona sustituida
Appears in 1 contract
Samples: Servicio De Vigilancia Y Seguridad
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en Obtener las previas licencias y autorizaciones para el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas ejercicio de la formalización y cumplimiento del contratoactividad, y de así como el alta en los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el AyuntamientoRegistros Públicos pertinentes (IAE).
2. El contratista Antes de formalizarse el contrato en documento administrativo, el adjudicatario deberá disponer acreditar haberse dado de alta en todo momento el Impuesto de Actividades Económicas y en el régimen de Autónomos de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadaSeguridad Social.
3. En sus relaciones con Obligación de pagar el adjudicatario, precio establecido. Éste comportará el Ayuntamiento considerará como persona representante deber del concesionario de abonar el importe de los daños y domicilio de éste perjuicios que se causaren a la persona física los bienes o al uso general o servicio al que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilioestuvieren destinados.
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento Gestionar y explotar la actividad por sí, con eficacia, diligencia y con continuidad durante el plazo de las disposiciones vigentes en materia laboralduración del contrato, siendo de seguridad social su cuenta los gastos de inversión y de seguridad e higiene en gestión que origine el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio funcionamiento de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado misma. Serán a cargo del adjudicatario todos los gastos necesarios para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación completa ejecución de la actividad preventiva actividad: suministros, Seguridad Social, tributos, responsabilidades, seguros de todo tipo y quedemás cargas y obligaciones que dimanen del contrato. Igualmente, serán a su cargo todos los gastos que genere la utilización del establecimiento público: luz, agua, gas, basuras, etc. Los recibos correspondientes a suministros y tributos municipales deberán ser domiciliados en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia cuentas. Deberá cambiarse el titular del recibo de información y formación respecto de los trabajadores que vayan luz del inmueble a prestar sus servicios en el centro en cuestiónnombre del adjudicatario.
5. Corresponde Conservar las instalaciones municipales y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene, así como la desinfección y desinsectación periódica, bajo las instrucciones y control del Ayuntamiento hasta que deban entregarse al adjudicatario la obtención Ayuntamiento de todas Tosantos, con todos los accesorios a las autorizaciones, permisos instalaciones que sean inherentes a éstas y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran necesarias para la realización del trabajocontinuidad en la actividad.
6. A la extinción de este contratoLas reparaciones ordinarias del interior del local (incluyendo pintura) que no tengan carácter estructural, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado aunque los trabajos objeto deterioros o desperfectos procedan del contrato como personal del Ayuntamiento de Albaceteuso natural.
7. Para el pago Las reparaciones y mantenimiento ordinario de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatarioinstalaciones de agua (incluyendo desatascos en la red privada), en relación con este contratocalefacción (incluyendo revisiones periódicas y descalcificación), el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según procedaetc. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas cuando los daños se hayan producido por el contratista, éste vendrá funcionamiento normal o anormal del servicio.
8. La reposición del mobiliario deteriorado por otro de similares características y calidad.
9. El adjudicatario estará obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo tener expuesta al público la lista de quince días, precios correspondiente.
10. Contar con hojas de reclamaciones a contar desde la fecha disposición de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónlos usuarios.
Appears in 1 contract
Samples: Lease Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:a) Constitución de la garantía definitiva.
1. El b) Suscribir el correspondiente contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones TécnicasAyuntamiento, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación dentro de los Contratos del Sector Públicotreinta días siguientes a su aprobación. En todo casoCuando, por causas imputables al empresario, no pudiera formalizarse el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de contrato, o no se hubiera depositado la formalización y cumplimiento fianza definitiva del contrato, se acordará la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, y con incautación de la fianza provisional. El documento será notarial o administrativo.
c) Abonar los siguientes gastos:
d) La realización de gestiones, el pago de todos los gastos, arbitrios, etc. así como la redacción, dirección y visado de los deberes sociales proyectos técnicos que deban presentarse en los Organismos Oficiales correspondientes, a efectos de obtener el alta y salariales permiso de puesta en marcha de las instalaciones, enganches a redes, servicios, ejecución de las acometidas provisionales necesarias y en general de todo lo preciso para el funcionamiento adecuado y legalización de las instalaciones.
e) Designar un Técnico con titulación competente para estar al frente de las obras, que quedará adscrito permanentemente a las mismas.
f) comprobación del replanteo.
g) Comenzará a contar el personal que ponga plazo de ejecución de la obra apartir del día siguiente a disposición la firma del cumplimiento acta de replanteo,
h) Presentará un programa de trabajo en el plazo de 30 días, contados desde la formalización del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de i) Cumplir las disposiciones vigentes en materia laboralLaboral, de seguridad social Seguridad Social, Seguridad y de seguridad e higiene Salud en el trabajo, así como deberá cumplir con en particular la normativa sobre prevención Ley 31/95 de riesgos laborales y 8 de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio noviembre de Prevención de Riesgos Laborales Laborales, el R.D. 39/97 de 17 de enero por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención y el
j) Obligación de señalizar y conservar las obras.
k) Responsabilidad del contratista: Para indemnizar los daños que se causen a terceros, al Ayuntamiento y al personal dependiente del mismo, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución de las obras y durante el desarrollo de las mismas y hasta que se cumpla el plazo de garantía, el contratista tendrá y suscrita en vigor póliza de responsabilidad civil, cuyo capital asegurado será como mínimo el previsto en la cáusula 12 de la Hoja Resúmen de este pliego.
l) Cumplir las obligaciones recogidas en la Ordenanza Municipal de Normas Cartográficas aplicables a Proyectos, Planes Urbanísticos y Obras aprobada el 23 de febrero de 2000, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 58, de fecha 24 xx xxxxx de 2000 y para que el Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados proceda a la evaluación recepción de riesgos y las obras, es requisito inexcusable la planificación presentación de un levantamiento topográfico de la actividad preventiva y que, zona modificada según las condiciones recogidas en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónla citada Ordenanza.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1El adjudicatario estará obligado a la instalación de una columna de fuente de agua instalada a la red, deberá encargarse de su instalación, mantenimiento y buen funcionamiento de la misma. El contrato deberá cumplirse adjudicatario estará obligado a la realización de conformidad con al menos una actividad mensual de (cartas, bingo, dominó, etc.) que se ajuste a la estructura física de la cafetería. Estando obligado a dar el primer premio, que serán desayunos, comidas o meriendas en la propia cafetería (1 ó 2 personas) dependiendo de si la actividad se realiza por parejas. Todos los productos deben ser de calidad y respetar la normativa., de acuerdo a lo establecido por La ley. El servicio de Cafetería-Restaurante. Dispondrá: de desayunos, aperitivos, comidas, meriendas, raciones, etc. El adjudicatario estará obligado a proporcionar todo el material necesario ( vajilla, cristalería, cubertería etc) para llevar a cabo adecuadamente el servicio de cafetería. El programa de trabajo deberá contener: - Descripción de la organización que se propone como idónea para la mejor prestación del servicio. - Plantilla de personal mínima necesaria en función de la organización estimada, con asignación de turnos y horarios. - Programa de recogida selectiva de residuos, y recogida de Aceites Usados. Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I - Plan detallado de limpieza. - Plan de calidad. - Las caña, cerveza o refresco ira acompañada de un aperitivo o tapa, incluido en el presente Pliego precio - El adjudicatario debe poner a disposición de La Concejalía de Mayores, Bienestar Social e Igualdad, 10 menús mensuales para destinar a personas en situación de emergencia social, valorado previamente por dicha Concejalía.
10.1. Servicio de menú: - El menú estará compuesto de: o Primer plato (a elegir entre dos); o Segundo plato con guarnición (a elegir entre dos); o Postre a elegir entre cuatro variedades de frutas / tres de productos lácteos; o Pan y agua embotellada. - El adjudicatario garantizará en la elaboración de los menús una comida equilibrada y una adecuada variedad de los alimentos básicos. No se admitirán las mismas combinaciones de platos durante quince días. Se garantizará la adecuada rotación de las guarniciones y se asegurará la variedad de fruta disponible. - El adjudicatario deberá ofrecer un menú de dieta hiposódica y alimentos que puedan ser recomendados para personas con diabetes o colesterol sanguíneo elevado. - Se pondrá a disposición de los clientes un bono de 10 menús con un precio más bajo estipulado en el Pliego Anexo II. - El adjudicatario enviará a la Concejalía de Prescripciones Técnicas, debiendo Mayores el día 15 de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo casocada mes, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento menú del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientomes siguiente.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El Adjudicatario queda obligado a realizar las mejoras que haya ofertado para optar a la adjudicación del presente contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y edificio arrendado y/o en sus instalaciones durante el Pliego de Prescripciones Técnicasprimer periodo xx xxxx años, debiendo de cumplir siempre que el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en pretenda optar a la Legislación prorroga de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del dicho contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. La finca y edificación objeto de este contrato deberá destinarse exclusivamente a la actividad de un establecimiento de Hostelería (alojamiento y restauración), no pudiendo cambiar su uso ni servicios. El contratista deberá disponer en todo momento adjudicatario definitivo queda obligado a prestar personalmente toda la actividad dimanante de la plantilla adecuada explotación del inmueble y sus instalaciones, y NO podrá efectuar ningún tipo de subarriendo, cesión total o parcial del mismo, sin la autorización expresa del Pleno del Ayuntamiento de Mombeltrán.
3. Previamente a dar comienzo a la actividad de explotación del inmueble, este debe contar con todo aquel equipamiento y mobiliario en habitaciones, restaurante y terraza, de forma suficiente para obtener dar un correcto servicio a los clientes. Es decir incluir o complementar aquello que sea necesario a tal fin, y que no forme parte de el máximo nivel mobiliario y enseres propiedad del Ayuntamiento inventariado en el anexo al contrato de calidad arrendamiento.
4. La apertura del establecimiento estará condicionada a la obtención de los permisos y autorizaciones necesarias para el desarrollo de la actividad a la que el complejo se va a destinar. La obtención de las prestaciones autorizaciones y licencias precisas será por cuenta y cargo del adjudicatario, quién será responsable de su tramitación ante las Entidades correspondientes.
5. El adjudicatario mantendrá en perfecto estado de limpieza y mantenimiento todas las instalaciones incluidas en el objeto de esta licitación.
6. El adjudicatario será responsable de la reposición de todas las instalaciones, servicios y dotaciones del “Hostal Xxxxxxxxxxxx”, que formaran parte del inmueble antes del inicio del contrato, o que se hubieran incorporado al mismo como mejora permanente, cuando dichas instalaciones, servicios y dotaciones debieran ser repuestos por su merma, desgaste u obsolescencia, sean o no debidos a un uso normal. Todos los gastos necesarios para la reparación y el mantenimiento integral de las instalaciones, así como aquellos necesarios para el uso al que va destinado el inmueble, serán de cuenta y cargo del adjudicatario, a partir del inicio del contrato. Esta cláusula hace igualmente referencia a los elementos que la arrendataria pudiera sumar a los ya existentes.
7. Será de cuenta del adjudicatario la ejecución de cualquier obra o mejora necesaria, cuando dicha necesidad se pusiera de manifiesto al tramitar cualesquiera autorizaciones o licencias a iniciativa del arrendatario, y a su vez, cuando dichas obras o mejoras debieran acometerse por imperativo legal por cambios en la normativa del sector que hubieran tenido lugar después del inicio del contrato. Para la realización de todas estas obras o mejoras deberá contar previamente con el consentimiento del Ayuntamiento de Mombeltrán, determinándose junto con dicho consentimiento, si el resultado de las mismas queda incorporado como mejora permanente al inmueble, de lo que se dejará constancia por escrito.
8. El adjudicatario deberá equipar la finca arrendada al fin previsto, siendo de su cargo y responsabilidad la obtención de los permisos y autorizaciones necesarios para el equipamiento, ocupación y uso del citado inmueble. En cualquier caso, la autorización estará sometida a la concesión de las oportunas licencias y permisos administrativos.
9. El coste de las autorizaciones, proyectos, instalación, mantenimiento, tasas y tributos que en su caso pudieran generar los rótulos, carteles o vallas publicitarias, cuya instalación deberá ser previamente autorizada por el Ayuntamiento de Mombeltrán, serán por cuenta y cargo del adjudicatario.
10. El adjudicatario se obliga a subrogarse en los contratos de suministro de los servicios de electricidad, agua y teléfono, de los que es titular el Ayuntamiento de Mombeltrán. El adjudicatario se obliga a contratar directamente con las compañías suministradoras los contratos de gas, telecomunicaciones por cable, y demás que disfrute o pretenda disfrutar en la finca objeto del contrato, siendo de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder su cargo los gastos que origine el pago de inmediato, si ello fuera necesario, los recibos correspondientes a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajodichos suministros, así como deberá cumplir el costo de su contratación, instalación, y mantenimiento.
11. Será de cuenta y xxxxx del adjudicatario la realización de gestiones, pago de todos los gastos, tasas, arbitrios, redacción y visado de los proyectos que haya que presentar en los organismos y compañías competentes, a efectos de obtener el alta y permisos para el funcionamiento adecuado y legalizado de las instalaciones, máquinas y equipos, aunque hayan de ser tituladas a nombre de la administración o de la persona o entidad que ésta designe.
12. El adjudicatario se obliga a mantener abiertos el alojamiento y el restaurante según se establece a continuación - Diariamente desde el 25 xx xxxxx al 5 de septiembre. - Diariamente desde el 24 de diciembre al 6 de enero. - Diariamente en las fechas que anualmente se determinen como festividad de Semana Santa (Miércoles Xxxxx x Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx). - Festivos y puentes. - Resto del año, sábados y domingos. - El establecimiento solo podrá permanecer cerrado por vacaciones un plazo no superior a sesenta días anuales.
13. El adjudicatario designará una persona que le represente como interlocutor ante el Ayuntamiento de Mombeltrán para todo lo relacionado con la normativa sobre prevención prestación de riesgos laborales y estos servicios. En caso de garantizar no hacer expresa designación, se entenderá que la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito representación recae en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestióndirector o gerente del establecimiento.
514. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas Para llevar a cabo las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, obligaciones que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción derivan de este contrato, será necesario contratar personal suficiente para dar cobertura a los servicios dentro del horario de apertura del establecimiento.
15. Siempre que haya clientes alojados en el establecimiento, deberá prestarse un servicio de atención al cliente, con arreglo a la normativa en materia de Turismo vigente en cada momento.
16. La empresa adjudicataria mantendrá permanentemente en su oferta gastronómica (restaurante y servicio de habitaciones) una representatividad de los productos autóctonos y diferenciadores del municipio, la comarca o la provincia, haciendo referencia expresa a su origen o denominación como plato o producto “típicos”.
17. La terraza exterior, deberá permanecer abierta para el uso de los clientes del establecimiento y el público en general, desde el 1 de Julio al 31 xx xxxxxx como mínimo y estarán atendidas según disponga la legislación vigente.
18. Los clientes en cada habitación dispondrán de la lista de precios por cada servicio que se preste.
19. En los periodos en los que no podrá producirse en ningún caso funcione la consolidación Oficina de Información Turística del Ayuntamiento de Mombeltrán, la empresa adjudicataria deberá prestar su colaboración a los responsables de turismo del Ayuntamiento, que le facilitará la información-material publicitario necesario para dar un buen servicio a los clientes visitantes.
20. El adjudicatario viene obligado a no entorpecer el normal desarrollo de las actividades que habitualmente organiza el Ayuntamiento en las zonas públicas anexas, por lo que deberá consultar y comunicar a este Ayuntamiento las actividades extraordinarias que se puedan llevar a cabo, más allá de los habituales servicios de alojamiento y restauración. No estará permitido en el exterior del edificio la presencia de espectáculos, orquestas o similares contratados por el adjudicatario, sin la obtención previa de los correspondientes permisos y autorizaciones que justifiquen el cumplimiento de la normativa vigente.
21. En todo momento el adjudicatario deberá cumplir con los preceptos que marque la ley en materia de gestión de establecimientos turísticos y restaurantes, especialmente en aquellas que afecten a la seguridad de cosas y personas (contra incendios, higiene, prevención de riesgos, APPC etc.).
22. El adjudicatario se obliga a permitir la entrada en el edificio objeto del presente contrato al Alcalde o persona autorizada por el mismo, para que hayan realizado éste pueda previo aviso, inspeccionar el estado de conservación y mantenimiento del edificio, instalaciones, mobiliario y enseres.
23. Serán de cuenta y cargo del adjudicatario el pago de todos los trabajos tributos, tasas e impuestos que graven el uso de las instalaciones objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de y las obligaciones futuras que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido se incluyan en el párrafo anterior y dispusiera ámbito del contrato objeto de parte o licitación. Asimismo también serán de toda su cuenta los tributos, tasas e impuestos que graven la garantía, para cumplir actividad a desarrollar en las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónmencionadas instalaciones.
Appears in 1 contract
Samples: Lease Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:El
1. 1.- El contrato deberá cumplirse USO de conformidad con lo establecido los automóviles matriculados en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones TécnicasSalamanca a nombre del arrendador, debiendo estar, en todo momento, en perfecto estado tanto funcional o técnico como administrativo, de cumplir modo que permita su normal y legal circulación por el personal adscrito al Servicio de Policía Local.
2.- El MANTENIMIENTO INTEGRAL de los automóviles objeto del arrendamiento por el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal para lo que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento las proximidades de la plantilla adecuada ciudad xx Xxxxxxxxx de un taller oficial cualificado con suficiente cantidad de medios personales y técnicos para obtener la inmediata reparación de los vehículos suministrados, en atención a las características del Servicio de Policía Local. Si no dispone de talleres propios o delegaciones, se deberá llegar a acuerdos con empresas que puedan garantizar el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de este apartado, para lo cual deberá aportar el correspondiente compromiso. Dicho mantenimiento incluirá: - Todas las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene revisiones periódicas que establezca la marca en el trabajolibro de mantenimiento del automóvil, así tanto repuestos y líquidos como deberá cumplir mano de obra, con la normativa sobre prevención independencia de riesgos laborales que se encuentre o no en periodo de garantía. - Mantenimiento, revisiones y de garantizar la seguridad reparaciones xx xxxxx y salud pintura deberán hacerse en el servicio oficial del fabricante del vehículo. - Además de los trabajadores yneumáticos que pudieran deteriorarse por desgaste natural, a cuyos efectoslos daños producidos por “cortes”, entre otras obligaciones“mordeduras”, antes etc. y que impliquen su sustitución por otros. - Quedan excluidos del inicio mantenimiento integral únicamente el suministro de la actividad deberá acreditar por escrito combustible para su funcionamiento. - Batería auxiliar o doble batería para mantenimiento xx xxxxx de emergencia cuando no estén en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónmovimiento.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Lease Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESLa prestación del suministro que constituye el objeto del presente contrato se efectuará en todo caso con arreglo a los siguientes criterios:
1. La infraestructura precisa para el desarrollo del suministro será de cuenta de la empresa contratista.
2. La organización y dirección de la prestación del suministro será realizada por los responsables de la empresa contratista. En este sentido corresponde a la estructura de mando de la empresa contratista el dictar las instrucciones, órdenes, etc., a su personal que sean precisas para el correcto desarrollo del suministro. El Ayuntamiento xx Xxxxx deberá verificar el correcto desarrollo del suministro objeto del contrato deberá cumplirse y en caso necesario, y a través de conformidad con lo establecido los mandos y responsables de la empresa contratista, requerirá para que se ejecute conforme al contrato suscrito El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas ascenderán diariamente a 0,12 por 601,01 euros del precio del contrato. Estas penalidades serán igualmente aplicadas en caso de demora en el presente Pliego inicio de la ejecución del contrato. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos apartado 2 del Sector Públicoartículo 213.2 TRLCSP. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de las obligaciones fiscales derivadas la Administración. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación, y los de la formalización del contrato y cumplimiento del contrato, y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias. El importe máximo de los deberes sociales y salariales con gastos a satisfacer por el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá adjudicatario en concepto de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento pago de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene anuncios se recoge en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes apartado Q) del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión“Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I).
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Suministro
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0964144177442884928637 - El contratista, como adjudicatario del contrato y en nombre de la Comunidad de Madrid, deberá cumplirse comunicar a los Ayuntamientos donde se ubiquen las parcelas la realización de conformidad con los trabajos de limpieza o vallado de las mismas en un plazo suficiente, atendiendo a lo establecido en las correspondientes Ordenanzas municipales, así como proceder al abono de las tasas y cánones correspondientes; igualmente, con una semana de antelación a la fecha prevista para el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación inicio de los Contratos trabajos, deberá comunicarlo al responsable de los trabajos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento Área de las obligaciones fiscales derivadas Valoraciones y Patrimonio de la formalización y cumplimiento del contrato, y Dirección General de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal precisoUrbanismo, de forma que se pueda conocer el grado de adecuación de los trabajos al Plan. - La Empresa adjudicataria estará obligada a abonar los gastos que se deriven de la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier otro trámite relacionado con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajoservicio, así como deberá cumplir con la normativa abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y otras prestaciones patrimoniales de carácter público que resulten como consecuencia del contrato o su ejecución. - La Empresa adjudicataria adoptará las medidas preventivas necesarias para evitar accidentes y/o perjuicios de todo orden sobre prevención de riesgos laborales personas y de garantizar la seguridad bienes. Los daños y salud perjuicios ocasionados en cualquiera de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio elementos de las parcelas serán responsabilidad de la actividad Empresa adjudicataria cuando se deban a negligencia, culpa o incumplimiento del presente pliego, así como por una inadecuada ejecución de las labores. - La Empresa adjudicataria deberá acreditar por escrito minimizar los impactos ambientales ocasionados sobre el medio ambiente en general, la atmósfera, el Servicio suelo, los recursos hídricos y cualesquier otro bien natural que pudiera ser impactado durante la ejecución del servicio, adoptando las medidas correctoras necesarias. - El contratista designará un responsable del servicio, que será el interlocutor con el responsable del contrato del Área de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos Valoraciones y la planificación Patrimonio de la actividad preventiva y queDirección General de Urbanismo. - El adjudicatario dispondrá de un seguro de responsabilidad civil durante el tiempo de duración del contrato que cubra los posibles daños o perjuicios a terceros, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia derivados de información y formación respecto la ejecución de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitadoprevistos, por la Corporación.un importe mínimo de 300.000 euros
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES18.1 Serán obligaciones del adjudicatario las siguientes:
1. El contrato deberá cumplirse a) Elaborar el proyecto básico y de ejecución de la edificación y de las obras de urbanización (en su caso), y edificar la promoción prevista de acuerdo con la normativa vigente, las especificaciones del presente pliego y con la propuesta técnica ofertada y aceptada por la Administración en lo que complemente aquellas.
b) Edificar y/o urbanizar en el plazo ofertado, contratar la Dirección Facultativa y solicitar y obtener cuantas licencias, calificaciones y autorizaciones fueran necesarias para llevar a buen fin la promoción y en los plazos establecidos en el presente pliego o en los contenidos en la oferta adjudicataria si mejoran los fijados en el pliego.
c) Construir en la parcela cedida el número de Viviendas de Protección Pública que indican el Informe sobre valoración de terrenos del Servicio de Gestión Urbanística, o el mayor número que resulte de la oferta del adjudicatario, y que permita la edificabilidad atribuida a la misma por el planeamiento, debiendo cumplir con las características determinadas en la legislación de Viviendas de Protección Pública, y en la oferta del adjudicatario.
d) Hacer constar el destino de Viviendas de Protección Pública, en todas las escrituras de enajenación de las viviendas que construya sobre la parcela enajenada, así como al derecho de tanteo y de retracto a favor de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
e) Sólo podrán venderse las viviendas a aquellos posibles compradores que reúnan las condiciones fijadas en la normativa aplicable y que hayan obtenido la calificación pertinente, y que se encuentren inscritos en el Registro de demandantes de vivienda protegida de la Región xx Xxxxxx para el municipio xx Xxxxxx(Decreto nº 321/2009, de 2 de octubre, por el que se regula el Plan Regional de Vivienda para el cuatrienio 2009-2012).
f) Proceder a la venta de viviendas y garajes, en el precio máximo fijado por los módulos oficiales vigentes, o bien en los menores precios que haya propuesto el adjudicatario en su oferta.
g) No transmitir la parcela sin aprobación o autorización de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento xx Xxxxxx, que sólo la podrá otorgar cuando la persona adquirente se subrogue en cuantos derechos y obligaciones que correspondían al adjudicatario de la finca y cumpla todas las condiciones del presente pliego.
h) Ejecutar la edificación de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicasproyecto que obtenga licencia, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento tanto respecto de las obligaciones fiscales derivadas condiciones de edificación y uso, como respecto de la formalización y cumplimiento del contratomemoria de calidades, y cualquier modificación que fuera necesario realizar debe ser aprobada previamente por la Gerencia de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el AyuntamientoUrbanismo.
2. El contratista deberá disponer en todo momento i) Respetar los plazos a que se refiere la cláusula 16 de este Pliego.
j) No gravar la plantilla adecuada finca adquirida, salvo para obtener el máximo nivel de calidad financiamiento crediticio con las hipotecas que se precisen, comprometiéndose igualmente a destinar los fondos del crédito con garantía hipotecaria única y exclusivamente a los gastos necesarios para llevar a cabo la promoción de las prestaciones objeto viviendas de protección pública que se han de construir sobre la parcela, haciendo constar este extremo en la escritura de formalización del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadacrédito hipotecario.
3. En sus relaciones con k) Xxxxxxxse en cualquier momento a los controles, auditoria y fiscalización que por esta Gerencia de Urbanismo se estimen necesarios a fin de comprobar el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes los términos contractuales y en materia laboralparticular en relación a cuestiones de orden económico, de seguridad social mejoras ofrecidas, etc… l
l) Acudir el día y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, hora que se requieran señale para otorgar la realización del trabajocorrespondiente escritura.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Pliego De Condiciones
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESEl adjudicatario deberá cumplir con las condiciones de funcionamiento que se indican el PLAN DE EXPLOTACIÓN DE PLAYAS de cada año y, en particular:
16.1 Será de la exclusiva cuenta del adjudicatario la contratación de personal suficiente para la eficaz prestación del servicio, así como su retribución. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir Igualmente el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar tributarias.
