Obligaciones de la empresa contratista. Además de las obligaciones establecidas en LCSP, la empresa contratista está obligada a:
Obligaciones de la empresa contratista. La empresa contratista es la única responsable de la gestión financiera del presente contrato, especialmente en lo referente a sus proveedores y al personal necesario. Serán de cuenta de la empresa el pago de los sueldos y salarios que devenguen los trabajadores, las cuotas de Seguridad Social, el seguro de accidentes, así como cualquier otra prestación o pago que, conforme a la legislación vigente, deban ser abonadas por los empresarios. La contratista presentará, a requerimiento del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de estos pagos. La empresa adjudicataria deberá cumplir la legislación vigente en materia de higiene de los alimentos y disponer de autorización en vigor del Registro Sanitario en la Comunidad Autónoma que habilite a la empresa para prestar el servicio. Asimismo, deberá ajustarse a lo concretado en la normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales. La empresa se responsabilizará de la calidad y buen estado de los alimentos. Además, deberá disponer de comidas testigo, que representen las comidas servidas y suministradas diariamente en la escuela infantil municipal y que posibiliten la realización, a cargo de la contratista, de estudios epidemiológicos en el caso de producirse algún brote de toxiinfección alimentaria. Dichas comidas testigo deberán conservarse un plazo mínimo de dos días y la cantidad corresponderá a una ración individual, según refleja la legislación vigente. El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de conformidad con lo preceptuado en el TRLCSP. La empresa adjudicataria deberá aportar y mantener actualizada durante la vigencia del contrato, un seguro de responsabilidad civil empresarial y de intoxicación alimentaria que incluya como riesgos asegurables tanto la actividad de elaboración y suministro de comidas a comedores escolares como la guardia y custodia de los alumnos durante el desarrollo del servicio de comedor. Asimismo, incluirá los daños corporales y materiales sufridos por los alumnos o terceros con ocasión de un accidente escolar ocurrido durante la prestación de la actividad asegurada, siempre que se efectúen bajo la dirección y vigilancia del personal de la empresa adjudicataria, cuando sea civilmente responsable el asegurado conforme a derecho. Dicha póliza deberá incluir una cobertura mínima de riesgo de intoxicación alimentaria y responsabilidad civil por un importe d...
Obligaciones de la empresa contratista. 29 CLÁUSULA 29 – OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES 33 CLÁSULA 30 - CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 34 CLÁSULA 31 - SEGUROS 34 CLÁSULA 32 – CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA 34
Obligaciones de la empresa contratista. 1. Obligación principal del contrato y obligaciones en materia de personal:
Obligaciones de la empresa contratista. 1.- La persona contratista deberá ejecutar los trabajos con estricta sujeción a las cláusulas del presente Xxxxxx, al Pliego de Prescripciones Técnicas que sirve de base al mismo, y a las
Obligaciones de la empresa contratista. 2.6.1.- Estará obligada a asistir a la reunión inicial, previa al inicio del contrato, que organice IRTA.
Obligaciones de la empresa contratista. 3.1. La empresa contratista tendrá obligación de prestar el servicio objeto de este procedimiento en los términos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas o en su oferta, si mejora el anterior.
Obligaciones de la empresa contratista. Además de las obligaciones establecidas en el Pliego de cláusulas administrativas generales, la empresa contratista también está obligada a:
Obligaciones de la empresa contratista. Además de los trabajos mencionados, deberá confeccionar y entregar un Parte Diario de Trabajo donde se reflejen las incidencias sucedidas, visitas recibidas con indicación del número de horas impartidas, número de personas por visita, su procedencia y otros aspectos dignos de mención. Así mismo, elaborará un Informe Mensual de Servicio para su entrega al responsable designado por el Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara. En el que se hará entrega mensual de los TC-2 correspondientes a la plantilla del personal adscrita al servicio objeto de contratación, así como relación de sustituciones y/o bajas producidas. Mantener al personal laboral adscrito al servicio en situación de Alta en el régimen general de la seguridad social y encontrarse al corriente del pago de cuotas por el citado concepto. Aplicar la normativa laboral vigente, con especial atención a lo dispuesto en materia de prevención de riesgos laborales. El incumplimiento de las mencionadas disposiciones vigentes por parte del contratista, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal no implicarán responsabilidad alguna para el Excmo. Ayuntamiento Disponer del Servicio o Sistema de Seguridad contratado con empresa habilitada para ello por el Ministerio del Interior, suficiente para la seguridad y custodia de las instalaciones, que incluirá obligatoriamente la captación de imágenes mediante un sistema que permita la recepción de estas por el Centro de Control de la Policía Local de Guadalajara.
Obligaciones de la empresa contratista. Además, la entidad adjudicataria quedará obligada a los siguientes términos: