FACTURACIÓN Y PAGO Cláusulas de Ejemplo

FACTURACIÓN Y PAGO. 8.1.- Facturación: IBERDROLA facturará al Cliente de acuerdo con las lecturas del consumo realizada por la Empresa Distribuidora. No obstante, se reserva la posibilidad de facturar con datos de consumo estimado facilitado por la Empresa Distribuidora con- forme a la normativa vigente, en el caso de no existir lecturas, aplicando criterios de proporcionalidad respecto del consumo en el mismo periodo del año anterior y, de no haberlo, en las mensua- lidades anteriores que tuvieran consumos leídos. De no disponer de consumos en las mensualidades anteriores, los consumos se estimarán con criterios de proporcionalidad con respecto a clien- tes con las mismas características. A estos efectos, IBERDROLA po- drá realizar facturaciones complementarias una vez conocidos los consumos reales, de acuerdo con la normativa vigente. La periodicidad de la facturación será la indicada en las Condicio- nes Particulares y dependerá, en todo caso, de la periodicidad con que la Empresa Distribuidora aporte las lecturas de los consumos. Las facturas detallarán los consumos y los precios pactados, así como el resto de conceptos de facturación. En la factura se de- tallarán los impuestos y recargos incluidos en el precio, al que se incorporarán, en su caso, todos aquellos otros que pudieran ser aprobados por la Administración durante la vigencia del Contrato. IBERDROLA procederá a cargar en la factura del suministro el im- porte de los servicios adicionales contratados, en su caso, median- te un pago único anual o fraccionado en cuotas iguales, según se establezca en las Condiciones Particulares. En ambos casos, el importe correspondiente será cargado en la primera factura de suministro que se emita una vez contratado el servicio.
FACTURACIÓN Y PAGO. Recibirá una sola factura por el servicio prestado por nuestra empresa y la distribución del servicio eléctrico de la EDC en forma mensual de la EDC. Si bien nuestra empresa no ofrece facturación por presupuesto, si ha optado por una facturación por presupuesto y recibe una sola factura por el Servicio y la prestación de tal Servicio de parte de la EDC, la EDC seguirá gestionando su facturación por presupuesto y determinará su pago mensual por el Servicio. Comuníquese con la EDC ante cualquier consulta con respecto a su presupuesto. Se le facturará a usted recargos adicionales, por parte de la EDC, que incluyen impuestos y recargos por transmisión y distribución de electricidad a su casa de la EDC, que coinciden con sus tarifas registradas. Usted tiene la responsabilidad de pagar impuestos nuevos o con aumento que se impongan a nuestra empresa o a usted con respecto a la transmisión o distribución de la electricidad durante el plazo de este Contrato. Usted podrá ser responsable de los costos en los que incurrimos en caso de que debamos rescindir su Servicio por falta de pago, como costos de cobranza u honorarios de abogados. Star Energy Partners tendrá el derecho a compensar y poner su valor neto contra montos no disputados que usted deba en virtud de este Contrato. Se le facturará y usted pagará a Star Energy Partners por los servicios en función de las lecturas del medidor y la información de consumo que recibamos de parte de su EDC. Cuando el plazo de su Plan de Ventajas Híbridas se acerque a su fecha de caducidad, le enviaremos avisos escritos con una anticipación aproximada de 60 días y 30 días antes de la fecha de caducidad mediante envíos por correo por separado. El aviso explicará que se lo inscribirá a usted de manera automática en un nuevo Plan de Ventajas Híbridas de 36 meses bajo los mismos o distintos términos y condiciones y ello incluirá su nuevo segmento de precios bajos. Podrá comunicarse con nuestra empresa si prefiere seleccionar un segmento de precios diferente. Si usted en cambio opta por cancelar este Contrato y no inscribirse en un nuevo Plan de Ventajas Híbridas, usted entiende que tiene la responsabilidad de acordar su Servicios de generación de energía eléctrica minorista y que no hay aranceles de cancelación. Cada nuevo periodo de renovación después de su Plan de Ventajas Híbridas se considerará como un “Plan de renovación”. En caso de que le propongamos cambios en nuestros términos de servicio en cualquier tipo de Contrato, le e...