6.2 Asimismo, se obliga a la seguridad y salud puesta en funcionamiento de los trabajadores yestablecimientos desde el 1 xx xxxxx hasta el 31 de octubre de las temporadas xx xxxxxx, siendo condicionado a cuyos efectos, entre otras obligaciones, lo que establezcan los planes anuales de explotación de playa. La actividad deberá mantenerse en pleno funcionamiento durante toda la temporada. El montaje deberá estar finalizado 15 días naturales antes del 1 xx xxxxx, que es la fecha de inicio de la actividad temporada, con el objeto de hacer las inspecciones pertinentes. Asimismo, el adjudicatario se obliga al desmontaje y retirada de las instalaciones antes del 15 de noviembre de cada año.
6.3 No podrá enajenar, traspasar, arrendar, subarrendar, gravar, hipotecar o constituir derechos reales de cualquier clase, sobre las instalaciones, servicios o bienes, sin previa solicitud por el concesionario y posterior autorización del Ayuntamiento.
6.4 La prestación de servicios al concesionario no confiere al personal empleado la condición de personal funcionario, no creando ningún vínculo laboral ni de cualquier otro carácter con este Ayuntamiento, dependiendo éste exclusivamente del concesionario.
6.5 El adjudicatario deberá acreditar por escrito documentalmente estar al corriente en el Servicio pago de Prevención los tributos y precios públicos municipales.
6.6 El adjudicatario utilizará a su riesgo y xxxxxxx la instalación que le haya sido adjudicada con estricto cumplimiento de Riesgos Laborales las condiciones y cláusulas recogidas en este pliego y demás legislación de este Ayuntamiento aplicación. La falta de cumplimiento de las órdenes que ha realizado para los servicios contratados la evaluación reciba en relación con esta obligación constituirá causa de riesgos y la planificación revocación de la actividad preventiva y queautorización, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia pudiendo ordenar este ayuntamiento el cierre temporal de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónla explotación como medida cautelar.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse 6.7 El Ayuntamiento en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago se hará cargo de las obligaciones que dejase incumplidas contraídas por el adjudicatarioadjudicatario o de los daños, lesiones, responsabilidades y perjuicios ocasionados por éste a terceras personas y a los usuarios de la instalación, para lo cual deberá suscribir antes del 1 xx xxxxx y, en relación con este contratotodo caso, el Ayuntamiento podrá disponer antes de la garantía definitiva prevista puesta en este Pliegofuncionamiento de las instalaciones, parcial o totalmenteuna póliza de seguros en cantidad suficiente para responder de los mismos, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior tal y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporacióncomo se ha expuesto anteriormente.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Administrativo Especial
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse a) La empresa adjudicataria tendrá que informar por escrito con una antelación mínima de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego siete días al comienzo tanto de Prescripciones Técnicasla programación de invierno como xx xxxxxx, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, monitores que impartirán la actividad así como de la titulación de cada uno/x .Xxxxxxxxx incidencia o imprevisto que dificulte o impida el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas por parte del contratista será puesto en conocimiento del P.D.M para su estudio y resolución por el órgano que corresponda.
b) El personal técnico del contratista se encontrará obligado a asistir a las reuniones que se convoquen por parte del P.D.M.
c) En caso de baja por enfermedad o por cualquier otro motivo, y salvo causa de fuerza mayor, el contratista estará obligado a sustituir de inmediato a los técnicos encargados de impartir la actividad por otros que tengan titulación válida de forma que el programa siga desarrollándose de forma correcta.
d) El contratista se encuentra obligado a dotar a los monitores deportivos con indumentaria deportiva identificativa, atendiendo a las siguientes consideraciones: -Será la misma y obligatoria para todos que estén impartiendo la actividad para el P.D.M. - Constará anualmente de una indumentaria de invierno que estará compuesta como mínimo por dos mudas de chándal o similar, camiseta manga larga y sudadera, y dos mudas de indumentaria xx xxxxxx que constará de pantalón corto o malla corta, y tres camisetas manga corta. - Deberá constar el logotipo del P.D.M a todo color, en tamaño visible y en lugar preferente en cada una de las prendas mencionadas anteriormente. - La indumentaria deberá contar con la aprobación del P.D.M., para lo que el concesionario deberá presentar la propuesta de la formalización misma con anterioridad mínima de un mes al comienzo de la campaña de invierno y cumplimiento del contratoverano, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamientorespectivamente.
2. e) El contratista deberá disponer presentar, en todo momento los plazos que se establecen, la siguiente documentación: • Entre el 1 y 15 de octubre de cada año, un informe que contenga lo siguiente: - Programa de formación anual dirigido al monitor/es de la plantilla adecuada para obtener el máximo actividad. Cada monitor estará obligado a asistir a un mínimo de dos cursos de formación/actualización cada año con duración mínima xx xxxx horas cada uno. Este programa de formación debe contar con la previa aprobación del P.D.M. y desarrollarse de tal forma que permita asegurar un nivel de servicio óptimo, manteniendo su operatividad y funcionalidad. - Relación del personal técnico deportivo que ha impartido cada actividad y su titulación. - Número de sustituciones y causas. - Fotocopia de los TC1 y TC2, y copia de los contratos de cada uno de los monitores, o en caso de ser personal autónomo, copia de la documentación que acredite estar de alta en el régimen autónomo. - Programa de Formación desarrollado el año anterior y asistentes al mismo. - Incidencias. - Propuestas de mejora del servicio.
f) Remitir al P.D.M. en plazo máximo de tres días desde su recepción, informe aclaratorio sobre aquellas cuestiones que, referidas al servicio, le sea requerido por este.
g) Xxxx informar al PDM a la mayor brevedad, mediante los cauces que se establezcan, de los asuntos que pudieran causar malestar a los usuarios y que puedan ser achacables al organismo autónomo.
h) Debe comunicar inmediatamente por escrito del deterioro del material y equipamiento existente, así como de otros desperfectos que se puedan apreciar en las instalaciones.
i) El personal técnico de la empresa adjudicataria, al ser intermediario entre el PDM y los usuarios, debe garantizar una satisfactoria calidad del servicio, ateniéndose para ello a las siguientes directrices: − Colaborar en las actividades y campañas de difusión del deporte que promocione el Patronato Deportivo Municipal xx Xxxxxx garantizando que los usuarios dispongan de toda la información que el P.D.M. considere pertinente sobre el funcionamiento de las prestaciones objeto instalaciones y sus servicios. − Atender e informar a los clientes de las instalaciones deportivas en sus peticiones. − Atender y asesorar debidamente a los usuarios e informar sobre los servicios habituales más adecuados a sus necesidades. − Comportarse de forma responsable en el centro de trabajo e integrarse en el sistema de relaciones técnico profesionales del contratoOrganismo. − Aplicar técnicas de comunicación en la atención a los clientes. − Interpretar y ejecutar con diligencia e iniciativa las instrucciones recibidas y responsabilizarse del trabajo asignado, de conformidad comunicándose con la oferta presentada; persona adecuada en cada momento. − Asumir las normas y deberá proceder procedimientos de inmediatotrabajo participando en las mejoras de calidad y productividad. − Mantener relaciones interpersonales fluidas y correctas con los miembros del centro de trabajo. − Demostrar un buen hacer profesional, si ello fuera necesario, a cumpliendo los objetivos y tareas asignadas en orden de prioridades y con criterios de productividad y eficacia en el trabajo. − Identificar riesgos asociados al uso de los equipos y equipamientos − Aplicar y verificar la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento aplicación de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y normas de seguridad e higiene propias del centro de trabajo. − Cumplimentar diariamente y tras finalizar la actividad, los partes de asistencia de usuarios a la actividad, según modelo que facilite el P.D.M. − Garantizar la puntualidad tanto en el trabajo, así comienzo como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio final de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y quelas sesiones, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia lo que sea responsabilidad del monitor. − Responsabilizarse del control de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación listados de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para asisten a las clases, comprobando que estos se encuentra al día en el pago de los precios públicos − No dañar públicamente o ante los usuarios la imagen del P.D.M. − Respetar las obligaciones normas internas del centro de trabajo sobre condiciones de seguridad, uso de instalaciones y material, horarios establecidos, circulación de personas.... − Canalizar las demandas y sugerencias de los usuarios alas personas adecuadas. − Observar y respetar el Código de Uso de Redes Sociales del PDM, para el personal que dejase incumplidas el adjudicatariopresta servicio en este Organismo.
j) Adicionalmente, en relación las Salas de Fitness deberán cumplir con lo siguiente: − Los horarios mínimos en que el adjudicatario tendrá la obligación de tener abiertas las salas de fitness serán los siguientes: ̶ Sala Fitness Pabellón Deportes: Lunes a Viernes de 8.30 a 22.30 h y sábados de 9.00 a 14.00 h. ̶ Sala Fitness Piscina Cubierta. Martes a viernes de 10,00 a 11,15 y lunes a viernes de 18,30 a 21,30 horas. Esta sala permanecerá cerrada durante quince días al año, última xxxxxxxx xx xxxxxx, coincidiendo con el paro técnico de mantenimiento de la Piscina Cubierta.
k) El concesionario estará obligado a llevar un mantenimiento correcto del equipamiento que aporte el PDM, independientemente de que este pueda contratar con empresa especializada, así como mantener las mismas en perfecto estado de limpieza y uso en todo momento.
l) Asimismo, el contratista llevará una ficha completa de cada usuario que permita controlar la evolución de cada uno de ellos a lo largo del periodo de tiempo que asistan a la actividad.
m) Debido a que actualmente el P.D.M. oferta dentro de sus ordenanzas un precio público denominado “ Blue +Tarifa Plana hasta las 11,00”, que incluye el uso gratuito de la sala de fitness en horario de mañana, el contratista estará obligado a prestar el servicio de manera gratuita y hasta las 11.00 horas a los usuarios que, a fecha de comienzo del contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista figuren inscritos en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido esa modalidad en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda P.D.M., manteniéndose la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónprestación en esos términos mientras no causen baja en esa tarifa.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Sports Services
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESEl que resulte adjudicatario del contrato se obliga particularmente a:
1. El 10.1.- Comenzar la prestación del contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en una vez se suscriba el presente Pliego oportuno contrato administrativo y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario acredite las obligaciones legales contempladas en la Legislación preceptivas autorizaciones de los Contratos Organismos competentes.
10.2.- Tomar a su servicio el personal que precise, con el que concertará los respectivos contratos de trabajo; figurando como empresa el Adjudicatario, siendo de su exclusivo cargo y cuenta el pago de todas sus obligaciones laborales y tributarias con dicho personal, que para nada estará vinculado laboralmente con el Ayuntamiento de Torrelavega.
10.3.- Abonar cuantas tasas, licencias e impuestos dé lugar la explotación del Sector Público. En todo casocontrato adjudicado, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento con excepción de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización apertura del local cuyo otorgamiento es de competencia municipal que se entiende englobada dentro del precio del canon anual.
10.4.- Efectuar y cumplimiento mantener de su cuenta la limpieza e higiene del contratolocal, y de cuanto en él se contenga y también de su cargo el abono de las tasas que correspondan por la retirada de basuras, así como a pintar y reparar las instalaciones y mobiliario, de forma inmediata, cuando su estado así lo haga aconsejable.
10.5.- Adquirir o contratar los deberes sociales artículos de uso y salariales con el personal venta, que ponga a disposición del cumplimiento del contratodeberán reunir las condiciones necesarias de calidad e higiene, por los que responderá, no pudiendo utilizar en su actividad mercantil, el cual carecerá nombre del Ayuntamiento de relación jurídica alguna Torrelavega.
10.6.- Exponer en lugar bien visible los precios que se establezcan, haciendo constar que se encuentran libres de todo otro gasto. Tales precios serán los ofertados, salvo revisión anual por elevación justificada de costes que, necesariamente llevará el visado-autorización del Ayuntamiento de Torrelavega.
10.7.- Mantener el buen orden, compostura y educación de todos cuantos concurran al local.
10.8.- La incorporación de instalaciones fijas, así como las obras precisas, requerirán la aprobación previa de los servicios técnicos del Ayuntamiento de Torrelavega.
10.9.- Proceder al abono de los gastos de suministros de agua, electricidad, teléfono u otros servicios imputables al local en el que se efectúa la prestación, y cuyo cálculo se efectuará de acuerdo con los contadores particulares que a tal efecto se encuentren instalados o a través de los consumos estimados por el Ayuntamiento.
210.10.- Cuidar y mantener en perfectas condiciones el material propiedad del Ayuntamiento de Torrelavega integrado en dicha instalación.