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono del precio convenido, que se efectuará, con la periodicidad establecida en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario de la factura: - Número y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
FACTURACIÓN Y PAGO. ECOEMBES o EL RECICLADOR (en caso de precio negativo) emitirá una única factura completa, por Planta de Selección, descriptiva de los lotes de material entregado a EL RECICLADOR ajustada a los requisitos legales en vigor, en cada momento. Esta factura se emitirá en base al dato de kilogramos cargados por las plantas de selección y validados, de acuerdo a lo indicado en el Anexo II, por EL RECICLADOR en la Web de Recicladores junto con los documentos acreditativos (documento de identificación) de salidas de material de las plantas de selección. EL RECICLADOR deberá validar cada retirada dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a dicha retirada, así como tener validadas todas las retiradas de un mes dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la finalización del mes natural objeto de facturación. ECOEMBES emitirá las pertinentes facturas en el caso de que dispusiera de la información necesaria para la emisión de las mismas con anterioridad a la recepción de los documentos relacionados en el párrafo anterior, por parte de EL RECICLADOR. Si se detectara alguna diferencia entre la información suministrada por EL RECICLADOR y la suministrada por las plantas de selección, ECOEMBES tratará particularmente su resolución. EL RECICLADOR autoriza a ECOEMBES para que la misma expida las facturas correspondientes empleando medios electrónicos, y a poner las mismas a disposición de EL RECICLADOR en la página web de ECOEMBES, considerándose expedidas y recibidas en la fecha de puesta a disposición de las citadas facturas en la mencionada página web. ECOEMBES establecerá los procedimientos, formularios electrónicos y elementos técnicos de seguridad necesarios para sustentar las anteriormente indicadas obligaciones de EL RECICLADOR, que publicará, así como sus modificaciones, en la página web de ECOEMBES para su conocimiento por EL RECICLADOR. Si, cuando se revisen los documentos acreditativos (Documento de Identificación/Anexo VII) de salidas de material de plantas de selección se dispone de la información que suministra el convenio según las salidas de material de las plantas de Selección, se tomará ésta como referencia la emisión de prefacturas/facturas automáticas. Los datos recibidos deben coincidir con los datos que en su momento suministren las plantas a ECOEMBES, pues en ambos casos los datos proceden del mismo documento acreditativo (Documento de Identificación/Anexo VII). No obstante, si se identificara alguna diferencia, será tratada en su momento pa...
FACTURACIÓN Y PAGO. 9.1. ODF facturará al Cliente de acuerdo con las lecturas del consumo realizadas por la Empresa Distribuidora o estimadas por ésta o por ODF en caso de no existir lecturas reales, de acuerdo a los criterios de proporcionalidad y estimación contemplados en la legislación vigente. A estos efectos ODF podrá realizar facturaciones complementarias una vez conocidos los consumos reales.
FACTURACIÓN Y PAGO. La Distribuidora, dentro de los diez primeros días naturales de cada mes, facturará a la Comercializadora el importe de los servicios prestados en base a la energía en kWh facturada (ATR) en el periodo precedente. Las Comercializadoras abonarán a la Distribuidora, el importe facturado dentro de los 20 días naturales desde la fecha de emisión de la factura mediante domiciliación bancaria. No obstante, la Distribuidora podrá regularizar, durante un periodo de seis meses, la facturación de servicios prestados en meses anteriores, una vez conocido el consumo definitivo de los clientes de la comercializadora.
FACTURACIÓN Y PAGO. El Proveedor requerirá el pago al Comprador mediante la documentación indicada en la cláusula15. El Comprador abonará la factura dentro de los treinta (30) días de la fecha de entrega.
FACTURACIÓN Y PAGO. La forma de pago es la siguiente: contra entrega, recepción y conformidad de la CSBP. Los pagos se realizarán en el tiempo, forma y condiciones estipuladas en este documento y reflejadas en el contrato. Las facturas o notas fiscales deberán ser presentadas a la CSBP, de acuerdo a lo estipulado en la normativa vigente.
FACTURACIÓN Y PAGO. El Servicio se facturará por mes vencido desde la fecha de activación del Servicio y se incluirá en dos (2) recibos de servicio que deberá pagar hasta su fecha de vencimiento. Los recibos cíclicos serán enviados por correo electrónico y mensaje de texto (SMS) a la dirección de correo electrónico y teléfono móvil proporcionados por usted al momento de la contratación, salvo los casos indicados por la normativa vigente. En caso de pago parcial, TdP podrá optar por mantener activos los servicios que el CLIENTE efectivamente haya pagado. Si no paga a tiempo, o realiza un pago parcial, quedará constituido en xxxx automática, pagando el interés legal fijado el Banco Central de Reserva del Perú y TdP podrá reportar su deuda a centrales de riesgo. Si la fecha de activación del Servicio no coincide con la de inicio del ciclo de facturación, deberá pagar el valor proporcional de la tarifa mensual según los días transcurridos entre la fecha de activación y la de finalización del ciclo vigente. En este caso, TdP le otorgará el número proporcional de los segundos/minutos mensuales que corresponda al Servicio.
FACTURACIÓN Y PAGO. Usualmente recibirá una factura cada mes, la cual será emitida por la GDC o por IDT Energy. Si el emisor de su factura es la GDC, usted le pagará a la GDC de conformidad con los términos de pago de la norma tarifaria de la GDC. Si IDT Energy emite la factura, el pago del monto total facturado tiene vencimiento 25 días después de la fecha de envío de la factura. Los pagos atrasados o los saldos de pagos parciales estarán sujetos a cargos por cobro, o costas y honorarios legales razonables, según lo permita la ley. Todas las cuentas impagas pueden derivarse a una agencia de cobro, de acuerdo con la ley de Nueva Jersey. Su factura se basará en las lecturas del medidor programadas o en los cálculos proporcionados por la GDC. Las partes acuerdan aceptar, a los efectos de contabilizar el gas natural entregado conforme este Contrato, la cantidad, la calidad y la medición determinadas por la GDC. IDT Energy no ofrece facturación presupuestada.