10.11.- El adjudicatario se obliga a formalizar una póliza de seguros por importe de 50.000 euros como mínimo, a favor del Ayuntamiento de Torrelavega, para responder de los daños que la explotación del contrato pueda ocasionar a la misma (inundaciones, incendios, etc.). El contratista deberá disponer en todo momento Si el importe de los daños producidos fuera superior a la cantidad asegurada, la diferencia será de cuenta del concesionario. Asimismo, el adjudicatario establecerá a su cargo otro seguro mínimo de 120.000 euros, que cubra su responsabilidad civil frente a terceros, entendiéndose por tales todos los usuarios de la plantilla adecuada para obtener cafetería. En igual sentido el máximo nivel concesionario deberá contratar una póliza durante el periodo que dure el contrato, que cubran los siguientes riesgos: -Incendios-Rayo-Explosión. -Gastos de calidad extinción. -Daños por agua. -Viento, Pedrisca, Nieve y Lluvia. -Actos de vandalismo y malintencionados. -Robo -Rotura xx xxxxxxxxx. La póliza o pólizas del contrato deberá contener una cláusula por la que la aseguradora y asegurado/a se obliguen a comunicar, al Ayuntamiento de Torrelavega, la rescisión y cualquiera otra de las prestaciones objeto circunstancias que puedan dar lugar a la terminación del contrato, al menos con 30 días de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, antelación a la sustitución del personal preciso, fecha en que dichas circunstancias hayan de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadasurtir efecto.
3. En sus relaciones con 10.12.- La instalación de cualquier tipo de maquinas expendedoras de productos o de juego requerirá de la previa autorización municipal, la cual podrá discrecionalmente concederla en atención al servicio o actividad que se efectúa en ella y el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio funcionamiento previsible de éste la misma.
10.13.- El adjudicatario se encuentra igualmente obligado a la persona física que suscriba la proposición, no realización de ningún tipo de obra en los locales objeto de este contrato salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilioprevia y expresa autorización municipal.
4. 10.14.- El Adjudicatario está adjudicatario se encuentra igualmente obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio ejercicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio los estrictos términos recogidos en la licencia de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde correspondiente al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción local objeto de este contrato, sin que puedan instalarse en el mismo aparatos de música o ejercer actividades no podrá producirse incluidas en ningún caso la consolidación licencia de las personas que hayan realizado los trabajos objeto actividad del contrato como personal del local.
10.15.- Entregar al Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de Torrelavega, a la finalización del contrato, todas las obligaciones que dejase incumplidas inversiones efectuadas por el adjudicatario, que pasarán a ser de propiedad municipal.
10.6.- Aplicar los gastos anuales comprometidos por el adjudicatario para la conservación y mejoras (pintura, reparaciones y mejoras, etc.), que no hubiera ejecutado en relación con este contratoun año, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporaciónsiguiente año.
Appears in 1 contract
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESEl adjudicatario vendrá obligado a lo siguiente:
1. El 1.- Satisfacer los gastos que originen la adjudicación, así como el importe de la inserción de los Anuncios que hayan sido publicados sobre la mismo, pudiendo presentar al efecto el correspondiente resguardo de haber hecho efectivo el mencionado importe o pudiendo serle retenido con cargo a la fianza definitiva constituida en la cuantía a la que alcance ésta y subsistiendo, en su caso, la obligación de reintegrar la cantidad que restare por cubrir, y en general, toda clase de gastos que ocasione dicho contrato deberá cumplirse como obtención de conformidad con lo licencias, tasas, impuestos, derechos reales, y cuanto se derive de la legislación laboral, contributiva, administrativa o fiscal que resulte de aplicación.
2.- Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento las instalaciones dentro del plazo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir este pliego.
3.- El servicio se prestará por el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación durante el plazo de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento duración del contrato, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo.
4.- Mantener las Dependencias y Servicios objeto de adjudicación, así como el recinto en perfecto estado de conservación, limpieza y funcionamiento, ornato y salubridad, disponiendo en el mismo de una hoja de reclamaciones a disposición de los deberes sociales y salariales peregrinos.
5.- Efectuar por su exclusiva cuenta las reparaciones precisas para asegurar el perfecto mantenimiento del Albergue instalaciones necesarias para el servicio. Responderá, asimismo, de los deterioros originados por los usuarios.
6.- No podrá el adjudicatario efectuar en las instalaciones obra alguna de modificación sin la previa autorización municipal.
7.- Dotarse con el personal idóneo para la prestación del servicio.
8.- A satisfacer las retribuciones del personal que ponga emplee en los diversos servicios contratados, con arreglo a disposición la legislación laboral, y darlos de alta en la Seguridad Social.
9.- A someter a la previa conformidad de la Corporación los rótulos, carteles o anuncios de todo tipo que pretendan instalar en las Dependencias o Recinto. Asimismo, fijará en el interior xxx xxxxxxx y a la vista del cumplimiento del contrato, el cual carecerá público la lista de relación jurídica alguna con el precios sellada por este Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer 10.- A mantener el perfecto funcionamiento de las instalaciones en todo momento el tiempo de duración de la plantilla adecuada para obtener concesión haciéndose cargo durante el máximo nivel mismo de calidad los recibos de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; luz y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizadaagua correspondientes.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de 11.- Cumplir escrupulosamente las disposiciones vigentes sobre funcionamiento del albergue en materia laboralsus aspectos sanitarios, técnicos, de seguridad social y incluyendo en este apartado la obligación de seguridad e higiene registro de los peregrinos, dando cuenta de las inscripciones en el trabajoCuartel de la Guardia Civil de Xxxxxxx xx Xxxxxx, cumplir las Ordenanzas vigentes especialmente en lo referente a la percepción como máximo del precio establecido en la vigente “Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación de Servicios en los Albergues de Peregrinos del Concejo de Xxxxxxx xx Xxxxxx” .En especial, se dará cumplimiento a la normativa recogida en el Reglamento de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, así como deberá cumplir con en la normativa sobre prevención dictada por la Comunidad Autónoma en materia de riesgos laborales ruidos.
12.- Permitir que en cualquier momento la Alcaldía o quien le represente, por delegación, inspecciones el estado de conservación y funcionamiento de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores ylas instalaciones. A tal efecto, vendrá obligado a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y adoptar las medidas que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónse le indique.
5. Corresponde 13.- Reparar e indemnizar cualquier perjuicio que se le irrogue al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como Municipio o a particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción por haber dejado de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago cumplir alguna de las obligaciones que dejase incumplidas estipuladas o de general observancia. 14.- Abandonar y dejar libres y vacuos a disposición del Ayuntamiento el adjudicatariorecinto, objeto de la adjudicación, al finalizar el plazo de la misma. A tal efecto, el adjudicatario reconoce expresamente por esta cláusula la potestad de la Administración para acordar y ejecutar por sí el lanzamiento, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporacióncaso contrario.
Appears in 1 contract
Samples: Concession Agreement
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALESEl adjudicatario elegido se obliga a lo siguiente:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido a) Realizar los trabajos previstos en el presente Pliego plazo y condiciones señaladas en el Pliego de Prescripciones TécnicasTécnicas aprobado y sin otras modificaciones que las que se autoricen debidamente, debiendo así como obtener los permisos necesarios.
b) Permitir que, en cualquier momento, la Alcaldía o quien le represente, y los funcionarios administrativos y técnicos competentes, puedan inspeccionar las obras e instalaciones.
c) Cumplir rigurosamente las normas de cumplir la legislación laboral, de prevención de riesgos laborales, de seguridad social, sanitaria y de policía en general.
d) Resarcir de daños e indemnizaciones o los perjuicios que causare al Ayuntamiento o a terceros. A tal fin estará obligado a establecer con una compañía de seguros una póliza que cubra los conceptos de “seguro a todo riesgo y responsabilidad civil” de todos los trabajos realizados por importe mínimo de 600.000 €. Dicha póliza se mantendrá en vigor durante el adjudicatario las obligaciones legales contempladas tiempo que dure el contrato y será entregada a este Ayuntamiento en los términos que se detallan en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS EN RELACIÓN CON LA LICITACIÓN SERVICIO DE SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL Y VERTICAL EN EL TÉRMINO MUNICIPAL XX XXXXXX
e) Cumplir expresamente con lo prescrito en la Legislación normativa sobre protección del Medio Ambiente.
f) Cumplir con lo prescrito en la normativa sobre residuos y demás normativa sectorial de aplicación.
g) Cumplir las demás obligaciones dimanantes de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento Pliegos de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento Condiciones o de las disposiciones vigentes en materia laboral, que sean de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónaplicación.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Maintenance Services
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- 29.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
2. El contratista deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contrato, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domiciliodomicilio FIRMADO POR: NIF: P0200300B
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestión.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Mixto (Suministro Y Obras)
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 25.1.- OBLIGACIONES GENERALES:
116.1. El Realizar el objeto de este contrato deberá cumplirse de conformidad acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales vigentes.
16.2. Abonar al Ayuntamiento el presente Pliego precio por el que resulte adjudicatario. El adjudicatario depositará en este Ayuntamiento, al día siguiente al que se realice la adjudicación, el 50% DEL VALOR DE ADJUDICACIÓN Y EL OTRO 50% LO ABONARÁ ANTES DE 00 XX XXXX XXX 2020.
16.3. Pagar los gastos ordinarios y extraordinarios de carácter tributario (entre ellos el IVA), servicios y suministro de energía eléctrica y otros que pudieran ocasionarse por la utilización y explotación de la instalación.
16.4. Destinar las instalaciones a la finalidad específica de la explotación y no aplicarla a otros usos. En concreto, el único y exclusivo objeto del contrato es la explotación del bar de la Piscina municipal.
16.5. Conservar las instalaciones en perfecto estado, de limpieza e higiene según las normas vigentes del sector. Por tanto los trabajos y obras necesarias para mantenerlos en buenas condiciones será a cargo del adjudicatario. Las obras que se realicen en las instalaciones serán de propiedad municipal sin que por ella deba abonarse indemnización ni cantidad alguna al adjudicatario. Toda obra, construcción e instalación, deberá tener la correspondiente autorización municipal en cuanto propietario del local, además de los permisos legalmente exigibles. Realizar la limpieza diaria xxx xxxxxxx de la Barra-Bar y Terraza adjunta, corriendo por cuenta del adjudicatario el coste de los productos de limpieza que ello conlleve. Igualmente deberá realizar la limpieza diaria de los servicios, aseos y vestuarios, corriendo en este caso por cuenta del Ayuntamiento los productos de limpieza que se necesiten (papel, gel y otros). El consumo de luz que se genere durante los 7,5 meses de apertura de la Barra-Bar correrá por cuenta del adjudicatario. Se le exigirá que tenga siempre y en todo momento en perfectas condiciones higiénico-sanitarias todas las dependencias de la Barra-Bar, recinto de mesas, servicios y vestuarios, siendo así mismo encargado de la apertura y cierre de las dependencias mencionadas.
16.6. Ejercer la explotación directamente por el Pliego adjudicatario, con la prohibición de Prescripciones Técnicastraspasarla, debiendo arrendarla o realizar cualquier otra forma de cumplir el adjudicatario cesión a terceros, salvo autorización municipal.
16.7. Suscribir la póliza de seguro de responsabilidad civil descrita en la cláusula 14 de este pliego.
16.8. Cumplir con las obligaciones legales contempladas existentes en materia de apertura, horarios, afiliación e inscripción en la Legislación Seguridad Social en el régimen de los Contratos del Sector Público. En todo caso, autónomos y estar dado de alta en el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el AyuntamientoIAE.
216.9. Comunicar al Ayuntamiento las anomalías y desperfectos que se produzcan en las instalaciones. 16.10. El contratista adjudicatario deberá disponer en todo momento de la plantilla adecuada dotar al recinto del mobiliario necesario para obtener el máximo nivel de calidad de las prestaciones objeto del contratosu utilización (mesas, de conformidad con la oferta presentada; y deberá proceder de inmediato, si ello fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la adecuada ejecución del contrato quede garantizada.
3. En sus relaciones con el adjudicatario, el Ayuntamiento considerará como persona representante y domicilio de éste a la persona física que suscriba la proposición, salvo que en documento fehaciente designe a otra persona u otro domicilio
4. El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajosillas...), así como deberá cumplir con la normativa sobre prevención de riesgos laborales los útiles y de garantizar la seguridad y salud enseres necesarios para las prestaciones de los trabajadores y, a cuyos efectos, entre otras obligaciones, antes del inicio servicios de la actividad deberá acreditar por escrito en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento que ha realizado para los servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva y que, en su caso, ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro en cuestiónbar.
5. Corresponde al adjudicatario la obtención de todas las autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo.
6. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Albacete.
7. Para el pago de las obligaciones que dejase incumplidas el adjudicatario, en relación con este contrato, el Ayuntamiento podrá disponer de la garantía definitiva prevista en este Pliego, parcial o totalmente, según proceda. Se observará la prelación legal de responsabilidades con cargo a la garantía, figurando en primer término las obligaciones contraídas con el Municipio. Si el Ayuntamiento hiciera uso de lo establecido en el párrafo anterior y dispusiera de parte o de toda la garantía, para cumplir las obligaciones incumplidas por el contratista, éste vendrá obligado a reponerla o completarla, dentro del plazo de quince días, a contar desde la fecha de la notificación, que le hubiese sido hecha por el medio más rápido y seguro y de un modo indubitado, por la Corporación.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Servicios Menor